Analisis NT - 01 - 2008

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO “SANTIAGO MARIÑO” EXTENSIÓN COL CABIMAS. ANÁLISIS DE LA NORMA TÉCNICA NT 01 2008 Autor: Br. Robert Alvarado C.I. 18.808.867 Cabimas, Marzo de 2017

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA

LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO

“SANTIAGO MARIÑO” EXTENSIÓN COL – CABIMAS.

ANÁLISIS DE LA NORMA TÉCNICA NT – 01 – 2008

Autor: Br. Robert Alvarado

C.I. 18.808.867

Cabimas, Marzo de 2017

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR

IUP. “SANTIAGO MARIÑO”

CABIMAS ESTADO ZULIA

REALIZADO POR:

PADRON MARIEL C.I. 17.335.050

GOMEZ VIVIANA C.I. 17.820.526

JOSEPH TOYO C.I. 17.820.169

IGNACIO PEREZ C.I. 18.793.618

JESUS ROJAS C.I. 17.826.756

DOUGLAS TIGRERA C.I. 18.216.167

PROF: THAMARA YANNATASIO

CABIMAS, JULIO DE 2005.

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA

LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO

“SANTIAGO MARIÑO” EXTENSIÓN COL – CABIMAS.

ANÁLISIS DE LA NORMA TÉCNICA NT – 01 – 2008

Autor:

Br. Robert Alvarado

Cabimas, Marzo de 2017

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR

IUP. “SANTIAGO MARIÑO”

CABIMAS ESTADO ZULIA

REALIZADO POR:

PADRON MARIEL C.I. 17.335.050

GOMEZ VIVIANA C.I. 17.820.526

JOSEPH TOYO C.I. 17.820.169

IGNACIO PEREZ C.I. 18.793.618

JESUS ROJAS C.I. 17.826.756

DOUGLAS TIGRERA C.I. 18.216.167

PROF: THAMARA YANNATASIO

CABIMAS, JULIO DE 2005.

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA

LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO

“SANTIAGO MARIÑO” EXTENSIÓN COL – CABIMAS.

ANÁLISIS DE LA NORMA TÉCNICA NT – 01 – 2008

Autor: Br. Robert Alvarado

C.I. 18.808.867

Cabimas, Marzo de 2017

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ÍNDICE GENERAL

INDICE GENERAL ...................................................................................... iv RESUMEN ................................................................................................... v INTRODUCCIÓN ......................................................................................... 1 Disposiciones Generales sobre la Norma .................................................... 2 Finalidad de la Norma .................................................................................. 2 Relación con el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo ................... 3 ¿Cómo se debe utilizar la norma? ............................................................... 3 ¿Cuándo se debe utilizar la norma? ............................................................ 4 ¿Dónde es recomendable utilizar la norma? ............................................... 5 CONCLUSIONES ........................................................................................ 6

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO

“SANTIAGO MARIÑO” EXTENSIÓN COL - CABIMAS

ANÁLISIS DE LA NORMA TÉCNICA NT – 01 – 2008

Análisis de Seguridad y Salud en el Trabajo

Autor: Robert Alvarado C.I. V- 18.808.867

Mes, Año: Marzo, 2017

Resumen

La presente investigación tiene como objetivo fundamental el análisis de la Norma Técnica NT – 01 – 2008 así como su relación con los programas de seguridad y salud en el trabajo, para tal fin el estudio se sustentó en la propia NT – 01 – 2008 para extraer la información necesaria por medio de la aplicación de una revisión documental así como análisis cualitativo a través de las valoraciones impartidas por el investigador. Los resultados obtenidos permitieron destacar que la norma sujeto de estudio sigue la premisa de técnica establece los lineamentos que debe cumplir toda entidad de trabajo para la organización, conformación, registro y funcionamiento del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. Además debe ser aplicada por parte de la gerencia de la empresa o cualquier otro profesional competente siguiendo los lineamientos detallados en ella.

