39 Trig sima Novena Sesi n Extraordinaria 2008-2011

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Corresponde a la 39ª Sesión Extraordinaria 2008-2011 1 Trigésima Novena Sesión Extraordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2008-2011. ------------ -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Siendo las veinte horas del día treinta de septiembre del año dos mil diez y de conformidad con lo establecido en los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133 y 145 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 59, 60, 64 y 120 fracción I, y demás relativos y conducentes de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; así como lo previsto en los artículos 8, 27, 30, 32, 33, 47, 48, 49, 56 y 182, fracción I, y demás relativos y conducentes del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, misma que se sujetó al siguiente:------------------------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ------------------------------------------- Orden del Día ---------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero.- Lista de asistencia.----------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Segundo.- Declaración de existencia de quórum. -------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Tercero.- Lectura y aprobación del orden del día. -------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Cuarto.- Acuerdo mediante el cual se somete a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la autorización para que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (BANOBRAS) o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano que ofrezcan las mejores condiciones crediticias, uno o varios financiamientos en la modalidad de crédito simple hasta por la cantidad de Un Mil Cuatrocientos Millones de Pesos, Cero Centavo, Moneda Nacional, para refinanciar la deuda pública directa y el costo de inversiones públicas productivas previstas en los Programas de Inversión Municipal, en los términos del propio acuerdo. --------------- ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Quinto.- Toma de protesta de ley, al Ciudadano Ramón Antonio Fregoso Toledo, Décimo Cuarto Regidor Suplente. ---------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sexto.- Clausura de la Sesión. --------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- La Sesión se llevó a cabo en los siguientes términos: --------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero.- En uso de la voz el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Tomás Eduardo Contreras Castillo, pasara lista de asistencia. Realizada dicha instrucción, se continuó con el siguiente punto del Orden del Día.--------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Segundo.- En virtud de encontrarse la totalidad de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, a continuación el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime

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Trigésima Novena Sesión Extraordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2008-2011. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Siendo las veinte horas del día treinta de septiembre del año dos mil diez y de conformidad con lo establecido en los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133 y 145 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 59, 60, 64 y 120 fracción I, y demás relativos y conducentes de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; así como lo previsto en los artículos 8, 27, 30, 32, 33, 47, 48, 49, 56 y 182, fracción I, y demás relativos y conducentes del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, misma que se sujetó al siguiente:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Orden del Día -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero.- Lista de asistencia.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Segundo.- Declaración de existencia de quórum. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Tercero.- Lectura y aprobación del orden del día. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Cuarto.- Acuerdo mediante el cual se somete a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la autorización para que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (BANOBRAS) o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano que ofrezcan las mejores condiciones crediticias, uno o varios financiamientos en la modalidad de crédito simple hasta por la cantidad de Un Mil Cuatrocientos Millones de Pesos, Cero Centavo, Moneda Nacional, para refinanciar la deuda pública directa y el costo de inversiones públicas productivas previstas en los Programas de Inversión Municipal, en los términos del propio acuerdo. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Quinto.- Toma de protesta de ley, al Ciudadano Ramón Antonio Fregoso Toledo, Décimo Cuarto Regidor Suplente. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Sexto.- Clausura de la Sesión. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- La Sesión se llevó a cabo en los siguientes términos: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero .- En uso de la voz el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Tomás Eduardo Contreras Castillo, pasara lista de asistencia. Realizada dicha instrucción, se continuó con el siguiente punto del Orden del Día.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Segundo .- En virtud de encontrarse la totalidad de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, a continuación el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime

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Hernández Zaragoza, hizo la declaratoria de existencia de quórum. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Tercero .- A continuación el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, declaró abierta la sesión y solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Tomás Eduardo Contreras Castillo, procediera a dar lectura al Orden del Día. Terminada la lectura el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, sometió a consideración de los miembros del Honorable Ayuntamiento la aprobación del Orden del Día la cual fue aprobada por unanimidad de votos. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Tomás Eduardo Contreras Castillo, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Cuarto .- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Tomás Eduardo Contreras Castillo, manifestó que a este punto correspondía la lectura del acuerdo mediante el cual se somete a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la autorización para que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (BANOBRAS) o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano que ofrezcan las mejores condiciones crediticias, uno o varios financiamientos en la modalidad de crédito simple hasta por la cantidad de Un Mil Cuatrocientos Millones de Pesos, Cero Centavo, Moneda Nacional, para refinanciar la deuda pública directa y el costo de inversiones públicas productivas previstas en los Programas de Inversión Municipal, en los términos del propio acuerdo. Y en uso de la voz, el Ciudadano Presidente Municipal, Jaime Hernández Zaragoza, solicitó se diera lectura al documento el cual es del tenor literal siguiente: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2008-2011, con fundamento en los artículos 115 y 117 Fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 75 fracción XXV, 126, 127, 133, 145, 147, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159 y demás aplicables de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 60, 64, 65, 66, fracción IV, inciso h), 89, 90, fracciones I, III, XIV, y XXVII, 122, 125, fracciones XVIII, y XIX, 168, 169, 229, 230 fracción VII y aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 10, 11, 12, 13, 18 y demás relativos y conducentes de la Ley de Deuda Pública del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 33, 47, 48, 49 y demás relativos y conducentes del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y,

CONSIDERANDO

Que actualmente el Municipio de Benito Juárez, presenta una situación financiera muy comprometida con una deuda de alrededor de 1,595.2 millones de pesos, moneda nacional, originada fundamentalmente por un problema estructural no resuelto y si agravado por varias administraciones en cuanto a lo administrativo y operacional, y que permanentemente afecta de manera sensible sus ingresos y flujos de efectivo, lo que limita la operatividad de las funciones y servicios públicos y genera mayor endeudamiento y constantes retrasos en pagos a proveedores y compromisos urgentes.

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Que el desglose de las deudas bancarias del municipio, que forman parte del total descrito en líneas anteriores, por un monto de UN MIL CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO DIECINUEVE PESOS, MONEDA NACIONAL, es el siguiente:

• Banobras (Rec. Playas) $ 227,966,751.00

• Banobras (Reestructura 2005) $ 230,146,396.00

• Banorte (Reestructura 2005) $ 231,925,769.00

• Banorte( Decreto 166) $ 221,834,203.00

• Hsbc (línea de crédito) $ 280,000,000.00 Que es importante destacar que parte del déficit financiero, ha sido como consecuencia del mal manejo de cuentas pendientes referentes a administraciones anteriores, que no fueron pagadas en tiempo y forma, producto de demandas en contra del municipio, y que por lo mismo, han crecido enormemente; Que como indican los estados financieros a Diciembre del 2009, el estado de posición financiera o balance general, reporto un déficit de CIENTO CUARENTA Y CUATRO PUNTO SIETE MILLONES DE PESOS, mismo que no ha podido revertirse en el presente ejercicio fiscal 2010, motivado principalmente porque el municipio ha tenido que hacer frente a pagos no programados presupuestalmente, como el caso de resoluciones judiciales no favorables motivadas por demandas de proveedores y antiguos trabajadores; Que este déficit, pudo ser financiado por la presente administración mediante el acceso a una línea de crédito de corto plazo que inicialmente se estableció para subsanar los problemas acontecidos por la disminución en los ingresos del municipio con motivo de la crisis mundial que inicio en el último trimestre del 2008 y que se acentuó con la contingencia sanitaria que afecto sensiblemente la actividad turística, principal actividad económica del Municipio; Que esta línea de crédito en la actualidad se encuentra dispuesta en su totalidad, es decir DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES DE PESOS que fueron utilizados básicamente para compensar esta disminución de ingresos durante los años 2009 y 2010; Que también es prudente mencionar que los acontecimientos políticos acaecidos en el primer semestre de este año, y conocidos por todos, afectaron sensiblemente las finanzas del municipio puesto que inhibieron el pago de los contribuyentes agravando aún más la situación de flujo de ingresos; Que ante ello los flujos proyectados por los compromisos a afrontar en los meses de septiembre, octubre y noviembre de este año, reflejan la incapacidad del municipio para cumplir con sus principales gastos como son los operativos, es decir, los relacionados con los capítulos de gasto de servicios personales (nomina) y gastos irreductibles (combustibles, teléfono, papelería, pagos a proveedores, etc.); Que derivado de lo anterior, la Tesorería Municipal se dio a la tarea de iniciar un profundo análisis respecto del desenvolvimiento de las finanzas municipales en las dos últimas administraciones y la actual para tener una opinión sustentable relativa a conocer la problemática histórica y tendencial del escenario financiero en Benito Juárez; Que el primer elemento es el elevado servicio de deuda que la actual administración tiene producto de la reestructura de anteriores administraciones, que solamente han compactado las deudas llevándolas a largo plazo, pero sin una visión responsable sobre el compromiso trasladado a futuro; Que otro punto no menos importante, ha sido el comportamiento del capítulo 1,000 el cual ha tenido una tendencia a la alza, mismo que representa al día de hoy el 50% de los ingresos totales y el 59% del ingreso disponible. Durante esta administración este rubro ha tenido un crecimiento del 9%;

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Que dicha situación ha sido sustentada en la certeza del ingreso propio que represento una relación de 1.38 contra los ingresos provenientes de participaciones por el 2009 y que para el 2010 fue presupuestada en una relación de 1.77 con un crecimiento del 28.5% respecto de un año a otro; Que este crecimiento incorporado al presupuesto 2010, llevó a estimar un gasto igual al ingreso, y que al no obtenerse el ingreso presupuestado -disminuciones del -24% en predial y -64% en ISAI- provocaron un desequilibrio muy fuerte en las finanzas que se ha agravado en estos últimos meses del 2010; Que con esta situación en donde la Tesorería carece de margen de maniobra, es urgente la despresurización de los flujos financieros para acceder a una disminución de compromisos y de manera conjunta optimizar el flujo de efectivo por una parte y fortalecer el ingreso por la otra; Que básicamente el proyecto presentado conlleva a dos grandes líneas, la primera compactar la deuda bancaria en un solo bloque para acceder a una tasa y plazo que financieramente pueda soportar el municipio y por otra, y aunado a lo anterior, provocar un efecto de fortalecimiento de las finanzas públicas mediante la adopción de mecanismos que apoyen los ingresos del municipio; Que es innegable que este efecto requiere de un componente adicional que es precisamente un ajuste al gasto. Ante ello en días pasados, la administración municipal, suscribió un acuerdo de austeridad municipal en donde se dan a conocer las grandes líneas, en la cual se ajustará el gasto del ayuntamiento para poder alcanzar las metas de este ejercicio fiscal; Que por otro lado, y en lo que corresponde a lo que serán el proyecto de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2011 y su correspondiente proyecto de Presupuesto de Egresos, el componente que se estaría utilizando es una presupuestación basada principalmente en el concepto de austeridad, a efecto de poder mantener un equilibrio en las finanzas y lograr el ajuste financiero que requiere el municipio; Que el modelo financiero de flujos proyectados para establecer los plazos en los cuales el municipio pueda cubrir sus compromisos, es el de llevar la deuda actual, a un programa de pagos de un plazo de hasta veinte años, a efecto de poder tener un servicio de deuda que no genere más problemas de déficit financiero estructural, o inercial acumulativo; Que la responsabilidad en el cálculo de estos flujos ha sido mediante la asignación de variables con componentes muy austeros y escenarios conservadores, por lo que un buen manejo financiero y la estimulación de los ingresos seguramente provocará en el mediano y largo plazo, excedentes adicionales de recursos que puedan destinarse ya sea a la inversión en obra municipal o en su defecto al prepago de la reestructura que se plantea hoy; Que con el refinanciamiento se elaboró un modelo de proyección sobre los ingresos y egresos del municipio de Benito Juárez, incluyendo un esquema de pago de las deudas actuales. El modelo considera los costos de interés y amortizaciones futuras de cada uno de los créditos con instituciones financieras y también todas las obligaciones a proveedores y faltantes de recursos necesarios para hacer frente a los presupuestos de egresos del municipio en los próximos años; Que después de identificar los faltantes de efectivo en el corto plazo, se desarrolló una estrategia de refinanciamiento que soluciona el problema de liquidez del municipio, tomando como base un modelo operativo detallado sobre el comportamiento de los ingresos, egresos e inversión;

