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CONTRATOS Y CONCESIONES Prof. Mag.René J Munarriz Palomino Abogado E mail::[email protected] TEMA : UNIDAD 1 LECC 1 -LOS CONTRATOS/CLASIFICACION -CONCESIONES -DIF.ENTRE CONTRATO Y CONCESION CICLO :IX Mag. Abog.Rene Munarriz

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CONTRATOS Y CONCESIONES

Prof. Mag.René J Munarriz PalominoAbogado

E mail::[email protected]

TEMA : UNIDAD 1 LECC 1

-LOS CONTRATOS/CLASIFICACION-CONCESIONES-DIF.ENTRE CONTRATO Y CONCESION

CICLO :IX

Mag. Abog.Rene Munarriz

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INTRODUCCION

El derecho y en general las normas jurídicas responden siempre a un requerimiento social. El Derecho

como conjunto normativo ordena el desarrollo de las actividades del hombre en sociedad. De manera

que los contratos como instituciones jurídicas no pueden ser ajenos a tales designios. Fueron pues,

exigencias sociales que han determinado su necesidad e importancia, el asunto tal, que los

integrantes de nuestra sociedad, todos los días, celebran contratos, de naturaleza múltiple , pues

múltiple es también la naturaleza de las actividades que realiza el hombre diariamente. El contrato se

hace consubstancial con la vida del hombre en sociedad.

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El Contrato esta considerado como el modo idóneo del mas elevado rango para la solución de

necesidades humanas. Tal función le concede la jerarquía que disfruta, porque se contrata solo cuando hay

necesidad. Satisfecha la necesidad el contrato carece de importancia. Sucede sin embargo que las

necesidades nunca son satisfechas plenamente, por lo que, este instrumento jurídico que conocemos como

CONTRATO, aparece en ayuda del necesitado

El Contrato tiene estrecha relación con el factor económico, que se encuentra representado por el

contenido patrimonial del mismo. Este contenido patrimonial esta condensado en la prestación y

contraprestación emergentes de la relación contractual.

La problemática contractual es frondosa tanto en la doctrina como en la legislación. Nuestro código de

1984 amplio las fronteras hacia nuevas figuras contractuales y también en otros espacios de aplicación;

como es el caso de las Contrataciones y Concesiones del Estado.

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Cualquier referencia que se haga a los contratos, comprenderá siempre alusión directa a las obligaciones.

Existe por lo tanto, intima conexión entre contrato y obligaciones, entendida esta como instituto jurídico,

como vinculo jurídico entre acreedor y deudor a través de una prestación determinada. El derecho de los

contratos consecuentemente, en esencia, es derecho de Obligaciones.

En ese contexto, la temática que se desarrollar a los largo de las sesiones académicas programadas, se

enfocara en los contratos y Concesiones que se celebra entre el Estado peruano con personas naturales

o personas jurídicas en general, nacionales y/ extranjeras; con la finalidad de brindar bienestar general a

la sociedad.

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DEFINICIÓN DE CONTRATO

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DEFINICIÓN DE CONTRATO

Código Civil 1984- Libro VII “Fuentes de las obligaciones”

Art. 1351: “El contrato es el acuerdo de dos o más partes para

crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica

patrimonial”

EL CONTRATO COMO FUENTE DE OBLIGACIONES

Hechos generadores de obligaciones: el contrato, la ley, y la

voluntad unilateral

El Contrato es fuente de obligaciones que van a permitirle crear,

modificar o extinguir derechos

Objeto de las obligaciones: Las Prestaciones

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“Los Contratos son acuerdos entre las partes para crear , regular o extinguir obligaciones

jurídicas patrimoniales. De acuerdo al Código Civil Peruano, se perfecciona un contrato, es decir

existe el mismo, cuando luego de haberse recibido una oferta la contraparte acepta la misma.

El Contrato por tanto no es el documento en el cual se consigna las condiciones básicas( partes

contratantes, objeto, plazo, y precio) y detalles del acuerdo.

