7. El Marxismo

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EL MARXISMO

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EL MARXISMO

EL MARXISMOAPUNTES BIOGRFICOSNace en Trieveris. Alemania, el 5 de Mayo de 1818 En 1835 comenz sus estudios universitarios en la Facultad de Derecho en Bonn, Continua en Berlin (Doctor) (1841) Estudia Filosofa e HistoriaEn 1844 conoce a EngelsFunda la Liga de los Comunistas en Londres, La asociacin Internacional de TrabajadoresAlterna su tiempo con estudios, publicaciones; trabajo y actividades revolucionarias.Berln - Pars - Brcelas - Colonia - Londres.Muere el 14 de Marzo de 1885

CONDICIONES ECONMICAS EN LA POCA DE MARX1789 Revolucin Francesa Cae el Sistema Feudal. Revolucin Industrial

Burgesia proletariado

ANTECEDENTES DEL MARXISMOLenin plantea que ste se sustenta en tres fuentes: La Economa Poltica Inglesa, la filosofa Clsica Alemana y el Socialismo Utpico Francs;Factores a los que se les debe de agregar los procesos polticos iniciados por la burguesa en el trnsito de pasar de clase econmicamente dominante a clase polticamente dominante.En cuanto a los procesos polticos destacan: a. La Reforma en Alemania;b. Las revoluciones Inglesa y Francesa; c. La Economa Poltica Inglesa: Adam Smith y David Ricardo el libre mercado, el dejar hacer dejar pasar;d. La Filosofa Clsica Alemana: Hegel, en especial con su aporte dialctico;e. El Socialismo Francs: Saint - Simn, Fourier y Owen.FILOSOFA HEGELIANAREPRESENTANTES DE LA FILOSOFA CLSICA ALEMANA HEGEL, CONCIBE AL MUNDO LA NATURALEZA Y EL ESPRITU COMO PROCESO HEGELCATEGORIAS DE LA DIALCTICA MARX, ENGELS REPLANTEARON LA DIALCTICACREARON LA DOCTRINA MATERIALISTA DE DESARRROLLO DILECTO DE LA NATURALEZA LA SOCIEDAD Y PENSAMIENTOLA ECONOMA POLITICAEl Modo de Produccin determina el proceso de vida material de una sociedad, el que ha ido variando en funcin de las transformaciones que han afectado a la humanidad a lo largo de su historia. Formas de produccin que a pesar de la distancia han tenido algunos rasgos comunes.La produccin material abarca al individuo en sociedad y al individuo productor.OBRAS DE MARXLa Sagrada Familia (1845)La Ideologa Alemana: Materialismo Histories (1845)Miseria de la Filosofa (1847)El Manifiesto Comunista: Principios Marxistas (1847)Crtica de la Economa poltica (1859)El Capital (1867)LA PRODUCCINLa produccin general como una abstraccin en donde slo es factible poner de relieve lo comn.Existencia de determinaciones. Este factor comn est constituido por las determinaciones.MATERIALIDAD DE LAS CONDICONES DE PRODUCCINLa forma como los hombres producen susmedios de vida est en funcin o relacindirecta con los medios de vida con los que seencuentran al nacer y que tratan dereproducir.El modo de produccin debe considerarse en cuanto un determinado modo de la actividad de los individuos, un determinado modo de manifestar su vida, un determinado modo de vida de los mismos.Tal y como los individuos manifiestan su vida, as son.Lo que son coincide con su produccin, tanto con lo que producen como con el modo cmo producen.Lo que los individuos son, depende de las condiciones materiales de su produccin

Entre las determinaciones que pertenecen a la economa tenemos:Produccin;Distribucin;Cambio; y,Consumo.Otros aspectos relevantes lo constituyen: Los instrumentos de produccin;La apropiacin; y,La proteccin de lo adquirido;ARTICULACIONESa) Consumo - Produccin-En el consumo los productos se convierten en productos de disfrute;-Es a la vez, produccin ( energa ) y consumo ( medios de produccin );-El producto se realiza en el consumo;-El consumo implica la necesidad de nueva produccin; La produccin determina el modo de consumo.

