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    19. Camino de ida y vuelta

    Prcg pr rgzc

    spg src rspr rrsr

    Consolidando el SistemaIntegrado de Polica

    BaquaReglas mnimas de estandaRizacin

    paRa los cueRpos policiales

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    19. Camino de ida y vuelta

    Prcg pr rgzc spg src

    rspr rrsr

    BaquaReglas mnimas de estandaRizacinpaRa los cueRpos policiales

    vigilancia y ciudadanason caminos de doble a.Que la ley y el buen sentidosean fscales de nuestrotrnsito para ir con seguridady regresar con integridad.

    Consolidando el SistemaIntegrado de Polica

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    coleccin BaquaReglas mnimas de estandaRizacinpaRa los cueRpos policiales

    BaQua: Nombre de la coleccin. Signicaconocimiento prctico para no perderseen caminos, trochas, ros y parajesdesconocidos.19. camino de ida y vueltapr r r r rr rrrCaracas, octubre de 2011

    Primera edicinProduccin:Consejo General de Polica

    mbr cjgr ptrck e ass,ministro del Poder Popular paraRelaciones Interiores y Justicia

    egr Brrs,viceministro del SistemaIntegrado de Polica

    R is,gobernador del estado AraguaJs ls Rrgz ,

    alcalde del municipio Carrizalmrcs Pr,representante del Ministerio Pblico

    lrr d,

    representante de la Deensora del PuebloLuis Fernndez

    en representacin de la PolicaNacional BolivarianaPr tg,

    en representacin de los cuerposde polica municipales y estadalesJs erq Gzz ,

    en representacin de los cuerposde polica municipales y estadalesSr e achkr,

    en representacin de la Red de Apoyopor la Justicia y la Paz, Secretaria Ejecutivadel Consejo General de Polica

    Responsables:

    Raael Villegas ParraJos Torres Blanco

    Revisin y validacin:

    Soraya El AchkarGianni NotoOctavio Tern

    Claudia Cova

    Nayv MorlesDiseo Grco:

    Helena Maso

    Edicin y correcciones:Mariela Valdez

    Fotos:

    Amira Tremont

    Impresin:

    Grabados Nacionales

    100.000 ejemplares

    ISBN: 978-980-7392-19-8

    Hecho depsito de ley

    Depsi to Legal: i41520113883451

    cj gr pAv. Urdaneta, esquina Platanal, sede

    del Ministerio del Poder Popular paraRelaciones Interiores y Justicia, piso 8.

    Caracas, VenezuelaTelono: [email protected]

    www.j.b.

    mateRial de distRiBucin gRatuita

    Est permitida la libre copia, impresin, divulgacin,

    distribucin y uso de este material a condicin

    indispensable de que se cite la uente original

    y siempre que no se use con nes lucrativos.

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    Prlogo 5

    Presentcin 7

    El nevo modelo policil: n reto de ps 9

    Introdccin 15

    El Servicio de trnsporte terrestre dentro de l ncin policil 18e src rspr rrsr: spcs grs 18

    l c rspr rrsr c prp 22

    src pc: bs g

    Estrctr orgniztiv del servicio de trnsporte terrestre 25dentro de los cerpos de polic

    objs cs s rs s 26

    El despliege del servicio de trnsporte terrestre 40e gsc sbr sc rspr rrsr 47

    l crc rs c prsc 48

    src rspr rrsr

    dc qp src 52

    Spervisin y control pr el Servicio de Trnsporte Terrestre 54

    acs pr cr sprs 55

    Recomendciones fnles 57

    Reerencis bibliogrfcs 61

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    pr

    La aprobacin, en el ao 2008, por parte del Comandante Presidente HugoChvez, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgnica del Servicio de

    Polica y del Cuerpo de Polica Nacional es la muestra ms ehaciente de la vo-

    luntad poltica del Gobierno Bolivariano de avanzar en el sentido de saldar la

    deuda con toda la comunidad policial y con el pueblo que demanda cambios

    radicales en las instituciones policiales. Con la aprobacin de este Decreto

    nace el Sistema Integrado de Polica, la Universidad Experimental de la Segu-

    ridad, el Fondo Intergubernamental para el Servicio de Polica y as tambin, elConsejo General de Polica adscrito al Ministerio del Poder Popular para Rela-

    ciones Interiores y Justicia, el cual instalamos en el ao 2009 con el propsito

    de adelantar una serie de polticas pblicas que estandarizaran los cuerpos

    policiales para su adecuacin al nuevo modelo policial, un modelo que se

    caracterice por el humanismo, la solidaridad, la participacin ciudadana, el

    respeto a los derechos humanos, en sntesis principios todos ellos acordes a

    la construccin del Socialismo Bolivariano.

    Es voluntad del Gobierno del Comandante Presidente Hugo Chvez acabar

    con el viejo modelo policial burgus que ha atentado contra la dignidad hu-

    mana, criminalizando la pobreza, violando los derechos humanos y muestra

    de ello, es el empeo que, desde el inicio de la Revolucin Bolivariana viene

    haciendo para que se implante un nuevo modelo policial. La creacin de la

    Comisin Nacional para la Reorma Policial, la realizacin del primer diagns-tico nacional sobre los cuerpos policiales y la gran consulta popular sin pre-

    cedentes en el pas ue el comienzo de un camino que se ha transitado para

    lograr el propsito de crear un sistema policial acorde con las necesidades del

    pueblo venezolano.

    Nuestro Gobierno Bolivariano a travs del Ministerio del Poder Popular

    para Relaciones Interiores y Justicia, a partir de la instalacin del Consejo Ge-

    neral de Polica ha aprobado una serie de Resoluciones con normas mni-mas comunes a los cuerpos policiales que son de obligatorio cumplimiento.

    Nos sentimos con la responsabilidad histrica de mostrar el camino para la

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    Practigua para la organizacin y despliegue del servicio de transporte terrestre

    exigida adecuacin y, por ello, nos hemos empeado en elaborar estas Guas

    auto-instruccionales que le permitan a los cuerpos policiales avanzar hacia

    la instauracin de un nuevo modelo policial. El Gobierno del Comandante

    Presidente Chvez est saldando la deuda que durante dcadas se acumu-

    l con los uncionarios y uncionarias policiales de buena voluntad. Estamos

    comprometidos a dignicar la uncin policial y no descansaremos hasta que

    ganemos esta batalla en uncin de una mayor seguridad y paz social para

    nuestro pueblo.

    Venceremos!

    Treck El aissmi

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    pr

    dfr : r

    El Consejo General de Polica ue instituido en el Decreto con Rango, Valor yFuerza de Ley Orgnica del Servicio de Polica y del Cuerpo de Polica Nacional

    Bolivariana, como una instancia de participacin y asesora para coadyuvar a

    la denicin, planicacin y coordinacin de las polticas pblicas en materia

    del servicio de polica, as como del desempeo proesional del polica. Fue

    instalado ormalmente en Junio del ao 2009 por el Ministro del Poder Popu-lar para Relaciones de Interiores y Justicia, Tareck El Aissami.

    El objetivo principal del Consejo General de Polica en su primer perodo de

    gestin 2009-2010 es recomendar al Ministro con competencia en materia de

    seguridad ciudadana lo necesario para desarrollar el nuevo modelo policial y

    dignicar la uncin policial, mediante un marco jurdico institucional y de ges-

    tin que permita concebir la polica como una institucin pblica, de uncin in-

    delegable, civil, que opera dentro del marco de la Constitucin de la Repblica

    Bolivariana de Venezuela y de los tratados y principios internacionales sobre

    proteccin de los derechos humanos, orientada por los principios de perma-

    nencia, ecacia, eciencia, universalidad, democracia y participacin, control

    de desempeo y evaluacin, de acuerdo con procesos y estndares denidos

    y sometida a un proceso de planicacin y desarrollo conorme a las necesi-

    dades dentro de los mbitos poltico territoriales nacional, estadal y municipal.Para ello, la Secretara Ejecutiva del Consejo General de Polica organiz un

    plan de trabajo undamentado en el diseo de estndares nacionales cuya

    pretensin bsica ue desarrollar la nueva doctrina policial, las normas mni-

    mas comunes para los cuerpos policiales y los mecanismos ms adecuados

    para la puesta en marcha de todas las obligaciones comunes en el mbito

    nacional, estadal y municipal, con miras a resolver problemas inmediatos re-

    lacionados con el desempeo, la rendicin de cuentas, el uso de uerza, la ca-rrera policial, la atencin a las vctimas, la estructura organizativa, las instala-

    ciones y el medio ambiente laboral, el equipamiento individual e institucional,

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    la homologacin y reclasicacin de los niveles jerrquicos, el ingreso a la

    academia y a los cuerpos de polica, el servicio de polica comunal y las prc-

    ticas de vigilancia y patrullaje.

    Funcionarios y uncionarias as como acadmicos vinculados a los estudios

    sobre la Polica convocados por la Secretara Ejecutiva del Consejo General de

    Polica elaboraron un conjunto de normas comunes que luego ueron some-

    tidas a consulta con los cuerpos policiales de todo el pas considerando que

    toda poltica pblica en materia policial debe ser resultado de la discusin yparticipacin de la poblacin en general y de la comunidad policial en par-

    ticular. Estas normas ueron presentadas por la Secretara Ejecutiva ante el

    Consejo General de Polica y ueron aprobadas y rerendadas por el Ministro

    del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.

    Sobre estas normas, especialistas en dierentes campos del conocimien-

    to elaboraron un conjunto de recomendaciones prcticas que le permiten a

    cada cuerpo policial avanzar de manera autoinstruccional en la reorma insti-

    tucional necesaria a corto, mediano y largo plazo, en un plan de adecuacin

    segn el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgnica del Servicio de

    Polica y del Cuerpo de Polica Nacional Bolivariana y las Resoluciones que de

    ella derivan; as como de la Ley del Estatuto de la Funcin Policial aprobada

    por la Asamblea Nacional en el ao 2009.

    Es nuestro deseo que este conjunto de recomendaciones se conviertan enun horizonte y un compromiso tico para dignicar la uncin policial, asumido

    por todos los uncionarios y uncionarias de buena voluntad, por sus auto-

    ridades y por la comunidad en general de cara a undar un nuevo modelo

    policial que logre, eectivamente, brindar seguridad, respetando los derechos

    undamentales.

