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IV Área Contabilidad (NIIF) y Costos IV-9 Actualidad Empresarial N° 326 Primera Quincena - Mayo 2015 Aplicación de la NIC 16: baja de activos fijos Ficha Técnica Autor : Julio César Mamani Bautista Título : Aplicación de la NIC 16: baja de activos fijos Fuente : Actualidad Empresarial N.º 326 - Primera Quincena de Mayo 2015 1. Introducción Hoy en día toda entidad que desarrolla actividades econó- micas necesariamente tiene como parte de su patrimonio bienes muebles o inmuebles (activos fijos) que son una de las principales fuentes generadoras de renta y por qué no decirlo una fuente de financiamiento. Cabe precisar que dichos bienes sufren un desgaste natural por su propio uso durante el tiempo de su vida útil, haciéndolos obsoletos o en su defecto se deterioran. Al analizar estos hechos la entidad puede tomar dos posiciones: si nos referimos, por ejemplo a maquinarias estas pueden ser mejoradas sustituyendo o reemplazando piezas que incrementen la productividad de la misma; o, por el contrario, la entidad puede tomar la de- cisión de adquirir una nueva máquina generando así la baja del bien que se tiene en desuso. La norma contable NIC 16 Propiedades, planta y equipo nos precisa cuáles son las causas por las que un bien considerado como un activo fijo procederá a efectuar la baja en libros. Párrafo 67: El importe en libros de un elemento de propiedades, planta y equipo se dará de baja en cuentas: (a) cuando disponga de él; o (b) cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso o disposición. El literal a) señala “cuando se disponga de él”, o sea, la dis- posición está vinculada a la transferencia del bien producto de la enajenación del mismo (venta) o mediante la transferencia gratuita, donación u otros. El literal b) se refiere al desuso del bien, es decir, como conse- cuencia a la no utilización, la empresa no generará beneficios económicos futuros. El desuso de los bienes del activo fijo puede darse por distintas razones tales como: La obsolescencia es la insuficiencia que tienen ciertos bie- nes para ser utilizados para los fines por los que fueron producidos o referido a lo anticuado o inadecuado de las circunstancias actuales. La obsolescencia puede darse por distintas circunstancias: a) El avance de la tecnología. b) La dificultad de encontrar repuestos y accesorios vinculados al uso del bien. El deterioro es la degeneración gradual de los bienes, produc- to de su uso o de factores externos (aspectos climatológicos o siniestros). Debemos tener en cuenta que la norma contable NIC 16 señala que la pérdida y la ganancia que surge al dar de baja un elemento de propiedades, planta y equipo se reconocerán en el resultado del periodo cuando la partida sea dada de baja en cuentas (libros contables y registros). De acuerdo con el párrafo 69, la disposición de un elemento de propiedades, planta y equipo puede llevarse a cabo de diversas formas, ya sea por venta o por donación. Para tal efecto, el párrafo en mención establece que para determinar la fecha en que se ha dispuesto de una partida, se deben aplicar los criterios establecidos en la NIC 18 Ingresos de actividades ordinarias (párrafo 14 en el caso de venta de bienes). A efectos de reconocer los ingresos por la venta de bienes, el párrafo 14 de la NIC 18 establece como condición la transfe- rencia al comprador de los riesgos y beneficios del bien de tipo significativo, sin retener ninguna implicación en la gestión de los bienes vendidos. Para efectos de la pérdida o ganancia derivada de la baja en cuentas de un elemento de propiedades, planta y equipo, se determinará como la diferencia entre el importe neto de la disposición y el importe en libros del elemento. Además debemos considerar que no toda transferencia de bien necesariamente generará una ganancia, pues también puede generar pérdidas para la entidad que dispone del bien. En consecuencia, la disposición por venta generará una pérdida o ganancia, la cual ilustraremos utilizando cuentas del Plan Contable General Empresarial. Ingreso por la venta del activo (cuenta 756)--------- xxx Costo neto de enajenación (cuenta 655)------------- (xxx) Resultado pérdida o ganancia ------------------------- yyy. Otro de los supuestos establecidos en el párrafo 67 de la NIC 16 está referido a la baja del bien cuando se espera que no generará beneficios económicos futuros ya sea por el propio uso del bien o mediante su disposición, por lo que no se da la transferencia del bien, quedando este en posesión de la entidad sin tener la nece- sidad de su uso, debido a la obsolescencia o deterioro del mismo. La obsolescencia o el deterioro pueden darse en cualquier momento dentro del tiempo de vida útil del activo, pudiendo la empresa optar por darle de baja o en su defecto mantenerlo dentro de la empresa. En este último supuesto si el bien se encuentra totalmente depreciado y decide mantenerlo, le re- presentará a la entidad la salida de efectivo por los gastos de almacenaje entre otras cosas. Tratamiento tributario Impuesto a la renta En concordancia con el impuesto a la renta, se encuentran gravadas las rentas de capital, Resultado del ejercicio = = - Pérdida Ganancia Baja del activo Disposición del bien o ingreso (venta) Valor en libros (costo – depre- ciación) Pérdida o ganancia