b) Distribucin - ProduccinLa Distribucin media entre la produccin y el consumo;Determina la proporcin en que el individuo participa de los productos;Determina la organizacin de la produccin;-Condiciona la ubicacin del individuoen la produccin.c) Cambio - ProduccinLa circulacin constituye el momento en que se realiza el cambio; el mismo que implica:-Que es mediador entre la produccin, ladistribucin y el consumo;El cambio no existe sin la divisin deltrabajo;El cambio privado presupone la produccin privada;La intensidad del cambio est dada por el desarrollo y la organizacin de la produccin.LA SOCIEDAD CIVILEn el escenario de produccin material, los hombres, en una determinada etapa de su evolucin social (en la sociedad capitalista) crean la denominada Sociedad Civil.Abarca todo el intercambio material de los individuos en cierta fase de desarrollo de las fuerzas productivas;Tambin crean el Estado.EL ESTADONo es un poder exteriormente impuesto a la sociedad, ni la realizacin de la idea moral, ni la imagen y la realizacin de la razn (crtica a Hegel)Es producto del desarrollo de la sociedad: cuando ella se pone en una irremediable contradiccin consigo misma y est dividida por antagonismos irreconciliables, que es impotente para conjugar.A fin de que las clases antagonistas no se consuman a s mismas y, a la sociedad, en luchas estriles, hcese necesario un poder que domine la sociedad y se encargue de dirimir el conflicto y mantenerlo dentro de los lmites del orden.

El poder nacido de la sociedad, pero que se pone por encima de ella, y se le hace extrao, es el Estado.El modo de produccin y la forma de intercambio, que se condicionan mutuamente, constituyen la base del Estado y se mantienen como tales con absoluta independencia de la voluntad de los individuos.Estas relaciones reales, lejos de ser creadas por el poder del Estado, son, por el contrario el poder creador de l.LA CREACIN DE LAS IDEASEn el proceso de desenvolvimiento de sus vidas, los hombres se forman ideas falsas acerca de s mismos "acerca de lo que son o deberan ser.Han ajustado sus relaciones a sus ideas acerca de dios, del hombre normal, etc.Los frutos de su cabeza han acabo por imponerse a su cabeza.Los creadores se han rendido ante sus criaturas.Las representaciones de la conciencia se encuentran vinculadas a la produccin material;Los hombres son los productores de sus representaciones, de sus ideas, etc., pero los hombres reales y actuantes, tal y como se hallan condicionados por un determinado desarrollo de sus fuerzas productivasEL DERECHOEl Derecho nace de las relaciones materiales entre los hombres y sus conflictos, no nace del conflicto de l con sus representaciones.Las relaciones de produccin se exteriorizan en el mbito de las relaciones polticas y jurdicas.El Derecho deviene en el culto a los conceptos.Se presenta como voluntad general.EL DERECHO Y LA VOLUNTAD DE LA CLASE DOMINANTEEl Estado es la forma bajo la cual los individuos de una clase dominante hacen valer sus intereses comunes.En l se condensa toda la sociedad civil de una poca.Todas las instituciones comunes tienen como mediador al Estado y adquieren a travs de l una forma poltica.De ah la ilusin de que la ley se basa en la voluntad y, adems, en la voluntad desgajada de su base real, en voluntad libre, y, del mismo modo, se reduce el Derecho a la ley.Hegel: la base del Derecho es la voluntad. Marx: el poder.

Marx: "Si se ve en el poder el fundamento del derecho, ... tendremos que el derecho la ley ... son solamente el signo, la manifestacin de otras relaciones, sobre las que descansa el poder del Estado.

