24622 - 2002 - 523 - 1361 - 1464 · PDF fileOFICINA Calle Quinta Este, Edificio ......

download 24622 - 2002 - 523 - 1361 - 1464 · PDF fileOFICINA Calle Quinta Este, Edificio ... edificación desde el nivel de piso acabado hasta la parte superior del techo, definida en función

If you can't read please download the document

Transcript of 24622 - 2002 - 523 - 1361 - 1464 · PDF fileOFICINA Calle Quinta Este, Edificio ......

  • ZACETA OFICIikI, AOXCVD PANAM&RDEPANAMh JUJZVES 22 DE AGOSTO DE 2002 N 24,622

    f . .

    CONTENIDQ

    MINISTERIO DE VIVIENDA RESOLUCION N* 160-2002

    (De 22 de julio de 2002) POR LA CUAL SE CREAN LOS CODIGOS DE ZONA Y NORMAS DE DESARROLLO URBANO PARA EL AREA DEL CANAL.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 1

    VIDA OFICIAL DE PROVINCIA CONSEJO MUNICIPAL DE PENONOME

    ACUERDO NP 7 (De 19 de julio de 2002)

    POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONAN DOS LITERALES AL ARTICULO DECIMO SEXTO DEL ACUERDO N* 18 DE SEPTIEMBRE 14, DE 2001. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 97

    ACUERDO NQ 8 (De 19 de julio de 2002)

    POR MEDIO .DEL CUAL SE REGLAMENTA LA VENTA Y USO DE LOS LOTES MUNICIPALES UBICADOS EN ELANEXO DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DE PENONOME, DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 33, DEL ACUERDO N 01 DE 4 DE ENERO DE 2002. . . . . . . . . . . . . . . PAG. 99

    AVISOS Y EDICTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 102

    c

    MINISTERIO DE VIVIENDA RESOLUCION Np 160-2002

    (De 22 de julio de 2002)

    Por la cual se crean los Cdigos de Zona y Normas de Desarrollo Urbano para el Area del Canal.

    EL MINISTRO DE VIVIENDA,

    EN USOS DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,

    CONSIDERANDO:

    Que la Ley 9,~de 25 de enero de 1973, crea al Ministerio de Vivienda con la finalidad de establecer, coordinar y asegurar de manera efectiva la ejecucin de una poltica nacional de Vivienda y Desarrollo Urbano, sealndole entre sus funciones la de establecer las normas de zonificacin, consultando con los organismos nacionales, regionales y locales pertinentes.

  • Gaceta oeial, jueves 22 de agosto de 2002 No 24,622

    GACETA OFICIAL ORGANO DEL ESTADO

    ,I Fundada por el Decreto de Gabinete N 10 del ll de noviembre de 1903

    LICDO. JORGE SANIDAS A. LICDA. YEXENIA RUIZ DIRECTOR GENERAL SUBDIRECTORA

    OFICINA Calle Quinta Este, Edificio Casa Alianza, entrada lateral primer piso puerta 205, San Felipe Ciudad de Panam,

    TelCfono: 227.9833 -Fax: 227-9830 Apartado Postal 2 189

    Panam%, Repblica de Panam LEYES, AVISOS, EDICTOS Y OTRAS

    PUBLICACIONES PRECIO: Iu3.70

    IMPORTE DE LAS SUSCRIPCIONES Mnimo 6 Meses en la Repblica: B/. 18.00

    Un ao en la Repblica B1.36.00 En el exterior 6 meses Bl.18.00, ms porte areo Un ao en el exterior. B1.36.00, ms porte areo

    Todo pago adelantado.

    hprcro cn lor dlcrer de Editon Dominid S.A.

    Que a travs de la Ley 21 de 2 de julio de 1997 fue aprobado~el Plan General de Uso, Consrvacin y Desarrollo del Area del Canal, el cual tiene entre sus objetivos servir como marco normativo para las zonificaciones y el uso de suelo en el Area del Canal.

    _..

    Que es evidente que los cdigos de zonificacin vigentes en el pas no se ajustan a la estructura urbana del Area del Canal, por lo que se hace necesario crear nuevos cdigos de zona que faciliten la transformacin civil de las bases militares y sus reas administrativas adyacentes, manteniendo el concepto de ciudad jardn, integrndolas al desarrollo urbano y econmico de la Repblica d.e Panam.

    Que en respuesta a las necesidades planteadas, el Ministerio de Vivienda en consulta con la Autoridad de la Regin Interocenica ha procedido a efectuar las investigaciones y andlisis respectivos a fin de incorporar el territorio de ia antigua Zona del Canal al crecimiento urbano de las ciudades de Panam y Coln.

    Que estos estudios han tomado en consideracin las directrices dadas por el Plan Metropolitano, brindando la posibilidad de crear centros urbanos de una manera econmica y ambientalmente sostenibles que permitan desahogar las congestionadas ciudades de Panam y Coln.

    Que con fundamento en lo anteriormente expuesto,

  • No U,627 CacetaOkitd,jueves22deagostode2002 3

    RE!XJELyE:

    ARTICULO 1: Crear y aprobar los cnJigos y normas de desarrollo urbano para el Areadel Canal. .

