Actualización NORMATIVA - COMFAMILIAR · 2019-05-08 · 2.2 Esquema General de Cotizantes –...
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Contenidos 1. Presentación Asopagos S.A. - Operador de Información PILA y Portafolio de Servicios
2. Modificaciones a la Estructura de la Planilla Única de Liquidación de Aportes
2.1 Convenciones Generales / Glosario PILA
2.2 Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes – Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades.
2.3 Cálculo IBC (Ingreso Base de Cotización) Independientes
2.4 Modificaciones a la Estructura de la Planilla Única – Decreto 1273 y
Resolución 3559 de 2018, entre otros.
2.5 Planilla de Correcciones N
2.6 Aproximaciones / Plazos Pago PILA / Fechas Paso a Pago Electrónico
/ Actualización de Datos
Contenidos 3. Estructura Planilla Única – Pensionados
3.1 Novedades - Tipos Pagador Pensiones – Tipos Pensionados
3.2 Interacciones
4. Proyecto de Resolución Planilla O - Planilla de Obligaciones determinadas por la UGPP
5. Conozca nuestros valores agregados en cuanto a la Plataforma Tecnológica,
App Móvil y Canales de Comunicación.
2.1 Convenciones Generales
Dependientes IndependientesDependientes e Independientes
Se utilizarán las siguientes convenciones a lo largo de la presentación para efectos de identificar los públicos a los que aplica la normatividad expuesta.
2.1.1 Glosario
Siglas Importantes
AFP Administradora de Fondos de Pensiones
ARL Administradora de Riesgos Laborales
CCF Caja de Compensación Familiar
EPS Entidad Promotora de Salud
ESAP Escuela Superior de Administración Pública
FSP Fondo de Solidaridad Pensional
ICBF Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
MINEDU Ministerio de Educación Nacional
SENA Servicio Nacional de Aprendizaje
NovedadesAVP Aporte Voluntario en Pensión
IGE Incapacidad General
ING Ingreso
IRL Incapacidad de Riesgos Laborales
LMA Licencia de maternidad
RET Retiro
SLN – C Suspensión temporal de contrato / Licencia no remunerada por comisión
SLN – X Suspensión temporal de contrato / Licencia no remunerada
SUS Suspensión
TAE Traslado a otra EPS
TAP Traslado a otro Fondo de pensiones
TDE Traslado desde otra EPS
TDP Traslado desde otro Fondo de pensiones
VAC-LR Vacaciones – Licencia remunerada
VCT Variación Centro de Trabajo
VSP Variación Permanente de salario
VST Variación Transitoria de salario
2.1.1 Glosario
A Planilla cotizante con novedad de ingreso
E Planilla empleados empresa (Múltiples Planillas Mismo Periodo)
F Planilla Pago de Aporte Patronal Faltante de una Entidad del SGP (Periodo Salud anterior a Sep. 2017)
H Planillas Mdres Sustitutas
I Planilla independientes
J Planilla para pago de Seguridad Social en Cumplimiento de una SentenciaJudicial
K Planilla estudiantes
M Planilla mora (Periodo Salud anterior a Marzo 2014)
N Planilla Corrección
O Planilla Obligaciones Determinadas por la UGPP
S Planilla empleados servicio doméstico
T Planilla empleados del Sistema general de participaciones (Periodo Salud anterior a Sep. 2017)
U Planilla para uso exclusivo de la UGPP
X Planilla para empresas en proceso de liquidación
Y Planilla independientes empresasL Planilla Pago Reliquidación
P Planilla Pensionados – Pagadores de Pensión
R Planilla Retroactivos – Pago Retroactivos
Tipos de Planillas
2.1.1 Glosario
“Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes
– Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades”
2.2
Dependientes2.2.1 “Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes – Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades”
Dependientes2.2.1 “Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes – Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades”
Periodo Salud, anterior a junio 2013
2.2.1 “Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes – Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades”
Dependientes
Periodo Salud, anterior a junio 2013
Periodo Salud, anterior a septiembre 2017
2.2.1 “Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes – Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades”
Dependientes
Independientes2.2.2 “Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes – Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades”
Independientes2.2.2 “Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes – Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades”
Independientes2.2.2 “Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes – Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades”
Dependientes e Independientes
2.2.3 “Esquema General de Cotizantes – Tipos de Cotizantes – Subsistemas – Tipos de Planillas y Novedades”
Multiplique
Independientes 2.3.1 “Cálculo IBC – Ingreso Base de Cotización – Independientes”
Este realiza aporte a ARL si el contrato es mayor a un mes. La clase de riesgo laboral que debo reportar depende de la actividad a la cual se dedica. Si la clase de riesgo es 4 o 5, el aporte lo debe hacer el contratante.
