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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL “Planta de Tratamiento de Riles por medio del Sistema BIDA, Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A.”

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

“Planta de Tratamiento de Riles por medio del Sistema BIDA, Procesadora y

Deshidratadora Colchagua S.A.”

CONSULTORA BIOFILTRO LTDA.

Octubre 2012

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ÍNDICE

Introducción..............................................................................................................2

1 Antecedentes Generales.......................................................................................3

2. Localización del Proyecto.....................................................................................6

3. Descripción de los Procesos y Generación de Riles............................................8

4 Descripción del Proyecto.....................................................................................11

5. Descripción de Medidas de Manejo Ambiental.................................................26

6 Antecedentes para evaluar que el proyecto o actividad no requiere presentar un estudio de impacto ….............................................................................................31

7. Antecedentes para evaluar el cumplimiento de las Normas de Calidad Ambiental................................................................................................................38

8. Permisos Ambientales Sectoriales.....................................................................40

9. Descripción de la forma en que el proyecto se relaciona con las políticas, planes y programas de desarrollo regional y comunal………………………….…………44

10. Compromisos Ambientales Voluntarios y Firma de la Declaración……………57

Anexo1: Documentos AdministrativosAnexo 2: Documentos AdministrativosAnexo 3: Estudio de RiegoAnexo 4: Planos de Emplazamiento y Sistema de Tratamiento BIDA

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INTRODUCCIÓN

Esta Declaración de Impacto Ambiental se ha hecho de acuerdo al Documento de Apoyo para la Elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental, elaborado por el Sub Departamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.

El Proyecto que se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental corresponde a la Planta de Tratamiento de Riles de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A, ubicada en camino El Huique esquina Camino a Pichilemu (Ruta 90), Comuna de Palmilla, VI Región.

Los residuos líquidos generados en la planta de proceso provienen de los procesos de lavado de la fruta y de la limpieza de los distintos equipos que se utilizan para el proceso de la fruta.

El sistema de tratamiento de los residuos industriales líquidos de la empresa consistirá básicamente en:

Planta Elevadora Nº1 Filtro Parabólico Planta Elevadora Nº2 BioFiltro Dinámico y Aeróbico Decantador y Desinfección Estanque de Acumulación de Agua para Riego

La construcción, instalación y operación de este sistema de tratamiento es para dar cumplimiento a la legislación ambiental en relación al tratamiento y disposición de los Riles de la empresa. El sistema de descontaminación propuesto no genera nuevas descargas, además, permitirá el cumplimiento de las normas vigentes para la reutilización del agua tratada en riego.

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1. ANTECEDENTES GENERALES

1.1 ANTECEDENTES DEL TITULAR

Titular : Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.ARazón Social : Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.ARut : 76.059.579-9Domicilio Legal : Arturo Prat 60 of. 54 – Santiago CentroTeléfono : 02-5825705Fax : 02-5825705Representante legal 1: Cristián Gana Arteaga.Rut : 15.384.140-3Domicilio : Rinconada El Salto 100 - HuechurabaTeléfono : 02-5825705Fax : 02-5825705Representante legal 2: Alfonso Díaz Ibañez.Rut : 10.864.299-8Domicilio : Rinconada El Salto 100 – Huechuraba. Teléfono : 02-5825705Fax : 02-5825705

De acuerdo a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas (C.I.I.U.), esta industria se clasifica como: 151.

1.2 INDICACIÓN DEL TIPO DE PROYECTO

El proyecto “Planta de Tratamiento de Riles por medio del Sistema BIDA, Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A.”; es un proyecto nuevo y su tipo está clasificado dentro de la letra “o 7” del artículo 10 de la Ley 19.300.

1.3 Situación Actual

Actualmente la empresa no cuenta con las instalaciones para realizar el proceso posterior al deshidratado que es donde se generan principalmente los Riles. Sin embargo estas instalaciones de llevarán a cabo dentro de los próximos meses, por lo cual la empresa quiere proyectar desde ya la planta de tratamiento de Riles.

1.4 Situación con Proyecto

El proyecto considera la Construcción de una Planta de Tratamiento de Riles por medio de un Sistema Denominado BIDA (Biofiltro Dinámico Aeróbico, ver Anexo 4), el cual dispondrá sus aguas tratadas en riego de áreas verdes propias de la empresa. Se considera que el agua tratada cumple con la norma de calidad de riego, este sistema de tratamiento considera una unidad Biológica orientada a la reducción de los parámetros orgánicos contenidos en el Ril (DBO5, sólidos suspendidos totales, Nitrógeno y Fósforo).

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El nuevo proyecto contempla la utilización de la tecnología denominada Sistema BIDA (Biofiltro Dinámico Aeróbico), la cual combina la utilización de lombrices y una rica flora bacteriana, la cual realiza el trabajo más duro de degradación.

El Biofiltro posee las siguientes fortalezas:

El sistema no se impermeabiliza, debido a que las lombrices salen a la superficie del Biofiltro en la oscuridad y además están en constante movimiento, perforando constantemente el filtro permitiendo el paso del agua sin problemas.

No utiliza elementos químicos, por lo tanto los costos operacionales son mínimos ya que requiere solo un consumo energético de las bombas sumergidas, las cuales son muy fáciles de operar.

El sistema funciona por unidad de superficie, es un sistema modular, por lo que se puede ir ampliando de acuerdo a las necesidades.

No genera lodos, toda la materia orgánica se transforma en materia corporal de las lombrices y en humus (fertilizante orgánico estabilizado), por lo que no necesita sistemas adicionales para controlarlos.

Su nivel de eficiencia en la remoción de materia orgánica es comparable a otros sistemas de mayores costos y puede absorber variaciones bruscas de caudales, pH y Temperatura sin mayores problemas.

El sistema cumple cabalmente con las normas de descarga para la que sea diseñado, esto depende de sus dimensiones según volumen y carga a tratar.

Los períodos de puesta en marcha son relativamente rápidos. Al cabo de ocho semanas se tendrá el comportamiento permanente de la planta.

A través de la planta elevadora el sistema logra manejar las horas peak de consumo de agua, por lo tanto no es sobrepasado.

El sistema soporta bajas temperaturas, y no presenta problemas en operar en altura, con precipitaciones ni radiación solar.

Las lombrices se reproducen constantemente, por lo tanto no se requiere reponerlas.

La mantención y limpieza es mínima, manual y muy sencilla. Los costos son escalares, es decir, el sistema tiene unidades que se pueden

mantener fijas ante ampliaciones del Biofiltro, tales como sistemas de bombeo y planta elevadora.

Los costos de inversión y operación son más bajos que los de los sistemas tradicionales, y su consumo energético es aproximadamente un 80% menor.

No ocupa grandes extensiones de terreno ni infiltra al terreno, tampoco genera olores ni vectores, como si lo hacen las lagunas de estabilización y otras tecnologías, esto por que en estos sistemas se estanca el agua a tratar o se generan sólidos inestables (lo cual produce problemas de olores), no así en el Sistema BIDA, el cual trata los sólidos en un sector y el líquido en otro gracias a la acción de una rica flora bacteriana. El sector de tratamiento de sólidos genera una gran cantidad de humus, producto de las lombrices.

Por las razones anteriormente planteadas y por sobre todo la factibilidad técnica de tratamiento, es que la empresa contemplan el uso de esta tecnología para el tratamiento de sus Riles.

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1.5 Objetivo del Proyecto

El proyecto tiene por objeto mitigar la contaminación por la descarga de Residuos Industriales Líquidos generados por empresa, para lo cual se contempla la Regularización de la Actual Planta de Tratamiento de Riles para cumplir con lo estipulado en el Nch 1.333 y en la Guía para Riego, en lo referente a la calidad del agua para este uso.

2. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO

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2.1 LOCALIZACIÓN Y PUNTO DE DESCARGA DEL PROYECTO

El proyecto considera la construcción, instalación y operación de un sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos en terrenos pertenecientes a la empresa, ubicada en camino El Huique esquina Camino a Pichilemu (Ruta 90), Comuna de Palmilla, VI Región.

La planta de tratamiento de Riles se ubica según georreferenciación en coordenadas UTM (Datum WGS 84 proyección UTM HUSO 19 S.) siguiente:

Figura 2.1. Ubicación Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A (GOODVALEY)

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Planta de Riles

279.957 E6.174.203 S

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Figura 2.2. Proyecci

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3 DESCRIPCIÓN DEL PROCESO PRODUCTIVO.

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En el diagrama anterior de procesos de la empresa, se encuentran claramente definidas las utilizaciones de agua y la generación de los Riles, estos provienen del lavado de fruta deshidratada, del despepitado y de los equipos de la planta de proceso.

También se identifica la generación de residuos sólidos, los cuales son muy menores. Estos se generan en la recepción/limpieza de fruta fresca (hojas y ramas) y en la zaranda de limpieza (hojas secas). Los residuos sólidos se almacenan en receptáculos debidamente acondicionados para tales fines y dispuestos por la empresa contratada de recolección de residuos sólidos en el relleno sanitario del sector.

El sistema de Tratamiento proyectado se conectará a las cámaras de recolección existentes y proyectadas.

3.1. CARACTERIZACIÓN DE LOS EFLUENTES

3.1.1 Parámetros de Diseño del Sistema de Tratamiento

Parámetro Unidad ValorCaudal de Tratamiento. m3/día 70DBO5 de Entrada. mg/l 2.500DBO5 de Salida. mg/l ≤ 410Punto de Descarga Agua para Riego

Tabla 3.1 Parámetros de Diseño del sistema de Tratamiento

3.1.2 Calidad Exigida del Efluente

El efluente de descarga de la planta de proceso deberá cumplir con los límites exigidos en la Norma para Riego 1.333 y la Guía para Riego Complementaria. Se cumplirá con lo establecido en la tabla 2.4 de la Guía para Riego (resumen de los contenidos en los anexos B y D de la misma Guía), para todos los parámetros contenidos en la norma.

ParámetroUnidad Expresión

Límite máximo permitido

PH - pH 5,5-8,5Demanda Bioquímica de Oxígeno mg/l DBO5 410Sólidos Suspendidos Totales mg/l S.S. 80Nitrógeno Total mg/l N.T 30Fenoles mg/l 41

Tabla 3.2. Límites máximos permitidos para el proyecto.

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4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

4.1 Descripción General del Proyecto

El proyecto consiste en la construcción, instalación y operación de un Sistema de Tratamiento para los Residuos Industriales Líquidos denominado BIDA (Biofiltro Dinámico Aeróbico, ver Anexo 4). Los Riles serán generados por la planta de proceso de fruta de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A. Este sistema está constituido principalmente por las siguientes unidades:

Planta Elevadora Nº1 Filtro Parabólico Planta Elevadora Nº2 Sistema BIDA (Biofiltro Dinámico Aeróbico) Decantador y Desinfección Estanque de Acumulación

La planta industrial de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A. procesa ciruela para la producción de ciruela deshidratada.

Los procesos desarrollados en la planta industrial incluyen: Recepción, Limpieza, Embandejado, Deshidratado, Desembandejado, Volcador Bins, Zaranda de Limpieza, Selección y Calibración, Volcador Bins, Lavado, Despedrado, Tiernizado, Despepitado, Aplicación de Sorbato, Aplicación de Aceite Mineral, Control y Empaque.

