162680571 Derecho Administrativo 2 Practico

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Derecho administrativo II SAMANTHA GABRIELA LOPEZ GUARDIOLA Red Tercer MilenioDERECHO ADMINISTRATIVO IIDERECHO ADMINISTRATIVO II SAMANTHA GABRIELA LOPEZ GUARDIOLA RED TERCER MILENIOAVISO LEGAL Derechos Reservados 2012, por RED TERCER MILENIO S.C. Viveros de Ass 96, Col. Viv eros de la Loma, Tlalnepantla, C.P. 54080, Estado de Mxico. Prohibida la reproduc cin parcial o total por cualquier medio, sin la autorizacin por escrito del titula r de los derechos. Datos para catalogacin bibliogrfica Samantha Gabriela Lpez Guard iola Derecho administrativo II ISBN 978-607-733-006-6 Primera edicin: 2012 DIRECTORIO Jos Luis Garca Luna Martnez Director General Rafael Campos Hernndez Director Acadmico Corporativo Brbara Jean Mair Rowberry Directora Corporativa de Operaciones Jess Andrs Carranza Castellanos Director Corporativo de Administracin Hctor Ral Gutirr ez Zamora Ferreira Director Corporativo de Finanzas Alejandro Prez Ruiz Director Corporativo de Expansin y ProyectosNDICE INTRODUCCIN MAPA CONCEPTUAL 1. LA RECTORA ECONMICA DEL ESTADO 6 9 10 15 17 21 21 1.1 EL ESTADO POLICA 1.2 SISTEMAS ECONMICOS 1.3 SISTEMA DE PLANEACIN 1.4 BASE CONST ITUCIONAL 1.5. REAS ESTRATGICAS, REAS PRIORITARIAS REAS LIBERADAS Autoevaluacin 26 29 2. RGIMEN FINANCIERO DEL ESTADO 31 35 37 38 39 40 41 43 46 47 2.1 LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO 2.2 LA CIENCIA DE LAS FINANZAS PBLICAS 2.3 EL PRESUPUESTO 2.4 TIPOS DE PRESUPUESTO 2.5 EL PRESUPUESTO EN MXICO 2.5.1 EL PRE SUPUESTO DE INGRESOS 2.5.2 EL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2.6 LA CONTABILIDAD PBLICA A utoevaluacin 3. EL RGIMEN PATRIMONIAL DEL ESTADO 49 53 59 60 61 61 2 3.1 EL PATRIMONIO DEL ESTADO 3.2 LA PROPIEDAD ORIGINADA DE LA NACIN 3.3 EL DOMINI O DIRECTO 3.3.1 SIGNIFICADO ALCANCE Y CLASIFICACIN 3.4 EL DOMINIO PBLICO3.4.1 CONCEPTO, ELEMENTOS Y CLASIFICACIN 3.5 EL DOMINIO PRIVADO 3.5.1 CONCEPTO Y CLASIFICACIN 3.6 FORMAS DE DERECHO PBLICO DE ADQUIRIR DOMINIO DE LOS BIENES POR PA RTE DEL ESTADO 3.6.1 EXPROPIACIN POR CAUSA DE UTILIDAD PBLICA 3.6.2 REQUISICIN 3.6. 3 CONFISCACIN 3.6.4 DECOMISO 3.6.5 NACIONALIZACIN 3.6.6 ESQUILMOS 3.6.7 MODALIDADE S A LA PROPIEDAD Autoevaluacin 62 65 65 67 67 69 71 71 73 75 75 77 4. LAS RELACIONES ADMINISTRACIN-ADMINISTRADOS 79 4.1 APLICACIN DEL CONCEPTO DE RELACIN JURDICA AL DERECHO ADMINISTRATIVO 4.2 ORIGEN DE LA RELACIN JURDICO-ADMINISTRATIVA 4.2.1 CONCEPTO DE LA RELACIN JURDICO-ADMINISTRA TIVA 4.2.2 ELEMENTOS 4.3 LAS SITUACIONES JURDICAS SUBJETIVAS 4.4 DERECHOS PBLICOS SUBJETIVOS Autoevaluacin 83 84 84 85 86 87 91 5. LA POLICA ADMINISTRATIVA 93 96 5.1 CONCEPTO Y EVOLUCIN DE LA POLICA 5.2 DISTINCIN ENTRE PODER DE POLICA Y POLICA ADM INISTRATIVO 5.3 FINES DE LA POLICA ADMINISTRATIVA 5.4 NATURALEZA JURDICA 99 100 100 35.5 LMITES 5.6 MEDIOS 5.7 RGIMEN JURDICO Autoevaluacin 101 102 103 113 6. FACULTAD SANCIONADORA DE LA 114 118 120 121 122 122 123 125 126 126 ADMINISTRACIN PBLICA 6.1 FUNDAMENTACIN 6.2 MANIFESTACIN DE LA FACULTAD SANCIONADORA 6.2.1 SANCIONES DISCIPLINARIAS 6.2.2 MEDIDAS DE APREMIO 6.2.3 SANCIONES ADMINIST RATIVAS 6.3 INFRACCIONES Y DELITOS 6.3.1. TEORA CUALITATIVA 6.3.2 TEORA CUANTITATI VA 6.3.3 TEORA LEGISLATIVA 6.4 ANLISIS DE ALGUNAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Aut oevaluacin 126 128 7. JUSTICIA ADMINISTRATIVA 129 133 134 135 136 137 139 143 147 7.1 EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN MXICO 7.2 ANTECEDENTES 7.2.1 EL TRI BUNAL FISCAL DE LA FEDERACIN 7.3 TIPO DE TRIBUNAL 7.3.1 NATURALEZA JURDICA 7.4 ORG ANIZACIN Y COMPETENCIA 7.5 PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Autoevaluacin 48. LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO 149 8.1 SIGNIFICACIN DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO Y SUS FUNCIONES 8.2 LA RESPONSA BILIDAD HOY 8.3 LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO 8.4 TIPOS DE RESPONSABILIDAD DEL E STADO Autoevaluacin 153 154 154 156 158 9. POLTICA Y DERECHO DE POBLACIN 159 164 166 168 171 9.1 EL CRECIMIENTO DEMOGRFICO EN MXICO 9.2 BASES CONSTITUCIONALES 9.3 LOS ASENTAMI ENTOS HUMANOS Autoevaluacin 10. EL DERECHO A LA PROTECCIN DE LA SALUD 10.1 BASE CONSTITUCIONAL 10.2 INSPECCIO NES 10.3 INFRACCIONES Autoevaluacin 173 178 180 186 188 11. EL DERECHO A LA ECOLOGA 11.1 BASES CONSTITUCIONALES 11.2 PROTECCIN AL AMBIENTE 11.3 INFRACCIONES Autoevaluacin Bibliografa Glosario 190 194 195 197 202 203 208 5INTRODUCCIN El segundo curso de la asignatura de Derecho Administrativo, se encuentra estruc turado de la siguiente forma: El Ttulo Primero considera los temas referentes a l a Rectora Econmica del Estado, en el cual se desarrollan los tpicos referentes al Est ado Polica, Sistemas Econmicos, Sistema de Planeacin y Base Constitucional. En este apartado se plasma el papel que corresponde al Poder Pblico para orientar, condu cir o encausar las actividades econmicas del pas, a fin de lograr un reparto equit ativo de la riqueza social, dicho instrumento es lo que tambin se ha denominado c omo el intervencionismo del Estado en la economa pblica. En el Ttulo Segundo se abord an los temas constitutivos del Rgimen Financiero del Estado, profundizando respecto de la actividad financiera del estado, la ciencia de las finanzas pblicas, el pr esupuesto, tipos de ste; y la Contabilidad Pblica. Temas por dems trascendentales p ara que un Estado pueda hacer frente a todas y cada una de sus obligaciones para con sus gobernados. En el Ttulo Tercero, El Rgimen Patrimonial del Estado, conforma do por un conjunto de bienes inmuebles, muebles, tangibles e intangibles, derech os e ingresos que, como elementos constitutivos de su estructura social tienden a satisfacer necesidades colectivas. En el Ttulo Cuarto de Las Relaciones Administ racin -Administrados, principalmente se refiere al predominio de la autoridad sobr e los habitantes del Estado, los tipos de relacin jurdico-administrativa que exist en, sus elementos y los derechos pblicos subjetivos. Respecto de la Polica Adminis trativa, concepto, evolucin, distincin entre poder de polica y polica administrativo as como los fines de sta, su naturaleza 6jurdica, limites, medios y rgimen jurdico, son temas que reflejan una parte del pod er del Estado para controlar y mantener el orden y la paz pblica. El Ttulo Sexto, F acultad Sancionadora de la Administracin Pblica, su fundamentacin, formas de manifes tacin con sus debidas sanciones y medidas de apremio as como infracciones y los de litos en los cuales se puede incurrir y, sobre todo, las diferentes teoras como s on la cualitativa, la cuantitativa y la legislativa, permiten al alumno tener un amplio panorama del tema. La Responsabilidad Patrimonial del Estado, su significa do y funciones, as como sus diversos tipos, muestran la auto-regulacin que el prop io Estado tiene como parte fundamental de la relacin con sus representados. El Ttu lo Noveno Poltica y Derecho de Poblacin, temas fundamentales actualmente de todo Est ado, debido a la gran problemtica sobre-poblacional, a la migracin del campo a las ciudades, la falta de servicios, los asentamientos humanos irregulares, y otros , son aristas de un mismo problema llamado: poblacin. Respecto de la Proteccin de l a Salud, su base constitucional, las diferentes actividades que se realizan como las inspecciones e infracciones, muestran la potestad del Estado en la materia, en la bsqueda afanosa por mantener la salud de los ciudadanos de un Estado y, en su momento, responder favorablemente a los posibles problemas por epidemias o pa ndemias del siglo XXI, que tambin constituyen la base fundamental del quehacer de l Estado para con su pueblo. Por ltimo, encontramos El Derecho a la Ecologa, tema po r dems fundamental en la poca que nos toca vivir, mismo que por dcadas fue olvidado , pero que hoy encuentra su fundamento tanto en la Carta Magna de nuestro pas com o en diversas leyes secundarias que tienen por objetivo mantener un equilibrio e colgico y regular la actuacin de los particulares con el objetivo de disminuir al 7mximo los efectos negativos en materia de ambiente, tomando en consideracin que, a todos nos perjudica la contaminacin en sus diferentes modalidades. 8MAPA CONCEPTUAL LA RECTORA ECONMICA DEL ESTADO. EL DERECHO A LA ECOLOGA. RGIMEN FINANCIERO DEL ESTADO. EL DERECHO A LA PROTECCIN DE LA SALUD. EL RGIMEN PATRIMONIAL DEL ESTADO. POLTICA Y DERECHO DE POBLACIN. DERECHO ADMINISTRATIVO ii LAS RELACIONES ADMINISTRACINADMINISTRADOS LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. JUSTICIA ADMINISTRATIVA. FACULTAD SAN CIONADORA DE LA ADMINISTRACIN PBLICA. LA POLICA ADMINISTRATIVA 9UNIDAD 1 LA RECTORA ECONMICA DEL ESTADO OBJETIVO El alumno conocer la evidente funcin vital del Estado contemporneo en el p roceso econmico, misma que se fundamenta en actividades y atribuciones tanto de p romotor como de impulsor del desarrollo y estabilidad econmica de toda nacin. TEMARIO 1. LA RECTORA ECONMICA DEL ESTADO 1.1 1.2 1.3 1.4 1.5 EL ESTADO POLICA SIST EMAS ECONMICOS SISTEMA DE PLANEACIN BASE CONSTITUCIONAL AREAS ESTRATGICAS, REAS PRIO RITARIAS Y REAS LIBERADAS 10MAPA CONCEPTUAL EL ESTADO POLICA AREAS ESTRATGICAS, PRIORITARIAS Y LIBERADAS. SISTEMAS ECONMICOS LA RECTORA ECONMICA DEL ESTADO BASE CONSTITUCIONAL SISTEMA DE PLANEACIN | 11INTRODUCCIN El trmino rectora significa orientar y conducir una cosa o situacin, por lo que la R ectora del Econmica del Estado, es la atribucin que tiene el Estado contemporneo, en cuanto hace a la orientacin y conduccin de todo lo relativo al desarrollo naciona l, en donde la economa desempea un papel fundamental. La Rectora Econmica es el ejer cicio de la responsabilidad gubernamental en el mbito econmico. El Estado promueve , induce y orienta la accin hacia los objetivos del desarrollo, a travs de polticas pblicas e instrumentos de coordinacin, de accin tributaria, del gasto pblico, de or denacin arancelaria y financiera. En nuestro pas, esta actividad se ejerce dentro de un rgimen de economa mixta mediante su participacin directa en la actividad prod uctiva. La Rectora Econmica del Estado es el contenido de la actividad de ste y su orientacin filosfica en un momento dado y que est constituido a partir de decisione s fundamentales que toma el Jefe del Ejecutivo. 