"Los individuos que dominan bajo estas relaciones tienen, independientemente de que su poder deba constituirse como Estado, que dar necesariamente a su voluntad, condicionada por dichas relaciones, una expresin general como voluntad del Estado, como Ley, expresin cuyo contenido esta dado siempre por las relaciones de esta clase"Hacen valer su propia voluntad en forma de Ley, colocndola al mismo tiempo por encima del capricho personal de cada uno de ellos. Su dominacin personal, tiene que construirse como una dominacin media; descansa sobre condiciones de vida que se desarrollan como comunes a muchos y cuya continuidad ha de afirmarlos como dominantes frente a los dems y, al mismo tiempo, como vigentes para todos.La expresin de esta voluntad condicionada por sus intereses comunes es la LEY.

Las relaciones jurdicas "cambian y civilizan su expresin con el desarrollo de la sociedad civil; es decir, al desarrollarse los intereses personales como intereses de clase. Ahora, ya no se las concibe como relaciones individuales, sino como relaciones generales.EL DERECHO PRIVADO EN MARX. VOLUNTAD Y MERCANCALIMITACIONES DE LA CONCEPCIN NORMATIVISTA DE LA LIBERTADEn el lenguaje jurdico, los trminos voluntad y libertad se utilizan como equivalentes."libertad jurdica ... "la facultad que toda persona tiene de optar entre el ejercicio y el no ejercicio de sus derechos subjetivos"Todo portador de mercancas tiene la facultad de decidir (voluntad) si vende o no su mercanca, y si lo hace por uno u otro precio. Si el portador es obligado a vender, o a hacerlo a cierto precio, su libertad, su voluntad, es violada y en consecuencia la compra-venta es anulable.Este concepto de libertad es, a los fines de una concepcin formalista del derecho, plenamente eficaz.Nos dice lo que debe entenderse, en Derecho, por libertad.Si el Derecho Civil reglamenta las cosas de tal modo que la persona puede o no vender, entonces es obvio que, segn ese Derecho Civil, libertad significa que puede o no vender. Problema: No explica porqu el derecho acuerda esta facultad "no nos explica por qu, segn el derecho moderno, un contrato es vlido slo si existe libre acuerdo de voluntades".CITA DE MARX SOBRE VOLUNTAD YMERCANCA"Para vincular esas cosas... como mercancas, los custodios de las mismas deben relacionarse mutuamente como personas cuya voluntad reside en dichos objetos, de tal suerte que el uno ... con el acuerdo de la voluntad del otro ... mediante un acto voluntario comn a ambos, va aapropiarse de la mercanca ajena al enajenar la propia. Los dos ... deben reconocerse uno al otro como propietarios privados. Esta relacin jurdica, cuya forma es el contrato ... es una relacin entre voluntades en la que se refleja la relacin econmica. El contenido de tal relacin jurdica o entre voluntades queda dado por la relacin econmica misma"APRECIACIONES A LA CITA DE MARXPara que haya intercambio es preciso que los portadores de mercancas entren en contacto como personas;Por lo que persona no es lo mismo que hombre individual, por cuanto los portadores podran relacionarse de otra manera que no sea como personas;Persona es una determinacin que no coincide con el hombre natural;La voluntad de las personas reside en las mercancas Cmo es posible que la voluntad, atributo humano segn estamos acostumbrados a pensar, resida en las cosas?

CIRCULACIN DE MERCANCAS Y VOLUNTAD"La nuestra es una sociedad mercantil... todo es mercanca o puede devenir en tal... el hombre ... est sumergido en un torrente mercantil e imposibilitado de escapar de l, sujeto a leyes econmicas objetivas de la circulacin de mercancas ... nadie puede escapar al intercambio ... nadie tiene la posibilidad de no cambiar; el que no cambia, perece ... no existe la libertad para no cambiar; la "voluntad" no est en posicin de elegir entre cambiar y no cambiar.EL INTERCAMBIO EN LA SOCIEDAD PREMERCANTILLa "voluntad" de entregar una cosa por otra - o por ninguna -, es la posibilidad que pertenece a la prctica social de las comunidades que no cambian, que no conocen el intercambio porque no producen mercancas... entonces la entrega de una cosa por otra no es estrictamente cambio"MOMENTO EN QUE SURGE LA COSA COMO MERCANCA"... cuando es no-valor de uso para el productor, es cuando la cosa empieza a existir como mercanca, como valor de cambio que sirve para obtener cosas que otro a su vez produjo como no-valor de uso para l... una cosa es mercanca si ha sido producida para cambiar, si tiene valor de cambio pero no valor de uso para su portador -productor"

