ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO EL … · Vega Espinosa, Don Arturo Vicente...

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SECRETARÍA GENERAL Plaza Viriato, S/N 49071- ZAMORA 980 559 300 980 530.430 Acta de Pleno ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO EL DIA 14 DE MAYO DE DOS MIL DIEZ. PRESIDENCIA.- SR. MARTÍNEZ MAÍLLO En la ciudad de Zamora, y a las diez horas y quince minutos del día catorce de mayo de dos mil diez, previa convocatoria cursada en forma legal, se reúne el Pleno de la Excma. Diputación de Zamora, en el Salón de Sesiones del Palacio Provincial, para celebrar sesión ordinaria, bajo la Presidencia del titular, Ilmo. Sr. Don Fernando Martínez Maíllo, con asistencia de los Sres. Vicepresidentes, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández y Don José María Barrios Tejero así como de los Señores Diputados: Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña Maribel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don José Luis Pernía Fernández, Don Antonio Iglesias Martín, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión, Don Francisco Molina Martínez y Don Manuel Tejedor Sánchez; estando presente la Sra. Interventora de Fondos Provinciales, Dña. Elena Hernández Santana, asistidos por mí, el Secretario General de la Corporación, D. Juan Carlos Gris González. El Sr. diputado del grupo popular Don Pablo Rubio Pernía se incorpora a la sesión durante el debate del punto 3.2 del orden del día. El también diputado del mismo grupo Don Federico Polo Flecha abandona el Salón de Sesiones antes de dar comienzo el punto relativo a las Mociones. * Ratificación del traslado de la sesión ordinaria correspondiente al primer viernes del presente mes de mayo para el día 14 del mismo mes. Abierta la sesión y conforme figura como primer punto del orden del día, el Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad ratificar el traslado de la sesión ordinaria correspondiente al primer viernes del presente mes de mayo para el día de hoy, viernes, 14 de mayo de 2010. 0.- ACTAS 0.1 Aprobación, si procede, del borrador del acta correspondiente a la sesión ordinaria del Pleno de fecha 19 de abril de 2010. A continuación y conforme determina el artículo 91.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

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SECRETARÍA GENERAL

Plaza Viriato, S/N 49071- ZAMORA 980 559 300 980 530.430

Acta de Pleno ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO EL DIA 14 DE MAYO DE DOS MIL DIEZ. PRESIDENCIA.- SR. MARTÍNEZ MAÍLLO En la ciudad de Zamora, y a las diez horas y quince minutos del día catorce de mayo de dos mil diez, previa convocatoria cursada en forma legal, se reúne el Pleno de la Excma. Diputación de Zamora, en el Salón de Sesiones del Palacio Provincial, para celebrar sesión ordinaria, bajo la Presidencia del titular, Ilmo. Sr. Don Fernando Martínez Maíllo, con asistencia de los Sres. Vicepresidentes, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández y Don José María Barrios Tejero así como de los Señores Diputados: Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña Maribel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don José Luis Pernía Fernández, Don Antonio Iglesias Martín, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión, Don Francisco Molina Martínez y Don Manuel Tejedor Sánchez; estando presente la Sra. Interventora de Fondos Provinciales, Dña. Elena Hernández Santana, asistidos por mí, el Secretario General de la Corporación, D. Juan Carlos Gris González.

El Sr. diputado del grupo popular Don Pablo Rubio Pernía se incorpora a la sesión durante el debate del punto 3.2 del orden del día. El también diputado del mismo grupo Don Federico Polo Flecha abandona el Salón de Sesiones antes de dar comienzo el punto relativo a las Mociones.

* Ratificación del traslado de la sesión ordinaria correspondiente al primer viernes del presente mes de mayo para el día 14 del mismo mes.

Abierta la sesión y conforme figura como primer punto del orden del día, el

Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad ratificar el traslado de la sesión ordinaria correspondiente al primer viernes del presente mes de mayo para el día de hoy, viernes, 14 de mayo de 2010.

0.- ACTAS

0.1 Aprobación, si procede, del borrador del acta correspondiente

a la sesión ordinaria del Pleno de fecha 19 de abril de 2010.

A continuación y conforme determina el artículo 91.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

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aprobado por Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre, el Sr. Presidente pregunta si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al acta correspondiente de la sesión ordinaria de 19 de abril de, 2010 cuya copia se ha distribuido con la convocatoria.

Y no habiendo observaciones de ningún tipo, esta resulta aprobada por

unanimidad.

1.- PRESIDENCIA 1.1 Dación de cuenta de las resoluciones dictadas por la

Presidencia desde la última sesión ordinaria celebrada por la Corporación, que van desde el Decreto 2447/2010, de 12 de abril al Decreto 3.264/2010, de 28 de abril.

Acto seguido y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 62 del Reglamento

de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD. 2568/86, de 28 de noviembre, se ponen a disposición de todos los Sres. diputados presentes las resoluciones dictadas por la Presidencia, y que van desde el Decreto 2.447/2010, de 12 de abril al Decreto 3.264/2010, de 28 de abril.

Y preguntando el Sr. Presidente si es el deseo de alguno de los presentes

conocer cualquier extremo respecto a estos Decretos, no se producen peticiones en tal sentido.

2.1 Informe favorable a la segregación del municipio de Castro

de Alcañices del municipio de Fronfría y su incorporación al de Pino del Oro.

Al Pleno de la Corporación se presenta propuesta formulada por el diputado delegado

del Área de Asistencia a Municipios y Urbanismo, relativa al informe favorable de esta Diputación al expediente tramitado por la Comisión Promotora de Castro de Alcañices para la Segregación del municipio de Fonfría y su incorporación al municipio de Pino del Oro.

Conocido lo que antecede hace uso de la palabra el Sr. Presidente proponiendo dejar

este asunto sobre la mesa para un mejor estudio, no sólo porque es un tema complicado y complejo, sino fundamentalmente porque existen distintos informes contradictorios en el expediente. De ahí que sea aconsejable dejarlo hasta el próximo Pleno y entretanto que por el Secretario de la Corporación se emita un informe complementario.

Planteada la propuesta de dejar ese punto sobre la mesa interviene el representante

de Adeiza, Sr. Tejedor Sánchez, recordando que se trata de un expediente que data del año 2002 y que lleva parado en esta Diputación dos años, siendo ello otro ejemplo más de la ineficacia del equipo de gobierno que es quien tiene la responsabilidad de este retraso, pues probablemente si el expediente ha visto la luz ha sido gracias a la diligencia de alguna funcionaria de la Institución.

Comparte también la portavoz del grupo socialista, Sra. Muñoz Santarén, la falta de

voluntad política en resolver un asunto que cuenta con un informe favorable firmado desde hace dos años y que sólo la insistencia de la oposición en la comisión informativa ha permitido que haya llegado a Pleno.

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Y sin que tengan lugar otras intervenciones, la Presidencia somete a votación

ordinaria la propuesta de que el expediente quede sobre la mesa: � Votos a favor de dejarlo sobre la mesa: CATORCE, (los de los Sres.

Diputados: Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Francisco Molina Martínez).

� Votos en contra: DIEZ (los de los Sres. Diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión, y Don Manuel Tejedor Sánchez).

Así pues, el Pleno de la Corporación adopta por mayoría el siguiente acuerdo: La Comisión Informativa de Asistencia a Municipios y Urbanismo, en sesión ordinaria

celebrada el día 28 de abril de 2010, dictaminó favorablemente por seis votos a favor, ninguno en contra y una abstención, la propuesta de dictamen formulada por el diputado delegado del Área de Asistencia a Municipios y Urbanismo para su elevación al Pleno Corporativo, que se describe a continuación:

“ANTECEDENTES

1) Por los vecinos de Castro de Alcañices, núcleo de población perteneciente al

municipio de Fon fría, se ha iniciado expediente de segregación de dicho municipio para su posterior incorporación al municipio de Pino del Oro.

2) Se incorpora al expediente la siguiente documentación: a) escrito de la comisión promotora constituida con el fin de iniciar expediente de

alteración de términos municipales por segregación de Castro de Alcañices del municipio de Fonfría para su posterior integración en el municipio de Pino del Oro, firmado por los miembros que integran tal comisión y designando a uno de ellos como representante legal de la Comisión y copia de la escritura de poder general para pleitos y otras facultades especiales.

b) copia del escrito de los vecinos de Castro de Alcañices con sus firmas y documento

nacional de identidad ratificando su voluntad de segregación. c) copia de la remisión al alcalde de Fonfría del documento señalado en el punto b),

así como informe justificativo de que concurren las motivaciones necesarias para llevar a cabo la alteración de los términos municipales.

d) copia del escrito dirigido a la Junta de Castilla y León pidiendo que se prosiga el

expediente de alteración de municipios.

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e) copia de la certificación del señor secretario del ayuntamiento de Pino del Oro donde se manifiesta que el pleno del ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el dieciocho de agosto de dos mil uno acordó la realización de los trámites para incluir a Castro de Alcañices dentro del municipio de Pino del Oro.

f) copia de la certificación del señor secretario del ayuntamiento de Pino del Oro, de

donde se desprende que el pleno corporativo, en sesión celebrada el 10 de mayo de 2003, acordó aprobar la segregación de Castro de Alcañices para su incorporación al municipio de Pino del Oro.

g) copia de la certificación del señor secretario de Fonfría sobre la superficie rústica y

urbana de Castro de Alcañices. h) copia de plano donde aparece el territorio de Castro de Alcañices. i) constan informes de la Junta de Castilla y León, solicitando los antecedentes

necesarios para seguir con el procedimiento de segregación, así como requerimientos judiciales al efecto.

j) copia de la certificación del señor secretario del ayuntamiento de Fonfría sobre la

cifra de población del anejo Castro de Alcañices. k) copia del resumen de inventario de bienes del municipio de Fonfría. l) copia de la certificación de secretaría y resumen del presupuesto prorrogado para

2007 del ayuntamiento de Fonfría e indicación de la merma de recursos tras la segregación de Castro de Alcañices.

m) copia del informe de secretaría del ayuntamiento de Fonfría sobre la legislación

aplicable y el procedimiento a seguir así como manifestación en contra a la alteración con indicación de las razones apreciadas por el señor secretario.

n) copias de las peticiones de los vecinos a la Consejería de Presidencia y

Administración Territorial de la Junta de Castilla y León y al Ayuntamiento de Fonfría para que se continúe con la tramitación del expediente de alteración de términos municipales.

ñ) copia de la certificación del acuerdo de pleno del ayuntamiento de Fonfría de fecha

28 de junio de 2003 desestimando la petición de segregación del anejo Castro de Alcañices. o) consta informe económico del secretario de Pino del Oro sobre la situación

presupuestaria de este ayuntamiento con fecha 23 de septiembre de 2004. p) copia de la certificación del INE sobre la cifra de población a 1 de enero de 2003 del

ayuntamiento de Fonfría. q) copia de las cuotas de IBI del anejo Castro de A. r) copia del plano de segregación del territorio elaborado por el arquitecto técnico

Pablo Porras Carrasco. s) copias de distintos requerimientos de la Junta de Castilla y León, así como del

Juzgado Contencioso Administrativo al ayuntamiento de Fonfría para la aportación de la documentación del expediente de alteración de términos municipales, así como sentencia condenando a este ayuntamiento a la entrega de los documentos que se indican en la misma para proseguir el procedimiento de alteración referido.

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t) copia del informe de la señora jefe del servicio de régimen jurídico de la junta de

Castilla y León sobre el cumplimiento de la sentencia referida. u) copia de certificaciones padronales de los vecinos de Castro de Alcañices. v) copia de las actas de manifestaciones de varios vecinos de Castro de Alcañices,

ante notario en las que se obligan a responder subsidiariamente respecto de los créditos que existan, salvo las obligaciones personales de cada uno de ellos.

w) copias de diversos planos de situación del territorio objeto de alteración. x) consta en el expediente informe de la secretaria interventora del servicio de

Asistencia a Municipios de la Excma. Diputación de Zamora adscrita a la oficina comarcal de Benavente favorable a la alteración de los términos municipales.

Sobre los referidos antecedentes han de considerarse los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. Los términos municipales pueden ser alterados de diferentes formas; así, se puede:

— Incorporar uno o más Municipios a otro u otros limítrofes. — Fusionar dos o más Municipios limítrofes. — Segregar parte del territorio de uno o varios Municipios para constituir otro

independiente. — Segregar parte del territorio de un Municipio para agregarla a otro limítrofe. La creación de nuevos Municipios solo podrá realizarse sobre la base de núcleos de

población territorialmente diferenciados, y siempre que los Municipios resultantes cuenten con recursos suficientes para el cumplimiento de las competencias municipales y no suponga disminución en la calidad de los servicios que venían siendo prestados.

Podrán ser constituidos nuevos Municipios mediante la segregación de parte del

territorio de otro u otros, cuando existan motivos permanentes de interés público, relacionados con la colonización interior, explotación de minas, instalaciones de nuevas industrias, creación de regadíos, obras públicas y otros análogos.

Será necesario que los nuevos Municipios reúnan las condiciones previstas en el

artículo 3 del Reglamento de Población, y que los Municipios de los que se segreguen no queden privados de dichas condiciones.

La segregación parcial llevará consigo, además de la división del territorio, la de los

bienes, derechos , acciones, deudas y cargas, en función del número de habitantes y de la riqueza imponible correspondiente al núcleo que se trate de segregar, que se practicarán conjuntamente.

Las alteraciones de términos municipales consistentes en segregación parcial de los

mismos, para la constitución de un nuevo Municipio. Podrán ser promovidas por la mayoría de los vecinos residentes en la parte o partes que hayan de segregarse.

SEGUNDO. La legislación aplicable es la siguiente:

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— Los artículos 12, 13, 22.2.b) y 47.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

— Los artículos 3 y siguientes del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

— Los artículos 2 y siguientes del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

— Los artículos 9 a 16 de la Ley 1/1998 de 4 de Junio de Régimen Local de Castilla y León.

TERCERO. El procedimiento a seguir es el siguiente: A) En cumplimiento del artículo 11.2 del Reglamento de Población y Demarcación

Territorial, la alteración del término municipal promovida por la mayoría de los vecinos residentes en la parte o partes que hayan de segregarse, requiere la previa constitución por los vecinos de una Comisión promotora.

B) Esta Comisión promotora deberá incorporar al expediente la siguiente

documentación: — Plano del término municipal que haya de ser objeto de alteración, con

señalamiento, en su caso, de los nuevos límites o línea divisoria de los Municipios.

— Informe en el que se justifique que concurren las motivaciones necesarias para

llevar a cabo la alteración que se propone. — Memoria justificativa de que las alteraciones no merman la solvencia del

Ayuntamiento a que afecte, en perjuicio de los acreedores, o, en su caso, Acta notarial en la que se acredite, por comparecencia de la mayoría de los vecinos de las porciones segregadas, que se comprometen ante el nuevo Municipio a responder subsidiariamente, en su día, respecto a la parte correspondiente de los créditos que existan, salvo las obligaciones personales de cada uno de aquellos.