    Soraya Beatriz El Achkar G.Consejera y Secretaria EjecutivaConsejo General de Polica

    Caracas, Abril 2010

    Practigua para la organizacin y despliegue del servicio de transporte terrestre

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    e : r

    e , p es una institucin encargada de velar por laseguridad y la tranquilidad de nuestro pueblo, sin discriminaciones undadas

    en el origen tnico, el color de piel, el sexo, el credo, la orientacin sexual o

    aquellas que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reco-

    nocimiento, el goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y

    libertades de toda persona.

    e , p es una institucin armada, cuyas armas no

    se usan en contra del pueblo sino para su proteccin. Es obediente y al mismotiempo se abstiene de ejecutar rdenes que comporten la prctica de accio-

    nes u omisiones ilcitas o que sean lesivas o menoscaben los derechos hu-

    manos garantizados en la Constitucin. Es disciplinada bajo la consideracin

    de que la disciplina es voluntaria y sirve para sostener relaciones de respeto,

    solidaridad y tambin para dar cumplimiento a los propsitos operativos, tc-

    ticos y estratgicos de la institucin.

    e , p no criminaliza a los pobres ni emprendeacciones que les re-victimice. Por el contrario, avorece a los sectores popula-

    res porque son los ms aectados por el enmeno de la violencia y genera

    mecanismos de convivencia y de investigacin para la prevencin de modo tal

    que se puedan alcanzar todos los derechos en todos los aspectos de la vida

    de los pobres.

    e , p es capaz de resolver los confictos por lasvas no violentas, mediante la utilizacin de mecanismos de mediacin y con-

    ciliacin los cuales generan una cultura de paz y una tradicin de resolucin de

    los confictos por las vas comunitarias e institucionales pero usa la uerza de

    orma gradual y dierenciada cuando sea necesario y para proteger derechos.

    e , p es una institucin que promueve la parti-

    cipacin protagnica del pueblo y genera mecanismos que contribuyen con

    la autorregulacin de la comunidad, para controlar y prevenir situaciones quegeneren inseguridad y violencia o que constituyan amenazas, vulnerabilidad

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    y riesgo para la integridad sica de las personas, sus propiedades, el disrute

    de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.

    e , p lucha contra el delito apegada al estadode derecho, el respeto a los derechos humanos y haciendo uso progresivo

    y dierenciado de la uerza policial cuando sea necesario, segn los niveles

    de resistencia de la ciudadana o ciudadano y ajustados a los principios de

    legalidad. Sus uncionarias y uncionarios utilizarn el arma de uego slo en

    circunstancias extremas, como reaccin al ejercicio de una uerza letal parala deensa de la propia persona o de los terceros, ante una agresin ilegtima

    y atendiendo a los principios de necesidad, oportunidad y proporcionalidad.

    e , p es un rgano auxiliar del sistema de justiciapenal y, en ese sentido, es una institucin que coopera, de orma proesional,

    con los otros rganos de la administracin de justicia aportando los elemen-

    tos necesarios para que no haya impunidad. La honestidad, la probidad y la

    articulacin son principios con los que se presta el servicio de auxilio al siste-ma penal.

    e , p es una institucin proesional, estudiosadel delito, que examina el comportamiento delictivo, los actores criminge-

    nos, utilizando tecnologa de punta y aproximndose a las causas que origi-

    naron el enmeno para promover soluciones integrales.

    e , p es una institucin que cree en el procesode rendicin de cuentas al pueblo en general y a las instituciones en particu-

    lar, lo cual supone planicacin, supervisin y evaluacin de la gestin y el

    desempeo policial, conorme a los principios de transparencia, periodicidad,

    responsabilidad individual por actos de servicio, considerando la adopcin de

    estndares, el balance entre la supervisin interna y externa y la participacin

    de la comunidad, en uncin de la adecuacin del desempeo policial a las

    normas jurdicas.e , p utiliza como base para la asignacin de

    cargos, ascensos, transerencias y otras situaciones administrativas de los

    Practigua para la organizacin y despliegue del servicio de transporte terrestre

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    uncionarios y las uncionarias de Carrera Policial, la calicacin de servicio. La

    calicacin consiste en la evaluacin de las condiciones ticas, proesionales,

    tcnicas, sicas y psicolgicas de la uncionaria o uncionario, que lo acrediten

    para la obtencin de una determinada asignacin.

    e se plantea el diseo de un sistema homogneo yestandarizado para la ormacin bsica y continua para todos los cuerpos

    policiales. Debe ser un conjunto orgnico, integrado, con polticas y servicios

    que garanticen la unidad del proceso de ormacin y el desarrollo proesionalpermanente, a lo largo de la Carrera Policial para todos los uncionarios y

    uncionarias policiales del pas.

    e , p tiene normas generales de actuacin paratodos los uncionarios y uncionarias policiales:

    1. Respetar y proteger la dignidad humana y mantener, deender y promo-

    ver los derechos humanos de todas las personas, sin discriminacin alguna

    por motivos de raza, sexo, religin, idioma, opinin poltica, origen nacional,posicin econmica o de cualquier otra ndole.

    2. Servir a la comunidad y proteger a todas las personas contra actos ilega-

    les con absoluto respeto y cumpliendo los deberes que le imponen la Consti-

    tucin de la Repblica y dems leyes.

    3. Ejercer el servicio policial con absoluta imparcialidad, legalidad, transpa-

    rencia, necesidad, proporcionalidad y humanidad.4. Valorar e incentivar la honestidad y, en consecuencia, denunciar cual-

    quier acto de corrupcin que conozca en la prestacin del servicio policial.

    5. Portar el uniorme, las insignias policiales, las armas y equipos regla-

    mentarios debidamente, de manera que la colectividad pueda reconocer el

    cuerpo policial o militar al cual pertenece y mostrar en todo acto de servicio

    los documentos e identicaciones que los acrediten como autoridad pblica.

    6. Inormar a la colectividad de las actuaciones a realizar en virtud de la ins-trumentacin de acciones o medidas que involucren la seguridad ciudadana.

    El nuevo modelo policial: un reto de pas

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    7. Velar por el disrute del derecho a la reunin y del derecho a maniestar p-

    blica y paccamente, conorme a los principios de respeto a la dignidad, toleran-

    cia, cooperacin, compresin e intervencin oportuna, proporcional y necesaria.

    8. Respetar la integridad sica de todas las personas y, bajo ninguna cir-

    cunstancia, infigir, instigar o tolerar ningn acto arbitrario, ilegal, discriminato-

    rio o de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, que

    entraen violencia sica, psicolgica o moral, en cumplimiento del carcter

    absoluto del derecho a la integridad sica, psquica y moral garantizado en laConstitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.

    9. Utilizar el arma de uego slo en circunstancias extremas, como reaccin

    al ejercicio de una uerza letal para la deensa de la propia persona o de los

    terceros, ante una agresin ilegtima y atendiendo a los principios de necesi-

    dad, oportunidad y proporcionalidad.

    10. Cuando el empleo de las armas de uego sea inevitable, los unciona-

    rios se comprometen a: a) ejercer moderacin y actuar en proporcin a la gra-vedad del delito y al objetivo legtimo que se persiga; b) reducir al mnimo los

    daos y lesiones y respetar y proteger la vida humana; c) proceder de modo

    que se preste, lo antes posible, asistencia y servicios mdicos a las personas

    heridas o aectadas; y d) procurar noticar lo sucedido a la mayor brevedad

    posible, a los parientes o amigos ntimos de las personas heridas o aectadas.

    11. Abstenerse de ejecutar rdenes que comporten la prctica de accionesu omisiones ilcitas o que sean lesivas o menoscaben los derechos humanos

    garantizados en la Constitucin o en los tratados internacionales sobre la ma-

    teria y oponerse a toda violacin de derechos humanos que conozca en la

    prctica de sus unciones.

    12. Inormar a sus superiores y, si uese necesario, a cualquier autoridad

    u organismo que tenga atribuciones de control o correctivas, cuando tengan

    motivaciones para creer que se ha producido o va a producirse un acto detortura, estando en el deber de tomar e imponer las medidas o acciones a

    que hubiere lugar para impedirlas.

    Practigua para la organizacin y despliegue del servicio de transporte terrestre

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    13. Respetar la libertad personal y practicar slo las detenciones autoriza-

    das por el orden constitucional. En caso de detencin, explicar sucientementelas razones, acilitar la comunicacin con amiliares, amigos y abogados, as

    como observar estrictamente los trmites, lapsos y requisitos exigidos por el

    ordenamiento jurdico. Asimismo, comprometerse a velar por la vida e integri-

    dad sica, psquica y moral del ciudadano detenido o que se encuentre bajo

    su custodia, respetando sus derechos y dignidad humana.

    14. Asegurar plena proteccin de la salud e integridad de las personasbajo su custodia y, en particular, tomar las medidas inmediatas para propor-

    cionar atencin mdica.

    15. Extremar las precauciones, cuando la actuacin policial est dirigida

    hacia los nios, las nias o los adolescentes, as como el adulto mayor y las

    personas discapacitadas, para garantizar su seguridad e integridad sica,

    psquica y moral, considerando en todo momento el principio de preeminen-

    cia de sus derechos.Este nuevo modelo policial slo ser posible si los uncionarios y unciona-

    rias de buena voluntad, las autoridades de polica y la sociedad en general

    se apropian de esta idea y se empean en cambiar el viejo modelo que ha

    atentado contra la dignidad humana. Caminemos hacia la dignicacin de

    la uncin policial que es una responsabilidad compartida y un compromiso

    tico de nuestro tiempo.

    El nuevo modelo policial: un reto de pas

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    l tema de la seguridad vial en nuestro pas reviste una gran importancia en

    la actualidad. Dentro de la categora de accidentes de todo tipo, los acciden-tes de trnsito constituyen la tercera causa de muerte en Venezuela y van en

    crecimiento ao tras ao, segn los reportes del anuario de mortalidad elabo-

    rado por el Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS, 2010).

