GC-FR-010 Fecha Publicación: 24-Octubre-2012. GC-FR-010 Fecha Publicación: 24-Octubre-2012.
24 de Octubre, 2012.
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24 de Octubre, 2012.
Significado y retos de la Armonización Contable
Alfonso Medina y Medina Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamentalen la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ySecretario Técnico del [email protected], [email protected]
SECRETARIO TÉCNICO DEL
BROCHE DE ORO: REFORMA CONSTITUCIONAL Y LEGAL PARA LA ARMONIZACIÓN CONTABLE
En lo que va del siglo XXI, el Poder Legislativo ha realizado importantes reformas constitucionales y legales y el broche de oro es la Ley General de Contabilidad Gubernamental, conforme al paquete siguiente:
La modernización de la Ley Federal de Presupuesto incorporando los principios de responsabilidad hacendaria para garantizar la sustentabilidad de las finanzas públicas y el enfoque de presupuesto basado en resultados para focalizar los efectos y los impactos de la acción pública. (2006)
Incorporar a nivel de rango constitucional, el principio de transparencia para el origen y aplicación de los recursos públicos en los poderes (legislativo, judicial y ejecutivo) y en los tres órdenes de gobierno (federación, estados y municipios), de esa manera haciendo obligatorio las mejores prácticas de transparencia a nivel nacional. (2008)
Establecer como norma constitucional la evaluación del desempeño de los programas y políticas de gobierno a nivel nacional. (2007-2008)
La promulgación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental de aplicación nacional, estableciendo una estrategia de armonización contable con los mecanismos de gobernanza y de transición y hacer posible la efectiva transparencia y rendición de cuentas de los recursos públicos. (2008)
PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, aprobado en el Senado de la República (2012). 2
ARTICULO 134 (CPEUM).
“Los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el distrito federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administraran con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.”
OPERATIVIDAD Y EFECTIVIDAD CONSTITUCIONAL
El paquete de reformas constitucionales y legales de reciente cuño, establece las condiciones operativas, organizacionales, institucionales para hacer efectivo el anhelo de larga data para la correcta administración de los recursos públicos, prescritos:
POLÍTICAS Y RESULTADOS PÚBLICOS…(1)
Los principios abstractos y universales del 134 Constitucional esperaron una larga historia para contar con el criterio jurisdiccional de la corte, para comprender, en forma explícita que se “entiende por entiende“, hasta 2009 con senda tesis siguiente:
TÍTULO TESIS:
“GASTO PÚBLICO. EL ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ELEVA A RANGO CONSTITUCIONAL LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, EFICIENCIA, EFICACIA, ECONOMÍA, TRANSPARENCIA Y HONRADEZ EN ESTA MATERIA.”
Del citado precepto constitucional se advierte que el correcto ejercicio del gasto público se salvaguarda por los siguientes principios:
1. Legalidad, en tanto que debe estar prescrito en el Presupuesto de Egresos o, en su defecto, en una ley expedida por el Congreso de la Unión, lo cual significa la sujeción de las autoridades a un modelo normativo previamente establecido.
2. Honradez, pues implica que no debe llevarse a cabo de manera abusiva, ni para un destino diverso al programado.
3. Eficiencia, en el entendido de que las autoridades deben disponer de los medios que estimen convenientes para que el ejercicio del gasto público logre el fin para el cual se programó y destinó.
4. Eficacia, ya que es indispensable contar con la capacidad suficiente para lograr las metas estimadas.
5. Economía, en el sentido de que el gasto público debe ejercerse recta y prudentemente, lo cual implica que los servidores públicos siempre deben buscar las mejores condiciones de contratación para el Estado; y,
6. Transparencia, para permitir hacer del conocimiento público el ejercicio del gasto estatal.
POLÍTICAS Y RESULTADOS PÚBLICOS…(2)
EL ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ELEVA A RANGO CONSTITUCIONAL LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, EFICIENCIA, EFICACIA, ECONOMÍA, TRANSPARENCIA Y HONRADEZ EN ESTA MATERIA.