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IVÁrea Contabilidad (NIIF) y Costos

IV-9Actualidad Empresarial N° 326 Primera Quincena - Mayo 2015

Aplicación de la NIC 16: baja de activos fijos

Ficha Técnica

Autor : Julio César Mamani Bautista

Título : Aplicación de la NIC 16: baja de activos fijos

Fuente : Actualidad Empresarial N.º 326 - Primera Quincena de Mayo 2015

1. IntroducciónHoy en día toda entidad que desarrolla actividades econó-micas necesariamente tiene como parte de su patrimonio bienes muebles o inmuebles (activos fijos) que son una de las principales fuentes generadoras de renta y por qué no decirlo una fuente de financiamiento. Cabe precisar que dichos bienes sufren un desgaste natural por su propio uso durante el tiempo de su vida útil, haciéndolos obsoletos o en su defecto se deterioran. Al analizar estos hechos la entidad puede tomar dos posiciones: si nos referimos, por ejemplo a maquinarias estas pueden ser mejoradas sustituyendo o reemplazando piezas que incrementen la productividad de la misma; o, por el contrario, la entidad puede tomar la de-cisión de adquirir una nueva máquina generando así la baja del bien que se tiene en desuso.

La norma contable NIC 16 Propiedades, planta y equipo nos precisa cuáles son las causas por las que un bien considerado como un activo fijo procederá a efectuar la baja en libros.

Párrafo 67: El importe en libros de un elemento de propiedades, planta y equipo se dará de baja en cuentas:(a) cuando disponga de él; o(b) cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por

su uso o disposición.

El literal a) señala “cuando se disponga de él”, o sea, la dis-posición está vinculada a la transferencia del bien producto de la enajenación del mismo (venta) o mediante la transferencia gratuita, donación u otros.

El literal b) se refiere al desuso del bien, es decir, como conse-cuencia a la no utilización, la empresa no generará beneficios económicos futuros.

El desuso de los bienes del activo fijo puede darse por distintas razones tales como:

• La obsolescencia es la insuficiencia que tienen ciertos bie-nes para ser utilizados para los fines por los que fueron producidos o referido a lo anticuado o inadecuado de las circunstancias actuales.

La obsolescencia puede darse por distintas circunstancias:

a) El avance de la tecnología.b) La dificultad de encontrar repuestos y accesorios vinculados

al uso del bien.• El deterioro es la degeneración gradual de los bienes, produc-

to de su uso o de factores externos (aspectos climatológicos o siniestros).

Debemos tener en cuenta que la norma contable NIC 16 señala que la pérdida y la ganancia que surge al dar de baja un elemento de propiedades, planta y equipo se reconocerán en el resultado del periodo cuando la partida sea dada de baja en cuentas (libros contables y registros).