    Esta situacin coincide con toda una tendencia regional y mundial, que

    comenz a considerar el tema de la seguridad vial como un asunto de salud

    pblica. Los accidentes de trco constituyen la segunda causa de muertepara personas de 5 a 29 aos y la tercera para personas entre los 30 y 40

    aos. En los pases en vas de desarrollo, dado que el nmero de vehculos

    est creciendo rpidamente, esta verdadera epidemia est empeorando de

    manera que, de no mediar disposiciones que puedan revertir la situacin, se

    convertir en la tercera causa de muerte y discapacidad hacia el ao 2020

    (Planzer, 2005). Para pases con altos ndices de motorizacin como Venezue-

    la, esta realidad se presenta con mayor preocupacin.En Venezuela el servicio relacionado con la seguridad vial tradicionalmente

    ha sido ejecutado por institutos o por cuerpos completamente dierenciados

    de las instituciones policiales. Ello, en la medida en que eran asumidas como

    labores de distinta naturaleza. Sin embargo, hoy da, en el marco de la imple-

    mentacin del nuevo modelo policial, la tradicional estructura para la gestin

    de los servicios de control de trnsito a nivel nacional, estadal y municipal estsiendo reestructurada con miras a brindar mayores garantas de seguridad a

    la poblacin.

    El marco jurdico nacional oblig a que las instituciones responsables

    de atender los asuntos en materia de seguridad vial ueran incorporadas o

    integradas a los cuerpos de polica en sus distintos mbitos poltico-territoria-

    les. Dentro del nuevo modelo policial se asume que las labores de vigilancia y

    transporte terrestre son inherentes a la uncin policial y comienza a hablarsedel uncionario integral, como aquel preparado y habilitado para atender los

    asuntos relacionados con la seguridad ciudadana y la seguridad vial. No exis-

    ir

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    ten ya dos cuerpos separados y tampoco existen ya dos tipos de uncionarios

    dierentes: los de polica y los de trnsito convergen en un solo individuo.Este constituye un importante cambio con repercusiones a distintos nive-

    les. La primera de estas repercusiones se encuentra a nivel institucional, y se

    expresa en distintos escenarios: 1) Por una parte las gobernaciones y alcal-

    das que disponan de dos instituciones dierenciadas han debido integrar

    la uncin de trnsito al cuerpo de polica, as como tambin a sus unciona-

    rios y uncionarias, 2) Cuerpos de polica que slo estaban concentrados enla ejecucin de labores de trnsito (las llamadas policas de trnsito), ahora

    se encuentran en la obligacin de convertirse en cuerpos de polica con to-

    dos sus servicios y unciones, 3) Instancias de gobierno estadal o municipal

    (y sus cuerpos de polica) que no se haban planteado desarrollar esta tarea,

    la del control del transporte terrestre, se encuentran en la actualidad con que

    sus cuerpos de polica poseen sta como una uncin inherente al servicio, y

    4) Instituciones de carcter nacional, como el Cuerpo Tcnico de Vigilancia yTransporte Terrestre, ue integrado al Cuerpo de Polica Nacional Bolivariana,

    como Direccin de Vigilancia y transporte Terrestre. En todos estos escenarios,

    en cualquiera de ellos, la interrogante es la misma cmo integrar este servi-

    cio a la institucin policial?

    La otra importante repercusin relacionada con este tema tiene lugar en

    la propia cultura policial y en la mentalidad del uncionario y la uncionariapolicial. Luego de tantos aos de dierenciacin de estas dos unciones, la

    integracin necesariamente produce incertidumbre e incluso resistencias en

    las personas directamente involucradas.

    La presente practigua ue desarrollada para brindar a los cuerpos de poli-

    cas y a sus uncionarios y uncionarias policiales inormacin general que aci-

    lite el trnsito hacia la integracin de la uncin de controlar y vigilar la vialidad

    pblica al servicio de polica. Se presentan un conjunto de lineamientos y reco-mendaciones prcticas en la materia y se proponen rmulas concretas para

    abordar los aspectos organizativos asociados con este importante cambio.

    Practigua para la organizacin y despliegue del servicio de transporte terrestre

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    Introduccin

    De cara al uncionario y uncionaria policial, la apuesta es a que por la va

    de la ormacin y el reentrenamiento, as como de su buena voluntad y aper-tura al proceso de transormacin que se est emprendiendo, la asimilacin

    de estas nuevas disposiciones se realice de la mejor manera. Todo ello en la

    medida en que apuntan a hacer ms eectivo y eciente el servicio policial y

    a brindar mejores respuestas, respuestas integrales, a las necesidades de

    seguridad de todas las personas en nuestro pas.

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    18

    e r rr rrr: r

    Segn datos de la Organizacin Panamericana de la Salud (OPS) slo en elao 2008, en Amrica Latina y el Caribe 130.000 personas allecieron como

    resultado de la inseguridad en las carreteras. Esta situacin ha llevado a que

    esta institucin, junto a otras organizaciones, haya establecido que las lesio-

    nes causadas por accidentes de trnsito constituyen un problema de salud

    pblica y que requieren de una atencin prioritaria en el diseo de polticas

    de Estado.En Venezuela, en trminos generales, los allecimientos por accidentes de

    trnsito se ubican (dentro de la categora de accidentes de todo tipo) como la ter-

    cera causa de muerte en el pas (MPPPS, 2010). El ltimo anuario de Mortalidad

    del Ministerio del Poder Popular para la Salud, correspondiente al ao 2008,

    indica que ha habido un incremento progresivo de los decesos por accidentes

    de vehculos, que va de 5.349 en 2004 a 7.714 en el ao 2008 (MPPPS, 2010).

    La alta de cultura y sentido comn por parte de un elevado porcentaje delos usuarios y usuarias de las vas pblicas, quienes transgreden las normas

    y reglas del trnsito de orma cotidiana, dejan en clara evidencia la carencia

    de una adecuada educacin vial en el pas. Tambin es cierto que tradicional-

    mente no ha existido por parte de la autoridad en la materia la constancia y

    sistematicidad en la aplicacin de la normativa legal en materia de transporte

    terrestre. Como consecuencia, son comunes en Venezuela la ocurrencia deaccidentes o hechos de trnsito, la severa congestin vial y la permanente co-

    misin de inracciones por parte de conductores y peatones en las carreteras,

    calles y avenidas.

    La situacin antes descrita demanda que, dentro del nuevo modelo poli-

    cial, se aborde este tema con compromiso y rigurosidad tcnica, a travs de

    la generacin de polticas nacionales en la materia y de la puesta en marcha

    de servicios de transporte terrestre ecientes y adecuadamente organizadosdentro de los cuerpos de polica. Ello, con el n de concientizar a la ciudadana

    e sr rr rrr r

    dr , br r rr , r r r rh r rr rrrf -

    r r r .

    Se sienten mejores que los

    dems (...) Los miembros de lapolica, bien sea vial, urbana ometropolitana se sienten dueos

    del mundo y de las reglas (...)Amedrentan con leyes.

    Consulta a comunidades,

    El Achkar y Riveros, 2007

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    19

    para generar propuestas en la reduccin de los ndices de accidentalidad y de

    hacer cumplir la ley en la materia.La creacin y ordenamiento del servicio de transporte terrestre en los cuer-

    pos de polica del pas permitir a la Repblica, a los estados y a los mu-

    nicipios, a travs de sus instituciones y autoridades, brindar una respuesta

    oportuna, conable, proesional y segura a la comunidad en esta materia,

    contribuyendo a disminuir las altas ciras de personas lesionadas y allecidas

    y las prdidas materiales como consecuencia de los accidentes o hechos detrnsito en sus dierentes modalidades.

    df r rr rrrSe denomina src rspr rrsr al conjunto de medidas poli-

    ciacas aplicadas en un rea de despliegue policial de manera sistmica (en-

    granada y constante), destinadas a garantizar el libre trnsito, la seguridad

    vial y la atencin de los actores que intervienen en el trnsito terrestre (huma-nos, materiales, medio ambientales).

    El servicio de transporte terrestre es predominantemente preventivo, orien-

    tado a evitar, por medio de planes, la ocurrencia de accidentes o hechos de

    trnsito, congestin vehicular y hechos delictivos, as como a promover una

    nueva cultura de seguridad vial entre los ciudadanos y ciudadanas, de res-

    peto a las normas establecidas que rigen la materia. Debe tenerse presentesiempre que el objetivo supremo de este servicio es el de resguardar la inte-

    gridad de las personas.

    Este servicio se orienta undamentalmente a garantizar el adecuado uso y

    fuidez de las vas de transporte terrestre, a adelantar las acciones de investi-

    gacin tcnica requeridas en caso de accidentes de vehculos (con daos ma-

    teriales, lesionados o muertos) y a omentar el respeto de las leyes de trnsito

    a travs de la educacin y la sancin oportuna.

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    obj r rr rrr

    Los objetivos undamentales del servicio de vigilancia y transporte terrestrese resumen en los siguientes:

    f Garantizar y preservar el orden pblico, la educacin, prevencin y seguri-

    dad vial y actuar rente a hechos delictivos.

    f Mantener un adecuado clima de seguridad vial y proteccin a las perso-

    nas y sus bienes con la nalidad de garantizar la paz social.

    f

    Desarrollar y consolidar relaciones armnicas y estrechas con la ciudada-na, con el n de estimular su participacin consciente en la prevencin de

    la actividad delictiva para as incrementar su cooperacin y reconocimiento

    al desempeo policial.

    Para cumplir con los objetivos antes sealados, el servicio de vigilancia y

    transporte terrestre debe cumplir con las siguientes unciones:

    f Velar por la adecuada sealizacin y condiciones de seguridad de las vasde circulacin.

    f Canalizar y dirigir el trnsito.

    f Velar porque las vas de circulacin se encuentren libres de obstculos.

    f Impedir la circulacin de vehculos que no cumplan con los requisitos pre-

    vistos en la ley.

    f Asegurar y conservar las pruebas necesarias para la aplicacin de la Ley

    de Transporte Terrestre relacionadas con las altas y delitos en accidentes

    o hechos de trnsito.

    f Practicar citaciones.

    f Intervenir en las labores de direccin y control del trnsito y levantamiento

    de accidentes o hechos viales.

    f Realizar las operaciones, investigaciones y procesamiento de inormacio-

    nes, expedientes.f Las dems que le conera el ordenamiento jurdico vigente.

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    pr r rr rrr

    El servicio de transporte terrestre en los cuerpos de polica nacional, estadaly municipal, as como los otros servicios operados por los cuerpos policiales,

    debe basarse en los principios establecidos en la Ley Orgnica del Servicio de

    Polica y del Cuerpo de Polica Nacional Bolivariana. Estos principios son:

    1. Principio de celeridad: respuesta oportuna, necesaria e inmediata.

    2. Principio de inormacin: conocimiento oportuno y eciente de los en-

    menos que amenacen el orden social y la paz ciudadana. Rendicin de cuen-tas de manera oportuna, veraz e imparcial a los ciudadanos, ciudadanas,

    comunidades, consejos comunales y organizaciones sociales. Intercambio de

    inormacin con los dems rganos de seguridad.