En el Código Civil, el Contrato esta constituido por la formulación de una oferta y la aceptación

de la misma, aun en el caso de no existir el documento que contenga toda las condiciones.

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REQUISITOS DE VALIDEZ DE LOS CONTRATOS

•CONSENTIMIENTO1

•CAPACIDAD DE LAS PARTES2

•OBJETO3

•FINALIDAD LÍCITA4

•FORMA5Mag. Abog.Rene Munarriz

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1. CONSENTIMIENTO

Manifestación de voluntad de todas las partes que intervienen en el contrato

Aceptación de todas las cláusulas contenidas en el contrato

Oferta y aceptación

Debe ser libre y voluntario

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2. CAPACIDAD DE LAS PARTES

Aptitud de las personas para adquirir derechos y contraer

obligaciones

Permite celebrar contratos

Se requiere ser mayor de edad (Perú: 18 años) y tener discernimiento

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3. OBJETO DEL CONTRATO

Es la relación jurídica

contractual

Debe ser físicamente

posible

Debe ser jurídicamente

posible

Determinado o

determinable

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4. FINALIDAD LÍCITA

La causa que impulsa a las partes a celebrar un contrato

No debe ir en contra de la norma legal

Ej. de finalidad ilícita:

Compro mercadería de contrabando para venderla en Lima

Ej. de finalidad lícita:

Compro mercadería de una empresa para venderla en mi almacén

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CLASES DE CONTRATOS

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A. CLASIFICACIÓN DESDE EL PUNTO DE VISTA JURIDICO:

1. UNILATERALES Y BILATERALES:

2. ONEROSOS Y GRATUITOS

3. CONSENSUALES Y REALES

4. TÍPICOS Y ATÍPICOS

5. CONMUTATIVOS Y ALEATORIOS

6. FORMALES Y NO FORMALES

7. PRINCIPALES Y ACCESORIOS

8. DE EJECUCIÓN INMEDIATA Y DE EJECUCIÓN DIFERIDA

9. DE EJECUCIÓN INSTANTÁNEA Y DE TRACTO SUCESIVO

10. CIVILES Y COMERCIALES

CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS

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B. CLASIFICACIÓN DE ACUERDO A LAS FUNCIONES ECONÓMICAS DE LOS CONTRATOS

1. CONTRATOS DE CAMBIO

2. CONTRATOS DE COLABORACIÓN

3. CONTRATOS DE PREVENCIÓN DEL RIESGO Y DE PREVISIÓN

4. CONTRATOS DE CONSERVACIÓN DE CUSTODIA

5. CONTRATOS DE GARANTÍA

CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS

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CLASIFICACIÓN DESDE EL PUNTO DE VISTA JURIDICO

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1. UNILATERALES Y BILATERALES:

1.1 Unilaterales:

Se denominan Contratos Unilaterales o con prestación a cargo de una de las partes a los que, al momento de su perfeccionamiento, hacen nacer obligaciones para una sola de las partes intervinientes.- Se caracterizan porque a su celebración las obligaciones o derechos corren a favor solo de una de las partes.

Ejemplos: donación, fianza, depósito, mutuo, renta vitalicia.-

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1.2 Bilaterales:

Se denominan contratos Bilaterales o con prestaciones recíprocas a los contratos que, almomento de su perfeccionamiento, engendran obligaciones recíprocas para las partesintervinientes. Esos derechos y obligaciones son correlativos para las partes.Ejemplos: compraventa, permuta, locación de cosas, de servicio y de obra, contrato detransporte, seguro.-

1.2.1 Plurilaterales:

Esta clase puede considerarse como subespecie de los bilaterales o como una terceracategoría junto a unilaterales y bilaterales.-En esta clase, la manifestación negocial proviene de más de dos partes.- Lasprestaciones se multiplican cuantitativamente según el número de contratantes.-

Ejemplos: sociedad, tarjeta de crédito.

