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Planes provinciales de urbanismo de la Diputación de Palencia para el año 2015.

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  • Administracin Provincial

    DIPUTACIN PROVINCIAL DE PALENCIA

    PLANES PROVINCIALES Y CONTRATACIN

    A N U N C I O

    El Pleno de esta Diputacin Provincial en sesin celebrada el da 30 de julio de 2015, aprob laCONVOCATORIA DE PETICIONES DE INCLUSIN DE OBRAS EN LOS PLANES PROVINCIALES DE LADIPUTACIN PROVINCIAL DE PALENCIA PARA EL AO 2016.La presente Convocatoria se efecta contando con la financiacin exclusiva de esta Diputacin

    Provincial y de las Entidades Locales beneficiarias. Como indicacin previa, se hace constar que en caso de obtener financiacin en estos Planes

    Provinciales de la Junta de Castilla y Len y/o de la Administracin del Estado, podra dar lugar a larevisin de las bases de esta Convocatoria o incluso a su anulacin, en cuyo caso se planteara laredaccin de una nueva, con el consiguiente periodo de informacin pblica.

    Hecha la anterior observacin, con la presente convocatoria, dictada al amparo y del acuerdo delPleno de la Diputacin Provincial de fecha 19 de diciembre de 2001 en el que se regula el Plan deObras de Diputacin (OD), se pretende que todas las Entidades Locales de la Provincia puedanparticipar en los Planes Provinciales para obras y servicios.

    A tal efecto, se efecta convocatoria de peticiones de inclusin de obras en los Planes Provincialesde la Diputacin Provincial de Palencia para el ao 2016 elaborada de conformidad con el acuerdoadoptado por el Pleno de la Corporacin Provincial con fecha 30 de mayo de 2013 por el que seaprueban las directrices a tener en cuenta para la elaboracin de la convocatoria de los PlanesProvinciales que gestiona la Diputacin Provincial de Palencia, para el cuatrienio 2014-2017, que noconfiere a los solicitantes otro derecho que el de participar en la misma con arreglo a lassiguientes bases:

    1.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIN DE LOS FONDOS:1.1.- Asignacin por poblacin:

    A cada municipio de la provincia cuya poblacin no exceda de 20.000 habitantes le correspondepara el ao 2016 una cantidad fija por poblacin, nica de entre ellas y no acumulativa entre s, segnlos siguientes tramos:

    Numero de habitantes Importe en eurosHasta 51 14.000De 51 a 100 14.000De 101 a 200 16.800De 201 a 250 21.700De 251 a 350 30.100De 351 a 500 35.000De 501 a 750 43.400De 751 a 1.000 50.400De 1.001 a 1.500 77.000De 1.501 a 2.000 80.500De 2.001 a 2.500 84.000De 2.501 a 3.000 105.000De 3.001 a 4.000 105.000De 4.001 a 5.000 105.000De 5.001 a 6.000 105.000De 6.001 a 7.000 105.000De 7.001 a 20.000 105.000

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  • Asimismo a cada municipio de la provincia cuya poblacin no exceda de 20.000 habitantes lecorresponde para el ao 2016 una cantidad de 14,00 euros por habitante.

    Conforme a los citados ndices la cantidad asignada para el ao 2016 a cada municipio de laprovincia de poblacin inferior a 20.000 habitantes en concepto de asignacin por poblacin es laque se recoge en el ANEXO XIII.

    Para el clculo de esta asignacin se han tenido en cuenta las cifras de poblacin resultantes de larevisin del Padrn municipal referidas al 1 de enero de 2014 declaradas oficiales por Real Decreto1007/2014, de 5 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de poblacin resultantes de la revisin del padrn municipal referidas al 1 de enero de 2014 (BOE nm. 308, de 22 de diciembre de 2014).1.2.- Asignacin por Entidad Local Menor y Ncleos de Poblacin.

    A cada Municipio de la provincia cuya poblacin no exceda de 20.000 habitantes, le correspondepara el ao 2016 una cantidad adicional de 4.000,00 euros por cada Entidad Local Menor (Entidad dembito territorial inferior al municipio) constituida legalmente en su trmino municipal, salvo por las queestn constituidas en el ncleo donde radique la capitalidad del municipio, sin perjuicio de la obligacinde invertir en ste al menos una cantidad igual, segn se recoge en el ANEXO XIII en concepto deasignacin por Entidad Local Menor.

    Igualmente a cada Municipio, le corresponde una cantidad adicional de 4.000,00 euros, por cadancleo de poblacin que no sea Entidad Local Menor, incluido en la relacin que se adjunta (segnANEXO XII) y que fue aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporacin Provincial, celebrado el 30 demayo de 2013, incluida en las directrices a tener en cuenta para la elaboracin de la convocatoria delos Planes Provinciales que gestiona la Diputacin Provincial de Palencia, para el cuatrienio 2014-2017,y posteriormente modificada por acuerdo de Pleno de la Corporacin Provincial celebrado el 31 de juliode 2014, segn se recoge en el ANEXO XIII en concepto de asignacin por Ncleo de Poblacin.