    3. Principio de eciencia y ecacia: uso racional del talento humano y de losrecursos materiales y nancieros.

    4. Principio de coordinacin: desarrollar actividades colaborando y coope-

    rando entre s y con los dems rganos de seguridad ciudadana.5. Principio de garanta de los derechos humanos: actuacin con estricto

    apego y respeto a los derechos humanos.

    6. Principio de universalidad e igualdad: prestar el servicio sin distincin o

    discriminacin alguna.

    7. Principio de imparcialidad: absoluta imparcialidad y objetividad.8. Principio de actuacin proporcional: utilizacin de los medios y uso pro-

    gresivo y dierenciado de la uerza.

    9. Principio de la participacin ciudadana: atender las recomendacionesde las comunidades, los consejos comunales y organizaciones sociales.

    10. Territorialidad: se atendern areas predeterminadas, denominadassectores de patrullaje, concebidas a partir de la caracterizacin general de cada

    territorio y la necesidad y actibilidad de infuencia de cada tipo de servicio (a

    pie, motos, autos). Durante el cumplimiento del horario de trabajo cada grupode uncionarios responder por el orden y la tranquilidad del rea asignada.

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    11. Prioridad: existirn tareas jerarquizadas por orden de importancia, en

    correspondencia con la complejidad de la situacin delictiva, la magnitud delevento a proteger, la capacidad de respuesta y la oportunidad que se requiere

    en las direcciones ms vulnerables.

    12. Escalonamiento: tiene su undamento en la idea de realizacin del ser-vicio de vigilancia y patrullaje, y se relaciona con la orma de introduccin pro-

    gresiva de las acciones y los medios en el enrentamiento, y el empleo de las

    posibilidades tcticas y tcnicas. Para ello se tiene en cuenta, principalmente,reas y horarios de ocurrencia, modo de actuar de la delincuencia, causas

    y condiciones propicias, y preparacin de los grupos respecto a la situacin

    operativa imperante. A partir de lo descrito se decide el carcter de las accio-

    nes, las misiones particulares de los integrantes y las necesidades de prepa-

    racin para participar en el cumplimiento de las misiones.

    13. Flexibilidad: es la capacidad que debe tener el sistema diseado para

    posibilitar, sin originar graves consecuencias, la maniobra con los grupos ymedios ante los cambios de la situacin delictiva u otras incidencias que se

    presenten, brindando una respuesta eciente.

    l rr rrr r r : b

    En la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela del ao 2000

    se establecen una serie de disposiciones relacionadas con la materia de vi-

    gilancia y transporte terrestre que direccionan la ejecucin de esta uncin y

    que obligan a su integracin al servicio de polica. Los artculos que hacen

    mencin sobre esta materia son los siguientes:

    e c Rb Br v 2000 b r r

    r rr rrr qr j q b r r .

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    23

    ar c

    50 Derecho al libre trnsito55 Derecho a la proteccin del Estado por parte

    de los rganos de seguridad regulados por la ley

    136 Distribucin del Poder Pblico

    156, numeral 6 La Polica Nacional como competenciadel Poder Pblico Nacional

    164, numeral 2 Competencia exclusiva de los estados

    178, numeral 6 Competencia exclusiva de los municipios

    332 El Cuerpo Uniormado de Polica Nacionalcomo rgano de Seguridad Ciudadana

    Disposicin transitoria 4ta. Nral.9 Integracin del Cuerpo Tcnico de Vigilancia y de TrnsitoTerrestre al Cuerpo de Polica Nacional Bolivariana

    c Rb Br v. Gaceta Ocial de la Repblica Bolivarianade Venezuela Extraordinaria N 5453 de echa 24 de marzo de 2000.

    Dando seguimiento a estas disposiciones, en el ao 2008, con la promul-

    gacin de la Ley Orgnica del Servicio de Polica y del Cuerpo de Polica Na-cional, y su posterior reedicin en el ao 2009, se establece que todo lo rela-

    cionado con la materia de vigilancia y trnsito terrestre constituye una de las

    atribuciones comunes de los cuerpos de polica en todos sus mbitos poltico-

    territoriales. Se seala especcamente en el artculo 4, numeral 4, que dentro

    de los nes del servicio de polica se encuentra el controlar y vigilar las vas de

    circulacin y trnsito (LOSPCPNB, 2009).

    Posteriormente, en el artculo 34 de esta ley, a propsito de las atribuciones

    comunes de los cuerpos de polica se establece que los cuerpos de polica

    deben controlar, vigilar y resguardar las vas pblicas nacionales, urbanas y

    extraurbanas y el trnsito terrestre previniendo la comisin de delitos, partici-

    pando en la investigacin penal y aplicando el rgimen de sanciones admi-

    nistrativas previsto en la ley (LOSPCPNB, 2009).

    Tambin en la Ley del Estatuto de la Funcin Policial se legisla sobre este as-pecto y se seala como inherente a la uncin policial (en el artculo 4, numeral4):

    Controlar y vigilar las vas de circulacin, canales, ros, lagos, mar territorial,

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    puertos y aeropuertos, as como tambin el trnsito de peatones, traccin de

    sangre, vehculos, naves y aeronaves de cualquier naturaleza (LEFPol, 2009).Como consecuencia de lo anterior, los dierentes institutos y policas de

    trnsito del pas son llamados a integrarse a los cuerpos de polica como un

    servicio ms de estas instituciones. Dando cumplimiento a estas disposicio-

    nes, en Gaceta Ocial de la Repblica de Venezuela N 5.982 de echa 25 de

    junio del ao 2010 se publica el decreto que ocializa la integracin del Cuerpo

    Tcnico de Vigilancia de Transporte Terrestre al Cuerpo de Polica NacionalBolivariana. Adicionalmente, en el caso de los cuerpos de polica estadales y

    municipales, a propsito del proceso de homologacin de rangos policiales,

    ueron integradas a los cuerpos policiales todas las instituciones de trnsito

    que operaban de orma autnoma.

    Hoy da, dentro del nuevo modelo policial se apuesta a que los cuerpos de

    polica incorporen dentro de sus unciones el servicio de transporte terrestre

    y que para ello cuenten con una estructura organizativa adecuada y un con-junto de uncionarios y uncionarias policiales integrales que puedan actuar

    indistintamente en labores asociadas a la seguridad ciudadana y al trnsito

    terrestre. Es decir, uncionarios y uncionarias policiales con la ormacin ade-

    cuada para actuar en procedimientos asociados con la seguridad de bienes

    y personas, y de las vas de circulacin y trnsito.

    err r r rrrrr r r

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    25

    La adecuada prestacin del servicio de trasporte terrestre, en los trminos

    exigidos por la ley, pasa necesariamente por una organizacin que acilitesu despliegue y operacin. La recomendacin en este sentido es que se cree

    dentro de los cuerpos de polica, en el nivel sustantivo de la estructura, una

    Direccin de Vigilancia y Transporte Terrestre. Esta Direccin ser la responsa-

    ble de denir los lineamientos ms generales, de poltica, relacionados con

    la materia. La operacin del servicio debe realizarse desde los Centros de

    Coordinacin Policial, donde debe crearse una Coordinacin de Transporte

    Terrestre, as como existe una Coordinacin de Vigilancia y Patrullaje y una

    Coordinacin del Servicio de Polica Comunal, entre otras.

    En los cuerpos de polica pequeos, con un solo Centro de Coordinacin

    Policial (undamentalmente los municipales desplegados en territorios con

    poca extensin), es posible omitir la instalacin de la Direccin de Transporte

    Terrestre, y organizar el servicio slo con la Coordinacin de Transporte Te-

    rrestre en el Centro de Coordinacin Policial. En estos casos, las unciones quese proponen para la Direccin pueden ser asumidas por equipos de trabajo

    desde la coordinacin del servicio del CCP.

    Si el cuerpo de polica posee dos (2) o ms Centros de Coordinacin Policial,

    s se hace obligatoria la creacin de la Direccin de Transporte Terrestre.

    Es importante tener presente que esta estructura de ninguna manera apuntaa la separacin de las unciones en la prestacin del servicio de polica. Como

    se ha venido sealando, el nuevo modelo policial plantea la integralidad de

    la uncin policial, por lo que no puede considerarse que existan dos tipos de

    policas (vial y seguridad). Este punto ser explicado con mayor detalle en lneas

    posteriores, en el apartado dedicado al despliegue del servicio; sin embargo, es

    una idea que es importante tener presente al momento de revisar la estructura

    organizativa propuesta.

    rrr r r

    l r r

    b rr cr cr- p, brr cr trr trrr, x cr- v prj cr- sr pc, r r.

    Nosotros somos mezquinos

    porque llevamos un uniorme,entonces no explicamosnuestros procedimientos.Hay que ser celosos, pero enalgn momento hay que darexplicaciones.Consulta a funcionarios policiales,

    El Achkar y Riveros, 2007

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    A continuacin se detallan los respectivos organigramas del servicio en

    estas dos instancias, as como los objetivos y unciones de las dierentes de-pendencias. (Ver diagrama pg. 27)

    err r dr trr trrr

    Coordinacin de Controlde Investigacin Tcnica

    de Accidentes y Vehculos

    Coordinacinde Educacin Vial

    Direccin de Vigilanciay Transporte Terrestre

    Coordinacin de Controldel Sistema Vial

    obj r

    A continuacin se presentan los objetivos y unciones de las dierentes uni-dades sealadas:

    dr trr trrrobj: Gestionar la poltica, las estrategias y los procesos relacionados

    con las actividades de seguridad, vigilancia y control del trnsito terrestre en

    cumplimiento de la Ley de Transporte Terrestre y de la Funcin Policial en el

    territorio de su competencia.

    F:1. Ejercer los controles necesarios conorme a la Ley de Transporte Terres-

    tre sobre las condiciones de higiene, conort y seguridad en la circulacin de

    vehculos de transporte de carga nacional e internacional, estudiantil, particu-

    lar y privado.

    2. Asesorar en la denicin de las polticas que rigen la actuacin policialen materia de vigilancia y control del transporte pblico.

