Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller...

45
Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo

Transcript of Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller...

Page 1: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Abril de 2007

“El Rol de la SBS en la Supervisión de

Empresas Financieras No Bancarias”

Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo

Page 2: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

HISTORIA DE LA BASE LEGALHISTORIA DE LA BASE LEGAL

Page 3: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.
Page 4: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.
Page 5: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.
Page 6: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

DEFINICION DE LAVADO DE DINERO DEFINICION DE LAVADO DE DINERO

• El lavado de dinero, es la legitimación del dinero circulante obtenido de fuentes ilícitas (Tráfico Ilícito de Drogas), mediante su introducción en la economía de los países, ya sea a través del Sistema Financiero o Bancario o su inversión en los campos de exportación, importación o compra de bienes raíces, para mezclarlo con el flujo monetario legítimo y hacerlo aparecer como fuente legal.

• El Lavado o Blanqueo de dinero procedente del tráfico ilícito de drogas es la forma o manera que tienen los delincuentes de justificar sus ingresos ilícitos y hacerlos aparecer como lícitos, para lo cual se valen de una serie de mecanismos en las inversiones del dinero a través de la banca, dándole una apariencia legal.

Page 7: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

FORMAS DE LAVAR DINEROFORMAS DE LAVAR DINERO

• Negocios supuestamente legales, que sobrevalúen sus ingresos para esconder dinero ilícito, aun cuando tengan que pagar mas impuesto.

• Casinos, obteniendo certificados en casas de juego donde se justifiquen la ganancia de grandes cantidades de dinero.

• Giros al exterior, utilizando las casas de giro para movilizar dinero entre países, aprovechando la falta de controles, caso “Los norteños”.

• Autopréstamos, creando empresas financieras de fachada, la cual otorgaría préstamos a traficantes con su propio dinero, caso concreto de una entidad ubicada en el oriente peruano. Modalidad muy usada en Colombia.

• Préstamos ficticios, armando una operación inexistente con bancos extranjeros, que prestan grandes cantidades de dinero, generalmente para el apoyo agropecuario.

• Casas de Cambio, cambiando la moneda por certificados de cambio mucho más fáciles de ser trasladados sin ninguna sospecha

• Sobrefacturación de exportaciones, inflar los montos exportados para justificar una mayor cantidad de divisas recibidas.

• Zonas de libre comercio, aprovechando la falta de controles para realizar operaciones comerciales con dinero “sucio”.

Page 8: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

FORMAS DE LAVAR DINEROFORMAS DE LAVAR DINERO

• Exportaciones ficticias, simular operaciones de comercio exterior, generalmente en la pesca.

• Activos, sobrevalorar una empresa al comprarla o venderla, especialmente las empresas pesqueras.

• Operaciones bursátiles, adquirir valores de alguna empresa, generalmente de prestigio, para incrementar su patrimonio.

• Inversiones en bienes raíces, comprar o vender propiedades, sobrevaloradas o difíciles de valorar, por ejemplo las propiedades haciendas de Tito López Paredes.

• Comercialización de joyas, obras de arte, antigüedades, sobrevaluadas, para poder movilizar grandes cantidades de dinero, generalmente al exterior con una sola transacción.

• Financiamiento de campañas políticas, especialmente se encuentra esta modalidad en las famosas donaciones de grandes capitalistas, empresarios que prestan para actuar como testaferros.

• Constitución de entidades de servicio público y fundaciones acogiéndose especialmente a la confianza, aprovechando ser visto con las altas autoridades, para luego recurrir a exoneraciones de tributos u otros.

Page 9: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.
Page 10: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

ContenidoConcepto de Lavado de Activos y de Financiamiento del

Terrorismo

Marco legal

Descripción del Sistema de Prevención de los sujetos

obligados por la SBS

Rol de los diferentes agentes que intervienen en el sistema de

prevención de los Sujetos Obligados supervisados por la SBS

Rol de la Superintendencia

Page 11: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

CONCEPTO DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE FINANCIAMIENTO

DEL TERRORISMO

Page 12: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Concepto de Lavado de ActivosLey Penal contra el Lavado de Activos: Ley N°27765 del

2002, modificada por la Ley N°28355 de 2004.

