020218 DOSSIER TÉCNICO PORTADA REDUCIDA V4 · 2020-03-12 · La Policía Nacional reconoce un...
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EQUIPARACIÓNSALARIAL
PGE2018
d o s s i e r t é c n i c o
v e r s i ó n r e d u c i d a
01MADRID A 01 DE FEBRERO DE 2018
Este estudio ha sido realizado por
Alternativa Sindical de Policía (ASP), queda
a disposición como herramienta de trabajo
para la equiparación y dignidad de todos los
policías de trabajo.
Trabajamos por un nuevo modelo policial
y por una regeneración integral del viejo
sindicalismo.#UneteASP
INTRODUCCIÓN
Te puedes descargar el dossier y estar informado en todo momento en www.equiparacionydignidad.es
Dossier Retribuciones y agravios comparativos entre policías españolas - 1 de febrero de 2017
Dossier inicial para Equiparación salarial - 15 de enero de 2018
Dossier Técnico Económico - 01 de febrero de 2018
02 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
CONTENIDO
01. Introducción 02
02. Objeto y criterios de elaboración 04
03. Contexto y datos relevantes 06
04. Sistema retributivo de Policía Nacional 08
05. Análisis comparativo entre Cuerpos 13
06. Jubilación 22
07. Propuesta de implantación 24
03DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
Es objeto del presente dossier poner fin a los agravios retributivos existentes
ente los diferentes cuerpos policiales autonómicos y las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado.
El 24 de octubre de 2017, el Gobierno de la Nación llevó al Congreso una
Proposición no de Ley para mostrar el apoyo a los institutos armados
de Policía Nacional y Guardia Civil. En esa PNL también se incluía la
Equiparación salarial de ambas instituciones con el resto de las policías
del Reino de España, siendo aprobada el 24 de octubre del año 2017 con el
apoyo de los principales partidos, (votos a favor de PP, PSOE y Ciudadanos,
mientras que Unidos Podemos, ERC, PDeCAT, PNV y Compromís lo hicieron
Este dossier se elabora con la única finalidad de dignificar y unificar el desarrollo de las labores policiales.
OBJETO Y CRITERIOS DE ELABORACIÓN 02
04 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
en contra). El resultado final ha sido 248 a favor, 92 en contra y 1 abstención,
esta última procedente del diputado Pedro Quevedo de Nueva Canarias.
Este dossier se elabora con la única finalidad de dignificar y unificar el
desarrollo de las labores realizadas por los diferentes cuerpos policiales
españoles. En el presente dossier única y exclusivamente se tratan
los derechos laborales retributivos con la finalidad de crear una ley
reguladora del régimen retributivo de las carreras policiales, tal y como
tienen otros colectivos como el de la carrera judicial y fiscal para que
todos los policías sean tratados con equidad.
Con la finalidad de homogeneizar, coordinar y estructurar todas las
policías del reino de España en aras de un uso racional y congruente
de los impuestos de la ciudadanía se eleva dicha propuesta basándose
en los principios de territorialidad, competencias y ámbito de actuación;
Evitándose así una amalgama estructural que dificulta la percepción policial
del ciudadano y siguiendo los principios constitucionales del artículo 1 de
nuestra Carta Magna.
Artículo 1. España se constituye en un Estado social y democrático de
Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. La
soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes
del Estado.
El pluralismo político y el ordenamiento jurídico sirven para garantizar la
libertad, la justicia y la igualdad, y el compromiso de la cámara baja de
las cortes generales no hace más que ratificar el objeto de la presente
proposición. A continuación expondremos de forma detallada el primero de
los dos grandes proyectos por los que trabaja desde sus inicios Alternativa
Sindical de Policía (ASP) en aras de un nuevo modelo policial que nos
acerque al resto de policías europeas y a la demanda asistencial que
propicia el siglo XXI.
1. Creación de la ley reguladora del régimen retributivo de las carreras
policiales.
2. Actualización de la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo, de Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad, y de la Ley Orgánica 9/2015, del 28 de julio de
Régimen de Personal de la Policía Nacional.
Dos proyectos que demandan mucho tiempo, trabajo y rigor pero que
estamos seguros de que llegarán a buen puerto a corto y medio plazo, siendo
la equiparación salarial la primera piedra para eliminar las desigualdades
entre los diferentes profesionales, vistan el uniforme que vistan.
