Analis de Tratados y Convenios en Derecho Ambiental
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TRATADOS Y CONVENIOS
Tratado: “Un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido
por el Derecho Internacional, consta en un instrumento único o en dos o más
instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular.
Dentro de los elementos de la deinición se mencionan!
Un "cuerdo Internacional#or escritoEntre Dos Estados$egido por el Derecho Internacional,En Instrumento único o en dos o más instrumentos conexos.
De conormidad con la %on&ención, la $atiicación, "ceptación, "probación y
adhesión, según sea el caso, se deine!
El acto internacional por el cual el Estado hace constar su consentimiento a
obligarse por un tratado.
Estado Contratante: Un Estado que ha consentido en obligarse por el tratado,
haya o no entrado en &igor.
Parte! Un Estado que ha consentido en obligarse por el 'ratado y con respecto al
cual el tratado está en &igor.
Tercer Estado: Un Estado que no es parte en el 'ratado.
Definición de derecho ambiental
En derecho ambiental, se utili(a para denominar el con)unto de las normas
)ur*dicas que regulan las cuestiones ambientales y la ciencia )ur*dica que se ocupa
de tales normas, constituye una especialidad, nutrida por otras ramas del
conocimiento )ur*dico, que protegen e intenta garanti(ar el uncionamiento de las
autorregulaciones de los ecosistemas mediante la norma de las acti&idades
humanas que inciden sobre el ambiente.
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Los sistemas del medio ambiente
+a +ey de #rotección y e)oramiento del edio "mbiente, establece los siguientes
sistemas!
- istema atmos/rico 0aire1
- istema h*drico 0agua1
- istema l*tico 0rocas y minerales1
- istema edáico 0suelos1
2 dentro de sus elementos!
3. Natral. e preocupa de los seres &i&os y los abióticos.4. Artificial. #or e)emplo, las ciudades.5. Social. Es el te)ido social de la comunidad que habita la tierra. +o social es
la agregación o agrupación de indi&iduos, lo que se llama el Instinto
6regario del 7ombre.
Rese!a "istórica:
+a normati&a ambiental resulta ser muy remota, y mucha de esa normati&a ue
dirigida más bien a proteger la salud, la propiedad y las buenas costumbres, etc.
Dentro de estas reerencias históricas se pueden citar! El %ódigo de 7ammurabi
0389: a! %!1 destacaba! “;;I 4<=. i un se>or ha alquilado un buey y le ha roto su
asta, ha cortado su cola o ha da>ado su tendón o pe(u>a, entregará la plata del
quinto de su precio?.
En la +ey de las ;II 'ablas 0<@: a %1 se establec*a que el cuerpo del hombre
muerto no deb*a ser sepultado ni cremado en la ciudad, de igual manera %icerón
establec*a normas para los crematorios.
El derecho romano daba a los recursos naturales, la tierra, el agua, los
yacimientos minerales, la lora y auna, los recursos panorámicos y el ambiente la
categor*a de res communi .
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Giosera, con&ocada en #ar*s y la de "spectos Ecológicos para el Desarrollo
Internacional, reali(ada en Hashington.
"l a>o siguiente, la "samblea 6eneral de las Aaciones Unidas con&ocó a la
%onerencia sobre el edio 7umano que deb*a reali(arse en Estocolmo en )uniode 3@84 se celebraron dos sesiones preparatorias! la primera, en Aue&a 2orJ, del
3: al 4: de mar(o de 3@83 y, la segunda, en 6inebra del = al 3@ de ebrero de
3@83.
Del B al 3F de )unio de 3@84 en Estocolmo se lle&ó a cabo la %onerencia obre el
edio 7umano, en la cual se reunieron 335 pa*ses, dando como resultado las
pol*ticas ambientales, un preámbulo, que tiene una base /tica, y 4F principios.
"irmándose con ello, la deensa y el me)oramiento del medio humano para lasgeneraciones presentes y uturas.
#reparó un plan de acción para el medio humano con 3:@ recomendaciones,
designó el B de )unio como “D*a undial del edio "mbiente?, e instó para que
ese d*a los gobiernos y las organi(aciones del istema de las Aaciones Unidas
emprendieran acti&idades que reairmen su preocupación para la protección y el
me)oramiento del medio ambiente con miras a la concienciación de los pueblos
hacia el entorno humano.
El 3@ de septiembre de 3@84, despu/s de Estocolmo, la "samblea 6eneral de las
Aaciones Unidas aprobó en su &ig/simo s/ptimo periodo de sesiones, una serie
de resoluciones sobre el medio ambiente reeridas a los siguientes temas!
- %ooperación entre los Estados en el campo del edio "mbiente.- $esponsabilidad ambiental de los Estados.- %reación del #rograma de Aaciones Unidas para el edio "mbiente
0#AU"1.- Disposiciones institucionales y inancieras para la cooperación internacional
en relación con el medio ambiente.
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#osteriormente de Estocolmo, en el ámbito particular de los pa*ses, nacieron
organi(aciones gubernamentales y no gubernamentales destinadas a tratar la
protección del ambiente como la meta ambiental.