RELACIN HOMBRE-COSA EN LA ANTIGEDAD"... el hombre que porta cosas, es distinto del hombre que porta mercancas; es distinto porque vive otra vida; una prctica social distinta, la cual, a su vez, genera ideas e instituciones distintas... ejemplo ... el pater familias de la Roma primitiva; es un hombre que mueve, dispone, traslada cosas e, incluso, la traspasa a otros hombres. Pero no lo hace por ser "propietario" en el sentido en que lo es portador de mercancas sino en razn del poder poltico-familiar que detenta"EL OCASO DE LA VOLUNTAD Y LA PRODUCCIN DE NO VALORES DE USO"... cuando el productor no realiza todo lo que necesita, cuando debe obtener de otro los elementos de subsistencia, cuando, para obtenerlos debe producir no-valores de uso, para cambiarlos por valores de uso para l, cuando todo esto sucede, el productor ya no es libre de cambiar o no cambiar, ni de hacerlo en la proporcin que desee. Se acab su "voluntad"... cuando eso sucede, el productor debe independizarse de la comunidad... el cambio exige la autonoma de los productores, y esto es lo que hace que los portadores autnomos de mercancas deban enfrentarse como "propietarios" cada uno de su no-valor de uso.EL TRANSITO DE LA VOLUNTAD LIBRE A LA VOLUNTAD NO LIBRE"En el paso de la sociedad premercantil a la sociedad que cambia, la "voluntad" desaparece ... se transforma ... la voluntad "libre" desaparece, porque un individuo -o una sociedad entera-que no produce su comida, y que fabrica mercancas que cuestan diez das de trabajo, debe asegurarse de poder cambiarlas por lo menos por comida para diez das; de lo contrario, perecer. Por tanto, no slo no tiene voluntad libre para no cambiar, sino que tampoco la tiene para hacerlo en cualquier proporcin"INTERCAMBIO, VOLUNTAD Y DERECHO CIVILComenzada la prctica del intercambio, ya no es posible detenerla: de modo que la "repeticin constante del intercambio hace de l un proceso regular". Tal regularidad es la que engendra la necesidad de un Derecho Civil que, precisamente, "regule" el intercambio y conserve la sociedad segn los cnones fijados por esa misma regularidad; y, al mismo tiempo, se destierra la "voluntad subjetiva".INTERCAMBIO Y VALORSegn la ley del valor en Marx, las mercancas se intercambian ... por su valor; es decir, el intercambio lo es de valores equivalentes. Esta equivalencia no se establece por un acto de voluntad libre de los productores, an cuando a estos les parezca que as es. El valor se establece segn el tiempo de trabajo socialmente necesario para producir la mercanca"LEYES SOCIALES Y VOLUNTAD"... el productor ... est sujeto a leyes sociales que no dependen de su voluntad autnoma ... cree ser autnomo, por el hecho de que ha producido en la soledad de su taller; y posiblemente le atribuya su fracaso a innumerables circunstancias que no son exactamente las leyes objetivas del mercado, nicas "culpables""VOLUNTAD Y MERCANCA EN MARX la voluntad de las personas reside en las mercancas no existe la voluntad subjetiva de los individuos, sino la voluntad objetiva de las cosas. Son las mercancas las que se enfrentan en el mercado Al producir mercancas (y no simples objetos tiles) los hombres han creado valores de cambio cuyo destino es cambiarse; y si ese destino no se cumple, perece aqul que las ha producido. la voluntad reside en la mercanca la mercanca es la verdadera voluntad objetiva, mientras que la voluntad subjetiva del individuo es slo una caricatura de la que reside en el objeto, en la mercancaVOLUNTAD OBJETIVA DE LA MERCANCA"Esta voluntad que reside en la cosa, consiste en que la cosa se traslada a otro portador y su lugar ser ocupado por otra mercanca. Esta voluntad objetiva se expresa en la voluntad involuntaria del portador que "la deja ir" al tiempo que atrapa otra mercanca. Y la "mano invisible" que determina la proporcin cuantitativa, es la ley del valor, pues, en el mercado, el intercambio lo es de equivalentes.... la voluntad involuntaria del portador, es la forma en que se expresa la equivalencia del intercambio"DERECHO CIVIL, INTERCAMBIO "... el Derecho Civil ... responde mucho ms al fenmeno ... del intercambio ... "el consentimiento que forma las convenciones debe ser libre". Pero cundo es libre?. Aqu la tcnica ha debido conformarse con una determinacin por la negativa: "si el consentimiento de alguno de los contratantes ha sido arrancado por violencia, el contrato es vicioso".DETERMINACIN NEGATIVA DE LA LIBERTAD EN EL DERECHOLa libertad, a la hora de mostrarse, no tiene ms remedio que manifestarse a travs de su contrario cundo hay libertad? cuando no hay un hecho que conculque la libertad. cundo un acto es voluntario? cuando no est viciado por un hecho que excluya la voluntad la tcnica jurdica no ha conseguido decir positivamente qu es la voluntad individual libremente emitida por qu no se puede expresar la voluntad de manera positiva? Porque la voluntad no existe en realidad. Es solamente la forma en que se expresa el intercambio.LA LIBERTAD COMO IDEOLOGA JURDICASi los juristas, implcita o explcitamente, hablan de la libertad como atributo de la persona humana, es pura ideologa; es la forma en la que piensan el fenmeno de la voluntad ... los juristas piensan la voluntad desde el derecho mismo, como