121. RECTORA ECONMICA DEL ESTADO David Ricardo, conceptualiza a la economa como la ci encia que estudia la distribucin de los productos, el trabajo, la tierra y el cap ital, as como las leyes que la regulan. En un enfoque amplio, segn el Diccionario Enciclopdico de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas, por economa se entiende el estudio de los medios empleados por el hombre para estructurar los recursos de l a naturaleza, los progresos culturales y su propio esfuerzo laboral para crear, sostener y proseguir fomentando su bienestar material; y como procedimiento de administracin que equilibra ingresos o gastos mediante la conveniente distribucin y aplicacin de los recursos en cualquier grupo o situacin. La economa nacional se r efiere al conjunto de ramas de la produccin y del trabajo en un pas dado, abarcand o la industria, la construccin, la agricultura, ganadera, el transporte, el comerc io, el sistema crediticio y la prestacin de servicios. La economa poltica es la cie ncia que trata el desarrollo de las relaciones sociales de produccin. Estudia las leyes econmicas que rigen la produccin, la distribucin, el cambio y el consumo de los bienes materiales en la sociedad humana, en los diversos estadios de su desa rrollo. En esencia se refiere al conocimiento y comprensin de las diversas fases o etapas del proceso econmico. De tal manera que la economa poltica debe verse en l os diversos sistemas sociales, como son la burguesa, el proletariado, la industri a, el comercio, la agricultura, la ganadera, la pesca, la prestacin de servicios, etctera. Lo cual nos permite afirmar que se trata de una institucin muy diversific ada dentro de las actividades econmicas de un Estado.1 La Rectora Econmica del Esta do se encuentra regulada por el derecho econmico, que se define como el conjunto de reglas jurdicas que tienen por 1 Diccionario Marxista de Economa Poltica. 13objeto dar a los poderes pblicos la posibilidad de obrar activamente sobre la eco noma, para otros, el derecho econmico comprende las medidas de organizacin econmica tomadas por el Estado.2 As, se concluye que, el derecho econmico es el conjunto de reglas que tienden a asegurar en un momento y en una sociedad dada, un equilibri o entre los intereses particulares de los agentes econmicos privados o pblicos y e l inters econmico general.3 El derecho econmico, es un conjunto de normas de derech o pblico que regulan las etapas del proceso econmico, iniciando con la produccin, c irculacin, distribucin y consumo de bienes y servicios, con el objetivo fundamenta l del reparto equitativo de la riqueza de una nacin. Por ende, la rectora del Esta do en el desarrollo econmico nacional, es la atribucin legal que por mandato const itucional y de diversas leyes ordinarias o reglamentarias de la misma materia, t iene encomendada para orientar, conducir o encausar todas las actividades relaci onadas con el desarrollo econmico del pas a fin de lograr un reparto equitativo de la riqueza pblica, el aprovechamiento racional y equilibrado de los recursos nat urales comprendidos dentro de los lmites de su territorio, incluyndose el fomento, desarrollo y sostenimiento de diversas fuentes de trabajo para la produccin de b ienes y servicios, para llevar a la prctica una poltica fiscal ms justa, equitativa y proporcional a las propias condiciones de los contribuyentes, para respetar y hacer valer la libre concurrencia y competencia en la industria, el comercio y la prestacin de servicios, para fomentar el ahorro y la inversin, y que todo ello nos conduzca a un mejor nivel de vida de todos los mexicanos, combatiendo las gr andes desigualdades econmicas de la poblacin.4 2 3 Cuadra, Hctor, Reflexiones sobre el derecho econmico, Estudios de Derecho Econmico. Sn chez Gmez, Narciso, Segundo curso de derecho administrativo. 4 Acosta Romero, Mig uel, Segundo curso de derecho administrativo. 14Algunos autores refieren esta actividad como un intervencionismo del Estado en l a economa pblica, y se circunscribe, bsicamente a: a) Fijar las bases econmicas entr e los diversos factores de produccin. b) Intervencin directa del Estado, a travs de la imposicin de impuestos, el otorgamiento de estmulos fiscales y el control del gasto pblico. c) Control directo e indirecto de los precios de bienes y servicios (situacin que se ha modificado en los ltimos aos). d) Redistribucin de la renta nac ional mediante la poltica fiscal. e) Manejo de reas estratgicas, tales como el petrl eo y dems hidrocarburos, energa elctrica, correos, etctera. f) Definicin de reas prior itarias para el fomento de la inversin de los sectores pblico, social y privado. g ) Prohibicin de monopolios y prcticas monoplicas en la industria y comercio. 1.1. EL ESTADO POLICA La intervencin del Estado en la economa ha sido una constante desde los orgenes del sistema capitalista, en la segunda mitad del siglo XVI, el intervencionismo se enmarca histricamente en lo que se ha llamado el Estado abso lutista, bajo la doctrina econmica del mercantilismo, que perdur hasta mediados de l siglo XVII en Inglaterra, en Francia hasta finales del siglo XVIII, en Alemani a hasta el siglo XIX y en Rusia perdur hasta principios del siglo XX.5 En esta poc a, el Estado asume la direccin poltica-econmica, basando su intervencin en la supres in de las barreras particulares opuestas al comercio dentro del mbito nacional; en crear un mercado interno unificado para la produccin de mercancas y alentar la ex portacin de bienes, prohibiendo a su vez 5 Anderson, Perry, El Estado absolutista. 15la de los metales preciosos y la moneda. La poltica mercantilista buscaba aumenta r su poder en relacin con los otros Estados bajo un criterio nacionalista. Con el paso del tiempo, la excesiva presencia del Estado en todo lo relacionado con el comercio tanto interno como internacional, a travs de regulaciones y restriccion es excesivas, se convirti en un problema para el desarrollo del capitalismo comer cial, hecho que limitaba el desarrollo empresarial naciente. Por tal motivo, sur ge una nueva concepcin de las actividades econmicas y financieras fincadas en la l ibre accin de las fuerzas de la oferta y la demanda, el nimo de lucro y los mecani smos de mercado competitivo. La nueva corriente de pensamiento que separa formal mente los sistemas econmico y poltico, laissez faire laissez passer, destruye el i ntervencionismo del Estado, mismo que no permita el desarrollo econmico. En sus in icios, el modelo liberal de organizacin de la actividad econmica se bas en los atri butos positivos de la capacidad orientadora del mercado, reservando al Estado el papel de protector de la sociedad, la administracin de justicia y crear y sosten er las obras pblicas e instituciones. Posterior a esta doctrina, retornan las fun ciones ampliadas del Estado, situacin que se desarrolla en 1912 en Alemania, cuan do el estado interviene en el proceso econmico mediante una economa de guerra. La crisis mundial del sistema capitalista a partir del ao 1929 da lugar a que el Est ado se erija como agente determinante de la actividad econmica, por lo que el int ervencionismo del Estado como agente determinante de la actividad econmica se con vierte en uno de los objetivos de ste. Las teoras marxistas tienen auge a partir d el ao 1929, aplicndose inicialmente en la antigua URSS quienes presentan el Plan Q uinquenal, fundamentado en la aplicacin de mecanismos encaminados a la sistematiz acin de los recursos, fundamentado en un plan preciso, utilizando medidas directa s de aplicacin compulsiva, lo que repercuti positivamente en la industrializacin y 16crecimiento extranjero. La cada de los regmenes comunistas a partir de 1989 trajo como consecuencia la condena y el abandono de la planificacin central. A esta evi dente intervencin del Estado contemporneo, en el proceso econmico, a travs de difere ntes actividades se le ha llamado tambin Estado polica; sin embargo, esta interven cin no siempre ha sido como promotor e impulsor del desarrollo y estabilidad econm ica. 1.2 SISTEMAS ECONMICOS El devenir histrico de los pueblos ha generado el desa rrollo econmico y el fenmeno jurdico, ambos, interdependientes. Con el crecimiento poblacional, se origina la divisin del trabajo que produce en consecuencia, el au mento de las necesidades del ser humano. El maestro Antonio Cas o, cit que la civi lizacin es una multiplicacin de deseos satisfechos o insatisfechos, pero siempre a premiantes, debida al aumento de la poblacin, al incremento de la necesidad mater ial y moral de las necesidades humanas. El comercio, es una necesidad normal que es resultado de los deseos y necesidades del ser humano, a lo que se suman difer entes factores. Desde la antigedad, la norma jurdica se enlaza con los hechos econm icos, debido a la necesidad de regular esta actividad. As, de un hecho consuetudi nario se pasa a un derecho escrito, y la vida, tanto pblica como privada, comienz a ms intensamente a contemplar la economa como un factor determinante de la vida s ocial y del comportamiento humano. En este proceso, las reglas jurdicas crean los diferentes regmenes que permiten a las actividades humanas cumplir con sus propsi tos. En la actualidad, encontramos dos sistemas econmicos fundamentales, mismos q ue son: 1. Economa de mercado libre o economa de libre mercado. 2. Economa centrali zada y planificada. 17En el siglo XIX, conceptualizado como el siglo del liberalismo en diferentes mbit os, el econmico no escapa a estas formas de pensamiento, as encontramos que, el Es tado adopta ciertas formas de pensamiento basadas, principalmente, en la Revoluc in Francesa y el principio de laissez faire, laissez aller, es decir, dejar hacer , dejar pasar. Y el Estado adopta una actitud vigilante, con el objetivo de no i nterrumpir el orden de la vida social, estimulando la visin del inters personal. C on esta visin se constituyen algunas sociedades como la norteamericana. Durante e l siglo XIX y el primer cuarto del siglo XX, los problemas sociales se agravaron , por lo que, en general, se tuvo que adoptar una nueva poltica de reforma social , y as surgieron nuevas formas de pensamiento y de actuacin por parte de algunos E stados, naciendo expresiones como liberalismo solidarista, demoliberalismo, libe ralismo social, etctera. Encontrndonos con dos ideas diferentes: el liberalismo y la reforma social. Mxico, no ha sido ajeno a estos procesos econmicos mundiales, y es as como el grupo revolucionario de 1917 logr imponer su visin de reforma social . La economa mexicana se ha construido teniendo como base una legislacin constituc ional y administrativa con ideas estatistas, es as como se explican las atribucio nes del Ejecutivo Federal en materia econmica, la ley de monopolios, y las divers as leyes que crean los numerosos organismos descentralizados, entre otras. Parti endo de la existencia de dos modelos econmicos totalmente diferentes como lo son el capitalismo o sistema liberal o de economa de mercado y el socialismo, o econo ma dirigida o centralmente planificada, en la actualidad, nos encontramos con que ambos conceptos tradicionalistas han sufrido notorias alteraciones. 18Raymond Barre, en su obra Economa poltica,6 refiere que el propsito de la intervenc in del Estado se centra en: En los momentos actuales, en los que el liberalismo d el siglo XIX no es ya triunfante, dejando a un lado las economas planificadas en donde el Estado asume el papel econmico central y decisivo, podemos observar que la intervencin del Estado en la economa es amplia y reviste mltiples formas: a) El Estado fija las reglas del juego econmico (mediante contratos colectivos, fijacin de la duracin legal de la jornada de trabajo, etctera). b) El Estado interviene dire ctamente en la actividad econmica por medio de la imposicin y del gasto pblico, el control del dinero y la distribucin del crdito. c) El Estado coordina y financia u na gran parte de la inversin total del pas. d) El Estado se hace cargo de un secto r de la produccin (sector pblico). e) El Estado controla directa o indirectamente los precios y los tipos de cambio. f) El Estado asegura la redistribucin de la re nta nacional. g) El Estado es responsable del mantenimiento del pleno empleo y d el crecimiento de la economa. En tales circunstancias, se puede afirmar que el Es tado es un sujeto econmico que opera asociado con los sujetos econmicos individual es y los grupos. Por ende, encontramos que la mayor parte de las economas actuale s son colectivas y mixtas.7 Respecto del capitalismo, ste se ha dividido en tres grandes bloques de acuerdo a sus caractersticas y poca en la cual tuvo auge cada u no. As, en el siglo XVI, el capitalismo mercantilista o mercantil, aporta una inc ipiente organizacin del mercado, el uso de la moneda, los pagars, la aparicin de lo s 6 7 Barre, Raymond, Economa poltica, 3. Edicin, Editorial Ariel. lvaro Cuervo Garca, Manue l Ortiguera Bouzada, Andrs S. Surez, Lectura de introduccin a la economa de empresa. 