Die( a>os despu/s de la $eunión de Estocolmo, por resolución del 4= de octubrede 3@=4, la "samblea 6eneral de las Aaciones Unidas ratiicó los principios de la
Declaración de Estocolmo por intermedio de la %arta undial de la Aaturale(a,
cuyo m/rito consiste en rele)ar las preocupaciones ambientales de ese momento.
Durante estas dos d/cadas los instrumentos internacionales se ueron adaptando
a las ideas globali(adoras e integradoras gestadas, en general, por la
interdisciplinaridad ambiental y en particular, por las teor*as ecodesarrollistas, y
aqu* se produce una rápida modiicación en la estructura de esta especialidad del
derecho.
#or resolución <<K44= de la "samblea 6eneral de las Aaciones Unidas se con&ocó
a la %onerencia de $*o.
Conferencia de Río, Brasil 1992:
"s* es como se conoce la %onerencia de las Aaciones Unidas sobre el edio
"mbiente y el Desarrollo celebrada en $*o de Laneiro, Grasil, en )unio de 3@@4 en
ella se reunieron más de 38: representantes estatales, para intentar &isuali(ar el
problema ambiental en un marco de con)unto y aunar esuer(os en la lucha por
me)orar la calidad del ambiente mundial.
+os principios undamentales que animaron el esp*ritu de la %umbre, se basan en
la consideración de la biodi&ersidad como patrimonio común de la humanidad y en
el concepto de la responsabilidad compartida para su conser&ación y uso
sostenible.
El inter/s de muchos pa*ses, en particular aquellos en &*as de desarrollo y con
gran rique(a biológica, ue más que e&idente, sobre todo cuando algunos eectos
ambientales negati&os dependen claramente de decisiones que están más allá de
las ronteras del propio pa*s.
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"doptándose los siguientes documentos!
- +a Declaración de $*o- l %on&enio obre la Giodi&ersidad Giológica- +a %on&ención arco sobre el %ambio %limático
- +a "genda 43
Cmbre mndial sobre desarrollo sostenible #$ohannesbr%o& '((')
En la %onerencia de $*o los Estados se comprometieron a implementar una serie
de no&edades y modiicaciones en sus respecti&os ordenamientos )ur*dicos
estatales o ederales. Esto inclu*a la creación de normati&a que permitiera la
e)ecución y la gestión de aquellos compromisos.
El #rotocolo de Myoto, nacido de la %on&ención sobre %ambio %limático, ue unode los resultados concretos de $*o de Laneiro, se irmó el 33 de diciembre de 3@@8
y se recoge las conclusiones y aportes de otros programas gestionados alrededor
de unión internacional.
El #rotocolo de ontreal, relati&o a las sustancias que agotan la %apa de N(ono
de septiembre de 3@=8 0reducir sus emisiones de gases de eecto in&ernadero,
originados undamentalmente por la quema de hidrocarburos1.
Entre las metas y compromisos que se acordaron en Lohannesburgo se busca
luchar contra la pobre(a y contra el continuo deterioro del medio ambiente natural,
llegándose a la comprensión de que es necesario adoptar medidas prácticas y
sostenibles para enrentar los muchos problemas que existen en el mundo.
Entre ellas!
$educir a la mitad el número de personas que carecen de ser&icios básicos de
saneamiento, con ello para el 4:3B para el 4:4:, producir y utili(ar productosqu*micos, siguiendo m/todos que no tengan eectos negati&os importantes sobre
la salud humana y el medio ambiente restablecer para el 4:3B las poblaciones de
peces agotadas a ni&eles que puedan dar la producción máxima sostenible, y para
el 4:3: reducir la tasa de p/rdida de la di&ersidad biológica.
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En la conerencia se asumieron compromisos sobre mayor acceso a recursos
h*dricos y saneamiento, energ*a, me)or rendimiento agr*cola, gestión de los
productos qu*micos tóxicos, protección de la biodi&ersidad y pereccionamiento de
la ordenación de los ecosistemas, por parte del gobierno, NA6 y de las empresas.
e entiende por $ector 0del lat*n rectoris1, lo que rige o gobierna por ende son
principios rectores los postulados undamentales y uni&ersales que la ra(ón
especula, generali(ando por medio de la abstracción las soluciones particulares
que se obtienen partiendo de la )usticia y equidad social, atendiendo a la
naturale(a de las cosas positi&as.
El punto de partida normati&o para la gestión ambiental en *atemala, se
encuentra en la Constitción Pol+tica de la Re,-blica. Declara de inter/snacional la conser&ación, protección y me)oramiento del patrimonio natural de la
Aación. De igual manera preceptúa que el Estado omentará la creación de
parques nacionales, reser&as y reugios naturales, declarándolos inalienables y
estableciendo que una +ey garanti(ará su protección y la de la auna y la lora que
en ellos exista.
'ambi/n determina que el Estado, las unicipalidades y los habitantes del
territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico ytecnológico que pre&enga la contaminación del medio ambiente y mantenga el
equilibrio ecológico as* como el dictado de todas las normas necesarias para
garanti(ar que la utili(ación y el apro&echamiento de! la auna, la lora, la tierra y el
agua se realicen racionalmente, e&itando su depredación
En derecho ambiental, se utili(a para denominar el con)unto de las normas
)ur*dicas que regulan las cuestiones ambientales y la ciencia )ur*dica que se ocupa
de tales normas, constituye una especialidad, nutrida por otras ramas del
conocimiento )ur*dico, que protegen e intenta garanti(ar el uncionamiento de las
autorregulaciones de los ecosistemas mediante la norma de las acti&idades
humanas que inciden sobre el ambiente.
