1º Que La América Es Libre Independiente de España y de Toda Otra Nación

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1º Que la América es libre independiente de España y de toda otra Nación, Gobierno o Monarquía, y que así se sancione, dando al Mundo las razones. 2º Que la Religión Católica sea la única, sin tolerancia de otra. 3º Que todos sus Ministros se sustenten de todos y solos los Diezmos y Primicias, y el Pueblo no tenga que pagar más obvenciones que las de su devoción y ofrenda. 4º Que el Dogma sea sostenido por la Jerarquía de la Iglesia, que son el Papa, los Obispos y los Curas, porque se debe arrancar toda planta que Dios no plantó:omnis plantáis quam non plantabit Pater meus Celestis cradicabitur. Mat. Cap. XV. 5º Que la Soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que sólo quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de representantes de las Provincias en igualdad de números. 6º Que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estén divididos en los cuerpos compatibles para ejercerlos. 7º Que funcionarán cuatro años los Vocales turnándose, saliendo los más antiguos, para que ocupen el lugar los nuevos electos. 8º La dotación de los Vocales será una congrua suficiente y no superflua, y no pasará por ahora de 8.000 pesos. 9º Que los empleos sólo los Americanos los obtengan.

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1º Que la América es libre independiente de España y de toda otra Nación,

Gobierno o Monarquía, y que así se sancione, dando al Mundo las razones.

2º Que la Religión Católica sea la única, sin tolerancia de otra.

3º Que todos sus Ministros se sustenten de todos y solos los Diezmos y Primicias,

y el Pueblo no tenga que pagar más obvenciones que las de su devoción y

ofrenda.

4º Que el Dogma sea sostenido por la Jerarquía de la Iglesia, que son el Papa, los

Obispos y los Curas, porque se debe arrancar toda planta que Dios no

plantó:omnis plantáis quam non plantabit Pater meus Celestis cradicabitur. Mat.

Cap. XV.

5º Que la Soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que sólo quiere

depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de

representantes de las Provincias en igualdad de números.

6º Que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estén divididos en los cuerpos

compatibles para ejercerlos.

7º Que funcionarán cuatro años los Vocales turnándose, saliendo los más

antiguos, para que ocupen el lugar los nuevos electos.

8º La dotación de los Vocales será una congrua suficiente y no superflua, y no

pasará por ahora de 8.000 pesos.

9º Que los empleos sólo los Americanos los obtengan.

10º Que no se admitan extranjeros, si no son Artesanos capaces de instruir, y

libres de toda sospecha.

11º Que los Estados mudan costumbres, y por consiguiente la Patria no será del

todo libre y nuestra, mientras no se reforme el Gobierno, abatiendo el tiránico,

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substituyendo el liberal, e igualmente echando fuera de nuestro suelo al

enemigo español, que tanto se ha declarado contra (nuestra Patria / esta

nación).

12º Que como la buena Ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro

Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la

opulencia y la indigencia; y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que

mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto.

13º Que las leyes generales comprendan a todos, sin excepción de cuerpos

privilegiados; y que éstos sólo lo sean en cuanto al uso de su ministerio.

14º Que para dictar una Ley se haga Junta de Sabios, en el número posible, para

que proceda con más acierto y exonere de algunos cargos que pudieran

resultarles.

15º Que la Esclavitud se proscriba para siempre, y lo mismo la distinción de

Castas, quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un Americano de otro el

vicio y la virtud.

16º Que nuestros Puertos se franqueen a las Naciones extranjeras amigas, pero

que éstas no se internen al Reino, por más amigas que sean, y sólo habrá

Puertos señalados para el efecto, prohibiendo el desembarque en todos los

demás, señalando el diez por ciento.

17º Que a cada uno se le guarden sus propiedades, y respete en su Casa como

en un asilo sagrado, señalando penas a los infractores.

18º Que en la nueva legislación no se admita la tortura.

19º Que en la misma se establezca por Ley Constitucional la celebración del día

doce de Diciembre en todos los Pueblos, dedicado a la Patrona de nuestra

Libertad, María Santísima de Guadalupe, encargando a todos los Pueblos la

devoción mensual.

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20º Que las tropas extranjeras, o de otro Reino, no pisen nuestro suelo, y si fuere

en ayuda, no estarán donde la Suprema Junta.

21º Que no se hagan expediciones fuera de los límites del Reino, especialmente

ultramarinas, pero que no son de esta clase propagar la fe a nuestros hermanos

de tierra dentro.

22º Que se quite la infinidad de tributos, pechos e imposiciones que nos agobian,

y se señale a cada individuo un cinco por ciento de semillas y demás efectos u

otra carga igual de ligera, que no oprima tanto, como la alcabala, el Estanco, el

Tributo y otros; pues con esta ligera contribución, y la buena administración de

los bienes confiscados al enemigo, podrá llevarse el peso de la Guerra, y

honorarios de empleados.

Chilpancingo, 14 septiembre 1813.