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OBJETO DE LA LEY Establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la
emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización.
OBJETIVOS PRINCIPALES La estrategia de armonización: procedimientos homogéneos para el registro de las
operaciones, de la información de los sistemas de contabilidad gubernamental a nivel nacional, y las características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas;
Los medios: el Sistema de Contabilidad Gubernamental que registra en tiempo real, de manera armónica, delimitada y específica las operaciones presupuestarias y contables derivadas de la gestión pública, así como otros flujos económicos que expresan su situación financiera, los resultados de su operación y los cambios en su patrimonio.
Los fines: el Sistema de Administración Financiera que genera, en tiempo real, la información contable, presupuestaria y programática y otra información que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, a la programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición de cuentas.
OBJETIVOS DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
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GOBERNANZA DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE
Secretario Técnico del
CONAC
Comité Consultivo del
CONAC
Órganos de Fiscalización
Superior Estatal
Entidades de Control Estatal
Sistema Nacional de
Coordinación Fiscal
INDETECINAP
Secretarios de Finanzas o
Equivalentes
Secretarios Técnicos de los
Consejos Estatales
Grupo de Gasto,
Contabilidad y Transparencia
Asociaciones de Municipios
GOBERNANZACOOR
DINA
CIÓN
FI
SCAL
CONSULTORES
ACOMPAÑAMIENTOACTORES
ACUERDOS CONACMECANISMO DE DIAGNÓSTICO Y
EVALUACIÓN COMO ESTRATEGIA DE
CONSOLIDACIÓN DE LA ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN
DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE
ASESORES TÉCNICOS
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ARMONIZACIÓN PROGRESIVA
Conforme a la exposición de motivos de la reforma a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, se concibió a la armonización contable como un proceso para lograr una adecuada contabilidad gubernamental comparable entre distintos órdenes de gobierno, a través de los mecanismos siguientes:
• Coordinar los momentos en los que el Consejo expide las normas complementarias de la ley.
• Los pasos que tienen que seguir los entes públicos para la adopción e implementación de los modelos normativos de la Ley y las disposiciones emitidas por el CONAC.
• El desarrollo de la herramienta tecnológica a través de la cual se aplicarán los nuevos sistemas contables para la generación de reportes de información financiera (contable, presupuestaria y programática) en tiempo real.
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METAS Y OBLIGACIONES DE TRANSICIÓN, 2009-2012
Artículos Transitorios
METAS Y OBLIGACIONES DE TRANSICIÓN 2009-2012 Plazos de cumplimiento
PRIMERO Vigencia de la Ley 1-enero-2009 SEGUNDO Instalación del CONAC
30 días naturales a la entrada en vigor de la Ley 27-enero-2009
NORMAS DE ARMONIZACIÓN CONAC TERCERO Calendario plurianual para emitir las normas de armonización 2009-2010 ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN ENTES PÚBLICOS CUARTO Federación, Entidades Federativas Adopción de las normas CONAC: todos los entes públicos 31-Dic-2010 Implementación: registros en el sistema de contabilidad
gubernamental 31-Dic-2011
Implementación: todos los registros que afectan al patrimonio 31-Dic-2012 Emisión de cuenta pública 2012 QUINTO Ayuntamientos Emisión de cuenta pública 2013 Información periódica a partir de 2013 OBJETIVOS FINALES SEXTO i) Sistemas contables operando en tiempo real y ii) sistemas de
generación de información financiera en tiempo real
Federación, Entidades Federativas, poderes y autónomos 31-Dic-2012 Entidades paraestatales del Gobierno Federal 31-Dic-2012 Todos los entes públicos 31-Dic-2012
Detalle Anexo 1
Anexo 1
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CUMPLIMIENTO CONAC PARA APROBACIÓN DE NORMAS DE ARMONIZACIÓN
