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Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología "Decenio de lo lguoldod de Oportunidades para mu jeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad" CONGRESO DE LA REPÚBLICA AREA DE T AAMITE OOCUMENTARIO Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín COMISION DE CIENCIA, INNOVACION Y TECNOLOGÍA Período Anual de Sesiones 2018-2019 Sor Presidente: Ha sido remitido para dictamen de la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología, el Proyecto de Ley 3584/2018-CR presentado por el Grupo Parlamentario Fuerza Popular, a iniciativa del congresista Gilmer Trujillo Zegarra, que propone una "Ley que declara de necesidad pública y de pref erente interés nacional los servicios de promoción de la innovación para la competitividad del departamento de San Martín". ...... La Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología en la Décimo Tercera Sesión Ordinaria realizada el día 21 de mayo del presente, acoraprobar por UNANIMIDAD con los votos de los Congresistas: Carlos Humberto Ticlla Rafael, Presidente; César Antonio Segura Izquierdo, Miembro Titular; Ángel Neyra Olaychea, Miembro Titular; Moisés Mamani Colquehuanca, Miembro Titular; José Marvin Palma Mendoza, Miembro Titular, y Karla Melissa Schaefer Cuculiza, Miembro Accesitario, el Dictamen con texto sustitutorio, recaído en el proyecto de ley 2999/2017-CR, que propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín. i. Situación procesal El Proyecto de Ley 3584/2018-CR fue presentado en el Área de Trámite Documentario el 30 de octubre de 2018 y fue decretado el día 05 de noviembre de 2018 a la comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología, en calidad de única comisión dictaminadora, ingresando a dicha comisión el día 06 de noviembre de 2018 para su estudio y dictamen. Formalmente, el proyecto legislativo bajo estudio cumple con los requisitos generales señalados en el artículo 75 1 del Reglamento del Congreso de la República, por lo cual se declara admisible la propuesta a fin de proceder con el alisis de fondo, y de ello, determinar su procedencia o no. 1 Requisitos y presentación de las proposiciones Artículo 75. Las proposiciones de ley deben contener una exposición de motivos donde se expresen sus fundamentos, el efecto de la vigencia de la norma que se propone sobre la legislación nacional, el alisis costo-beneficio de la futura norma legal incluido, cuando corresponda, un comentario sobre su incidencia ambiental. De ser el caso, la fórmula legal respectiva que estará dividida en títulos, capítulos, secciones y artículos. J 6 33 '- t jt . j / www.congreso.gob.pe 3' Piso del Ed1f1c10 Víctor Raúl Haya de la Torre Lima, Perú 311-7777 anexos 7814 - 7815 - 4619

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Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología

"Decenio de lo lguoldod de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

CONGRESO DE LA REPÚBLICA AREA DE TAAMITE OOCUMENTARIO

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

COMISION DE CIENCIA, INNOVACION Y TECNOLOGÍA Período Anual de Sesiones 2018-2019

Señor Presidente: Ha sido remitido para dictamen de la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología, el Proyecto de Ley 3584/2018-CR presentado por el Grupo Parlamentario Fuerza Popular, a iniciativa del congresista Gilmer Trujillo Zegarra, que propone una "Ley que declara de necesidad pública y de preferente interés nacional los servicios de promoción de la innovación para la competitividad del departamento de San Martín".

......

La Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología en la Décimo Tercera Sesión Ordinaria realizada el día 21 de mayo del presente, acordó aprobar por UNANIMIDAD con los votos de los Congresistas: Carlos Humberto Ticlla Rafael, Presidente; César Antonio Segura Izquierdo, Miembro Titular; Ángel Neyra Olaychea, Miembro Titular; Moisés Mamani Colquehuanca, Miembro Titular; José Marvin Palma Mendoza, Miembro Titular, y Karla Melissa Schaefer Cuculiza, Miembro Accesitario, el Dictamen con texto sustitutorio, recaído en el proyecto de ley 2999/2017-CR, que propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín.

i. Situación procesal

El Proyecto de Ley 3584/2018-CR fue presentado en el Área de Trámite Documentario el 30 de octubre de 2018 y fue decretado el día 05 de noviembre de 2018 a la comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología, en calidad de única comisión dictaminadora, ingresando a dicha comisión el día 06 de noviembre de 2018 para su estudio y dictamen.

Formalmente, el proyecto legislativo bajo estudio cumple con los requisitos generales señalados en el artículo 751 del Reglamento del Congreso de la República, por lo cual se declara admisible la propuesta a fin de proceder con el análisis de fondo, y de ello, determinar su procedencia o no.

1 Requisitos y presentación de las proposiciones Artículo 75. Las proposiciones de ley deben contener una exposición de motivos donde se expresen sus fundamentos, el efecto de la vigencia de la norma que se propone sobre la legislación nacional, el análisis costo-beneficio de la futura norma legal incluido, cuando corresponda, un comentario sobre su incidencia ambiental. De ser el caso, la fórmula legal respectiva que estará dividida en títulos, capítulos, secciones y artículos. J 6 33 '-tjt.j /

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"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

ii. Contenido de la Propuesta

El Proyecto de Ley 3584/2018-CR contiene un único artículo y una disposición complementaria final que proponen lo siguiente:

a) Declarar de necesidad pública y de preferente interés nacional los servicios de promoción de la innovación para la competitividad en el departamento de San Martín, en armonía con el desarrollo sostenible. (Artículo único del PL).

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b) Como Disposición Complementaria Final autoriza al Gobierno Regional de San Martín para que en coordinación con el CONCYTEC u otra entidad pública o privada, efectúen las acciones necesarias para la elaboración y ejecución de proyectos de inversión que promuevan la innovación para la mejora de la competitividad en el departamento de San Martín, contribuyendo con el desarrollo sostenible del país.

Como exposición de motivos, la iniciativa señala lo siguiente:

" el Gobierno Regional de San Martín, en el marco de sus competencias regionales, a través de su Unidad Ejecutora Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo {PEHCBM) le ha encargado la creación de servicios de promoción de la innovación para la competitividad de la Región San Martín, como mecanismo para facilitar y promover la competitividad de la red de empresas de la región. Este esfuerzo se inició en el 2015 y cuenta con un perfil de pre-inversión realizado el año 2017 por INNOVA-PUCP.

Ello comprende la creación de una Agencia de Promoción de la Innovación (API}, que estará a cargo de la gestión de los servicios de promoción de la innovación para la competitividad, el desarrollo de un Parque Científico Tecnológico denominado Tecnopolo de Innovación y Desarrollo en una infraestructura básica y de servicios y equipamiento requeridos en el predio de aproximadamente 23.92 hectáreas en Shilcayo, y el establecimiento de un Sistema de Promoción de la Innovación de San Martín ( ... ) destinado a promover la alianza universidad­ empresa-Estado-Población con miras a hacer competitiva la producción regional, tanto con empresas existentes como incubando nuevos emprendimientos, mediante el impulso del valor agregado a través del conocimiento, las investigaciones académicas aplicadas, la experimentación de nuevas tecnologías,

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"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de lo lucha contra la corrupción y la impunidad"

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adecuado manejo de la gestión de calidad y ampliación de los mercados de exportación. ( ... ) El Sistema de Promoción de la Innovación de San Martín, es un proyecto que se viene desarrollando en la Región San Martín, es el único Gobierno Regional que está impulsando la creación de un Tecnopolo en la ciudad de Tarapoto y la puesta en marcha de una Agencia de Promoción de la Innovación {API}. Se ha reservado un área de 26 Hectáreas, colindante con la ciudad y en dos hectáreas se han construido unas losas deportivas donde se realizó el año pasado la EXPOAMAZÓNICA, y que luego se utilizará para la Agencia de Promoción de la Innovación. También se han concluido los estudios para el desarrollo de la Agencia y del Tecnopolo. ( ... ) En cuanto a la infraestructura en la zona central del Tecnopolo se encontrará el Centro de Negocios (concebido como un campo ferial permanente sobre plataformas multiusos de losas deportivas ya construidas}, en la parte frontal se encontrará la Agencia de Innovación (incubadora de empresas) y alrededor de ella se desarrolla el Centro de Innovación (anillo macroestructural para los módulos de innovación y desarrollo). La Zona Norte es para el desarrollo de los módulos de innovación y desarrollo de manufacturas, la Zona Oeste para módulos de innovación y desarrollo de investigación pecuaria (con lagunas acuícolas y ganado para investigación genética) y la Zona Sur para módulos de innovación y desarrollo agrícola (con áreas cultivadas de experimentación). Igualmente se desarrollará un Museo de Ciencias y un Centro de Ideas, asi como los servicios para albergar un Parque Científico Tecnológico.

