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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL TRABAJO COLABORATIVO NO.2 ASPECTOS E IMPACTOS AMBIENTALES DE ACEITES MANUELITA S.A. CURSO DE SISTEMA DE GESTION AMBIANTAL CAROLINA DELGADO ANGEL COD: 1.116.545.621 SERGIO ANDRES ROBAYO COD: 1118538945 WILMAR HERNEY ESTEPA FERNANDEZ COD: 1’118.533.439 JOHN NICOLAS ROBAYO COD: 1’118.532.849 PRESENTADO A JAIME ERNESTO NARVAEZ UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA “UNAD” ESCUELA DE CIENCIAS BÁSICAS, TECNOLOGÍA E INGENIERÍA PROGRAMAS DE INGENIERIA INDUSTRIAL CEAD YOPAL

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

TRABAJO COLABORATIVO NO.2

ASPECTOS E IMPACTOS AMBIENTALES

DE ACEITES MANUELITA S.A.

CURSO DE SISTEMA DE GESTION AMBIANTAL

CAROLINA DELGADO ANGEL

COD: 1.116.545.621

SERGIO ANDRES ROBAYO

COD: 1118538945

WILMAR HERNEY ESTEPA FERNANDEZ

COD: 1’118.533.439

JOHN NICOLAS ROBAYO

COD: 1’118.532.849

PRESENTADO A

JAIME ERNESTO NARVAEZ

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA “UNAD”

ESCUELA DE CIENCIAS BÁSICAS, TECNOLOGÍA E INGENIERÍA

PROGRAMAS DE INGENIERIA INDUSTRIAL

CEAD YOPAL

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20/MAYO/2012

INTRODUCCION

El establecimiento de los cultivos de palma africana ha generado grandes impactos ambientales derivados de las obras de infraestructura que se han construido: red vial de carreteras, canales de drenaje, puentes y cables. Adicionalmente se ha presentado cambios en el uso del suelo, tala de árboles, sedimentación de los ríos, secado y desviación de fuentes de agua. De acuerdo con las investigaciones realizadas “la palma no se integra en el ambiente existente, lo reemplaza en el suyo, lo que quiere decir que destruye las especies de fauna y flora que no son compatibles con ella y las transforma. Los suelos cambian sus características empobreciéndose y la capacidad agronómica de éstos, se pierde”. Adicionalmente, se presenta un empobrecimiento de la biodiversidad vegetal y animal. La tala de los bosques y los sistemas de drenaje de las plantaciones, modifican los cursos hídricos y las cuencas de drenaje naturales. El desvío de quebradas y las enormes zanjas que se alinean alrededor de los cultivos crean un nuevo sistema, pensado únicamente en regular las necesidades hídricas de la palma, evacuando el resto del agua sin prever los efectos que ocasione río abajo; también las cuencas drenadas e intervenidas producen menos agua. Adicionalmente la sustitución de los bosques por palma, ha generado una explotación ilegal de madera, pues se han extraído muchas especies maderables sin ningún tipo de control estatal.

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OBJETIVOS

La empresa utilizará equipos y procesos diseñados para proteger el ambiente de trabajo y el ambiente exterior y controlará todas las emisiones que se generen durante el desarrollo de la actividad productiva.

Reducir residuos y pérdidas de recursos.

Reducir o eliminar la liberación de contaminantes.

Promover la conciencia ambiental entre los empleados y la comunidad.

Analizar los posibles accidentes y/o incidentes ambientales.

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1. ACEITES MANUELITA S.A.

Aceites Manuelita S.A. es una Empresa

perteneciente al Grupo empresarial

Manuelita dedicada al cultivo de palma

africana para la producción y

comercialización de aceite de palma crudo,

aceite de palmiste crudo, almendra de

palma y torta de palmiste.

La Empresa se encuentra ubicada en los

Llanos Orientales colombianos, en el

Departamento del Meta, Colombia,

Municipio de San Carlos de Guaroa, a una altura 250 msnm, con temperatura

media de 26° C, precipitación de 2.600 mm. al año y con 1800 hrs. luz al año.

1.1 HISTORIA DE ACEITES MANUELITA S.A. La plantación de palma africana se encuentra ubicada en el Municipio de San Carlos de Guarda, Departamento del Meta, aproximadamente a dos (2) horas de Villavicencio. En 1986, la Junta Directiva del Grupo Manuelita adquiere las tierras de la Hacienda Yaguarito en los llanos Orientales. El 10 de marzo del año siguiente se siembran las primeras semillas de palma dando lugar al nacimiento de la empresa Manuelita S.A. División Aceites y Grasas. En 1988, se emprendió la siembra de las palmas en su sitio definitivo, con una plantación inicial de 1.160 hectáreas. En 1988, después de culminar el programa de siembra, la Empresa ya cuenta con una plantación de 3.804 hectáreas netas sembradas, creando más de 500 empleos para una población de diferentes partes del país, que viven en Villavicencio, Acacias y en las inspecciones de Dinamarca y Surimena.

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En Octubre de 1991, se inauguró la planta extractora, con una capacidad inicial

de 10 toneladas de fruto por hora. Con el incremento de producción de fruto

propio más el fruto comprado a proveedores, se aumentó el área atendida a

más de 8.000 hectáreas, lo que hizo necesario llevar a cabo sucesivas

ampliaciones de la capacidad, hasta alcanzar 32 toneladas de fruto por hora.

La División Aceites y Grasas recibió en febrero de 2003 el certificado de calidad por ser una empresa capaz de extraer productos derivados de la palma de aceite que satisfacen las necesidades del cliente, según los parámetros establecidos por la NTC ISO - 9001. El día 17 de marzo de 2005 se constituyó por escritura pública, la sociedad Aceites Manuelita S.A. A partir de ese momento el negocio de aceite de palma dejó de ser una División y se convirtió en una empresa del Grupo Empresarial Manuelita.

En 2005 la empresa absorbió al Palmar de Manavire compuesto por Inversiones

del Darién S.A. y por Instalaciones y Operaciones Agropecuarias. Desde

Diciembre de ese año las empresas se fusionaron, lo que permite tener un área

propia de 6135 hectáreas.

Durante este mismo año también se realizó una modificación en trituración de

la sección de palmistería de la Planta Extractora de Yaguarito con lo cual se

logró pasar de 32 a 36 toneladas producidas por hora. Por su parte, la Planta de

Manavire procesa 17 toneladas por hora.

1.2 MISION. Producir y comercializar bienes derivados de la palma de aceite para satisfacer a nuestros clientes generando bienestar y desarrollo de los organismos de la comunidad y los recursos naturales. 1.3 VISION 2020 Manuelita será el productor y comercializador agroindustrial preferido por los más exigentes clientes en el mundo y reconocido y admirada en la región como una de las empresas lideres del sector. 1.4 VALORES CENTRALES CORPORATIVOS

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1.4.1 Respeto por la gente: El buen trato, la equidad y el reconocimiento

de los derechos de nuestra gente, rigen las relaciones humanas en Manuelita.

Valoramos la diversidad y fomentamos un ambiente en el cual todas las

personas se sientan incluidas y motivadas a brindar su mejor contribución

individual al desarrollo de nuestra organización.

1.4.2 Espíritu Pionero: Nos caracterizamos por la constante búsqueda de la

mejor tecnología existente para la organización. En los negocios en los cuales

participamos, incorporamos lo que aprendemos de los mejores y marcamos la

ruta de innovación del sector.

1.4.3 Integridad: Es el núcleo de todos nuestros valores, nos caracteriza en

el actuar y soporta todas nuestras decisiones. La ética, la honorabilidad, la

honestidad, la rectitud, la seriedad en los negocios, el culto a la verdad, son

herencia centenaria y quienes laboramos en Manuelita los compartimos.

Respetamos las leyes y las normas de los países, los gobiernos y las

organizaciones con las cuales nos relacionamos.

1.4.4 Austeridad: Austeridad en Manuelita significa invertir en lo esencial, con

criterio de excelencia, sin ostentación. Evaluamos la contribución de cada

inversión y cada gasto, para la permanencia de nuestra organización.

1.4.5 Responsabilidad Social: Participamos activamente como organización

empresarial y como individuos vinculados a ella, en el mejoramiento de la

sociedad en la que vivimos y trabajamos. El compromiso con el desarrollo de

nuestra gente, la comunidad, nuestros clientes y proveedores, así como con el

cumplimiento de las normas ambientales, es permanente.