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El derecho ambiental se ha considerado como aquella rama del derecho que
incide sobre las conductas indi&iduales y colecti&as para pre&enir y remediar las
perturbaciones que alteran su equilibrio.
6uatemala, contempla en las leyes ambientales 0+ey de #rotección ye)oramiento del edio "mbiente, la +ey de Oreas #rotegidas, +a +ey de iner*a,
+a +ey orestal, etc.1.
CARACTER.STICAS DE/ DEREC"O A01IENTA/
Com,onente Re%lado o 0ltidisci,linariedad
#ara su determinación, el derecho ambiental no puede prescindir de las ciencias
exactas.
+os conocimientos que aportan las dierentes disciplinas 0qu*mica, biolog*a,
(oolog*a, etc.1 resultan indispensables para )ustiicar y demostrar la gra&edad del
problema, y la necesidad de aplicar medidas )ur*dicas para combatirlo. Cerbigracia!
cuando existe una deorestación, es necesario recurrir a las ciencias orestales, a
la agronom*a, la econom*a etc., además del derecho ambiental.
Vocación ni2ersalista
Un problema o da>o ambiental siempre aecta a un grupo. u origen puede estar
en un barrio, una ciudad o una ecoregión, pero sus eectos son globales. +aatmósera no tiene di&isiones pol*ticas y la contaminación que produce un
indi&iduo aecta a todo el planeta. Debemos pensar globalmente y actuar
localmente. E)emplo! +a contaminación de la atmósera producida por una
industria textilera, la emanación de gases tóxicos aecta el área local, como a ni&el
nacional e internacional.
/a ,reeminencia de los intereses colecti2os
e trata de intereses indi&iduales pero a la &e( diluidos en con)untos más o menosextensos y amoros, de personas que comparten un inter/s y, por ende, reciben un
beneicio o un per)uicio actual o potencial más o menos igual para todos.
Cerbigracia! $*o Cillalobos, la contaminación producida en dicho r*o que se ha
con&ertido en receptor de aguas residuales industriales y dom/sticas. "ecta a una
persona, a una amilia, a las amilias, y las comunidades asentadas en su entorno.
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Ao pueden consumir el agua, perciben olores /tidos, además de producir
&ectores, etc.
Car3cter ,re2enti2o
"lgunos autores lo consideran un principio y otros una caracter*stica, y este se
caracteri(a por la pre&ención del da>o para lograr el ob)eti&o de e&itar el da>o, se
recurre a la di&ulgación, los estudios cient*icos, la di&ulgación leyes y
reglamentos, etc. “%abe decir que es me)or pre&enir que tratar de corregir el da>o
causado.?
PRINCIPIOS *ENERA/ES DE/ DEREC"O A01IENTA/
e entiende por principio 0del lat*n principium1, aquella norma no legal supletoria
de ella y constituida por doctrina o aorismos que go(an de general y constanteaceptación de )urisconsultos y tribunales.
El #rincipio de #re&ención y sobre /ste la unción de cada una de las instituciones
que por ley deben pre&enir, proteger y conser&ar el ambiente.
El ,rinci,io de 4ien contamina ,a%a: En rigor este principio “quien contamina
paga? persigue sobre todo que el causante de la contaminación asuma el costo de
las medidas de pre&ención y lucha contra la misma.
De conormidad con la Declaración de Estocolmo 0edio 7umano1 existe un
articulado de principios del derecho internacional, entre los cuales consagran los
siguientes!
Princi,io de ,recación: El principio está establecido en dierentes con&enios y
protocolos internacionales y busca e&itar que las amena(as potenciales al
ambiente sean utili(adas como )ustiicación para de)ar de tomar acciones para
protegerlo.
Este principio ha de aplicarse cuando haya peligro de da>o gra&e e irre&ersible, la
alta de certe(a absoluta no debe utili(arse como ra(ón para postergar la adopción
de medidas eicaces y eicientes para impedir la degradación del ambiente, puede
in&ocarse cuando es urgente inter&enir ante el posible peligro para la &ida, la salud
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humana, para proteger la &ida animal o &egetal y para proteger, por ende, el
ambiente.
+a aplicación de este principio ha de basarse en la e&aluación preliminar sobre el
grado de incertidumbre cient*ica, sobre el riesgo potencial y sus consecuencias.
El Princi,io de I%aldad! $econoce que en materia ambiental todos los Estados
son iguales en deberes y derechos.
El ,rinci,io del Derecho al Desarrollo Sostenible! e>ala que hay un &*nculo
estrecho entre desarrollo económico, social y medio ambiente.
El ,rinci,io de Soberan+a Estatal sobre los Recrsos Natrales Pro,ios:
Establece que los Estados exploten sus recursos libremente, cuidando el usoracional de los mismos.
El Princi,io de no interferencia: Establece la obligación de los Estados de no
per)udicar con sus acti&idades el medio ambiente de otros Estados.