- Se denomina “Lavado de Activos”.- Se amplía la relación de delitos previos que pueden dar

origen al delito de lavado de activos, ya no sólo es TID.

(Secuestro, tráfico de menores, defraudación tributaria,

delitos aduaneros y otros similares que generen ganancias

ilegales. No art.194 Código Penal)

Page 13: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Concepto de Lavado de Activos

El lavado de activos es un proceso que consiste en

introducir en la estructura económica y financiera de una

sociedad los recursos provenientes de actividades ilícitas,

con la finalidad de dar apariencia de legalidad al origen de

los mismos.

Puede ser a través de actos de conversión y transferencia o

actos de ocultamiento y tenencia.

Page 14: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Concepto de Financiamiento del Terrorismo

A partir de la Ley N°27693, modificada por la Ley N°28306, la

UIF-Perú se encuentra encargada adicionalmente de recibir,

analizar, tratar, evaluar y transmitir información para la

detección del financiamiento del terrorismo, además del

lavado de activos

El Convenio Internacional de las Naciones Unidas para la

Represión del Financiamiento del Terrorismo de 1999,

ratificado mediante Decreto Supremo Nº 084-2001-RE, define

el delito del financiamiento del terrorismo y precisa como

debe ser tipificado por los países que lo han suscrito.

Page 15: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Concepto de Financiamiento del Terrorismo

Se señala que el delito de financiamiento del terrorismo

debe abarcar a cualquier persona que deliberadamente

provea o recolecte fondos por el medio que fuere, directa o

indirectamente, con la intención ilícita de que se utilicen, o a

sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte:

- para cometer un acto o actos de terrorismo;

- por una organización terrorista; o

- por un terrorista

Page 16: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Concepto de Financiamiento del Terrorismo

No existe necesariamente delito precedente.

La fuente del financiamiento del terrorismo puede ser lícita o

ilícita, por lo que es más difícil de detectar.

Aquí lo que siempre va a ser ilícito es la finalidad de los

recursos que son para el financiamiento del terrorismo.

Page 17: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Concepto de Financiamiento del Terrorismo

En los delitos de financiamiento del terrorismo no debe

exigirse que los fondos:

- se hayan utilizado efectivamente;

- estén vinculados a un acto o actos de terrorismo

específicos.

Debe ser también delito la tentativa de cometer el delito de

financiamiento del terrorismo.

Page 18: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Concepto de Financiamiento del Terrorismo

El Decreto Ley N°25475, Ley Penal contra el terrorismo,

señala en el inciso f) de su artículo 4 que es un acto de

colaboración del terrorismo penado por dicha norma:

“(...) Cualquier forma de acción económica, ayuda o

mediación hecha voluntariamente con la finalidad de

financiar las actividades de elementos o grupos terroristas.”

Page 19: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

MARCO LEGAL

Page 20: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Marco LegalLey N°27693 del 11.04.2002, Ley que crea a la UIF-Perú y establece

relación de sujetos obligados, entre los cuales se encuentran las

empresas supervisadas por la SBS.

Decreto Supremo N°163-2002-EF del 26.08.2002, Reglamento de la

Ley N°27693.

Resolución SBSN°1725-2003 del 15.12.2003, Normas

Complementarias para la Prevención del Lavado de Activos.

Ley N°28306 del 29.07.2004, modifica sustancialmente a la Ley

N°27693 e incorpora el financiamiento del terrorismo al sistema de

prevención de los sujetos obligados.

Decreto Supremo N°018-2006-JUS del 25.07.2006, nuevo Reglamento de la Ley N°27693.

Page 21: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Ley que crea a la UIF-PerúEstablece lo siguiente:

La UIF-Perú es la entidad encargada del análisis de la información reportada por todos los sujetos obligados.Incorpora nuevos sujetos obligados al sistema de prevención del sistema financiero y del sector real.Las empresas supervisadas por la SBS quedan comprendidas en el sistema de prevención.Establece normas para el Registro de Operaciones (RO) y el Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).Define las características del sistema de prevención, el esquema de supervisión y el rol de los oficiales de cumplimiento, auditores internos y externos. Dispone la coordinación de la supervisión entre la SBS y la UIF-Perú.