19primeros bancos y como resultado de este auge econmico, la aparicin de la burguesa, clase social que en el siglo XIX asumira el poder. En el siglo XVIII, gracias a la primera revolucin industrial y a las nuevas tcnicas de produccin, nace la empres a moderna y triunfan las ideas liberales. El capitalismo financiero que surge a mediados del siglo XIX y como resultado de la segunda revolucin industrial, trae consigo un mayor crecimiento de la empresa moderna y mayor productividad, asimis mo, mayor explotacin de la mano de obra. La colonizacin brinda a los Estados colon izadores una gran economa sustentada en mano de obra barata y provisin de materias primas. El Estado en esta poca se desarrolla dentro de la no intervencin. El comu nismo surge a finales del siglo XIX con la integracin de sindicatos y partidos po lticos, mismos que encontraron en los postulados de Marx y Engels el fundamento p ara evitar la explotacin del hombre por el hombre. En ste sistema, el Estado es pr opietario de los medios de produccin y de la distribucin de los mismos. Sin embarg o, este sistema se considera, en la actualidad, por muchos tericos, un fracaso. E l socialismo, tanto el radical como el moderado, se apoya en el Estado y aspira a su perfeccionamiento en un sistema que concilie el inters pblico con el inters pr ivado, pero jams con el predominio del ltimo. El programa del estatismo es poltico, econmico, aspira a que las instituciones polticas no tengan otro origen y fundame nto que la voluntad popular, desde una visin de que las grandes colectividades hu manas no pueden ser desamparadas por el Estado, por lo que, desde esta ptica, el estatismo se apoya en la familia, como ncleo vital de las sociedades humanas, de tal manera que el Estado democrtico no es sino una federalizacin familiar. La libe rtad es la base del Estado y su proteccin una funcin especfica del poder pblico. Por ltimo, nos encontramos con una economa mixta o de mercado, donde la planificacin c entral por parte del Estado es fundamental, pues se crean 20empresas pblicas que desarrollan sectores estratgicos y tienden a satisfacer servi cios de carcter social a los sectores menos favorecidos. 1.3. SISTEMA DE PLANEACIN La planeacin es el anlisis y la seleccin de alternativas, para el logro de un resultado o de un objetivo especfico a travs de la aplicacin de los mejores mtodos. La planeacin de la administracin pblica significa realizar una labor inteligente, reflexiva y congruente con las aspiraciones, demandas y neces idades de la poblacin, para que el resultado del quehacer pblico sea vlido, eficaz y til en el logro del bienestar social. Indiscutiblemente, la planeacin presupone una estrategia de desarrollo, concebida como cuerpo orgnico de decisiones sobre u na serie de opciones (econmicas, sociales, ideolgicas, polticas), que da por result ado un programa preciso que sirva como gua de los rganos pblicos y de los destinata rios (nacin, subconjuntos, sectores, clases, grupos, regiones, instituciones). La s decisiones se toman razonadamente y estn referidas las unas con las otras, de m odo que se tiene como objetivo, elaborar un programa de accin coherente y eficaz con los objetivos colectivos. Lo anterior, se traduce en un conjunto orgnico de o bjetivos y medios, cuantitativamente evaluados y adaptados unos a otros, que int eresan a toda la sociedad con determinacin de recursos, instrumentos, etapas, tar eas y responsabilidades de los sectores que en ella intervienen. En nuestro pas, por mandato constitucional, la planeacin del desarrollo econmico nacional llevar a cabo la regulacin y orientacin del Estado. 1.4. BASE CONSTITUCIONAL Por mandato Constitucional, la planeacin del desarrollo econmico nacional llevar a cabo la regulacin y el fomento de las actividades que de mande el 21inters general en un marco de libertades pblicas, bajo la conduccin, coordinacin y o rientacin del Estado. Por tanto, el artculo 26 Constitucional, determina lo siguie nte: Artculo 26 A. El Estado organizar un sistema de planeacin democrtica del desarr ollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimien to de la economa para la independencia y la democratizacin poltica, social y cultur al de la Nacin. Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitucin det erminarn los objetivos de la planeacin. La planeacin ser democrtica. Mediante la part icipacin de los diversos sectores sociales recoger las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habr un pla n nacional de desarrollo al que se sujetarn obligatoriamente los programas de la Administracin Pblica Federal. La ley facultar al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participacin y consulta popular en el sistema nacional de plane acin democrtica, y los criterios para la formulacin, instrumentacin, control y evalu acin del plan y los programas de desarrollo. Asimismo, determinar los rganos respon sables del proceso de planeacin y las bases para que el Ejecutivo Federal coordin e mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para su elaboracin y ejecu cin. En el sistema de planeacin democrtica, el Congreso de la Unin tendr la intervenc in que seale la ley. B. El Estado contar con un Sistema Nacional de Informacin Estads tica y Geogrfica cuyos datos sern considerados oficiales. Para la Federacin, estado s, Distrito Federal y municipios, los datos contenidos en el Sistema sern de uso obligatorio en los trminos que establezca la ley. La responsabilidad de normar y coordinar dicho Sistema estar a cargo de un organismo con autonoma tcnica y de gest in, personalidad jurdica y patrimonio 22propios, con las facultades necesarias para regular la captacin, procesamiento y publicacin de la informacin que se genere y proveer a su observancia. El organismo tendr una Junta de Gobierno integrada por cinco miembros, uno de los cuales fung ir como Presidente de sta y del propio organismo; sern designados por el Presidente de la Repblica con la aprobacin de la Cmara de Senadores o en sus recesos por la C omisin Permanente del Congreso de la Unin. La ley establecer las bases de organizac in y funcionamiento del Sistema Nacional de Informacin Estadstica y Geogrfica, de ac uerdo con los principios de accesibilidad a la informacin, transparencia, objetiv idad e independencia; los requisitos que debern cumplir los miembros de la Junta de Gobierno, la duracin y escalonamiento de su encargo. Los miembros de la Junta de Gobierno slo podrn ser removidos por causa grave y no podrn tener ningn otro empl eo, cargo o comisin, con excepcin de los no remunerados en instituciones docentes, cientficas, culturales o de beneficencia; y estarn sujetos a lo dispuesto por el Ttulo Cuarto de esta Constitucin. Por su parte, la Ley de Planeacin determina en sus primeros artculos: Artculo 1. La s disposiciones de esta Ley son de orden pblico e inters social y tienen por objet o establecer: I.- Las normas y principios bsicos conforme a los cuales se llevar a cabo la Planeacin Nacional del Desarrollo y encauzar, en funcin de sta, las activi dades de la administracin Pblica Federal: II.- Las bases de integracin y funcionami ento del Sistema Nacional de Planeacin Democrtica. III. Las bases para que el Ejec utivo Federal coordine sus actividades de planeacin con las entidades federativas , conforme a la legislacin aplicable. 23IV. Las bases para promover y garantizar la participacin democrtica de los diverso s grupos sociales as como de los pueblos y comunidades indgenas, a travs de sus rep resentantes y autoridades, en la elaboracin del Plan y los programas a que se ref iere esta Ley. V. Las bases para que las acciones de los particulares contribuya n a alcanzar los objetivos y prioridades del plan y los programas. Artculo 2. La planeacin deber llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeo de la respons abilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del pas y deber ten der a la consecucin de los fines y objetivos polticos, sociales, culturales y econm icos contenidos en la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. Para el lo, estar basada en los siguientes principios: I. El fortalecimiento de la sobera na, la independencia y autodeterminacin nacionales, en lo poltico, lo econmico y lo cultural. II. La preservacin y el perfeccionamiento del rgimen democrtico, republic ano, federal y representativo que la Constitucin establece; y la consolidacin de l a democracia como sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento econmico, social y cultural del pueblo, impulsando su participacin activa en la planeacin y ejecucin de las actividades del gobierno. III. La igualdad de derechos, la atenc in de las necesidades bsicas de la poblacin y la mejora, en todos los aspectos, de l a calidad de la vida, para lograr una sociedad ms igualitaria, garantizando un am biente adecuado para el desarrollo de la poblacin. IV. El respeto irrestricto de las garantas individuales, y de las libertades y derechos sociales y polticos. 24V. El fortalecimiento del pacto federal y del Municipio libre, para lograr un de sarrollo equilibrado del pas, promoviendo la descentralizacin de la vida nacional. VI. El equilibrio de los factores de la produccin, que proteja y promueva el emp leo; en un marco de estabilidad econmica y social. Artculo 3. Para los efectos de esta Ley se entiende por planeacin nacional de desarrollo la ordenacin racional y sistemtica de acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutiv o Federal en materia de regulacin y promocin de la actividad econmica, social, polti ca, cultural, de proteccin al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como propsito la transformacin de la realidad del pas, de conform idad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitucin y la ley es tablecen. Mediante la planeacin se fijarn objetivos, metas, estrategias y priorida des; se asignarn recursos, responsabilidades y tiempos de ejecucin, se coordinarn a cciones y se evaluarn resultados. La planeacin deber llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeo de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo inte gral del pas y deber atender a la consecucin de los fines y objetivos polticos, soci ales, cultuales y econmicos contenidos en la Constitucin Poltica de los Estados Uni dos Mexicanos, para fortalecer la soberana, la independencia y la autodeterminacin de los mexicanos, preservar y perfeccionar el rgimen democrtico, republicano y fe deral, la igualdad de derechos, en la atencin de necesidades bsicas de la poblacin, el respeto a las garantas individuales y el equilibrio de los factores de produc cin. Es as como el artculo 12 de la referida Ley de Planeacin ordena que los aspecto s de la Planeacin Nacional del Desarrollo que correspondan a las dependencias y e ntidades de la Administracin Pblica Federal se llevarn a cabo, en los trminos de est a Ley, mediante el Sistema Nacional de Planeacin Democrtica. 