Los residuos líquidos, generados en los procesos productivos anteriormente mencionados, atravesarán por cada uno de los procesos del sistema de tratamiento, de forma tal que las cargas resultantes cumplan con los límites permitidos según las normas nacionales vigentes para el Riego.

Es necesario destacar que el proyecto en sí, no genera residuos industriales líquidos, sino que corresponde a la necesidad de la empresa de cumplir la normativa ambiental vigente en relación al tratamiento de sus Residuos Industriales Líquidos (Riles).

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4.1.1 Volumen y Calidad aproximada de los Residuos Industriales Líquidos

En la siguiente tabla se presenta el promedio ponderado para los componentes del agua de lavado en el sector de proceso que dan origen a los residuos industriales líquidos de la planta:

ParámetroCondiciones de

EntradaCaudal de Diseño 70 m3/día.DBO5 entrada 2.500 mg/lSST 2.000 mg/l

Tabla Nº 4.1 Parámetros de diseño del sistema de tratamiento.

El caudal de tratamiento de 70 (m3/día) corresponde al promedio del año que genera la empresa, cabe mencionar que este tipo de empresa no posee estacionalidad durante el año, su producción es prácticamente pareja durante el año.

La empresa posee un área total de 6 hectáreas, de las cuales dispondrán para riego 20.000 m2.

Zona de Riego de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A.

La suma de todas las zonas de riego entrega un área de 20.000 m2.

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Zona de riego de 4.100 m2.

Zona de riego de 14.800 m2.

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Las aguas tratadas por el sistema de tratamiento se almacenan en un estanque de un volumen útil de 150 m3, en donde se almacenarán por lo menos dos días de producción.

La empresa tomara las siguientes medidas de prevención para que el agua tratada no caiga a los canales de riego y también asegura que no se contaminará la napa freática:

Prevenir la Descarga a los Canales de Riego: Se realizará una zanja en todo el perímetro de las zonas de riego que estén más cercanas a los canales de riego. De esta forma nos aseguraremos que no haya escurrimiento superficial a los canales.

Prevenir la Contaminación de la Napa Freática: Se construirá un pozo de muestreo en la zona de riego, con la finalidad de monitorear la calidad de la napa freática y de esta forma corroborar que no sea cambiada su calidad.

La empresa no pretende descargar el agua tratada a los canales de riego, debido principalmente a que no se ha logrado conseguir los permisos de la Asociación de Canalistas y estos a futuro podrían revocar dicho permiso, por lo tanto Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A quiere disponer sus aguas sin depender de permisos de terceros.

Se aclara que la disposición del agua tratada es para riego en los meses de verano y se dispone en terreno en los meses de invierno. Durante los meses en que el balance hídrico es positivo, el agua será descargada a través de riego, satisfaciendo así las necesidades especificas del césped. Mientras que en los meses de balance hídrico negativo la descarga se realizará mediante la disposición directa en el suelo, respetando siempre la máxima aplicación recomendada por la EPA y mencionado en la declaración de impacto de 112 kg/ha/día de materia orgánica.

4.1.2. Descripción de las Unidades del Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos

A continuación se describirá cada uno de los procesos y unidades del sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos de la planta, se hace la distinción entre dos etapas de tratamiento:

Sistema de Tratamiento Primario y Unidades de Impulsión Tratamiento Biológico en base a un Biofiltro Dinámico Aeróbico (Sistema

BIDA)

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4.1.2.1 Sistema de Tratamiento Secundario y Unidades de Impulsión

Planta Elevadora Nº1 y N°2

La Planta Elevadora Nº1 está diseñada para impulsar el Ril proveniente de los procesos productivos de la empresa a la etapa de Filtrado (filtro parabólico), el estanque permite regular el caudal de ingreso a la planta de tratamiento.

La planta elevadora N°2 recibe el Ril filtrado por el filtro parabólico y lo impulsa a través de la red de riego del Biofiltro, permitiendo con ello esparcir en forma homogénea el Ril en esta unidad biológica de tratamiento, aumentando la eficiencia del sistema.

En síntesis, las características de diseño de la Planta Elevadora N°1 y N°2 permiten:

La acumulación y retención del residuo líquido (regulación de caudal). La ecualización de los distintos parámetros del Ril. Enviar un caudal constante a las unidades de tratamiento posteriores. Impulsión del Ril hacia el filtro parabólico (planta elevadora N°1) y hacia el

Biofiltro (planta elevadora Nº2).

Filtro Parabólico

En una primera etapa, las aguas residuales de la empresa pasarán a ser filtradas, para ello se implementará un filtro parabólico, el cual retirará del Ril los sólidos que contiene, impidiéndose la obstrucción de los equipos y acueductos de las unidades posteriores de tratamiento. Los sólidos obtenidos en esta etapa, son utilizados como mejorador de suelos ya que corresponden a orujos y sólidos orgánicos. Luego de esta etapa el Ril pasará a una segunda planta elevadora, la cual lo impulsará a través del sistema de riego hacia el Biofiltro Dinamico Aeróbico (Sistema BIDA).

Decantador y Desinfección

Está ubicado posteriormente a la unidad biológica de Biofiltro, su objetivo es asegurar que no existan sólidos suspendidos y lombrices en el residuo líquido tratado que provienen del Biofiltro Dinámico Aeróbico (Sistema BIDA) y su posterior proceso de desinfección. El sistema contempla la instalación y operación de un pequeño decantador con un estanque de contacto con cloro. Los sólidos recuperados en esta unidad consisten básicamente en humus, viruta y lombrices, los que serán reingresados al Biofiltro Dinámico Aeróbico.

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Estanque de Acumulación

Desde este estanque, el Ril es conducido gravitacionalmente hasta el sistema de zanjas para el riego de los terrenos colindantes al emplazamiento del sistema de tratamiento.

4.1.2.2 Sistema de Tratamiento Biológico

Biofiltro Dinámico Aeróbico (Sistema BIDA)

El Biofiltro consiste en un filtro percolador el cual está compuesto por capas filtrantes, lombrices y microorganismos asociados, sistema de ventilación y doble fondo. El sistema funciona de la siguiente manera: El afluente es asperjado en la superficie del filtro, luego el agua percola a través de las diferentes capas del filtro, la materia orgánica queda retenida en la superficie y las lombrices la digieren transformándola en humus. Cabe mencionar acerca de la gran microbiología existente en las diferentes capas del filtro, las cuales transforman la materia orgánica en CO2 y agua.

Imagen 4.1.1 Perfil del Biofiltro

Hay que destacar que en el sistema de tratamiento de residuos líquidos no existen filtraciones hacia el suelo o área de emplazamiento de este.

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Por último el sistema de drenaje del Biofiltro Dinámico Aeróbico (Sistema BIDA) permite la recuperación del líquido una vez que éste ha pasado por sus distintos estratos, quedando retenidos en ellos un alto porcentaje de materia orgánica, la cual será transformada en humus de lombriz sin generar lodos.

El Biofiltro comprende una sección de 600 m2, la altura es de 1,2 m (altura del relleno del Biofiltro).

El sistema permite el crecimiento modular en caso de que por aumento de las actividades de la empresa se genere un mayor caudal y/o una mayor carga a las indicadas como parámetros de diseño del sistema.

Figura 4.1.2 Diagrama del Sistema de Tratamiento

4.3 Eficiencias Esperadas y Caracterización del Efluente Tratado

En la tabla Nº 4.2 se presenta la eficiencia de remoción esperada y la calidad en el efluente tratado esperado, de acuerdo a las condiciones y características de diseño del sistema.

Parámetro Entrada (mg/l) Salida (mg/l) Eficiencia esperada (%)DBO5 entrada 2500 410 84SST 2000 80 96

Tabla Nº 4.2 Eficiencias Esperadas.

Nota: Caudal 70 m3/día. Se cumplirá con lo establecido en la tabla 2.4 de la Guía para Riego (resumen de los contenido en los anexos B y D de la misma Guía), para todos los parámetros contenidos en la norma.

Planta elevadora Nº1

Planta elevadora Nº2

Filtro Parabólico

Biofiltro

Decantador y Desinfección

Sólidos.

Humus

Humus y lombrices

Riego

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4.4 OTROS ASPECTOS DEL SISTEMA

4.4.1 ANÁLISIS DEL COMPORTAMIENTO HIDRÁULICO DEL SISTEMA

La planta de tratamiento permite tratar el 100% de las aguas residuales que se generan en el proceso productivo. El efluente tratado será utilizado en riego de 2 hectáreas disponibles para este fin dentro del terreno de propiedad de le empresa.

4.4.2 PROGRAMA BÁSICO DE AUTOCONTROL

Con el objetivo de no perjudicar la calidad de la napa freática del sector, la empresa construirá un pozo de monitoreo de una profundidad suficiente como para mantener siempre agua en su interior producto de la infiltración de la napa freática. La empresa tomará análisis de esta agua subterránea, con el objetivo de generar una línea base de la calidad del acuífero.

La empresa se compromete a realizar un autocontrol anual a la calidad de dicha agua subterránea y los resultados enviados a la autoridad ambiental competente. Se propone realizar los siguientes análisis de agua: DBO5, Nitrógeno Kjeldahl y Fosforo.

4.4.3 SUPERFICIE QUE COMPRENDE EL PROYECTO

La superficie que considera el proyecto Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos para la planta de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A. contempla aproximadamente 800 m2 (incluye todas las instalaciones y pasillos) el emplazamiento considera solo terrenos pertenecientes a la empresa.

4.4.4 MONTO ESTIMADO DE LA INVERSIÓN

El proyecto Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos para la planta industrial de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A.; contempla un monto de inversión que asciende a US$ 200.000, contemplando Estudios, Diseño e Ingeniería de Detalle, Equipamiento, Obras Civiles, Montaje y puesta en Marcha.

4.4.5 VIDA ÚTIL

En términos de la evaluación económica del proyecto, el sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos tiene una vida útil de 20 años.

4.4.6 CRONOGRAMA PROGRAMADO DE ACTIVIDADES

La tabla Nº 4.3 presenta el cronograma con el programa de actividades y los tiempos esperados de realización de estas para el proyecto Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos para la Planta Industrial de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A.

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MesesActividad 1 2 3 4 5 6 7 8Declaración Impacto AmbientalObras civilesMontaje e instalaciónPuesta en marcha

Tabla Nº 4.3 Cronograma de Actividades.

4.4.7 MANO DE OBRA UTILIZADA

Para la preparación del terreno, construcción y montaje de la planta de tratamiento, en los tiempos indicados en el cronograma anterior, se requieren entre 5 a 7 personas aproximadamente. Para la etapa de operación se requieren 2 personas (si se dispone de dos turnos de operación del sistema).

4.4.8 Plan agronómico de disposición del RIL tratado y balance hídrico.

Aplicación del efluente a cultivos

Disposición de residuos en riego

El aprovechamiento del agua residual como fuente de riego es parte de una concepción de manejo ambiental integral que, a través de la recirculación de nutrientes, permite transformar los residuos en un valioso recurso. Por otra parte, el riego con aguas residuales tratadas impide que éstas fluyan hacia cuerpos de aguas naturales o artificiales produciendo problemas de contaminación. La solución propuesta presenta, adicionalmente, la ventaja de requerir de instalaciones con bajo nivel tecnológico y alta eficiencia ambiental. En efecto, no se requiere de equipos sofisticados y la mantención y operación no precisa de personal con un alto nivel de especialización lo cual, en definitiva, representa un importante ahorro.

