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Hash SHA256: yPoSuxBbh3NIYAnvw 3axPpLIgTO7ec+YfI7 uhKit/dc= 9-04-18 Acta Mesa Contratación apertura PROPOSICIONES ECONÓMICAS Expdte. 78/17 - AYUNTAMIENTO DE ALBACETE - Cod.515247 - 12/04/2018 Documento firmado electrónicamente por los firmantes indicados en el margen izquierdo. Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P6D9UG-H6N9RMEK Pág. 1 de 15 Servicio de Contratación Expediente 11768W NIF: P0200300B 1 ACTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN CELEBRADA EL DÍA 9 DE ABRIL DE 2018 ASISTENCIA Presidencia D. Fernando Ortega Fernández, Servicio de Contratación. Vocales -Dª. Cecilia Laigret Garguillo, Asesoría Jurídica. -D. Miguel Escribano Giraldo, Intervención General. -Dª. María José Simón Urban, Concejal. -D. Juan-José Segura García, Concejal. Secretaria Dª. Antonia Morales Hortelano, Servicio de Contratación. ACTA En la Casa Consistorial, siendo las nueve horas y quince minutos del día 9 de abril de 2018, al objeto de celebrar la reunión convocada al efecto, se constituye la Mesa de Contratación formada por los miembros que al margen se relacionan, con la ausencia justificada del Servicio Promotor, que también ha sido debidamente convocado, bajo la Presidencia de don Fernando Ortega Fernández, y asistidos por doña Antonia Morales Hortelano, como Secretaria. Seguidamente se pasó a estudio y resolución del siguiente asunto incluido en el Orden del Día, sobre el que recayó el siguiente acuerdo: PROCEDIMIENTO ABIERTO. APERTURA PÚBLICA. CRITERIOS OBJETIVOS DE CUANTIFICACIÓN AUTOMÁTICA O A TRAVÉS DE FÓRMULAS. EXPDTE. 78/2017 (Código SEGEX 11768W): SERVICIO DE EXPLOTACIÓN, GESTIÓN Y MANTENIMIENTO DEL ECOPARQUE ALBACETE. De conformidad con lo establecido en la Cláusula 24ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares regulador de este contrato, en concordancia con lo expresado en el artículo 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, y después de haberse anunciado en el Perfil de Contratante la convocatoria de esta Mesa para conocimiento de los candidatos, en este acto público de apertura cabe manifestar que no ha asistido el representante legal de los siguientes licitadores:

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Servicio de ContrataciónExpediente 11768WNIF: P0200300B

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ACTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN

CELEBRADA EL DÍA 9 DE ABRIL DE 2018

ASISTENCIA

Presidencia D. Fernando Ortega Fernández, Servicio de Contratación.

Vocales -Dª. Cecilia Laigret Garguillo, Asesoría Jurídica. -D. Miguel Escribano Giraldo, Intervención General. -Dª. María José Simón Urban, Concejal. -D. Juan-José Segura García, Concejal.

Secretaria Dª. Antonia Morales Hortelano, Servicio de Contratación.

ACTA

En la Casa Consistorial, siendo las nueve horas y quince minutos del día 9 de abril de 2018, al objeto de celebrar la reunión convocada al efecto, se constituye la Mesa de Contratación formada por los miembros que al margen se relacionan, con la ausencia justificada del Servicio Promotor, que también ha sido debidamente convocado, bajo la Presidencia de don Fernando Ortega Fernández, y asistidos por doña Antonia Morales Hortelano, como Secretaria. Seguidamente se pasó a estudio y resolución del siguiente asunto incluido en el Orden del Día, sobre el que recayó el siguiente acuerdo:

PROCEDIMIENTO ABIERTO.

APERTURA PÚBLICA. CRITERIOS OBJETIVOS DE CUANTIFICACIÓN

AUTOMÁTICA O A TRAVÉS DE FÓRMULAS.

EXPDTE. 78/2017 (Código SEGEX 11768W): SERVICIO DE EXPLOTACIÓN,

GESTIÓN Y MANTENIMIENTO DEL ECOPARQUE ALBACETE.

De conformidad con lo establecido en la Cláusula 24ª del Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares regulador de este contrato, en concordancia con lo

expresado en el artículo 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que

se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, y después de

haberse anunciado en el Perfil de Contratante la convocatoria de esta Mesa

para conocimiento de los candidatos, en este acto público de apertura cabe

manifestar que no ha asistido el representante legal de los siguientes licitadores:

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-Don Pedro Jiménez Ibáñez, en representación de la mercantil Eco Actrins, S.L.,

con C.I.F. núm. B-53205845.