si de lo que se tratara fuera de explicar los fenmenos aparentes.LA VOLUNTAD CONTRACTUAL, LA LESION Y EQUIVALENCIA DE INTERCAMBIOLa lesin hace completamente evidente que la tcnica jurdica, al estipular los vicios del consentimiento como excluyentes de la voluntad, protege la equivalencia en el intercambio. La voluntad contractual es la forma de existencia de la equivalencia cambiaria. Es sta la razn de que sea el error, el dolo, la violencia y la lesin, y no otras cualesquiera, las circunstancias que excluyen la voluntad libre la voluntad individual libre no existe en el Derecho Civil lo que existe es la tcnica de Derecho Civil, que proporciona bases para juzgar en la prctica cuando se configuran circunstancias en las que no hay equivalencia.LO INSLITO DEL CONTRATO"Lo inslito es que, concebido comoacuerdo de voluntades libres, elcontrato es eficaz para expresar elintercambio, en donde no hay talvoluntad libre"DECANDENCIA DE LA VOLUNTAD LIBRE (DECANDENCIA DEL CONTRATO)El primer motivo ideolgico de la teora de la voluntad, era que la falta de "interferencias hace una voluntad "libre".El segundo supuesto, era el de que lo pactado debe cumplirse; o sea que la voluntad declarada en un contrato es ley para las partes.A estas formulaciones se les llam "autonoma de la voluntad"En estas formulaciones de separacin entre sociedad y Estado: lo que las partes acuerdan, debe ser respetado por el orden jurdico;Lo que no atae al Estado es la esfera privada donde reina el individuo. La voluntad es libre de pactar lo que quiera, siempre que la ley no lo prohba.La esfera privada tiene la amplitud que el Estado quiere que tenga.DECADENCIA DEL CONTRATOLa voluntad es cada vez menos determinante en los contratos. Lo que pasa es que el acuerdo voluntario no es la esencia, sino la apariencia del intercambio;El contrato es esencialmente un intercambio y no un acuerdo de "voluntades", las cuales no existenHay menos espacio para la "voluntad libre".Si ha habido un desarrollo del Derecho Civil, ha sido un desarrollo tcnico que ha acompaado al desarrollo capitalistaLA VOLUNTAD COMO MANIFESTACIN"... la voluntad libre, al modo como lo imagina la ideologa jurdica tradicional, no existe; sin embargo, ms all de lo que piensan los juristas, la tcnica legal expresa una relacin social bsica -el intercambio -, y lo hace con mucha eficacia. Esto quiere decir que la voluntad es la manifestacin exterior de "algo", y que ese algo es lo que explica las formulaciones del derecho positivo."VOLUNTAD E INTERCAMBIOnicamente a travs de la voluntad los portadores han de cambiar sus mercancas. No hay cambio sin voluntad. Si es el Derecho Civil el que formaliza la voluntad, tenemos que no hay cambio sin Derecho CivilPero si no hay cambio sin voluntad, y por otra parte la voluntad individual libre no existe, de qu estamos hablando? En otros trminos, si la voluntad cambiara no es la voluntad individual libre, como creen los filsofos, qu es? ... es la forma de existencia de la equivalencia en los intercambios.52EQUIVALENCIA Y VALOR DE CAMBIO EN EL CONTRATOLas mercancas se cambian por sus equivalentes. Pero, las mercancas tienen un precio que difiere de su valor.Ese precio en dinero es la manifestacin concreta de su valor.La ley del valor que impone el intercambio equivalente, es como el recndito secreto del intercambio, que aparece como si nada tuviera que ver con la equivalencia de valores.En la apariencia fsica del intercambio, no hay nada que denuncie la existencia de una ley del valor.Todo parece desarrollarse como si fuera la voluntad de los hombres lo que determina la magnitud cuantitativa del intercambio. Parece que el propietario de una cosa, "si quiere", puede venderla por 10, 20 100. Nadie se lo impide, pensamos. Y nos conforma en nuestra creencia, la circunstancia de que el derecho positivo no se lo prohbe. Y sin embargo, por ms que el Derecho lo permita, sabemos que las personas no se desprenden de sus pertenencias por menos de su valor; o de lo que creen que es su precio en el mercado.EL INTERCAMBIO COMO FENMENO SOCIAL Y NO NATURALPor una parte, las mercancas se intercambian por su valor y dominan a los hombres; y, por la otra, no pueden manifestarse sino por la mediacin del hombre que es su esclavo. Por una parte, no existe la voluntad individual libre del portador, por la otra, existe la voluntad objetiva de la mercanca, pero encarnada en sta voluntad involuntaria del portador.En otros trminos, la voluntad reside en lamercanca, como dice Marx; se corporiza,existe, como voluntad humana; la cual no essino la expresin de la voluntad de la mercanca. El intercambio, fenmeno originario, es un fenmeno social; humano. Para entender la voluntad del sujeto, hay que empezar por entender la voluntad de la mercancaLa voluntad cambiara tiene que ser pensada, si de verdad se la quiere entender, no como puramente natural (fsica o psicolgica), ni como puramente tica (metafsica o atributo del alma; libre), sino como natural-social; Sin hacerle perder su soporte natural-el hombre fsico, debe ser pensada como socialmente determinada; y, por eso, es una "voluntad involuntaria"; una naturaleza socializada; una naturaleza con historia.RELACIONES SOCIALES, HOMBRES Y DERECHO.CRTICA A LA IDEOLOGA JURDICA

