ALEXY SOBRE LA ESTRUCTURA DE LOS PRICIPIOS JURÍDICOS (JCSC)
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SOBRE LA ESTRUCTURA DE
LOS PRICIPIOS JURÍDICOS
Resumen de la lectura del mismo nombre de ROBERT ALEXY, preparado por el Prof. Julio César santa Cruz
AMAG-PROFA, Julio de 2014
1. La tesis de la optimización Teoría de los principios: Los principios
son normas que ordenan que algo se realice en la mayor medida posible, de acuerdo con las posibilidades fácticas y jurídicas (mandatos de optimización).El ámbito de las posibilidades jurídicas se
determina por los principios que juegan en sentido contrario
Las reglas son normas que pueden ser cumplidas o incumplidas (mandatos definitivos)
Distinción cualitativa.- Normas:Reglas, oPrincipios
2. La ley de la colisióna. Los conflictos entre reglas.- Solución
i. Cláusula de excepción (R1 prohibido salir; R2 salir en caso de incendio)
ii. Se declara la invalidez de una de ellas (lex posterior …, lex superior … etc.)
…. La ley de la colisiónb. Colisiones entre principios
Caso: capacidad para concurrir a juicio
Ley de colisión: las condiciones bajo las cuales un principio tiene prioridad frente a otros, constituyen el supuesto de hecho de una regla que expresa la consecuencia jurídica del principio que tiene prioridad
Regla: C (P1 precede a P2) -> R(P1)
… La ley de la colisión Entre los principios de un sistema no
existen relaciones absolutas de precedencia, sino sólo relaciones de precedencia condicionada.
Resolver un caso por medio de ponderación significa decidirlo por medio de una regla construida con ocasión del caso concreto teniendo en cuenta los principios que juegan en sentido contrario.
3. La ley de la ponderación Ley de la ponderación: Cuanto mayor sea el
grado de no cumplimiento o de afectación de un principio, tanto mayor debe ser la importancia del cumplimiento del otro
… La ley de la ponderación La teoría de los principios (mandatos de optimización)
implica el principio de proporcionalidad y viceversa
Los subprincipios del principio de proporcionalidad (idoneidad, necesidad y proporcionalidad s.e.) se deducen del mandato de optimización:Los subprincipios de idoneidad y necesidad se originan a
partir del mandato de máxima realización posible en relación con las posibilidades fácticas.
El principio de proporcionalidad en sentido estricto se origina a partir del mandato de la máxima realización posible en relación con las posibilidades jurídicas sobre todo en relación con los principios que juegan en sentido contrario. (ponderación en sentido estricto)
STC 66/1995 Examen de constitucionalidad de las intervenciones en los derechos
fundamentales debe llevarse a cabo mediante el principio de proporcionalidad.
El eje de este examen es la pregunta de si la intervención en los derechos fundamentales que se analiza, cumple las exigencias de los subprincipios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto:
«si tal medida [es] susceptible de conseguir el objetivo propuesto —la garantía del orden público sin peligro para personas y bienes—; si, además, [es] necesaria en el sentido de que no [existe] otra medida más moderada para la consecución de tal propósito con igual eficacia, y, finalmente, si la misma [es] proporcionada, en sentido estricto, es decir, ponderada o equilibrada por derivarse de ella más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto»
II. CUATRO OBJECIONES
1. La estructura de los principios y la aplicación de las normas2. Mandatos de optimización3. Los principios como reglas4. Derechos y fines
En contra de la tesis de la optimización que afirma que los principios son normas que se diferencian fundamentalmente de las reglas, en razón de su estructura, se han opuesto las objeciones que se analizan …
1. La estructura de los principios y la aplicación de las normas GUNTHER: Crítica radical: No existen principios,
sólo existen normas que se aplican de diferente manera. La consideración de las circunstancias fácticas y jurídicas es una cuestión de condiciones de trato (podrían exigirse a cada norma)
Respuesta.- Tal posición no considera que:La optimización supone que una norma puede ser
cumplida en distinto gradoLa norma que debe ceder en la ponderación no se
declara inválida
2. Mandatos de optimización y mandatos a optimizar Crítica de AARNIO y SIECKMANN
Refutan que el mandato de optimización sea idóneo para delimitar reglas y principios.
El mandato tiene un carácter definitivo y sólo puede ser cumplido o incumplido y siempre está ordenado cumplirlo plenamente, por lo que tienen la estructura de las reglas
Respuesta: Hay que distinguir: Los mandatos que se optimizan o mandatos a optimizar.- son los
objetos de la ponderación: los principios, contienen un deber ser ideal, sin consideración de las posibilidades fácticas y jurídicas.
Los mandatos de optimización o mandatos de optimizar.- ordenan que sus objetos (principios) se realicen en la mayor medida posible. Estos mandatos se cumplen con la optimización.
Existe una relación necesaria entre el principio (deber ser ideal) y el mandato de optimización (regla): el principio implica la regla y viceversa. Por lo que tiene sentido referirse a los principios como mandatos de optimización.
3. Los principios como reglas ATIENZA-RUIZ MANERO: Los principios en s.e.
no deben cumplirse en diferente grado, sólo pueden seguirse o no seguirse y por tanto tienen carácter de reglas
Respuesta:Cada principio puede asimilarse a una regla mediante
una cláusula general de reserva: “cuando otro principio contrario con mayor peso no ordene otra cosa”
Todo desemboca en una ponderaciónLos principios, en el sentido de mandatos de
optimización, pueden cumplirse de manera gradual
4. Derechos y fines HABERMAS:
La definición de los principios como mandatos de optimización conduce a una perdida de su carácter deontológico (deber ser). Ellos serían tratados como valores en sentido teleológico (utilitario).
La decisión sería en sí misma un juicio de valor, que reflejaría un concreto orden de valores, con lo que se pierde la categoría de lo correcto y podría reemplazarse con la adecuación a los órdenes valorativos concretos
Respuesta:La ponderación y la optimización no son incompatibles con la
idea de correcciónLa ponderación es un procedimiento para justificar decisiones
judicialesLa justificación tiene una pretensión de corrección