El Princi,io de Res,onsabilidad Com,artida! Nbliga a los Estados a asumir
responsabilidad internacional cuando con sus actos da>en la ecolog*a de otro
Estado.
El Princi,io de Coo,eración Internacional! Debe guiar a los Estados en todas
las acti&idades relacionadas al medio ambiente, teniendo en cuenta los intereses
de los demás Estados.
Protección Internacional del Ambiente
+a deensa y el me)oramiento del medio humano para las generaciones presentes
y uturas se han con&ertido en meta imperiosa de la humanidad, que ha de
perseguirse al mismo tiempo que las metas undamentales ya establecidas de la
pa( y el desarrollo económico y social en todo el mundo, y de conormidad con
ellas.
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Dentro de la obser&ancia de los tratados, #"%'" UA' E$C"AD", el art*culo 4F
de la %on&ención de Ciena estipula este principio y establece que un tratado en
&igor obliga a las partes y debe ser cumplido por ella de buena e.
"simismo, el art*culo 48 estipula! “+as partes no podrán in&ocar las disposicionesde su derecho interno como )ustiicación del incumplimiento de un tratado?.
Dentro de los con&enios ratiicados por 6uatemala en materia ambiental, se
pueden mencionar algunos de ellos!
El %on&enio de Giodi&ersidad, %ambio %limático, %on&enio obre el %omercio
Internacional de Especies "mena(adas de auna y lora il&estre 0%I'E1 que
por su relación con los dierentes recursos que conorman el ambiente, cabe
indicarlos, sin restar importancia a los demás con&enios.
Con2enio de 1iodi2ersidad:
Este con&enio ue suscrito el 35 de )unio de 3@@4, en la ciudad de $*o de Laneiro,
Grasil, y ratiicado el 3< de )unio de 3@@B, y publicado el 34 de enero de 3@@F, ba)o
el Decreto Aúmero B@B.
+os ob)eti&os del presente %on&enio, que se han de perseguir de conormidad con
sus disposiciones pertinentes, son la conser&ación de la di&ersidad biológica, la
utili(ación sostenible de sus componentes y la participación )usta y equitati&a en
los beneicios que se deri&en de la utili(ación de los recursos gen/ticos, mediante,
entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transerencia
apropiada de las tecnolog*as pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos
sobre esos recursos y a esas tecnolog*as, mediante una inanciación apropiada.
Soberan+a
Artículo ! "rincipio! De conormidad con la %arta de las Aaciones Unidas y con
los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de
explotar sus propios recursos en aplicación de su propia pol*tica ambiental y la
obligación de asegurar que las acti&idades que se lle&en a cabo dentro de su
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)urisdicción o ba)o su control no per)udiquen al medio de otros Estados o de (onas
situadas uera de toda )urisdicción nacional.
Artículo #! $mbito %urisdiccional . %on su)eción a los derechos de otros Estados,
y a menos que se estable(ca expresamente otra cosa en el presente %on&enio,las disposiciones del %on&enio se aplicarán, en relación con cada #arte
%ontratante!
a1 En el caso de componentes de la di&ersidad biológica, en las (onas situadas
dentro de los l*mites de su )urisdicción nacional y
b1 En el caso de procesos y acti&idades reali(ados ba)o su )urisdicción o control, y
con independencia de dónde se maniiesten sus eectos, dentro o uera de las
(onas su)etas a su )urisdicción nacional.
Compromisos ad&uiridos por 'uatemala
a1 Elaborará estrategias, planes o programas para la conser&ación y la
utili(ación sostenible de la di&ersidad biológica o adaptará para ese in las
estrategias, planes o programas existentes, que habrán de rele)ar, entre
otras cosas, las medidas establecidas en el presente %on&enio que sean
pertinentes para la #arte %ontratante interesada y El %onse)o Aacional de Oreas #rotegidas, es el encargado de conormidad con la ley, de establecer,
conducir y diundir la Estrategia Aacional de %onser&ación de la Di&ersidad
Giológica y los $ecursos Aaturales, $eno&ables de 6uatemala, como uno
de los ines principales, ello establecido en el art*culo F4 del Decreto <=@
del %ongreso de la $epública de 6uatemala. Ntra de las instituciones que
inter&ienen en el cumplimiento de este compromiso, es el inisterio de
"mbiente y $ecursos Aaturales 0"$A1, que de conormidad con la ley es
el encargado de darle seguimiento a los con&enios internacionales en
materia de biodi&ersidad.b1 Identiicará los componentes de la di&ersidad biológica que sean
importantes para su conser&ación y utili(ación sostenible.
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Con2enio sobre el comercio internacional de es,ecies amena5adas de fana
6 flora sil2estre #CITES)
Este con&enio ue suscrito el 5 de mar(o de 3@8B, en Hashington D%. EEUU.
"probado por el Decreto +egislati&o Ao. F58@ del 4 de no&iembre de 3@8@,ratiicado el :B de :4 de 3@=: y publicado el 3< de mar(o de 3@=:.
'iene como inalidad proteger las especies amena(adas de auna y lora sil&estre
mediante limitando y controlando el comercio de los mismos y en el mismo
establece los "#PADI%E, que son las categor*as que incluyen el +istado de
Especies de lora y auna mundial, clasiicados según el grado de amena(a, que
están sometidos por el comercio de los mismos.
