2014-06-18 Propuesta Reglamento Proyecto Título

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Propuesta Reglamento Proyectos de Títulos Facultad de Ingeniería (para discusión de comisiones curriculares) Este reglamento busca precisar el nuevo reglamento del estudiante para el caso de los alumnos de la facultad de ingeniería (a continuación se transcriben artículos relacionados del nuevo reglamento del estudiante): Artículo 59º : Para los efectos de concluir su plan de estudio, en aquellas carreras que así lo contemplen, los estudiantes deberán elaborar y defender un trabajo de titulación que podrá denominarse: seminario de título, proyecto de título, seminario de tesis, trabajo de síntesis profesional, proyecto educativo, trabajo de título, seminario, tesina o memoria; según se determine para cada carrera, en los términos, condiciones y plazos que precise el plan de estudio correspondiente. Este trabajo tendrá una ponderación de 10% de la nota final de titulación. Los estudiantes se deben inscribir en un trabajo de titulación grupal de mínimo tres personas y máximo cinco. Para acceder a un trabajo individual el estudiante debe tener un promedio acumulado de 5,5 o superior. Sin perjuicio de lo anterior, las especificaciones propias de carrera se ajustarán conforme a los respectivos planes de estudio aprobados por la Universidad. Los estudiantes que entreguen el trabajo de titulación dentro del plazo máximo establecido por el calendario académico, obtendrán un descuento de un 20 por ciento del arancel correspondiente del expediente de título. Artículo 60º : El estudiante deberá inscribir el trabajo de titulación en su matrícula académica, siempre cuando haya cumplido con todos los requisitos del plan de estudio en forma previa. Una vez inscrito en alguno de los casos señalados en el artículo precedente, no podrá cambiar su actividad o tema durante el semestre en curso, debiendo esperar, el término del mismo para tal efecto. El trabajo de titulación tendrá la duración establecida en el plan de estudio. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Gestión Curricular en casos debidamente calificados podrá conceder prórrogas al plazo establecido. En dicha situación el estudiante deberá proceder a inscribir nuevamente en su matrícula académica el trabajo de titulación. Artículo 61º : La temática definida por el profesor guía, en conjunto con los estudiantes, debe ser abordable en los plazos estipulados por la 1

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Propuesta Reglamento Proyectos de Títulos Facultad de Ingeniería(para discusión de comisiones curriculares)

Este reglamento busca precisar el nuevo reglamento del estudiante para el caso de los alumnos de la facultad de ingeniería (a continuación se transcriben artículos relacionados del nuevo reglamento del estudiante):

Artículo 59º: Para los efectos de concluir su plan de estudio, en aquellas carreras que así lo contemplen, los estudiantes deberán elaborar y defender un trabajo de titulación que podrá denominarse: seminario de título, proyecto de título, seminario de tesis, trabajo de síntesis profesional, proyecto educativo, trabajo de título, seminario, tesina o memoria; según se determine para cada carrera, en los términos, condiciones y plazos que precise el plan de estudio correspondiente. Este trabajo tendrá una ponderación de 10% de la nota final de titulación.

Los estudiantes se deben inscribir en un trabajo de titulación grupal de mínimo tres personas y máximo cinco. Para acceder a un trabajo individual el estudiante debe tener un promedio acumulado de 5,5 o superior.

Sin perjuicio de lo anterior, las especificaciones propias de carrera se ajustarán conforme a los respectivos planes de estudio aprobados por la Universidad.Los estudiantes que entreguen el trabajo de titulación dentro del plazo máximo establecido por el calendario académico, obtendrán un descuento de un 20 por ciento del arancel correspondiente del expediente de título.

Artículo 60º: El estudiante deberá inscribir el trabajo de titulación en su matrícula académica, siempre cuando haya cumplido con todos los requisitos del plan de estudio en forma previa. Una vez inscrito en alguno de los casos señalados en el artículo precedente, no podrá cambiar su actividad o tema durante el semestre en curso, debiendo esperar, el término del mismo para tal efecto.

El trabajo de titulación tendrá la duración establecida en el plan de estudio. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Gestión Curricular en casos debidamente calificados podrá conceder prórrogas al plazo establecido. En dicha situación el estudiante deberá proceder a inscribir nuevamente en su matrícula académica el trabajo de titulación.