De acuerdo con el párrafo 69, la disposición de un elemento de propiedades, planta y equipo puede llevarse a cabo de diversas formas, ya sea por venta o por donación. Para tal efecto, el párrafo en mención establece que para determinar la fecha en que se ha dispuesto de una partida, se deben aplicar los criterios establecidos en la NIC 18 Ingresos de actividades ordinarias (párrafo 14 en el caso de venta de bienes).

A efectos de reconocer los ingresos por la venta de bienes, el párrafo 14 de la NIC 18 establece como condición la transfe-rencia al comprador de los riesgos y beneficios del bien de tipo significativo, sin retener ninguna implicación en la gestión de los bienes vendidos.

Para efectos de la pérdida o ganancia derivada de la baja en cuentas de un elemento de propiedades, planta y equipo, se determinará como la diferencia entre el importe neto de la disposición y el importe en libros del elemento.

Además debemos considerar que no toda transferencia de bien necesariamente generará una ganancia, pues también puede generar pérdidas para la entidad que dispone del bien.

En consecuencia, la disposición por venta generará una pérdida o ganancia, la cual ilustraremos utilizando cuentas del Plan Contable General Empresarial.

• Ingreso por la venta del activo (cuenta 756)--------- xxx• Costo neto de enajenación (cuenta 655)------------- (xxx)• Resultado pérdida o ganancia ------------------------- yyy.Otro de los supuestos establecidos en el párrafo 67 de la NIC 16 está referido a la baja del bien cuando se espera que no generará beneficios económicos futuros ya sea por el propio uso del bien o mediante su disposición, por lo que no se da la transferencia del bien, quedando este en posesión de la entidad sin tener la nece-sidad de su uso, debido a la obsolescencia o deterioro del mismo.

La obsolescencia o el deterioro pueden darse en cualquier momento dentro del tiempo de vida útil del activo, pudiendo la empresa optar por darle de baja o en su defecto mantenerlo dentro de la empresa. En este último supuesto si el bien se encuentra totalmente depreciado y decide mantenerlo, le re-presentará a la entidad la salida de efectivo por los gastos de almacenaje entre otras cosas.

Tratamiento tributarioImpuesto a la rentaEn concordancia con el impuesto a la renta, se encuentran gravadas las rentas de capital,

Resultado del ejercicio=

=-

pérdida ganancia

Baja del activo

Disposición del bien o ingreso

(venta)

Valor en libros(costo – depre-

ciación)

Pérdida o

ganancia

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IV-10 Instituto Pacífico N° 326 Primera Quincena - Mayo 2015

Aplicación Práctica

Entendiéndose como ganancias de capital cualquier ingreso que provenga de la enajenación de bienes de capital (aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un giro de negocio de empresa).

Base legal artículo 1 de la Ley del impuesto a la renta

Otro aspecto a tener en cuenta para fines de esta norma, en el caso de activos totalmente depreciados es que estos no generan ninguna pérdida, por el contrario aquellos bienes que aún no han cumplido con su total depreciación y que se encuentren obsoletos, la entidad podrá seguir depreciándose hasta extinguir su costo o darle de baja por el valor que falte depreciar.

Cabe precisar que la norma no ha establecido un procedimiento para efectos de aquellos bienes que la empresa decide destruir-los. En estos casos se recomienda que la destrucción se efectué en presencia de un notario público previa comunicación a la administración tributaria en un plazo no menor de seis (6) días hábiles previo al hecho.

El desuso o la obsolescencia deben estar debidamente acre-ditados y sustentados por un informe técnico emitido por un profesional competente y colegiado (artículo 22, inciso i) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta).

Así también la enajenación de bienes del activo fijo que se decidan transferir para efectos de esta norma se realizaran a valor de mercado. Se entiende por valor de mercado para los bienes del activo fijo cuando se trate de bienes respecto de los cuales se realicen transacciones frecuentes en el mercado que corresponda a dichas transacciones: cuando se trate de bienes respecto de los que no se realicen transacciones frecuentes en el mercado, será el valor de tasación.