"p/ndice I! e incluyen todas las especies que están en peligro de extinción que
son o pueden ser aectadas por el comercio.
"p/ndice II! e incluyen todas las especies que aunque no se encuentren en
peligro de extinción, podr*an llegar a esa situación.
"p/ndice III. +as especies que se encuentran sometidas a reglamentación en la
)urisdicción de cada una de las partes, con el ob)eto de pre&enir o restringir su
explotación, necesitando la cooperación de todos los pa*ses parte.
Al%nas or%ani5aciones im,ortantes ,ara la a,licación de la Con2ención
son:
Dentro del sector )usticia es importante la inter&ención de la #olic*a Aacional %i&il,
los agentes de aduanas a eecto &eriiquen la documentación o autori(ación para
la importación o exportación de especies, partes o sus deri&ados, con el i n de no
permitir la salida il*citamente.
El inisterio #úblico como ente in&estigador y leg*timo en la persecución penal,
cuando la acción de una persona indi&idual o )ur*dica sea contraria a la ley
0importe, exporte o comercialice dichas especies il*citamente.1
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Es importante resaltar que con la inalidad de orientar la aplicación de las
regulaciones de la %on&ención %I'E, a los uncionarios de las instituciones que
reali(an acti&idades de inspección y control de embarques de lora y auna
sil&estre en puestos transronteri(os, el %NA"#, %%"D%I'E%"'"KD$
presentó la segunda edición del anual Nperati&o Ginacional 'ransronteri(o
0NG'1 para el control del comercio y tráico de auna y lora sil&estre entre las
$epúblicas de 7onduras, 6uatemala y la $epública de El al&ador.
Con2ención de las Naciones 7nidas sobre Cambio Clim3tico
echa de la suscripción el 35 de )unio de 3@@4, en Aue&a 2orJ, Estados Unidos,
ratiicado el 5 de agosto de 3@@B y publicado el 3< de mayo de 3@@8. Decreto 3B
@B.
+a %on&ención arco de Aaciones Unidas sobre el %ambio %limático, la
%onerencias de las partes, el #rotocolo de Myoto, constituyen &aliosos logros de
la comunidad internacional.
+a irma de este documento responde a una inquietud surgida en la d/cada de los
ochenta, cuando comen(aron a aportarse datos cient*icos que pre&e*an un
posible cambio climático permanente e irre&ersible a escala mundial, producto del
aumento de los llamados 6ases de Eecto In&ernadero 06EI1, como son el
anh*drido carbónico 0%N41 y otros gases, pro&enientes principalmente de las
acti&idades humanas relacionadas con la quema de combustibles ósiles 0petróleo,
carbón, gas natural1, la agricultura y el cambio de uso de la tierra.
El ob)eti&o de esta %on&ención es estabili(ar las concentraciones de los 6ases de
Eecto In&ernadero en la atmósera a un ni&el tal que ya no existan intererencias
antropógenas signiicati&as en el sistema climático.
Dicha estabili(ación deberá reali(arse con una gradualidad tal que permita a los
ecosistemas adaptarse a los cambios pre&istos, as* como tambi/n e&itar que el
ni&el del %ambio %limático impida un desarrollo económico sustentable o
comprometa la producción alimenticia.
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Com,romisos ad4iridos ,or *atemala
• Establecer In&entarios nacionales de emisiones de 6ases de Eecto
In&ernadero 06EI1 por uente y su absorción por sumideros, actuali(arlos
periódicamente.• Desarrollar programas nacionales yKo regionales para mitigar el %ambio
%limático y adaptarse a los potenciales eectos.• ortalecer la in&estigación cient*ica y t/cnica, la obser&ación del sistema
climático y omentar el desarrollo de tecnolog*as, prácticas y procesos para
controlar, reducir o pre&enir las emisiones antropog/nicas de los 6EI.• #romo&er programas de educación y sensibili(ación pública acerca del
%ambio %limático y sus eectos.
As,ectos Rele2antes
+os pa*ses desarrollados adquirieron, además, otros compromisos, como adoptar
pol*ticas y medidas para reducir las emisiones de los 6EI al a>o 4:::,
estabili(ándolas a los ni&eles de 3@@: transerencia de tecnolog*a y recursos
inancieros a los pa*ses en desarrollo, apoyándolos en sus esuer(os por cumplir
los compromisos de la %on&ención y ayudar a los pa*ses en desarrollo,
particularmente &ulnerables a los eectos del %ambio %limático, a costear sus
gastos de adaptación.
+a %on&ención establece una %onerencia de las #artes, que posee el rol de
cuerpo supremo, cuya principal unción es super&isar la implementación de los
compromisos adquiridos.
"simismo, establece órganos subsidiarios que desarrollan las labores t/cnicas y
de gestión requeridas por la %onerencia de las #artes.
/os ,rinci,ios sobre los 4e se ri%e la Con2ención
+a #rotección del cambio climático para el beneicio de las generaciones
presentes y uturas.