25Las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal formarn parte del S istema, a travs de las unidades administrativas que tengan asignadas las funcione s de planeacin dentro de las propias dependencias y entidades. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en congruencia con la Ley de Planeacin de la Federacin, pro pone cinco objetivos fundamentales, a saber:8 1. Estado de derecho y seguridad. 2. Economa competitiva y generadora de empleos. 3. Igualdad de oportunidades. 4. Sustentabilidad ambiental. 5. Democracia efect iva y poltica exterior sustentable. El referido plan representa el compromiso que el gobierno federal establece con los ciudadanos y que permitir, por lo tanto, la rendicin de cuentas, que es condic in indispensable para un bueno gobierno. El Plan establece los objetivos y estrat egias nacionales que sern la base para los programas sectoriales, especiales, ins titucionales y regionales que emanan de ste. El multicitado plan es una respuesta del Estado mexicano en su compromiso por atender problemas como la inseguridad, la pobreza, la desigualdad, el analfabetismo, la falta de oportunidades educati vas, la mortalidad materna y la infantil, la insuficiente generacin de empleo, lo s rezagos en el campo y la prdida de recursos naturales. 1.5. REAS ESTRATGICAS, REAS PRIORITARIAS Y REAS LIBERADAS Se entiende por reas estratg icas al conjunto de actividades econmicas de especial importancia para el desarro llo pblico de los mexicanos, reservadas exclusivamente al Estado, bajo la regulac in y control del gobierno federal, para producir bienes y servicios o explotar re cursos fundamentales de la colectividad. 8 Plan Nacional de Desarrollo 2007 2012. 26Las reas estratgicas son aquellas actividades y servicios reservadas al gobierno f ederal, para que, de manera exclusiva se atiendan necesidades fundamentales de l os mexicanos, incluyndose algunos bienes del dominio directo de la nacin, concreta mente aquellas actividades que el Estado ejerce de manera exclusiva como es el c aso de correos, telgrafos, petrleo e hidrocarburos, petroqumica bsica, minerales rad ioactivos y generacin de energa nuclear; electricidad y las actividades que expres amente sealen las leyes que expida el Congreso de la Unin. Para dar cabal cumplimi ento a lo anteriormente expuesto, el Estado contar con los organismos y empresas que se requieran para el eficaz manejo de las reas estratgicas a su cargo, en esa virtud se cuenta con organismos descentralizados conocidos como Petrleos Mexicano , Comisin Federal de Electricidad, Uranio Mexicano, etctera. La finalidad del Esta do al reservarse la exclusividad de las reas estratgicas, es para salvaguardar la soberana nacional y consecuentemente para mantener la rectora en el desarrollo eco nmico de la poblacin sobre su uso, explotacin, aprovechamiento y regulacin de las di versas actividades y de los recursos que las conforman en pro del bienestar cole ctivo. Las reas prioritarias estn representadas por aquellas actividades econmicas relacionadas con la produccin de bienes y servicios en beneficio de la poblacin, c on la concurrencia de los sectores pblico, social y privado. Se les denomina as, y a que significa que son esenciales o fundamentales para la vida de los mexicanos y constituyen un pilar medular de su economa, como lo es la educacin, la segurida d social, la salubridad pblica, el transporte, las comunicaciones, el abasto, mer cados pblicos, entre otros. En ellas participan los diferentes sectores de la pob lacin con el objetivo de atender los problemas y demandas econmicas en la produccin y distribucin de bienes y servicios de la sociedad, y que resulta conveniente y necesario atenderlas en forma justa, equilibrada y proporcional para combatir la s 27desigualdades entre los que menos y ms tienen, y sobre todo para hacerle frente a la prestacin de diferentes servicios pblicos. Las reas liberadas son aquellas acti vidades econmicas desarrolladas por los particulares o la iniciativa privada para producir bienes o servicios en beneficio de la sociedad, a travs de la industria , el comercio, la prestacin de servicios de diversa ndole y bajo la regulacin y con trol del Estado por medio de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones. Tales actividades que integran las reas liberadas tambin participan de manera impo rtante y trascendental dentro del sistema econmico del pas, y para este efecto la administracin pblica debe brindarles el apoyo necesario para su desarrollo, fortal ecimiento y consolidacin mediante una poltica fiscal ms justa, razonable y convenie nte a sus propios intereses tanto en pro de la micro, pequea, mediana y la macro empresa de la iniciativa privada. ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE El estudiante elaborar un ensayo de la evolucin de los sistemas econmicos en los lti mos tiempos y la repercusin de stos globalmente. 28AUTOEVALUACIN 1.- Cita el concepto de economa de David Ricardo. David Ricardo, conceptualiza a la economa como la ciencia que estudia la distribucin de los productos, el trabajo , la tierra y el capital, as como las leyes que la regulan 2.- A qu se hace referen cia cuando se habla de economa nacional? La economa nacional se refiere al conjunt o de ramas de la produccin y del trabajo en un pas dado, abarcando la industria, l a construccin, la agricultura, ganadera, el transporte, el comercio, el sistema cr editicio y la prestacin de servicios. 3.- Cita un concepto de derecho econmico. El derecho econmico, es un conjunto de normas de derecho pblico que regulan las etap as del proceso econmico, iniciando con la produccin, circulacin, distribucin y consu mo de bienes y servicios, con el objetivo fundamental del reparto equitativo de la riqueza de una nacin. 4.- El Intervencionismo del Estado en la economa pblica se circunscribe a: a) Fijar las bases econmicas entre los diversos factores de prod uccin. b) Intervencin directa del Estado, a travs de la imposicin de impuestos, el o torgamiento de estmulos fiscales y el control del gasto pblico. c) Control directo e indirecto de los precios de bienes y servicios, (situacin que se ha modificado en los ltimos aos). d) Redistribucin de la renta nacional mediante la poltica fisca l. e) Manejo de reas estratgicas, tales como el petrleo y dems hidrocarburos, energa elctrica, correos, etctera. f) Definicin de reas prioritarias para el fomento de la inversin de los sectores pblico, social y privado. 29g) Prohibicin de monopolios y prcticas monoplicas en la industria y comercio. 5.- Qu es la planeacin? La planeacin es el anlisis y la seleccin de alternativas, para el l ogro de un resultado o de un objetivo especfico a travs de la aplicacin de los mejo res mtodos. La planeacin de la administracin pblica significa realizar una labor int eligente, reflexiva y congruente con las aspiraciones, demandas y necesidades de la poblacin, para que el resultado del quehacer pblico sea vlido, eficaz y til en e l logro del bienestar social. 6.- Cul es el fundamento constitucional de la planea cin? El artculo 26. 7.- Qu se entiende por rea estratgica? reas estratgicas al conjun de actividades econmicas de especial importancia para el desarrollo pblico de los mexicanos reservadas exclusivamente al Estado, bajo la regulacin y control del go bierno federal, para producir bienes y servicios o explotar recursos fundamental es de la colectividad. 8.- Cul es la finalidad del Estado al reservarse la exclusi vidad de las reas estratgicas? Es para salvaguardar la soberana nacional y consecue ntemente para mantener la rectora en el desarrollo econmico de la poblacin sobre su uso, explotacin, aprovechamiento y regulacin de las diversas actividades y de los recursos que las conforman en pro del bienestar colectivo. 30UNIDAD 2 EL REGIMEN FINANCIERO DEL ESTADO OBJETIVO El estudiante analizar las diferentes y amplias actividades financieras del Estado, enfocadas a atender las necesidades sociales del crecimiento econmico , de la seguridad, de construccin de obras, educacin e imparticin de servicios esta tales, ya sean pblicos o administrativos, para lo cual, debe contar con ingresos pblicos TEMARIO 2. RGIMEN FINANCIERO DEL ESTADO 2.1 2.2 2.3 2.4 2.5 LA ACTIVIDAD FINANCIE RA DEL ESTADO LA CIENCIA DE LAS FINANZAS PBLICAS EL PRESUPUESTO TIPOS DE PRESUPUE STO EL PRESUPUESTO EN MXICO 2.5.1 2.5.2 EL PRESUPUESTO DE INGRESOS EL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2.6 LA CONTABILIDAD PBLICA 31MAPA CONCEPTUAL LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO. LA CONTABILIDAD PBLICA. LA CIENCIA DE LAS FINANZAS PBLICAS. REGIMEN FINANCIERO DEL ESTADO EL PRESUPUESTO EN MXICO EL PRESUPUESTO. TIPOS DE PRESUPUESTO. 32INTRODUCCIN El rgimen financiero del Estado comprende los mecanismos e instrumentos que utili za para allegarse recursos pecuniarios para hacer frente a las necesidades y, so bre todo, para cumplir sus mltiples tareas pblicas, actividad que cada vez es ms co mpleja ante el crecimiento demogrfico, la falta de oportunidades de trabajo para la poblacin econmicamente activa, con deudas pblicas generalmente agobiantes y de l a daina desviacin de recursos oficiales por parte de servidores pblicos al servicio del Estado. Estos ltimos factores repercuten negativamente en la satisfaccin equi tativa de las necesidades y demandas sociales. 332. RGIMEN FINANCIERO DEL ESTADO Como un complemento de lo que es el patrimonio de l Estado, se encuentra el tema de Rgimen Financiero de ste, integrado por diversos aspectos, mecanismos e instrumentos necesarios para hacerse de recursos pecunia rios con el objetivo de cumplir las mltiples tareas pblicas, actividad que da a da s e torna ms compleja Con la palabra financiero se alude a lo que es relativo a la ha cienda pblica, que anteriormente se conceptualizaba como los dineros pblicos, y se re fera a las cuestiones bancarias; burstiles o a los grandes negocios mercantiles y por extensin a la propia persona que conoca del tema.9 El maestro Andrs Serra Rojas destaca que la palabra finanza s viene del francs `finances' y sta de la palabra `finatio' de la raz `finis' que significa acabar, poner trmino mediante pago o simplemente una prestacin pecuniaria. En su origen, `financiar' es pagar y su sentido se ha extendido a la manera de obtener dinero, y a su empleo y utilizacin.10 La actividad financi era, considera dos mbitos: el pblico y el privado, en el primero de ellos se est en presencia del manejo de los ingresos y gastos sociales que realiza el Estado, l o cual nos permite conocer las diversas vas por medio de las cuales el sector pbli co se allega recursos pecuniarios, y que en la prctica se conocen como contribuci ones, ingresos derivados de financiamientos jugando un papel muy destacado en es te rubro la utilizacin de los emprstitos, y por el desarrollo de actividades merca ntiles, empresariales del mismo Estado, as como por la explotacin y aprovechamient o de sus bienes patrimoniales, ingresos que conforme a la legislacin fiscal se co nocen como de derecho pblico y privado; asimismo, la otra parte importante de esa actividad enfocada a cubrir el gasto pblico, centrada en dar cumplimiento a las obligaciones de ste, como son la educacin pblica, la salubridad, la seguridad pblica , la seguridad social, la administracin de justicia, etctera. 