1 Que Delito

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1 QUE DELITO COMETIÓ CESAR DIAZ HEREDIA Y CUAL FUE SU ACTUAR REPROCHABLE, QUE COSA HIZO O QUE COSA DEJO DE HACER. El delito que cometió.-fue La presunta Comisión del Delito contra la administración Pública (corrupción de funcionarios)- Cohecho Activo Genérico, previsto en el: Artículo 397 Aprovechamiento indebido de cargo del código penal El funcionario o servidor público que indebidamente en forma directa o indirecta o por acto simulado se interesa por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años. En agravio del Estado, representado por el procurador público especializado en delitos de corrupción de funcionario de lima. Con la responsabilidad penal acreditadas con las declaraciones instructivas hechas en el presente caso. La Conducta reprochable.- el 19 de enero de 2013 a las 10:40 horas el denunciado CESAR DIAZ HEREDIA se encontraba transitando un vehículo automotriz de transporte público de la empresa DRICOJOMA SAC/SAN JUANITO, fue intervenido por el efectivo policial MARCO NOVOA CELIZ, al cruzar cuando el semáforo estaba el luz roja, el hecho constituye una falta grave (B.2) Reglamento Nacional de Transito, el efectivo policial le solicita su tarjeta de propiedad del vehículo, licencia de conducir y SOAT el imputado le hizo entrega de dos billetes de diez nuevos soles, con el fin que se le abstenga de proceder a efectuar la sanción administrativa correspondiente por la infracción de tránsito cometida. Eso fue una conducta reprochable como ciudadano que sabía que infringió una falta grave tenía que mostrarle al oficial sus documentos respectivos.

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1 QUE DELITO COMETI CESAR DIAZ HEREDIA Y CUAL FUE SU ACTUAR REPROCHABLE, QUE COSA HIZO O QUE COSA DEJO DE HACER.El delito !e "o#eti$.%&!e L' ()e*!+t' Co#i*i$+ del Delito"o+t)'l''d#i+i*t)'"i$+P,-li"'."o))!("i$+de&!+"io+')io*/%Co0e"0o A"ti1o 2e+3)i"o, ()e1i*to e+ el4Artculo 397 Aprovechamiento indebido de cargo del cdigo penalEl funcionario o servidor pblico que indebidamente en formadirecta o indirecta o por acto simulado se interesa por cualquier contrato uoperacinenqueintervienepor razndesucargo, serreprimidoconpenaprivativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis aos.E+ '5)'1io del E*t'do, )e()e*e+t'do (o) el ()o"!)'do) (,-li"oe*(e"i'li6'doe+delito*de"o))!("i$+de&!+"io+')iodeli#'.Co+ l' )e*(o+*'-ilid'd (e+'l '")edit'd'* "o+ l'* de"l')'"io+e*i+*t)!"ti1'* 0e"0'* e+ el ()e*e+te "'*o.L' Co+d!"t' )e()o"0'-le.% el 17 de e+e)o de 891: 'l'* 194;9 0o)'* el de+!+"i'do CESAR DIAZ HEREDIA *ee+"o+t)'-'t)'+*it'+do!+1e0 JUA>ITO, &!ei+te)1e+ido (o) el e&e"ti1o (oli"i'l MARCO>O?OACELIZ, 'l")!6') "!'+do el *e#@&o)o e*t'-' el l!6 )oA', el 0e"0o "o+*tit!Be!+' &'lt' 5)'1e .B.8/ Re5l'#e+to >'"io+'l de T)'+*ito, ele&e"ti1o (oli"i'l le *oli"it' *! t')Aet' de ()o(ied'd del 1e0 DE LA PE>A, E> CUE>TA DE SUS TRES ETAPASLA DETERMI>ACI> DE LA PE>A SO> TRES TDC>ICAS DE DETERMI>ACI> JUDICIAL DE LA PE>A.I. L !"I#E"$ %E &E'E !"(%E)*I"I&E+,I-I." L !E+ '/%I. L( E+.(+,"#(% E+ EL ",0.*L( 123 &EL .4&I)( !E+L %E"5I&("!6'LI.(7*EI+&E'IE+,EE+-("#&I"E.,(I+&I"E., ( !(" .,( %I#*L&( %E I+,E"E% !(".*L7*IE" .(+,",( *(!E".I4+E+7*E I+,E"5IE+E !(""84+ &E %* .")(, %E"/ "E!"I#I&( .(+ !E+ !"I5,I5 &ELI'E",& +( #E+(" &E .*,"( +I #9(" &E %EI% :(%.II. %E)*+&$ E% I#!(",+,E L I&E+,I-I..I(+ &E .