Que en consecuencia, se plantea efectuar un refinanciamiento hasta por la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS, MONEDA NACIONAL, dividido este en tres tramos, en donde actuaría una Sociedad Nacional de Crédito o una institución de crédito de banca múltiple como el único acreedor, de acuerdo al esquema de refinanciamiento que se agrega como anexo, al acta de la Trigésima Novena Sesión Extraordinaria del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, de fecha 30 de

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septiembre del 2010 y que contiene los saldos de cada uno de los créditos bancarios activos, tasas, plazos y garantías que describen las características del refinanciamiento que se autorizaría mediante el presente acuerdo. Que el principal uso del refinanciamiento sería el repago de la deuda pública bancaria actual con un importante mejoramiento de los términos y condiciones (plazo, monto, tasas y garantías), incluyéndose también la liquidación de proveedores derivados de inversión en obra pública productiva. Que la propuesta objeto del presente acuerdo, le da al municipio un periodo de gracia de intereses hasta el

mes de marzo de 2011 y un periodo de gracia de principal hasta Septiembre de 2011; Que las participaciones federales del municipio funcionarían como fuente de pago directa y alterna, reduciéndose la garantía del Estado de Quintana Roo, a únicamente el 3.0% de las participaciones del Gobierno del Estado correspondientes al Fondo General, misma garantía que actualmente se ubica en el 6.0%; Que el propio financiamiento contempla fondos de reserva, coberturas y demás contingencias que son necesarias para que el refinanciamiento se califique; Que el refinanciamiento objeto del presente acuerdo implica autorizar al Municipio de Benito Juárez, a que contrate uno o varios financiamientos por la cantidad de hasta UN MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS, MONEDA NACIONAL, que los recursos obtenidos por este financiamiento, se destinen para refinanciar la deuda pública actual y financiar inversiones públicas productivas, que se constituyan los mecanismos que garantizarán los créditos, y que el municipio pueda destinar los flujos necesarios para cumplir con las obligaciones asociadas a los créditos; Que como parte de la implementación del plan de refinanciamiento propuesto, con toda oportunidad, el Honorable Ayuntamiento, deberá aprobar las modificaciones y adiciones correspondientes a la Ley de Ingresos del Municipio Benito Juárez para el Ejercicio Fiscal 2010, y considerar lo conducente en la Iniciativa de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2011, así como en los Presupuesto de Egresos de los Ejercicios Fiscales 2010 y 2011; Que en atención a lo expuesto, es claro que la estrategia del refinanciamiento es una solución de largo plazo para el Municipio de Benito Juárez y además alinea los intereses de la próxima administración al fomentar la modernización de los sistemas de recaudación; mejora considerablemente en términos y condiciones la estructura de deuda del Municipio, en cuanto a términos de costo, plazo, garantías y liberación de recursos adicionales, así como de garantías otorgadas en transacciones anteriores, y compromete eficientar, mediante la bancarización, el cobro de derechos e impuestos, lo que implicará la eventual liberación total de las garantías del Estado de Quintana Roo y parcialmente las de este Municipio; Que en virtud de lo anterior, se tiene a bien someter a la aprobación de los miembros del Ayuntamiento, los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO

I).- Se aprueba que el refinanciamiento de la deuda pública directa y el costo de las inversiones públicas productivas previstas en los programas de inversión municipal, se realice conforme a las siguientes autorizaciones: PRIMERO: Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que por conducto de los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en lo sucesivo Banobras y/o las

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instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano que ofrezcan las mejores condiciones crediticias uno o varios financiamientos en la modalidad de crédito simple, con la deuda solidaria del Estado de Quintana Roo, a través del Poder Ejecutivo, hasta por la cantidad de $1,400’000,000.00 (UN MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), incluidos los accesorios financieros, impuestos, intereses durante el periodo de disposición y/o gracia, capitalización de intereses, y comisiones, así como para cubrir la constitución y/o la reconstitución de fondos de reserva, coberturas, pagar asesorías y honorarios profesionales que se relacionen con la estructuración, negociación y formalización del o los créditos que se celebren con base en la presente autorización y el o los mecanismos que se requieran para formalizar la fuente de pago y/o la garantía del mismo o cualquier otro gasto asociado a la correcta concreción del negocio. SEGUNDO: El o los créditos que contrate el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, deberá(n) destinarse para (i) refinanciar la deuda pública directa a su cargo contraída con diferentes instituciones de crédito de la banca comercial, de la banca de desarrollo, así como con personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, para su consolidación, siempre que los recursos que dieron origen a la deuda de mérito se hayan destinado para los fines autorizados en la legislación aplicable, y (ii) financiar el costo de inversiones públicas productivas previstas en los programas municipales de inversión, incluidas las acciones y adquisiciones para llevar a cabo la modernización catastral necesarias, sin perjuicio del pago de los conceptos que se precisan en el artículo primero anterior. Asimismo, se autoriza la incorporación de este Municipio al Programa de Modernización Catastral que coordina Banobras, así como su adhesión al Convenio Marco celebrado entre esa Institución con la Institución Participante (INEGI o UNAM a definir por Banobras), a fin de que esta última elabore, con cargo a los apoyos que al efecto se gestionen a favor del Municipio por conducto de Banobras ante el Fiduciario del Fideicomiso 1249 “Para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios" (FIDEM), los estudios y proyectos siguientes: Diagnóstico Catastral y Plan de Acción, que permita identificar las áreas de oportunidad para mejorar la gestión catastral y recaudatoria. Proyecto Ejecutivo que permita identificar los costos, beneficios, calendario de ejecución y rentabilidad de las acciones aprobadas por el Municipio. Supervisión y Dictamen Técnico de Cumplimiento de las acciones contenidas en el Proyecto Ejecutivo. De igual forma, toma conocimiento que una vez que se cuente con el documento “Proyecto Ejecutivo”, la Administración Municipal, a través de sus representantes legalmente facultados llevará a cabo el proceso de contratación de las acciones ahí contenidas, para lo cual deberá disponer de los recursos económicos necesarios para cubrir la totalidad de su costo, y que los recursos no recuperables se podrán otorgar bajo la modalidad de compensación y/o rembolso a través de Banobras, para amortizar anticipadamente el importe de la porción del crédito destinada a este concepto, una vez que se emita el Dictamen Técnico de Cumplimiento por parte de la institución encargada de la supervisión. La adjudicación y ejecución de las acciones que sean contratadas para la consecución del proyecto ejecutivo, serán efectuadas de acuerdo a los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Quintana Roo o su similar en materia federal, así como en los reglamentos municipales aplicables y con la supervisión del Ayuntamiento. TERCERO: El o los créditos que contrate el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, deberá(n) formalizarse y disponerse durante el ejercicio fiscal 2010 y/o 2011 inclusive y amortizarse en su totalidad en el plazo que para ello se establezca en cada contrato de apertura de crédito que al efecto se celebre, pero en ningún caso podrá ser superior a 20 (veinte) años contados a partir de la fecha en que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, ejerza la primera disposición del o los créditos de

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que se trate, y/o entren en efectividad la o los refinanciamientos que en su caso se formalicen, con base en la presente autorización, en el entendido de que los demás plazos, así como los intereses, comisiones y demás términos y condiciones serán los que se establezcan en el contrato que al efecto se celebre. Sin perjuicio de lo anterior, el contrato mediante el cual se formalice el crédito de que se trate y que formalice el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, estará vigente mientras existan obligaciones a su cargo, en calidad de acreditado y/o del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, con el carácter de deudor solidario y a favor de Banobras y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate CUARTO: Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que por conducto de los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, afecte a favor de Banobras y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate, como (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, para cumplir con las obligaciones asociadas al o los créditos que contrate con base en la presente autorización, (a) el derecho y los flujos de recursos derivados de las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan, sin perjuicio de afectaciones anteriores, y/o (b) los flujos de recursos derivados del cobro de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la federación ubicados en la Zona Federal Marítimo Terrestre, de conformidad con lo previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluyendo el producto de las multas, recargos, actualizaciones, gastos de ejecución, así como la indemnización por cheques recibidos por las autoridades fiscales en los supuestos a que se refiere el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, en el entendido de que en todos los casos señalados podrán afectarse (1) un porcentaje suficiente o necesario o la totalidad de los derechos e ingresos, según se requiera y corresponda, ó (2) aquellos derechos e ingresos, según corresponda, que sustituyan y/o complementen total o parcialmente a los que deriven de las fuentes antes mencionadas. QUINTO: Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que por conducto de los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, celebre, emplee o modifique cualquier instrumento legal que se requiera para formalizar individual, o conjuntamente con el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el mecanismo para afectar en (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, los derechos e ingresos a que se refiere el numeral cuarto inmediato anterior o aquellos derechos e ingresos que los sustituyan y/o complementen total o parcialmente, con el propósito de que cumplan con las obligaciones que deriven del o los créditos que se contraten y dispongan con base en la presente autorización. Asimismo, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, podrá modificar las instrucciones irrevocables o mandatos que hubiere emitido anteriormente y/o emitir nuevas instrucciones o mandatos a las instancias que correspondan para que los flujos de los recursos que se afecten para garantizar y/o pagar el o los créditos que se autorizan, lleguen de manera irrevocable a los mecanismos que se instrumenten en términos de lo autorizado en la presente acta. SEXTO: El instrumento legal que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, celebre, emplee o modifique para constituir el mecanismo de (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, podrá formalizarse a través (a) de un contrato de fideicomiso o mediante la modificación, en caso necesario, del que ya tuviera constituido, y/o (b) un contrato de mandato especial irrevocable para actos de dominio, que cumpla con las formalidades que la Legislación aplicable establece. En cualquiera de los dos casos el mecanismo tendrá en carácter de irrevocable en tanto existan obligaciones de pago a cargo del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, derivadas del o los créditos que contrate con base en la presente autorización, en el entendido que, para que cesen los efectos de la afectación, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá contar con autorización expresa y por escrito otorgada por funcionario legalmente facultado que actúe en representación de Banobras o de la y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate, según sea el caso.

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SÉPTIMO: Se faculta al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que gestione ante el Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo que se constituya en su deudor solidario por todas y cada una de las obligaciones que deriven del o los créditos que formalice con base en la presente autorización y la que se obtenga de la Legislatura y para que con tal carácter pueda afectar en (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, el derecho y los flujos de recursos que deriven de las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan al Estado de Quintana Roo, con la formalización de todos los instrumentos necesarios por conducto del titular de la Secretaría de Hacienda, en el entendido que la nueva afectación que se realice en ningún caso podrá ser superior al porcentaje o importe que actualmente destina para respaldar la deuda pública indirecta adquirida como deudor solidario del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. OCTAVO: Las obligaciones que deriven del o los créditos que contrate el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, deberán inscribirse en el Registro Único de Obligaciones y Empréstitos del Estado de Quintana Roo y ante el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios que lleva la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de lo que establecen las disposiciones legales y administrativas aplicables. NOVENO: El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá adicionar el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal en que se contrate(n) el(los) crédito(s) que se autorizan en la presente acta (2010 ó 2011), para considerar las erogaciones que derivarán de las obligaciones asociadas al(los) crédito(s) que se formalizará(n) con base en la presente autorización. Asimismo, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá incluir anualmente en el Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal en tanto existan obligaciones pendientes de pago asociadas al(los) crédito(s) que se formalice(n) con base en la presente autorización, el monto para el servicio de la deuda, hasta la total liquidación del(los) mismo(s). DÉCIMO: El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá realizar las acciones que resulten necesarias y previamente a la formalización de cualquier instrumento, para que el H. Congreso del Estado de Quintana Roo, prevea, reforme o adicione la Ley de Ingresos del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, del ejercicio fiscal en que se contrate(n) el(los) financiamiento(s) (2010 ó 2011), para incluir el ingreso derivado del(los) crédito(s) que contrate con base en la presente autorización. DÉCIMO PRIMERO.- Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que a través de los Ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal celebre todos los actos jurídicos, documentos, títulos de crédito, contratos, convenios o cualquier instrumento legal que se requiera para formalizar el (los) crédito(s) autorizado(s) en la presente acta, con las características, monto, condiciones y términos que constan en la misma, así como para la(s) afectación(es) que se requiera(n) para constituir la (i) garantía y/o (ii) la fuente de pago y/o (iii) la fuente primaria de pago y/o (iv) la fuente alterna de pago, para el cumplimiento de las obligaciones asociadas al o los créditos que se celebre con base en la presente autorización. Asimismo, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo podrá celebrar contratos o mandatos y/u otorgar instrucciones irrevocables para instrumentar la recepción de los flujos derivados del cobro de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la federación ubicados en la Zona Federal Marítimo Terrestre, de conformidad con lo previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluidos sus accesorios tales como multas, recargos y actualizaciones, a fin de que tales recursos se capten por instituciones de crédito y/o comercios en nombre y por cuenta del municipio, y sean depositados o transferidos a las cuentas del fideicomiso a través del cual se sirva el pago de la deuda que se contraiga con motivo de la presente autorización, mientras existan obligaciones de pago derivadas de la misma deuda. DÉCIMO SEGUNDO.- El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo podrá realizar todos los actos necesarios a efecto de instruir en forma irrevocable en tanto existan obligaciones de pago por el financiamiento objeto

