Análisis Del Artículo 50

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del codigo penal

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Anlisis del artculo 50:Todos los cargos, acciones y contratos deben ser autorizados por la Asamblea Nacional. Para poder celebrar un contrato deben ser parte de nuestra Soberana nacional y todas las entidades ajenas o las sociedades no domiciliadas en la Nacin no estn incluidas en estas aprobaciones, nuestra ley puede exigir contratos para el beneficio de los ciudadanosAnlisis del articulo 51:Los contratos de inters pblico requieren la aprobacin de la Asamblea Nacinal, en el caso de las dudas y controversias que no puedan ser solucionados amigablemente por las partes contratantes, ser decidida por los tribunales de cada Repblica, con base a la ley que los constituye, sin ningn motivo ni causas de reclamaciones extranjeras en cuanto a las situaciones que se puedan originar.Anlisis del articulo 52:Las relaciones internacionales de la Repblica, se basa en los fines de Estado y toman como pilar la Soberana de la Nacin y los intereses del pueblo, rigindose por la independencia y el bienestar de la humanidad, en donde existen convenios de paz entre las Naciones. Nuestra Repblica Bolivariana de Venezuela defender sus principios y valores que generan independencia as como la prctica de la democracia en todos los componentes extranjeros.Anlisis:Nuestra Repblica impulsar la integracin de nuestra Latinoamrica, para lograr la convivencia suprema entre todas las naciones, pero defendiendo todos nuestros intereses. Para lograr una poltica comn de toda Amrica Latina se realizarn tratados internacionales que sean en base al bienestar de las naciones y de la humanidad; todos las normas establecidas en los acuerdos de integracin formar parte del ordenamiento legal vigente.Anlisis:Todos los tratados deben ser aprobados y certificados por la Asamblea Nacional que lo ejerce el Poder Legislativo y despus pasar por el Poder Ejecutivo ejercido por el presidente o presidenta de la Nacin, para la perfeccin del mismo.Anlisis:En los tratados que la Repblica acepte, se verificar cada una de las disposiciones de un contrato, pero llevando la paz de las Naciones para corregir los desvos encontrados en los acuerdos. En la conformacin de un mundo pluripolar en donde se establezca la universalidad de los derechos y principios de todo ciudadano debe establecerse como prioridad la fundamentacin de los tratados, convenios o acuerdos internacionales donde rija la igualdad y condiciones de todos los seres humanos. Esto establecido bien definido en nuestra carta magna y en las diferentes leyes que rigen nuestra Repblica para as dar por sentado que nuestra nacin respeta y respetara todos los tratados y convenios internacionales sin menos cavar nuestra reciprocidad en la autonoma en las decisiones de pueblo soberano sin injerencias en las leyes que rigen nuestra repblica. Venezuela se consagra como nacin independiente y respetuosa a cumplir con los acuerdos internacionales siempre y cuando no perjudique nuestro sentido de nacin que posee una identidad netamente enmarcada en el derecho universal LAS LEYES: La constitucin establece en los artculos 202 hasta el 218 los procesos a seguir en la implementacin de la formacin y promulgacin de las leyes, dando la responsabilidad a los miembros de la asamblea nacional y al ejecutivo para su elaboracin, discusin ,aprobacin y promulgacin en el tiempo estipulado por la misma carta magna. Con el propsito de legislar a favor y en beneficio de un colectivo.

EXAMEN

El artculo 1 del COT expresa que ser aplicada a los tributos nacionales y a las relaciones jurdicas derivadas de estos tributos. En el rea aduanera se aplicara en lo referente a los medios de extincin de las obligaciones, los recursos administrativos y judiciales, a la determinacin de intereses y la administracin de los tributos. Sin embargo, las normas sealadas en esta ley solo son un complemento de las dems leyes que regulan los tributos estatales y municipales. Por ello se considera que este cdigo est elaborado de forma general ya que no se refiere a un tributo en especfico sino que este suplir las necesidades que las otras leyes no abarquen.La obligacin tributaria lo cual es el compromiso que existe entre el sujeto pasivo y el sujeto activo siempre y cuando haya un hecho imponible. En donde el sujeto activo es el ente acreedor del derecho, el sujeto pasivo o contribuyente es el obligado a cumplir el deber y el hecho imponible es la accin que se realiza para que nazca la obligacin. Por ejemplo en Venezuela el sujeto activo es el SENIAT que es el ente encargado de recaudar los tributos, el sujeto pasivo puede ser una persona jurdica o natural que realice el hecho imponible por ejemplo la venta de un activo, actividades comerciales de compra y venta, entre otros