En cumplimiento al artículo tercero transitorio el CONAC aprobó y emitió las normas de armonización siguientes:• Clasificación administrativa• Clasificador por objeto del gasto (capitulo, concepto y partida Genérica)• Clasificador por tipo de gasto (corriente y de capital)• Clasificación funcional del gasto (finalidad, función y subfunción)• Clasificación económica de los ingresos, de los gastos y del financiamiento • Manual de contabilidad gubernamental que incluye el plan de cuentas y 19
reportes con la estructura básica de la información financiera (contable, presupuestaria, programática)
• Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos (estimado, modificado, devengado, recaudado)
• Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos (aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido, pagado)
• Normas de registro, control y administración de inventarios de bienes muebles e inmuebles
• Normas de registro contable y valoración del patrimonio financiero
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CUMPLIMIENTO ANTICIPADO DE LA ADOPCIÓN DE LAS NORMAS CONAC
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INSTRUMENTOS BÁSICOS PARA LA ARMONIZACIÓN CONTABLE
INFORMACIÓN FINANCIERA (contable, presupuestaria y programática)
Egresos Clasificadores
Ingresos Clasificadores
Clasificador por Rubros de Ingreso
Clasificador por Objeto del Gasto
Clasificador por Tipo de Gasto
Mom
ento
s Con
tabl
es
Mom
ento
s Con
tabl
es
Matriz de Conversión del Ingreso y Gasto
SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
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Plan de Cuentas
Instructivo de Cuentas
Modelo de Asientos
Guías Contabilizadoras
Inventarios
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A. Operaciones presupuestarias y contables derivadas de la gestión pública
B. Generación periódica de los estados y la información financiera
Artículo 19.- Los entes públicos deberán asegurarse que el sistema:
I. Refleje la aplicación de los principios, normas contables generales y específicas e instrumentos que establezca el consejo;
A (Artículo 18). Registre de manera armónica, delimitada y específica las operaciones presupuestarias y contables derivadas de la gestión pública, así como otros flujos económicos, conforme a las características básicas siguientes:
II. Facilite el reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimoniales de los entes públicos;
III. Integre en forma automática el ejercicio presupuestario con la operación contable, a partir de la utilización del gasto devengado;
IV. Permita que los registros se efectúen considerando la base acumulativa para la integración de la información presupuestaria y contable;
VII. Facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos.
V. Refleje un registro congruente y ordenado de cada operación que genere derechos y obligaciones derivados de la gestión económico-financiera de los entes públicos;
B (Artículo 18). Generar estados financieros, confiables, oportunos, comprensibles, periódicos y comparables, considerando los requisitos mínimos siguientes:
VI. Genere, en tiempo real, estados financieros, de ejecución presupuestaria y otra información que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, a la programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición de cuentas
IMPLEMENTACIÓN: REQUISITOS INDISPENSABLES DEL SCG Y DEL SIDAF
SISTEMA: el sistema de contabilidad gubernamental (SCG) que cada ente público utiliza comoinstrumento de la administración financiera gubernamental (SIDAF). (LGCG Art. 4, Fracc. XXIX)
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Provisión de bienes y servicios
Gestión de Recursos Humanos
Ingresos
Egresos
Gestión de Recursos
Materiales
Gestión de Recursos
Financieros Deuda Pública
Tesorería
• Con origen presupuestario
• No presupuestario
Patrimonio
• Contable• Presupuestaria• Programática
Cuenta Pública
Reconocimiento de todas las transacciones.
Registro de todos los eventos.
Registro por única vez, en el lugar de origen.
Registro integral.
Registro secuencial, ordenado y automático de las transacciones.