Artículo 61º: La temática definida por el profesor guía, en conjunto con los estudiantes, debe ser abordable en los plazos estipulados por la normativa vigente y todo el proceso debe culminar completamente dentro del período lectivo considerado en el plan de estudio correspondiente.

Cada Unidad académica deberá establecer un procedimiento con el objeto de aprobar los anteproyectos de trabajos de titulación, los cuales deben responder a las líneas prioritarias del Departamento y Facultad correspondiente.

El profesor guía debe llevar un registro pormenorizado de la asistencia y avance del trabajo de los estudiantes, y realizar las acciones o correcciones oportunas que permitan evitar los retrasos que perjudican la consecución del trabajo de titulación.

Cada profesor guía debe calificar semestralmente a cada estudiante y eventualmente determinar el cierre del proceso individual de todo estudiante que no cumpla con los requerimientos establecidos.

La unidad académica en que está inscrito el trabajo final de titulación o similar, una vez concluido el mismo, debe nombrar una comisión revisora integrada por el profesor guía y un profesor pertinente al área temática desarrollada para velar por la calidad de dicho trabajo.

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Las revisiones y corrección por parte de los profesores integrantes de las comisiones respectivas, se deben realizar en un plazo máximo de quince días hábiles contados desde la fecha de recepción del trabajo por la unidad académica respectiva.

La calificación de todas las etapas de este proceso, se expresarán en una escala de notas de 1.0 a 7.0, siendo la nota mínima de aprobación un 4,0.

Se busca que los proyectos de título de la facultad cumplan con estándares que permitan asegurar colegiadamente:a) Temas adecuados para cada carrerab) Idoneidad en los profesores guías asignadosc) Estandarización y mejora de los proyectos de títulos presentadosd) Mejora en el proceso de calificacióne) aumento en la tasa de cumplimiento de plazos en la ejecución de los proyectos de títulof) Ordenamiento de la materia

PROPUESTA

1. El presente reglamento tiene por objeto complementar el Reglamento XXXX (Decreto Exento N° XXX/XXXX) y sus modificaciones posteriores. Cualquier situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por el Decano de la Facultad de Ingeniería, previo informe de (Director/Coordinador?)

2. Este reglamento se aplicará a todos los alumnos matriculados en algunas de las carreras adscritas a la Facultad de Ingeniería y deberá ser conocido por Académicos y Alumnos.

3. El objetivo del Proyecto de Titulo es desarrollar habilidades para realizar estudios en el ámbito de la ingeniería, proyectos, diseños u otros trabajos que impliquen la elaboración de un documento técnico y la aplicación de una metodología para alcanzar un objetivo en el ámbito de la ingeniería.

4. El proyecto se compone de un Ante - Proyecto, la planificación (Proyecto de Título I), la memoria (Proyecto de Título II) y su defensa (Examen de Grado).

5. El proyecto es personal y debe constituir un trabajo independiente e inédito del alumno

6. Los alumnos que presenten el proyecto deberán haber aprobado todas las asignaturas contempladas en el plan de estudios. Se permitirá la presentación del Ante Proyecto para inscribir el Proyecto de Título I a los alumnos que han aprobado/inscrito...

7. El procedimiento de inscripción, desarrollo, defensa y aprobación del Proyecto es el siguiente:

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a) Ante - Proyecto de Título

Durante el semestre anterior a la Inscripción del Proyecto de Título I, el alumno deberá presentar un anteproyecto al Coordinador de Carrera

Verificado el cumplimiento de avance curricular del alumno y el cumplimiento en forma del Ante - Proyecto, el coordinador solicitará al Secretario de Facultad la designación de una comisión evaluadora (sería sano que esta comisión evaluadora sea la comisión curricular de la carrera o formada por académicos que la compongan...), cuya misión es aprobar el tema propuesto y proponer un profesor guía. En caso de que la comisión efectúe observaciones al Ante - proyecto, el alumno deberá hacer las modificaciones necesarias o presentar otro proyecto. Los ante-proyectos deben ajustarse a los objetivos de cada carrera y deseablemente a los intereses de desarrollo disciplinarios.