El problema de la producción de olores se aborda mediante un adecuado tratamiento del Ril, transformándolo en agua de riego de buena calidad. En los meses de verano, debido al aumento de la temperatura ambiental, la descomposición de la materia orgánica contenida en las aguas residuales es más rápida, sin embargo es en estos meses donde los cultivos presentan mayores demandas de riego, situación que obliga a la dilución del agua residual tratada con agua limpia para satisfacer la demanda de riego, aún considerando esta situación, el agua tratada es de alta calidad y no presenta alta carga de contaminantes orgánicos ni patógenos, por lo cual es recomendable su utilización en riego, el efluente tratado cumple con los límites máximos exigidos en la Guía de Riego y puede ser utilizado en cultivos y suelos de alta susceptibilidad.

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El caudal tratado por la planta de tratamiento será de 70 (m3/día) los cuales serán utilizados para regar 20.000 m2 de terreno disponible de la empresa. En los meses de invierno la empresa seguirá regando los días que esto lo permita, mientras otros días se dispondrá en terreno, cuidando que el agua tratada no escurra a los cursos de agua superficiales del sector. La empresa quiere señalar que no posee el permiso de descarga al canal de riego del sector, por lo tanto tomará todas las medidas necesarias para no descargar las aguas a este curso de agua, para lo cual dispondrá de un estanque de acumulación de agua tratada de 150 m3, lo que permitirá almacenar el agua tratada de por lo menos dos días, durante el periodo de máxima producción.

Cuando el agua es utilizada en riego una pequeña parte de ella se infiltra, actuando el suelo en este caso como un filtro biológico de muy baja tasa. Para comprobar que no se contaminan las napas freáticas se construirá 1 pozo de monitoreo de la napa freática en la zona de riego. En el punto 4.3.2 del presente informe se explica el Programa de Autocontrol que propone la empresa.

Debido a que las aguas residuales producto de la actividad agroindustrial de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A. presenta un alto contenido de materia orgánica degradable y no contienen contaminantes químicos, tales como sustancias orgánicas difícilmente degradables o metales pesados, es que el tratamiento Biológico de Biofiltro reduce la carga contaminante orgánica obteniéndose agua de alta calidad para su aplicación en el riego.

El arado o la aplicación de una rastra en forma periódica permiten incorporar las capas orgánicas superficiales a las capas inferiores del suelo y, de paso, mejorar la permeabilidad de éste. Se debe tener presente que solo se regará con riles tratados por lo que no se presentará problemas de salinidad.

Cumplimiento de la normativa aplicable

La norma NCh 1.333 Requisitos de calidad de agua para diferentes usos, parte 2: Riego, recomienda un rango de pH para el agua de riego, recomienda valores máximos para algunos elementos químicos disueltos en agua de riego, indica las concentraciones sobre las cuales ciertos herbicidas causan daño a las cosechas, establece requisitos microbiológicos y parasitológicos y establece una clasificación del agua de riego según el grado de restricción en su uso en función de parámetros físicos, químicos y biológicos.

La anterior norma se complementa con la Guía para Riego, en la cual se establecen límites máximos permitidos en los parámetros contaminantes según susceptibilidad o tipo de cultivo y suelo.

En este caso, debido a la naturaleza del Ril no se presentan contaminantes de tipo microbiológicos y parasitológicos. También, en los procesos de la empresa se neutraliza, por lo cual el Ril a tratar cumple con los requisitos que tiene la norma a

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este respecto (pH). El Ril no presenta el parámetro aceites y grasas las cuales podrían impermeabilizar el terreno al regar. Los parámetros que están sobre la norma en el Ril crudo son DBO5 y sólidos suspendidos, el sistema de tratamiento está orientado a reducir estos parámetros en una conjunción de sistemas físicos y biológicos. Por todas estas razones, el Ril tratado cumplirá con la Norma aplicable al proyecto y se recomienda para el Riego de cualquier tipo de cultivos.

En los párrafos anteriores se establece que la descarga a riego de la planta no contraviene ninguna de las indicaciones de la norma NCh 1.333, Parte 2: Riego y Guía para Riego, por lo que cumple dicha normativa.

No-afectación de la napa

El suelo actúa como un filtro muy fino que permite el movimiento del agua pero impide el transporte de las partículas contenidas en ella. El efecto filtrante del suelo permite atrapar partículas mayores por simple tamizado físico y partículas muy pequeñas por adherencia en las superficies con actividad bacteriana.

La materia orgánica degradable en el agua residual tratada, ya sea soluble o insoluble, se elimina por degradación microbiana, complementando al Biofiltro en esta acción. Los microbios asociados a esta degradación suelen estar asociados a películas que se desarrollan sobre la superficie de las partículas del suelo, vegetación y desechos vegetales. Se debe destacar que el agua tratada a utilizar en riego contiene baja carga orgánica luego de pasar por el sistema de tratamiento.

La eliminación de los elementos de traza (principalmente metales) se produce, fundamentalmente, por el mecanismo de absorción (reacciones de adsorción y precipitación) y, en menor grado, mediante asimilación de algunos metales por parte de las plantas. La capacidad de retención de metales o eficiencia en remoción en suelos es muy elevada, del orden del 95% (Metcalf & Eddy Tercera Edición). No se considera este tipo de elementos en el Ril crudo o tratado.

De acuerdo a los antecedentes de la literatura especializada, la totalidad de la materia orgánica y sólidos suspendidos contenidos en el agua que es aplicada al suelo es retenida en los primeros centímetros del suelo. Los potenciales problemas de contaminación de la napa subterránea están asociados al contenido de nitrógeno que puede ser lixiviado hasta alcanzar los estratos más profundos. En el caso de la planta de la empresa y en general en la actividad agroindustrial de este tipo, las aguas residuales están libres de nitrógeno, por lo cual la carga de nitratos a la napa no es un problema en el diseño.

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Aplicación de los residuos líquidos a los terrenos de cultivo

Carga orgánica aplicada

Según las normativas internacionales (“Land Treatment of Municipal Wastewater Effluents" y "Wastewater Treatment and Reuse by Land Application", publicados por la EPA), se recomienda, de acuerdo a los limites utilizados en diversas experiencias, como carga aceptable de sustancias orgánicas biodegradables a aplicar en el suelo un valor de 112 Kg de DBO5/há×día.

En el caso de la Goodvalley se tiene que la carga máxima diaria a regar es:

con 70 m3/ día x 410 mg/ litro = 28,7 kilos de DBO5, de acuerdo a lo anterior, la superficie disponible (2 hectáreas) es suficiente para disponer esta agua tratada, es decir 14,35 kilos de DBO5 por hectárea.

Figura Nº 4.2: El ciclo que sufrirá la materia orgánica en el suelo.

La aplicación de aguas con materia orgánica produce un aumento de la flora bacteriana que se traduce en la formación de películas en los poros del suelo que pueden afectar la permeabilidad de éste. El caudal aplicado (70 m3/día), este no tendrá incidencia en el área de riego.

Demanda Hídrica:

La demanda hídrica se define como la cantidad de agua necesaria para que los cultivos desarrollen su máximo potencial productivo, en función de la cantidad de agua necesaria para el desarrollo de sus procesos fisiológicos (respiración y fotosíntesis), manteniendo los otros factores de producción constantes.

La relevancia de este parámetro en el marco del presente estudio radica en que define la capacidad del sistema para recibir los Riles tratados o efluente de la planta de tratamiento biológico en forma de agua de riego, asegurando la total utilización del recurso por parte de los cultivos, en este caso de césped.

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Es decir, la demanda hídrica en conjunto con la disposición de los efluentes tratados, determinará la capacidad del sistema para abatir la totalidad de los Riles tratados.

Para determinar la demanda hídrica se requiere conocer la evapotranspiración de los cultivos y la eficiencia de aplicación de agua.

Evapotranspiración de cultivo; ETc:

ETc = ETo * Kc, donde ETc, evapotranspiración de cultivo (mm/mes) ETo, evapotranspiración potencial (mm/mes) Kc, coeficiente de cultivo

Se adjunta en el anexo N°3 un estudio de riego más acabado.

CARACTERÍSTICAS DEL RESIDUO LÍQUIDO QUE PERCOLA

La evapotranspiración de los cultivos consume una buena parte del agua de riego; el resto principalmente se infiltra hacia las capas inferiores del suelo. En la literatura especializada se indica que la calidad del agua, una vez que ha sido aplicada y filtrada en el suelo, resulta en la práctica independiente de su calidad inicial, alcanzándose concentraciones de DBO5 y sólidos suspendidos entre 1 y 2 mg/l en las pulgadas más superficiales del suelo. Esto se explica porque los sólidos suspendidos y la DBO5 normalmente quedan retenidos en estos niveles del suelo, donde existen altas tasas de difusión de oxígeno, lo que permite la reducción de la DBO5 antes de que percole hacia las aguas subterráneas. Según experiencias documentadas en la publicación de la EPA “Process Design Manual for Land Treatment of Municipal Wastewater”, determinaciones de calidad en muestras de aguas residuales percoladas tomadas a 1,5 metros de la superficie del suelo indicaron concentraciones de DBO5 y sólidos suspendidos siempre inferiores a 2 mg/l.

4.4.9 BALANCE DE MASAS DE LAS CARGAS CONTAMINANTES

En la Figura Nº 4.3 se presenta el balance de masas de las cargas contaminantes (DBO5 y sólidos suspendidos) del sistema de manejo de los residuos líquidos del predio. Se ha asumido un caudal de 70 m3/día.

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Q = 70 m³/díaDBO5 = 2500 mg/lS.S. = 2000 mg/lpH = 6,5 – 7,5

Q = 70 m³/díaDBO5 = 2250 mg/lS.S. = 400 mg/l

Evapotranspiración (ET)

Figura Nº 4.3 Balance de masas del sistema de tratamiento.

Se cumple con amplia holgura las condiciones necesarias para riego en cuanto a saturación, escurrimiento, concentración de parámetros contaminantes, no contaminación de napas, cantidad de terreno para riego según volumen utilizado para esto. Todo lo anterior según lo expuesto en los puntos 4.4.8 y 4.4.9.

4.4.10 Descripción y Plazos de la Puesta en Marcha

A diferencia de los sistemas tradicionales, el biofiltro remueve la materia orgánica una ves que se pone en marcha el sistema, esto por que la materia orgánica queda retenida en las distintas capas del filtro, lo cual produce las condiciones para la regulación de la población de microorganismos, la cual se adapta a la carga orgánica que ingresa al sistema. La población adecuada para el equilibrio del sistema se genera a las ocho semanas de funcionamiento, tiempo en el cual se genera la población de microorganismos suficiente, luego de estas ocho semanas se obtiene la eficiencia máxima del sistema (llegando a ser entre 90%-99% en remoción de DBO5 y 95-99% de S.S.).

ResiduosLíquidos

Separación de Sólidos (Parabólico)

80 % ef. Remociónsólidos > 1 mm

10% reducción DBO5

Biofiltro90% mínima en remoción DBO5

80% mín S.S.

Aplicación a

riego 2 há

99,9% remoción DBO5

99,9% remoción S.S.