( ... ) se requiere que este esfuerzo sea continuo y forme parte de una política regional de mediano y largo plazo, con el objeto que trascienda esta iniciativa única de un Gobierno Regional en materia de ciencia y tecnología. En tal sentido, se justifica la declaración de necesidad pública y de preferente interés nacional. ( ... ) Cabe señalar que el Gobierno Regional de San Martín, en el marco de sus competencias, a través de su Unidad Ejecutora Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo {PEHCBM) ha desarrollado el proyecto de inversión "creación de Servicios de Promoción de la innovación para la competitividad de la Región San Martín" con código SNIP No. 387502. Los beneficiarios del proyecto se estiman en 45,849 personas y la fecha de viabilidad del perfil {14 de diciembre de 2017), por un monto de inversión de 5/. 16.46 millones, siendo la tasa de retorno de 80 por ciento ( ... ) 3

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EFECTOS DE LA VIGENCIA DE LA NORMA EN LA LEGISLACION NACIONAL Por su naturaleza, la presente iniciativa es de carácter declarativo, por lo que no modifica ni deroga norma alguna de nuestra legislación. ( ... ) ANÁLISIS COSTO BENEFICIO La presente proposición legislativa no irroga gastos al Tesoro Público, considerando que es una norma de carácter declarativo que busca declarar de necesidad pública y de preferente interés nacional los servicios de promoción de la innovación para la competitividad en el departamento de San Martín, contribuyendo con el desarrollo sostenible y sustentable del país. Asimismo, pretende que el Gobierno Regional de San Martín coordine con el CONCYTEC u otra entidad pública o privada con la finalidad de promover intervenciones de innovación para la mejora de la competitividad en el mencionado departamento."

iii. Opiniones solicitadas

3.1 Ministerio de Economía y Finanzas - MEF. Mediante Oficio 82-2018-2O19/CIT-CR, del 08 de noviembre de 2018, se solicitó opinión técnico-legal a dicho sector. Sin embargo, no habiendo respuesta a dicho documento, en el plazo legal para hacerlo, se REITERÓ nuestro pedido de opinión mediante Oficio 139-2018-2019/CIT-CR, del 14 de marzo de 2019.

3.2. Gobierno Regional de San Martín. Mediante Oficio 84-2018-2019/CIT-CR, del 08 de noviembre de 2018, se solicitó opinión técnico-legal a dicho gobierno regional. Sin embargo, no habiendo respuesta a dicho documento, en el plazo legal para hacerlo, se REITERÓ nuestro pedido de opinión mediante Oficio 138-2018-2019/CIT-CR, del 14 de marzo de 2019.

3.3 Ministerio de la Producción. Mediante Oficio 85-2018-2019/CIT-CR, del 08 de noviembre de 2018, se solicitó opinión técnico-legal a dicho sector. Sin embargo, no habiendo respuesta a dicho documento, en el plazo legal para hacerlo, se REITERÓ nuestro pedido de opinión mediante Oficio 140-2018-2019/CIT-CR, del 14 de marzo de 2019. 3.4. Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Mediante Oficio 86-2018-2019/CIT-CR, del 08 de noviembre de 2018, se solicitó opinión técnico-legal a dicha entidad. Sin embargo, no habiendo respuesta a dicho documento, en el plazo legal para hacerlo, se REITERÓ nuestro pedido de opinión mediante Oficio 137-2018-2019/CIT-CR, del 14 de marzo de 2019.

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"Año de lo lucha contra la corrupción y la impunidad"

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iv. Opiniones Recibidas

4.1. Ministerio de la Producción

Mediante Oficio 2703-2018-PRODUCE/SG, firmado por la Sra. Claudia Centurión Lino, Secretaria General del Ministerio de la Producción, y recibido el 10 de enero de 2019 por nuestra comisión, dicho sector nos remite su opinión institucional adjuntando el Informe 1623-2018-PRODUCE/OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el que hacen observaciones al proyecto 3584/2018-CR, en los siguientes términos:

"PRODUCE es competente, entre otros, en materia de innovación productiva; por lo que teniendo en cuenta que el Proyecto de Ley está relacionado a la innovación para la mejora de la competitividad en el departamento de San Martín, corresponde que el PRODUCE emita opinión sobre el Proyecto de Ley. ( ... ) RESPECTO A LA OPINIÓN DEL DESPACHO VICE MINISTERIAL DE MYPE E INDUSTRIA ( .. .) a través del Informe Nº 006-2018-PRODUCE/DVMYPE-I/IDGPAR-DP-aazanero emitido por la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, formula observaciones al Proyecto de Ley, en base a los siguientes argumentos: - El artículo 2 del TUO de la Ley 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnológica e Innovación ( ... ) declaró de necesidad pública, desarrollo, promoción, consolidación, transferencia y difusión de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CTel} dado que son factores fundamentales para la productividad y el desarrollo nacional en sus diferentes niveles de gobierno. En ese sentido, el artículo único del Proyecto de Ley ya se encuentra regulado en el marco legal vigente. ( ... ) el CONCYTEC (organismo adscrito a la PCM} al ser el organismo rector en materia de innovación, le corresponde a dicha entidad emitir su opinión sobre el Proyecto de Ley; más aún cuando el Proyecto de Ley propone que el Gobierno Regional de San Martín debe coordinar con el CONCYTEC sobre la elaboración y ejecución de proyectos de inversión que promueva la innovación para la mejora de la competitividad del departamento de San Martín. ( .. .) OPINIÓN DE ESTA OFICINA GENERAL Esta Oficina General concuerda con la opinión de Industria en el sentido que el marco legal vigente ya regula las materias que pretende regular el Proyecto de Ley". 5

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"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

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(. .. ) Por otra parte, conforme con lo manifestado en las consideraciones previas, el departamento de San Martín se encuentra en el grupo de regiones con el ICPR (Índice de Competitividad Regional) extremadamente bajo, este índice incluye factores referidas a la innovación, por lo que es trascendental realizar acciones que contribuyan con el desarrollo del departamento. Ahora bien, el problema de baja productividad por falta de innovación es una realidad de diferentes regiones del país ( ... ) Por ello, es necesario que las intervenciones que busquen abordar esta problemática se orienten principalmente a la corrección de las causas principales y no las indirectas. ( .. .) se advierte que el objetivo del referido proyecto de ley podría ser tratado a través de las Agencias Regionales de Desarrollo que viene impulsando la PCM, por ello se sugiere revisar la pertinencia del proyecto ley a fin de evitar la duplicidad de esfuerzos y la generación de obstáculos que contravengan el desarrollo del departamento de San Martín ( ... ) el Programa Nacional de Innovación para la Productividad del Ministerio de la Producción (lnnóvate Perú], lanzó el concurso Dinamización de Ecosistemas Regionales de innovación y Emprendimiento, donde se cuenta con la participación de un representante del gobierno regional o local, se precisa que San Martín es una de las tres regiones seleccionadas con el proyecto "Dinamización del ecosistema regional de innovación y emprendimiento con enfoque de agro biodiversidad mediante el fortalecimiento de capacidades y vinculación de actores estratégicos en el departamento de San Martín, estos proyectos reciben un financiamiento hasta 5/. 1.8 millones para su desarrollo".2

4.2 Presidencia del Consejo de Ministros - Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC)

Mediante Informe 005-2019-CONCYTEC-DPP-SDITT-CJPP, elaborado por la Sub Dirección de innovación y Transferencia tecnológica de la Dirección de Políticas y Programas de CTel, expresa su opinión favorable sobre la iniciativa legislativa bajo estudio, con recomendaciones a ser estudiadas, señalando lo siguiente:

" La CTI es considerada como medio fundamental para elevar los niveles de productividad y competitividad de las empresas, y consecuentemente de las regiones. ( ... ) el Gobierno Regional de San Martín, a través de su Unidad Ejecutora Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo, plantea la creación de servicios de promoción de la innovación para la competitividad de la red de empresas de la

2 Informe NQ 006-2018-PRODUCE/DVMYPE-I/IDGPAR-DP-aazanero, páginas 4-11.

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Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

región. Ello comprende la creación de una Agencia de Promoción de la Innovación, que estará a cargo de la gestión de los servicios de promoción de la innovación para la competitividad, el desarrollo de un Parque Científico Tecnológico, y el establecimiento de un Sistema de Promoción de la innovación de San Martín.