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2.- ONEROSOS Y GRATUITOS

2.1 Los Contratos Onerosos (o a título oneroso) son los que implican para las partes un sacrificiopatrimonial al cual corresponde una ventaja, aún si no hay equilibrio entre ambos.

Hay contratos onerosos, como aquellos en que las partes se benefician económicamente. A sucelebración imponen provechos y gravámenes recíprocos.

Ejemplos: compraventa, locaciones, leasing, seguro, renta vitalicia onerosa, contrato de transporte.-

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2.2 Los Contratos Gratuitos (o a título gratuito) implican una liberalidad, un beneficio o ventajapatrimonial sin sacrificio alguno para el destinatario. El sacrificio recae sobre la parte que, a suvez, no recibe ventaja alguna.-

Representan un desprendimiento económico para una de las partes y en cambio un beneficiopara la otra parte. Lo gratuito es en otras palabras sinónimo de liberalidad como el caso de ladonación. Difieren de los anteriores porque los provechos y gravámenes solo corren o afectana una de las partes.

Ejemplos: Comodato, renta vitalicia gratuita, donación.-

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3.- CONSENSUALES Y REALES

3.1 Los Contratos son Consensuales cuando se perfeccionan con el mero consentimiento, delas dos partes-

El contrato es consensual cuando es suficiente el consentimiento de las partes paraque se considere perfeccionado, sin que se requiera ninguna otra formalidad o requisito.

Basta el consentimiento para su validez.Ejemplos: compraventa, donación, permuta, locación de cosas, de servicios y de obra,

3.2 Los Contratos son Reales cuando se perfeccionan con la entrega de la cosa.- El contrato esreal cuando la entrega del bien es el factor esencial, es decir que el perfeccionamiento

del contrato se da con la entrega de la cosa. Para su perfeccionamiento son válidos con laentrega de la cosa.

Ejemplos: comodato, mutuo, depósito, prenda con desplazamiento.-

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4.- TÍPICOS Y ATÍPICOS

4.1 TIPICOS Son aquellos que están regulados por una norma. Tienen una propia regulación

en el Código Civil. Se funda en la existencia de contratos legislados expresamente en lo referentea sus formalidades, contenidos, efectos, exigencias normativas, etc.-

Contratos Típicos cuando está regido por una determinada disciplina legal, como es el casodel contrato de compraventa, locación de cosas, de servicios y de obra, mutuo, depósito,comodato, leasing, etc.

4.2. LOS CONTRATOS ATÍPICOS, carecen de regulación legal. Aparecen en la vida jurídicafruto de la libertad contractual. No es suficiente que carezcan de un nombre dado por ellegislador, sino que estos contratos no han sido disciplinados individualmente.

Ejemplos: Garage, franquicia, crédito documentario, tiempo compartido.-

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5.- CONMUTATIVOS Y ALEATORIOS

5.1 En el CONTRATO CONMUTATIVO las partes pueden estimar, al momento de superfeccionamiento, las ventajas y sacrificios que derivan del negocio.- Se identifican porque

a su celebración las partes de antemano saben los provechos y gravámenes

Ejemplos: compraventa, donación, locación de cosa, de obra y de servicios, mutuo,comodato, transporte.

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5.2 En el CONTRATO ALEATORIO (o de suerte) la entidad del sacrificio, puesta en relacióncon la entidad de la ventaja, no puede ser conocida y apreciada en el acto de formacióndel contrato. Esta relación se revelará a continuación, según el curso de losacontecimientos.-

Cada una de las partes desconoce o tiene como objetivamente incierto si la ventaja odesventaja (como atribución patrimonial) será proporcionada al sacrificio.-Justamente esos provechos y gravámenes se desconocen.

Ejemplos: juego, apuesta, rifa, renta vitalicia, seguro.-

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6.- FORMALES Y NO FORMALES

6.1 Son CONTRATOS FORMALES los que requieren de una solemnidad taxativamenteprefijada por la ley.- Las exigencias legales referidas a la forma no pueden ser eludidaspor las partes contratantes por ser de orden público.- Para su validez debenconstar por escrito.