02
05DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
2008.10.18
2015.03.25
CONTEXTO Y DATOS RELEVANTES
Miles de policías y guardias civiles se manifiestan en
Madrid para reclamar sueldos justos
Bildu ha agregado que Guardia Civil y Policía Nacional
“tienen que irse de Navarra” porque son un “problema”
para una Policía Foral “integral”.
2010.05.12
2016
Zapatero rebaja el sueldo a los funcionarios por primera
vez en la historia.
Se hace público que el sueldo del máximo responsable
de los Mozos de Escuadra José Luis Trapero, 84.649,64€,
una cantidad superior a la del presidente del gobierno
(79.756,68) y del propio Ministro del Interior D. Juan
Ignacio Zoido (70.368,48).
2011.11.01
El PP asume en su programa y a través de la palabra de
su presidente Mariano Rajoy la equiparación salarial entre
policías, incumpliendo después dicho compromiso.
03
06 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
2017
2017.02.14
2018.01.29
4 AÑOS CON LOS
SALARIOS CONGE-
LADOS.
UNA PÉRDIDA DEL
13% DE PODER AD-
QUISITIVO DESDE EL
AÑO 2012
Las policías autonómicas cobran un 61% más que hace
diez años
Amplia mayoría en congreso para equiparar los salarios
de guardia civil y policía
La Policía Nacional reconoce un déficit de 29.122
chalecos antibalas y 1.200 cascos antidisturbios
2017
2017.08.17
2018.01.31
El ministro del Interior se reúne con Puigdemont para
trasladarle en nombre del Gobierno las mejoras
aprobadas en materia de retribuciones y los derechos
del cuerpo de Mozos de Escuadra.
Interior estudia la equiparación salarial entre guardia civil
y policía nacional
El Gobierno adjudica “por urgencia” 5,9 millones de euros
en chalecos antibalas para la Ertzaintza.
2017
Los Mozos de Escuadra llevan a cabo presuntos actos de
rebelión y ataques constitucionales contra el conjunto
de la sociedad española y su Estado democrático.
03
¿No hay, ni ha habido, una partida del 0,21% de los
presupuestos generales del estado para dignificar
a la Policía Nacional y a la Guardia Civil durante los
últimos 15 años?
07DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
SISTEMA RETRIBUTIVO DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA 04
Retribuciones básicas mensuales Retribuciones complementarias
Sueldo Complemento de destino
Trienios Complemento específico
Componente general (14 pagas)
Componente singular (12 pagas)
Pagas extraordinarias
Complemento de territorialidad
Complemento o indemnización por residencia
Complemento de zona conflictiva
Complemento de productividad
Complemento de turnicidad
Indemnización por vestuario
Gratificaciones por servicios extraordinarios
RETRIBUCIONES BÁSICAS MENSUALESLas retribuciones personales básicas son un derecho adquirido e inherente
a la condición de funcionario, dentro de estas retribuciones se encuentran
el sueldo base, trienios, pagas extraordinarias y pensiones por condecora-
ciones.
SUELDO BASE
CATEGORIA GRUPO NIVEL SUELDO BASE
Comisario Principal A1 27 1.131,36
Comisario A1 27 1.131,36
Inspector Jefe A1 25 1.131,36
Inspector A1 24 1.131,36
Subinspector A2 22 978,26
Oficial Policía C1 20 734,51
Policía C1 17 734,51
Facultativo A1 27 1.131,36
Técnico A2 25 978,26
Las retribuciones de los componentes del cuerpo nacional de policía se
encuentran reguladas básicamente en el Real Decreto 950/2005, de 29 de
julio y son las siguientes.