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de la presente autorización a los contribuyentes sujetos al pago del Derecho previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluyendo el producto de las multas, recargos, actualizaciones, gastos de ejecución, así como la indemnización por cheques recibidos por las autoridades fiscales en los supuestos a que se refiere el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, para que cumplan su obligación de pago depositando la totalidad de las cantidades que les corresponda cubrir por cualquiera de los conceptos referidos en la cuenta bancaria que al efecto les indique, para su posterior e irrevocable depósito a la cuenta bancaria del fideicomiso de fuente de pago o garantía o ambas, que se acuerde con Banobras o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate, del que una vez cubierto el servicio de la deuda, se le devolverán los recursos remanentes. En el evento de que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, no tuviera la administración del cobro del derecho previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, y sus accesorios, y el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, o la instancia que llegara a administrar en términos de la normatividad aplicable el cobro del derecho referido, cualquiera de éstos se subrrogará en todas las obligaciones y derechos para que, por cuenta y orden del Municipio, se pague el servicio de la deuda que se genere con motivo del financiamiento que se obtenga en virtud de la presente autorización, pudiendo al efecto suscribir títulos de crédito y demás instrumentos jurídicos que resulten necesarios para el cumplimiento cabal de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la presente autorización. DÉCIMO TERCERO.- El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá obtener autorización por parte del H. Congreso del Estado de Quintana Roo, para estar en posibilidad de materializar lo previsto en el presente acuerdo. Sin perjuicio de lo anteriormente autorizado, se deberá escuchar la opinión del Instituto para el Desarrollo y Financiamiento del Estado de Quintana Roo, a fin de contratar la deuda o financiamiento con Banobras y/o las Instituciones Bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate.

II).- Para los efectos del punto de acuerdo que antecede, se aprueba remitir a la Honorable XII Legislatura al

Congreso del Estado, la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto: HONORABLE XII LEGISLATURA AL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO P R E S E N T E

ASUNTO: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO DE AUTORIZACIÓN DE REFINACIAMIENTO DE LA DEUDA PÚBLICA DIRECTA Y EL COSTO DE INVERSIONES PRODUCTIVAS DE LOS PROGRAMAS DE INVERSIÓN MUNICIPAL.

El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2008-2011, con fundamento en los artículos 115, 117 fracción VIII y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 fracción III, 75 fracción XXV, 126, 133, 145, 147, 153 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1º, 4º, 5º, 10, 11, 13, 18 y demás aplicables de la Ley de Deuda Pública del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 60, 64, 65, 66, fracción IV, inciso h), 89, 90, fracciones I, III, XIV, y XXVII, 122, 125, fracciones XVIII, y XIX, 168, 169, 229, 230 fracción VII y aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 33, 47, 48, 49 y demás relativos y conducentes del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, somete a consideración la presente Iniciativa a efecto de que substancie el tramite conducente de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Que en la Trigésima Novena Sesión Extraordinaria, de fecha 30 de septiembre del 2010, este Honorable Ayuntamiento, tuvo a bien autorizar al municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para contratar uno o

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varios financiamientos en la modalidad crédito simple, con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Banca de Desarrollo, BANOBRAS y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano que ofrezcan las mejores condiciones crediticias, hasta por la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS, MONEDA NACIONAL, incluidos los accesorios financieros, impuestos, intereses durante el periodo de disposición y/o gracia, capitalización de intereses, y comisiones, así como para cubrir la constitución y/o la reconstitución de fondos de reserva, coberturas, pagar asesorías y honorarios profesionales que se relacionen con la estructuración, negociación y formalización del o los créditos que se celebren con base en la presente autorización y el o los mecanismos que se requieran para formalizar la fuente de pago y/o la garantía del mismo o cualquier otro gasto asociado a la correcta concreción del negocio, el cual deberá destinarse a refinanciar la deuda pública directa del municipio y el costo de las inversiones públicas productivas de los programas de inversión municipal. Que dicha autorización se sustento en las siguientes consideraciones: Que actualmente el Municipio de Benito Juárez, presenta una situación financiera muy comprometida con una deuda de alrededor de 1,595.2 millones de pesos, moneda nacional, originada fundamentalmente por un problema estructural no resuelto y si agravado por varias administraciones en cuanto a lo administrativo y operacional, y que permanentemente afecta de manera sensible sus ingresos y flujos de efectivo, lo que limita la operatividad de las funciones y servicios públicos y genera mayor endeudamiento y constantes retrasos en pagos a proveedores y compromisos urgentes. Que el desglose de las deudas bancarias del municipio, que forman parte del total descrito en líneas anteriores, por un monto de UN MIL CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO DIECINUEVE PESOS, MONEDA NACIONAL, es el siguiente:

• Banobras (Rec. Playas) $ 227,966,751.00

• Banobras (Reestructura 2005) $ 230,146,396.00

• Banorte (Reestructura 2005) $ 231,925,769.00

• Banorte( Decreto 166) $ 221,834,203.00

• Hsbc (línea de crédito) $ 280,000,000.00 Que es importante destacar que parte del déficit financiero, ha sido como consecuencia del mal manejo de cuentas pendientes referentes a administraciones anteriores, que no fueron pagadas en tiempo y forma, producto de demandas en contra del municipio, y que por lo mismo, han crecido enormemente; Que como indican los estados financieros a Diciembre del 2009, el estado de posición financiera o balance general, reporto un déficit de CIENTO CUARENTA Y CUATRO PUNTO SIETE MILLONES DE PESOS, mismo que no ha podido revertirse en el presente ejercicio fiscal 2010, motivado principalmente porque el municipio ha tenido que hacer frente a pagos no programados presupuestalmente, como el caso de resoluciones judiciales no favorables motivadas por demandas de proveedores y antiguos trabajadores; Que este déficit, pudo ser financiado por la presente administración mediante el acceso a una línea de crédito de corto plazo que inicialmente se estableció para subsanar los problemas acontecidos por la disminución en los ingresos del municipio con motivo de la crisis mundial que inicio en el último trimestre del 2008 y que se acentuó con la contingencia sanitaria que afecto sensiblemente la actividad turística, principal actividad económica del Municipio; Que esta línea de crédito en la actualidad se encuentra dispuesta en su totalidad, es decir DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES DE PESOS que fueron utilizados básicamente para compensar esta disminución de ingresos durante los años 2009 y 2010; Que también es prudente mencionar que los acontecimientos políticos acaecidos en el primer semestre de este año, y conocidos por todos, afectaron sensiblemente las finanzas del municipio puesto que inhibieron el pago de los contribuyentes agravando aún más la situación de flujo de ingresos; Que ante ello los flujos proyectados por los compromisos a afrontar en los meses de septiembre, octubre y noviembre de este año, reflejan la incapacidad del municipio para cumplir con sus principales gastos como son los operativos, es decir, los relacionados con los capítulos de gasto de servicios personales (nomina) y gastos irreductibles (combustibles, teléfono, papelería, pagos a proveedores, etc.); Que derivado de lo anterior, la Tesorería Municipal se dio a la tarea de iniciar un profundo análisis respecto del desenvolvimiento de las finanzas municipales en las dos últimas administraciones y la actual para tener una opinión sustentable relativa a conocer la problemática histórica y tendencial del escenario financiero en Benito Juárez; Que el primer elemento es el elevado servicio de deuda que la actual administración tiene producto de la reestructura de anteriores administraciones, que solamente han compactado las deudas llevándolas a largo plazo, pero sin una visión responsable sobre el compromiso trasladado a futuro;

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Que otro punto no menos importante, ha sido el comportamiento del capítulo 1,000 el cual ha tenido una tendencia a la alza, mismo que representa al día de hoy el 50% de los ingresos totales y el 59% del ingreso disponible. Durante esta administración este rubro ha tenido un crecimiento del 9%; Que dicha situación ha sido sustentada en la certeza del ingreso propio que represento una relación de 1.38 contra los ingresos provenientes de participaciones por el 2009 y que para el 2010 fue presupuestada en una relación de 1.77 con un crecimiento del 28.5% respecto de un año a otro; Que este crecimiento incorporado al presupuesto 2010, llevo a estimar un gasto igual al ingreso, y que al no obtenerse el ingreso presupuestado -disminuciones del -24% en predial y -64% en ISAI- provocaron un desequilibrio muy fuerte en las finanzas que se ha agravado en estos últimos meses del 2010; Que con esta situación en donde la Tesorería carece de margen de maniobra, es urgente la despresurización de los flujos financieros para acceder a una disminución de compromisos y de manera conjunta optimizar el flujo de efectivo por una parte y fortalecer el ingreso por la otra; Que básicamente el proyecto presentado conlleva a dos grandes líneas, la primera compactar la deuda bancaria en un solo bloque para acceder a una tasa y plazo que financieramente pueda soportar el municipio y por otra, y aunado a lo anterior, provocar un efecto de fortalecimiento de las finanzas públicas mediante la adopción de mecanismos que apoyen los ingresos del municipio; Que es innegable que este efecto requiere de un componente adicional que es precisamente un ajuste al gasto. Ante ello en días pasados, la administración municipal, suscribió un acuerdo de austeridad municipal en donde se dan a conocer las grandes líneas, en la cual se ajustará el gasto del ayuntamiento para poder alcanzar las metas de este ejercicio fiscal; Que por otro lado, y en lo que corresponde a lo que serán el proyecto de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2011 y su correspondiente proyecto de Presupuesto de Egresos, el componente que se estaría utilizando es una presupuestación basada principalmente en el concepto de austeridad, a efecto de poder mantener un equilibrio en las finanzas y lograr el ajuste financiero que requiere el municipio; Que el modelo financiero de flujos proyectados para establecer los plazos en los cuales el municipio pueda cubrir sus compromisos, es el de llevar la deuda actual, a un programa de pagos de un plazo de hasta veinte años, a efecto de poder tener un servicio de deuda que no genere más problemas de déficit financiero estructural, o inercial acumulativo; Que la responsabilidad en el cálculo de estos flujos ha sido mediante la asignación de variables con componentes muy austeros y escenarios conservadores, por lo que un buen manejo financiero y la estimulación de los ingresos seguramente provocará en el mediano y largo plazo, excedentes adicionales de recursos que puedan destinarse ya sea a la inversión en obra municipal o en su defecto al prepago de la reestructura que se plantea hoy; Que con el refinanciamiento se elaboró un modelo de proyección sobre los ingresos y egresos del municipio de Benito Juárez, incluyendo un esquema de pago de las deudas actuales. El modelo considera los costos de interés y amortizaciones futuras de cada uno de los créditos con instituciones financieras y también todas las obligaciones a proveedores y faltantes de recursos necesarios para hacer frente a los presupuestos de egresos del municipio en los próximos años; Que después de identificar los faltantes de efectivo en el corto plazo, se desarrolló una estrategia de refinanciamiento que soluciona el problema de liquidez del municipio, tomando como base un modelo operativo detallado sobre el comportamiento de los ingresos, egresos e inversión; Que en consecuencia, se plantea efectuar un refinanciamiento hasta por la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS, MONEDA NACIONAL, dividido este en tres tramos, en donde actuaría una Sociedad Nacional de Crédito o una institución de crédito de banca múltiple como el único acreedor, de acuerdo al esquema de refinanciamiento que se agrega como anexo, al acta de la Trigésima Novena Sesión Extraordinaria del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, de fecha 30 de septiembre del 2010 y que contiene los saldos de cada uno de los créditos bancarios activos, tasas, plazos y garantías que describen las características del refinanciamiento que se autorizaría mediante el presente acuerdo. Que el principal uso del refinanciamiento sería el repago de la deuda pública bancaria actual con un importante mejoramiento de los términos y condiciones (plazo, monto, tasas y garantías), incluyéndose también la liquidación de proveedores derivados de inversión en obra pública productiva. Que la propuesta objeto del presente acuerdo, le da al municipio un periodo de gracia de intereses hasta el mes de marzo de 2011 y un periodo de gracia de principal hasta Septiembre de 2011; Que las participaciones federales del municipio funcionarían como fuente de pago directa y alterna, reduciéndose la garantía del Estado de Quintana Roo, a únicamente el 3.0% de las participaciones del Gobierno del Estado correspondientes al Fondo General, misma garantía que actualmente se ubica en el 6.0%;