9 http://www.apuntesjuridicos.com/contenidos2/derecho-financiero-mexicano.html 10 Serra Roja, Andrs, Segundo Curso de Derecho Administrativo, p.11 34La actividad financiera del Estado no se limita a su ciclo fundamental sobre ing resos y egresos pblicos, ya que su accin es pilar fundamental del desarrollo econmi co nacional, para lo cual, debe disear diversas estrategias sobre el mantenimient o, creacin y consolidacin de fuentes de trabajo, impulsar una adecuada poltica de e stmulos fiscales, otorgar exenciones fiscales en los casos que por justicia y nec esidad social, se requiera; no se deben establecer cargas tributarias excesivas, arbitrarios o desproporcionadas; impulsar y proteger las exportaciones de biene s y servicios; se debe pugnar por una mejor legislacin y poltica aduanera en el ra mo de importaciones, frenar el terrorismo fiscal, mejorar las relaciones fisco-c ontribuyentes, combatir el burocratismo, as como el desvo de fondos y recursos del Estado. ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE El estudiante elaborar un mapa mental respecto del Rgimen Financiero del Estado. 2.1. LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO La actividad del Estado no se reduce a ob tener recursos de los causantes y a consumirlos en el gasto pblico para la satisf accin de las necesidades colectivas. El Estado democrtico federal une su accin a la de los particulares, como promotor de la riqueza nacional. Financiar es, finalm ente, una labor creadora de instrumentos o medios econmicos con elevadas finalida des sociales. As, el derecho financiero es definido por varios autores como el co njunto de normas que disciplina la recaudacin, la gestin y la erogacin de los medio s econmicos concurrentes a la vida de los entes pblicos. La actividad financiera f orma una categora especial de la actividad econmica, entendida sta como la activida d humana, encaminada a la obtencin 35de medios escasos, llamados bienes econmicos y servicios, en orden a la satisfacc in de las necesidades humanas. La ciencia de las finanzas es la disciplina que es tudia la actividad econmica del Estado, originada por la escasez de los recursos con respecto a los fines o necesidades pblicas y para cuya satisfaccin se requiere hacer gastos pblicos.11 El derecho financiero es una rama del Derecho Administrati vo y ste a su vez una rama del Derecho Pblico, que comprende las siguientes materi as: I. Derecho Financiero del Estado, que se ocupa de la regulacin jurdica del presupuesto o Derecho Presupuestal, la gestin del patrimonio estatal y la realiza cin de los principios constitucionales financieros. II. El Derecho Crediticio del Estado, las inversiones estatales y la deuda pblica nacional. III. La Contabilid ad del Estado. IV. El Derecho Penal Financiero. V. El Derecho Financiero y sus e specialidades, divididas en Derecho Tributario, que estudia la obtencin de recurs os por vas del Derecho Pblico y sus correspondientes leyes; y el Derecho Fiscal, q ue estudia los impuestos, y que se encuentra constituido de normas jurdicas que r egulan la determinacin y recaudacin de los impuestos y los dems medios econmicos que necesita el Estado-Fisco para la satisfaccin de las necesidades pblicas. VI. El D erecho financiero internacional, pblico y privado. VII. El control sobre la activ idad financiera general, seguros, fianzas, etc.. 12 11 Serra Roja, Andrs, Derecho administrativo, p. 13. 362.2 LA CIENCIA DE LAS FINANZAS PBLICAS Las finanzas pblicas constituyen una discip lina que estudia las actividades del Estado, que se encaminan a crear las instit uciones, mtodos y principios necesarios para el desarrollo econmico de una nacin. L as finanzas pblicas tienen por objeto de estudio los fenmenos financieros, concern ientes a las personas pblicas, a los mecanismos que se relacionan y a las reglas jurdicas que los rigen. Es decir, se encargan del estudio y los mecanismos por lo s cuales las colectividades pblicas, determinan los gastos, los cubren y reparten las cargas entre los ciudadanos.13 La nocin clsica de las finanzas pblicas se ha v enido formando en el cuadro del Estado liberal y neoliberal, y en un contexto de estabilidad, basado en su sistema monetario. Las finanzas pblicas se caracteriza n por su naturaleza administrativa, su volumen y su rgimen jurdico. El Estado mode rno est sujeto a una profunda transformacin, por un lado encontramos los problemas locales o nacionales, y por el otro, la problemtica internacional, en particular , las crisis monetarias, la movilidad demogrfica, la inflacin, el desempleo y sube mpleo, etctera. Asimismo encontramos la intervencin en la economa de las empresas p rivadas supranacionales o transnacionales. La poltica fiscal se explica como un c onjunto de medios para mantener el equilibrio econmico de un Estado, combatiendo la inestabilidad econmica y los desarreglos, tanto en el orden oficial como en la economa privada. La poltica financiera se explica por las medidas que un gobierno adopta para regular sus ingresos, sus egresos, los problemas generales del crdit o, los precios y las implicaciones de la circulacin monetaria. Se trata de una po ltica de 13 Serra Roja, Andrs, Derecho econmico, p. 338. 37coordinacin y de estmulo, la poltica fiscal y federal y la de los Estados, municipi os y dems entidades pblicas y privadas. La poltica fiscal se puede planear a corto o a largo plazo, segn los objetivos que pretenda realizar el gobierno. 2.3. EL PR ESUPUESTO Presupuesto viene de la palabra inglesa budget, de donde derivan las d enominaciones que se dan de presupuesto. El trmino budget viene de bougette, con doble interpretacin: ser el receptculo, la bolsa o saco de los ingresos y gastos d el Estado, o tambin el artefacto fsico, de cuero, con que el Ministerio del Tesoro de Inglaterra, llevaba la documentacin del Estado de las finanzas del gobierno, de sus recursos y necesidades para ser presentada al Parlamento, de donde el nom bre de la bolsa de cuero se transmiti a los papeles que contena, que eran planes d e finanzas gubernamentales para su aprobacin por el Poder Legislativo. 14 El pres upuesto es un documento que detalla las acciones del plan, expresadas en trminos monetarios. Respecto al concepto y tcnica del presupuesto: la fuerza del Estado m oderno, democrtico, popular, federal, proviene de su organizacin poltica y de su es tructura econmica que le permite realizar sus altas finalidades en las que destac an por su importancia el desarrollo de la economa nacional y la redistribucin de l a renta nacional. Los elementos que integran el poder pblico, descansan en sus po sibilidades financieras. El presupuesto en su sentido tradicional es el conjunto de previsiones financieras de un ente pblico, en virtud de las cuales se precisa n los gastos calculados que ha de realizar durante un periodo de un ao, y evaluar los ingresos 14 Ortega, Blace, Diccionario de Planeacin y Planificacin. 38probables, con los que se cubran aquellos gastos provenientes de los particulare s y de sus propios recursos. En lo general, el presupuesto es el cmputo anual de los gastos y de los impuestos. ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE El estudiante elaborar un ensayo del tema el presupuesto en Mxico, antecedentes y actualidad. 2.4 TIPOS DE PRESUPUESTO El presupuesto como instrumento poltico, econmico y pblico , es el medio ms poderoso de coordinacin e integracin de la vida econmica y de orien tacin al desarrollo social. Otra definicin de presupuesto es, el estado de cuentas provisional y limitativo, sancionado por una decisin que le convierte en ejecutiv o y le proporciona fuerza obligatoria, de los gastos e ingresos que deben efectu arse durante cierto periodo por un individuo o por una colectividad.15 El Diccion ario de la Real Academia, considera lo siguiente: Presupuestar es formar el cmputo de los gastos e ingresos o de unos y otros, que necesaria o probablemente han d e resultar en un negocio de inters pblico o privado. 16 Para realizar la poltica econm ica, el presupuesto representa el elemento esencial de la vida econmica. De acuer do con nuestra legislacin, el 8 Serra Rojas, Andrs, Derecho econmico, p. 339. 9 Diccionario de la Real Academia. 10 Serra Rojas, Andrs, Derecho econmico, pp. 339-340. 11 idem. 12 dem. 39presupuesto es un acto pblico anual de previsin y autorizacin previa, que contiene los ingresos que debe percibir la Federacin y los gastos que se deban realizar en relacin con los servicios y dems prestaciones pblicas.17 El presupuesto tiene en el Estado moderno una importancia notable, porque es un instrumento poderoso para e ncauzar el desarrollo econmico, y regular adecuadamente el proceso de planeacin na cional.18 Entre los planes financieros del Estado, el presupuesto se destaca como un elemento coordinador adecuado al desarrollo econmico.19 Un aspecto fundamental que debe contener el presupuesto, es concordancia con los planes y programas, es decir, orientacin programtica. As, encontramos que existen dos tipos de presupuest o: a) Presupuesto de ingresos. b) Presupuesto de egresos. De ambos se hablar lneas adelante. 2.5. EL PRESUPUESTO EN MXICO La poltica econmica, como se ha expuesto en este texto , es el conjunto de medidas que adopta un gobierno con relacin a problemas derivad os de la satisfaccin de necesidades pblicas o privadas, tales como la eficiencia d e la produccin, el nivel de vida, la balanza de pagos, medidas relacionadas con l os medios de produccin, etctera.20 La poltica econmica es el conjunto de acciones gub ernamentales tendientes a resolver problemticas particulares. En materia econmica, su objetivo es regular la conducta de los agentes econmicos. 20 Jean Meynaud, La elaboracin de la poltica econmica. 40En la actualidad, el Estado moderno sufre de transformaciones constantes. La polt ica como fenmeno social, aparece como la fuerza capaz de crear, transformar y sup erar las instituciones. Por tanto, el presupuesto, es un instrumento que debe se r capaz de cumplir con las obligaciones del Estado, entre las cuales encontramos la educacin, seguridad y salubridad pblica, entre otras. La actividad del Estado se ha concretado en varios grupos de fines que se proponen o se han propuesto, e ntre otras actividades: la reglamentacin de la actividad privada, al fomento, lim itacin y vigilancia de la misma; la sustitucin parcial o combinacin de intereses en tre Estado y particulares. Y, finalmente, la sustitucin total de la actividad pri vada por el Estado, como es el caso del rgimen del petrleo, la energa elctrica, la e nerga nuclear. En la actualidad, los propsitos de la intervencin del Estado en la e conoma nacional, se pueden resumir en las siguientes actividades: a) El Estado in terviene indirectamente en la actividad econmica a travs de la imposicin y del gast o pblico, el control del dinero y la distribucin del pas. b) El Estado coordina y f inancia una gran parte de la inversin total del crdito. c) El Estado se hace cargo de un sector de la produccin (sector pblico). d) El Estado asegura la redistribuc in de la renta nacional. e) El Estado es responsable del mantenimiento del empleo y del crecimiento de la economa. 