-Don Carlos Pérez Garrido, en representación de la mercantil Elecnor, S.A., con

C.I.F. núm. A-48027056.

Vistas las actas de la Mesa de Contratación de calificación de la documentación

administrativa (9/marzo/2018), así como de apertura pública de criterios cuya

cuantificación depende de un juicio de valor (15/marzo/2018).

Visto el Informe del Servicio Promotor (Servicio de Salud Ambiental, Sección de

Medio Ambiente) de fecha 26/marzo/2018, que es del siguiente tenor literal:

‘En relación con el expediente 11768W que se tramita para la adjudicación del contrato para

la prestación del servicio de explotación, gestión y mantenimiento del Ecoparque de Albacete (expte.78/2017), celebrada Mesa de Contratación con fecha 15-03-2018 y examinada la documentación de las ofertas presentadas (sobre Nº 2) para su valoración con arreglo a criterios objetivos cuya cuantificación depende de un juicio de valor, se informa:

- Los criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor se encuentran en el Anexo I, apartado noveno, letra A, del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación del mencionado servicio, en el cual se establece lo siguiente:

Se deberá presentar una memoria con una extensión no superior a cincuenta folios, formato

DIN A4, sobre el proyecto y la propuesta de ejecución de los trabajos diferenciando los referidos a la explotación, gestión y mantenimiento del ecoparque, a la prestación del servicio de punto limpio móvil y a la realización de las campañas anuales de concienciación ciudadana. Se valorará la implantación de programas informáticos para la gestión del servicio y para la organización y comunicación de la información y también la organización de los trabajos que haga más eficaz el servicio y la gestión de los residuos que permita obtener su mayor valorización mediante la reutilización y el reciclado.

Respecto a las campañas se valorará el desarrollo y contenido de los programas incluidos en la campaña de comunicación en los términos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas.

Para la evaluación de este criterio no figurarán en la memoria datos que deban ser tenidos en cuenta en el criterio de cuantificación sujeto a fórmulas tales como el incremento de los medios humanos sobre los establecidos en el pliego de prescripciones técnicas, el aumento de los medios materiales y dotaciones adscritos al contrato así como el aumento de los días o del horario de prestación del servicio establecido en el pliego de prescripciones técnicas.

A efectos de valoración de este criterio los licitadores presentarán la memoria antes referida con arreglo al siguiente desglose:

ECOPARQUE Y PUNTO LIMPIO MÓVIL

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• programa de explotación: propuestas de innovación consideraciones sobre residuos

admisibles, criterios y limitaciones de aceptación, etc.

• organización del servicio: organización del personal para la realización de los trabajos

objeto del contrato, descripción de las operaciones de gestión de los distintos tipo de

residuos, envasado y almacenamiento de residuos peligrosos y de materiales

recuperados, etc.

• programa de recuperación y tratamiento: descripción de las operaciones de recuperación

de residuos voluminosos, almacenamiento y separación de componentes, tipos de

residuos procedentes de las operaciones de recuperación, medios personales y

materiales específicos, etc.

• gestión y destino de los residuos: listado previsto de recogedores-transportistas

autorizados, gestores previstos de cada tipo de residuos, centros de tratamiento final,

etc.

• programa de limpieza, conservación y mantenimiento de las edificaciones, instalaciones,

dotaciones, viales, zonas verdes, accesos, vallado y entorno del Ecoparque.

• sistemas de control del funcionamiento del Ecoparque y del Punto Limpio Móvil.

DESCRIPCIÓN DE LA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN CIUDADANA

De forma particularizada se describirán todos los aspectos relativos a la campaña anual de comunicación ciudadana, y entre ellos los siguientes:

* Detalle de las actuaciones a desarrollar

* Medios humanos y su cualificación

* Medios materiales (cantidades y características técnicas de los divulgativos, materiales

promocionales, otros)

* Elementos de difusión en medios (características, cantidades y frecuencias de emisión de cuñas radiofónicas, video-spot, anuncios en prensa, etc.) * Temporalización de actuaciones * Programa de evaluación, etc.

- Para la valoración de las ofertas se ha tenido en cuenta la documentación presentada en

el sobre Nº 2 por parte de las empresas licitadoras y su adecuación a los criterios antes

citados. Se resumen brevemente a continuación los aspectos más destacables de cada

una de las dos ofertas presentadas, y la puntuación global otorgada con arreglo a dichos

aspectos, sobre la base de los 10 puntos que como máximo corresponden a la

valoración con arreglo a criterios objetivos dependientes de un juicio de valor.