(+.*""E+.I&E L% .I".*+%,+.I% !"I5ILE)I&%-5(" &EL I#!*,&(,E+ L .*L +( .(+.*""E+ E+ E%,E .%(.III. ,E".E"$ E%&E,E"#I+"L!E+E+.(+."E,(!LI.+&(L% .I".*+%,+.I% )E+E"I.% &EL ",I.*L( ;< &EL .(&I)(!E+L 7*E +(% !E"#I,I"+ .(+."E," E-E.,I5#E+,E L!E+.!"L&E,E"#I+.I(+&EL!E+E%!"I#("&IL7*E%E&E'E+ .*#!LI" E=>*%,I5#E+,E E%,% 1 ,E.+I.%!" L&E,E"#I+.I(+ &E L !E+.: FU>DAME>TE REPARACI> CI?IL DIFERE>CIA I>DEM>IZACI>REPARACION CIVILla reparacin civil en el proceso penal se funda en sus posibilidades,atenuantes y ?asta preventivas, que se mani@estan en primer lugar, cuando elautor repara con sus medios el mal causado independientemente del castigo osancin, ensegundolugar laeAigenciadelareparacinobligaal autor acolocarse frente a las consecuencias de su ?ec?o y a considerar los intereseslegBtimos de la vBctimaC @nalmente la reparacin puede conducir a unareconciliacinentreautor yvBctimayconellofacilitar esencialmenteunareinsercin del autorLA INDEMNIZACIONEl artculo 46 del Cdigo Penal estalece dis!osiciones detalladas sore esta sancin !enal" El legislador considera #ue la inde$ni%acin !or los da&os ' !er(uicios resultantes de un delito con resultado de $uerte) da&os gra*es en la salud +sica ' $ental) !role$as en el +unciona$iento de rganos cor!orales) o de delitos contra la seguridad *ial o #ue i$!li#uen da&os a$ientales o contra la !ro!iedad ' las transacciones co$erciales) +or$a !arte integrante de una resolucin relati*a a la res!onsailidad !enal del autor de la in+raccin" ,e considera #ue un triunal est- oligado a dicta$inar la inde$ni%acin de un da&o causado !or un delito) si la *cti$a u otra !ersona .ailitada /!or e(e$!lo) la !ersona $-s !r0i$a con arreglo al Cdigo Penal1 !resenta una de$anda en ese sentido" 2al de$anda dee inter!onerse directa$ente ante el triunal durante el (uicio" ,i ien no !resenta !role$a alguno el .ec.o de #ue la *cti$a desee !resentar una de$anda 'a en la +ase !reli$inar) sin e$argo) co$!ete al triunal !ronunciarsesore la de$anda en su resolucin de+initi*a"; QUIE> PERSI2UI LA REPARACI> CI?IL Y CUAL ES SU SUSTE>TO LE2ALEL A2RA?IADO ES REPRESE>TADO POR LA PROCURADURIA PUBLICA ESPECIALIZADOS E> DELITOS DE CORRUPCIO> DE LIMA, HA PETICIO>ADO COMO PA2O DE REPARACIO> CI?IL LA SUMA DE MIL >UE?OS SOLES POR CO>CEPTO DEREPARACIO> CI?IL A FA?OR DEL ESTADO PERUA>O , LA PRETE>CIO> HA SIDO ACEPTADA E> SU I>TE2RIDAD POR EL IMPUTADO. ESTABLECIDO E> EL ARTICULO 7: DEL CODI2O PE>AL LA REPARACIO> CI?IL COMPRE>DE LA RESTITUCIO> DEL BIE>, SI >O ES POSIBLE EL PA2O DE SU ?ALOR QUE ES LA I>DEM>IZACIO> DE LOS DAEOS Y PERJUICIOS, EL PA2O ACORDADO POR CO>CEPTO DE REPARACIO> CI?IL, DO>DE LA SUMA QUE DEBERA SER PA2ADA E> 19 CUOTAS ME>SUALES. LA PRIMERA A LOS ?EI>TE DIAS DE >OTIFICADALA APROBACIO> DE TERMI>ACIO> A>TICIPADA. LA SE2U>DA HASTA LA DECIMA LOS MESES RESTA>TES LAS CUOTAS DE CIE> >UE?OS SOLES.F PORQUE MOTI?OS AL FI>AL SE CO>DE>A DIAZ HEREDIA A : AEOS Y ; MESES A LA PE>A PARA ESTE DELITO >O ME>OS DE ; >I MAYOR DE G AEOSPORQUE LA REDUCCIO> ES DEL 1=G A LA QUE SE REFIERE ;H1 DEL CPP COMO BE>EFICIO.LA PE>A CO>?ERTIDA E> MESES ES DE4 ;I MESES .; AEOS/POR SOMETIMIE>TO A TERMI>ACIO> A>TICIPADA SE REDUCE 1=GDE LA PE>A I>ICIAL E> MESES I SUB TOTAL REDUCIE>DO ;9 MESES CO>?IRTIE>DO SUB TOTAL E> AEOS :.:::RESULTADO FI>AL4 CO> APLICACI> DEL BE>EFICIO PROCESAL :AEOS, ; MESES, 9 DIAS.G DIFERE>CIA E>TRE SUSPE>SI>E HABILITACI> E> EL DERECHO PE>AL