2.5.1. El presupuesto de ingresos Ingreso pblico es el dinero que reciben el Esta do y los dems entes de Derecho pblico, por diferentes conceptos legales y en virtu d de su poder de imperio o autoridad. Toda recepcin de numerario en las arcas del Estado debe considerarse como un ingreso, aunque no tenga el carcter de definiti vo. 21 Una divisin de los ingresos, cita que stos se dividen en dos grupos 21 Serra Rojas, Andrs, Derecho Administrativo, P. 35. 41a) Ingresos tributarios, que comprenden los impuestos, las aportaciones de segur idad social, derechos, contribuciones especiales y tributos o contribuciones acc esorias. b) Ingresos financieros, constituidos por emprstitos, la emisin de moneda , la emisin de bonos de deuda pblica, la amortizacin y conversin de la deuda pblica, moratorias y renegociaciones, devaluaciones, reevaluaciones, productos y derechos, expropiaciones, decomisos y nacionalizacio nes. Es decir, los ingresos tributarios comprenden las obligaciones econmicas de los mexicanos para contribuir a los gastos pblicos. Estos son los impuestos, del latn, impositus, que significa tributo o carga. Y que el Diccionario Jurdico Mexic ano conceptualiza como la obligacin coactiva y sin contraprestacin de efectuar una transmisin de valores econmicos, a favor del Estado y de las entidades autorizada s jurdicamente para recibirlos, por un sujeto econmico, con fundamento en una ley, siendo fijadas las condiciones de la prestacin en forma autoritaria y unilateral por el sujeto activo de la obligacin tributaria.22 Los ingresos pblicos del Estado se clasifican en dos grupos: a) Ingresos ordinarios son los que normalmente se destinan a cubrir el presupues to y estn comprendidos en las previsiones presupuestales de la Secretara de Hacien da. Estos ingresos son calculados ao con ao conforme a las previsiones de la citad a Secretara respecto de la recaudacin fiscal ordinaria. b) Los ingresos extraordin arios son los que hacen frente a necesidades urgentes e imprevistas. Se recurre con frecuencia a los emprstitos pblicos, o financiamientos adicionales o emisiones de moneda para cubrir 22 Diccionario Jurdico Mexicano, p. 42. 42estos gastos. Como ejemplo encontramos la deuda pblica generada por circunstancia s apremiantes que normalmente se representan en la crisis econmica. ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE El estudiante elaborar un mapa conceptual de los tipos de presupuesto. 2.5.2. El presupuesto de egresos El presupuesto de Egresos de la Federacin est fun damentado en la poltica presupuestal del Estado mexicano, constituido por el conj unto de los egresos del Estado, empleados en los servicios pblicos, obras pblicas, etctera, y en la realizacin de una poltica econmica de desarrollo y justicia social . Este documento se llama Presupuesto de Egresos de la Federacin. El artculo segundo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico Federal, determina lo sigu iente: El gasto pblico federal comprende las erogaciones por concepto de gasto cor riente, inversin fsica, inversin financiera, as como pagos de pasivo o de deuda pblic a, y por concepto de responsabilidad patrimonial, que realizan: I. El Poder Legislativo. II. El Poder Judicial. III. La Presidencia de la Repblic a. IV. Las secretaras de Estado y departamentos administrativos y la Procuradura G eneral de la Repblica. V. El Departamento del Distrito Federal. VI. Los organismo s descentralizados. VII. Las empresas de participacin estatal mayoritaria. 43VIII. Los fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno Federal, el Departamento del Distrito Federal o alguna de las entidades mencionadas en las f racciones VI y VII. Slo para los efectos de esta Ley, a las instituciones, dependencias, organismos, empresas y fideicomisos antes citados se les denominar genricamente como entidades , salvo mencin expresa.23 De una manera general, el presupuesto de egresos se form a con las previsiones financieras anuales en las que se calculan y analizan los gastos necesarios que el Estado debe hacer. El desorden en materia presupuestal es combatido por la Constitucin al disponer el artculo 126 que no podr hacerse pago alguno que no est comprendido en el presupuesto o determinado por ley posterior. E l Presupuesto de Egresos de la Federacin es un documento elaborado por la Secreta ra de Programacin y Presupuesto, basado en las directrices y planes nacionales de desarrollo econmico y social que formule el Ejecutivo Federal por conducto de la citada Secretara. Contiene, una enumeracin de las dependencias administrativas gen erales como a las Secretaras de Estado, los Departamentos administrativos y dems o rganismos que integran la Administracin Pblica Federal, y la suma global que poste riormente desarrollar la misma secretara pormenorizando el monto total del presupu esto. El presupuesto se inicia sealando las erogaciones que correspondan a las de pendencias administrativas, industria militar, inversiones, erogaciones adicionales, deuda pblica y las erogaciones adiciones de organismos descentraliza dos y empresas de participacin estatal. Seala las erogaciones adicionales de organ ismos descentralizados y empresas propiedad del gobierno federal, los descentral izados y empresas de participacin estatal. 23 Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico Federal del D.O.F. del 31 de dici embre de 1976, reformada el 10 de abril del 2003. 44El gasto pblico puede ser clasificado en: a) De acuerdo a la naturaleza de sus pr ogramas presupuestarios correspondientes. b) Conforme al efecto que produzcan en bienes y servicios. c) De acuerdo al impacto en la reproduccin ya sea del trabajo o del capital, segn el sistema. d) Conforme origen de recursos. La clasificacin ms usual del gasto pblico ha sido: a) Corriente, que comprende las necesarias erogaciones de recursos pblicos para el desarrollo de actividades admi nistrativas y de servicios que se consumen durante un ejercicio fiscal y no incr ementa al activo fijo de capital, en donde se incluyen los servicios personales, servicios generales y materias primas. b) De capital o inversin, que comprende l as erogaciones destinadas a la adquisicin o creacin de bienes de capital y conserv acin de los ya existentes. Los objetivos del presupuesto de egresos son: Apoyar l a generacin de empleos. Coadyuvar a mantener un crecimiento sostenido. Propiciar mejora en el nivel de vida de la poblacin. Controlar la inflacin mediante el uso in tegrado de los instrumentos de poltica a efecto de lograr una tasa inferior a la anterior y una tendencia descendente. Fortalecer los programas en las reas y regi ones prioritarias de los diversos sectores. 452.6. LA CONTABILIDAD PBLICA La contabilidad pblica se forma con las reglas de pres entacin de las cuentas pblicas, y la organizacin del servicio de contabilidad pblica . Por regla pblica, algunos autores han conceptualizado a todas aquellas que debe n ser seguidas a la vez por los contables y por los ordenadores. En una definicin jurdica moderna expresa que los ingresos y los egresos son las operaciones finan cieras que tienen por efecto, salvo cuando ellas se compensan mutuamente, acrece ntar o reducir las disponibilidades de una persona moral. En nuestro pas, la facu ltad de revisin de la cuenta pblica, corresponde al Congreso de la Unin, de acuerdo con el artculo 65 de nuestra Constitucin, el cual, en su periodo ordinario de ses iones, debe revisar la cuenta pblica del ao anterior. 46AUTOEVALUACIN 1.- Definicin de derecho financiero y qu materias comprende. El derecho financiero es una rama del derecho administrativo y ste a su vez una rama del derecho pblico , que comprende las siguientes materias: I. Derecho financiero del Estado que se ocupa de la regulacin jurdica del Presupuesto o Derecho Presupuestal, la gestin del patrimonio estatal y la realiza cin de los principios constitucionales financieros. II. El derecho crediticio del Estado, las inversiones estatales y la deuda pblica nacional. III. IV. V. La Contabilidad del Estado. El derecho penal financi ero. El derecho financiero y sus especialidades, divididas en derecho tributario , que estudia la obtencin de recursos por vas de Derecho pblico y sus correspondiente s leyes; y el derecho fiscal, que estudia los impuestos y que se encuentra const ituido de normas jurdicas que regulan la determinacin y recaudacin de los impuestos y los dems medios econmicos que necesita el Estado-Fisco para la satisfaccin de la s necesidades pblicas. VI. VII. El Derecho financiero internacional, pblico y priv ado. El control sobre la actividad financiera general, seguros, fianzas, etc. 2.- Explica qu es la poltica fiscal. La poltica fiscal se explica como un conjunto de medios para mantener el equilibrio econmico de un Estado, combatiendo la inest abilidad econmica y los desarreglos, tanto en el orden oficial como en la economa privada. 3.- Cmo se forma el presupuesto de egresos? 47De una manera general, el presupuesto de egresos se forma con las previsiones fi nancieras anuales en las que se calculan y analizan los gastos necesarios que el Estado debe hacer. 4.- Elabore un mapa conceptual respecto del presupuesto en Mx ico. 5.- Cules son los objetivos del presupuesto de egresos? Los objetivos del pre supuesto de egresos son: Apoyar la generacin de empleos. Coadyuvar a mantener un crecimiento sostenido. Propiciar mejora en el nivel de vida de la poblacin. Contro lar la inflacin mediante el uso integrado de los instrumentos de poltica a efecto de lograr una tasa inferior a la anterior y una tendencia descendente. Fortalece r los programas en las reas y regiones prioritarias de los diversos sectores. 48UNIDAD 3 EL REGIMEN PATRIMONIAL DEL ESTADO OBJETIVO El estudiante identificar todos aquellos bienes materiales que de modo d irecto o indirecto sirven al Estado para realizar sus atribuciones, as como las d iferentes formas de adquirir ese dominio. TEMARIO 3. EL RGIMEN PATRIMONIAL DEL ESTADO 3.1 EL PATRIMONIO DEL ESTADO 3.2 LA PROPIEDAD ORIGINADA DE LA NACIN 3.3 EL DOMINI O DIRECTO 3.3.1 SIGNIFICADO ALCANCE Y CLASIFICACIN 3.4 EL DOMINIO PBLICO 3.4.1 CONCEPTO, ELEMENTOS Y CLASIFICACIN 3.5 EL DOMINIO PRIVADO 3.5.1 CONCEPTO Y CLASIFICACIN 3.6 FORMAS DE DERECHO PBLICO DE ADQUIRIR DOMINIO DE LOS BIENES POR PARTE DEL ESTA DO 3.6.1 3.6.2 EXPROPIACIN POR CAUSA DE UTILIDAD PBLICA REQUISICIN 493.6.3 3.6.4 3.6.5 3.6.6 3.6.7 CONFISCACIN DECOMISO NACIONALIZACIN ESQUILMOS MODALIDADES A LA PROPIEDAD 50MAPA CONCEPTUAL EL PATRIMONIO FORMAS DE DERECHO PBLICO DE ADQUIRIR DOMINIO DE LOS BIENES POR PARTE DEL ESTADO LA PROPIEDAD ORIGINADA DE LA NACIN EL RGIMEN FINANCIERO DEL ESTADO EL DOMINIO DIRECTO. EL DOMINIO PRIVADO. EL DOMINIO PBLICO 51INTRODUCCIN En la presente unidad se analizarn todas y cada una de las formas con que cuenta el Estado para adquirir bienes, tanto por vas de Derecho Pblico como por vas de Der echo Privado, mismos que derivan, en su conjunto, de actos administrativos, y qu e dan como resultado la conformacin del patrimonio del Estado, ya que, de diferen tes maneras y formas, se incrementan los bienes cuyo titular es l en sus distinto s niveles de gobierno. Mxico ha reformado algunos artculos que tratan de estos tem as, principalmente el artculo 27 Constitucional, en concordancia con temas de Der echo Internacional y buscando siempre proteger su patrimonio. 