— Además, se aportarán las estipulaciones jurídicas y económicas que se

proponen, entre las que deberán figurar, cuando procedan:

a) La forma de liquidar las deudas o créditos contraídos por cada Municipio. b) Las fórmulas de administración de sus bienes. c) Cualesquiera otras que contravengan a los Municipios afectados respecto

a obligaciones, derechos e intereses de cada uno. — Informe demostrativo de que ni el nuevo Municipio ni el antiguo o antiguos

carecerán de los medios necesarios para el cumplimiento de sus fines. — Proyecto de división de bienes, aprovechamientos, usos públicos, créditos y

cualesquiera otros derechos y obligaciones entre el Ayuntamiento y Ayuntamientos originarios y el nuevo, y bases que se establezcan para resolver, posteriormente, cualesquiera cuestiones que no hubiere sido posible dilucidar.

— Certificación de los bienes, derechos y aprovechamientos comunales del Municipio o Municipios objeto de segregación, así como de los que correspondan exclusivamente al vecindario de la parte o partes que se hubieran de segregar.

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— Certificación del Secretario, relativa al número de electores, habitantes y vecinos de los términos municipales y de la porción que se pretenda segregar.

— En los casos de segregación parcial de término municipal, iniciadas a petición de la mayoría de los vecinos, se acreditará mediante certificación del Secretario del Ayuntamiento respectivo, extendida al final de las firmas que suscriban la solicitud, que los firmantes figuran como residentes vecinos en el Padrón Municipal.

C) Comprobada la aportación de la documentación exigida, por Acuerdo del Pleno, se

iniciará el expediente de alteración del término municipal, adoptando el mismo con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, en virtud del artículo 47.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

D) Se someterá dicho Acuerdo a información pública por plazo no inferior a treinta

días, con su publicación en Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

E) Finalizado el período de información pública, se deberá adoptar un nuevo Acuerdo,

en el que se resolverá sobre la procedencia de la alteración y sobre las reclamaciones, si se hubieran presentado. Este Acuerdo se aprobará por la misma mayoría que el Acuerdo de iniciación. Si transcurrido el plazo de dos meses, no se ha adoptado Acuerdo municipal expreso, la Comisión promotora elevará el expediente al órgano competente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Que por la Junta de Castilla y León por escrito de la Dirección General de

Administración Territorial de 4 de julio 2002 se le requirió la siguiente documentación: 1) Planos a escala 1:25.000 ó 1:50.000 de los términos municipales afectados por la

alteración, con señalamiento de los nuevos límites o línea divisoria de los municipios, que resultare en el supuesto de acordarse la segregación-agregación que se solicita.

2) Informe justificativo de que concurren las motivaciones necesarias para llevar a

cabo la alteración de términos municipales que se propone. Motivos que para el supuesto de segregación parcial se recogen en el artículo 7 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,

“Cuando como consecuencia del desarrollo urbanístico se confundan sus núcleos

urbanos…” “Cuando existan notorios motivos de necesidad o conveniencia económica o

administrativa” 3) Memoria justificativa de que las alteraciones no merman la solvencia de los

ayuntamientos a que afecten, en perjuicio de los acreedores, memoria que puede sustituirse por un “acta notarial”, donde se acredite, por comparecencia de la mayoría de los vecinos subsidiariamente, en su día, respecto a la parte correspondiente de los créditos que existan, salvo las obligaciones personales de cada uno de ellos.

4) Estipulaciones jurídicas y económicas propuestas, entre las que deberán figurar:

- La forma de liquidar las deudas o créditos contraídos por cada municipio. - Las fórmulas de administración de sus bienes. - Cualesquiera otras que convengan a los municipios afectados respecto a

obligaciones, derechos e intereses de cada uno.

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Completada la documentación por la Comisión promotora se elevará a los

Ayuntamientos interesados, que deberán someterla a información pública por plazo no inferior a treinta días, transcurridos los cuales y dentro de los dos meses siguientes deberán adoptar acuerdo sobre la procedencia de la alteración y, en su caso, sobre las reclamaciones presentadas, acuerdo que deberá ser adoptado con el voto favorable de las dos terceras partes del número de hecho y, en todo caso, de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación (Art. 47.2,a) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local).

Adoptados los acuerdos municipales e incorporadas al expediente certificaciones de

los mismos, el Ayuntamiento elevará el expediente a la Comunidad Autónoma para su posterior dictamen por el consejo de Estado.

Si alguno de los Ayuntamientos no adoptase, en el plazo de dos meses, acuerdo

expreso, la Comisión promotora podrá remitir el expediente a la Comunidad Autónoma. Además de los documentos reseñados se estima necesario para la resolución del

expediente, la incorporación al mismo de los siguientes: a) Certificaciones del Secretario del Ayuntamiento relativas a los bienes, derechos

y aprovechamientos del municipio, así como de los que correspondan exclusivamente a la Entidad de ámbito territorial inferior al municipal, certificación que deberá expresar la valoración actualizada de los bienes y sus rendimientos.

b) Certificación expresiva de los ingresos y gastos correspondientes al municipio,

con señalamiento de las mermas que, tanto en el concepto de ingresos, como en el de gastos, se producirían en el presupuesto de la Corporación, si se acordase la segregación de su término municipal.

c) Certificación acreditativa del número de habitantes del Municipio de Fonfría, y de

los que corresponden a Castro de Alcañices. d) Informe de la Secretaría del Ayuntamiento relativo a los efectos que produciría

la segregación, en relación con la suficiencia de los recursos del municipio para el cumplimiento de sus competencias y el mantenimiento de la calidad de los servicios que vienen siendo prestados.

e) Informe de la Secretaría relativo a los servicios de carácter municipal que son

prestados por Castro de Alcañices, con cargo a sus propios fondos. f) Proyecto de división del territorio, así como, de los bienes, derechos y cargas, de

conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Que consta en el expediente la siguiente documentación: 1) Solicitud de inicio del expediente de fecha 24 de mayo 2001 por parte de los

vecinos que según certificaciones del Padrón de Habitantes constituyen la mayoría absoluta legal, pues según certificación expedida los vecinos de Castro de Alcañices son Ciento Cuatro y lo solicitan Sesenta que cumple la mayoría absoluta legal. Consta la constitución de la Comisión Gestora en fecha 20 de julio 2002.

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2) Planos a escala 1:25.000 ó 1:50.000 de los términos municipales afectados por la alteración, con señalamiento de los nuevos límites o línea divisoria de los municipios, que resultare en el supuesto de acordarse la segregación-agregación que se solicita.

3) Informe justificativo de que concurren las motivaciones necesarias para llevar a

cabo la alteración de términos municipales que se propone. Motivos que para el supuesto de segregación parcial se recogen en el artículo 7 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

4) Con fecha 6 de septiembre 2001 consta, Memoria justificativa de que las

alteraciones no merman la solvencia de los ayuntamientos a que afecten, en perjuicio de los acreedores y “actas notariales”, acreditando, por comparecencia de la mayoría de los vecinos subsidiariamente, en su día, respecto a la parte correspondiente de los créditos que existan, salvo las obligaciones personales de cada uno de ellos.

5) Estipulaciones jurídicas y económicas propuestas, entre las que deberán figurar: — La forma de liquidar las deudas o créditos contraídos por cada municipio. — Las fórmulas de administración de sus bienes. — Cualesquiera otras que convengan a los municipios afectados respecto a

obligaciones, derechos e intereses de cada uno. Completada la documentación por la Comisión promotora se elevará a los

Ayuntamientos interesados, que deberán someterla a información pública por plazo no inferior a treinta días realizada en el BOP. Extraordinario de fecha 1 abril de 2003.

Así mismo consta certificación de fecha 6 mayo 2003 que durante el plazo de

exposición pública no se han presentado alegaciones. Aunque por Acuerdo de Pleno de fecha 28 junio de dos mil tres el ayuntamiento de Fonfría se opone a la segregación iniciada por Castro de Alcañices.

Dentro de los dos meses siguientes deberán adoptar acuerdo sobre la procedencia de

la alteración y, en su caso, sobre las reclamaciones presentadas, acuerdo que deberá ser adoptado con el voto favorable de la de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación (Art. 47.2,a) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local) consta certificación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pino del Oro de fecha diez de mayo de dos mil tres con la mayoría necesaria.

Adoptados los acuerdos municipales e incorporadas al expediente certificaciones de

los mismos, el Ayuntamiento elevará el expediente a la Comunidad Autónoma. Además de los documentos reseñados se estima necesario para la resolución del

expediente, la incorporación al mismo de los siguientes: a) Certificaciones del Secretario del Ayuntamiento relativa a los bienes, derechos y

aprovechamientos del municipio, así como de los que correspondan exclusivamente a la Entidad de ámbito territorial inferior al municipal, certificación que deberá expresar la valoración actualizada de los bienes y sus rendimientos que ha sido realizada con fecha 4 julio 2007, 5 de mayo 2008.

b) Certificación expresiva de los ingresos y gastos correspondientes al municipio, con

señalamiento de las mermas que, tanto en el concepto de ingresos, como en el de gastos, se producirían en el presupuesto de la Corporación, si se acordase la segregación de su término municipal de fecha 4 de julio 2007.

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c) Certificación acreditativa del número de habitantes del Municipio de Fonfría, y de los

que corresponden a Castro de Alcañices de fecha 27 septiembre 2004 y 12 julio 2007. d) Informe de la Secretaría del Ayuntamiento relativo a los efectos que produciría la

segregación, en relación con la suficiencia de los recursos del municipio para el cumplimiento de sus competencias y el mantenimiento de la calidad de los servicios que vienen siendo prestados de fecha 4 julio 2007.

e) Informe de la Secretaría relativo a los servicios de carácter municipal que son

prestados por Castro de Alcañices, con cargo a sus propios fondos de fecha 4 julio 2007. f) Proyecto de división del territorio, así como, de los bienes, derechos y cargas, de

conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales de fecha 5 mayo 2008 y 9 junio 2008.

CUARTO. Es preceptiva la audiencia a la Diputación Provincial de Zamora. Por todo ello, y en base a los antecedentes y a la exposición jurídica aquí enumerada,

se propone

Primero.- Informar favorablemente el expediente tramitado por la Comisión Promotora de Castro de Alcañices para la segregación del municipio de Fonfría y su incorporación al municipio de Pino del Oro.

Segundo.- Dar traslado de esta resolución a la Consejería de Interior y Justicia a

efectos de la aprobación, en su caso”. Y el Pleno Corporativo, a tenor de lo establecido en el artículo 74.2 l), del

Reglamento de Organización de esta Diputación,

ACUERDA

Dejar el expediente sobre la mesa a efectos de que se incorpore al mismo un informe complementario del Secretario de la Corporación, aplazándose, por tanto, su discusión para la siguiente sesión para su mejor estudio.

3.- POLITICA SOCIAL E INMIGRACIÓN 3.1 Aprobación prórroga del Convenio de Teleasistencia para la

anualidad 2010. Conoce la Corporación propuesta formulada por la diputación delegada del

Área de Política Social e Inmigración relativa a la prórroga del Convenio de Colaboración formado el 18 de noviembre de 2004 entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la Diputación Provincial de Zamora, para el desarrollo de un proyecto de Teleasistencia Domiciliaria durante el ejercicio 2010.

Vista la propuesta y entablado debate sobre la misma hace uso de la palabra el

representante de Adeiza, Sr. Tejedor Sánchez, pidiendo que se le aclare a qué es

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debido el hecho de que en este convenio se hable de un total de 1415 usuarios cuando apenas hace unos meses en la documentación se decía que estos eran 1642, pues de ser así es evidente que la aportación económica de esta Diputación al convenio deberá modificarse.

Responde el Vicepresidente primero, Sr. Tomás Fernández, manifestándole al diputado que le ha precedido que no hay que olvidar que todos estos datos son estimaciones que se hacen en base a los estudios existentes en un determinado momento, de manera tal que en enero, que es cuando se prorroga el convenio, la estimación es de 1.415 usuarios y, sin embargo, al día de hoy, sin lista de espera, hay cien usuarios menos de los previstos en el convenio. Un convenio en el que también hay que tener presente que la Diputación prácticamente ha duplicado su aportación respecto al año 2009, de forma tal que hay crédito suficiente para poder seguir atendiendo a las personas que puedan demandar este servicio.

Vuelve a insistir el Sr. Tejedor Sánchez en que sería conveniente que se

aclararan los datos exactos respecto al número de usurarios del Servicio de Teleasistencia, así como del coste real del servicio y en qué se invierte el dinero recaudado, por cuanto que dice tener la impresión de que el coste real es inferior a esos 354.012 euros en que está fijado el coste total del programa para el ejercicio 2010.

Pone fin al debate el Sr. Presidente alegando que todos estos datos que se

solicitan son más propios de una comisión informativa, y de ahí que invite a la diputada responsable del Área para que en la próxima reunión de la Comisión de Política Social e Inmigración se le facilite al representante de Adeiza toda la información que pide.

Y con este compromiso, somete a votación ordinaria la propuesta de prórroga

del Convenio de Teleasistencia para la anualidad 2010: � Votos a favor de su aprobación: VEINTITRES, (los de los Sres.

Diputados: Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Clara Isabel San Damián Hernández, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión, y Don Manuel Tejedor Sánchez).

� Votos en contra: NINGUNO. � Abstenciones: UNA, la del Sr. diputado Don Francisco Molina Martínez.

Por consiguiente, el Pleno de la Corporación adopta por mayoría el siguiente acuerdo:

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La Comisión Informativa de Política Social e Inmigración, en sesión ordinaria, celebrada el día 30 de abril de 2010 dictaminó favorablemente por mayoría, con 4 votos a favor y 3 abstenciones, la propuesta formulada por la Delegada del Área de Política Social e Inmigración, que se describe a continuación, relativa a la prorroga del Convenio de Colaboración, firmado el 18 de noviembre de 2004, entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la Diputación Provincial de Zamora para el desarrollo de un proyecto de Teleasistencia Domiciliaria durante el ejercicio 2010

Visto el expediente instruido para la firma de la Prorroga del Convenio de

Teleasistencia Domiciliaria entre la Excma. Diputación Provincial, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto de Migraciones y Servicios Sociales) y la Federación Española de Municipios, para desarrollar el citado programa en todo el ámbito provincial para el año 2.010 se han apreciado los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1) Por la Diputada Delegada del Área de Política Social e Inmigración, doña

Maribel Escribano Hernández, se dispuso la incoación de expediente para la prórroga del convenio al que se contrae este informe, con fecha de 12 de febrero de 2010.

