AJUNTAMENT DE LA NUCIA AYUNTAMIENTO DE LA...

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES ESTADO FIRMAS OTROS DATOS AJUNTAMENT DE LA NUCIA Acta Junta de Gobierno Local AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA Secretaría General. Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa) Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected] Alcalde-Presidente D. Bernabé Cano García Concejales D. Pedro V. Lloret Ortuño Dª. Beatriz Pérez Hickman D. Cristóbal Llorens Cano D. Miguel Ángel Ivorra Devesa D. Sergio Villalba Clemente D. Serafín López Gómez Secretario D. Vicent Ferrer Mas En la villa de La Nucía (Alicante), siendo las 14:30 horas del día 22 de junio de dos mil dieciocho se reúne la Junta de Gobierno Local, en primera convocatoria, a fin de celebrar sesión ordinaria para deliberar sobre los diferentes puntos del orden del día que constan en la convocatoria de la sesión, que fue debidamente notificada, siendo asistidos por mí, el/la Secretario/a. Excusan asistencia: D. Manuel V. Alcalá Minagorre. Declaro abierto el acto por la Presidencia, se pasa al examen de los asuntos relacionados en el orden del día y se adoptaron los siguientes acuerdos Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624 Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11 Página 1 de 39 El documento ha sido firmado por : 1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23 2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47 FIRMADO 04/07/2018 09:47 Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 174099 Y0ZKF-CULNZ-61624 FFC7252417BD87D6A2ED8F33C8D62258E9D8C811) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://portaldelciudadano.lanucia.es/portal/verificarDocumentos.do?pes_cod=-2&ent_id=1&idioma=1

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Alcalde-Presidente D. Bernabé Cano García Concejales D. Pedro V. Lloret Ortuño Dª. Beatriz Pérez Hickman D. Cristóbal Llorens Cano D. Miguel Ángel Ivorra Devesa D. Sergio Villalba Clemente D. Serafín López Gómez Secretario D. Vicent Ferrer Mas

En la villa de La Nucía (Alicante), siendo las 14:30 horas del día 22 de junio de dos mil dieciocho se reúne la Junta de Gobierno Local, en primera convocatoria, a fin de celebrar sesión ordinaria para deliberar sobre los diferentes puntos del orden del día que constan en la convocatoria de la sesión, que fue debidamente notificada, siendo asistidos por mí, el/la Secretario/a. Excusan asistencia: D. Manuel V. Alcalá Minagorre.

Declaro abierto el acto por la

Presidencia, se pasa al examen de los asuntos relacionados en el orden del día y se adoptaron los siguientes acuerdos

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 1 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

1. Aprobación de acta de fecha: 14/06/18. Queda aprobada por unanimidad. 2. Servicios Técnicos. 2.1. Vista la propuesta de D. Miguel Ángel Ivorra Devesa, Concejal del Área de

Servicios Técnicos, que dice literalmente: “Visto el número de registro de entrada 4238 de fecha 15 de Junio de 2018,

solicitando el pago de la factura de Iberdrola del alumbrado público comunitario de las farolas, de la Comunidad de Propietarios Residencial Bahía Sol Mar, que se relaciona:

- Factura del 10/05/18 al 11/06/18 107,39 €. Visto el informe técnico emitido por don Francisco Manuel García Sáez, Ingeniero

Técnico de este Ayuntamiento, de medición de consumo eléctrico de alumbrado público. Vistos los antecedentes, eleva la siguiente Propuesta de Acuerdo a la Junta de

Gobierno Local: PRIMERO. - Aprobar la autorización, disposición y reconocimiento de las

obligaciones, de las facturas transcritas anteriormente, por el importe total de 107,39 € a la Comunidad de propietarios Residencial Bahía Sol Mar, con C.I.F. nº H 53918272.

SEGUNDO. - Comunicar el presente acuerdo a la Tesorería Municipal. TERCERO. - Dar traslado de este acuerdo al interesado, con expresión de los

recursos que en derecho le asisten para su conocimiento y efectos oportunos.” Queda aprobada por unanimidad. 3. Personal. 3.1. Vista la propuesta del Concejal de D. PEDRO LLORET ORTUÑO, Concejal de

Personal del Ayuntamiento de La Nucía, que dice literalmente: “Visto el Informe emitido por la Graduado Social municipal, de 12 de junio de 2018,

que transcrito literalmente dice: “INFORME DE PERSONAL Nº 59/2018 ASUNTO: SOLICITUD

RECONOCIMIENTO ANTIGÜEDAD A LOS EFECTOS DEL ABONO DE TRIENIOS, POR HABER PRESTADO SERVICIOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA SANTIAGO SOLER VALERO, FUNCIONARIO INTERINO EN EL AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA, ADSCRITA A LA POLICIA LOCAL.

ÁNGELA CANO IVORRA, Graduado Social, funcionaria del Ayuntamiento de La

Nucía (Alicante), en el ejercicio de sus funciones y en el asunto anteriormente indicado emite el informe sobre reconocimiento antigüedad a los efectos del abono de trienios, por haber prestado servicios en la Administración Pública SANTIAGO SOLER VALERO, Funcionario Interino en el Ayuntamiento de La Nucía, adscrito a la Policía Local.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 2 de 39

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

ANTECEDENTES En fecha 11/06/2018, Santiago Soler Valero, con D.N.I. nº XXXX, solicita por

Registro Entrada Nº 4040/2018, reconocimiento antigüedad a los efectos del abono de trienios, por haber prestado servicios en la Administración Pública.

Junto a su instancia, el interesado aporta documentación que acredita haber

prestado servicios en la Administración Pública durante los siguientes períodos:

Lugar Periodo Fecha alta Fecha baja Ayuntamiento Santa Pola 1 21/07/2012 20/10/2012

2 01/12/2012 06/01/2013 3 19/01/2013 20/01/2013 4 22/06/2013 21/10/2013 5 05/12/2013 06/01/2014 6 17/01/2014 19/01/2014 7 20/06/2014 19/10/2014 8 15/12/2014 19/01/2015 9 19/03/2015 12/04/2015 10 22/06/2015 21/10/2015 11 20/12/2015 17/01/2016 12 23/01/2016 24/01/2016 13 19/03/2016 05/04/2016 14 04/06/2016 05/07/2016 15 01/12/2016 22/01/2017 16 07/04/2017 24/04/2017 17 01/07/2017 15/09/2017 18 01/12/2017 16/12/2017

Ayuntamiento Alicante 19 06/07/2016 30/09/2016 Ayuntamiento La Nucía 20 27/12/2017 12/06/2018

Lo que hace un total de 3 años y 6 días, hasta el día 12 de junio de 2018 en que se

emite el Informe. Asimismo, se adjunta copia del Certificado de Servicios prestados en el

Ayuntamiento de Santa Pola y el Ayuntamiento de Alicante. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO. - Considerando que conforme a lo dispuesto en el 23 b) del Real

Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son retribuciones básicas los Trienios, consistentes en una cantidad igual para cada Subgrupo o Grupo, por cada tres años de servicio.

SEGUNDO. - Considerando lo dispuesto en el art. 25.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, conforme al cual, se reconocerán a los funcionarios interinos los trienios correspondientes a los servicios prestados antes de la entrada en vigor del Estatuto que tendrán efectos retributivos únicamente a partir de la entrada en vigor del mismo.

TERCERO.- Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el art. 4 de la

resolución, de 2 de enero de 2008, de la Secretaría de Estado de Hacienda y

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 3 de 39

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Presupuestos por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios, los funcionarios interinos incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, percibirán las retribuciones básicas, incluidos trienios, correspondientes al grupo o subgrupo en el que esté incluido el Cuerpo en que ocupen vacante.

CUARTO. - Considerando que el interesado ha solicitado el reconocimiento de

servicios a efectos de antigüedad mediante instancia de fecha 11 de junio de 2018, Nº Registro Entrada 4040/201/, y dado que según dispone el RD 1641/1982 de desarrollo de la Ley 70/1978, el procedimiento se inicia a instancia del interesado.

QUINTO. - Considerando lo dispuesto en el art. 34 de la Ley 33/1987, de 23 de

diciembre, según el cual, las retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios que se devenguen con carácter fijo y periodicidad mensual, se harán efectivas por mensualidades completas y de acuerdo con la situación y derechos del funcionario referidos al primer día hábil del mes a que correspondan, salvo en los casos expresamente tipificados, en que se devengarán por días.

CONCLUSIÓN Se emite informe FAVORABLE al reconocimiento, a efectos de trienios, de los

servicios prestados en la Administración por parte de SANTIAGO SOLER VALERO, funcionario interino de este Ayuntamiento adscrito a la Policía Local, es cuanto procede informar.”

PROPONGO El reconocimiento a efectos de trienios los servicios prestados en la Administración

por parte de SANTIAGO SOLER VALERO. Dar traslado a los departamentos de Intervención y Recursos Humanos, así como

notificar al interesado el reconocimiento a efectos de trienios los servicios prestados en la Administración.”

Queda aprobada por unanimidad. 3.2. Vista la propuesta del Concejal de D. PEDRO LLORET ORTUÑO, Concejal de

Personal del Ayuntamiento de La Nucía, que dice literalmente: “Visto el Informe emitido por la Graduado Social municipal, de 14 de junio de 2018,

que transcrito literalmente dice: INFORME DE PERSONAL Nº 58/2018 ASUNTO: SOLICITUD RECONOCIMIENTO

ANTIGÜEDAD A LOS EFECTOS DEL ABONO DE TRIENIOS, POR HABER PRESTADO SERVICIOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ALEJANDRO BELMONTE GARCIA, FUNCIONARIO INTERINO EN EL AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA, ADSCRITA A LA POLICIA LOCAL.

ÁNGELA CANO IVORRA, Graduado Social, funcionaria del Ayuntamiento de La

Nucía (Alicante), en el ejercicio de sus funciones y en el asunto anteriormente indicado emite el informe sobre reconocimiento antigüedad a los efectos del abono de trienios, por

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 4 de 39

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

haber prestado servicios en la Administración Pública ALEJANDRO BELMONTE GARCÍA, Funcionaria Interina en el Ayuntamiento de La Nucía, adscrita a la Policía Local.

ANTECEDENTES En fecha 30/04/2018, Alejandro Belmonte García, con D.N.I. nº XXX, solicita por

Registro Entrada Nº 2599/2018, reconocimiento antigüedad a los efectos del abono de trienios, por haber prestado servicios en la Administración Pública.

Junto a su instancia, el interesado aporta documentación que acredita haber

prestado servicios en la Administración Pública durante los siguientes períodos:

Lugar Periodo Fecha alta Fecha baja

Ayuntamiento Guardamar del Segura 1 05/06/2012 04/12/2012 2 18/03/2013 01/04/2013 3 14/06/2013 13/10/2013 4 16/11/2013 31/12/2013

5 11/04/2014 25/04/2014

Ayuntamiento Campello 6 01/07/2014 31/12/2014 7 01/11/2015 30/04/2016 8 01/07/2016 31/12/2016

Ayuntamiento La Nucía 9 27/12/2017 12/06/2018

Lo que hace un total de 3 años y 2 días, hasta el día 12 de junio de 2018 de 2018

en que se emite el Informe. Asimismo, se adjunta copia del Certificado de Servicios prestados en el

Ayuntamiento de Guardamar del Segura y el Ayuntamiento de Campello. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO. - Considerando que conforme a lo dispuesto en el 23 b) del Real

Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son retribuciones básicas los Trienios, consistentes en una cantidad igual para cada Subgrupo o Grupo, por cada tres años de servicio.

SEGUNDO. - Considerando lo dispuesto en le art. 25.2 del Real Decreto Legislativo

5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, conforme al cual, se reconocerán a los funcionarios interinos los trienios correspondientes a los servicios prestados antes de la entrada en vigor del Estatuto que tendrán efectos retributivos únicamente a partir de la entrada en vigor del mismo.

TERCERO.- Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el art. 4 de la

resolución, de 2 de enero de 2008, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios, los funcionarios interinos incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, percibirán las retribuciones básicas, incluidos trienios, correspondientes al grupo o subgrupo en el que esté incluido el Cuerpo en que ocupen vacante.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 5 de 39

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

CUARTO. - Considerando que el interesado ha solicitado el reconocimiento de

servicios a efectos de antigüedad mediante instancia de fecha 30 de abril de 2018, Nº Registro Entrada 2599/2018, y dado que según dispone el RD 1641/1982 de desarrollo de la Ley 70/1978, el procedimiento se inicia a instancia del interesado.

QUINTO. - Considerando lo dispuesto en el art. 34 de la Ley 33/1987, de 23 de

diciembre, según el cual, las retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios que se devenguen con carácter fijo y periodicidad mensual, se harán efectivas por mensualidades completas y de acuerdo con la situación y derechos del funcionario referidos al primer día hábil del mes a que correspondan, salvo en los casos expresamente tipificados, en que se devengarán por días.

CONCLUSIÓN Se emite informe FAVORABLE al reconocimiento, a efectos de trienios, de los

servicios prestados en la Administración por parte de ALEJANDRO BELMONTE GARCIA, funcionario interino de este Ayuntamiento adscrita a la Policía Local, es cuanto procede informar.

PROPONGO El reconocimiento a efectos de trienios los servicios prestados en la Administración

por parte de ALEJANDRO BELMONTE GARCÍA. Dar traslado a los departamentos de Intervención y Recursos Humanos, así como

notificar al interesado el reconocimiento a efectos de trienios los servicios prestados en la Administración.”

Queda aprobada por unanimidad. 4. Policía. 4.1. Vista la propuesta del Concejal delegado de Tráfico y Seguridad Ciudadana,

que dice literalmente: Visto el informe del Oficial Jefe de la policía local, que transcrito literalmente dice:

“ASUNTO: RECLAMACIÓN DAÑOS MOBILIARIO URBANO Y PROPIEDAD MUNICIPAL DILIGENCIAS ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN NOVEDAD: 18/2.749 - 18/2.808

DESCRIPCIÓN DE LOS DAÑOS: MASTIL ALUMINIO, CIMENTACIÓN Y COLOCACIÓN SEÑALES

Vehículo causante: CAMION marca NISSAN modelo NISSAN matrícula 5530GCB

Titular del Vehículo: LOGISTICA ALICANTINA S L con DNI B53198669 DOMICILIO AVDA ELCHE, Nº

176. -03000- (ALICANTE)

SEGURO OBLIGATORIO COMPAÑÍA: ALLIANZ SEGUROS

Domicilio Social: C/ TARRAGONA, Nº 109 -08014- BARCELONA Núm.

Póliza/Carta Verde: SE DESCONOCE Validez: EN VIGOR

Vista la incidencia reflejada por la Policía Local de La Nucía en DILIGENCIAS

ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN NOVEDAD: 18/2.749 - 18/2.808 ocurrido el día 12 de Junio de 2018 y en el que resultaron daños en el mobiliario urbano, consistentes en

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 6 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

MASTIL DE ALUMINIO, CIMENTACIÓN Y COLOCACION DE DOS SEÑALES, UBICADAS EN AVDA. LA CARRETERA FRENTE AL MAS Y MAS.

Se han de tener en cuenta las siguientes consideraciones:-------------------------------- 1. El artículo 2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, añade que

éstos son de dominio público o patrimoniales, y los primeros, a su vez, serán de uso o servicio público (art. 2.2 RBEL). Por tanto, son bienes de uso público local (art. 3.1 RBEL) los caminos, plazas, calles, paseos, parques, aguas de fuentes y estanques, puentes, y demás obras públicas de aprovechamiento o utilización generales cuya conservación y policía sean competencia de la Entidad Local.

2. El artículo 344 del Código Civil establece “que son bienes de uso público, en las provincias y pueblos, los caminos provinciales y los vecinales, las plazas, calles, fuentes y aguas públicas, los paseos y las obras públicas de servicio general, costeadas por los mismos pueblos o provincias”.

3. El artículo 7 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos (BOE NÚM. 267, de 5 de noviembre), establece OBLIGACIONIES DEL ASEGURADOR. Otro. Artículo 7, apartado 3 del artículo único de la Ley 35/2015 de 22 de Septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidente de circulación. BOE de 23 de septiembre. - El asegurador, dentro del ámbito del aseguramiento obligatorio y con cargo al seguro de suscripción obligatoria, habrá de satisfacer al perjudicado el importe de los daños sufridos en su persona y en sus bienes, así como los gastos y otros perjuicios a los que tenga derecho según establece la normativa aplicable. Únicamente quedará exonerado de esta obligación si prueba que el hecho no da lugar a la exigencia de responsabilidad civil, conforme al artículo 1 de la Ley. El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa para exigir al asegurador la satisfacción de los referidos daños, que prescribirá por el transcurso de un año.

En virtud de lo expresado, una vez vistos los preceptos reseñados y demás de

general y pertinente aplicación, se da traslado del expediente a la Junta de Gobierno, para su estudio y en consecuencia considere la procedencia de reclamar los daños a ALLIANZ SEGUROS para que haga efectivo el importe de los mismos el cual asciende a 101.- € (IVA NO Incluido) de acuerdo con la tasación que se adjunta. Todo ello considerando que el artículo 7.2 del citado Texto Legal, establece que la acción directa para exigir al asegurador la satisfacción al perjudicado del importe de los daños sufridos por el perjudicado”.

El Concejal Delegado de Tráfico propone ACUERDO FAVORABLE de la Junta de

Gobierno Local para la referida reclamación.” Queda aprobada por unanimidad. 4.2. Vista la propuesta del Concejal delegado de Tráfico y Seguridad Ciudadana,

que dice literalmente: “Visto el informe del Oficial Jefe de la policía local, que transcrito literalmente dice:

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 7 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

“ASUNTO: RECLAMACIÓN DAÑOS MOBILIARIO URBANO Y PROPIEDAD MUNICIPAL

DILIGENCIAS ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN NOVEDAD: 18/2.118 DESCRIPCIÓN DE LOS DAÑOS: FAROLA ILUMINACION Nº 1084 Y LIMPIEZA

VESTIGIOS ACCIDENTE

Vehículo causante: TURISMO marca PEUGEOT modelo 3008 PREMIUM HDI matrícula 4182GWM Titular del

Vehículo: F.N.P. con DNI XXX DOMICILIO XXXX

SEGURO OBLIGATORIO COMPAÑÍA: RACC SEGUROS

Domicilio Social: Carretera de Rubí nº 72-74 Edf. Horizón -08174- Sant Cugat del Valles Núm.

Póliza/Carta Verde: SE DESCONOCE Validez: EN VIGOR HASTA EL 05/08/2018

Vista la incidencia reflejada por la Policía Local de La Nucía en DILIGENCIAS

ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN NOVEDAD: 18/2.118 ocurrido el día 06 de Mayo de 2018 y en el que resultaron daños en el mobiliario urbano, consistentes en LIMPIEZA VESTIGIOS ACCIDENTE Y FAROLA ILUMINACIÓN VIARIA Nº 1.084 UBICADA EN LA CV-70 FRENTE PARADA DE BUS SENTIDO BENIDORM - LA NUCIA.

Se han de tener en cuenta las siguientes consideraciones:---------------------------------- 1. El artículo 2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, añade que

éstos son de dominio público o patrimoniales, y los primeros, a su vez, serán de uso o servicio público (art. 2.2 RBEL). Por tanto, son bienes de uso público local (art. 3.1 RBEL) los caminos, plazas, calles, paseos, parques, aguas de fuentes y estanques, puentes, y demás obras públicas de aprovechamiento o utilización generales cuya conservación y policía sean competencia de la Entidad Local.

2. El artículo 344 del Código Civil establece “que son bienes de uso público, en las provincias y pueblos, los caminos provinciales y los vecinales, las plazas, calles, fuentes y aguas públicas, los paseos y las obras públicas de servicio general, costeadas por los mismos pueblos o provincias”.

3. El artículo 7 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos (BOE NÚM. 267, de 5 de noviembre), establece OBLIGACIONIES DEL ASEGURADOR. Otro. Artículo 7, apartado 3 del artículo único de la Ley 35/2015 de 22 de Septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidente de circulación. BOE de 23 de septiembre. - El asegurador, dentro del ámbito del aseguramiento obligatorio y con cargo al seguro de suscripción obligatoria, habrá de satisfacer al perjudicado el importe de los daños sufridos en su persona y en sus bienes, así como los gastos y otros perjuicios a los que tenga derecho según establece la normativa aplicable. Únicamente quedará exonerado de esta obligación si prueba que el hecho no da lugar a la exigencia de responsabilidad civil, conforme al artículo 1 de la Ley. El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa para exigir al asegurador la satisfacción de los referidos daños, que prescribirá por el transcurso de un año.

En virtud de lo expresado, una vez vistos los preceptos reseñados y demás de

general y pertinente aplicación, se da traslado del expediente a la Junta de Gobierno, para su estudio y en consecuencia considere la procedencia de reclamar los daños a RACC SEGUROS, CIA. SEG. Y REASEG. para que haga efectivo el importe de los mismos el cual asciende a 2.411,51.-€ (IVA Incluido) de acuerdo con la tasación que se adjunta. Todo ello considerando que el artículo 7.2 del citado Texto Legal, establece que la acción directa para exigir al asegurador la satisfacción al perjudicado del importe de los daños

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 8 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

sufridos por el perjudicado en su persona y en sus bienes prescribe por el transcurso de un año”.

El Concejal Delegado de Tráfico propone ACUERDO FAVORABLE de la Junta de

Gobierno Local para la referida reclamación.” Queda aprobada por unanimidad. 4.3. Vista la propuesta del Concejal delegado de Tráfico y Seguridad Ciudadana,

que dice literalmente: “Visto el informe del Oficial Jefe de la policía local, que transcrito literalmente dice:

“Vista la solicitud de referencia con Registro General de Entrada Ayuntamiento número 3892-18 y Policía local nº 716/18 de fecha 15/06/18 en la de D. / Dª. N.A.A.V. con DNI- XXXJ y domicilio a efecto de notificaciones en XXX y en la que EXPONE.:

Que el día 15/06/18 en la avda. Gabriel Miró sufrió un accidente por caída,

produciéndose un esguince de tobillo. Y SOLICITA que ser indemnizada por gastos médicos de rehabilitación y la

medicación, según solicitud previamente cursada, sin presentar la valoración de daños y/o factura de reparación.

S E I N F O R M A.: ------------------------------------------------------------------------------ Que consultados archivos al respecto, SI HAY CONSTANCIA del siniestro descrito

relacionado con la INTERVENCIÓN. - AUXILIO A CIUDADANO INFORME Nº 18/176, por lo que, SI HAY CONSTANCIA de los hechos reclamados, atendiendo la solicitud y lo expuesto en la misma, el informe de ser NO VIABLE, no siendo el Ayuntamiento de La Nucía el titular de la vía, perteneciendo ésta a la Conselleria.

OTRAS CONSIDERACIONES: Según Informe "cabe reseñar que el coche donde circulaban tanto la herida como

dos mujeres más, se estaciono en zona excluida al trafico delimitada mediante línea longitudinal continua, por lo cual no se debería de haber estacionado en ese lugar y tampoco acceder hacia la acera por la zona indicada".

NO existe responsabilidad patrimonial de la Administración, al no serle imputable la actividad dañosa.

1. Que el procedimiento, en su caso, habría que instruirse sustancialmente,

con arreglo a lo previsto en artículo 32 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Publicado en: «BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2015, páginas 89411 a 89530 (120 págs.) Sección: I. Disposiciones generales Departamento: Jefatura del Estado Referencia: BOE-A-2015- 10566, que establece:

CAPÍTULO IV De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas Sección 1.ª Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas Artículo 32. Principios de la responsabilidad.

1. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 9 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. La anulación en vía administrativa o por el orden jurisdiccional contencioso administrativo de los actos o disposiciones administrativas no presupone, por sí misma, derecho a la indemnización.

2. En todo caso, el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.

3. Asimismo, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas de toda lesión que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia de la aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen.

2. La referencia constitucional (art. 106.2) a la ley debe entenderse hecha a los

artículos 32y siguientes de la Ley 40/2015, Conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (entre otras, Sentencias de 1 de marzo, 21 de abril y 29 de octubre de 1998; 28 de enero de 1999; 1 y 25 de octubre de 1999), así como la doctrina del Consejo de Estado (Dictámenes de 27 de marzo de 2003, expte. nº 183/2003; 6 de febrero de 2003, expte. nº 3583/2002; y 9 de enero de 2003, expte. nº 3251/2002), la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública exige la concurrencia de los siguientes requisitos:

1. La existencia de un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación con una persona o grupo de personas.

2. El carácter antijurídico del daño, en el sentido de que la persona que lo sufre no tenga el deber jurídico de soportarlo, de acuerdo con la ley.

3. La imputabilidad a la Administración de la actividad dañosa, es decir, la integración del agente en el marco de la organización administrativa a la que pertenece o la titularidad pública del servicio o la actividad en cuyo ámbito se produce el daño.

4. La relación de causa a efecto entre la actividad administrativa y el resultado dañoso, nexo causal que implica la necesidad de que el daño sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de un servicio público o actividad administrativa en relación directa e inmediata.

5. Ausencia de fuerza mayor. 6. Que no haya transcurrido un año desde el momento en que se produjo el

hecho causante. El Concejal Delegado de Tráfico propone ACUERDO DESFAVORABLE de la Junta

de Gobierno Local para la referida reclamación.” La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: PRIMERO. - Desestimar lo solicitado por la interesada. SEGUNDO. - Notificar al solicitante el presente acuerdo con indicación de recursos. TERCERO. - Comunicar dicho acuerdo al dpto. de Policía. 4.4. Vista la propuesta del Concejal delegado de Tráfico y Seguridad Ciudadana,

que dice literalmente: “Visto el informe del Oficial Jefe de la Policía Local y los departamentos de

Urbanismo y Tesorería que transcritos literalmente dicen:

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

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2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

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Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

“En relación a ORDEN REGISTRO ENTRADA Nº 2663/18 de Fecha 02-05-2018 en la que el solicitante D/D. ª A.E.V. (XXX) (con domicilio en XXX

EN EL QUE SE SOLICITA.: --------------------------------------------------------------------------

SOLICITA ALTA PLACA DE VADO PERMANENTE EN LA DIRECCIÓN: Calle MAR ROIG, Nº 16. 03530 NUCIA, LA (ALICANTE) SE HAN DE TENER EN CUENTA LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES.: Según la vigente ORDENANZA DE ENTRADA Y SALIDA DE VEHÍCULOS A

INMUEBLES URBANOS DESDE LA VÍA PÚBLICA, cuyo anuncio fue publicado en el BOP 156, y con su texto íntegro publicado sin alegaciones en el BOP 187 de 01/10/2013.

• Artículo 3. DEFINICIONES.: Se entiende por Vado la zona de la vía pública señalizada como tal, que se destine a permitir la entrada y salida de vehículos del interior de inmuebles en general (edificios y solares).

• MODALIDAD DE ENTRADA-SALIDA.: Supone la autorización de circular vehículos por la acera con el fin de acceder y salir de inmuebles;

IGUALMENTE, LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES.: ALTAS - POSITIVA • Artículo 4. ANCHURA DE ENTRADA Y SALIDA.: 1. En todos los casos,

excepto en el casco antiguo, tanto en vados temporales como permanentes, se exigirá que el hueco de entrada o salida de vehículos en la alineación de la fachada del inmueble urbano dispone de, al menos TRES METROS DE ANCHURA LIBRE, en calles de anchura igual o superior a DOCE METROS, y de CUATRO METROS en calles DE ANCHURA INFERIOR A DOCE METROS. En los casos de aparcamientos con capacidad superior a 100 plazas, el hueco de acceso será de SEIS METROS o bien tendrá dos huecos independientes.

• Artículo 5. REQUISITOS OBTENCIÓN DE VADOS. 1.- Presentación de solicitud por el interesado, en modelo que será facilitado por el

Ayuntamiento, acompañado de los siguientes documentos.: PLANO DE SITUACIÓN, PLANO DE LA FACHADA DEL INMUEBLE CON ACOTACIONES EXPRESAS DE LA ENTRADA SOLICITADA, DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA TITULARIDAD O DERECHO DE USO DEL MISMO, INFORME EMITIDO POR TÉCNICO COMPETENTE EN EL QUE SE INDIQUE QUE EL LOCAL ESTÁ ACONDICIONADO PARA SU USO, EXPRESANDO SU SUPERFICIE, CAPACIDAD DE VEHÍCULOS, CROQUIS DE SITUACIÓN CON RESPECTO AL INMUEBLE EN QUE SE UBICA Y DETALLE DE ACCESOS DEL MISMO, COPIA DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN, COPIA DE LICENCIA DE APERTURA O COPIA DE SOLICITUD DE LA MISMA, INFORMES EMITIDOS POR EL TÉCNICO MUNICIPAL Y DE LA POLICÍA LOCAL, ASÍ COMO APROBACIÓN DEL ÓRGANO CORRESPONDIENTE,

• Artículo 6. La Licencia se entenderá PRORROGADA ANUALMENTE SI ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO EL TITULAR NO SOLICITA, POR ESCRITO, LA BAJA ANTE EL AYUNTAMIENTO.

POR LO QUE LOS AGENTES ACTUANTES INFORMAN DE LO SIGUIENTE: INFORME ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL:

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 11 de 39

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2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

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AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Realizada una previa inspección por los servicios técnicos municipales, SE CUMPLEN las condiciones técnicas para la concesión del vado permanente en la Calle Mar Roig, nº 16.

ESPECIFICAR EN SOLICITUDES DE ALTA, SEGÚN NOVEDAD: 18/2.549 DOBLE

SENTIDO CIRCULACIÓN O NO.: DOBLE SENTIDO SEÑALIZACIÓN TRÁFICO EXISTENTE.: VERTICAL Y HORIZONTAL NÚMERO VEHÍCULOS PREVISTOS UTILIZAR VADO.: SE DESCONOCE DIMENSIONES DEL VADO.: TRES METROS (3)

SI EXISTE O NO REBAJE EN LA ACERA.: HAY REBAJE EXPOSICIÓN FOTOGRÁFICA.: SE ADJUNTA

En virtud de lo expresado, una vez vistos los preceptos reseñados y demás de

general y pertinente aplicación, esta Jefatura de Policía Local CONSIDERA VIABLE ACEPTAR LA DEMANDA DE LA INTERESADA; Y DARLE DE ALTA como TITULAR DE LA PLACA DE VADO EN LA DIRECCIÓN: Calle MAR ROIG, Nº 16. 03530 NUCIA, LA (ALICANTE) dando traslado del Acuerdo que se adopte al Departamento de Impuestos y Tasas.

Todo lo cual se traslada para su debido conocimiento y a efectos, sin perjuicio de la

posible licencia de habitabilidad, modificación de uso, apertura, derecho de propiedad y/ o sin perjuicio a terceros, que puedan serle exigidas.

INFORME DE LA INTERVENCION-TESORERIA Nº 176/2018 ASUNTO: Liquidación Cuota Prorrateada de VADOS por inicio de aprovechamiento. I. Antecedentes de Hecho.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

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Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

En fecha 02/05/2018 y mediante Registro de Entrada nº 2018 /2663, D./Dña. A.E.V. con N.I.F. XXX, SOLICITA, a la Corporación Municipal, la Concesión de Licencia de vado permanente en el domicilio Cr. Mar Roig nº 16.

Se emiten informes favorables al referido aprovechamiento por el Dpto. de Urbanismo en fecha 15/06/2018 y por la Policía Local en fecha 20/06/2018, estableciendo una longitud de 3 metros.

II. Fundamentos de Derecho. Que es de aplicación la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de

vehículos y vados permanentes, y especialmente los artículos que reproducimos a continuación:

“Art. 6.- La cuota tributaria será la que resulte de la aplicación de la siguiente tarifa: A) Por reserva de aparcamiento en vía pública con derecho a ostentar el disco

o discos correspondientes: -Para una zona no superior a 3,5 m de

longitud......................................................24,04 € -Para una zona de más de 3,5 m, sin poder exceder de 5

metros............................36,06 € B) Por reserva de vía de pública para carga y descarga, hasta un máximo de

10 metros...................90,15 € Art. 9.- El período impositivo coincidirá con el año natural, salvo en los supuestos de

inicio y cese en la utilización o aprovechamiento especial, en cuyo caso aquel se ajustará a esta circunstancia, con el consiguiente prorrateo de la cuota, que tendrá lugar en todo caso por meses completos.

Art. 11. 4 […]. A estos efectos, la placa será facilitada por la Administración

municipal, el contribuyente habrá de abonar el precio de la placa (6,16 €) o señal, con independencia de la tasa correspondiente.”

III. Conclusiones. En virtud de lo expuesto en el párrafo anterior, procede practicar la siguiente

liquidación: Cuota total anual a pagar (Por zona <a 3,5 m) 24,04€ Cuota Prorrateada (06 meses) 12,02€ Ingreso de la Placa 6,16 € TOTAL, A INGRESAR por el Contribuyente 18,18 Euros. El Concejal Delegado de Tráfico propone ACUERDO FAVORABLE de la Junta de

Gobierno Local para la referida solicitud.” Queda aprobada por unanimidad.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

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Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

4.5. Vista la propuesta del Concejal delegado de Tráfico y Seguridad Ciudadana, que dice literalmente:

“Visto el informe del Oficial Jefe de la Policía Local y los departamentos de

Tesorería y Urbanismo, que transcritos literalmente dicen: “En relación a ORDEN REGISTRO ENTRADA Nº 3675/18 de Fecha 31-05-2018 en

la que el solicitante D.Dª J.A.T.G. (XXX) con domicilio en XXX EN EL QUE SE SOLICITA.: --------------------------------------------------------------------------

SOLICITA ALTA PLACA DE VADO PERMANENTE EN LA DIRECCIÓN: Calle MAR ROIG, Nº 18. 03530 NUCIA, LA (ALICANTE) SE HAN DE TENER EN CUENTA LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES.: Según la vigente ORDENANZA DE ENTRADA Y SALIDA DE VEHÍCULOS A

INMUEBLES URBANOS DESDE LA VÍA PÚBLICA, cuyo anuncio fue publicado en el BOP 156, y con su texto íntegro publicado sin alegaciones en el BOP 187 de 01/10/2013.

• Artículo 3. DEFINICIONES.: Se entiende por Vado la zona de la vía pública señalizada como tal, que se destine a permitir la entrada y salida de vehículos del interior de inmuebles en general (edificios y solares).

• MODALIDAD DE ENTRADA-SALIDA.: Supone la autorización de circular vehículos por la acera con el fin de acceder y salir de inmuebles;

IGUALMENTE, LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES.: ALTAS -POSITIVA • Artículo 4. ANCHURA DE ENTRADA Y SALIDA.: 1. En todos los casos,

excepto en el casco antiguo, tanto en vados temporales como permanentes, se exigirá que el hueco de entrada o salida de vehículos en la alineación de la fachada del inmueble urbano dispone de, al menos TRES METROS DE ANCHURA LIBRE, en calles de anchura igual o superior a DOCE METROS, y de CUATRO METROS en calles DE ANCHURA INFERIOR A DOCE METROS. En los casos de aparcamientos con capacidad superior a 100 plazas, el hueco de acceso será de SEIS METROS o bien tendrá dos huecos independientes.

• Artículo 5. REQUISITOS OBTENCIÓN DE VADOS. 1.- Presentación de solicitud por el interesado, en modelo que será facilitado por el

Ayuntamiento, acompañado de los siguientes documentos.: PLANO DE SITUACIÓN, PLANO DE LA FACHADA DEL INMUEBLE CON ACOTACIONES EXPRESAS DE LA ENTRADA SOLICITADA, DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA TITULARIDAD O DERECHO DE USO DEL MISMO, INFORME EMITIDO POR TÉCNICO COMPETENTE EN EL QUE SE INDIQUE QUE EL LOCAL ESTÁ ACONDICIONADO PARA SU USO, EXPRESANDO SU SUPERFICIE, CAPACIDAD DE VEHÍCULOS, CROQUIS DE SITUACIÓN CON RESPECTO AL INMUEBLE EN QUE SE UBICA Y DETALLE DE ACCESOS DEL MISMO, COPIA DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN, COPIA DE LICENCIA DE APERTURA O COPIA DE SOLICITUD DE LA MISMA, INFORMES EMITIDOS POR EL TÉCNICO MUNICIPAL Y DE LA POLICÍA LOCAL, ASÍ COMO APROBACIÓN DEL ÓRGANO CORRESPONDIENTE,

• Artículo 6. La Licencia se entenderá PRORROGADA ANUALMENTE SI ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO EL TITULAR NO SOLICITA, POR ESCRITO, LA BAJA ANTE EL AYUNTAMIENTO.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 14 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

POR LO QUE LOS AGENTES ACTUANTES INFORMAN DE LO SIGUIENTE: INFORME ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL: Realizada una previa inspección por los servicios técnicos municipales, SE

CUMPLEN las condiciones técnicas para la concesión del vado permanente en la parcela sita en Calle Mar Roig, nº 18.

ESPECIFICAR EN SOLICITUDES DE ALTA, SEGÚN NOVEDAD 18/2.880.:

DOBLE SENTIDO CIRCULACIÓN O NO.: DOBLE SENTIDO SEÑALIZACIÓN TRÁFICO EXISTENTE.: VERTICAL Y HORIZONTAL NÚMERO VEHÍCULOS PREVISTOS UTILIZAR VADO.: SE DESCONOCE DIMENSIONES DEL VADO.: TRES METROS (3)

SI EXISTE O NO REBAJE EN LA ACERA.: HAY REBAJE EXPOSICIÓN FOTOGRÁFICA.: SE ADJUNTA

En virtud de lo expresado, una vez vistos los preceptos reseñados y demás de

general y pertinente aplicación, esta Jefatura de Policía Local CONSIDERA VIABLE ACEPTAR LA DEMANDA DEL INTERESADO; Y DARLE DE ALTA como TITULAR DE LA PLACA DE VADO EN LA DIRECCIÓN: Calle MAR ROIG, Nº 18. 03530 NUCIA, LA (ALICANTE) dando traslado del Acuerdo que se adopte al Departamento de Impuestos y Tasas.

Todo lo cual se traslada para su debido conocimiento y a efectos, sin perjuicio de la

posible licencia de habitabilidad, modificación de uso, apertura, derecho de propiedad y/ o sin perjuicio a terceros, que puedan serle exigidas.

INFORME DE LA INTERVENCION-TESORERIA Nº 175/2018 ASUNTO: Liquidación Cuota Prorrateada de VADOS por inicio de aprovechamiento. I. Antecedentes de Hecho.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 15 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

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AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

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Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

En fecha 31/05/2018 y mediante Registro de Entrada nº 2018 /3675, D./Dña.

J.A.T.G. con N.I.F. XXX, SOLICITA, a la Corporación Municipal, la Concesión de Licencia de vado permanente en el domicilio Cr. Mar Roig nº 18.

Se emiten informes favorables al referido aprovechamiento por el Dpto. de Urbanismo en fecha 15/06/2018 y por la Policía Local en fecha 20/06/2018, estableciendo una longitud de 3 metros.

II. Fundamentos de Derecho. Que es de aplicación la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de

vehículos y vados permanentes, y especialmente los artículos que reproducimos a continuación:

“Art. 6.- La cuota tributaria será la que resulte de la aplicación de la siguiente tarifa: A) Por reserva de aparcamiento en vía pública con derecho a ostentar el disco

o discos correspondientes: -Para una zona no superior a 3,5 m de

longitud......................................................24,04 € -Para una zona de más de 3,5 m, sin poder exceder de 5

metros............................36,06 € B) Por reserva de vía de pública para carga y descarga, hasta un máximo de

10 metros...................90,15 € Art. 9.- El período impositivo coincidirá con el año natural, salvo en los supuestos de

inicio y cese en la utilización o aprovechamiento especial, en cuyo caso aquel se ajustará a esta circunstancia, con el consiguiente prorrateo de la cuota, que tendrá lugar en todo caso por meses completos.

Art. 11. 4 […]. A estos efectos, la placa será facilitada por la Administración

municipal, el contribuyente habrá de abonar el precio de la placa (6,16 €) o señal, con independencia de la tasa correspondiente.”

III. Conclusiones. En virtud de lo expuesto en el párrafo anterior, procede practicar la siguiente

liquidación: Cuota total anual a pagar (Por zona <a 3,5 m) 24,04€ Cuota Prorrateada (06 meses) 12,02€ Ingreso de la Placa 6,16 € TOTAL A INGRESAR por el Contribuyente 18,18 Euros. El Concejal Delegado de Tráfico propone ACUERDO FAVORABLE de la Junta de

Gobierno Local para la referida solicitud.” Queda aprobada por unanimidad.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 16 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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4.6. Vista la propuesta del Concejal delegado de Tráfico y Seguridad Ciudadana, que dice literalmente:

“Visto el informe del Oficial Jefe de la Policía Local y los departamentos de

Tesorería y Urbanismo, que transcritos literalmente dicen: “En relación a ORDEN REGISTRO ENTRADA Nº 3760/18 de Fecha 01/06/2018 en

la que el solicitante D.Dª S.C.G. con domicilio en XXX EN EL QUE SE SOLICITA.: --------------------------------------------------------------------------

SOLICITA ALTA PLACA DE VADO PERMANENTE EN LA DIRECCIÓN: Calle MERLA, Nº 3. 03530 NUCIA, LA (ALICANTE) SE HAN DE TENER EN CUENTA LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES.: Según la vigente ORDENANZA DE ENTRADA Y SALIDA DE VEHÍCULOS A

INMUEBLES URBANOS DESDE LA VÍA PÚBLICA, cuyo anuncio fue publicado en el BOP 156, y con su texto íntegro publicado sin alegaciones en el BOP 187 de 01/10/2013.

• Artículo 3. DEFINICIONES.: Se entiende por Vado la zona de la vía pública señalizada como tal, que se destine a permitir la entrada y salida de vehículos del interior de inmuebles en general (edificios y solares).

• MODALIDAD DE ENTRADA-SALIDA.: Supone la autorización de circular vehículos por la acera con el fin de acceder y salir de inmuebles;

IGUALMENTE, LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES.: ALTAS -POSITIVA • Artículo 4. ANCHURA DE ENTRADA Y SALIDA.: 1. En todos los casos,

excepto en el casco antiguo, tanto en vados temporales como permanentes, se exigirá que el hueco de entrada o salida de vehículos en la alineación de la fachada del inmueble urbano dispone de, al menos TRES METROS DE ANCHURA LIBRE, en calles de anchura igual o superior a DOCE METROS, y de CUATRO METROS en calles DE ANCHURA INFERIOR A DOCE METROS. En los casos de aparcamientos con capacidad superior a 100 plazas, el hueco de acceso será de SEIS METROS o bien tendrá dos huecos independientes.

• Artículo 5. REQUISITOS OBTENCIÓN DE VADOS. 1.- Presentación de solicitud por el interesado, en modelo que será facilitado por el

Ayuntamiento, acompañado de los siguientes documentos.: PLANO DE SITUACIÓN, PLANO DE LA FACHADA DEL INMUEBLE CON ACOTACIONES EXPRESAS DE LA ENTRADA SOLICITADA, DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA TITULARIDAD O DERECHO DE USO DEL MISMO, INFORME EMITIDO POR TÉCNICO COMPETENTE EN EL QUE SE INDIQUE QUE EL LOCAL ESTÁ ACONDICIONADO PARA SU USO, EXPRESANDO SU SUPERFICIE, CAPACIDAD DE VEHÍCULOS, CROQUIS DE SITUACIÓN CON RESPECTO AL INMUEBLE EN QUE SE UBICA Y DETALLE DE ACCESOS DEL MISMO, COPIA DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN, COPIA DE LICENCIA DE APERTURA O COPIA DE SOLICITUD DE LA MISMA, INFORMES EMITIDOS POR EL TÉCNICO MUNICIPAL Y DE LA POLICÍA LOCAL, ASÍ COMO APROBACIÓN DEL ÓRGANO CORRESPONDIENTE,

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 17 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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• Artículo 6. La Licencia se entenderá PRORROGADA ANUALMENTE SI ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO EL TITULAR NO SOLICITA, POR ESCRITO, LA BAJA ANTE EL AYUNTAMIENTO.

POR LO QUE LOS AGENTES ACTUANTES INFORMAN DE LO SIGUIENTE: INFORME ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL: Realizada una previa inspección por los servicios técnicos municipales, SE

CUMPLEN las condiciones técnicas para la concesión del vado permanente en la parcela sita en la Calle Merla, nº 3.

ESPECIFICAR EN SOLICITUDES DE ALTA.: DOBLE SENTIDO CIRCULACIÓN O NO.: ÚNICO SENTIDO CIRCULACIÓN SEÑALIZACIÓN TRÁFICO EXISTENTE.: VERTICAL Y HORIZONTAL NÚMERO VEHÍCULOS PREVISTOS UTILIZAR VADO.: SE DESCONOCE DIMENSIONES DEL VADO.: TRES METROS CON VEINTE CENTIMETROS (3,20) SI EXISTE O NO REBAJE EN LA ACERA.: HAY REBAJE DE ACERA EXPOSICIÓN FOTOGRÁFICA.: SE ADJUNTA

En virtud de lo expresado, una vez vistos los preceptos reseñados y demás de

general y pertinente aplicación, esta Jefatura de Policía Local CONSIDERA VIABLE ACEPTAR LA DEMANDA DE LA INTERESADA; Y DARLE DE ALTA como TITULAR DE LA PLACA DE VADO EN LA DIRECCIÓN: Calle MERLA, Nº 3. 03530 NUCIA, LA (ALICANTE) dando traslado del Acuerdo que se adopte al Departamento de Impuestos y Tasas.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 18 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Todo lo cual se traslada para su debido conocimiento y a efectos, sin perjuicio de la posible licencia de habitabilidad, modificación de uso, apertura, derecho de propiedad y/ o sin perjuicio a terceros, que puedan serle exigidas.

INFORME DE LA INTERVENCION-TESORERIA Nº 174/2018 ASUNTO: Liquidación Cuota Prorrateada de VADOS por inicio de aprovechamiento. I. Antecedentes de Hecho. En fecha 01/06/2018 y mediante Registro de Entrada nº 2018 /3760, D./Dña. S.C.G.

con N.I.F. XXX, SOLICITA, a la Corporación Municipal, la Concesión de Licencia de vado permanente en el domicilio Cr. Merla nº 3.

Se emiten informes favorables al referido aprovechamiento por el Dpto. de Urbanismo en fecha 15/06/2018 y por la Policía Local en fecha 20/06/2018, estableciendo una longitud de 3,20 metros.

II. Fundamentos de Derecho. Que es de aplicación la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de

vehículos y vados permanentes, y especialmente los artículos que reproducimos a continuación:

“Art. 6.- La cuota tributaria será la que resulte de la aplicación de la siguiente tarifa: A) Por reserva de aparcamiento en vía pública con derecho a ostentar el disco

o discos correspondientes: -Para una zona no superior a 3,5 m de

longitud......................................................24,04 € -Para una zona de más de 3,5 m, sin poder exceder de 5

metros............................36,06 € B) Por reserva de vía de pública para carga y descarga, hasta un máximo de

10 metros...................90,15 € Art. 9.- El período impositivo coincidirá con el año natural, salvo en los supuestos de

inicio y cese en la utilización o aprovechamiento especial, en cuyo caso aquel se ajustará a esta circunstancia, con el consiguiente prorrateo de la cuota, que tendrá lugar en todo caso por meses completos.

Art. 11. 4 […]. A estos efectos, la placa será facilitada por la Administración

municipal, el contribuyente habrá de abonar el precio de la placa (6,16 €) o señal, con independencia de la tasa correspondiente.”

III. Conclusiones. En virtud de lo expuesto en el párrafo anterior, procede practicar la siguiente

liquidación: Cuota total anual a pagar (Por zona <a 3,5 m) 24,04€

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 19 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

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ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Cuota Prorrateada (06 meses) 12,02€ Ingreso de la Placa 6,16 € TOTAL, A INGRESAR por el Contribuyente 18,18 Euros. El Concejal Delegado de Tráfico propone ACUERDO FAVORABLE de la Junta de

Gobierno Local para la referida solicitud.” Queda aprobada por unanimidad. 5. Hacienda. 5.1. Vista la propuesta del Concejal de Hacienda, que dice literalmente: “Considerando el Informe emitido por la Tesorería en que literalmente dice:

“ASUNTO: Cambio de titularidad Vado nº 65. Visto el escrito presentado por doña M.C.C. con N.I.F. XXX, en fecha 18/06/2018 y

con Registro de Entrada nº 4261, se procede a emitir el siguiente informe INFORME DE TESORERÍA Nº 170/2018 Expediente de Cambio de Titularidad Nº de vado: 65 Dirección del VADO: Plaça Major nº 13 ACTUAL TITULAR N.I.F.: XXX Apellidos, nombre o Razón Social: C.I., M. NUEVO TITULAR N.I.F. XXX Apellidos, nombre o Razón Social: C.C., M. Domicilio: XXX El titular del inmueble y actual titular donde está situado el vado presenta

autorización en fecha 19/04/2018 para proceder al cambio de titular del vado nº 65. Y consultados los libros contables del departamento de Intervención/Tesorería de

este Ayuntamiento, se desprende estar al corriente del pago de la tasa del vado nº 65 a fecha de hoy.

Según el artículo 8º de la vigente Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Entrada de Vehículos y Vados Permanentes el devengo de la tasa, para los vados ya autorizados y prorrogados, se produce el día uno de enero de cada año, por tanto, el nuevo titular se incorporará al padrón del ejercicio siguiente al de la autorización de cambio de titular, siendo el obligado al pago durante el presente ejercicio el titular que causará baja.

No obstante, dado que el padrón del ejercicio 2018 ya fue emitido, y habiéndose liquidado dentro del periodo voluntario la tasa del vado nº 65 en fecha 18/06/2018 según consta en los libros contables de este departamento. Se procedería a realizar:

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 20 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

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Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

PRIMERO. - Baja del actual titular del vado nº 65 – C.I.M. con N.I.F. XXX, para el ejercicio 2019.

SEGUNDO. - Alta a nombre de C.C.M. con N.I.F. XXX, por el cambio de titular del

vado nº 65 para su inclusión en el padrón del ejercicio 2019 y posteriores” Propongo a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO. - Proceder a dar de baja el vado nº 65 como titular a M.C.I. con

N.I.F.XXX. SEGUNDO. - Dar de alta como titular del vado nº 65 a M.C.C. con N.I.F XXX para

su inclusión en el Padrón del ejercicio 2019 y posteriores. TERCERO. - Notificar al interesado el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno

Local. CUARTO. - Comunicar el presente acuerdo al Departamento de Intervención /

Tesorería para sus efectos oportunos, así como al Departamento de Seguridad Ciudadana.”

Queda aprobada por unanimidad. 6. Despacho Extraordinario. 6.1. Bienestar Social. 6.1.1. Vista la propuesta de Dª. Beatriz Pérez-Hickman Muñoz, Concejal delegada

de Bienestar Social, que dice literalmente: “Vista la instrucción 2/2018 de fecha 1 de enero de 2018 de la Dirección General de

Servicios Sociales y Personas en Situación de Dependencia de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, relativa al procedimiento y tramitación de las Prestaciones Económicas Individuales de Emergencia Social y para la Mejora de la Autonomía para Personas Mayores y de conformidad con el punto 5.4 “PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN” de dicha instrucción.

Vistos los informes de la Trabajadora Social Isabel Castells Ferrer PROPONE PRIMERO. - Conceder las ayudas que se detallan a continuación: TIPO DE AYUDA: Ayudas de emergencia Social - Necesidades Básicas.

Expediente DNI/NIE: Importe: Duración: Período: 2018/90 XXX 200,00 €/mes 3 meses julio a septiembre de 2018 2018/92 XXX 100,00 €/mes 3 meses julio a septiembre de 2018 2018/93 XXX 150,00 €/mes 3 meses julio a septiembre de 2018 2018/94 XXX 150,00 €/mes 3 meses julio a septiembre de 2018

TIPO DE AYUDA: Ayudas de emergencia Social - Uso de Vivienda Habitual.

Expediente DNI/NIE: Importe: Duración: Período: 2018/91 XXX 150,00 €/mes 3 meses julio a septiembre de 2018

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 21 de 39

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AJUNTAMENT DE LA NUCIA

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Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

2018/95 XXX 180,00 €/mes 3 meses julio a septiembre de 2018 TIPO DE AYUDA: Ayudas de emergencia Social - Suministros Básicos Energéticos. Expediente DNI/NIE Concepto Período Importe 2018/57 XXX Luz enero 54,85 2018/58 XXX Luz febrero 59.25 2018/59 XXX Luz marzo 62,94 2018/60 XXX Luz abril 57,86 2018/70 XXX Luz mayo 9,70 2018/71 XXX Luz abril 106,97 2018/72 XXX Luz marzo 28,54 2018/73 XXX Luz abril 22,59 2018/74 XXX Agua abril 48,85 2018/75 XXX Luz marzo 44,32 2018/76 XXX Luz enero 45,01 2018/77 XXX Luz abril 19,26 2018/78 XXX Agua abril 41,26 2018/79 XXX Luz mayo 16,09 SEGUNDO. - El pago de los expedientes 2018/94 NIE XXX se realizará mediante

cheque bancario.” Queda aprobada por unanimidad. 6.2. Servicios Jurídicos. 6.2.1. Vista la propuesta del Concejal delegado de Hacienda, que dice literalmente: “El pasado 03/05/2018 esta Concejalía suscribió Propuesta de acuerdo por la que,

en relación con el Procedimiento Ordinario nº 246/18 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Alicante, se acordaba “designar al Procurador D. Jorge Bonastre Hernández para la representación y a los letrados D. Carlos Valdés Quidiello y Dª Helena Valdés Quidiello para la defensa del Ayuntamiento”.

Atendiendo a razones meramente organizativas, se pretende cambiar la

representación letrada del Ayuntamiento en el indicado Procedimiento, por lo que propongo a la Junta de gobierno local la adopción del siguiente ACUERDO:

PRIMERO. Personar al ayuntamiento en los autos del recurso contencioso

administrativo número 246/18, que se sigue ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de los de Alicante, remitiendo el expediente administrativo, completo, debidamente foliado y acompañado del correspondiente índice.

SEGUNDO. Designar al procurador D. Jorge Bonastre Hernández para la

representación y a los letrados D. José Vicente Berenguer Mula y D. Rubén Navarro Tudela para la defensa del Ayuntamiento.”

Queda aprobada por unanimidad.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 22 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

6.2.2. Vista la propuesta del Concejal de Hacienda, que dice literalmente: “D. MANUEL ALCALÁ MINAGORRE, Concejal de Hacienda del Ayuntamiento de

La Nucía, por medio del presente, y en relación con el OFICIO sobre el Procedimiento Diligencias Previas 367/2018 seguido en el Juzgado de Instrucción 1 de Villajoyosa (Registro de Entrada Nº 3817 de 06/06/2018), por medio de la presente,

DIGO Que, visto el INFORME remitido por la Policía Municipal NOVEDAD 18/2118, en el

que además se incorpora Presupuesto de FOBESA por importe de 90,81 € y Presupuesto de CITELUM por importe de 2.320,70 €.

DISPONGO PRIMERO Y ÚNICO. - Que, visto el estado de tramitación del Expediente, procede

dar traslado a la J.G.L del Excmo. Ayuntamiento de La Nucía para que en su día ACUERDE:

1. REMITIR el Expediente al Juzgado de Instrucción 1 de Villajoyosa, para el

debido cumplimiento del OFRECIMIENTO DE ACCIONES acordado en el OFICIO de referencia.

2. Designar a D. AITOR BOIZA ALCÁZAR, Letrado del Ilustre Colegio de

Abogados de Madrid (Colegiado nº 120.754), a fin de que comparezca ante el citado Juzgado y en el marco del referido Procedimiento, a los efectos de cumplimentar los trámites de la citación notificada.”

Queda aprobada por unanimidad. 6.3. Licencias de actividad. 6.3.1. Nº Expediente: 34/2017 Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice literalmente: “Visto el expediente que se instruye a instancia de Tecnics Teralter, S.L.U. con

C.I.F/D.N.I. B-98.697.048 y domicilio en C. MAJOR, 27 - FORTALENY -VALENCIA - 46418, sobre licencia de apertura de un establecimiento, destinado a Herboristería (ep. 652.4), con emplazamiento en Avda. Iglesia Nº 30, de esta población.

A la vista de los informes técnicos emitidos y el acta de comprobación de fecha 18

de Junio de 2018, expedida por el Ingeniero Técnico Municipal, en el que se indica que en la actualidad el indicado local se encuentra cerrado y sin actividad; considerando que debe procederse al archivo del expediente.

Conforme a lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 6/2014, de 25 de Julio, de la

Generalitat Valenciana, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades, se propone al órgano competente la siguiente propuesta de acuerdo:

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 23 de 39

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Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

PRIMERO.- Declarar la caducidad del expediente, procediendo al archivo del mismo.

SEGUNDO.- Comunicar la presente resolución al Departamento de Aperturas y

notificar el presente acuerdo al interesado.” Queda aprobada por unanimidad. 6.3.2. Nº Expediente: 19/2016 Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice literalmente: “Visto el expediente que se instruye a instancia de La Nueva Terapia Lnt, S.L. con

C.I.F/D.N.I. B-54.920.640 y domicilio en Av. Iglesia, 3, sobre licencia de apertura de un establecimiento, destinado a Herboristería (ep. 652.4), con emplazamiento en Avda. Iglesia Nº 3, de esta población.

A la vista de los informes técnicos emitidos y el acta de comprobación de fecha 18

de Junio de 2018, expedida por el Ingeniero Técnico Municipal, en el que se indica que en la actualidad el indicado local se encuentra cerrado y sin actividad; considerando que debe procederse al archivo del expediente.

Conforme a lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 6/2014, de 25 de Julio, de la

Generalitat Valenciana, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades, se propone al órgano competente la siguiente propuesta de acuerdo:

PRIMERO.- Declarar la caducidad del expediente, procediendo al archivo del

mismo. SEGUNDO.- Comunicar la presente resolución al Departamento de Aperturas y

notificar el presente acuerdo al interesado.” Queda aprobada por unanimidad. 6.3.3. Nº Expediente: 28/2018 Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice literalmente: “Visto el expediente que se instruye a instancia de Espectáculos y Contratación de

Fiestas, S.L. con C.I.F/D.N.I. B-97.978.399 y domicilio en C/ Pedro nº 24 - 46270/Villanueva de Castellón (Valencia), sobre licencia de apertura de un establecimiento, destinado a Instalación eventual, portátil y desmontable para concierto en directo (ep. ), con emplazamiento en Parking de la Ciudad Deportiva Camilo Cano, de esta población,

A la vista de los informes técnicos emitidos y el acta de comprobación de fecha 18

de Junio de 2018, expedida por el Ingeniero Técnico Municipal, en el que se indica que en la actualidad el indicado local se encuentra cerrado y sin actividad; considerando que debe procederse al archivo del expediente.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 24 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

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Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Conforme a lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 6/2014, de 25 de Julio, de la Generalitat Valenciana, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades, se propone al órgano competente la siguiente propuesta de acuerdo:

PRIMERO.- Declarar la caducidad del expediente, procediendo al archivo del

mismo. SEGUNDO.- Comunicar la presente resolución al Departamento de Aperturas y

notificar el presente acuerdo al interesado.” Queda aprobada por unanimidad. 6.4. Licencias de Ocupación. 6.4.1. Nº de Expediente: 48/2018 Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice literalmente: “A la vista de la solicitud de Licencia de Ocupación presentada por D/Dª URTEIM

SL , con domicilio a efecto de notificaciones en C. ESPERANTO 15 - BENIDORM, de fecha 22-06-18, en relación con la edificación precitada y arriba descrita.

Visto el informe de acuerdo con la inspección realizada por el Arquitecto Municipal,

con fecha 16/06/17 De acuerdo con lo establecido en el artículo 213 y siguientes de la Ley 5/2014, 25

de Julio de la Generalitat de ordenación del Territorio, Urbanismo y paisaje de la Comunidad Valenciana.

Considerando que la competencia para resolver sobre la licencia de ocupación le

corresponde a la Junta de Gobierno Local (por delegación expresa del Alcalde –Presidente), de conformidad con lo establecido en el art. 21.1 q) de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la nueva redacción dada a dicho precepto por la Ley 57/2003, de Modernización del Gobierno Local.

Considerando que el expediente se encuentra concluso, a tenor de lo señalado en

el art. 177 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, y puede ser objeto de resolución.

Por todo lo anteriormente expuesto se propone al órgano competente la siguiente

propuesta de acuerdo PRIMERO.- Otorgar la presente Licencia de Ocupación a la vivienda sita en C.

ALADROC, 33 CASA A, con una superficie útil de 249.15 m2., con las siguientes condiciones:

a) Transcurridos 10 años desde la fecha de expedición, se deberá renovar la

correspondiente licencia únicamente en los siguientes casos: 1.- Si se procede a un cambio de ocupación. 2.- Si fuese necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o

electricidad.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 25 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Su ocupación sin previa obtención de la licencia de ocupación o su renovación dará

lugar a las responsabilidades y sanciones procedentes. b) En caso de que la vivienda deje de tener el nivel exigible de ocupación o

diseño, conforme a la normativa técnica aplicable, la licencia de primera ocupación podrá ser revocada por la Administración.

SEGUNDO.- La licencia se entiende otorgada dejando a salvo el derecho de

propiedad y sin perjuicio del tercero.” Queda aprobada por unanimidad. 6.4.2. Nº de Expediente: 49/2018 Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice literalmente: “A la vista de la solicitud de Licencia de Ocupación presentada por D/Dª URTEIM

SL , con domicilio a efecto de notificaciones en C. ESPERANTO , 15 - BENIDORM, de fecha 22/06/18, en relación con la edificación precitada y arriba descrita.

Visto el informe de acuerdo con la inspección realizada por el Arquitecto Municipal,

con fecha 16/06/18 De acuerdo con lo establecido en el artículo 213 y siguientes de la Ley 5/2014, 25

de Julio de la Generalitat de ordenación del Territorio, Urbanismo y paisaje de la Comunidad Valenciana.

Considerando que la competencia para resolver sobre la licencia de ocupación le

corresponde a la Junta de Gobierno Local (por delegación expresa del Alcalde –Presidente), de conformidad con lo establecido en el art. 21.1 q) de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la nueva redacción dada a dicho precepto por la Ley 57/2003, de Modernización del Gobierno Local.

Considerando que el expediente se encuentra concluso, a tenor de lo señalado en

el art. 177 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, y puede ser objeto de resolución.

Por todo lo anteriormente expuesto se propone al órgano competente la siguiente

propuesta de acuerdo PRIMERO.- Otorgar la presente Licencia de Ocupación a la vivienda sita en C.

ALADROC, 33 CASA B, con una superficie útil de 206.06 m2., con las siguientes condiciones:

a) Transcurridos 10 años desde la fecha de expedición, se deberá renovar la

correspondiente licencia únicamente en los siguientes casos: 1.- Si se procede a un cambio de ocupación. 2.- Si fuese necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o

electricidad.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 26 de 39

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Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Su ocupación sin previa obtención de la licencia de ocupación o su renovación dará

lugar a las responsabilidades y sanciones procedentes. b) En caso de que la vivienda deje de tener el nivel exigible de ocupación o

diseño, conforme a la normativa técnica aplicable, la licencia de primera ocupación podrá ser revocada por la Administración.

SEGUNDO.- La licencia se entiende otorgada dejando a salvo el derecho de

propiedad y sin perjuicio del tercero.” Queda aprobada por unanimidad. 6.4.3. Nº de Expediente: 50/2018 Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice literalmente: “A la vista de la solicitud de Licencia de Ocupación presentada por D/Dª URTEIM

SL, con domicilio a efecto de notificaciones en C. ESPERANTO, 15, de fecha 22/06/18, en relación con la edificación precitada y arriba descrita.

Visto el informe de acuerdo con la inspección realizada por el Arquitecto Municipal,

con fecha 16/06/18 De acuerdo con lo establecido en el artículo 213 y siguientes de la Ley 5/2014, 25

de Julio de la Generalitat de ordenación del Territorio, Urbanismo y paisaje de la Comunidad Valenciana.

Considerando que la competencia para resolver sobre la licencia de ocupación le

corresponde a la Junta de Gobierno Local (por delegación expresa del Alcalde –Presidente), de conformidad con lo establecido en el art. 21.1 q) de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la nueva redacción dada a dicho precepto por la Ley 57/2003, de Modernización del Gobierno Local.

Considerando que el expediente se encuentra concluso, a tenor de lo señalado en

el art. 177 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, y puede ser objeto de resolución.

Por todo lo anteriormente expuesto se propone al órgano competente la siguiente

propuesta de acuerdo PRIMERO.- Otorgar la presente Licencia de Ocupación a la vivienda sita en C.

ALADROC, 33 CASA C, con una superficie útil de 188.05 m2., con las siguientes condiciones:

a) Transcurridos 10 años desde la fecha de expedición, se deberá renovar la

correspondiente licencia únicamente en los siguientes casos: 1.- Si se procede a un cambio de ocupación. 2.- Si fuese necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o

electricidad.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 27 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Su ocupación sin previa obtención de la licencia de ocupación o su renovación dará

lugar a las responsabilidades y sanciones procedentes. b) En caso de que la vivienda deje de tener el nivel exigible de ocupación o

diseño, conforme a la normativa técnica aplicable, la licencia de primera ocupación podrá ser revocada por la Administración.

SEGUNDO.- La licencia se entiende otorgada dejando a salvo el derecho de

propiedad y sin perjuicio del tercero.” Queda aprobada por unanimidad. 6.5. Licencias Obra Mayor. 6.5.1. Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice

literalmente: “Expediente Obra Mayor 25 / 2018 INTERESADO Nombre: M.M.C. Dirección: XXX PROPIEDAD Propiedad: C/ LA LLOSA, Nº 25 Núcleo: Casco Urbano Obra: Proyecto de derribo parcial por orden de ejecución. LIQUIDACIÓN Importe Cobrado Pendiente I.C.I.O 231.34€ 231.34€ 0.00€ TASA 13.61€ 13.61€ 0.00€ ANTECEDENTES 04/04/2018 R.E. 1916. Solicitud licencia de obras. 18/06/2018 Informe Favorable, Andrés Laporta. Considerando el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, en

fecha 18 de junio de 2018 Se propone a la Junta de Gobierno Local: PRIMERO. Conceder la licencia de obra mayor según expediente 25/2018, a favor

de M.M.C.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 28 de 39

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ESTADOFIRMASOTROS DATOS

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Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

SEGUNDO. Efectuar la notificación correspondiente a los interesados con los contenidos legales de las licencias de obra.”

Queda aprobada por unanimidad. 6.5.2. Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice

literalmente: “Expediente Obra Mayor 76 / 2016 INTERESADO Nombre: J.R.V. Dirección: XXX PROPIEDAD Propiedad: PARTIDA POLIGONO 16 PARCELAS 165, 166, 167 Nº 165 Núcleo: Extrarradio Obra: Proyecto de construcción de Caseta de Aperos en La Nucía. (Anteriormente

tenía número de expte. obra menor 687/2014) LIQUIDACIÓN Importe Cobrado Pendiente I.C.I.O 151.44€ 151.44€ 0.00€ TASA 97.99€ 97.99€ 0.00€ ANTECEDENTES 02/06/2016 R.E. 4481. Solicitud licencia de obras. 24/06/2016 Informe Desfavorable, Silvia Corbalán. Deberá pagar 151.44€ en

concepto de I.C.I.O. No se dará por iniciado el expediente hasta haber recibido los pertinentes informes de las Consellerías competentes. Deberá pagar 97.99€ en concepto de TASA.

17/01/2017 Informe Desfavorable, Andrés Laporta. Deberá presentar visada la

aceptación de la Dirección y Ejecución de las obras, también conocida como hoja de encargo, firmada por promotor y técnico o técnicos intervinientes. Para poder dar comienzo a las obras deberá presentar la solicitud de Tira de Cuerdas.

Según el artículo 70º de la NNUU de La Nucía, la ocupación máxima en SNU-A

para actividades agropecuarias será la misma que en SNU-C, es decir, del 5%, no del 40% como se indica en la ficha de justificación normativa presentada. Por tanto, deberá aportar inscripción de la vinculación registral de las parcelas a la instalación solicitada a fin de cumplir la ocupación máxima del 5%. Deberá cambiar el título del proyecto de almacén agrícola por caseta de aperos, por resultar este último compatible con el uso del suelo previsto por el planeamiento municipal, siempre que las parcelas queden vinculadas registralmente a la instalación a fin de cumplir con la superficie mínima de 2.500 m2 establecida para la tramitación de estas construcciones (art. 66º del PGOU).

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 29 de 39

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Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Deberá aportar inscripción de la vinculación registral de las parcelas a la instalación

solicitada a fin de cumplir con la superficie mínima de 2.500 m2 para la implantación de casetas de aperos, según el artículo anterior. Se adjunta copia al interesado del informe recibido por parte de Conselleria d'Habitatge, Obres Publiques i Vertebració del Territori.

Se adjunta copia al interesado del informe recibido por parte de Consellería de

Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por el que se pronuncia favorable para la instalación de la caseta de aperos de 16 m2, siempre que cumpla el planeamiento municipal vigente.

27/04/2017 Informe Desfavorable, Andrés Laporta. Deberá guardar los

correspondientes retranqueos a linde, tal y como figura en proyecto, no siendo necesaria la Tira de Cuerdas para el inicio de las obras. En contestación al Reg. de entrada nº 877/2017, se informa lo siguiente: La escritura de vinculación presentada deberá registrarse en el Registro de la Propiedad.

20/06/2018 Informe Favorable, Andrés Laporta. La escritura de agrupación

registrada aportada deberá incluir la vinculación a la obra e indivisibilidad. Nota- Deberá guardar los correspondientes retranqueos a linde establecidos en la licencia de acuerdo al proyecto, no siendo necesaria la Tira de Cuerdas para el inicio de las obras.

Considerando el informe técnico favorable emitido por el Arquitecto Municipal, en

fecha 20 de junio de 2018 Se propone a la Junta de Gobierno Local: PRIMERO. Conceder la licencia de obra mayor según expediente 76/2016, a favor

de J.R.V., condicionada a la presentación de la documentación pendiente de aportar, en su caso, que se detalla en el informe técnico.

SEGUNDO. Efectuar la notificación correspondiente a los interesados con los

contenidos legales de las licencias de obra.” Queda aprobada por unanimidad. 6.5.3. Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice

literalmente: “Expediente Obra Mayor 48/2018 INTERESADO Nombre: URTEIM SL. Dirección: CARRER General Álava, Nº 20 01005, Vitoria (Vitoria). PROPIEDAD Propiedad: CARRER PAGRE, Nº 7. Núcleo: Casco Urbano Obra: Proyecto de derribo de una vivienda

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 30 de 39

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Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

LIQUIDACIÓN

Importe Cobrado Pendiente I.C.I.O. 194.04€ 194.04€ 0.00 € TASA 125.55€ 125.55€ 0.00 € Fianza de reposición 2500€ 0.00€ ANTECEDENTES 25/05/2018 3489 Solicitud licencia de obras 7/06/2018 Desfavorable Andrés Laporta De cara al inicio de las obras deberá

designar Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución. Deberá pagar 2250.00€ en concepto de Fianza de reposición. Deberá pagar 194.04€ en concepto de I.C.I.O. Deberá pagar 125.55€ en concepto de TASA.

20/06/2018 Desfavorable Andrés Laporta De cara al inicio de las obras deberá

designar Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución Deberá pagar 2250.00€ en concepto de Fianza de reposición Deberá pagar 55.87€ en concepto de I.C.I.O

22/06/2018 Favorable Andrés Laporta - Considerando el informe técnico favorable emitido por el arquitecto municipal en

fecha 22 de Junio de 2018. Se propone a la Junta de Gobierno: PRIMERO.-Conceder la licencia de obra mayor según expediente 48/2018 a favor

de URTEIM SL.., condicionada a la presentación de la documentación pendiente de aportar, en su caso, que se detalla en el informe técnico.

SEGUNDO.-Efectuar la notificación correspondiente a los interesados con los

contenidos legales de las licencias de obra.” Queda aprobada por unanimidad. 6.6. Licencias obra menor. Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, que dice literalmente: “Considerando los antecedentes e informes técnicos en sentido favorable emitidos

por el Arquitecto Técnico Municipal Juan Antonio Rubio, según la siguiente relación, -Exp. 325 D/Dª. O.V.H. en C/ Miramar nº53. -Exp. 42 D/Dª. A.M.G. en Av. Del Copet nº3 Pta 53. -Exp. 136 D/Dª. F.L.V. en C/ Serra L´Aixortá nº28. -Exp. 172 D/Dª. S.N. en C/ Oroval nº16.

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 31 de 39

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Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

-Exp. 207 Com. Prop. Edf. Edimar I en C/ Codolla nº5. -Exp. 246 D/Dª. J.A.P.G. en C/ Oroneta nº28. -Exp. 248 D/Dª. J.A.M.L. en C/ Mar Adriatic nº49. -Exp. 259 D/Dª. J.C.Z.B. en C/ Serra Cortina nº49. -Exp. 278 D/Dª. N.A.P. en C/ Llampuga nº14. -Exp. 279 D/Dª. P.E.G. en C/ Estambul nº22. -Exp. 283 Suaiper Reformas y Construcciones en C/ Llosa nº35. -Exp. 290 D/Dª. J.L.H.B. en C/ Nemesio Antúnez nº9. -Exp. 311 D/Dª. M.J.F.C. en Av. Carretera nº4. -Exp. 317 D/Dª. C.A.O. en C/ Cuba nº7. -Exp. 320 D/Dª. D.A.L. en C/ Mar Roig nº31. -Exp. 321 D/Dª. M.G.B. en C/ Xarquia nº10. -Exp. 322 D/Dª. G.E.A. en C/ Mar Adriatic nº16. -Exp. 326 D/Dª. J.M.C.R. en C/ Serra del Maigmo nº11. -Exp. 329 D/Dª. R.C.. en C/ Aladroc nº3 Pta 2. -Exp. 332 Com. Prop. Urb. Los Hibiscus en Ctra. Benidorm-La Nucía s/nº. -Exp. 336 D/Dª. J.LL.M. en C/ Budapest nº44. -Exp. 337 D/Dª. G.B. en Av. Acacies nº29 Pta B. -Exp. 338 D/Dª. E.M.G.D.L.V. en C/ Barbados nº18. -Exp. 342 D/Dª. G.F. en C/ Mar de Liguria nº14. -Exp. 344 D/Dª. E.M.P. en C/ Penya Rojanº14. -Exp. 346 D/Dª. A.A.P. en Av. Del Pí nº21 Pta C. -Exp. 363 D/Dª. J.A.Ll. en C/ Enmig nº13. -Exp. 333 D/Dª. V.F.C.C. en Av. Iglesia nº23. -Exp. 310 D/Dª. Y.D.R.F.F. en Av.L´Ermita nº69 Bajo E. Se propone a la Junta de Gobierno Local: PRIMERO. -Conceder las licencias de obra menor según la relación expuesta. SEGUNDO. -Efectuar la notificación de manera individualizada a cada interesado

con expresión de los condicionantes, así como los relativos a la presentación de la documentación pendiente de aportar, en su caso, que se detalla en el informe técnico, con expresión de los contenidos legales de las licencias de obra.”

Queda aprobada por unanimidad. 6.7. Devolución –Urbanismo. Vista la propuesta de D. Miguel Ángel Ivorra Devesa, Concejal de Urbanismo, que

dice literalmente: “Vista la solicitud con Registro de Entradas 2463/2018, del 25 de Abril 2018, de Dª.

M.D.C.P., con NIE: XXX, en la que solicita la devolución de la fianza de reposición correspondiente a la licencia de Obra Mayor 16/2016.

Visto el Informe facilitado por Juan Antonio Rubio Molina, como Arquitecto Técnico

Municipal, que dice literalmente:

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 32 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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“Juan Antonio Rubio Molina, Arquitecto Técnico Municipal, en relación con la solicitud con nº de registro 2463/2018 y fecha 25/04/2018, por parte de Dña. M.D.C.P., con N.I.E. XXX, actuando en su propio nombre, con domicilio en XXX, para la devolución de la Fianza de Reposición referente al expediente de Obra Mayor 16/2016,

INFORMA Realizada inspección in situ por los servicios técnicos municipales a las obras

efectuadas, sitas en Calle El Salvador nº 16 de este término, se observa que han finalizado y no se han producido afecciones en la vía pública como consecuencia de las mismas.

Es por ello que, habiendo transcurrido el plazo prescrito, se cumplen las

condiciones preceptivas, por lo que PROCEDE la devolución de la Fianza de Reposición.” Visto el informe nº 173/2018, emitido por el departamento de Tesorería sobre la

existencia del depósito de la fianza, que dice literalmente: “Asunto: Devolución de Fianzas, a requerimiento del Departamento de Urbanismo. En fecha 25/04/2018 y con Registro de Entrada núm. 2463, D./Dª. M.D.C.P. con

N.I.E. XXX, solicita de la Corporación Municipal la DEVOLUCION de la fianza depositada con nº de exp: 16M/2016 de lic de obra mayor, al presentar la documentación requerida.

Que consultados los libros contables de la Intervención/Tesorería de este

Ayuntamiento existe, a fecha de hoy, fianza reposición depositada por Dª M.D.C.P. con N.I.E. XXX por importe de 300,00 € contabilizado en operación no Presupuestaria nº 320160000939 concepto 20080 (fianzas a corto plazo ejecución de obras particulares), correspondiente al expte. 16M/2016 de lic. obras.”

Elevo a la Junta de Gobierno Local, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO: Aprobar y proceder a la devolución de la Fianza de Reposición del

expte. 16/2016 de lic. Obras, por importe de 300,00 €, a Dª. M.D.C.P., con NIE XXX SEGUNDO: Notificar al interesado el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno

Local, debiendo presentar Ficha de Terceros, a nombre del interesado y debidamente cumplimentada, en el departamento de Intervención/Tesorería.

TERCERO: Comunicar el acuerdo adoptado al departamento de

Intervención/Tesorería para sus efectos oportunos.” Queda aprobada por unanimidad. 6.8. Contratación. Habida cuenta la propuesta formulada, en fecha 22 de junio de 2018, por la Mesa

de Contratación nombrada para el expediente de licitación del Servicio de prevención y control integrado de Plagas, de desestimación de la reclamación formulada por la mercantil

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 33 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

FIRMADO04/07/2018 09:47

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Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

LOKIMICA, S.A., contra la puntuación otorgada por la referida Mesa de Contratación, en base a las siguientes justificaciones:

«En cuanto a la alegación de que en el apartado de tiempo y sistema de respuesta

ante avisos se le valora en cinco puntos, mientras que a CTL se le valora en 7, LOKIMICA, S.A., no está de acuerdo en dicha valoración. El técnico informante dice que “Compañía Tratamientos Levante, S.L. presenta mejor tratamiento de la información en el sistema de avisos (informatización del sistema) y mejor tiempo de respuesta.”. LOKIMICA, S.A., dice que dicha información debería figurar en el sobre 2, y por ello, en su oferta, “no se cita el apartado de tratamiento de la información en el sistema de avisos (informatización del sistema), dentro del sobre 1.

La mesa entiende que debe valorar, en primer lugar, los criterios que dependen de

un juicio de valor. Y una vez valorados éstos, debe valorar los de aplicación automática conforme a la información contenida en cada uno de los dos sobre. La Mesa no puede tener en cuenta el contenido del sobre 2 para valorar los criterios del sobre 1. Por ello procede desestimar la reclamación.

La segunda alegación consiste en que LOKIMICA, S.A., se muestra disconforme

con la valoración asignada en el apartado e) del sobre 2, Sistema de comunicación. LOKIMICA, S.A., en este apartado, se limita a declarar que “realizará las

comunicaciones con el Ayuntamiento de la Nucia por un procedimiento consolidado de telefonía, correo electrónico y aplicaciones de red (web)”. Prácticamente se limita a reproducir el criterio de adjudicación de los pliegos, que dice:

“e) Sistema de comunicación. Máximo 10 puntos, según el siguiente detalle: - Procedimiento por telefonía, 2 puntos. - Procedimiento por correo electrónico, 4 puntos. - Procedimiento mediante aplicaciones de red (web), 6 puntos. - Procedimiento combinado con los tres anteriores, 10 puntos.” La mesa considera que no es suficiente con que el licitador declare que cumple el

requisito para ser valorado en este apartado, sino que es necesaria una mínima justificación del cumplimiento del mismo. Como mínimo los teléfonos y correos de contacto y una mínima explicación de la aplicación web que va a utilizarse.

Este mismo criterio de justificar la oferta (no sólo declararla) sigue el licitador en

otros apartados, como el de la letra f) “Medios técnicos”. En este caso el licitador no se limita a decir que asigna un vehículo ranger, dos furgonetas, un atomizador, y termonebulizador y un dron de tratamiento, sino que los identifica perfectamente, con el permiso de circulación de los vehículos y con factura en el caso del atomizador, el termonebulizador y el dron.

Lo mismo sucede en el apartado de medios personales: “g) Medios personales.” El

licitador no se limita a declarar que asigna 9 personas al contrato, sino que las identifica y aporta sus titulaciones.»

Y vista la propuesta formulada por el concejal delegado de Sanidad, la Junta de

Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 34 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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PRIMERO. Desestimar la reclamación formulada por la mercantil LOKIMICA, S.A.,

contra la puntuación otorgada por la Mesa de Contratación a las proposiciones formuladas en el expediente de licitación del Servicio de prevención y control integrado de Plagas, en base a las justificaciones expresadas y, en consecuencia, ratificar el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 14 de junio de 2018, sobre clasificación de proposiciones presentadas, de conformidad con el siguiente orden decreciente:

1) CTL, S.L. 96,47 puntos 2) LOKIMICA, S.A. 85 puntos SEGUNDO. Notificar el presente acuerdo a las mercantiles licitadoras. 6.9. Personal. Vista la propuesta de la Concejal de Bienestar Social, que dice literalmente: “Vista el acta del tribunal constituido para la formación de una bolsa de trabajo para

hacer frente a las necesidades temporales, esporádicas o urgentes para el Servicio de Ayuda a Domicilio de 22 de junio de 2018, de conformidad con la misma, propongo a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO:

PRIMERO: Constituir bolsa de trabajo según el siguiente orden:

Orden Nombre 2.1.1º 2.1.2º 2.2 Entrevista Total

1

F.A., M.M.

1 (312) 5 (sólo se valora 4 por máximo)

0

2,5

7,75

2

S.A., D.

3 (917) 3,3 (sólo se valora 2 por máximo)

0

2,75

7,75

3 C.C., E.I.

0,6 (204)

3,9 (2357)

0

3

7,5

4 P.M., S.

0,9 (274)

3,3 (1989)

0

2,75

6,95

5 A.D.,J. 0 3,6 (2176) 0 3 6,6

6 S. P., I. 0 3,5 (2107) 0,25 2,5 6,25

7

B. B., E.

5 (Máximo)

0’2 (No se valora por máximo)

1

6

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 35 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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8

G. C., M. d. M.

1,3 (933)

0

0

2,75

4,05

9 D. D., A.

0,6 (189)

1,1 (668)

0

1,5

3,2

10 Á. M., E. M.

0

1,45 (878)

0

1,75

3,2

11 C. A., I.

0,4 (248)

0

0

2,75

3,15

12 C. T., N.

0

1,1 (676)

0,5

1,5

3,1

13 H. P., J.

0

0

0

2,75

2,75

14 S. V. B., M.S.

0

0

0

2,75

2,75

15 V. G., P.

0,9 (554)

0

0,5

1

2,4

16 P. M., M.

0

0

0

1,75

1,75

17 M. C.,R.

0

0

0

1,25

1,25

18 D.T.,M.E.

0,6 (185)

0,6 (389)

0

0

1,2

19

D.l.I.S.,C.

0,2 (77)

0

0,5

0

0,7

20 Z.,S. 0,55 (359) 0 0 0 0,55

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 36 de 39

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2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

21 A.A.,M.A.

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SEGUNDO: Publíquese el presente acuerdo en el tablón de anuncios del

ayuntamiento con indicación de recursos.” Queda aprobada por unanimidad. 6.10. Cultura. Vista la propuesta del Concejal delegado de Cultura, que dice literalmente: “Vista la solicitud presentada por Dña. V.B. con NIE/NIF XXX con fecha 21/06/2018

y con Registro de Entradas 4417/2018, para la utilización de Sala Auditori en el Auditori i Centre Cultural de la Mediterrània para celebración Gala Fin de Curso 2018.

Visto el informe favorable emitido por el departamento correspondiente en fecha

22/06/2018 sobre la utilización pretendida. Visto el informe de liquidación de la Intervención/Tesorería nº180/2018, en donde

se emite la siguiente PROPUESTA DE LIQUIDACIÓN:

Sujeto Pasivo (C.I.F. / N.I.F. / N.I.E.) V.B.S. – N.I.F. XXX

Concepto Tasa por utilización privativa de

Edificios e Instalaciones de Titularidad Municipal.

Instalación Auditori i Centre Cultural de la Mediterrània

Dependencia Auditori

Periodo de utilización 24 Junio 2018

€ / hora ó € / día 2 horas x 300,00 € / hora= 600,00€

Cuota Tributaria 600,00 €

Lo cual se eleva a la Junta de Gobierno Local a salvo mejor criterio fundada de

derecho. Propongo: PRIMERO. - Autorizar el uso de la Sala de Auditori durante el domingo 24 de junio

de 2018 en las horas solicitadas. SEGUNDO. – Aprobar la liquidación por importe TOTAL de 600 €. El pago deberá

realizarse en la cuenta bancaria de la entidad BANCO SABADELL: IBAN ES94 0081 1067 2000 0101 4610.

TERCERO. - Comunicar al departamento de Intervención/Tesorería para sus

efectos oportunos.”

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 37 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

FIRMADO04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Queda aprobada por unanimidad. 6.11. Urbanismo. 6.11.1. Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo que dice

literalmente: “Órgano proponente del contrato: DEPARTAMENTO DE URBANISMO Importe (IVA excluido): 38.843,00 €. Tipo IVA (%): 21% Importe total (IVA incluido): 47.000,03 €. Aplicación presupuestaria: Considerando el expediente de tramitado para la ejecución subsidiaria de las obras

de reparación de la iglesia La Purísima Concepción de La Nucía, Considerando que se trata de contratación menor ya que la contratación proyectada

pretende satisfacer la necesidad de realización de obras de reparación en la Iglesia Parroquial de La Nucía

Considerando que la contratación que se pretende no altera el objeto del contrato

para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, ni el contratista propuesto ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superan el importe de 40.000€.

En uso de las facultades que el artículo 61 de la Ley de Contratos del Sector

Público, atribuye al órgano de contratación, conforme a la Disposición Adicional Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público y 73 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,

Se propone a la Junta de Gobierno Local, como órgano de contratación, PRIMERO. - La aprobación del expediente relativo a la contratación de obras por

ejecución subsidiaria necesarias para la reparación de la Iglesia de La Nucía por importe de 38.843,00 €

+ IVA (47.000,03 €), mediante contrato menor, al ser su valor estimado inferior a 40.000 euros y considerar este procedimiento, dada la naturaleza de las obras a realizar, más adecuado que la utilización de cualesquiera otros de los previstos en el vigente en la Ley de Contratos del Sector Público.

SEGUNDO. – Contratar la obra de reparación de fachada de la Iglesia La Purísima

Concepción a la mercantil Revestimientos Mediterráneo por cuantía 38.843 euros + IVA, con cargo a la aplicación presupuestaria TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS 151/22706 del vigente presupuesto.”

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 38 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

FIRMADO04/07/2018 09:47

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES

ESTADOFIRMASOTROS DATOS

AJUNTAMENT DE LA NUCIA

Acta Junta de Gobierno Local

AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Secretaría General.

Plaça Major, 1 03530 La Nucía (Alicante) C.I.F. P-0309400-J C/ Barbados, 1 (Extensión Administrativa)

Teléfono: 965 87 07 00 Fax 965 87 08 40 Teléfono: 966875410 Fax 966873399 E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

Queda aprobada por unanimidad. 6.11.2. Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo que dice

literalmente: “Órgano proponente del contrato: DEPARTAMENTO DE URBANISMO Importe (IVA excluido): 2.950,00 €. Tipo IVA (%): 21% Importe total (IVA incluido): 3.569,50 €. Considerando el expediente de tramitado para la ejecución subsidiaria de las obras

de reparación de la iglesia La Purísima Concepción de La Nucía. Considerando que se trata de contratación menor ya que la contratación proyectada

pretende satisfacer la necesidad de realización de proyecto técnico para las obras de reparación en la Iglesia Parroquial de La Nucía

Considerando que la contratación que se pretende no altera el objeto del contrato

para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, ni el contratista propuesto ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superan el importe de 15.000€.

En uso de las facultades que el artículo 61 de la Ley de Contratos del Sector

Público, atribuye al órgano de contratación, conforme a la Disposición Adicional Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público y 73 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,

Se propone a la Junta de Gobierno Local, como órgano de contratación, PRIMERO. - La aprobación del expediente relativo a la contratación por ejecución

subsidiaria para la ejecución del proyecto necesario para la reparación de la fachada de la iglesia La Purísima Concepción por importe de 2.950,00 €, mediante contrato menor, al ser su valor estimado inferior a 15.000 euros y considerar este procedimiento, dada la naturaleza de las obras a realizar, más adecuado que la utilización de cualesquiera otros de los previstos en el vigente en la Ley de Contratos del Sector Público.

SEGUNDO. – Contratar la redacción de proyecto a la mercantil Marcet arquitecto

técnico S.L. para la reparación de fachada de la Iglesia La Purísima Concepción por cuantía 2.950 euros + IVA (3.569,50 €), con cargo a la aplicación presupuestaria TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS 151/22706 del vigente presupuesto.”

Queda aprobada por unanimidad. Y sin más asuntos que tratar siendo las 15.00 h., por la Presidencia se levantó la

Sesión, de todo lo cual, como Secretario, CERTIFICO

Acta: acta JGL 22-06-2018 - SDCP

Código para validación: Y0ZKF-CULNZ-61624Fecha de emisión: 4 de julio de 2018 a las 12:28:11Página 39 de 39

El documento ha sido firmado por :1.- Secretario de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 08:23

2.- Alcalde de AJUNTAMENT DE LA NUCIA.Firmado 04/07/2018 09:47

FIRMADO04/07/2018 09:47

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