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DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y SECTOR PÚBLICO 1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO PARA LA REALIZACIÓN DE UN “TRABAJO DE CAMPO DESTINADO A GENERAR UNA BASE DE DATOS DE APROXIMACIONES POSTALES SEGUNDAS BASADA EN LA INFORMACION CATASTRAL Y EL CALLEJERO MUNICIPAL, CONECTANDO LAS INSCRIPCIONES PADRONALES A LA BASE DE DATOS OBTENIDA Y ACTUALIZANDO EL CENSO DE LOCALES Y ACTIVIDADES” Expte. 300/2017/00609 Índice 1. INTRODUCCIÓN...................................................................................................................................... 2 2. OBJETO DEL CONTRATO ...................................................................................................................... 3 2.1 Modificación del contrato ........................................................................................................................ 3 3. FINALIDAD DEL CONTRATO ................................................................................................................. 4 4. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL CONTRATO ........................................... 4 4.1.1 Ámbito geográfico................................................................................................................................ 4 4.1.2 Objetivos del trabajo ............................................................................................................................ 5 4.1.3 Sistema de trabajo............................................................................................................................... 5 4.1.4 Fases del trabajo ................................................................................................................................. 6 4.1.4.1. Cruces previos a campo.................................................................................................................. 6 4.1.4.2. Campo ............................................................................................................................................. 8 4.1.5 Calendario de trabajos ...................................................................................................................... 13 4.1.6 Entrega de las Secciones terminadas ............................................................................................... 13 4.1.7 Ficheros e informes ........................................................................................................................... 13 4.2 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR ..................................................................................................... 14 4.2.1 Cronograma detallado del proceso ................................................................................................... 14 4.2.2 Diseño ............................................................................................................................................... 14 5. EQUIPO DE TRABAJO ....................................................................................................................... 15 5.1 Medios personales ............................................................................................................................... 15 5.2 Medios materiales por cuenta del adjudicatario ................................................................................... 17 5.3 Medios materiales a facilitar por la administración .............................................................................. 17 5.4 Coordinación y supervisión de los trabajos .......................................................................................... 17 6. SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD ............................................................................................. 18 7. CLÁUSULAS SOCIALES .................................................................................................................... 18 8. PROPIEDAD INTELECTUAL. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y SECRETO ESTADÍSTICO ............................................................................................................................................ 20 8.1 Propiedad intelectual de los trabajos ................................................................................................... 20 8.2 Confidencialidad, protección de datos personales y seguridad de la información .............................. 20 8.3 Secreto estadístico ............................................................................................................................... 22 Firmado por: ANTONIO BERMEJO AGUÑA Fecha: 11-04-2017 15:21:30 Página: 1 de 23 Código de verificación : PY09493c082f01a5 Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PY09493c082f01a5

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DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y

SECTOR PÚBLICO

1

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO PARA LA REALIZACIÓN DE UN “TRABAJO DE CAMPO DESTINADO A GEN ERAR UNA BASE DE DATOS DE APROXIMACIONES POSTALES SEGUNDAS BASADA EN LA INFORMACION CATASTRAL Y EL CALLEJERO MUNICIPAL, CON ECTANDO LAS INSCRIPCIONES PADRONALES A LA BASE DE DATOS OBTENID A Y ACTUALIZANDO EL CENSO DE LOCALES Y ACTIVIDADES”

Expte. 300/2017/00609

Índice 1. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................................... 2 2. OBJETO DEL CONTRATO ...................................................................................................................... 3 2.1 Modificación del contrato ........................................................................................................................ 3 3. FINALIDAD DEL CONTRATO ................................................................................................................. 4 4. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL CONTRATO ........................................... 4 4.1.1 Ámbito geográfico ................................................................................................................................ 4 4.1.2 Objetivos del trabajo ............................................................................................................................ 5 4.1.3 Sistema de trabajo ............................................................................................................................... 5 4.1.4 Fases del trabajo ................................................................................................................................. 6 4.1.4.1. Cruces previos a campo .................................................................................................................. 6 4.1.4.2. Campo ............................................................................................................................................. 8 4.1.5 Calendario de trabajos ...................................................................................................................... 13 4.1.6 Entrega de las Secciones terminadas ............................................................................................... 13 4.1.7 Ficheros e informes ........................................................................................................................... 13 4.2 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR ..................................................................................................... 14 4.2.1 Cronograma detallado del proceso ................................................................................................... 14 4.2.2 Diseño ............................................................................................................................................... 14 5. EQUIPO DE TRABAJO ....................................................................................................................... 15 5.1 Medios personales ............................................................................................................................... 15 5.2 Medios materiales por cuenta del adjudicatario ................................................................................... 17 5.3 Medios materiales a facilitar por la administración .............................................................................. 17 5.4 Coordinación y supervisión de los trabajos .......................................................................................... 17 6. SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD ............................................................................................. 18 7. CLÁUSULAS SOCIALES .................................................................................................................... 18 8. PROPIEDAD INTELECTUAL. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y SECRETO ESTADÍSTICO ............................................................................................................................................ 20 8.1 Propiedad intelectual de los trabajos ................................................................................................... 20 8.2 Confidencialidad, protección de datos personales y seguridad de la información .............................. 20 8.3 Secreto estadístico ............................................................................................................................... 22

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1. INTRODUCCIÓN Entre las competencias asignadas a la Dirección General de Economía y Sector Público, según se señala en el punto 8º apartado 1.6. Estadística, del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, se encuentran:

“1.3. En materia de empadronamiento: a) La formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón municipal de habitantes, de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado. … “1.5. En materia estadística: g) Mantener y actualizar el Censo de establecimientos de actividad económica ubicados en la Ciudad de Madrid, en lo referente a la base de datos comunes del mismo, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 3 de abril de 2008, por el que se adoptan medidas para la mejora del servicio de concesión de licencias urbanísticas y del servicio de disciplina urbanística.”

Para ambos, Padrón Municipal de Habitantes y Censo de Locales, la conexión con el callejero oficial del ayuntamiento, a través de la Base de Datos Ciudad (BDC), es básica, al contener ésta la relación exhaustiva de todas las direcciones oficiales de la ciudad, en lo que se conoce como “aproximación postal primera” (APP), que identifica una calle y un número (más calificador en caso de existir). Sin embargo, ambas aplicaciones necesitan llegar más allá de la APP e identificar, de manera clara dentro del edificio, cada hueco (inmueble en terminología de catastro), para lo cual han de complementar la información de la dirección con más datos de identificación. Dichos datos constituyen lo que se denomina “aproximación postal segunda” (APS) y hacen referencia a la escalera, planta y puerta. Sólo la combinación de ambas, la APP más la APS, permite identificar, de forma unívoca, un hueco, hecho que es primordial en las citadas aplicaciones. A día de hoy, la inexistencia de la APS dentro del callejero municipal oficial, obliga a cada aplicación a gestionar la suya propia, sin que existan criterios de gestión claros ni se apliquen reglas de normalización, lo cual genera multitud de inconvenientes para la gestión municipal y da lugar a errores, al resultar complicado tener certeza de la identificación del hueco sobre el que se quiere actuar (dar un alta o una baja de un habitante, emitir un recibo tributario, asociar una actividad…). La experiencia en Padrón Municipal de Habitantes nos indica que, incluso al propio vecino, le resulta complicado facilitar información precisa que identifique, sin ningún género de duda, cual es el hueco en el que se quieren empadronar. En ocasiones presentan recibos de compañías de suministro, a las cuales la precisión en la identificación del hueco en el nivel de APS, les resulta indiferente, lo que puede dar lugar a que se empadrone a un ciudadano en una vivienda que no es en la que reside, con los trastornos que esto ocasiona. Una problemática similar afecta al Censo de Locales. Así, y tras haber analizado diferentes alternativas, se ha considerado que la solución al problema planteado pasa por extender el callejero oficial hasta la APS, de manera que el Ayuntamiento disponga de una base de datos en la que se recoja información de la identificación de todos los huecos de los edificios de la ciudad. Para conseguir este objetivo, se ha optado por recurrir a la información de la que dispone catastro, que tiene censadas todas las fincas e inmuebles de la ciudad y que además la mantiene mediante un proceso de actualización continua, a partir del cual el Ayuntamiento