Dicha orden se remite a este Servicio en unión de la siguiente documentación: o Informe de la Técnico adscrita a Secretaría General, de 25 de febrero de

2010. o Borrador del convenio a suscribir. o Documento contable RC por importe de 175.094,41 €, de fecha 18 de

febrero de 2010, con cargo a la partida presupuestaria 3130.22709 y número de operación 220100000414.

2) Recibida dicha documentación e incoado expediente por el Servicio de

Contratación con fecha de 1 de marzo de 2010 se le atribuye el número 0033/04/08/20 prórroga 6, emitiéndose informe por el Jefe del Servicio de Contratación, con fecha 2 de marzo de 2010.

3) Con fecha 4 de marzo de 2010 emite informe crítico la Intervención de

Fondos Provinciales. Sobre estos antecedentes cabe formular las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- En cuanto al objeto del convenio, posibilidad de suscripción, y demás

cuestiones de fondo del convenio que se pretende prorrogar el informante se remite a lo que con fecha de 14 de julio y 19 de octubre de 2004 ya informó con ocasión de la aprobación del convenio que ahora se pretende prorrogar por sexta vez.

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Segundo.- Conforme a lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio que se trata de prorrogar, es posible proceder a la misma “expresamente, por años naturales y mutuo acuerdo, antes de la finalización de su vigencia quedando, en todo caso, supeditada a la existencia de crédito presupuestario, para el ejercicio de que se trate. En su caso, en la prórroga se determinará el volumen de usuarios y precio del servicio, en el que se podrá contemplar una variación no superior a la estimación de la variación del IPC. nacional (índice de Precios al Consumo) en el año anterior. El precio del servicio será propuesto por la Comisión de Seguimiento del proyecto”. Constan en el documento de prórroga y en el informe de la Técnica de Administración General adscrita a Secretaría General dichos precios y número de usuarios, a los que me remito, indicando dicho informe igualmente que se suscribe la prórroga para el ejercicio económico de 2010 en fecha de 31 de diciembre de 2009”, lo cual parece indicar que el convenio ya se ha firmado, aunque realmente lo que consta en el expediente es un borrador fechado pero sin firma.

Tercero.- Es competente para la prórroga el mismo órgano que aprobó el convenio, por tanto corresponde dicha competencia al Pleno de la Diputación, previo dictamen de la correspondiente Comisión Informativa.

Por todo lo expuesto, se acuerda: Primero.- Aprobar el nuevo texto de la prorroga del convenio remitido por el

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que a continuación se inserta PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN FIRMADO EL 18 DE NOVIEMBRE DE

2004 ENTRE EL INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES (IMSERSO), LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS (FEMP) Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA, PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA DURANTE EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2010

En Madrid, 31 de diciembre de 2009

REUNIDOS

DE UNA PARTE: Dª Pilar Rodríguez Rodríguez, Directora General del Instituto de Mayores y

Servicios Sociales (IMSERSO), en virtud del Real Decreto 1455/2008 de 29 de agosto (B.O.E. Nº 211 de 1 de septiembre de 2008).

DE OTRA PARTE: D. Fernando Martínez Maíllo, Presidente de la Diputación Provincial de

Zamora. Y DE OTRA PARTE: Dª Isaura Leal Fernández, Secretaria General de la Federación Española

de Municipios y Provincias (FEMP), según consta en la Escritura de Poder otorgado con fecha 30 de julio de 2009, por el notario D. Luis Jorquera García.

Todos ellos intervienen en nombre y representación de sus respectivas Instituciones, en

ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,

MANIFIESTAN

Que, con fecha de 18 de noviembre de 2004 se firmó un convenio de colaboración entre el IMSERSO la FEMP y la Diputación Provincial de Zamora para el desarrollo de un programa de

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teleasistencia domiciliaria durante el año 2004, convenio que sigue en vigor en virtud de sus respectivas prórrogas anuales.

Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula decimoprimera del citado convenio, los

firmantes acuerdan prorrogar la vigencia del mismo de acuerdo con lo que se establece en las siguientes:

CLAÚSULAS Primera El convenio celebrado en fecha 18 de noviembre de 2004 y con vigencia hasta el 31 de

diciembre de 2004, queda prorrogado durante el ejercicio económico de 2010 con efectos de 1 de enero del citado año.

Segunda El precio del servicio mensual sin unidad móvil será de veinte euros con ochenta y cinco

céntimos (20,85 €) por usuario titular. El número total de usuarios al finalizar el ejercicio económico, de acuerdo con las previsiones

realizadas, se estima que alcanzará la cifra de 1.415. Tercera Los destinatarios del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria serán personas no dependientes y

con prioridad aquellas que vivan solas permanentemente o durante gran parte del día. Cuarta El coste del programa en el ejercicio económico de 2010 será de TRESCIENTEOS

CINCUENTA Y CUATRO MIL DOCE EUROS CON QUINCE CENTIMOS (354.012,15€), de acuerdo con las previsiones económicas, que se adjuntan como Anexo I a este instrumento de prórroga.

El Imserso aportará al proyecto en este ejercicio, CIENTO SETENTA Y OCHO MIL

NOVECIENTOS DIECISIETE EUROS CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (178.917,74 €), equivalente al 50,54 % del coste total. La citada aportación se imputará a la aplicación presupuestaria 3132.262.3 del Programa para Personas Mayores.

Asimismo, la Diputación Provincial de Zamora, sufragará el 49,46 % restante, es decir,

CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS (175.094,41 €).

Quinta La aportación económica anual del IMSERSO al proyecto se entregará a la FEMP para que

realice directamente el pago de la prestación del servicio a la entidad/empresa adjudicataria. El IMSERSO podrá adelantar el abono a la FEMP del 100% de la aportación económica anual, una vez se haya justificado por dicha Federación, el desarrollo económico del proyecto, correspondiente a la anualidad inmediatamente anterior. La FEMP dará cuenta al IMSERSO, de la gestión y justificación documental de las cantidades abonadas a la Entidad/Empresa prestadora del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria con cargo al IMSERSO, dentro del primer trimestre del año en curso.

Sexta La supervisión y seguimiento directo del programa y el control de la calidad de los servicios que

se prestan serán competencia de la Entidad Local. El IMSERSO y la FEMP mediante actuación conjunta, llevarán a cabo, siempre que lo estimen

conveniente, la supervisión de las instalaciones de Teleasistencia de la empresa contratada, con objeto de comprobar que la misma cumple con los compromisos estipulados.

Séptima Dentro del primer mes posterior al término de la presente prórroga, esa Entidad Local

presentará a la FEMP, en soporte informático, una Memoria de evaluación del programa desarrollado en ese ámbito local, en la que consten, además de los datos relativos a usuarios y servicio, el coste

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real del proyecto en cada período y la justificación documental correspondiente a las cantidades abonadas directamente por la Corporación Local a la empresa/entidad.

Octava Seguirá siendo de aplicación el contenido del convenio de colaboración firmado el 18 de

noviembre de 2004 en todas aquellas obligaciones y compromisos que no hayan sido modificadas por el presente documento de prórroga y, singularmente, la obligación de difundir el convenio previsto en la cláusula segunda y, en particular, la de hacer figurar los logotipos de las entidades concertantes.

Novena La validez y eficacia de la presente prórroga quedara condicionada a la existencia de crédito

adecuado y suficiente en los Presupuestos respectivos de Gastos y Dotaciones para el Ejercicio Económico de 2010.

POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA POR LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS POR EL INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES.

ANEXO I

PROYECTO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA

COSTE SERVICIO MENSUAL

MESES TOTAL TERMINALES IMPORTE

Enero 1.414 29.481,90 € Febrero 1.415 29.502,75 € Marzo 1.415 29.502,75 € Abril 1.415 29.502,75 € Mayo 1.415 29.502,75 € Junio 1.415 29.502,75 € Julio 1.415 29.502,75 € Agosto 1.415 29.502,75 € Septiembre 1.415 29.502,75 € Octubre 1.415 29.502,75 € Noviembre 1.415 29.502,75 € Diciembre 1.415 29.502,75 €

TOTAL 1.415 354.012,15 €

APORTACIÓN TOTAL DEL IMSERSO (50,54%): 178.917,74€

APORTACIÓN DE LA DIPUTACIÓN (49,46%): 175.094,41€

Segundo.- Aprobar el gasto correspondiente por un importe de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS (175.094,41 Euros) durante el año 2.010, con cargo a la partida presupuestaria 313.0 227.09 del vigente presupuesto.

Tercero.- Cumplir los demás tramites de impulso hasta la formalización del convenio.

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3.2 Aprobación convenio de colaboración entre esta Diputación y la Gerencia Regional de Salud de la Junta de Castilla y León para la financiación de actuaciones en Consultorios Locales.

Al Pleno de la Corporación se presenta propuesta formulada por la diputada

delegada del Área de Política Social e Inmigración relativa al Convenio de Colaboración entre la Gerencia Regional de Salud de la Junta de Castilla y León y la Excma. Diputación Provincial de Zamora, para la financiación de actuaciones en consultorios locales durante los ejercicios 2010 y 2011.

Iniciado el debate interviene el diputado de Izquierda Unida, Sr. Molina

Martínez, adelantando que votará en contra de la aprobación del convenio porque resulta ridículo que tan sólo se destinen 60.000 euros cuando, sin ir más lejos, en protocolo se gasta la Diputación 90.000 euros.

Pero es que además, continúa diciendo el Sr. diputado, es un “escándalo” que

estando como están los ayuntamientos en esta provincia, se les haga pagar el 30% de cada arreglo. Todo ello sin olvidar que los propios técnicos dicen que este convenio es en sí una “chapuza”, por cuanto que hay cuestiones que en absoluto están definidas ni aclaradas.

Coincide el Sr. Tejedor Sánchez, diputado de Adeiza, en que efectivamente

tanto el Servicio de Contratación como el de Intervención dicen que no estamos ante un convenio específico de colaboración, sino ante un Protocolo o un Convenio Marco de Colaboración.

Al margen de ello manifiesta que le gustaría conocer si los 60.000 euros que

aporta la Diputación para un plan que es a tres años, es una cantidad anual o para los tres años.

Por otra parte y para finalizar asegura que alguno de los números que dan

responsables de la Administración Regional no son ciertos, ya sea por ejemplo en lo que se refiere a la aportación de la Junta de Castilla y León o con el número de obras que se han hecho o se van a hacer.

Comparte igualmente la portavoz socialista, Sra. Muñoz Santarén, que

estamos ante un convenio marco y prueba de ello es que los propios servicios jurídicos dicen en sus informes que el convenio no tiene las características de un convenio específico de colaboración.

En cualquier caso, dice que hay que tener presente que son los ayuntamientos

los que se ocupan del elevado coste de mantenimiento de estos consultorios locales, es decir, pagar la luz, la limpieza, la calefacción, etc. Y encima cuando el edificio está en malas condiciones la Junta les dice que soliciten una subvención para llevar a cabo las actuaciones necesarias, pero en una proporción del 70-30.

De lo expuesto, manifiesta que es evidente que el convenio es malo de base,

pues lo correcto sería que esta Diputación colaborara con los ayuntamientos para reducirles ese porcentaje del 30% que deben aportar por cuanto que en realidad

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quien deberá cubrir al 100% el coste económico de estas actuaciones habría de ser la Junta de Castilla y León que es la que tiene las competencias completas en materia de sanidad.

Contesta a los grupos de la oposición el Vicepresidente primero, Sr. Tomás

Fernández, destacando que el convenio que hoy se somete al Pleno es repetitivo de años anteriores. Un convenio al que se adhiere la Diputación, siendo evidente que aún siendo efectivamente la Junta de Castilla y León quien tiene la competencia en sanidad, son los ayuntamientos los que tienen la obligación de mantener esos consultorios locales.

Así pues, dice el Sr. diputado que el papel de esta Diputación es el de

colaborar y complementar las ayudas que la administración regional pone a disposición de los ayuntamientos. No obstante y dada la actual situación económica del país, difícilmente alguna institución se puede comprometer a fijar cantidades a largo plazo, si bien esta Diputación si ha asumido el compromiso de aportar 60.000 euros este año y otros 60.000 que ya están vinculados a este fin para el año 2011, siendo la Junta la que luego decidirá el nivel de colaboración que tendrá con los ayuntamientos.

Abierto por la Presidencia un nuevo turno de intervenciones hace uso de la

palabra el Sr. Molina Martínez manifestando que no hay la menor duda de que el equipo de gobierno ha priorizado en los Presupuestos de este año, pues basta con observar que para consultorios médicos destina 60.000 euros y para protocolo 90.000. Algo escandaloso a juicio del Sr. diputado que no merece más que el voto en contra de Izquierda Unida a este punto del orden del día.

En opinión de la Sra. Muñoz Santarén lo que debería de hacer esta Diputación

en la Comisión de Seguimiento del Convenio es exigir a la Junta de Castilla y León que no discrimine a algunos municipios y que reparta equitativamente sus ayudas para acondicionamiento de los consultorios locales, máxime cuando gracias al Plan E son varios los municipios de la provincia que han construido su consultorio, ahorrándole con ello un dinero a la administración regional.

Lo que es indiscutible es que mediante este convenio la Diputación no reduce

con sus 60.000 euros la aportación que han de hacer los ayuntamientos, es decir, “el favor se lo hacen a la Junta”.

De “provocadores” califica la Presidencia al grupo socialista cuando mencionan

el Plan E. Un Plan que es absolutamente prescindible y que no debía de haberse establecido tal y como está contemplado. Un Plan que está financiado con cargo a deuda pública, es decir, con cargo a déficit público. Trece mil millones de euros que es una cantidad muy similar a la que precisamente ahora pretende reducir el gobierno de la Nación recortándoles el sueldo a los funcionarios y congelando las pensiones, todo ello con el agravante de que este Plan no ha generado el empleo que el Gobierno preveía.

Es por último el Sr. Tomás Fernández el que aclara que en la Comisión de

Seguimiento del Convenio, tanto la Diputación como la Junta de Castilla y León se encuentran sujetas a unas bases, siendo los técnicos los que informan las

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solicitudes que presentan los ayuntamientos conforme a los criterios establecidos en las mismas.

De cualquier modo, dice que hay que tener siempre presente que la aportación

de la Diputación no deja de ser una ayuda complementaria con el fin de colaborar con la Junta y los Ayuntamientos en la mejora de los consultorios locales.

Y no habiendo otras intervenciones, se somete el asunto a votación ordinaria:

� Votos a favor de la aprobación de este convenio de colaboración:

QUINCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Manuel Tejedor Sánchez).

� Votos en contra: UNO, el del Sr. diputado Don Francisco Molina

Martínez. � Abstenciones: NUEVE (las de los Sres. Diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez y Don Ángel Villamor Turrión)

En consecuencia, el Pleno de la Corporación adopta por mayoría el siguiente

acuerdo. La Comisión Informativa de Política Social e Inmigración, en sesión ordinaria,

celebrada el día 30 de abril de 2010 dictaminó, favorablemente, por cuatro votos a favor y tres abstenciones, la propuesta formulada por la Delegada del Área de Política Social e Inmigración, que se describe a continuación, relativa al Convenio de Colaboración entre la Gerencia Regional de Salud de la Junta de Castilla y León y la Excma. Diputación Provincial, para la financiación de actuaciones en Consultorios Locales durante los ejercicios 2010 y 2011.