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    27

    e sr trr trrr r r

    Ncleo deServicio de Polica

    Comunal 2

    Coordinacinde Vigilanciay Patrullaje

    Ncleo deServicio de Polica

    Comunal 1

    Centrode Coordinacin

    Policial 1

    Direccin ConsejoDisciplinario

    Subdireccin

    Respuesta a lasDesviaciones

    Policiales

    Coodinacin

    de Vigilancia yTransporte Terrestre

    Coordinacinde Servicio

    de Polica Comunal

    Coordinacinde Investigacin

    Estacin Policial 2

    Recepcinde Denuncias

    Estacin Policial 3

    Unidad de Apoyo 4

    Sala Situacional

    Centro de

    OperacionesPoliciales (COP)

    Comunicaciones

    Investigaciones

    Control de laActuacin Policial

    Unidad de Apoyo 5

    Direccinde Vigilancia y

    Transporte TerrestreUnidad Sustantiva 1

    Centrode Coordinacin

    Policial 2

    n dr

    n a

    n s

    dspgrrr

    Estacin Policial 1

    Ocinade Atencina la Vctima

    Recepcin

    de Denuncias

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    28

    3. Disear normas y criterios tcnicos para vigilar, controlar y dirigir la cir-

    culacin vehicular y peatonal.4. Elaborar estrategias para la prevencin y atencin de actos delictivos

    cometidos en las vas de comunicacin terrestre.

    5. Vericar el cumplimiento eectivo y oportuno de la normativa vigente,instructivos y reglamentacin en materia de vigilancia y control de trnsito te-

    rrestre.

    6. Apoyar al Ministerio Pblico en las diligencias conducentes a la deter-minacin de los hechos y la identicacin de autores y partcipes en los casos

    de accidentes o hechos de trnsito con daos materiales, personas lesiona-

    das o allecidas (en los casos en los que legalmente puedan ser ejercidas

    estas competencias).

    7. Coordinar en la elaboracin de normas y criterios para la coordinacin,control e inspeccin de retenes y estacionamientos de trnsito de la compe-

    tencia del cuerpo de polica.8. Coordinar la accin de otros cuerpos policiales que cumplan labores de

    vigilancia y control de trnsito terrestre.

    9. Denir las pautas de ormacin en materia de vigilancia, control, periciatcnica e investigacin en trnsito terrestre para los integrantes del cuerpo de

    polica.

    10.Gestionar conjuntamente con las autoridades de proyeccin civil y ad-ministracin de desastres las acciones de vigilancia y control del trnsito te-

    rrestre en caso de desastre y contingencias nacionales.

    11. Aplicar las sanciones por inraccin a la Ley de Transporte Terrestre ycualquier medida de regulacin y control en materia de vigilancia y control.

    12. Denir las estrategias para la prevencin y actuacin en el hurto y robode vehculos.

    13. Disear las polticas de educacin vial dirigidas a la ciudadana, conse-jos comunales, comunidad organizada e instituciones educativas.

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    14.Denir las polticas de gestin de los laboratorios y equipos necesarios

    para el cabal desempeo de la investigacin tcnica, cientca y criminalsticarelacionada a los accidentes o hechos de trnsito de su competencia.

    15. Coordinar acciones con el Ministerio con competencia en materia deseguridad, vigilancia y control del transporte terrestre.

    16. Proveer inormacin oportuna y conable a la sala situacional del cuer-po de polica.

    17. Llevar la base de datos de la tipologa de los accidentes o hechos detrnsito e inormar a las instancias superiores, al Cuerpo de Polica Nacional

    Bolivariana (Direccin de Vigilancia y Transporte Terrestre) y a los Ministerios

    con competencia en materia de Salud, Ministerio Pblico, Proteccin Civil y

    otras autoridades o instituciones anes con la materia.

    cr r

    obj: Disear y controlar las estrategias que garanticen el uso de lasvas y carreteras en orma segura dentro del mbito poltico-territorial corres-

    pondiente al cuerpo de polica, infuyendo en el adecuado estado de las con-

    diciones de sealizacin y dando seguimiento al procedimiento administrativo

    en materia de inracciones.

    F:1. Evaluar y analizar de orma continua las necesidades que se originan

    con el crecimiento del parque vehicular, en coordinacin con los institutos es-

    tadales y municipales de su localidad y entes similares en el resto del territorio

    nacional.

    2. Elaborar planes operativos ordinarios, especiales y de contingencia anivel estadal y municipal (operativos de asueto de Carnaval, Semana Santa,

    vacacional y navideo, o de catstroes naturales), en coordinacin con los

    dems organismos de seguridad ciudadana.

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    3. Evaluar y analizar diariamente los ndices de accidentalidad en las vas

    de circulacin estadal y municipal para generar planes y estrategias que per-mitan lograr niveles aceptables de seguridad.

    4. Supervisar la ejecucin de los planes, proponer las actividades paramejorar la uncin operativa y recomendar acciones que impulsen la eectivi-

    dad del servicio.

    5. Coordinar logstica de mantenimiento e incorporacin de sealizacinadecuada y permanente a nivel nacional, estadal y municipal.

    6. Realizar labores de inspeccin o control para velar por el buen mante-nimiento de la sealizacin vial de sus respectivas localidades.

    7. Reportar, a travs de inormes de gestin, el deterioro, ausencia, malubicacin o necesidad de la sealizacin en una determinada localidad o

    arteria vial (sealizacin luminosa, vertical y horizontal) en cada una de sus

    jurisdicciones.

    8. Adelantar las acciones legales pertinentes para asegurar la reparacinde daos al patrimonio nacional, estadal o municipal causados por usuarios

    del sistema vial.

    9. Practicar citaciones a inractores de la Ley de Transporte Terrestre y suReglamento.

    10.Operar la plataorma tecnolgica atinente al registro vigente de inrac-tores y de vehculos existentes en el parque automotor de su jurisdiccin.

    11. Procesar a nivel estadal y municipal la inormacin relacionada con laoperatividad (accidentes o hechos de trnsito, elementos del sistema vial, re-

    sumen de actividades operativas) para llevar estadsticas de las causas de

    accidentalidad, personas lesionadas o muertas, sexo, edad, vehculos involu-

    crados, lugar, tiempo, entre otras variables, haciendo del conocimiento, men-

    sualmente, de esta inormacin, a la Direccin de Vigilancia de Transporte

    Terrestre del Cuerpo de Polica Nacional Bolivariana.

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    12. Ejercer los controles necesarios conorme a la Ley de Transporte Terres-

    tre sobre las condiciones de higiene, conort y seguridad en la circulacin devehculos de transporte pblico de su localidad.

    cr r h

    obj: Realizar la investigacin tcnica de los accidentes o hechos de

    trnsito, vehculos de transporte terrestre y sustanciacin de expedientes.

    F:1. Actuar en el levantamiento de accidentes o hechos de trnsito con da-

    os materiales.

    2. Actuar como rganos de apoyo en materia de investigacin penal,cientca y criminalstica, en lo que compete a altas y delitos en accidentes o

    hechos de trnsito.

    3. Garantizar el resguardo de objetos y bienes de conductores, pasajerosy peatones involucrados en accidentes o hechos de trnsito.

    4. Realizar las operaciones para proceder a controlar, investigar y elaborarexpedientes tcnicos por concepto de accidentes o hechos de trnsito.

    5. Realizar inspecciones tcnicas, mecnicas y sicas (vehculo, va), le-vantamiento planimtrico y reconstruccin de accidentes o hechos de trnsito

    (convencional y virtual).

    6. Mantener el registro y control de los vehculos robados, hurtados y conplacas extraviadas en su jurisdiccin.

    7. Reportar ante el rgano competente la retencin de un vehculo presun-tamente hurtado o robado.

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    cr

    obj: Desarrollar en el territorio de su competencia las actividadeseducativas en materia de seguridad vial y prevencin a usuarios y usuarias

    de las vas pblicas y comunidad en general.

    F:1. Coordinar y planicar la educacin y seguridad vial en el territorio de su

    competencia.

    2. Diundir la inormacin a los usuarios y usuarias del sistema vial para hacerde su conocimiento la naturaleza e importancia que reviste la sealizacin vial.

    3. Orientar a los usuarios y usuarias del sistema vial acerca del correctouso de la inraestructura vial para garantizar un desplazamiento seguro y con-

    veniente.

    4. Contribuir en la diusin del contenido de la materia de trnsito y trans-porte terrestre en el sistema educativo ormal, conorme a lo establecido en

    los currculos que para cada nivel se establecen (bsica, media, diversicada,tcnica y universitaria), en correspondencia con las directrices emanadas de

    las autoridades competentes.

    5. Diundir el contenido de la educacin y seguridad vial a entes pblicos yprivados, usuarios de la va pblica y ciudadana en general.

    6. Planicar, organizar y ejecutar programas permanentes en el mbito dela educacin vial (patrullas escolares, brigadas juveniles, brigadas universita-

    rias, parques viales, aulas viales).

    7. Facilitar las herramientas necesarias que permitan un trabajo mancomu-nado entre la institucin y los consejos comunales.

    8. Promover el anlisis del entorno social para establecer planes de pre-vencin, campaas, intercambios con entes gubernamentales, alianzas, con-

    venios y acuerdos institucionales, pblicos, privados e internacionales (Minis-

    terio del Poder Popular para la Educacin, Comisin Interministerial para laAtencin, Prevencin y Educacin Vial, Ministerio del Poder Popular para la

    Salud, organizaciones no gubernamentales, UNICEF, entre otros).

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    cr trr trrr

    cr cr pobj: Disear, dirigir y controlar las unciones, planes y operativos or-

    dinarios y especiales relacionados a las actividades de vigilancia, educacin

    y seguridad vial.

    F:1. Elaborar el plan mensual de las unciones asignadas a la Coordinacin

    de Vigilancia y Transporte Terrestre, ejerciendo el mando directo del personal

    a su cargo.

    2. Establecer los controles necesarios conorme a la Ley de Transporte Te-rrestre y las polticas de la Direccin de Vigilancia y Transporte Terrestre sobre

    las condiciones de higiene, conort y seguridad en la circulacin de vehculos de

    pasajeros y de carga nacional e internacional, estudiantil, particular y privado.