08 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
04 TRIENIOS:
A1 (43,52) A2 (35,48) C1 (26,85)
PAGAS EXTRAORDINARIAS
La paga extra se compone de:
- Sueldo Base- Trienios- Complemento de destino - Complemento Específico General
GRUPO SUELDO BASE TRIENIOS
A1 698,13 26,85
A2 713,45 25,87
C1 634,82 23,19
CUANTÍA MENSUAL PENSIÓN ANEJA A CONDECORACIONES
GRUPO Cruz con distintivo rojo Medalla de oro Medalla de plata
Mensual trienio Mensual trienio Mensual trienio
A1 (A) Superior, Ejecutiva y facultativos 138,24 5,34 276,43 10,64 207,33 7,99
A2 (B) Subinspectores y Técnicos 117,34 4,28 234,62 8,50 175,97 6,39
C1 (C) Escala Básica 87,47 3,20 174,90 6,41 131,18 4,83
RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS
COMPLEMENTO DE DESTINO
Son 30 y se regulan por la ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas Para la
Reforma de La Función Pública y sus modificaciones posteriores. Su cuantía se
establece en función con el nivel que tenga el puesto de trabajo desempeñado
según el Catálogo de Puestos de Trabajo o el que tenga consolidado el funcio-
nario.
- Corresponde al nivel del puesto
que se desempeñe.
- Es necesario tener el puesto adjudicado con carácter definitivo.
- El tiempo en comisión de servicio cuenta una vez adjudicado el puesto.
COMPLEMENTO DE DESTINO
NIVEL MENSUALIDAD NIVEL MENSUALIDAD
30 988,23 23 557,40
29 886,40 22 520,09
28 849,14 21 482,90
27 811,85 20 448,55
26 712,25 19 425,64
25 631,93 18 402,73
24 594,64 17 379,83
GRUPO NIVEL MINIMO
NIVEL MÁXIMO
A1 20 30
A2 16 26
C1 11 22
C2 9 18
09DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
SUELDO BASECATEGORIA GRUPO NIVEL COMPLEMENTO DESTINO COMPLEMENTO
ESPEC. GRAL
Comisario Principal A1 27 811,85 1.008,69
Comisario A1 27 811,85 895,13
Inspector Jefe A1 25 631,93 755,45
Inspector A1 24 594,64 629,29
Subinspector A2 22 520,09 487,17
Oficial Policía C1 20 448,55 585,52
Policía C1 17 379,83 460,99
Facultativo A1 27 811,85 1.008,69
Técnico A2 25 631,93 755,45
COMPLEMENTO ESPECÍFICO
Este complemento está destinado a remunerar el riesgo, ded-
icación y demás peculiaridades que implica la función policial,
y está integrado por el componente general y el componente
singular.
Componente general (14 pagas)
Se percibe en función de la categoría que se ostente.
Componente singular (12 pagas)
Está destinado a retribuir las condiciones particulares o singu-
lares de algunos puestos de trabajo debido a su especial dificul-
tad técnica, responsabilidad, peligrosidad o penosidad.
Las policías autonómicas lo tienen englobado en un único com-
plemento específico que se percibe en 14 pagas.
COMPLEMENTO DE TERRITORIALIDAD
Este complemento se asigna a determinadas plantillas, está
regulado por la regla complementaria 3ª del catálogo (CPT)
TERRITORIALIDAD
PLANTILLA CUANTIA
Madrid (capital) 177,44
Madrid (comisarias locales) 93,32
Aeropuerto Adolfo Suarez 171,93
Barcelona (capital) 53,66
Resto de Cataluña 40,50
Valencia, Sevilla, Málaga (capitales)
35,43
Las Palmas y Tenerife (pro-vincia)
140,92
Baleares (Provincia) 139,86
Melilla 51,62
Ceuta 21,93
País Vasco y Navarra 653,88
10 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
COMPLEMENTO O INDEMNIZACION POR RESI-
DENCIA
Regulado por el Decreto 361/1971 de 18 de febrero. Se percibe
únicamente por los funcionarios que residan permanente-
mente por razón de destino en Ceuta, Melilla, Islas Baleares y
Canarias.