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Que el propio financiamiento contempla fondos de reserva, coberturas y demás contingencias que son necesarias para que el refinanciamiento se califique; Que el refinanciamiento objeto del presente acuerdo implica autorizar al Municipio de Benito Juárez, a que contrate uno o varios financiamientos por la cantidad de hasta UN MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS, MONEDA NACIONAL, que los recursos obtenidos por este financiamiento, se destinen para refinanciar la deuda pública actual y financiar inversiones públicas productivas, que se constituyan los mecanismos que garantizarán los créditos, y que el municipio pueda destinar los flujos necesarios para cumplir con las obligaciones asociadas a los créditos; Que como parte de la implementación del plan de refinanciamiento propuesto, con toda oportunidad, el Honorable Ayuntamiento, deberá aprobar las modificaciones y adiciones correspondientes a la Ley de Ingresos del Municipio Benito Juárez para el Ejercicio Fiscal 2010, y considerar lo conducente en la Iniciativa de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2011, así como en los Presupuesto de Egresos de los Ejercicios Fiscales 2010 y 2011; Que en atención a lo expuesto, es claro que la estrategia del refinanciamiento es una solución de largo plazo para el Municipio de Benito Juárez y además alinea los intereses de la próxima administración al fomentar la modernización de los sistemas de recaudación; mejora considerablemente en términos y condiciones la estructura de deuda del Municipio, en cuanto a términos de costo, plazo, garantías y liberación de recursos adicionales, así como de garantías otorgadas en transacciones anteriores, y compromete eficientar, mediante la bancarización, el cobro de derechos e impuestos, lo que implicará la eventual liberación total de las garantías del Estado de Quintana Roo y parcialmente las de este Municipio;

Que en tal virtud, en la referida sesión de cabildo se aprobaron los siguientes puntos de acuerdo: I).- Se aprueba que el refinanciamiento de la deuda pública directa y el costo de las inversiones públicas productivas previstas en los programas de inversión municipal, se realice conforme a las siguientes autorizaciones: PRIMERO: Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que por conducto de los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en lo sucesivo Banobras y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano que ofrezcan las mejores condiciones crediticias uno o varios financiamientos en la modalidad de crédito simple, con la deuda solidaria del Estado de Quintana Roo a través del Poder Ejecutivo, hasta por la cantidad de $1,400’000,000.00 (UN MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), incluidos los accesorios financieros, impuestos, intereses durante el periodo de disposición y/o gracia, capitalización de intereses, y comisiones, así como para cubrir la constitución y/o la reconstitución de fondos de reserva, coberturas, pagar asesorías y honorarios profesionales que se relacionen con la estructuración, negociación y formalización del o los créditos que se celebren con base en la presente autorización y el o los mecanismos que se requieran para formalizar la fuente de pago y/o la garantía del mismo o cualquier otro gasto asociado a la correcta concreción del negocio. SEGUNDO: El o los créditos que contrate el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, deberá(n) destinarse para (i) refinanciar la deuda pública directa a su cargo contraída con diferentes instituciones de crédito de la banca comercial, de la banca de desarrollo, así como con personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, para su consolidación, siempre que los recursos que dieron origen a la deuda de mérito se hayan destinado para los fines autorizados en la legislación aplicable, y (ii) financiar el costo de inversiones públicas productivas previstas en los programas municipales de inversión, incluidas las acciones y adquisiciones para llevar a cabo la modernización catastral necesarias, sin perjuicio del pago de los conceptos que se precisan en el artículo primero anterior. Asimismo, se autoriza la incorporación de este Municipio al Programa de Modernización Catastral que coordina Banobras, así como su adhesión al Convenio Marco celebrado entre esa Institución con la Institución Participante (INEGI o UNAM a definir por Banobras), a fin de que esta última elabore, con cargo a los apoyos que al efecto se gestionen a favor del Municipio por conducto de Banobras ante el Fiduciario del Fideicomiso 1249 “Para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios" (FIDEM), los estudios y proyectos siguientes: Diagnóstico Catastral y Plan de Acción, que permita identificar las áreas de oportunidad para mejorar la gestión catastral y recaudatoria. Proyecto Ejecutivo que permita identificar los costos, beneficios, calendario de ejecución y rentabilidad de las acciones aprobadas por el Municipio. Supervisión y Dictamen Técnico de Cumplimiento de las acciones contenidas en el Proyecto Ejecutivo. De igual forma, toma conocimiento que una vez que se cuente con el documento “Proyecto Ejecutivo”, la Administración Municipal, a través de sus representantes legalmente facultados llevará a cabo el proceso de contratación de las acciones ahí contenidas, para lo cual deberá disponer de los recursos económicos necesarios para cubrir la totalidad de su costo, y que los recursos no recuperables se podrán otorgar bajo la modalidad de compensación y/o rembolso a través de Banobras, para amortizar anticipadamente el importe de la porción del crédito destinada a este concepto, una vez que se emita el Dictamen Técnico de Cumplimiento por parte de la institución encargada de la supervisión.

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La adjudicación y ejecución de las acciones que sean contratadas para la consecución del proyecto ejecutivo, serán efectuadas de acuerdo a los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Quintana Roo o su similar en materia federal, así como en los reglamentos municipales aplicables y con la supervisión del Ayuntamiento. TERCERO: El o los créditos que contrate el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, deberá(n) formalizarse y disponerse durante el ejercicio fiscal 2010 y/o 2011 inclusive y amortizarse en su totalidad en el plazo que para ello se establezca en cada contrato de apertura de crédito que al efecto se celebre, pero en ningún caso podrá ser superior a 20 (veinte) años contados a partir de la fecha en que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, ejerza la primera disposición del o los créditos de que se trate, y/o entren en efectividad la o los refinanciamientos que en su caso se formalicen, con base en la presente autorización, en el entendido de que los demás plazos, así como los intereses, comisiones y demás términos y condiciones serán los que se establezcan en el contrato que al efecto se celebre. Sin perjuicio de lo anterior, el contrato mediante el cual se formalice el crédito de que se trate y que formalice el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, estará vigente mientras existan obligaciones a su cargo, en calidad de acreditado y/o del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, con el carácter de deudor solidario y a favor de Banobras y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate CUARTO: Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que por conducto de los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, afecte a favor de Banobras y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate, como (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, para cumplir con las obligaciones asociadas al o los créditos que contrate con base en la presente autorización, (a) el derecho y los flujos de recursos derivados de las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan, sin perjuicio de afectaciones anteriores, y/o (b) los flujos de recursos derivados del cobro de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la federación ubicados en la Zona Federal Marítimo Terrestre, de conformidad con lo previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluyendo el producto de las multas, recargos, actualizaciones, gastos de ejecución, así como la indemnización por cheques recibidos por las autoridades fiscales en los supuestos a que se refiere el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, en el entendido de que en todos los casos señalados podrán afectarse (1) un porcentaje suficiente o necesario o la totalidad de los derechos e ingresos, según se requiera y corresponda, ó (2) aquellos derechos e ingresos, según corresponda, que sustituyan y/o complementen total o parcialmente a los que deriven de las fuentes antes mencionadas. QUINTO: Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que por conducto de los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, celebre, emplee o modifique cualquier instrumento legal que se requiera para formalizar individual, o conjuntamente con el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el mecanismo para afectar en (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, los derechos e ingresos a que se refiere el numeral cuarto inmediato anterior o aquellos derechos e ingresos que los sustituyan y/o complementen total o parcialmente, con el propósito de que cumplan con las obligaciones que deriven del o los créditos que se contraten y dispongan con base en la presente autorización. Asimismo, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, podrá modificar las instrucciones irrevocables o mandatos que hubiere emitido anteriormente y/o emitir nuevas instrucciones o mandatos a las instancias que correspondan para que los flujos de los recursos que se afecten para garantizar y/o pagar el o los créditos que se autorizan, lleguen de manera irrevocable a los mecanismos que se instrumenten en términos de lo autorizado en la presente acta. SEXTO: El instrumento legal que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, celebre, emplee o modifique para constituir el mecanismo de (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, podrá formalizarse a través (a) de un contrato de fideicomiso o mediante la modificación, en caso necesario, del que ya tuviera constituido, y/o (b) un contrato de mandato especial irrevocable para actos de dominio, que cumpla con las formalidades que la Legislación aplicable establece. En cualquiera de los dos casos el mecanismo tendrá en carácter de irrevocable en tanto existan obligaciones de pago a cargo del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, derivadas del o los créditos que contrate con base en la presente autorización, en el entendido que, para que cesen los efectos de la afectación, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá contar con autorización expresa y por escrito otorgada por funcionario legalmente facultado que actúe en representación de Banobras o de la y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate, según sea el caso. SÉPTIMO: Se faculta al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que gestione ante el Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo que se constituya en su deudor solidario por todas y cada una de las obligaciones que deriven del o los créditos que formalice con base en la presente autorización y la que se obtenga de la Legislatura y para que con tal carácter pueda afectar en (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, el derecho y los flujos de recursos que deriven de las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan al Estado de Quintana Roo, con la formalización de todos los instrumentos necesarios por conducto del titular de la Secretaría de Hacienda, en el entendido que la nueva afectación que se realice en ningún caso podrá ser superior al porcentaje o importe que actualmente destina para respaldar la deuda pública indirecta adquirida como deudor solidario del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. OCTAVO: Las obligaciones que deriven del o los créditos que contrate el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, deberán inscribirse en el Registro Único de Obligaciones y Empréstitos del Estado de Quintana Roo y ante el