    3. Promover la articulacin con los servicios de transporte terrestre de los

    Centros de Coordinacin Policial adyacentes, as como de otros cuerpos poli-ciales estadales, municipales y otras instituciones del Estado que intervengan

    directa o indirectamente en la uncionalidad de las vas de circulacin dentro

    del rea de despliegue asignada.

    4. Disear y supervisar las estrategias para la prevencin y atencin deactos delictivos cometidos en las vas de comunicacin terrestre.

    5. Velar por el cumplimiento eectivo y oportuno de la normativa vigente,instructivos y reglamentacin en materia de vigilancia y control de trnsito te-

    rrestre por parte de la ciudadana.

    6. Articular con las dems coordinaciones del Centro de Coordinacin Poli-cial para garantizar la correcta y eciente prestacin del servicio policial.

    7. Atender las recomendaciones y solicitudes de las comunidades en un-cin del mejoramiento del servicio policial, con especial atencin en materia

    de vigilancia y transporte terrestre.8. Supervisar las condiciones de los establecimientos destinados a la guar-

    da y custodia de los vehculos retenidos.

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    9. Generar los reportes de solicitud y dotacin de todo aquel material nece-

    sario para el correcto uncionamiento de la unidad.10. Rendir cuentas al jee o jea del centro de coordinacin policial de todos

    los procedimientos y actividades ejecutadas.

    err r cr trr trrr

    Control de InvestigacinTcnica de Accidentes

    y VehculosEducacin Vial

    Coordinacin de

    Transporte Terrestre

    Control del Sistema Vial

    La Coordinacin del Servicio de Transporte Terrestre adscrita al Centro deCoordinacin Policial posee tres unidades que, dependiendo del volumen de

    las operaciones, pudieran conormarse como grupos de trabajo dentro de la

    coordinacin; a saber: Control del sistema vial, Control de investigacin tcnica

    de accidentes y vehculos y Educacin vial. Veamos sus objetivos y unciones.

    cr

    obj: Controlar las estrategias que garanticen el uso de las vas y ca-rreteras de orma segura, infuyendo en el adecuado estado de las condicio-

    nes de sealizacin y dando seguimiento y cumplimiento al procedimiento

    administrativo de inracciones sealado en las leyes nacionales anes a la

    materia.

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    35

    F:

    1. Proponer y elaborar planes ordinarios, especiales y de contingencia enmateria de transporte terrestre.

    2. Proponer estrategias para mejorar la uncin operativa y recomendaracciones que conduzcan a la eectividad del sistema vial.

    3. Generar reportes y alertas sobre las condiciones, pertinencia y necesi-dad de incorporacin de sealizacin, as como del estado de la vialidad en

    el rea de despliegue asignada.

    4. Garantizar el cumplimiento del procedimiento administrativo y recursosatinentes a la imposicin de inracciones de acuerdo a lo establecido en la

    legislacin vigente.

    5. Disear y supervisar los controles necesarios conorme a la Ley de Trans-porte Terrestre sobre las condiciones de higiene, conort y seguridad en la cir-

    culacin de vehculos de transporte pblico en el rea de despliegue asignada.

    6. Llevar el registro vigente de conductores inractores y vehculos implica-dos, generando reportes y anlisis estadsticos, as como valoraciones tem-

    ticas de inters.

    7. Supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos en la opera-cin y administracin de los terminales pblicos y privados de transporte de

    pasajeros y carga existentes en el rea de despliegue.

    8. Generar estudios reerentes a la operatividad del sistema vial en el reade despliegue asignada que permitan canalizar propuestas en materia de

    seguridad del trnsito.

    9. Controlar el proceso de retencin y entrega material de vehculos y bie-nes relacionados, a sus legtimos propietarios una vez haya sido subsanada

    la causa de retencin.

    10. Controlar el cuido y mantenimiento de los medios materiales e instala-

    ciones asignados a la coordinacin de vigilancia y patrullaje para el cumpli-miento de las unciones policiales.

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    11. Generar los reportes de solicitud y dotacin de todo aquel material ne-

    cesario para el correcto uncionamiento de la unidad.12. Rendir cuentas al coordinador o coordinadora de vigilancia y transporte

    terrestre de todos los procedimientos y actividades ejecutadas.

    cr h

    obj: Realizar la investigacin tcnica de los accidentes o hechos de

    trnsito; las acciones de revisin tcnica, mecnica, sica y serializacin de

    vehculos, supervisin de servicios conexos y sustanciacin de expedientes

    segn su competencia.

    F:1. Controlar, ejecutar e instruir -en los casos que corresponda- los proce-

    dimientos reerentes al levantamiento de accidentes o hechos de trnsito con

    daos materiales, con lesionados y allecidos.

    2. Articular con la Coordinacin de Control de Instalaciones u otras instan-cias segn sea el caso el almacenaje y resguardo de las evidencias que

    resulten de las altas y accidentes o hechos de trnsito, as como de objetos y

    bienes de conductores, pasajeros y peatones involucrados.

    3. Elaborar inormes tcnicos por concepto de accidentes de trnsito y otroshechos viales cuando sean requeridos por instancias legalmente estableci-

    das.

    4. Controlar, registrar y ordenar inspecciones tcnicas, mecnicas y sicas(vehculo, va), as como el levantamiento planimtrico y reconstruccin de ac-

    cidentes o hechos de trnsito.

    5. Llevar un registro y control de los vehculos robados, hurtados y con pla-cas extraviadas en el rea de despliegue asignada, inormando oportuna-

    mente a la comunidad y a las instancias competentes de las novedades al

    respecto.6. Llevar un registro actualizado sobre los ndices de accidentalidad de las

    vas de circulacin.

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    7. Generar inormes peridicos sobre la tipologa de los accidentes o he-

    chos de trnsito.8. Sistematizar y reportar a la Direccin de Vigilancia de Transporte Terres-

    tre del CPNB la inormacin relacionada con la operatividad del rea de des-

    pliegue (accidentes o hechos de trnsito, elementos del sistema vial, resumen

    de actividades operativas) para llevar estadsticas de las causas de acciden-

    talidad, personas lesionadas o allecidas, sexo, edad, vehculos involucrados,

    lugar, tiempo, entre otras variables.

    9. Inormar al ente competente los daos al patrimonio nacional, estadal omunicipal causados por usuarios del sistema vial.

    10. Auxiliar al Ministerio Pblico en la determinacin de los hechos y laidenticacin de autores y partcipes en los casos de accidentes o hechos

    de trnsito con daos materiales, personas lesionadas o allecidas segn la

    competencia del uncionario policial.

    11. Generar y controlar los procedimientos a seguir para la realizacin delas experticias requeridas en el levantamiento de accidentes o hechos de

    trnsito terrestre.

    12. Garantizar la correcta ejecucin de las operaciones propias del proce-so de investigacin y la sustanciacin de los expedientes para comprobar la

    responsabilidad penal por concepto de accidentes o hechos de trnsito, en

    coordinacin con los entes judiciales.

    13. Coordinar y controlar las operaciones requeridas en los centros de ins-peccin o lugares destinados para realizar las experticias de vericacin de

    seriales y comprobacin de las caractersticas sicas de vehculos, segn la

    competencia del cuerpo policial correspondiente.

    14. Controlar y registrar, en articulacin con la Coordinacin de Control deInstalaciones, el proceso de retencin y entrega material de vehculos y bienes

    involucrados en accidentes o hechos de trnsito con lesionados o allecidos,previa autorizacin de las instancias judiciales competentes.

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    15. Coordinar y noticar a la unidad de Control del Sistema Vial los proce-

    dimientos por inraccin que se deriven de los accidentes o hechos de trnsitoatendidos.

    16. Llevar el registro vigente de accidentes o hechos de trnsito con lesio-nados y allecidos segn tipologa y causas, generando reportes y anlisis

    estadsticos, as como valoraciones temticas de inters, a la Direccin de Vi-

    gilancia y Transporte Terrestre del CPNB.

    17. Generar los reportes de solicitud y dotacin de todo aquel material ne-cesario para la correcta prestacin del servicio.

    18. Controlar el cuido y mantenimiento de los medios materiales e instala-ciones asignados para el cumplimiento de las unciones policiales.

    19. Rendir cuentas al coordinador o coordinadora de vigilancia y transporteterrestre de todos los procedimientos y actividades ejecutadas.

    e obj: Desarrollar en el rea de despliegue las actividades educativas

    en materia de seguridad vial y prevencin a usuarios y usuarias de las vas

    pblicas y comunidad en general.

    F:1. Desarrollar las polticas y planes de educacin vial dirigidas a la ciu-

    dadana, comunidad organizada e instituciones educativas, as como entes

    pblicos y privados.2. Generar acciones de orientacin a usuarios y usuarias del sistema vial

    acerca del correcto uso de la inraestructura vial para garantizar un desplaza-

    miento seguro y conveniente.

    3. Facilitar, en coordinacin con el servicio de Polica Comunal, las herra-mientas necesarias que permitan un trabajo mancomunado entre la institu-

    cin y los consejos comunales reerente a seguridad vial y prevencin.4. Disear e impartir cursos de orientacin en materia de educacin y se-guridad vial para los conductores y uncionarios y uncionarias policiales que

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    pongan en peligro la circulacin del trnsito y la seguridad, o necesiten una

    preparacin o ortalecimiento al respecto.5. Disear e impartir cursos orientados a quienes aspiren a obtener licen-

    cia de conducir en los dierentes grados o categoras establecidos en la legis-

    lacin vigente.

    6. Supervisar las escuelas de transporte, pblicas o privadas, en su reade despliegue.

    7. Generar los reportes de solicitud y dotacin de todo aquel material nece-sario para el correcto uncionamiento da la unidad.

    8. Rendir cuentas al coordinador o coordinadora de vigilancia y transporteterrestre de todos los procedimientos y actividades ejecutadas.

    e r rr rrr

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    Dentro del nuevo modelo policial, tal como se seal en lneas anteriores,

    el servicio de transporte terrestre constituye una uncin ms del cuerpo depolica y por tanto del uncionario policial que lo desempea. Dentro de este

    nuevo modelo, se apuesta por la existencia de un uncionario policial integral

    ormado para atender las situaciones propias de la seguridad ciudadana y

    tambin de la seguridad vial.

    En este sentido, el despliegue de este servicio debe realizarse desde los

    Centros de Coordinacin Policial, al igual que la gran mayora de los servicios

    que presta la institucin de polica. Especcamente, este servicio se despliega

    desde la Coordinacin de Vigilancia y Patrullaje.