Empero es de señalar que los servicios de promoción a que se refiere el artículo único están restringidos a la innovación, por lo que se recomienda que se amplíen a la ciencia, tecnología e innovación; pudiendo quedar el texto completo como sigue:

"Declárese de necesidad pública y de preferente interés nacional los servicios de promoción de la Ciencia, Tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín, en armonía con el desarrollo sostenible".

Respecto a la Disposición Complementaria Final Única, CONCYTEC señala que, dado su rol de ente rector del SINACYT (Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología e Innovación Tecnológica}, no puede considerarse en forma alternativa a otra entidad, sea pública o privada, que la reemplace, por ello propone el siguiente texto:

"Autorícese al Gobierno Regional de San Martín para que, en coordinación y con el soporte del CONCYTEC y de ser el caso otra entidad pública o privada, efectúe las acciones necesarias para la elaboración y ejecución de proyectos de inversión que promuevan la innovación para la mejora de la competitividad en el departamento de San Martín, contribuyendo con el desarrollo sostenible del país".

Por último, proponen añadir una segunda disposición complementaria final que defina lo que se entiende por proyectos de inversión en investigación científica y tecnológica, ya que las actividades que comprenden pueden llegar al desarrollo experimental, prototipo y escalamiento industrial con el objetivo de desarrollar tecnología, por ello proponen el siguiente texto:

"Precisese las características de una Proyecto de inversión en investigación científica y tecnológica, incluidas en el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 27506, Ley del Canon, para la promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación de base científica, teniendo en consideración todas las etapas para la generación de tecnología, las que incluyen investigación básica, aplicada, desarrollo experimental, prototipaje, escalamiento industrial y otros".

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4.3 Gobierno Regional de San Martín

Mediante Oficio 716-2018-GRSM/GR firmado por el señor Víctor Noriega Reátegui, Gobernador Regional de San Martín, y recibido el 10 de diciembre de 2018 por nuestra comisión, dicho nivel de gobierno nos remite su opinión institucional favorable por la aprobación de la iniciativa legislativa, adjuntando la Carta 115- 2018-GRSM/GRDE/DERP, elaborado por la Gerencia de Desarrollo Económico, en los siguientes términos:

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"Para el caso específico de la reqion San Martín, donde la mayor actividad económica es la agropecuaria y ocupa áreas de tierras forestales, es importante incrementar las capacidades humanas que promuevan el uso racional y eficiente de los recursos naturales y el impulso de la actividad privada, que creen soluciones a partir del contexto particular de la región (sociales, económicas y ambienta/es) y el alineamiento con las problemáticas de los sectores de la región. Por ello, esta ley generaría un contexto de priorización en temas vinculados a la CTI, incrementando los incentivos del sector público-privado y sociedad civil por incluirlos en sus intervenciones en la región; pero que debieran enmarcarse bajo el enfoque de producción-protección-inclusión. Es decir, priorizar proyectos l+d+i (investigación, desarrollo e innovación) para cadenas de valor que realicen actividades que promuevan la conservación productiva de los bosques o aumenten la eficiencia del uso del suelo y generen valor agregado a la Amazonía peruana ( ... ) El Tecnopolo de Innovación y Desarrollo estaría destinado a llenar el vacío existente en cuanto a la insuficiente infraestructura y equipamiento, que fomenten, sobre todo, no solo la investigación sino la capacidad práctica. ( ... ) El Tecnopo/o de Innovación y Desarrollo, así como la Agencia de la Promoción de la Innovación estarían entregando mecanismos y herramientas que actualmente la población ni el sector privado está recibiendo, por falta de acceso por lejanía, desconocimiento, financiamiento, entre otros. No obstante, debe asegurarse que contribuyan a las prioridades de política territorial de la región enmarcadas en su Plan Regional de Desarrollo Concertado.

El acercamiento multisectorial alrededor de esta iniciativa en la región, abre la posibilidad de un mejor diálogo con el sector financiero por el cual se puedan generar mecanismos de financiamiento".

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Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

Asimismo, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, complementa la opinión institucional señalando lo siguiente:

" ... Esta ley bridaría un marco legal y soportaría la continuidad del proyecto de inversión "Creación de Servicios de Promoción de la innovación para la competitividad de la región San Martín", que comprende la creación de una Agencia de Promoción de la Innovación {API}, que estaría a cargo de la gestión de los mencionados servicios, el desarrollo de un Parque Científico Tecnológico "Tecnopolo de Innovación y Desarrollo", y el establecimiento de un Sistema de Promoción de la Innovación en San Martín".

v. Marco normativo a) Constitución Política del Perú (Art. 14) "Es deber del Estado promover el

desarrollo científico y tecnológico del país. b) Ley 30309, Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico

e Innovación Tecnológica. c) Ley 30806, Ley que modifica diversos artículos de la Ley 28303, Ley de ciencia,

tecnología e innovación tecnológica; y de la Ley 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC).

d) Ley 29158, Ley del Poder Ejecutivo e) Ley 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Nacional de Ciencia, Tecnología

e Innovación Tecnológica CONCYTEC f) Ley 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. g) Decreto Supremo 020-2010-ED, que aprueba el Reglamento del Texto Único

Ordenado de la Ley 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica.

h) Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización. i) Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. j) Ley 27506, Ley del Canon. k) Decreto Supremo 003-2014-PRODUCE, Crean el Programa Nacional de

Innovación para la Competitividad y Productividad. 1) Decreto Supremo 032-2007-ED, Texto Único Ordenado de la Ley Marco de

Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. m) Decreto Supremo 001-2006-ED, Plan Nacional Estratégico para la Competitividad

y el Desarrollo Humano PNCTI 2006-2021.

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"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

vi. Análisis técnico-legal

6.1. Vinculación con el Acuerdo Nacional

Vistas las pretensiones de la iniciativa bajo estudio, consideramos que guardan conformidad con las siguientes políticas nacionales del Acuerdo Nacional:

Política de Estado 18. Búsqueda de la competitividad, productividad y formalización de la actividad económica

1

Al pretender una ley declaratoria de necesidad pública y preferente interés nacional de determinadas acciones que deba realizar el Gobierno Regional de San Martín, junto al CONCYTEC y otras actores de la actividad académica y empresarial, a fin de impulsar servicios de promoción de la innovación para la competitividad de dicha región.

La inclusión de la competitividad como política de Estado del Acuerdo Nacional contribuyó para poner en la agenda pública las urgencias que se requieren atender para garantizar un crecimiento sostenido de la economía y para llevar a cabo una efectiva lucha contra la pobreza, en materias "vinculadas al concepto de la "triple !" que señala el Consejo Nacional de la Competitividad (institucionalidad, infraestructura e innovación}, por lo que se debe impulsar políticas más agresivas y profundas que permitan mejoras sustantivas de la competitividad".3

Con ello, se aprecia la estrecha vinculación entre innovación y competitividad, ambos conceptos ligados a su vez a las políticas públicas sobre ciencia, tecnología e innovación, indispensables para la creación de mayor valor de la producción y para asegurar que el crecimiento se traduzca en mejores condiciones de bienestar, crecimiento que hoy se debe hacer con responsabilidad social y cuidado del medio ambiente, en lo que se ha denominado desarrollo sostenible.