2. PRODUCTOS QUE COMERCIALIZA: Los productos que comercializa la compañía son: 2.1 ACEITE DE PALMA 2.2 ACEITE DE PALMISTE 2.3 TORTA DE PALMISTE

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3. REPRESENTACION GRAFICA DE LOS PROCESOS.

Aceite de Palma

Fruto Aceite de Aceite de Palmiste

Palma Torta de Palmiste

Almendra de Palma

Torta de Prensa Aceite de Palmiste

Torta de Palmiste

Almendra

PLANEACION

ESTRATEGICA

COMUNICACIONES GESTION

CALIDADATENCION

CLIENTE

E

S

T

R

A

T

E

G

I

C

O

S

GENERACION DE

VAPOR

GENERACION DE

ENERGIA

COMPETENCIAS MANTENIMIENTO LABORATORIO NOMINA

SISTEMAS TRABAJO

SOCIAL

SALUD

OCUPACIONALCONTABLE COMPRA DE BIENES

Y SERVICIOS

S

O

P

O

R

T

E

C

L

I

E

N

T

E

P

R

O

D

U

C

T

I

V

O

S

COMPRA DE

FRUTO

EXTRACCION

DE ACEITE DE

PALMA

VENTAS

EXTRACCION

ALMENDRA

MANAVIRE

EXTRACCION

DE PALMISTE

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4. ASPECTOS E IMPACTOS AMBIENMTALES DE ACEITES MANUELITA S.A.. El área de producción de la planta extractora, esta procesando 35 toneladas de fruto por hora y trabaja 24 horas al día para un total de 840 toneladas de fruto, a continuación caracterizamos los materiales que salen del proceso de aceites crudo de palma:

CONCEPTO PROCESO 24 HR

SALE

Racimos de fruta fresca

840 toneladas

Aceite crudo de palma 210 toneladas

Raquis del fruto 378 toneladas

Fibra 84 toneladas

Almendra 42 toneladas

Cuesco 42 toneladas

Lodos y otros 84 toneladas

TOTAL 840 toneladas

Ahora que se hace con los materiales que resultan del proceso: Aceites Crudo de palma: Es almacenados en tanque que cumplen

con las condiciones mínimas de seguridad tanto para el medio ambiente como para las personas, para luego ser desplazado en carro tanques.

Raquis del fruto: El raquis es la tusa donde vienen pegados los frutos, como un racimo de uvas, este sale por la banda transportadora para ser depositados en un camión y llevado al campo, lo utilizan como abono para las palmas.

Fibra: Es donde se extrae el aceites y queda totalmente seco, se utiliza como combustible para la caldera, no se bota al campo nada.

Almendra: Es un subproducto del proceso se utiliza para sacar aceites de palmiste y torta de palmiste, no sale nada para el campo.

Cuesco: Se utiliza como combustible para la caldera, no sale nada para el campo.

Lodos y otros (agua): Es la tierra y agua que desprende los racimos durante su proceso, esto es llevado a las piscinas de oxidación donde

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inician un proceso de oxigenación por medio de unas bacterias, para luego botarla al rio.

Además hay emisiones de humo cuando se quema la fibra para la producción de

vapor, el ruido que se presenta es laboral más no ambiental por la ubicación en

zona rural de la empresa.

Ver anexo No 1 4.1 PROCEDIMIENTO PARA IDENTIFICAR Y EVALUAR ASPECTOS E IMPACTOS AMBIENTALES DE ACEITESMANUELITA S.A. Ver anexo No. 2 4.2 NORMATIVIDAD Y LEGISTACION AMBIENTAL PARA LA AGROINDUSTRIA DE LA PALMA DE ACEITES. Las actividades productivas de la agroindustria de la palma de aceite se rigen por los principios del desarrollo sostenible aprobados por Naciones Unidas en la Cumbre Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo en Río de Janeiro en 1992, por los lineamientos establecidos en la Constitución Nacional de 1991, por la Ley 99 de 1993 y las demás normas que orientan y regulan la gestión ambiental en todo el territorio colombiano. 4.2.1 Política Nacional de Producción más Limpia: En 1997 el Consejo Nacional Ambiental aprobó la Política Nacional de Producción más Limpia que tiene por objeto prevenir y minimizar eficientemente los impactos y riesgos a los seres humanos y al medio ambiente, garantizando la protección ambiental, el crecimiento económico, el bienestar social y la competitividad empresarial, a partir de introducir la dimensión ambiental en los sectores productivos como un desafío de largo plazo. 4.2.2 Convenio de concertación con el sector palmero: En diciembre de 1997 el sector palmero de Colombia firmó un convenio con el Ministerio de Medio Ambiente, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, las Corporaciones Autónomas Regionales con jurisdicción en las zonas palmeras, las empresas con planta de beneficio y Fedepalma, para apoyar acciones concretas y precisas que conduzcan al mejoramiento de la gestión ambiental mediante la adopción de métodos de producción y operación más limpios, ambientalmente sanos y seguros, orientados a disminuir el nivel de la contaminación, reducir los riesgos relevantes para el ambiente y la población, proteger y optimizar el uso racional de los recursos naturales, dentro de un marco de competitividad sectorial.

A Continuación Se presentan las principales normas jurídicas sobre las cuales se

debe regir la gestión ambiental en la agroindustria de la palma de aceite.

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Ley 99 de 1993: (Diciembre 22) Diario Oficial No. 41.146, de 22 de diciembre de 1993. Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones. Mayor información: http://www.fedepalma.org/documen/2005/ley_99.htm

Ley 165 de 1994: (Noviembre 9) Diario Oficial No. 41.589, de 9 de noviembre de 1994 Por medio de la cual se aprueba el "Convenio sobre la Diversidad Biológica", hecho en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992. Mayor Información: http://www.fedepalma.org/documen/2005/ley_165_.htm

Ley 357 de 1997: (enero 21) Diario Oficial No. 42.967 de 27 de enero de 1997. Por medio de la cual se aprueba la "Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas", suscrita en Ramsar el dos (2) de febrero de mil novecientos setenta y uno (1971). Mayor Información: http://www.fedepalma.org/documen/2005/ley_357_.htm

Ley 373 de 1997: (6 de junio de 1997). Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.

EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA:

Artículo 1: Programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Todo plan

ambiental regional y municipal debe incorporar obligatoriamente un programa

para el uso eficiente y ahorro del agua. Se entiende por programa para el uso

eficiente y ahorro del agua el conjunto de proyectos y acciones que deben

elaborar y adoptar las entidades encargadas de la prestación de los servicios de

acueducto, alcantarillado, riego y drenaje, producción hidroeléctrica y demás

usuarios del recurso hídrico.

Las Corporaciones Autónomas Regionales y demás autoridades ambientales

encargadas del manejo, protección y control del recurso hídrico en su respectiva

jurisdicción, aprobarán la implantación y ejecución de dichos programas en

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coordinación con otras Corporaciones Autónomas que compartan las fuentes que

abastecen los diferentes usos.

Artículo 2: Contenido del programa de uso eficiente y ahorro del agua. El

programa de uso eficiente y ahorro de agua, será quinquenal y deberá estar

basado en el diagnóstico de la oferta hídrica de las fuentes de abastecimiento y la

demanda de agua, y contener las metas anuales de reducción de pérdidas, las

campañas educativas a la comunidad, la utilización de aguas superficiales, lluvias

y subterráneas, los incentivos y otros aspectos que definan las Corporaciones

Autónomas Regionales y demás autoridades ambientales, las entidades

prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado, las que manejen

proyectos de riego y drenaje, las hidroeléctricas y demás usuarios del recurso,

que se consideren convenientes para el cumplimiento del Programa.

Parágrafo: Modifíquense el numeral 71.2 y parágrafo 1 del artículo 71 de la Ley

142 de 1994.

Con el fin de garantizar la coordinación entre las funciones del Ministerio del

Medio Ambiente y la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento

Básico en lo concerniente a los objetivos del Programa de Uso Eficiente y Ahorro

del Agua, modifícase la composición de la Comisión de Regulación de Agua

Potable y Saneamiento Básico.

El numeral 71.2 de la Ley 142 de 1994 quedará así: Cuatro expertos

comisionados de dedicación exclusiva, designados por el Presidente de la

República para período de 3 años, reelegibles y no sujetos a las disposiciones

que regulan la carrera administrativa. Uno de ellos en forma rotatoria ejercerá las

funciones de coordinador de acuerdo con el reglamento interno. Al repartir

internamente el trabajo entre ellos se procurará que todos tengan oportunidad de

prestar sus servicios respecto de las diversas clases de asuntos que son

competencia de la Comisión. En todo caso, uno de los expertos deberá demostrar

conocimientos en materias ambientales.