    Esta disposicin conlleva importantes cambios en la orma como tradicio-

    nalmente se desarrolla esta actividad y tambin grandes transormaciones

    en la mentalidad del uncionario y la uncionaria policial y en la cultura del

    servicio. Quiz actualmente, cuando la uncin del control de las vas y del

    transporte terrestre apenas se est incorporando a los cuerpos de polica, sepercibe como algo extrao y dicil de alcanzar. El uncionario y la uncionaria

    que se ha desempeado por muchos aos como polica percibe que las la-

    bores asociadas con la seguridad vial son ajenas y que no le corresponden.

    De igual orma, quienes provienen del rea de trnsito no ven como propias

    las labores relacionadas con el servicio de vigilancia y patrullaje. Estas son si-

    tuaciones coyunturales que deben ser trabajadas por quienes actualmente se

    encuentran desempeando el servicio de polica, pero que se espera puedanser superadas con el tiempo, en la medida en que a travs de la ormacin y

    el reentrenamiento se homologuen los conocimientos en ambas reas, y que

    se incorporen las nuevas generaciones de uncionarios y uncionarias que se

    han capacitado desde un programa integral.

    Es necesario no perder de vista que, dentro del nuevo modelo, nuestras

    policas se orientan hacia la integralidad de la actividad policial, es decir, quecada ocial de polica, independientemente de la uncin que se encuentre

    cumpliendo, est en la obligacin de velar por el cumplimiento de la norma-

    e r b rr cr cr p, q r r r q r .ef,

    r cr v prj.

    Queremos un policahumanizado, honesto y

    responsable en el desempeode sus unciones.

    Consulta a comunidades,

    El Achkar y Riveros, 2007

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    41

    tiva legal que rige el trnsito terrestre y de coadyuvar en la implementacin

    de mecanismos que permitan disminuir los ndices de accidentalidad vial y lacomisin de inracciones.

    Un uncionario de polica integral debe estar preparado y habilitado legalmente

    para realizar las operaciones rutinarias de control de trnsito en el sistema vial y

    para el levantamiento de accidentes con daos materiales.

    Es justo por lo anterior que en trminos ideales el despliegue por escua-dras y grupos (segn lo establecido en la practigua nmero 6, Por la calle del

    pueblo, y la practigua nmero 16, Con el tiempo a nuestro avor) debe ser el

    mismo sobre el cual opere el servicio de transporte terrestre. Es decir, en un

    mismo sector operan uncionarios y uncionarias policiales que desempea-

    rn, segn las caractersticas de su localidad y necesidades operativas, tareas

    particulares de transito terrestre, dentro de la uncin suprema de vigilar ypatrullar o dentro de su servicio de vigilancia y patrullaje.

    Recordemos brevemente cmo se estructura este despliegue, a partir de la

    denicin de sectores, segn lo establecido en las practiguas anteriormente

    citadas:

    La sectorizacin es el proceso de divisin de una entidad ederal, municipio

    o parroquia, en reas de responsabilidad para el despliegue de un deter-

    minado servicio policial, como por ejemplo, el patrullaje (CGP, 2010). Cadacuerpo de polica, de acuerdo a la realidad especca del territorio sobre el

    cual opera (densidad poblacional, ndice delictivo, topograa, entre otros as-

    pectos), denir los sectores y las reas que mejor les avorezca. El sector es

    la unidad mnima de divisin del territorio y un rea es el resultado de la agre-

    gacin de varios sectores.

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    42

    ej sr

    grf 1: sr grf 2: r grf 3:

    cr r

    1 2

    3 4

    La sectorizacin tambin supone una nueva manera de organizar el servi-

    cio de vigilancia y patrullaje en los cuerpos de polica. Se trata de la organiza-

    cin de las escuadras. Dentro de la organizacin del pie de uerza policial se

    identican tres componentes undamentales: unidades, escuadras y grupos1.

    l constituyen el elemento bsico operativo de despliegue po-licial. Su conguracin vara segn el medio utilizado para su desplazamiento.

    Una unidad de patrullaje est conormada por dos uncionarios policiales y el

    medio de transporte asignado. As por ejemplo, en el caso de patrullaje vehi-

    cular, una unidad est constituida por un vehculo y dos ociales de patrullaje;

    en el caso del servicio de patrullaje motorizado, una unidad se compone de

    dos uncionarios y dos motocicletas; y en el caso del servicio de patrullaje a

    pie, la unidad est compuesta slo por dos uncionarios policiales (CGP, 2010).

    prj hr prj r prj

    Unidad Unidad Unidad

    1 Para mayor inormacinacerca de la metodologa parala denicin de la sectorizacin

    para el servicio de patrullaje, serecomienda revisar la practigua

    N 6 Por la calle del pueblo, partede la coleccin Baqua.

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    43

    l r es la agrupacin tctica mnima dentro de la organizacin

    policial y est compuesta por un supervisor o una supervisora de primera l-nea que tiene a su cargo entre seis y nueve unidades (CGP, 2010). Se muestra

    a continuacin, a modo de ejemplo, la conormacin de escuadras para el

    patrullaje vehicular y motorizado:

    Ejemplo de escuadra de patrullaje vehicular

    Ejemplos de escuadra de patrullaje motorizado

    Sprsr Prr l

    u

    Sprsr Prr l

    u

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    44

    Finalmente, r es una agrupacin tctica que rene varias escua-

    dras. Est compuesta por un supervisor o supervisora general que puede te-ner a su cargo entre dos y seis escuadras (CGP, 2010).

    Ejemplo de grupo de patrullaje motorizado

    Sprsr Prr l

    escrs

    u

    Sprsr Gr

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    45

    Los esquemas de supervisin son, por supuesto, los mismos. Se cuenta

    con la presencia de un supervisor o supervisora de primera lnea, un super-

    visor o supervisora general y un coordinador o coordinadora del servicio de

    vigilancia y patrullaje, quienes tienen como responsabilidades undamentales

    denir los criterios para el despliegue de los uncionarios o uncionarias poli-

    ciales segn lo establecido en el plan de vigilancia y patrullaje y su correspon-

    diente variante operativa.

    y q j cr sr v

    trr trrr cr cr p?Esta coordinacin es la responsable de:

    f Velar por el cumplimiento de las lneas de polticas denidas por la Direc-

    cin de Transporte Terrestre.

    Sprsr Prr l

    escrs

    u

    Sprsr Gr

    Ejemplo de grupo de patrullaje a pie

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    46

    f Velar por el cumplimiento y aplicacin de la Ley de Transporte Terrestre y

    su reglamento, as como de los estndares denidos por el rgano rectorsobre la materia.

    f Coordinar acciones con otros centros de coordinacin policial y otros cuer-

    pos de polica para optimizar la prestacin del servicio.

    f Analizar las estadsticas sobre accidentalidad del territorio y enviar los re-

    portes a la Direccin para la centralizacin de la inormacin.

    f Adelantar las acciones en materia de educacin vial.

    f Velar por la adecuada dotacin para el servicio.f Atender los asuntos que requieran un alto grado de especializacin en la ma-

    teria. Por ejemplo, el levantamiento de accidentes o hechos de trnsito con

    lesionados y allecidos en caso del Cuerpo de Polica Nacional Bolivariana.

    f Gestionar todo lo relacionado con el establecimiento de boletas y multas.

    f Controlar y sustanciar los expedientes de las inracciones de trnsito y ac-

    cidentes.f Gestionar lo reerente a la actividad de remolque de vehculos, retenciones

    y devolucin a sus propietarios.

    La determinacin del nmero de uncionarios y uncionarias policiales que

    debe tener el servicio de vigilancia y patrullaje, considerando que se encuentran

    incluidas dentro de sus unciones aquellas inherentes al servicio de transporte

    terrestre, necesariamente requiere de la realizacin de un diagnstico detalla-do y de la ormulacin de un plan que permita identicar con criterios tcnicos,

    no de orma emprica, las reas confictivas y las necesidades reales del ser-

    vicio. Slo esta investigacin podr indicar con exactitud el nmero de uncio-

    narios policiales requeridos en una determinada rea o sector de patrullaje.

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    e br rr rrr

    La denicin acerca de qu lugares y en qu momentos los uncionariosy uncionarias policiales de una escuadra determinada deben atender los

    asuntos vinculados con la seguridad vial, est determinada por dos aspectos:

    1. El resultado que el diagnstico sobre vialidad arroje en una localidad(que apunta a situaciones de carcter ms recurrente y sostenido en el tiem-

    po) y que debe ser incorporado dentro del Plan de Vigilancia y Patrullaje del

    Centro de Coordinacin Policial.

    2. Las situaciones coyunturales sobre accidentalidad, confictos en la va uotros sucesos que sean reportados a travs del puesto de comunicaciones del

    centro de operaciones policiales (COP).

    Un elemento tcnico imprescindible para el despliegue del servicio de

    transporte terrestre es la elaboracin de un diagnstico en donde se monito-

    reen y evalen aspectos medulares relacionados con seguridad vial y movili-dad. El mismo debe contemplar variables epidemiolgicas y actores sociales

    vinculados al uso del tiempo y la circulacin.

    Para orientar las polticas de seguridad vial se necesitan datos sobre el

    nmero, tipo de accidentes y sus consecuencias, as como el conocimiento

    detallado de las circunstancias en que se producen (Planzer, 2005).

    En este sentido, un primer momento del diagnstico es la bc

    s prrs sgc sc c. Durante esta ase seidenticarn las principales uentes de inormacin, se denirn las variables

    a evaluar y el diseo metodolgico de los instrumentos. Para realizar esta ta-

    rea se debe desarrollar un trabajo de investigacin bajo criterios tcnicos, que

    debe contemplar aspectos propios de cada localidad y contar, de ser posible,

    con el apoyo de personal capacitado en procesos de medicin y evaluacin

    de indicadores.En trminos generales, los tipos de indicadores sugeridos para la elabora-

    cin del diagnstico son:

    u rb r r rr rrr br r rr r .e b rrb

    r r.