1/ ECOACTRINS S.L.:

La información contenida en la memoria del Sobre nº 2 de esta empresa no se encuentra estructurada conforme al desglose incluido en los criterios antes citados, en particular en lo que se refiere al programa de explotación del Ecoparque y Punto Limpio Móvil, organización del servicio, etc. Los aspectos más destacables son los siguientes:

- En cuanto a residuos admisibles, criterios y limitaciones de aceptación, propuestas de

innovación.., se contemplan los mismos tipos de residuos que los incluidos en el Pliego

de Prescripciones Técnicas (aptdo. 2.1), si bien para algunos de ellos se reseñan

limitaciones por entrega y día más restrictivas que las establecidas en el Pliego, como

sucede con los escombros, maderas y residuos “verdes” de jardinería (para los que la

oferta establece un límite de 100 kgs./entrega-día, mientras que en el Pliego se

contemplan 150 kgs.), tubos fluorescentes (2 uds./entrega-día, por 10 uds. que

establece el Pliego), tóner y cartuchos de impresora (5 uds./entrega-día, por 10 uds. en

el Pliego), o incluso se contempla el establecimiento de un límite de 10 litros para el

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caso del aceite vegetal usado, cuando el Pliego de Prescripciones Técnicas no

contempla ninguna limitación a la entrega en el Ecoparque para este residuo doméstico.

- No se incluyen aspectos reseñables o destacables en cuanto a la organización del

servicio y las operaciones de gestión de los residuos, distintos de los contemplados en

el Pliego de Prescripciones Técnicas. Se citan aspectos como la aplicación de

protocolos de gestión específicos para residuos (destino a vertedero) o para

subproductos (destino a reutilización o reciclaje), pero no se distinguen unos y otros ni

se describen los citados protocolos.

- No se contempla programa o actuaciones de recuperación y tratamiento de residuos en

las instalaciones del Ecoparque, por lo que no se detallan operaciones

(desguaceseparación de componentes, clasificación, almacenamiento...), tipos de

residuos, medios específicos, etc. Se cita únicamente la posibilidad de cesión de

muebles y enseres a una asociación sin ánimo de lucro con estos fines (reparación-

restauración y posterior venta), mediante un convenio de colaboración entre la empresa

y tal asociación.

- En cuanto al destino de los residuos, se incluyen algunas consideraciones genéricas para

la búsqueda del principio de “residuo mínimo” por parte de la empresa, destinando a

reciclado y valorización la mayor cantidad y tipo de residuos gestionados en el

Ecoparque. Se especifican asimismo las empresas gestoras autorizadas previstas por el

licitador para la entrega de cada tipo de residuo, en particular los no peligrosos, y

consignándose una única empresa autorizada para la entrega y gestión de todos los

residuos peligrosos depositados en el Ecoparque. No se concretan en cambio las

operaciones básicas (reutilización, reciclado, valorización, eliminación…) a que serán

sometidos cada uno de los residuos, o informaciones relativas a la trazabilidad o

gestores de tratamiento final de los mismos.

- La información relativa a la limpieza, conservación y mantenimiento de las edificaciones,

instalaciones, dotaciones... del Ecoparque, adicional a la ya establecida en el Pliego de

Prescripciones Técnicas, es muy escasa, no existiendo un programa de limpieza y

mantenimiento como tal. Se contempla únicamente la realización de una limpieza con

frecuencia diaria y su momento de realización, y otras limpiezas puntuales en función de

las necesidades. No se citan operaciones y trabajos a acometer para la conservación y

mantenimiento del Ecoparque, sus características, frecuencias de ejecución, etc.

- No se contempla información específica en lo referente al servicio de Punto Limpio Móvil,

indicando únicamente la empresa que el mismo se prestará en las mismas condiciones

y número de emplazamientos que los actuales (exigibles en el Pliego de Prescripciones

Técnicas).

- Se contempla que la gestión del Ecoparque se realizará de forma completamente

informatizada mediante un programa específico de gestión para el manejo de entradas y

salidas de residuos, número de usuarios y demás datos, si bien no se detallan las

características de dicho programa, entorno, funcionalidades, ventajas en la gestión,

posibilidades en la organización y comunicación de la información, etc.

- Otros aspectos contemplados en la oferta son: posibilidad de sinergias entre el servicio a

prestar en el Ecoparque y otros servicios de gestión de residuos desarrollados por la

empresa en la provincia de Albacete (puesta a disposición de los medios técnicos y

humanos de la empresa en caso necesario); atención de consultas, quejas y

sugerencias efectuadas por los ciudadanos a través del teléfono del servicio, hojas de

reclamaciones, etc.; previsión de programas de formación del personal en materia

ambiental (gestión de residuos en particular), prevención en materia de seguridad y

salud, etc.; inclusión de modelos de partes de entrada o recepción de residuos en el

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Ecoparque y salidas o retirada de los mismos, con los datos e informaciones a recoger

en cada uno de ellos.