    Las cantidades que se perciban por la existencia de Entidades Locales Menores y por los Ncleosde Poblacin relacionados habrn de invertirse necesariamente en cada una de ellas, pudiendoagruparse en un ejercicio, con cargo a la asignacin global atribuida al respectivo Ayuntamiento paradicho ejercicio, cuantas que correspondan a un periodo de hasta cuatro aos, a computar desde losPlanes Provinciales de 2014.

    El Ayuntamiento respectivo podr hacer uso discrecionalmente de las cantidades que se leatribuyan por sus Entidades Locales Menores y Ncleos de Poblacin relacionados, con las limitacionessealadas. Al final de cada perodo cuatrienal deber haberse invertido en cada Entidad Local Menor yen cada Ncleo de Poblacin relacionado, como mnimo, la cantidad que por este concepto hubieracorrespondido a cada Municipio en un perodo cuatrienal, dejando de percibir las cantidades que no sehubieran aplicado. En cualquier caso, en el Ncleo de Poblacin donde radique la capitalidad delmunicipio, deber invertirse en cada periodo cuatrienal, como mnimo, la misma cantidad que la que seasigne a una Entidad Local Menor, dejando de percibir las cantidades que no se hubieran aplicado.

    Cualquier desfase negativo entre las cantidades asignadas por estos conceptos y lasrealmente invertidas por el Ayuntamiento en las correspondientes Entidades Locales Menores oNcleos de Poblacin, en cada periodo cuatrienal, ser detrado en el ltimo ejercicio delcuatrienio o en los siguientes, si fuere preciso, de las cantidades que se asignen alAyuntamiento respectivo.

    1.3.- Cantidades resultantes.

    La cantidad que resulte, de conformidad con los criterios indicados en los apartados 1.1 y 1.2,comprender el montante total de la asignacin, incluida la aportacin municipal que se fijar segnlos criterios contemplados en el apartado de financiacin de esta convocatoria.

    2.- BENEFICIARIOS.

    Podrn participar en la presente convocatoria los Municipios, las Mancomunidades de Municipios ylas Entidades Locales Menores en los casos en que les corresponda segn lo dispuesto en estaconvocatoria. Las Entidades Locales Menores podrn concurrir a la convocatoria, siempre que cuenten

    LAS CANTIDADES QUE SE ASIGNAN LO SON CON CARCTER PROVISIONAL EN FUNCIN DE LASPREVISIONES DE COLABORACIN DE LAS ENTIDADES COFINANCIADORAS (FONDOS EUROPEOS, ESTATALES,AUTONMICOS Y PROVINCIALES), POR LO QUE PODRN SER MODIFICADAS, SI LAS CANTIDADESEFECTIVAMENTE APORTADAS POR TALES ENTIDADES DIFIEREN CON RESPECTO A LAS PREVISIONES.

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  • con delegacin expresa del respectivo Ayuntamiento de la competencia para solicitar y ejecutar la obrasolicitada, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 50.2 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, deRgimen Local de Castilla y Len, delegacin que habr de haber sido aceptada por la propia EntidadLocal Menor.

    Cuando las solicitudes sean presentadas por Mancomunidades de Municipios, las cantidades queles sean asignadas se detraern de las que pudieran corresponder a los municipios mancomunados,en funcin de la participacin que cada uno tenga en la propia mancomunidad. Con la solicitud debernacompaar compromiso expreso de los Ayuntamientos que las integran de asumir el pago de la parteproporcional que les corresponda de las cuantas no satisfechas por la Mancomunidad.

    Cuando las solicitudes sean presentadas por Entidades Locales Menores, debern presentar losacuerdos de delegacin y aceptacin expresas de la competencia para ejecutar las obras solicitadas.Dichas solicitudes podrn referirse a las cantidades que correspondan al Ayuntamiento por la respectivaEntidad Menor o a otras prefijadas por el citado Ayuntamiento.

    Para ser beneficiarias, tanto las Entidades Locales solicitantes como las Mancomunidades alas que pertenezcan, y aquellas Entidades en las que se ejecuten las obras, debern encontrarseal corriente de sus obligaciones con la Diputacin Provincial a fecha 30 de noviembre de 2015,de las deudas contradas hasta el 31 de agosto de 2015. Este requisito se comprobar por elServicio de Planes Provinciales y Contratacin, mediante la remisin por la Intervencin Provincial dela relacin de Entidades Locales y Mancomunidades deudoras a dicha fecha, no pudiendo stas serincluidas como beneficiarias de obras en los Planes Provinciales.

    En el caso de las Mancomunidades deudoras con la Diputacin Provincial, y al efecto de evitar quesus miembros no queden excluidos de los Planes Provinciales, stos debern acreditarfehacientemente que no mantienen deudas con la Mancomunidad, si esta mantuviera deudas con laDiputacin.