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Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios que lleva la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de lo que establecen las disposiciones legales y administrativas aplicables. NOVENO: El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá adicionar el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal en que se contrate(n) el(los) crédito(s) que se autorizan en la presente acta (2010 ó 2011), para considerar las erogaciones que derivarán de las obligaciones asociadas al(los) crédito(s) que se formalizará(n) con base en la presente autorización. Asimismo, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá incluir anualmente en el Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal en tanto existan obligaciones pendientes de pago asociadas al(los) crédito(s) que se formalice(n) con base en la presente autorización, el monto para el servicio de la deuda, hasta la total liquidación del(los) mismo(s). DÉCIMO: El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá realizar las acciones que resulten necesarias y previamente a la formalización de cualquier instrumento, para que el H. Congreso del Estado de Quintana Roo, prevea, reforme o adicione la Ley de Ingresos del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, del ejercicio fiscal en que se contrate(n) el(los) financiamiento(s) (2010 ó 2011), para incluir el ingreso derivado del(los) crédito(s) que contrate con base en la presente autorización. DÉCIMO PRIMERO.- Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que a través de los Ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal celebre todos los actos jurídicos, documentos, títulos de crédito, contratos, convenios o cualquier instrumento legal que se requiera para formalizar el (los) crédito(s) autorizado(s) en la presente acta, con las características, monto, condiciones y términos que constan en la misma, así como para la(s) afectación(es) que se requiera(n) para constituir la (i) garantía y/o (ii) la fuente de pago y/o (iii) la fuente primaria de pago y/o (iv) la fuente alterna de pago, para el cumplimiento de las obligaciones asociadas al o los créditos que se celebre con base en la presente autorización. Asimismo, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo podrá celebrar contratos o mandatos y/u otorgar instrucciones irrevocables para instrumentar la recepción de los flujos derivados del cobro de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la federación ubicados en la Zona Federal Marítimo Terrestre, de conformidad con lo previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluidos sus accesorios tales como multas, recargos y actualizaciones, a fin de que tales recursos se capten por instituciones de crédito y/o comercios en nombre y por cuenta del municipio, y sean depositados o transferidos a las cuentas del fideicomiso a través del cual se sirva el pago de la deuda que se contraiga con motivo de la presente autorización, mientras existan obligaciones de pago derivadas de la misma deuda. DÉCIMO SEGUNDO.- El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo podrá realizar todos los actos necesarios a efecto de instruir en forma irrevocable en tanto existan obligaciones de pago por el financiamiento objeto de la presente autorización a los contribuyentes sujetos al pago del Derecho previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluyendo el producto de las multas, recargos, actualizaciones, gastos de ejecución, así como la indemnización por cheques recibidos por las autoridades fiscales en los supuestos a que se refiere el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, para que cumplan su obligación de pago depositando la totalidad de las cantidades que les corresponda cubrir por cualquiera de los conceptos referidos en la cuenta bancaria que al efecto les indique, para su posterior e irrevocable depósito a la cuenta bancaria del fideicomiso de fuente de pago o garantía o ambas, que se acuerde con Banobras o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate, del que una vez cubierto el servicio de la deuda, se le devolverán los recursos remanentes. En el evento de que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, no tuviera la administración del cobro del derecho previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, y sus accesorios, y el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, o la instancia que llegara a administrar en términos de la normatividad aplicable el cobro del derecho referido, cualquiera de éstos se subrrogará en todas las obligaciones y derechos para que, por cuenta y orden del Municipio, se pague el servicio de la deuda que se genere con motivo del financiamiento que se obtenga en virtud de la presente autorización, pudiendo al efecto suscribir títulos de crédito y demás instrumentos jurídicos que resulten necesarios para el cumplimiento cabal de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la presente autorización. DÉCIMO TERCERO.- El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá obtener autorización por parte del H. Congreso del Estado de Quintana Roo, para estar en posibilidad de materializar lo previsto en el presente acuerdo. Sin perjuicio de lo anteriormente autorizado, se deberá escuchar la opinión del Instituto para el Desarrollo y Financiamiento del Estado de Quintana Roo, a fin de contratar la deuda o financiamiento con Banobras y/o las Instituciones Bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate. Que toda vez, que es necesario remitir a la Honorable XII Legislatura del Estado de Quintana Roo, la correspondiente Iniciativa con Proyecto de Decreto para que se autorice al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, la contratación del financiamiento respectivo, se tiene a bien someter a la consideración de esta Honorable representación popular, la siguiente:

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO DE AUTORIZACIÓN DE REFINACIAMIENTO DE LA DEUDA PÚBLICA DIRECTA Y EL COSTO DE INVERSIONES PRODUCTIVAS DE LOS PROGRAMAS DE INVERSIÓN MUNICIPAL. PRIMERO: Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que por conducto de los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en lo sucesivo Banobras y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano que ofrezcan las mejores condiciones crediticias uno o varios financiamientos en la modalidad de crédito simple, con la deuda solidaria del Estado de Quintana Roo a través del Poder Ejecutivo, hasta por la cantidad de $1,400’000,000.00 (UN MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), incluidos los accesorios financieros, impuestos, intereses durante el periodo de disposición y/o gracia, capitalización de intereses, y comisiones, así como para cubrir la constitución y/o la reconstitución de fondos de reserva, coberturas, pagar asesorías y honorarios profesionales que se relacionen con la estructuración, negociación y formalización del o los créditos que se celebren con base en la presente autorización y el o los mecanismos que se requieran para formalizar la fuente de pago y/o la garantía del mismo o cualquier otro gasto asociado a la correcta concreción del negocio. SEGUNDO: El o los créditos que contrate el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, deberá(n) destinarse para (i) refinanciar la deuda pública directa a su cargo contraída con diferentes instituciones de crédito de la banca comercial, de la banca de desarrollo, así como con personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, para su consolidación, siempre que los recursos que dieron origen a la deuda de mérito se hayan destinado para los fines autorizados en la legislación aplicable, y (ii) financiar el costo de inversiones públicas productivas previstas en los programas municipales de inversión, incluidas las acciones y adquisiciones para llevar a cabo la modernización catastral necesarias, sin perjuicio del pago de los conceptos que se precisan en el artículo primero anterior. Asimismo, se autoriza la incorporación de este Municipio al Programa de Modernización Catastral que coordina Banobras, así como su adhesión al Convenio Marco celebrado entre esa Institución con la Institución Participante (INEGI o UNAM a definir por Banobras), a fin de que esta última elabore, con cargo a los apoyos que al efecto se gestionen a favor del Municipio por conducto de Banobras ante el Fiduciario del Fideicomiso 1249 “Para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios" (FIDEM), los estudios y proyectos siguientes: Diagnóstico Catastral y Plan de Acción, que permita identificar las áreas de oportunidad para mejorar la gestión catastral y recaudatoria. Proyecto Ejecutivo que permita identificar los costos, beneficios, calendario de ejecución y rentabilidad de las acciones aprobadas por el Municipio. Supervisión y Dictamen Técnico de Cumplimiento de las acciones contenidas en el Proyecto Ejecutivo. De igual forma, toma conocimiento que una vez que se cuente con el documento “Proyecto Ejecutivo”, la Administración Municipal, a través de sus representantes legalmente facultados llevará a cabo el proceso de contratación de las acciones ahí contenidas, para lo cual deberá disponer de los recursos económicos necesarios para cubrir la totalidad de su costo, y que los recursos no recuperables se podrán otorgar bajo la modalidad de compensación y/o rembolso a través de Banobras, para amortizar anticipadamente el importe de la porción del crédito destinada a este concepto, una vez que se emita el Dictamen Técnico de Cumplimiento por parte de la institución encargada de la supervisión. La adjudicación y ejecución de las acciones que sean contratadas para la consecución del proyecto ejecutivo, serán efectuadas de acuerdo a los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Adquisiciones,

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Arrendamientos y Servicios del Estado de Quintana Roo o su similar en materia federal, así como en los reglamentos municipales aplicables y con la supervisión del Ayuntamiento. TERCERO: El o los créditos que contrate el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, deberá(n) formalizarse y disponerse durante el ejercicio fiscal 2010 y/o 2011 inclusive y amortizarse en su totalidad en el plazo que para ello se establezca en cada contrato de apertura de crédito que al efecto se celebre, pero en ningún caso podrá ser superior a 20 (veinte) años contados a partir de la fecha en que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, ejerza la primera disposición del o los créditos de que se trate, y/o entren en efectividad la o los refinanciamientos que en su caso se formalicen, con base en la presente autorización, en el entendido de que los demás plazos, así como los intereses, comisiones y demás términos y condiciones serán los que se establezcan en el contrato que al efecto se celebre. Sin perjuicio de lo anterior, el contrato mediante el cual se formalice el crédito de que se trate y que formalice el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, estará vigente mientras existan obligaciones a su cargo, en calidad de acreditado y/o del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, con el carácter de deudor solidario y a favor de Banobras y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate CUARTO: Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que por conducto de los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, afecte a favor de Banobras y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate, como (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, para cumplir con las obligaciones asociadas al o los créditos que contrate con base en la presente autorización, (a) el derecho y los flujos de recursos derivados de las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan, sin perjuicio de afectaciones anteriores, y/o (b) los flujos de recursos derivados del cobro de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la federación ubicados en la Zona Federal Marítimo Terrestre, de conformidad con lo previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluyendo el producto de las multas, recargos, actualizaciones, gastos de ejecución, así como la indemnización por cheques recibidos por las autoridades fiscales en los supuestos a que se refiere el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, en el entendido de que en todos los casos señalados podrán afectarse (1) un porcentaje suficiente o necesario o la totalidad de los derechos e ingresos, según se requiera y corresponda, ó (2) aquellos derechos e ingresos, según corresponda, que sustituyan y/o complementen total o parcialmente a los que deriven de las fuentes antes mencionadas. QUINTO: Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que por conducto de los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, celebre, emplee o modifique cualquier instrumento legal que se requiera para formalizar individual, o conjuntamente con el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el mecanismo para afectar en (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, los derechos e ingresos a que se refiere el numeral cuarto inmediato anterior o aquellos derechos e ingresos que los sustituyan y/o complementen total o parcialmente, con el propósito de que cumplan con las obligaciones que deriven del o los créditos que se contraten y dispongan con base en la presente autorización. Asimismo, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, podrá modificar las instrucciones irrevocables o mandatos que hubiere emitido anteriormente y/o emitir nuevas instrucciones o mandatos a las instancias que correspondan para que los flujos de los recursos que se afecten para garantizar y/o pagar el o los créditos que se autorizan, lleguen de manera irrevocable a los mecanismos que se instrumenten en términos de lo autorizado en la presente acta. SEXTO: El instrumento legal que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, celebre, emplee o modifique para constituir el mecanismo de (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, podrá formalizarse a través (a) de un contrato de fideicomiso o mediante la modificación, en caso necesario, del que ya tuviera constituido, y/o (b) un contrato de mandato especial

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irrevocable para actos de dominio, que cumpla con las formalidades que la Legislación aplicable establece. En cualquiera de los dos casos el mecanismo tendrá en carácter de irrevocable en tanto existan obligaciones de pago a cargo del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, derivadas del o los créditos que contrate con base en la presente autorización, en el entendido que, para que cesen los efectos de la afectación, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá contar con autorización expresa y por escrito otorgada por funcionario legalmente facultado que actúe en representación de Banobras o de la y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate, según sea el caso. SÉPTIMO: Se faculta al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que gestione ante el Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo que se constituya en su deudor solidario por todas y cada una de las obligaciones que deriven del o los créditos que formalice con base en la presente autorización y la que se obtenga de la Legislatura y para que con tal carácter pueda afectar en (i) garantía y/o (ii) fuente de pago y/o (iii) fuente primaria de pago y/o (iv) fuente alterna de pago, el derecho y los flujos de recursos que deriven de las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan al Estado de Quintana Roo, con la formalización de todos los instrumentos necesarios por conducto del titular de la Secretaría de Hacienda, en el entendido que la nueva afectación que se realice en ningún caso podrá ser superior al porcentaje o importe que actualmente destina para respaldar la deuda pública indirecta adquirida como deudor solidario del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. OCTAVO: Las obligaciones que deriven del o los créditos que contrate el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con base en la presente autorización, deberán inscribirse en el Registro Único de Obligaciones y Empréstitos del Estado de Quintana Roo y ante el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios que lleva la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de lo que establecen las disposiciones legales y administrativas aplicables. NOVENO: El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá adicionar el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal en que se contrate(n) el(los) crédito(s) que se autorizan en la presente acta (2010 ó 2011), para considerar las erogaciones que derivarán de las obligaciones asociadas al(los) crédito(s) que se formalizará(n) con base en la presente autorización. Asimismo, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá incluir anualmente en el Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal en tanto existan obligaciones pendientes de pago asociadas al(los) crédito(s) que se formalice(n) con base en la presente autorización, el monto para el servicio de la deuda, hasta la total liquidación del(los) mismo(s). DÉCIMO: El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá realizar las acciones que resulten necesarias y previamente a la formalización de cualquier instrumento, para que el H. Congreso del Estado de Quintana Roo, prevea, reforme o adicione la Ley de Ingresos del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, del ejercicio fiscal en que se contrate(n) el(los) financiamiento(s) (2010 ó 2011), para incluir el ingreso derivado del(los) crédito(s) que contrate con base en la presente autorización. DÉCIMO PRIMERO.- Se autoriza al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para que a través de los Ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal celebre todos los actos jurídicos, documentos, títulos de crédito, contratos, convenios o cualquier instrumento legal que se requiera para formalizar el (los) crédito(s) autorizado(s) en la presente acta, con las características, monto, condiciones y términos que constan en la misma, así como para la(s) afectación(es) que se requiera(n) para constituir la (i) garantía y/o (ii) la fuente de pago y/o (iii) la fuente primaria de pago y/o (iv) la fuente alterna de pago, para el cumplimiento de las obligaciones asociadas al o los créditos que se celebre con base en la presente autorización. Asimismo, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo podrá celebrar contratos o mandatos y/u otorgar instrucciones irrevocables para instrumentar la recepción de los flujos derivados del cobro de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la federación ubicados en la Zona Federal