INDEMNIZACION POR RESIDENCIA
GRAN CANARIA Y TENERIFE CEUTA Y MELILLA
GRUPO I. RESIDENCIA GRUPO I. RESIDENCIA TRIENIO
A1 174,98 A1 890,29 53,87
A2 143,01 A2 662,72 41,09
C1 117,92 C1 540,37 32,96
MALLORCA RESTO DE ISLAS CANARIAS
GRUPO I. RESIDENCIA GRUPO I. RESIDENCIA TRIENIO
A1 93,76 A1 568,95 37,64
A2 74,65 A2 409,65 28,45
C1 65,63 C1 330,33 23,16
RESTO DE BALEARESPor cada trienio reconocido en CEUTA, MELILLA así como las ISLAS MENORES DE CA-NARIAS se percibe una cantidad económica supletoria.GRUPO I. RESIDENCIA
A1 103,81
A2 90,47
C1 82,65
COMPLEMENTO DE ZONA CONFLICTIVA
Regulado por la regla complementaria 3ª del catálogo (CPT)
COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD
El complemento de productividad viene definido en el artículo
4.C del Real Decreto 950/2005, de 20 de julio. La Dirección
General de la Policía ha regulado dicho complemento distin-
guiendo varios conceptos.
PRODUCTIVIDAD FUNCIONAL Y ESTRUCTURAL PRODUCTIVIDAD VARIABLE (DPO)
Viene fijada en función del puesto de trabajo desempeñado. Está desvirtuada al recibirse como retribución periódica
Productividad Trimestral de Dirección Por Objetivos. Se abo-na con carácter anual
11DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
COMPLEMENTO DE TURNICIDAD
TURNOS ROTATORIOS
120 €
INDEMNIZACION POR VESTUARIO
Se regula en el apartado D) del artículo 4 del Real Decreto
950/2005
VESTUARIO
Escoltas: 120 euros anuales en una única asignación que se cobra en septiembre
GRATIFICACIONES POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
Escala Superior: 104€ Escala Ejecutiva: 96€ Escala de Subinspección 88€
Escala Básica 80€
DIETAS, KILOMETRAJE Y CONDECORACIONES
DIETAS Y KILOMETRAJE EN TERRITORIO NACIONAL
Real Decreto 462/2002, de 24 de Mayo
ALOJAMIENTO MANUTEN-CION
DIETA EN-
TERAORDEN
EHA/3770/2005, de 1 de diciembre,
KILOMETRAJE
GRUPO 1º 102,56 53,34 155,90 COCHE 0,19
GRUPO 2º (A/B) 65,97 37,40 103,37 MOTO 0,078
GRUPO 3º (C) 48,92 28,21 77,13
12 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
Para este estudio se ha usado la legislación vigente a nivel autonómico y nacional de los cuer-
pos autonómicos del Reino de España. Así como el modelo de jubilación de las policías locales
La comparativa económica se hace con los mozos de escuadra ya que compartimos mismo
sistema retributivo en cuanto a grupos administrativo, pero en las negociaciones se valorará las retribu-
ciones de los 4 cuerpos policiales de carácter autonómico (Mozos de Escuadra, Policía Foral de Navar-
ra, Ertzaintza y Policía Canaria.).
Marcaremos a continuación en que retribuciones existe igualdad con el CNP, o aquellas en las que el
Cuerpo Nacional de Policía salga beneficiado.
DERECHOS LABORALES RETRIBUIDOS CNP
RETRIBUCIONES BÁSICASSUELDO SI
TRIENIOS SI
PAGAS EXTRAORDINARIAS NO
RETRIBUCIONES COMPLEMEN-TARIAS
COMPLEMENTO DE DESTINO SI
COMPLEMENTO ESPECÍFICO NO
COMPLEMENTO DE TERRITORIALIDAD NO
COMPLEMENTO O INDEMNIZACION POR RESIDENCIA NO
COMPLEMENTO DE ZONA CONFLICTIVA NO
COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD NO
COMPLEMENTO DE TURNICIDAD NO
INDEMNIZACION POR VESTUARIO NO
GRATIFICACIONES POR SERVICIOS EXTRORDINARIOS NO
SERVICIOS NOCTURNOS NO
SERVICIOS DE FIN DE SEMANA NO
ASISTENCIAS A JUICIOS NO
INCAPACIDAD TEMPORAL NO
VACACIONES NO
PERMISO RETRIBUIDO POR MATRIMONIO DE FAMILIAR NO
PERMISO RETRIBUIDO DE TRASLADO DE DOMICILIO NO
PERMISO RETRIBUIDO, RECUPERABLE CON JUSTIFICACIÓN NO
PERMISO RETRIBUIDO NO RECUPERABLE POR ASUNTOS PERSONALES NO
REDUCCIÓN DE LA JORNADA CON LA TOTALIDAD DE LAS RETRIBUCIONES NO
HORAS EXTRAS NO
SEGURIDAD CIUDADANA EN EVENTOS DEPORTIVOS NO
MODULO POR AÑO DE SERVICIO NO
PRODUCTIVIDAD POR OBJETIVOS NO
PERMISO RETRIBUIDO POR SER CANDIDATO EN LAS ELECCIONES NO
CONCEPTO DE FIN DE SEMANA NO