    3.- TIPOLOGA DE LAS INVERSIONES Y COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS.Tendrn carcter preferente las inversiones asociadas al funcionamiento de los servicios mnimos

    que establece el artculo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RgimenLocal, de forma que solamente se incluirn proyectos diferentes cuando los servicios mnimos estnprestndose satisfactoriamente.

    Los Ayuntamientos debern formular sus solicitudes teniendo en cuenta los datos que, referidos asu municipio, figuran en la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales.

    Una vez aprobados los Planes Provinciales, nicamente se admitirn modificaciones que,atendiendo a razones debidamente justificadas, no alteren los porcentajes de financiacin de losproyectos, sean autorizadas por todos los entes cofinanciadores y no impidan la contratacin yejecucin de las actuaciones en los plazos previstos por las disposiciones reguladoras de laconvocatoria.

    El plazo para solicitar las modificaciones finalizar el 30 DE SETIEMBRE DE 2016. A partir deesta fecha solo se atendern aquellas solicitudes de modificacin que estn motivadas por laimposibilidad de ejecucin de la obra concedida inicialmente, siendo esta Diputacin quienvalore dicha circunstancia.

    De acuerdo con la normativa correspondiente, las obras incluidas en los Planes Provinciales serncompatibles con otras subvenciones, debiendo indicarse en la peticin si se ha solicitado o percibidoalguna otra ayuda para el mismo fin.

    4.- FINANCIACIN.4.1.- Las inversiones se financiarn en los trminos que aparezcan recogidos en los Planes

    definitivamente aprobados, que establecern la correspondiente distribucin entre losejercicios de los aos de 2016 y de 2017. La aportacin de la Entidad Local beneficiaria en la financiacin de los proyectos vendrdeterminada en funcin de los tipos de obra que a continuacin se relacionan:A) En los proyectos de Renovacin de Redes y Mejora de la Eficiencia del CicloHidrulico (captaciones, sistemas de aduccin, potabilizacin, redes de abastecimiento ysaneamiento, sistemas de depuracin de aguas residuales y otras de similar naturaleza) laaportacin de las Entidades beneficiarias a la financiacin de la obra ser del 20%, siempreque la partida relativa a pavimentacin de la obra no supere, con carcter general, el 25%del coste del presupuesto de ejecucin material de la misma.

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  • Para poder beneficiarse de esta financiacin, deber acreditarse la existencia decontadores en la Entidad Local de forma que se garantice el control de los consumos, y queest en vigor y se aplica, o se ha adoptado el acuerdo de aprobacin provisional, deestablecimiento de una Ordenanza reguladora de la Tasa por la prestacin del servicio dedistribucin de agua que incluya una tarifa asociada al consumo. (ANEXO III).

    B) En los proyectos de Renovacin de Alumbrado Pblico para mejora de la EficienciaEnergtica la aportacin de las Entidades beneficiarias a la financiacin de la obra ser del20%. En este caso, las soluciones tcnicas adoptadas debern justificar el ahorro efectivoprevisto y el plazo de amortizacin de las inversiones.

    C) En los proyectos de Sustitucin o instalacin de Equipos de Calefaccin y/oproduccin de agua caliente sanitaria en edificios de titularidad pblica que utilicenenergas renovables, la aportacin de las Entidades beneficiarias a la financiacin de laobra ser del 20%, siempre que la partida relativa a los equipos suponga al menos, un 75%del coste del presupuesto de ejecucin material de la misma.

    En este caso, las soluciones tcnicas adoptadas debern justificar el ahorro efectivoprevisto y el plazo de amortizacin de las inversiones.

    D) En los proyectos de Edificacin (construccin, ampliacin, modificacin, reforma orehabilitacin de casas consistoriales, edificios de usos mltiples de titularidad pblica,cementerios municipales y otras de similar naturaleza), la aportacin de las Entidadesbeneficiarias a la financiacin de la obra ser del 30%.

    E) En los proyectos de Urbanizacin (pavimentaciones, viales, parques pblicos, jardinera,equipamientos urbanos y otras de similar naturaleza), la aportacin de las Entidadesbeneficiarias a la financiacin de la obra ser del 30%.

    F) En los proyectos relativos a obras de mantenimiento y conservacin de Caminos Rurales,la aportacin de las Entidades beneficiarias a la financiacin de la obra ser del 40%.

    G) En los proyectos relativos a obras de Instalaciones Deportivas, la aportacin de lasEntidades beneficiarias a la financiacin de la obra ser del 40%.

    TABLA RESUMEN TIPOLOGA DE OBRAS Y PROYECTOS

    4.2.- Los excesos de presupuesto sobre las cantidades que sean definitivamente aprobadas, sernasumidos ntegramente por las entidades solicitantes que debern indicar tal circunstancia enel ANEXO I.