Estos contratos se distinguen en “ad solemnitatem” que son los formales para suvalidez (la forma es constitutiva o sustancial) y “ad probationem” que son formales para

su prueba, es decir que la requieren para la demostración en juicio.- Se subdividen enSolemnes Absolutos y Solemnes Relativos

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6.1.1-. Los Contratos formales Solemnes Absolutos son aquellos en los que, si no se respeta laforma, acarrea la nulidad del contrato.-

6.1.2. Los contratos Formales Solemnes Relativos son aquellos en los que, la omisión dela forma vuelve a la declaración incapaz para generar el negocio previsto, pero es apta parala realización de otro negocio con efectos parcialmente diferentes.-

- Ejemplos de solemnes absolutos: donación de bienes inmuebles y renta vitalicia.-- Ejemplo de solemne relativo: compraventa de inmuebles.-

6.2 SON CONTRATOS NO FORMALES

LOS CONTRATOS NO FORMALES son los que tienen su exteriorización libre pudiendocelebrarse en cualquier forma válida como manifestación negocial.

-Las partes contratantes pueden crear formalidades donde la ley no las exige.

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7.- PRINCIPALES Y ACCESORIOS

7.1 Son contratos PRINCIPALES los que no dependen de otro para su existencia.- El contrato Principal esaquel que no depende de otro que le precede y por lo tanto tiene vida propia. Para su validez nodependen de otro, son autónomos y valen por si mismos.

Ejemplos: compraventa, locación de cosas, de servicios y de obra, transporte, mutuo, comodato,depósito.

7.2 Son contratos ACCESORIOS los que dependen para su existencia de la existencia de otrocontrato.- El contrato accesorio es aquél que depende lógica y jurídicamente de otro contrato. Notiene vida propia. Para su validez y existencia dependen de otro.

Ejemplos: fianza, prenda.-

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8.- DE EJECUCIÓN INMEDIATA Y DE EJECUCIÓN DIFERIDA

8.1 Son de EJECUCIÓN INMEDIATA los contratos que comiencen a producir sus efectos a partir de su celebración, inmediatamente, sin solución de continuidad.-Ejemplo: la compraventa.

8.2 Son de EJECUCIÓN DIFERIDA. Son aquellos cuyos efectos comienzan a producirse a partir de un plazo o término inicial.-

Ejemplo: locación de inmuebles.

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9.- DE EJECUCIÓN INSTANTÁNEA Y DE TRACTO SUCESIVO

9.1 Son de EJECUCIÓN INSTANTÁNEA O ÚNICA, los contratos que se ejecutan en un solomomento, de una sola vez, sin que sus efectos se prolonguen en el tiempo.- Sus efectos y

consecuencias se agotan al momento de su celebración.Ejemplos: donación, permuta, compraventa.-

9.2 Son de EJECUCIÓN CONTINUADA O DE TRACTO SUCESIVO los contratos cuyos efectos seprolongan en el tiempo, es decir que la ejecución de los mismos no se agota en un instante.-Sus efectos y consecuencias son de momento a momento.

Ejemplo: locación de cosas, comodato, leasing, transporte.-

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10.- CIVILES Y COMERCIALES

10.1 En principio, desde el punto de vista sistemático, SON CIVILES los contratos legislados en el CódigoCivil y sus leyes complementarias. Ejemplos de Contratos Civiles: locación de cosas, de servicios y deobra; comodato, renta vitalicia; donación, mutuo civil, mandato civil, fianza civil.-

10.2 Son CONTRATOS COMERCIALES los contenidos en el C. de Comercio y sus leyes complementarias.-

Los contratos comerciales versan sobre los conceptos de empresarios comerciales y de DerechoEmpresarial.

Ejemplos de contratos comerciales: seguro, transporte, mandato comercial, fianza comercial, prendacomercial, contratos bancarios, transferencia de fondo de comercio.