- Finalmente, respecto a la campaña de comunicación ciudadana incluida en la oferta de

esta empresa, se plantean dos tipos de acciones divulgativas, como son la edición de

trípticos informativos y la realización de visitas guiadas al Ecoparque, cuantificándose

cada una de ellas. En cualquier caso, la descripción o información contenida sobre la

campaña de comunicación resulta muy escasa, no contemplándose de forma detallada

las actuaciones a realizar, características de las mismas, medios humanos asignados,

programa de evaluación…, u otras especificaciones de algunas exigencias del Pliego de

Prescripciones Técnicas, como el diseño y mantenimiento de una página web destinada

a proporcionar la información y características de los servicios de Ecoparque y Punto Limpio Móvil.

Con base en todo lo anterior, la puntuación global asignada a la oferta de esta empresa es

de 3,5 puntos.

2/ ELECNOR S.A.

La información contenida en la memoria del Sobre nº 2 de esta empresa se encuentra estructurada distinguiendo los aspectos relativos a la explotación, gestión y mantenimiento del Ecoparque, la prestación del servicio de Punto Limpio Móvil y la realización de la campaña de concienciación ciudadana, con un desglose de la información similar al contemplado en los criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor del Anexo I (aptdo. 9, letra A) del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Los aspectos más destacables de esta oferta son los siguientes:

- En el programa de explotación se especifican todos los residuos admisibles

contemplados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, con unas limitaciones por

entrega y día conformes en general a las establecidas en el mismo. En algunos tipos de

residuos para los que el Pliego no define límites de entrega, la empresa licitadora

propone dichos límites, resultando adecuados los umbrales de cantidades máximas

propuestos para algunos residuos (ej. pesticidas, otros residuos contaminados). Por el

contrario, la empresa propone algunas limitaciones a la entrega más restrictivas que las

establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas para algún residuo concreto, como

sucede en el caso de los colchones (se propone un máximo de 1 ud./entrega), no

resultando procedente puesto que el Pliego no establece distinción entre estos residuos

y otros objetos voluminosos en general. Sí resulta valorable la supresión de los límites a

la entrega de ciertos tipos de residuos, que la empresa contempla para los tóner y

cartuchos de impresora, radiografías, baterías y acumuladores, y pinturas y tintas que

no contienen sustancias peligrosas.

Por otra parte, la empresa propone una serie de normas a observar en la presentación y depósito de los distintos tipos de residuos por parte de los usuarios, así como otro grupo de normas, a modo de reglamento de explotación del Ecoparque, en las que se contemplan diversos aspectos relativos al funcionamiento de la instalación, obligaciones de los usuarios, etc. Si bien el contenido de algunas de estas normas resulta adecuado, no sucede lo mismo en otras, cuyo texto debería ser matizado o modificado en gran medida, sin perjuicio de valorar la iniciativa de la empresa a la hora de proponerlas para su aprobación por parte del Ayuntamiento.

- En cuanto a la organización del servicio y las operaciones de gestión de los residuos, no

se incluyen aspectos reseñables distintos de los contemplados en el Pliego de

Prescripciones Técnicas, con excepción de la inclusión de un modelo de ficha de control

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diario de las entradas de residuos y usuarios al Ecoparque, y la definición de un umbral

máximo de capacidad de llenado de los contenedores a la hora de avisar al gestor

correspondiente para proceder a su retirada, con objeto de evitar situaciones de

colmatación o rebose de los contenedores. No obstante, existen discordancias en la

definición del mencionado umbral en distintas partes de la memoria presentada por la

empresa, contemplándose un 80% de capacidad máxima en el llenado de los

contenedores en el apartado de gestión logística y explotación de residuos, y por otro

lado un 90% en el programa de limpieza y mantenimiento de la instalación. Por último,

se incluye una tabla con las previsiones del tiempo de almacenamiento de cada tipo de residuo en la instalación, en función del ritmo de depósito por parte de los usuarios y las características y capacidad de cada contenedor.

- No se contempla ninguna actuación o programa encaminado a la recuperación y

tratamiento de residuos en las instalaciones del Ecoparque, citándose únicamente que

algunos residuos podrán ser sometidos a un pretratamiento para darles mayor valor de

cara a su introducción en el mercado del reciclaje, no especificándose las operaciones a

realizar en el citado pretratamiento, los tipos de residuos a que se aplicarán, materiales

o subproductos resultantes, medios humanos y materiales específicos, etc.