    TIPO DE PROYECTOS % Aportacin Entidad Local beneficiaria

    Renovacin de redes y mejora eficiencia ciclo hidrulico 20%

    Renovacin de Alumbrado Pblico para mejora de la Eficiencia Energtica 20%

    Sustitucin o instalacin de Equipos de Calefaccin y/o produccin deagua caliente sanitaria en edificios de titularidad pblica que utilicenenergas renovables

    20%

    Proyectos de Edificacin 30%

    Proyectos de Urbanizacin 30%

    Mantenimiento y conservacin de Caminos Rurales 40%

    Instalaciones Deportivas 40%

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  • Cualquier exceso de gasto, derivado de modificados, liquidaciones, incrementos de obras oerrores derivados del proyecto tcnico, ser por cuenta de la Entidad Local beneficiaria.

    En el caso de producirse una variacin en el IVA aplicado al proyecto, ste ser distribuidoentre los entes cofinanciadores, en funcin del porcentaje de sus respectivas aportaciones.

    5.- SOLICITUDES.

    5.1.- Modelo de solicitud: Para la elaboracin del Plan Provincial, las Entidades Localesinteresadas y de acuerdo con sus previsiones inversoras, seleccionarn y formularn por elrgano competente sus solicitudes de obras para la anualidad del 2016, ajustndose al modeloANEXO I que al final de esta convocatoria se inserta, indicando la obra u obras a las que hande aplicarse las cantidades asignadas en el ANEXO XIII.

    5.2.- Contenido de la solicitud: Deber presentarse una solicitud por cada obra a la que deberacompaarse la correspondiente Ficha Tcnica de la solicitud de obra segn ANEXO II,firmada por tcnico cualificado con titulacin suficiente.

    En las peticiones de obras habr de indicarse el tipo de obra y su emplazamiento (P.ej., Pavimentacin con hormign, aglomerado, etc., en la C/ Mayor, C/ Constitucin), nopudiendo identificarse con la expresin y otras.

    En caso de solicitarse varias obras deber especificarse la cantidad a asignar a cada una deellas hasta el montante total que le corresponda segn el ANEXO XIII.

    Cuando la obra solicitada incluya actuaciones en varias Entidades Locales o Ncleos dePoblacin relacionados, deber indicarse el importe que corresponde a cada una de ellassegn ANEXO I.

    La presentacin de solicitud de participacin en la presente convocatoria por parte de losAyuntamientos supondr su conformidad con los datos que, referidos a su municipio, figuran en la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales, desarrollada al efecto por la Diputacin Provincial y que aparecen publicados en la pgina http://eiel.diputaciondepalencia.es.

    5.3.- Agrupacin de peticiones: Para poder dar cumplimiento a la normativa vigente que regula lacontratacin administrativa, las solicitudes que se presenten no podrn suponer unfraccionamiento de contrato, por lo que la Diputacin Provincial podr agrupar en un nicoproyecto las peticiones correspondientes a un mismo beneficiario que sean de naturalezasimilar o complementaria. En tal caso, el resto de documentacin que segn esta convocatoriatenga que presentar la entidad beneficiaria deber estar referida al proyecto agrupado incluidopor la Diputacin en los Planes Provinciales. La no aceptacin por la Entidad Local beneficiariade esta agrupacin de peticiones, dar lugar a la exclusin de dichas solicitudes.

    5.4.- Las solicitudes que no se ajusten a lo establecido en las presentes bases, sern excluidas dela convocatoria. No se atendern peticiones para la realizacin de obras mediante AccinComunitaria.

    6.- DOCUMENTACIN.Una vez aprobados de forma definitiva los Planes Provinciales, las Entidades Locales beneficiarias

    debern presentar el proyecto tcnico previamente aprobado por el rgano competente y acreditar ladisponibilidad de los terrenos, elementos, autorizaciones y derechos necesarios para su ejecucin, la existencia de crdito adecuado y suficiente para financiar su aportacin, que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no es deudora por resolucin deprocedencia de reintegro de subvenciones, aportando en los plazos que se les comunicaroportunamente, la siguiente documentacin:

    1.- Certificado del acuerdo o resolucin del rgano competente segn modelo ANEXO IV(Certificacin de la aprobacin del proyecto y de la puesta a disposicin de los terrenos,elementos, autorizaciones y derechos necesarios para la adjudicacin y ejecucin de las obras).

    2.- Certificado del secretario de la Entidad Local o de la persona que desempee la Secretara connombramiento hecho en forma segn modelo ANEXO V acreditando la disponibilidad de todoslos terrenos, elementos, derechos y autorizaciones necesarios para la adjudicacin y ejecucindel proyecto.

    Las inversiones que se refieran a obras, se han de realizar en terrenos o inmuebles sobre losque la Entidad Local beneficiaria cuente con ttulo suficiente para disponer de los mismos por eltiempo necesario para la amortizacin de la inversin.

    3.- Certificado del Interventor de la Entidad Local relativo a existencia de crdito. (Segn ANEXO VIo ANEXO VI (Modelo 2)).

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  • 4.- Certificado del Secretario-Interventor o de la persona que desempee la Secretara connombramiento hecho en forma, que indique que la Entidad Local se encuentra al corriente de susobligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no es deudora por resolucin deprocedencia de reintegro de subvenciones (ANEXO VII).