Así entonces, las políticas de competitividad son un instrumento para el desarrollo sostenible, especialmente, en las regiones de nuestro país donde hay elevadas tasas de pobreza.

3 Acuerdo Nacional. Informe de Seguimiento (2006-2008) Objetivo 111: Competitividad del país. Primera edición: noviembre de 2009. Página 12. Recuperado en: http://acuerdonacional.pe/wp­ content/uploads/2014/06/0bjetivo3.pdf

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Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

En ese sentido, "La décimo octava política de Estado del Acuerdo Nacional es el gran marco referencial que debe guiar la conducción de la economía pues, para lograr insertarnos exitosamente en un mundo globalizado y generar empleo de calidad, necesariamente tenemos que ser más competitivos, esfuerzo que venimos haciendo ya durante más de una década. Sin embargo, existen desafíos que todavía debemos cumplir en torno a esta política, como (. .. ) la de impulsar medidas específicas para incrementar la generación de valor agregado, ambos factores importantes para consolidar el crecimiento". 4

Política de Estado 19. Desarrollo sostenible y gestión ambiental

Todo proyecto de inversión para la promoción de la innovación y competitividad de parte de los sectores involucrados (Gobierno Regional, CONCYTEC, universidad, empresas, CITEs, etc.) debe enfocar su proceso dentro de las políticas de desarrollo sostenible y gestión ambiental a fin de no afectar a las futuras generaciones.

En este sentido, la iniciativa legislativa está vinculada a la decimonovena política del Acuerdo Nacional, en tanto señala que toda acción que se desarrolle al amparo de sus disposiciones será con el objetivo de contribuir "con el desarrollo sostenible del país".5

"La política de Estado 19, Desarrollo sostenible y gestión ambiental, centra el desarrollo en la persona e incluye lo material y lo ambiental como parte de la "integridad" del desarrollo humano; tiene especial cuidado al precisar sus componentes, insistiendo en lo ecosistémico y ambiental (. .. ) Debe destacarse su dimensión territorial moderna, reconociendo las cuencas como espacios privilegiados así como los bosques y las zonas marino costeras (. .. ) La política es muy clara al indicar la gestión ambiental como un proceso facilitador, precisando sus instrumentos: económicos y financieros, tecnológicos, culturales, educativos, y de investigación, monitoreo y evaluación, y de regulación ( ... ) La implementación de esta política ha tenido varios hitos en el fortalecimiento de la gestión ambiental y en la construcción de estrategias coordinadas de desarrollo sostenible: desde la adhesión del Perú al Tratado de Kyoto ( .. .) la ampliación de las áreas naturales protegidas; la publicación de la Ley Forestal y de la Ley General del Ambiente; hasta la creación del Ministerio del Ambiente". 6

4 Acuerdo Nacional: Consensos para en rumbar al Perú. Primera edición, abril de 2014. Página 148-149. Recuperado en: http://acuerdonacional.pe/wp-content/uploads/2014/07 /LibroV2014 1.pdf 5 Mencionada en la disposición complementaria única del Proyecto de Ley 3584/2018-CR. 6 Acuerdo Nacional: Consensos para enrumbar al Perú. Primera edición, abril de 2014. Página 150-153. Recuperado en: http://acuerdonacional.pe/wp-content/uploads/2014/07 /LibroV2014_1.pdf A 1

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Política de Estado 20. Desarrollo de la ciencia y la tecnología

La propuesta también se relaciona con esta política de Estado, en tanto, propone que las entidades responsables de materializar la ley propuesta: "efectúen las acciones necesarias para la elaboración y ejecución de proyectos de inversión que promuevan la innovación para la mejora de la competitividad".7

Esta ejecución de proyectos de inversión (en infraestructura o innovación), necesariamente tienen que pasar por un proceso de investigación científica y tecnológica que genere valor agregado en los productos producidos (valga la redundancia) si el objetivo es ser competitivos, además de incorporar en este proceso a la academia y empresas privadas.

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En este sentido, la iniciativa legislativa cuadra con la política 20 al pretender promover el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación (CTI) en el Perú. Proceso que es incipiente aún si nos atenemos a los resultados del I Censo Nacional de Investigación y Desarrollo (l+D) en Centros de Investigación del año 2016, estudio que se realizó en convenio entre el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) y el Instituto Nacional de Estadística e Informática {INEI).

"El Acuerdo Nacional (AN) consideró conveniente, en lo que atañe a la vigésima política de Estado, Desarrollo de la ciencia y la tecnología, crear un Grupo Impulsor que elabore una visión conjunta de la ciencia, tecnología e innovación (CTI} en el país, constituido por la comunidad científica y académica, el sector empresarial y partidos políticos ( ... ) Los debates sobre este tema coincidieron en que la política para el desarrollo de la CTI nos permitirá dar un salto significativo en el fortalecimiento de capacidades en este rubro durante los próximos años. Asimismo, hubo acuerdo en que esta política debe asegurar estrategias para: 1} contar con un sistema de gobernanza eficiente, con prioridades para su implementación, asignación de recursos y evaluación, que termine con la confusión y traslape de responsabilidades entre instituciones y duplicación de programas relacionados a la CTI; 2) facilitar la adaptación de las instituciones a las nuevas condiciones de la innovación a nivel mundial; 3) incluir activamente al sector empresarial como parte del sistema. ( ... )

7 Propuesta contenida en la disposición complementaria única del Proyecto de Ley 3584/2018-CR. V

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REPÚBLICA "Decenio de lo lguoldad de Oportunidades para mujeres y hombres"

"Año de la lucho contra la corrupción y la impunidod"

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Se debe generar un mayor consenso aún sobre la necesidad de una CTI fortalecida, pues ésta es la condición más importante para lograr el crecimiento dela productividad, la competitividad y el desarrollo sostenible. El AN es, además, un espacio privilegiado para que las políticas sobre economía, educación, competitividad, mercado laboral, régimen tributario, etc., se alineen con las políticas para el desarrollo de la CTI". 8

6.2. Problemática - índice de competitividad del departamento de San Martín. Principio de necesidad legislativa

A fin de concluir en si el objetivo de la iniciativa legislativa cumple o no con el principio de necesidad legislativa debemos apreciar cuál es el estado socio-económico del departamento de San Martín, así como también, en lo referido al grado de competitividad de sus productos y la innovación aplicada en ellos.

Conforme apreciamos de la opinión del Ministerio de la Producción, el departamento de San Martín ocupó el puesto 21 en el Índice de Competitividad Regional (IRCP) del año 2018, con un índice estimado de 24.89 puntos. Conforme este rango, la competitividad del departamento de San Martín es "extremadamente baja".9

ÍNDICE DE COMPETITIVIDAD REGIONAL - DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN

2008-2018

35 29.65 28.85 28.72 28.69 30 25.07 ~ 24.89 24.5 ~ E='='!; ~ 25 20 15 10 5 o

2008 2010 2011 2014 2015 2016 2018

Asimismo, respecto a los pilares del índice de competitividad regional (economía, gobierno, personas, empresas e infraestructura) el departamento de San Martín

8 Acuerdo Nacional: Consensos para en rumbar al Perú. Primera edición, abril de 2014. Página 156-159. Recuperado en: http://acuerdonacional.pe/wp-content/uploads/2014/07 /LibroV2014 l.pdf / 3 9 Informe 006-2018-PRODUCE/DVMYPE-/DGPAR/DP/aazanero. Pág.4-5

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"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

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alcanzó el menor puntaje en "infraestructura" con 9.4, lo que incide en que dicha región tenga los índices extremadamente bajos de competitividad.