La comisión Evaluadora estará formada por el Director de Departamento Disciplinario correspondiente a la carrera, dos académicos de las más altas jerarquías académicas del departamento o de la facultad. Esta comisión evaluadora sesionará en 3 fechas definidas en cada semestre académico y conocerá todos los ante - proyectos de los alumnos de carreras adscritas al departamento respectivo, separadas al menos por 3 días hábiles para permitir que un alumno con observaciones en su ante - proyecto, pueda reformular.

La comisión curricular deberá proponer nombres (El consejo de Facultad Sanciona programación definitiva) de profesores guías idóneos según el anteproyecto aprobado. Los criterios para la designación de profesores guías deben considerar: Jerarquía, grado académico, productividad académica en el área, experiencia profesional relevante en el área

En casos justificados por la comisión curricular respectiva, podrán destinarse dos o más profesores guías (co -guías), en este caso los profesores guías deberán pertenecer a departamento disciplinarios diferentes y uno de ellos deberá ser designado guía, asumiendo la responsabilidad de reunirse periódicamente con el alumnos y calificarlo.

El Ante-proyecto no tiene calificación.

b) Proyecto de Titulo I

El alumno inscribe el proyecto de título con el tema aprobado en el ante proyecto.

El objetivo del proyecto de título I es planificar su proyecto. Para ello deberán elaborar un documento donde se pueda: a) identificar el problema, objetivos, alcances e hipótesis (si las hubiera); construir el marco teórico y/o estado del arte; elaborar una bibliografía preliminar; proponer una metodología y una planificación

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El documento escrito será calificado (50%) por el profesor guía de acuerdo a los siguientes criterios:1.- Autoría del documento (que no se trate de un plagio) 2.- Uso lenguaje técnico adecuado3.- Uso adecuado de referencias bibliográficas cuando sea pertinente4.- Cuidado de ortografía y redacción5.- Coherencia entre objetivos, metodología y planificación general6.- Claridad y orden del texto6.- Cumplimiento del objetivo de esta planificación

Se procurará que todos los alumnos del departamento disciplinario respectivo puedan exponer y defender sus planificaciones en una actividad única, disponiendo de 10 minutos, conformada por una comisión de al menos 3 académicos de la comisión curricular. Esta defensa calificará el 50% restante de la nota y contempla:1.- Uso adecuado de tecnología2.- Cuidado del lenguaje técnico3.- Claridad de la exposición4.- Coherencia

Se espera que el alumno pueda aplicar a fondos externos para financiar la ejecución de su proyecto de título cuando se requiera. Durante este semestre el alumno podrá iniciar la ejecución de su proyecto si cuenta con la autorización de su profesor guía.

c) Proyecto de Titulo II

El objetivo del proyecto de título II es terminar la ejecución de su proyecto de título, presentar la memoria correspondiente y defenderla.

La memoria será calificada por el profesor guía y un profesor informante.

1.- Autoría del documento (que no se trate de un plagio) 2.- Uso lenguaje técnico adecuado3.- Uso adecuado de referencias bibliográficas cuando sea pertinente4.- Cuidado de ortografía y redacción5.- Coherencia entre objetivos, metodología, resultados y conclusiones6.- Pertinencia Introducción y Discusión7.- Claridad y orden del texto8.- Cumplimiento de la planificación

El profesor informante podrá (deseable) ser un académico o profesional externo a la Facultad pero vinculado como experto al tema de tesis. No percibe honorarios, pero se reconocerá su labor mediante constancia

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Tanto el profesor guía como el informante deberán elaborar un informe que de cuenta: a) de la pertinencia del tema; aportes reales a la disciplina, carácter inédito que tenga, calificación de cada uno de los criterios considerados

La defensa será calificada por una comisión de 3 profesores

Reglamento Prácticas Profesionales

(transcripción nuevo reglamento del estudiante):Artículo 51º: Se entenderá por práctica profesional el proceso de formación de los estudiantes, en el cual se integran y ejercitan los saberes, conocimientos, habilidades, destrezas y valores adquiridos durante sus estudios académicos.

Artículo 52º: La práctica profesional deberá realizarse en el área profesional correspondiente, en los lugares que la Universidad determine.