El parágrafo 1 del artículo 71 quedará así: a la Comisión de Regulación de Agua

Potable y Saneamiento Básico pertenecerán los Ministros de Salud y Medio

Ambiente. A la Comisión de Regulación de Energía y Gas Combustible

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pertenecerá el Ministro de Hacienda y Crédito Público. Los Ministros sólo podrán

delegar su asistencia en los Viceministros y el Director del Departamento

Nacional de Planeación en el Subdirector.

Artículo 3: Elaboración y presentación del Programa. Cada entidad encargada de

prestar los servicios de acueducto, alcantarillado, de riego y drenaje, de

producción hidroeléctrica, y los demás usuarios del recurso hídrico presentarán

para aprobación de las Corporaciones Autónomas Regionales y demás

autoridades ambientales, el Programa de Uso Eficiente y Ahorro de Agua. Estas

autoridades ambientales deberán elaborar y presentar al Ministerio del Medio

Ambiente un resumen ejecutivo para su información, seguimiento y control, dentro

de los seis meses siguientes contados a partir de la aprobación del Programa.

Parágrafo 1: Las entidades responsables de la ejecución del Programa para Uso

Eficiente y Ahorro del Agua deberán presentar el primer programa los siguientes

doce (12) meses a partir de la vigencia de la presente Ley, y para un período que

cubra hasta la aprobación del siguiente plan de desarrollo de las entidades

territoriales de que trata el artículo 31 de la Ley 152 de 1994. El siguiente

programa tendrá un horizonte de 5 años y será incorporado al plan de desarrollo

de las entidades territoriales. Las Corporaciones Autónomas y demás autoridades

ambientales deberán presentar un informe anual al Ministerio del Medio Ambiente

sobre el cumplimiento del Programa de que trata la presente Ley.

Parágrafo 2: Las inversiones que se realicen en cumplimiento del programa

descrito, serán incorporadas en los costos de administración de los servicios

públicos de acueducto y alcantarillado y de las demás entidades usuarias del

recurso.

Artículo 4: Reducción de pérdidas. Dentro del Programa de Uso Eficiente y

Ahorro del Agua, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento

Básico fijará metas anuales, para reducir las pérdidas en cada sistema de

acueducto. Las Corporaciones Autónomas Regionales y demás autoridades

ambientales competentes fijarán las metas del uso eficiente y ahorro del agua

para los demás usuarios en su área de jurisdicción. Las metas serán definidas

teniendo en cuenta el balance hídrico de las unidades hidrográficas y las

inversiones necesarias para alcanzarlas.

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Parágrafo: La presentación del programa y el cumplimiento de las metas para

reducción de pérdidas se tendrá en cuenta para el aval del Departamento

Nacional de Planeación y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y demás

entidades públicas autorizadas, en relación con créditos y otros estímulos

económicos y financieros destinados a la ejecución de proyectos y actividades

que adelanten las entidades usuarias del recurso hídrico.

Artículo 5: Reuso obligatorio del agua. Las aguas utilizadas, sean éstas de

origen superficial, subterráneo o lluvias, en cualquier actividad que genere

afluentes líquidos, deberán ser reutilizadas en actividades primarias y

secundarias cuando el proceso técnico y económico así lo ameriten y aconsejen

según el análisis socio-económico y las normas de calidad ambiental. El

Ministerio del Medio Ambiente y el Ministerio de Desarrollo Económico

reglamentarán en un plazo máximo de (6) seis meses, contados a partir de la

vigencia de la presente Ley, los casos y los tipos de proyectos en los que se

deberá reutilizar el agua.

Artículo 6: De los medidores de consumo. Todas las entidades que presten el

servicio de acueducto y riego, y demás usuarios que determine la Corporación

Autónoma Regional o la autoridad ambiental competente, disponen de un plazo

de un año contado a partir de la vigencia de la presente Ley, para adelantar un

programa orientado a instalar medidores de consumo a todos los usuarios, con el

fin de cumplir con lo ordenado por el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 y el artículo

146 de la Ley 142 de 1994.

La Comisión de Regulación de Agua Potable y las autoridades ambientales

podrán exonerar de esta obligación a las empresas cuyos usuarios no superen en

promedio el consumo mínimo o básico por ellas establecido, según sus

respectivas competencias legales.

Parágrafo: La homologación y el costo de instalación o construcción, según sea

el caso de los correspondientes medidores, podrán ser financiados por la

empresa prestadora del servicio de acueducto, al igual que su mantenimiento, la

cual le facturará tales costos al usuario, sin perjuicio de lo establecido en el

artículo 144 de la Ley 142 de 1994.

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Artículo 7: Consumos básicos y máximos. Es deber de la Comisión Reguladora

de Agua Potable y Saneamiento Básico, de las Corporaciones Autónomas

Regionales y demás autoridades ambientales, de acuerdo a sus competencias,

establecer consumos básicos en función de los usos del agua, desincentivar los

consumos máximos de cada usuario y establecer los procedimientos, las tarifas y

las medidas a tomar para aquellos consumidores que sobrepasen el consumo

máximo fijado.

Artículo 8: Incentivos tarifarios. La Comisión de Regulación de Agua Potable y

Saneamiento Básico definirá una estructura tarifaria que incentive el uso eficiente

y de ahorro del agua, y desestimule su uso irracional. La Superintendencia de

Servicios Públicos Domiciliarios, vigilará el cumplimiento de lo establecido por la

Comisión.

Las Corporaciones Autónomas Regionales y demás autoridades ambientales

definirán los mecanismos que incentiven el uso eficiente y ahorro del agua, y

desestimulen su uso ineficiente.

Artículo 9: De los nuevos proyectos. Las entidades públicas encargadas de

otorgar licencias o permisos para adelantar cualquier clase de proyecto que

consuma agua, deberán exigir que se incluya en el estudio de fuentes de

abastecimiento, la oferta de aguas lluvias y que se implante su uso si es técnica y

económicamente viable.

Artículo 10: De los estudios hidrogeológicos. Para definir la viabilidad del

otorgamiento de las concesiones de aguas subterráneas, las Corporaciones

Autónomas Regionales y demás autoridades ambientales realizarán los estudios

hidrogeológicos, y adelantarán las acciones de protección de las

correspondientes zonas de recarga.

Los anteriores estudios serán realizados con el apoyo técnico y científico del

IDEAM e INGEOMINAS.

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Artículo 11: Actualización de información. A partir de la vigencia de la presente

Ley, todas las entidades usuarias del recurso hídrico dispondrán de un término no

mayor de seis meses para enviar la siguiente información:

a. Nombre de la entidad usuaria, ubicación geográfica y política donde presta el servicio;

b. Nombre, ubicación geográfica y tipo de la fuente o fuentes donde captan las aguas;

c. Nombre, ubicación geográfica y tipo de la fuente o fuentes receptoras de los afluentes;

d. Caudal promedio diario anual en litros por segundo de la fuente de captación y de la fuente receptora de los efluentes;

e. Caudal promedio diario anual captado por la entidad usuaria; f. Número de usuarios del sistema; g. Caudal consumido por los usuarios del sistema; h. Porcentaje en litros por segundo de las pérdidas del sistema; i. Calidad del agua de la fuente abastecedora, de los efluentes y de la fuente

receptora de éstos, clase de tratamientos requeridos y el sistema y la frecuencia del monitoreo;

j. Proyección anual de la tasa de crecimiento de la demanda del recurso hídrico según usos;

k. Caudal promedio diario en litros por segundo, en épocas secas y de lluvia, en las fuentes de abastecimiento y en las receptoras de los efluentes;

l. Programas de protección y conservación de las fuentes hídricas; m. Fuentes probables de abastecimiento y de vertimiento de efluentes que se

dispongan para futuras expansiones de la demanda.

Parágrafo 1: Esta información será actualizada anualmente por las entidades

usuarias.

Parágrafo 2: Las entidades prestadoras del servicio domiciliario de acueducto

enviarán la anterior información al Ministerio de Desarrollo Económico con el fin

de mantener actualizado el inventario sanitario nacional. Las entidades que

manejen los proyectos de riego y demás usuarios del recurso enviarán a la

entidad ambiental que tenga jurisdicción en el correspondiente territorio, la

información de que trata el presente artículo.