Respecto a las exportaciones de principales productos producidos en dicha región, que nos dan una visión de su oferta de productos a ser impulsados por la innovación en CIT, según información de SUNAT, en el primer semestre de 2018 cayeron 7%, por la menor exportación de café (-76%). Cabe señalar que San Martín produce el 27% del café del país. Las exportaciones de café del país superan los US$ 700 millones, sin embargo, según la SUNAT, las exportaciones del departamento de San Martín no superan los US$ 50 millones. Con respecto al cacao, San Martín produce el 42% del cacao del país. Las exportaciones nacionales de grano de cacao llegan a US$ 130 millones, mientras que San Martín exporta US$ 22 millones.

j San Martín: Indicadores Estratégicos de la Región 2017 San Martín: Exportaciones Totales (US$ Millones)

Variables Unidad San_Martín Perú

Superficie Mil km' 51 1 285 ¡ 1 211 Población Millones Hab. 0,9 32 Densidad Poblaclonal Hab./Km1 17 25 PBI Nominal Millones USS 2 820 215 384 162 PBI per Cáplta uss 3 220 6 767 13.3 Exportaciones Millones USS 96 44 328 119 Tasa de Pobreza % 24,6 21,7 109

1 Tasa de Pob<eza Exirema % 3.7 3,8 1 lliii Tasas de Crecimiento Población CincoAilos 0,7% 0,5% PSI real Cinco Años 4,6% 3,6% Exportaciones Cinco Años ·6.3% ·0.9% Partici11ación Región[Pais Superficie % 4.0% 100% 2010 2011 2012 2013 2014 lO!S 2016 20'17

Población % 2,7% 100% PBI Nominal % 1,3% 1.00%1 1 ovo~ • Agropecuario

Exportaciones % 0,2% 100%

fuentf: SUNA T / Cloboroc.idn: DOPl·MINCCTUR FuMte: SUNA T / Eloboro<.J6n; DDPI-MINCfllJR

La producción de San Martín bordea los US$ 2 800 millones, valor que representa el 1,3% del país. La región es la principal productora de café, cacao, palma aceitera, arroz y plátano. Es decir, casi el 100% de la canasta exportadora de San Martín está integrada por productos agroindustriales, principalmente, café, cacao aceite de palma, palmitos en conserva y tabaco.

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Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología

"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

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- San Martín: Exportaciones por Destinos y Productos (US~ Millones)

Nº Pals-Oesttno Productos Anual Var" Enero - Junio Var" Part." 2016 2017 17/16 2017 2018 18/17 2017

l Italia Cacao en grano; Café sin tostar 10,9 14,0 29% 4,0 2,8 -30% 15% 2 Chile Aceite de palma; Grasas y aceites y sus fracciones 6,2 13,9 126% 5.6 7,5 33% 15% 3 EEUU Café sin tostar; Palmitos en conserva 11,0 12,5 14% 5,6 1,9 -65% 13% 4 Bélgica Café sin tostar; Cacao en grano 5,0 9,9 98% 6,0 1,0 -83% 10% 5 Alemania Café sin tostar; Demás grasas vegetales 7,4 6,2 -16% 2,7 0,6 -78% 6% 6 Paises Bajos Cacao en grano; Café sin tostar 6,9 4,6 -34% 1,6 2,0 27% 5% 7 España Cacao en grano 0,9 3,5 279% 1,2 0,7 -42% 4% 8 Canadá Café sin tostar; Palmitos en conserva 4,7 2,6 44% 0,3 o.o -96% 3% 9 Suecia Café sin tostar 0,3 2,3 752% 1,0 0,6 -35% 2% 10 Francia Palmitos en conserva ; Café sin tostar 1,5 1,9 24% 0,6 0,9 41% 2% 11 Malasia Cacao en grano; Harina, sémola y polvo de maca 3,4 1,8 ·46% 0,6 0,4 -40% 2% 12 México Cacao en grano; Grasas y aceites y sus fracciones 0,4 1,ú 302% 1,0 0,7 -35% 2% 13 Corea del Sur Demás mezclas en conserva; Cacao en grano tostado 0,6 1,6 176% 0,7 0,7 -S% 2% 14 Reino Unido Café sin tostar; Tabaco negro desvenado 0,1 0,8 601% 0,4 0,4 11% 1% 15 Panam~ Margarina 2,1 0,7 -65% 0,6 o.o -100% 1% -,

Otros 10,7 17,8 67% 3,0 12,1 303,2% 38% Total 72,0 95,8 33.1% 34,9 32,3 7,3% 100º'Ó

N" DeStlnos 42 31 Fumtt>: SUNAT/ Elobu,ocí6n: OOPI -Mi11cetu1

San Martín: Exportaciones por Productos y Destinos (US$ Millones)

N" Desalpdón Prindpales Destinos Anual Va," Enero· Junio Va," Part." 2016 2017 17/16 2017 2018 18/17 2017

l Café sin tostar EEUU, Bélgica, Alemania 25,7 34,4 34% IS.O 3,6 -76% 35,9% 2 Cacao Italia, Países Bajos. Bélgica 33,2 22,0 34% 7,6 7,9 4% 23,0% 3 Estevia Zonas Francas del Perú, Ec.uador o.o IM 412378% 1,7 0,0 -100% 13,9% 4 Aceite de palma y aceite de palmiste Chile, Cuba, Brasil, Colombia 4,7 l0,4 123% 3,4 13,8 300% 10,9% 5 Grasas y aceites y sus fracciones Oule, México, ~spa~a 2,3 5,3 1.H% 2.6 2,9 12% 5,5% 6 Tabaco negro !talla. Rep. Dominicana, EEUU 2,8 J,7 31% 1,5 0,9 -37% 3,8% 7 Palmitos en conserva Francia, EEUU, Lebanón 2,1 2,3 9% 1,0 1,4 34% 2,4% 8 Demás mezclas en conserva Corea del Sur, Hong Kong, Japón 0,1 1,3 93S% 0,5 0,7 46% 1,4% 9 Margarina Panamá, Chile 0,9 0,7 0,2 -72% 0,9% 10 Ctgarros Italia, EEUU 0,2 0,2 -1% 0,1 o.o -74% 0,3% 11 Filetes congelados de los demás pescados EEUU 0,2 0,2%

otros 0,8 1,7 106% 0,7 0,9 23,0% 1,8% Tu•Jt 72 % ll,l'C 35 32 7,l>, 100"<>

rut.t1f~: SUNA T/ EIObo,odó,,: OOPI ·Mit1arur

Estando a estos productos agroindustriales que produce San Martín, debemos acotar que, en el año 2018 se ha producido la cifra récord de 3,5 millones toneladas de arroz cáscara. Sin embargo, en San Martín, la mayor región productora del país, se ha dejado de producir 3,1%, debido a la grave crisis de precios que viene enfrentando esta región, esto según información del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRl)10.

10 Información elaborada por la Dirección General de Políticas Agrarias. Dirección de Estudios Económicos e Información Agraria. Recuperado en: http://www.minagri.gob.pe/portal/analisis-economico/analisis- 2019 ?down load= 14616: persp ectivas-d e-la-prod u ccion-co m ercio-v-p recios-d e-Ios-co m mod iti es-2019 ¡ •-

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"Asimismo, se han efectuado consultas a los productores de la Amazonía {San Martín, Huánuco) han informado que a comparación de la costa se encuentran en una situación sumamente crítica ya que tienen altos volúmenes de arroz almacenados y no tienen mercado, los productores se encuentran sin liquidez por lo que van disminuir sus áreas sembradas. No pueden emigrar a otros cultivos como café o cacao, ya que sus cultivos en sus zonas se riegan por inundación, el único cultivo alternativo es la coca que ya ha empezado a sembrarse en gran escala, especialmente en la zona del Alto Huallaga. (. ... ) Respecto al maíz amarillo duro, al mes de diciembre de la campaña 2018/2019, los precios en chacra se vienen deteriorando y hay altos costos de producción, no existe mayor incentivo para incrementar las siembras principalmente en selva de San Martín, donde caerían en 20%. Se prevé que la producción nacional para el año 2019 pueda sufrir una caída en un 3% respecto al año 2018, sin embargo será notoria la caída de la producción en las regiones de selva (principalmente San Martín -15%)".11

Ahora bien, respecto al gasto interno en investigación más desarrollo {l+D) en cada región, apreciamos que el departamento de San Martín es uno de los que menos realiza inversión en esas áreas que involucran innovación para agregar valor agregado a los productos.