Q =70 m³/díaDBO5 = < 410 mg/lS.S. = < 80 mg/lpH = 6,5 – 7,5

Precipitación (P)

DBO5 = 2 mg/lS.S. = 2 mg/l

Carga Hidráulica (CH) = K + ET - P

Holgura = CH - Q

Permeabilidad del Suelo (K)

Infiltración

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En caso de muerte de la población del biofiltro por derrame u otra razón, el biofiltro mantiene su capacidad de retener materia orgánica y nuevamente se estabiliza la población, esta ves en menos de dos semanas, sin reducir la eficiencia del sistema, también así en caso de fluctuación de carga, el sistema absorbe fluctuaciones reteniendo carga orgánica, manteniéndose las condiciones de salida del agua tratada constante.

5 DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS DE MANEJO AMBIENTAL.

5.1 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN.

La construcción del sistema de tratamiento de los residuos industriales líquidos, incluye las siguientes Fases:

Construcción de las obras civiles requeridas para la instalación de los equipos.

Montaje de los equipos e instalación de los sistemas de automatización y control.

Puesta en marcha.

5.1.1 DESCRIPCIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES Y MANEJO DE ESTOS.

Los principales impactos atribuibles a esta etapa afectarán principalmente al área de influencia directa del proyecto, los cuales son de menor envergadura y serán los que habitualmente genera este tipo de actividad.

5.1.2 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

No se generarán emisiones atmosféricas relevantes, desde el punto de vista de su impacto ambiental. Sólo se generarán algunas emisiones de polvo en suspensión asociada al movimiento de tierras para la etapa de construcción de la planta de tratamiento.

Para minimizar estos impactos se considerarán las ordenanzas municipales referentes a la ejecución de obras en la vía pública que se encuentran detalladas en las Especificaciones Ambientales de Construcción establecidas por el Ministerio de Obras Públicas. En este documento se fijan las condiciones bajo las cuales deberán efectuarse los distintos trabajos de construcción para minimizar los correspondientes impactos ambientales.

Entre las medidas que se tomarán para minimizar la generación de polvo, se realizará el riego de las áreas por donde transitarán las maquinarias y camiones y el cubrimiento de la carga transportada por estos y de los escombros y tierra que se vaya acopiando en los alrededores de los puntos de trabajo a la espera de su disposición final.

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5.1.3 DESCARGAS DE EFLUENTES LÍQUIDOS.

En esta etapa se generarán cantidades mínimas de residuos líquidos con frecuencia irregular y de escasa duración, producidos fundamentalmente por aguas servidas del personal.

La empresa cuenta con todos las instalaciones sanitarias necesarias para disponer estos residuos producidos.

5.1.4 GENERACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS.

Durante la etapa de construcción se generarán residuos sólidos provenientes de las excavaciones, movimiento de tierras y escombros.

Todos estos residuos serán acopiados en lugares apropiados, de manera de minimizar el riesgo de accidentes y la interferencia con las demás actividades. Serán dispuestos regularmente en un vertedero autorizado y transportados al sitio por una empresa autorizada de acuerdo a establecido por el DS 594.

5.1.5 RUIDOS

Los ruidos generados serán producto del trabajo de excavación con maquinaria pesada y el carguío y transporte de material.

Debido a la extensión del terreno, los ruidos propios de las actividades en esta fase no superarán los niveles máximo permitidos por la ley en la zonificación que le corresponde al emplazamiento del proyecto.

5.1.6 OTROS

Interferencia con el tránsito normal en la zona por los camiones que transportan materiales, equipos, escombros y de los vehículos que movilizan al personal que labora en la obra.

El tránsito mencionado será mínimo y su intensidad y frecuencia no producirá mayor trastorno al desenvolvimiento normal de la circulación vehicular en el sector. En el caso de congestiones ocasionales, se establecerá la correspondiente señalética y las eventuales medidas preventivas en caso de riesgos.

5.1.7 GENERACIÓN DE FORMAS DE ENERGÍA.

El proyecto no generará ninguna forma de energía en esta etapa.

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5.1.8 USO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS

Las sustancias peligrosas, fundamentalmente químicos para la operación de la planta, no generarán riesgo para la salud de la población y sólo estarán reducidas al transporte, montaje e instalación para los posteriores procesos de operación.

Las sustancias peligrosas se almacenarán en receptáculos adecuados compatibles con la sustancia y estables a variaciones de humedad, temperatura, presión y se dotarán de receptáculo para contención de derrames.

5.2 ETAPA DE OPERACIÓN Y PUESTA EN MARCHA

Esta fase corresponde a la operación del sistema propiamente tal. En términos generales y desde la perspectiva ambiental se puede afirmar que no se generará un mayor impacto debido a la naturaleza misma y envergadura del proyecto.

5.2.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Durante la operación del sistema, debido a la naturaleza aeróbica de todos los procesos involucrados, no se prevé la generación de olores desagradables u otras emisiones atmosféricas contaminantes.

5.2.2 RESIDUOS LÍQUIDOS

Los residuos líquidos de origen industrial provienen de las operaciones de producción. Puesto que estos se utilizarán en Riego, el Ril tratado deberá cumplir con la Norma 1.333 y la Guía para Riego, esto se resume en la siguiente tabla:

ParámetroUnidad Expresión Límite máximo permitido

PH - pH 5,5-8,5Demanda Bioquímica de Oxígeno

mg/l DBO5 410

Sólidos Suspendidos Totales mg/l S.S. 80Nitrógeno Total mg/l N.T 30

Tabla Nº 5.1 Límites máximos permitidos para el proyecto

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5.2.3 RESIDUOS SÓLIDOS.

El sistema de tratamiento no genera lodos, se genera humus de lombriz, el cual no es un residuo peligroso. Este puede ser dispuesto como tal, para mejorar suelos.

Los sólidos retirados del Ril en la etapa de pre-tratamiento, serán almacenados y retirados por empresa autorizada para su disposición final.

El humus de lombriz generado se acumula en la capa superior del biofiltro, al cabo del segundo año de operación tiene una altura aproximada de 15 cm a 20 cm, en este momento debe ser removida. El humus pasará a ser secado a un costado del biofiltro, para ello se envuelve en malla rashell, lo que evitará la polución del humus, una vez secado en forma natural se procederá a caracterizarlo e informarlo al SAG para su utilización.

El volumen de humus de lombriz producido es de 120 m3 cada dos años.

5.2.4 RUIDOS.

Las fuentes generadoras de ruido son exclusivamente las bombas de impulsión, las cuales no sobrepasan la norma de ruidos y vibraciones que se establece el el D.S. Nº 146 que establece los límites máximos para la emisión de ruidos, ni lo dispuesto en el D.S. Nº594 que establece normas sobre condiciones básicas en los lugares de trabajo: provisión agua potable, disposición residuos sólidos y líquidos, exposición a distintos agentes, etc.

5.2.5 FORMAS DE ENERGÍA.

El proyecto no generará ningún tipo de energía.

5.2.6 USO DE SUSTANCIA PELIGROSAS

Durante la operación del sistema de tratamiento, no se dispondrá de sustancias peligrosas, el Sistema de Tratamiento es una conjunción de sistemas físicos y biológicos, el proyecto no contempla adición de sustancias o químicos peligrosos.

5.2.7. MANEJO DE CONTINGENCIAS

Para el manejo de contingencias, tales como:

Cortes de energía eléctrica. Altas precipitaciones. Contaminación de la napa. Proliferación de vectores e insectos. Emisión de olores. Saturación de la capacidad de tratamiento.

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Productos Químicos

Se prevén las siguientes medidas:

ALTERACIÓN O FALLA MEDIDASCorte de Energía Eléctrica

Activación de equipos de emergencia.

Altas Precipitaciones No se generará estancamiento de agua ni sobrecarga del sistema, puesto que se trata de un sistema abierto. Los estanques de ecualización, que no estarán recubiertos, tendrán la capacidad necesaria para la recepción de esta agua, así también el Biofiltro, el cual no se ve sobrepasado por estas aguas limpias proveniente de precipitaciones.

Contaminación de las napas

El sistema está conformado por estanques de hormigón, tuberías cerradas y canaletas en obras civiles. No habrá infiltraciones de percolados hacia las napas, solo se utilizará para el Riego agua Tratada.

Proliferación de vectores e insectos

Altamente improbable: De producirse ocasionalmente se adoptará el uso de plaguicidas e insecticidas en los alrededores.

Emisión de Olores El sistema es aeróbico por lo tanto está descartada la generación de olores.

Saturación de la Capacidad de Tratamiento

El sistema tiene la suficiente capacidad pulmón, de ecualización y tratamiento para que no se produzcan condiciones de saturación. En caso de que, por alguna falla, se supere dicha capacidad, se suspenderán los procesos productivos hasta que se solucione el problema y se restablezca el funcionamiento normal del sistema.

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6. ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

En virtud del artículo N° 2 del decreto supremo N° 95/01, de Minsegpres, que modifica el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se declara lo siguiente:

6.1Artículo N° 4 El proyecto que se someta al SEIA, salvo dicho proyecto genere o presente algunos de los efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la ley y en los artículos siguientes del Título 2.

El proyecto no genera ningún efecto o característica contemplado el artículo 11 mencionado anteriormente.

6.2. Articulo N° 5 Generación o presentación de riesgo para la salud de las personas, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.

El proyecto no genera ningún riesgo para personas ni para la salud de la mismas, es mas, el proyecto corresponde a una planta de tratamiento de Riles, el cual reduce considerablemente los niveles de contaminación, hasta lograr los parámetros permitidos para ser utilizados en riego, por lo tanto, de acuerdo a la calidad de los efluentes ya tratados, no corresponde un estudio de impacto ambiental.

Cabe mencionar también que el proyecto se implementará en terrenos donde están las instalaciones industriales de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A, donde no existen poblaciones cercanas.

a. El efluente generado cumple con las normas estipuladas para el riego (Nch 1.333 y guía para riego).

b. No existen emisiones atmosféricas y las emisiones corresponden a las estipuladas en el presente informe.

c. Los efluentes son constantes durante la operación del sistema variando el volumen según la estacionalidad de la producción, lo cual es contemplado por el proyecto.

d. Los residuos sólidos corresponden a humus de lombriz, el que puede ser utilizado como fertilizante natural. Cabe mencionar que el proyecto no genera lodos o residuos sólidos peligrosos.

e. La frecuencia de manejo es de acuerdo al funcionamiento del sistema de tratamiento.

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f. No se contempla la generación de ruidos en el funcionamiento del proyecto.

g. No se genera ningún tipo de energía, radiación o vibraciones por el proyecto.

h. No se generan contaminación por el proyecto, ya que es totalmente lo contrario, es un sistema de tratamiento de Riles que evita la contaminación de los cursos de agua.