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Todas las entidades usuarias del recurso enviarán al Ministerio de Desarrollo

Económico y a las Corporaciones Regionales y demás autoridades ambientales la

información anterior en un plazo máximo de tres (3) meses, contados a partir de

la vigencia de la presente Ley. El Ministerio de Desarrollo Económico y las

Corporaciones Regionales y demás autoridades ambientales enviarán al IDEAM

esta información para su incorporación al Sistema de Información Ambiental, en

un plazo no mayor de un (1) mes a partir de la fecha de su recepción.

Artículo 12: Campañas educativas a los usuarios. Las entidades usuarias

deberán incluir en su presupuesto los costos de las campañas educativas y de

concientización a la comunidad para el uso racionalizado y eficiente del recurso

hídrico.

Parágrafo: Como apoyo a estas campañas y en desarrollo del numeral 32 del

artículo 5 de la Ley 99 de 1993 el Ministerio del Medio Ambiente celebrará los

convenios necesarios con las entidades administradoras del recurso hídrico, para

lograr una efectiva concientización en el uso eficiente y el ahorro del agua.

Artículo 13: Programas docentes. De conformidad con lo establecido en el

numeral 9 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, el Ministerio del Medio Ambiente

conjuntamente con el Ministerio de Educación Nacional adoptarán los planes y

programas docentes y adecuarán el pensum en los niveles primario y secundario

de educación incluyendo temas referidos al uso racional y eficiente del agua.

Artículo 14: Reconocese al agua dulce un valor económico intrínseco, cuyo costo

será establecido según metodología y criterios establecidos por las respectivas

Comisiones de Regulación, de acuerdo con el uso que a ellas se le dé, y será

incorporado en la facturación al usuario final.

Artículo 15: Tecnología de bajo consumo de agua. Los Ministerio de

responsables de los sectores que utilizan el recurso hídrico reglamentarán en un

plazo máximo de seis (6) meses la instalación de equipos, sistemas e

implementos de bajo consumo de agua para ser utilizados por los usuarios del

recurso y para el reemplazo gradual de equipos e implementos de alto consumo.

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Artículo 16: Protección de zonas de manejo especial. En la elaboración y

presentación del Programa se debe precisar que las zonas de páramo, bosques

de niebla y áreas de influencia de nacimientos de acuíferos y de estrellas

fluviales, deberán ser adquiridos con carácter prioritario por las entidades

ambientales de la jurisdicción correspondientes, las cuales realizarán los estudios

necesarios para establecer su verdadera capacidad de oferta de bienes y

servicios ambientales, para iniciar un proceso de recuperación, protección y

conservación.

Parágrafo: Los recursos provenientes de la aplicación del artículo 43 de la Ley 99

de 1993, se destinarán con carácter exclusivo al logro de los objetivos propuestos

en la presente Ley.

Artículo 17: Sanciones. Las entidades ambientales dentro de su correspondiente

jurisdicción en ejercicio de las facultades policivas otorgadas por el artículo 83 de

la Ley 99 de 1993, aplicarán las sanciones establecidas por el artículo 85 de esta

Ley, a las entidades encargadas de prestar el servicio de acueducto y a los

usuarios que desperdicien el agua, a los Gerentes o Directores o Representantes

Legales se les aplicarán las sanciones disciplinarias establecidas en la Ley 200

de 1995 y en sus decretos reglamentarios.

Artículo 18: La presente Ley rige a partir de la fecha de su expedición y deroga

todas las demás normas que le sean contrarias.

Ley 388 de 1997: (Julio 18) Diario Oficial No. 43.091, de 24 de julio de 1997. Lineamiento del ordenamiento territorial de los municipios. Mayor Información: http://www.fedepalma.org/documen/2005/ley_388_1997.doc

Ley 629 de 2000: (diciembre 27) Diario Oficial No. 44.272, de 27 de diciembre de 2000. Por medio de la cual se aprueba el "Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

Climático", hecho en Kyoto el 11 de diciembre de 1997. Mayor Información: http://www.fedepalma.org/documen/2005/ley_629_.htm

Decreto 1541 de 1978: (26 de Julio de 1978). Por el cual se reglamenta la Parte III del Libro II del Decreto - Ley 2811 de 1974: "De las aguas no marítimas" y parcialmente la Ley 23 de 1973. Mayor Información: http://www.fedepalma.org/documen/2005/decreto_1541_1978.doc

Decreto 02 de 1982: (11 de enero de 1982) Por el cual se reglamentan parcialmente el Título I de la Ley 09 de 1979 y el Decreto Ley 2811 de 1974, en cuanto a emisiones atmosféricas. Mayor Información: http://www.fedepalma.org/documen/2005/decreto_02_1982.doc

DECRETO 948 DE 1995: (5 de Junio de 1995)

Por el cual se reglamentan, parcialmente la Ley 23 de 1973, los artículos 33, 73,

74, 75 y 76 del Decreto-ley 2811 de 1974; los artículos 41, 42, 43, 44, 45, 48 y 49

de la Ley 9ª de 1979; y la Ley 99 de 1993, en relación con la prevención y control

de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire. Mayor

Información:

http://www.fedepalma.org/documen/2005/decreto_948_1995.doc

Decreto 1697 de 1997: (27 de Junio de 1997) Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 948 de 1995, que contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire.

DECRETA: Artículo 1: Modificase el artículo 24 del Decreto 948 de 1995, el cual quedará de la siguiente manera: “Artículo 24: Combustión de aceites lubricantes de desecho. El Ministerio del Medio Ambiente establecerá los casos en los cuales se permitirá el uso de los

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aceites lubricantes de desecho en hornos o calderas de carácter comercial o industrial como combustible, y las condiciones técnicas bajo las cuales se realizará la actividad". Artículo 2: Modificase el artículo 40 del Decreto 948 de 1995, el cual quedará de la siguiente manera: "Artículo 40: Contenido de Plomo, Azufre y otros contaminantes en los combustibles. No se podrá importar, producir o distribuir en el país, gasolinas que contengan tetra etilo de plomo en cantidades superiores a las especificadas internacionalmente para las gasolinas no plomadas, salvo como combustible para aviones de pistón. El Ministerio del Medio Ambiente establecerá las especificaciones de calidad, diferentes al contenido de tetra etilo de plomo, de los combustibles que se han de importar, producir, distribuir y consumir en todo el territorio nacional. Parágrafo primero: Los combustibles producidos en refinerías que a cinco (5) de junio de 1995 se encontraban en operación en el país, o los que se importen para distribuir en las Zonas Especiales de Desarrollo Fronterizo, o en circunstancias especiales de abastecimiento, podrán exceptuarse del cumplimiento de lo establecido en el presente artículo, cuando así lo autorice expresamente el Ministerio del Medio Ambiente y por el término que éste señale, previo concepto favorable del Ministerio de Minas y Energía. Parágrafo segundo: Cuando las gasolinas contengan tetraetilo de plomo en cantidades superiores a las especificadas internacionalmente para las gasolinas no plomadas, los distribuidores mayoristas están obligados a declarar al Ministerio del Medio Ambiente, Ministerio de Minas y Energía y demás autoridades competentes como también a los distribuidores mayoristas, mediante constancia escrita, la presencia de dichos componentes. Los expendedores minoristas en las Zonas Especiales de Desarrollo Fronterizo y en aquellos lugares donde se distribuya gasolina producida en refinerías que a cinco (5) de junio de 1995 se encontraban en operación en el país, deberán colocar en los surtidores, en lugar fácilmente visible al público, avisos que adviertan al consumidor sobre la presencia de este componente y los efectos negativos que se pueden causar al sistema de control de emisiones." Artículo 3: Adicionase al artículo 73 del Decreto 948 de 1995, el siguiente parágrafo: "Parágrafo quinto: Las calderas u hornos que utilicen como combustible gas natural o gas licuado del petróleo, en un establecimiento industrial o comercial o para la operación de plantas termoeléctricas con calderas, turbinas y motores, no requerirán permiso de emisión atmosférica. El Ministerio del Medio Ambiente podrá establecer las condiciones técnicas específicas para desarrollar las actividades a que se refiere el inciso anterior."

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Artículo 4: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

5. IDENTIFICACIÓN DE ASPECTOS E IMPACTOS AMBIENTALES.

1. OBJETIVO.

Establecer la metodología para la identificación y evaluación de los aspectos e impactos ambientales presentados en el continuo desarrollo de los procesos, servicios, productos y actividades agroindustriales existentes en Aceites Manuelita S.A (AMSA).

