ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga...

31
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE GOBIERNO 1 | Sala de Gobierno ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID EN LA SESIÓN PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 25 DE ABRIL DE 2016. 1. MAGISTRADOS Y JUECES 1.1. Designar vocales judiciales de las Juntas Electorales de Zona de los partidos judiciales coincidentes con las elecciones Locales de 1979, del territorio sobre el que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid extiende su jurisdicción, a los jueces de la jurisdicción civil y penal que a continuación se relacionan, junto con los suplentes respectivos: Junta Electoral de Zona del partido judicial de Alcalá de Henares - Vocales: NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD 1. Luis Miguel Arroyo Rodríguez Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 Coslada 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos Javier Garzón Íñigo Juzgado de Primera Instancia nº 4 Alcalá de Henares - Suplentes: NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD 1. Antonio Castro Martínez Juzgado de Primera Instancia nº 3 Alcalá de Henares 2. Mª Belén Pérez Salido Juzgado de Instrucción nº 4 Alcalá de Henares 3. Marta Gala García Juzgado de Instrucción nº 4 Torrejón de Ardoz

Transcript of ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga...

Page 1: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

1 | S a l a d e G o b i e r n o

ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID EN LA SESIÓN PLENARIA CELEBRADA EL

DÍA 25 DE ABRIL DE 2016.

1. MAGISTRADOS Y JUECES

1.1. Designar vocales judiciales de las Juntas Electorales de Zona de los partidos

judiciales coincidentes con las elecciones Locales de 1979, del territorio sobre el

que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid extiende su jurisdicción, a los jueces

de la jurisdicción civil y penal que a continuación se relacionan, junto con los

suplentes respectivos:

Junta Electoral de Zona del partido judicial de Alcalá de Henares

- Vocales:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Luis Miguel Arroyo

Rodríguez

Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción

nº 5

Coslada

2. Mª Olga Iglesias

Santamaría

Juzgado de Instrucción

nº 2

Alcalá de

Henares

3. Carlos Javier Garzón

Íñigo

Juzgado de Primera

Instancia nº 4

Alcalá de

Henares

- Suplentes:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Antonio Castro

Martínez

Juzgado de Primera

Instancia nº 3

Alcalá de

Henares

2. Mª Belén Pérez Salido Juzgado de Instrucción

nº 4

Alcalá de

Henares

3. Marta Gala García Juzgado de Instrucción

nº 4

Torrejón de

Ardoz

Page 2: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

2 | S a l a d e G o b i e r n o

Junta Electoral de Zona del partido judicial de Aranjuez

- Vocales:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Mª del Pilar Sánchez-

Baña Rodero

Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción

nº 3

Valdemoro

2. Mª Ángeles Carreras

Huerta

Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción

nº 2

Valdemoro

3. Mª Yolanda Bonilla

Sánchez

Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción

nº 5

Valdemoro

- Suplentes:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Mª Jesús López Chacón Juzgado de Violencia

sobre la Mujer nº 1

Arganda

del Rey

2. Cristina García

González

Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción

nº 3

Aranjuez

3. Raquel Chacón

Campollo

Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción

nº 1

Aranjuez

Junta Electoral de Zona del partido judicial de Colmenar Viejo

- Vocales:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Alicia Barba de la Torre Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción

nº 3

Colmenar

Viejo

2. Pedro José Puerta

Lanzón

Juzgado de Primera

Instancia nº 4

Alcobendas

Page 3: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

3 | S a l a d e G o b i e r n o

3. Rocío Paz Gómez de

Liaño

Juzgado de Primera

Instancia nº 2

Alcobendas

- Suplentes:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Sonsoles Lloría Gómez Juzgado de Violencia

sobre la Mujer

Alcobendas

2. Rosa María Gascón

Álvarez

Juzgado de Instrucción

nº 1

Alcobendas

3. Raquel Sánchez

Escobar

Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción

nº 6

Colmenar

Viejo

Junta Electoral de Zona del partido judicial de Madrid

- Vocales:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Enrique Jesús Berges

de Ramón

Juzgado de Instrucción

nº 27

Madrid

2. Juan Ramón Rodríguez

Llamosí

Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción

nº 2

Alcorcón

3. Mª del Sagrario Herrero

Enguita

Juzgado de Instrucción

nº 35

Madrid

- Suplentes:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Isabel Saborit Basanta Juzgado de lo Penal

nº 9

Madrid

2. Emelina Santana Páez Juzgado de Primera

Instancia nº 79

Madrid

3. Mª Ángeles Velasco

García

Juzgado de Primera

Instancia nº 25

Madrid

Page 4: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

4 | S a l a d e G o b i e r n o

Junta Electoral de Zona del Partido Judicial de Navalcarnero.

- Vocales:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Jose Manuel Vázquez

Rodríguez

Juzgado de lo Penal nº

4

Móstoles

2. Juan José Sánchez

Sánchez

Juzgado de Primera

Instancia nº 4

Móstoles

3. Yolanda Rodríguez

Tapia

Juzgado de Primera

Instancia nº 7

Móstoles

- Suplentes:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Elena Cortina Blanco Juzgado de Primera

Instancia nº 6

Móstoles

2. Pablo Rafael Ruz

Gutiérrez

Juzgado de Instrucción

nº 4

Móstoles

3. Inés Malagón Martín Juzgado de Instrucción

nº 2

Móstoles

Junta Electoral de Zona del partido judicial de San Lorenzo de El Escorial.

- Vocales:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Alazne Basáñez

Gutiérrez

Juzgado de Primera

Instancia e

Instrucción nº 4

Majadahonda

2. Mª del Carmen del

Val Agustín

Juzgado de Primera

Instancia e

Instrucción nº 8

Collado

Villalba

3. Blanca Mª Sánchez-

Blanco Mancera

Juzgado de Primera

Instancia e

Instrucción nº 2

San Lorenzo

de El Escorial

Page 5: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

5 | S a l a d e G o b i e r n o

- Suplentes:

NOMBRE Y APELLIDOS ÓRGANO JUDICIAL LOCALIDAD

1. Ricardo Ruiz Sáenz Juzgado de Primera

Instancia e

Instrucción nº 5

Collado Villalba

2. Gregorio Mª Callejo

Hernanz

Juzgado de Primera

Instancia e

Instrucción nº 5

Majadahonda

3. Isabel Serrano

Pozuelo

Juzgado de Primera

Instancia e

Instrucción nº 2

Majadahonda

Póngase esta designación en conocimiento de los letrados o letradas que,

conforme al art. 11.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen

Electoral General, les corresponde asumir la secretaría de las Juntas Electorales

de Zona citadas, a fin de que, una vez se publique, en su caso, la convocatoria

de elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado en el BOE, procedan a

la convocatoria de la sesión constitutiva prevista en el número 4 del art. 14 de la

ley orgánica citada, significándoles que deberán tener en cuenta lo previsto en

el número 6 del art. 8 de la misma ley.

Comuníquese al Sr. Presidente del Consejo General del Poder Judicial y a la

Junta Electoral Central que, en el día de la fecha, por acuerdo de la Sala de

Gobierno se ha procedido a la designación de los vocales judiciales de todas y

cada una de las Juntas Electorales de Zona del territorio de este Tribunal, así

como de los suplentes respectivos, y se procede a comunicar dicha designación

a quienes han de asumir la secretaría de las Juntas respectivas, a los efectos

consiguientes y, con certificación, póngase en conocimiento de la Junta

Electoral Provincial de Madrid, a los efectos que procedan.Con certificación,

particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial.

1.2. Ratificar el acuerdo de 7 de abril de 2016, de la Presidencia de este Tribunal, en

el que se informa negativamente la concesión de comisión de servicio, con

relevación de funciones, a la magistrada D.ª M.ª Isabel Saiz Areses, titular del

Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid, para su desempeño en la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, por las siguientes

razones:

- El Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid tenía una pendencia de 649

asuntos al acabar 2015.

- En los juzgados de lo social de Madrid hay desde hace años dos juzgados

cuyos titulares no están al frente por encontrarse en comisión de servicio

en la Mutualidad General Judicial y en el Gabinete Técnico del Tribunal

Supremo, generando una grave situación que la concesión de una

Page 6: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

6 | S a l a d e G o b i e r n o

nueva comisión de servicios agravaría. A ello se añade que haya una

juez con adaptación de puesto de trabajo y otra con reducción de

jornada por cuidado de hijo.

- Los juzgados de lo social de Madrid están sometidos a un refuerzo con 10

JAT, 5 LAJ y 32 funcionarios.

- Hasta la fecha no se ha permitido que jueces o magistrados de otros

Tribunales Superiores de Justicia vengan al de Madrid en comisión de

servicios con relevación de funciones, por lo que conceder la comisión

cuyo informe se solicita implicaría un trato desigual y discriminatorios para

un Tribunal Superior de Justicia que como el de Madrid está atendiendo

numerosas comisiones en órganos centrales (Ministerio de Justicia,

Gabinete Técnico del Tribunal Supremo y Audiencia Nacional).

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

1.3. Ratificar el acuerdo de 14 de abril de 2016, de la Presidencia de este Tribunal, en

el que se informa negativamente la concesión de comisión de servicio, con

relevación de funciones, al magistrado D. Manuel Jaén Vallejo, destinado en

virtud de acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de marzo de 2016 al

Juzgado de lo Penal nº 4 de Getafe, para su desempeño en el Ministerio de

Justicia, por las siguientes razones:

- La pendencia del Juzgado de lo Penal nº 4 de Getafe al acabar el año

2015 era de 680 asuntos pendientes de enjuiciamiento y 608 ejecutorias

en trámite.

- El Juzgado de lo Penal nº 4 de Getafe ha tenido varios refuerzos. El último

con una juez de apoyo de la 64ª promoción, que también reforzaba los

Juzgados de los Penal nº 1, 2, y 3, estuvo vigente hasta el pasado mes de

marzo. El juzgado cuenta en la actualidad con un funcionario del servicio

de apoyo a la Presidencia como refuerzo.

- La situación que en el pasado perjudicó a este juzgado de lo penal fue la

falta de estabilidad del juez que se hacía cargo del mismo, entre otras

causas por licencias por enfermedad. Se considera que el que no esté al

frente su nuevo titular puede frenar la buena marcha del juzgado, que se

aprecia en los últimos tiempos, con una reducción de los asuntos

pendientes de un 15,4%, en gran medida por la estabilidad que tuvo a

nivel judicial.

- Este Tribunal Superior de Justicia está soportando que un elevado número

de sus magistrados se encuentren en comisión de servicios en el Gabinete

Técnico del Tribunal Supremo, en la Audiencia Nacional y en el Ministerio

de Justicia, con el consiguiente perjuicio que ello acarrea a los órganos

judiciales de que son titulares y al servicio público que prestan.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

Page 7: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

7 | S a l a d e G o b i e r n o

1.4. Ratificar el acuerdo de la Presidencia de este Tribunal Superior de Justicia de 13

de abril de 2016, por el que en cumplimiento del acuerdo de la Comisión

Permanente de 31 de marzo de 2016 que dispuso una reducción del 50% de la

carga de trabajo de la magistrada titular del Juzgado (…) de Madrid D. (…), se

establece la adaptación del puesto de trabajo de la citada magistrada en los

siguientes términos:

Duración de la adaptación del puesto de trabajo:

12 meses. En el cómputo de este periodo quedará excluido el mes de agosto.

Inicio de la adaptación del puesto de trabajo:

18 abril 2016.

Juez o magistrado de apoyo que asumirá el 50% de la carga de trabajo de que

se exime a la magistrada titular:

Sustituto profesional (concepto en el que se incluye también a magistrado en

comisión de servicios sin relevación de funciones) o en su defecto juez de

adscripción territorial que se asigne por la Presidencia del TSJM. Hasta tanto haya

disponibilidad de sustituto profesional o de juez de adscripción territorial y se

pueda hacer la adscripción, se nombrará un juez sustituto del orden penal.

Reparto de asuntos:

- La magistrada (…) conocerá de los asuntos terminados en 6, 7, 8, 9 y 0.

- El juez o magistrado que se encargue del otro 50%, conocerá de las

causas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.

Régimen transitorio:

El Juzgado tiene efectuados señalamientos hasta el día 11 de julio de 2016

distribuidos entre lunes y miércoles, días en que dispone de la sala de vistas que

comparte de con el Juzgado (…) – además de los viernes de forma alterna -, por

lo que hasta que se puedan hacer los señalamientos a cada magistrado en

función del número de terminación de los procedimientos y para evitar cambios

de señalamientos que implicarían una sobrecarga de trabajo al Juzgado, se

dispone que se repartan los días de señalamiento entre ambos, de la siguiente

manera hasta el 11 de julio de 2016:

- Lunes - Celebrará los juicios la magistrada titular.

- Miércoles - Celebrará los juicios el juez o magistrado de apoyo.

Juicios rápidos:

- Los días de juicios rápidos en el Juzgado (…) están señalados durante el

año 2016 para los días 20 de mayo (viernes), 27 de junio (lunes), 16 de

agosto (martes), 4 de octubre (martes) y 30 de noviembre (miércoles).

- Los juicios rápidos señalados los lunes los celebrará la magistrada titular y

los señalados los miércoles el juez o magistrado de apoyo.

Page 8: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

8 | S a l a d e G o b i e r n o

- En los señalados los martes, jueves o viernes se establecerá un turno

alterno comenzando el primer día de señalamiento la magistrada titular y

el siguiente el juez o magistrado de apoyo.

Asistencia:

- La titular del Juzgado deberá asistir los lunes, martes y viernes la primera

semana, y lunes y martes la segunda y así cada semana de forma

alterna, además de los días que le corresponda celebrar juicios rápidos.

- El juez o magistrado de apoyo deberá asistir miércoles y jueves la primera

semana, y miércoles, jueves y viernes la segunda y así cada semana de

forma alterna, además de los días que le corresponda celebrar juicios

rápidos. En el caso de que se nombre un juez de adscripción territorial

para atender el 50%, se podrán readaptar los días de asistencia si

asumiera por vía de refuerzo el 50% de otro órgano judicial.

Legalización de búsquedas y capturas.

Cada magistrado legalizará las búsquedas y capturas y celebrará las

comparecencias del artículo 505 de la LECrim correspondientes a sus

procedimientos. Ello no obstante si debieran legalizarse y celebrarse los días que

no corresponde asistir al magistrado, y este no pudiera encargarse, deberá

hacerlo el otro magistrado.

Sustituciones:

- La magistrada (…) quedará exenta de participar en los planes anuales

de sustitución obligatoria.

- En el supuesto de baja por enfermedad de la titular del Juzgado, se

deberá atender su 50% de carga de trabajo por los cauces establecidos

en los artículos 210 y 211 de la LOPJ. Si no fuera posible se nombrará un

juez sustituto. En el supuesto de que fuera un juez sustituto el que estuviera

atendiendo el otro 50% de la carga de trabajo, se encargara el mismo

juez sustituto del Juzgado al 100%.

- En el supuesto de baja por enfermedad del sustituto profesional o juez de

adscripción provisional que actuara como magistrado de apoyo se

deberá atender su 50% de carga de trabajo por los cauces establecidos

en los artículos 210 y 211 de la LOPJ. Si no fuera posible se nombrará un

juez sustituto.

Cualquier modificación que se quiera realizar del plan de actuación deberá ser

aprobada previamente por la Sala de Gobierno o por la Presidencia del TSJM.

Notifíquese el presente acuerdo a la magistrada (…), al Decanato de los

Juzgados de Madrid y a la letrada de la administración de justicia del Juzgado

de (…) de Madrid, y con certificación en unión de antecedentes al Consejo

General del Poder Judicial para su conocimiento y efectos.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

Page 9: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

9 | S a l a d e G o b i e r n o

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

1.5. Ratificar el acuerdo de la Presidencia de 13 de abril de 2016 por el que se

dispone ofertar en comisión de servicios, sin relevación de funciones, el 50% de la

carga de trabajo de la titular del Juzgado de (…) de Madrid entre miembros de

la Carrera Judicial.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

1.6. Ratificar el acuerdo de la Presidencia de 13 de abril de 2016 relativo a la

adscripción de la juez de adscripción territorial del refuerzo de los Juzgados

contencioso administrativo D.ª Ángela López Yuste Padial, al Juzgado de (…) de

Madrid desde el 15 de septiembre de 2015 por licencia de enfermedad de su

titular.

Notifíquese el acuerdo a la interesada, al Juzgado de (…) de Madrid y al

Decanato de los Juzgados de Madrid y con certificación, en unión de

antecedentes, elévese al Consejo General del Poder Judicial para su

conocimiento y efectos.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

1.7. Ratificar el acuerdo de la Presidencia de 14 de abril de 2016 por el que se

interesa al Consejo General del Poder Judicial elevar propuesta al Ministerio de

Justicia a fin de que le sea retribuida a la magistrada juez de adscripción

territorial D.ª Ángela López Yuste Padial, en los términos previstos en el art. 3 del

RD 431/2004, de 12 de marzo, la sustitución profesional que realizó, desde el 15

de febrero de 2015 hasta el 10 de abril de 2016 en el Juzgado de lo contencioso

administrativo nº 8 de Madrid haciéndose cargo del 50% de la carga de trabajo

del Juzgado.

Con certificación dese traslado del acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y póngase en conocimiento de la interesada y del Decanato de los

Juzgados de Madrid.

1.8. Ratificar el acuerdo de 18 de abril de 2016 de la Presidencia de este Tribunal

Superior de Justicia por el que se solicita la prórroga de la comisión de servicio,

con relevación de funciones, del magistrado D. Francisco Javier Peñas Gil, titular

del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Leganés, en la Sección 8ª

de la Audiencia Provincial de Madrid, por un periodo de seis meses a contar

desde el 21 de mayo de 2016, salvo que con anterioridad se reincorporara el

titular de la plaza.

Page 10: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

10 | S a l a d e G o b i e r n o

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y notifíquese al interesado, al Presidente de la Audiencia Provincial de

Madrid y al de su Sección Octava.

1.9. Asumiendo la propuesta formulada en el acuerdo de 20 de abril de 2016 de la

Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, solicitar la prórroga de la comisión

de servicio, con relevación de funciones, de D.ª Araceli Perdices López,

magistrado de la Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Madrid,

por un periodo de seis meses, para el Gabinete de Apoyo a la Presidencia del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y notifíquese a la interesada.

1.10. Asumir el informe de Presidencia sobre la situación y destinos a fecha 25 de abril

de 2016 de los jueces de adscripción territorial, jueces de apoyo al juez de

adscripción territorial y jueces en prácticas en el ámbito del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid, y dar traslado del mismo al Consejo General del Poder

Judicial a efectos de lo previsto en el artículo 347 bis de la Ley Orgánica del

Poder Judicial.

Con certificación, particípese este Acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

1.11. Aprobar las adscripciones de la magistrada Dª Ana Rufz Rey a la Sección 10ª y

de la magistrada Dª Pilar García Ruiz a la Sección 1ª, ocupando ambas plaza de

especialista en las citadas Secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Con certificación particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial y a la Presidencia de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de este TSJM.

1.12. Aprobar la adscripción de la magistrada Dª (…), adscrita actualmente a la

Sección (…), a la Sección (…) de la Sala de lo Social, cambio que surtirá efectos

el mismo día en que se reincorpore al servicio activo una vez finalizada la

licencia por enfermedad que tiene concedida.

Con certificación particípese ese acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial y comuníquese a la Presidencia de la Sala de

lo Social, a los Presidentes de las Secciones afectadas y a la interesada.

1.13. Ratificar el acuerdo de fecha 19 de abril de 2016 de la Presidencia de este

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que se informa favorablemente la

solicitud de jubilación voluntaria anticipada del magistrado de la Audiencia

Provincial de Madrid D. Luis Antonio Martínez de Salinas Alonso.

Con certificación particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial y al interesado.

1.14. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de junta de jueces del partido

judicial de Alcalá de Henares, celebrada el día 8 de abril de 2016.

Page 11: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

11 | S a l a d e G o b i e r n o

2. Tomar conocimiento de la solicitud de instalación de un armero en cada sede,

acordada en el punto segundo de dicha acta, así como de la reunión que

mantuvo el Decano con la Directora General de Justicia, y trasladar a la

Delegada del Gobierno y a la Directora General de Justicia y Seguridad de la

Comunidad de Madrid la preocupación de la Sala de Gobierno sobre el acceso

a edificios judiciales de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

armados, sobre todo cuando acceden como particulares interesados en

procedimientos judiciales, solicitando se dispongan las medidas oportunas.

3. Respecto a lo acordado en el punto cuarto de dicha acta, con relación a la

situación del despacho de la magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 1,

al sistema de alarma del edificio en Calle Colegios y a problemas de salubridad,

seguridad y vigilancia:

a. Requerir a la Dirección General de Justicia y Seguridad de la Comunidad

de Madrid para que se dé solución inmediata a las incidencias de carácter

análogo a la indicada en esta acta, que puedan suceder eventualmente.

b. Interesar asimismo, en vista de esta situación, a la Sra. Directora General

para que informe a la Sala de Gobierno de cuáles son las dependencias de

los edificios judiciales de Alcalá de Henares que están dedicadas a

actividades ajenas a la función judicial.

4. Con relación a lo acordado en dicha acta, en su apartado final, respecto a la

propuesta de prórroga del apoyo al servicio de ejecutorias de los juzgados de lo

penal efectuada por D.ª Cristina Bustamante Gil, una vez se haya recibido

informe sobre la evolución del refuerzo y de los juzgados reforzados, se acordará

lo procedente.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de

Alcalá de Henares y a la Dirección General de Justicia y Seguridad de la

Comunidad de Madrid.

1.15. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de junta de jueces del partido

judicial de Leganés, celebrada el día 1 de abril de 2016.

2. Aprobar la refundición de normas de reparto de asuntos penales acordada en

el punto primero de dicha acta, y ordenar su publicación en el Portal de

Transparencia de este Tribunal.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder judicial, y comuníquese al Sr. Decano de Leganés,

con indicación al mismo de que habrá de dar la publicidad suficiente a las

nuevas normas de reparto (mediante publicación en el Tablón de Anuncios del

Decanato), conforme a lo dispuesto en el art. 12.6 del Reglamento 1/2000 de los

Órganos de Gobierno de los Tribunales; particípese asimismo lo acordado a los

Ilustres Colegios de Procuradores y de Abogados con sede en la Comunidad de

Madrid, con remisión de las citadas normas, a los efectos de lo dispuesto en el

artículo citado.

Page 12: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

12 | S a l a d e G o b i e r n o

1.16. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de la Junta Sectorial de jueces de

los Juzgados de lo contencioso administrativo de Madrid, celebrada el día 30 de

marzo de 2016.

2. Respecto de la propuesta de refuerzo de estos Juzgados, estar a la espera de

los datos que arroje la evolución estadística del segundo trimestre de 2016 para

ver la situación real en la que quedan los juzgados y los señalamientos de los

juicios.

Con certificación particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y al Decano del Partido Judicial de Madrid.

1.17. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de la Junta Sectorial de jueces de

los Juzgados de lo mercantil de Madrid, celebrada el día 02 de diciembre de

2015.

2. Se aprueba la atribución en exclusiva de la materia de patentes a los juzgados

de lo mercantil números 7, 8, 9 y 10 de Madrid, a los efectos del artículo 118.2 de

la Ley 24/2015.

Con certificación particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y al Decano del Partido Judicial de Madrid.

1.18. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de la Junta Sectorial de jueces de

los Juzgados de lo penal con competencia exclusiva en violencia sobre la mujer

de Madrid, celebrada el día 26 de febrero de 2016.

2. Tomar conocimiento del contenido del informe de fecha 19 de febrero de

2016, del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial, sobre la

posible atribución a los Juzgados Penales de Madrid exclusivos de enjuiciamiento

y especializados en el conocimiento de asuntos de violencia sobre la mujer, del

conocimiento de todos los asuntos de esta naturaleza instruidos en la

Comunidad de Madrid.

3. Aprobar el calendario existente de señalamientos de Juicios Rápidos en el mes

de agosto, con dos días de señalamientos por semana, fijándose los martes y los

miércoles.

4. Ratificar el acuerdo de Presidencia de 12 de abril de 2016 y no aprobar, en

consecuencia, el cuadro de sustituciones voluntarias que se propone.

5. Dar traslado a la Dirección General de Justicia y Seguridad de la Comunidad

de Madrid de las deficiencias en limpieza de los despachos, salas de vistas y

demás dependencias, e inadecuada temperatura en salas de espera,

inadecuación de espacio y separación en salas de vistas y otras dependencias,

para que se subsanen las mismas.

Con certificación particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y al Decano del Partido Judicial de Madrid,

así como a la Dirección General de Justicia y Seguridad de la Comunidad de

Madrid.

Page 13: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

13 | S a l a d e G o b i e r n o

1.19. 1. Tomar conocimiento del contenido de la comunicación de fecha 7 de abril de

2016, de la Sra. Directora General de Justicia y Seguridad de la Comunidad de

Madrid, informando sobre la dotación de textos legales impresos a los Juzgados

interesada en Junta de Jueces celebrada el día 4 de noviembre de 2015, y en

contestación a lo indicado en el acuerdo 1.22º, adoptado por la Sala de

Gobierno en fecha 29 de febrero de 2016.

2. Expresar la protesta de esta Sala por la falta de dotación de los textos legales

básicos en papel, imprescindibles para el ejercicio de la función jurisdiccional.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese al Juzgado Decano de

Móstoles y a la Dirección General de Justicia y Seguridad de la Comunidad de

Madrid.

1.20. 1. Tomar conocimiento del contenido del acta de junta de jueces del partido

judicial de Valdemoro, celebrada el día 27 de noviembre de 2015.

2. Respecto a lo acordado en el punto primero de dicha acta, sobre

“concreción de la norma general de reparto tercera”:

a. NO APROBAR lo acordado en el apartado primero de dicho punto, sobre

“la recepción, el registro y el reparto de asuntos penales se realizará a

diario en la Oficina de Decanato (…), atendiendo a la fecha de

presentación en dicha Oficina (…)”, por cuanto permite seleccionar el

juzgado competente por quien presenta el escrito.

b. Aprobar lo acordado en el apartado segundo de dicho punto, sobre la

atribución de competencia exclusiva y excluyente, en los términos del art.

87 ter de la LOPJ, al Juzgado de Violencia sobre la Mujer, con relación al

art. 44 de la LO 1/2004.

c. NO APROBAR lo acordado en el apartado tercero de la citada acta,

sobre la entrada en vigor de “la norma de reparto penal anterior” el día 7

de diciembre de 2015, por cuanto no puede entrar en vigor antes de la

aprobación por Sala de Gobierno.

3. NO APROBAR lo acordado en el punto tercero de dicha acta, sobre

“modificación de la norma penal de reparto tercera y, en su caso, undécima, en

el sentido de que cada Juzgado de Instrucción tramitará todas aquellas

diligencias del orden penal atendiendo a la fecha en que hayan sido

presentadas en el Juzgado Decano”, dado que permite seleccionar el juzgado

competente por quien presenta el escrito.

4. Aprobar las modificaciones de las normas de reparto acordadas en los puntos

cuarto, quinto y octavo de dicha acta.

5. Respecto al acuerdo de “creación de dicha Unidad policial” adoptado en el

punto décimo de dicha acta, considerar que se solicita la creación de dicha

unidad.

6. Respecto a lo acordado en el apartado de ruegos y preguntas de dicha acta,

con relación al equipo psicosocial de Valdemoro, trasladar a la Dirección

Page 14: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

14 | S a l a d e G o b i e r n o

General de Justicia y Seguridad la petición de refuerzo de dicho equipo

psicosocial.

7. NO APROBAR el acuerdo adoptado al cierre de dicha acta, sobre entrada en

vigor de las normas establecidas en la misma en el día 7 de diciembre de 2015.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese la Sra. Decana de los

juzgados de Alcorcón, con indicación a la misma de que habrá de dar la

publicidad suficiente a las nuevas normas de reparto aprobadas por esta Sala

(mediante publicación en el Tablón de Anuncios del Decanato), conforme a lo

dispuesto en el art. 12.6 del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno de

los Tribunales; particípese asimismo lo acordado a los Ilustres Colegios de

Procuradores y de Abogados con sede en la Comunidad de Madrid, con

remisión de las citadas normas, a los efectos de lo dispuesto en el artículo citado.

1.21. Liberar temporalmente a la magistrada de la Sección Tercera de la Audiencia

Provincial de Madrid Dª Rosa Esperanza Rebollo Hidalgo del turno ordinario de

ponencias hasta el 9 de junio de 2016, de conformidad con el art. 34.4 del

Reglamento de Aspectos Accesorios, dadas las circunstancias excepcionales

que concurren, al tener que redactar como ponente la sentencia en el asunto

referido en la solicitud, debiendo remitir copia de la sentencia dictada al finalizar

el periodo de liberación.

Con certificación, comuníquese el acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y notifíquese el presente a la magistrada Dª Rosa Esperanza Rebollo

Hidalgo, al Presidente de la Audiencia Provincial de Madrid y al de su Sección

Tercera, con instrucción de que puede interponerse recurso de alzada ante el

Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión,

en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

2. RELATIVO A MAGISTRADOS SUPLENTES Y JUECES SUSTITUTOS

2.1. 1. Asumiendo los términos de la propuesta de fecha 20 de abril de 2016 de la

Presidencia de este Tribunal Superior de Justicia, proponer al Consejo General del

Poder Judicial ampliar en una plaza más el número de magistrados suplentes

para el orden penal en la Audiencia Provincial de Madrid.

2. Proponer el nombramiento de D.ª Isabel Valdecabres Ortíz como magistrada

suplente de la Audiencia Provincial de Madrid para el orden penal.

Con certificación, junto con antecedentes, comuníquese al Consejo General del

Poder Judicial.

2.2. Asumiendo los términos de la propuesta de la Presidencia de este Tribunal

Superior de Justicia se reconocen a la juez sustituta para el orden mixto, D.ª

Mercedes Galindo Fuentes, días a efectos económicos y de seguridad social

para el dictado de las resoluciones pendientes tras su cese en el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Majadahonda.

Page 15: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

15 | S a l a d e G o b i e r n o

Con certificación, comuníquese al Consejo General del Poder Judicial, a la

habilitación del Ministerio de Justicia y notifíquese el presente acuerdo a la

interesada con instrucción de que puede interponerse recurso de alzada ante el

Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión,

en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

2.3. Ratificar todos los llamamientos efectuados a se ha hecho referencia en el

anexo 1 de magistrados suplentes y jueces sustitutos nombrados para el año

judicial 2015/2016, llamamientos que, salvo aquellos en que se haya nombrado

por un periodo más corto por conocerse de antemano la fecha de su

finalización, se entienden hechos hasta la finalización del mes natural en que se

acordaron, sin perjuicio de su posible prórroga, en su caso por otro mes natural o

por otro plazo diferente, en función de sus circunstancias, o hasta que haya

disponibilidad de magistrados o jueces adscritos a la Presidencia del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid en virtud del artículo 355 bis de la LOPJ (o del

antiguo artículo 118 de la LOPJ), jueces de adscripción territorial, jueces de

apoyo al juez de adscripción territorial o jueces en prácticas que pudieran

hacerse cargo de la plaza vacante o en la que el titular esté ausente hasta el

nombramiento de nuevo titular o su reincorporación.

Notifíquese a los interesados y con certificación, comuníquese al Consejo

General del Poder Judicial, al Presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, y

a los Decanos/as de los Juzgados de Madrid Alcobendas, Aranjuez, Arganda del

Rey, Colmenar Viejo, Getafe, Majadahonda, Móstoles, Navalcarnero y Pozuelo

de Alarcón relacionados en el anexo I que se adjunta al presente.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

3. RELATIVO A JUECES DE PAZ

3.1. Prorrogar el mandato de D.ª Josefa Racionero Romeral, que termina el 30 de

abril de 2016, como juez de paz titular de la localidad de Ambite, hasta que se

produzca la toma de posesión del nuevo juez de paz titular, y con certificación,

participar el presente al CGPJ y a la juez de paz afectada.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

3.2. Nombrar juez de paz titular de Collado Mediano a D.ª María Felisa Fariñas Fraile.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Collado

Villalba, partido judicial al que pertenece, al Alcalde Presidente del

Page 16: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

16 | S a l a d e G o b i e r n o

Ayuntamiento de Collado Mediano, al Juzgado de Paz de la misma localidad y

al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

3.3. Ratificar el acuerdo de fecha 8 de abril de 2016 de la Presidencia de este

Tribunal Superior de Justicia de Madrid por el que se prórroga el mandato de D.

Óscar Gamboa Quiroga como juez de paz titular de la localidad de Torrejón de

Velasco, hasta que se produzca la toma de posesión del nuevo juez de paz

titular, y con certificación, participar el presente a todos aquellos a los que se

comunicó el acuerdo objeto de ratificación por esta Sala de Gobierno.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

4. ÁREA DISCIPLINARIA

(Sin asuntos).

5. MEDIDAS DE APOYO Y SEGUIMIENTO

5.1. Darse por enterada del alarde formulado por D. Javier Carazo Rubio, como JAT

cesante del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Aranjuez, y

conforme al art. 127 del Reglamento de la Carrera Judicial, trasladar al Servicio

de Inspección del Consejo General del Poder Judicial una de las copias del

alarde recibidas.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y al órgano judicial afectado.

5.2. Darse por enterada del alarde formulado por D.ª Amaia Castaño Aguirre, como

Juez cesante del Juzgado de Instrucción número 6 de Móstoles, y conforme al

art. 127 del Reglamento de la Carrera Judicial, trasladar al Servicio de Inspección

del Consejo General del Poder Judicial una de las copias del alarde recibidas.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y al órgano judicial afectado.

5.3. 1Darse por enterada del alarde formulado por D.ª Milagros Aparicio Avendaño,

como magistrada cesante del Juzgado de Primera Instancia nº 90 de Madrid, y

conforme al art. 127 del Reglamento de la Carrera Judicial, trasladar al Servicio

de Inspección del Consejo General del Poder Judicial una de las copias del

alarde recibidas.

1 El Sr. Viejo Llorente se ausenta en la deliberación y votación de este asunto.

Page 17: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

17 | S a l a d e G o b i e r n o

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y al órgano judicial afectado.

5.4. 1. Darse por enterada del alarde formulado por D. Carlos Viader Castro, como

JED-JAT de refuerzo cesante del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Torrejón de

Ardoz, y conforme al art. 127 del Reglamento de la Carrera Judicial, trasladar al

Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial una de las copias

del alarde recibidas.

2. Darse por enterada de la memoria formulada por el mismo juez, como JED-JAT

de refuerzo cesante en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de

Coslada, y trasladar al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder

Judicial una de las copias de la memoria recibidas.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y al órgano judicial afectado.

5.5. Ratificar el acuerdo de la Presidencia de este Tribunal, de 14 de abril de 2016, en

el que se informa favorablemente la solicitud del Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción nº 3 de Valdemoro, de concesión de prórroga de jurisdicción a favor

de la juez de apoyo al JAT, D.ª Marta García Gómez, para reanudación de vista

y dictado de resolución en el procedimiento de divorcio contencioso nº

566/2011.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial.

5.6. Darse por enterada del contenido de la memoria formulado por D.ª Ruth

Rodríguez Lazcano, como JAT de refuerzo cesante de los Juzgados de lo Penal nº

1, 2, 3 y 4 de Getafe, y trasladar al Servicio de Inspección del Consejo General

del Poder Judicial una de las copias de la memoria recibidas.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y al órgano judicial afectado.

5.7. Ratificar el acuerdo de 18 de abril de 2016 de la Presidencia de este Tribunal

Superior de Justicia en el que se dispone que dado que el mes de agosto es

inhábil salvo para las causas urgentes, se excluya del cómputo de los seis meses

por el que en virtud de acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo

General del Poder Judicial de 7 de abril de 2016 se han prorrogado las comisión

de servicios sin relevación de funciones que refuerzan las Secciones Séptima,

Vigesimosexta y Trigésima (penales) y Undécima y Vigesimoprimera (civiles) de la

Audiencia Provincial, de manera que la prórroga del refuerzo en las indicadas

Secciones se desarrollará del 17 de abril al 31 de agosto y del 1 de septiembre al

17 de noviembre de 2016.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y notifíquese al Presidente de la Audiencia Provincial y a los interesados.

5.8. Asumir la propuesta de Presidencia de este Tribunal Superior de Justicia de 19 de

abril de 2016 y en consecuencia adscribir a partir del 10 de junio de 2016, fecha

en que habrá terminado el refuerzo en la Sección Tercera de la Audiencia

Provincial de Madrid, a un juez de adscripción territorial para atender el 50% del

Juzgado de (…) de Madrid en los términos aprobados por la Sala de Gobierno

con fecha de 25 de abril de 2016, y que el otro 50% lo haga en funciones de

Page 18: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

18 | S a l a d e G o b i e r n o

refuerzo en las Secciones penales de la Audiencia Provincial, adaptando a las

nuevas circunstancias el refuerzo acordado por la Sala de Gobierno con fecha

de 10 de junio de 2015 para las mismas.

El refuerzo en estas Secciones actuaría, previa petición a través de la Presidencia

de la Audiencia Provincial y autorización de la Sala de Gobierno en:

- A) Secciones con mayor pendencia que no estén siendo objeto de

refuerzo específico.

- B) Supuestos en los que la Sala de Gobierno apruebe en virtud del art.

152.2.1 de la LOPJ la liberación parcial de reparto de asuntos.

Se asignaran al juez de adscripción territorial la mitad de la carga de trabajo de

un magistrado titular de las Secciones penales tomándose como parámetro el

que se adoptó para los magistrados en comisión de servicio sin relevación de

funciones, es decir 20 asuntos mensuales en las secciones no especializadas y 22

en las especializadas, entre los que no se le deberán repartir los asuntos

procedentes del Juzgado de (…) de Madrid.

Se le repartirán los 20 -o en su caso 22, si la sección es especializada- primeros

asuntos incoados respectivamente a partir del día en que comience su

adscripción concreta a una Sección, o empiece la liberación parcial de reparto

de asuntos de un magistrado en las categorías de reparto RAA, RPL y

apelaciones contra autos y/o sentencias en faltas o delitos leves, en la misma

proporción en que conozcan los magistrados de la Sección respectiva, excluidos

los procedimientos correspondientes a abstenciones, recusaciones y cuestiones

de competencia.

No asumirá ponencias en procesos de enjuiciamiento y la obligación de asistir se

constreñirá a los días en que no esté obligado a hacerlo en los términos del

acuerdo de reparto de carga de trabajo del Juzgado de (…) de Madrid.

La adscripción será por un periodo de seis meses a partir del 10 de junio de 2016.

A su finalización el juez de adscripción deberá informar del número de

sentencias y autos resolutorios de recurso de apelación dictados en el juzgado

de (…) de Madrid y en las Secciones penales en las que haya actuado.

Hasta el 9 de junio de 2016 se podrá atender el 50% del Juzgado de (…) de

Madrid por un juez sustituto.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y notifíquese al Presidente de la Audiencia Provincial de Madrid.

5.9. Tomar conocimiento del informe sobre la actuación de la magistrada, juez de

adscripción territorial, D.ª Teresa Rubio Cabrera en el refuerzo de las secciones

penales de la Audiencia Provincial de Madrid acordado por la Sala de Gobierno

con fecha de 15 de junio de 2015 y prorrogar el refuerzo, que vencía el 1 de

mayo de 2016, hasta el 9 de junio de 2016, quedando adscrita la juez de

adscripción territorial a la Sección Tercera de la citada Audiencia Provincial para

atender la liberación de ponencias aprobada hasta esa fecha para la

magistrada D.ª Rosa Esperanza Rebollo Hidalgo.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial y notifíquese a la magistrada juez de adscripción territorial D.ª Teresa

Page 19: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

19 | S a l a d e G o b i e r n o

Rubio Cabrera, al Presidente de la Audiencia Provincial de Madrid y al de su

Sección Tercera.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.10. Informar favorablemente a la prórroga de la medida de refuerzo consistente en

el nombramiento de las funcionarias de refuerzo Dña. Mª Magdalena de Jesús

Gómez Calzada y Dña. Lourdes Rodríguez Gutiérrez, por seis meses, en la Sala de

lo Contencioso-Administrativo del TSJM.

Con certificación y en unión de antecedentes particípese este Acuerdo al

Consejo General del Poder Judicial.

5.11. Informar favorablemente la prórroga de la medida de refuerzo consistente en la

prórroga de nombramiento de la tramitadora procesal Dña. Alicia Cornejo

Rodríguez, por 6 meses, en el Juzgado Decano de Alcalá de Henares.

Con certificación y en unión de antecedentes particípese al Consejo General

del Poder Judicial.

5.12. Informar favorablemente la solicitud de la medida de refuerzo consistente en la

prórroga de nombramiento de la letrada de la administración de justicia de

refuerzo Dña. M.ª Carmen Fresneda García, por un período de 6 meses, en los

Juzgados de lo Mercantil 1 a 7 de Madrid.

Con certificación en unión de antecedentes particípese al Consejo General del

Poder Judicial.

5.13. Informar favorablemente la medida de refuerzo para los Juzgados de lo Social

de Madrid, consistente en la prórroga de nombramiento de los 6 funcionarios

adscritos al servicio de apoyo del TSJM por seis meses.

Con certificación y en unión de antecedentes particípese al Consejo General

del Poder Judicial.

5.14. Informar favorablemente la solicitud de medida de refuerzo consistente en la

prolongación de jornada de la letrada de la administración de justicia y

funcionarios para el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de

Navalcarnero, por un plazo de 6 meses.

Con certificación en unión de antecedentes particípese al Consejo General del

Poder Judicial.

5.15. Informar favorablemente la solicitud de una medida de refuerzo consistente en

el nombramiento de un funcionario de auxilio judicial por un período de 6 meses;

e interesar de la Dirección General de Justicia que aclare la situación del

funcionario municipal a que se refiere la letrada de la administración de justicia

en su comunicación.

Notifíquese a la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid y con

certificación en unión de antecedentes particípese al Consejo General del

Poder Judicial.

Page 20: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

20 | S a l a d e G o b i e r n o

5.16. En relación con la consulta elevada por el magistrado juez de adscripción

territorial, D. Alejandro Abascal Junquera, cesante del Juzgado de los Penal nº 29

de Madrid, sobre posible exoneración de la obligación de realización de alarde,

entender que el art. 129.1 b) del Reglamento de la Carrera Judicial no permite

eximir en su caso de la elaboración del alarde, sin perjuicio de conceder una

prórroga para su elaboración, de conformidad con el art. 126.1 del mismo

Reglamento.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, y notifíquese al interesado, así como al Juzgado de lo Penal nº 29 de

Madrid.

5.17. Prorrogar, a partir del 1 de mayo de 2016, el refuerzo en los juzgados de lo

mercantil de Madrid con cuatro jueces de adscripción territorial por un periodo

de seis meses y de un juez de apoyo al juez de adscripción de la 64ª promoción

de la carrera judicial, por un periodo de seis meses o hasta que el juez de apoyo

sea destinado fuera del ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, si ello

ocurre con anterioridad.

Con certificación, particípese el acuerdo al Consejo General del Poder Judicial y

notifíquese a los interesados, así como al Decanato de los Jugados de Madrid y

a los juzgados de lo mercantil reforzados.

Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Pleno

del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los

plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

6. ASUNTOS VARIOS

6.1. Tomar conocimiento del contenido de las comunicaciones remitidas por el

Consejo General del Poder Judicial, con relación a acuerdos dictados por esta

Sala de Gobierno, o que afectan al ámbito del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid, incorporadas a este expediente.

6.2. 1. Designar, a la magistrada D.ª Concepción Jerez García, titular del cargo de

asesoría confidencial previsto en el Protocolo de actuación frente al acoso

sexual, al acoso por razón de sexo, al acoso discriminatorio y frente a todas las

formas de acoso y violencia en la Carrera Judicial (B.O.E. 17/02/2016), en el

ámbito territorial sobre el que este Tribunal Superior de Justicia extiende su

jurisdicción, para lo que se tienen en cuenta las siguientes circunstancias:

a) Ser la única de las candidatas que ha presentado avales, en un

considerable número además (84).

b) El informe favorable emitido por la Asociación Profesional de la

Magistratura y la Asociación Judicial Francisco de Vitoria.

c) Sus conocimientos en materias de igualdad de trato y oportunidades.

2. Designar, a la magistrada D.ª M.ª del Rosario García Álvarez, suplente del

cargo de asesoría confidencial previsto en el Protocolo citado para el mismo

ámbito territorial, y en la que se valora especialmente sus conocimientos

Page 21: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

21 | S a l a d e G o b i e r n o

específicos en materia de prevención de riesgos laborales, solución de conflictos,

igualdad de trato y oportunidades y principio de no discriminación, derivado de:

a) Su experiencia en la jurisdicción social, primero en órganos unipersonales

y después en la Sala de lo Social.

b) Los estudios e investigaciones y labores de formación realizados por la

candidata, en las que se incluyen su capacitación como mediadora en

diversas universidades, centros e instituciones de negociación y de

resolución de conflictos extranjeras.

c) Su experiencia docente en materia de métodos alternativos de

resolución de conflictos, arbitraje y mediación.

d) Las publicaciones y ponencias relacionadas con la solución de conflictos.

e) Su participación en el diseño, desarrollo, puesta en marcha y dirección

del proyecto piloto del Servicio de Mediación Intrajudicial de los

Juzgados de lo Social de Madrid.

f) Haber formado parte de la Junta Directiva de GEMME, de la que es

miembro.

Particípese el presente acuerdo, en unión de antecedentes, a la Comisión de

Igualdad del Consejo General del Poder Judicial, dese traslado del mismo a la

Comisión Nacional de Seguridad y Salud de la Carrera Judicial, comuníquese a

la todas aquellas personas que presentaron candidatura al cargo referido, así

como a las asociaciones judiciales con representación en la Comunidad de

Madrid, y dese al presente acuerdo la misma publicidad que a la convocatoria

respectiva.

6.3. 1. Tomar conocimiento del contenido del "informe de la Inspección Fiscal de la

Fiscalía General del Estado, sobre la necesidad de concentración de

señalamientos civiles con la finalidad de hacer viable la intervención del

ministerio fiscal ante los órganos judiciales del orden jurisdiccional civil”, de fecha

14/03/2016.

2. Interesar de todos los Decanos que, previa la celebración en su caso de juntas

de jueces y en su caso coordinación con los letrados de la Administración de

Justicia, propongan medidas para la concentración de señalamientos civiles en

los que intervengan fiscales.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial, y comuníquese a

los juzgados decanos del territorio sobre el que este Tribunal extiende su

jurisdicción, y a la Fiscalía General del Estado.

6.4. Informar favorablemente la propuesta de concesión de la Orden de la Cruz de

San Raimundo de Peñafort, al trabajador laboral D. Agustín Redondo García.

Con certificación, particípese este Acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial y comuníquese al Ministerio de Justicia y al

Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

6.5. 1. Tomar conocimiento del contenido de la comunicación de la magistrada

titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Alcalá de Henares, en la que expresa su

Page 22: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

22 | S a l a d e G o b i e r n o

“agradecimiento por la extraordinaria labor realizada” por D. Luis Francisco de

Jorge Mesas, magistrado de enlace en el Reino de Marruecos.

2. Trasladar al CGPJ el escrito referido, para constancia en el expediente

personal del citado magistrado en situación de servicios especiales.

Con certificación, particípese este acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial.

6.6. Tomar conocimiento del contenido de la comunicación remitida por el Juzgado

Decano de San Lorenzo de El Escorial en relación a la situación existente con la

presentación de escritos y demandas en Decanato.

Con certificación y en unión de antecedentes particípese al Consejo General

del Poder Judicial.

6.7. Autorizar el uso del salón de actos del TSJM, al Colegio de Procuradores de

Madrid el día 16 de junio de 2016, que se llevará a efecto si no hay oposición de

la Consejería de Justicia.

En el supuesto de que necesidades imprevistas relacionadas con la actividad

jurisdiccional hicieran precisa la utilización del salón de actos, se dejará sin

efecto la autorización concedida, lo que se comunicara al solicitante de

manera inmediata, y en todo caso con una antelación mínima de 48 horas.

Cualquier incidencia técnica o problema organizativo que se pueda producir

con motivo de esta autorización, deberá resolverse por la Unidad Administrativa

Civitas ubicada en la sede de la calle General Castaños nº 1 de Madrid,

dependiente de la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid, a

la que deberá remitirse, en su caso, el solicitante.

Con certificación, comuníquese este Acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial, al Ilustre Colegio de Procuradores de

Madrid, a la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid y a la

unidad administrativa CIVITAS ubicada en la sede de Tribunal Superior de Justicia

de Madrid.

6.8. Ratificar el Acuerdo de fecha 12 de abril de 2016, del Sr. Presidente de este

Tribunal Superior de Justicia de Madrid y en su virtud, autorizar el uso del salón de

actos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por parte del sindicato CC.OO.

para la celebración de una asamblea informativa el día 13 de abril de 2016.

6.9. En oficio de fecha 16 de febrero de 2016 se interesó por la Comisión Permanente

del Consejo General del Poder Judicial la realización de un informe que valore la

necesidad de adoptar o proponer medidas en el ámbito del TSJ de Madrid de

especialización de órganos judiciales, medidas de apoyo, creación de plazas

judiciales, transformación de órganos o comarcalización y/o provincialización de

juzgados.

Asumiendo la propuesta de la Presidencia de esta Sala, y conforme a las

sugerencias que plantea la Comisión Permanente del CGPJ, varias son las

iniciativas que pueden ponerse en marcha, sin perjuicio de las alegaciones que

necesariamente deben hacerse por Asociaciones Judiciales y juntas de jueces,

caso de que se aceptara por el CGPJ alguna de estas propuestas:

1ª. Comarcalización de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer:

Page 23: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

23 | S a l a d e G o b i e r n o

El actual artículo 87 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone en su

apartado 2 (modificado por el art. único.24 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de

julio):

2. Sin perjuicio de lo previsto en la legislación vigente sobre demarcación y planta judicial, el

Gobierno, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial y en su caso, con informe de la

Comunidad Autónoma con competencias en materia de Justicia, podrá establecer mediante real

decreto que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer que se determinen extiendan su jurisdicción a

dos o más partidos dentro de la misma provincia.

Con esta disposición, se ha facilitado que la jurisdicción de estos Juzgados de

Violencia sobre la Mujer abarque el territorio de más de un partido judicial. Es

factible ahora, por tanto, sin necesidad de modificación de la Ley de Planta, a

través de Real Decreto, la asunción por los JVM de Madrid capital de la

competencia de estos asuntos de otros partidos judiciales que no cuentan con

estos juzgados especializados.

Los ocho partidos judiciales de la Comunidad de Madrid que no cuentan con un

juzgado exclusivo de Violencia sobre la Mujer son: Aranjuez, Colmenar Viejo,

Majadahonda, Navalcarnero, Pozuelo de Alarcón, San Lorenzo de El Escorial,

Torrelaguna y Valdemoro.

Todos ellos distan del centro de la ciudad de Madrid menos de 40 kilómetros,

salvo Torrelaguna, que está a algo más de 50 kilómetros. Asimismo, algunos

disponen de vías de comunicación excelentes con Madrid capital y un amplio

transporte público. Concretamente, los partidos judiciales del noroeste de

Madrid que no disponen de juzgados exclusivos de Violencia sobre la Mujer,

(Pozuelo de Alarcón, Majadahonda, Colmenar Viejo y San Lorenzo del Escorial),

disponen de una excelente comunicación con la capital mediante autobús y

tren de cercanías, y constituyen residencias habituales de numerosas personas

que tienen su puesto de trabajo en la Capital y que, por ello, se desplazan a ella

con frecuencia. Es más, estas poblaciones y los municipios incluidos en su partido

judicial disponen en general de mejores medios de transporte público hacia

Madrid Capital que a la cabecera de cada partido judicial y a la sede del

partido judicial limítrofe que dispone de un juzgado exclusivo de Violencia sobre

la Mujer. Por ejemplo, San Lorenzo de El Escorial tiene comunicación con

Collado-Villalba mediante tren de cercanías, pero no de autobuses, y lo mismo

puede decirse de Colmenar Viejo respecto de Alcobendas.

El número de asuntos de Violencia contra la Mujer que soportan los partidos

judiciales sin juzgado exclusivo de violencia sobre la mujer la siguiente (datos de

la Memoria de 2014)

- Aranjuez: 90 asuntos civiles y 158 penales

- Colmenar Viejo: 54 asuntos civiles y 351 penales.

- Majadahonda: 0 asuntos civiles y 162 penales.

- Navalcarnero: 140 asuntos civiles y 426 penales.

- Pozuelo de Alarcón: 0 asuntos civiles y 87 penales.

- San Lorenzo de El Escorial: 18 asuntos civiles y 183 penales.

- Torrelaguna: 11 asuntos civiles y 78 penales.

- Valdemoro: 58 asuntos civiles y 530 penales.

Page 24: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

24 | S a l a d e G o b i e r n o

Los 8 partidos judiciales de la periferia que no disponen de juzgado exclusivo de

Violencia sobre la Mujer han registrado, por tanto, aproximadamente (dado que

las estadísticas manejadas no son totalmente fiables al figurar en alguno de estos

partidos 0 asuntos civiles registrados, lo que seguramente no se corresponde con

la realidad) un total de 371 asuntos civiles y 1.975 penales (son discutibles

también algunas cifras que aparecen en la estadística, por el inusual número de

asuntos penales de Violencia sobre la Mujer que aparecen registrados en

Navalcarnero y Valdemoro). Aun con esas cifras (que seguramente serán más

reducidas en penal), si tales asuntos se distribuyeran entre los 11 Juzgados de

Violencia sobre la Mujer de Madrid Capital a cada uno le correspondería casi 34

civiles y 180 penales. Y si tenemos en cuenta que estos 11 Juzgados aparecen en

las estadísticas con 122,7 asuntos civiles y 1.264,36 penales repartidos por

Juzgado, lo que representa en penal un 43,08 % menos del módulo teórico de

entrada establecido por el CGPJ, es evidente que la asunción de la

competencia de los asuntos de violencia sobre la mujer de estos 8 partidos

judiciales no afectaría sustancialmente el funcionamiento de los juzgados.

Y si redujéramos la comarcalización a los partidos judiciales antes señalados del

noroeste de Madrid (Pozuelo, Majadahonda, San Lorenzo de El Escorial y

Colmenar Viejo), la incidencia en el incremento de trabajo de los Juzgados de

Violencia sobre la Mujer de Madrid sería prácticamente inapreciable. Como

experiencia piloto para, a la vista de sus resultados, plantearlo a otros partidos

judiciales, se debería trasferir ya el conocimiento de los delitos de VSJ de los

Juzgados de Pozuelo de Alarcón a los 11 JVSM de Madrid. A la proximidad de

ambos partidos limítrofes y a la amplia gama de medios de trasporte que hay

entre los dos se une la ventaja que para las víctimas de estos delitos supondría

que sus casos en vez de estar asumidos por un Juzgado Mixto -con solo una

plantilla de 3 gestores, 4 tramitadores y 2 auxilios-, los conociera un Juzgado

especializado, con mayores y mejores medios personales y materiales. Los datos

de violencia de género correspondientes al año 2015 en el Juzgado Mixto nº 2

de Pozuelo, que tiene la competencia en esta materia, fueron de 100

ingresados, 105 resueltos y 41 pendientes al acabar el año. Si se optara por

ampliar la experiencia piloto a los Juzgados de Majadahonda, debería tenerse

en cuenta que el Juzgado Mixto nº 7 de esta localidad competente en VSM tuvo

los siguientes cifras en 2015: 209 asuntos ingresados, 186 resueltos, 202 pendientes

al acabar el año.

Los otros 12 partidos judiciales de la periferia, que disponen de Juzgado exclusivo

de Violencia contra la Mujer, sería más difícil que pudieran integrarse en esta

provincialización. Implicaría el cambio de sede de esos juzgados o su conversión

en Juzgados de Instrucción o mixtos, aunque también la carga de trabajo de

algunos de ellos podría ser perfectamente asumida por los JVM de Madrid, dado

que todos ellos tienen una entrada de asuntos en relación al módulo muy

reducida. Por ejemplo, en asuntos penales:

- Alcalá: -82,42%

- Alcobendas: -82,03%

- Alcorcón: -85,83%

- Arganda del Rey: -48,28%.

Page 25: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

25 | S a l a d e G o b i e r n o

- Collado-Villalba: -82,53%

- Coslada: -88,17%

- Fuenlabrada: -82,75%

- Getafe: -74,28%

- Leganés: -88,92%

- Móstoles: -75,69%

- Parla: -81,28%

- Torrejón de Ardoz: -67,25%

2ª: Provincialización de los Juzgados de lo Penal especializados en Violencia

sobre la mujer.

El art. Artículo 89 bis.2 de la LOPJ establece en su párrafo segundo: “A fin de

facilitar el conocimiento de los asuntos instruidos por los Juzgados de Violencia

sobre la Mujer, y atendiendo al número de asuntos existentes, deberán

especializarse uno o varios Juzgados en cada provincia, de conformidad con lo

previsto en el artículo 98 de la presente Ley”.

Conforme a esta previsión legislativa, incluida por LO 13/2015, de 5 de octubre, la

Sala de Gobierno interesó del CGPJ la provincialización de los Juzgados de lo

Penal especializados en el conocimiento de asuntos instruidos por los Juzgados

de Violencia sobre la Mujer, así como la creación de los que fueran necesarios

para asumir todas las competencias provinciales.

El traslado de las causas de VSM de los Juzgados de lo Penal de Alcalá de

Henares, Móstoles y Getafe a los JPVM de Madrid conllevaría necesariamente la

creación de al menos otros cuatro JPVM en Madrid, y supondría que, según el

informe del servicio de Inspección del CGPJ de 19 de febrero de 2016, los

juzgados penales de la periferia tendrían una entrada de asuntos inferior a la

fijada por el CGPJ en 2003. En concreto y según los datos estadísticos de 2015,

sería de un 82,6% del indicador de entrada en Alcalá de Henares, de un 77,9% en

Getafe, y de un 78,2% en Móstoles. Ahora bien, en el referido informe se apunta

que el indicador no tiene en consideración la ejecución de procedimientos que

también asumen estos Juzgados, lo que debe ponerse en relación con que

Alcalá de Henares y Móstoles cuentan con sendos refuerzos que se hacen cargo

de todas sus ejecutorias, refuerzos que no serían necesarios si se trasladara a los

Juzgados de lo Penal especializados en Violencia sobre la Mujer de Madrid la

competencia para el conocimiento de estos asuntos.

Los JPVM de Madrid son cinco en total y asumen el enjuiciamiento de todos los

delitos de VSM de la provincia excepto los que son competencia de los

Juzgados de lo Penal de Móstoles, Alcalá de Henares, y Getafe. Cuentan con un

refuerzo de dos JAT, pero aun así y según los datos del citado informe tiene una

pendencia superior a la media nacional (de 416,6 frente a 384,9)

En el informe referido se plantea la posibilidad de valorar la trasformación de 4

Juzgados de VSM de Madrid en 4 JPVSM con competencia autonómica

completa. Tal posibilidad no se considera prudente en el actual momento,

máxime cuando se plantea la progresiva asunción de estos Juzgados de

Page 26: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

26 | S a l a d e G o b i e r n o

Violencia sobre la Mujer de Madrid la competencia para el conocimiento de

asuntos de otros partidos judiciales.

Lo conveniente, por tanto, es que la provincialización de los JPVSM, obligada

según la LOPJ, fuera simultáneamente acompañada de la creación de no

menos de 4 Juzgados. Esta creación permitiría contribuir a solucionar el

problema del excesivo número de Jueces de Jueces en expectativa de destino

(JED-JAT), creando plazas estables que pudieran ir ocupando los integrantes de

las nuevas promociones de la Carrera Judicial.

3ª. Provincialización de Juzgados de Familia, Incapacidades y Tutelas

Respecto de estos juzgados, no se contemplan en la LOPJ como juzgados

especializados, sino que sus competencias son asumidas por los Juzgados de

Primera Instancia o, en los partidos judiciales en los que no está dividida la

jurisdicción civil de la penal, por los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.

Sin embargo, a través del mecanismo que contempla el art. 98 de la LOPJ se han

ido constituyendo en determinados partidos judiciales, por acuerdo del CGPJ,

Juzgados de Familia o de Incapacidades y Tutelas, o juzgados que asumen

conjuntamente unas y otras competencias. Estos juzgados ya existen en Madrid,

Santa Cruz de Tenerife, Valladolid, León, Vitoria-Gasteiz, Las Palmas de Gran

Canaria, Oviedo, Granada, Palma de Mallorca, Sevilla, Cartagena, Gijón,

Almería, Mataró, Sevilla, Castellón de la Plana, Santander, Badajoz, Tarragona,

Zaragoza, Málaga, Vigo, Valencia, Elche, Alicante, Murcia, La Coruña, Córdoba,

Barcelona, Sevilla, Bilbao, Pamplona, San Sebastián) (28 capitales de provincia y

5 poblaciones importantes).

En Madrid Capital (sólo en este partido judicial) hay 14 juzgados de Familia y 5

Juzgados de Incapacidades y Tutelas. Todos ellos dan una respuesta más

satisfactoria en los asuntos de su competencia, por regla general, que los

Juzgados de los 20 partidos judiciales de la periferia que asumen conjuntamente

con otros procedimientos civiles y penales el conocimiento de estos asuntos.

Debe tenerse en cuenta que estos juzgados especializados permiten la

progresiva especialización también de los magistrados destinados en ellos y que

además disponen de medios más específicos (por ejemplo, equipos psico-

sociales adecuados).

La solución para generalizar el tratamiento homogéneo (más especializado y

satisfactorio) en toda la Comunidad Autónoma de estos asuntos sería la

creación de juzgados con jurisdicción en todo el territorio. Para ello sería

necesario introducir modificaciones en la LOPJ, con el correspondiente reflejo en

la Ley de Planta. Dado que, salvo en Madrid, la especialización de estos

juzgados se ha realizado atribuyéndole conjuntamente las competencias de

familia y las de incapacidades y tutelas, la creación de estos juzgados debería

abarcar todas estas materias, sin perjuicio de que en Madrid se distribuyeran los

asuntos entre juzgados de Familia y Juzgados de Incapacidades y tutelas por el

citado mecanismo del art. 98 LOPJ.

Sería necesario también el incremento de planta de estos juzgados para atender

los asuntos procedentes de otros partidos judiciales, lo que contribuiría también,

como antes se dijo, a la reducción del número de JED-JAT.

Page 27: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

27 | S a l a d e G o b i e r n o

En la LOPJ estimo bastaría la introducción de un artículo 85 bis, con la siguiente

redacción:

Propuesta de artículo 85 bis:

1. Con carácter general, en cada provincia, con jurisdicción en toda ella y

sede en su capital, habrá uno o varios juzgados de familia, incapacidades

y tutelas.

2. También podrán establecerse en poblaciones distintas de la capital de

provincia cuando, atendidas la población, las vías de comunicación y

medios de transporte, sea aconsejable, delimitándose en cada caso el

ámbito de su jurisdicción.

3. Los Juzgados de Familia, incapacidades y tutelas conocerán con carácter

exclusivo, en el orden civil, de conformidad en todo caso con los

procedimientos y recursos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil:

a. Todas aquellas cuestiones que en materia de derecho de familia

estén atribuidas por las leyes a los Juzgados denominados de

Familia y comprendidas en los títulos IV, V, VI y VII del libro I del

Código Civil y título III del libro IV del Código Civil, incluida la

liquidación de cualquier régimen económico matrimonial, así

como las cuestiones análogas derivadas de las uniones de hecho.

b. Las cuestiones contenciosas y de jurisdicción voluntaria relativas a

la capacidad de las personas y las tutelas derivadas de las

mismas: títulos VIII, IX, X y XI del libro I del Código Civil,

incluyéndose los internamientos no voluntarios por razón de

trastorno psíquico.

c. Los procedimientos relativos a la protección del menor.

4ª: Provincialización de Juzgados Hipotecarios:

En el partido judicial de Madrid (Capital) también están especializados, por la vía

del art. 98 de la LOPJ, tres juzgados en Asuntos Hipotecarios.

Al igual que los Juzgados de Familia y de Incapacidades y Tutelas, esta

especialización permite el tratamiento más homogéneo de estos asuntos y la

solución también sería contemplar en la LOPJ juzgados específicos, con el

consiguiente reflejo en la Ley de Planta.

También sería necesario el incremento de planta para la asunción por estos

juzgados de los asuntos de toda la provincia.

El artículo propuesto en la LOPJ podría ser el siguiente:

Propuesta de art. 85 ter:

1. Con carácter general, en cada provincia, con jurisdicción en toda ella y

sede en su capital, habrá uno o varios juzgados de Asuntos Hipotecarios.

2. También podrán establecerse en poblaciones distintas de la capital de

provincia cuando, atendidas la población, las vías de comunicación y

medios de transporte, sea aconsejable, delimitándose en cada caso el

ámbito de su jurisdicción.

Page 28: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

28 | S a l a d e G o b i e r n o

3. Los Juzgados de Asuntos Hipotecarios conocerán con carácter exclusivo,

en el orden civil, de conformidad en todo caso con los procedimientos y

recursos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil de los siguientes

asuntos:

a. Demandas fundadas en el procedimiento judicial sumario del

artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

b. Ejecución de hipotecas mobiliarias y prendas sin desplazamiento.

c. Cancelación de inscripciones hipotecarias a que se refiere el

artículo 146 de la Ley Hipotecaria.

d. Demandas del Banco Hipotecario de España conforme a la Ley de

2 de diciembre de 1872.

e. Demandas de cualquiera otra Sociedad de crédito de igual índole

con sujeción a la Ley de 5 de febrero de 1869.

f. Demandas derivadas de la hipoteca naval. .

g. Expedientes de liberación de gravámenes regulados en los artículos

209 y 210 de la Ley Hipotecaria.

5ª. Especialización provincial temporal de Juzgados:

Como actuación menos ambiciosa que las anteriores, que no exija la

intervención de las Cámaras legislativas, la nueva redacción del art. 98 de la

LOPJ dada por la LO 7/23015 abre nuevas posibilidades:

2. El Consejo General del Poder Judicial podrá acordar de manera excepcional

y por el tiempo que se determine, con informe favorable del Ministerio de

Justicia, oída la Sala de Gobierno y, en su caso, la Comunidad Autónoma con

competencias en materia de Justicia, que uno o varios Juzgados de la misma

provincia y del mismo orden jurisdiccional asuman el conocimiento de

determinadas clases o materias de asuntos y, en su caso, de las ejecuciones que

de los mismos dimanen, sin perjuicio de las labores de apoyo que puedan prestar

los servicios comunes constituidos o que se constituyan.

En estos casos, el órgano u órganos especializados asumirán la competencia

para conocer de todos aquellos asuntos que sean objeto de tal especialización,

aun cuando su conocimiento inicial estuviese atribuido a órganos radicados en

distinto partido judicial.

No podrá adoptarse este acuerdo para atribuir a los órganos así especializados

asuntos que por disposición legal estuviesen atribuidos a otros de diferente clase.

Tampoco podrán ser objeto de especialización por esta vía los Juzgados de

Instrucción, sin perjuicio de cualesquiera otras medidas de exención de reparto o

de refuerzo que fuese necesario adoptar por necesidades del servicio.

3. Este acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y producirá efectos

desde el inicio del año siguiente a aquel en que se adopte, salvo que

razonadamente se justifique otro momento anterior por razones de urgencia.

La utilización de las posibilidades que abre este nuevo precepto podría centrarse

en varios ámbitos:

Page 29: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

29 | S a l a d e G o b i e r n o

a) Especialización de Juzgados para el conocimiento de reclamaciones civiles

derivadas del uso y circulación de vehículos de motor.

La reciente despenalización de las muertes y lesiones por imprudencia leve va a

incrementar las reclamaciones civiles de indemnizaciones por daños personales

causados en accidentes de circulación. Por otro lado, cada vez se requiere una

mayor especialización en el conocimiento de estas materias, dada la

complejidad de la normativa relativa a seguros de responsabilidad civil y la

derivada de la aplicación de los baremos indemnizatorios, objeto también de

una reciente modificación legislativa (Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de

reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las

personas en accidentes de circulación).

Exigida en dicho art. 98 de la LOPJ una situación extraordinaria, se produce con

la reciente despenalización de esas imprudencias y en previsible incremento en

el plazo máximo de un año de este tipo de reclamaciones civiles.

Igualmente resulta conveniente que el juzgado o juzgados especializados

tengan atribuida una competencia provincial para dar tratamiento más

homogéneo a estos asuntos y solucionar en todos los partidos judiciales el

incremento de asuntos que se producirá por la despenalización de la mayor

parte de las antiguas faltas de imprudencia.

La materialización de esta medida podría realizarse mediante la especialización

de uno o varios de los Juzgados de Primera Instancia de Madrid en el

conocimiento de Juicios Ordinarios de tráfico (Clase 106-08) y Juicios Verbales de

tráfico (Clase 107-01) y la simultánea adscripción a los mismos de JAT y de

personal.

b) Especialización de Juzgados de Primera Instancia para el conocimiento de

asuntos sobre productos bancarios

La proliferación de demandas sobre este tipo de productos que se ha producido

últimamente, aconsejaría también la especialización de juzgados, con ámbito

provincial, en el conocimiento de esta materia. La fórmula sería similar a la

anterior: especialización de uno o varios juzgados en el conocimiento de

demandas sobre productos y activos financieros, Juicio Ordinario (Clase 106-11)

y la adscripción de JAT y de personal.

c) Especialización de juzgados para el conocimiento de concursos de personas

físicas.

6ª. Medidas de refuerzo:

La situación de pendencia de algunos juzgados requiere la adopción de

medidas de refuerzo específicas, con carácter temporal, para superar la

situación.

a) Jurisdicción Civil:

El importante incremento que se ha producido en el último año de asuntos

registrados en los Juzgados de Primera Instancia requiere la adopción de

medidas que tiendan a reducir la pendencia de asuntos en un plazo no muy

extenso.

Page 30: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

30 | S a l a d e G o b i e r n o

Como este incremento se ha producido no sólo en los Juzgados de Primera

Instancia de Madrid sino en general en los juzgados con competencia civil de

todos los partidos judiciales, sería conveniente la adopción de medidas de

refuerzo que afectaran a todos o a varios partidos judiciales.

Una medida de choque sería así la constitución de equipos de refuerzo, con JAT,

Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) y funcionarios de los cuerpos de

Gestión, Tramitación y Auxilio, que se encargaran de reforzar varios juzgados

mediante la tramitación y resolución de asuntos de la misma clase: por ejemplo,

juicios ordinarios de LPH (Clase 106-04), de retracto (Clase 106-05) y de

arrendamientos urbanos y rústicos (Clase 106-06), junto con juicios verbales

posesorios (Clase 107-03), arrendaticios y por precario (Clase 107-06).

Constituidos estos equipos, se les trasladarían los asuntos pendientes de

señalamiento y de nueva entrada de los juzgados de primera instancia de un

partido judicial, de forma similar a lo realizado en los Juzgados de lo Social de

Madrid.

b) Jurisdicción Penal:

La excesiva pendencia de asuntos en algunos Juzgados de lo Penal de Madrid

podría solucionarse en un plazo breve con dos tipos de medidas:

o Adscripción a los juzgados con más pendencia de JAT y del personal

necesario para el incremento de señalamientos en esos juzgados.

o Liberación de reparto a los juzgados con más pendencia durante 6

meses, con el correspondiente control de la efectividad de los

señalamientos efectuados en ese período.

c) Jurisdicción Contencioso-Administrativa:

Establecimiento de un refuerzo, si fuera necesario, ajustándolo a la capacidad

de resolución previsible para quien realiza una comisión de servicio sin relevación

de funciones, lo que implica que no pueda superar la mitad del número de

señalamientos que realiza el titular del juzgado.

d) Refuerzos específicos en algunos Juzgados:

Dada la cronicidad de la situación del Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción nº 2 de Navalcarnero, proponer la liberación de reparto al mismo

durante seis meses, al objeto de que en ese plazo, no prorrogable, se reduzca

sustancialmente la pendencia, con mantenimiento del refuerzo actual.

7º. Medidas de desarrollo de la oficina judicial:

Puesta en marcha de servicios comunes generales (Registro y reparto, actos de

comunicación ejecución de resoluciones judiciales) en los partidos judiciales que

no los tengan.

El presente acuerdo se adopta sin perjuicio de que los miembros de la Sala

puedan elaborar alegaciones complementarias al mismo, que se incorporarán al

expediente.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder

Judicial, en unión de las alegaciones complementarias que, con relación a su

contenido, se presentaren por los miembros de esta Sala de Gobierno.

Page 31: ACUERDOS ADOPTADOS POR LA SALA DE GOBIERNO DEL … SUPERIORES DE... · 2016. 5. 11. · 2. Mª Olga Iglesias Santamaría Juzgado de Instrucción nº 2 Alcalá de Henares 3. Carlos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE GOBIERNO

31 | S a l a d e G o b i e r n o

6.10. 1. Disponer que la presentación de escritos sobre asuntos iniciados a partir del

día 1 de enero de 2016 en las Salas del Tribunal Superior de Justicia y en la

Audiencia Provincial se realice exclusivamente por LexNet, a partir del día 1 de

mayo de 2016.

2. Respecto de los asuntos iniciados con anterioridad al día 1 de enero de 2016,

recordar que los profesionales pueden optar por presentar los escritos por LexNet

o en papel.

3. A la vista de la situación sobre la implantación de la presentación telemática

de escritos a través de LexNet, encomendar al Secretario de Gobierno para que

imparta, si lo estima oportuno, a los Letrados de la Administración de Justicia, las

instrucciones necesarias para que, a la mayor brevedad, se realice la

presentación de escritos respecto de asuntos iniciados a partir del 1 de enero de

2016 exclusivamente en formato digital a través de LexNet, suprimiendo la

llamada “doble vía” recomendada en varios partidos judiciales.

Con certificación, particípese este Acuerdo, en unión de antecedentes, al

Consejo General del Poder Judicial y comuníquese a los Presidentes de las Salas

del TSJM y de la Audiencia Provincial, a los Decanatos de los Partidos Judiciales y

a los Colegios de Abogados, Procuradores y Graduados Sociales de la provincia

de Madrid, y dese traslado al Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid, para su conocimiento y a los oportunos efectos.