COMPLEMENTO DE DEDICACION EXCLUSIVA NO
COMPLEMENTO DE PUESTO DE TRABAJO NO
COMPENSACIÓN POR SUPERACIÓN DE PRUEBAS FÍSICAS NO
INDEMINACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO NO
ANÁLISIS COMPARATIVOENTRE CUERPOS POLICIALES
05
13DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
AÑO
201
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14 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
COSTE TOTAL DE LA PRIMERA FASE DE LA EQUI-PARACIÓN 745.912.921,32 €COSTE TOTAL DE EFECTIVOS EN SEGUNDA ACTIVIDAD 72.590.000 €
COSTE TOTAL DE LA SEGUNDA Y TERCERA FASE DE LA EQUIPARACIÓN PENDIENTE DE NEGOCIACIÓN
POLICÍA: Se mantiene el sueldo base, complemento de destino y se le añade
el complemento específico de Mosso1
OFICIAL: Se mantiene el sueldo base, complemento de destino y se le añade
el complemento específico de Caporal1
SUBINSPECTOR: Se mantiene el sueldo base, complemento de destino y se le
añade el complemento específico de Subinspector Base
INSPECTOR: Se mantiene el sueldo base, complemento de destino y se le
añade el complemento específico de Inspector Base
INSPECTOR JEFE: Se mantiene el sueldo base, complemento de destino y se
le añade el complemento específico de Inspector A
COMISARIO: Se mantiene el sueldo base, complemento de destino y se le
añade el complemento específico de Intendente Base
COMISARIO PRINCIPAL: Se mantiene el sueldo base, complemento de destino
y se le añade el complemento específico de Comisario Base
Es importante hacer mención a una singularidad de la Policía Nacional re-
specto a otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; de esta manera y conforme
a la Ley 9/2015 de 28 de julio de Régimen de Personal de la Policía Nacional
es requisito imprescindible para poder acceder a la categoría de Policía el
título de Bachiller o equivalente; un nivel de estudios superior al exigido en
otras instituciones de seguridad para su acceso. Por todo ello se deberá tener
en cuenta sin olvidar que el acceso a la función pública, debe regirse por los
principios de igualdad, mérito y capacidad, y sin obviar la interpretación que el
Tribunal Constitucional ha efectuado sobre los mismos tanto para el acceso, la
provisión de puestos de trabajo y la promoción interna.
Todos los agentes de policía de los Mozos al igual que los miembros del Cu-
erpo Nacional de Policía salen del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña
con la formación necesaria para desarrollar la tarea policial básica, luego en
función de la especialización y su desarrollo profesional, sus retribuciones
se ven incrementadas. Dichas retribuciones por la complejidad que conlleva
valorar y adecuar el CPT se percibirían en la segunda fase año 2019.
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019
.
16 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
RETRIBUCIONES DE LA POLICIA FORAL DE NAVARRARETRIBUCIONES PERSONALES BÁSICAS RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS
SUELDO CORRESPONDIENTE AL NIVEL
COMPLEMENTO ESPECIFICO 45% del sueldo inicial corre-spondiente al nivel (35% por incompatibilidad y un 10% por especial riesgo)En los casos de dedicación exclusiva será de un 65%
RETRIBUCIÓN CORRESPONDI-ENTE AL GRADO
COMPLEMENTO DE PUESTO DE TRA-BAJO
PREMIO DE ANTIGÜEDAD COMPLEMENTO DE JEFATURA A Jefatura de Área 10%B Jefatura de Comisaría y División 9%C Jefatura de Brigada 7%D Jefatura de grupo 5%
OTRAS RETRIBUCIONES COMPLEMENTO DE TURNICIDAD EL 6% del sueldo inicial correspondiente al nivel
INDEMNIZACION DE LOS GASTOS REALIZADOS POR RAZÓN DE SERVICIO
COMPLEMENTO DE PROLONGACIÓN DE JORNADA
10% del sueldo inicial cor-respondiente al nivel, quien perciba dicho complemen-to no podrá devengar horas extraordinarias. Este com-plemento es incompatible con la dedicación exclusiva.