2. ALCANCE.

Este procedimiento es de aplicación para todos los procesos presentes en AMSA, así como sus actividades, productos y servicios, además de los nuevos desarrollos, planificados o modificados, teniendo en cuenta compromisos como el aprovechamiento racional y sostenible de los recursos naturales y la prevención de efectos adversos en el ambiente, relacionados con la generación de impactos ambientales en el medio.

3. RIESGOS Y CONTROL.

3.1 RIESGOS: La no identificación y/o evaluación de manera adecuada de los aspectos e impactos generados en el ambiente asociados con los procesos de la organización.

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3.2 CONTROL: Aplicar la metodología para la identificación y evaluación de los aspectos e impactos en el ambiente.

4. GLOSARIO:

Aprovechamiento sostenible: Es la utilización adecuada, racional y constructiva de los recursos naturales, que promueve el crecimiento económico, equidad social, preservación y conservación de los recursos de forma que permita una satisfacción de las necesidades presentes sin afectar el derecho de las futuras generaciones a satisfacer necesidades futuras de los recursos naturales.

Aspecto ambiental: Son todos aquellos elementos, actividades, procesos, productos y/o servicios de la organización que están relacionados e interactúan con el medio ambiente; es decir las situaciones que se presentan en el desarrollo de las labores que puedan afectar o afectan al medio ambiente.

Aspecto Ambiental Significativo o crítico: Es aquel que detectado en las actividades, procesos o elementos de la empresa, representa alta significancia por su relación en la generación de impactos ambientales significativos en la empresa.

Cliente: Persona que utiliza un servicio.

Comunidad: Reunión de personas que viven juntas bajo unas mismas reglas.

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Conservación: Mantenimiento y recuperación de los componentes de la diversidad biológica existente entre la naturaleza, a través de la implementación de medidas de manejo.

Empleado: Persona subordinada

Evaluación de aspectos e impactos ambientales: Proceso para reconocer si existe alguna afectación al medio ambiente por los procesos, actividades o elementos desarrollados por la empresa; definir sus características, estimar su magnitud, de manera que se pueda decidir si es tolerable o no para el medio, de manera tal que permita el diseño e implementación de medidas encaminadas a la prevención, mitigación y corrección de impactos ambientales.

Impacto ambiental: Cualquier cambio en el medio ambiente, ya sea adverso o benéfico, como resultado total o parcial de las actividades, productos o servicios de una empresa.

Impacto ambiental significativo o crítico: Es aquel que se encuentra en un nivel de alta significancia o no tolerable para la empresa, respecto a sus obligaciones legales, su propia política y al costo beneficio de su operación.

Medidas de corrección: “Son obras o actividades dirigidas a recuperar, restaurar o reparar las condiciones del medio ambiente afectado”. (FEDEPALMA).

Medidas de mitigación: “Son obras o actividades dirigidas a atenuar y minimizar los impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad sobre el entorno humano y natural”. (FEDEPALMA).

Medidas de prevención: “Son obras o actividades encaminadas a prevenir y controlar los posibles impactos y efectos negativos que pueda generar un proyecto, obra o actividad sobre el entorno humano y natural”. (FEDEPALMA).

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Medio ambiente: Es todo aquello que rodea al ser humano, comprendiendo elementos naturales, tanto físicos como biológicos, elementos artificiales y sociales, que interactúan entre si.

Plan de emergencias: Conjunto de estrategias o instrucciones planificadas que permite a empleados, contratistas y visitantes, actuar ante situaciones de emergencia de la manera más adecuada y ponerse a salvo en el menor tiempo posible.

Recursos naturales: Son todos aquellos bienes que la naturaleza provee.

Requisito: Condición o circunstancia necesaria para una cosa.

Significancia: Representación cualitativa del cambio y/o grado de afectación sobre el medio ambiente.

5. ESQUEMA

5.1 CONDICIONES GENERALES

Aceites Manuelita S.A., ha clasificado los aspectos e impactos ambientales que pueden ocurrir en el desarrollo de sus actividades de la siguiente forma:

Tabla 1:

Lista de Aspectos e Impactos Ambientales

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CLASIFICACIÓN ASPECTOS IMPACTOS ADVERSOS

Efluentes o vertimientos

Manejo de productos químicos

- Alteración de la calidad de aguas superficiales.

- Alteración de la calidad de aguas subterráneas.

- Alteración de la calidad del suelo.

- Deterioro de la Biodiversidad (Flora y Fauna), entre otros.

- Molestia por malos olores.

Manejo de abonos y fertilizantes.

Manejo de aguas residuales domésticas.

Manejo de aguas residuales industriales.

Hidrocarburos.

Nieblas y vapores

CLASIFICACIÓN ASPECTOS IMPACTOS ADVERSOS

Emisiones atmosféricas

Emisión de material particulado por utilización de subproductos industriales como combustible y polvo de vías.

- Alteración de la calidad del aire.

- Lluvia ácida. (NOx, SOx)

- Calentamiento global (CO2, CH4, vapor de agua, etc.).

- Destrucción de la capa de ozono (CFC, COV).

- Posibles afecciones a la salud humana.

- Molestias a la comunidad.

- Olores.

Entre otros

Gases de combustión

Ruido.

Mal manejo y disposición de residuos.

Descomposición de materia orgánica.

CLASIFICACIÓN ASPECTOS IMPACTOS ADVERSOS

Generación de residuos

Manejo y disposición de residuos sólidos orgánicos.

- Alteración de la calidad del suelo.

- Alteración de la calidad de aguas (Superficiales y

Manejo y disposición de residuos sólidos inorgánicos.

Manejo y disposición de residuos especiales y

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

peligrosos. subterráneas).

- Generación de vectores transmisores de enfermedades y posibles efectos sobre la salud.

- Generación de malos olores.

- Alteración del paisaje.

Entre otros

CLASIFICACIÓN ASPECTOS IMPACTOS ADVERSOS

Subproductos industriales

Manejo, tratamiento y disposición de subproductos industriales.

- Alteración de la calidad del suelo.

- Alteración de la calidad de aguas (Superficiales y subterráneas).

- Generación de vectores transmisores de enfermedades y posibles efectos sobre la salud.

- Generación de malos olores.

- Alteración del paisaje.

Entre otros.

CLASIFICACIÓN ASPECTOS IMPACTOS ADVERSOS

Uso de recursos

Uso del suelo - Alteración de la calidad de los recursos naturales. (Reducción y/o agotamiento, contaminación)

- Deterioro de la biodiversidad (Fauna y Flora).

- Alteraciones del paisaje.

- Impacto visual.

Manejo de aguas superficiales.

Manejo de aguas subterráneas.

Manejo de riegos y drenajes.

Intervención de la Biodiversidad.

Energía eléctrica.

Uso de Madera

Uso y manejo de

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

combustibles fósiles (gasolina, ACPM, etc.) y derivados.

Entre otros

POLITICA AMBIENTAL

Aceites manuelita s.a. esta comprometido con la conservación del medio

ambiente, haciendo uso racional de los recursos, controlando las emisiones

atmosféricas, minimizando los vertimientos y los residuos de toda índole,

generando continuamente estrategias para la conservación de la fauna y flora en

nuestro entorno. Manteniendo talento humano competente que se familiariza y

aplica las disposiciones en materia ambiental, acatando la normatividad legal

vigente.

Objetivos

Minimizar al utilización de recursos, evitando desperdicios y reutilizando

aquellos que se puedan dentro u fuera de las instalaciones de la

organización

Promover la gestión para el manejo de residuos peligrosos

Mantener capacitado al personal en materia ambiental de manera que

todos los integrantes de la organización se dirijan hacia un mismo fin

Realizar campañas en pro de la fauna y flora de nuestro entorno

Mantener una alta calidad de producto químicos, disminuyendo en gran

manera la emisión de gases y la contaminación hídrica y de suelos.

Metas.

Reducir en un 10% la emisión de gases contaminantes a la atmosfera, en

los próximos 6 meses

Reducir en un 15% la utilización de recursos, aumentando la productividad

de la organización y disminuyendo el impacto ambiental por desechos

contaminados, durante el próximo año.

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

Aumentar la formación de los trabajadores de la empresa en materia

ambiental en un 30% con respecto a la actual.