6.3. Artículo N° 6, el proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables incluido el suelo, agua y aire

a. El proyecto cumple con las normas de emisión vigentes.

b. No existen emisiones atmosféricas, y las descargas de los efluentes líquidos cumplen con las normas ambientales estipuladas en el Decreto Nch 1.333 y guía para riego.

c. Las descargas son por el procesamiento de la ciruela y lavados de los equipos, esto último corresponde a todos los meses del año.

d. Los residuos sólidos corresponden a humus de lombriz, el cual puede ser reutilizado como fertilizante natural. Cabe mencionar que el proyecto no genera lodos o residuos sólidos peligrosos.

e. La frecuencia de manejo es de acuerdo al funcionamiento del sistema de tratamiento.

f. No existe diferencia en la emisión de ruido entre el proyecto o actividad y el entorno.

g. No se genera ningún tipo de energía, radiación o vibraciones por el proyecto.

h. No se generan contaminación propiamente tal por proyecto, ya que es un Sistema de Tratamiento de Riles que evita la descarga de aguas contaminada al medio ambiente, por lo tanto evita la contaminación de cursos de agua.

i. La emisión de los efluentes cumple con las normas vigentes.

j. El proyecto no contempla explotar o intervenir vegetación nativa, ya que se construirá en terrenos donde están las instalaciones industriales de la empresa.

k. El proyecto no contempla explotar o intervenir vegetación nativa, ya que se construirá al interior del terreno industrial de la empresa.

l. El proyecto no contempla explotar o intervenir fauna silvestre, ya que se construirá al interior del terreno de la industria.

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m. El proyecto no contempla explotar o intervenir recursos hídricos.

ñ. El proyecto no contempla introducir al territorio nacional alguna especie de flora y fauna, así como organismo modificados genéticamente.

n. La superficie del terreno a ocuparse corresponde 800 m2 aproximadamente y no se prevé infiltración de agua no tratada.

o. No existe una diversidad biológica significativa al interior del terreno que se vea afectada.

6.4. Artículo 7, el proyecto se sujeta a las normas nacionales de calidad ambiental y emisión de efluentes.

6.5. Artículo 8, Generación de reasentamiento de comunidades humanas y alteración significativa de los sistemas y costumbres de grupos humanos

El proyecto no afecta a poblaciones ni comunidades humanas, está emplazado al interior de la planta productiva.

6.6. Artículo 9, Localización próxima a población recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del terreno que se pretende emplazar

El proyecto no está próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas de ser afectadas

a. No se intervienen áreas o emplazamientos del proyecto o actividad de áreas donde habite población protegida por leyes especiales.

b. No se intervienen áreas o emplazamientos del proyecto o actividad de áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial.

c. No se intervienen áreas o emplazamientos del proyecto o actividad de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial.

6.7. Artículo N° 10, Alteración significativo, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

a. El proyecto no considera la obstrucción de la visibilidad de zonas con valor paisajístico.

b. El proyecto no considera la alteración de recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico

c. El proyecto no considera la obstrucción de acceso a ningún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico

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d. El proyecto no considera la intervención o emplazamiento de una actividad o área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley N° 1.224 de 1975.

6.8. Artículo N° 11, Alteración a monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

a. El proyecto no está próximo a ningún monumento nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288.

b. El proyecto no considera remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación en forma permanente de algún monumento nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288.

c. El proyecto no considera la modificación, deterioro de construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural

d. El proyecto no está próximo a ningún lugar o sitio en que se lleve a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano

6.9. Ley N°20.417 que modifica la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente.

Artículo 10. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, en su letra o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos; se acoge al sistema de evaluación de impacto ambiental a través de una Declaración de Impacto Ambiental con el objeto de asegurar el cumplimiento de todas las normas legales y reglamentarias aplicables.

Relación al Proyecto: La empresa Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A. se encuentra preocupada de cumplir con las normativas ambientales vigentes y por este motivo a decidido construir una planta de tratamiento de Riles y desarrollar la presente DIA.

Articulo 11. Los proyectos o actividades enumeradas en el artículo precedente requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, si generan o presentan a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias:

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a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos; b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; d) Localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de una zona, y f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Relación al Proyecto: No genera ni presenta los efectos mencionados en artículo 11 de la LEY 19.300. Por tanto, no corresponde realizar un Estudio de Impacto Ambiental.

Otras consideraciones importantes de esta modificación:

1.- Crea normativamente el Ministerio del Medio Ambiente, el Comité de Ministros, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Servicio de Evaluación Ambiental;

2.- Incorpora al procedimiento de evaluación ambiental a Gobiernos Regionales y Municipalidades;

3.- Contempla un proceso facultativo de participación ciudadana frente a las Declaraciones de Impacto Ambiental;

4.- Prevé procesos voluntarios de evaluación y certificación respecto de proyectos y actividades sujetos a Declaración de Impacto Ambiental;

5.- Consagra el derecho de acceso a la información ambiental en poder de la administración. Suma a los deberes del Estado permitir el acceso a la información ambiental, estableciendo al efecto un registro público y un sistema nacional, y, entre otras cosas,

6.- Crea la Superintendencia del Medio Ambiente y regula con carácter de Ley Orgánica su naturaleza, funciones, atribuciones, organización, personal, patrimonio, y tanto sus procedimientos de fiscalización y sancionatorios, como las formas de impugnar las resoluciones que dicte y las sanciones que imponga;

7.- Somete a la Superintendencia a la fiscalización de la Contraloría General de la República;

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8.- Establece un Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental;

9.- Enumera y gradúa las infracciones estableciendo sanciones correlativas, y

10.- Modifica la Ley N° 18.902 que crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios, limitando su función de control de los residuos líquidos industriales a los RILES vinculados a las prestaciones o servicios de las empresas sanitarias.

11.- Modifica otros aspectos de la Ley 19.300 especialmente en las atribuciones que se le entrega al Ministerio de Medio Ambiente.

Relación al Proyecto: El proyecto se somete a estas modificaciones de la ley ambiental.

II.- D.S. No. 95 de 2001, Ministerio Secretaria General de la Presidencia de la República. (D.O. 7.12.2002).

De acuerdo a los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento del SEIA, se desarrollan en esta DIA los siguientes aspectos:

i. La indicación del tipo de proyecto o actividad de que se trata.

ii. La descripción del proyecto o actividad que se pretende realizar.

iii. La indicación de los antecedentes necesarios para determinar si el impacto ambiental que generará o presentará el proyecto o actividad se ajusta a las normas ambientales vigentes, y que éste no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley y en el Reglamento.

iv. La descripción del contenido de aquellos compromisos ambientales voluntarios, no exigidos por la legislación vigente, que el titular del proyecto contempla realizar.

v. La indicación del modo de cumplimiento de los contenidos y requisitos de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos del Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Relación al Proyecto: En consecuencia y en virtud de lo antecedentes indicados, se acredita el cumplimiento de la Ley sobre bases generales del medio ambiente y del reglamento del SEIA.

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6.10. Ley 18755/1989. Establece normas sobre el servicio agrícola y ganadero.

Relación al Proyecto: El proyecto esta formulado en base a principios de conservación de su entorno, cumpliendo con los requisitos legales vigentes y planes agronómicos afines con la conservación y protección de los recursos, medidas de protección, mantención e incremento de la flora y fauna de su entorno; la protección y conservación de los recursos naturales renovables y el control de insumos y productos agropecuarios sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias.

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7. ANTECEDENTES PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CALIDAD AMBIENTAL

7.1. REQUISITOS DEL EFLUENTE DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO

La siguiente tabla resume las exigencias a cumplir en cuanto a la calidad final del efluente de la planta de tratamiento. Estos requisitos son tomados de la Norma relativa de Riego.

Parámetro Unidad Expresión Límite máximo permitidoPH - pH 5,5-8,5Demanda Bioquímica de Oxígeno

mg/l DBO5 410

Sólidos Suspendidos Totales mg/l S.S. 80Nitrógeno Total mg/l N.T 30Fenoles mg/l 41

Tabla Nº 7.1 Requisitos del Ril efluente del sistema de tratamiento

7.2 NORMATIVA GENERAL APLICABLE AL PROYECTO.

En la tabla siguiente se muestran los textos legales generales relevantes, la materia regulada y la forma en que se le dará cumplimiento. Lo anterior, sin perjuicio de otras normativas que resultan aplicables al proyecto sobre materias no ambientales, las que no se analizan por exceder el objetivo de la presente declaración de impacto ambiental.

Ítem Normativa Materia establecida

Forma de cumplimiento

Bases del MedioAmbiente

Ley19300/1994 delMINSEGPRES

Establece el sistema de evaluación deImpacto ambiental

El presente proyecto se somete al SEIA obligatoriamente, de acuerdo al Artículo 10 letra O.

Evaluación deImpactoAmbiental

D.S. 95/ 2001 delMINSEGPRES

Establece disposiciones por las cuales se rige el SEIA.

Se somete al SEIA el presente proyecto bajo la modalidad de DIA.

Condicionesambientales ysanitarias en losLugares deTrabajo

D.S. Nº 594Reglamento sobre condicionessanitarias y ambientalesbásicas en los

Establece normas sobre condiciones básicas en los lugares de trabajo: provisión agua potable, disposición residuos sólidos y

La planta de tratamiento de Riles está emplazada al interior de la planta industrial de Procesadora y Deshidratadora

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lugares detrabajo

líquidos, exposición a distintos agentes, etc.

Colchagua S.A, estas cuentan con todas las exigencias que establece la norma. Las nuevas instalaciones y operaciones provocadas por el proyecto, no sobrepasan lo establecido en la norma.

Norma de calidad de agua para diferentes usos

NCh 1.333 Establece la calidad que debe tener el agua para diferentes usos, entre ellos calidad para riego.

La aprobación e implementación del proyecto permiten cumplir con esta norma.

Guía de Riego Complementa y establece la calidad del agua para riego de diferentes tipos de cultivos.

La tabla 7.1 del punto anterior establece la calidad del agua para el riego, la cual se obtiene al implementar este proyecto.

Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas

DS 146/97 MINSEGPRES

Establece los límites máximos para la emisión de ruidos.

El proyecto contempla solo equipos de impulsión, los cuales no sobrepasan la norma.

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8. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES

Articulo Solicitud de Permiso para Cuerpo legal Organismo emisor del permiso

Situación del proyecto

68 Arrojar lastre, escombro o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en aguas de jurisdicción nacional, en puertos, ríos y lagos.

D.L. 2.222/78Ley Navegación, articulo 142

Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante Nacional

No corresponde al proyecto

69 Efectuar vertimientos en aguas sometidas a jurisdicción nacional, o en alta mar, desde naves, aeronaves, artefactos navales, construcciones y obras portuarias.

D.S. 1/92 M.D.NR.C.C.Aartículos 108 y109

Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante Nacional

No corresponde al proyecto

70 Emplazar instalaciones terrestres de recepción de recepción de mezclas oleosas en puertos y terminales marítimos.

D.S. 1/92 M.D.N.R.C.C.AArtículo 113

Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante Nacional

No corresponde al proyecto

71 Descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, aguas que contengan mezclas oleosas, provenientes de una planta de tratamiento de instalaciones terrestres de recepción de mezclas oleosas.

D.S. 1/92 M.D.N.R.C.C.AArtículo 116

Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante Nacional

No corresponde al proyecto

72 Instalar y operar un Terminal marítimo y las cañerías conductoras para el transporte de sustancias contaminantes o que sean susceptibles de contaminar.

D.S. 1/92 M.D.N.R.C.C.Aartículos 117

Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante Nacional

No corresponde al proyecto

73 Introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, materias, energía, o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie que no ocasionen daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna.

D.S. 1/92 M.D.N.R.C.C.Aartículos 140

Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante Nacional

No corresponde al proyecto

74 Realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos

Título VI, Ley 18.892Titulo VILey General de PescaD.S. N° 430/92

Ministerio de Economía Fomento y Construcción(Subsecretaría de Pesca)

No corresponde al proyecto

75 Realizar trabajos de conservación, reparación o restauración de Monumentos históricos; para remover objetos que formen parte o pertenezcan a un Monumento Histórico.