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Marítimo Terrestre, de conformidad con lo previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluidos sus accesorios tales como multas, recargos y actualizaciones, a fin de que tales recursos se capten por instituciones de crédito y/o comercios en nombre y por cuenta del municipio, y sean depositados o transferidos a las cuentas del fideicomiso a través del cual se sirva el pago de la deuda que se contraiga con motivo de la presente autorización, mientras existan obligaciones de pago derivadas de la misma deuda. DÉCIMO SEGUNDO.- El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo podrá realizar todos los actos necesarios a efecto de instruir en forma irrevocable en tanto existan obligaciones de pago por el financiamiento objeto de la presente autorización a los contribuyentes sujetos al pago del Derecho previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluyendo el producto de las multas, recargos, actualizaciones, gastos de ejecución, así como la indemnización por cheques recibidos por las autoridades fiscales en los supuestos a que se refiere el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, para que cumplan su obligación de pago depositando la totalidad de las cantidades que les corresponda cubrir por cualquiera de los conceptos referidos en la cuenta bancaria que al efecto les indique, para su posterior e irrevocable depósito a la cuenta bancaria del fideicomiso de fuente de pago o garantía o ambas, que se acuerde con Banobras o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate, del que una vez cubierto el servicio de la deuda, se le devolverán los recursos remanentes. En el evento de que el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, no tuviera la administración del cobro del derecho previsto en el artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, y sus accesorios, y el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, o la instancia que llegara a administrar en términos de la normatividad aplicable el cobro del derecho referido, cualquiera de éstos se subrrogará en todas las obligaciones y derechos para que, por cuenta y orden del Municipio, se pague el servicio de la deuda que se genere con motivo del financiamiento que se obtenga en virtud de la presente autorización, pudiendo al efecto suscribir títulos de crédito y demás instrumentos jurídicos que resulten necesarios para el cumplimiento cabal de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la presente autorización. DÉCIMO TERCERO.- El Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, deberá obtener autorización por parte del H. Congreso del Estado de Quintana Roo, para estar en posibilidad de materializar lo previsto en el presente acuerdo. Sin perjuicio de lo anteriormente autorizado, se deberá escuchar la opinión del Instituto para el Desarrollo y Financiamiento del Estado de Quintana Roo, a fin de contratar la deuda o financiamiento con Banobras y/o las Instituciones Bancarias del Sistema Financiero Mexicano con que se contrate.

SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN CANCUN, QUINTANA ROO, A 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2010

LOS CIUDADANOS MIEMBROS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO

(FIRMAS)

III).- Las autorizaciones objeto del presente acuerdo, se otorgan sin perjuicio de las responsabilidades en

que hubiesen podido incurrir servidores públicos municipales, por lo que se instruye al Ciudadano Contralor Municipal para que revise los procedimientos de asignación y ejecución de las obras relacionadas con los créditos que a través de la presente autorización se refinancian, y en su caso, se dé inicio a los procedimientos legales respectivos para fincar las responsabilidades correspondientes a quienes resulten responsables del quebranto municipal.

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IV).- Se instruye a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta de este Honorable Ayuntamiento para que dé puntual seguimiento al cumplimiento de las autorizaciones objeto del presente acuerdo, informando con la debida oportunidad a este órgano colegiado de gobierno, respecto del contenido de los contratos y documentos relacionados con estas, lo anterior, sin menoscabo de las responsabilidades de los órganos fiscalizadores y de la propia Contraloría Municipal.

V).- En el caso de que el refinanciamiento sea contratado con una institución financiera diferente a Banobras y las condiciones crediticias sean diferentes a las aprobadas en el presente acuerdo, deberán someterse nuevamente a la aprobación del Honorable Ayuntamiento, las nuevas condiciones crediticias. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del quinto párrafo de la página tres, el Síndico Municipal Ciudadano Javier Brito Rosellón , manifestó: Se propone se de lectura al anexo de referencia que aparece en la última página del presente acuerdo. Es decir, la lectura de la reestructura propuesta que aparece como anexo. Al terminar la lectura del anexo, solicitando el uso de la voz el Síndico Municipal Ciudadano Javier Brito Rosellón , manifestó: Con la venia señor Presidente. Se continuaría la lectura a partir del párrafo quinto de la página tres. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al dar lectura a la Iniciativa del presente acuerdo, solicitó el uso de la voz el Síndico Municipal, Ciudadano Javier Brito Rosellón, quien manifestó: Con la venia señor Presidente. En virtud de que la Iniciativa con proyecto de Decreto de autorización de refinanciamiento de la deuda pública directa y el costo de inversiones productivas de los programas de inversión municipal han sido objeto de los considerandos y puntos de acuerdo que ya son conocidos de ustedes, se solicita consecuentemente la dispensa de esta iniciativa. Es cuanto. Al concluir, solicitando el uso de la voz el Segundo Regidor Ciudadano Ricardo Velazco Rodríguez , manifestó: Solamente para hacer una corrección en la hoja de la propuesta de los tramos de reestructura. El “Tramo 2” que se leyó como “Tramo 2” sería “Tramo 3”, y viceversa, el Tramo 3 sería el “Tramo 2”; con una modificación en la gracia en pago de intereses del “Tramo 3” sería hasta marzo 31 del 2011, y del principal por 12 meses. Y con respecto al “Tramo2”, sería gracia en pago de intereses hasta marzo 31 del 2011, y del principal por 12 meses. Porque la sugerencia es que podamos firmar el documento ya modificado para hacérselos pasar ahorita y que es el definitivo porque es el que se precabildeo. Es importante por la liberación de garantías y por el costo de la línea de crédito de 280 millones pesos. A continuación en uso de la voz el Presidente Municipal Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, sometió a consideración de los integrantes del Honorable Cabildo, la propuesta anterior la cual fue aprobada por unanimidad de votos. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Al concluir la lectura del presente documento el Presidente Municipal Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones. Solicitando el uso de la voz el Décimo Tercer Regidor, Ciudadano Martiniano Maldona do Fierros, manifestó: Nada más para precisar. En el punto de acuerdo, el décimo tercero, en el inciso tercero que está en la penúltima hoja, en la página 17; que este punto quede como un punto preciso, es decir, como décimo cuarto, para precisar en lo

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que se refiere, dice: “Las autorizaciones objeto del presente acuerdo, se otorgan sin prejuicio de las responsabilidades en que pudiese podido incurrir –podido debe ser, aquí dice podio- pudieron incurrir servidores públicos municipales, por lo que se instruye al Ciudadano Contralor Municipal para que revise los procedimientos de afinación y ejecución de las obras relacionadas con los créditos que a través de la presente autorización se refinancian y en su caso dé inicio a los procedimientos respectivos”; yo quisiera agregarle, si pudiéramos agregar ahí, donde dice:“legales respectivos…”, “para fincar las responsabilidades correspondientes a quien resulte responsable del quebranto municipal”, quisiera que esto se le pudiera agregar como un punto de manera muy específica. Entonces, esto lo someto a consideración. La adición, efectivamente. A continuación, solicitando el uso de la voz la Primera Regidora, Ciudadana Latifa Muza Simón, manifestó: Yo le preguntaría a Conchita y a Berenice que estuvieron ó que estuvimos en el precabildeo y precisamente se puso así para que no fuera la Legislatura, es algo que nos correspondía hacer a nosotros, no habría que mandarle ese punto. Entonces, lo discutimos en el precabildeo y sugerimos que hubiera esos tres acuerdos. Nada más así como una moción. A continuación, solicitando el uso de la voz la Sexta Regidora, Ciudadana Concepción Josefa Colín Antunez, manifestó: Lo que se lee, en donde está todo el clausulado, forman parte específicamente de las condicionantes que se tendrán que tomar en base a lo que nosotros estamos aprobando el refinanciamiento de la deuda; se pone como punto a parte separado el acuerdo porque el “Acuerdo Uno” sería primero todo este conjunto de cláusulas ya es en la fracción III (número romano), en la que para nosotros la instrucción que nosotros nos estamos dando es como gobierno, el que el Contralor inicie el procedimiento y que obviamente se tendrá que fincar las responsabilidades, se puede ir más al detalle como lo sugiere el regidor pero finalmente el inicio del procedimiento legal correspondiente no concluye porque no se presenten a declarar lo que quisieran hacer para defenderse ¡no!, el procedimiento tiene que concluirse hasta que se determine si existe o no existe responsabilidad. –Perdón, como ya tomé la palabra, sí me permiten aprovecho porque quería hacer una intervención-. Nada más un comentario. Precisamente en las revisiones que estuvimos haciendo, en la página siete, punto decimo primero, fuimos un poquito reiterativos en señalar que por favor se ponga cuáles son los funcionarios que son obviamente los representantes y los que están facultados por la ley para (no audible), es decir, Presidente Municipal y Tesorero nada más. Respecto a todo lo que es este refinanciamiento yo quiero decir nada más, que en cuanto se haga o se concrete estos tramos que se van hacer –se dijo por ahí que existe una cantidad que es como una garantía por el “crédito revolvente” de los 280 millones-, lo que se libere por ésta cuando se haga obviamente el refinanciamiento, que se aplique directamente al pasivo de la deuda; porque bueno ahorita está el endeudamiento total por esa cantidad. Lo que voy a expresar a continuación es la razón de la forma en que voy a votar. Después de mucho trabajo de estar revisando esto llegamos y logramos a que precisamente se viera y se ajustara a la cantidad estrictamente a lo que se necesita refinanciar por la situación en la que se encuentra el municipio; por eso incluso solicitamos la inclusión del documento que nos fue presentado y, que pudiera variar en cifras porque en el momento en que se firme el contrato si hubo

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un movimiento en estos mismos créditos tendrán que ser las cantidades, que obviamente esperamos que deben ser a la baja porque no pueden ir más arriba. Por otro lado, logramos que BANOBRAS liberará, quitará esa cláusula que nos mortificaba, nos preocupaba mucho, respecto al riesgo de posible afectación de los ingresos propios como era el predial y otros ingresos, esto finalmente ya no quedo dentro contemplado; ese riesgo ya quedo liberado. También yo estoy de acuerdo y por eso lo pusimos en ese acuerdo, que respecto a la posible responsabilidad de funcionarios ó servidores públicos si existe el sustento en algún monto que haya ocasionado ó que forme parte de las causas de la situación financiera actual del municipio. Y también, la otra parte que incluimos, porque consideramos muy importante la información que tenga el Cabildo para que pueda reaccionar de manera inmediata es, la que se incluye en donde se le instruye a la Comisión de Hacienda para que esté vigilante e informando acerca de los movimientos de este refinanciamiento; pero esto no sé si vale la pena que le aumentemos ahí: “Sin menoscabo de la responsabilidad de los Órganos Fiscalizadores y de la propia Contraloría.”, que también tendría que estar informándonos. Es cuanto. A continuación, solicitando el uso de la voz la Décimo Quinta Regidora, Ciudadana Jessica Chávez García , manifestó: Gracias. Sin lugar a dudas fueron importantes algunas observaciones y modificaciones que hicieron varios compañeros sobretodo compañeras regidoras sin embargo, en lo particular, tengo algunos comentarios que me voy a permitir manifestar. Por principio, si bien es cierto que se mencionó en el propio acuerdo que los estados financieros del 2009 reportan incluso un déficit, la realidad es que a decir de varios de los funcionarios de la Tesorería Municipal estos no han sido auditados por un Contador Público, un especialista y pues aquí hay un asunto que bueno BANOBRAS parece ser que pasó por otro alto, habrá que ver que otra institución financiera bancaria hubiera pasado por alto también, ahí está un punto; y finalmente esto nos permitiría que tuviéramos información veraz de todas las cifras expresadas tanto de los periodos del 2008 como del 2009, y bueno ahí lo dejo sobre la mesa. En cuanto a los ingresos y la recaudación –precisamente derivaba mi comentario en la pasada sesión ordinaria- no se tiene un reporte de los ingresos recaudados en este ejercicio, particularmente en el tercer trimestre del 2010 –información que fue solicitada por su servidora, Presidente-; esto sin duda nos hubiera permitido tener un panorama más amplio de la situación financiera real del municipio, así mismo es necesario analizar cómo impactará esta reestructura en los presupuestos 2010 y 2011, como está aquí plasmada en el propio acuerdo, pero hubiera sido muy interesante irlo manejando paralelamente. A eso no le llamaría yo en definitiva un profundo análisis como está redactado en el propio acuerdo, a pesar de que hubo un planteamiento, un esbozo que dio el Tesorero Municipal al inicio de los trabajos de revisión de esta propuesta de reestructura. La línea de crédito, en principio, esta línea que fue autorizada por 200 millones por varios de los integrantes del Cabildo después incrementara a 300, ha sufrido algunas variaciones, se ha manejado la cifra de 280 y al final de cuentas sí me gustaría que hubiera mucha precisión en cuanto a esto; desde mi particular punto de vista esta hoja “simple”, esta “simple” hoja, este documento no respalda las erogaciones de 280 millones de pesos. Y el artículo sexto de la Ley de Deuda Pública del Estado señala que, no requieren autorización de la