Generación, en tiempo real, de la información financiera
Gestión de Obra Pública
PROCESOS DE OPERACIÓN ENTIEMPO REAL EJECUTORES
GESTIÓN PÚBLICA
PROCESOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y GENERACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA EN
TIEMPO REAL
CONTABILIDAD AUTOMÁTICA
SISTEMA INTEGRAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
PRINCIPIOS
EL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y DE INFORMACIÓN FINANCIERA
• Indicadores de Desempeño
• ResultadosGestión por Resultados
PROCESOS ADMINISTRATIVOS
FINANCIEROS
REGISTRO PRESUPUESTARIO
REGISTRO DE TRANSACCIONES GENERACIÓN DE INFORMACIÓN
GESTIÓN PÚBLICA PARA RESULTADOS
Objetivos de Política Pública
GESTIÓN
PÚBLICA
CICLO
RETROALI
MENTACIÓN Resultados (Metas Públicas)
PLANEACIÓN
PROGRAMACIÓN
PRESUPUESTACIÓN
EJERCICIO Y CONTROL
SEGUIMIENTO
EVALUACIÓN
RENDICIÓN DE CUENTAS
Pre-comprometido Comprometido Devengado Pago (de lo debido)
(Compromisos de mejora de la gestión)
(Monitores para toma de decisión)
(Accountability: cerebro triuno: contable, presupuestario y programático)
(Objetivos y metas)
(Planes de desarrollo y programas sectoriales e institucionales)
(Momento contable 1)
(Momento contable 2 y 3)
TRANSPARENCIA
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LA NUEVA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA
Generación automática de la Cuenta Pública. Presentación de la Cuenta Pública:
⁻ Cumplimiento de la meta de balance fiscal (Finanzas Públicas)
⁻ Resultados/Eficacia: Metas propuestas vs. obtenidas (Presupuesto Basado en Resultados y Sistema de Evaluación del Desempeño).
⁻ Presupuesto/Eficiencia y Economía: Ejecución del ingreso, gasto y financiamiento.
⁻ Situación Financiera (Activo, Pasivo y Patrimonio)
⁻ Estado de Resultados
⁻ Cuenta Económica Rendición de cuentas = Resultados de las políticas públicas +
responsabilidad hacendaria + transparencia de la información de las acciones públicas
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CONTENIDO DE LA REFORMA …(1)
I. ARMONIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA.
Faculta al Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) para establecer normas formatos y su contenido, conforme a los cuales los tres Poderes, órganos autónomos y paraestatales de los 3 órdenes de gobierno deben presentar su información financiera. (Art. 56)
En las respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos deberá detallarse la siguiente información, la cual se difundirá en Internet y en los medios oficiales de difusión respectivos: (Art. 61)
Ingresos: montos que corresponden a participaciones; recursos federales transferidos a través de aportaciones federales, subsidios y convenios de reasignación; así como ingresos locales.
Deuda: incluir todos los pasivos de cualquier naturaleza, independientemente si son considerados deuda en términos de la legislación local.
Presupuesto: prioridades de gasto y detallar gasto corriente (incluyendo gasto operativo como remuneraciones, comunicación social, etc.) y de inversión.
Evaluación del desempeño: el listado de programas así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.