    5.- UN (1) ejemplar del proyecto tcnico en papel, y UN (1) ejemplar del proyecto tcnico en FORMATO DIGITAL, firmado con la firma electrnica reconocida regulada por la Ley 59/2003 sobre Firma Electrnica.

    El contenido del proyecto abarcar toda la documentacin exigible y se presentar en un nicoarchivo en formato PDF, sin proteccin de lectura, impresin, seleccin de texto o extraccin; sunomenclatura y organizacin facilitarn su consulta y control.

    El PDF contar con la firma electrnica reconocida, no siendo necesario la firma en cadaapartado.

    De manera auxiliar junto a la documentacin electrnica del proyecto se presentarn lossiguientes archivos:

    Documentacin grfica, planos y cartografa vectorial en formato DXF compatible con Autocadversin 2009, con todas las referencias incrustadas en el archivo.

    Documento de mediciones en formato de intercambio BC3. Forma de presentar el ejemplar digital del proyecto tcnico: El ejemplar digital del proyecto tcnico ser presentado a travs de la Sede Electrnica de la

    Diputacin Provincial (sedeelectronica.diputaciondepalencia.es) utilizando el modelo deInstancia General y anexando el mismo a dicha instancia.

    En el caso de que la entidad local solicitante careciera de comunicaciones adecuadas al efectode remitir el proyecto tcnico digital a travs de la sede electrnica provincial, y en virtud de lodispuesto en el artculo 22 de la Ley 11/2007, de 22 de junio de acceso electrnico de losciudadanos a los servicios pblicos, se habilitar por parte de la Diputacin Provincial ynicamente para este propsito, a persona/as autorizada/as para la realizacin de lapresentacin telemtica del ejemplar del proyecto tcnico digital.

    Los anexos y el resto de documentacin debern presentarse de forma independiente eindividualizada para cada obra, e irn precedidos del correspondiente Oficio de Remisin enel que se indique la denominacin y nmero de la obra u obras a que hace referencia.

    7.- PROYECTOS TCNICOS.Los Proyectos Tcnicos de las obras incluidas en los Planes Provinciales de Cooperacin debern

    ser presentados por las Entidades Locales beneficiarias que debern tener en cuenta las siguientesconsideraciones:

    a) Directrices de la Diputacin de Palencia: Debern ajustarse a las directrices de redaccin deproyectos, publicadas por la Diputacin de Palencia, en su pgina Web www.diputaciondepalencia.esy, especficamente, a las Normas sobre contenidos mnimos de los proyectos de obras, incluidasen los Planes de Obras de la Diputacin Provincial de Palencia publicadas en el BOLETN OFICIALDE LA PROVINCIA de 29 de diciembre de 1998.

    b) Visado Colegial: Deber acreditarse la previa obtencin de visado colegial por el correspondienteColegio Profesional sobre los trabajos profesionales cuyo visado sea obligatorio de conformidadcon el artculo 2 del Real Decreto 1.000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.En aplicacin del artculo 4.2 del citado Real Decreto 1.000/2010, cuando el visado seaobligatorio podr reemplazarse por la documentacin que acredite que se ha realizado por laEntidad Local beneficiaria la comprobacin de la identidad y habilitacin profesional del autor deltrabajo y de la correccin e integridad formal de la documentacin del trabajo profesional deacuerdo con la normativa aplicable.

    c) Normativa de contratacin pblica: Los proyectos tcnicos debern ajustarse en su contenido alo establecido en el artculo 123 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Pblico, con especialatencin al apartado 3 de dicho artculo y a los artculos 125 y siguientes del Reglamento de laL.C.A.P, aprobado por R.D. 1.098/2001 de 12 de octubre. De conformidad con los artculos 123.1del Real Decreto Legislativo 3/2011 y 4, 5 y 6 del Real Decreto 1.627/97 por el que se establecendisposiciones mnimas de seguridad y salud en las obras de construccin, todos los proyectosdebern contener el estudio de seguridad y salud o estudio bsico de seguridad y salud en lasobras, segn corresponda.

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  • d) Estudio de gestin de residuos de construccin y demolicin: Los proyectos debern contener el estudio de gestin de residuos de construccin y demolicin, con el contenido especificado enel artculo 4.1.a) del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producciny gestin de los residuos de construccin y demolicin. Conforme a lo anterior, la valoracin del coste previsto de la gestin de los residuos de construccin y demolicin formar parte delpresupuesto del proyecto en captulo independiente.

    e) Base de datos obras de Infraestructura: Para las obras de Infraestructura, existe una base dedatos en los Servicios Tcnicos de esta Diputacin, a disposicin de los tcnicos redactores de proyectos, de las unidades de obra que ms habitualmente se emplean, la cual contiene losprecios que se consideran mnimos y que habrn de utilizarse en la redaccin de los proyectos.Asimismo se indica que en las obras relativas a la distribucin de agua, deber estar reflejada lainstalacin de bocas de riego/incendios con las caractersticas tcnicas que se especifiquen porlos Servicios Tcnicos.

    f) Cartel de obra: Deber preverse en el proyecto la colocacin a pie de obra del correspondiente cartelanunciador que deber recogerse como unidad de obra, ajustndose a las caractersticasestablecidas en las normas reguladoras de los distintos programas que integran los PlanesProvinciales. Dicho cartel deber figurar en lugar visible desde el inicio de la obra y hasta su recepcin.