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Legislatura obligaciones directas cuyo plazo no rebase a los 60 días naturales, como es el caso precisamente de esta línea, estas operaciones serán sujetas a requisitos de información y registro al que se refiere la ley; para mí esto definitivamente no es un requisito de esta naturaleza. Cuestión que en definitiva no se ha cumplido a la presente fecha y la tabla de erogaciones que menciono no cumple con estos requisitos además, habría que analizar, porque la propia Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta que preside el Síndico Municipal, tenía desde un inicio la obligación de reportar a los integrantes del Cabildo mensualmente cuáles eran precisamente estos gastos de estas contingencias que originalmente eran lo que derivaron la contratación de esta línea de crédito revolvente; y bueno sí le pedí al Sindico Municipal que retome este trabajo de información y que a mayor profundidad pueda usted abordar el tema de esta línea de crédito. Adicionalmente, en el acuerdo tercero del sexto punto del Orden del Día de aquella Octava Sesión Ordinaria de Cabildo se mencionó, que se instruye a la Tesorería para que la línea de crédito no tenga adeudo alguno al cierre del ejercicio 2010, lo digo por algunos comentarios que se han vertido entorno a que es en febrero, y sí quiero mencionar que al término del corriente ejercicio es cuando se tiene que dejar esto completamente subsanado. En cuanto a las tablas de amortización fue requerido por varios de los integrantes, hubiera sido muy interesante el tener precisamente este reflejo de los pagos y los montos precisamente las cantidades y el saldo para amortizar de aquí hasta que termine el tema de la reestructura y bueno finalmente esta aquí un comparativo que sí es interesante porque está muy gráfico pero también hubiera sido en cuanto a los intereses, en cuanto a capital y demás. El tema de la empresa proveedora es otro asunto que también se señaló, si bien es cierto acá se ha manejado que se iniciará un proceso a través del Comité de Adquisiciones, el punto es que de facto: hay una empresa que ya está con información, con datos, que evidentemente son confidenciales que ya está manejando y que se tiene que iniciar un procedimiento que debe ser claro y puntual; y evidentemente habrá que ver que quienes integran este tipo de organismos que estén vigilantes al respecto. El punto del Instituto para el Desarrollo y Financiamiento del Estado de Quintana Roo, se menciona que habrá una opinión legal, efectivamente esto está en la propia normatividad interna de este instituto que depende tanto del Secretario de Hacienda como el Gobernador del Estado, pero aquí la realidad es que ojala hubiera la claridad en cuanto a que no existirá ninguna erogación adicional al Ayuntamiento por esta mera opinión. Y bueno en cuanto la responsabilidad, que se ha mencionado aquí, que incluso mi compañero Martiniano Maldonado ha hecho comentarios en este sentido, que bueno que se precisa pero también Carlos Trigos Perdomo sigue allá fuera y no hay ningún tipo de responsabilidad que se le haya fincado. Señor Tesorero le otorgue mi voto de confianza, mi voto, y usted comentó que la prioridad para usted era el tema de la reestructura, esto probablemente salga el día de hoy, le pediría yo que se tome cartas en el asunto para analizar a este funcionario público que debe de ser sancionado con todo el peso de la ley. Es cuanto. A continuación, solicitando el uso de la voz la Primera Regidora Ciudadana, Latifa Muza Simón , manifestó: Nada más para hacer una corrección y que me corrijan mis compañeras. En el punto segundo, en la cláusula segundo, nosotros en el (ii) dijimos: “financiar”, -en la página cuatro- dijimos (ii):

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“financiar el costo de…” y quitábamos “inversiones públicas, productivas previstas en los programas municipales de inversión incluidas” –hasta ahí quitábamos- entonces dejábamos: “financiar el costo de las acciones” y quitábamos la palabra: “obras”; o sea, esto no se tomó en cuenta no más para que lo corrijamos, es algo que habíamos acordamos en el precabildeo y es algo que se nos paso. Al concluir, solicitando el uso de la voz el Síndico Municipal, Ciudadano Javier Brito Rosellón , manifestó: Con la venia señor Presidente. Para hacer una acotación en relación con el comentario de la Regidora Jessica Chávez, a propuesta de Sindicatura, se está llevando a cabo por parte de Contraloría una auditoría interna por lo que corresponde al ejercicio actual del 2010; el grado de avance de dicha auditoría de el derivara la información que usted requiere y será cuestión de preguntar al Contralor en qué grado de avance está dicha auditoría. Por lo que corresponde a otro comentario referido al crédito de los 280 millones, crédito revolvente, actualmente contamos la Comisión de Hacienda con la apertura para la información de todos los datos de este rubro, que con el anterior Tesorero Carlos Trigos, no habíamos podido realizarlo entonces; derivado de esto, vamos a estar en posibilidades de tener información: fidedigna, autentica y expedita por lo que corresponde a este rubro de crédito revolvente, en su oportunidad una vez que la tengamos la haremos llegar a todos los integrantes del Cabildo. Es cuanto. A continuación, solicitando el uso de la voz la Cuarta Regidora, Ciudadana Berenice Penélope Polanco Córdova , manifestó: Yo quisiera hacer algunas precisiones. En principio, adelantar el sentido de mi voto, voy a aprobar la presente reestructuración y no porque esté convencida de que sea la mejor solución sino porque creo que estamos “contra la pared”; necesitamos principalmente liquidez y creo que lo único en este momento que nos la puede dar es: la venta de patrimonio municipal ó la reestructuración en los términos en los que se está planteando sobretodo, cuando se ha logrado conseguir por parte de BANOBRAS un plazo de gracia de seis meses por intereses y doce meses por lo que respecta a capital. No es la panacea, me queda claro, porque en el propio considerando de los acuerdos que se someten aprobación el día de hoy se señala que, ha sido cíclico el estar en este proceso de refinanciamiento y que no ha llevado finalmente a una solución de fondo en lo que se refiere a las finanzas del Ayuntamiento. Creo que esto es solamente un primer paso, como se señala en el propio considerando, se tiene que hacer un esfuerzo recaudatorio y obviamente de disminuir la corrupción al interior de las dependencias de este Ayuntamiento, porque mientras no se tome cartas en el asunto difícilmente va a incrementar la recaudación porque hay muchas fugas y cajas chicas en cada una de las secretarías o direcciones que componen este Ayuntamiento. Y por otra parte, tenemos que hacer también un esfuerzo serio de austeridad presupuestaria, mientras no logremos hacer eso seguiremos viendo administración con administración refinanciamientos venir e ir y refinanciar el refinanciamiento del refinanciamiento de la administración anterior, por qué, porque esta no es la solución de fondo, mientras no encontremos tener mayores ingresos que los egresos nunca vamos a lograr tener una solución de fondo a los problemas financieros. Creo que se han logrado tener buenas condiciones en cuanto al financiamiento pero, otra de las cosas que nos lleva a tener que estar aprobando esto el día de hoy, como señalaba, es la corrupción. Mi compañera Jessica

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Chávez ya bien señalaba, que se habla de un déficit de 104, 114 millones, 140 millones de pesos en los estados financieros y que fue lo que se nos reportó en la Cuenta Pública del 2009; sin embargo, una servidora señaló en la sesión de Cabildo en donde se aprobó la Cuenta Pública, que eso no era la realidad financiera de este Ayuntamiento, tristemente debo decir que el paso del tiempo me dio la razón y no para congratularme sino porque finalmente esa era la realidad y no se puede “tapar el sol con un dedo”. Lo que sí no podemos de manera responsable estar aprobando una reestructuración el día de hoy sin que efectivamente, como señala dos de mis compañeros, finquemos las responsabilidades correspondientes a quienes de una u otra manera han contribuido a que el día de hoy estemos en la situación financiera en la que estamos. No basta simplemente con señalar que un ex tesorero camina hoy tranquilamente por las calles de Cancún, tenemos en verdad que iniciar los procedimientos, algo tan sencillo como el hecho de que se nos alteró información en la Cuenta Pública que se presentó a este Cabildo creo que sería suficiente para estar ya iniciando un procedimiento de responsabilidad administrativa y tratar de recuperar en lo poco parte del daño patrimonial que se causó en este Ayuntamiento y sentar, porqué no también, precedentes para futuras administraciones de que no pueden llegar gente de otras partes de la República a saquear las arcas municipales de Benito Juárez y finalmente quedarse libres e impunes. Finalmente, ya dentro de los puntos de acuerdo, en el precabildeo se señaló que se debía de agregar un punto adicional de acuerdo que no lo veo aquí, y es en el sentido de que el acuerdo se está aprobando para que sea con BANOBRAS y/o otra institución financiera en su momento; habíamos pedido que en caso de que fuera otra institución financiera y no fuera bajo las mismas condiciones crediticias que ya se han pactado con BANOBRAS, tendría que regresar a Cabildo para que se analizara y en su caso se aprobara la contratación. Entonces, yo sí pediría que si vamos a dejarlo abierto tal y cual se nos está presentando que es BANOBRAS y/o otra institución financiera del Sistema Bancario Mexicano, sí incluyéramos ese punto que ya lo habíamos solicitado de hecho en el precabildeo. Es cuanto. Al concluir, solicitando el uso de la voz el Décimo Regidor, Ciudadano Víctor Manuel Viveros Sal azar, manifestó: Unos puntos nada más. Este es un documento muy grande y muy complicado por más que muchos, sobretodo los abogados de aquí le metieron mucho la mano, de todos modos se sigue perfeccionando, se sigue todavía detallando; es más quisiera para mi compañero Martiniano. El esquema de orden que le metieron al documento, el primero, bueno todos los puntos del acuerdo, el primero romano (I); el segundo romano (II), el mandar a la Legislatura todo el documento como la siguiente alternativa como proyecto de decreto; el tres, la autorización objeto del presente decreto…, lo que tú comentabas y; el cuatro, para que sean parte de los acuerdos de Cabildo pero no de la Iniciativa del decreto que se va a enviar. Nada más, algo que comentó mi compañera Jessica creo que sí tiene razón, nada más que vamos a enfocarlo, porque la vez pasada que estábamos en el precabildeo también le dijimos al Tesorero que por qué no traía preso a Trigos, bueno dijo: díganle al Contralor entonces; yo creo que vamos a enfocarlo con quien debe de ser, tampoco pidamos donde no debe de ser, y vayamos de una vez de manera oficial al Contralor de este Ayuntamiento, para que tome “cartas en el asunto” y le