Page 22: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Principales Modificaciones de la Ley 28306 y su nuevo Reglamento

Se incorpora el financiamiento del terrorismo al sistema de

prevención de los sujetos obligados.

Se establece que el supervisor (SBS) podrá ampliar, reducir o

modificar la relación de operaciones objeto del Registro de

Operaciones prevista en la Ley, previa opinión favorable de

la UIF-Perú.

Page 23: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Principales Modificaciones de la Ley 28306 y su nuevo Reglamento

Se establece que los supervisores (SBS) ejercerán su función

en coordinación con la UIF-Perú, Ejm: Emisión de normas,

autorización de oficial de cumplimiento a dedicación exclusiva

o no.

Se establece que el supervisor (SBS) podrá invitar a la UIF-Perú

a las visitas de inspección, siempre que no se vulnere el

secreto bancario.

Page 24: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Principales Modificaciones de la Ley 28306 y su nuevo Reglamento

Se otorga la facultad a los supervisores (SBS) de excluir a

determinados sujetos de:

- La obligación de llevar Registro de Operaciones

- La obligación de contar con un Oficial de Cumplimiento a

dedicación exclusiva. (Se encuentran incluidas las sucursales

y subsidiarias de bancos extranjeros en el Perú.)

Se crea la figura del Oficial de Cumplimiento Corporativo.

Se establece la obligación de los Oficiales de Cumplimiento

de emitir informes trimestrales, además de los semestrales.

Page 25: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Resolución SBS N° 1725-2003Disposiciones complementarias a la Ley N°27693 y su Rgto.

Se aplica a todas las empresas de los sistemas financiero, seguros y privado de fondos de pensiones.

Presenta las características y mecanismos que debe tener el sistema de prevención al interior de las empresas supervisadas.

Establece las obligaciones que deberán tener el Directorio, la Gerencia, el Oficial de Cumplimiento, los auditores internos y externos, así como las Clasificadoras de Riesgo.

Contiene los formatos para el RO así como para el ROS a la UIF-Perú.

Page 26: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

DESCRIPCION DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE LOS SUJETOS

OBLIGADOS POR LA SBS

Page 27: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

EMPRESAS SUPERVISADAS POR LA SBS

CAJAS RURALES

CAJAS MUNICIPALES

FINANCIERAS

BANCOS

REASEGUROS

SEGUROS

CORREDORES

ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS

DE PENSIONES

EDPYMES

SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y CONEXOS

EMPRESAS ESPECIALIZADAS

-Empresas de Capitalización InmobiliariaEmpresas de Capitalización Inmobiliaria

-Empresas de Arrendamiento FinancieroEmpresas de Arrendamiento Financiero

-Empresas de FactoringEmpresas de Factoring

-Empresas Afianzadoras y de Garantías Empresas Afianzadoras y de Garantías

-Empresas de Servicios FiduciariosEmpresas de Servicios Fiduciarios

-Almacenes Generales de -Almacenes Generales de DepósitosDepósitos

-Empresas de Transporte, -Empresas de Transporte, Custodia y Adm. de Custodia y Adm. de NumerarioNumerario

-Empresas Emisoras de -Empresas Emisoras de Tarjetas de Crédito y/o Tarjetas de Crédito y/o DébitoDébito

-Empresas de Servicios de -Empresas de Servicios de CanjeCanje

-ETF-ETF

Page 28: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Sistema de prevención LA y FT

El sistema de prevención está conformado por las políticas y procedimientos establecidos por los sujetos obligados de conformidad con los dispuesto por el marco legal vigente.

El Directorio y el Gerente General tienen la responsabilidad de su implementación.

La aplicación del sistema de prevención es responsabilidad de todas las áreas, unidades o departamentos de las empresas supervisadas, de acuerdo a las funciones que cumplen en la empresa.

Page 29: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Sistema de prevención LA y FT

OBJETIVO

Prevenir que los sistemas financiero y de seguros, así como el

SPP sean utilizados por elementos criminales con fines ilícitos.

Detectar operaciones sospechosas e inusuales.

Comunicación del ROS a la UIF-Perú dentro del plazo legal.