En su existencia visible, la voluntad objetivade la mercanca, existe subjetivamente en lavoluntad involuntaria de su portador.La ideologa jurdica es un "engao", unafalsa conciencia; se toma lo que no es msque la forma aparente de existencia, losubjetivo, como si fuera el fenmeno bsico.Las cosas no hablan; los hombres hablan.Pero los hombres no son seres individualessino relaciOnales. Cuando el portador de lamercanca habla, no habla su "yo", su alma;quien habla es ese conjunto de relacionessociales en los cuales vive biolgicamente el cuerpo que llamamos individuoEl hombre es un conjunto de relaciones sociales; esas relaciones sociales se presentan a la capacidad intelectual del sujeto biolgico; y precisamente cuando el sujeto fsico, biolgico, capta las relaciones sociales, se hominiza, se hace social. Son las mercancas las que hablan a travs del lenguaje de sus portadores . Sin voluntad no hay intercambio porque son las mismas cosas; o mejor una sola es la forma de existencia del otro.LA VOLUNTAD JURDICA"... la voluntad jurdica ya no es lo mismo que la voluntad cambiaria, y, sin embargo brota de ella... qu diferencia o qu distancia existe entre lo jurdico y lo econmico, en nuestro caso entre voluntad cambiara y voluntad jurdica?.EL ESPACIO DEL DERECHO CIVIL"qu es el Derecho Civil? cul es "suelo"?, Cul es su consistencia? Dos trminos polares: por una parte, el intercambio y por otro lado la ley, que es la expresin jurdica ms alejada de la base. No debemos confundir el Derecho Civil con el intercambio, ni debemos reducirlo a su expresin normativa . Si hay algo que pueda llamarse Derecho Civil no es ninguno de estos dos fenmenos.Estamos buscando algo que no sea ninguna de estas tres cosas:1. El enfrentamiento de dos mercancas equivalentes.2. El clculo econmico realizado por lo portadores al hablar en nombre del valor de las mercancas, o sea la voluntad cambiara.3. El Cdigo Civil, que formaliza la voluntad jurdica.La respuesta est esbozada ya: hay una voluntad jurdica que es formalizada por la ley, aprisionada en una frmula abstracta que indica, no cundo hay voluntad, la cual, precisamente por eso, no es vlida. Este terreno ubicado entre la voluntad cambiara y su formalizacin legal, es el terreno de "lo jurdico", y en nuestro caso, de la voluntad jurdica. Si hay algn terreno para el Derecho Civil, es se.