- En cuanto al destino de los residuos, se contemplan en una tabla las empresas gestoras

autorizadas previstas por el licitador para la entrega de cada tipo de residuo depositado

en el Ecoparque, tanto los peligrosos como los no peligrosos. En dicha tabla se citan las

operaciones básicas (reciclado, valorización, valorización-eliminación…) a que serán

sometidos cada uno de los residuos, siendo adecuadas en su mayoría, con alguna

excepción en algún tipo de residuo en las que resultan viables y más convenientes

opciones de mayor prioridad en la escala de jerarquía de gestión establecida en el

aptdo. 3.3 del Pliego de Prescripciones Técnicas; tal es el caso de la ropa y calzado

usados (posibilidades de reutilización de una parte y reciclado del resto, antes de otras

formas de valorización), tóner y cartuchos de impresión (reutilización de una parte), y

aceites de motor (regeneración). No se contempla información relativa a la trazabilidad

de los residuos y/o gestores de tratamiento final de los mismos.

- El programa de limpieza y mantenimiento de las instalaciones del Ecoparque incluido por

la empresa contempla distintas actuaciones de conservación preventiva y correctiva,

definiéndose las frecuencias para cada una de ellas.

- En lo que respecta al servicio de Punto Limpio Móvil, se enumeran los tipos de residuos

admisibles en el mismo y las cantidades límites por entrega a respetar por parte de los

usuarios de cada uno de ellos, encontrándose unos y otras conforme al Pliego de

Prescripciones Técnicas, con excepción de dos residuos para los que la empresa

contempla un límite más restrictivo: aceite vegetal usado (10 litros en lugar de los 15 que

establece el Pliego) y tubos fluorescentes (3 unidades en lugar de las 5 que establece el

Pliego). Se definen asimismo el número y emplazamiento de las ubicaciones de la

ciudad en que se instalará el Punto Limpio Móvil, y los días de la semana y horario de

instalación en la vía pública, coincidiendo todo ello con las condiciones en que

actualmente se presta el servicio. Finalmente, se mencionan también los medios de

difusión previstos para dar a conocer el calendario de ubicación del Punto Limpio Móvil a

los ciudadanos.

- La empresa contempla una gestión informatizada del Ecoparque a través de un programa

de gestión y control (denominado GMAO) del que se describen sus características

básicas y distintos módulos, entre los que se encuentran los destinados a la gestión de

los residuos, gestión de costes y gestión de las operaciones de conservación y

mantenimiento. Se incluye asimismo alguna información sobre las funcionalidades de

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dicho programa y sus ventajas, aunque no se detallan otros aspectos que pueda ofrecer

en materia de organización y comunicación de la información con la dirección técnica del

servicio. Se prevé también la utilización de otras herramientas informáticas, destinadas a

la coordinación de actividades empresariales y a la investigación de incidentes y

accidentes.

- Otros aspectos contemplados en la oferta son: información sobre prevención en materia

de seguridad y salud (EPIs, programas de formación); apoyo de los medios materiales y

humanos con que cuenta la empresa en la zona; atención telefónica del servicio para los

usuarios y definición del horario de atención, coincidente con el de apertura del

Ecoparque.

- Finalmente, la campaña de comunicación ciudadana incluida en la oferta de esta

empresa contempla las siguientes acciones o medios de divulgación de la información

relativa al servicio de Ecoparque y Punto Limpio Móvil: trípticos, emisión de cuñas

radiofónicas, página web, inserción de contenidos en una red social, y realización de una

encuesta de participación ciudadana (se infiere a realizar entre los usuarios). De cada

una de estas acciones se describen someramente sus objetivos, características,

periodicidad, cuantificación de medios…, aunque faltan especificaciones relativas a

algunos aspectos (ej. características técnicas de los trípticos, contenidos de las

publicaciones a insertar en la red social, detalles de la implementación de la encuesta

entre usuarios, etc.).

Con base en todo lo anterior, la puntuación global asignada a la oferta de esta empresa es

de 7,5 puntos.

Lo que se informa a los efectos oportunos. ‘

A continuación, la Mesa prosigue con la apertura pública y, antes de proceder a

la apertura del Sobre nº 3 cabe señalar que el Pliego regulador del contrato,

en su Anexo I, establece lo siguiente:

‘3) APARTADO TERCERO.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:

DURACIÓN DEL CONTRATO IMPORTE ( IVA EXCLUIDO) IVA A REPERCUTIR ( 10%)

INICIAL (1 AÑO) 123.181,82 € 12.318,18 €

INICIAL (4 AÑOS) 492.727,28 € 49.272,73 €

INICIAL (4) + PRÓRROGA (2) 739.090,92 € 73.909,09 €

VALOR ESTIMADO 739.090,92 €

9) APARTADO NOVENO. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:

B) CRITERIOS DE CUANTIFICACIÓN AUTOMÁTICA O A TRAVÉS DE FÓRMULAS (90 PUNTOS):

a) Oferta económica (35 puntos):

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La oferta económica más baja respecto al valor de la duración inicial del contrato (4

años) obtendrá la puntuación máxima. Las demás ofertas se puntuarán ponderadamente con

arreglo a la siguiente fórmula:

Porcentaje de baja de otros licitadores x 35 X= --------------------------------------------------------------------- Mayor porcentaje de baja

Las empresas licitadoras presentarán junto a la oferta económica la documentación

complementaria siguiente:

ESTUDIO ECONÓMICO

Los licitadores presentarán un estudio económico detallado que incluirá el desglose de todos

los gastos e ingresos inherentes a la ejecución del contrato, para la justificación del precio final

ofertado. Deberán tenerse en cuenta por tanto los costes fijos del servicio, los costes de gestión

de los residuos, los costes de la campaña de comunicación, los gastos generales, el beneficio

industrial y los ingresos derivados de la venta de materiales recuperables, reciclables o

restaurados.

b) Mejoras admisibles ofertadas y valoradas económicamente (25 puntos).

Las mejoras propuestas se deberán englobar entre las tipologías que se indican a

continuación, valorándose económicamente cada una de ellas y justificando su importe al que no

se aplicará ningún tipo de recargo (gastos generales, beneficio, impuestos). Las mejoras

ofertadas no supondrán coste adicional alguno para el Ayuntamiento.

Los licitadores de conformidad con lo establecido en el artículo 147 del TRLCSP

únicamente podrán presentar mejoras sobre los siguientes elementos:

• Mejora del sistema de vigilancia de las instalaciones para prevenir, evitar y

detectar robos o actos vandálicos.

• Mejora del cerramiento perimetral del recinto.

• Mejora de iluminación exterior del recinto mediante el incremento de los niveles

de luminosidad y la implantación de los puntos de luz en zonas con déficit de iluminación.

• Instalación de rejas de cerramiento exterior de ventanas en los edificios que aún

no cuentan con ellas y de malla del cerramiento del hueco de ventilación entre cubierta y muros

del almacén-taller

• Realización de talleres educativos u otras iniciativas encaminadas a la mejora de

la gestión de los residuos domésticos, la reducción en la generación de residuos o la

concienciación ciudadana en la materia.

• Aumento del equipamiento y dotaciones del ecoparque.

La fórmula para la baremación de este criterio es la siguiente:

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Al licitador que ofrezca un mayor importe en mejoras valoradas económicamente y que

sean admisibles, conforme a este pliego, que son las que se han delimitado en el apartado

anterior, se le otorgará la máxima puntuación (25 puntos) y, al resto, se le puntuará

proporcionalmente con arreglo a la siguiente fórmula:

Mejoras valoradas económicamente y admisibles de otros licitadores x 25 X= ------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Mayor importe de mejoras valoradas económicamente y admisibles ofertado

c) Campaña de información y sensibilización valorada económicamente (€/año) con

arreglo a la siguiente fórmula: 18 puntos

Campaña de otros licitadores x 18 X=----------------------------------------------------------------

Mayor importe de campaña ofertado

El licitador deberá adjuntar en su propuesta la justificación de la valoración económica de la

campaña ofertada.

d) Incremento de los medios humanos sobre los establecidos en el pliego de

prescripciones técnicas, así como el aumento de los días o del horario de prestación del servicio

establecido en el pliego de prescripciones técnicas: 12 puntos repartidos como sigue:

(i) (p)

• (1) Incremento de días de apertura del Ecoparque:…………… 3 puntos

• (2)Incremento del horario diario de apertura del Ecoparque:…...2 puntos

• (3)Incremento de días a la semana de prestación del Punto Móvil: …..2 puntos

• (4)Incremento de medios humanos referidos a jornada completa:…5 puntos

Incremento “i” de otros licitadores x “pi”

X= -----------------------------------------------------------------------------------

Mayor incremento “i” ofertado 10) APARTADO DÉCIMO - OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.

a) Sí se aplican a este contrato.

b) El único criterio para la aplicación del régimen de las bajas anormales

desproporcionadas será el de la oferta económica, considerándose desproporcionadas o

temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:

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• Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de

licitación en más de 25 unidades porcentuales.

• Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades

porcentuales a la otra oferta.

• Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades

porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el

cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10

unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerara desproporcionada la

baja superior a 25 unidades porcentuales.

• Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10

unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre

ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se

procederá al cálculo de una nueva media solo con las ofertas que no se encuentren en el

supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva

media se calculara sobre las tres ofertas de menor cuantía. En este último caso, no habrá un

proceso iterativo en el cálculo de las ofertas incursas en valores anormales o desproporcionados,

de tal manera que se calculara la media de las ofertas presentadas, a esa media se incrementara

10 unidades porcentuales y las ofertas con valores superiores al resultado de ese incremento se

excluirán del cálculo de una nueva media. A partir de este momento se procederá al cálculo

definitivo de la nueva media de las ofertas presentadas, y con esta nueva media, como punto de

referencia, aquellas que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales se entenderán

incursas en ofertas con valores anormales o desproporcionados.’

Acto seguido, se procede a la apertura de los Sobres núms. 3, que contiene la

documentación siguiente:

Plica núm. 1: la mercantil Eco Actrins, S.L., con C.I.F. núm. B-53205845,

presenta la siguiente propuesta:

1.1. Oferta económica:

DURACIÓN DEL CONTRATO IMPORTE (IVA EXCLUIDO) IVA A SOPORTAR (10 %)

ANUAL (UN AÑO) 122.923,77 12.292,377

Inicial (4 años) 491.695,08 49.169,508

Inicial + prórrogas (4+2) 737.542,62 73.754,262

Junto a la oferta económica presenta estudio económico detallado que

incluye el desglose de todos los gastos e ingresos inherentes a la ejecución del

contrato, para la justificación del precio final ofertado.

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1.2. Mejoras:

1º. La instalación de 2 llaves de corte en las tuberías generales con el fin de

poder acortar las averías que se producen en las conducciones de agua, siendo

su coste de 1.900,00.- €, IVA no incluido.

2º. La gestión del Eco parque de Albacete, estará completamente informatizada,

para lo que se contará con un programa específico de gestión donde se darán

de alta todas las entradas y salidas así como el número de usuarios y demás

datos de interés, siendo el coste del citado programa y su instalación de

700,00.- €, IVA no incluido.

1.3. Campaña de información y sensibilización valorada económicamente:

- La campaña de mantenimiento y gestión será consensuada con el

Ayuntamiento de Albacete y sus servicios técnicos. Se desarrollará a partir del

reparto de trípticos, tanto referentes al ecoparque como al ecoparque móvil y se

realizarán visitas guiadas por el Ecoparque y charlas informativas.

- MATERIAL DIVULGATIVO:

Tríptico Ecoparque: 12.000 trípticos informativos (3.000/año), que se repartirán

en el Ayuntamiento, en las oficinas de información del Ayuntamiento y en el

Ecoparque.

Tríptico Punto Limpio Móvil: 12.000 trípticos informativos (3.000/año), que se

repartirán en el Ayuntamiento, en las oficinas de información del Ayuntamiento y

en el propio Punto Limpio Móvil.

Realización de visitas guiadas: 12 visitas anuales por el Ecoparque (1/mes),

dirigida a cursos de 1º y 2º ESO de colegios de Albacete. En ellas se impartirán

charlas informativas sobre funcionamiento Ecoparque por personal cualificado

en medioambiente.

- PRESUPUESTO:

- Diseño trípticos: 400,00.- €.

- 12.000 trípticos ecoparque: 1.378,00.- €.

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- 12.000 trípticos ecoparque móvil: 1.378,00.- €.

- 48 charlas y visitas: 4.320,00.- €

Duración del contrato Importe (IVA excluido)

Anual (1año) 1.869,00.- €

Inicial (4 años) 7.476,00.- €

Inicial + Prórrogas (4+2) 11.214,00.- €

1.4. Incremento de medios humanos y aumento de días o del horario de

presentación del servicio: Propone la ampliación al lunes del horario de

apertura. También abrir todos los días, una hora antes, teniendo en cuenta el

horario especificado en el PPT. De ese modo, el horario de apertura sería: de

lunes a sábados, de 9.00 a 14.00 horas y de 17.00 a 20.00 horas; y domingos y

festivos, de 9.00 a 14.00 horas.

Plica núm. 2: la mercantil Elecnor, S.A., con C.I.F. núm. A-48027056, presenta

la siguiente propuesta económica:

1.1. Oferta económica:

DURACIÓN DEL CONTRATO IMPORTE (IVA EXCLUIDO) IVA A SOPORTAR (10 %)

ANUAL (UN AÑO) 109.775,35 10.977,53

Inicial (4 años) 439.101,40 43.910,14

Inicial + prórrogas (4+2) 658.652,10 65.865,21

Junto a la oferta económica presenta estudio económico detallado que

incluye el desglose de todos los gastos e ingresos inherentes a la ejecución del

contrato, para la justificación del precio final ofertado.