Base legal artículo 32 de la Ley del impuesto a la renta

Impuesto general a las Ventas Para efectos de la norma se encuentra gravada con el Impuesto general a las ventas la transferencia de bienes (artículo 1 de la LIGV) como se precisó en párrafos anteriores dicha transferen-cia se efectuará a valor de mercado, si dicho valor difiere al de mercado ya sea por subvaluación, la administración tributaria procederá a ajustarlo para efectos de determinar el impuesto.

Reglamento de comprobantes de pago De acuerdo con el artículo 6 del citado reglamento, toda trans-ferencia de bienes que se efectúe a titulo oneroso o gratuito implica la obligación de emitir el comprobante de pago res-pectivo, el cual dependerá teniendo en consideración al tipo de persona a quien se transfiera dicho bien (persona jurídica o persona natural) .

Caso N.º 1

Caso N.º 2

La empresa Pepito SAC tiene dentro de sus bienes una camioneta que a la fecha se encuentra totalmente depreciada, debido a la re-novación de toda su flota. Se decide vender dicho bien para lo cual se determina que el valor de mercado es S/. 18,000.00 más IGV.

Datos adicionales:

La empresa Pepito SAC tiene dentro de sus bienes una camioneta que a la fecha se encuentra parcialmente depreciada. Debido a la poca capacidad de carga del bien, la empresa decide venderla para lo cual se determina que el valor de mercado es S/. 18,000.00 más IGV.

Datos adicionales:

Camioneta Valor de mercadoCosto de adquisición 35,000.00 Depreciación 35,000.00 Importe en libros 0.00 18,000.00 Vida útil estimada 5 años

Camioneta valor de mercadoCosto de adquisición 35,000.00 Depreciación 25,000.00 Importe en libros 10,000.00 18,000.00 Vida útil estimada 5 años

soluciónFecha glosa Cuenta Debe Haber

Por la baja del

bien (vehícu-

lo)

65 otros gastos de gestión 10,000.00 655 Costo neto de enajenación de

activos

65513 Vehículos 39 Depreciación y amortización

acumulados 25,000.00

391 Depreciación acumulada 39151 Unidad de transporte

33 Inmuebles, maquinaria y equipo 35,000.00 334 Unidades de transporte 3341 Vehículos

Por la transfe-rencia

del bien

(venta)

16 Cuentas por cobrar diversas terceros 21,240.00

165 Venta de activo inmovilizado 1653 Inm., maq. y equipo

40

Tributos contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar

3,240.00

401 Gobierno central 40111 IGV-Cuenta propia

75 otros ingresos de gestión 18,000.00 756 Enajenación de activos inmo-

vilizados

75641 Vehículos

soluciónFecha glosa Cuenta Debe Haber

Por la

baja del bien

39 Depreciación y amortización acum. 35,000.00 3913 Inmuebles, maq. y equipo 3913 Vehículos

33 Inmuebles, maquinaria y equipo 334 Unidades de transporte 35,000.00

3341 Vehículos motorizados

Por la transfe-rencia

del bien

(venta)

16 Cuentas por cobrar diversas-Terceros 21,240.00

165 Venta de activo inmovilizado 1653 Inm., maq. y equipo

40

Tributos contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar

3,240.00

401 Gobierno central 40111 IGV-cuenta propia

75 otros ingresos de gestion 18,000.00

756 Enajenacion de activos inmo-vilizados

75641 Vehículos

Por el cobro de las factu-ras.

10 Efectivo y equivalente de efectivo 21,240.00 104 Cuenta corriente 1041 Bco. de crédito

16 Cuentas por cobrar diversas terceros 21,240.00

165 Venta de activo inmovilizado 1653 Inm., maq. y equipo