Ley 17.288Monumentos Nacionalesartículos 11 y 12

Consejo de Monumentos

No corresponde al proyecto

76 Realizar excavaciones de tipo arqueológico, antropológico, paleontológico o antropoarqueológico.

Ley 17.288Monumentos Nacionalesartículos 22 y 23

Consejo de Monumentos

No corresponde al proyecto

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Articulo Solicitud de Permiso para Cuerpo legal Organismo emisor del permiso

Situación del proyecto

77 Ejecutar construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca, o para ejecutar obras de reconstrucción o de mera conservación.

Ley 17.288Monumentos Nacionalesartículos 30

Consejo de Monumentos

No corresponde al proyecto

78 Iniciar trabajos de construcción o excavación para desarrollar actividades tales como: pesca, caza, explotación rural o cualquiera otra actividad que pudiera alterar el estado natural de un sitio declarado santuario de la naturaleza.

Ley 17.288Monumentos Nacionalesartículos 31

Consejo de Monumentos

No corresponde al proyecto

79 Efectuar exploraciones de aguas subterráneas en terrenos públicos o privados de zonas que alimentan áreas de vegas y bofedales en las Regiones de Tarapacá y Antofagasta.

D.F.L. 1.122/81Inciso tercero, Articulo 58, Código de Aguas

Dirección General de Aguas

No corresponde al proyecto

80 Realizar nuevas explotaciones o mayores extracciones de aguas subterráneas que las autorizadas en zonas de prohibición.

D.F.L. 1.122/81Código Aguasarticulo 63

Dirección General de Aguas

No corresponde al proyecto

81 Emplazamiento, construcción puesta en servicio, operación, cierre y desmantelamiento de las instalaciones, plantas, centros, laboratorios, establecimientos y equipos nucleares.

Ley 18.302Articulo 4Ley de Seguridad Nuclear

Comisión Chilena de Energía Nuclear

No corresponde al proyecto

82 Permiso para centrales nucleares de potencia, plantas de enriquecimiento, plantas de reprocesamiento y depósitos de almacenamiento permanente de desechos calientes de larga vida.

Ley 18.302Articulo 4Ley de Seguridad Nuclear

Comisión Chilena de Energía Nuclear

No corresponde al proyecto

83 Transporte de materiales radioactivos en todas las modalidades de transporte por vía terrestre acuática o aérea.

DS 12/85Articulo 1

Comisión Chilena de Energía Nuclear

No corresponde al proyecto

84 Construcción de tranques de relave. DS 86/70Articulo 47

Ministerio de Minería No corresponde al proyecto

85 Ejecutar labores mineras dentro de una ciudad o población, en cementerios, en playas de puertos habilitados y en sitios destinados a la captación de aguas necesarias para un pueblo.

Ley 18.248Articulo 17 Nº1Código de minería

Ministerio de Minería No corresponde al proyecto

86 Ejecutar labores mineras en lugares declarados parques nacionales, reservas.

Ley 18.248Articulo 17 Nº2Código de minería

Ministerio de Minería No corresponde al proyecto

87 Ejecutar labores mineras en covaderas o en lugares que hayan sido declarados de interés histórico o científico.

Ley 18.248Articulo 17 Nº6Código de minería

Ministerio de Minería No corresponde al proyecto

88 Establecer botaderos en las minas a tajo abierto.

DS 72/85, Artículo 318

Ministerio de Minería No corresponde al proyecto

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Articulo Solicitud de Permiso para Cuerpo legal Organismo emisor del permiso

Situación del proyecto

Reg. de Seguridad Minera

89 Extracción de ripio y arena de cauces y esteros

Ley 11.402articulo 11

Municipio, Dirección de vialidad, M.O.P.

No corresponde al proyecto

90 Construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros.

D.F.L 725/67Código Sanitarioarticulo 71 letra b)

SEREMI de Salud Descripción en la presente DIA

91 Construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza.

D.F.L 725/67Código Sanitarioarticulo 71 letra b)

SEREMI de Salud No corresponde al proyecto

92 Ejecutar labores mineras en sitios en donde se han alumbrado aguas subterráneas en terrenos particulares o en aquellos lugares cuya explotación pueda afectar el caudal o la calidad natural del agua.

D.F.L 725/67Código Sanitarioarticulo 74

SEREMI de Salud No corresponde al proyecto

93 Construcción, modificación, y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

D.F.L 725/67Código Sanitarioarticulo 79 y 80

SEREMI de Salud No corresponde al proyecto

94 Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje

D.S. 47/92 articulo 4.14.2

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

No corresponde al proyecto

95 Realizar pesca de investigación que sea necesaria para el seguimiento de la condición de poblaciones de de especies hidrobiológicas en la aplicación del primer año del plan de seguimiento ambiental

Ley 18892Titulo VII Ley general de PescaD.S. 430/92

Ministerio de Economía Fomento y reconstrucción(Subsecretaría de Pesca)

No corresponde al proyecto

96 Subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico, o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos.

D.F.L. 458/75Articulo 55, incisos 3º y 4º.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

No corresponde al proyecto

97 Instalación de cementerio, o de un crematorio.

D.S. 357/70artículo 5Reglamento general de Cementerios

Ministerio de Salud No corresponde al proyecto

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Articulo Solicitud de Permiso para Cuerpo legal Organismo emisor del permiso

Situación del proyecto

Articulo Solicitud de Permiso para Cuerpo legal Organismo emisor del permiso

Situación del proyecto

98 Recolección de huevos y crías con fines científicos o de reproducción

Ley 4.601artículo 5

Ministerio de Agricultura

No corresponde al proyecto

99 Caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas

Ley 4.601artículo 9

Ministerio de Agricultura

No corresponde al proyecto

100 Introducción en el territorio nacional de ejemplares vivos de especies exóticas de la fauna silvestre, semen, embriones, huevos para incubar y larvas

Ley 4.601artículo 25

Ministerio de Agricultura

No corresponde al proyecto

101 Construcción de obras D.F.L. 1.122/81artículo 294

Ministerio de Justicia No corresponde al proyecto

102 Corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal

Decreto ley 701/74artículo 21

Ministerio de Agricultura

No corresponde al proyecto

103 Corta o explotación de la especie vegetal de carácter forestal denominada Alerce, cuando ésta tenga por objeto la habilitación de terrenos para la construcción de obras públicas

D.S. 490/76 Ministerio de Agricultura

No corresponde al proyecto

104 Corta o explotación de la especie vegetal de carácter forestal denominada Pehuén, cuando ésta tenga por objeto la habilitación de terrenos para la construcción de obras públicas

D.S. 43/90 Ministerio de Agricultura

No corresponde al proyecto

105 Corta o explotación de Queule, Belloto del sur, Ruil, Belloto del norte, cuando ésta tenga por objeto la habilitación de terrenos para la construcción de obras públicas

D.S. 13/95 Ministerio de Agricultura

No corresponde al proyecto

106 Obras de regularización y defensa de cauces naturales

D.F.L. 1.122/81artículo 171

Ministerio de Justicia No corresponde al proyecto

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9. DESCRIPCIÓN DE LA FORMA EN QUE EL PROYECTO SE RELACIONA CON LAS POLÍTICAS, PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL, ASÍ COMO CON LOS PLANES DE DESARROLLO COMUNAL.

El Artículo 9º ter de la Ley 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el día 26 de enero de 2010 y de vigencia inmediata para los Proyectos que ingresan al SEIA, a partir de su fecha de publicación, establece lo siguiente:

“los proponentes de los proyectos o actividades, en sus Estudios o Declaraciones de Impacto Ambiental, deberán describir la forma en que tales proyectos o actividades se relacionan con las políticas, planes y programas de desarrollo regional, así como con los planes de desarrollo comunal. La Comisión señalada en el artículo 86 deberá siempre solicitar pronunciamiento al Gobierno Regional respectivo, así como a las Municipalidades del área de influencia del proyecto, con el objeto de que éstos señalen si el proyecto o actividad se relacionan con las políticas, planes y programas de desarrollo regional y con los planes de desarrollo comunal, respectivamente.”

Para describir la relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo Regional, así como con los planes de desarrollo comunal, se han desarrollado los siguientes pasos:

a) Identificación de las políticas, planes y programas de desarrollo regional y planes de desarrollo comunal pertinentes para el análisis.

b) Recopilación de los textos oficiales de las políticas, planes y programas de desarrollo regional y planes de desarrollo comunal pertinentes para el análisis.

c) Descripción de las principales características, objetivos y lineamientos estratégicos, de las políticas, planes y programas de desarrollo regional y planes de desarrollo comunal pertinentes; y

d) Análisis y conclusión acerca de la relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo regional y planes de desarrollo comunal pertinentes.

De este modo, los instrumentos considerados para este análisis, son los siguientes:

1.- Estrategia Regional de Desarrollo, Región del Libertador Bernardo O’Higgins” (en adelante ERD), para el periodo 2000-2010.2.- Política Ambiental de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins3.- Estrategia Regional de biodiversidad de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins4.- Plan de Desarrollo Comunal de Palmilla (en adelante PLADECO).5.- Plan Regulador Comunal

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Estrategia Regional de Desarrollo 2000-2010 Región del Libertador Bernardo O´Higgins.

De acuerdo a lo indicado en la Estrategia de Desarrollo Regional (ERD), esta “corresponde a la elección de un camino que la Región de O'Higgins se propone seguir en los próximos diez años en su búsqueda del desarrollo”. La estrategia Regional se subdivide en tres ámbitos: Desarrollo Territorial, Desarrollo Económico y Desarrollo Social, cuyas principales características y objetivos se describen a continuación:

Desarrollo Territorial:

Calidad y Estilo de vida: El ordenamiento urbano y territorial asegura un estilo de vida familiar acorde con el paisaje y la cultura regional.

Condiciones para el Desarrollo: La región articula iniciativas e instrumentos que facilitan la labor productiva y la interconexión entre sus comunas y el mundo.

Manera de conducirlos: La región promueve la autonomía y coherencia en el diseño de instrumentos de planificación en sus distintos niveles y la igualdad de oportunidades para las personas y desarrollo equilibrado para las comunas.

Relación con el proyecto:

El proyecto se desarrolla al interior del área de la empresa. Dada la reducida envergadura espacial del proyecto, éste no generará modificación o impacto alguno en el desarrollo territorial de la VI Región, considerando el ordenamiento urbano y territorial, así como las condiciones para el desarrollo, por lo que no se contrapone con este ámbito de a Estrategia de Desarrollo 2000-2010 de la VI Región.

Desarrollo Económico.

Calidad y Estilo de vida: La actividad económica sustenta la calidad de vida de la población y respeta el entorno cultural y natural de la región.

Condiciones para el Desarrollo: En la región las actividades económicas se desarrollan en condiciones de competitividad y participando de los mercados globales.

Manera de conducirlos: Las instancias del Gobierno Regional y Comunal se organizan para promover la actividad productiva en interacción permanente con los agentes económicos y restantes actores de la vida regional, mediante las siguientes estrategias:

- Promueve la inversión privada en la región, mediante la inversión pública en infraestructura relevante (vialidad, obras de riego, electrificación y telecomunicaciones, tratamiento de aguas servidas, etc.)