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CLASIFICACIÓN DE ACUERDO A LAS FUNCIONES

ECONÓMICAS DE LOS CONTRATOS

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CLASIFICACIÓN DE ACUERDO A LAS FUNCIONES ECONÓMICAS DE LOS CONTRATOS

1. Contratos De Cambio

2. Contratos De Colaboración

3. Contratos De Prevención Del Riesgo Y De Previsión

4. Contratos De Conservación De Custodia

5. Contratos De Garantía

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1.- CONTRATOS DE CAMBIO

Son los que tienden a favorecer la circulación de la riqueza, es decir de bienes (cosas yservicios).-

Estos pueden sub clasificarse si el cambio se realiza:

1.1 A TÍTULO ONEROSO (con sacrificio económico de ambas partes).Ejm. La Compra venta, Permuta

1.2 A TÍTULO GRATUITO (sacrificio de una de las partes).- Ejm. La donación.-

A su vez la riqueza intercambiada puede estar constituida por la propiedad de un bien(conjunto de utilidades económicas que puede ofrecer un bien) o por el goce de un bien(utilidades singulares).-

También el intercambio puede constituir un dar o un hacer o un servicio.- En este últimocaso se incluye a la locación de servicio, contrato de trabajo, transporte.

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2.- CONTRATOS DE COLABORACIÓN

Una parte desarrolla su actividad en concurso con la actividad de la otra parte, aunqueindependientemente.- Estos contratos intervienen en el momento de la producción, produciendobeneficios diversos.-

Ejemplos: Comisión; los consorcios se suele incluir dentro de este grupo a los contratosasociativos, especialmente a los de organización, hoy denominados “Unión transitoria deempresas”.-

3. CONTRATOS DE PREVENCIÓN DEL RIESGO Y DE PREVISIÓN

Estos son: el seguro, la renta vitalicia, el juego, la apuesta

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4.- CONTRATOS DE CONSERVACIÓN DE CUSTODIA

Ejemplos: depósito, alquiler de cajas fuertes.-

5. CONTRATOS DE GARANTÍA

Esta garantía puede ser real (prenda, hipoteca, anticresis) o personal (fianza).-

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LA CONCESIÓN

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En el Perú, LA CONCESIÓN es el acto administrativo por el cual el Estado otorga a personas jurídicas,nacionales o extranjeras la ejecución y explotación de determinadas obras públicas de infraestructurao la prestación de determinados servicios públicos por un plazo establecido, que, de acuerdo connuestro ordenamiento nacional, en ningún caso excederá de 60 años.

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Conforme al artículo 2.º del TUO de Concesiones, La Concesión es la modalidad bajo la cual sepromueve la inversión privada en el ámbito de las obras públicas de infraestructura y de serviciospúblicos. Mediante ella, el Estado otorga a los particulares:

a) La Gestión y prestación de una actividad considerada como servicio público; y

b).El derecho a la construcción, reparación, conservación y explotación de una obra pública deinfraestructura, bajo su propia cuenta y riesgo, construida sobre bienes de dominio público, sujetaa un plazo determinado y sometida a un régimen regulatorio, en el que el pago de las tarifas correa cargo de los usuarios, como retribución por los servicios básicos y complementarios recibidos.

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Sobre este último punto, el artículo 13.º del TUO de Concesiones establece que el contrato de concesiónconstituye título suficiente para que el concesionario haga valer los derechos que se le otorgan frente aterceros, en especial, el derecho de cobrar tarifas, precios, peajes u otros sistemas de recuperación de lasinversiones.

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A nivel doctrinario existen diversas definiciones de concesión; así, la palabra concesión es un término"multivoco", es decir, susceptible de múltiples significados y contenidos diversos que se reproducen acontinuación, a fin de construir a partir de las mismas, un significado:

“ La Concesión es una operación por la cual un particular se encarga de los gastos, riesgos y peligros delfuncionamiento de un servicio público, y de la ejecución de obras públicas, gracias a la ConcesiónTemporal de derechos del Poder Público efectuado de modo reglamentario, y también a unaremuneración prevista contractualmente y que resulta generalmente de la tasa que está autorizado apercibir de los usuarios del servicio.