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podría desarrollar un sistema de actualización de una futura base de datos de APS que se sustentara sobre información catastral. En este nuevo proyecto, ha de jugar un papel clave la referencia catastral a 20 dígitos, la cual permite identificar, en la gran mayoría de las ocasiones, cada hueco (vivienda, garaje, local, trastero…) de forma clara, ya que, si bien es cierto que existe un porcentaje de edificios que, al ser de propietario único, no disponen de división horizontal con lo que para ellos la referencia catastral no permitiría diferenciar sus huecos, el volumen de huecos afectados se estima que no supera el 5% del total (sobre un universo de más de 2 millones de registros) Por lo tanto el primer trabajo a acometer es generar esa base de datos de APS’s mediante un trabajo de campo que, partiendo de la información catastral y de callejero municipal, contraste con la realidad la validez y exactitud de dichas fuentes; además, y por una cuestión de economía de medios, se pretende simultanear dicho trabajo con otros dos muy relacionados:

• Asociar las inscripciones padronales existentes en el momento de realizar el trabajo de campo con los nuevos identificadores de hueco que se van a generar a partir de la información de catastro

• Actualizar los datos de la actividad de los locales puerta de calle y de los locales interiores, ligando ambos a la nueva base de APS’s

La razón de simultanear ambos trabajos con el de generación de la base de datos de APS, se explica por el hecho de que, tanto Padrón de Habitantes como Censo de Locales, son responsabilidad directa de la S.G.Estadística, por lo que es tarea de dicha Subdirección conectarlas con la nueva base de callejero que se genere.

Además, y en lo que hace referencia a la actualización de los datos de la actividad del censo de locales, señalar que, dado que éste se ha convertido en una herramienta de amplio uso, tanto para la propia gestión municipal, como para el ciudadano, a través de la información que se difunde en la Web y en el portal de datos abiertos, entre otros, la mejora de su calidad es una demanda que existe dentro y fuera del propio ayuntamiento.

Por tanto se pretende recoger de forma exhaustiva, la actividad localizada en el interior de los edificios. También es objetivo revisar los datos de los locales Puerta de Calle (numeración asignada, rótulo, actividad, exhibición del cartel con el Código Identificativo correcto) ya que, a lo largo de los 5 años de vida del censo, algunos procesos de actualización no han funcionado correctamente y se han generado errores. Todo ello redundará en un beneficio para la propia gestión municipal y para el ciudadano.

2. OBJETO DEL CONTRATO Es objeto del presente contrato el servicio que precisa el Ayuntamiento de Madrid consistente en llevar a cabo un trabajo de campo de carácter censal, orientado a obtener una base de datos de las aproximaciones postales segundas de los edificios de toda la ciudad, confirmando la primera aproximación postal, asociar las inscripciones padronales a la nueva base de datos y actualizar el censo de locales y actividades para los locales interiores y los locales puerta de calle, asociando también ambos a la nueva base.

2.1 Modificación del contrato

El número estimado de unidades totales a ejecutar por el adjudicatario es:

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Tipo de unidad Total ciudad

Viviendas 1.455.046

Inscripciones

padronales 1.056.292

Puerta calle abiertos 93.540

Puerta calle cerrados 32.824

Interiores abiertos 36.802

Secciones 2.420

Dado que las cifras indicadas constituyen una estimación procedente de un cálculo de las diferentes unidades a liquidar (aproximaciones postales segundas, inscripciones padronales, locales con actividad y locales puerta calle cerrados) y, por lo tanto, podría suceder que en la realidad nos encontremos con más unidades a censar que las inicialmente previstas, se ha considerado, de conformidad con lo establecido en el art.106 y en la disposición adicional trigésima cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que el presente contrato se pueda modificar, si se cumple el supuesto señalado y las necesidades reales de las prestaciones a ejecutar fuesen superiores a las estimadas inicialmente. La modificación podrá afectar hasta un máximo del 20% del precio máximo de adjudicación del contrato y se tramitará de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del citado texto legal. La decisión al respecto se tomará en el momento en el que, a la vista de lo ya ejecutado se prevea que, con base en la experiencia de las secciones ya cerradas, el número de unidades aún por recoger vaya a ser mayor que el inicialmente previsto. En ese momento se procedería a tramitar la modificación por el importe necesario, que en ningún caso podría sobrepasar el límite máximo del 20% indicado.

3. FINALIDAD DEL CONTRATO Los fines que persigue el presente contrato son:

• Obtener una base de datos de Aproximaciones Postales Segundas (APS) basada en la información catastral y de callejero y contrastada con la realidad, donde la referencia catastral a 20 posiciones sea elemento clave, de manera que se obtenga, para cada edificio de Madrid, su estructura completa de huecos ligados al callejero municipal (BDC) y con información normalizada de la escalera, planta y puerta.

• Establecer la correspondencia de las inscripciones padronales con la nueva base de datos de direcciones postales segundas

• Mejorar los datos del censo de locales y actividades completando y/o revisando la información de la actividad relativa a los locales interiores y a los locales puerta de calle, obteniendo además para todos el dato de empleo y ligándolos a la nueva base de APS`s

4. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL CONTRATO

4.1.1 Ámbito geográfico

El Municipio de Madrid.

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4.1.2 Objetivos del trabajo • Objetivo 1 Obtener una base de datos de Aproximaciones Postales Segundas (APS)

basada en la información catastral y contrastada con el callejero municipal y con la realidad

• Objetivo 2. Relacionar las inscripciones del padrón municipal de habitantes con la nueva base de datos de APS obtenida

• Objetivo 3 Realizar una revisión de todas las actividades existentes en locales en el interior de los edificios recogiendo la información completa y asociando los locales a la nueva base de datos de APS

• Objetivo 4 Revisión de Locales Puerta de Calle y de sus actividades, estableciendo la correspondencia entre el código identificativo de local municipal y la dirección postal completa del local según la base de APS

4.1.3 Sistema de trabajo Partiendo de la relación completa de direcciones existentes en la Base de Datos Ciudad (BDC) y con información gráfica que incluya, como fondo urbano, las fincas o parcelas de catastro, la capa de edificios de la cartografía municipal, la rotulación de vías, la numeración de los edificios (capa de códigos de NDP-número de policía-) y los códigos identificativos de local puerta de calle, deberá realizarse un recorrido exhaustivo de todo el término municipal, utilizando como unidad de trabajo la sección censal. Del párrafo anterior se puede deducir que la empresa adjudicataria deberá desarrollar una aplicación de gestión para dispositivos móviles que le permita manejar todas las capas de información gráfica relacionadas en el punto anterior. Dicha aplicación debe de ir guiando al agente en su recorrido de la sección y en ella deberá irse recogiendo toda la información que el agente deba recopilar. La mecánica de trabajo, dentro de cada sección, consistirá en establecer, para cada edificio y/o parcela, la correspondencia entre la APP asignada al mismo en BDC y la APP asignada en catastro, de forma que, al final del trabajo, las direcciones de catastro tengan asignado un código de NDP (código numérico que identifica en BDC cada APP).