    TITULO 1

    DISPCiSICIONES GENERALES

    CAPITULO 1

    OBJETIVOS Y FINES

    ARTICULO 2: Los objetivos de los cdigos de desarrollo u-barro para el Area del Canal son los siguientes:

    1. Establecr cdigos de desarrollo urbano que incluyan como principio bsico mantener el carcter de la Ciudad Jardn dentro de la Regin Interocenica, que promuevan una imagen visual armnica con el medio natural y el entorno urbano. Estos cdigos deben ayudar a definir el carcter de un esp&cio y a la vez ser flexibles y adaptables a la dinmica del desarrollo social, econmico y urbano del pas.

    2. Replantear la escala y estructura de la ciudad, en espacios que tomen en cuenta la escala humana, sus necesidades y su confort como principal usuario, a travs de normas para la construccin, reconstruccin y remodelacin de cualquier estructura e iniaestrtktura, as como el diseo, y desarrollo_del espacio abierto dentro del Area del Canal.

    -

    CAPITULO II

    GLOSARIO DE TERMINOS

    ARTICULO 3: Los trminos que se presentan en esta Resolucin Ministerial tienen el siguiente significado:

  • 4 -

    Gaceta Oficial, jueves 22 de a&kto de 2002 N24,622

    A l Actividadprimaria: Actividad que ocupa el

    mayor porcentaje de uso del suelo del polgono con respecto a otras actividades y por lo tanto es la que tiene prioridad para establecerse dentro de la categora correspondiente.

    l Actividad complementaria: Actividad que sirve de complemento a la primaria. Ocupa un porcentaje de uso del suelo menor con respecto al total del polgono en que se desarrolla.

    l Altura (H): Altura permitida de cualquier edificacin desde el nivel de piso acabado hasta la parte superior del techo, definida en funcin de la lnea de construccin por un factor numrico (x) dado por la norma para cada actividad, es decir: h ~.xLc. Esta definicin establece una relacin direc.ta entre la amplitud de la va y la edificacin que le sirve de marco. Internamente las edificaciones podrn tener tantos pisos como la altura mxima y el confort lo permitan.

    l Area comercial: Todo espacio cerrado destinado a la confeccin, transformacin, almacenamiento, venta, compra o distribucin de bienes y servicios, incluyendo los accesos directos a los mismos.

    l Area social: Todo espacio abierto o cerrado destinado al esparcimiento y recreacin de los residentes de una comunidad o edificacin dada.

    l Area cerrada.. Todo espacio contenido por estructuras verticales permanentes, tin al menos % partes de sus costados. I L

  • No 24,622 Gaceta Oficial, jueves 22 de agosto de 2002 5

    mArea de ocupacin: Es la porcin de lote sobre la cual se puede asentar la edificacin, sin que necesariamente se tenga que incluir el estacionamiento.

    l Are lotificable: Total de superficie a desarrollar, puede ser todo el polgono o una porcin del mismo. Incluye los siguientes elementos: lotes residenciales, infraestructura, espacios abiertos, reas comerciales y servicios institucionales.

    l Area verde libre: Area destinada a la siembra de vegetacin arbrea, arbustiva y tapizante, su superficie debe ser siempre suave.

    C

    l Carctzr: define la funcin, la forma y las cualidades fisicas de un espacio especfico. El carcter se traduce a su vez en sensaciones e imgenes definidas desde la perspectiva de los seres humanos. Establece los elementos que distinguen la calidad del desarrollo urbano buscado.

    u-

    l- ,

  • 6 Gaceta Oficial, jueves 22 de agosto de 2002 N-24,622

    . Cedigos de desarrollo urbano: Son el conjunto de normas que definen el carcter, usos especticos y las restricciones de diseo urbano para un espacio determinado.

    D

    l Densidad neta de poblacih: Relacin entre la superfkie de un lote o rea urbanizable y la cantidad de personas que habitaran dentro de l.

    E

    l Escala urbana: Calidad que establece una mayor magnitud en densidad e intensidad de uso de las edificaciones y servicios con respecto al entorno y sus usuarios.

    l Escala vecinal: Porcin de espacio urbanizado de menor magnitud en densidad e intensidad de usos del suelo. Est referida, primordialmente, a su situacin fisica y relacin inmediata con los sectores residenciales, el equipamiento urbano y las actividades socioeconmicas y culturales que le son comunes al forma,, una comunidad.

    l Espacio bierto: Espacio al aire libre o parcialmente techado, que permite una interrelacin entre el entorno natural 0 artificial Y las personas, establecindose en el mismo relaciones sociales y culturales entre ellos y dicho entorno.

  • N 24,622 Gaceta Oficial, jueves 22 de agosto de 2002

    F

    l Frente de Zote: Distancia en metros lineales que puede tener el frente de un lote. El fondo y la forma del lote lo determina la topografta y la superficie de lote.

    l Impacto visual y ambiental: Para la edificacin, es el efecto que produce sobre el entorno natural y urbano en un espacio especfico. Es as, que el menor impacto se define por una alteracin mnima de la estructura en el entorno, y el mayor impacto se define por cambios drsticos de la estructura en ese mismo entorno.

    l Intensidad.. Se define por la relacin entre los espacios llenos y vacos, entre el volumen del espacio abierto y el cerrado. Cuando el espacio abierto es predominante con respecto a las edificaciones, estamos hablando de una baja intensidad; en cambio cuando las edificaciones ocupan mayor volumen que el espacio abierto, estamos hablando de alta intensidad.

  • Gaceta Otkiel, jueves 22 de agosta de 2002 N24,622

    L