523. EL RGIMEN PATRIMONIAL DEL ESTADO 3.1 EL PATRIMONIO DEL ESTADO El patrimonio de l Estado se encuentra constituido por la universalidad de los derechos y accione s de que es titular, los cuales pueden valorarse pecuniariamente, sumados a las obligaciones que los gravan, encaminados a la rea lizacin de sus fines.24 La nocin de patrimonio es una cuestin compleja ya que se en cuentra constituido por multitud de elementos, factores o causas que le dan sust ento, sentido y vida jurdica. Eduardo Pallares, sostiene lo siguiente: El patrimon io es un agregado de bienes reunidos por la comn pertenencia a una personal. Pued e verse desde el enfoque jurdico y econmico. En el primer caso, slo se considera el conjunto de bienes pertenecientes a una persona; en el segundo se trata del val or neto de los mismos, esto es, la diferencia entre su valor y el importe de las deudas que los gravan. Considerando el patrimonio ntegramente, puede definirse co mo el conjunto de relaciones jurdicas pertenecientes a una persona, lo que compren de el activo y el pasivo de la misma. Por eso tambin se puede afirmar que el patr imonio es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona, de una familia o de una sociedad o asociacin.25 Para Rogelio Moreno Rodrguez desde un punt o de vista econmico, el patrimonio es el conjunto de bienes, derechos, acciones y obligaciones apreciables en dinero de que puede ser titular una persona, y que c onstituye una universalidad jurdica.26 24 25 De Ibarrola, Antonio, Cosas y sucesiones, 3a. Edicin, Editorial Porra, S.A., Mxico, 1972. Pallares, Eduardo. Diccionario de Derecho Procesal Civil, Editorial Porra, S.A., Mxico, 1975. 26 Moreno Rodrguez, Rogelio. Vocabulario de Derecho y Ciencias Sociales. Ediciones Depalma, Buenos Aires, Argentina, 1976. 53Para el derecho civil el concepto de patrimonio es un conjunto de bienes y oblig aciones que tiene un individuo, inseparable de una persona fsica o moral como suj eto de derechos, se trata de una entidad que se transmite enteramente por la mue rte y parcialmente en vida. Jurdicamente una persona que slo tenga deudas tambin ti ene patrimonio, porque la deuda est en el patrimonio al menos como obligacin, refi ere Moreno Rodrguez en la obra Vocabulario de derecho y ciencias sociales. En un sentido especfico, el patrimonio del Estado, por su variedad de elementos y con u n rgimen jurdico dismbolo, puede ser conceptualizado como un conjunto de bienes inm uebles, muebles, tangibles e intangibles, derechos e ingresos, tanto del dominio pblico como privado, que pertenecen en plena propiedad a la nacin, para satisface r sus necesidades colectivas, los cuales estn regulados, administrados y controla dos por los poderes del mismo Estado, incluyndose los bienes y derechos detentado s por los particulares, bajo un rgimen jurdico de derecho pblico y privado.27 Como elementos de ese patrimonio se destacan los siguientes: 1. El conjunto de bienes inmuebles y muebles tangibles e intangibles. Los primeros se les identifica com o bienes races rsticos o urbanos, de uso comn, destinados a un servicio pblico o de propiedad privada del Estado, como el suelo y las construcciones adheridas al mi smo, es decir, terrenos, casas, edificios, etctera; los segundos, como su nombre lo indica son aquellos que se pueden mover de un lugar a otro como el mobiliario y equipo de las oficinas pblicas, vehculos, maquinaria, herramienta de trabajo, e tctera, y pueden estar destinados a prestar un servicio pblico o estar catalogados como del dominio privado del Estado. Son tangibles los que se pueden tocar o me dir o pesar; y los intangibles son todos aquellos que no se pueden tocar, como e l espacio areo, los derechos sobre patentes y marcas, etctera. 27 Snchez Gmez, Narciso, Segundo curso de derecho administrativo, Editorial Porra, S.A ., Mxico, 1998. 542. Se clasifican en bienes del dominio pblico y privado. En el primer supuesto, y como rasgos distintivos, se trata de bienes que son inalienables, imprescriptib les e inembargables, como pueden ser los de uso comn, los destinados a un servici o pblico y los de dominio directo de la nacin. En el segundo caso, existen los bie nes inmuebles y muebles del Estado, que tienen una situacin jurdica similar a la p ropiedad de los particulares, ya que pueden venderse, rentarse, dominarse o perm utarse, y por ello son susceptibles de la mayora de contratos regulados por el de recho civil. 3. Los ingresos del Estado por vas de derecho pblico y privado. Los i ngresos por vas de derecho pblico son aquellos que decreta el Estado como entidad soberana para cumplir sus funciones de orden pblico y de inters social conocidos c omo impuestos, derechos contribuciones de mejoras, aprovechamientos, emprstitos, emisin de bonos de deuda pblica y de moneda de curso legal y van enfocados a cubrir el gasto pblico o el presupuesto de egresos. El en tero de los citados rubros, se puede exigir en forma coactiva en caso de incumpl imiento de los contribuyentes para no entorpecer la marcha de la administracin pbl ica. Los ingresos por vas de derecho privado, son el resultado de actividades mer cantiles o empresariales del Estado, por medio de sus organismos descentralizado s, empresas pblicas o de participacin estatal o por el uso, explotacin o enajenacin de sus bienes del dominio privado, por bonos, intereses a su favor, etc., en don de el obtener utilidades, ganancias o capitales se incrementa su patrimonio, par a hacerle frente al gasto pblico, este tipo de ingresos se les conoce en el derec ho fiscal como productos. 4. Los derechos sobre patentes, marcas industriales y comerciales o derecho de autor. 5. Su destino, uso o aprovechamiento es de orden pblico e inters social. 55Quiere decir que el patrimonio del Estado debe ser para beneficio de todo el pueb lo, con el objeto de hacer una distribucin equitativa de la riqueza pblica, lograr el desarrollo equilibrado del pas y el mejoramiento de las condiciones de vida d e la poblacin urbana y rural.28 6. Su rgimen jurdico es de derecho pblico y privado. Toda vez que en el primer caso encontramos a la Constitucin Poltica Federal, a la Ley General de Bienes Nacionales, a las leyes de aguas, de minas, de petrleos, de comunicaciones y transportes, la legislacin fiscal, etc. En el segundo caso, se cuenta con el Cdigo Civil para el Distrito Federal en materia Comn y para toda la Repblica en materia Federal, el Cdigo Civil de cada una de las entidades del pas, e l Cdigo de Comercio y dems disposiciones conducentes, entre otras. 7. Comprende, t ambin, a la propiedad de los particulares, toda vez que por mandato del artculo 27 Constitucional todas la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los lmites del territorio nacional corresponde originalmente a la nacin mexicana, la cual ha tenido y tiene el derecho de transm itir el dominio de ellas a los particulares constituyendo la propiedad privada.29 Interpretando ese precepto, la propiedad en cuestin forma parte del patrimonio n acional por estar incluida dentro de la propiedad territorial que le pertenece a los mexicanos, y por lo tanto debe drsele una utilidad y un sentido social para beneficio del propio pueblo, para lo cual el Estado se reserva su regulacin y la imposicin de limitaciones y modalidades a la misma. 8. El patrimonio nacional se divide en patrimonios especficos para ser tratados conforme a la legislacin conduc ente de una manera particular en patrimonio: Federal, de las Entidades Federativ as, de los Municipios, de Organismos descentralizados, de Empresas Pblicas o de P articipacin Estatal, y de los particulares. 28 29 http://www.pa.gob.mx/publica/MARCO%20LEGAL%20PDF/ART%2027.pdf http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/hisder/cont/5/est/est5.pdf 56Destacan los siguientes elementos: 1. El territorio y todas las partes integrant es del mismo, como: a) la superficie terrestre, delimitada por las fronteras neg ociadas o naturales, y dentro del cual se encuentran los bosques, los minerales, la fauna y las aguas interiores; b) El subsuelo y todos los minerales, hidrocar buros, aguas subterrneas y elementos radioactivos; c) la plataforma continental, que es la prolongacin del territorio por debajo de las aguas martimas; d) Las isla s, incluyendo los arrecifes y cayos; e) El mar territorial; f) El mar patrimonia l, y zona econmica exclusiva. En estos elementos se encuentran tambin flora y faun a martimas; g) El subsuelo del mar territorial y del mar patrimonial; y h) El esp acio areo. 2. Todos los bienes cuya titularidad directa o indirecta sea del Estad o. 3. Los ingresos del Estado por vas de derecho pblico y de derecho privado. 4. E l conjunto de derechos de los que el Estado es titular; y 5. Los bienes del domi nio privado del Estado. El territorio es parte esencial del Estado, ya que es la porcin geogrfica delimitada de la superficie terrestre, sobre la que el Estado ej erce exclusivamente la potestad de Imperio. La teora tradicional, sobre la cual s e fundamenta nuestra Carta Magna, determina que el territorio es un elemento int egrante del Estado, constitutivo y necesario, que lo convierte en un factor indi spensable, para delimitar su competencia interna y seala su independencia con res pecto a otros Estados30. 30 Tena Ramrez, Felipe, Derecho constitucional mexicano, XI edicin. p. 18. 57En nuestra referida Carta Magna31 se define al territorio: Artculo 42. El territorio nacional comprende: I. El de las partes integrantes de la Federacin; II. El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes; III. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el Ocano Pacf ico; IV. La plataforma continental y los zcalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes; V. Las aguas de los mares territoriales en la extensin y trminos que fi ja el Derecho Internacional y las martimas interiores. VI. El espacio situado sob re el territorio nacional, con la extensin y modalidades que establezca el propio Derecho Internacional. Por lo anteriormente expuesto, se concluye que, los elem entos del Territorio son: 32 1. Superficie terrestre y lo que se encuentra sobre ella. 2. El subsuelo, tanto de la parte terrestre, como del Mar Territorial y d e la Zona Econmica Exclusiva. 3. La Plataforma Continental. 4. El Mar Territorial . 5. El Mar Patrimonial. 6. El Espacio Areo superestante. 31 32 Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. Acosta Romero, Miguel, Derech o administrativo especial, p. 193. 