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    II UNIDAD

    LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO EN CHILE

    1.- La Organización Adini!"ra"i#a $n %a C&n!"i"'ción(&%)"ica*

    Si se analiza la Constitución se podrá advertir que la organizaciónadministrativa del Estado aparece de manera extremadamente difusa sinque exista a su respecto un esquema vertebrador ni un párrafo o títuloque la contenga de modo ordenado y coherente.

    o dicho no debe extra!ar si se estudia el punto en una

    perspectiva histórica" porque muchas de las disposiciones que al tema sere#eren tienen su origen en distintas $pocas y se han ido adicionando enel tiempo tras sucesivas reformas constitucionales.

    a% Ar")c'%& +, inci!& , / +,. Este texto viene del art.&'( de la Constitución )olítica de &*+,. )or reformas constitucionales delos a!os &**& y +'', adquirió su redacción. 

    b% Ar")c'%& 0  El gobierno y la administración del Estadocorresponde al )residente de la -epblica" quien es el /efe de Estado0 1inc.&%.

    c2 Ar")c'%& ++" complementa la norma anterior al establecerque 2os 3inistros de Estado son los colaboradores directos e inmediatosdel )residente de la -epblica en el gobierno y administración del Estado01inc. &%.

    d2 Ar")c'%& +3 inci!& 14 as bases generales de la4dministración del Estado serán reenviadas por la propia Constitución auna ley orgánica constitucional la cual habrá de precisar su 2organizaciónbásica0. 1ey 56 &7.,(,%

    e% Ca5)"'%& 6IV d$ %a C&n!"i"'ción ar"!. 117 a 18 elque se referirá a lo que su título denomina 2Gobierno y   4dministracióninterior del Estado0" en donde se estatuirá la división territorial del paíspara #nes políticos y administrativos 1art. &&'% y se consagra la triparticiónde niveles territoriales de administración conforme a la regionalización delpaís. 4sí" se crea el 8obierno -egional a cargo de la administraciónsuperior regional  1art. &&& inciso +6%" el gobierno y administración

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     provincial a cargo de un 8obernador 1arts. &&9:&&(%; y la administracióncomunal a cargo de las 3unicipalidades 1arts. &&7:&++%&.

    e% 1ey (.(+(%.

    Es así que en la Carta ?undamental aparecen como entes uorganismos administrativos" los #scales" los semi#scales" las empresas delEstado o en las que el #sco tenga intervención por aportes de capital" y lasmunicipalidades  1art. 65 inc. 4, n° 2 y 3)  a ello habría que agregar laterminología de 2servicios pblicos0 como concepto gen$rico y que

    precisa art. 65 inc. 4, ° 2" a lo cual se adiciona la especie de organismos1servicios pblicos% 2autónomos0.

    -especto a las E5r$!a! d$% E!"ad&9 habría que hacermención del art.!"" que tanto en su # 24 inc. !$# como en su # 2! inc.2#" se re#eren a ellas; el primero de ellos se re#ere a que 2el Estado o susempresas0 podrán e/ecutar directamente la exploración" explotación obene#cio de yacimientos que contengan sustancias no concesibles" y elsegundo a la posibilidad que 2el Estado y sus organismos podrándesarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una leyde quórum cali#cado los autoriza0.

    @aciendo una síntesis de lo que la Constitución prescriberespecto de la organización administrativa del Estado" podría decirse queA

    a% a administración del Estado está atribuida al )residentede la -epblica 1art.+=%" el cual la e/erce con la colaboración inmediata ydirecta de los 3inistros de Estado 1art. >>%" a cargo de 3inisterios" cuyaorganización y nmero corresponde a la ley precisar.

    b% En el 2nivel territorial0" esa administración está a cargoen las regiones de un Bntendente y de un Conse/o -egional" en que amboscon#guran el llamado 2gobierno regional0" ente personi#cado; en las

    provincias dicha administración se atribuye al 2gobernador0" y al nivelcomunal ella se encarga a las 2municipalidades0; yc% En el plano de las distintas entidades u organizaciones o

    servicios pblicos que 2funcionalmente0 desarrollan la actividadadministrativa del Estado" es decir satisfacer n$c$!idad$! 5:;%ica!"ellos sonA o servicios #scales" o semi#scales" o autónomos" o municipales"1

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    o empresas del Estado 1sean del Estado o de sus organismos%" o empresasen que el Estado o sus organismos" o el #sco" interviene o participa conaportes de capital.

    .- La Organización Adini!"ra"i#a $n %a L$/ d$

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    Se encarga" tambi$n" esta ley &7.,(, de precisar que elEstado puede participar y tener representación en entidades que noformen parte de su 4dministración 2sólo en virtud de una ley que lo

    autorice" la que deberá ser de quórum cali#cado si esas entidadesdesarrollan actividades empresariales0 1art.9 inc.&%" agregándose quetales entidades Fno podrán" en caso alguno" e/ercer potestades pblicasF1inc.+%. o dicho va en relación con lo dispuesto por el art. &* 5G +& inc.+Gde la Constitución" el cual inserto en el derecho fundamental que todapersona tiene de desarrollar cualquiera actividad económica lícita"prescribe que 2el Estado y sus organismos podrán desarrollar actividadesempresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum cali#cado losautoriza rigi$ndose dichas actividades por las mismas normas aplicables alos privados0.

    >. Siempre en el plano legislativo" concurre tambi$n en lamateria el ar")c'%& 18 d$ %a %$/ N4 17.++8" orgánica constitucional de laContraloría 8eneral de la -epblica" el cual" respecto de las entidades uorganismos sobre los cuales e/erce ella sus potestades de #scalización"hace una enumeración que es necesario tener en cuenta. Hice estadisposición que se encuentran sometidos a la #scalización de laContraloría 2los servicios" instituciones #scales" semi#scales" organismosautónomos" empresas del Estado y" en general" todos los serviciospblicos creados por ley0. < agrega en su inc. + que 2ambi$n quedarán su/etas a la #scalización de

    la Contraloría 8eneral las empresas" sociedades o entidades pblicas oprivadas en que el Estado o sus empresas" sociedades o institucionescentralizadas o descentralizadas tengan aportes de capital mayoritario oen igual proporción" o" en las mismas condiciones" representación o"participación...0.

    =. 4un cuando la Constitución no adopta una perspectivapropiamente de t$cnica /urídica en el planteamiento del tema de la2organización administrativa del Estado0" es posible realizar un enfoquedesde esta visión" diciendo que el Estado es una persona jurídicacompuesto por distintas personas /urídicas pblicas estatales" regidas por

    el derecho pblico.

    (ERSONAS =URIDICAS ADMINISTRATIVAS

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    as personas /urídicas administrativas son personas /urídicas quedesempe!an la actividad administrativa" en cuyo nombre se prestan losservicios pblicos" y que pueden ser representadas /udicial yextra/udicialmente.

    El Estado o ?isco es la persona de que se vale en forma principal laadministración para e/ercer derechos o contraer obligaciones. En otroscasos" el legislador ha dado a ciertos servicios personalidad propia" comoocurre con las municipalidades" gobiernos regionales" serviciospersoni#cados y empresas del Estado.

    )ara que las personas /urídicas administrativas puedan actuar en lavida /urídica es necesario que además de representar un inter$smerecedor de protección /urídica y de estar dotadas de un patrimoniopropio" deben disponer de una voluntad que les sea imputable.

    A"ri;'ción d$ V&%'n"ad d$ %a ($r!&na ='r)dica Adini!"ra"i#aSiendo los organismos que componen la 4dministración del Estado

    entes abstractos de derecho pblico" el problema consiste en determinarcómo logran ellos expresar su voluntad" por qu$ las decisiones queadoptan determinadas personas naturales son /urídicamente imputablesa la 4dministración" por qu$ las consecuencias de esas actividadeshumanas se radican en el organismo personi#cado y no en la personanatural. Se trata en de#nitiva de un problema /urídico de imputación" esdecir" de de#nición de las condiciones segn las cuales ciertas acciones

    humanas deben ser consideradas como acciones del Estado. res son las teorías que buscan explicar el vínculo entre la persona /urídica y la voluntad que acta por ellaA

    a) T$&r)a d$% Manda"&A segn la cual la persona /urídicaadministrativa actuaría a trav$s de un 3andatario. Esta teoría no essatisfactoria pues importa un acto voluntario previo que constituyadicho mandato" es decir" una voluntad anterior al mandatario" con locual se retrotrae el problema.

     b) T$&r)a d$ %a R$5r$!$n"aciónA la persona /urídica administrativa

    actuaría por medio de un representante designado por el legislador.a persona /urídica sería un incapaz y requeriría actuar por medio derepresentantes legales. Esta teoría si bien podría explicar laatribución de voluntad en general de las personas /urídicas" nosatisface al propio Estado" que sería quien por medio de la leydotaría de representantes legales" pues no podría dotarse a simismo de representación.

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    c) T$&r)a d$% Órgan&A una respuesta al problema de laimputación de la actividad estatal.

    a Teoría del Organo  pretende explicarnos dicha imputaciónse!alando que los organismos personi#cados o personas /urídicas dederecho pblico actan a trav$s de sus órganos" y $stos a trav$s depersonas naturales.

    5o existe en nuestra legislación administrativa una de#nición de qu$debemos entender por órgano p%blico, pues el concepto es utilizado demodo muy poco t$cnico por el legislador" la mayoría de las vecesconfundi$ndolo con las expresiones 2organismo0 o 2servicio pblico0"como se puede apreciar en algunas disposiciones de la .D.C. sobreases 8enerales de la 4dministración del Estado" como los artículos +7y >> inciso #nal. En otras disposiciones pareciera" por el contrario"

    diferenciarlos de los 2servicios pblicos0" como en los artículos &G inciso+G" += " =9 inciso >G y =* inciso +G. ?inalmente" hay otras disposicionesde la misma ley en las que aparentemente el legislador atribuye lacalidad de 2órganos administrativos 2 a las autoridades de las cualesemanan ciertos actos administrativos" como el artículo &' de la citadaley.

    a falta de precisión legislativa en torno a este concepto ha llevado aalgunos sectores de la doctrina a dudar que sea $sta la eoría queexplica la imputación /urídica que se hace al Estado de los actos dedeterminadas personas naturales" no obstante" la /urisprudencia /udicialla ha hecho suya reiteradamente para fundamentar la responsabilidad

    del Estado frente a los da!os causados por sus agentes en el e/ercicio dela actividad administrativa" principalmente en aquellas sentencias enque ha debido fundamentar la obligación del Estado de responder porlos da!os causados por sus agentes.

    He otra parte" esta teoría supera los problemas que presentaría elatribuir esta imputación a una representación" pues en tal casoresultarían inimputables al Estado las consecuencias de los actosilegales o arbitrarios de sus funcionarios.

    He acuerdo a lo se!alado y siguiendo esta eoría" puede decirse quelos Drganismos y Servicios )blicos que componen las distintaspersonas /urídicas de derecho pblico que integran la 4dministración del

    Estado mani#estan su voluntad y actan en la vida /urídica a trav$s desus órganos.El órgano" para ser tal y producir la imputación /urídica" debe reunir

    los siguientes elementosAa% )ersona 5aturalA corresponde a la voluntad humana que da

    movimiento e impulso a la actividad administrativa y que se

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    encuentra vinculada al organismo pblico a trav$s de unainvestidura legal.

    b% Bnvestidura egalA corresponde al acto administrativo denombramiento de una persona natural para que" reuniendo los

    requisitos legales" sirva un cargo pblico creado por ley. ainvestidura legal o nombramiento está su/eto al procedimientoparticular que determine el respectivo estatuto administrativo ycumplido $ste" la persona natural adquiere la titularidad delórgano. 1e/emploA 3inistro de Estado" Hirector 5acional del-egistro Civil" Bntendente" 8obernador" etc%

    c% CompetenciaA el órgano administrativo" para ser tal" requiereestar dotado de competencia" es decir" de un con/unto deatribuciones y poderes que la ley le entrega para poder cumplirla función pblica que le corresponde.

    Cumplidos estos requisitos" se genera una doble relación entre lapersona natural y el EstadoA&.: Ina relación de servicio o funcionalA regulada por un estatuto enel cual se establecen los deberes y derechos que le correspondecomo funcionario pblico 1aspectos laborales%.+.: Ina relación orgánicaA en virtud de la cual el funcionario o agente"convertido en órgano pblico" imputa al Estado las consecuencias /urídicas y materiales de los actos que realiza en el e/ercicio de sucargo.

    C&n!$c'$ncia! ='r)dica! d$ %a T$&r)a d$% Órgan&.

    4sumir que es esta eoría la que permite atribuir a un ente pblico losactos de sus agentes" genera ciertas consecuencias especí#cas quedeben tenerse en cuenta al momento de analizar la actividad /urídica dela administraciónA

    a% Jurídicamente" el órgano no se identi#ca con las personas físicasque desempe!an la función orgánica" por lo que los actos que realiza eltitular no pierden validez ni deben rati#carse si cambia la persona física.

    b% El órgano pblico no posee personalidad /urídica sino que $sta seatribuye a la persona /urídica de derecho pblico a la cual pertenece o

    se adscribe el órgano" por lo tanto" un ente personi#cado puede teneruno o más órganos segn sea su estructura de#nida por la ley. Elórgano es el medio a trav$s del cual la persona /urídica expresa suvoluntad. E/emploA )ersona Jurídica ?iscoA órganos 3inistros" Seremis"Bntendentes.

    c% a persona natural" a trav$s de un procedimiento reglado por elrespectivo estatuto administrativo" es incorporado al órgano como

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    elemento sub/etivo de $ste y adquiere la calidad de agente pblico ofuncionario titular del órgano.

    d% a voluntad de la persona natural" actuando como titular delórgano" pasa a ser la voluntad de $ste ltimo y obliga /urídicamente a la

    persona /urídica pblica a la cual pertenece.5o obstante la escasa precisión t$cnica con que la ey de ases

    8enerales de la 4dministración alude al concepto de 2órgano0" puededecirse que el fundamento de la aplicación de esta eoría se encuentrade modo preciso en la Constitución )olítica" al se!alar en su artículo (G&'os órganos del Estado act%an v(lidamente, previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la orma *ue prescriba la ley.+ D$!cri5ción d$ %a! ($r!&na! ='r)dica! Adini!"ra"i#a! d$% E!"ad&

    1. !"#O

    T$rin&%&g)a / n&ciónAHada la diversidad de funciones que recubre el ?isco no resulta

    fácil su conceptualización.)or lo general" en el ámbito civil e incluso tributario" al ?isco se le

    relaciona con el aspecto patrimonial del Estado; se le conoce" en estesentido" como una persona /urídica de derecho pblico" en cuanto e/ercederechos y contrae obligaciones patrimoniales 1arts. ,=, y ,=( inc. +G C.Civil%. )ero el ?isco es mucho más que eso" es una persona /urídica que

    recubre actividades del Estado tanto de la función administrativa" comode las funciones legislativas y /udicial y en lo que aquí interesa cubre consu personalidad /urídica a todos los llamados 2órganos centralizados dela 4dministración0.

    Órgan&! adini!"ra"i#&! >'$ c&5&n$n %a 5$r!&na ?'r)dica d$%@i!c&*

    • El )residente de la -epblica• os 3inisterios• as Bntendencias• as 8obernaciones• os Servicios pblicos dependientes 1no personi#cados"

    llamados servicios #scales o centralizados%.• as ?uerzas 4rmadas y las ?uerzas de Drden y Seguridad

    )blicas

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    (a"ri&ni&* En cuanto a los fondos o dineros" ellos emanan de laey anual de )resupuestos del Sector )blico" cuya administración estáregulada por el H &+9>" de &*(," sobre 4dministración ?inanciera delEstado.

    *" de &*((" sobre 4dministración deienes del Estado%.Rgi$n ?'r)dic&* El r$gimen /urídico de los organismos #scales es dederecho pblico in integrum" tanto en su organización" como en sufuncionamiento. o regula siempre la ley 1materia de reserva legalA art.9, inc. =G 5G +%" ya sea orgánica constitucional 1?.?.4.4." Contraloría% oley ordinaria 1regla general%.Tra;a?ad&r$!* Kuienes laboran en $l" son 2funcionarios pblicos0"

    regidos por un Estatuto 4dministrativo" ey 5G &7.7>=" de +>.'*.&*7*R$5r$!$n"ación* a representación legal extra/udicial le estáatribuida al )residente de la -epblica" sin per/uicio de poder $stedelegarla" segn así lo dispone el art. >, de la ley &7.,(,.

    a representación /udicial le corresponde al )residente del Conse/ode Hefensa del Estado 1H?LJ 5G &" de &**>%.

    $. !%"T!T!O%E"Se llama" en general" 2instituciones0 a todo aquel con/unto de

    servicios pblicos a los cuales la ley los ha dotado de personalidad

     /urídica" con el #n de darles autonomía de gestión y una mayorindependencia del )oder Central. Ellos conforman" /unto con lasmunicipalidades" los gobiernos regionales y las empresas del Estado" loque se denomina la 24dministración Hescentralizada0 1. &7.,(," art.+*%.

    Son personas /urídicas de derecho pblico al igual que el ?isco.

    (a"ri&ni&* )oseen patrimonio propio" pues tienen personalidad /urídica 1recu$rdese que uno de los atributos de toda personalidad esprecisamente el patrimonio%. os fondos o dineros que cuentan sonprevistos en la ey de )resupuestos del Sector )blico 1sin per/uicio que

    puedan generar fondos por la prestación de servicios" como es el casode las Iniversidades estatales%.Rgi$n ?'r)dic&* Su r$gimen es de derecho pblico" tanto en suorganización" como en su funcionamiento. Son creadas por ley 1art. 9,inc. =G 5G + C)%.R$5r$!$n"ación* Su representación legal está radicada en el JefeSuperior del Servicio 1Hirector o Hirector 5acional" etc.%" a quien la ley

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    respectiva le con#ere tanto la representación /udicial como extra/udicialdel Servicio. 14-. >9 ley &7.,(,%.

    4lgunos organismos pblicos personi#cadosA

    :Centrales 1Central de 4bastecimiento de los Servicios de Salud%.:Comisiones 1Comisión Chilena de Energía 5uclear" Comisión 5acional deEnergía%.

    :Conse/os 15acional de elevisión" Superior de Educación%.:Corporaciones 1Corporación de ?omento de la )roducción" Corporación

    de 4sistencia Judicial%.:Hirecciones 1del raba/o" del Cr$dito )rendario%.:?iscalías 15acional Económica" 5acional de Kuiebras%.:?ondos 15acional de Hiscapacidad" 5acional de SaludL?onasa%.:Bnstitutos 15acional de Estadísticas" de 5ormalización )revisional%.:Juntas 15acional de Jardines Bnfantiles" de 4uxilio Escolar y ecas%.

    :Servicios 1de Salud" de Mivienda y Irbanismo" 4grícola y 8anadero%.:Servicios 5acionales 1de 4duanas" de urismo" de Capacitación yEmpleo%.:Superintendencias 1de Bsapres" Servicios Sanitarios" de 4?)%.:Iniversidades Estatales 1de Chile" de Malparaíso" de Santiago de Chile%.

    Tra;a?ad&r$!* Son funcionarios pblicos regidos por el Estatuto4dministrativo general 1ey. &7.7>=% o por su propia regulaciónestatutaria funcionarial.

    '. E()*E"+" ,E- E"T+,O

    Terminología: cuando se habla de 2empresas del Estado0 la referencia es aaquellas entidades u organismos que son parte de la 4dministración delEstado y que son creadas por ley 1art. &G . &7.,(,%. @ay que" pues" quedistinguir las 2empresas del Estado0 de las 2sociedades del Estado0.N&ción* son organismos administrativos personi#cados integrantes dela 4dministración del Estado" que tienen una organización gerencial 1losservicios pblicos tienen una organización burocrática%" quedesempe!an una actividad empresarial del Estado 1art. &* 5G +& inc. +GC)" ey &7.,(, art. 9G%" de tipo económico y cuya actividad es la

    prestación de servicios o la producción de bienes" para satisfacernecesidades pblicas.Son personas /urídicas estatales administrativas de derecho

    pblico" cuya organización es de derecho pblico" y cuya actividad estáregida por el derecho privado" puesto que es de carácter comercial oindustrial 1art. &* 5G +& inc. +G C)%; sus actos" en este aspecto" son2actos de comercio0 1art. >G C. Comercio%.

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    Es siempre la ley la que da la cali#cación de 2empresa del Estado01art. 9, inc. =G 5G + C)%.

    @'$n"$! N&ra"i#a!*•

    aseA art. &* 5G +& inciso +G C) 1ley de quórum cali#cado" especial yespecí#ca autorización para desempe!ar una determinada actividadempresarial. 5o debe olvidarse que sólo por ecepción  puede elEstado desarrollar este tipo de actividad" ya que es la iniciativaprivada la que posee la primacíaA arts. &G inc. =G y &* 5G +& inc. &GC)%; tambi$nA

    • 4rtículo 9, inciso =G 5G +.• 4rtículo 9> 5G *.• 4rtículo&* 5G += inciso penltimo.

    Ina ey de Kuórum Cali#cado debe necesariamente intervenir para2autorizar0 la realización de la actividad empresarial por parte del

    Estado.@asta la dictación de la C) &*7' existían muchas empresas del

    Estado; de allí que el artículo &* 5G +& inciso +G vino a regular la noproliferación en lo sucesivo de este tipo de empresas.

    Está basado en el principio de subsidiariedad que establece la C)-"principalmente" en sus artículos &G inciso >G y &* 5G +&.

    Rgi$n ?'r)dic&* El r$gimen /urídico en general" respecto a suorganización" es de derecho pblico" de tipo gerencial" y cuya actividadprestacional o industrial" regida por el derecho de los privados" es la

    producción de bienes o la prestación de servicios para satisfacernecesidades pblicas.

    C'B%$! !&n* as que tiene esa calidad en virtud de la ley" no siempreadoptan por nombre el de empresas" por e/emplo" Codelco 1Corporación5acional del Cobre de Chile%.

    Clasi#caciónA-ubro 3ineroA Codelco 1Corporación 5acional del Cobre de Chile%.

    Enami 1Empresa 5acional de 3inería%.Enap 1Empresa 5acional del )etróleo%.

    -ubro CastrenseA ?amae 1?ábrica de 3aestranza del E/$rcito" creada en&7&&%.4smar 14stilleros de la 4rmada%.Enaer 1Empresa 5acional de 4eronáutica de Chile%.

    -ubro )ortuarioA Existen &' Empresas )ortuariasA 4rica" Bquique"4ntofagasta" Coquimbo" Malparaíso" San 4ntonio"

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     alcahuano N San Micente" )uerto 3ontt" Chacabuco"4ustral.

    DtrasA Empresa de Correos de Chile" anco del Estado deChile" ?errocarriles del Estado" Eaza 1Empresa de

    4bastecimiento de Oonas 4isladas%.Rgi$n d$ ;i$n$!* Sus bienes son propios" porque es una persona /urídica" pero nada impide que bienes #scales est$n destinados al uso deestas empresas" tal es el caso" por e/emplo" del inmueble que ocupa elCorreo Central de Santiago" es un bien #scal y" además" monumentonacional" ex casa de los gobernadores del -eino de Chile y de losprimeros presidentes de la -epblica" hasta 3anuel ulnes%.

    Tra;a?ad&r$!* Son funcionarios pblicos" regidos por un estatutoadministrativo" que en este caso asume tal calidad el Código del

     raba/o.Son parte de la 4dministración del Estado. 4dvi$rtase que el hechode estar regidos por el Código del raba/o no los convierte en empleadosparticulares; son sus leyes especí#cas las que indican que se ri/an por $l;por lo demás" así lo establece el artículo &G del C. del raba/o.

     ienen un r$gimen laboral mucho más Pexible que el /erarquizadodel Estatuto de los empleados #scales de los órganos de la4dministración Centralizada" en atención a la actividad misma que ellosrealizan" ya que $sta se encuentra regida por las mismas normas queregulan la de los privados 1segn lo dispone el art. &* 5G +& inc. +G de laC)%.

    R$5r$!$n"ación* a representación legalA estará atribuida a quiensu ley orgánica indique" por lo que puede ser muy diversa" ya que laorganización es distinta dependiendo de la actividad sobre la cual recae.5ormalmente" su representante legal es su /erarca máximo1Micepresidente E/ecutivo" )residente del Hirectorio" 8erente 8eneral"etc.%; por e/emploA en M5 es el )residente del Hirectorio 1nombrado porel )residente de la -epblica%.

    a representación /udicialA estará atribuida al órgano que la leyse!ale y varía en cada caso. )uede ser" por e/emplo" el gerente general"que normalmente es el /efe superior administrativo. Isualmente el

    representante legal es el mismo que el /udicial.

    Organización in"$rna* Es distinta a la de todos los organismos delEstado. En las empresas del Estado hay un órgano e/ecutivo y unodirectivo. El e/ecutivo es un órgano unipersonal" generalmente elsecretario e/ecutivo o el gerente general. El directivo es un Hirectorio" en

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    el que el )residente tiene miembros que lo representan y que varía enrelación a la ley de cada empresa.

    a supervigilancia que e/erce el )residente de la -epblica sobrelos organismos personi#cados de la 4dministración del Estado se dobla

    aquí con estos representantes del )residente en el Hirectorio" que son suvoz. @ay" así" una participación directa del )residente de la -epblica enla organización y dirección de la empresa 1ya que debe recordarse queesa supervigilancia la e/erce normalmente el )residente de la -epblicaa trav$s del 3inistro respectivoA art. +* inc. +G . &7.,(,%.

    a supervigilancia que e/erce el )residente de la -epblica es muytenue" referida" en general" al nombramiento de los miembros que lorepresentan; ella se e/erce directamente al interior de la empresa porestos representantes suyos en el Hirectorio" e indirectamente a trav$sdel 3inistro respectivo. @a de se!alarse que esta supervigilancia se

    concreta tambi$n respecto de determinados actos" pero sólo en lamedida que la ley así lo prevea expresamente; vale decir" es especí#ca"respecto de actos concretos que la ley determina. Esto se traducirá" pore/emplo" en actos aprobatorio de balances" del presupuesto de laempresa" etc." pero teniendo siempre bien claro que ello es posible sólosi la ley así lo establece.

    0. MUNICI(ALIDADES* personas /urídicas pblicas estatales" de típica

    función administrativa" con participación ciudadana en su gestión alpunto que su con#guración organizativa está basada en un órganounipersonal 24lcalde0 1elegido por votación popular% y en un órganocolegiado 2el Conce/o 3unicipal0 1igualmente elegidos sus miembrospor votación popular%.El artículo &&7 de la Constitución )olítica en su inciso &6 dispone 2aadministración local de cada comuna o agrupación de comunas quedetermine la ley reside en una municipalidad" la que estaráconstituida por el alcalde" que es su máxima autoridad" y por elconce/o.a misma disposición" en su inciso =6 se!alaA 2as 3unicipalidades

    son corporaciones autónomas de derecho pblico" con personalidad /urídica y patrimonio propio" cuya #nalidad es satisfacer lasnecesidades de la comunidad local y asegurar su participación en elprogreso económico" social y cultural de la comuna0Órgan&! >'$ %a c&5&n$nA 4lcalde y Conce/o 3unicipal" sonelegidos por sufragio universal" duran = a!os en sus cargos y puedenser reelegidos. 4l Conce/o le corresponde hacer efectiva la

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    participación de la comunidad local y e/erce funciones normativas"resolutivas y #scalizadoras.Rgi$n ='r)dic&A de derecho pblico" integrado por un con/unto denormas especiales que son aplicables a la gestión municipal" entre las

    que destacan las normas constitucionales que la regulan" su DC 56&7.9*, y la ey de -entas 3unicipales 1H >'9>L&*(*%" cuyo textorefundido fue #/ado por HS +.>7,L*9.(a"ri&ni&A posee patrimonio propio constituido por aquellos bienese ingresos que se!ala el artículo &> de su ey Drgánica" entre los quese cuentanA los ienes corporales e incorporales que posean oadquieran a cualquier título; el aporte que les otorgue el gobiernoregional respectivo; los ingresos provenientes de su participación enel ?ondo Comn 3unicipal; los derechos que cobren por los serviciosque presten y por los permisos y concesiones que otorguen; losingresos que perciban con motivo de sus actividades o de las de los

    establecimientos de su dependencia; los ingresos que recauden porlos tributos que la ley permita aplicar a las autoridades comunales"dentro de los marcos que la ley se!ale" que graven actividades obienes que tengan una clara identi#cación local; las multas eintereses establecidos a bene#cio municipal.Tra;a?ad&r$!A se denominan funcionarios municipales y en generalestán regidos por un estatuto propio contenido en la ey 56 &7.77>.Sin per/uicio de ello" las municipalidades tambi$n administran otrasfunciones pblicas denominadas 2servicios traspasados0 y que estánconformadas por los servicios de educación municipal" atenciónprimaria de salud y administración de cementerios" cuyos

    funcionarios se rigen por estatutos diferenciados" como es el caso delos funcionarios de la salud y los docentes" o bien por las normas delCódigo del raba/o.R$5r$!$n"aciónA a representación tanto /udicial como extra/udicialle corresponde al 4lcalde. 5o obstante" para e/ercer ciertaspotestades" en los casos en que la ley lo determina" deberá contarcon el acuerdo previo del Conce/o 3unicipal. E/emplo" para ena/enarinmuebles municipales.

    . GO'$ %a c&5&n$nA El intendente" en su rol de E/ecutivo del8obierno -egional" y el Conse/o -egional. a generación de estasautoridades es diversa" mientras que el Bntendente es nombrado por

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    el )residente de la -epblica como funcionario de su exclusivacon#anza" los Conse/eros serán elegidos por sufragio universal" deacuerdo a la reforma constitucional del artículo &&>" durando = a!osen sus cargos y con la posibilidad de ser reelegidos. -ecordemos que

    hasta la ltima renovación de los Conse/os -egionales" esta seefectuaba por sufragio indirecto" siendo elegidos por los conce/alesde cada provincia. 4l Conse/o -egional le corresponde igualmentehacer efectiva la participación de la ciudadanía regional y e/ercefunciones normativas" resolutivas y #scalizadoras.Rgi$n ='r)dic&A de derecho pblico. Su ey DrgánicaConstitucional es la &*.&(, y en materias presupuestarias está regidopor el H &+9> de administración ?inanciera del Estado.(a"ri&ni&A posee patrimonio propio constituido por aquellos bienese ingresos que se!ala el artículo &> de su ey Drgánica" entre los quese cuentanA os bienes muebles e inmuebles que le trans#era el

    ?isco; los bienes muebles e inmuebles que adquiera legalmente acualquier título y los frutos de tales bienes; las donaciones" herenciasy legados que reciba" de fuentes internas o externas" lascuales estarán exentas del trámite de insinuación; os ingresos queobtenga por los servicios que preste y por los permisos yconcesionesque otorgue; os ingresos que perciba en conformidad al inciso#nal del nmero +'6 del artículo &* de la Constitución1tributosregionales%; los-ecursos que le correspondan en la distribución del ?ondo 5acionalde Hesarrollo -egional; 

    Tra;a?ad&r$!A son funcionarios pblicos regidos por el Estatuto4dministrativo contenido en la ey 56 &7.7>=.R$5r$!$n"aciónA a representación tanto /udicial como extra/udicialle corresponde al Bntendente en su calidad de E/ecutivo del 8obierno-egional. 5o obstante" para e/ercer ciertas potestades" en los casosen que la ley lo determina" deberá contar con el acuerdo previo delConse/o -egional. E/emplo" suscripción de contrato que se e/ecutacon presupuesto regional" esa asignación presupuestaria debe estarpreviamente aprobada por el Conse/o -egional.

    TEORA DEL SERVICIO (

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    mecanismos adecuados" debe valerse de  personas y bienes, quedebidamente organizados" le sirvan de instrumento o medios paraatender las necesidades colectivas cuya satisfacción le preocupa.

     radicionalmente se ha enfocado el Herecho 4dministrativo como 2

    el Herecho de los Servicios )blicos0" aludiendo con ello con ello a laactividad principalmente prestacional y de satisfacción de necesidadespblicas que en forma exclusiva realizaba el Estado" con un carácterasistencial. Con el correr del tiempo las formas de actuación del Estadohan ido variando por lo que ya no se genera esta suerte de identi#caciónentre servicio pblico y derecho administrativo" pero entonces surge laproblemática de conceptualizar o de#nir al Servicio )blico.

    C&nc$5"& d$ S$r#ici& (:;%ic&*a doctrina tradicional francesa" país donde surge la teoría del

    servicio pblico" ofrece distintas nociones relativas a este concepto.

    )ara Huguit" es toda actividad cuyo cumplimiento debe serasegurado" regulado y controlado por los gobernantes" porque elcumplimiento de esta actividad es indispensable para el desarrollo de lavida en sociedad" y por su naturaleza no puede sino desarrollarse por elente gubernamental.

    )ara @auriou" es el 2servicio t$cnico prestado al pblico de maneraregular y continua para la satisfacción de una necesidad pblica y poruna organización pblica0.

    He los dos conceptos transcritos" se puede extraer una acepciónorgánica y una funcionalA:DrgánicaA el servicio pblico es un con-unto de órganos y medios  que

    integran la administración del Estado que se destinan a la tarea desatisfacer" de manera regular y continua " una necesidad de inter$sgeneral.:?uncionalA el servicio pblico es una actividad  e/ercida por unacolectividad pblica tendiente a satisfacer necesidades de inter$sgeneral.

    Hentro de esta concepción funcional" se per#lan" a su vez" doscorrientes principalesA

    a) a que considera servicio pblico a toda actividad encaminada asatisfacer necesidades de carácter general que se realiza ba/o unrgimen especial de derec/o p%blico.

    b) a que sólo considera servicio pblico a una especie de actividadadministrativaA la que otorga prestaciones individuales al pblico"en forma directa e inmediata a los individuos que componen lapoblación. E/emplo. salud" vivienda" educación" etc.

    a aceptación de $ste ltimo criterio trae dos consecuenciasA: Kue se cali#que como servicios pblicos a actividades de

    inter$s general que constituyen prestaciones al pblico

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    realizadas por organismos meramente privados 1e/emploAcorporaciones municipales%

    : Kue se distinga la actividad de servicio pblico de otraforma de actividad estatal que por no constituir

    prestaciones al pblico no serían servicios pblicos1e/emploA las denominadas 2funciones esenciales0defensa nacional" --EE" seguridad interna.

    C&nc$5"& d$ S$r#ici& (:;%ic& $n n'$!"ra %$gi!%ación* anto la Constitución )olítica como la ey de ases 8enerales de la

    4dministración del Estado siguen mayoritariamente la concepciónorgánica y amplia de servicio pblico que comprende todas las formasde intervención administrativa del Estado" segn se desprende delartículo 9, inciso =6 n6 +" &&+ y &&9 de la C)- y artículos &6 inciso +6"+& y +7 a >& de la ey &7.,(,.

    Es el art. +7 de la ey de ases la norma que entrega un conceptolegal de servicio publicoA &'os servicios p%blico son órganosadministrativos encargados de satisacer necesidades p%blicas demanera regular y continua.+ 

    El )rofesor -olando )anto/a critica este concepto por su carácterexcesivamente restringidoA

    : 5o es un concepto válido para todo el universo de laadministración del Estado" sino sólo aplicable al sector de la4dministración al que se le aplica el ítulo BB de la 84E" quedanexcluidos de $l los órganos autónomos.

    : 5o incluye los servicios pblicos prestados mediante el sistema

    de concesiones.Excluye a las empresas pblicas creadas por ley.

    E%$$n"&! d$% S$r#ici& (:;%ic&*Sea que en de#nitiva adhiramos a una concepción orgánica o

    funcional de servicio pblico" $ste aparece como la c$lula base de laadministración. Sus elementos constitutivos son los siguientesA&.: Ina necesidad pblica que se trata de satisfacer de manera regular ycontinuaA Se trata de necesidades colectivas de inter$s general" ya delpropio Estado o de la población del Estado. -especto a las primeras" sonpblicas por su naturaleza" por lo tanto no existe mayor discusión en

    torno a ellas" pero respecto de las segundas" el criterio entre lo pblico ylos privado" entre lo que el Estado debe o no debe satisfacer" aparecemás difuso y vinculado a concepciones de tipo ideológicas acerca del rolque el Estado debe asumir. Es por lo tanto" un concepto relativo quevaría de un país a otro y de una $poca en otra. He esta forma" paracatalogar una necesidad de 2pblica0 habrá que atenerse simplemente ala voluntad del legislador. Cada vez que $ste decida poner en manos del

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    Estado la tarea de satisfacer una determinada necesidad colectiva" porestimar que ella no es debidamente atendida por la actividad privada yque su satisfacción afecta al inter$s general de la sociedad" querrá decirque la considera necesidad pblica.

    +.: In personal que traba/a para la satisfacción de esa necesidadpblicaA la satisfacción de necesidades pblicas supone que el Estadocuente con la acción de personas naturales que son sus agentes uórganos a trav$s de los cuáles acta.Estos órganos o agentes pblicos pueden encontrarse en tressituaciones diversasA

    a% ?uncionarios pblicosA o agentes pblicos propiamenteA personasnaturales incorporados de manera voluntaria y permanente a laestructura /erárquica administrativa para e/ercer un cargo pblico.

    b% Concesionarios de servicio pblicoA personas naturales o /urídicas

    que han convenido con la administración la gestión de un serviciopblico.c% 4gentes pblicos requisadosA aquellos que colaboran transitoria y

    accidentalmente en la gestión de un servicio pblico porimposición del Estado. E/emploA vocales de mesa.

    >.: ienes o recursos #nancieros afectados a la satisfacción de esanecesidadA )ara atender las necesidades colectivas a su cargo" el Estadonecesita valerse de bienes y recursos #nancieros con los cuales operar.

    En general" estos bienes son aquellos a los que se re#ere elartículo ,7* del CC" denominados bienes #scales. En cuanto a los

    dineros" corresponden a aquellos que a!o a a!o asigna la ey de)resupuestos de la 5ación.En el caso de los servicios pblicos personalizados" el patrimonio

    no será #scal sino propio del respectivo servicio pblico.?inalmente" y en forma excepcional" el patrimonio destinado a la

    prestación de un servicio pblico puede ser de origen privado" en loscasos de expropiación y contratos de concesión de servicios pblicos.

    =.: In r$gimen /urídico especial de derecho pblicoA se trata de uncon/unto de disposiciones legales y reglamentarias mediante las cualesse de#nen la satisfacción de una necesidad pblica" el órgano encargado

    de ello y la forma o procedimiento conforme al cual realizará su función.Se caracteriza por la presencia de prerrogativas de imperio otorgadaspor la ley. Excepcionalmente" dichas prerrogativas pueden concederse aun órgano privado" que tambi$n en forma excepcional" cumpla con unafunción de servicio pblico porque así lo ha determinado la ley. E/.CD54?

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    Carac"$r)!"ica! d$% !$r#ici& 5:;%ic&.

    a c&n"in'idad  es la esencia del servicio" y quiere decir que laactividad del mismo no puede interrumpirse o paralizarse" porque su

    función es pblica y ha sido establecida en bene#cio de toda lacomunidad. )or esta característica se explican ciertas medidas" comopor e/emplo" la prohibición del derecho de huelga en la 4dministración" ola prohibición de constituir sindicatos por sus empleados" ya quecualquier paralización de un servicio pblico incide en la ausencia deprestaciones relevantes para la comunidad.

    a r$g'%aridad" dice relación con la sumisión del servicio pblico areglas" leyes o reglamentos" que establecen la forma en que sedesarrolla la actividad del órgano pblico. )or lo tanto" los funcionariosque se desempe!an en un servicio pblico deben observar con exactitud

    dichas leyes y reglamentos" ya que ellos se traducen en una garantíapara la comunidad en el sentido que la satisfacción de necesidades querealiza el Estado se somete a preceptos preestablecidos impidiendo deesta manera las arbitrariedades.

    a 'niF&ridad  signi#ca que" habiendo sido establecido un serviciopblico en bene#cio o inter$s de toda la comunidad" sus prestacionesdeben ser iguales para todos aquellos habitantes que se encuentran enid$nticas condiciones para solicitar sus bene#cios. El servicio delocomoción colectiva" por e/emplo" es uniforme" porque todos tienenderecho a usarlo en iguales condiciones y pagando una misma tarifa.

    a &;%iga"&ri$dad se traduce en que la prestación para la cual fuecreado un servicio pblico debe necesariamente cumplirse" sin quepueda la autoridad bene#ciar con ella a algunos y negarla para otros.

    a 5$ran$ncia signi#ca que el servicio pblico se mantendrá en lamedida que subsistan las necesidades pblicas para las cuales fuecreado. Si la necesidad desaparece o de/a de ser pblica" el serviciodebe suprimirse porque no existirá el fundamento racional y social de suexistencia.

    Clasi#cación de los Servicios )blicosA

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    )ara clasi#car los servicios pblicos debe distinguirse entre el conceptofuncional y el orgánico.

    @'nci&na%* En Chile el servicio pblico en su concepto funcional" esdesarrollado tanto por órganos pblicos como por particulares. Esto es"hay necesidades pblicas que el Estado asume" pero adoptando dosformas distintasA directa o indirecta.

    • Dir$c"a* la actividad de servicio pblico es realizada por el Estadoa trav$s de un órgano pblico que $l crea" por e/emplo" Empresade Correos de Chile o Servicio de Salud.

    • Indir$c"a* el Estado entrega el desarrollo de la actividad a unparticular" su/etándolo al cumplimiento de ciertas condiciones que

    $l mismo impone" en general mediante el mecanismo de lasconcesiones" por e/emploA concesión de servicios de obrassanitarias" concesión de servicios de telecomunicaciones.

    OrgBnic&* En Chile" de acuerdo al criterio orgánico sólo son serviciospblicos aquellos órganos creados por el Estado para satisfacer unanecesidad pblica y" por lo tanto" son todos aquellos que integran ladenominada 4dministración )blica. Hesde este punto de vista" losservicios pblicos pueden ser de administración activa" #scalizadora" /urisdiccional.

    4sí es posible encontrar servicios pblicos de administración activa"#scalizadora y /urisdiccional.

    S$r#ici&! 5:;%ic&! d$ adini!"ración ac"i#a* aquellos que han sidocreados para proporcionar un determinado servicio a la comunidad. )ore/emplo" Servicios de Salud )blica" Empresa de ?errocarriles del Estado.

    S$r#ici&! 5:;%ic&! d$ adini!"ración !ca%izad&ra*  aquellos quehan sido creados para controlar el e/ercicio de la actividad de la4dministración )blicaA Contraloría 8eneral de la -epblica.

    S$r#ici&! 5:;%ic&! d$ adini!"ración ?'ri!dicci&na%*  aquellosórganos que tienen competencia especial para conocer de conPictosproducidos entre los órganos de la 4dministración del Estado yparticulares en determinadas materias. )or e/emploA Conse/o para la ransparencia.

    (RINCI(ALES SISTEMAS DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA*

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    os sistemas de organización administrativa" segn el profesor3anuel Haniel 4rgando!a" son 2El con-unto de normas y principiosseg%n los cuales se estructuran org(nicamente las unidades *ue

    componen el comple-o administrativo.0El ob/eto de estos sistemas es determinar la forma de llevar a cabola función administrativa y cómo se organizan e interactan entre sí losdiversos órganos que integran la 4dministración del Estado.

    I.- CENTRALIZACION ADMINISTRATIVA.

    Como una consecuencia del modelo unitario que asume nuestror$gimen de gobierno" surge este sistema de administración" que sevincula a los orígenes históricos del Estado independiente" como un

    mecanismo efectivo para lograr una identidad colectiva y una unidadpolítica en torno al naciente r$gimen de poder.El sistema de centralización administrativa se destaca por su

    aspecto piramidal en el cual los órganos convergen hacia un /erarcanico y superior y carecen" desde un punto de vista /urídico" depersonalidad /urídica propia. a/o un órgano central nico se enlazan losdemás órganos y la forma en que se coordinan entre sí origina larelación de /erarquía. El /erarca máximo u órgano de poder unitarioconcentra sobre sí la suma de los poderes.

    C4-4CE-QSBC4S HE ESE SBSE34A

    a% organización de estructura piramidal en la que se encadenan entre sidiversos órganos que desempe!an su función en todo el territorionacional.b% Existencia de una relación /erárquica que obliga a los subordinados aacatar las decisiones del superior /erárquico.c% ausencia de patrimonio propio" actan con el patrimonio comn del?isco.

    ME54J4S HE SBSE34 CE5-4BO4HDAa% Este sistema persigue la unidad funcional" pues se coordinan de me/ormanera la plani#cación y la e/ecución de las políticas administrativas.

    b% El control por el /erarca es directo y e#caz 1recurso /erárquico%c% El mane/o de un presupuesto comn permite una me/oradministración de los fondos y una distribución conforme a lasnecesidades de los órganos.

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    HESME54J4S HE SBSE34 CE5-4BO4HDAa% El centro de poder unitario adopta las decisiones sin conocer las

    reales necesidades de aquellos que se verán afectados por las mismas"se produce un distanciamiento entre los administrados y quien decide.c% Se vuelve más lenta y burocrática la administración al tener que subirmuchos pelda!os en la pirámide /erárquica hasta que se obtiene ladecisión de#nitiva.d% la concentración de poderes y mane/o presupuestario aumenta elriesgo de arbitrariedades" desviación del #n y corrupción en laadministración.

    BB.: Dtros sistemas de organización administrativa lo constituyen laDESCENTRALIZACION LA DESCONCENTRACION

    ADMINISTRATIVA pero en realidad no son $stos sistemas que puedanoperar o implementarse en forma independiente sino que contribuyen alme/or funcionamiento de un aparato centralizado" asumiendo la función"con/untamente con la HEE84CBD5 HE EJE-CBCBD HE )DES4HES" deMECANISMOS DE ATENUACIÓN DE LA CENTRALIZACION

    En c&n!$c'$ncia %&! $cani!&! d$ a"$n'ación d$ %ac$n"ra%ización !&n *a2 %a d$!c&nc$n"ración;2 %a d$!c$n"ra%izaciónc2 %a d$%$gación

    a2 LA DESCONCENTRACIÓN * Consiste en la radicación por ley 1 art.9, in. =6 n6+% de una o varias potestades en un órgano inferior de unservicio u órgano pblico. E/emploA potestades del Hirector de Dbras3unicipales son desconcentradas respecto del alcalde" se las atribuye a$l directamente la ey 8eneral de Irbanismo y Construcciones.-especto a las potestades desconcentradas" el superior /erárquico nopuede e/ercer control /erárquico.

    3ediante la desconcentración se atribuyen potestades especí#casa un órgano inferior" sea que estas potestades no hayan existido nunca

    antes o que se saquen del centro de poder para atribuírselas al órganoinferior.a desconcentración de potestades procede tanto en los órganoscentralizados como en los descentralizados" y tanto por razonesfuncionales como territoriales.E/. Hesconcentración funcionalA SBB 1desconcentrado del poder central%E/A Hesconcentración territorialA Seremis 1desconcentrado del 3inisterio%

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    as potestades desconcentradas sólo se extinguen o modi#can pormedio de otra ley que extinga de#nitivamente la potestad o que laradique en el superior /erárquico.

    El control sobre el e/ercicio de las potestades desconcentradas solo

    compete a la Contraloría 8eneral y a los ribunales de Justicia" seexcluye el control /erárquico.El órgano inferior sobre el cual la ley radica la potestad

    desconcentrada responde directamente y es responsable del e/ercicio dela misma. V$r ar". ++ L$/ 13. J ar". +, inci!& , C(R.

    El órgano al cual se le atribuyen potestades desconcentradas noconstituye por ese sólo hecho una institución o servicio pblicoindependiente" sigue formando parte de la misma estructura /erárquica"salvo que determinadas potestades le corresponde e/ercerlas en formaprivativa" sin dependencia /erárquica" respecto a ellas" de su superior /erárquico.

    ;2 LA DESCENTRALIZACIÓN* Consiste en la creación de una persona /urídica de derecho pblico para que se encargue de determinadasfunciones dentro de la administración pblica. a creación de este enteadministrativo" así como sus atribuciones" deben ser dadosexclusivamente por la ley 19, inciso =6 n6+% E/emplos de órganosdescentralizadosA municipalidades" gobiernos regionales" serviciosregionales de salud" etc.

    a descentralización administrativa implica la creación por ley de

    un nuevo órgano o servicio pblico que se separa o aparta del podercentralizado y requiere" por tanto" para su funcionamiento" 'n5a"ri&ni& 5r&5i& / 'na 5$r!&na%idad ?'r)dica 5r&5ia ad$B!d$% c&n?'n"& d$ 5&"$!"ad$! >'$ $n F&ra 5ri#a"i#a %$c&rr$!5&nd$ d$!arr&%%ar.

    a vinculación de los órganos descentralizados hacia el podercentral representado por el )residente de la -epblica ya no es la /erarquía" sino la SU(ERVIGILANCIA O TUTELA  que se e/erce pormedio de un ministerio relacionado. E/emploA la supervigilancia de losServicios -egionales de Salud es a trav$s del 3in. He Salud" la de las3unicipalidades y 8D-ES a trav$s del 3in. Hel Bnterior.

    a descentralización puede obedecer a dos razones distintasAa% D$!c$n"ra%ización T$rri"&ria%* obedece a necesidades de una me/oradministración en el plano local" considerando las distintas realidades ynecesidades segn las características territoriales y el distanciamientocon el poder central. E/. 3unicipalidades" 8obiernos -egionales" Serv.-egionales de Salud" Serviu" etc.

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    b% D$!c$n"ra%ización @'nci&na%* esta descentralización nace por la#nalidad de atender necesidades especí#cas" es una descentralizaciónen razón de la materia" que requiere de funcionarios y organismosespecializados para atenderla. E/. Iniversidades y otras instituciones

    autónomasc.- DELEGACION*

    a delegación es otro mecanismo de atenuación de los efectos dela centralización" pero que a diferencia de los dos anteriores" no operapor acto legislativo sino solamente por decisión administrativa del titularde una potestad.

    a delegación consiste en el traspaso del EJE-CBCBD HE I54)DES4H" 1nunca de la potestad misma" porque $sta es intransferible%que hace el titular de la misma" a un subordinado dentro de su línea

     /erárquica" cumpliendo con los requisitos que se!ala el artículo =& de laey de ases" a saberAa% la delegación debe ser parcial y recaer en materias especí#cas.

    5o se puede delegar la totalidad de las atribuciones que detenta elcargo.

    b% os delegados deben ser funcionarios de la dependencia de losdelegantes. Hebe existir una relación de subordinación /erárquica"por ello" no se pueden delegar funciones en un profesional que sedesempe!e ba/o un contrato de honorarios" ni en otro funcionarioque se ubique en el mismo nivel /erárquico del delegante.

    c% El acto de delegación deberá ser publicado o noti#cado segn

    corresponda. Es una expresión más del principio de publicidad ytransparencia de los actos de los órganos del Estado.d% El delegado es quien responde por las decisiones que adopte y

    actuaciones que e/ecute con motivo y en e/ercicio de ladelegación" sin per/uicio de que el delegante conserva suresponsabilidad por su eventual negligencia en su deber de controly #scalización que le corresponde como superior /erárquico deldelegado.

    e% a delegación es esencialmente revocable" en cualquier tiempo"sin expresión de causa" an cuando se hubiere expresado quetendrá una duración determinada. 5o procede la delegación

    irrevocable o su/etar su revocación al cumplimiento de unacondición o plazo" el delegante debe siempre mantener la absolutalibertad para revocar la delegación en cualquier momento" lo quedeberá en todo caso hacer previamente si quiere volver a e/ercerla competencia delegada.a revocación de la delegación se efecta por acto administrativoque debe igualmente publicarse o noti#carse.

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    a delegación presenta una modalidad más simple que se denominaDELEGACION DE @IRMA" que opera para determinados actos sobrematerias especí#cas. Hi#ere fundamentalmente de la delegación

    propiamente tal en cuanto a que en $sta quien adopta la decisión esel delegado" en tanto que en la delegación de #rma la decisión esadoptada por el mismo titular de la potestad" sólo que el actomaterial de #rmar" por razones de agilidad" se delega en unsubalterno quien antepondrá a su propia #rma la expresión 2)D-D-HE5 HE0 1 art. =& inciso #nal" ey de ases%

    ?inalmente" la ey de ases " en su art. >," establece que el)residente de la -epblica podrá delegar en forma gen$rica oespecí#ca la RE(RESENTACION DEL @ISCO en los /efes superioresde los servicios centralizados" para la e/ecución de actos y

    celebración de contratos necesarios para los #nes del servicio. Sólo aproposición del Jefe Superior" dicha delegación de representaciónpodrá recaer en otro funcionario del mismo servicio. Se trataexclusivamente de la delegación de la representación extra/udicialpara #rmar en representación del #sco actos y contratos necesariospara la gestión del organismo respectivo.

     

    (RINCI(IOS DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

    I.- (RINCI(IO DE =URIDICIDAD ORGANIZATIVA*

    ?uentes legales art. 9, inciso =6" n6 + Constitución )olítica 4rt. +G eyde asesEl principio está presente en forma constante en el actuaradministrativo" ya que se trata del e/ercicio de potestades /urídicas quela ley ha conferido para que se cumplan los #nes por ella tambi$nprevistos" sin embargo" antes de la acción" ya en su ser mismo y en suexistir" los órganos administrativos se deben a la ley que los crea" por loque el principio es" pues" la fuente de donde arranca toda organización

    administrativa. os órganos y su competencia son y existen en cuantose instituyen por el orden /urídico.

    II.- (RINCI(IO DE COM(ETENCIA *4rt. (G Constitución )olítica 4rt. +G ey de ases

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    Es el con/unto de poderes o atribuciones que el ordenamiento /urídicoasigna a cada órgano de la 4dministración 1no confundir el órgano conla persona natural que e/erce el cargo%. a Competencia proviene de laConstitución o de la ley 1art. 9, inciso =6 56 +% y debe estar

    especí#camente referida al órgano. a competencia equivale a lacapacidad que la ley le otorga al órgano pblico para la realización del#n pblico para el cual ha sido creado" es lo que ya conocemos como las2potestades pblicas0.

    a competencia se encuentra delimitada o acotada por lossiguientes factoresAa% 3ateriaA es el contenido sustancial de la competencia" el ob/eto sobreque recae y que el órgano deberá realizar. Es el con/unto de tareas ofunciones que dentro de la administración se le ha asignado. a materiaestá determinada por el ordenamiento /urídico y son los ministerios losque canalizan en primer lugar la distribución de la función pblica en

    razón de la materia que a cada órgano corresponda conocer.b% erritorioA es el ámbito espacial en que accionan los distintos órganospblicos" es el límite físico de su accionar y puede ser considerado en suextensión nacional" regional" provincial o comunal.c% El 8radoA en la administración pblica existe una ordenación /erárquica. El grado" es la posición que ocupa cada órgano dentro deesta ordenación y que determinará tambi$n su competencia. Estádirectamente relacionado con el principio de Jerarquía que veremos másadelante.d% El tiempoA es la habilitación temporal que la ley con#ere al órganopara actuar. )uede ser de carácter inde#nido o estar restringido a un

    determinado periodo. E/. Bnvalidación.

    III.- (RINCI(IO DE =ERARKUIA*a variedad y multiplicidad de órganos" instituciones y servicios

    pblicos que componen la 4dministración del Estado se /usti#ca por lasnumerosas y diversas funciones y necesidades pblicas que el Estadodebe atender. a organización de estos entes pblicos necesariamenteexige un CE5-D I5B4-BD al cual todos deben converger y en torno alcual deben organizarse y coordinarse 1art. >6 y art. += de la C).%El principio de la Jerarquía implica una relación de subordinación o

    dependencia de los órganos y funcionarios respecto del superior" lo quepermite la unidad de acción. Esta relación de subordinación se repitesucesivamente desde aba/o y hacia la cspide de la pirámideadministrativa. Hel /erarca máximo dependerán los demás órganos.a /erarquía supone un sistema de organización c$n"ra%izad& en el quelos poderes se concentran en el /erarca. Hichos poderes pueden ser dedistinta naturalezaA 1art. >& ey &7.,(,%

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    a% os poderes de decisión que se identi#can con la función especí#cadel órgano administrativo" en este caso" los subordinados son los queconfeccionan los actos de preparación o de trámite para la decisión del /erarca y los actos materiales de e/ecución. Estos poderes pueden ser

    de naturaleza normativa" sancionadora" de mando" etc.b% )oderes de dirección y control sobre los órganos y funcionariossubordinadosA puede dictar reglamentos internos y emitir instruccionesespecí#cas para el me/or funcionamiento del órgano.c% )oder de revisión sobre los actos de los subordinadosA revocación"invalidación 1se e/erce a trav$s del recurso /erárquico%d% )otestad disciplinaria sobre sus subordinados" de acuerdo a losprocedimientos que establece la ley.

    ?rente a los poderes del /erarca los subordinados tienen el deberde DEHBE5CB4" el cual no es ilimitado" sino de O

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    El 4rt.9+ n67 de la misma ley considera una infracción al principio de)robidad 4dministrativa la contravención de los deberes de e#ciencia ye#cacia 1y legalidad% que pesan sobre el funcionario pblico.

    VI.- (RINCI(IO DE O@ICIALIDAD* El artículo 4rt. 7 de la ey &7.,(,disponeA 2'os órganos de la 1dministración del Estado actuar(n por  propia iniciativa en el cumplimiento de sus unciones o a petición departe cuando la ley lo exi/a expresamente o se haga uso del derecho depetición o reclamo" procurando la simpli#cación y rapidez de lostrámites0. El mismo principio se encuentra reforzada en el artículo (Gde la ey &*.77'" 1)rocedimiento 4dministrativo%" que estableceA2)rincipio de Celeridad. El procedimiento" sometido al criterio deceleridad" se impulsar( de o0cio en todos sus tr(mites+. 

    VII.- (RINCI(IO DE IM(UGNA

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    El )oder egislativo" principalmente a trav$s de la Cámara deHiputados" e/erce el denominado Control )olítico de los actos del8obierno. 4rt. ,+ C)-.

    os ribunales de Justicia e/ercen el Control Jurisdiccional mediante

    el conocimiento y resolución de las acciones y recursos especiales yordinarios que la ley prescribe.?inalmente" la ciudadanía" la sociedad toda" e/erce el Control Social

    de los actos de la administración mediante el e/ercicio de las acciones departicipación ciudadana que la ley ofrece. 1ransparencia" plebiscitoscomunales" consultas pblicas" etc. %1Se entregará apunte especial relativo a este principio%6.- (RINCI(IO DE (RO

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    artículo (G" pero con una carga valorativa algo disminuida pues aquellanorma hacía referencia a una conducta 2moralmente intachable0.

    Con todo" la ey de probidad no se limitó a reproducir el conceptosino que tambi$n preciso y amplió su contenido en los siguientes

    aspectosAa) Explicitó en el artículo ,> el contenido de la expresión 2inter$s

    general0" que constituye una parte fundamental del concepto deprobidad.

    b) Consignó una serie de deberes de abstención que se expresan en718'1E9 14-. ,=%" :;8'1E9  1art. ,9% y2:;?:>19 @?E :;>A1BEE E9=E:1'E E' =A:=;E =A;81 1A1>B1+  14-. 9+%

    c) Estableció una serie de obligaciones o deberes positivos paraquienes desempe!en altos cargos de gobierno o administración"considerados como mecanismos destinados a prevenir y facilitar elcontrol de las posibles conductas que atenten contra la probidadfuncionaria. Estas obligaciones sonA )restar declaración Jurada deno estar afecto a causales de inhabilidad para acceder a cargospblicos 1art. ,,% ; presentación de declaración de intereses 1art.,( a 9'% y presentación de una declaración de patrimonio 1art. 9'4a 9'H agregados por ey +'.'77 de , de enero de +''9%

    d) Establece la responsabilidad en que incurren quienes no cumplano cometan falsedades o inexactitudes en el cumplimiento de losdeberes positivos de resguardo al principio de probidad que se

    mencionan en la letra anterior 1art. 9& a 97%Ina posterior reforma constitucional" del a!o +'&'" incorporó los

    incisos >6 y =6 del artículo 76 para establecer con rango constitucional ladeclaración pblica de patrimonio e intereses de )residente de la-epblica" 3inistros" Hiputados y Senadores" y otras autoridades queuna DC indique" la que además deberá regular los casos y condicionesen que dichas autoridades deberán delegar la administración de susbienes" o incluso ena/enarlos" para evitar conPictos de intereses1?ideicomiso ciego%.

    6I.- (RINCI(IO DE TRANS(ARENCIA*  4rt. 7G inc. +G de la Const.)olítica" el que fue incorporado al texto constitucional por reforma dela!o +''," con/untamente con el principio de )robidad" con el quecomparte un origen comn en la Comisión de Rtica )blica del a!o &**=.

    a ey &*.9,> 1ey de )robidad% agregó el artículo &> al ítulo B dela ey &7.,(," con el propósito de darle aplicación general en todos los

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    órganos de la 4dministración del Estado a los principios de probidad y)ublicidad y ransparencia de la gestión pblica.

    5o obstante" en materia de publicidad y transparencia esta normano produ/o los resultados esperados pues entregó al e/ercicio de la

    potestad reglamentaria la tarea de precisar las causales de &secreto oreserva de la documentación o antecedentes *ue obren en poder de losórganos de la 1dministración del Estado+  1 primitivo art. &> inciso #nal% .

    4ctualmente" el art. 7G inciso +G de la Constitución )olítica se!alaA &9on p%blicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, as comosus undamentos y los procedimientos *ue utilicen . 9in embargo, sólouna ley de *uórum cali0cado podr( establecer la reserva o secreto dea*uellos o de stos, cuando la publicidad aectare el debidocumplimiento de las unciones de dic/os órganos, los derec/os de las personas, la seguridad de la ación o el inters nacional.+

    Con fecha 20 de agosto de 2008, se publicó la e! 20"285, cu!a ent#ada en $igencia se

    dispuso pa#a 8 %eses despu&s '20 de ab#il de 2009)"

    (sta e!, en su a#tculo 4* inciso 2* se+ala lo ue debe%os entende# po# -#anspa#encia

    de la .unción /blica “consiste en respetar y cautelar la publicidad de los actos,resoluciones, procedimientos y documentos de la Administración, así como la de sus

     fundamentos, y en facilitar el acceso de cualquier persona a esa información, a través de

    los medios y procedimientos que al efecto establezca la ley.”

    E< 5G +'.+7," HE +' HE 48DSD HE +''7" SD-E 4CCESD 4 4

    B5?D-34CB5 )TBC4.

    D b/etivoA

    -egular principio de transparencia de la función pblica" el derechode acceso a la información de los órganos de la4dministración del Estado" los procedimientos para ele/ercicio del derecho y para su amparo" y las excepciones a lapublicidad de la información" en conformidad al inciso +6 delartículo 76 de la Constitución )olítica.

    4lgunos principios de la ley de ransparenciaA

    a% (rinci5i& d$ %a r$%$#ancia* )resume relevante toda información queposean los órganos de la 4dministración del Estado" cualquiera sea suformato" soporte" fecha de creación" origen" clasi#cación oprocesamiento.

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    b% (rinci5i& d$ %a %i;$r"ad d$ inF&ración* oda persona goza delderecho a acceder a la información que obre en poder de los órganos dela 4dministración del Estado" sólo con excepciones o limitacionesestablecidas por leyes de quórum cali#cado.

    c% (rinci5i& d$ a5$r"'ra & "ran!5ar$ncia*  oda la información enpoder de los órganos de la 4dministración del Estado se presumepblica" a menos que est$ su/eta a las excepciones se!aladas.

    d% (rinci5i& d$ Bia di#'%gación*  os órganos de la4dministración del Estado deben proporcionar información en lost$rminos más amplios posibles" excluyendo sólo aquello que est$ su/etoa las excepciones constitucionales o legales.

    $2 (rinci5i& d$ %a &5&r"'nidad* os órganos de la 4dministración del

    Estado deben proporcionar respuesta a las solicitudes de informacióndentro de los plazos legales" con la máxima celeridad posible y evitandotodo tipo de trámites dilatorios.

    F2 (rinci5i& d$ gra"'idad* El acceso a la información de los órganos dela 4dministración es gratuito" sin per/uicio de lo establecido en esta ley.

    Dtros principios que se!ala el artículo &&A Di#i!i;i%idad Faci%i"aciónn& di!criinación c&n"r&% r$!5&n!a;i%idad.

     U mbito de aplicación de la ley

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    os ministerios" las intendencias" las gobernaciones" los gobiernosregionales" las municipalidades" las ?uerzas 4rmadas" de Drden ySeguridad )blica" y los órganos y servicios pblicos creados para elcumplimiento de la función administrativa. ambi$n se aplicarán las

    disposiciones que esta ley expresamente se!ale a las empresas pblicascreadas por ley y a las empresas del Estado y sociedades en que $stetenga participación accionaria superior al ,'V o mayoría en eldirectorio. 1art. +G%

    15otaA se debe poner atención a la estructura de la ley 56 +'.+7,en cuyo art. )rimero se contiene la ley de ransparencia y en losartículos siguientes se contienen normas especiales aplicables aotros órganos del Estado%

      ransparencia 4ctiva

    a ransparencia activa implica el deber de los órganos de la4dministración del Estado de mantener a disposición permanente delpblico" a trav$s de sus sitios electrónicos" determinados antecedentesactualizados" al menos" una vez al mes.

    4lgunas de las materias que deben ser informadas por medio de latransparencia activaA 1art. (G%

    • su estructura orgánica;• facultades" funciones y atribuciones de cada una de sus

    unidades u órganos internos;

    • marco normativo aplicable;

    • personal de planta" a contrata y a honorarios" con lascorrespondientes remuneraciones;

    • contrataciones para el suministro de bienes muebles;

    • trámites y requisitos que debe cumplir el interesado paratener acceso a los servicios que preste el respectivo órgano;

    • mecanismos de participación ciudadana" en su caso;

    • información presupuestaria asignada y e/ecutada.

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    En todo caso deberán estar disponibles permanentemente" ensitios Web" los actos y documentos que han sido ob/eto de publicación enel Hiario D#cial y aquellos que digan relación con las funciones"competencias y responsabilidades de los órganos de la 4dministración

    del Estado.

      ransparencia )asivaA Xqu$ se puede requerirY

    os actos y resoluciones de los órganos de la 4dministración delEstado" sus fundamentos" los documentos que les sirvan de sustento ocomplemento directo y esencial" y los procedimientos que se utilicenpara su dictación" son pblicos" salvo las excepciones que establece estaley y las previstas en otras leyes de quórum cali#cado.

    4simismo" es pblica la información elaborada con presupuesto

    pblico y toda otra información que obre en poder de los órganos de la4dministración" cualquiera sea su formato" soporte" fecha de creación"origen" clasi#cación o procesamiento" a menos que est$ su/eta a lasexcepciones se!aladas.

    Causales de reserva de la información 1art. +&%

    &. Cuando su publicidad" comunicación o conocimiento afecte el debidocumplimiento de las funciones del órgano requerido" particularmenteA

    a% Si es en desmedro de la prevención" investigación y persecución

    de un crimen o simple delito o se trate de antecedentes necesariosa defensas /urídicas y /udiciales.

    b% ratándose de antecedentes o deliberaciones previas a la adopciónde una resolución" medida o política" sin per/uicio que losfundamentos de aqu$llas sean pblicos una vez que seanadoptadas.

    c%c% ratándose de requerimientos de carácter gen$rico" referidos aun elevado nmero de actos administrativos o sus antecedentes ocuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios

    del cumplimiento regular de sus labores habituales.

    d% +. Cuando su publicidad" comunicación o conocimiento afecte losderechos de las personas" particularmente tratándose de suseguridad" su salud" la esfera de su vida privada o derechos decarácter comercial o económico.

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    >. Cuando su publicidad" comunicación o conocimiento afecte laseguridad de la 5ación" particularmente si se re#ere a la defensanacional o la mantención del orden pblico o la seguridad pblica.

    =. Cuando su publicidad" comunicación o conocimiento afecte el inter$snacional" en especial si se re#eren a la salud pblica o las relacionesinternacionales y los intereses económicos o comerciales del país.

    ,. Cuando se trate de documentos" datos o informaciones que una leyde quórum cali#cado haya declarado reservados o secretos" de acuerdoa las causales se!aladas en el artículo 7G de la Constitución )olítica.

    Ku$ pasa si se niega el acceso a la información

    )rimero" se puede recurrir al Conse/o de ransparencia. uego de la

    -esolución de $ste a la Corte de 4pelaciones. El artículo += y siguientesregulan el procedimiento administrativo y procedimiento /udicial1-eclamo de Blegalidad%.

    Corresponde al organismo reclamado probar la veracidad de los hechosque fundamentan la causal de reserva en la que se ampara.

     Conse/o para la ransparencia 1art. >&%

    Es una corporación autónoma de derecho pblico" conpersonalidad /urídica y patrimonio propio. iene por ob/eto promover la

    transparencia de la función pblica" #scalizar el cumplimiento de lasnormas sobre transparencia y publicidad de la información de losórganos de la 4dministración del Estado" y garantizar el derecho deacceso a la información.

    Entre sus funciones y atribuciones se destacanA

    a% ?iscalizar el cumplimiento de las disposiciones de la ley y aplicar lassanciones en caso de infracción a ellas.

    b% -esolver" fundadamente" los reclamos por denegación de acceso a la

    información que le sean formulados de conformidad a esta ley.

    c% )romover la transparencia de la función pblica" la publicidad de lainformación de los órganos de la 4dministración del Estado" y el derechode acceso a la información" por cualquier medio de publicación.

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    d% -ealizar actividades de difusión e información al pblico" sobre lasmaterias de su competencia.

    Sanciones 1art. =, y siguientes%

    -egla 8eneralA a autoridad o /efatura o /efe superior del órgano oservicio de la 4dministración del Estado" requerido" que hubieredenegado infundadamente el acceso a la información" contraviniendo"así" lo dispuesto en el artículo &9" será sancionado con multa de +'V a,'V de su remuneración.

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