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- Dispone de instrumentos y estrategias de promoción regional, que informan y mercadean las características productivas, su oferta de productos y servicios, atractivos para el turismo y la inversión productiva.

- Los Gobiernos Locales identifican su vocación productiva y desarrollan acciones estratégicas y coordinadas para la atracción de inversiones y la generación de empleos permanentes y de calidad.

- La institucionalidad pública de fomento de la actividad económica mantiene una eficiente coordinación en el diseño y ejecución de políticas y programas, caracterizados por su pertinencia y eficiencia en la asignación de recursos y fondos de fomento.

- El sector público desarrolla una fluida interacción con el sector privado, promoviendo su participación en todas aquellas instancias de interés económico-empresarial. Asimismo, el sector privado ha desarrollado referentes organizados de primer nivel para atender esta relación con el Gobierno Regional.

- Las instituciones vinculadas a los procesos de legalización, certificación o formalización de actividades productivas de los agentes económicos, articulan sus procedimientos, reducen la complejidad y tiempo de trámites y fiscalizan eficientemente el cumplimiento de la normativa vigente, en beneficio de una leal y efectiva competencia.

Relación con el proyecto:

El proyecto consiste en una inversión privada que asciende a US$ 200.000 y consiste en instalaciones para el manejo y tratamiento de RILes dando cumplimiento a la normativa ambiental vigente del país, y haciendo sustentable la actividad de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A. Si bien no genera mayor cantidad de empleos durante su etapa de operación, mejora la calidad de vida del entorno. Por lo tanto, de acuerdo al análisis realizado, es posible afirmar que el proyecto es totalmente compatible con este ámbito de desarrollo económico, definido en la Estrategia de Desarrollo 2000 - 2010 de la VI Región.

Desarrollo Social

Calidad y Estilo de vida: La comunidad regional integra y acoge a sus componentes, promueve la igualdad de oportunidades de sus integrantes, facilita el acceso a servicios, cultura y estilos de vida saludables.

Condiciones para el Desarrollo: Los grupos vulnerables de la población regional acceden a condiciones básicas que aseguren su participación en la sociedad en igualdad de oportunidades.

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Manera de conducirlos: La institucionalidad regional interactúa con la comunidad a través de un diálogo eficaz, promueve el sistema institucional de participación y desarrolla espacios complementarios de diálogo.

Relación con el proyecto:

El proyecto consiste en una inversión privada que asciende a US$ 200.000 y consiste en instalaciones para el manejo y tratamiento de RILes dando cumplimiento a la normativa ambiental vigente del país, y haciendo sustentable la actividad de elaboración de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A. Se desarrolla al interior del área de la empresa que implica una superficie total de más de 5 hás, en su mayoría ocupada por las instalaciones de la industria, por tanto no considerando zonas de ocupación y actividades que interfieran con el desarrollo de la comunidad. Aunque la materialización del proyecto no se relaciona directamente con la consecución de estos objetivos de la EDR, tampoco se opone o resulta contradictorio con éste.

Política Ambiental de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins

La política Ambiental de la VI Región de O'Higgins se nutre de dos grandes orientaciones, la primera corresponde a los desafíos que se derivan de la Estrategia Regional de Desarrollo de la región y, la segunda, de la expresión local de la Política Ambiental Nacional. De esta manera, la Estrategia Regional de Desarrollo en vigencia, constituye un documento que señala los grandes lineamientos que debe seguir el desarrollo integral del territorio y de la comunidad que lo habita. El objetivo general de la política ambiental de la región, es promover la sustentabilidad ambiental del proceso de desarrollo regional, con miras a mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos, garantizando un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental.

Los principales objetivos de la Política Ambiental de la VI Región, corresponden a: Recuperar y mejorar la calidad ambiental Prevenir el deterioro ambiental Fomentar el patrimonio ambiental y uso sustentable de los recursos naturales. Introducir consideraciones ambientales en el sector productivo Involucrar a la ciudadanía en la gestión ambiental Fortalecer la institucionalidad ambiental a nivel regional Perfeccionar la normativa ambiental y desarrollar nuevos instrumentos de gestión.

Relación con el proyecto.

El proyecto consiste en instalaciones para el tratamiento de RILes para dar cumplimiento a la normativa ambiental vigente del país, y haciendo sustentable la actividad de elaboración de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A.Se desarrolla al interior del área donde funciona la industria. De este modo, el proyecto no generará efectos adversos sobre la calidad de los recursos naturales,

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incluidos el suelo, agua, aire, así como tampoco sobre las especies de flora y fauna, presentes en el sector del proyecto y dará pleno cumplimiento a la normativa de carácter ambiental, sometiéndose al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en conformidad al Cumplimiento de Legislación Ambiental presentado en la presente DIA.

En consecuencia, el proyecto se relaciona de forma positiva con los objetivos de la política, toda vez que se orienta a dar cumplimiento de la normativa vigente para recuperar y mejorar calidad ambiental y prevenir el deterioro ambiental.

Estrategia Regional de Biodiversidad

El objetivo de la Estrategia Regional para la Conservación de la Biodiversidad, es “Impulsar la conservación de la diversidad biológica local, promoviendo la utilización sustentable de sus componentes, en función de las características, singularidades y proyecciones regionales, asegurando la preservación de la naturaleza, y garantizando una participación justa y equitativa de sus beneficios, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras”.Sus lineamientos estratégicos son:

Conservación in situ Asegurar la conservación y restauración de ecosistemas regionales, a través de la implementación de acciones que permitan mantener poblaciones viables de especies (flora y fauna) en sus entornos naturales. Para así reducir la pérdida de componentes de la diversidad biológica, en áreas de valor ambiental o sitios prioritarios.

Conservación ex situ: Establecer la conservación de componentes de la diversidad biológica regional, fuera de sus hábitats naturales, según proceda. Con la finalidad de permitir la recuperación y reintroducción de especies nativas amenazadas, como complemento a las medidas in situ.

Preservación de Especies y Patrimonio Genético: Propiciar la preservación de especies nativas amenazadas, gestionando su clasificación según el riesgo de extinción, diseñando planes de conservación, programas para el control de especies exóticas invasoras, y la protección del patrimonio genético de origen vegetal.

Prácticas Productivas Sustentables: Propiciar las Prácticas Productivas Sustentables, favoreciendo la implementación de acuerdos voluntarios por sector productivo, que integren criterios y medidas efectivas para la protección del patrimonio natural y la conservación de la diversidad biológica. Considerando además, el fortalecimiento del rol fiscalizar del Estado en el cumplimiento de la normativa sectorial y en la evaluación de impactos ambientales para reducir al mínimo sus efectos.

Investigación y Capacitación: Establecer programas de investigación científica y capacitación, con la finalidad de promover el estudio de la biodiversidad local y

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sistemas naturales, para mejorar el conocimiento técnico – científico que favorezca la preservación de la naturaleza y uso sustentable de sus componentes.

Educación y Conciencia Pública: Fomentar y promover la conservación de la biodiversidad, a través de la educación formal e informal, del acceso público a la información, y del involucramiento ciudadano a partir de la gestión participativa en resguardo del patrimonio natural regional.

Relación con el proyecto.

El proyecto consiste en instalaciones para el manejo y tratamiento de RILes, para dar cumplimiento a la normativa ambiental vigente del país, y haciendo sustentable la actividad de elaboración de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A. Se desarrolla al interior del área donde hoy día funciona la industria que implica una superficie total de 6 hás. De este modo, el proyecto no generará efectos adversos sobre la calidad de los recursos naturales, incluidos el suelo, agua, aire, así como tampoco sobre las especies de flora y fauna, presentes en el sector del proyecto y dará pleno cumplimiento a la normativa de carácter ambiental, sometiéndose al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en conformidad al Cumplimiento de Legislación Ambiental presentado en la presente DIA.En consecuencia, el proyecto se relaciona de forma positiva con los objetivos de la política, toda vez que se orienta a dar cumplimiento de la normativa vigente para recuperar y mejorar calidad ambiental y prevenir el deterioro ambiental.

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Plan de Desarrollo Comunal de Palmilla (PLADECO)

El Pladeco en la comuna de Palmilla tiene como objetivo el contar con un instrumento de Planificación comunal de fácil comprensión y ejecución, que recoja e interprete las aspiraciones de la comunidad en las diferentas áreas del desarrollo comunal y que permita orientar los desafíos estratégicos de la comuna.Asimismo, en el Plan de Desarrollo Comunal PLADECO 2048 - 2012, se han privilegiado las instancias de participación de la comunidad, por medio del cual los habitantes de la comuna, en conjunto con el equipo gestor, han trazado las ideas que permitan contribuir a la creación de planes y programas en beneficio de toda la comunidad. Es el principal instrumento de Planificación y Gestión que se encuentra contemplado en la legislación vigente y que tiene por objetivo contribuir a una administración eficiente de la comuna, así como de ordenar, planificar y orientar un proceso gestión eficaz, acogiendo los sueños y demandas de la comunidad, cuya meta objetivo es lograr el progreso económico, social y cultural de sus habitantes.

El PLADECO recoge las diversas áreas de gestión del Municipio, a través de las cuales éste interviene en la dinámica local, promoviendo las estrategias de desarrollo comunal, con la amplia participación de la comunidad. Dicha participación comunitaria es fundamental en la concreción de planes y programas de desarrollo, cuya orientación debe ser siempre de acuerdo a estrategia de desarrollo que han sido consensuadas y, por lo general, propuestas por una comunidad activa e integrada a la generación de mejores condiciones de desarrollo económico, social y cultural de la comuna.

Asimismo, este instrumento de planificación es la carta de navegación establecida por el Municipio, que orienta la acción operacional de la Municipalidad, en un periodo de tiempo determinado, durante el cual se deben concretar aquellos planes y programas que se ha consensuado en conjunto con la comunidad.En este sentido, el Municipio de Palmilla se ha propuesto un plan de desarrollo comunal para un período de cuatro años, horizonte de mediano plazo, entre los años 2008 - 2012, periodo en el que deberán concretarse los planes y programas acordados con la organizaciones de participación comunitaria, cuyos objetivos fundamentales están orientados a desarrollar aquellas líneas estratégicas de desarrollo más sentidas por la comunidad y que conformaran el marco de referencia para las decisiones que adopte el Municipio.

Las principales características del PLADECO 2008 - 2012 de la Municipalidad de Palmilla es propender a un enfoque integral y multidimensional, en que se deben generar todas las condiciones para incorporar cada una de las unidades municipales en una estrecha coordinación de trabajo y concreción de tareas, tanto en el ámbito interno del Municipio, como con la comunidad en general.

Las áreas de de gestión municipal que abordan las necesidades comunales y que da cuerpo a este instrumento de planificación han sido agrupadas de la siguiente forma:

Desarrollo social Ordenamiento territorial Gestión institucional Desarrollo económico

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1) Desarrollo Social

El Municipio planifica su accionar a través de la realización de diversos proyectos que se gestionan en aquellos áreas determinados para su intervención, priorizando la promoción, la participación y la implementación de iniciativas de desarrollo local, teniendo como fundamento el fortalecimiento organizacional, dentro del espacio local en que se proyectan estratégicamente los procesos sociales que benefician a la comunidad local, quienes reciben atención profesional en los diferentes ámbitos del que hacer social.