INDEMNIZACIÓN POR LA REAL-IZACIÓN DE VIAJES
COMPLEMENTO PERSONAL TRANSI-TORIO POR LA SITUACIÓN DE SEGUN-DA ACTIVIDAD
AYUDA FAMILIAR, QUE CONTEM-PLARÁ LOS GASTOS OCASIONA-DOS POR LA UNIDAD FAMILIAR.
JORNADA LABORAL
De acuerdo con el nuevo reglamento, los efectivos de la Policía Foral tendrán una jornada laboral en cómputo anual de 1.592 horas. Este horario experimenta las siguientes modificaciones de acuerdo con los distintos turnos establecidos: - Turnos de mañanas, tardes y noches: 1.457 horas.- Turno fijo de noches: 1.535 horas.- Turnos de mañana y tarde con domingos y festivos: 1.554 horas.- Jornada partida con trabajo en domingos y festivos: 1.569 horas.
Los turnos de jornada nocturna tendrán una duración máxima de ocho horas. Además, se establece, con carácter general, un descanso mínimo di-ario de 11 horas consecutivas en el curso de cada periodo de 24 horas y por cada periodo de trabajo de siete días consecutivos existirá un tiempo de descanso mínimo ininterrumpido de 24 horas, a las que se añadirán las 11 horas de descanso ya citadas, si bien previa negociación sindical se podrá establecer un régimen propio de descansos.Los efectivos policiales tendrán derecho a disfrutar de la mitad de los fines de semana del año, estando obligados a trabajar un máximo de 29 fines de semana anuales.
COMPENSACION POR HORAS EXTRAORDINARIAS, EN HORARIO NOCTURNO O DÍA FESTIVO EN PRESENCIA FÍSICA O LOCAL-IZADA, POR PARTICIPAR EN TRIBUNALES DE SELECCIÓN O POR IMPARTIR CURSOS DE FOR-MACIÓN.
Por su parte, en lo que se refiere a la posible retroactividad del regla-mento en materia retributiva, el decreto se remite a lo establecido en la Ley 15/2015. En este sentido, señala que las nuevas disposiciones entrarán en vigor el 1 de octubre, sin perjuicio de lo establecido en la citada ley “que dispone que las posibles diferencias retributivas entre los puestos de trabajo del mis-mo empleo a que diera lugar la nueva regulación, y que no superarán el 7%, lo sean de aplicación con efecto retroactivo al 1 de enero de 2016, con cargo a los presupuestos de 2016”.
El Decreto foral, que consta de 14 artículos, va acompañado de 5 anexos. En ellos se establece un manual para la valoración de los puestos de trabajo de la Policía Foral de acuerdo a los criterios de responsabilidad, de-dicación, preparación técnica y dificultad en la realización de las tareas en-comendadas. En función de estos parámetros se asigna a cada agente una determinada puntuación que, a su vez, conlleva un determinado porcentaje de incremento del puesto de trabajo.
19DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
A expensas de que se apruebe el borrador del Real Decreto
por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubila-
ción a favor de los policías locales al servicio de las administraciones
municipales ASP está estudiando de forma paralela a este dossier
una vía en aras de un acuerdo para que todos los policías se jubilen
en igualdad de condiciones.
Aunque unos cuerpo estén en régimen de clases pasivas y
otros por la Seguridad Social volvemos a reiterar nuestro compromi-
so para que el principio de igualdad no se vea vulnerado por llevar
un uniforme u otro, un funcionario no debe de tener más o menos
derechos que el resto.
HABERES REGULADORES PARA PENSION
GRUPO EUROS AÑO
Para la determinación inicial de las pensiones reguladas se tendrán en cuenta en 2017 los haberes reguladores que se detallaron con anterioridad.
El importe a percibir no podrá superar durante el año 2017 la cuantía integra de 2.573,70 euros men-suales, sin perjuicio de las pagas extraordinarias.