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1.2. Mejoras:

Presupuesto:

En el sistema de videovigilancia: 17.544,88.- €

En cerramiento perimetral: construcción de muro 14.799,35.- €

En iluminación exterior: 4.627,80.- €

En seguridad de edificios: rejas: 9.761,00.-€

De dotación: vallas de seguridad para muelles de carga: 3.185,00.-€

Talleres educativos: 2.000,00.-€

TOTAL MEJORAS 51.918,03.- €

1.3. Campaña de información y sensibilización valorada económicamente:

La campaña está formada por una serie de acciones publicitarias y de formación

interconectadas; son la siguientes:

Presupuesto:

Trípticos (1.500 uds./año; 6.000 uds. cuatro años,

Ecoparque; y las mismas unidades para el Punto Limpio

Móvil).

9.860,00.- €

Publicidad radiofónica:16 cuñas publicitarias/año

(Cadena 100, Radio Albacete, Cadena Dial y COPE)

2.015,36.- €

WEB: Responsive Web + Dominio 5 años Web 2.950,00.- €

Otras iniciativas para la mejora de gestión de residuos

domésticos: red social: Dos publicaciones semanales y

enlace a WEB

7.680,00.-€

Encuesta de participación ciudadana: A través anteriores

medios 0,00.-€

TOTAL Campaña información y sensibilización 22.505,36.-€

1.4. Incremento de medios humanos y aumento de días o del horario de

presentación del servicio: Propone la ampliación al lunes del horario de

apertura. También abrir todos los días, una hora antes, teniendo en cuenta el

horario especificado en el PPT. De ese modo, el horario de apertura sería: de

lunes a sábados, de 9.00 a 14.00 horas y de 17.00 a 20.00 horas; y domingos y

festivos, de 9.00 a 14.00 horas.

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Tras lo expuesto, por la Secretaria de la Mesa se indica que se enviará copia de

la presente acta junto con la documentación contenida en el Sobre núm. 2 al

Servicio Promotor del expediente, a los efectos de que realice el informe de

valoración de estos criterios objetivos, cuya cuantificación depende de fórmulas.

Asimismo, a los efectos de la valoración técnica por el Servicio Promotor, y dado

que en este contrato se aplica la figura de las bajas anormales o

desproporcionadas, de conformidad con resoluciones de los Tribunales

Administrativos de Recursos Contractuales (Central y de Comunidades

Autónomas) y del Informe de la Abogacía General del Estado de 29 de

septiembre de 2.008, el orden secuencial del proceso de valoración es el

siguiente:

1.- Estudio de la existencia o no de ofertas incursas en bajas anormales o

desproporcionadas.

2.- Si existen ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas,

en el informe técnico de valoración no se ha de realizar la asignación de puntos

correspondientes, sino que se ha de expresar únicamente esa circunstancia, es

decir, la existencia de bajas anormales y justificando de manera motivada dicha

incidencia.

3.- Con posterioridad, la Mesa de Contratación dará trámite de audiencia

a todos los licitadores cuyas ofertas presenten valores anormales o

desproporcionados a los efectos de que justifiquen sus ofertas.

4.- Cumplido el trámite de audiencia se remitirá el expediente al Servicio

Promotor, a los efectos de que motivadamente informe si entiende viable dichas

ofertas, en cuyo caso, las incluirá en la asignación correspondiente de puntos o,

en caso contrario, si han de ser excluidas por no haber estimado la justificación

sobre su viabilidad y, en este último supuesto, no las tendrá en consideración a

los efectos de la asignación de los puntos correspondientes.

5.- Como es lógico, en el supuesto de que no haya ofertas incursas en

bajas anormales o desproporcionadas en un inicio, en el informe técnico de

valoración se ha de indicar este extremo y se ha de proceder en el mismo a la

asignación de los puntos que le corresponden a las ofertas admitidas al

procedimiento de adjudicación del contrato, según la aplicación de las fórmulas

contenidas en el Pliego rector del mismo.

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Una vez realizado el informe técnico, con la asignación de los puntos que

corresponda a la candidatura, se reunirá la Mesa de Contratación a los efectos

de realizar propuesta clasificación de ofertas, requerimiento de documentación y

adjudicación, en su caso, acto que tiene carácter público, pudiendo asistir a tal

acto el representante legal del candidato, anunciándose en el Perfil de

Contratante la fecha de la celebración de tal reunión.

No existiendo más asuntos que tratar, la Presidencia levanta la sesión,

redactándose la presente Acta, visada por la Presidencia de la Mesa de

Contratación, de cuyo contenido como Secretaria doy fe.