La gestión del municipio, posibilita la atención integral de las familias, con un trabajo focalizando en aquellos sectores más carenciados, promoviendo su incorporación a la red social existente, reconociendo y valorizando la diversidad social y cultural como base del fomento y promoción de la integración social que permitan un proceso integral de desarrollo humano. El área social considera el desarrollo de lineamientos tales como:

Fortalecer las organizaciones y la participación social de los habitantes de la comuna de Palmilla en las decisiones del desarrollo comunal. Superación de la Pobreza Fortalecimiento de la identidad local, rescate de la cultura, historia y tradiciones locales. Incremento del acceso y calidad de los servicios para la población de Palmilla Incremento de la actividad e infraestructura deportiva recreacional y cultural de la comuna. Mejoramiento continúo de la atención a grupos vulnerables. Mejoramiento continuo de la calidad de vida de la población de la comuna de Palmilla Fortalecer los equipos de trabajo que ejecutan los programas sociales. Fortalecer el Rol Municipal como un ente articulador y de distribución de la información desde los servicios públicos hacia la comunidad y viceversa.

Estos lineamentos, entre otros, son operacionalizados por las unidades de gestión con que cuenta el Municipio para el logro de los objetivos propios de la acción e integración social de la comunidad de Palmilla.

Educación

Esta área esta relacionada al desarrollo de líneamientos estratégicos orientados a promover la formación de personas integras, emprendedoras, útiles a la sociedad, capaces de integrarse socialmente con valores permanentes y arraigados, bajo la conducción de un equipo profesional altamente calificado y de reconocido prestigio regional, que han colocado el sistema educacional de la comuna de Palmilla en los primeros lugares de las mediciones realizadas en instrumentos como el Simce a nivel provincial.

Así también, el proceso educativo está inmerso en las políticas de gobierno, como las líneas de gestión establecidas en el Marco para la Buena Enseñanza y la Buena Dirección, del Ministerio de educación; y sobre la cual se estructura la

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planificación del Área de Educación comunal; en relación con los ámbitos de liderazgo, gestión curricular, gestión de recursos y gestión de clima organizacional y convivencia.

Salud

Esta área se relaciona con el desarrollo de lineamientos orientados otorgar respuestas efectivas, oportunas y eficientes a las necesidades de salud de las personas y sus familias, y a garantizar la prestación de servicios de salud para todos los habitantes de la comuna, con el objetivo de contribuir a prevenir los problemas más frecuentes de salud y a elevar el nivel de salud en forma integral, participativa y continua de la población.

Asimismo, esta área se orienta es fortalecer las acciones de promoción y prevención en la comunidad, para lograr niveles saludables para su población, conformando redes de apoyo eficaces, capaces de enfrentar los problemas más inmediatos de la comunidad de Palmilla.

Cultura, Deporte y Recreación

Esta área tiene como objetivo central el contribuir a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comuna a través de actividades formativas, recreativas y de integración, complementando la acción coordinada con otras instituciones que permitan un real acceso a la red social, como asimismo, promover la organización y participación activa de las organizaciones comunitarias en el desarrollo de una comuna sana.

En tanto, sus metas son incorporar los diferentes grupos etáreos en la participación y desarrollo de actividades deportivas, recreativas y artístico-culturales de la comunidad y propender, a través del deporte y la recreación, al desarrollo físico, intelectual y moral de las persona.

En resumen, esta área tiene la función de promover la participación y desarrollo de las actividades deportivas y recreativas en la comuna, como de desarrollar, canalizar y estimular la conservación del patrimonio y las tradiciones de la comuna basadas en los valores propios de la comunidad.

Seguridad Ciudadana

Esta área se orienta ha definir la problemática de inseguridad de la comunidad desde una perspectiva local y más próxima a los ciudadanos, de forma de mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comuna de Palmilla, desde un enfoque preventivo, sin perder de vista que el Municipio necesita del apoyo de otras entidades públicas que funcionan en el territorio comunal para enfrentar la protección de !a población más carenciada, que son quienes más sufren las consecuencias de la delincuencia y de otras conductas sociales.

La seguridad ciudadana se entiende como una tarea de responsabilidad compartida entre el Municipio y la comunidad organizada, por ser ellos quienes tienen el deber de participar en la solución de los problemas de Seguridad, de la igual forma como se participa organizadamente en otras innumerables tareas en conjunto con el Municipio.

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En este sentido se orientará la acción del Municipio a realizar un estudio de la realidad comunal en cuanto a su seguridad ciudadana y una fuerte apuesta sobre la participación de la comunidad en el desarrollo de políticas de seguridad y en el aporte que puedan realizar los ciudadanos de la comuna.

Relación con el proyecto.

El proyecto consiste en instalaciones para el tratamiento de RILes para dar cumplimiento a la normativa ambiental vigente del país, y haciendo sustentable la actividad de elaboración de Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A.

Se desarrolla al interior del área donde hoy día funciona la industria que implica una superficie total de 6 hás en su mayoría ocupada por la actividad industrial. De este modo, el proyecto está orientado a mejorar las condiciones de su entorno, evitando generar adversos sobre la calidad de vida de los habitantes del sector, sobre los recursos naturales, incluidos el suelo, agua, aire, sobre las especies de flora y fauna, presentes en el sector del proyecto y dará pleno cumplimiento a la normativa de carácter ambiental, sometiéndose al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en conformidad al Cumplimiento de Legislación Ambiental presentado en la presente DIA.

En consecuencia, el proyecto se relaciona de forma positiva con este objetivo del PLADECO, toda vez que se orienta a dar cumplimiento de la normativa vigente para recuperar y mejorar calidad ambiental y prevenir el deterioro ambiental.

Ordenamiento Territorial

Esta área se vincula con establecer normas claras de urbanismo, urbanización, construcción y vialidad, que permitan crear condiciones eficaces para el desarrollo comunal, proceso que implica la concertación tanto de los actores públicos como privadas. Lo anterior involucra generar las condiciones para dotar a la comuna de la infraestructura necesaria para el desarrollo económico, social y cultural de ésta, en armonía con la protección y resguardo del medio ambiente y su concordancia con el Plano Regulador Comunal y el Plano Regulador Intercomunal.

Relación con el proyecto.

El proyecto se relaciona en forma positiva con este lineamiento puesto que involucra una inversión que busca resguardar y proteger el medio ambiente. Su ubicación está fuera del Plan Regulador en sector rurales por tanto no se contrapone a lo establecido.

Gestión Institucional

La gestión interna del Municipio está marcada por dos aspectos centrales. Un primer aspecto de la gestión del Municipio dice relación con el funcionamiento de los equipos de trabajo, que potencian una dinámica de trabajo interno, que se

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caracteriza por el avance hacia mayores formas de coordinación entre los diversos servicios municipales.

Un segundo aspecto es avanzar hacia la creación de mejores condiciones de clima organizacional, temática que se presenta, en algunos casos, como una de las principales dificultades para lograr mejores respuestas, tanto personales como grupales, la que requiere de aunar las voluntades y compromisos individuales de los funcionarios, principio fundamental en que descansa la gestión y trabajo del Municipio.

Esta área está vinculada al desarrollo e implementación de estrategias que permitan a la Municipalidad de Palmilla cumplir con su misión de institución de servicio público, la cual debe orientarse hacia la satisfacción de las necesidades de la población y el desarrollo integral del territorio y las personas.

Algunos aspectos importantes de esta Área dicen relación con:

1- Pretender al desarrollo integral de las personas y del territorio, en relación con la eficiencia y capacidades institucionales.

2- Mejorar la eficacia de la acción municipal, con la incorporación de tecnología moderna para mejorar la calidad de los servicios prestados al "cliente municipal".

3- Incorporar a la comunidad con la participación activo de la población en la solución de sus propios problemas.

4- Fortalecer la identidad corporativa de la municipalidad, con acciones eficaces de capacitación, desarrollo personal, trabajo en equipo y clima organizacional.

Relación con el proyecto.El proyecto no tiene relación directa con este objetivo.

Desarrollo Económico Productivo

Esta área se vincula con la generación de condiciones que permitan, por una parte; fortalecer las actividades productivas que forman la base del crecimiento económico social de la Comuna de Palmilla y, por otro lado; generar las condiciones necesarias para que los agentes productivos comunales desarrollen y fortalezcan sus capacidades de emprendimiento y de trabajo.

Lo anterior, considera el desarrollo de lineamientos basados en los siguientes aspectos; Mejorar servicios básicos de infraestructura rural Promover la generación de pequeñas unidades de negocios, orientadas al autoempleo. Fortalecimiento de la actividad turística como polo de desarrollo productivo, Generar las condiciones económicas y sociales orientadas a la incorporación de servicios asociados a un fortalecimiento de actividades económicas de turismo, que den origen a una cultura turística comunal.

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Dinamizar la gestión de la OMIL comunal. Incorporar la OMIL en una gestión de agencia de empleo a través del SENCE. Establecer relaciones de colaboración y de apoyo con instituciones públicas y privadas para la creación y fortalecimiento de la micro y pequeña empresa. Mejorar la colaboración desde el Municipio con el sector productivo y el privado de la comuna.La definición de estos lineamientos permite determinar, entre otros aspectos; la estructura de gestión que el Municipio debe desarrollar para mejorar las condiciones de desarrollo y fortalecimiento de aquellas actividades que proveen del empleo y el ingreso básico, y sobre las cuales descansa eI resto de la actividad económica comunal, base de sustentación del crecimiento económico social de la Comuna de Palmilla.

Relación con el proyecto.

El proyecto se relaciona en forma positiva con este lineamiento puesto que involucra una inversión que busca resguardar y proteger el medio ambiente. Su implementación permitirá que Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A siga operando con normalidad evitando sanciones y eventuales clausuras que arriesgan la fuente laboral de los habitantes del sector y el desarrollo de este agente productivo de la comuna. Su ubicación está fuera del Plan Regulador en sectores rurales de Palmilla, por tanto no se contrapone a lo establecido y el área tampoco figura como sitio con valor turístico.

Plan Regulador Comunal de Palmilla

Según el plan regulador de la Comuna de Palmilla, informada por la Ilustre Municipalidad de Palmilla.

Relación con el proyecto.

El proyecto se ubica fuera de los límites urbanos. Corresponde por tanto a zona rural. Es importante volver a destacar que el proyecto corresponde a una planta de tratamiento de Riles el cual no afectará en ningún aspecto al plan regulador de la comuna de Palmilla.

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10. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS Y FIRMA DE LA DECLARACIÓN

10.1 Compromisos Ambientales Voluntarios.

Procesadora y Deshidratadora Colchagua S.A. se compromete a NO descargar agua cruda, ni tratada a los canales aledaños a la empresa, debido que no posee el permiso de descarga de la Asociación de Canalistas.

10.2 Firma de la Declaración

Bajo juramento, declaro que, sobre la base de los antecedentes presentados, cumplo con la normativa ambiental vigente asociada a la ejecución del proyecto o actividad.

CRISTIÁN GANA ARTEAGAREPRESENTANTE LEGAL

PROCESADORA Y DESHIDRATADORA COLCHAGUA S.A

ALFONSO DÍAZ IBANEZ.REPRESENTANTE LEGAL

PROCESADORA Y DESHIDRATADORA COLCHAGUA S.A

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