José Mª Morelos.

23º Que igualmente se solemnice el día 16 de septiembre, todos los años, como el

día Aniversario en que se levantó la Voz de la Independencia, y nuestra Santa

Libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se desplegaron los labios de la

Nación para reclamar sus derechos con Espada en mano para ser oída:

recordando siempre el mérito del grande Héroe el señor Don Miguel Hidalgo y

su compañero Don Ignacio Allende.

Repuestas en 21 de noviembre de 1813. Y por tanto, quedan abolidas éstas,

quedando siempre sujetos al parecer de S.[u] A.[alteza] S.[erenísima

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31 DE ENERO DE 1824. PROMULGACIÓN DEL ACTA CONSTITUTIVA DE LA

FEDERACIÓN MEXICANA.

Una vez lograda la Independencia, Agustín de Iturbide presidió un gobierno monárquico constitucional, representativo y hereditario; y con sus Cortes (Poder Legislativo) la Junta Nacional Instituyente, creada el 24 de febrero de 1822, de acuerdo con los Tratados de Córdoba y el Acta de Independencia, debería confeccionar la Constitución Política del Imperio; pero Agustín I, disolvió la Junta y generó el Plan de Casa Mata dirigido por Antonio López de Santa Anna, quien desconoció a Iturbide.

Los miembros de la Junta, en su Congreso Constituyente expulsaron a Agustín I del país, y erigieron un triunvirato encargado del Poder Ejecutivo, integrado por los generales Nicolás Bravo, Guadalupe Victoria y Pedro Celestino Negrete.

Miguel Ramos Arizpe, como Presidente de la Comisión de Constitución, presentó la iniciativa de Acta Constitutiva el 2 de noviembre de 1823, que establecía el federalismo e invitaba a las provincias de Centroamérica a integrarse al nuevo país. Con las modificaciones pertinentes, el 31 de enero de 1824, se aprobó y firmó el Acta, dotando de legalidad a los representantes de los gobiernos de los estados independientes, libres y soberanos, que provocaron la caída de facto de Agustín I.

Inmediatamente iniciaron los debates sobre el proyecto de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada el 3 de octubre de 1824, y promulgada el 4 del mismo mes. El nuevo país se estructuró como una República, representativa y federal, compuesta por diescinueve estados libres, soberanos e independientes, y tres territorios; organizada por tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial, en el territorio que integraba el Primer Imperio Mexicano; y se fijó como religión única a la católica.

Las más destacadas personalidades que participaron en este proceso fueron, José Miguel Ramos Arizpe, representante del ala republicana, liberal, democrática, federal e independiente; y en la otra, Fray Servando Teresa de Mier, quien representó el centralismo y el conservadurismo.

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En 2010, México celebra los dos eventos más importantes de su historia: el

Bicentenario del inicio de la Independencia el 15 de septiembre de 2010  y el

Centenario del inicio de la Revolución Mexicana el 20 de noviembre de 1910,

bajo el liderazgo de Francisco Madero, “Pancho Villa” (Doroteo Arango), Emiliano

Zapata y Venustiano Carranza, entre  los más emblemáticos. Este levantamiento

dio inicio a una guerra civil por más de 10 años contra el latifundio y la prolongada

dictadura de Porfirio Díaz –héroe de la Batalla de Puebla contra las tropas de

Napoleón III e impulsor de un crecimiento económico que incrementará las

desigualdades sociales durante más de 30 años-,  y a favor de los derechos

sociales, que significó más un millón de mexicanos muertos en batalla.

 En efecto, bajo el mando de Francisco I. Madero, en los diferentes puntos de la

República se levantaron las armas al grito de “sufragio efectivo, no reelección”,

exigiendo la dimisión del General Porfirio Díaz. Si bien, la nación demandaba,

además de estos derechos civiles y políticos, los principios democráticos y

sociales esenciales como: la igualdad, la justicia, la equidad y la libertad. La

Revolución Mexicana sentó así las bases pra la construcción de una nación

socialmente democrática.

 El impacto de la Revolución: los derechos de los trabajadores

En 1906, antes del inicio del levantamiento armado, estalló una huelga en la Mina

de Cananea, Sonora y, al año siguiente, otra en Rio Blanco, Veracruz. Entre las

demandas básicas de estas luchas se encontraban: jornada laboral de ocho horas;

establecimiento de salarios mínimos; indemnizaciones por accidentes laborales;

otorgamiento de pensiones; descanso dominical obligatorio, y abolición de las

“tiendas de raya” de las haciendas que mantenían permanentemente endeudados

a los peones, entre otras. Ambos movimientos fueron precursores sustantivos de

la Revolución Mexicana de 1910.

 De igual forma, el origen histórico de la seguridad social mexicana se encuentra

en los movimientos y luchas sociales que se sucedieron durante el porfiriato, así

como durante la Revolución Mexicana.

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realistas

 

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Impresionistas

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gramofonos

fonografos