El ,rinci,io de ,recación8
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+os 6ases de Eecto In&ernadero son componentes gaseosos de la atmósera,
naturales como antropog/nicos que absorben y remiten radiación inrarro)a, entre
ellos se encuentran el dióxido de carbono, producto de la quema del carbón,
petróleo y gas natural para generar la energ*a utili(ada para el sector transporte, la
generación de calor, rerigeración, generación de electricidad. Ntras uentes, la
quema de &egetación, cuando esta se disminuye o quema, liberan dióxido de
carbono.
El cambio climático es un cambio atribuido directa o indirectamente a las
acti&idades humanas que alteran la composición global atmos/rica agregada a la
&ariabilidad climática natural obser&ada en periodos comparables de tiempo. De
acuerdo con el consenso cient*ico, el resultado más directo podr*a ser un
%alentamiento de la "tmósera. i se altera la temperatura podr*a pro&ocar el
cambio del r/gimen de &ientos y llu&ias que han pre&alecido durante miles de
a>os.
/a ,articlaridad de ss ,rinci,ales casas:
3. Es la Emisión de 6ases de eecto in&ernadero.4. El lugar *sico de dichas causas Dónde se emiten gases5. Eectos. El calentamiento de la tierra.
"rotocolo de ()oto
En la 3Q $eunión de la %onerencia de las #artes, reali(ada en Gerl*n en 3@@B, se
concordó que el cumplimiento de los compromisos se>alados en la %on&ención
eran insuicientes hasta esa echa, ya que muchos pa*ses desarrollados no
podr*an alcan(ar las metas de reducción de 6EI planteadas para el a>o 4:::. e
hac*a necesario, entonces, la creación de otro instrumento legal que posibilitara el
cumplimiento cabal de los compromisos adquiridos.
#or ello, durante la 5Q %onerencia de las #artes lle&ada a cabo en Myoto en 3@@8,
se adopta el #rotocolo de Myoto, cuya principal misión ue establecer compromisos
más estrictos de reducción y limitación de emisiones de 6EI para los pa*ses
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desarrollados 0listados en el "nexo G del #rotocolo1, estableciendo un calendario
espec*ico para cumplir dichos compromisos.
El acuerdo principal ue alcan(ar la reducción con)unta de las emisiones de 6EI, al
menos en un BR ba)o los ni&eles existentes al a>o 3@@:, para el primer per*odo decompromisos comprendido entre los a>os 4::= al 4:34. "simismo, se crearon los
llamados mecanismos de lexibili(ación 0mecanismos económicos1, con el i n de
ayudar a estos pa*ses a cumplir con el calendario de reducción mencionado. El
#rotocolo adopta los mismos principios, ob)eti&os e instituciones de la %on&ención.
/as dis,osiciones del Protocolo se relacionan con los si%ientes temas:
− %ompromisos en materia de emisiones )ur*dicamente &inculantes,− Aue&os mecanismos de e)ecución,− $educción al m*nimo del impacto en pa*ses en &*as de desarrollo, incluida
la utili(ación del ondo de "daptación,− %umplimiento.
El #rotocolo establece disposiciones )ur*dicamente &inculantes para las #artes del
"nexo I, en relación con emisiones. Estas disposiciones equi&alen a una reducción
agregada y compartida entre las mismas de al menos un BR con respecto a los
ni&eles de 3@@:, a más tardar entre los a>os 4::= al 4:34.
'odas las partes del "nexo I poseen ob)eti&os indi&iduales de emisión, en tanto
que los Estados miembros de la %omunidad Europea acordaron distribuir
proporcionalmente entre ellos los ob)eti&os globales de emisión ba)o el concepto
de una burbu)a comunitaria.
En t/rminos generales, las partes del #rotocolo deben reducir o limitar las
emisiones en relación con los ni&eles del a>o 3@@:. +as partes que son econom*as
en transición pueden adoptar otro a>o como base. +as #artes pueden compensar
sus emisiones incrementando el &olumen de gas eecto in&ernadero que son
absorbidos en sumideros de carbono. %on el ob)eto de alcan(ar los ob)eti&os del
protocolo, las partes deberán adoptar medidas tendientes a mitigar los eectos del
cambio climático. edidas de este tipo son el omento de la ei ciencia energ/tica,
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el uso de las energ*as reno&ables, la recuperación de las emisiones de metano
mediante la gestión de los desechos, entre otros.
El #rotocolo de Myoto introduce tres mecanismos inno&adores con el ob)eto de
lograr que las medidas de mitigación sean ei caces en relación con los costos delas mismas. "s*, las partes cuentan con instrumentos que les permiten reducir sus
emisiones o incrementar los sumideros de carbono con menos costos uera que
dentro de sus pa*ses. Estos mecanismos son el de e)ecución con)unta, el de
desarrollo limpio y el comercio de los derechos de emisión.
El instrumento de la e)ecución con)unta habilita a las partes del "nexo I a e)ecutar
proyectos que redu(can las emisiones o consigan una mayor absorción utili(ando
sumideros en otros pa*ses del "nexo I. +as unidades de reducción de emisionesgeneradas por este tipo de proyectos pueden ser contabili(adas por las #artes del
"nexo I que in&iertan en otros pa*ses en el cumplimiento de sus ob)eti&os de
emisión.