Una vez establecida la correspondencia a nivel de edificio, se partirá de la estructura que facilite catastro para la APS (identificación de los huecos y su escalera, planta y puerta), debiéndose contrastar la coherencia de dicha estructura con la realidad, recogiendo los cambios que sean necesarios en escalera, planta y puerta, sin perder la conexión con el hueco (inmueble) de catastro. Es importante que, desde campo, se dé información de cada uno de los huecos de partida de catastro, tratando de reutilizar para la estructura final de los edificios, el mayor número posible de registros de catastro, incluidos los de los inmuebles de planta baja. Este objetivo debe prevalecer, incluso en el caso en que se tengan que modificar los datos de dirección del edificio en catastro (APP) al asociar con el callejero oficial -BDC-. Una vez obtenida la estructura completa del edificio, se intentará asociar cada inscripción padronal de habitantes empadronados en el mismo, con el hueco que le corresponda de la nueva estructura, bien a través de la coincidencia en los datos de APS que consten en la base de datos de padrón y los que resulten de la revisión en campo del edificio, bien a través de los propios habitantes al localizarlos a través de la información de los buzones. A continuación se procederá a recorrer todos los huecos interiores en los que, según el portero automático, el físico si lo hubiera o la información que aparece en el buzón, exista indicio de

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que se está llevando a cabo una actividad económica. Dichos huecos deberán ser visitados en su totalidad y, para todos aquellos que se confirme que realmente están activos, se procederá a recoger los datos de titular de la actividad (nombre o razón social y cif/nif) y características de la misma (descripción de la actividad para su posterior codificación), incluido el empleo. Finalmente se revisarán todos los locales puerta de calle comprobando la numeración (código identificativo de local y edificio de pertenencia), la presencia o no de cartel identificativo y si éste es o no correcto; a continuación se verificará si el rótulo es correcto, modificándolo en caso de que no lo sea y se comprobará si la actividad codificada coincide con la que se deduce a la vista del local, de forma que, si ésta hubiera cambiado, deberá describir la nueva, para su posterior codificación; por último se entrará en el local para comprobar si los datos del titular son correctos o han variado, en cuyo caso deberá recogerlos (nombre o razón social y NIF(CIF) y solicitar el dato del empleo del establecimiento.

4.1.4 Fases del trabajo

4.1.4.1. Cruces previos a campo

A. Cruce en el nivel de APP Antes de pasar a describir los cruces de información que se consideran necesarios con carácter previo a la salida a campo, se presenta un ejemplo del contenido de una APP tanto en la BDC como en Catastro. En BDC la APP consta de: “clase” que señala con un valor “1” si la dirección es “normalizada” (es decir, es una dirección que existe en el callejero oficial) o con un valor “9” si es no normalizada (es decir, es una dirección que ha generado la aplicación de padrón por no existir una normalizada), “NDP” código numérico que identifica un punto con una coordenada x-y al que se le asignan una serie de atributos (que veremos a continuación), “Codvia” codifica de forma única una combinación de “Clase de vía”+ ”Nombre de vía”, “Clase de via” indica si es calle, plaza, avenida…, “Via” indica el nombre de la calle o vía, “Nom” recoge el tipo de numeración utilizado (Numero, kilometro, bloque, sin número-s/n-…),”Num” recoge el número, “cal” recoge en forma alfabética un complemento al número si fuera necesario, “Dis” recoge el distrito municipal, “Bar” recoge el barrio y “Sec” recoge la sección censal, ”CP” recoge el código postal, “COORDX” y “COORDY” recogen las coordenadas x-y y por último “REFERENCIA” recoge la referencia catastral de la finca o parcela (este dato puede estar en blanco en algunos casos). CLASE NDP CODVIA CLASEVIA VIA NOM NUM CAL DIS BAR SEC CP COORDX COORDY REFERENCIA

1 11048307 494400 CALLE MATARO NUM 54 8 6 120 28034 441016,6 4482718,4 1229887VK4812G En cuanto al formato de dirección utilizado por catastro, indicar que, catastro asigna una única dirección a cada finca o parcela y, en un segundo nivel, asigna direcciones a cada uno de los edificios que existen dentro de la finca, con la particularidad de que, para diferenciarlos, a veces utiliza número y calificador y a veces utiliza “escalera”. Esto plantea una complicación a la hora de tratar de cruzar las direcciones, al nivel de APP, con las de BDC, ya que la BDC no tiene el campo escalera. Lo que suele suceder en la práctica es que, en algunas ocasiones, nos podemos encontrar con que la BDC ha utilizado el campo del “calificador” para diferenciar APP’s y mientras que catastro ha recurrido al dato de la escalera. Este hecho hay que tenerlo en cuenta a la hora de plantear el primer cruce de información al nivel de APP. Veamos un ejemplo de una dirección en catastro; se observa cómo toda la finca tiene una única dirección asignada, pero cada edificio dentro de ella tiene su propia dirección:

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fin_rc14 codvia clase via numero cal codvia_i clase_i via_i num_i ca l_i esc_i

0082202VK5708C 9176 CL CANOA 1 9161 CL BATEL 1 1

9176 CL CANOA 1 2

9176 CL CANOA 3 3

9176 CL CANOA 5 4

9176 CL CANOA 7 5

9176 CL CANOA 7 D

9176 CL CANOA 9 6

9176 CL CANOA 11 7

Direccion de la finca Direccion de los edificios

Dicho lo anterior, señalar que, con carácter previo a la salida a campo, el adjudicatario llevará a cabo un análisis de la información que se le entregue, realizando un cruce de las bases de datos de partida. Se sugiere una clasificación en grupos que requieran un tratamiento diferenciado, teniendo en cuenta que, en el caso de las APP’s del fichero de catastro, se deberá considerar que la escalera puede formar parte de la dirección postal primera, cosa que no sucede con BDC (como ya se ha indicado anteriormente):

• Grupo 1: Fincas que sólo tienen una APP de catastro (considerando la variable

escalera) y una APP de BDC (que se queda en calificador). De partida se establecerá la correspondencia entre ambas direcciones, incluso si hubiera discrepancias de calle y número (puede suceder que el ayuntamiento haya numerado por una fachada distinta a la de catastro), y en campo se verificará si la unión es correcta y ambas direcciones hacen referencia al mismo edificio.

• Grupo 2: Fincas con una sola APP de catastro (considerando la variable escalera) y varias de BDC. Sólo en caso de que alguno de los números de BDC coincidiera con el de catastro podría plantearse el enganche, si bien, en caso de que se lleve a cabo, requerirá especial atención en campo. Lo más probable es que, en este caso, se tenga que ir a campo sin ninguna propuesta de cruce, ya que la correspondencia no podría establecerse.

• Grupo 3: Fincas con varias APP’s de catastro (considerando la variable escalera) y una sola de BDC. Sólo en caso de que alguno de los números de catastro coincidiera con el de BDC podría plantearse el enganche, si bien, en caso de que se lleve a cabo, requerirá especial atención en campo. Otra posibilidad podría ser considerar la estructura que tiene recogida padrón de habitantes, por si hubiese escaleras, y a través de ellas se pudiese establecer una correspondencia.