Visto el expediente instruido para la firma de la del Convenio de Colaboración

entre la Gerencia Regional de Salud de la Junta de Castilla y León y la Excma. Diputación Provincial, para la financiación de actuaciones en Consultorios Locales, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO 1) Por la Diputada del Área de Política Social e Inmigración, doña Maribel

Escribano Hernández, se dispuso la incoación de expediente para la aprobación del convenio al que se contrae este informe, con fecha de 17 de marzo de 2.010.

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Dicha orden se remite a este Servicio en unión de la siguiente documentación: - Informe de la Jefa en funciones del servicio de Bienestar social de

25 de marzo de 2010. - Borrador del texto del convenio a suscribir. - Documento contable RC con cargo al ejercicio 2010 por importe de

60.000,00 €, con cargo a la P.P. 2300.46200, fecha 23/03/2010, nº de operación 220100001892 y documento contable RC con cargo al ejercicio 2011 por importe de 60.000,00 €, con cargo a la P.P. 2300.46200, fecha 24/03/2010, nº de operación 220109000017.

2) Recibida dicha documentación e incoado expediente por el Servicio de

Contratación con fecha de 26 de marzo de 2010 se le atribuye el numero 0014/10/08/20.

3) Con fecha 5 de Abril de 2010 emite informe crítico la Sra. Interventora de

Fondos Provinciales. Sobre estos antecedentes cabe formular las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- El objeto del convenio, según lo dispuesto en la estipulación primera

del mismo, es “articular la colaboración entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León y la Diputación Provincial de Zamora para la gestión de subvenciones a entidades locales de la provincia para la construcción o reforma de consultorios locales, centros públicos de atención primaria de los que estas son titulares”.

La Diputación Provincial, según lo establecido en los arts. 31 y 36 de la Ley

7/85, tiene competencia para actuar en el ámbito material del convenio, dado que es un fin propio y específico de la provincia asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal, siendo la participación en la gestión de la atención primaria de la salud en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas de competencia municipal, según el Art. 25.2 letra i) de la misma Ley 7/85, atribuyéndole esta Ley a la provincia la competencia para la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios.

Por todo lo expuesto, se ACUERDA: Primero.- Aprobar el expediente nº 0014/10/08/20, relativo a la suscripción de

un convenio de colaboración entre la Diputación Provincial de Zamora y la Gerencia Regional de Salud de la Junta de Castilla y León para la financiación de actuaciones en Consultorios Locales.

Segundo.-Aprobar el texto del convenio que a continuación se inserta:

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA PARA LA FINANCIACIÓN DE ACTUACIONES EN CONSULTORIOS LOCALES.

En la ciudad de Valladolid, a 15 de febrero de 2010

REUNIDOS

De una parte, la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León y en su nombre

el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Álvarez Guisasola, en calidad de Presidente de dicho organismo autónomo, actuando en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 44 de la Ley 1/1993, de 6 de Abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León.

Y de otra, la Diputación Provincial de Zamora, representada por su Presidente el Ilmo. Sr. D. Fernando Martínez Maillo, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

Reconociéndose mutuamente ambas partes plena capacidad jurídica para

obligarse en los términos del presente Acuerdo.

EXPONEN

I.- Es objetivo de la Gerencia Regional de Salud prestar una asistencia sanitaria de calidad a todos los ciudadanos de Castilla y León, con independencia de que su lugar de residencia se encuentre ubicado en una ciudad o en el medio rural. Por ello, para garantizar que los consultorios locales, primer escalón de acceso a la sanidad pública en las pequeñas poblaciones, presenten un adecuado estado, este organismo viene convocando anualmente subvenciones para las entidades locales destinadas a la construcción y reforma de los consultorios de su titularidad.

II.- La gestión de estas ayudas corresponde a la Gerencia Regional de Salud, creada para la ejecución de las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sanitarios previsto en la Ley 1/1993 de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario. Por su parte, la regulación de estas ayudas está contenida, además en la ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y la normativa estatal de carácter básico, en la Orden de la Consejería de Sanidad por la que se aprueban sus bases reguladoras y en la Resolución del Presidente de la Gerencia Regional de Salud, por la que se convocan dichas subvenciones.

III.- Por su parte, las Diputaciones Provinciales de esta Comunidad Autónoma vienen destinando ayudas a las entidades locales de su provincia con el mismo objeto, esto es, para la construcción o reforma de los indicados consultorios locales.

IV.- A la vista de los intereses coincidentes y con el fin de racionalizar y rentabilizar al máximo la aplicación de fondos públicos que ambas Administraciones están dispuestas a realizar, y en los términos de la compatibilidad permitida por las precitadas convocatorias de subvenciones, es deseo de la Diputación Provincial de Zamora colaborar en el objetivo marcado, cooperando económicamente, junto con

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la Administración de la Comunidad Autónoma y las propias entidades titulares de los consultorios locales, en la realización de las obras de nueva construcción o reforma de los locales destinados a dichas infraestructuras sanitarias de la provincia de Zamora.

De esta forma, se quiere garantizar que sus Zonas Básicas de Salud cuenten con la dotación sanitaria adecuada a las necesidades de su población, a la vez que se optimiza el rendimiento de las habituales aportaciones que los Planes Provinciales viene dedicando a tales fines. Además, con esta colaboración se facilita a las entidades locales el ejercicio de su propia competencia de participar en la Atención Primaria de Salud, competencia que le atribuye el Art. 25 de la ley Reguladora de Bases de Régimen Local, cuya prestación integral y adecuada viene asegurada por las Diputaciones Provinciales en el Art. 31 del mismo texto legal.

A tal fin la Gerencia Regional de Salud y la Diputación Provincial de Zamora,

acuerdan la suscripción del presente Convenio, con arreglo a las siguientes:

ESTIPULACIONES PRIMERA.- Objeto. El objeto del presente Convenio es fijar la colaboración entre la Gerencia

Regional de Salud de Castilla y León y la Diputación Provincial de Zamora para la gestión de subvenciones a Entidades Locales de la provincia para la construcción o reforma de consultorios locales, centros públicos de atención primaria de los que ésta son titulares.

SEGUNDA.- Inversión. 2.1. La Gerencia Regional de Salud y la Diputación Provincial de Zamora

financiarán conjuntamente los proyectos de las entidades locales que, de acuerdo con lo que se establece en las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades locales de Castilla y León para la construcción o reforma de consultorios locales, y en las resoluciones por las que se realicen las correspondientes convocatorias, resulten beneficiarias de subvenciones, salvo en el caso de que la entidad beneficiaria tenga más de veinte mil habitantes, en cuyo caso la Diputación Provincial no realizará aportación alguna.

2.2. La aportación conjunta de la Gerencia Regional de Salud y de la

Diputación Provincial de Zamora será como máximo del 70% del importe del presupuesto aceptado por la Dirección General de Administración e Infraestructuras de la Gerencia Regional de Salud, de tal modo que el 30% restante deberá ser aportado por la entidad local beneficiaria.

2.3. Previamente a la propuesta de resolución de las oportunas convocatorias,

la Gerencia Regional de Salud y la Diputación Provincial de Zamora intercambiarán la información que resulte necesaria para la adecuada coordinación de las inversiones solicitadas por las entidades locales de dicha provincia. Con el mismo fin, la Gerencia Regional de Salud notificará a la Diputación Provincial de Zamora la relación de las entidades locales de esta provincia que hayan resultado

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beneficiarias, con indicación del importe concedido y de la aportación de cada entidad.

TERCERA.- Financiación. La Gerencia Regional de Salud aportará a la finalidad objeto de este convenio

las cuantías que, con carácter plurianual, aparezcan en las sucesivas convocatorias de subvenciones. En el caso de la Diputación Provincial de Zamora ésta aportará la cantidad máxima que anualmente se consigne en sus Presupuestos destinada a tal fin, que deberá comunicar a la Gerencia Regional de Salud en el primer trimestre del ejercicio presupuestario.

CUARTA.- Justificación de las subvenciones concedidas. La justificación y pago de las cantidades aportadas por la Gerencia Regional

de Salud se llevarán a cabo en los términos que se determinen en las bases reguladoras y en las correspondientes convocatorias de ayudas.

Las Entidades Locales beneficiarias de las subvenciones deberán justificar ante la Gerencia Regional de Salud la totalidad de la inversión correspondiente a la subvención conjuntamente concedida, comunicando la Gerencia a la Diputación Provincial de Zamora, las Entidades Locales que han cumplido la finalidad de la subvención.

La Diputación Provincial de Zamora, podrá tramitar paralelamente la parte de

subvención concedida por esta Entidad, pudiendo solicitar a las Entidades Locales beneficiarias cuanta documentación justificativa estime oportuna.

QUINTA.- Organización y funcionamiento. Se constituirá una Comisión de Seguimiento paritaria integrada por dos

representantes de la Gerencia Regional de Salud y dos representantes de la Diputación Provincial de Zamora, a la que corresponderá el seguimiento, evaluación e interpretación de este convenio, así como la resolución de cuantas cuestiones surjan en su ejecución.

SEXTA.- Efectos. El presente Convenio producirá efectos durante 2010 y 2011, prorrogándose

de forma tácita por periodos anuales siempre que no conste denuncia expresa de cualquiera de las partes formulada con anterioridad a la expiración de su vigencia. Las prórrogas quedarán condicionadas a la existencia de crédito presupuestario y a las correspondientes Resoluciones de convocatoria de las subvenciones de referencia.

SEPTIMA.- Extinción del convenio. El presente convenio se extinguirá por: 1.- Acuerdo expreso de las partes.

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2.- Por el transcurso del plazo fijado en la Cláusula anterior, en el supuesto de que no se prorrogue. 3.- Por decisión motivada de cualquiera de las partes, debiendo comunicarlo a la otra con una antelación mínima de dos meses. 4.- En caso de resolución del convenio de forma anticipada, la Comisión de Seguimiento establecerá la forma de terminar las actuaciones curso.

OCTAVA.- Jurisdicción. El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Cualquier cuestión que

suscite la interpretación, aplicación y efectos de este convenio, que no pueda ser solventada por la comisión prevista en la cláusula quinta, será resuelta por los órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad y para su debida constancia, ambas partes firman

el presente documento por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.

LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD, LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE

ZAMORA, Francisco Javier Álvarez Guisasola Fernando Martínez

Maillo Tercero.- Aprobar el gasto por importe de 60.000,00 €, con cargo a la P.P.

2300.46200, fecha 23/03/2010, nº de operación 220100001892 y documento contable RC con cargo al ejercicio 2011 por importe de 60.000,00 €, con cargo a la P.P. 2300.46200, fecha 24/03/2010, nº de operación 220109000017.

Cuarto.- Cumplir los demás trámites de impulso hasta la formalización del

convenio.

3.3 Proposición de ratificación del Decreto número 3.513, de fecha 6 de mayo de 2010, por el cual se acuerda interponer Recurso de Apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Zamora, sobre la contratación del Servicio de Ayuda a Domicilio.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 73.3c) del Reglamento Orgánico de esta Diputación, se somete al Pleno de la Corporación para su conocimiento y adopción e la resolución que en su caso proceda, proposición del portavoz popular, Sr. Vega Espinosa, en relación con la ratificación del Decreto número 3.513, de fecha 6 de mayo de 2010, por el cual se acuerda interponer Recurso de Apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Zamora, sobre la contratación del Servicio de Ayuda a Domicilio.

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Conocida ésta y al objeto de dar cumplimiento a cuanto establece el artículo antes citado, la Presidencia somete a votación la ratificación de la inclusión de tal proposición en el orden del día, acordándolo así el Pleno por unanimidad.

Cumplido este trámite, pide la palabra el diputado de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez, destacando que nunca ha apoyado el tema de las mejoras en los concursos porque acaban dando lugar a cuestiones subjetivas que derivan finalmente en esta situación.

En cualquier caso, adelanta que IU votará a favor de interponer el recurso contra una sentencia que, aún condenando a la Diputación, reconoce que no hubo mala fe por parte de ésta, algo que es cierto, unido al hecho de que efectivamente se presta un mejor servicio al ciudadano otorgándole el contrato a la empresa que lo hace por menos dinero y que según las propias letradas de esta Institución que han llevado excelentemente el asunto existen posibilidades de ganar el recurso.

No obstante, dice el Sr. diputado que conviene tener presente que si se pierde el recurso la indemnización que habrá de pagar la Diputación será muy alta, y de ello sólo será responsable el grupo popular que es quien diseñó el sistema por mejoras.

Para el representante de Adeiza, Sr. Tejedor Sánchez, no hay duda de que en este asunto el Sr. Presidente ha actuado como un irresponsable, porque es evidente que no quiere asumir la responsabilidad política de lo que pueda suceder con esta cuestión y lo que hace es lo que ha venido haciendo durante su mandato: “cuando el viento le es favorable asume la responsabilidad, pero cuando el viento le sopla de cara se acuerda de la oposición y del consenso”. Una forma de actuar que no es de recibo, continúa manifestando el Sr. Tejedor, y que no elude la responsabilidad política del equipo de gobierno de todo lo que pueda suceder con este asunto. Todo ello se debe, según dice, a que en su momento faltó reflexión y sentarse para negociar con el recurrente, lo cual puede derivar ahora en una indemnización millonaria para esta Institución.

Es comprensible, a juicio de la portavoz socialista, Sra. Muñoz Santarén, que el grupo popular no se sienta orgulloso de su gestión sobre este asunto. Y a este respecto, recuerda que los diputados socialistas ya advirtieron en aquel Pleno de febrero del año pasado, en el que la empresa decidió recurrir en primera instancia a esta Diputación, de que existían dudas razonables sobre la valoración de esa mejora concreta, que es lo que ha dado lugar a esta sentencia. Y si bien el equipo de gobierno se ha escudado desde un primer momento en los servicios técnicos que habían elaborado tanto el pliego de condiciones como posteriormente las valoraciones, lo cierto es que esto es un auténtico descrédito para esta Institución.

De momento, dice la Sra. Muñoz, ya ha habido un coste de abogados y si se pierde el recurso de indemnización será millonaria y dejará a esta Diputación arruinada o, al menos, más endeudada de lo que ya está.

De cualquier modo, coincide con el representante de Adeiza en que el Sr. Presidente no ha contado para nada con la oposición y es ahora cuando se acuerda de ella, de ahí que el voto del grupo socialista vaya a ser en contra.

