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Administración de P ersonal Curso: Ay ala - Bonelli Preparado por Jesica Díaz D i Diego Contribución de las TICs a RRHH Teletrabajo

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Administración de Personal Curso: Ayala - Bonelli

Preparado por Jesica Díaz Di Diego

Contribución de las TICs a RRHH

Teletrabajo

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TICS: Tecnologías de la información y las comunicaciones

o Teléfono: Es ideal que tenga speaker y headset para poder escribir en la computadora mientras se utiliza.

o Internet: Se requiere conexión de banda ancha y elegir un proveedor que tenga una conexión estable sin micro desconexiones.

o Token/VPN: permiten la encriptación de los datos para proteger la información de la compañía

o Toll Free #: Números de conferencias gratuitos que nos permiten hablar a distintas partes del mundo sin costo para el empleado.

o IP Softphone: Software que permite linkear el teléfono de la oficina al de la casa del empleado y realizar llamadas internacionales a cargo de la empresa

o Skype: Sofware gratuito que permite hablar, realizar videoconferencias y compartir la pantalla con personas ubicadas en todo el mundo.

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TICS: Tecnologías de la información y las comunicaciones o Net meeting: Software incluido en Windows que permite compartir pantalla vía Internet

o Webex: Software que permite compartir escritorio, utilizar pizarra, chat interno entre los miembros de la reunión, y que permite cambiar los roles de los participantes

oHp Virtual Rooms: Idem del anterior

o Messenger/Sametime/Office Communicator/etc: Softwares que permiten chatear con personas ubicadas en distintas partes a través de Internet

o SFTP: Sofwares de File Transfer que permiten compartir grandes volumenes de información.

o Microsoft Sharepoint: Software que permite compartir grandes volúmenes de información, organizar proyectos, agendas y que tiene una interfaz user friendly y simple.

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TICS: Tecnologías de la información y las comunicaciones Las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC's) aplicadas al

mundo del trabajo han generado nuevas formas de organización; una de las más emergentes es el Teletrabajo

Entendemos por Teletrabajo a “la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios en los términos de los artículos 21 y 22 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, en las que el objeto del contrato o relación de trabajo es realizado total o parcialmente en el domicilio del trabajador o en lugares distintos del establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de todo tipo de tecnología de la información y de las comunicaciones (TIC´s)”

En palabras simples podemos decir que: “Es una forma de organizar y realizar el trabajo a distancia con el auxilio de las TIC en el domicilio del tetrabajador o en lugares o establecimientos ajenos al empleador. Para su realización deben actuar elementos telemáticos: computadoras, teléfonos o cualquier otra de las denominadas Tecnologías de la información y la omunicación (TIC's). La falta de presencia física del trabajador en la oficina o estructura edilicia de la empresa es una de las notas distintivas del mismo”

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Modalidades

Teleworker: Consiste en la modalidad de teletrabajo en la que el empleado trabaja el 100% de su tiempo desde su casa u otro lugar. No tiene una posición física asignada en las oficinas de la compañía.

Flexworker: El empleado trabaja bajo un cronograma acordado con la empresa. Hay días pautados en los que va a la oficina y días en los que trabaja desde su casa. La empresa no cuenta con posiciones disponibles para todos los empleados todos los días sino solo los días en los que acordaron.

Ad- Hoc teleworker: No existe cronograma de asistencia pautado. El empleado tiene la posibilidad de trabajar desde su casa ante alguna contingencia. La empresa posee posiciones fijas para todos los empleados que trabajan allí.

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Perfil de persona apta para teletrabar

Capacidad de trabajar con poca supervisión Autodisciplina Buena oratoria y capacidad de comunicarse a través del teléfono Capacidad de trabajar por objetivos Dominio bilingüe de otro idioma es indispensable para trabajar de manera

global Poseer buen manejo de las tecnologías de la información y de la

comunicación. Capacidad de organización y manejo del tiempo.

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Tipo de puestos que pueden ser ejercidos por teletrabajadores

Puestos que requieren poca supervisión directa Puestos administrados por objetivos Que impliquen tareas rutinarias, repetitivas y operativas . Trabajos técnicos o de backoffice Puestos que no requieren en el día a día contacto cara a cara ya sea con el

cliente interno o con el cliente externo.

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Ventajas

Optimizar la calidad de vida del teletrabajador Mejorar el medio ambiente evitando mayor contaminación. Procurar acciones de responsabilidad social empresaria permitiendo incluir a

personas con capacidades diferentes que no puedan trasladarse a una oficina a diario

Conciliar el ámbito laboral con el familiar Incluir a los grupos más Vulnerados Innovar y mejorar los contenidos de la negociación colectiva Reduce los gastos de transporte y vestimenta para los empleados Permite a la empresa ahorrarse los costos fijos que implica mantener una posición

en una oficina Baja la probabilidad de Accidentes “in itinere” Baja la probabilidad de hurtos, robos, asaltos (ej. usando Home Banking) Baja el cansancio por traslados- Puntualidad Puede mejorar la alimentación Puede mejorar la relación familiar

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Desventajas

Desempeño muy dependiente de la auto- disciplina Aislamiento, pérdida del sentido de pertenencia Se trabaja “a ciegas” Se necesita dominio de tecnologías, conocimientos de conectividad. Se necesita tecnología en sitios lejanos Pérdida del efecto de la sinergia de equipo si el mismo no es administrado

correctamente como equipo virtual de trabajo Reducción de oportunidades de crecimiento laboral por tener menos contacto con

personas clave que no forman parte de la comunidad virtual de teletrabajadores Puede generar adicción al trabajo en personas con esta tendencia ya que el

empleado posee el 100% del tiempo la computadora en su hogar para trabajar cuando lo considere necesario o cuando se lo solicite el empleador

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Marco Legal

A los efectos de la cobertura de las contingencias previstas en la Ley N° 24.557 de Riesgos del Trabajo (LRT), los teletrabajadores de los empleadores comprendidos en este ámbito (seguro obligatorio en una ART -Aseguradora de Riesgos del Trabajo- o autoseguro) están contemplados en los supuestos siguientes:

El Teletrabajador realiza el teletrabajo en su domicilio (total o parcialmente).

El Teletrabajador realiza el teletrabajo en lugares distintos del establecimiento o los establecimientos del empleador (total o parcialmente, de manera fija en otro local, de manera móvil o itinerante)

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Cobertura. Comunicación entre las partes El inciso o punto 1 del artículo 27 de la LRT establece que “Los empleadores no

incluidos en el régimen de autoseguro deberán afiliarse obligatoriamente a la ART que libremente elijan, y declarar las altas y bajas que se produzcan en su plantel de trabajadores”.

Sin perjuicio de la existencia de un artículo específico sobre la obligación del empleador de notificar a su ART sobre la localización de sus trabajadores en determinados establecimientos ("explotación", "centro de trabajo" o "puesto de trabajo") o en diversas circunstancias (agentes de propaganda médica, viajantes, etc.), con arreglo a normas que regulan la relación contractual resulta pertinente:

Declarar la lista de teletrabajadores ante la ART a la que se encuentre afiliado el empleador;

Especificar modalidad y frecuencia de teletrabajo (lugar y cantidad de días a la semana);

Describir posición o tareas asignadas (administrativas, ventas, otras).

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Materia Seguridad: Conclusión

Para destacar entonces, las normas legales vigentes en materia de riesgos del trabajo que resultan aplicables al teletrabajo, teniendo en cuenta las características propias de éste, son las obligaciones del empleador y de su ART, entre otros deberes, de informar a los trabajadores Acerca de la identidad de la ART a la que se encuentre afiliado el empleador.

(Art. 31 inciso 2 de la Ley Nº 24.557). La red de establecimientos para la atención médica y hospitalaria, así como los

cambios en las materias consideradas en el inciso que se reglamenta de la Ley sobre Riesgos del Trabajo y el presente artículo, que se encuentren previstos o sometidos a consideración de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (Art. 31 inciso 1 de la Ley Nº 24.557).

A modo de conclusión podemos decir que si el empleado sufre un accidente en su casa en ocasión de trabajo, debe llamar a la ART y ésta debe de prestarle asistencia como si el accidente se hubiese producido en las oficinas de la empresa.

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Materia Higiene En Argentina aún no se encuentra regulada la materia higiene para los

teletrabajadores.

Sin embargo, existe un proyecto de ley que aún no fue sancionado que busca regular las condiciones de higiene del teletrabajador. El 29 de abril de 2008 se realizó la primera reunión de defensa ante el Senado del Proyecto de Ley sobre “Régimen Jurídico del Teletrabajo en Relación de Dependencia” elaborado por la Comisión de Teletrabajo del MTEySS, que el Poder Ejecutivo Nacional elevó al Congreso mediante el Mensaje Nº 829/07

El artículo 7º del Proyecto de Ley establece:

“La autoridad administrativa deberá promover la adecuación de las normas relativas a higiene y seguridad en el trabajo a la características propias de la prestación, y la inclusión de las enfermedades causadas por este tipo de actividad dentro del listado previsto en el artículo 6°, inciso 2, de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias

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Materia Higiene

Grandes avances han sido llevados a cabo en el marco del PROPET (Programa piloto de Seguimiento y Promoción del Teletrabajo en Empresas Privadas). Los objetivos del PROPET son:

Promover la implementación del teletrabajo en el sector privado. Evaluar el impacto del teletrabajo en la creación, mantenimiento y

mejora de la calidad del empleo. Identificar la existencia de dificultades prácticas generadas por el

teletrabajo en la organización de la empresa. Recopilar la información para la reglamentación del proyecto de ley

de teletrabajo. Difundir los resultados del PROPET.

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Caso Real: YPF fue la primera empresa en participar del Propet, proyecto de teletrabajo impulsado por

el Ministerio de Trabajo. El convenio, subscripto por el ministro Carlos Tomada y el director general de Operaciones de YPF, Antonio Gomis Sáez, establece que cuarenta empleados realicen la experiencia de desarrollar parte de sus tareas sin trasladarse hasta la oficina.

En Junio de 2008 Mapfre Argentina ART, aseguradora de riesgos del trabajo de YPF, fue la primera empresa en cubrir a teletrabajadores. Por este motivo, y a pedido de la empresa petrolera, confeccionó un manual que contiene recomendaciones, con el objetivo de poner en conocimiento del teletrabajador las medidas preventivas tendientes a evitar enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.

El manual indica, por ejemplo, cómo deben ser los espacios de trabajo, las posturas, la disposición de la computadora, la silla, la luz y las condiciones ambientales, entre otras cosas.

YPF otorgará a los teletrabajadores una silla ergonométrica y un botiquín. Además, la empresa, junto a la aseguradora, visitará en dos oportunidades (dentro del período contemplado) al teletrabajador para verificar si las condiciones de seguridad e higiene se mantienen.

Cabe destacar que dichos empleados gozarán de los mismos derechos y beneficios garantizados por la legislación vigente y los convenios colectivos de trabajo que aquellos que prestan las mismas tareas en los establecimientos de la empresa, sin perjuicio de aquellos derechos o beneficios que pacten en forma individual o colectiva teniendo en cuenta las peculiaridades del teletrabajo.

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EXPERIENCIA YPF

Personal Comprendido - Perfil teletrabajadores

99Promedio GxC

40 PERSONAS

Medios (14)

E&P (9)

Marketing (6)

CyRR.EE. (4)

Refino (3)

RH (3)

Química (1)

Cantidad

a) 1 día / semanab) 2 días / semanac) 3 días / semana

1 día (29)

2 días (7)

3 días (4)

Modalidades

a) Persona efectiva.b) Más de 2 años de antigüedad.c) Desempeño destacado.d) Comportamientos de autodisciplina, gestión y motivación.e) Competencias técnicas del puesto y de informática.f) Acuerdo del jefe.

Universitarios (31)

Técnicos (9)

Perfil

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Cláusula de reversibilidad a instancia de ambas partes durante todo el programa.

Modalidad contractual por tiempo indeterminado.

Intangibilidad de la remuneración + Compensación de gastos por el teletrabajo: suma fija mensual de carácter remunerativo.

Asignación de medios de teletrabajo: PC portátil.

Elementos de Seguridad e Higiene: matafuego, silla ergonométrica y botiquín de primeros auxilios.

Cláusula de Protección de Datos. Uso responsable de la información.

CONTENIDOS NORMATIVOS DEL PROGRAMA

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ACCIONES DESARROLLADAS

Elaboración y revisión de documentos formales.

Elaboración de manual básico de seguridad e higiene del teletrabajo.

Visitas de constatación de las condiciones de seguridad e higiene del teletrabajo.

Entrevistas a teletrabajadores y jefes.

Procesamiento de la información obtenida pre informe cualitativo.

Informe final con recomendaciones.

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LA EXPERIENCIA PILOTO EN CIFRAS

DocumentosAcuerdo Compañía - Ministerio de adhesión al PROPETConvenio Empresa - ARTNotificación del teletrabajador de los términos del PROPETContrato de TeletrabajoManual básico de salud y seguridad para teletrabajadores

Areas Comunicación y RR. EE.MediosMarketingExploración y ProducciónRefinoQuímicaRecursos Humanos

Personas

ModalidadesA: 1 día/semanaB: 2 día/semanaC: 3 día/semana

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LA EXPERINCIA PILOTO AGREGANDO VALOR

Cursos y visitas a domicilios asociadosa temas de higiene y seguridad

Elementos asignados:

computadora personal portátil teléfono móvil acceso a programas informáticos compensación por costes de conexión

Otros elementos ligados a la salud y la seguridad en el ámbito del teletrabajo:

silla ergonométrica matafuego botiquín Manual básico de salud y seguridad para teletrabajadores