El CONAC podrá establecer tratamientos diferenciados para aquellos municipios, cuyo desarrollo institucional dificulte el cumplimiento de las obligaciones de información. Asimismo, las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas podrán, mediante convenio, apoyar a los municipios en el cumplimiento de las nuevas obligaciones. (Art. 56 y 57 y 4to. Transitorio)
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II. OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DURANTE EL EJERCICIO FISCAL
Todos los pagos deberán hacerse mediante depósito en la cuenta bancaria de los beneficiarios, excepto en localidades donde no haya servicios bancarios. (Art. 67)
Tratándose de gasto federalizado, los gobiernos locales deberán comunicar a TESOFE e incluir en su cuenta pública la relación de las cuentas bancarias en las cuales se depositan los recursos federales. Asimismo, conforme lo determine el CONAC, deberán registrar cada etapa en el ejercicio de dichos recursos: comprometido, devengado, ejercido y pagado. (Art. 69)
Obliga a presentar al Congreso de la Unión y a los congresos locales y difundir en Internet, de manera trimestral, entre otra, la siguiente información:
Ingresos excedentes obtenidos durante el periodo. (Art. 46)
Subejercicios y adecuaciones a los presupuestos (montos agregados por ramo o programa). (Art. 46)
Padrones de los beneficiarios de subsidios y ayudas (cuando sea posible con CURP o RFC), (Art. 67)
Los recursos destinados al pago de nómina de maestros (FAEB, FAETA) y del personal de salud (FASSA) (incluyendo información sobre personal comisionado). (Art. 73 y 74)
Obliga a difundir en Internet y en su caso al Congreso de la Unión y a los congresos locales, información de los recursos ejercidos a través de: FAIS-M, FORTAMUN, FASP y FAEF. (Art. 75 al 78)
CONTENIDO DE LA REFORMA…(2)
III. ESTÁNDARES DE DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA:
Difusión permanente de la información en internet y obligación de mantener la información en Internet por lo menos 6 años. (Art. 56 al 58)
Evaluación por parte del Comité Consultivo de CONAC sobre la calidad de la información que presenten la Federación, los estados y municipios. (Art. 59)
Obligación de generar documentos dirigidos a la población de manera sencilla y en formatos accesibles. (Art. 62)
Obligación de los 3 órdenes de gobierno de incluir en los sistemas informáticos de contabilidad, los documentos que justifican y comprueban el gasto (todos los contratos). (Art. 67)
Obligación de incluir en la cuenta pública, en los términos que determine el Consejo, la relación de los bienes que componen su patrimonio, así como los esquemas bursátiles y de coberturas financieras contratados por los entes públicos. (Art. 23 y 46)
IV. EVALUACIÓN:
En el proceso de elaboración de los presupuestos se deberán incorporar los resultados que deriven de los procesos de presupuesto basado en resultados y del sistema de evaluación del desempeño. (Art. 61)
En abril deberán difundirse por Internet los planes anuales de evaluación, incluyendo los programas objeto de la misma, así como la metodología e indicadores aplicables. (Art. 79)
Los resultados de las evaluaciones y los datos del evaluador deberán difundirse en Internet a más tardar a los 30 días de que se hayan concluido. (Art. 79)
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CONTENIDO DE LA REFORMA…(3)
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MEDIDAS PARA LA CONSOLIDACIÓN DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE (CONAC 31-JUL-2012)
El CONAC el 31 de julio aprobó lo siguiente: MODELO DE DIAGNÓSTICO Y DE EVALUACIÓN DEL NIVEL DE
ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓNAsimismo: SIG@IF (Sistema Gubernamental Armonizado de Información Financiera)
Sistema desarrollado con recursos del PEF 2011. Con los recursos PEF 2012, se pone a disposición un servicio en “la nube” para todos aquellos
entes públicos (preferentemente municipios y organismos públicos descentralizados) que no cuenten con solución informática.
El financiamiento considera una fórmula dónde el 60% del costo del servicio es con cargo a los recursos PEF 2012 y el 40% a los entes públicos.
Se trata de optimizar los escasos recursos para que al 31 de diciembre todos los entes públicos tengan solución tecnológica.
MECANISMOS DE CAPACITACIÓN INTEGRAL PERMANENTE Recursos de PEF 2012 en el INAP destinados a la capacitación de la armonización contable. Primeras generaciones de facilitadores, curso a distancia, certificación de habilidades.
PORTAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE Medio de comunicación entre los entes públicos y entre estos y el Secretario Técnico. Mecanismo oficial de difusión para las disposiciones normativas, técnicas, capacitación,
formativas e identificación y transmisión de las mejores prácticas administrativas y de sistemas.