• Grupo 4: Fincas con varias APP’s de catastro (considerando la variable escalera) y varias de BDC. En este caso se establecerá la correspondencia siempre que coincidan todos los datos (tipo, nombre y número + calificador), teniendo en cuenta que en ocasiones la correspondencia, a igual calle y numero en catastro y en BDC, deberá establecerse relacionando el calificador de BDC con la escalera de catastro, debiendo considerarse, incluso, tablas de equivalencia que contemplen correspondencias entre un dato numérico de escalera y un dato alfabético de calificador de BDC (relacionar la esc 1 de catastro con el calificador A de BDC y así sucesivamente). Estas correspondencias, en caso de establecerse, requerirán una confirmación de campo que garantice que hablamos del mismo edificio, ya que podría ocurrir que la regla no se cumpliera siempre.

Aparte de los grupos anteriores existirán dos restos:

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• Direcciones de BDC que, siendo del tipo 1, esto es, direcciones normalizadas, no tengan dato de parcela catastral (no llega al 1,5% del total)

• Direcciones del tipo 9, esto es, no normalizadas, que son direcciones generadas específicamente por la aplicación de gestión de padrón y que pueden tener o no parcela catastral

El primer resto deberá considerarse a la hora de relacionar APP’s de catastro y de BDC, mientras que con el segundo probablemente resulte imposible decir nada de él en campo, aunque debe intentarse. En esta fase requerirán especial atención los casos en los que el tipo de NDP asociado a una dirección de catastro sea distinto de “PO” portal (como puedan ser “FF” -frente de fachada-, “GA –garaje- “JR” –jardín- o “PA”-parcela-), ya que pueden ser errores de la BDC que se deban corregir.

B. Cruce en el nivel de APS

Dado que la BDC no llega a recoger datos de APS, la única posibilidad que se puede contemplar para efectuar un cruce previo a campo es la de contrastar con la información de APS que aparece en padrón de habitantes, para aquellos casos en los que se ha podido establecer una correspondencia entre las APP’s de catastro y las de BDC. El cruce tiene la ventaja de que todo aquello que se pueda relacionar, facilitará el trabajo de campo descrito en el objetivo 2 antes indicado. Así, partiendo del cruce descrito en el punto “A” y para aquellos casos en los que se haya podido establecer una relación en el nivel de la APP, se llevará a cabo un cruce de la estructura de huecos de catastro con la que se obtiene de padrón a partir de Escalera-Planta-Puerta. Esta fase va a requerir procesos previos de limpieza y normalización de los campos de escalera, planta y puerta de ambas fuentes, con el fin de que el cruce gane en efectividad. Puede ser interesante establecer reglas para la denominación de puertas, similares a las que se han sugerido para la fase anterior de escaleras y calificadores, haciendo equivaler el 1 a la A, el 2 a la B y así sucesivamente, y viceversa. Se sugiere la posibilidad de utilizar procedimientos que asignen vectores de pesos calculados mediante funciones de comparación, de forma que, para los pares de registros relacionados, se disponga de una medida de la bondad esperada del enlace efectuado, de cara a su revisión posterior en campo. El fichero de partida de catastro incluirá todos los inmuebles, si bien, de cara a los cruces y al contraste en campo, sólo se considerarán los inmuebles de uso vivienda o local (que, básicamente, coincidirán con los inmuebles sobre rasante). El resto de inmuebles pasarían directamente a formar parte de la base de datos final, sin ser objeto de contraste en campo, aunque si se solicitará para ellos un trabajo de normalización y depuración de la información de escalera, planta y puerta. Esta fase de cruces previos, junto con la de diseño de la aplicación informática de campo son las únicas para las que se contempla la posibilidad de subcontratación , considerando que el importe a subcontratar no debe superar el 7% del precio máximo de adjudicación del contrato.

4.1.4.2. Campo

Partiendo de los cruces previos desarrollados, se podrá diferenciar entre edificios para los que sólo hay que verificar en campo que su estructura es correcta (que el número de plantas y puertas y su denominación coinciden con las del directorio) y edificios requieran una revisión en

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campo de la estructura, modificando la de partida. Será obligatorio disponer de un aplicativo informático ágil que permita la utilización de la información gráfica de NDP´s y de locales puerta de calle para su visualización. Los NDP’s servirán, además, para realizar el control de exhaustividad del campo garantizando que el agente ha pasado por todos y ha efectuado el recorrido completo de la sección. El agente irá recorriendo la sección por parcelas y, dentro de ellas, realizando la siguiente secuencia de trabajos:

1. Comprobar cuantas edificaciones diferenciadas existen en la realidad, cuantas APP’s según BDC (teniendo en cuenta el tipo de NDP) y cuantas APP’s según el fichero de catastro (considerando el dato de escalera). Si se encuentra en un caso en el que lleva una prerrelación establecida deberá revisarla y, si la prerrelación no existe, deberá establecerla de forma que, a cada edificio, deberá asignarle una dirección de catastro y un código de NDP de BDC. En relación con el NDP del acceso principal de cada edificio, se deberá verificar su posición geográfica (coordenadas) y la información alfanumérica asociada al mismo (tipo de NDP, datos de vial y número) contemplando la posibilidad de recoger modificaciones (corrección de las coordenadas o del tipo de NDP) o de proponer altas de nuevos NDP’s (este caso se consultará siempre con el responsable del proyecto).

2. Efectuada la relación anterior, deberá proceder a contrastar la estructura real del edificio (sin tener en cuenta garajes comunitarios y trasteros). Para ello considerará la estructura de APS’s procedente del fichero de catastro y correspondiente a la APP que ha asociado a ese edificio, y la contrastará con la realidad. En caso de que existan discrepancias tratará de asociar, a cada información de inmueble procedente de catastro, las correcciones de escalera, planta y puerta que estime, sin perder la información de partida. Si no tuviera certeza de la equivalencia entre la realidad y la información de inmuebles de catastro, deberá hacer uso del croquis de planta que se puede consultar a través de la web en la sede de catastro, el cual puede ayudar a identificar los inmuebles. Si en la realidad encontrase más inmuebles de los que aparecen en el fichero de catastro deberá darlos de alta y si sucediera lo contrario deberá indicarlo, señalando, sobre el inmueble inexistente, si se ha unido a otro de los que permanecen, indicando en este caso a cual (referencia catastral) o si, sencillamente, es que no existe. Se añadirá además una variable uso que indique el uso del hueco (vivienda, local, mixto)

3. Padrón de habitantes: Una vez haya dado por concluida la fase anterior y se disponga de una estructura de edificio cerrada, se procederá a relacionar las inscripciones de padrón de habitantes con los inmuebles, tratando de asignar las inscripciones a la nueva estructura de APS’s, bien porque el dato de la APS que tiene la inscripción en padrón coincida con el de alguno de los inmuebles que conforman la estructura de edificio dada por definitiva, bien porque, a través de los datos del buzón, se detecte a alguno de los habitantes que hay inscritos en la hoja padronal. En este caso, deberá indicarse si la ligazón establecida a través de los habitantes presenta discrepancias en alguno de los datos de la APS, añadiéndose una variable dicotómica que se marcará como “1” si la ligazón establecida no genera dudas y como “0” si la ligazón se estima que podría no ser correcta. Ha de tenerse en cuenta, además, que puede suceder que haya más de una inscripción padronal que compartan hueco. Mención especial merecen los colectivos, que deberán identificarse como tales, y recoger su tipo de acuerdo a la siguiente tabla:

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Tipo de colectivo

Codigo Lite ra l Codigo Lite ra l

0 1 HOTELES,MOTELES,PENSI ONES 1 0 I NSTI TUCI ONES PARA DI S CAPACI TADOS

0 2COLEGI OS MAYORES,RESI DENC.DE ESTUDI ANTES

1 1 ALBERGUES PARA DESVALI DOS O MARGI N . SOC.