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Contesta a las intervenciones anteriores, el Vicepresidente primero, Sr. Tomás Fernández, asegurando que la diferencia entre gobernar y estar en la oposición radica en que quien gobierna toma decisiones y asume responsabilidades todos los días y sin embargo estando en la oposición se puede decir hoy una cosa y mañana otra distinta, sin responsabilidad alguna.

Así pues, a nadie le debe quedar la menor duda de que el equipo de gobierno se responsabiliza de sus decisiones y, por supuesto, de los informes que emiten los técnicos, asumiéndolos como propios. Y en este sentido, es evidente que el pliego de la ayuda a domicilio es un documento eminentemente técnico, y son estos profesionales quienes al elaborarlo han procurado matizar todo lo que ha sido posible, de manera tal que en una de esas matizaciones queda muy claro que en las mejoras está excluida la peluquería y la podología, de ahí que haya entrado a la hora de estudiar las ofertas en valorar esos aspectos.

Por todo ello y después de leer la sentencia y el informe de las dos asesoras jurídicas de la Diputación, dice el Sr. Tomás que sigue creyendo que la Juez se ha equivocado y que procede la interposición del recurso de apelación, alegándose de que el Sr. Molina coincida en este último aspecto con el equipo de gobierno.

Finalmente le aclara a la portavoz socialista que hasta la fecha no ha habido que pagar minuta de abogado alguno, puesto que los informes se han emitido por letradas de la Institución. Del mismo modo y ya para terminar anuncia que llegado el momento no se procederá a la prórroga de este contrato y es por ello que ya se está elaborando uno nuevo que recoja unos criterios matemáticos que eviten que puedan surgir cualquier tipo de dudas posteriores.

Dentro ya del turno de réplica interviene de nuevo el Sr. Molina Martínez indicando que es obvio por lo que acaba de decir el diputado popular que le ha precedido, que el equipo de gobierno se equivocó y por ello ahora están elaborando un nuevo contrato que no de lugar a estas situaciones.

Respecto a que sea él quien está de acuerdo con el grupo popular, dice que más bien es al contrario y que son estos los que coinciden con él, pues está claro que si ahora la Institución se rinde y no apela, el servicio se interrumpirá y se causará un gran trastorno a los usuarios. Es por ello por lo que hay que apelar y así ganar tiempo para que finalicen los dos años del contrato, pero teniendo siempre muy presente que si el recurso se pierde el responsable es el Sr. Maíllo.

Por lo expuesto, concluye repitiendo que IU apuesta por lo que milagrosamente salió bien y beneficia al mayor número de ciudadanos.

También la Sra. Muñoz Santarén consume su turno de réplica asegurando que su grupo nunca ha dudado ni de la voluntad ni de la eficiencia de los técnicos de la Institución al elaborar un Pliego que en su momento ya dijo ella que era muy complicado. No obstante y pese a todo la responsabilidad es de quienes gobiernan, y aún más en este tema donde la Comisión Informativa de Servicios Sociales está dirigida totalmente por Presidencia, siendo ésta quien acaba decidiendo sin que muchos asuntos lleguen ni tan siquiera a pasar por la Comisión.

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Cierra el debate el Sr. Presidente reiterando una vez más que ésta es una cuestión puramente técnica, debiendo felicitar a los técnicos del área de Política Social por su magnífico trabajo, al igual que también ha de decir que el equipo de gobierno respeta, como no podía ser de otro modo, las decisiones judiciales pero sin renunciar a poder opinar que la decisión del Juzgado no es la acertada. Se ha equivocado y de ahí que la Diputación vaya a recurrir en la confianza de que finalmente se le dará la razón. A pesar de todo y para evitar en el futuro que pueda haber perjuicios para los usuarios de este servicio, es por lo que dice que se está elaborando un nuevo pliego para que a partir del 1 de enero del próximo año se pueda adjudicar la prestación del servicio de ayuda a domicilio.

Y con esta intervención se somete a votación ordinaria esta proposición, con el siguiente resultado:

� Votos a favor de la proposición: QUINCE, (los de los Sres. Diputados:

Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero, Doña Clara Isabel San Damián Hernández y Don Francisco Molina Martínez).

� Votos en contra: NINGUNO. � Abstenciones: DIEZ (las de los Sres. Diputados: Doña Rosa María Muñoz

Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez )

Por consiguiente, el Pleno de la Corporación adopta por mayoría el siguiente

acuerdo:

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- El día 15 de Abril de 2010, fue notificada la Sentencia recaída en el proceso contencioso administrativo ordinario nº 69/2009, incoado a instancia de la empresa CARFLOR, S.L., contra el Decreto de Presidencia de la Diputación Provincial, con el siguiente Fallo:

“Que estimando el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por

la entidad CARFLOR S.L. frente al Decreto de Presidencia de la Diputación Provincial de fecha 14 de Enero de 2009 , en virtud del cual se acuerda la adjudicación del contrato del Servicio de Ayuda a Domicilio a la Entidad “Valoriza Facilities.SAU”; DEBO DECLARAR Y DECLARO que dicha resolución es contraria a derecho, dejando la misma sin efecto, en el sentido de proceder a la adjudicación del contrato a la demandante, al ser esta la que conforme al Pliego de condiciones

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tenía mayor puntuación” 2.- En la misma Resolución se establecía que contra ella puede interponerse

Recurso de Apelación en el plazo de quince días. 3.- El día 27 de abril se celebró reunión de la Comisión Informativa de Política

Social e Inmigración a fin de informar sobre la sentencia dictada por el juzgado de lo contencioso administrativo de Zamora sobre la contratación administrativa del servicio de ayuda a domicilio.

4.- Mediante Orden de incoación de fecha 5 de mayo de 2010 la Sra. Diputada de Política Social e Inmigración ordena:

1.- Que se adjunte el informe jurídico de fecha 27 de abril de 2010, emitido por Doña María Dolores Herrero Uña, Asesora Jurídica del Servicio de Asistencia a Municipios y Doña Benita Vaquero Santos, Asesora Jurídica del Servicio de Bienestar Social.

2.- Que se incoe el correspondiente expediente administrativo a fin de interponer recurso de apelación contra la Sentencia precitada. 5.- Por Decreto de Presidencia nº 3.513 de fecha 6 de mayo de 2010 se

acuerda:

1.-Interponer Recurso de Apelación contra la Sentencia nº 108 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Zamora en el Procedimiento Ordinario nº 69/2009. 2.- Que se someta al Pleno la presente Resolución para su ratificación por el mismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Establece el Art. 34, 1 i) de la Ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local establece que corresponde al Presidente el ejercicio de acciones judiciales en materias de la competencia del Pleno en caso de urgencia, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre para su ratificación. En este caso, y debido a que la celebración del contrato objeto de la misma fue aprobado por el Pleno, es éste órgano el competente para acordar la interposición de recurso de apelación contra la Sentencia referida.

Segundo.- Es urgente interponer el recurso de apelación dado que el plazo (15

días hábiles) establecido para la interposición del recurso contra la referida sentencia es perentorio porque vencido el plazo sin la interposición del referido recurso, la sentencia sería firme y, por tanto inatacable.

Tercero.- Al amparo de lo establecido en el artículo precitado es competencia

del Pleno la ratificación posterior de la decisión adoptada por el Presidente de interponer el recurso de apelación.

Por todo ello, se ACUERDA

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Ratificar el Decreto de número 3.513, de fecha 6 de mayo de 2010, por el cual se acuerda interponer Recurso de Apelación contra la Sentencia 108 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Zamora, en el Procedimiento Ordinario nº 69/2009.

4.- PATRIMONIO

4.1 Aprobación cesión de uso del retablo “La Pasión de Cristo” al Obispado de Zamora.

Al Pleno de la Corporación se presenta para su conocimiento y aprobación, si procede, propuesta que formula el diputado delegado de Patrimonio y Mantenimiento relativa a la cesión de uso del obispado de Zamora del retablo “La Pasión de Cristo”.

Vista la propuesta e iniciado el debate sobre la misma, toma la palabra el

diputado de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez, adelantando que su voto será en contra de una propuesta que no deja de ser más que un ejemplo de “chalaneo” total, o lo que es lo mismo: un ejemplo del frecuente “tejemaneje o mejunje” entre el Partido Popular con cierta parte de la jerarquía eclesiástica para ganarse el cielo o bien para conseguir réditos políticos por medio de favores mutuos.

No existe, según dice el Sr. diputado, la más mínima duda de que este retablo

es propiedad de esta Diputación y no del Obispado de Zamora, porque en realidad fue una donación que se hizo en su día por este último para pagar un favor “Como prueba irrefutable de ello existe una carta que el Obispado de Zamora dirige en septiembre de 1966 al párroco de San Juan en la que pone de manifiesto que se dona el retablo, hasta entonces ubicado en la Iglesia de Santa María la Nueva, al Colegio de Ntra. Sra. del Tránsito “como justa compensación por las mejoras hechas en la Iglesia de San Cipriano que quedaba a disposición de la Diócesis”.

Así pues es evidente, continua diciendo el Sr. Molina, que no hay ninguna

cesión, sino una donación, un regalo a la Diputación Provincial, porque en el año 1966 al Colegio del Tránsito era de la Diputación. Será en 1998 cuando el Partido Popular se empeña en que las monjas se vayan del Colegio y estas “encorajinadas” se llevan lo que creen que era suyo, reclamando también este retablo. Estando así las cosas, en el año 2006 hay otra carta, de nuevo del Obispado, que “truca” el término donación al Colegio del Tránsito, por cesión a la Madre Superiora. Lo cual es para el Sr. diputado un trueque inadmisible.

Ante todo esto, reitera el representante de Izquierda Unida que votará en

contra de este “camelo” del Partido Popular para ceder en uso gratuito e ilimitado este retablo del siglo XVIII porque, mientras no se demuestre lo contrario, en toda la documentación figura que es una donación que recibió la Diputación a modo de pago o agradecimiento y, por tanto, no procede ahora regalarlo.

Para el diputado de Adeiza, Sr. Tejedor Sánchez, cuando ha consultado el

expediente efectivamente ha podido constatar que estaba incompleto, pues como ha dicho quien le ha precedido en la palabra, faltaban algunos documentos a los que él había tenido acceso por otras circunstancias hace poco más de un año, de

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tal manera que lo que ahora sucede es que ha habido un cambio, y si entonces lo que pedía el Obispado de Zamora era la propiedad, ahora lo que solicita es el uso.

En todo caso, lo que requiere el Sr. diputado es que el plazo para trasladar el

retablo a la Iglesia parroquial de Valcabado se reduzca, por cuanto que el que figura en la propuesta es exageradamente amplio.

Da respuesta a los diputados del grupo mixto que acaban de intervenir el

Vicepresidente primero, Sr. Tomás Fernández, destacando que los hechos no son otros más que el retablo estuvo en la Iglesia de Santa María la Nueva, que estaba inventariado por parte del Obispado y que en el año 1965 la superiora del Colegio del Tránsito pidió tenerlo en la capilla de este Centro, siendo entonces cuando el párroco de San Juan, que es de quien dependía la Iglesia de Santa María la Nueva, solicita mediante escrito de 14 de septiembre de 1966 dirigido al Sr. Obispado “licencia para donar el citado retablo a la Superiora del Colegio de Nuestra Sra. del Tránsito para colocarlo en su capilla”. A este escrito contestaría el Sr. Obispo concediéndole al párroco la licencia solicitada para donar el cuadro.

Respecto a las otras consideraciones que se puedan hacer entiende el Sr.

diputado que sobran, y lo cierto es que con este acuerdo la propietaria de este bien sigue siendo la Diputación, la cual en el Pleno de hoy propone su cesión en uso a la Iglesia del pueblo de Valcabado.

Tiene lugar una última intervención por parte del Sr. Molina Martínez

manifestando que se alegra de que el Vicepresidente primero se haya rendido a la evidencia de que la propietaria del retablo es la diputación, si bien entiende que aprovechando esta cesión a la Iglesia, a cambio también el equipo de gobierno podía aprovechar para que se solucionaran otras cuestiones como el tema de aquellos de aquellos cementerios que son titularidad de la Iglesia Católica o el asunto de la Plaza de la Iglesia de la localidad de Almaraz de Duero.

Y considerando la presidencia que este punto ha sido suficientemente

debatido, lo somete a votación ordinaria:

� Votos a favor de la cesión de uso del retablo: CATORCE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Federico Polo Flecha, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero y Doña Clara Isabel San Damián Hernández).

� Votos en contra: UNO, el del Sr.diputado Don Francisco Molina Martínez. � Abstenciones: DIEZ (las de los Sres. Diputados: Doña Rosa María Muñoz

Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez )

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Concluida esta votación y antes de adoptar el acuerdo, el Sr. Presidente

advierte que existe un pequeño error material en la propuesta, no siendo 15 los días durante los cuales el expediente se someterá a información pública, sino 20.

A la vista de lo cual y con la propuesta in voce de rectificación de este error

material, se vuelve a someter el asunto a votación, produciéndose idéntico resultado.

En consecuencia, el Pleno Corporativo adopta por mayoría el siguiente

acuerdo. La Comisión Informativa de Economía y Hacienda, Patrimonio y

Mantenimiento, en sesión ordinaria celebrada el día diez de mayo de 2010, dictaminó favorablemente, por cuatro votos a favor, los de los Diputados del Grupo de Gobierno, y tres abstenciones, de los Diputados de la Oposición, dos representantes del PSOE y uno de ADEIZA, la propuesta formulada por el Sr. Diputado Delegado de Patrimonio y Mantenimiento, que se describe a continuación, relativa a la cesión de uso al Obispado de Zamora del retablo “La Pasión de Cristo”:

Primero.- considerando que con fecha de 16 de marzo de 2010 y con nº de

registro 201000005429 tiene entrada en el Registro General de la Diputación Provincial de Zamora, escrito de D. José Ángel Rivera de las Heras, Delegado Diocesano para el Patrimonio del Obispado de Zamora, por el que solicita la Cesión del Retablo de la Pasión para su colocación en la iglesia parroquial de Valcabado.

Segundo.- Considerando que se ha instruido expediente donde consta: 1.- Con fecha 23 de marzo de 2010 se dicta Orden de Incoación del expediente

para la cesión al Obispado de Zamora del Retablo de la pasión de Cristo existente en la Capilla del Tránsito, propiedad de esta Diputación, al objeto de destinarlo a su colocación en la iglesia parroquial de la localidad de Valcabado.

2.- Con fecha 7 de abril de 2010 se expide Certificación, en la que consta que

en el Inventario de Bienes de la Diputación, dentro del Epígrafe 3º. Muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico, figura el bien nº 13045 denominado “RETABLO DE LA PASIÓN DE CRISTO”.

3.- Con fecha 12 de abril de 2010 se emite informe por el Técnico Jefe de

Sección de Mantenimiento en el que manifiesta que se trata de una talla del S. XVIII de 2,70 x 3.20 mts. de dimensión, siendo el material principal de madera de pino pintada con partes doradas con pan de oro y siendo susceptible de ser cedido para su instalación en la iglesia de Valcabado.

