8406 - Responsabilidad Fiscal Del Gestor Público

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    RESPONSABILIDAD FISCAL DEL GESTOR PÚBLICO

    “ Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución ylas leyes. Los servidor es públicos lo son por la mism a causa y por om isión oextralimitación en el ejercicio d e sus fun ci ones” . Artículo 6 de la Constitución Política.

    ¿Usted comprende la importancia de la gestión que desarrolla para la entidad y cómo através de ésta contribuye al cumplimiento de los fines del Estado?

    Juan Carlos es el ordenador del gasto de una entidad pública del orden central y debeaprobar la adquisición de 8 computadores y 3 impresoras para una de las áreas, JuanCarlos los adquiere a un precio mayor al valor real mercado. La contraloría un tiempodespués realiza el proceso de auditoría y encuentra que estos equipos fueron adquiridoscon un sobrecosto de $10.000.000, tomando como referencia los precios reales delmercado respecto características de los equipos, marca y tiempo en cual fueronadquiridos.

    ¿Habría lugar para dar inicio a un proceso de responsabilidad fiscal?¿Qué es control fiscal

    Es una función pública que tiene como propósito la vigilancia de la gestión fiscal por partede la administración y de los particulares que administren fondos o bienes del Estado.

    ¿Qué es la Gestión fiscal?

    Se refiere al conjunto de actividades económicas, jurídicas y tecnológicas, que realizanlos servidores públicos y las personas de derecho privado que manejen o administrenrecursos o fondos públicos, tendientes a la adecuada y correcta adquisición, planeación,conservación, administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación,gasto, inversión y disposición de los bienes públicos, así como a la recaudación.

    ¿De acuerdo con la anterior definición se puede afirmar que Juan Carlos es un gestorfiscal?

    En el caso de Juan Carlos podemos ver que se encontraba realizando una gestión fiscalde carácter económico en el proceso de aprobación para la adquisición de los equipos.

    ¿Qué es la responsabilidad fiscal?

    Son las acciones que tienen como fin hacer exigible la reparación del daño al patrimoniopúblico causado por un servidor público o particular, que en el ejercicio de la gestión fiscalpor la acción u omisión y en forma dolosa o culposa lo haya generado.

    De esta manera, la responsabilidad fiscal se atribuye a la acción u omisión originada porparte del gestor público que cause daño al patrimonio del Estado como consecuencia deuna gestión fiscal ejercida en forma irregular o antieconómica. En este caso lascontralorías de todos los niveles son los órganos encargados de adelantar las respectivasactuaciones administrativas que determinen tipo y grado de responsabilidad.

    El proceso de responsabilidad fiscal se desarrolla de acuerdo a los lineamientosestablecidos en el artículo 29 y 209 de la Constitución Política, a los contenidos en el

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    Código Contencioso Administrativo y a los trámites previstos en la ley 610 de 2000 y delEstatuto Anticorrupción Ley 1474 de 2011.

    ¿Considera usted que Juan Carlos haya causado daño al patrimonio público y debaasumir la reparación de dicho daño si es que lo hubo?

    ¿Cuáles son los elementos de la responsabilidad fiscal? Conducta dolosa o culposa del gestor fiscal Daño patrimonial al Estado Un nexo causal entre la conducta del gestor fiscal y el daño patrimonial

    responsabilidad fiscal

    1. Conducta

    Es originada por la acción u omisión del servidor público o del particular que en el manejode los recursos o fondos públicos cause un daño al patrimonio del Estado. Este se puedecalificar a título de dolo o culpa grave.

    Dolo: Es una actitud consciente y deliberada, en la cual concurre la voluntad en el daño.

    Culpa grave: Negligencia extrema en el ejercicio de la gestión fiscal.

    En el caso de Juan Carlos se puede observar que a través de su acción ocasionó undetrimento patrimonial y la contraloría debe evaluar de acuerdo a las circunstancias siesta conducta fue generada con dolo o culpa grave.

    2. El Daño Patrimonial:

    Es la lesión originada a los bienes o recursos públicos, representada en el menoscabo,disminución, perjuicio, detrimento, pérdida o deterioro del patrimonio público comoconsecuencia de una gestión antieconómica, ineficaz, ineficiente e inoportuna, que noaplica al cumplimiento de los fines del Estado.

    CONDUCTA DEL NEXO CAUSALDAÑO

    PATRIMONIAL

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    El daño patrimonial además de ser generado por la acción u omisión del gestor fiscal,debe ser cuantificable, cierto y antijurídico. Por esta razón, el Propósito de laresponsabilidad fiscal es resarcir el daño ocasionado al patrimonio público mediante unaindemnización pecuniaria que compense el perjuicio causado a la entidad estatal.

    El daño patrimonial causado por Juan Carlos es cuantificable y cierto, debido a que elsobrecosto de los equipos es de $10.000.000 de pesos y la contraloría lo determina conbase a los estudios realizados respecto a las características de los equipos, la marca y eltiempo en cual fueron adquiridos.

    3. El Nexo Causal

    Es el vínculo entre la conducta del gestor fiscal y el detrimento patrimonial al Estado. Estees elemento definitivo que determina la existencia de la responsabilidad fiscal.

    ¿Cree usted que existe un nexo causal entre la conducta de Juan Carlos y el detrimentopatrimonial?

    ¿Cómo se da inicio a un proceso de responsabilidad fiscal?

    De oficio, es decir a través de los sistemas de control implementados por lascontralorías

    De oficio mediante los informes de prensa A solicitud de la entidad vigilada Denuncia realizada por algún ciudadano o por las veedurías ciudadanas de

    acuerdo a ley 563 de 2000.

    ¿Cuáles son las consecuencias de la declaración de responsabilidad fiscal?

    Obligación de pagar una suma de dinero que compense el daño realizado. Cuandoel fallo de responsabilidad fiscal queda en firme prestará mérito ejecutivo en contradel responsable fiscal y sus garantes, mediante el proceso cobro coactivo.

    Inclusión en el boletín de responsables fiscales. Significa que el responsable fiscalquedará inhabilitado para desempeñar algún cargo público y no podrá contratarcon el Estado.

    La contraloría solicitará la caducidad del contrato en el caso de que el contratistasea declarado como responsable fiscal.

    ¿Qué es el boletín de responsables fiscales?

    Corresponde a un listado que se publica periódicamente por la CGR con los nombres e

    identificación de las personas naturales o jurídicas que han sido encontradas comoresponsables fiscales mediante un fallo en firme emitido por la Contraloría General de laRepública y las Contralorías departamentales, municipales y distritales.

    El objetivo del boletín de responsables fiscales es lograr el resarcimiento de los dañosocasionados al patrimonio público. La contraloría General de la República es la entidadencargada de consolidar la base de datos para el boletín de responsables fiscales con loslistados suministrados por las contralorías territoriales.