    En las obras incluidas en el Plan de Obras de Diputacin (OD) el cartel anunciador ser obligatoriocuando el importe de la obra sea superior a 6.000 euros (IVA incluido) y deber tener unasdimensiones mnimas de 841 x 1.189 mm (formato A0). Las caractersticas de estos carteles seencontrarn a disposicin de los interesados en la pgina Web de la Diputacin Provincial de Palencia.

    g) Accesibilidad: En relacin con la redaccin de los proyectos bsicos y de ejecucin, se recuerdala necesidad de garantizar el derecho de todas las personas al uso de bienes y servicios decarcter pblico en condiciones de igualdad, mediante la consecucin de un entorno accesible enel que no haya impedimentos ni barreras que dificulten el normal desenvolvimiento de laspersonas. Todo ello de acuerdo a las directrices y principios bsicos de obligado cumplimiento delReal Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusin social, la Ley 3/1998 de 24 de junio, de Accesibilidad y Supresin de Barreras de la Comunidad Autonmicade Castilla y Len, y su Reglamento aprobado por Decreto 217/2001, de 30 de agosto.

    h) Medio ambiente: Aquellas obras que se encuentren afectadas por figuras de proteccin ambientalincluidas en la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo, relativa a la conservacin de los hbitatsnaturales y de la fauna y la flora silvestre (Directiva Hbitat), o por estar incluidas dentro de la Redde Espacios Naturales de Castilla y Len, Ley 4/2015, de 24 de marzo de Patrimonio Natural deCastilla y Len), debern contener los permisos oportunos para la ejecucin de las mismas, ascomo los criterios elegidos que justifiquen la solucin propuesta.

    8.- DELEGACIN DE LAS OBRAS.8.1.- Solicitud delegacin de obras: A peticin expresa de las Entidades Locales beneficiarias, la

    Diputacin, podr delegar la facultad para contratar las obras de cuanta inferior a 18.000,00 (IVA incluido), u otras de superior cuanta previa justificacin razonada. No obstante, ningunaobra delegada podr ser adjudicada o acordada su ejecucin por Administracin hasta que porla Diputacin Provincial se notifique la concesin de la delegacin, prestando conformidad a ladocumentacin que deber presentar la Entidad Local.Se deber hacer constancia expresa de la aceptacin de la delegacin por parte de laentidad delegada.La contratacin y ejecucin de las obras delegadas se ajustar a lo dispuesto en la normativareguladora del rgimen local y de la contratacin de las Administraciones Pblicas.

    8.2.- Obras delegadas por Administracin: Las Entidades Locales podrn acordar la ejecucinde las obras delegadas por la propia Administracin en los casos y supuestos recogidos enel Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley de Contratos del Sector Pblico y en el R.D. 1.098/2001, por el que seaprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Pblicas, en cuanto nose oponga a aquella.

    8.3.- Justificacin contratacin obras delegadas: Para justificar la contratacin de las obrasdelegadas se deber aportar la siguiente documentacin:

    Certificado del acuerdo o resolucin de aceptacin expresa de la delegacin. Certificado del acuerdo o resolucin de adjudicacin de la obra (en el que conste el

    NIF del adjudicatario y el importe de adjudicacin con el IVA debidamente desglosado). Certificado del acuerdo o resolucin designando al director tcnico de la obra (en el que

    conste su NIF, direccin, correo electrnico y telfono de contacto).

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  • Cuando la obra se ejecute por Administracin, el certificado del acuerdo o resolucin deadjudicacin de la obra, se sustituir por un certificado del acuerdo o resolucin en la que seacuerde la ejecucin de la obra por la propia Administracin.Cuando la obra se hubiese adjudicado mediante procedimiento abierto, negociado orestringido, debern presentar, adems, original o copias compulsadas de:

    El Pliego de Clusulas Administrativas Particulares. El contrato formalizado.8.4.- Justificacin de la ejecucin de obras delegadas: Para justificar la ejecucin de las obras

    delegadas se deber aportar la siguiente documentacin:En todo caso:

    Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Socialsegn modelo ANEXO VII.

    Certificado del tcnico designado como director de la obra acreditativo de que hadirigido el desarrollo de la obra y la misma ha sido ejecutada de conformidad conel proyecto o memoria que la define, segn modelo ANEXO VIII.

    Cuando la obra se hubiese adjudicado mediante contrato menor, adems: Dos ejemplares de la factura o copias compulsadas. Certificado del acuerdo o resolucin de aprobacin de la factura. En el caso de que se hubieran expedido certificaciones de obra, debern adjuntarse dos

    copias de stas debidamente aprobadas, y junto con la ltima, el acta de recepcin.Cuando la obra se hubiese adjudicado mediante procedimiento abierto, negociado orestringido, adems, dos copias de:

    Certificaciones de obra debidamente aprobadas. Las facturas, mediante originales o copias compulsadas. Junto con la ltima certificacin, el Acta de Recepcin.