OBSERVACIONES:
No se deben incluir ingresos como asalariado para determinar la base de cotización en calidad de independiente.
El valor del ingreso base de cotización - IBC no puede ser inferior a un SMMLV- ni superior a veinticinco (25) –SMMLV.
“Modificaciones a la Estructura de la Planilla Única – Decreto 1273 y Resolución 3559 de 2018, entre otros”
Independientes
Dependientes
Dependientes e Independientes
2.4
2.4.1 Generalidades Implementación / Dec. 1273 de 2018
EXCEPCIÓN
Pago mes vencido de los cotizantes independientes
Proporcionalidad en el pago de los
aportes (ING – RET)
Implementación Octubre 2018
Retención y pago de aportes de contratistas de prestación de
servicios
Junio 2019
Independientes
2.4.2 Implementación / Dec. 1273 de 2018 Periodo salud Sep 2018
• 3 - Independiente• 4 - Madre sustituta• 16 - Independiente agremiado o asociado• 23- Estudiantes aporte solo riesgos laborales• 33- Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional• 34 -Concejal o edil de Junta Administradora Local del
Distrito Capital de Bogotá amparado por póliza de salud
• 35 - Concejal municipal o distrital no amparado con póliza de salud
• 36 - Concejal municipal o distrital o edil de Junta Administradora Local no amparado con póliza de salud beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional
• 42- Cotizante independiente pago solo salud• 43 - Cotizante a pensiones con pago por tercero• 52 - Beneficiario del mecanismo de protección al
cesante• 53 - Afiliado participe• 56 - Prepensionado con aporte voluntario en salud• 57 – Independiente voluntario a Riesgos Laborales • 59 - Independiente con contrato de prestación de
servicios superior a 1 mes• 60 - Edil Junta Administradora Local no beneficiario
del Fondo de Solidaridad Pensional”
● 59 - Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes
Pago mes vencido y proporcionalidad
en el pago de Aportes con
Novedad de Ingreso
Proporcionalidad en
el pago de aportes con
Novedad de Retiro
Independientes
Implementación / Dec. 1273 de 2018
Quienes están obligados?
Los contratantes públicos, privados o mixtos que sean personas jurídicas, los patrimonios autónomos y consorcios o uniones temporales conformados por al menos una persona jurídica deberán efectuar la retención y giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes (PILA) de los trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios personales relacionados con las funciones de la entidad contratante
Ingreso Base de Cotización (lBC) del trabajador independiente con contrato de prestación de servicios personales. Corresponde mínimo al cuarenta por ciento (40%) del valor mensualizado de cada contrato, sin incluir el valor total del Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuando a ello haya lugar. En ningún caso el IBC podrá ser inferior al salario mínimo mensual legal vigente ni superior a 25 veces el salaría mínimo mensual legal vigente.
Cuando por inicio o terminación del contrato de prestación de servicios personales relacionados con las funciones de la entidad contratante resulte un periodo inferior a un mes, el pago de la cotización al Sistema de Seguridad Social Integral se realizará por el número de días que corresponda. El Ingreso Base de Cotización (lBC) no podrá ser inferior a la proporción del salario mínimo mensual legal vigente.