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Para Sayagues Laso, La Concesión es "el acto de Derecho Público que confiere a una persona underecho o un poder que antes no tenía, mediante la transmisión de un derecho o del ejercicio de unpoder propio de la Administración“

Por último, Otto Mayer se refiere a ella diciendo "la Concesión es siempre un acto constitutivo dederecho, por el que se da al sujeto un poder jurídico sobre una manifestación de la Administración ".

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Normas Aplicables: D.S. Nº 059-96-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 060-96-PCM .

El plazo máximo para el otorgamiento en concesión es de 60 años.

El otorgamiento de las concesiones puede darse a través de las siguientes modalidades:

- Concesión a título oneroso.

- Concesión a título gratuito.

- Concesión cofinanciada por el Estado.

El concesionario queda facultado, por el plazo del contrato de concesión, a realizar el cobro de tarifas, precios, peajes u otros sistemas de recuperación de las inversiones.

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Las partes involucradas en el Contrato De Concesión son el CONCEDENTE Y EL CONCESIONARIO.

El CONCEDENTE es quién otorga la concesión que por 1o general es una entidad estatal (GobiemoCentral, Regional y/o Local) siendo el requisito esencial para otorgar la concesión la competencia oaptitud de la administración.

EL CONCESIONARIO puede ser una persona natural o jurídica, privada o pública a quien le es otorgadala concesión.

Conforme a lo anteriormente expresado, para efectos del presente Estudio, se puede decir que laConcesión se entiende como aquel acto de la autoridad que otorgue, temporalmente, a favor de losparticulares, derechos como el uso, goce o disposición sobre activos del Estado para la provisión deservicios del dominio público, servicios que normalmente serían brindados por el Estado.

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DIFERENCIA ENTRE LA CONCESIÓN Y EL CONTRATO

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DIF CONCESION CON EL EL CONTRATO DE SERVICIO PÚBLICO

Las diferencias fundamentales entre el CONTRATO DE SERVICIO PÚBLICO y una CONCESIÓN DESERVICIO PÚBLICO radica en que:

- Para el caso de la CONCESIÓN la administración otorga a un tercero para que explote ennombre de ésta, pero por su cuenta y riesgo, determinado servicio público;

- En tanto, en el CONTRATO DE SERVICIOS no se cede en todo momento la titularidad de lagestión del servicio involucrado.

Es un elemento de la concesión el que el concesionario asuma, por cuenta y riesgo, la operacióndel servicio que se le entrega, debiendo en todo momento cobrar directamente a los terceros latarifa y/u otros ingresos que en el contrato de concesión se acuerden.

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Según Guasch, L (2004) las Concesiones se diferencian de los Contratos en tres aspectos clave:

- Primero, las CONCESIONES no involucran la venta o transferencia de la propiedad de los activosfísicos, sino sólo el derecho de uso de los activos y de administrar la empresa.

- Segundo, los CONTRATOS DE CONCESIÓN son por un periodo limitado de tiempo - generalmente15 a 30 años, dependiendo del contexto y del sector.

Finalmente, el Estado, como propietario de los activos, mantiene una vinculación y supervisiónestrecha de las concesiones.

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CONTRATO Vs CONCESION

En el Contrato de Obra Pública, la Administración abona directamente al contratista el importe convenidocomo contraprestación por la ejecución de la obra, tras lo cual queda en poder de la Administración, laque se encargará de modo directo de su explotación. Só1o crea relaciones jurídicas entre el Estado y elConstructor.

En la Concesión de Obra Pública se otorga al concesionario un derecho temporal para explotar la obrapública ejecutada y apercibir el cobro de las tarifas pagadas por los usuarios de la obra. En la Concesión,las relaciones jurídicas exceden ese marco y se extienden a los administrados que utilizan la obra una vezconcluida.

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