    Cuando las obras se hubiesen ejecutado por la propia Administracin: Los ANEXOS IX, X y XI.

    Cuando la obra ejecutada haya incluido actuaciones en varias Entidades Locales o Ncleos dePoblacin relacionados, deber incluirse certificacin expedida por el Director de Obra en laque se especifique el porcentaje de obra ejecutado en cada una de ellas.

    8.5.- Documentacin para la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales: A efectosexclusivos de confeccionar la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales, en lasobras delegadas y aquellas cuya direccin no se lleve a cabo por los Tcnicos Provinciales, sedeber entregar, junto con la documentacin justificativa de su ejecucin, el Documento Finalde Obra, conteniendo una declaracin del Director de Obra de NO existir modificacionesrespecto de la documentacin del proyecto original (ejemplares en soporte papel y digital) o delas modificaciones introducidas, adjuntando en este caso un ejemplar en soporte digital.

    8.6.- Plazos: La documentacin citada deber remitirse en los plazos que oportunamente seindicarn cuando se notifique por la Diputacin la delegacin efectiva de la obra.

    8.7.- Control: La Diputacin Provincial podr dirigir y controlar el ejercicio de las obras delegadas,emanar instrucciones tcnicas y recabar, en cualquier momento, informacin sobre la gestin,as como realizar inspecciones tcnicas de las obras delegadas, con el objeto de comprobarsu correcta tramitacin y ejecucin. En caso de verificarse un inadecuado cumplimiento porparte de la Entidad Local beneficiaria, la Diputacin Provincial podr acordar la revocacin delas ayudas concedidas y el reintegro de las cantidades percibidas.

    9.- ABONO DE LAS APORTACIONES.

    9.1.- Obras contratadas por la Diputacin Provincial: En las obras contratadas por la Diputacin,las Entidades Locales beneficiarias debern ingresar a favor de sta la aportacin que lescorresponda una vez les sea comunicada la aprobacin de la correspondiente certificacin ofactura. En caso contrario, la Diputacin, de acuerdo con lo establecido en las Bases deejecucin de su Presupuesto, podr compensar las deudas que por tal concepto mantenganlas Entidades Locales, con una antigedad superior a tres meses, con los crditos existentesa favor de estas entidades en concepto de subvenciones y otros. La compensacin seefectuar de oficio, de forma directa, enviando al Ayuntamiento justificante de las cantidadesque le han sido compensadas.

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  • 9.2.- Obras delegadas por la Diputacin Provincial: En las obras delegadas la Diputacinabonar a las Entidades Locales beneficiarias la parte correspondiente de las facturas ocertificaciones de obra ejecutada una vez stas remitan de forma correcta toda ladocumentacin justificativa de la ejecucin de la obra.No obstante, la Diputacin podr supeditar el abono de la ayuda concedida al resultado delcontrol o inspeccin que pudieran realizar los Servicios Provinciales.

    9.3.- Reduccin aportacin: Si el presupuesto definitivo fuera menor del inicialmente previsto, seprodujera baja en la contratacin o existiese sobrante de liquidacin, la ayuda concedida sereducir en la parte que proporcionalmente corresponda.

    10.- RETRASOS EN EL ABONO DE LAS APORTACIONES.De conformidad con el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de esta Diputacin Provincial con

    fecha 9 de mayo de 2005, el retraso en el pago de las aportaciones a las obras por parte de lasEntidades Locales cofinanciadoras de los proyectos, devengar los siguientes intereses:

    a) Se establece el abono del inters legal del dinero que fije la Ley General de Presupuestos vigenteen cada momento para el retraso en el pago de las aportaciones de las Entidades Locales paralas obras contratadas por esta Diputacin siempre que este retraso sea superior a CUATROMESES desde la fecha de salida de esta Diputacin de la documentacin completacorrespondiente a las certificaciones de obra.

    b) Respecto de las aportaciones de esta Diputacin a los Ayuntamientos por obras delegadas, porel retraso en el pago de las mismas superior a CUATRO MESES desde la fecha de registro deentrada en esta Diputacin de la documentacin completa correspondiente a cada certificacinde obra, se abonar el inters legal del dinero por el importe correspondiente a la aportacin quecorresponda especficamente a la Diputacin.

    11.- RECEPCIN DE LAS OBRAS.Una vez levantada el Acta de Recepcin de las obras, y sin perjuicio de la responsabilidad del

    contratista durante el periodo de garanta, las mismas se entendern tcitamente entregadas por laDiputacin Provincial y recibidas por la Entidad Local beneficiaria, la cual pasar a gestionarlas,corriendo de su cargo su conservacin y mantenimiento, procedindose por esta Diputacin Provinciala darlas de baja de su contabilidad patrimonial.12.- REINTEGRO DE LAS AYUDAS.