Brindar información adicional que sea solicitada por las

autoridades de acuerdo a ley (SBS, UIF-Perú, Ministerio

Público).

Page 30: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Mecanismos de prevención

MECANISMOS DE PREVENCION CODIGO DE CONDUCTA Y CAPACITACIÓN

REGISTRO DE TRANSACCIONES

CONOCIMIENTO DE TRABAJADORES

REPORTE DE TRANSACCIONES SOSPECHOSAS

CONOCIMIENTO DEL CLIENTE

CONOCIMIENTO DEL MERCADO

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO, AUDITORIA INTERNA, EXTERNA Y CLASIFICADORAS

CONOCIMIENTO BANCA CORRESPONSAL

Page 31: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

ROL DE LOS DIFERENTES AGENTES QUE INTERVIENEN EN EL SISTEMA DE PREVENCION DE LOS

SUJETOS OBLIGADOS SUPERVISADOS POR LA SBS

Page 32: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Responsabilidades de los sujetos obligados

De acuerdo a la Ley, al Reglamento y a la Resolución SBS N°1725-2003, para cumplir con los objetivos del sistema de prevención, los sujetos obligados deben:

Implementar adecuados sistemas de prevención que les permita

detectar operaciones sospechosas e inusuales.

Tener un Manual de Prevención.

Mantener un RO.

Reportar las Operaciones Sospechosas a la UIF-Perú.

Designar a un Oficial de Cumplimiento a nivel gerencial, a

dedicación exclusiva o no, conforme a la normativa vigente.

Prestar asistencia técnica a la UIF-Perú e información, de acuerdo

a ley.

Page 33: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Responsabilidad del directorio, la gerencia y trabajadores

El Directorio y el Gerente General de los supervisados serán responsables de implementar el sistema de prevención y de designar a un OC.

Deben dar facilidades y recursos necesarios al OC para que ejecute sus funciones.

Los sujetos obligados, sus trabajadores, directores y otros representantes están exentos de responsabilidad penal, civil o administrativa, según corresponda, por el cumplimiento de la Ley por la revelación de información bajo restricción.

Page 34: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Registro de operaciones (RO)Operaciones únicas > US$ 10,000 y Operaciones múltiples mensuales > US$ 50,000.Sólo para ETF, transferencias > US$ 2,500 y > US$ 10,000 Registrar identidad de la persona que realiza la operación, por cuenta de quién se realiza y el beneficiario o destinatario de fondos. Información de la operación (fecha, lugar, monto, moneda, tipo, cuentas involucradas).El formulario deberá contener el origen del efectivo utilizado en la transacción. (Introducida por la Ley N° 28306)Mantenimiento de registros (10 años).Criterios y procedimientos de exclusión de clientes.Se excluyen las operaciones realizadas por cuenta propia entre los supervisados por la SBS.

Page 35: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Operaciones objeto de registro

El artículo 9° de la Ley que crea a la UIF-Perú señala las

operaciones que son objeto del RO. (giros y transferencias en

todas sus formas, depósitos en efectivo, compra-venta de moneda

extranjera, etc)

La citada norma agrega que el supervisor (SBS) podrá por

resolución debidamente motivada ampliar, reducir y/o modificar la

relación de conceptos que pueden ser materia del RO, su

contenido con relación con cada operación, etc.

Page 36: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Reporte de operaciones sospechosas (ROS)

Los sujetos obligados deben reportar el ROS a la UIF-Perú, a

través de su OC, según su buen criterio.

Plazo de 30 días luego de su detección.

El ROS es un documento de trabajo de la UIF-Perú, reservado

únicamente para uso de dicha entidad.

La Resolución SBS N°1725-2003 establece una Guía de Alerta de

Operaciones Inusuales.

Page 37: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Oficial de Cumplimiento

Verifica la aplicación de las políticas y procedimientos que forman parte del sistema de prevención.

Determina y evalúa a clientes excluidos. Verificar adecuada conservación de los registros.

Proponer señales de alerta.

Analizar operaciones inusuales y comunica ROS a la UIF-Perú.

Emitir informes semestrales y trimestrales.

Page 38: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Oficial de Cumplimiento

El OC debe ser un gerente del sujeto obligado designado por el Directorio y Gerente General. Depende del Directorio.