LA FORMA JURDICALo jurdico es la forma en que es aprehendida la reproduccin de las relaciones sociales, la manera de captarse las condiciones de la reproduccin.Qu es necesario para tal reproduccin?.Que todo suceder como "debe ser". Cmo debe ser el intercambio? Debe serequivalente. Slo que, cmo la equivalenciaexiste como voluntad, el intercambio aparececomo "debiendo ser" voluntario.La "lgica" interna del intercambio , que sepresenta como regularidad, es captada comodebe "ser con las correspondientes deformaciones ideolgicas a que el fetichismo da lugar.La regularidad: forma en que se presenta la reproduccin constante de las relaciones de intercambio.Se aprehende la repeticin de actos que conservan las relaciones sociales, pero se aprehende en forma negativa; lo que se visualiza en forma inmediata, no son las leyes econmicas del intercambio, sino los actos que atenan contra su estructura bsica.El deber ser, es siempre lo que queda despus de descartar lo que no "debe ser" para que la sociedad se conserve.

DIFERENCIA ENTRE DERECHO Y LEY POSITIVAEl Derecho aparece como la reproduccin de las relaciones sociales en la conciencia de los soportes bajo la forma del deber ser: una de las formas de apropiacin del mundo.La voluntad jurdica es la reproduccin de la voluntad cambiara bajo la forma del deber ser.La ley positiva es algo distinto: es una construccin "puesta" por el estado y protegida por su fuerza organizada. Es un fenmeno consciente de un grado diverso que la conciencia jurdica general.Aqu ya no se trata de una captacin de la relacin bsica en la forma del deber ser; se trata de una formulacin intencionada que, a travs de una tcnica especifica desarrollada profesionalmente por especialistas, tipifica conductas que sern sancionadas por los rganos estatales.La ley es un fenmeno generado, "desde arriba; es impuesto a la sociedad civil por una instancia separada de ella, que es el Estado.El contenido concreto de una norma jurdica, ha de explicarse, ahora ya no por su simetra con la estructura bsica, sino por su historia particular, en la cual entra un ingrediente que no haba aparecido antes la poltica. La voluntad jurdica aparece como una forma de existencia de la equivalencia en los intercambios. Es por tanto, un fenmeno exclusivo de las sociedades que cambian, y no de toda sociedad ; no es por tanto, un atributo "natural" del hombre ... La voluntad no proviene del sujeto, sino de la relacin social de intercambio en el cual ese sujeto se encuentra inmerso "involuntariamente.