Mantener un sistema de gestión ambiental en constante mejora siendo

ejemplo para otras organizaciones y orgullo de la nuestra

PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL

Descripción: este programa esta dirigido a la reducción, minimización o

eliminación de los agentes que afectan nuestros recursos naturales, aumentando

la productividad de la organización, conservando el medio ambiente y

permaneciendo en constante mejora de nuestro sistema de gestión ambiental.

Programa de prevención de la contaminación:

ACTIVIDAD PERSONAL A CARGO PERIORICIDAD

1. Limpieza de basuras y maleza dentro de la planta

Operadores 3 días a la semana

2. Clasificación de las basuras en la fuente

Directivas, operadores, agentes externos

A diario

3. Lavado periódico de calderas

Técnicos, operadores 1 vez cada 15 días

4. Limpieza de lodos en los estanques

operadores 1 vez cada 15 días

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

Programa de prevención de emisiones atmosféricas:

ACTIVIDAD PERSONAL A CARGO PERIORICIDAD

1. Adquisición de equipos de ultima tecnología, que generen menos emisiones que los convencionales

Directivas Cada año

2. Mejoramiento en la calidad de materias primas que generen menos contaminación

Directivas, coordinadores de producción y dpto. Ambiental.

Cada 3 meses

3. Monitoreo de atmosferas peligrosas mediante la utilización de equipos especiales

Dpto. Ambiental Cada que se requiera

4. Control de material particulado y emisión de gases

Dpto. ambiental Tres veces a la semana

Programa de prevención fauna y flora:

ACTIVIDAD PERSONAL A CARGO PERIORICIDAD

1. Estimación de la fauna y flora existente actualmente en el entorno de la organización

Dpto. ambiental Cada 3 meses

2. Implementar acciones de preservación de la flora como por ejemplo la reforestación y cultivo de plantas en peligro

Dpto. ambiental. Operadores

Cada 3 meses

3. Implementar políticas en contra de la caza y pesca de animales y socializarlas con la comunidad y los empleados

Dpto. Ambiental 1 vez al año

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

Programa de capacitación y formación a los empleados:

ACTIVIDAD PERSONAL A CARGO PERIORICIDAD

1. Impactos ambientales que genera la industria palmífera

Dpto. ambiental Cada 2 meses

2. Políticas y programas adoptadas por la organización

Dpto. ambiental.

Cada 3 meses

3. Procesamiento de la palma de aceite

Dpto. Ambiental Cada 3 meses

4. Beneficios de la gestión ambiental

Dpto. Ambiental Cada 3 meses

Programa de minimización de recursos:

ACTIVIDAD PERSONAL A CARGO PERIORICIDAD

1. Adquisición de equipos ahorradores de agua y energía

Directivas Dpto. de copras

Cada 2 meses

2. Revisión de estructuras de la organización que puedan generar desperdicio.

Dpto. Mantenimiento.

Cada mes

3. Capacitar al personal acerca de estrategias para el ahorro de recursos

Directivas Dpto. Ambiental

Cada 2 meses

IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN

RECURSOS, FUNCIONES, RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD ISO 14001:2004 Sistemas de gestión ambiental. La dirección debe asegurarse de la disponibilidad de recursos esenciales para establecer, implementar, mantener y mejorar el sistema de gestión ambiental. Estos, incluyen los recursos humanos y habilidades especializadas, infraestructura de la organización, y los recursos financieros y tecnológicos.

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

Las funciones, las responsabilidades y la autoridad se deben definir, documentar y comunicar para facilitar una gestión ambiental eficaz. La alta dirección de la organización debe designar uno o varios representantes de la dirección, quien, independientemente de otras responsabilidades, debe tener definidas sus funciones, responsabilidades y autoridad para: a) asegurarse de que el sistema de gestión ambiental se establece, implementa y mantiene de acuerdo con los requisitos de esta norma internacional b) informar a la alta dirección sobre el desempeño del sistema de gestión ambiental para su revisión, incluyendo las recomendaciones para la mejora. RECURSOS, FUNCIONES, RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD Tenemos 3 conceptos diferentes que es importante diferenciar: Funciones: Conjunto de la estructura organizativa, de responsabilidades, de procedimientos, de procesos y de recursos que se establecen para llevar a cabo la gestión ambiental. Responsabilidades: Función o departamento que tiene una influencia definida en el resultado de una actividad o proceso o en una de sus partes. Se define quién tiene que llevar a cabo las actividades necesarias para la gestión ambiental. Autoridades: Se define como aquel nivel donde una función puede aprobar, iniciar o modificar actividades y/o procesos.

Para los puestos relevantes, desde el punto de vista ambiental, deben:

Definirse con detalle sus funciones, sus responsabilidades y autoridad al Respecto

Documentarse

Ser comunicadas al personal

En muchas ocasiones se define un organigrama (pero a este respecto es importante señalar que en ese organigrama deben estar considerados los aspectos relativos a la gestión ambiental). Como complemento, es interesante definir “perfiles de puesto” donde se establezca la competencia requerida para el puesto, documentos como el manual de gestión con las funciones, autoridades y responsabilidades, etc.

COMPETENCIA, FORMACIÓN Y TOMA DE CONCIENCIA

La organización debe asegurarse de que cualquier persona que realice tareas para ella o en su nombre, que potencialmente pueda causar uno o varios impactos

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ambientales significativos identificados por la organización, sea competente tomando como base una educación, formación o experiencia adecuadas, y debe mantener los registros asociados. La organización debe identificar las necesidades de formación relacionadas con sus aspectos ambientales y su sistema de gestión ambiental. Debe proporcionar formación o emprender otras acciones para satisfacer estas necesidades, y debe mantener los registros asociados. La organización debe establecer y mantener uno o varios procedimientos para que sus empleados o las personas que trabajen en su nombre tomen conciencia de: a) la importancia de la conformidad con la política ambiental, los procedimientos y Requisitos del sistema de gestión ambiental b) los aspectos ambientales significativos, los impactos relacionados reales o potenciales asociados con su trabajo y los beneficios ambientales de un mejor desempeño personal c) sus funciones y responsabilidades en el logro de la conformidad con los requisitos del sistema de gestión ambiental

d) las consecuencias potenciales de desviarse de los procedimientos especificados.

Competencia Capacidad de desarrollo de un trabajo. Lo que nos está exigiendo la Norma es que el personal que realiza tareas específicas que pueden causar impactos ambientales significativos tenga una competencia adecuada. Este concepto sería la suma de: Σ [formación + sensibilización + experiencia] Una vez que conocemos cuales son esos puestos o funciones con impactos ambientales significativos asociados, deberemos determinar los niveles de competencia requeridos. El primer factor a valorar dentro de la competencia global es la formación: Formación Adquisición de conocimientos en una materia concreta; La Empresa debe establecer y mantener al día procedimientos para la identificación de las necesidades de formación, pudiendo emplearse métodos como:

Entrevistas,

Informes de los responsables de Departamento

Reuniones del Comité de Gestión Ambiental

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

El personal que realice actividades que tengan un impacto sobre el medio ambiente tienen que tener una formación adecuada. Por tanto, cada puesto según las responsabilidades y autoridades asignadas tendrán que tener una formación u otra.

Otro factor con el que tendremos que jugar, es el concepto de sensibilización o toma de conciencia: Toma de conciencia Ser conscientes del impacto que se puede generar desde el ejercicio de un trabajo; La organización tendrá que tener definido un procedimiento/ s de actuación para lograr la toma de conciencia del personal en lo referente a:

Los impactos ambientales significativos (reales y potenciales)

La importancia de cumplir el SGA, y las consecuencias de su incumplimiento

Las funciones y responsabilidades personales (incluidos los casos de

emergencia)

Los beneficios para el medio ambiente de un mejor comportamiento personal.

Las consecuencias de la falta de cumplimiento de las pautas establecidos

Algunos mecanismos posibles de toma de conciencia son:

Programas de divulgación.

Comunicación bidireccional efectiva.

Reconocimiento de la actuación cuando se alcanzan los objetivos y metas

ambientales.

Incentivar la presentación por los empleados de sugerencias encaminadas a

perfeccionar la actuación ambiental.

Participación en iniciativas ambientales.

COMUNICACIÓN

En relación con sus aspectos ambientales y su sistema de gestión ambiental, la organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para: a) la comunicación interna entre los diversos niveles y funciones de la organización.

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

b) recibir, documentar y responder a las comunicaciones pertinentes de las partes interesadas externas. La organización debe decidir si comunica o no externamente información acerca de sus aspectos ambientales significativos y debe documentar su decisión. Si la decisión es comunicarla, la organización debe establecer e implementar uno o varios métodos para realizar esta comunicación externa. Las empresas tienen que realizar, como primer paso, la identificación y definición de las partes interesadas en su comportamiento ambiental, que pueden ser de 2 tipos: INTERNAS: - Personal - Socios - Accionistas - Contratistas y proveedores EXTERNAS: - Autoridades - Población local - Grupos ecologistas - Clientes - Proveedores y subcontratistas - Aseguradores - Grupos sectoriales - Sociedad en general La Comunicación Interna debe ir enfocada a asegurar que los empleados o personal de todos los niveles de la empresa sea consciente de:

La importancia del cumplimiento de la política y objetivos ambientales y de los requisitos de la norma ISO 14001.

Los posibles efectos ambientales de sus actividades.

Su papel y responsabilidad en el cumplimiento de la política y los objetivos ambientales y ante los requisitos de esta norma.

Las posibles consecuencias de una falta de seguimiento de los procedimientos acordados. Las Comunicaciones externas englobarán tanto aspectos referentes a:

Quejas,

Consultas de partes interesadas en aspectos específicos del SGA

Puntos concretos que la propia empresa quiera comunicar hacia el exterior, referentes al SGA y al comportamiento y control ambiental.

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

Se tienen que definir procedimientos para:

Recibir, documentar, informar y responder a las comunicaciones pertinentes de las partes interesadas externas.

Decidir si se realizan comunicaciones referentes a los aspectos ambientales de la empresa. Dependiendo del tipo de información a comunicar el grupo.

objetivo y las circunstancias individuales de la organización, la información

será de un tipo u otro, por un medio u otro y fundamentalmente esperaremos.

unos resultados u otros. Todos estos aspectos (incluida la decisión de si se va a realizar algún tipo de comunicación) debe quedar registrada.

Establecer vías de comunicación interna entre los diferentes niveles de la Organización. Diferenciamos fundamentalmente 3 tipos de comunicaciones: • Descendente • Ascendente • Horizontal Algunos medios para recibir y emitir comunicaciones (tanto internas como externas) son: - Buzón de sugerencias - Llamadas telefónicas - Tablones de anuncios - Circulares - Sitios web y correo electrónico - Carteles - Informes anuales - Artículos de prensa - Reuniones con la comunidad DOCUMENTACION La documentación del sistema de gestión ambiental debe incluir: a) la política, objetivos y metas ambientales b) la descripción del alcance del sistema de gestión ambiental c) la descripción de los elementos principales del sistema de gestión ambiental y su interacción, así como la referencia a los documentos relacionados d) los documentos, incluyendo los registros requeridos en esta norma internacional; y los documentos, incluyendo los registros determinados por la organización como necesarios para asegurar la eficacia de la planificación,

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

operación y control de procesos relacionados con sus aspectos ambientales significativos. La estructura documental típica de los Sistemas de Gestión Ambiental es similar a la de los sistemas de gestión de calidad, con forma piramidal tal y como se presenta a continuación:

En la parte superior, encontramos la política, en la que se establecen los principios básicos e intenciones que van a regir la actuación ambiental de la empresa. - A continuación tenemos el Manual del Sistema de Gestión Ambiental en el que se describen los principales elementos del sistema, alcance, etc. - En un nivel más “operativo” ya tenemos los procedimientos e instrucciones técnicas que describen las actividades a realizar, qué hacer, cómo hacerlo, responsabilidades y autoridades al respecto, documentos y registros relacionados - Por último encontraríamos los registros, formatos, etc., que son las evidencias de la implantación del sistema y que nos servirán además para realizar la gestión del mismo.

Una estructura típica de los manuales es la que se indica a continuación:

Introducción de la empresa

Política ambiental

Organigrama (responsabilidades)

Interrelación con otros sistemas

Resto de los capítulos enfocados según la estructura de la Norma ISO 14.001

La nueva ISO 14001 exige explícitamente que definamos el alcance del sistema de gestión ambiental. Ese alcance debe definir la parte o partes de la actividad y de la empresa a la que va a afectar al SGA, pero no sólo pensando en que aplique a una línea concreta de negocio sino a emplazamientos englobados.

Es fundamental, actualmente, definir de manera clara este alcance.

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

Además deberemos considerar diferentes tipos de condiciones de operación:

Normales y anormales de funcionamiento

Incidentes, accidentes y posibles situaciones de emergencia A la hora de analizar los requisitos documentales de la ISO 14001 frente a la ISO 9001, hay una diferencia muy clara y es que, con mucha frecuencia, aparece el término “procedimiento” pero no así “procedimiento documentado”. El único punto donde se cita es: Control operacional, de todos modos no se puede decir que un sistema de gestión ambiental vaya a estar compuesto sólo por 1 procedimiento. Habrá que analizar, para cada uno de los procesos y para los aspectos ambientales identificados, la necesidad de redactar procedimientos, instrucciones técnicas, etc., además de valorar la necesidad de documentar actividades más generales como el control de documentación y registros, auditorías internas, no conformidades. Los procedimientos documentados habitualmente tienen una estructura del Siguiente tipo: OBJETO: se establece el “para qué”. ALCANCE: pone los límites de aplicación a lo establecido en el objeto. REFERENCIAS: se señala el/los capítulo/s de la norma, del manual del sistema de gestión ambiental u otros procedimientos o instrucciones a los que se haga referencia. DESARROLLO: se describen las actividades en cuestión, cómo llevarlas a cabo, registros a efectuar, etc. RESPONSABILIDADES: resumen de las responsabilidades derivadas del procedimiento. REGISTRO Y ARCHIVO: se indican aspectos interesantes para el control documental y de registros como son los registros generados, codificación, identificación, lugar y período de custodia. ANEXOS: se pueden incluir los formatos de los registros, flujo gramas, pegatinas. EXCEPCIONES: se definen los casos en los que no es de aplicación lo que se ha definido en el procedimiento. En muchos casos no se incluye y, de hecho, es altamente recomendable no incluir este apartado dentro de los procedimientos ya que se da a entender que hay casos en los que ya sabes que no vas a aplicarlo. CONTROL DE DOCUMENTOS

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Se deben controlar. Los registros son un tipo especial de documento y se deben controlar de acuerdo con los requisitos establecidos. La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para: a) aprobar los documentos con relación a su adecuación antes de su emisión b) revisar y actualizar los documentos cuando sea necesario, y aprobarlos nuevamente c) asegurarse de que se identifican los cambios y el estado de revisión actual de los documentos d) asegurarse de que las versiones pertinentes de los documentos aplicables están disponibles en los puntos de uso e) asegurarse de que los documentos permanecen legibles y fácilmente identificables f) asegurarse de que se identifican los documentos de origen externo que la organización ha determinado que son necesarios para la planificación y operación del sistema de gestión ambiental y se controla su distribución; y prevenir el uso no intencionado de documentos obsoletos, y aplicarles una identificación adecuada en el caso de que se mantengan por cualquier razón. Observaciones Los documentos que deben controlarse son aquellos que permitan desarrollar, Implantar, analizar o gestionar el SGA como son por ejemplo:

Política Ambiental

Registros de los Aspectos Ambientales significativos identificados Registros de evaluaciones del cumplimiento legal y otros requisitos.

Objetivos y metas

Manual de Gestión Ambiental, procedimientos documentados e instrucciones de trabajo.

Otros (planes de formación, legislación, etc.) Las características básicas o generales que tiene que cumplir la documentación del sistema de gestión son las siguientes:

Ser legible.

Estar fechada, (incluyendo fechas de revisión).

Ser fácilmente identificable.

Estar conservada en forma ordenada.

Ser archivada por un período de tiempo especificado.

Disponer de procedimientos actualizados y responsabilidades relativas a su elaboración y modificación.

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Por otra parte, la ISO 14001 nos está pidiendo que la organización disponga de procedimientos para el control de la documentación. Con estos procedimientos debe asegurar que la documentación del sistema:

Sea localizable

Sea examinada periódicamente, revisada cuando sea necesario y aprobada por el personal autorizado.

Esté controlada en lo que respecta a la disposición de versiones actualizadas de la misma.

Además de que:

Sea inmediata la retirada de documentos obsoletos.

Sea adecuada la identificación de documentos obsoletos que se guarden con fines legales o para la conservación de la información.