4.- Con fecha 13 de abril de 2010 se emite informe por el Servicio de

Intervención, en el que se manifiesta que con cargo al Presupuesto Provincial del ejercicio 2010, no existe ninguna deuda pendiente de liquidación.

5.- En el Inventario de Bienes de la Diputación, dentro del Epígrafe 3º. Muebles

de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico, figura el bien nº

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13045 denominado “RETABLO DE LA PASIÓN DE CRISTO”, de Naturaleza Patrimonial, y con las siguientes características:

• Técnica: Madera de pino dorada y pintada. • Medidas: 270x320 cm. • Época: mediados del siglo XVIII. Que se encuentra instalado en la Capilla del antiguo Colegio de Nuestra

Señora del Tránsito, edificio propiedad de esta Diputación. 6.- El Colegio Nuestra Señora del Transito dejó de prestar el servicio de Hogar

Infantil, al finalizar el 30 de junio de 1998, el Convenio suscrito con la Junta de Castilla y León para la Protección y Tutela de Menores, dejando de utilizarse la Capilla, donde se halla ubicado el Retablo “La Pasión de Cristo”, para actos religiosos.

7.- La Técnico de Administración General adscrita a Secretaria General emite informe jurídico, de fecha 3 de mayo de 2010, con nota de conformidad al mismo consignada por el Secretario General de fecha 4 de mayo.

Visto el expediente instruido, y en particular el informe jurídico emitido, de

conformidad con lo establecido en los artículos 33 y 47.3 de la Ley de Bases de Régimen Local, ley 7/1985, de 2 de abril y los artículos 109, 110 y 111 del Reglamento de bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, se adopta el siguiente

ACUERDO

Uno.- Aprobar inicialmente la cesión de uso y gratuita al Obispado de Zamora

del Retablo “La Pasión de Cristo” inventariado como el bien mueble, nº 13045 denominado “RETABLO DE LA PASIÓN DE CRISTO”, de Naturaleza Patrimonial, y con las siguientes características:

• Técnica: Madera de pino dorada y pintada. • Medidas: 270x320 cm. • Época: mediados del siglo XVIII. Que se encuentra en la Capilla del antiguo Colegio de Nuestra Señora del Tránsito, propiedad

de la Diputación Provincial de Zamora, para su instalación en la Iglesia Parroquial de Valcabado (Zamora), sometida a las condiciones:

1.-Se garantice siempre y en todo momento la integridad del Retablo, así como su custodia,

mantenimiento y conservación, para destinarlo al fin solicitado y que es precisamente el fundamento de la cesión que se pretende.

2.- Cualquier gasto que pudiera ocasionar la cesión de uso, sea de cuenta de la entidad solicitante.

Dos.- Someter el expediente a información pública por un plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio que, a tal efecto, se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia.

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- Durante tal plazo cualquier persona física o jurídica podrá examinar el procedimiento y formular las alegaciones que estime oportunas.

- De no producirse alegaciones en el plazo dado al efecto, el acuerdo hasta entonces provisional se elevará automáticamente a definitivo.

5.- MOCIONES

Una vez llegados al turno de mociones, por la Presidencia se indica que son varias las presentadas, dándose comienzo por las que formula el diputado de Izquierda Unida, Sr. Molina Martín a quien se le concede la palabra para que proceda a exponer la primera de ellas que dice como sigue:

“ANCECEDENTES

1.- Respecto al comienzo de este mandato, las “notas” que el personal de confianza del PP

añade a cada factura, que deben ser claras y explícitas, indicando quien ocasionó la factura y por qué, se han convertido en más imprecisas.

2.- Todo debe ser claro y preciso siempre, y no como ahora que hay facturas donde no se

hace, como por ejemplo las de los Taxis, en las que no se pone nada que indiqué de por qué se utilizó

3.- Desde un tiempo a esta parte-desde que IZQUIERDA UNIDA denunció que el Presidente

había cargado aperitivos de 12 € a la institución sin que encima la reunión lo justificase, las mariscadas, etc.- la forma en que ese indica el gasto es ambigua e imprecisa, cosa, sospechamos, que hecha a posta-como se pude ver en los ejemplo que adjuntamos.

Facturante o emisor de la factura

Motivo del gasto Importe del gasto Comentario

Matos y Soto

Compra de banderas-Española, Europea, Castellano leonesa y zamorana

2.169 € ¿Para qué o para quienes eran?

Restaurante EL TENDIDO-Madrid

Comida de trabajo del Diputado de Obras (2-12-2008)

70 €

No se dice ni cuantos son ni quienes son los otros comensales, ni por supuesto el motivo del “trabajo”

Restaurante Casa Manolo-Madrid

Con motivo de la FEMP. Dos personas-4-11-2009

36 € ¿Quien es el otro comensal?

Restaurante La Buganvilla-Madrid

Diputado de Cultura con Casa Regional. Dos personas

61,95 € ¿En Madrid, con una casa Regional, para qué? ¿Y qué casa?

Restaurante el Puchero Madrid

Reuniones FEMP. Cuatro comensales 118,23 € ¿Quienes son los otros

3?

Restaurante Miguel Ángel -El Lugar de Sixto-Valladolid-

Comida del Vicepresidente segundo- dos personas - con motivo de reunión Consejería de Medio Ambiente-19-1-2009

160,90 €

UN poco caro para dos personas. ¿Quién era la otra? ¿Por qué se paga en Valladolid?

Restaurante la Kitchen Reunión de bienestar Social de la FEMP 54,14 No se dice ni cuántos

comen o almuerzan, ni

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Facturante o emisor de la factura

Motivo del gasto Importe del gasto Comentario

quienes son

Restaurante Serafín. Tres menús. Zamora

Diputado más representantes Clubs Deportivos. 5-3-2009

92 €

¿Qué Clubs, por qué, cómo se justifica no haberse visto en el despacho?

Restaurante La Yagona. Morales del Vino .Zamora

3 menús. El 10-3-2009. Diputado con Alcalde de la Provincia

92 € Qué diputado, qué Alcalde, quien es el tercer comensal?

Serafín Dos personas. 8-4-2009. Comida de trabajo del presidente

70 €

¿Y con quién trabajó esta vez en un buen restaurante zamorano a dos pasos de su despacho?

La Yagona

Comida de trabajo de Diputado de la Institución Provincial (sic) Dos menús

63 € Y este quien es? Y para qué tuvo que comer?

El Disco Rojo-restaurante-Alcañices-Zamora

Inauguración nueva sede FQHE (en Braganza)

59,80 ¿Qué pasa, que los portugueses no dieron ni un mal vino?

Restaurante Cervantes-Valladolid

Reunión Plan Zamora Duero.-16-6-2009-dos comensales

105,93 e

Volvemos a pagar al anfitrión? Quien es el otro comensal? ¿De qué se hablo?

Restaurante José A. González- El Puente de Sanabria

19-7-2009. cinco comidas por las Regatas del lago

159 € ¿Quiénes eran los regatistas?

Casa manolo-Madrid Tachada la fecha-dos menús-reunión en Madrid del Presidente

30 € Con que motivo?

Restaurante Paris-Zamora

31-7 2009.Comida trabajo del Vicepresidente con Director General de la Junta

59.80 e Pero…qué vicepresidente?

Restaurante La Oronja- Zamora

Cinco personas el 15-9-2009. Comida concurso ideas para el Palacio Antiguo de la Diputación

138,25 € Qué personas, por qué?

La Oronja Diputado y Técnico del Programa Integrado de Desarrollo Local

64,20 €

Qué Diputado? ¿Por qué se celebran reuniones con técnicos en un restaurante y comiendo bien?

Serafín

21-10-2009. Reunión del responsable de prensa con medios de comunicación. Sólo 3 menús

99,51 €

¿Quien es el responsable de prensa? ¿Y quienes los dos medios de comunicación? ¿O sólo era uno?

Restaurante El Lugar de Sixto-Valladolid

Dos personas el 29-10-2009. Departamento de Carreteras-Consejería de Fomento.

95,50 €

¿Es una comida con el pez gordo, o es la comida de los dos que han ido a Valladolid y antes de volver comen o qué pasa aquí?

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Facturante o emisor de la factura

Motivo del gasto Importe del gasto Comentario

Serafín

13-11-2009. Comida Trabajo de Vicepresidente con Grupo de Acción Local

96,30 €

¿Qué vicepresidente, qué Grupo de Acción Local, por qué en ese local?

Restaurante El Torreón-Tordesillas-Valladolid

Reunión Diputado Política Social con técnicos de la Consejería de Familia-13-11-2009

91,81 €

¿Por qué en Tordesillas, por qué con técnicos se hace una comida, por qué se paga?

Asador carnes Artesanal 15-12-2009

69,60 €. Coartada Comisión Ejecutiva FEMP y Consejo Federal FEMP

¿Quienes comen el asado?

La Oronja 29-12-2009. Comida de trabajo MUEVETE-tres personas

80.10 €

¿Por qué no se mueven del Serafín con cualquier disculpa? ¿Quienes comieron?

Restaurante Paris 8-1-2010. Comida de Trabajo con Junta de Castilla y León

63,88 € Pero ¿de quienes?

4.- Queda clara con estos ejemplos, de una relación de gastos de que suman 2.581 €, la

imprecisión en la justificación del gasto, generando por tanto en el investigador la sensación de que hablamos de un despilfarro interesado y atribuible a lo que el pueblo llama “gorroneo”

Por todo ello, al Pleno de la Diputación provincial se propone que acuerde: “Que a fin de hacer un seguimiento más preciso de las actividades de los Cargos Públicos, en

este caso de los integrantes del Equipo de Gobierno y áreas de responsabilidad, la referencia que se haga en el dorso de las facturas justificando el gasto sea más explicita, evitando así ambigüedades, cuando no opacidades, que no permiten averiguar qué es exactamente ni lo que ocasionó el pago, ni quien lo causó “

Expuesta la moción y defendida su urgencia por el representante de Izquierda

Unida, el Presidente somete a votación ordinaria dicha urgencia:

� Votos a favor de la urgencia: ONCE (las de los Sres. Diputados: Don Francisco Molina Martínez, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

� Votos en contra: TRECE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero y Doña Clara Isabel San Damián Hernández).

Por lo tanto y dado que no se obtiene el voto favorable de la mayoría absoluta

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del número legal de miembros de la Corporación exigido en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril, el Pleno Corporativo acuerda rechazar por mayoría la urgencia de esta moción.

* * * Una segunda moción del Sr. Molina Martínez es la que se formula en el sentido

siguiente:

ANTECEDENTES

1.-Con sorpresa hemos descubierto que además de lo que nominativamente se le da a la Junta de Personal- representación democrática de los sindicatos-, se le suele bonificar con otros 2.000 € al año para contribuir a la comida de hermandad que anualmente se celebra entre los funcionarios.

2.-Hasta ahora creíamos que esa comida, o cena, se sufragaba con dinero de la Junta de

Personal y lo que aportaban los propios funcionarios asistentes -la mitad si lo eran y creo recordar que todo el coste del menú si no lo eran.

3.-Sin embargo estudiando los gastos de protocolo hemos detectado que en el 2009,

celebrada la comida en el NH, con cargo a Presidencia se pagaron 54 menús a 37 € cada uno (aproximadamente 2.000 €).

4.- No hay ningún motivo para ese gasto si tenemos en cuenta que ya en Navidades hay un

vino de fin de año con coste de unos 3.000 €. 5.- Y menos si recordamos lo que por subvención nominativa recibe la Junta de Personal para

sus quehaceres años tras año, y que según el presupuesto del 2010 será: 5.1.- De 21.618 € para actividades culturales 5.2.- Y de 6.005 € para gastos de funcionamiento 6.- Sin entrar a fiscalizar el uso de esos ingresos, a simple vista, es evidente que sobra y

basta-son nada menos que 27.623 € - para sufragar a medias con los asistentes la comida de la patrona Santa Rita e incluso su cumpleaños si fuera menester.

7.- Suprimir esa ayuda no debe basarse sólo en la crisis económica si no en el sentido

común-a las épocas de crisis se llega por el derroche en las otras- Es por todo ello por lo que al Pleno de la Corporación se propone que

acuerde: “Que la cantidad que da el Presidente a la Junta de Personal -unos 2.000 € anuales- para

contribuir a la comida de funcionarios con motivo de la festividad de Santa Rita o cual que sea el motivo, se suprima por no tener razón de ser.”

Conocida la moción y defendida su urgencia por el firmante de la misma, se

somete a votación ordinaria su urgencia:

� Votos a favor de la urgencia: UNO, el del Sr. diputado Don Francisco Molina Martínez

� Votos en contra: TRECE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María

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Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero y Doña Clara Isabel San Damián Hernández).

� Abstenciones: DIEZ, (las de los Sres. Diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

Así pues, no obteniéndose el voto favorable de la mayoría absoluta del

número legal de miembros de la Corporación exigido en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril, el Pleno Corporativo acuerda rechazar por mayoría la urgencia de esta moción.

* * *

Como tercera moción del Sr. Molina Martínez está la siguiente:

“ANTECEDENTES

1.- Esta moción ya se presentó en el año 2007, sin embargo la razón fundamental de volverlo

a hacer está en que, a parte de las razones ya expuestas la vez anterior, y que siguen a continuación, hay una nueva de gran trascendencia.

Hablamos de la noticia no desmentida de que la Iglesia Católica dice ser propietaria de la

Plaza de la Iglesia de Almaraz de Duero ante el asombro del pueblo Un hecho de características tan especiales y sorprendentes nos debe indicar que pudiera

ocurrir que donde hay cementerios mixtos -parte propiedad de la Iglesia y parte del Ayuntamiento- al final también pretenda la Iglesia la propiedad de todo el campo santo

2. Según la Ley de Bases de Régimen Local los servicios de cementerio los tienen que dar y

garantizar sin posibilidad de excusa los Ayuntamientos 3. Esto es lo que hace que nadie conciba un cementerio propiedad de un particular 4. Sin embargo, en la Provincia de Zamora varios -no sabiendo precisar en estos momentos

cuantos- son propiedad de la Iglesia Católica 5. Y aunque bien es verdad que la gestión la llevan los Ayuntamientos- faltaría más- lo cierto

es que esa dualidad no es de sentido común 6. Agravándose el asunto cuando en varios casos se ha producido, por necesidades de uso, la

ampliación de algunos cementerios, y esa nueva parte ya es propiedad del Ayuntamiento con lo que en estos momentos hay en la provincia cementerios mixtos en cuanto a su propiedad, es decir, parte de la Iglesia Católica y parte del Ayuntamiento

7. Esta situación irregular y que raya el despropósito, entendemos que debe corregirse y

además con gasto CERO

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8. Es decir, lo lógico es que el Obispado, o quien corresponda, debe donar todos sus cementerios gratuitamente a los Ayuntamientos, porque son propiedades que no pueden usar y porque de sobra es compensada habitualmente la Iglesia Católica con los arreglos de sus propiedades en la medida que son patrimonio turístico

9. Aunque de no darse la suficiente dosis de generosidad, es obvio que se debe proceder a la

expropiación urgente al mínimo precio, debiendo ayudar en todo caso la Diputación o la Junta de Castilla y León a sufragar esos gastos si se dieran”

Por lo expuesto, al Pleno de la Corporación se propone que adopte el siguiente acuerdo:

“Que la Diputación de Zamora recomiende, ayude y asesore, de todas las maneras posibles, a los Ayuntamientos para que todos los cementerios de la provincia pasen a ser de titularidad pública.”