583.2. PROPIEDAD ORIGINARIA DE LA NACIN. La propiedad originaria de la nacin se encu entra delimitada en el artculo 27 Constitucional en los prrafos primero y quinto, citados a continuacin: El prrafo primero del artculo 27 Constitucional, refiere que La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los lmites del territo rio nacional, corresponde originariamente a la Nacin, la cual ha tenido y tiene e l derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.33 De igual manera, el prrafo quinto del referido artculo cita q ue: Son propiedad de la Nacin las aguas de los mares territoriales en la extensin y trminos que fije (el, sic DOF 20-01-1960) Derecho Internacional; las aguas mari nas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o inte rmitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formacin natural que estn ligados directamente a corrientes constantes; las de los ros y sus afluentes dir ectos o indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras agua s permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, l agos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o interminentes (intermitentes, sic DOF 20-01-1960) y sus afluentes directos o i ndirectos, cuando el cauce de aqullas en toda su extensin o en parte de ellas, sir va de lmite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase d e una entidad federativa a otra o cruce la lnea divisoria de la Repblica; la de lo s lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, estn cruzadas por lneas d ivisorias de dos o ms entidades o entre la Repblica y un pas vecino, o cuando el lmi te de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la Repblic a con un pas vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas martim as, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad naciona l, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riberas de los la gos y corrientes interiores en la extensin que fija la ley. 33 Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. 59Las aguas del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificia les y apropiarse por el dueo del terreno, pero cuando lo exija el inters pblico o s e afecten otros aprovechamientos; el Ejecutivo Federal podr reglamentar su extrac cin y utilizacin y an establecer zonas vedadas, al igual que para las dems aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la enumeracin anteri or, se considerarn como parte integrante de la propiedad de los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depsitos, pero si se localizaren en dos o ms predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerar de utilidad pblica, y quedar sujeto a las disposiciones que dicten los Estados.34 El dominio de la Nac in es inalienable e imprescriptible, en consecuencia. 3.3. EL DOMINIO DIRECTO Dominio Directo significa que el Estado Federal ejercita sobre estos elementos un derecho exclusivo que algunos autores como Hauriou, ll aman propiedad administrativa, pero que, a juicio de Miguel Acosta Romero, compr ende lo siguiente:35 a) Establecer el rgimen jurdico de Derecho Pblico. b) La forma de su utilizacin. c) La forma de exploracin. d) La Forma de explotacin y en el caso de algunos de ellos , se reserva al Estado esa explotacin, conforme a lo que determinan los artculos 2 5, prrafo quinto y 28 de la Constitucin, en aquellas reas que el propio artculo 28 s eala como estratgicas. 34 35 Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. Acosta Romero, Miguel, Derech o administrativo especial. p 199. 603.3.1. Significado, alcance y clasificacin Cuando nos referimos al dominio direct o, nuestra Carta Magna refiere todos los recursos naturales de la Plataforma Con tinental y Zcalos submarinos y elementos minerales distintos de los componentes d e los terrenos, yacimientos, salinas y todos los elementos del subsuelo, como qu eda expresado en el prrafo segundo del artculo 27 Constitucional, mismo que refier e que corresponde a la Nacin el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zcalos submarinos de las islas; de todos los min erales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depsi tos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la indu stria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formad as directamente por las aguas marinas; los productos derivados de la descomposic in de las rocas, cuando su explotacin necesite trabajos subterrneos; los yacimiento s minerales u orgnicos de materias susceptibles de ser utilizadas como fertilizan tes; los combustibles minerales slidos; el petrleo y todos los carburos de hidrgeno slidos, lquidos o gaseosos; y el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extensin y trminos que fije el Derecho Internacional.36 3.4. EL DOMINIO PBLICO El dominio pblico est constituido por un conjunto de propieda des administrativas afectadas actualmente a la utilidad pblica, sea por el uso direct o del pblico, sea por decisiones administrativas, y que, a consecuencia de esta a fectacin, son inalienables, imprescriptibles y protegidas por las reglas de inspe ccin. Se trata del conjunto de bienes a los que se reconoce como elemento esencia l, el ser bienes aprovechados por la comunidad, sin que puedan ser apropiados po r los particulares, en ocasiones la federacin tolera determinados 36 Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. 61aprovechamientos precarios y transitorios con el objeto de ser debidamente utili zados.37 3.4.1. Concepto, elementos y clasificacin Emilio Chuayffet Chemor, manifiesta que los bienes del dominio pblico de la federacin se caracterizan por el rgimen exclusi vo de derecho pblico al que se hallan sometidos, as como por indisponibilidad abso luta ya que son inalienables, inembargables e imprescriptibles, y no estn sujetos a accin reivindicatoria por parte de los particulares. As mismo, estos bienes que dan sujetos a la jurisdiccin de los Poderes Federales, su uso aprovechamiento y e xplotacin por parte de particulares, se regula por leyes administrativas, y del m ismo modo slo pueden imponerse sobre ellos, servidumbres pasivas en los trminos de l derecho pblico.38 Los bienes de dominio pblico tienen las siguientes caracterstica s: Forman parte del patrimonio nacional: 1. 2. Forman parte del patrimonio nacio nal. Pueden ser de uso comn, estar destinados a prestar un servicio pblico o tienden a brindar cualquier otro beneficio a la sociedad. 3. Su rgimen ju rdico es de derecho pblico. Ya que se regulan por la Constitucin Poltica Federal, por la Ley General de Bienes Nacionales, por la Ley d e Aguas Nacionales, por la Ley de Minas, por la Ley Orgnica de la Administracin Pbl ica Federal, de petrleos, de Energa Elctrica, por la Ley Federal del mar, Ley de vas Generales de Comunicacin, etctera. 4. Son inalienables, imprescriptibles e inemba rgables. Toda vez que no son susceptibles de venta, donacin o permuta mientras no cambie su situacin jurdica; tampoco se pueden adquirir derechos reales de 37 38 Serra Rojas, Andrs, Derecho administrativo, p. 135. Chuayffet Chemor, Emilio, Der echo administrativo, introduccin al derecho mexicano, Tomo I., pp. 306307. 62propiedad sobre los mismos por usucapin, o en su caso no son susceptibles de emba rgo, en el supuesto de que la federacin aparezca como deudora de ciertas obligaci ones o emprstitos que haya contrado. 5. Pueden ser muebles, inmuebles, tangibles, intangibles, derechos e ingresos por vas de derecho pblico. 6. Algunos de ellos se les nombra como del dominio directo de la nacin. Se trata de todos aquellos bien es del dominio pblico que por mandato legal, se les da un uso preferente para ben eficio del pueblo mexicano, y que como tal son regulados y administrados directa mente por la federacin, para lograr un reparto equitativo de la riqueza pblica, ta l es el caso de las aguas nacionales, la plataforma continental, los hidrocarbur os, la energa elctrica, los zcalos submarinos, las islas de los mares territoriales , los minerales del subsuelo, la zona martima terrestre, el espacio areo, la zona econmica exclusiva, los metales radioactivos, etc. 7. Algunos son susceptibles de concesin a los particulares, con las limitaciones y modalidades que marcan los o rdenamientos respectivos, y en otros supuestos queda prohibido constitucionalmen te otorgar concesiones a particulares, como es el caso de los hidrocarburos, la energa elctrica o los minerales radioactivos. Los bienes de dominio pblico se clasi fican en:39 1. Destinados a un servicio pblico, que son: a) Los inmuebles utiliza dos por los tres poderes de la Federacin y las dependencias del poder Ejecutivo. b) Los inmuebles destinados al servicio de los poderes Legislativo y Judicial. 39 Acosta Romero, Miguel, Derecho administrativo especial, pp. 217 y 219. 63c) Los inmuebles destinados a las dependencias y entidades de la administracin pbl ica federal. d) Los predios rsticos directamente utilizados en los servicios de l a Federacin. e) Los inmuebles que formen parte del patrimonio de los organismos d escentralizados de carcter federal, siempre que se destinen a infraestructura, re servas, unidades industriales, o estn directamente afectados o asignados a la exp loracin explotacin, transformacin, distribucin o que se utilicen en actividades espe cficas que tengan encomendadas conforme a sus respectivos objetos, relacionados c on la explotacin de recursos naturales y la prestacin de servicios. f) Inmuebles d e propiedad federal destinados al servicio de los gobiernos de los Estados y Mun icipios. g) Cualesquiera otros inmuebles adquiridos por procedimiento de derecho pblico. 2. Los bienes de uso comn, que son conceptualizados como irreductibles a la propiedad privada lo que los hace pertenecer a la nacin entendiendo por sta al Estado Soberano. Siendo algunos ejemplos de stos el espacio areo, o todos aquellos que el Estado expresamente construye para prestar un servicio pblico. Un bien de dominio pblico pertenecer a una entidad federativa o a un municipio cuando las au toridades de una u otra lleven a cabo ese acto por el cual incorporen especficame nte ese bien a su respectivo dominio pblico. 643.5. DOMINIO PRIVADO El dominio privado de la Federacin est formado por todos los bienes que no han sido catalogados como bienes de dominio pblico y sujetos a un rg imen jurdico semejante al de los bienes de los particulares, con algunas modifica ciones, por lo cual el derecho privado se aplica supletoriamente en determinados casos.40 Los bienes del dominio privado de la federacin, son todos aquellos bien es inmuebles, muebles y derechos que le pertenecen a sus distintas dependencias y organismos de conformidad con las leyes observables, y que por su situacin jurdi ca no cumplen una funcin social o de inters colectivo, y en esas condiciones tiene n una situacin jurdica similar a la propiedad de los particulares, ya que pueden v enderse, rentarse, permutarse o ser susceptibles de la mayora de contratos previs tos en el derecho privado, con las excepciones que marque la Ley General de Bien es Nacionales y dems ordenamientos relativos. 41 3.5.1. Concepto y clasificacin Los bienes de dominio privado de la Federacin son a quellos bienes que no estn afectados por la realizacin de un servicio pblico, obra pblica, servicio administrativo o un propsito de inters general. El Estado est en po sesin de estos bienes por cualquiera ttulo traslativo de dominio, y debe estimarse que su situacin es transitoria, es d