CONTROL OPERACIONAL Aspectos ambientales significativos identificados, de acuerdo con su política ambiental, objetivos y metas, con el objeto de asegurarse de que se efectúan bajo las condiciones especificadas, mediante: a) el establecimiento, implementación y mantenimiento de uno o varios procedimientos documentados para controlar situaciones en las que su ausencia podría llevar a desviaciones de la política, los objetivos y metas ambientales. b) el establecimiento de criterios operacionales en los procedimientos c) el establecimiento, implementación y mantenimiento de procedimientos relacionados con aspectos ambientales significativos identificados de los bienes y servicios utilizados por la organización, y la comunicación de los procedimientos y requisitos aplicables a los proveedores, incluyendo contratistas. Observaciones La organización tiene que planificar y realizar las actividades de producción o servicios de forma que se asegure de forma sistemática y reproducible el cumplimiento de su política y de sus objetivos definidos a partir de los aspectos ambientales que resultaron significativos en la evaluación. Para ello, debe: Identificar las funciones, actividades y procesos que de hecho o en potencia afecten al medio ambiente y que tengan relación con su política, objetivos, metas y programas (y por tanto con los aspectos ambientales significativos).

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SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL

definir responsabilidades a todos los niveles para asegurar que se coordina adecuadamente y se realiza de forma efectiva el control, la verificación, la medición y los ensayos en cada departamento de la Empresa.

planificar tales funciones y actividades para asegurar que se desarrollen en

condiciones controladas.

Como ya se comentó anteriormente, la documentación de las actividades, como procedimientos o instrucciones de trabajo, es una de las principales formas de control operacional. Otros aspectos a considerar para trabajar bajo control son el establecimiento de criterios y parámetros operacionales y/o la comunicación de los procedimientos aplicables a proveedores y contratistas.

Los procedimientos que se definan y establezcan han de:

Especificar la forma de desarrollar la actividad (interna o subcontratada)

Ser coherentes con la política ambiental

Establecer los criterios de actuación (cómo y cuándo hay que hacerlo)

Definir responsabilidades

En el caso de realizar procedimientos operacionales estos cubrirán:

Instrucciones de trabajo documentadas que definan el modo de llevar a cabo la actividad, tanto por parte de los empleados de la propia Empresa como por otros que actúen por cuenta de esta.

Procedimientos relacionados con las actividades de compra y bajo contrato, a fin de garantizar que los proveedores y las personas que actúen por cuenta de la empresa se ajusten a los requisitos de la política ambiental de la empresa que les sean aplicables.

Las actividades de verificación y control de las características importantes del proceso.

La aprobación de los procesos y equipos previstos.

Los criterios para recoger y evaluar los resultados. Es importante que los Criterios para este análisis, así como los valores aceptables, estén claramente definidos y sean conocidos con anterioridad al respecto.

En muchas ocasiones se dividen las actividades que se tratarán en los procedimientos en varios tipos diferentes

Actividades para prevención de la contaminación y preservar los recursos naturales en nuevos proyectos, modificación de procesos, nuevos productos, envases, embalajes, etc. (recordando el concepto de prevención de la contaminación podemos ver que en muchas ocasiones, en muchas empresas, se emprenden actuaciones que podríamos englobar en este tipo).

Utilización de procesos, prácticas, técnicas, materiales, productos, servicios o energía para evitar, reducir o controlar (en forma separada o en combinación) la

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generación, emisión o descarga de cualquier tipo de contaminante o residuo, con el fin de reducir impactos ambientales. Actividades cotidianas de gestión destinadas a asegurar la conformidad con las exigencias internas y externas de la organización para garantizar su eficacia. Actividades estratégicas de gestión destinadas a anticipar y responder a las nuevas exigencias en materia ambiental.

Algunos ejemplos de procedimientos de control operacional son

Residuos

Efluentes (agua y atmósfera)

Efectos específicos

Prevención de fugas y derrames

Actividades de investigación y desarrollo

Compras

Proveedores

Almacenamiento de materias primas y su transporte

Procesos de producción y mantenimiento

Laboratorios

Almacenamiento de productos

Transporte

Marketing y publicidad

Servicio a los consumidores

Adquisición y construcción de propiedades e instalaciones.

Los elementos clave que vamos a tener que demostrar ante los auditores en lo que respecta al control operacional son los siguientes:

Tenemos identificadas todas aquellas actividades y operaciones asociadas a los impactos ambientales significativos.

Tenemos controladas esas actividades por medio de procedimientos documentados.

Hemos establecido límites de control operacional.

Hemos comunicado a los proveedores y contratistas los procedimientos operacionales que les afectan.

PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para identificar situaciones potenciales de emergencia y accidentes potenciales que pueden tener impactos en el medio ambiente y cómo responder ante ellos.

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La organización debe responder ante situaciones de emergencia y accidentes reales y prevenir o mitigar los impactos ambientales adversos asociados. La organización debe revisar periódicamente, y modificar cuando sea necesario sus procedimientos de preparación y respuesta ante emergencias, en particular después de que ocurran accidentes o situaciones de emergencia. La organización también debe realizar pruebas periódicas de tales procedimientos, cuando sea factible. Observaciones La organización debe definir procedimientos que permitan;

Identificar accidentes potenciales y situaciones de emergencia.

Implantar acciones para prevenir su ocurrencia.

Reducir-minimizar el impacto ambiental en caso de producirse.

Estos procedimientos deben garantizar la capacidad de respuesta ante incidentes imprevistos o accidentes.

Debemos, por tanto, analizar nuestra empresa buscando situaciones en las que una pérdida de control potencial podría causar impactos ambientales.

Estas situaciones deben ser prevenidas hasta donde sea razonable y reducidos los

impactos potenciales en caso de que se desencadenen. Una buena fuente de obtención de información al respecto son accidentes e incidentes de carácter ambiental que hayan ocurrido en el pasado e incluso que vayan ocurriendo a lo largo del tiempo (esto último es importante a la hora de evaluar nuestros procedimientos definidos).

Los planes de emergencia pueden incluir:

Responsabilidades y autoridades para la actuación en caso de emergencia.

Procedimientos para dirigir el trabajo de control y corrección (medidas para las diferentes situaciones de emergencia, informaciones sobre materias peligrosas y las medidas a tomar en caso de emisión accidental.

Procedimientos de comunicación interna y externa, con los servicios de urgencia con los que estén coordinados (por ejemplo: bomberos, servicios de limpieza), con vecinos, etc.

Planes de entrenamiento y ejercicios (simulaciones) que permitan verificar la eficacia de las medidas

La Norma, además, nos está exigiendo que hagamos revisiones y comprobaciones de estos planes definidos, y en concreto:

“Cuando sea posible”, para lo cual realizaremos simulacros (internos o bien

involucrando agentes externos como bomberos, protección civil.

“Después de haberse puesto en marcha por un accidente o emergencia”.

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En este momento, revisaremos, tal y como comentamos anteriormente, en qué medida hemos sido eficaces para evitar, reducir y controlar la situación de emergencia concreta.

Con todo ello, las situaciones que pueden desencadenar o provocar la necesidad de revisar estos planes de emergencia ambiental son:

modificaciones en procesos, instalaciones, métodos etc.

emisiones accidentales a la atmósfera

descargas accidentales al agua, suelo…

incidentes que pudieran surgir como consecuencia de condiciones operacionales anormales y/o situaciones de accidentes o emergencias potenciales

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CONCLUSIONES

Este trabajo fue realizado por estudiantes de diferentes ingenierías, en el curso de sistemas de gestión ambiental, con lo cual se busca explicar de manera práctica, cuales son los factores claves, cuando de desarrollo sostenible se habla, y que afectación se le aporta al medio ambiente cuando no se realizan las actividades responsablemente.

Comprendimos en general la importancia de los principios del sistema de gestión ambiental, ya que Un S.G.A proporciona orden y coherencia a los esfuerzos de una empresa por considerar las preocupaciones ambientales, mediante la asignación de recursos, la asignación de responsabilidades, y la evaluación continua de prácticas, procedimientos y procesos.

Finalmente adquirimos un amplio conocimiento sobre los diferentes procesos y actividades que realiza la empresa que fue seleccionada para el desarrollo de este trabajo colaborativo, de las normas y procedimientos ambientales, y de cómo las buenas prácticas ambientales en este momento son requisitos fundamentales para la industria.

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BIBLIOGRAFIA

1. Modulo del curso Sistema de Gestión Ambiental

2. Campus virtual

3. Guía de actividades y rubrica de evaluación