Artículo 53º: La práctica profesional comprenderá la cantidad de horas y/o créditos transferibles que contemple el plan de estudio de la carrera correspondiente y se realizará en el período que determine el mismo plan. Podrá ser inscrita en el período lectivo correspondiente, siempre que se cumplan los requisitos académicos y administrativos y exista disponibilidad de cupos.

Artículo 54: Para iniciar la práctica profesional final los estudiantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Haber aprobado todas las actividades curriculares de su estructura curricular establecidas como previas. La Dirección de Gestión Curricular podrá autorizar en casos justificados, previo informe de la Dirección de Departamento Disciplinario respectiva, que el estudiante pueda efectuar la práctica profesional con una actividad curricular pendiente siempre y cuando ésta no tenga una incidencia en el desarrollo de la práctica y no sea cursada en tercera oportunidad.

b) Haber obtenido, si correspondiere, el seguro de accidentes personales que determine la carrera y/o la institución en donde se realizará la práctica.

c) Haber obtenido en el Departamento de Prácticas, el certificado de seguro para las prácticas de carreras profesionales, a excepción de las carreras pedagógicas.

d) Cumplir con los demás requisitos establecidos en el plan de estudios.e) Cumplir con requisitos que pueda exigir normativas externas a la Universidad y que digan relación con la

práctica profesional

Artículo 55 º : Los estudiantes deberán cumplir con el 100% de asistencia a las actividades de su práctica profesional. En casos de inasistencias derivadas de causas sobrevinientes imposibles de evitar, deberán ser certificadas y visadas por el Servicio Médico de la Universidad y/o el Departamento de Prácticas. Las horas de inasistencias deberán ser recuperadas.

Para los efectos de aquellos estudiantes que realizan práctica profesional durante períodos de receso de la Universidad, la justificación señalada en el inciso anterior, deberá informarse directamente a la institución en donde se realiza la práctica y, posteriormente, cumplir con los trámites de justificación y visación de certificados ante el Servicio Médico de la Universidad y el Departamento de Prácticas.

Asimismo, los estudiantes practicantes deberán someterse a las normas e instrucciones establecidas en la institución donde realizan la práctica en especial a las que se refieren a temas salud.

Artículo 56º: La evaluación será realizada por el supervisor interno de la práctica profesional del estudiante, quien considerará, entre otros antecedentes, los informes del profesional guía externo.

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La evaluación se hará en base a pautas de evaluación elaboradas por la Comisión Curricular de la carrera y aprobadas por la Vicerrectoría Académica.

Los objetivos, las actividades y la evaluación de la práctica profesional se realizarán en base a un programa presentado por la carrera y aprobado por la Vicerrectoría Académica.

Artículo 57º: En caso de reprobar la práctica profesional el estudiante deberá repetirla en el período lectivo que la Universidad determine.

Artículo 58º: La Dirección de Prácticas deberá elaborar anualmente las instrucciones y exigencias requeridas para el cumplimiento de la Práctica Profesional, las cuales deben ser aprobadas mediante resolución de la Vicerrectoría Académica.

Cualquier situación no prevista respecto a la práctica profesional será resuelto por una comisión conformada por:

- Director (a) Gestión Curricular.- Director del Departamento de Prácticas de la Universidad.- Coordinador Institucional de Prácticas Profesionales.- Coordinador de Prácticas de la Carrera respectiva- Director de carrera

Propuesta

Coordinador de Practicas mantiene una base de datos de las practicas realizadas por los alumnos (nombre del alumno, empresa, unidad/departamento, profesional a cargo, profesor supervisor, fecha, labores cumplidas, etc.)

Profesor Supervisor debe comunicarse (visita, correo o teléfono) al menos en 2 oportunidades con el profesional a cargo y otras 2 con el estudiante. Aplicar una encuesta (por ejemplo: actividades desarrolladas por el alumno, responsabilidad y cumplimiento, fortalezas mostradas, debilidades, observaciones). Orientar en informe y calificarlo. Se debe aplicar una encuesta al estudiante al finalizar la práctica.

Coordinador de Prácticas verifica realización de llamadas y aplicación de la encuesta por profesores guías.

Se organiza una jornada de prácticas especial e interna de la facultad.

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