    El rgano competente de la Diputacin Provincial revocar las ayudas concedidas con laconsiguiente obligacin de reintegro de las cantidades percibidas por no acreditar la ejecucin delproyecto, aplicar la ayuda a fines distintos de los previstos u otros supuestos de incumplimiento porparte de las Entidades beneficiarias de las condiciones establecidas en la regulacin de los PlanesProvinciales y dems normativa de aplicacin.

    13.- REINVERSIN DE LAS BAJAS EN LA EJECUCIN DE OBRAS.Si se produjeran bajas en la contratacin de las obras, el importe resultante, excluida la aportacin

    del Ayuntamiento, se pondr a disposicin del mismo, una vez liquidadas las obras, para su reinversinen obra o equipamiento, con las siguientes condiciones:

    1.- La aportacin municipal ser: a) Para obra: De acuerdo con lo establecido en el apartado 5 de esta Convocatoria. b) Para equipamiento: 30% del montante total de la inversin.2.- Podrn incluirse inversiones que se hayan realizado a lo largo de la vigencia del presente

    Plan Provincial.3.- Realizada la liquidacin de las obras, la Diputacin Provincial notificar a cada Ayuntamiento los

    importes que le correspondan para su reinversin, as como las condiciones para la tramitacinde las nuevas inversiones.

    El plazo de presentacin de peticiones de inclusin en los Planes Provincialesfinalizar el 21 de septiembre de 2015.Todas las peticiones debern remitirse al Servicio de Planes Provinciales yContratacin de la Diputacin Provincial utilizando los anexos que se insertan alfinal de esta convocatoria que estarn disponibles en la pgina web de laDiputacin, www.diputaciondepalencia.es, con las adaptaciones que procedancuando la solicitud se formule por una Mancomunidad o una Entidad Local Menor.

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  • 13Mircoles, 5 de agosto de 2015 Nm. 93BOP de Palencia

    AGUILAR DE CAMPOOCOZUELOS DE OJEDAGAMAQUINTANAS DE HORMIGUERASANTA MARA DE MAVEVALDEGAMAGRIJERANAVAS DE SOBREMONTERENEDO DE LA INERAQUINTANILLA DE CORVIO

    ALAR DEL REYSAN QUIRCE DEL RO PISUERGA

    AMPUDIAVALORIA DE ALCOR

    AMUSCOVALDESPINA

    ASTUDILLOPALACIOS DEL ALCOR

    BRAOSERAORBVALLEJO DE ORB

    BUENAVISTA DE VALDAVIABARRIOSUSORENEDO DE VALDAVIA

    CASTREJN DE LA PEACANTORAL DE LA PEABOEDO DE CASTREJN

    CERVERA DE PISUERGAREBANAL DE LAS LLANTASSANTIBEZ DE RESOBA

    DEHESA DE MONTEJOLA ESTACIN

    GUARDOINTORCISAMUECASAN PEDRO DE CANSOLES

    HERRERA DE PISUERGAVILLABERMUDO

    LA PUEBLA DE VALDAVIA BARRIO DE LA PUEBLA

    LOMA DE UCIEZAGOZN DE UCIEZA

    MONZN DE CAMPOSVILLAJIMENA

    OLMOS DE OJEDAPISN DE OJEDA

    OSORNO LA MAYORLAS CABAAS DE CASTILLA SANTILLANA DE CAMPOSVILLADIEZMA

    PRAMO DE BOEDOALTOS DEL SIL

    POMAR DE VALDIVIACAMESA DE VALDIVIACEZURARESPENDA DE AGUILAR

    RENEDO DE LA VEGAALBAL DE LA VEGA

    SALDAASAN MARTN DEL OBISPO

    SAN CEBRIN DE CAMPOSAMAYUELAS DE ABAJO

    SAN CEBRIN DE MUDPERAPERT

    SANTOYOSANTIAGO DEL VAL

    VALDE-UCIEZAMIANESVILLAMORCOVILLASABARIEGO DE UCIEZA

    VALLE DEL RETORTILLOABASTASABASTILLASAOZAVILLATOQUITE

    VELILLA DEL RO CARRINALBA DE LOS CARDAOSCAMPORREDONDO DE ALBACARDAO DE ABAJOCARDAO DE ARRIBAOTERO DE GUARDOVALCOBERO

    VENTA DE BAOSBAOS DE CERRATO

    VILLADAPOZUELOS DEL REYVILLELGA

    VILLAMARTN DE CAMPOSREVILLA DE CAMPOS

    VILLASILA DE VALDAVIAVILLAMELENDRO

    VILLOLDOCASTRILLEJO DE LA OLMA

    TOTAL NCLEOS61

    ANEXO XII

    NCLEOS DE POBLACIN RELACIONADOS

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    ANEXO XIII

    CANTIDADES ASIGNADAS A LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA. PLANES PROVINCIALES 2016

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  • 19Mircoles, 5 de agosto de 2015 Nm. 93BOP de Palencia

    Palencia, 31 de julio de 2015.- El Secretario General, Juan Jos Villalba Casas.3258

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