Acta Ministerio TIC
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ANEXO Nro. 7
ACTA CONCERTACIONCONTENIDO PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
2010- 2014
Código: SI-AS-P-01-F01
Versión: 01
Fecha: 25/11/2008
Bogotá, D.C, 20 de enero de 2011
Lugar: Sala de Juntas Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom – Carrera 8 No. 13 – 31 Piso 6º. Hora: 12: 05 m
ASISTENTESNo. NOMBRE CARGO REPRESENTA A1 Cesar A Torres López Director de
Apropiación de TIC Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones
2 Edgar Ramírez Profesional Especializado
Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones
3 Luis Fernando Arias Secretaria General ONIC4 Diana Carrillo González Asesora ONIC5 Armando Valbuena G. Asesor ONIC6 Ary Mendoza OPIAC7 Pedro Santiago Posada Arango Director Dirección de Asuntos Indígenas,
Minorías y Rom – MIJ8 Julio Estrada Comisión Política OPIAC9 Luz Elena Izquierdo Asesora Dirección de Asuntos Indígenas,
Minorías y Rom – MIJ10 Gerardo Jumi ONIC- PND11 Miguel Chindoy Comisión Técnica AICO12 Wilmer Trujillo Asesor Política AICO13 Alexandra Córdoba Monroy Profesional
EspecializadoDirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom – MIJ
ORDEN DEL DIA1. Concertación contenido Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014
DESARROLLO
12:05 AM. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Dr. César Torres
Primero
a) Punto a concertar: Los ministerios de Comunicaciones, Cultura y Educación pondrán marcha una política, planes y programas orientados a la apropiación y manejo con autonomía, por parte de los pueblos indígenas, de las tecnologías modernas de la información y comunicaciones.
1. Acuerdo:Página 1 de 3
Ministerio del Interior y de Justicia
República de Colombia
ANEXO Nro. 7 El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC, en coordinación con los ministerios de Cultura y Educación, pondrán en marcha una política, planes y programas orientados a facilitar el acceso, uso, apropiación y manejo con autonomía por parte de los pueblos indígenas, de servicios y tecnologías modernas de la información y comunicaciones.
Segundo
b) Punto a concertar: Se garantizará a los pueblos indígenas el derecho a las comunicaciones mediante la formulación participativa y concertada de la política pública nacional de acceso permanente al uso del espectro electromagnético y radio-eléctrico y a los servicios públicos de telecomunicaciones y al uso y creación de medios masivos de comunicación estatales en sus diferentes modalidades, con criterios de equidad, reconocimiento a la diferenciación positiva, de igualdad de oportunidades y justicia distributiva, de conformidad con lo dispuesto en la ley, en armonía con las normas que regulen los servicios de telecomunicaciones y con la legislación indígena nacional, mediante la formulación del Plan de Desarrollo de las comunicaciones para pueblos indígenas, el cual será elaborado con recursos del Fondo de Comunicaciones, para lo cual se destinará anualmente como mínimo el tres punto cinco por ciento (3.5%) que corresponde a la participación de la población indígena en la población nacional total.
2. Acuerdo:Se garantizará a los pueblos indígenas el derecho a la información y las comunicaciones mediante la formulación participativa y concertada de la política pública nacional de acceso permanente al uso del espectro electromagnético y radio-eléctrico y a los servicios públicos de telecomunicaciones y al uso y creación de medios masivos de comunicación estatales en sus diferentes modalidades, con criterios de equidad, reconocimiento a la diferenciación positiva, de igualdad de oportunidades y justicia distributiva, de conformidad con lo dispuesto en la constitución y la ley, en armonía con las normas que regulen los servicios de telecomunicaciones y con la legislación indígena nacional, mediante la formulación del Plan de Desarrollo de las Comunicaciones para pueblos indígenas, el cual será elaborado con recursos del Fondo de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, para lo cual se destinará anualmente hasta el cuatro por ciento (4%).
Tercero
c) Punto a concertar: Se reservará, en el nivel nacional, el cinco por ciento (5%) del espectro electromagnético y radioeléctrico en beneficio de los Pueblos Indígenas, en los niveles nacional, regional y local, dicho porcentaje se incrementará en los niveles regional, departamental y local, con fundamento en criterios de proporcionalidad y equidad, de acuerdo con la distribución y composición poblacional, extensión de ocupación territorial, demanda y necesidades de prestación del servicio:
d) Acuerdo:No hay acuerdo en la reserva del cinco por ciento (5%) del espectro electromagnético y radioeléctrico en beneficio de los Pueblos Indígenas, en los niveles nacional, regional y local; sin embargo se explorarán alternativas constitucionales y legales que se discutirán en la Mesa Permanente de Concertación que tendrá lugar el 25 de enero de 2011.
Cuarto
a) CompromisoLa Comisión PND elaborará una lista con los municipios de mayor densidad poblacional que serán prioritarios en la extensión de la fibra óptica y la creación de los tecnocentros con el propósito de acceder a las comunicaciones.
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ANEXO Nro. 7
LUGAR: Sala de Juntas Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom –Carrera 8 No. 13- 31 Piso 6
FECHA: 20/01/2011 Firmas de los responsables
Por el Gobierno Nacional
PEDRO SANTIAGO POSADA ARANGO CESAR AUGUSTO TORRES LOPEZDirector Asuntos Indígenas, Minorías y Rom Director de Apropiación de TIC Ministerio del Interior y de Justicia Min- TIC
Por las Comisiones Política y PND de la Mesa Permanente de Concertación
LUIS FERNANDO ARIAS ARIAS ARY MENDOZA HERNÁNDEZ
JULIO CESAR ESTRADA GERARDO JUMI
MIGUEL CHINDOY WILMER TRUJILLO
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