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    1. icrs rcs c ccs hrs

    2. icrs rs r s rs cfc

    Finalmente, una vez compilados los datos se deben establecer mecanis-

    mos tcnicos para validar la inormacin, a travs del cruce de datos de di-

    versas uentes pblicas y privadas especializadas en el tema. La misma debe

    ser sistematizada para su consideracin en el momento de la planicacin,

    ejecucin y evaluacin de las acciones contempladas en el plan de vigilancia

    y patrullaje del Centro de Coordinacin Policial2.Partiendo de la realizacin del diagnstico, es posible entonces ormular

    un plan de seguridad vial que permita distribuir de orma eectiva y racional el

    pie de uerza con el que cuenta el Centro de Coordinacin Policial, para aten-

    der las necesidades de seguridad integral de la poblacin.

    A continuacin se presenta un esquema de plan de seguridad vial, que

    puede orientar a los cuerpos de polica en su elaboracin (ver Tabla pg. 49).

    l r r r r rr rrr

    As como en muchos de los servicios de polica, en lo que corresponde al

    servicio de vigilancia y transporte terrestre se requiere de la coordinacin entre

    los distintos cuerpos con despliegue en un determinado territorio, siempre en

    consideracin de lo establecido en el reglamento sobre los criterios y nivelesde actuacin elaborado por el Consejo General de Polica y lo establecido por

    las Leyes de la Repblica.

    La Ley de Transporte Terrestre establece en el artculo 4 que la regulacin

    del transporte terrestre corresponde a los organismos competentes en esta

    materia. La competencia se distribuye entre el Poder Pblico nacional, estadal

    y municipal. Se establecen en esta Ley las competencias especcas para lostres niveles:

    2 Mayor inormacin acercade la ormulacin del plan de

    vigilancia y patrullaje puede

    consultarse en la practigua 6,Por la calle del pueblo.

    e q rr

    r rr rrr rqr rr r r rrr,r r b r br rr

    br r cj gr p b r l Rb.

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    1. Crcrzc r spg. Ubicacin geogrcab. Extensin territorial. Tipo de topograa. Principales intereses econmicos

    . Mercados. Empresas. Puerto o aeropuerto. Sitios tursticos. Otros

    . Principales intereses pblicosi. Instituciones del Estado, gobernaciones,

    alcaldas

    . Principales intereses polticos. Embajadas

    . Consulados. ONG

    . Caractersticas de la estructura vial (carretera,autopistas, puentes, etc.)

    . Tipos de vas. Longitud de la red vial. Porcentaje de vas urbanas, interurbanas

    2. dgsc sbr sgr r spg

    . Inormacin y/o estadsticas sobre la tipologade los accidentes o hechos de trnsito.

    b. Inormacin y/o estadsticas sobre el tipo de ve-hculo implicado en los accidentes o hechos de

    trnsito.

    . Inormacin y/o estadsticas sobre los lugares

    (sectores, areas) donde ocurren los accidenteso hechos de trnsito.

    . Inormacin y/o estadsticas de las autopistas,carreteras e intersecciones donde ocurren los

    eventos.

    . Inormacin y/o estadsticas sobre las vctimas ytipos de vctimas (edad, sexo)

    . Inormacin y/o estadsticas sobre las principa-les causas de accidentes o hechos de trnsito

    (imprudencia, exceso de velocidad, allas mec-

    nicas, etc.)

    . Inormacin y/o encuesta de opinin de la co-munidad sobre el problema de seguridad vial

    h. Inormacin estadsticas sobre las reas deconficto (si no existe esta inormacin, realizar

    el estudio pertinente, paso 3)

    . Porcentaje de vas que estn en deterioro o en

    condiciones inadecuadasj. Inormacin sobre la ausencia de seales inor-

    mativas o deterioro de las demarcaciones (se-

    alizacin vial)

    3. icc r cfc. Volumen del trnsitob. Densidad del trnsito. Volumen horario. Trnsito anual, mensual, semanal o diario. Trnsito horario. Velocidades promedio

    4.ass ccss gsc5.dc prrs6. dc p bs pcc7. dc s bjs

    8.ebrc p cc (p pr)

    pr r

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    d pr pb n, r 5. Es de la

    competencia del Poder Pblico Nacional, en materia de transporte terrestre,lo relacionado con licencias de conducir, el Registro Nacional de Vehculos y

    de Conductores y Conductoras, tipologa de unidades de transporte, condicio-

    nes de carcter nacional para la prestacin de los servicios de transporte de

    uso pblico y de uso privado de personas, el transporte terrestre pblico de

    pasajeros y pasajeras en rutas suburbanas e interurbanas, sin menoscabo

    de las competencias que la ley y los reglamentos atribuyan a los municipios o

    gobiernos metropolitanos, el transporte de carga, la circulacin en el mbitonacional, el rgimen sancionatorio, el control y scalizacin del trnsito en la

    vialidad, sin perjuicio de las competencias de los estados y municipios, los

    servicios conexos de carcter nacional, los procedimientos por accidentes de

    trnsito, las normas tcnicas y administrativas para la construccin, manteni-

    miento y gestin de la vialidad, as como la actuacin en el otorgamiento de

    concesiones, el ordenamiento de las estaciones de peajes, el establecimientode las tarias en el mbito nacional y las dems que le atribuya la ley.

    d pr pb e, r 6. Es de la com-petencia del Poder Pblico Estadal, en materia de transporte terrestre, la con-

    servacin, administracin y aprovechamiento de las carreteras y autopistas

    nacionales, en coordinacin con el Poder Pblico Nacional, el servicio de

    transporte terrestre pblico y terminales de pasajeros y pasajeras interurba-

    nos de carcter estadal; la ejecucin, conservacin, administracin, aprove-chamiento y el control de la circulacin de las vas terrestres estadales y el

    destino de las multas impuestas, de conormidad con lo previsto en esta Ley.

    d pr pb m, r 7. Es de lacompetencia del Poder Pblico Municipal, en materia de transporte terrestre,

    la prestacin del servicio de transporte terrestre pblico urbano y el estable-

    cimiento de zonas terminales y recorridos urbanos, para el transporte subur-

    bano e interurbano de pasajeros y pasajeras con origen y destino dentro de

    los lmites de su jurisdiccin, bajo las normas de carcter nacional aplicables,

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    as como las condiciones de operacin de los servicios de transporte terrestre

    pblico y privado en el mbito de su jurisdiccin; la ingeniera de trnsito parala ordenacin de la circulacin de vehculos y personas de acuerdo con las

    normas de carcter nacional; las autorizaciones o permisos de vehculos a

    traccin de sangre; la construccin y mantenimiento de la vialidad urbana; los

    servicios conexos; el destino de las multas impuestas de conormidad con lo

    previsto en esta Ley; el control y scalizacin de trnsito, segn la normativa

    de carcter nacional y las dems que por su naturaleza le sean atribuidas.

    Cualquier restriccin de circulacin que los municipios deseen aplicar debeser evaluada y aprobada por el ministerio del poder popular con competencia

    en materia de transporte terrestre.

    Aunque en la ley se establecen algunas competencias que son especcas

    para cada uno de los niveles, la realidad es que existen varias de ellas que

    pueden ser ejecutadas por los distintos niveles. Es en estos casos donde debe

    prevalecer la coordinacin interinstitucional para determinar en qu lugaresactuarn los uncionarios y uncionarias de uno u otro cuerpo de polica, siem-

    pre en atencin a los criterios y niveles de actuacin denidos por el regla-

    mento correspondiente.

    Veamos un ejemplo, en la extensa ciudad de Caracas es posible que la

    polica municipal de un determinado municipio, como el de Baruta, asuma lo

    relacionado con el control de la circulacin por calles y avenidas y la atencin

    de los accidentes o hechos de trnsito. No obstante, por lo estratgico quepuede resultar mantener la circulacin en una determinada calle o avenida, o

    porque se encuentre algn organismo pblico de importancia, el Cuerpo de

    Polica Nacional Bolivariana puede reservarse la atencin del trnsito en ese

    punto especco.

    La coordinacin entre los dierentes entes es pues undamental en este

    sentido, siempre y cuando sean considerados los aspectos arriba sealados.

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    d q r

    La puesta en operacin del servicio de vigilancia y patrullaje por partede los cuerpos de polica, incorporando las unciones de control del sistema

    vial (direccin del trnsito y aplicacin de boletas y multas por la comisin

    de inracciones), la investigacin tcnica de accidentes o hechos de trnsito

    y vehculos, y la educacin vial, requiere de un equipamiento adicional al es-

    tablecido en el manual sobre dotacin y equipamiento para los cuerpos de

    polica (pertenencia policial), publicado por el Consejo General de Polica. El

    equipamiento adicional requerido es el siguiente:eq B:

    Adicional al equipamiento bsico del uncionario y uncionaria policial es-

    tablecido por la resolucin en la materia, es undamental que para la pres-

    tacin del servicio de transporte terrestre el uncionario y la uncionaria po-

    licial cuenten con: chaleco refectivo; dispositivo electrnico para practicar

    citaciones por inraccin o boleteras de multas; maletn de trabajo con tablade apoyo, ormatos para el levantamiento de accidentes, fexmetro (metro),

    regla o plantilla, lapicero de color negro, equipo electrnico para la prueba de

    alcoholemia.

    eq c:1. eq b r r r : Des-

    crito anteriormente.

    2. eq r r r r -: GPS, brjula, cmara otogrca, escalmetro, curvilmetro, equipo parapruebas toxicolgicas (drogas, rmacos y alcohol).

    3. u i a: Son vehculos tipo van, ca-min o minibs especialmente acondicionados y dotados de equipos de in-

    vestigacin, tales como cmaras lmadoras, otogrca, GPS, dispositivos que

    permitan determinar el consumo de alcohol o de sustancias estupeacientes o

    psicotrpicas, grabadoras, odmetros, gato hidrulico, equipos inormticos,

    material de ocina para tomar entrevistas a personas involucradas y testigos

    l r

    r rj r r r ,rr r rqr q b br q r

    r .

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    en el sitio del accidente, plantas generadoras de electricidad, teodolito, entre

    otros instrumentos.4. u rq: Se sugiere sean de dierente tamao, que per-mitan remolcar o transportar vehculos livianos y pesados a los estaciona-

    mientos respectivos, por dierentes causas sealadas en la Ley de Transporte

    Terrestre (esto es de carcter optativo, considerando que esta labor puede

    realizarse con el apoyo de entes privados).

    5. a : Son unidades automotoras especialmente acondiciona-

    das para dictar cursos de educacin y seguridad vial a conductores que pon-gan en peligro la circulacin del trnsito, as c