El mecanismo de desarrollo limpio, permite a las #artes del "nexo I, aplicar
acti&idades de proyectos de desarrollo sostenible que tengan la &irtud de reducir
las emisiones en Estados #arte, que no iguran en el "nexo I. El comercio de los
derechos de emisión permite a las partes del "nexo I, adquirir unidades de lacantidad atribuida de otras partes del "nexo I que tengan la posibilidad de reducir
sus emisiones de gas eecto de in&ernadero más ácilmente. +as #artes del "nexo
I pueden tambi/n adquirir de otras partes de dicho anexo, reducciones certiicadas
de emisiones de proyectos.
Con2enio Centroamericano de Cambio Clim3tico
"probado por el Decreto 5:@B del %ongreso de la $epública de 6uatemala, el 4F
de abril de 3@@B, ratiicado el :8 de ebrero de 3@@F, lugar y echa de adopción
6uatemala, el 4@ de octubre de 3@@F.
ue irmado con el in de proteger el sistema a manera de asegurar la continuidad
del desarrollo económico.
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Obli%aciones ,or los Estados Contratantes
− Incorporar a las pol*ticas de otros sectores y planes de desarrollo, el control
sistemático de las &ariaciones de los parámetros climáticos y la protección
del clima.− Desarrollar de manera prioritaria estrategias para la conser&ación del clima.− Elaborar una +ey Aacional sobre la conser&ación del clima.− e)orar inanciera, t/cnica y cient*icamente los ser&icios meteorológicos e
hidrometeorológicos.− Implementar medidas económicas y legales, as* como incenti&os para
omentar la in&estigación sobre los cambios climáticos y estimular nue&as
tecnolog*as que aseguren el desarrollo sostenible sin que ri>an con la
conser&ación del clima.− %ooperar en las acciones ronteri(as y regionales.− #romo&er la conciencia pública sobre la necesidad de conser&ar el clima
regional.− omentar el intercambio de inormación entre instituciones nacionales, con
estados centroamericanos, as* como organi(aciones internacionales.
/ISTA CRONO/O*ICA DE /OS TRATADOS A01IENTA/ES RATI9ICADOSPOR *7ATE0A/A
3. %on&enio de la NI' sobre el Empleo de la %erusa en la #intura, [email protected]. %on&enio para la #rotección de la lora, de la auna y de las Gelle(as
Esc/nicas Aaturales de los #a*ses de "m/rica, 3@<:.5. %on&enio de la NI' relati&o a la Inspección del 'raba)o en la Industria y el
%omercio, 3@<8.<. %on&ención Internacional de #rotección itosanitario, [email protected]. %on&enio sobre el "lta ar, 3@B=.F. %on&enio sobre la #lataorma %ontinental, 3@B=.8. 'ratado "ntártico, 3@B@.=. 'ratado de #rohibición de #ruebas Aucleares en la "tmósera, el Espacio
Exterior y Ga)o el "gua, 3@F5.@. %on&enio sobre la $esponsabilidad por Da>os Aucleares, [email protected]:.'ratado para la #roscripción de "rmas Aucleares en "m/rica +atina, [email protected]. 'ratado de Ao #rolieración de "rmas Aucleares, 3@F=.34.%on&enio de la NI' relati&o a la Inspección del 'raba)o en la "gricultura,
3@F@.
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35.%on&enio Internacional sobre la $esponsabilidad %i&il por Da>os %ausados
por la %ontaminación de las "guas del ar por 7idrocarburos, 3@[email protected]<.%on&ención sobre las edidas que deben adoptarse para #rohibir e
Impedir la Importación, Exportación y 'ranserencia de #ropiedad Il*cita de
Gienes %ulturales, 3@8:.3B.%on&enio $elati&o a los 7umedales de Importancia Internacional
Especialmente como 7ábitat de "&es "cuáticas, [email protected].%on&enio #ara la #rotección del #atrimonio undial, %ultural y Aatural,
[email protected].%on&enio sobre la #rohibición del Desarrollo y "lmacenamiento de "rmas
Gacteriológicas y tóxicas y su destrucción, [email protected]=.%on&enio sobre la #re&ención de la %ontaminación del ar por
Certimientos de desechos y Ntras aterias, 3@84.
3@.%on&enio Internacional para #re&enir la %ontaminación del ar por Guques,3@85, y #rotocolo de 3@8=.
4:.%on&enio sobre el %omercio Internacional de Especies "mena(adas de
auna y lora il&estre, [email protected].%on&ención de #rotección y $estitución de onumentos "rqueológicos,
"rt*sticos e 7istóricos, entre la $epública de 6uatemala y los Estados
Unidos de /xico, [email protected].%on&enio sobre la #rotección del #atrimonio "rqueológico, 7istórico y
"rt*stico de los #a*ses de "m/rica, [email protected].%on&ención sobre la #rohibición de Utili(ar '/cnicas de odiicación
"mbiental con ines ilitares u Ntros ines 7ostiles, [email protected]<.%on&enio de la NI' sobre la #rotección de los 'raba)adores contra los
$iesgos #roesionales debidos a la %ontaminación del "ire, el $uido y las
Cibraciones en el +ugar de 'raba)o, [email protected].%on&enio entre la $epública de 6uatemala y la NIE" para la "plicación de
al&aguardias, 3@8=.4F.%on&ención sobre la #rotección *sica de los ateriales Aucleares, 3@=:.48.%on&enio %onstituti&o de la Nrgani(ación +atinoamericana de Desarrollo
#esquero, 3@=4.4=. %on&ención de las Aaciones Unidas sobre el Derecho del ar, 3@=4.4@.%on&enio #ara la #rotección y el Desarrollo del edio arino de la $egión
del 6ran %aribe,3@=5, #rotocolo %oncerniente a la %ooperación en el
%ombate de los Derrames de 7idrocarburos en la $egión del 6ran %aribe,
3@=5, y #rotocolo $elati&o a las áreas y a la lora y auna especialmente
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#rotegida del %on&enio para la #rotección y el Desarrollo del edio arino
en la $egión del 6ran %aribe, 3@@:.5:.%on&enio para la #rotección de la %apa de N(ono, 3@=B, y #rotocolo
$elati&o a las ustancias "gotadoras de la %apa de N(ono, 3@=8.
53.%on&enio de la NI' sobre la Utili(ación del "sbesto en %ondiciones deeguridad, 3@=F.
54.%on&enio sobre la #ronta Aotiicación de "ccidentes Aucleares, 3@=F.55.%on&enio sobre la "sistencia en %aso de "ccidente Auclear o de
Emergencia $adiológica, 3@=F.5<.%on&enio entre la $epública de 6uatemala y los Estados Unidos de /xico
sobre la #rotección y el e)oramiento del "mbiente en las Sonas
'ransronteri(as, 3@=8.5B.%on&enio %onstituti&o del Nrganismo Internacional $egional de anidad
"gropecuaria, 3@=8.5F.%on&enio sobre el %ontrol Internacional de los o&imientos
'ransronteri(os de Desechos #eligrosos, 3@[email protected].%on&enio de la NI' sobre #ueblos Ind*genas y 'ribales en #a*ses
Independientes, 3@[email protected]=.%on&enio %onstituti&o de la %omisión %entroamericana de "mbiente y
Desarrollo, 3@@35@.%on&enio %entroamericano para la #rotección del "mbiente, 3@=@, y
#rotocolo al %on&enio de %reación de la %%"D, 3@@4.
<:.%on&enio %entroamericano sobre los o&imientos 'ransronteri(os deDesechos #eligrosos, 3@@4.
<3.%on&enio para la %onser&ación de la Giodi&ersidad y #rotección de Oreas
il&estres #rioritarias en "m/rica %entral, 3@@4.<4.%on&enio sobre Di&ersidad Giológica, 3@@4.<5.%on&enio arco sobre %ambios %limáticos, 3@@4 y #rotocolo de Myoto.<<.%on&enio %entroamericano de %ambios %limáticos, 3@@5.<B.%on&enio %entroamericano para el ane)o y %onser&ación de los
Ecosistemas Aaturales orestales y el Desarrollo de #lantaciones
orestales, 3@@5.<F."lian(a %entroamericana para el Desarrollo ostenible, 3@@<<8.%on&ención de las Aaciones Unidas de +ucha %ontra la Desertiicación y la
equ*a 0UA%%D1, 3@@<<=.%on&enio para el establecimiento de la Sona de 'urismo ustentable del
%aribe, 3@@<
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<@.%on&enio de las Aaciones Unidas para %ombatir la Desertiicación y la
equ*a, 3@@B.B:.%on&ención Interamericana para la #rotección y %onser&ación de las
'ortugas arinas, 3@@F %aracas, Cene(uela, el primer d*a de diciembre de
3@@F.B3.%on&enio '/cnico Nperati&o para la $estitución y el %ombate del 'ráico
Il*cito de onumentos "rqueológicos, 7istóricos y "rt*sticos entre la
$epública de 6uatemala y los Estados Unidos de /xico, 3@@8.B4.#rotocolo de ontreal $elati&as a las ustancias "gotadoras de la %apa de
N(ono 0Enmiendas de Gei)ing, 3@@@1B5.Declaración del ilenio, 4:::. 8ª sesión plenaria 8 de septiembre de 2000 B<.#rotocolo de %artagena sobre eguridad de la Giotecnolog*a del %on&enio
sobre la Di&ersidad Giológica, 4:::. 7echo en ontreal el &eintinue&e de
enero de dos mil.BB.'ratado Internacional sobre los $ecursos itogen/ticos para la "limentación
y la "gricultura, 4::3BF.%on&enio de Estocolmo sobre %ontaminantes Nrgánicos #ersistentes, 4::3B8.Declaración de Lohannesburgo sobre el Desarrollo ostenible, 4::4.
"probada en la 38Q sesión plenaria, celebrada el < de septiembre de 4::4B=.%on&enio de %ooperación para la #rotección y el Desarrollo ostenible de
las Sonas arinas y %osteras del #ac*ico Aordeste de %entroam/rica, 4::B@."cuerdo entre los 6obiernos de %osta $ica, $epública Dominicana, El
al&ador, 6uatemala, 7onduras, Aicaragua y Estados Unidos de "m/rica
sobre %ooperación "mbiental, 4::BF:.'ratado de +ibre %omercio entre %entro "m/rica, $epública Dominicana y
los Estados Unidos de "m/rica, D$%"'", 4::=
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