0 3 RESI DEN CI AS DE TRABAJADORES 1 2 I NSTI TUCI ONES DE ASI STENCI A SOCI AL

0 4I NSTI TUCI ONES DE ENSEÑANZA CON I NTERNADO

1 3 MONASTERI OS,ABADI AS,CONVENTOS,NOVI CI ADOS

0 5HOSPI T.GRALES.Y ESPEC. DE CORTA ESTANCI A

1 4 ESTABLECI MI ENTOS MI LI TARES

0 6 HOSPI TALES PSI QUI ATRI COS 1 5 I NSTI TUCI ONES PENI TENCI ARI AS

0 7 HOSPI TALES DE LARGA ESTANCI A 1 6 OTROS

0 8 ORFANATOS 9 9 ALQUI LER DE HABI TACI ONES

0 9 RESI DEN CI AS DE AN CI ANOS

4. Censo de Locales: La última fase del trabajo consistirá en revisar la información de local y de actividad de los locales interiores y de los locales puerta de calle. Locales interiores: El objetivo es recoger los datos de actividad de los locales interiores que, según conste en el censo de locales o según se verifique en campo por el portero físico (si lo hubiera), el buzón o el portero automático, sean locales en los que se desarrolla una actividad. El agente deberá recoger los datos completos de la actividad (NIF del titular, rótulo del establecimiento-lo que aparezca en la puerta o en el buzón-, nombre o razón social, y descripción de la actividad o actividades desarrolladas -que permita la posterior codificación en gabinete a partir de la tabla de epígrafes del Ayuntamiento- y el dato de empleo). Esta información se capturará, bien revisando los datos de actividad existentes (locales interiores con datos de actividad de CLA) y actualizando los que sea preciso, bien recogiéndolos si no existieran. Locales puerta de calle: Se procederá a revisar la exhaustividad y numeración de todos los PC (excluyendo los agrupados). En caso de que se detecte algún alta de puerta de calle no recogida, se generará desde la propia aplicación de campo, bien dando de alta el punto, bien, si esta funcionalidad no existiese, obteniendo una imagen en la que manualmente se sitúe el punto donde debe darse de alta el nuevo local. En caso de detectarse algún local que no existe en la realidad, se indicará en el alfanumérico que el local ya no existe, y en observaciones se recogerá, si fuera posible, el dato del local con el que se ha fusionado. Se deberá comprobar también la existencia o no del cartel y, si este es o no correcto, comprobando la dirección del edificio y el “L” asignado Por último, respecto de la actividad se revisarán desde el exterior los datos de rotulo, recogiendo las modificaciones que se aprecien, y actividad comprobando si la que se aprecia que se está desarrollando coincide con la del epígrafe que tiene en la base de datos de partida; a continuación se entrará en el local para comprobar el dato del titular y, en caso de que haya cambiado o no exista, se recogerá la información de nombre o razón social y NIF/CIF, para finalmente solicitar el dato de empleo; deberá contemplarse la inclusión de una variable dicotómica que permita indicar si el local está cerrado (entendiendo por cerrado aquel local que claramente se ve que está abandonado, en obras, en venta o en alquiler) y unas observaciones. Finalmente para asociar los locales puerta de calle a la base de datos de APS’s deberá utilizarse la información de los croquis catastrales (los denominados FXCC) que pueden descargarse de forma libre desde la sede de catastro.

Indicar que, para ambos tipos de local, habrá que contemplar la posibilidad de que exista más

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de un titular con su actividad, es lo que en censo de locales se denominan locales “asociados”. Por ejemplo un colegio con servicio de comedor, el local será único pero tendrá asociados dos registros diferenciados de titular y actividad, uno para la actividad docente y otro para el comedor. La información a recoger es siempre la de todos los titulares, relacionando cada titular con su epígrafe de actividad correspondiente. Para poder llevar a cabo un control de la evolución de los trabajos se crearán tres variables de control: una en el nivel de sección, otra en el nivel de edificio o NDP y otra en el nivel de local, que permitan indicar si se ha finalizado el trabajo o quedan cosas pendientes.

La sección se dará por terminada cuando se hayan recorrido todas las parcelas, se hayan revisado todos los edificios y sus estructuras y se hayan llevado a cabo las tareas de enganche de inscripciones padronales con APS y de actualización de censo de locales. A continuación se relacionan una serie de casos especiales a tener en cuenta durante la realización del trabajo de campo:

• Locales interiores: es posible que se requiera un horario de visita especial, considerando

que muchos pueden no estar funcionando en el mismo horario que habitualmente lo hacen los puerta de calle

• Locales nocturnos: Requerirán la planificación de rutas especiales que cubran los horarios de apertura

• Administración Pública: Se trata como cualquier otro local puerta de calle, recogiéndose el acceso y la actividad, e indicando en observaciones si es Administración central, autonómica o local y codificándose la actividad según corresponda (servicios administrativos, educación, sanidad, servicios sociales,…). Este sería de los pocos casos en los que se podría verificar la información sin tener que entrar al local, dejando la verificación del NIF como una tarea de oficina.

• Edificios religiosos: Aplicar los criterios generales e igualmente podría no ser necesario entrar.

• Polígonos industriales: Se excluyen del trabajo • Complejo de edificios: Diferenciar si lo ocupa al completo una sola empresa, en cuyo

caso se trataría como un local puerta de calle, recogiendo los datos de actividad (rótulo, licencia, actividad y NIF) o, si son varias, en cuyo caso se recogerían los datos de cada una como locales independientes.

• Puestos ubicados en situados aislados (vía pública o mercadillos): Se excluyen del trabajo de campo

• Surtidores de gasolina: Aplicar los criterios generales. En caso de que carezcan de dirección se les asignará una específica.

• Edificios con doble numeración: Identificar cuál de los dos números es el que realmente se utiliza (si uno es el principal y otro el secundario o si se es que existen escaleras que los diferencian)

• Solares: Darán lugar a la modificación del “Tipo” del NDP si procede • Un local que pertenece a dos edificios: Considerar el número del edificio en el que tiene

la entrada • Si un edificio tuviera asignados más de un número de policía, los locales se asociarán al

número más bajo Durante el trabajo, el agente deberá realizar al menos 1 despacho presencial semanal con su correspondiente jefe de equipo. Además, el adjudicatario deberá desarrollar una labor de inspección, cumpliendo, al menos, los niveles mínimos que se marcan en párrafos siguientes (ver ‘Inspección en campo’), debiendo presentarse en el informe final de la operación un apartado específico en el que se refieran los resultados de dichas inspecciones.