Por departamento, se observó que el mayor porcentaje de gasto en l+D se ejecutó en Lima, totalizando 276.7 millones de soles en el año 2015, lo que representó el 53.5 por ciento del gasto total. El resto de departamentos representó porcentajes menores al 4 por ciento. El departamento de San Martín invirtió 9 millones de soles (1.7%).

11 Información Citada. \~

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GASTO EN l+D POR DEPARTAMENTO, 2015 (Millones de soles)

T--- 1 517.6 100.0 2167 635 ,.o 14 ~ 221 •• 111 . ' ,P 3 :!& 178 l• 1hc6 30

o ,, , 1 1. 82 , 2 ftl ,2 .,e 01 J1 ce 7¡ e~ ,, O!> l' o~ 7• Ob 1• 05

o o

'º 1

02 09 o oe o

Fuente: 1 Censo Nacional de lnvestigacion y Desarrollo. Elaboración: CONCYTEC - Dirección de Investigación y Estudios

Con estos resultados, nuestra comisión ha apreciado también los esfuerzos que está realizando CONCYTEC a fin asesorar y buscar soluciones entre investigadores científicos y empresarios de la región amazónica a la baja productividad de cultivos nativos, mediante seminarios y talleres donde se unan los actores involucrados y construyan sistemas productivos sostenibles "También con investigación aplicada para el desarrollo de tecnologías regionales, transferencia de conocimiento entre la industria y la academia, mejor sistema de colecta y transporte, así como una caracterización más amplia de compuestos bioactivos de los productos nativos de su zona".12

Estando a las cifras vistas y a la información de las opiniones vertidas por el Ministerio de la Producción, a consideración de nuestra comisión, se amerita estudiar el fondo de las propuestas a fin de elaborar una Ley que, siendo declarativa, otorgue prioridad a los esfuerzos que ya están desarrollando en el Gobierno Regional de San Martín, CONCYTEC y universidades privadas respecto de proyectos de inversión como el de la "creación de Servicios de Promoción de la innovación para la competitividad de la Región San Martín" con código SNIP No. 387502.

12 Recuperado en: http://portal.concytec.gob.pe/index.php/noticias/1617-investigadores-cientificos-y­ empresarios-de-region-amazon ica-buscan-solucion-a-baja-productividad-de-cultivos-nativos

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Los beneficiarios del proyecto se estiman en 45,849 personas y la fecha de viabilidad del perfil (14 de diciembre de 2017), por un monto de inversión de 5/. 16.46 millones, siendo la tasa de retorno de 80 por ciento.

Proyecto de inversión que tiene el siguiente estado situacional, conforme se aprecia:

Búsqutda por CÓdigo

• Cco,oo 5lJ P 387502 JJ Buscer 1m Vista Resume:r,

Banco de Irvers enes ccntrereccnes EJec.1.1c.16r, r.r-eociere INFObras

Cód1qt;1 úmcc de. Invt·r~101hk1>

Cód1uo Sl'HP

Nombrt~ PJP

Cede na func1onal

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CREACION DE tos SERVICIOS DE PROMOC!ON DEL,> INNOW,C!ON PARA LA COMPETITIVlOl..D DE LA REGION DE SAN MART[N

PLANEAMIENTO, GESTIOr< Y RESERVA CE CONTINGENCIA • CIENCIA Y TECNOLOGÍA· lllNOVACIÓN T:CNOtóGiCA

PROYECTO ESPEC1 AL HUALLAGA CHITRAL Y 6",JO MAYO COBIERrWs REGIONALES. GOBIERNO REGIONAL SAN MARTIN

PROYECTO ESPEC1Al HuALI.J.GA CENTRAL Y 6",JO MAYO GOBIERNOS REGIONALES· GOBIERNO REGIONAL SAN MARTIN

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PROYECTO ESPECIAL hUALLAGA CENTR;lL Y BAJO MAYO

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Estando a ello, nuestra comisión no comparte la opinión del Ministerio de la Producción, en este punto, de que habiendo leyes existentes que regulan la materia, el proyecto legislativo no es viable pues, como apreciamos de la lectura del artículo 2 del TUO de la Ley 28303:

"El desarrollo, promoción, consolidación, transferencia y difusión de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica {CTel}, son de necesidad pública y de preferente interés nacional, como factores fundamentales para la productividad y el desarrollo nacional en sus diferentes niveles de gobierno." Ao

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"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades paro mujeres y hombres" "Año de la lucho contra la corrupción y la impunidad"

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

La declaratoria señalada en este artículo de la Ley 28303 está referido específicamente al proceso de consolidación de las CIT (antes Ctel) como entorno necesario para la productividad, objetivos que difieren de lo que el proyecto legislativo quiere o pretende declarar, esto es, específicamente, declarar una situación focalizada en el departamento de San Martín, para con ello, impulsar los servicios de promoción de la innovación por medio de proyectos de inversión a realizarse, conjuntamente, entre el Gobierno Regional de San Martín, CONCYTEC, la academia y la empresas privadas.

A mayor abundamiento de la aprobación de esta declaratoria tenemos la opinión favorable de CONCYTEC, reseñada en el acápite 4.2 del presente dictamen.

6.3. Sobre la declaratoria de necesidad pública y preferente interés nacional

Teniendo en consideración el espíritu de la ley propuesta que, según su autor en la parte de análisis costo-beneficio y de efectos de la vigencia de la norma, dice expresamente que "es de carácter declarativo", nuestra comisión respetando dicha naturaleza, y considerando las números leyes precedentes declarativas similares expedidas por el Congreso de la República, como se verá más adelante, debe analizar si cabe en esta parte usar el término "de preferente interés nacional" y "necesidad pública" a servicios de promoción de la innovación para la competitividad focalizadas en el departamento de San Martín y la elaboración de proyectos de inversión que tendrán incidencia directa en dicha región.

De acuerdo a parámetros definidos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS) 13 sobre la naturaleza jurídica e implicancias de las normas consideradas "declaraciones de necesidad pública y de interés nacional", dicho sector señala que las propuestas normativas que incorporen las categorías "necesidad pública" o "interés nacional" deberán tener como objetivo el bienestar de la sociedad y reconducir a la satisfacción de los derechos fundamentales, lo cual tendrá como fin último la protección de la dignidad de la persona humana, atendiendo a los siguientes parámetros:

a) Que su contenido esté vinculado al bien común. b) Que se contribuya a la realización de la dignidad humana. c) Que se fortalezcan los principios democráticos y la convivencia pluralista. d) Que permita evaluar otros dispositivos normativos que contengan derechos y

deberes constitucionales, así como legales.

13 Informe Legal N2 036-2013-JUS/DNAJ, del 10 de abril de 2013.

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"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

e) Que integre un proceso de toma de decisión y sea materializado por los entes competentes del Estado.

A estos parámetros debemos añadir presupuestos que el Ministerio del Ambiente (MINAM) 14 ha propuesto para calificar este tipo de leyes, los cuales siempre deben ser concordados con los objetivos del proyecto de ley para justificar su dación:

a) Que la declaratoria sea razonable y proporcional y no afecte derechos superiores como los constitucionales; y,

b) Que la declaratoria sea relevante para el desarrollo nacional o regional, por su carácter dinamizador de la economía, el ofrecimiento de puestos de trabajo, por ser estratégico para el posicionamiento del país u otras razones fundamentadas que beneficien al país o la colectividad.

Teniendo en cuenta estos parámetros referenciales que, cabe al Congreso de la República adoptar o no, nuestra comisión considera que, para el presente caso, la declaratoria, tanto de necesidad pública y de interés nacional, son consistentes con el objetivo de la ley propuesta al impulsar y dar prioridad a un proyecto de inversión que tiene por objetivo desarrollar servicios de promoción de la innovación de productos con valor agregado para elevar la competitividad del departamento de San Martín, dicha propuesta está vinculada al bien común y, dichos proyectos de inversión, van a ser realizados dentro de un proceso de toma de decisión y sea materializado por los entes competentes del Estado (en este caso, Gobierno Regional y CONCYTEC).