En los contratos de duración y/o valor total indeterminado no habrá lugar a la mensualización del contrato. En este caso los aportes se calcularán con base en los valores que se causen durante cada periodo de cotización.
RETENCiÓN Y GIRO DE LOS APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES CON CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS PERSONALES
Independientes
Los porcentajes de aportes a seguridad social para los independientes se calculan sobre el IBC y son:
● Salud: 12.5%● Pensión: 16% o si es de alto riesgo la tarifa que le corresponda, si no esta obligado a aportar a pensión
marcar el subtipo de cotizante que le aplique, estos serán validados con las BD que entrega el Ministerio.● Riesgos Laborales: De acuerdo al nivel de riesgo que le haya determinado la ARL● FSP: Si el IBC es Superior a 4 SMLMV (Sumando los ingresos de todos los contratos que tenga)● Caja de Compensación Familiar: Es opcional, si esta afiliado como independiente el 2%
Reporte de Información.
Los contratistas por prestación de servicios personales informarán al contratante, al momento de la suscripción del contrato y cuando quiera que se produzca alguna modificación que afecte el monto y el giro de los aportes al Sistema de Seguridad Integral, la siguiente información:
● 1. Si ostenta la calidad de pensionado o tiene requisitos cumplidos para pensión o por disposiciones legales no está obligado a cotizar a pensión
● 2. Si cotiza por otros ingresos provenientes de vinculación laboral y/o reglamentaría, mesadas pensionales, independiente por cuenta propia u otros contratos indicando el Ingreso Base de cotización (IBC) en cada uno de ellos.
Implementación / Dec. 1273 de 2018Independientes
Reporte de Información.
3. Si la totalidad de los ingresos mensuales son iguales o superiores a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales producto de otros ingresos provenientes de vinculación laboral y/o reglamentaria, independiente por cuenta propia u otros contratos.Si existe obligación de realizar la retención de aportes a/ Fondo de Solidaridad Pensional (FSP) la entidad contratante efectuará el aporte al FSP sobre el IBC del respectivo contrato
4. Si cotiza por el límite máximo de cotización de veinticinco (25) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
5. El porcentaje sobre el cual se deba aplicar la retención, si decide efectuar aportes por un Ingreso Base de Cotización (IBC) superior al 40% del valor mensualizado del contrato.
6. Si pertenece a un Régimen Especial o de Excepción en salud, y por tal razón el pago de la cotización a salud debe realizarse de manera directa a la Entidad Administradora de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) de conformidad con lo establecido en el decreto 1273 artículo 2.1.13.5.
7. Si desea efectuar voluntariamente aportes a una Caja de Compensación Familiar.
8. Si va a realizar aportes de la Unidad de pago por Capitación (UPC) adicional.
9. Si se efectuó traslado en alguna de entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral o de caja de compensación familiar.
Implementación / Dec. 1273 de 2018Independientes
2.4.4 Generalidades Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Tipo Persona – Representante Legal
Campo Validación
Tipo de Persona Obligatorio. Lo suministra el aportante. N. NaturalJ. Jurídica
Cuando el tipo de persona sea N, los valoresVálidos son: CC. Cédula de ciudadanía CE. Cédula de extranjería TI. Tarjeta de identidadPA. Pasaporte CD. Carné diplomático PE. Permiso Especial de Permanencia SC. Salvoconducto de permanencia
Primer apellido del representante legal
Obligatorio cuando en el campo “9-Tipo de Persona” sea J. Jurídica.
Primer nombre del representante legal
Obligatorio cuando en el campo “9-Tipo de Persona” sea J. Jurídica.
Dependientes e Independientes
Adiciona el texto:
“Para acceder a los beneficios para el pago de aportes parafiscales destinados al Sena, el ICBF y las Cajas de
Compensación Familiar de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 590 de 2000, el operador de información
debe validar con la fecha de instalación reportada en el archivo mensual suministrado por la DIAN a este Ministerio y dispuesto de
la misma manera en el FTP de cada operador”.
2.4.5 Generalidades Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Ley 590
Dependientes
Adiciona tipo de aportante “11. Pagador aportes parafiscales del Magisterio”
El O.I debe validar que el aportante se encuentre relacionado en el archivo “REPORTE DE INFORMACIÓN DE PAGADORES DE APORTES PARAFISCALES DEL MAGISTERIO”
Debe ser enviado por el MEN cada vez que sufra alguna modificación - ETC
62. Personal del Magisterio: Es utilizado por las Entidades Territoriales Certificadas
Aportes a:
Fondo de Solidaridad Pensional
Aportes parafiscales (SENA, Caja de Compensación Familiar, ICBF, ESAP y MINEDU) de los docentes y directivos docentes de la entidad territorial.
TIPO APORTANTE TIPO COTIZANTE
2.4.6 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Pago Aportes Personal Magisterio
Dependientes
2.4.7 Implementación /Resolución 3559 de 2018 / Aclaraciones Planillas: E - I - N
Planilla “E – Planilla empleados”
• 62 - Personal del Magisterio
Planilla “I – Planilla independientes”
• Modifica el ultimo literal así:
• Esta planilla no podrá ser utilizada para que un tipo de aportante “independiente” realice pagos por otros cotizantes independientes diferentes de sí mismo, a excepción del pago de aportes de los tipos de cotizante “40 – Beneficiario de UPC Adicional” y “43 - Cotizante a pensiones con pago por tercero”.”
Planilla “N - Planilla
correcciones”
• Se aclara que se utiliza para reportar novedades que implique el pago de un aporte mayor, si es menor debe ser directamente con la administradora.
• El uso de esta planilla sólo es permitido a través del O.I que se liquidó la planilla inicial
Dependientes e Independientes
2.4.8 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Modificación Aclaraciones Modalidad Planilla Electrónica
Liquidación
Planilla Electrónica
PAGO
EXCEPCIÓN
Planilla Electrónica
Liquidación obligatoria
Rangos empleados e independientes Decreto 1990 de 2016, modificado por Decreto 1765 de 2017 y 948 de 2018
EXCEPCIÓN
PAGO ASISTIDO
Enfrente prohibiciones para la constitución de cuentas bancarias.
Tener cuentas embargadas
Tener bloqueadas las cuentas por fraude
Tener pagos centralizados en otro país
Dependientes e Independientes
2.4.9 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Modificación Validación campo “6 Subtipo de Cotizante”
Adiciona la aclaración:
Cuando se reporten los subtipos de cotizante:1. Dependiente pensionado por vejez, jubilación o invalidez activo
2. Independiente pensionado por vejez, jubilación o invalidez activo.3. Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad.
4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión.5. Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de
saldos.6. Cotizante perteneciente a un régimen exceptuado de pensiones o a entidades
autorizadas para recibir aportes exclusivamente de un grupo de sus propios trabajadores.
9. Cotizante pensionado con mesada igual o superior a 25 SMLMV.12. Conductores del servicio público de transporte terrestre automotor individual de
pasajeros en vehículos taxi. No obligado a cotizar a pensión.
el valor del campo “46 – Tarifa de aportes pensiones” de este registro debe ser 0.
Dependientes e Independientes
Planilla Electrónica
EXCEPCIÓN
Validaciones subtipos de cotizantes
INFORMACIÓN DE PERSONAS PENSIONADAS
1. Dependiente pensionado por vejez, jubilación o invalidez activo
2. Independiente pensionado por vejez, jubilación o invalidez activo.
1- Vejez
8 – Invalidez Riesgo Común
9 – Invalidez Riesgo Laboral
10 – Jubilación
2.4.9 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Modificación Validación campo “6 Subtipo de Cotizante”
Dependientes e Independientes
Validaciones subtipos de cotizantesINFORMACIÓN DE PERSONAS
PENSIONADAS
2.4.9 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Modificación Validación campo “6 Subtipo de Cotizante”
Planilla Electrónica
EXCEPCIÓN
5. Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva
o devolución de saldos
20 - Devolución de Saldos
21 - Indemnización sustitutiva
9. Cotizante pensionado con mesada igual o superior a 25 SMLMV
1- Vejez
10 - Jubilación
Dependientes e Independientes
Planilla Electrónica
EXCEPCIÓN
Validaciones subtipos de cotizantes
3. Cotizante no obligado a cotización a pensiones por
edad.
INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS
COTIZANTES AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES,
CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN
4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión.
Tipo cotizante 56 -Prepensionado con aporte
voluntario en salud
REPORTE DE INFORMACION DE PERSONAS QUE ESTÁN EN
TRÁMITE DE SOLICITUD DE PENSIÓN
2.4.9 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Modificación Validación campo “6 Subtipo de Cotizante”
Dependientes e Independientes
Planilla Electrónica
EXCEPCIÓN
Cumplimiento a la Orden No. 10 del Auto 96 de 2017 de la Corte Constitucional respecto al pago de aportes de los beneficiarios al Programa del Subsidio al Aporte a Pensión
INFORMACIÓN DE PERSONAS PENSIONADAS
Validación Beneficiarios al Programa de Subsidio del aporte a Pensión.
4- Madre Sustituta
33 – Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional
10 – Jubilación
2.4.10 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Beneficiario Programa de Subsidio Aporte a Pensión.
Dependientes e Independientes
EXCEPCIÓN
MADRE SUSTITUTA VALIDACIÓN
ARCHIVO ICBF
Aporte voluntario pensiónValidación archivo Colombia Mayor
Tipo N° IdentificaciónTico Cotizante - 4Tarifa
Aporte madres sustitutas
Tipo N° IdentificaciónNombreApellidoFechaValor de la Beca
Cumplimiento a la Orden No. 10 del Auto 96 de 2017 de la Corte Constitucional respecto al pago de aportes de los beneficiarios al Programa del Subsidio al Aporte a Pensión
2.4.11 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Beneficiario Programa de Subsidio Aporte a Pensión.
Dependientes e Independientes
EXCEPCIÓN
Aportes ESAP
Naturaleza jurídica pública
Tipo identificación - NIT Número de identificación
2.4.12 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Validación Aportes ESAP – Ley 21 de 1982
Dependientes
Aclaración cambio de SMLMV para cada Año:
Independientes
• Periodo Salud Enero: IBC mínimo = SMLMV año en curso
Dependientes
• Periodo Salud Enero: IBC mínimo = SMLMV año anterior
• Periodo Salud Febrero: IBC mínimo = SMLMV año en curso
2.4.13 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Modificaciones cambio SMLMV
Dependientes e Independientes
2.4.14 Implementación / Resolución 3559 de 2018 / Tipo Pensión vs Pagador de Pensiones
RELACIÓN TIPO DE PENSIÓN VS TIPO DE PAGADOR DE PENSIONES
Tipo de pensión Código o No
Tipo de pagador de pensiones
1 2 3 4
Jubilación para compartir 11 X X X
Convencional para compartir 14 X X X X
Pagador de Pensiones:
01 Empleador
02 Administrador de pensiones
03 Pagador de pensiones
04 Pensiones de entidades de los regímenes especial y de excepción.
Dependientes
Se pueden corregir los siguientes campos:
IBC - Tarifas - Días - Cotizaciones - Tipo de cotizante - Subtipo de cotizante - Exoneración de pago de aportes patronales en salud - SENA e ICBF - Condición de
colombiano en el exterior o condición de extranjero no obligado a cotizar a pensión de periodos ya vencidos o para el mismo periodo de liquidación.
Se utiliza para:
Empresas públicas que paguen aportes por concepto de liquidación de prestaciones sociales, deberán corregir la planilla que incluya la novedad de retiro, realizan pagos de
parafiscales y no realizarán pago de intereses de mora.
Reportes de novedades de Retiro omitidas en la planilla inicial, durante el mes en que debío realizar el pago.
Pago de retroactivos de entidades públicas.
Aclaración:
Se aclara que se utiliza para reportar novedades que implique el pago de un aporte mayor, si es menor debe ser directamente con la administradora.
2.5.1 Planilla N Correcciones
Dependientes e Independientes
“Aproximaciones / Plazos Pago PILA / Fechas Paso a Pago Electrónico / Actualización de Datos”
Dependientes e Independientes
2.6
Aproximaciones:
Ejemplo: Un independiente devenga un salario de $2’473.641, teniendo en cuenta que la liquidación debe realizase sobre el 40%, el IBC correcto es:
2.6.1 Resolución 2388 y 5858 de 2016: Aproximaciones
Dependientes e Independientes
Artículo 2: Plazos para la auto-liquidación y el pago de los
aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Aportes Parafiscales
2.6.2 Resolución 2388 y 5858 de 2016: Calendario Autoliquidación
Pago el primer día hábil para las entidades públicas del
orden nacional pagadoras de
pensiones cuya nómina de
pensionados sea superior a
900.000 pensionados
Dependientes e Independientes
Dependientes e Independientes
2.6.3 “Paso a pago electrónico - Decreto 948 de 2018”
● Cuando se enfrente prohibiciones para la constitución de cuentas bancarias● Tener cuentas embargadas● Tener bloqueadas las cuentas por fraude● Tener pagos centralizados en otro país
Excepciones:
Actualización de Datos:
El aportante deberá actualizar su información ante el operador ANUALMENTE (a partir de enero de 2018).
Nota: Asopagos S.A. realiza campañas periódicas para la actualización de datos de nuestros usuarios, atendiendo a:
Las buenas prácticas de gestión información en los aplicativos y Requerimientos de Ley
2.6.4 Resolución 2388 y 5858 de 2016: Actualización de datos / Modificadas por la Res. 1608 de 2017
Dependientes e Independientes
ING Ingreso
RET Retiro
TAE Traslado a otra EPS
TAP Traslado a otro Fondo de pensiones
TDE Traslado desde otra EPS
TDP Traslado desde otro Fondo de pensiones
SUS Suspensión Mesada Pensional
VSP Variación de Mesada Pensional
3.1 Estructura Planilla Única – Pensionados / Novedades - Tipos Pagador Pensiones – Tipos Pensionados
CÓD. TIPO DE PAGADOR PENSIONES
1 Empleador
2 Administrador de pensiones
3 Pagador de pensiones
4 Pensiones de entidades de los regímenes especial y de excepción
CÓD. TIPO DE PENSIONADO
1 Pensionado de régimen de prima media. Tope máximo de pensión 25 SMLMV
2 Pensionado de régimen de prima media. Sin tope máximo de pensión
3 Pensionado de régimen de ahorro individual. No aplica tope máximo de pensión
4 Pensionado de Riesgos Laborales. Tope máximo de 25 SMLMV
5 Pensionado por el empleador, con tope máximo de pensión de 25 SMLMV
6 Pensionado por el empleador sin tope máximo de pensión
7 Pensionado de entidades de los regímenes especial y de excepción, con tope máximo de pensión de 25 SMLMV
8 Pensionado entidades de los regímenes especial y de excepción, sin tope máximo en pensión
9 Beneficiario UPC adicional
Novedades
4.1 Proyecto de Resolución – Planilla O
La Resolución tiene como fin:
Adicionar el tipo de planilla “O – Planilla Obligaciones determinadas por la UGPP” para permitir que los aportantes que fueron determinados por la
UGPP como omisos, inexactos y morosos, puedan acogerse a los beneficios anteriormente señalados, de conformidad con los actos
adminsitrativos proferidos por dicha entidad.
Aplica descuentos en los intereses de mora para los subsistemas de salud, riesgos laborales, CCF, SENA e ICBF.
MINSALUD remitirá a los operadores de información, la base de datos de aportantes que apliquen a los diferentes beneficios que establece la
Planilla O. Todo esto, de acuerdo con algunos indicadores tipificados por la UGPP.
Se prevé su entrada en vigencia para el 1 de abril 2019
4.1 Proyecto de Resolución – Planilla O / Indicadores UGPP
Indicador Descripción Condiciones Pago Hasta
1 Sin Beneficios N.A. N.A.
2 Terminación por mutuo acuerdo Exoneración 80% intereses de mora a
todos los subsistemas diferentes a Pensión
a) Se les haya notificado antes del 28 de diciembre de 2018,requerimiento para declarar y/o corregir
liquidación oficial,o resolución decida recurso de re-consideración.
Paguen con Fecha de pago = o < al 31 de octubre de 2019 el total de la
contribución,100% intereses pensiones,20% intereses otros subsistemas.
3 Terminación por mutuo acuerdo Exoneración 80% intereses de mora a
todos los subsistemas diferentes a Pensión
a) Se les haya notificado antes del 28 de diciembre de 2018; b) Se encuentren antes del 28 de diciembre de 2018 en liquidación forzosa.
Paguen durante el termino que dure la liquidación forzosa el total de la
contribución,100% intereses pensiones,20% intereses otros subsistemas.
4 Exoneración 80% intereses de mora a todos los subsistemas diferentes a Pensión, antes del 28 de diciembre de 2018 hayan
presentado demandas contra las actuaciones administrativas UGPP
a) El proceso contra una liquidación oficial se encuentre en única o primera instancia.
Paguen con fecha de pago = < al 30 de septiembre de 2019 el total de la contribución ,100% intereses pensiones,20% intereses otros
subsistemas.
5 Exoneración 80% intereses de mora a todos los subsistemas diferentes a Pensión,
antes del 28 de diciembre de 2018 presenten solicitud de Conciliación Judicial
de los procesos administrativos
a) El proceso contra la liquidación oficial se encuentra en única o primera instancia; b) Se
encuentren antes del 28 de diciembre de 2018 en liquidación forzosa.
Paguen durante el termino que dure la liquidación forzosa el total de la
contribución,100% intereses pensiones,20% intereses otros subsistemas.
6 Exoneración del 70% de los intereses moratorios de los subsistemas diferentes
de pensiones, que antes del 28 de diciembre de 2018 hayan presentado
demandas contra las actuaciones administrativas
a) El proceso contra una liquidación oficial se encuentre en segunda instancia.
Paguen con fecha de pago = < al 30 de septiembre de 2019 el total de la
contribución,30 % intereses otros subsistemas.
7 Exoneración del 70% de los intereses moratorios de los subsistemas diferentes
de pensiones, que antes del 28 de diciembre de 2018 presenten solicitud de
Conciliación Judicial de los procesos administrativos
a) El proceso contra una liquidación oficial se encuentre en segunda instancia; b) Se encuentren antes del 28 de diciembre de 2018 en liquidación
forzosa.
Paguen durante el termino que dure la liquidación forzosa el total de la
contribución,100% intereses pensiones,30% intereses otros subsistemas.
5.4 Funcionalidades Plataforma
Cargues masivos de información
Cargue masivo de NovedadesCargue masivo de EmpleadosEnvío masivo de Certificados
5.5 Funcionalidades Plataforma
Certificaciones de pago en línea, con verificación de Habeas Data y sin necesidad de logueo
Luz Edy Padilla Frade – Directora Planilla ÚnicaTel: 4877853 ext. 1210 – Bogotá D.C.
E-mail: [email protected]