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Adopción Normativa
Adopción Gestión del Cambio
Procesos Institucionales Sistemas Capacitación
Egresos
Ingresos
Deuda
Tesorería
Contabilidad
Gestión de Recursos Financieros,
Humanos, Materiales y Obra Pública
Gestión por Resultados
Inventarios
Generación de Información Financiera
Administración del Cambio
Cambio y cultura organizacional
Comunicación
Entrenamiento
Instalación del Consejo Estatal
Personal dedicado a la Armonización
Contable
Programa de Instrumentación del
proceso de transformación
Adopción y/o Emisión
Adecuación de las Normas CONAC
ESQUEMA GENERAL DEL DIAGNÓSTICO Y DE EVALUACIÓN
Áreas de Diagnóstico y Evaluación
Alineación de los procesos
institucionales a la normatividad del
CONAC
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CARACTERÍSTICAS DEL MECANISMO DE DIAGNÓSTICO Y EVALUACIÓN DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE
Participación incluyente de contralorías, órganos de fiscalización y consejos estatales, más los funcionarios fiscales.
Levantamiento del directorio (por primera vez) de los entes públicos y directorio de funcionarios.
Auto diagnóstico de los entes públicos en materia de: Adopción
Normativa Gestión del cambio
Implementación Incorporación de las normas CONAC en los procesos
institucionales Integración de Sistemas (sistemas de gestión, de egresos,
ingresos, contabilidad, de generación de información financiera)
Capacitación Verificación y evaluación del avance en la armonización contable. Programa de recomendaciones y compromisos de los entes públicos.
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MODELO DE DIAGNÓSTICO Y EVALUACIÓN DEL NIVEL DE DESARROLLO
El modelo es una herramienta para un análisis cualitativo sobre el estado que guarda cada ente público en materia de armonización contable.
Cualidades del modelo: Descriptivo: medio de consulta (diagnóstico) para que el ente público
ubique sus capacidades actuales (evaluación) en función de cuatro niveles de desarrollo (1-Básico, 2-Medio, 3-Alto, 4-Mejora).
Analítico: identifica las fortalezas y debilidades, ubicando las causas y factores que requieren soluciones (recomendaciones).
Prescriptivo: identifica los distintos niveles de desarrollo en forma secuencial y ordenada y permite generar una agenda y ruta para alcanzar mayores niveles (programa de compromisos).
Comparativo: ubicado el nivel de desarrollo actual del momento, será posible contrastarlo al interior del ente público y entre los entes públicos, haciendo posible el intercambio de mejores prácticas a nivel nacional.
ALCANCES Y FUNCIONALIDADES
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IMPLEMENTACION DEL SISTEMA GUBERNAMENTAL ARMONIZADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA (SIG@IF)
Operación 7x24, 365 días por año
Carta de adhesión con el
Secretario Técnico del
CONAC
Servicio en la nube
60% costo PEF40 % costo Ente
Público
Propiedad del CONAC
Sin costos de licenciamiento
Requisitos normativos básicos
Clasificadores Presupuestarios
Plan de Cuentas
Asegura artículo 19 de la LCCG
Municipios
Organismos Descentralizados Estatales
Organismos Descentralizados Paramunicipales
Solución Tecnológica
Cargados los Catálogos CONAC
Apertura de catálogos del Ente Público
Viabilidad técnica y económica
Clasificación Administrativa
Operaciones de la gestión
Presupuesto
Contabilidad
Capacitación del sistema
Información financiera
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El SIG@IF fue desarrollado para operar con los siguientes aspectos técnicos:
i. Servicios de internet con capacidades desde 1 mega byte.
ii. Equipos de cómputo con capacidades mínimas de Windows XP, 512 mega bytes en RAM, procesador Pentium 4.
La implementación del SIG@IF iniciará al suscribir una carta de adhesión con el Secretario Técnico del CONAC.
Además, suscribir los requerimientos de servicios en la nube.
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA IMPLEMENTACIÓN
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23 de Octubre, 2012.
Significado y retos de la Armonización Contable
Alfonso Medina y Medina Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamentalen la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ySecretario Técnico del [email protected], [email protected]
SECRETARIO TÉCNICO DEL