ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA EL SALVADOR, C.A....
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ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A. SECRETARÍA
Referencia: SE-261115 Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 568
568) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que con fecha 20 de noviembre del presente año, se procede al desalojo de los puestos que obstaculizaban las aceras aledañas del
Mercado Central, habiendo reubicado a los vendedores de CD al
interior de dicho mercado central. II - Que un grupo de personas supuestamente de los puestos desalojados,
efectuaron acciones desestabilizadoras para el comercio regular del
centro de la ciudad, ocasionando desordenes, toma de calles y de vías de acceso e ingreso a la ciudad, y hacia el resto de las zonas
Central, Paracentral y Oriental. III- Que a las doce horas del día 25 de noviembre del presente año, se
realizó una reunión con los representantes de los vendedores
informales, part icipando también el Secretario de la Junta Directiva del Sindicato de los Trabajadores Independientes y del Comercio de
Santa Tecla, estando presentes representantes de la Procuraduría
para la Defensa de los Derechos Humanos. IV- Que en la reunión se acordó someter al Concejo Municipal, las
peticiones de los vendedores de permanecer hasta el mes de diciembre del presente año, con dichas ventas, por parte de los
vendedores se comprometieron a suspender toda acción de protesta
y no retomar sus puestos de venta entre otros. V- Que el mismo día 25 de noviembre del corriente año, en horas de la
tarde y este día se ubicaron en los mismos lugares desalojados. VI- Que muchas de las personas que realizan las protestas no son
vendedores desalojados y mucho menos residentes de Santa Tecla.
Por lo tanto, ACUERDA:
1. Mantener el proceso de ordenamiento en la ciudad, no permitiendo el
retorno a los lugares recuperados por la municipalidad el viernes 20
de los corrientes. 2. Autorizar a la Comisión de Diálogo Municipal, para que presente a los
solicitantes las distintas alternativas que acuerda este Honorable Concejo, para las venta informales durante la temporada navideña
exclusivamente, de acuerdo al giro de sus negocios, consistiendo en
las siguientes: a) Para las ventas navideñas el ofrecimiento de 60 puestos, en el
parqueo del mercado central, ubicado al costado Nor poniente del Mercado Central, frente al Parque Daniel Hernández.
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b) Se alquilará para la temporada un inmueble ubicado en 2ª
avenida norte, para no menos de 200 puestos de ventas que su giro no sea de alimentos o insumos alimenticios.
c) Como compensación por las tasas no pagadas en años anteriores y ante la imposibilidad de contar con un registro de lo no pagado
al municipio por el uso de los espacios públicos para la venta, en
el Municipio de Santa Tecla, se les cobrará únicamente US$100.00, en concepto de tributos no enterados, y US$30.00 para la
temporada navideña; dinero que servirá para el alquiler del local mencionado en el literal anterior, y para la creación de la
condiciones mínimas necesarias para el ejercicio de la actividad
económica. Para poder ser considerado entre los vendedores a autorizar, cada uno de los interesados deberá pagar a la
municipalidad estas cantidades.
d) Para vendedores de mínimos recursos económicos que venden en canastos, se les incluirá en el programa de mercados móviles que
esta municipalidad iniciará de inmediato; el cual en un inicio no tendrán costo, posteriormente y en la medida del funcionamiento
de este programa se evaluarán las necesidades de cobros.
Para acogerse a cualquiera de las alternativas antes planteadas, deberán cumplir con los requisitos siguientes:
Documento Único de Identidad
Su dirección de residencia Solvencia de la Policía Nacional Civil
Constancia de antecedentes penales Estar debidamente carnetizado por la Municipalidad
Declaración jurada aceptando las condiciones establecidas en el
presente acuerdo y someterse a las disposiciones y acuerdos de convivencia y demás aplicables a su actividad económica.
Pago de lo prescrito en el literal c). 3. Autorizar al Señor Alcalde Municipal, para que firme todos los
contratos de arrendamiento que fueren necesarios.
4. Autorizar al Departamento de Presupuesto, para que cree las condiciones presupuestarias.
5. Autorizar al Tesorero Municipal, para que erogue las cantidades correspondientes.“””””Comuníquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍ CTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
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ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO SECRETARIO MUNICIPAL
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ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A. SECRETARÍA
Referencia: SE-261115 Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 569
569) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que mediante acuerdo municipal número 497 tomado en la sesión extraordinaria celebrada el 27 de octubre de 2015, se dio por recibida
la propuesta de la Ordenanza del Cuerpo de Agentes Municipales de
Santa Tecla. II- Que en cumplimiento a lo establecido en el art ículo 25 del
Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública, fue
enviada a la Unidad de Acceso a la Información Pública y Transparencia, para la incorporación en el portal de transparencia del
sit io inst itucional de internet de esta Municipalidad. III- Que la Unidad de Acceso a la Información Pública, con fecha 26 de
noviembre de 2015, informó que ya se cumplió con el t iempo
establecido en el art ículo antes mencionado, y que a la fecha no se ha recibido ninguna observación, comentario u opinión de la
propuesta de la reforma a la Ordenanza, por parte de la ciudadanía;
manda a publicar para su vigencia la Ordenanza del Cuerpo de Agentes Municipales de Santa Tecla, siguiente:
El Concejo Municipal, ACUERDA: Aprobar el siguiente DECRETO NÚMERO
CINCO: El Concejo Municipal de Santa Tecla, CONSIDERANDO:
I- Que la Const itución de la República en su art ículo 204 ordinal 5°, otorga a los municipios la facultad de decretar sus propias ordenanzas
y reglamentos locales, principio que se encuentra desarrollado en los art ículos 3 y 32 del Código Municipal.
II- Que el Código Municipal en su art ículo 4, numeral 21, establece la
prestación del servicio de Policía Municipal como competencia de los municipios y en su art ículo 48, numeral 8, confiere al Alcalde Municipal
su organización y dirección.
III- Que a raíz de la firma de los Acuerdos de Paz firmados en 1992 y a la Const itución de la República de 1983, que a consecuencia se le
reconoció como inst itución única encargada de la seguridad pública del Estado a la Policía Nacional Civil; y siendo que el Código
Municipal en su Art. 4 numeral 21, establece como una de las
competencias del municipio, la prestación del servicio de Policía Municipal; no obstante a ello, dicho término no concuerda con el
contexto actual, por lo que deberá reconocérsele a la Policía Municipal con el nombre de Cuerpo de Agentes Municipales.
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IV- Que mediante Decreto Municipal número Uno, de fecha veint isiete de
junio de dos mil once, publicado en el Diario Oficial número 134, Tomo 392, del dieciocho de julio de dos mil once, se emit ió la Ordenanza del
Cuerpo de Agentes Municipales Comunitarios de Santa Tecla, denominándose a la Policía Municipal, Cuerpo de Agentes
Municipales Comunitarios -CAMCO-, misma que a raíz de las
t ransformaciones y desarrollo del municipio exige cambios sustantivos en la organización y esquemas operativos, para potenciar la polít ica
de acercamiento a las comunidades e incidir en la solución de los problemas.
V- Que es necesario establecer a través de una normativa la
denominación, objet ivo y naturaleza, facultades y funciones que competen al Cuerpo de Agentes Municipales de Santa Tecla, de
acuerdo a los cambios y transformaciones que el desarrollo del
municipio exige. Por lo tanto, DECRETA:
LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DEL CUERPO DE AGENTES MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SANTA TECLA.
CAPITULO I.
DENOMINACIÓN, OBJETO Y NATURALEZA Art. 1- Crease el Cuerpo de Agentes Municipales de Santa Tecla, que
podrá abreviarse CAMST en sust itución al anterior Cuerpo de Agentes
Municipales Comunitarios-CAMCO-, como una inst itución jerarquizada, disciplinada, profesional y de servicio del municipio, dependiendo
directamente del Alcalde. Art. 2- El objeto del CAMST, es contribuir a hacer de Santa Tecla un
Municipio donde la ciudadanía pueda vivir en el libre ejercicio de sus
derechos, en un ambiente de paz, armonía y seguridad. Art. 3- El CAMST ejercerá sus funciones dentro de los límites territoriales del
Municipio, teniendo a su cargo las funciones tanto en lo urbano, como en lo rural, organizándose de manera tal que pueda garantizar la seguridad y
bienes de la ciudadanía, así como también, el Patrimonio Municipal.
Además, tendrá dentro de sus funciones, la atención de la ciudadanía en casos de emergencia o calamidad pública.
Art. 4- El CAMST es un Cuerpo de naturaleza civil, moderna, profesional,
t ransparente, accesible y respetuosa de los derechos humanos, de la niñez, y de la equidad de género, comprometido con la ciudadanía
tecleña. Art. 5- El CAMST actuará de conformidad a la doctrina policial en atención
al servicio ciudadano, garantizando el cumplimiento de la normativa
municipal y demás leyes afines, incidiendo en la resolución de los problemas de la comunidad. Asimismo, part icipará en la prevención social
de la violencia, acompañando diversos programas preventivos, promoviendo la armonía social, la convivencia, la tranquilidad y seguridad
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ciudadana, tal como se establece en las polít icas municipales;
consolidando la confianza y credibilidad en la Administración Municipal.
CAPITULO II. DE LA ORGANIZACIÓN Art. 6- El Director del CAMST, es la autoridad delegada por el Alcalde Municipal para la coordinación general, administrat iva y operativa del
mismo, siendo asist ido por los Subdirectores que de acuerdo a la
necesidad del servicio se requieran, previa aprobación del Consejo Municipal a iniciat iva del Alcalde Municipal.
Para la conducción del CAMST, el Director podrá proponer al Alcalde Municipal crear dentro del Cuerpo de Agentes las subdirecciones y
unidades internas que se considere necesarias para el desarrollo efectivo
de sus funciones. Art. 7- La estructura y organización del CAMST es jerárquica, teniendo
como máxima autoridad al Alcalde Municipal, quien organiza y dirige. Los
grados serán adquiridos en una forma rigurosa de acuerdo al escalafón correspondiente, según se detalla: a) Alcalde b) Director General, c)
Subdirectores, d) Delegado CAMST, e) Comandante, f) Subcomandante, g) Inspector Jefe, h) Inspector, i) Subinspector j) Agente de 1° Categoría, k)
Agente de 2° Categoría y l) Agente de 3° Categoría.
Art. 8- El CAMST desarrollará una polít ica de descentralización de su servicio, con el propósito de acercamiento a la ciudadanía, para lo cual
contará con delegaciones instaladas en diferentes sectores o distritos del
municipio, según se establece en el Manual de Organización y Funciones, desplegando Unidades Especializadas tales como: Unidad Municipal de
Bomberos, Unidad Municipal Rural, Unidad Municipal de Turismo, Unidad Municipal de Tránsito, Unidad Municipal de PPI, Unidad Municipal Canina,
Unidad Municipal de Reacción, Unidad Municipal de Inspecciones y
Unidad Municipal Patrimonial, entre otras, en busca de fortalecer el t rabajo comunitario, potenciando así la part icipación activa de la comunidad en
la identificación, priorización, prevención y resolución de problemas que le afecten, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
Art. 9- La capacitación y desarrollo profesional const ituirá un esfuerzo
continuo, sistemático, permanente; desarrollando míst ica, compromiso, servicio, y respeto tanto a la legalidad como al ciudadano.
CAPITULO III. RESPONSABILIDADES Art. 10- Son responsabilidades del Cuerpo de Agentes Municipales de Santa Tecla, las siguientes:
1) Cumplir y hacer cumplir las leyes, ordenanzas, reglamentos, decretos y acuerdos del Concejo Municipal para mejorar la convivencia, el
orden y seguridad ciudadana, con el fin de fortalecer el ejercicio de
la gobernabilidad local, de conformidad a las competencias del Municipio. Actuando con neutralidad polít ica y sin discriminación de
edad, sexo, raza, credo, condición social o nacionalidad.
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2) Resguardar el Patrimonio Municipal: edificios municipales, oficinas,
mercados, cementerios, anfiteatros, parques, zonas verdes, centros de recreación, museos, estadio, gimnasio y otros bienes que se
determinen. 3) Colaborar con la organización social o comunal con el propósito de
crear condiciones de part icipación y/o convivencia ciudadana.
4) Brindar la prestación de seguridad preventiva a la ciudadanía en: espectáculos, manifestaciones públicas y otros eventos donde
hubiese aglomeraciones de personas que pongan en riesgo a los habitantes del Municipio. De igual manera se atenderá, cuando sea a
solicitud, de conformidad a la ley.
5) Prestar auxilió a la ciudadanía en coordinación con las diferentes inst ituciones de servicio a la comunidad, sean estas Gubernamentales
o no, en casos fortuitos, de fuerza mayor o de calamidad pública;
brindando atención durante y después de los acontecimientos. 6) Coadyuvar al esfuerzo de mantener los espacios públicos libres de
obstáculos para el t ránsito vehicular y peatonal, de conformidad con lo establecido en las ordenanzas municipales; ordenar los espacios de
comercio informal y colaborar de manera coordinada con las
instancias correspondientes en el ordenamiento, la seguridad y la prevención vial.
7) Mantener una comunicación y coordinación permanente con la
Policía Nacional Civil, inst ituciones civiles y militares, para la elaboración y ejecución de planes de convivencia y seguridad
ciudadana para la prevención de la violencia y la delincuencia. 8) Desarrollar un trabajo de prevención de la violencia, a fin de reducir
los índices delincuenciales.
9) Analizar y evaluar información de datos disponibles sobre incidencias delict ivas, de violencia y acciones que contraríen la Normativa
Municipal, con el propósito de elaborar propuestas para la toma correcta de decisiones en materia de convivencia y seguridad
ciudadana.
10) Efectuar las actividades operativas necesarias para el cumplimiento de la normativa municipal y prevenir hechos delict ivos.
11) Brindar apoyo operativo a diferentes Direcciones o Unidades de la
Municipalidad, cuyas funciones sean el cumplimiento de las ordenanzas municipales y leyes relacionadas en el quehacer
económico del municipio. 12) Realizar actividades relacionadas a inspección, fiscalización y
operativos específicos, a consecuencia del cometimiento de
contravenciones administrat ivas y tributarias de parte de establecimientos comerciales, industriales, de servicio, de
entretenimiento ciudadano o cualquier otro.
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13) Cuando elementos del CAMST hayan part icipado en la captura en
flagrancia de una persona por la comisión de un hecho delict ivo, deberán entregarlo inmediatamente a la autoridad correspondiente,
de acuerdo al Art.323 del Código Procesal Penal, el cual dice: “La Policía aprehenderá a quien sorprenda en flagrante delito. En el
mismo caso, cualquier persona estará autorizada a practicar la
aprehensión y a impedir que el delito produzca consecuencias ulteriores e inmediatamente se entregará al aprehendido a la Policía
Nacional Civil, para el inicio de la invest igación correspondiente”. 14) Cumplir con apego a la ley las órdenes e instrucciones que emita el
Alcalde Municipal, así como las demás atribuciones que de acuerdo
a sus facultades le fueren señaladas en leyes, ordenanzas, reglamentos y acuerdos.
CAPITULO IV. DISPOSICIONES GENERALES. Art. 11- El Director del CAMST presentará anualmente al Alcalde Municipal, para su aprobación, el Plan Operativo Anual-POA- con su respectivo
presupuesto, el cual estará enmarcado en el Plan Estratégico Inst itucional-PEI- de la Municipalidad y posteriormente se someterá al Concejo
Municipal.
Art. 12- Por las funciones especiales que desempeña el personal del CAMST, este cuenta con su propio Reglamento Interno para el desarrollo
disciplinario y régimen de disponibilidad; así como los derechos,
obligaciones, deberes y est ímulos del personal del CAMST. Art. 13- La organización y funciones de cada una de las responsabilidades
del puesto o categoría de los elementos del CAMST, estará descrito en el Manual de Organización y Funciones de la Alcaldía Municipal de Santa
Tecla y en la normativa interna.
Art. 14- Para el buen desempeño de las funciones establecidas en la presente Ordenanza, el Director del CAMST deberá velar para que el
personal cuente con el equipo e instrumentos que sean necesarios para el desarrollo de su trabajo.
Art. 15- Lo no previsto en la presente Ordenanza, estará regulado en las
Leyes de la República, en el Código Municipal, ordenanzas y Reglamento Interno en lo que fuere aplicable.
Art. 16- Deróguese en todas sus partes la Ordenanza del Cuerpo de
Agentes Municipales Comunitarios de Santa Tecla -CAMCO-, aprobada mediante Decreto Municipal número uno, publicado en el Diario Oficial
número 134, Tomo 392, de fecha 18 de julio de dos mil once. Art.17- Toda normativa vigente que al momento de entrar en vigencia la
presente ordenanza haga referencia al Cuerpo de Agentes Municipales
(CAMCO) o Policía Municipal, deberá entenderse que se hace referencia al ahora Cuerpo de Agentes Municipales de Santa Tecla (CAMST).
Asimismo, todo el personal que integra el CAMCO pasa a conformar el
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CAMST, debiéndose adoptar todas las acciones administrat ivas y legales
pert inentes para no afectar al personal.
CAPITULO V. VIGENCIA Art. 18- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.“””””Comuníquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO
SECRETARIO MUNICIPAL
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ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A.
SECRETARÍA Referencia: SE-261115
Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 570
570) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que el Director General, somete a consideración autorización de
compra de 6 tóner HP 80A. II- Que por desabastecimiento en proveeduría municipal, no se cuenta
con el tóner antes mencionado, siendo necesario comprar para las
impresiones de recibos que se elaboran en el Área de Colecturía, durante lo que resta del presente año.
III- Que los fondos que se necesitan autorizar para la compra de 6 tóner HP 80A, ascienden a US$630.00 los cuales serán tomados de la línea
presupuestaria 01010218 de la Tesorería Municipal, objeto especifico
54115. Por lo tanto, ACUERDA:
1. Autorizar la compra por medio de anticipo de fondos, por la cantidad
de hasta SEISCIENTOS TREINTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$630.00), en concepto de compra de 6 tóner
HP 80A, que serán utilizados en el Área de Colecturía/Tesorería, para la impresión de los recibos ISAM, durante lo que resta del año 2015,
tomando los fondos de la línea presupuestaria 01010218 de la
Tesorería Municipal, objeto especifico 54115. 2. Autorizar al Tesorero Municipal, para que realice las erogaciones
correspondientes, emitiendo cheque a nombre de Maritza del Carmen Menjivar de Mejía, Encargada de Anticipo de Fondos.“””””Comuníquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
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ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA EL SALVADOR, C.A.
SECRETARÍA
Referencia: SE-261115
Período 2015-2018. Acuerdo Nº 571
571) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que el Director General, somete a consideración autorización de ingreso de fondos donados por el Banco Interamericano de Desarrollo
(BID) El Salvador.
II- Que según informe de la Tesorería Municipal, se ha recibido el ingreso de fondos por la cantidad de US$110,744.11, donados por parte del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) El Salvador, en concepto de Cooperación Técnica No Reembolsable.
III- Que el ingreso consta según recibo ISAM N° 602036/906680, bajo
concepto de 3er DESEMBOLSO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “GESTIÓN POR RESULTADOS EN SANTA TECLA” (BID/GPR/AMST) CUENTA
#5900583313.
Por lo tanto, ACUERDA: Autorizar el ingreso a las arcas municipales, por la
cantidad de CIENTO DIEZ MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO 11/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$110,744.11), en concepto de fondos donados por parte del Banco Interamericano de
Desarrollo (BID) El Salvador, como 3er DESEMBOLSO PARA LA EJECUCIÓN
DEL PROYECTO “GESTIÓN POR RESULTADOS EN SANTA TECLA” (BID/GPR/AMST) CUENTA #5900583313.“””””Comuníquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
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ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A. SECRETARÍA
Referencia: SE-261115 Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 572
572) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: I- Que la Directora de Recursos Humanos, somete a consideración pago
de grat ificación por renuncia voluntaria.
II- Que se ha tenido a la vista la solicitud de renuncia voluntaria del señor Francisco Eduardo Toche Flores, en documento privado autenticado,
a part ir del nueve de noviembre del año dos mil quince, al cargo de
Técnico de Formulación de Proyectos del Departamento de Cooperación y Relaciones Internacionales.
III- Que según la Ley de la Carrera Administrat iva Municipal, art ículo 53, penúlt imo inciso, es procedente otorgar la grat ificación, de acuerdo a
lo solicitado por el empleado y en el porcentaje que corresponde.
IV- Que en Decreto Legislat ivo N° 594 del 18 de diciembre del 2013, se reformó la Ley de la Carrera Administrat iva Municipal, incorporando el
Art. 53-E.- que establece “En aquellas municipalidades en las que, en
virtud de un reglamento interno de trabajo, un contrato colectivo de trabajo u otra disposición legal, exist iera una compensación
económica por renuncia voluntaria superior a la establecida en la presente ley, se estará a lo dispuesto en dichas fuentes de derecho.”
V- Que de acuerdo al art ículo 28 del Reglamento Interno, son derechos
de los empleados: Literal g) Recibir una grat ificación por ret iro voluntario todas y todos los empleados ya sea por nombramiento,
puesto de confianza o contrato, que oscilará entre un 70% a un máximo de un 100%, cuyo monto especifico será fijado por concejo
municipal.
Por lo tanto, ACUERDA:
1. Autorizar al Señor Tesorero Municipal, para que oportunamente
erogue la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO 85/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$448.85), que corresponde al 70% de la gratificación por renuncia voluntaria,
emitiendo cheque a nombre del Señor Francisco Eduardo Toche Flores, aplicando los descuentos que de conformidad a la Ley
corresponden.
2. Otorgar la gratificación por renuncia voluntaria, en una sola cuota, que será pagada a más tardar en el primer trimestre del año 2016,
prestación que está exenta del pago de Impuesto Sobre la Renta.””””””””Comuníquese.
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ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO
SECRETARIO MUNICIPAL
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ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A.
SECRETARÍA Referencia: SE-261115
Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 573
573) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que la Directora de Recursos
Humanos, somete a consideración autorización para el pago en concepto
del 30% de vacaciones anuales correspondiente al mes de noviembre de 2015.
Por lo tanto, ACUERDA: Autorizar al Tesorero Municipal, para que realice la
erogación de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO 02/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$535.02), en concepto del 30% de
vacaciones anuales correspondiente al mes de noviembre de 2015, según el detalle siguiente:
Nº Empleado Cargo Departamento Vacación
US$
1 Hipólito Lizama Ordenanza Área Técnica-
Admón. 69.97
2 Raúl Edmundo Lara Posada Riesgo COE 81.38
3 Alfredo Antonio Castillo Blanco Peón Colecturía (Espacios
Recreativos) 67.86
4 Roxana Liset Rivas de Gómez Agente 2ª Categoría Operaciones 49.13
5 Yeni Patricia Lara Ramírez Agente 2ª Categoría Operaciones 49.13
6 Pedro Elías Andasol Rodríguez Agente 2ª Categoría Patrimonio Especial 49.13
7 Douglas Alberto Turcios Payes Agente 2ª Categoría Patrimonio Especial 51.43
8 Rosa Elena López García Agente 2ª Categoría
Subdirección de Administración –
Admón.
49.13
9 Adalberto Hernández Carballo Mec. Obra Bco. Zonas Verdes 67.86
TOTALES 535.02
“”””””””””Comuníquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SI NDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
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FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO SECRETARIO MUNICIPAL
1
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA EL SALVADOR, C.A.
SECRETARÍA
Referencia: SE-261115
Período 2015-2018. Acuerdo Nº 574
574) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que la Directora de Recursos Humanos, somete a consideración autorización de pago en concepto de ayuda económica para
gastos funerarios.
II - Que se ha conocido solicitud de ayuda económica para gastos funerarios por el fallecimiento de la Señora María Gloria Valle, abuela
de la empleada Carolina Margarita Garay Valle, quien desempeña el cargo de Jefa de la Unidad de Registro del Estado Familiar.
III- Que el art ículo 28 literal “n” del Reglamento Interno de la
Municipalidad de Santa Tecla, establece la prestación económica por gastos funerarios por un valor de US$114.28, en caso del
fallecimiento de la madre, padre, hijos/as menores de 25 años,
cónyuge o compañero de vida del t rabajador/a, y para todos los demás parientes consanguíneos hasta cuarto grado por un valor de
US$80.00. Los empleados gozarán de este beneficio desde que éste nombrado en propiedad, debiendo en todo caso presentar
cert ificación de part ida de defunción original del familiar fallecido.
Por lo tanto, ACUERDA: Autorizar al Señor Tesorero Municipal, para que
erogue la cantidad de OCHENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA (US$80.00), en concepto de ayuda económica para gastos funerarios, emitiendo el cheque a nombre de Carolina Margarita Garay Valle.”””””Comuníquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
1
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A. SECRETARÍA
Referencia: SE-261115 Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 575
575) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que la Directora de Recursos Humanos, presenta solicitud de autorización de pago en concepto de ayuda económica para
gastos funerarios.
II- Que se ha conocido solicitud de ayuda económica para gastos funerarios por el fallecimiento de la Señora Concepción Henríquez,
madre del empleado Rafael Alfaro Henríquez, Motorista de la Unidad
de Desarrollo Territorial - Admón. III- Que el art ículo 28 literal “n” del Reglamento Interno de la
Municipalidad de Santa Tecla, establece que el monto que se asigna en concepto de prestación económica por fallecimiento de la
madre, padre, hijos/as menores de 25 años, cónyuge o compañero/a
de vida del t rabajador/a, corresponde a US$114.29. Por lo tanto, ACUERDA: Autorizar al Señor Tesorero Municipal, para que
erogue la cantidad de CIENTO CATORCE 29/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA (US$114.29), en concepto de ayuda económica para gastos funerarios, emitiendo el cheque a nombre de Rafael Alfaro Henríquez.”””””””Comuníquese. ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO
SECRETARIO MUNICIPAL
1
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A. SECRETARÍA
Referencia: SE-261115 Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 576
576) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que la Directora de Recursos Humanos, presenta solicitud de autorización de pago en concepto de ayuda económica para
gastos funerarios.
II- Que se ha conocido solicitud de ayuda económica para gastos funerarios por el fallecimiento de la Señora Francisca Mendoza,
madre del empleado Miguel Ángel Segura Mendoza, Jefe de la
Unidad de Cuentas Corrientes - Admón. III- Que el art ículo 28 literal “n” del Reglamento Interno de la
Municipalidad de Santa Tecla, establece que el monto que se asigna en concepto de prestación económica por fallecimiento de la
madre, padre, hijos/as menores de 25 años, cónyuge o compañero/a
de vida del t rabajador/a, corresponde a US$114.29. Por lo tanto, ACUERDA: Autorizar al Señor Tesorero Municipal, para que
erogue la cantidad de CIENTO CATORCE 29/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA (US$114.29), en concepto de ayuda económica para gastos funerarios, emitiendo el cheque a nombre de Miguel Ángel Segura Mendoza.”””””””Comuníquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO
SECRETARIO MUNICIPAL
1
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A. SECRETARÍA
Referencia: SE-261115 Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 577
577) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que la Directora de Recursos Humanos, somete a consideración autorización para agasajo navideño a los empleados de la
Municipalidad.
II- Que el presupuesto de la celebración navideña del año 2014, fue de US$41,095.00 más US$29,328.75 para la compra de tarjeta de regalo
(gift card) por US$25.00 cada una.
III- Que en el presupuesto del año 2015, se encuentra incorporado el valor de US$35,350.00 en el objeto específico 54101 Productos
alimenticios para personas, para realizar un agasajo navideño a los empleados de toda la municipalidad.
IV- Que en el presupuesto del año 2015, se encuentra incorporado el
valor de US$30,810.00 en el objeto específico 51107 Beneficios adicionales, para la compra de una tarjeta de regalo de
supermercado (gift card), por un valor de US$25.00 cada una, para
todos los empleados de la municipalidad, como agasajo navideño. V- Que en el contrato con Calleja S.A. de C.V., está incluida la compra
de tarjeta de regalo de supermercado (gift card), por un valor de US$25.00 cada una, para todos los empleados de la municipalidad.
VI- Que en años anteriores se ha entregado una tarjeta de regalo de
supermercado (gift card) por US$25.00, y adicionalmente se ha agasajado al personal con fiestas navideñas con cenas, almuerzos en
las que se rifaban canastas navideñas, cuyo valor oscilaba entre US$10.00 y US$15.00. Al personal del CAMCO no se incluía en las fiestas
pero se le entregaba una canasta navideña a cada empleado, por la
naturaleza de su cargo. VII- Que no todo el personal asiste a las fiestas, ya sea por decisión
personal o requerimiento laboral; por lo que se presenta la propuesta
que para esta navidad, se entregue una tarjeta de regalo de supermercado (gift card) por US$25.00, para todo el personal de la
municipalidad, que se agasaje con una fiesta infantil a los hijos de los empleados de 0 años hasta los que cumplen 12 años en el t ranscurso
de diciembre de 2015; acompañados de sus padres y que al personal
del CAMCO, adicional a la tarjeta de regalo (gift card) se le entregue un presente hasta por un monto de US$15.00 cada uno.
2
VIII- Que el agasajo infantil incluirá para cada niño, 1 pizza personal, 2
jugos, 1 postre más un regalo sorpresa (juguete); y para cada adulto, 1 pizza personal, 1 soda y 1 postre.
IX- Que la fiesta infantil se realizará en el Parque La Bomba, el cual cuenta con piscinas con deslizaderos y adicionalmente se instalarán 3
inflables y se reventarán 10 piñatas, todo el evento amenizado por
payasos, Santa Claus y personajes de muñecos animados. X- Que la fiesta infantil se ha programado para el día sábado 5 de
diciembre del corriente, de 8:00 am a 12:00 m. Por lo tanto, ACUERDA:
1. Aprobar la entrega de una tarjeta de regalo de supermercado (gift
card), a cada empleado municipal por la cantidad de VEINTICINCO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$25.00),
como agasajo navideño.
2. Aprobar que se agasaje a los hijos de los empleados de 0 años hasta los que cumplen 12 años en el transcurso de diciembre de 2015, con
una celebración infantil, acompañados de sus padres, hasta por un monto de DIEZ MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$10,000.00).
3. Aprobar que se agasaje al personal del CAMCO, con la entrega de una tarjeta de regalo (gift card) valorada en VEINTICINCO 00/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$25.00), más un
presente de hasta por un monto de QUINCE 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$15.00).
4. Aprobar la reprogramación presupuestaria, para la celebración navideña de los hijos de los empleados y sus padres; y para la
entrega del presente para el personal del CAMCO, de acuerdo al
detalle siguiente:
FUENTE DISMINUIR O.E.
54101
MONTO
TOTAL US$ OE 54101
CANTIDAD A
REPROGRAMAR US$
OE AUMENTAR O.E.
F2
Productos
alimenticios para personas
4,000.00 54199 Bienes de uso y consumos diversos.
35,350.00 1,200.00 54316 Arrendamientos de bienes muebles.
6,000.00 51107 Beneficios Adicionales.
800.00 54399 Servicios generales de arrendamientos diversos.
150.00 54105 Productos de papel y cartón.
5. Autorizar a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, para que se modifique el contrato con la empresa CALLEJA S.A. DE
C.V., en el sentido de incrementarlo hasta por un monto de SEIS MIL
00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$6,000.00), para la compra del presente para el personal del CAMCO como
agasajo navideño, hasta por un monto de SEIS MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$6,000.00).
3
6. Autorizar que el manejo de los fondos para la celebración navideña
infantil, se realice a través de la encargada de Fondo Circulante y liquidaciones, Señora Maritza del Carmen Menjivar de Mejía, con
anticipo de fondos sujetos a liquidación con los comprobantes correspondientes, debido a que la mayoría de pago a los
proveedores debe ser en efectivo.
7. Autorizar al Señor Tesorero Municipal, para que de los fondos propios, realice las erogaciones correspondientes.””Comuníquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO
SECRETARIO MUNICIPAL
1
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A. SECRETARÍA
Referencia: SE-261115 Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 578
578) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: I- Que la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Inst itucional, somete
a consideración modificación de acuerdo municipal.
II- Que mediante acuerdo municipal número 393 tomado en sesión ordinaria celebrada el 23 de septiembre de 2015, se adjudicó el
proceso de compra SUMINISTRO DE EQUIPO PARA LA UNIDAD DE
COMUNICACIONES Y PRENSA DE LA MUNICIPALIDAD, a PRO CAMARA S.A. DE C.V., por el monto de US$8,290.00, debiendo entregar los
bienes en un plazo de 15 días hábiles, los cuales ya vencieron sin que se hubiera cumplido por su parte con la entrega.
III- Que el proveedor que resultó en segundo lugar por precio, está
dispuesto a honrar su oferta aun ya vencida según comunicación recibida en esta Unidad.
Por lo tanto, ACUERDA:
1. Revocar la adjudicación que mediante acuerdo municipal número 393 tomado en sesión ordinaria celebrada el 23 de septiembre de
2015, le fue aprobada a la sociedad PRO CAMARA, S.A. DE C.V., del proceso SUMINISTRO DE EQUIPO PARA LA UNIDAD DE
COMUNICACIONES Y PRENSA DE LA MUNICIPALIDAD, en vista del
incumplimiento por parte de dicho proveedor; y adjudicar a PROYECTOS DIGITALES, S.A. DE C.V., el proceso de compra SUMINISTRO
DE EQUIPO PARA LA UNIDAD DE COMUNICACIONES Y PRENSA DE LA MUNICIPALIDAD, por el monto de OCHO MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE 75/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$8,459.75). 2. Autorizar al Delegado para la firma de los Contratos u Órdenes de
Compra, generadas de la libre gestión, para la suscripción del
documento correspondiente. 3. Autorizar al Tesorero Municipal, para que realice las erogaciones
correspondientes. 4. Nombrar como administradora del contrato u orden de compra a
lsabel Audelia Melara de la Unidad de Comunicaciones y Prensa, o a
quien la sustituya en el cargo por cualquier circunstancia. 5. Ordenar el inicio del proceso sancionatorio correspondiente a la
sociedad PRO CAMARA, S.A. DE C.V.”””””””Comuníquese.
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ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO
SECRETARIO MUNICIPAL
1
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A. SECRETARÍA
Referencia: SE-261115 Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 579
579) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Inst itucional, somete a consideración modificación de acuerdo municipal.
II- Que mediante acuerdo municipal número 512 tomado en sesión
extraordinaria celebrada el 27 de octubre de 2015, fueron adjudicacdos los uniformes deport ivos, y en especial los
correspondientes a artes marciales, conforme a la recomendación de
la Jefatura de Deportes, a Anthony & Linnsue Arte Marcial, siendo lo correcto que debía adjudicarse al señor Efrain Elias Garcia Carrillo,
quien es el propietario de la empresa o nombre comercial. Por lo tanto, ACUERDA: Modificar el acuerdo municipal número 512 tomado
en sesión extraordinaria celebrada el 27 de octubre de 2015, en el sentido
que el nombre correcto del adjudicado es el señor Efraín Elías Garcia Carrillo.
Ratificar el resto del contenido del acuerdo, en lo que no ha sido modificado.”””””””Comuníquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO SECRETARIO MUNICIPAL
1
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA
EL SALVADOR, C.A. SECRETARÍA
Referencia: SE-261115 Período 2015-2018.
Acuerdo Nº 580
580) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que es necesario autorizar el pago de la compra de alimentos que fueron proporcionados en las
diversas sesiones del Concejo Municipal, para los Regidores del mismo,
Directores y personal de apoyo que han asist ido a cada una de la sesiones correspondientes al mes de noviembre del presente año.
Por lo tanto, ACUERDA: Autorizar al Señor Tesorero Municipal, para que
erogue la cantidad de NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$959.00), en concepto de pago
por la compra de alimentos para los Regidores del Concejo Municipal, Directores y personal de apoyo que asistió a cada una de la sesiones
realizadas por el Concejo Municipal, correspondientes al mes de
noviembre de 2015, emitiendo cheque a nombre de la Señora Karla Geraldine Andino Ruíz.”””””””””Comuniquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA TECLA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE: ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA, ALCALDE MUNICIPAL,
VERA DIAMANTINA MEJÍA DE BARRIENTOS, SINDICO MUNICIPAL; REGIDORES
PROPIETARIOS: RICARDO ANDRÉS MARTÍNEZ MORALES, MARÍA ISABEL MARINO DE
WESTERHAUSEN, VICTOR EDUARDO MENCÍA ALFARO, LEONOR ELENA LÓPEZ DE
CÓRDOVA, JAIME ROBERTO ZABLAH SIRI , YIM VÍCTOR ALABÍ MENDOZA, NERY
RAMÓN GRANADOS SANTOS, NEDDA REBECA VELASCO ZOMETA, ALFREDO
ERNESTO INTERIANO VALLE, MITZY ROMILIA ARIAS BURGOS, Y JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ
MARAVILLA; REGIDORES SUPLENTES: JOSÉ GUILLERMO MIRANDA GUTIÉRREZ, JOSÉ
FIDEL MELARA MORÁN, ISAIAS MATA NAVIDAD, Y LOURDES DE LOS ANGELES REYES
DE CAMPOS.
Y para ser not ificado.
ROMMEL VLADIMIR HUEZO
SECRETARIO MUNICIPAL