8.- AMORTIZACION (1)

7

description

procedimiento de amortizacion

Transcript of 8.- AMORTIZACION (1)

  • Pagos Anticipados Parciales y Adelanto de Cuotas

    La SBS, con la finalidad de establecer disposiciones y precisiones que permitan brindar una mayor transparencia al usuario del Sistema Financiero, ha considerado modificar el Reglamento de Transparencia de la Informacin (Circular G-176-2014), la misma que entr en vigencia el 31 Dic 2014, y establece lo siguiente :

    PAGO ANTICIPADO TOTAL PARCIAL

    Pago que trae como

    consecuencia la aplicacin del monto al capital del crdito, con la consiguiente reduccin

    de los intereses, las comisiones y gastos.

    ADELANTO DE

    CUOTAS

    Pago que trae como consecuencia la aplicacin del monto pagado a

    las cuotas inmediatamente posteriores a las exigibles en el periodo, sin que se produzca una

    reduccin de los intereses, comisiones y gastos.

    Lo que anteriormente se conoca como Amortizacin.

    Es decir, se adelantar el pago de cuotas sin reduccin de intereses,

    comisiones y gastos.

  • Pagos Anticipados Parciales

    Opciones de Pago

    Anticipado Parcial

    Quien

    solicita

    Requisitos

    Documentos a

    entregar al cliente

    Formas de Pago

    Reduccin de Plazo

    (numero de cuotas)

    Cliente

    Usuario

    Cliente / Usuario,

    llena Formato

    Mltiple (indica

    monto y opcin

    de Pago

    Anticipado

    Parcial.

    - El crdito debe

    estar al da.

    - Comprobante de pago.

    - Plan de Pagos (lleva

    firma, DNI y huella del

    cliente usuario).

    En el caso de Lneas solo

    se entrega comprobante

    de pago.

    - Efectivo (el pago lo

    recibe el Auxiliar)

    - Con cargo en

    cuenta (lo realiza la

    Plataforma)

    Reduccin de Cuota

    (monto de cuota)

    Idem

    Idem

    Idem

    Idem

    Puede realizarse en cualquier agencia.

    El sistema mantendr la misma fecha de pago del primer

    desembolso.

    Excepcionalmente el cliente puede elegir, que el pago por el monto superior a 2 cuotas sea aplicado

    como un Adelanto de Cuotas, obligatorio llenar Formato Mltiple (opcin 16).

    Si el Pago Anticipado Parcial lo realiza una TERCERA PERSONA (Usuario), se le indicar

    que se reducir el Plazo (nmero de cuotas) y se mantendr la cuota (monto).

    Aplica para pagos MAYORES a 2 cuotas

  • Tambin se encuentra reforzado en la Gua para Clientes.

    De acuerdo a nuestros Procedimientos : No existe limitacin alguna requisito previo para solicitar el Pago Anticipado Parcial.

    Procedimiento

    El Pago Anticipado Parcial de Crdito puede realizarlo cualquier CLIENTE USUARIO, debiendo diferenciarse claramente cul es el procedimiento para cada uno de ellos.

    CLIENTE. : Titular, Cnyuge de Titular, Aval, Cnyuge de Aval.

    En este caso SIEMPRE se le pregunta al cliente,

    cul de las dos opciones va a ejecutar con su Pago Anticipado Parcial; si la Reduccin del Monto de Cuota la Reduccin de Plazo de

    crdito.

    USUARIO: Cualquier otra persona que desea realizar una operacin en el crdito

    En este caso UNICAMENTE y SIN CONSULTA se proceder a aplicar lo que indica la normativa. Art.22.

    Artculo 22., Numeral 22.3 en aquellos casos

    donde no se cuente con la eleccin del CLIENTE, las empresas debern proceder a la Reduccin del

    Nmero de Cuotas

  • 1.- El cliente marcar los recuadros a / b / c contenidos en la opcin 17, de acuerdo a sus requerimientos :

    X

    2.- Se debe llenar el recuadro especificando el nmero de crdito y el monto a pagar (si el cliente solicita

    realizar un pago anticipado en ms de un crdito se debe llenar un Formato Mltiple por cada uno de ellos)

    3.- Tambin se debe llenar las lneas destinadas a colocar Informacin Adicional (especificando quin realiza

    el pago anticipado y el motivo por el cual lo ejecutan)

    NO debe llenarse con la palabra Amortizacin.

    La opcin correcta es la

    N 17.

    Se debe verificar que el F/M llenado por el cliente, especifique el monto a pagar y si desea Reduccin de

    Nmero o Monto de Cuotas y su nuevo Plan de Pagos.

  • Se considerar como un PAGO ADELANTADO DE CUOTAS, cuando el cliente manifieste que a fin de no entrar en mora por motivos de viaje, vacaciones, etc., desea efectuar un pago cuyo monto es mayor a 2 cuotas y NO desea realizar un Pago Anticipado Parcial. En este caso es necesario llenar el F/M, consignando el motivo.

    Art. 22. Numeral 22.4 Los pagos menores iguales al equivalente de 02 cuotas se consideran Adelanto de Cuotas, en estos casos las empresas procedern a aplicar el monto pagado en exceso sobre la cuota del periodo, a las cuotas inmediatas siguientes no vencidas. Es decir, se aplica el pago a la cuota del periodo y el saldo a cuenta de la siguiente cuota.

    X

    Se informa al cliente que solo se adelantar el pago de

    cuotas, mas no se realizar una reduccin de intereses,

    comisiones y gastos. No es necesario llenar el

    Formato Mltiple.

    En caso el cliente expresamente solicite se aplique dicho pago, como un Pago Anticipado Parcial, se debe proceder conforme el procedimiento para estos casos. (requiere llenar un Formato Mltiple)

    Todos los Formatos (solicitudes), deben ser guardados de forma diaria y cronolgica en el Archivador Normativo de la SBS.

  • Redondear la cuota tiene impacto sobre el PROCESO DE PAGO ANTICIPADO PARCIAL DE CRDITOS, debido a que al generar el nuevo Plan de Pagos, la cuota a pagar se programa de 45 a 60 das posterior a la fecha del Pago Anticipado Parcial, lo que perjudica al cliente al incrementarse el inters.

    Tener especial cuidado en los crditos cuya frecuencia de pago sea diferente a mensual (trimestral, semestral), ya que de solicitar un Pago Anticipado Parcial de Crdito posterior al pago

    con redondeo, se estara programando la siguiente cuota para 6 12 meses despus, siendo el incremento de intereses elevado.

    Todo lo indicado se basa en las ltimas modificatorias realizadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP a la Normativa de Transparencia de la Informacin y Contratacin con usuarios del sistema de Atencin al Usuario.

    Evitemos sanciones.

    Indecopi, mediante Resolucin N 951-2012/SG2-Indecopi estableci la prohibicin de que los proveedores redondeen los precios en perjuicio del consumidor.

    Los Jefes de Plataforma abastecern de monedas de S/. 0.05 a sus ventanillas para que puedan entregar el vuelto correspondiente y evitar reclamos por parte del cliente.