Asimismo, apreciamos que la declaratoria es razonable y proporcional, en tanto, prioriza proyectos de inversión en innovación que son requeridos para impulsar el desarrollo del departamento de San Martín, cuyas cifras de competitividad son extremadamente bajas como lo ha acreditado el Ministerio de la Producción. De esta forma la declaratoria también se torna relevante tanto para el desarrollo nacional, pero principalmente para el desarrollo regional y contribuirá a dinamizar la economía de dicha zona.

Asimismo, cabe señalar que la declaratoria de necesidad pública está definida como la satisfacción de un requerimiento para una colectividad en abstracto, y está relacionada

14 Informe 084-2018-MIMAM/SG/OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente, remitido mediante Oficio 68-2018-MINAN/DM, recibido por la Comisión de t{2 Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas el día 7 de febrero de 2018.

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REPÚBLICA

Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología

"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades poro mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

a dar cumplimiento a un servicio público en específico (en este caso, el servicio de promoción de la innovación será el que se oferte a la empresa privada que invierta en los proyectos de inversión en innovación que desarrolle el Gobierno Regional de San Martín)

Por lo expuesto, la corrusron considera que la declaratoria de interés nacional y necesidad pública es viable y procedente, en tanto, guarda coherencia con los beneficios y naturaleza de los servicios que sobre innovación pretende realizar el referido gobierno de San Martín, junto a CONCYTEC.

Por último, para esta declaratoria tomamos en consideración los precedentes de leyes declarativas como son las siguientes, y cuya estructura legislativa al identificar a las entidades responsables de su implementación, consideramos necesaria a fin de que la ley tenga un responsable de hacerla cumplir:

Ley 27721, Ley que declara de interés nacional el inventario, catastro, investigación, conservación, protección y difusión de los sitios y zonas arqueológicas del país.

Ley 30460, Ley que declara de interés nacional la promoción y difusión del vino peruano y del pisco como bebidas nacionales.

Ley 30783, Ley que declara de necesidad pública y preferente interés nacional la ejecución del iv componente del proyecto de inversión pública mejoramiento de riego y generación hidroenergético del Alto Piura

Asimismo, la comisión considera que la declaratoria de la ley propuesta es concordante con el numeral 13 del artículo 8 de la Ley N2 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que establece que uno principios rectores de las políticas y la gestión regional es la Competitividad; precisando que el Gobierno Regional tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional para ello promueve un entorno de innovación.

"13. Competitividad.- El Gobierno Regional tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional. Para ello promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de es/abonamientos

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"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra lo corrupción y la impunidad"

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación".

Por último, cabe señalar que la propuesta legislativa es concordante con el literal h) del artículo 9 de la referida Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que dispone que una de las competencias constitucionales de dichos niveles de gobierno son:

"Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional".

Estando a tales competencias, la parte del proyecto de ley que propone "autorizar" al Gobierno Regional de San Martín a realizar determinadas acciones y proyectos de inversión no es pertinente porque ya, en cumplimiento de la Ley 27867, pueden ser hechas por dicho gobierno, además que siendo una ley declarativa, el término "autorizar" puede dar lugar a confusiones que desvirtúen la naturaleza de la presente ley.

vii. CONCLUSIÓN

Por las consideraciones expuestas, la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología, de conformidad con el literal b) del artículo 70 del Reglamento del Congreso de la Republica, recomienda APROBACIÓN del Proyecto de Ley 3584/2018-CR, con el texto sustitutorio siguiente:

El Congreso de la República; Ha dado la siguiente Ley:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA PROMOCIÓN DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD EN EL

DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN

Artículo 1. Declaración de interés nacional y necesidad pública Declárase de necesidad pública y de preferente interés nacional los servicros de promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín, en armonía con el desarrollo sostenible.

Artículo 2. Autoridades competentes

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Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departamento de San Martín

El Gobierno Regional de San Martín, en coordinación y con el soporte del CONCYTEC, y de otras entidades públicas o privadas, efectúa las acciones necesarias para el cumplimiento del artículo precedente, conforme a sus competencias.

Sala de Comisión, 21 de mayo de 2019

CARLOS HUMBERTO TICLLA RAFAEL Presidente

Moises Guia Pianto Miembro accesitario

Cés

Francisco Javier Villavicencio Cárdenas Miembro titular

Carlos Alberto Domínguez Herrera Miembro accesitario

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"Decenio de lo Igualdad de Oportunidades para mujeres y hambres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

Dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3584/2018-CR que, con texto sustitutorio, propone una Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la promoción de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad en el departament Martín

Juan Carlos Eugenio Gonzales Ardiles Miembro accesitario

Guillermo Hernán Martorell Sobero Miembro accesitario

Miguel Torres Morales Miembro accesitario

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311-7777 anexos 7814- 7815 - 4619

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COMISIÓN DE CIENCIA, INNOVACIÓN V TECNOLOGÍA Periodo Anual de Sesiones 2018-2019

Segunda Legislatura Relación de Asistencia de la Décima Tercera Sesión Ordinaria

Lima, martes 21 de Mayo de 2019 8 horas 00 minutos

Hemiciclo Raul Porras Barrenechea - Congreso de la Republica

MESA DIRECTIVA

l. TICLLA RAFAEL CARLOS HUMBERTO Presidente Fuerza Popular

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Vicepresidente Nuevo Perú

l. VUVES MEZA, JUAN CARLO Secretario

Fuerza Popular

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MI.EMBROS TITULARES

l. DIPAS HUAMÁN, JOAQUÍN Fuerza Popular

1

... ?1 C~:c~rc12: . 2. MAMANI COLQUEHUANCA, MOISÉS

Fuerza Popular

3. ÁNGEL NEVRA OLA VCHEA Fuerza Popular

Hora de inicio: .................•.. Hora de término: . 1

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COMISIÓN DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA Periodo Anual de Sesiones 2018-2019

Segunda Legislatura Relación de Asistencia de la Décima Tercera Sesión Ordinaria

Lima, martes 21 de Mayo de 2019 8 horas 00 minutos

Hemiciclo Raul Porras Barrenechea - Congreso de la Re publica

4. JOSÉ MARVÍN PALMA MENDOZA No Agrupado

5. SEGURA IZQUIERDO, CÉSAR ANTONIO Fuerza Popular

6. VILLAVICENCIO CÁRDENAS, FRANCISCO JAVIE Fuerza Popular

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MIEMBROS ACCESITARIOS

l. DOMINGUEZ HERRERA, CARLOS ALBERTO Fuerza Popular

GONZALES ARDILES, JUAN CARLOS EUGENIO Fuerza Popular

l. GUÍA PIANTO, MOISÉS BARTOLOME Peruanos Por El Kambio

Hora de inicio: .. Hora de término: . 2

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COMISIÓN DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA Periodo Anual de Sesiones 2018-2019

Segunda Legislatura Relación de Asistencia de la Décima Tercera Sesión Ordinaria

Lima, martes 21 de Mayo de 2019 8 horas 00 minutos

Hemiciclo Raul Porras Barrenechea - Congreso de la Republica

3. MARTORELL SOBERO, GUILLERMO HERNÁN Fuerza Popular

4. SARMIENTO BETANCOURT, FREDDY FERNANDO Fuerza Popular

5. SCHAEFER CUCULIZA KARLA Fuerza Popular

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6. TORRES MORALES. MIGUEL Fuerza Popular

Hora de inicio: Hora de término: . 3

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Despacho Cong. Francisco Villaviéencio C. "Decenio de Igualdad de Oportunidades para mujeres y Hombres"

"Año de la lucha contra la Corrupción y la Impunidad"

Lima, 21 de mayo del 2019

OFICIO Nº235 · 2018-2019-FVC/CR ,. \

Señor Carlos H. Ticlla Rafael Presidente de la Comisión de Ciencia y Tecnología Congreso de la República del Perú. Presente. -

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted, por encargo del congresista de la Republica Francisco Villavicencio Cárdenas, para que se le conceda Dispensa por motivos personales, en la 13º Sesión Ordinaria, que se llevará a cabo este 21 de mayo del presente año; para los fines que estime pertinente.