Visto el contenido de la moción y defendida la urgencia por quien la ha presentado, la Presidencia somete a votación ordinaria tal urgencia:

� Votos a favor de la urgencia: UNO, el del Sr. diputado Don Francisco

Molina Martínez � Votos en contra: TRECE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero y Doña Clara Isabel San Damián Hernández).

� Abstenciones: DIEZ, (las de los Sres. Diputados: Doña Rosa María

Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

Por consiguiente, también en esta ocasión al no obtenerse el voto favorable

de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación exigido en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril, el Pleno Corporativo acuerda rechazar por mayoría la urgencia de esta moción.

* * *

Otra de las mociones del Sr. Molina Martinez dice como sigue:

“ANTECEDENTES:

1.-Según “las noticias” el Partido Popular ha convertido en acción política el exigir que otros pidan perdón por lo prometido y no ejecutado, como por ejemplo el caso del Presidente del Gobierno de

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España al que se le pide que pida perdón por la promesa de traer una empresa privada a Zamora capital y no cumplir. 2.-En esa línea no cabe duda de que el incumplimiento de promesas en el caso de la carretera de Porto-Autovía Rías Bajas es algo que afecta gravemente a la calidad de vida y al desarrollo de la provincia de Zamora en una zona especialmente sensible con aislamientos en invierno, etc. 3.-Hablamos de la zona más aislada de toda la provincia y es obligación de esta Diputación el potenciar todos los territorios que son de su incumbencia. 4.-Se trata de 30 kms que configurarían la columna vertebral del desarrollo de localidades como Porto, Barjacoba, Barrio de la Vega, Pías y Villanueva de la Sierra.. 5.-El hecho de que se haya reprometido el arreglo y condicionamiento de esa infraestructura hace más necesario que nunca el que se le pida la petición de perdón al Sr. D. Juan Vicente Herrera por cuanto no sería soportable una burla más por su parte ante lo que podría ser un nuevo incumplimiento de promesas, cuestión nada baladí ante la escasez presupuestaria que se avecina.”

A tenor de lo expuesto se propone que el Pleno de la Diputación adopte el

siguiente acuerdo: “Ordenar a su Presidente que en nombre de la Diputación exija al Presidente de la Junta de

Castilla y León que pida perdón a los zamoranos por no haber abordado durante todo su mandato un promesa de hace dos décadas sobre el arreglo, modernización y conservación de las carreteras ZA-102 y OU-124 que comunican Porto con la N-525 y la Autovía de las Rías Bajas.”

Conocida la moción y tras ser defendida su urgencia por el representante de

Izquierda Unida toma la palabra el Sr. Presidente recordándole al Sr. diputado que ningún órgano de esta Diputación es jerárquico sobre otro órgano, sino que cada uno tiene unas competencias que le son propias, de modo que el Presidente no puede ordenar al Pleno o a la Junta de Gobierno, ni viceversa. Es por ello por lo que dicen querer darle la opción al Sr. Molina de que sustituya la palabra “ordenar” por otra distinta, pues en caso contrario no le deja otra salida que interpretar este escrito como un ruego, el cual lógicamente no se votará.

No comparte el diputado de IU lo manifestado por la Presidencia, ya que

entiende que el Pleno es soberano. Por lo tanto dice que no está dispuesto a variar palabra alguna de su escrito.

Ante ello, por el Sr. Presidente se indica que este escrito lo interpreta como un

ruego y como tal no será objeto de votación.

* * *

Como última moción de urgencia de cuantas se han presentado por el Sr. Molina Martínez, se encuentra la siguiente:

“ANTECEDENTES

1.- Tras sacrificar a la Clase Obrera con el paro, los desahucios, y la inestabilidad en el empleo,

ahora le ha tocado el turno a los pensionistas, empleados públicos y otros sectores, siguiendo la lógica de salvar a los capitalistas para que luego ellos nos salven a nosotros.

En esa línea el próximo sacrificio será una reforma laboral donde los derechos del trabajador

vayan desapareciendo.

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2.- Comprendiendo que algo de sacrificio deberían de hacer ellos también el Gobierno de

España ha decidido reducirse los sueldos en un 15%. 3.-En línea parecida el líder del PP, Sr. Rajoy, ha hablado de reducir gastos superfluos. 4.- Aunque las reducciones en la Diputación de Zamora deben ser más drásticas -como así

propondremos para los próximos presupuestos (y ya lo hicimos en los anteriores)-entendemos que ahora la mayoría absoluta del PP, por tanto quien decide, no tiene otra salida que aceptar la propuesta.

5.- Porque su líder respira por esa herida y porque en su día “se amarraron a la congelación

salarial de sus emolumentos- más bien un blindaje que garantizaba el chollo- porque lo habían decidido los políticos en “Madrid” y ahora se supone que por ahí van los tiros- por reducir el 15%”

Por todo lo cual se propone que el Pleno de la Corporación acuerde:

Que los sueldos de los Diputados liberados, los del personal de confianza, las percepciones

por asistencia a Plenos, comisiones y reuniones de los Diputados, y las cantidades que se entregan a cada grupo político para su funcionamiento, se reduzcan en un 15 % al menos a partir del 1 de Junio del 2010, o en su defecto en la fecha más próxima posible si hubiera que cumplir algún trámite previo.

Que esta reducción del 15% en “gasto político” o cualquier reducción superior que se adopte,

se mantenga para el año 2011 como mínimo en cuanto a la cantidad y el tiempo.

Enterado el Pleno del contenido de esta moción y una vez defendida su urgencia por el representante de Izquierda Unida, toma la palabra el Sr. Presidente pidiéndole al Sr. Molina que no se apresure y espere a que se conozca con exactitud el contenido del Decreto, siendo entonces cuento esta Corporación tomará las decisiones que haya de tomar. Mientras tanto, entiende que lo prudente es esperar a ver en qué términos se expresa el mencionado Decreto.

Dicho esto, se somete a votación ordinaria la urgencia o no de la moción:

� Votos a favor de la urgencia: ONCE (las de los Sres. Diputados: Don

Francisco Molina Martínez, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

� Votos en contra: TRECE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero y Doña Clara Isabel San Damián Hernández).

Así pues, queda rechazada por mayoría la urgencia de la moción al darse el

número de votos favorables exigidos en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril.

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* * * Es seguidamente la portavoz del grupo socialista, Sra. Muñoz Santarén, la que

expone ésta moción:

“ANTECEDENTES En el año 2009, y a propuesta del Partido Socialista Obrero Español de Castilla y León, la

Junta elaboró un Plan de Empleo extraordinario al que se dedicaron 125 millones de euros, que recibieron todos los Ayuntamientos de la Comunidad, en función de su población, con la finalidad de contratar trabajadores en paro para que realizaran obras necesarias para el municipio.

Dicho Plan de Empleo supuso un fuerte apoyo a las medidas establecidas por el Gobierno con

el Plan E para la creación y mantenimiento de puestos de trabajo; estando enmarcado dentro de dicho Plan E, el Fondo Estatal de Inversión Local que en Castilla y León, en 2009, dio empleo a más de 25.000 personas y, en concreto en nuestra provincia, a más de 3000.

Actualmente ,en 2010, está en marcha el segundo Plan E del Gobierno , y es por eso que entendemos que también la Junta de Castilla y León debe hacer un esfuerzo extraordinario y complementar dicho Plan Estatal con una Plan de Empleo que suponga la contratación de desempleados en Castilla y León, y por tanto, en la provincia de Zamora , ya que en estos momentos, tras siete meses consecutivos en los que Castilla y León tiene el peor índice en la tasa de desempleo, por encima de la media nacional, se hace más necesario que nunca que la Junta de Castilla y León realice un esfuerzo extraordinario que permita actuar contra la situación que viven tantos castellanos y leoneses y que permita la creación de empleo en toda la Comunidad Autónoma.

Por ello, el grupo socialista en la Diputación, y en su nombre la Portavoz del mismo, somete a

la consideración del Pleno la aprobación de la siguiente MOCION a fin de que el Pleno se pronuncie sobre el siguiente acuerdo:

El Pleno de la Excma. Diputación de Zamora, acuerda: Instar a la Junta de Castilla y León a que elabore, con la mayor urgencia, un Plan

Extraordinario de Empleo destinado a generar puestos de trabajo en todos los municipios de Castilla y León de manera que la asignación económica de dicho Plan de Empleo se distribuya entre todos los Municipios de Castilla y León en función del número de habitantes.”

Vista la moción y una vez expuesta su urgencia por la Sra. Muñoz, toma la

palabra la Presidencia manifestando que, aún estando de acuerdo en la necesidad de que se haga un Plan de Empleo, el anuncio que se ha hecho de reducción de mil doscientos millones de euros a todas las administraciones exige ser por el momento sumamente prudentes.

De ahí que invite a la portavoz socialista a que posponga hasta el próximo

Pleno su moción a la espera de tener más noticias sobre esta cuestión. Responde a ello la Sra. diputada indicando que el principal objetivo tanto de la

Junta de Castilla y León como de esta Institución Provincial ha de ser en estos momentos el desempleo en la provincia de Zamora. Es por esta razón por la que dice que como es éste un tema que no puede esperar, no accede a retirar su moción.

Y manifestándole el Sr. Presidente a la portavoz socialista que le puede

aceptar lecciones de lo que quiera menos de empleo, cuestión ésta en la que precisamente el Partido Socialista debería guardar un prudente silencio por ser los campeones del desempleo en España con cuatro millones seiscientos mil parados, somete a votación ordinaria la urgencia de la moción:

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� Votos a favor de la urgencia: ONCE (las de los Sres. Diputados: Don

Francisco Molina Martínez, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

� Votos en contra: TRECE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero y Doña Clara Isabel San Damián Hernández).

No obteniéndose, así pues, tampoco el voto favorable de la mayoría absoluta

del número legal de miembros de la Corporación exigido en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril, el Pleno Corporativo acuerda rechazar por mayoría la urgencia de esta moción.

* * * Una segunda moción de la Sra. Muñoz Santarén, dice así:

“ANTECEDENTES A raíz de las últimas noticias publicadas sobre las cautelas y recordatorios que efectuaba el

Presidente Martínez Maíllo en lo relativo a solicitud de ayudas para solventar daños por inundaciones, desde el Grupo de Diputados del PSOE entendemos el mensaje claro y conciso del Presidente de la Diputación a los alcaldes de la Provincia: La Institución que él preside no quiere aportar ni un solo euro para las obras de reparación de los daños causados por inundaciones.

Ya tenemos precedente porque en las inundaciones de 2007 eso fue lo que hizo, sin embargo

otras provincias como Valladolid o Segovia si ayudaron a sus pueblos con financiación. Por ello, creemos que acusando de “Maniobra ilegal” a la actuación del Gobierno, como único

responsable a la hora de sufragar los gastos causados por inundaciones , lo que hace usted, Sr. Presidente ,es tratar de lanzar una cortina de humo para ocultar las obligaciones de la Diputación con los Ayuntamientos y además evidencia que no se ha leído el Decreto de 24 de Abril de 2010 , publicado en el BOE, que dice claramente en su artículo 8 lo siguiente :

Artículo 8. Programa de financiación de las obras y libramiento de la subvención. 1. A los efectos de lo establecido en el artículo anterior, las Diputaciones Provinciales

interesadas elaborarán y aprobarán un Programa de financiación, detallado para todas las obras de su respectivo ámbito territorial, en que se especificarán todos los agentes de financiación y el importe de sus respectivas aportaciones, hasta la cobertura total del proyecto, según el modelo que consta como anexo II.

Hay que recordarle que este artículo es el mismo que se incluía en el Decreto de Inundaciones

de 2007 y en el del 2000, cuando Gobernaba Aznar, y en otros anteriores, ya que es lógico que todas las Instituciones aporten dinero en casos de inundaciones. Sin embargo en las inundaciones de 2007 nuestra Diputación no puso ni un euro.

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Por lo tanto sería bueno que se ponga a trabajar y a elaborar el cuadro financiero que exige el Decreto, creando una partida para que la casilla de aportación de la Diputación no esté vacía e, igualmente exija a la Junta de Castilla y León que haga lo mismo. Por ello, el grupo socialista en la Diputación, y en su nombre la Portavoz del mismo, somete a la consideración del Pleno la aprobación de la siguiente MOCION a fin de que el Pleno se pronuncie sobre el siguiente acuerdo:

• Habilitar una partida presupuestaria para cumplimentar las ayudas que el Estado destinará

a sufragar los daños por inundaciones.” Expuesta la moción y tras ser defendida la urgencia por la portavoz socialista,

se le recuerda por el Sr. Presidente que la competencia sobre materia de protección civil y, por lo tanto, para resolver los problemas de catástrofes naturales le corresponde al Estado.

No obstante, también dice querer recordarle que en este tema de inundaciones

el Sr. Zapatero habló de 200 millones de euros para Andalucía y de 131 millones para el resto de España, en concreto para 2.600 ayuntamientos, siendo muy elocuente el mapa de los municipios que han sido recogidos en el Decreto de Inundaciones 2010, sin especificar aún la cuantía, pero que sin lugar a dudas sacará los colores a más de uno.

Y una vez dicho esto, se solicita del Pleno que se pronuncie sobre la urgencia

o no de esta moción: � Votos a favor de la urgencia: ONCE (las de los Sres. Diputados: Don

Francisco Molina Martínez, Doña Rosa María Muñoz Santarén, Don José Luis Ferrero Sandín, Doña Raquel Pascual Blanco, Doña Leonor González Cadenas, Don Enerino Luis Gago, Doña Isabel Perero Llamas, Don Braulio Prieto Macías, Don Manuel Antonio Santiago Sánchez, Don Ángel Villamor Turrión y Don Manuel Tejedor Sánchez).

� Votos en contra: TRECE, (los de los Sres. Diputados: Don Fernando

Martínez Maíllo, Don Aurelio Nicolás Tomás Fernández, Don José María Barrios Tejero, Don José Ignacio Isidro Isidro, Doña María Isabel Escribano Hernández, Don José Luis Bermúdez Lorenzo, Don Antonio Iglesias Martín, Don José Luis Pernía Fernández, Don Pablo Rubio Pernía, Don Manuel Vega Espinosa, Don Arturo Vicente Rubia, Don Jesús Villasante Carnero y Doña Clara Isabel San Damián Hernández).

