6. Corte Internacional de Justicia

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  • 8/9/2019 6. Corte Internacional de Justicia

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    La Corte InternacionalLa Corte Internacional

    de Justiciade Justicia

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    Qu es

    La Corte Internacional de Justicia, es el

    rgano judicial principal de las Naciones

    Unidas.

    Su Estatuto forma parte integral de la Carta

    de las Naciones Unidas.

    sede : La Haya (Pases

    Ba os

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    Pueden recurrir a la Corte todas las partes en su

    Estatuto, que incluye automticamente a todos los

    Miembros de las Naciones Unidas.

    Un Estado que no sea Miembro de las Naciones

    Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la

    Corte en las condiciones que en cada casodetermine la Asamblea General, por recomendacin

    del Consejo de Seguridad.

    Suiza y Nauru son los nicos Estados noMiembros que son partes en el Estatuto.

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    Ninguna persona individual podr recurrir a

    la Corte.

    Todos los pases que son partes en el

    Estatuto de la Corte pueden ser partes en

    los casos que les sean sometidos.

    Otros Estados pueden encomendarle

    casos en las condiciones que establezca elConsejo de Seguridad. Adems, el Consejo

    puede recomendar que un litigio se remita a

    la Corte.

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    Tanto la Asamblea General como el Consejo

    de Seguridad pueden solicitar una opinin

    consultiva de la Corte sobre cualquier

    cuestin jurdica.

    Otros rganos de las Naciones Unidas y los

    organismos especializados, con autorizacin

    de la Asamblea General, pueden solicitar

    opiniones consultivas sobre cuestiones

    jurdicas que correspondan al mbito de sus

    actividades.

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    Jurisdiccin

    La jurisdiccin de la Corte se extiende a todos loslitigios que los Estados le sometan y a todos los

    asuntos previstos en la Carta de las Naciones Unidas

    o en tratados y convenciones vigentes.

    Los Estados pueden obligarse por anticipado a

    aceptar la jurisdiccin de la Corte en casos

    especiales, ya sea mediante la firma de un tratado o

    convencin en que se estipula que el caso seasometido a la Corte o mediante una declaracin

    especial en ese sentido.

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    Esas declaraciones de aceptacin obligatoria

    de la jurisdiccin de la Corte pueden excluir

    ciertos tipos de casos. De conformidad con

    el Artculo 38 de su Estatuto, la Corte, al

    decidir las controversias que se le sometan,

    aplica:

    Las convenciones internacionales que

    establecen reglas reconocidas por losEstados litigantes.

    La costumbre internacional como prueba de

    una prctica general aceptada como ley.

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    Las decisiones judiciales y la doctrina de los

    autores ms calificados de los distintos pases,como medio subsidiario para la determinacin

    de las reglas jurdica

    Si las partes convienen en ello, la

    Corte tambin puede decidir un litigio

    sobre la base de la equidad.

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    Miembros

    La Corte est integrada por 15 magistradoselegidos por la Asamblea General y el

    Consejo de Seguridad, en votaciones

    independientes.

    Se los elige por sus mritos y no por su

    nacionalidad, y se intenta que estn

    representados en la Corte los principalessistemas jurdicos del mundo.

    No puede haber dos magistrados que sean

    nacionales de un mismo Estado.

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    Los magistrados cumplen mandatos de

    nueve aos y pueden ser reelegidos.

    No pueden dedicarse a ninguna otra

    ocupacin mientras dure su mandato.

    Por lo comn, la Corte celebra sesiones

    plenarias, pero tambin puede constituir

    unidades ms pequeas, denominadas"salas", cuando las partes lo soliciten.

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    Las sentencias dictadas por las salas se

    consideran dictadas por la Corte en pleno.

    La Corte ha constituido adems una Sala de

    Asuntos Ambientales.

    Informacin general:www.un.org/spanish/aboutun/organs/icj.htm

    Decisiones judiciales a partir de 1996 y el informe anual:

    www.law.corneli.edu/icj/