A1 40.460,17
A2 31.843,17
B 27.883,86
C1 24.456,10
SEGUNDA ACTIVIDAD SIN DESTINO
Los funcionarios de Segunda Actividad sin destino no perciben en las extras, el Complemento Específico General al llevarlo incluido en el cálculo del 80% del Complemento de Disponibilidad.
Aunque no se tenga consolidado el nivel, cuando se pasa a la situación de segunda actividad sin destino se mantiene el complemento de destino del puesto que se estaba desempeñando.
La cuantía de la pensión ordinaria se determina aplicando al haber
regulador que corresponda, según el Cuerpo o categoría del fun-
cionario, el porcentaje establecido en función del número de años
completos de servicios efectivos al Estado.
Haberes reguladores (bases para el cálculo de las pensiones de
Clases Pasivas): se fijan anualmente en la Ley de Presupuestos Ge-
nerales del Estado para cada grupo, subgrupo (EBEP Real Decreto
Legislativo 5/2015) de clasificación en que se encuadran los distin-
tos Cuerpos, Escalas, plazas o empleos de funcionarios.
JUBILACIÓN 06
22 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
Para el 2018 son los siguientes:
Grupo / Subgrupo EBEP Haber regulador (euros /año)
A1 40.561,32 40.561,32
A2 31.933,78 31.933,78
B 27.953,57 27.953,57
C1 24.517,24 24.517,24
C2 19.397,20 19.397,20
E (Ley 30/1984) y Agrupaciones profesionales (EBEP) 16.537,66
• A la base o haber regulador que corresponda se aplicará el porcenta-
je que proceda de acuerdo con la siguiente escala:
Años deservicio
Porcentajedel regulador
Años deservicio
Porcentajedel regulador
Años deservicio
Porcentajedel regulador
1 1,24 13 22,10 25 63,46
2 2,55 14 24,45 26 67,11
3 3,88 15 26,92 27 70,77
4 5,31 16 30,57 28 74,42
5 6,83 17 34,23 29 78,08
6 8,43 18 37,88 30 81,73
7 10,11 19 41,54 31 85,38
8 11,88 20 45,19 32 89,04
9 13,73 21 48,84 33 92,69
10 15,67 22 52,52 34 96,35
11 17,71 23 56,15 35 o más 100
12 19,86 24 59,81
COTIZACIONES
GRUPO MUFACE DERECHOS PA-SIVOS
A1 48,22 110,14
A2 37,95 86,68
C1 29,15 66,57
En los meses de junio y diciembre se pagará doble cuota de MUFACE
23DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
Para que los salarios que perciben los policías nacionales así como los guardias
civiles estén a la altura de la relevante labor constitucional que ejercen, sin desigual-
dades ni diferencias respecto al resto de policías del Reino de España, ASP expone y
presenta el siguiente proyecto de implantación.
El Gobierno de la nación dedica dinero a financiar compromisos de gasto en
muchas materias – entre otras, un fondo de liquidez autonómico (FLA) para que las co-
munidades autónomas puedan refinanciar sus vencimientos y no caer en impago.
Cataluña ha recibido por este concepto 36.330 millones desde el año 2012,
7.757,18 millones de euros en el 2017, un dinero inyectado por el Gobierno de la nación
que ni debemos y no entraremos a juzgar. En el año 2016 y con la intención de moder-
nizar la digitalización del Poder Judicial el Gobierno destinó 1577 millones de euros, por
lo que aseguramos que el margen de maniobra para dignificar las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado es más que suficiente a la hora de abordar la equiparación en
el ejercicio del 2018.
Estamos pidiendo en el año 2018 para la Policía Nacional, (745.912.921,32 €),
que representa el 0,6 por ciento del gasto sobre el Producto Interior Bruto (PIB), o lo que
es lo mismo un 0,15% de los presupuestos generales para el presente año, cantidades
para nada relevantes en la situación económica que presenta nuestro país y su corres-
pondiente costo al erario público.
Desde Alternativa Sindical de Policía (ASP) Instamos al Gobierno a introducir
el proyecto de equiparación y dignidad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado.
FASE 1 AÑO 2018
• En las mesas técnicas única y exclusivamente se abordarán derechos labora-
les retribuidos.