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de seguimiento por supuesto al problema que tenemos con el ex tesorero y vayamos ya directamente por las causas correspondientes. El otro punto es que lo de la línea de crédito, parte de los acuerdos que hay es que al momento ahorita que se vaya a refinanciar a largo plazo la famosa línea de los 300 millones de pesos, que hay 280, la línea de crédito automáticamente se cancela, esa línea no se va a quedar para si se usa o no se usa, esa se cancela, porque eso fue parte de lo que se acordó y de lo que de alguna de manera se tiene. Yo creo que hay detalles todavía, en mi opinión, en el punto cuarto: “Se instruye a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta de este Honorable Ayuntamiento, para que siga su puntual seguimiento al cumplimiento de las autoridades objeto del presente acuerdo, informando con su debida oportunidad a este Órgano Colegiado de Gobierno, respecto al contenido del contrato o documentos relacionados con estos”; creo que hay detalles, hay puntos, hay cosas que se van a seguir afinando y que de alguna manera como lo observa el cuarto punto de los acuerdos de este día sea a través de la Comisión de Hacienda, que estamos ahí todos, para que le demos puntual seguimiento y se vean todos estos detalles. Creo que un punto que comentó Bere, es un punto importante, que finalmente sino es con los bancos que se está determinando que tendrá que regresar la propuesta, que por supuesto se supone que debe ser mejor, porque aquí mismo lo comenta y lo dice: “Se autoriza al Ayuntamiento de Benito Juárez, para que por conducto de los Ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, contraten con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito Institución de Banca de Desarrollo, en lo sucesivo BANOBRAS y/o las instituciones bancarias del Sistema Financiero Mexicano, que ofrezcan las mejores condiciones crediticias uno o varios financiamientos de la modalidad de crédito simple, entonces; finalmente sí hay algo que no tenga estas características, que sea adicional, que venga bajo otro esquema tendrá que venir al Cabildo como se había comentando. Entonces, yo creo que son detalles, van a seguir saliendo por supuesto, este documento es muy grande, hay que perfeccionarlo, pero bueno si fuéramos ya también a través de la comisión. Es solamente un comentario respetuoso. A continuación, solicitando el uso de la voz la Primera Regidora Ciudadana Latifa Muza Simón , manifestó: Nada más para aclarar; como dice Berenice. Lo que pasa es que en el acuerdo décimo primero nos volamos un párrafo que es precisamente el párrafo que hablaba de lo de las tasas y para ajustar plazos y demás, y ahí nosotros inicialmente habíamos dicho que lo suprimiéramos pero después dijimos que no, que en todo caso, precisamente por lo de otro banco, que entonces se viniera al propio municipio. Entonces, no sé si es esto lo que nos está faltando, porque a mí me había quedado de entrada que lo íbamos a quitar y después dijimos que iba a ser previa autorización del Ayuntamiento; el acuerdo inicial el que estuvimos corrigiendo tenía tres párrafos en la cláusula décimo primera y ya cuando llega viene nada más con dos. No más por si hay que hacer alguna adecuación sea así, no sé. Al concluir, solicitando el uso de la voz la Cuarta Regidora, Ciudadana Berenice Penélope Polanco Córdova , manifestó: Nada más para aclarar el punto. Efectivamente, pero eso se refería a que cambiaran las condiciones con el propio BANOBRAS, ahí habíamos solicitado que en caso que no nos respetaran lo que se había plasmado en el anexo, en la tabla anexa, una de dos, o regresaba o se eliminaba este párrafo o tenía que ponerse previa aprobación del ayuntamiento,

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es decir, cambiar las condiciones de la reestructura con el propio BANOBRAS; aquí lo eliminaron, eso quiere decir que cualquier modificación que tengan que hacer regresaría al Cabildo, pero adicionalmente de esto se abrió la posibilidad a que pueda ser otra institución bancaria en el caso de que BANOBRAS se arrepienta y no nos quiera dar el financiamiento o no nos de la totalidad y necesitemos asistir a otra institución bancaria. En ese caso, si no son las mismas condiciones que las que ya teníamos pactadas con BANOBRAS, tendría que regresar a Cabildo para que nosotros aprobáramos las condiciones y verificáramos obviamente las mismas antes de que se contratará. Seguidamente (Intervención fuera del micrófono) el Segundo Regidor, Ciudadano Ricardo Velazco Rodríguez , manifestó: Bueno como acotación. Aún con el propio BANOBRAS, siempre y cuando modificara favorablemente a la propuesta original. (Inmediatamente y fuera del micrófono) En uso de la voz la Cuarta Regidora, Ciudadana Berenice Penélope Polanco Córdova , agregó: La eliminación en resumidas cuentas, es correcto. A continuación, solicitando el uso de la voz la Séptima Regidora, Ciudadana Febe Marín Trujillo , manifestó: Todo lo aunado, todo lo que se ha dicho y para que no quede como un acuerdo de buenas intenciones, quisiera leer esta parte que está en los considerandos, nos dice que: “Para provocar un efecto de fortalecimiento de las finanzas públicas, mediante la adopción de mecanismos que apoyen los ingresos del municipio, tenemos que ajustar el gasto…”, comprometernos efectivamente ajustar el gasto del Ayuntamiento para poder alcanzar las metas de este ejercicio fiscal, es decir, darle un puntual seguimiento al ajuste del gasto porque sino entonces todo lo demás quedaría en buenas intenciones. A continuación, solicitando el uso de la voz el Décimo Tercer Regidor, Ciudadano Martiniano Maldona do Fierros , manifestó: Solamente insistiría ahí en precisar, en el inciso tercero, efectivamente como aquí lo comenta mi compañero Víctor, sin embargo, agregarle un poco agregarle también compañeros y si bien es cierto que hay más bien una auditoría como planteaba el señor Sindico Municipal, para donde habrá que salir los argumentos legales para proceder, creo que debemos de fincarle también fecha de cuándo, de qué fecha tiene, el plazo más bien que debe tener Contraloría para poder presentar las denuncias correspondientes. Yo creo, para no darle tampoco largas al asunto, tenemos que fijar alguna fecha también y mi propuesta es que sea a más tardar el 30 de octubre. Al concluir, solicitando el uso de la voz el Síndico Municipal, Ciudadano Javier Brito Rosellón , manifestó: Con la venia señor Presidente; gracias. Respecto de la intervención del Regidor Martiniano, hay que tomar en consideración que actualmente el Órgano Superior de Fiscalización, tiene en su poder todos los elementos consistentes en las solventaciones que han presentado todas y cada una de las áreas del municipio; a la fecha no nos ha llegado todavía información de las conclusiones del estudio y análisis de esas observaciones, en cuanto llegue seguramente ya va a precisar en particular, responsabilidades a funcionarios; en lo particular. Consecuentemente, estamos a la expectativa de que llegue en cuanto antes esa información para que se tengan los elementos legales para la procedencia de las denuncias en su caso o fincamiento de responsabilidades de tipo administrativos; también según sea el caso. Es cuanto. A continuación, solicitando el uso de la voz la Sexta Regidora, Ciudadana Concepción Josefa Colín Antunez , manifestó: Yo sólo para recalcar

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el punto de la responsabilidad y esto es respecto precisamente a las funciones, obligaciones y facultades que tiene todos y cada uno de los funcionarios públicos, respecto por ejemplo, a lo que se está hablando de la auditoria. Creo que aquí, ya lo habíamos mencionado en otras ocasiones, que era necesario se hiciera alguna auditoria especial para que se tuviera obviamente un informe detallado de lo que se tuviera, si era posible, de toda la administración; porque ahorita de lo que se está hablando, que se despega el dictamen, es del resultado de la auditoria que está haciendo el Órgano de Fiscalización –perdón Superior- pero, es respecto a la Cuenta Pública del 2009, entonces hasta el año 2011 posterior, habrá de ver sido aprobado en su caso y haberla pasado a la Legislatura se estará haciendo la auditoria correspondiente. Entonces, sí ha habido observaciones que se han hecho en este Cabildo –como lo menciona la Regidora Berenice que en su momento hizo la observación-; si en este momento respecto a la auditoria, bueno más bien cuando concluya y se presente el dictamen se tienen ya las observaciones, nadie puede ser omiso de no iniciar un procedimiento y fincar la responsabilidad correspondiente porque eso es daño patrimonial y quien lo deje pasar y lo deje en el escritorio está incurriendo también en una falta. En este sentido y siguiendo hablando de la responsabilidad también hay que señalar que en todo esto –que aunque nosotros estemos aprobando aquí, la responsabilidad, y por eso queríamos ser muy puntuales, aunque la ley lo dice- que quedará muy claro la responsabilidad en quienes en su momento la firman el contrato, tendrán que vigilar y salvaguardar que lo que se esté haciendo sea lo más beneficioso para el municipio y tendrá que estar justificado, es decir, no podrá haber modificaciones que ponen en desventaja o que vayan contrarias a la intención de este refinanciamiento que se está haciendo; por lo tanto, también se está instruyendo que haya un seguimiento. Y ya existe una responsabilidad ahora para la propia Comisión de Hacienda, que tendrá que estar ahora sí más participativa, más informada de lo que esté sucediendo con este refinanciamiento para que tengamos información. Pero el seguimiento, el que debe de estar dando la instrucción, porque finalmente es el responsable de la administración pública es el Ciudadano Presidente Municipal; por eso traemos aquí todo esto para que pueda él tener los elementos, que le sirva a él para darle la instrucción a quien tenga que dársele porque es importante que nosotros hagamos la transparencia de cómo se manejan las finanzas públicas y lo que ya se tenga y que se esté comprobado pues estará iniciándose el procedimiento. Yo no podría decir que pongamos fecha para que ya nos traiga el resultado la Contraloría, porque hay plazos, hay también que cumplir con la ley respecto al derecho de audiencia, al derecho de presentar pruebas y esto no está establecido en ley los plazos, lo que sí propondría es que la Contraloría nos informe de la situación actual, el avance que se ha tenido respecto al último informe que nos proporcionó bueno para que vea que sí estamos pendientes y dando seguimiento. Es cuanto. Al concluir, solicitando el uso de la voz la Cuarta Regidora Ciudadana Berenice Penélope Polanco Córdova , manifestó: Solamente para acotar el sentido de la propuesta de lo que quiero que se incluya. Sería como punto cinco romano (V), para que efectivamente no se incluya en la Iniciativa de decreto que va al Congreso. Y es en el sentido de que en caso de que el refinanciamiento sea contratado con una institución financiera diferente a BANOBRAS y las condiciones crediticias sean diferentes a

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las aprobadas en este acuerdo, deberá someterse nuevamente a la aprobación del Cabildo las nuevas condiciones crediticias. Es cuanto. A continuación, en uso de la voz el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, sometió a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento la propuesta anterior, la cual fue aprobada por mayoría de votos con 16 a favor y 1 abstención de la Regidora Jessica Chávez. No habiendo otra intervención, a continuación el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, sometió a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento el acuerdo anterior, el cual fue aprobado por mayoría de votos con 15 a favor; 1 en contra de la Regidora Jessica Chávez García y 1 abstención del Regidor José Eduardo Galaviz Ibarra. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Tomás Eduardo Contreras Castillo, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Quinto .- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Tomás Eduardo Contreras Castillo, manifestó que a este punto correspondía la Toma de protesta de ley al Ciudadano Ramón Antonio Fregoso Toledo, Décimo Cuarto Regidor Suplente. A lo que seguidamente mencionó: “Honorable Cabildo, en el Sexto punto del Orden del Día de la Quincuagésima Séptima Sesión Ordinaria de este Órgano Colegiado de Gobierno, de fecha 24 de septiembre del presente año, se calificó favorablemente la renuncia presentada por el Ciudadano José de la Peña Ruíz de Chávez, en su carácter de Décimo Cuarto Regidor Propietario, y se aprobó por unanimidad tomar la protesta de ley, al Ciudadano Ramón Antonio Fregoso Toledo, para que a partir del día primero de octubre del año curso, ocupe el cargo de Décimo Cuarto Regidor Propietario de este Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, por lo que en cumplimiento a los resolutivos del referido acuerdo de Cabildo, y en atención a que el día de hoy 30 de septiembre, el Ciudadano Ramón Antonio Fregoso Toledo, dejara la suplencia de la Décimo Cuarta Regiduría, es pertinente proceder a la Toma de protesta en cuestión, a efecto de que a partir de mañana primero de octubre del 2010, el señor Ramón Antonio Fregoso Toledo, funja como Regidor Propietario del Ayuntamiento de Benito Juárez”. Dicho lo anterior, solicitó al funcionario pasara al frente del presídium para la celebración de dicho acto. A continuación en uso de la voz el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, manifestó:“Protestáis cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, las leyes que de ellas emanen y los acuerdos y disposiciones dictadas por este Ayuntamiento y desempeñar leal y patrióticamente el cargo que se le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la nación, del estado de Quintana Roo y de este Municipio”. A lo que el funcionario respondió: “Sí protesto”. Seguidamente el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, agregó: “Sí así no lo hicieres, que el pueblo se lo demande”. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Tomás

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Eduardo Contreras Castillo, continuara con el siguiente punto, para lo cual informó que con el anterior punto se había agotado el Orden del Día. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sexto.- Clausura de la sesión .- En uso de la voz el Presidente Municipal, Ciudadano Jaime Hernández Zaragoza, siendo las veintiuna horas con veinticinco minutos del día treinta de septiembre del dos mil diez, y a fin de dar cabal cumplimiento a la Orden del Día se dieron por clausurados los trabajos de la Trigésima Novena Sesión Extraordinaria de este Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2008-2011, levantándose la presente conforme lo establece el Artículo 42 del Reglamento del Gobierno Interior vigente para este Ayuntamiento y firmando para constancia los que en ella intervinieron.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------