Puede ser a dedicación exclusiva o no en función del tamaño, complejidad y volumen de transacciones y operaciones.

En caso de grupo económico puede ser OC corporativo.

Debe gozar de absoluta autonomía e independencia

Debe contar con suficientes recursos e infraestructura para el cumplimiento de sus responsabilidades, funciones y confidencialidad (código de secreto)

Page 39: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Auditoría interna y externa

Auditor internoEvaluar el funcionamiento del sistema de prevención.Formular un Plan anual de trabajo. Revisar diseño y aplicación del sistema sobre la base de procedimientos de auditoría generalmente aceptados.Informe especial anual, que se adjunta al 2ndo. Informe Semestral del OC.

Sociedades de auditoría externa: Informe Independiente deCumplimiento

Contenido establecido en el Reglamento de la Ley N°27693 y el Reglamento de Auditoría Externa de la SBS, con copia para la SBS, que podrá ser requerido por la UIF-Perú.

Page 40: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

ROL DE LA SUPERINTENDENCIA

Page 41: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Funciones relacionadas al LA y FT

La SBS emite normas complementarias para sus supervisados. Supervisa el cumplimiento de las normas por parte de sus supervisados.Conduce visitas de inspección para revisar el funcionamiento del sistema de prevención. Sanciona el incumplimiento normativo, de conformidad con la Ley Nº 26702 y el Reglamento de Sanciones de la SBS vigente.Apoya su labor de supervisión en los informes presentados por los Oficiales de Cumplimiento, Auditores Internos y Auditores Externos.Coopera en investigaciones y procesos referidos al lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Page 42: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

Aspectos básicos de la supervisión

 

Supervisión a dos niveles: extra situ e in situ.

Para la supervisión extra situ, la SBS cuenta con informes semestrales de los OC, Auditores Internos y Externos de las empresas supervisadas.

Se verifica que contengan toda la información según las normas vigentes, que brinden información sobre la situación del sistema de prevención, que se indiquen las deficiencias y las medidas correctivas que deben adoptarse.

Se consolidan en Informes por tipos de empresa.

Page 43: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

 

Se realiza análisis consolidado de los informes identificando alertas útiles para la supervisión.

Los informes consolidados son utilizados para la supervisión in situ (visitas de inspección).

Las visitas se realizan por lo menos 1 vez al año y cuando lo considere pertinente, sin previo aviso, puede realizar inspecciones especiales.

En la visita de inspección ordinaria, la SBS asigna especialistas que evalúan exclusivamente el sistema de prevención.

Aspectos básicos de la supervisión

Page 44: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

REPORTES DE OPERACIONES SOSPECHOSAS DE REPORTES DE OPERACIONES SOSPECHOSAS DE ENTIDADES SUPERVISADASENTIDADES SUPERVISADAS

NÚMERO DE AÑOS TOTAL DEEMPRESAS 2003 * 2004 2005 2006 ROS

I. Sistema Financiero 88 39 184 465 1,045 1,733 a) Bancos 15 37 131 193 288 649 b) Empresas Financieras 5 0 0 0 2 2 c) Cajas Municipales 13 0 25 24 73 122 d) Caja Municipal de Credito Popular de Lima 1 0 0 0 1 1 e) Cajas Rurales 12 0 4 8 5 17 f) Empresas de Transferencia de Fondos 16 2 17 222 665 906 g) Empresas de Transporte, Custodia y Administración del Numerario 2 0 7 17 8 32 h) Empresas Afianzadoras y de Garantía 1 0 0 0 0 0 i) Empresas de Servicios Fiduciarios 1 0 0 0 0 0 j) EDPYMES 14 0 0 0 1 1 k) Almacenes Generales de Depósito 3 0 0 1 2 3 l) Empresas de Arrendamiento Financiero 5 0 0 0 0 0II. Sistema de Seguros 10 0 2 4 3 9III. Sistema Privado de Pensiones 4 0 0 1 7 8* De Setiembre a Diciembre

SISTEMA

Page 45: Abril de 2007 “El Rol de la SBS en la Supervisión de Empresas Financieras No Bancarias” Taller sobre Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento.

FIN

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP