ACUERDOS PARA INCLUIR EL MALTRATO AL ADULTO MAYOR EN …

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SIMPOSIO INTERNACIONAL: “Promoviendo la Protección de las personas adultas mayores para una vida sin violencia“Políticas y Abordaje de la violencia en Chile” Tania Mora Biere Abogada [email protected] Mesa 2: El abordaje de la violencia contra las Personas Adultas Mayores en el contexto internacional

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SIMPOSIO INTERNACIONAL:“Promoviendo la Protección de las

personas adultas mayores para una vida sin violencia”

“Políticas y Abordaje de la violencia en Chile”

Tania Mora Biere

Abogada

[email protected]

Mesa 2: El abordaje de la violencia contra las Personas Adultas Mayores en el contexto internacional

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“Políticas y Abordaje de la violencia en Chile”

Esquema de la Presentación

1. El Servicio Nacional del Adulto Mayor La Mesa de Trabajo sobre el Adulto Mayor La Subcomisión jurídica

2. Ley Nro. 20427, de incorporación del maltrato al adulto mayor en la legislación nacional. Cronograma del proyecto Objetivos3.Programa de Buen Trato Objetivos del Programa Ejes estratégicos

Convenios CAJ Convenios OPDAM

4. Reflexiones Finales

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1. El Servicio Nacional del Adulto Mayor - SENAMA

A través de la lay Nro. 19.828 (2002) se crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor.

Artículo 1ro: Objetivo: velar por la plena integración del adulto mayor a la sociedad, su protección ante el abandono e indigencia y por el ejercicio de los derechos que la Constitución y las leyes le reconoce.

Para todos los efectos legales, llámase Adulto Mayor a toda persona que ha cumplido 60 años.

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Ministerio de Desarrollo

Social

Servicio Nacional del Adulto Mayor

SENAMA

Servicio Nacional de la Discapacidad SENADIS

Corporación Nacional de Desarrollo Indígena CONADI

Instituto Nacional dela

Juventud

INJUV

Fondo de Solidaridad e

Inversión Social FOSIS

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ESTADO DE CHILE

Servicio Público funcionalmente descentralizado y con patrimonio propio, su misión es fomentar el envejecimiento activo y el desarrollo de servicios sociales, promover el autocuidado y autonomía, favorecer

el reconocimiento y ejercicio de los derechos de las personas mayores.

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Funciones: (art.3º)

Genérica: Proponer las políticas destinadas a lograr la integración familiar y social efectiva del AM y la solución de los problemas que lo afectan.

Específicas:• Establecimiento de Políticas, Planes y Programas para el AM, hacer

seguimiento y evaluar, • Coordinación con organismos Públicos y Privados (con o sin fines de

lucro), nacionales y extranjeros.- Incluye la supervisión a organismos privados (art. 3º letra f)

• Información, generación de conocimiento.

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La Mesa de Trabajo sobre el Adulto Mayor

El año 2005 SENAMA convoco a una Mesa de Trabajo Intersectorial sobre el Maltrato al Adulto Mayor.

Esta mesa se constituyo con representantes del sector público, del mundo académico, del Senado de la República y de la sociedad civil.

Fruto del trabajo de esta mesa se logran: – Consensuar una definición de maltrato a las personas mayores y definir las tipologías para Chile.

– Se mandata a una subcomision juridica para que elabore un proyecto de ley que incorpore el maltrato al adulto mayor en la legislación nacional.

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Definición de Maltrato:

Acción u omisión que produce daño a un adulto mayor y que vulnera el respeto a su dignidad y el ejercicio de

sus derechos como persona.

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Tipos de Maltrato

Maltrato Físico

Maltrato psicológico

Abuso patrimonial

NegligenciaAbandono

Abuso Sexual

Maltrato Estructural

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Tipologías de Maltrato

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La Subcomisio n Juri dica estuvo integrada por:

– Abogados del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Subsecretaría de Previsión Social, equipos profesionales de SENAMA y Universidad Diego Portales. Y un Fiscal del Ministerio Público.

Trabajo de la Subcomisión

- Se aboco al estudio pormenorizado de la legislación nacional y comparada, con el objeto de realizar ciertas modificaciones que permitieran introducir el fenómeno del maltrato contra la persona mayor en el ordenamiento jurídico nacional existente, para especificar los derechos de este colectivo frente a esa situación.

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• Estrategia de la Subcomisión

- incluir a las personas mayores víctimas de maltrato en la legislación existente, y no a través de la redacción de un nuevo cuerpo legal.

- La selección de la alternativa estuvo fundamentada en la mayor factibilidad de tener resultados, en el corto plazo, en el trámite legislativo, en un país donde la construcción de nuevos cuerpos legales específicos requiere de procesos que involucran largos periodos.

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2. Ley Nro. 20427, de incorporación del maltrato al adulto mayor en la legislación nacional.

Hitos del Proyecto

El 03 de octubre de 2007 la Presidenta de la República envía el Proyecto del Ley al Congreso Nacional.

El 10 de marzo de 2010, luego de una tramitación legislativa de casi 3 años y por la unanimidad de las Cámaras del Congreso se publica en el Diario Oficial la :

Ley Nro. 20.427, que incluyó el maltrato al adulto mayor en la legislación nacional

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Objetivos

I. Incluir al Adulto Mayor, como grupo vulnerable específico en la legislación sobre Violencia Intrafamiliar, Ley Nº 20.066.

II. Aumentar la protección penal, cuando lavíctima sea una persona mayor, en casosde Abuso Patrimonial

III. Especificar una medida de protección especial en el caso de una persona mayor abandonada

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Modificaciones Legislativas

I. Primer objetivo : incluir al adulto mayor como sujeto vulnerable especial en la Ley Nº 20.066 de violencia intrafamiliar

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Se especifica como grupo vulnerable en el cuerpo legal de violencia intrafamiliar el adulto mayor, no quedando relegado a la categoría de ascendiente como se establecía en la antigua legislación.

Se dota al tribunal de familia de facultades cautelares especi ficas, respecto del adulto mayor objeto de abuso patrimonial, cuando se lo expulse o moleste en el uso del bien raíz que usa para residir.

El tribunal puede expulsar al victimario de la casa que el adulto mayor ocupa para residir.

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Modificaciones Legislativas

Artículo 3º inciso 1º de la Ley 20.066

• “ Artículo 3°.- Prevención y Asistencia. El Estado adoptará políticas orientadas a prevenir la violencia intrafamiliar, en especial contra la mujer, los adultos mayores y los niños, y a prestar asistencia a las víctimas.

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II. Segundo objetivo: Especificar una medida de protección especial a los Tribunales de Familia (que conocen de maltrato psicológico) en el caso de una persona mayor abandonada.

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Modificación legal:

Define abandono

“El desamparo que afecta a un adulto mayor que requiere de cuidados”

Otorga al tribunal de familia facultades específicas para derivar a la persona mayor víctima de abandono, a un Hogar o Establecimiento de Larga Estadía reconocido por la autoridad competente.

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III. Tercer objetivo, Aumentar la protección penal, cuando la víctima sea una persona mayor, en casos de Abuso Patrimonial

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Código Penal hasta antes de la modificación

Artículo 489.- Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil por los hurtos, defraudaciones o daños que recíprocamente se causaren:1.º Los parientes consanguíneos legítimos en toda la línea recta.2.º Los parientes consanguíneos legítimos hasta el segundo grado inclusive de la línea colateral.

3.º Los parientes afines legítimos en toda la línea recta.4.º Los padres y los hijos naturales.5.º Los cónyuges.La excepción de este artículo no es aplicable a los extraños que participaren del delito.

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Nuevo artículo 489“ Artículo 489.- Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil por los hurtos, defraudaciones o daños que recíprocamente se causaren:1º Los parientes consanguíneos en toda la línea recta.2º Los parientes consanguíneos hasta el segundo grado inclusive de la línea colateral.3º Los parientes afines en toda la línea recta.4º Derogado.5º Los cónyuges.La excepción de este artículo no será aplicable a los extraños que participen del delito.Además, esta exención no será aplicable cuando la víctima sea una persona mayor de 60 años.”

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A partir de la modificación legal, en especial la del artículo 3ro de la Ley Nro. 20.066:

“Artículo 3°.- Prevención y Asistencia. El Estado adoptará políticas orientadas a prevenir la violencia intrafamiliar, en especial contra la mujer, los adultos mayores y los niños, y a prestar asistencia a las víctimas.”

El Estado de Chile adquirió la obligación legal de adoptar políticas orientadas a prevenir la violencia intrafamiliar, en especial….. Contra los adultos mayores.

Así SENAMA cuenta con financiamiento para ejecutar un PROGRAMA DE BUEN TRATO, desde 2012.

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3. Programa de Buen Trato al Adulto Mayor

Objetivos del Programa

“Contribuir al reconocimiento, promoción y ejercicio de los derechos de las personas mayores, a través de la Prevención y Protección del Maltrato que los afecta, mediante la asesoría y coordinación con las redes regionales y locales”.

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Desde el Año 2009, el Servicio Nacional del Adulto Mayor SENAMA manejaregistros de situaciones de abuso, violencia y maltrato a las personas mayores, através del Sistema de Gestión de Datos (SGD) del Módulo SIAC-OIRS (Plataformainformática), donde se observa una continua visibilización de la temática.

419 414

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1465

2009 2010 2011 2012 2013 2014 eneroajunio2015

TotalanualynacionaldeconsultasycasosdemaltratorecepcionadosenSENAMA

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PROGRAMA DE BUEN TRATO AL ADULTO MAYOR

PROMOCIÓN DE DERECHOS DE LAS

PERSONAS MAYORES

PREVENCIÓN DEL MALTRATO A LAS

PERSONAS MAYORES

PROTECCIÓN DEL MALTRATO A LAS

PERSONAS MAYORES

TRES COMPONENTES ESTRATÉGICOS

-Acciones de difusión delPrograma,.15 Junio: Día Mundial deToma de Conciencia delAbuso y Maltrato en la Vejez-Charlas informativas sobreoferta pública de beneficiosy/o programas hacia laspersonas mayores,- Seminarios, Foros, entreotros.

-Mesas Provinciales de BuenTrato al Adulto Mayor.-Talleres Intergeneracionalesde Buen Trato al AdultoMayor-Abordaje intersectorial, víaconvenios con actores claves,como Policías, MinisterioPublico, SERNAM, ProgramaApoyo a Victimas, MinisterioPúblico.-Red de Asistencia aVíctimas

-Atención, gestión y coordinación decasos y consultas de Maltrato, enviolencia intrafamiliar, entre otrasasesorías.-Coordinación con los Tribunales deFamilia y Ministerio Público.-Oficinas de Protección de Derechosdel Adulto Mayor OPDAM(Proyectos Pilotos).-Convenios Corporación deAsistencia Judicial a nivel nacional-Clínicas Jurídicas de Universidades.

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3. Programa de Buen Trato al Adulto Mayor

En el eje proteccional del Programa, se efectúan transferencias de recursos a 2 entidades del Estado, para que realicen una efectiva protección de los derechos de las personas mayores víctimas de violencia y abuso.

Convenios con los Corporaciones de Asistencia Judicial del país.

Proyecto piloto, convenios con 2 municipios de la Región Metropolitana.

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PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Corporaciones de Asistencia Judicial - CAJ

Servicio Nacional del Adulto Mayor - SENAMA

Ministerio de Justicia

Ministerio de Desarrollo Social

Convenios con las Corporaciones de asistencia Judicial del país.

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Convenios con la Corporaciones de Asistencia Judicial

SENAMA

(Programa de Buen Trato al Adulto Mayor)

Suscribe un convenio de transferencia de

recursos a

15 Corporaciones de Asistencia Judicial del país

(CAJ)

Transferir recursos a las CAJ, con el fin que éstas

proporcionen atención judicial y/o jurídica gratuita a los

adultos mayores que se encuentren en situación de

vulnerabilidad social y maltrato, y que sean derivados por

SENAMA.

OBJETIVO DEL CONVENIO

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• Las corporaciones de asistencia judicialObjetivo cumplir el mandato constitucional, que asegura a todas las personas la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, específicamente en materia de defensa jurídica.

De acuerdo con ello, existe un sistema público de asistencia jurídica gratuita, compuesto por cuatro CAJ y servicios públicos relacionados con la Presidenta de la República mediante el Ministerio de Justicia, que desarrolla su acción en todo el país.

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Colectivo al que se dirige:

Personas mayores, derivadas por SENAMA a las CAJ en situación de vulnerabilidad social y maltrato, que:

o no pueden procurarse un abogado con sus medios, o requieran de orientación en derechos,o el patrocinio de un abogado, quien asume su

representación judicial ante los tribunales de familia y/o tribunales civiles.

o teniendo además acceso a la utilización de medios no adversariales de solución de conflictos. (mediación).

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Objetivo General

“Prevenir y atender vulneraciones de derechos de las personas mayores, mediante la articulación del gobierno local, los

dispositivos territoriales y comunitarios, como garantes de la promoción de derechos y la prevención del maltrato que afecta

a dicho grupo etario”

Se ejecuta en los Municipios de:

Proyecto PilotoOficina de Protección de Derechos del Adulto Mayor -OPDAM

San Antonio

Puente Alto

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Oficina de Protección de Derechos del Adulto Mayor -OPDAM

SENAMA(Programa de Buen Trato al Adulto Mayor)

Suscribe un convenio de transferencia de recursos a

2 Municipalidades de la Región Metropolitana

Transferir recursos a los Municipios a fin que éstos Instalen una Oficina de Protección de Derechos para el Adulto Mayor, a través de

la “Promoción de los derechos de las personas mayores, mediante acciones de prevención del maltrato que afecta a dicho grupo etario, atendiendo las vulneraciones de derechos con un enfoque integral,

interdisciplinario y local”.

OBJETIVO DEL CONVENIO

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El convenio financia la contratación de profesionalesexclusivamente dedicados a esta objetivo.Estos son:

Proyecto PilotoOficina de Protección de Derechos del Adulto Mayor -OPDAM

ABOGADO/A

PSICOLOGO/A

ASISTENTE SOCIAL

La intervención de los casos es transdisciplinaria.

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Total Atenciones OPDAM Año 2014

Entre las 2 OPDAM, se atendieron a 3699 personas durante el año 2014, lo queasciende a un 53.8% a mujeres y un 46,2 % a hombres. La OPDAM San Antoniologró una atención total de 1523 personas y la OPDAM Puente Alto de 2176personas.

Al destacar el componente de protección del maltrato a las personas mayores,ambas OPDAM atendieron 465 casos de maltrato y/o vulneración de derechos,donde el 70,3% son mujeres mayores, lo que permite reiterar estudiosnacionales que indican que en Chile el envejecimiento es feminizado. Así también,del 29.7% de hombres mayores, el mayor porcentaje es de la Comuna de SanAntonio.

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ALGUNAS REFLEXIONES FINALES….

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El maltrato contra las personas mayores es una problemática social de cara cter mundial.

Si bien puede adquirir particularidades nacionales, determinadas entre otros factores por la institucionalidad y el marco legal de cada pais, su grado de envejecimiento poblacional, las coyunturas socioecono micas y politicas especificas, las caracteri sticas de su sistema de proteccio n social, y muy especialmente, las peculiaridades culturales e idiosincra ticas, lo cierto es que hay rasgos y problemas comunes que constituyen al maltrato hacia las personas mayores como un asunto estructural de la sociedad mundial contempora nea.

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De acuerdo a lo anterior, se deben analizar los marcos jurídicos, sociales, de idiosincrasia y todo lo que conlleva el intrincado proceso existentes en cada país, para de ahí adecuar la normativa en pos de una adecuada protección de las personas mayores que son víctimas de violencia.

En Chile, pareció plausible la lo gica seguida en la realizacio n de las modificaciones a las normas ya existentes referidas a la violencia intrafamiliar, y no crear un marco legal propio para las personas mayores.

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No obstante, sin los cambios culturales requeridos, untrabajo en red e interdisciplinario, la voluntad desde ela mbito publico, el compromiso de la sociedad civil, undecidido apoyo del parlamento y, finalmente, elempoderamiento de las propias personas mayores,dispuestas a exigir sus derechos en un pie de igualdad,no será posible contar con un verdadero reconocimientode este grupo social como sujetos de derecho.

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MUCHAS GRACIAS