En consecuencia, no obteniéndose el voto favorable de la mayoría absoluta

del número legal de miembros de la Corporación exigido en el artículo 47.2 de la Ley 7/85, conforme al artículo 83 del ROF y artículo 51 del RDL 781/86, de 18 de abril, el Pleno Corporativo acuerda rechazar por mayoría la urgencia de esta moción.

* * * Como última moción de urgencia de cuantas se han Presentado por la Sra.

Muñoz Santarén, se encuentra la siguiente:

“ANTECEDENTES La actual situación que viven los Ayuntamientos españoles es resultado de la aplicación de la

Ley de Reforma de las Haciendas Locales aprobada en diciembre de 2002, con Aznar como

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Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy Vicepresidente, Ministro de Presidencia y Portavoz del Gobierno, Javier Arenas Ministro de Administraciones Públicas y Cristóbal Montoro, Ministro de Hacienda y siendo Presidenta de la FEMP, Rita Barberá.

En el debate parlamentario previo a la aprobación de esta ley, el Psoe ya advertía que la ley

presentaba un primer grave problema porque “los ingresos municipales a partir de su aplicación pasarían a depender mucho más del ciclo económico y de la política fiscal y tributaria del Gobierno, siempre y cuando no se garanticen compensaciones a cualquier variación de la fiscalidad que implique una minoración en la participación en los ingresos del Estado (PIE)”, el PP ,en boca del entonces Ministro de Administraciones Públicas ,Javier Arenas , afirmaba, sin embargo, “que la Ley iba a dotar de una mayor fortaleza a la autonomía local, sin que existiera riesgo de que pueda producirse un retroceso con relación a la suficiencia financiera“

El sistema de financiación actual fue aprobado en diciembre del año 2002, entrando en vigor la

política de tributos en el año 2003 y la PIE del nuevo modelo en el año 2004, esta reforma llevó a los Ayuntamientos a una situación “límite”, abocándolos a una situación de quiebra técnica en muchos casos, situación que se agrava ahora, dada la situación económica que estamos atravesando.

En definitiva la última reforma de la financiación local aprobada en diciembre de 2002, es la

que ha provocado la actual situación que los dirigentes populares,- los mismos que la impulsaron-, califican de “asfixia financiera” de los Ayuntamientos, situación que ya trató de paliar el Gobierno Socialista aprobando en el año 2005 un Fondo Complementario de 120 millones de € para compensar la pérdida de ingresos que supuso la supresión del IAE a las empresas que facturan menos de 1 millón de euros.

Del mismo modo, el Gobierno de España ha seguido adoptando medidas a favor de los

Gobiernos locales tales como el Fondo Estatal de Inversión Local de 2009, dotado con 8.000 millones de euros en el año 2009, y que ha supuesto la mayor movilización de recursos públicos hacia los municipios en la historia de la democracia municipal, desarrollando casi 31.000 proyectos de inversión y creando 426.278 empleos.

En 2010 se ha aprobado el fondo estatal para el empleo y la sostenibilidad local 2010, dotado

con 5.000 millones de euros pretende, por un lado, incrementar la inversión pública en el ámbito local mediante actuaciones generadoras de empleo en obras de nueva planificación y de ejecución inmediata que sean de competencia municipal y el equipamiento de éstas.

No obstante, reconocemos que la reforma del gobierno local y su nuevo modelo de financiación se hace necesaria y supondrá el esfuerzo de la Administración Central, ahora bien; este esfuerzo no tendría ningún sentido si no fuera acompañado por un esfuerzo similar por parte de la Administración Autonómica, que hasta ahora todavía no ha dado un solo paso en relación con el establecimiento por Ley de un marco estable de financiación de las Corporaciones Locales de Castilla y León, cuando es precisamente esta Administración la titular del mayor número y las más importantes competencias que vienen desarrollándose por los Ayuntamientos de Castilla y León de forma impropia, como son la educación, la sanidad, los Servicios Sociales, las Políticas Activas de Empleo, etc.

Por ello, el grupo socialista en la Diputación, y en su nombre la Portavoz del mismo, somete a

la consideración del Pleno la aprobación de la siguiente MOCION a fin de que el Pleno se pronuncie sobre los siguientes acuerdos:

El Pleno de la Excma. Diputación de Zamora, acuerda:

1. Manifestar su apoyo a la iniciativa aprobada por Pleno del Congreso de los Diputados, de

fecha 13 de abril de 2010, por la que se insta al Gobierno a remitir la Cámara, antes de que finalice el actual periodo de sesiones, el Proyecto de la nueva Ley de Financiación Local conjuntamente con le Proyecto de Ley Básica de Gobierno y Administración Local, así como incorporara una memoria económica de esta última Ley.

2. Instar a la Junta de Castilla y León para que convoque urgentemente a la Federación

Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León (FRMP) para constituir una Mesa de

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Negociación sobre la financiación de las Entidades Locales de Castilla y León con cargo a los ingresos de la Comunidad y sobre la cooperación económica local de la Junta de Castilla y León.

En desarrollo del Estatuto de Autonomía proceda con posterioridad a aquellas negociaciones, y en todo caso a lo largo del presente ejercicio, a presentar en las Cortes de Castilla y León el correspondiente Proyecto de Ley de Financiación y Cooperación Económica Local de Castilla y León que, como mínimo, debe incorporar el modelo de participación de las Entidades Locales en los ingresos de la Comunidad, como garantía de respeto a la autonomía y a los demás principios estatutarios de las Haciendas Locales, de continuidad de los servicios públicos locales y de estabilidad presupuestaria. Este modelo de financiación y cooperación económica debe contar con los instrumentos de nivelación adecuados para garantizar la igualdad de toda la ciudadanía de Castilla y León en el acceso a los servicios públicos locales.

3. Dar traslado de esta acuerdo al Presidente del Gobierno, al Presidente de la Junta de

Castilla y León, a la Vicepresidenta Segunda y Ministra de Economía, al Vicepresidente Tercero y Ministro de Política Territorial, a la Consejera de Hacienda de la Junta de Castilla y León, al Consejero de Interior y Justicia de la Junta de Castilla y León, a los Portavoces Parlamentarios de las Cortes nacionales y de las Cortes de Castilla y León y al Presidente de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León.”

Conocida la moción y manifestándose por la Sra. Muñoz que ha decidido

retirarla por cuanto que quizás no sea este el mejor momento para plantearla, se da paso por la Presidencia al punto siguiente del orden del día.

6.- RUEGOS Y PREGUNTAS Dentro del turno de ruegos y preguntas, se da comienzo a las que presenta el

diputado de Izquierda Unida, Sr. Molina Martínez, que dicen como sigue: XXX “1.- El día 15 de Septiembre del 2009 alguien de la Diputación-que no se especifica –

junto con otras 3 personas celebra una “comida de trabajo” relativa al Concurso de Ideas sobre el Palacio Antiguo de la Diputación en el Restaurante LA ORONJA en Zamora por 138,25 €.

Ante esto se pregunta ¿a qué se debe la celebración de tal comida, quienes eran los

comensales? ¿De qué se trató en ella? 2.- El día 26 del Abril del 2010 “TAV arquitectos S.L.P.” presenta un recurso pidiendo la

anulación de los premios para la rehabilitación del Antiguo Palacio Provincial. ¿Tuvo la comida anterior algo que ver con esto? ¿En qué se basa el recurso contra los Premios de Rehabilitación del Antiguo Palacio

Provincial? ¿Ha habido más recursos en el mismo sentido? RAZÓN DE LAS PREGUNTAS 1.-Las noticias sobre un recurso contra el premio de Rehabilitación del Palacio Antiguo son

inquietantes. 2.-Máxime cuando hubo posteriormente una exposición y acto de exaltación del trabajo

ganador con lo cual si tuvieran razón los recurrentes el bochorno sería mayúsculo.

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3.-Los rumores indican que el Equipo ganador no reunían alguno de los requisitos que se

exigían para participar por tano urge que usted aclare qué es realmente lo que se está recurriendo y en base a qué se hace el recurso.

4.- Que se celebren comidas opíparas con cualquier disculpa, siempre está mal, pero encima si

este asunto se enturbia más, las explicaciones que justifiquen tal conducta inadecuada son más necesarias que nunca.”

___ Contesta la Presidencia manifestándole al Sr. diputado que tiene a su

entera disposición el expediente relativo al recurso por el que se interesa para que consulte cuanto quiera al respecto.

XXX Es de nuevo el Sr. Molina Martínez el que formula estas otras preguntas: “El día 21 de Octubre del año 2009 se celebra una comida en el Restaurante “Serafín” de

Zamora por 99,51 € Se trata de tres personas, constando en el reverso de la factura como justificación la frase: “Responsable de Prensa con Medios de Comunicación” Ante esto se pregunta: 1.-Quien es el “responsable de prensa” que se menciona. ¿Un funcionario, un diputado o uno

de los miembros de su personal de confianza? 2.-Dado que esta persona tiene potestad para celebrar comidas de trabajo en el Serafín-un

buen restaurante- ¿quién es en concreto ese “responsable de prensa”? 3.-Si tenemos en cuenta que donde comen tres personas y una es de la Diputación sólo

quedan dos para pertenecer a los “medios de comunicación”, es imprescindible saber si eran dos medios de comunicación los asistentes o uno sólo.

4.-Incuso si fueran dos medios queda claro que son muchos más los ignorados en tal comida

que los invitados, ¿a qué se debió esa selección? 5.- ¿Qué función tenía esa comida, o dicho de otra manera, qué asuntos de interés

ciudadano justificó el gasto con ellos en un restaurante en vez de en un despacho? RAZONES DE LAS PREGUNTAS: 1.- Si se tratara de alguien del personal de confianza del PP quien se reunió con periodistas o

empresarios de la información, no cabe otra interpretación que la de carácter partidista y por tanto estaríamos ante un hecho inadecuado (usar dinero público para “trabajos” que interesan sólo a un partido y no a la institución).

2.- Celebrar reuniones, que encima son comidas, con un solo medio-o dos –de comunicación

es algo tan sorprendente que sólo la aclaración del motivo, si es solvente, puede justificar tal acto tan exclusivo.2

___ A esta cuestión le responde el Sr. Presidente afirmando que el responsable

de prensa no es otro que el que lo es del equipo de gobierno de esta Institución. XXX Finalmente se plantea por el Sr. Molina Martínez que, atendiendo a lo que

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se le ha indicado anteriormente por el Sr. Presidente es su deseo formular como ruego la moción de urgencia, que no se le ha dejado someter a votación.

___ Interviene el Sr. Presidente manifestándole al Sr. diputado de Izquierda

Unida que es evidente que uno se toma en serio esta Institución, a lo que por el Sr. diputado le responde que a quien no se toma en serio es al Sr. Presidente.

Llama la Presidencia al orden al Sr. Molina Martínez por falta de respeto a la

Institución, retirándole la palabra por cuanto le dice que este ruego ya no procede al haberse formulado con anterioridad.

XXX Seguidamente se le concede el uso de la palabra a la diputada del grupo

socialista Sra. González Cadenas, la cual presenta la siguiente pregunta:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El grupo socialista está seriamente preocupado por la situación de inactividad en la que se encuentra la residencia de Toro. Nos resulta inexplicable que una Residencia con capacidad para 140 usuarios solamente de cabida a 86, por ello en sucesivas ocasiones hemos pedido explicaciones al respecto tanto en pleno como en comisión y lo último fue que se iba a elaborar por la Junta de Castilla y León un estudio de viabilidad sobre esta Residencia . Nada sabemos del mismo.

Seguimos sin conocer el funcionamiento de dicho establecimiento y tampoco se nos da

explicación alguna al respecto, todo ello pese a que el pasado 23 de febrero los vocales socialistas en la comisión de política social de la diputación, solicitamos la comparecencia de la directora de la residencia de Toro en dicha comisión, a fin de que se nos informara de todo lo relacionado con el funcionamiento de dicho centro.

Pero a fecha de hoy aun no se ha dado esta comparecencia, y mucho nos tememos que no se

de , dado el ocultismo que respecto a dicha residencia barajan ustedes que incluso ordenaron se nos expulsase de la misma un día que acudimos a visitarla .

Nuestras dudas en relación al funcionamiento y gestión de dicha residencia, son como puede

comprender, serias; y seguimos sin entender porqué no se cubren todas las plazas si además, y según lo previsto por la Ley de Dependencia potenciar los servicios de la residencia es una oportunidad para la comarca y para la provincia.

Es por ello que sometemos al Sr Presidente, para ser contestada en este pleno, la siguiente

PREGUNTA 1.- ¿Qué fecha concreta tiene prevista la Junta de Castilla y León para dar a conocer los datos

obtenidos de este estudio de viabilidad?” ___ Responde a la diputada socialista el Sr. Presidente recomendándole que

esta pregunta la haga a la Junta de Castilla y León a través de sus propios parlamentarios.

XXX Una última pregunta es la que se formula por boca del también diputado

del grupo socialista Sr. Luis Gago, y que dice como sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En el pasado Pleno nos dijo el Presidente de esta Institución que iba a elaborarse un Plan

Extraordinario y Urgente de actuación en las comarcas de la zona Oeste de la provincia, ya que el

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Plan de Carreteras de la Diputación ha valorado que es en esta zona donde se hace más urgente la necesidad de actuar.

El Grupo de diputados socialistas está acuerdo en la necesidad y en la urgencia pero no

vemos ninguna voluntad en le equipo de gobierno más allá del titular de prensa, porque nada se ha hecho desde entonces, ni tan siquiera se ha convocado la comisión informativa de obras . Con lo cual desconocemos las carreteras concretas sobre las que se va a actuar.

Es por ello que sometemos al Sr. Presidente, para ser contestada en este pleno, la siguiente

PREGUNTA

• ¿Cuáles son las carreteras sobre las que piensa actuar según este Plan anunciado? ___ A esta cuestión responde el Sr. Presidente que se extraerán del Plan

General de Carreteras de la Diputación aquellas, que por no requerir un gran proyecto, sino una capa de rodadura, limpieza de cunetas etc, puedan ejecutarse con cargo a este otro plan de actuación en las Comarcas de la Zona Oeste de la Provincia.

En todo caso, afirma que en estos momentos no dispone de datos concretos

sobre cuáles o cuántas serán esas carreteras, si bien le asegura que cuando se tenga determinado el listado de ellas, será el propio diputado de carreteras quien se lo facilitará a todos los miembros de la comisión informativa para que tengan conocimiento de ello.

Y no habiendo otros asuntos que tratar, ni mas ruegos y preguntas que

contestar, se levanta la sesión siendo las doce horas y treinta minutos del día al principio señalado, extendiéndose de todo lo tratado la presente acta, de la que yo, el Secretario de la Corporación, certifico.