• Entendemos que es prioridad la equiparación y dignidad de los agentes del
CNP y la GC frente a las policías autonómica, por eso se le dará única y exclusi-
PROPUESTA DEIMPLANTACIÓN 07
24 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
va preferencia al incremento de sus retribuciones en el 2018.
• Recordamos que los medios de trabajo y el decoro de las instituciones son una
obligación del Gobierno para con el ciudadano, por lo que dichas mejoras que dig-
nifiquen la labor policial se tratarán de forma independiente y en distintas mesas
como se ha venido realizando hasta la actualidad.
• Actualizar el complemento específico (General y singular) según el CPT al de los
Mozos de Escuadra, percibiéndose íntegramente en 14 pagas anuales, inyectando
las siguientes cantidades a cada funcionario del Cuerpo Nacional de Policía en el
complemento general. Estos complementos se han calculado con su menor homó-
nimo.
Comisario Principal 13.930,84
Comisario 10.956,96
Inspector Jefe 14.616,56
Inspector 11.642,68
Subinspector 14.572,04
Oficial de policía 10.584,00
Policía 10.022,74
*Cantidades anuales a incre-
mentar en bruto a cada funcio-
nario
• Equiparar el Complemento de residencia de los policías destinados en Baleares
con los del archipiélago Canario al padecer ambos la problemática de la insularidad
y más aún cuando la comunidad autónoma de Baleares no goza de los mismos
beneficios fiscales.
• Elaborar junto con la administración una mesa que comience a trabajar para equi-
parar y unificar el Catálogo de los puestos de Trabajo de todas las policías basándo-
se en los criterios de responsabilidad, dedicación, preparación técnica y dificultad,
evitando agravios entre las mismas y homogeneizando la labor policial.
• Comenzar una mesa de trabajo para implantar en el año 2020 la ley reguladora del
régimen retributivo de las carreras policiales
• Comenzar una mesa de trabajo para implantar en el año 2020 el mismo modelo de
jubilación para todos los policías, con carácter retroactivo desde el año 2018.
• Comenzar a trabajar en un único complemento de territorialidad dividido en tres
categorías (Nacional, autonómico, local) en función a la disponibilidad geográfica,
ámbito de actuación y desarraigo que sufren los miembros del Cuerpo Nacional de
Policía y de la Guardia Civil, estableciendo las bases de ley reguladora del régimen
25DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
retributivo de las carreras policiales
• Implantar, previo estudio y acuerdo 1/3 de los derechos retributivos de los
que gozan el resto de policías autonómicas.
FASE 2 AÑO 2019
• Incrementar y actualizar con el porcentaje correspondiente todo el catálogo
de puestos de trabajo en el complemento singular.
• Implantar la dieta única de manutención y alojamiento dentro del CNP, sin
importar escalas ni categorías, todos merecemos el mismo trato a la hora de
desempañar nuestra labor.
• Implantar, previo estudio y acuerdo 2/3 de los derechos retributivos de los
que gozan el resto de policías autonómicas.
FASE 3 AÑO 2020
• Poner en marcha la ley reguladora del régimen retributivo de las carreras
policiales
• Implantar, previo estudio y acuerdo el total de los derechos retributivos de
los que gozan el resto de policías autonómicas.
• Poner en marcha el complemento de territorialidad para todas las policías.
• Poner en marcha la Jubilación con el 100% del salario percibido en activo
• Elaborar junto con la administración una mesa que comience a trabajar para
actualizar la Ley Orgánica de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
y actualizarla a las demandas del siglo XXI, buscando un modelo policial que
permita a los agentes mayor colaboración, homogeneizando la labor policial
entre los diferentes cuerpos policiales en aras de la seguridad de la ciudada-
nía.
26 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
Por la complejidad de la elaboración de este documento cualqui-
er normativa derogada, error numérico o incorrección del mismo
se subsanará con brevedad en una segunda edición.
Para cualquier duda o aportación pueden enviar un correo elec-
trónico a [email protected] y [email protected]
27DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
A.S.P.
ALTERNATIVA
SINDICAL
DE POLICÍA
C\GINZO DE LIMIA 35,
28029 MADRID
TLF : 91 378 28 48
W : www.asipol.es
28 DOSSIER TÉCNICO - EQUIPARACIÓN SALARIAL - A.S.P.
2018