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El adjudicatario entregará al Ayuntamiento desde el inicio de la salida a campo información semanal sobre el ritmo de recogida y sobre el estado de las unidades visitadas. Y a partir del primer mes desde el inicio del campo deberá proceder a la entrega de secciones cerradas con el fin de que los técnicos de la Subdirección General de Estadística puedan llevar a cabo sus labores de inspección y control. Inspección en campo El adjudicatario deberá diseñar un plan de inspección en campo que garantice la coherencia y calidad de los trabajos. En particular los requisitos mínimos que debe contemplar dicho plan son:

• Inspección de todos los locales y todas las inscripciones padronales de al menos un 10% de los NDP’s visitados, comprobando la coherencia en cuanto a numeración y que la actividad o actividades asociadas a cada uno de ellos y su codificación son correctas, así como que las inscripciones padronales estén bien enganchadas a sus huecos

• Inspección de un 100% de los casos en los que no se disponga de dato razón social y/o NIF/CIF y el local esté activo, sea puerta calle o interior

• Inspección de los edificios en los que, existiendo inscripciones padronales, no se haya asociado ninguna de éstas a la nueva estructura de APS’s

Los resultados del citado plan de inspección deberán plasmarse en la memoria final del proyecto. Por último, deberá llevarse a cabo una labor de codificación, una vez cerrada la fase de campo, consistente en codificar la actividad principal de la unidad local a cinco dígitos según la tabla de actividades facilitada por el Ayuntamiento para todas las altas y cambios de actividad recogidos, debiendo garantizarse que todos los locales activos tienen recogida su actividad con el nivel de detalle indicado. El trabajo concluirá con una serie de tratamientos finales, mediante los cuales, la empresa adjudicataria deberá establecer sistemas de control de las secciones terminadas que garanticen la calidad de los trabajos realizados en campo y la coherencia final de las informaciones, realizándose las siguientes actuaciones y validaciones:

- Que se han recorrido todas las secciones del distrito - Que se han revisado todos los NDP’s - Revisión de todas las altas, bajas y modificaciones de NDP’s - Revisión de locales en los que haya formularios con datos incompletos - Que todos los locales activos tengan información de la actividad (rotulo, literal, titular, cif/nif y código de actividad) - Que no existan registros con la actividad económica sin codificar - Que las inscripciones asociadas a la nueva estructura de APS’s son coherentes con la información de partida de escalera, planta y puerta procedente del padrón de habitantes

Por último se deberá proceder a la redacción de un informe final en el que se analicen el número total edificios y huecos (APS’s) según uso registrados, los locales recogidos y su situación respecto al local (correcto, modificado, alta o baja) o a la actividad (correcto, modificado, alta o baja) y los resultados en cuanto a conexión con las BBDD de partida (catastro, callejero municipal-BDC-, padrón de habitantes y censo de locales). Dicho informe deberá contener un apartado específico en el que se relacionen los resultados de la inspección en campo y de las revisiones en gabinete.

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4.1.5 Calendario de trabajos El trabajo de campo comenzará tras la formalización del contrato, prevista a comienzos del 3º cuatrimestre del año en curso y tendrá una duración de 10 meses.

4.1.6 Entrega de las Secciones terminadas Las secciones terminadas en campo y debidamente revisadas e inspeccionadas, se entregarán a la Subdirección General de Estadística en el formato de intercambio que se establece en el siguiente punto. Estas entregas se irán validando e inspeccionando por los Técnicos del Ayuntamiento, pudiendo ser devueltas al adjudicatario para su revisión en caso de que no superen los estándares de calidad establecidos en este pliego. En cuanto a la entrega del trabajo indicar que se realizará por secciones completas atendiendo a los siguientes plazos parciales:

• Primera entrega: tres meses después del día siguiente a la formalización deberán entregarse 1.200 secciones censales

• Segunda entrega: en el plazo de cuatro meses desde la primera entrega, se deberán entregar 800 secciones censales

• Tercera y última: quince días antes de la finalización se deberán entregar todas las secciones restantes (420) con el fin de que, durante ese tiempo, se puedan llevar a cabo las correcciones que fueran precisas en caso de detectarse incidencias en las mismas

Los resultados del trabajo de campo se entregarán en soporte digital, procediendo el Ayuntamiento a la comprobación de los mismos, mediante la realización de las inspecciones que estime oportunas para comprobar la veracidad de la información suministrada. Serán devueltas a la empresa adjudicataria para su completa revisión y subsanación las secciones en las que concurra alguna de las circunstancias siguientes:

• Errores de cumplimentación detectados en más del 5% de los locales • Detección de más del 5% de locales nuevos que no hayan sido recogidos como alta • No constan datos de actividad en más de un 20% de los locales interiores de la sección

Las secciones revisadas y validadas por el Ayuntamiento pasarán a considerarse definitivas a efectos de campo y se contabilizarán como tales a efectos de facturación

4.1.7 Ficheros e informes La información referida a cada sección en las sucesivas entregas que se realicen por parte del adjudicatario se realizará por secciones completas, en forma de ficheros Access, Excel o DBF y constarán de:

• Tabla con información alfanumérica referida a la las parcelas y sus direcciones según catastro y según BDC

• Tablas con la estructura final de cada edificio en la que cada registro será un hueco (inmueble) con los datos completos de dirección hasta la APS, según la estructura de campos que se determina en el anexo

• Tabla con la información padronal de partida y un campo en el que se indique, para todos los habitantes de una misma inscripción, el identificador del hueco asociado junto con un segundo campo que determine si esa ligazón se considera fiable al 100% o plantea alguna tipo de duda razonable

• Tabla de actividades desarrolladas en los locales interiores con un identificador del hueco y todos los datos de la actividad

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• Tabla de actividades desarrolladas en los locales puerta de calle con un identificador del hueco y todos los datos de la actividad

• Informe sobre las incidencias de campo, esfuerzo de recogida, labores de inspección y sus resultados y propuestas de mejora para futuros trabajos

• Informe descriptivo en relación a los procesos finales, estadísticas de resultados de campo y rendimientos por distrito y por sección

• Ficheros gráficos en formato shape y coordenadas UTM ETRS89, uno con las incidencias (altas, modificaciones y bajas) de aproximaciones postales primeras y otro con las de los locales puerta de calle; en caso de que la aplicación de campo no contemple la gestión de las capas gráficas de puntos (app’s y locales puerta de calle), se deberán facilitar ficheros de imagen donde manualmente se hayan registrado los cambios citados.

4.2 DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR La empresa adjudicataria deberá entregar, en el plazo máximo de 7 días naturales desde el siguiente a la formalización del contrato, los siguientes documentos:

4.2.1 Cronograma detallado del proceso Cronograma detallado del proceso en todas sus fases: diseño de la aplicación, cruce de ficheros, calendario de ejecución por secciones y de obtención y presentación de los resultados finales.

4.2.2 Diseño Diseño, con el máximo nivel de detalle, del plan de trabajo con especial referencia a los siguientes aspectos:

• Formato de las credenciales de todo el personal que participe en la recogida: encuestadores-as, jefes-as de grupo,… etc.

• Formato de listados de control de cobertura, informes, partes de trabajo e incidencias de la recogida, de la inspección y del personal entrevistador.

• Procedimiento de acceso, por parte de los representantes de la administración al seguimiento de los trabajos

• Garantía de la confidencialidad sobre las personas encuestadas • Diseño del plan de formación del equipo de campo • Control del contenido de las variables más relevantes. Control por encuestador/a de la

tasa de respuesta “Ilocalizable” o “Cerrado” y actuaciones a seguir en caso de tasas no justificables.

• Control de calidad en la fase de tratamiento de datos: validación de contenido y herramientas informáticas de control utilizadas.

• Control de calidad de la fase de codificación de la actividad y herramientas informáticas de control utilizadas.

• Modelo de presentación del informe de resultados En cuanto a la aplicación informática y a los dispositivos móviles a emplear:

• Detalle de la aplicación informática para la captura de los datos mostrando las pantallas y el diseño de flujos de trabajo

• Características técnicas de los dispositivos móviles (tamaño de pantalla, procesador…)

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5. EQUIPO DE TRABAJO

5.1 Medios personales Para la ejecución del contrato se exige un equipo convenientemente dimensionado de acuerdo a las tareas requeridas, teniendo en cuenta que, cuanto menor sea el equipo, más fácil resultará mantener una homogeneidad de criterios; además se ha de tener en consideración que se ha estimado que cada sección requiere, en promedio, 3 días de trabajo.