Agradeciendo la atención al presente, reciba mi respeto y consideración.

Aten;amente, l_-.: '

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v~fa Bustamante A$__~sor 1

FVCfYAO

Edificio Faustino Sánchez Carrión 6to. Piso, Oficina Nº617 Lima 1 Teléfono Central 311-7777, Anexo 7234

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CONGRESO .- .• -- ,!,:l. --

REPÚBLICA

JUAN CARLO YUYES MEZA CONGRESlSTA t>J¡: LA REPÚBLICA

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres" "Año de la Lucha contra la Corrupción y la Impunidad"

Lima, 21 de mayo de 2019

OFICIO Nº749-2018-2019-JCYM/CR

Señor Congresista CARLOS HUMBERTO TICLLA RAFAEL Presidente de la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología Congreso de la República Lima. -

Asunto: Licencia por viaje a la ciudad de Tumbes

De mi especial consideración:

Es grato saludarlo muy cordialmente y a la vez, por especial encargo del congresista Juan Carlo Yuyes Meza, hacer de su conocimiento que no podrá asistir a la Décima Tercera Sesión Ordinaria de la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología, del martes 21 de mayo del año en curso, a las 8:00am, por motivo de viaje oficial a la ciudad de Tumbes invitado por el Presidente de la República; por lo cual solicita la licencia respectiva.

Con esta oportunidad reitero a usted la expresión de mi distinguida consideración.

Atentamente. ?~~-~~- }

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~-~ :,.,.~,,RLOS PEÑA OYIEDO Asesor Principal

Despacho Congresista de la República JUAN CARLO YUYES MEZA

CC. Archivo CDPO/esb

www.congreso.gob.pe/congresistas2016/J uan Yuyes/ Jr. Azángaro 468 - Oficina 611, Lima - Perú Central Teléfono: 311-7777 Anexo 7137

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CONGRISO __ ..,. __ REPÚBLICA

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad"

Lima, 21 de mayo de 2019.

Oficio Nº 318- 2018-2019-JDH/CR

Señor: TICLLA RAFAEL, CARLOS HUMBERTO Presidenta de la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología

Presente. -

De mi especial consideración:

~

---- CONGRESO Dí: LA REPÚBLICA COMISIÓN OE ;F.~l;A;Ó~ ;T~CNOL~~

R ~ BII! " Firma L._ ••••••.••• Mora ¡--

Por especial encargo del Congresista Joaquín Dipas Huamán, tengo a bien dirigirme a usted con la finalidad de solicitarle SE SIRVA OTORGAR Licencia por Inasistencia al Señor Congresista Joaquín Dipas Huamán, a la Sesión Ordinaria, convocada por la Comisión que preside, programada para el día de hoy, martes 21 de mayo, a las 08:00 horas, dado que se encuentra fuera de la ciudad de Lima.

Seguro de contar con lo solicitado, me despido de usted.

Atentamente,

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-- J.,~~ Juan c;i,~o-dríguez Valdiviezo

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CONGRESO REPÚBLICA

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"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" ·'Mio de1 Diálogo y !,1 Reconciliación Nacional"

COMISIÓN DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA Período Anual de Sesiones 2018-2019

ACTA DE LA DECIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA Lima, 21 de Mayo de 2019

En la ciudad de Lima, siendo las 08 horas y 15 minutos del día martes 21 de Mayo del 2019, en la sala del hemiciclo Raúl Porras Barrenechea del Palacio Legislativo, bajo la Presidencia del señor congresista Carlos Humberto Ticlla Rafael, la misma que a horas 08.00 y 35 minutos pasa a ser sesión ordinaria, contando con la presencia de los señores congresistas miembros titulares: Ángel Neyra Olaychea, Cesar Segura Izquierdo, Marvin Palma Mendoza, Moisés Mamani Colquehuanca y la congresista accesitaria Karla Schaefer Cuculiza.

Con las licencias de los señores congresistas Francisco Javier Villavicencio Cárdenas, Joaquín Dipas Huamán, Juan Carlos Yuyes Meza, contando con el quórum de reglamento, se procedió a dar inicio a la Décima tercera sesión ordinaria de la comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología del período anual de sesiones 2018-2019.

Aprobación del Acta

La Presidencia pone a votación la aprobación del Acta de la primera sesión descentralizada, de fecha martes 14 de Mayo de 2019. Siendo aprobada por Unanimidad.

ii Orden del día

2.1. Debate del Dictamen recaído en el Proyecto de Ley Nº 3584/2017-CR que propone la "Ley que declara de necesidad pública y preferente interés nacional los servicios de promoción de la innovación para la competitividad del departamento de San Martin", el mismo que fue expuesto por el secretario técnico de la Comisión, para el debate correspondiente.

El presidente, abre el debate, solicitando la palabra el congresista Gilmer Trujillo Zegarra, autor del proyecto ley en debate, el mismo que solicitó:

Que la secretaría de la comisión realice en el proyecto de ley una precisión en cuanto al ámbito territorial, debiendo señalarse "Departamento San

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"Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional"

Martin", en lugar de región San Martin por no existir una norma de creación de Regiones. Luego el presidente cede el uso de la palabra a el congresista Ángel Neyra Olaychea, quien pidió que al no existir constitucionalmente una división de las leyes en declarativas y constitutivas, todas son de cumplimiento obligatorio, por lo que señala que el texto en debate debería ser el siguiente; Art 1 º "Declárese de necesidad pública y de preferente interés nacional los servicios de promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación para la competitividad en el Departamento de San Martin".

Art. 2º del Dictamen debería tener el siguiente texto: El Gobierno Regional de San Martin, en coordinación y con el soporte de CONCYTEC y de otras entidades públicas o privadas, efectúa las acciones necesarias para el cumplimiento del artículo precedente, conforme a sus competencias.

Pedidos que al ser sometidos a votación en la comisión fueron aprobados por Unanimidad con cargo a redacción.

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2.2. Presentación del Sr. Danilo Chávez Espíritu, Gerente de Tecnologías de la Información y El Sr. Ricardo Saavedra Mavila, Gerente de Registros de Certificación Digital del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y la Dra. Katiuska Valencia Segovia, sub Gerente de Registro Electoral quienes exponen el siguiente tema y su desarrollo correlativamente .

Tema: "Innovación y Tecnología para la mejora de los servicios en la RENIEC".

../ El RENIEC y los registros civiles y portal del ciudadano.

../ Identidad Digital.

../ Registro Electoral.

Finalizada la exposición, el Presidente de la Comisión, cede el uso de la palabra a los congresistas asistentes a la comisión para las preguntas, comentarios y/u observaciones que tuvieran sobre los temas informados; participaron los señores Congresistas: Cesar Segura Izquierdo, Ángel Neyra Olaychea, Karla Schaefer Cuculiza y Gilmer Trujillo Zegarra .

No habiendo más intervenciones el Presidente agradeció al señor Danilo Chávez Espíritu, Gerente de Tecnologías de la Información y al señor, Ricardo Saavedra Mavila, Gerente de Registros de Certificación Digital del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y la Dra. Katiuska Valencia Segovia, sub gerente de Registro Electoral, por su participación en la presente sesión.

iii Cierre de sesión

www.congreso.gob.pe 3ª Piso del Edificio Víctor Raúl Hava de la Torre Lima. Perú Directo: 31'1--7777 anexos 7814- 7815 -4619

Page 33: 03584DC02MAY20190612 · Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología "Decenio de lo lguoldod de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la lucha contra la corrupción y

"üeccnío d~ I¡¡ igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año de! Diálogo y 1~ Reconciliación Nacional"

Acto seguido el Presidente levantó la sesión siendo las diez horas con veinte y cinco minutos del día 21 de mayo de 2019. Se deja constancia que la transcripción elaborada por el Departamento de Transcripciones del Congreso, forma parte integrante de la presente acta.

J

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CARLOS HUMBERTO TICLLA RAFAEL Presidente

JVÁN CARtO YUYES MEZA Secretario

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