Por este motivo y teniendo en cuenta el tiempo disponible en 2017 y en 2018, se han considerado dos dimensiones de equipo necesario: Para la primera fase, a ejecutar en 2017, dado que se dispone de menos tiempo pero el objetivo en número de secciones se eleva prácticamente a la mitad (1.200), es necesario contar con un equipo más numeroso, mientras que en la fase de 2018 al disponerse de más tiempo, el equipo podrá ajustarse a un tamaño algo más reducido. Además, se considera que la calidad del trabajo será mayor, al aprovechar la experiencia adquirida, si se mantiene en 2018 la parte de equipo de 2017 necesaria para la realización en 2018 de las restantes 1.220 secciones.

La razón de este desigual reparto de tiempos manteniendo el reparto del trabajo casi al 50% en cada fase, se debe a que existe un interés especial en disponer de buena parte del trabajo antes de concluir el año, de manera que el resto de tareas a desarrollar con el resultado del trabajo, y que no son objeto del contrato, tales como diseño y puesta en marcha de la nueva base de datos de aproximaciones postales segundas (a desarrollar por IAM) o adecuación del callejero de catastro a la BDC (a desarrollar por la Agencia Tributaria de Madrid), puedan irse realizando de forma casi simultánea, al trabajo de campo.

Por lo tanto, la estructura de campo necesaria, teniendo en cuenta las fases señaladas, se deberá asemejar a la siguiente:

El equipo mínimo exigido para la fase 1, correspondiente al último cuatrimestre de 2017, estará integrado por:

60 agentes

10 jefes-as de grupo

1 Jefe-a de campo

1 Director-a

1 Analista-Programador

Las tareas administrativas y de codificación se entienden asumidas por el personal de plantilla de la empresa adjudicataria y las tareas de inspección de agentes llevarán a cabo los jefes-as de grupo.

(Nota: En caso de que la adjudicación se retrasase y se redujese el plazo de ejecución correspondiente a 2017 o que el rendimiento de secciones por agente varíe ligeramente al alza o a la baja, la empresa contemplará la posibilidad de ajustar el equipo a los ritmos reales con el fin de cumplir con los plazos establecidos que garanticen la realización en plazo de las 1.200 secciones exigidas)

Para la fase dos a desarrollar ya en 2018 se considera un plazo de ejecución de 7 meses, de manera que el equipo deberá redimensionarse, al disponer de más tiempo para la ejecución:

30 agentes

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5 jefes-as de grupo

1 Jefe-a de campo

1 Director-a

1 Analista- Programador

El trabajo de los agentes concluirá un mes antes que el del resto, de manera que, si quedase algún resto de secciones inacabadas, será finalizado por los propios jefes de grupo.

Como equipo mínimo imprescindible, contemplando la posibilidad de que el rendimiento por sección en esta segunda fase, al aprovechar la experiencia de la primera, pudiera llegar a reducirse a 2,5 jornadas, la empresa adjudicataria debe contemplar el mantenimiento a lo largo de toda la duración del contrato del siguient e equipo (considerando que la duración del contrato de los agentes puede ser, a lo sumo, de un mes y medio menos que la del resto):

24 agentes

4 jefes-as de grupo

1 Jefe-a de campo

1 Director-a

En cuanto a la experiencia y titulación exigibles a cada categoría del equipo será:

Componentes del Equipo Titulación y experiencia

Director-a técnico-a de proyecto Titulación superior y 3 años de experiencia en coordinación de encuestas, estudios de opinión o trabajos similares.

Jefe-a de campo 2 años de experiencia como responsable de trabajos de campo de encuestas, estudios de opinión o similar

Jefes-as de grupo 1 año de experiencia en inspección de trabajos de campo de encuestas.

Analista programador-a Experiencia de 1 año en desarrollo de aplicaciones de apoyo a trabajos de campo (aunque no es imprescindible se valorará experiencia en aplicaciones GIS)

La empresa propuesta como adjudicataria, antes de la adjudicación del contrato, deberá adjuntar una relación completa de todo el personal implicado en los trabajos y acreditar el cumplimiento de los perfiles profesionales indicados, mediante la siguiente documentación:

• Copia del título académico expedido por el centro de estudios, que acredite la titulación exigida al Director-a técnico-a de proyecto.

• Curriculum Vitae del personal asignado al proyecto (excepto de los agentes)

Señalar que, dado que se contempla la posibilidad de subcontratar el diseño de la aplicación de campo y los cruces de ficheros, la experiencia exigida al Analista-Programador-a se acreditará tanto si es personal del adjudicatario como si es personal de una empresa subcontratada.

Es obligación del adjudicatario el diseño y ejecución de un plan de formación de su personal . En particular se ha de formar a los agentes censales con un mínimo de 7 horas de teoría y de otras 7 horas de prácticas tuteladas por el encargado de grupo.

En cuanto a la mecánica de trabajo, durante el trabajo, el agente deberá realizar al menos 1 despacho presencial semanal con su correspondiente jefe de equipo.

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El personal dependerá de la empresa adjudicataria en todo ámbito de dirección y organización (retribuciones, horario, instrucciones, etc.) y a todo ámbito y orden legal establecido, siendo ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, Prevención de riesgos laborales y Tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal o contractualmente correspondan al mismo.

5.2 Medios materiales por cuenta del adjudicatario La empresa adjudicataria deberá disponer del material necesario, hardware y software, para la recogida, control y seguimiento, así como para las tareas de codificación, depuración, análisis, tratamiento de datos y exportación de ficheros y medidas de seguridad que garanticen la confidencialidad de los datos.

En particular corre por cuenta del adjudicatario el diseño de la aplicación de gestión de campo y todos los dispositivos móviles que precise.

5.3 Medios materiales a facilitar por la administración La S.G.Estadística facilitará al adjudicatario los siguientes datos:

• Fichero con información de los inmuebles catastrales en la que se incluirán todas las fincas con sus direcciones e inmuebles asociados a las mismas

• Fichero con información de la BDC con datos de todas las direcciones del callejero oficial de la ciudad con su coordenada geográfica y su referencia catastral en caso de que se conozca

• Fichero con datos del padrón de habitantes indicando la dirección completa de la inscripción padronal y los datos de nombre y apellidos de todos los mayores de edad empadronados en la inscripción

• Fichero con los datos del censo de locales PC o INT con información de los datos de la actividad (rotulo, titular, epígrafe) y las coordenadas x-y de los locales PC

• Tabla de epígrafes de actividad del censo de locales y actividades • Fondos cartográficos en formato shape: parcelas catastrales, edificios y capas de

división administrativa (distrito, barrio, sección censal) y capa de rotulación de viario

5.4 Coordinación y supervisión de los trabajos A los efectos de este contrato, la coordinación y supervisión de los trabajos a realizar por la empresa adjudicataria se llevará a cabo por la Subdirección General de Estadística de la Dirección General de Economía y Sector Público del Área de Gobierno de Economía y Hacienda.

El/la contratista adjudicatario-a deberá designar un-a interlocutor-a y un-a suplente encargado-a de recibir las comunicaciones e instrucciones de trabajo que, sobre la ejecución del contrato se realicen por el responsable designado por la Administración.

Será al interlocutor-a a quien corresponda trasladar a las personas encargadas de la ejecución las cuestiones relativas a la prestación del servicio que le plantee la Administración.

El/la interlocutor-a designado-a por la empresa contratista y el responsable del contrato designado por la Administración, celebrarán una reunión al inicio de la ejecución del contrato con objeto de establecer pautas y directrices.

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Asimismo, se celebrarán reuniones de esta naturaleza con la periodicidad que se estime y, en todo caso, siempre que haya una incidencia importante en el desarrollo de la recogida de campo.

6. SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD La Dirección General de Economía y Sector Público se reserva el derecho de establecer un sistema de control, a través de inspecciones u otras actuaciones, que garantice que la ejecución de los trabajos se desarrolla con la calidad adecuada.

7. CLÁUSULAS SOCIALES

Se establecen como cláusulas sociales de obligado cumplimiento para la entidad adjudicataria del contrato, las siguientes:

A. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

1. La ejecución del presente contrato se desarrollará respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo.

2. Para la determinación del precio de este contrato, se ha tenido en cuenta el Convenio Colectivo Estatal de Empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública, que resulta de aplicación respecto al salario base, el complemento de antigüedad, los restantes costes laborales y de Seguridad Social y demás de la prestación del servicio.

3. La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente a todos los costes derivados de la aplicación del Convenio por el que se rija la actividad de la empresa, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del Convenio más los costes de Seguridad Social.

4. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

Corresponderá a la persona responsable del contrato la comprobación del cumplimiento de esta obligación, a cuyo fin llevará a cabo la revisión de la cartelería y documentación, así como la documentación de cualquier otro soporte que garantice el cumplimiento de esta obligación.

5. La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo, que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.

En concreto, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

- La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva, correspondiente a la actividad contratada

- La formación e información en materia preventiva, a las personas adscritas a la ejecución del contrato

- El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios

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Además del justificante de entrega de equipos, la empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos aportando la siguiente documentación:

- Documento de la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva de la empresa

- Declaración responsable en materia de formación e información de prevención de riesgos laborales, de las personas adscritas al contrato

6. La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato.

Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, la empresa adjudicataria deberá presentar, al inicio del contrato, una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social.

En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable.

B. CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN:

Se establece, como condición especial de ejecución:

La empresa adjudicataria está obligada, para favorecer la conciliación de la vida personal y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato , a adoptar las siguientes medidas:

• Flexibilidad de horarios laborales de entrada y salida en el trabajo y de las pausas o descanso para la comida, café, etc...

• Realización de la formación interna de la organización en horario laboral, o bien, en parte de éste.

Con el fin de dar cumplimiento a esta condición especial de ejecución del contrato, la empresa adjudicataria deberá acreditar al inicio de la ejecución del contrato la planificación de las acciones a realizar en relación con el personal vinculado a la ejecución del mismo, así como su contenido. Antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar a la persona responsable del contrato un informe detallado sobre las actuaciones realizadas con determinación de su alcance y destinatarios, que deberá ser cumplimentado en el modelo que figura como Anexo I del presente Pliego .

C. CONTROL Y SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS CLÁ USULAS SOCIALES

La persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación supervisará de forma periódica, el cumplimiento de las obligaciones que en relación con las cláusulas sociales se prevén en el presente pliego de prescripciones técnicas o hayan sido ofertadas por la entidad adjudicataria, así como las que deriven de la legislación social y laboral vigente.

A estos efectos, al inicio del segundo mes de ejecución del contrato, se emitirá un informe por la persona responsable del contrato, sobre el cumplimiento de las obligaciones sociales que deben cumplirse en la ejecución del contrato.

Concluido cada trimestre de ejecución del contrato, se emitirá por la misma persona un informe sobre el cumplimiento de las obligaciones citadas.

Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un

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informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente.

8. PROPIEDAD INTELECTUAL. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y SECRETO ESTADÍSTICO

8.1 Propiedad intelectual de los trabajos El Ayuntamiento de Madrid será propietario de todos los trabajos desarrollados por la empresa adjudicataria con ocasión de la realización del objeto del presente contrato. La propiedad de estos trabajos abarca tanto la documentación que debe ser objeto de entrega, así como sus diseños, contenidos y cualquier tipo de documentación preparatoria, técnica y el uso que se desarrolle con ocasión de la misma. La empresa adjudicataria no podrá utilizar los resultados del trabajo, ni reproducirlos, trasmitirlos, modificarlos, o divulgarlos sin autorización previa y expresa del Ayuntamiento de Madrid.

Todos los ficheros que maneje deberá destruirlos al cabo de los 6 meses desde la conclusión de los trabajos.

8.2 Confidencialidad, protección de datos personales y seguridad de la información La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados, en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales, al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.

La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:

1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la LOPD, sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en el artículo 12.4 de la LOPD. Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento de Madrid para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.

2º) Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la LOPD, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto, en los términos descritos, en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.

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3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que, bajo su criterio, se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.

4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el Órgano de contratación le pueda especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).

Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.

6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos y, en concreto, lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.

7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requieran para ello.

8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.

9º) En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable por el Ayuntamiento habiéndolo comunicado por escrito, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las

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medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.

10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).

11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad que permite alcanzar así como información sobre la posibilidad de definir distintos perfiles de acceso, existencia de un mecanismo de identificación y autenticación y, en su caso, descripción de la gestión de contraseñas. También y cuando proceda, el tratamiento que se aplicará a los soportes y documentos, el procedimiento de gestión de copias de respaldo y el contenido del registro de accesos.

Asimismo, el adjudicatario deberá informar al organismo contratante, antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.

8.3 Secreto estadístico La empresa adjudicataria y el personal dependiente de la misma que participe en la realización de los trabajos se comprometen a cumplir estrictamente las especificaciones de la Ley 12/1989, de 9 de Mayo de 1989, de la Función Estadística Pública en lo relativo a la forma de recogida de datos (Capítulo II), secreto estadístico (Capítulo III), conservación y difusión de la información estadística (Capítulo IV); así como en lo referente a los principios generales (Capítulo I).

La empresa adjudicataria quedará obligada a no conservar, al término de los trabajos, información personalizada alguna sobre los encuestados. Con independencia de las sanciones que establecen las leyes, las infracciones del secreto estadístico serán denunciadas por el Ayuntamiento de Madrid a las asociaciones profesionales recabando de éstas las actuaciones oportunas.

EL JEFE DEL SERVICIO DE

ESTADISTICA MUNICIPAL

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Page 23: 3 PROYECTO APS CLA PPTE2017 · 2017-05-30 · Mejorar los datos del censo de locales y actividade s completando y/o revisando la información de la actividad relativa a los locales

DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA Y

SECTOR PÚBLICO

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ANEXO I

MODELO DE INFORME

INFORME QUE ACREDITE LA OBLIGACIÓN DE LA EMPRESA AD JUDICATARIA DE ESTABLECER MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONCILIACIÓN C ORRESPONSABLE EN LA PLANTILLA QUE EJECUTE EL CONTRATO.

INFORME DE CONCILIACIÓN CORRESPONSABLE DE LA EMPRES A ADJUDICATARIA.

(El informe debe estar desagregado por sexos y deberá responder a las siguientes preguntas)

1. ¿Se han escuchado las necesidades de la plantilla que va a desarrollar el contrato? Detallar el proceso. IMPORTANTE: son medidas tanto para mujeres como para hombres, es un tema que nos afecta a todos y a todas. Deben ser medidas que pueda disfrutar toda la plantilla y no solo determinados cargos o puestos.

2. ¿Se ha formalizado el compromiso con este tema y comunicado a toda la plantilla, por ejemplo, a través de un documento que se entregue con la nómina, en un tablón de anuncios, en una reunión? Detallar el proceso.

3. ¿Se ha hecho seguimiento de las medidas y se ha realizado una evaluación para conocer si las medidas han sido eficaces y útiles tanto para la empresa como para las personas trabajadoras? Detallar el proceso.

Las medidas pertenecerán a los siguientes bloques:

1. Flexibilización del horario de trabajo.

2. Formación interna de la organización en horario laboral.

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