Descriptores: Norma Técnica, NT – 01 – 2008, Seguridad y Salud en el Trabajo.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR

IUP. “SANTIAGO MARIÑO”

CABIMAS ESTADO ZULIA

REALIZADO POR:

PADRON MARIEL C.I. 17.335.050

GOMEZ VIVIANA C.I. 17.820.526

JOSEPH TOYO C.I. 17.820.169

IGNACIO PEREZ C.I. 18.793.618

JESUS ROJAS C.I. 17.826.756

DOUGLAS TIGRERA C.I. 18.216.167

PROF: THAMARA YANNATASIO

CABIMAS, JULIO DE 2005.

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INTRODUCCIÓN

El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo forma un eje transversal

para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales,

como un instrumento de dominio del colectivo que responda a la realidad

social, laboral, política y económica; donde el papel activo y protagónico

debe ser de las trabajadoras y los trabajadores, traducido en una

construcción colectiva, que responda a la integración de los conocimientos, a

fin de lograr la unidad de criterios y la consecución de sus objetivos,

rompiendo de esta manera con esquemas o paradigmas de trabajo, todo

esto bajo el auspicio directo y constante del Estado venezolano en su política

de desarrollo de una sociedad más justa.

De acuerdo a lo descrito, la Norma Técnica NT – 01 – 2008 fue creada

bajo la premisa propuesta por la LOPCYMAT de establecer las instituciones,

normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan

garantizar a los trabajadores y las trabajadoras, condiciones de seguridad,

salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el

ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción

del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y

las enfermedades ocupacionales, la atención integral al trabajador y

trabajadora afectado y la promoción e incentivo al desarrollo de programas

para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.

En función de lo descrito, la presente investigación tiene como propósito el

analizar los aspectos fundamentales de la Norma Técnica NT – 01 – 2008

debido a su estrecha relación con los programas de seguridad y salud en el

trabajo; para ello se dará respuesta a interrogante como: ¿Cómo se debe

utilizar la norma? ¿Cuándo se debe utilizar la norma? ¿Dónde es

recomendable utilizar la norma? entre otros aspectos tales como las

disposiciones generales, finalidad, entre otros.

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Disposiciones Generales sobre la Norma

La presente norma técnica establece los lineamentos que debe cumplir

toda entidad de trabajo para la organización, conformación, registro y

funcionamiento del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo propio o

mancomunado, para garantizar la protección de los trabajadores y las

trabajadoras contra toda condición que perjudique su salud física y mental,

producto de la actividad laboral y de las condiciones en que esta se efectué,

la prevención de accidentes de trabajo y de enfermedades ocupacionales,

todo ello en concordancia con las disposiciones establecidos en la Ley

Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, su

Reglamento Parcial y las Normas Técnicas.

Las disposiciones establecidas en la presente norma técnica son

aplicables a todas las entidades de trabajo, cooperativas y otras formas

asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio, cualquiera sea

su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persigan o no fines de lucro, sean

públicas o privadas y en general toda prestación de servicios personales,

constituidas dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela;

este punto será desarrollado a mayor profundidad en secciones ulteriores.

Finalidad de la Norma

Establecer los criterios, pautas y procedimientos fundamentales para el

diseño, elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de un

Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el fin de prevenir

accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales en cada empresa,

establecimiento, unidad de explotación, faena, cooperativa u otras formas

asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, específico y

adecuado a sus procesos de trabajo, persigan o no fines de lucro, sean

públicas o privadas, de conformidad a lo establecido en la LOPCYMAT..

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Establecer mecanismos para la participación activa y protagónica de las

trabajadoras y los trabajadores en las mejoras, así como también para la

supervisión continua de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Esta Norma Técnica establece los requisitos mínimos para diseñar, elaborar,

implementar y evaluar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, el

cual garantizará a las trabajadoras y los trabajadores de cualquier centro de

trabajo, con especial énfasis en aquellos más vulnerables a los procesos

peligrosos, condiciones de seguridad en un ambiente de trabajo adecuado y

propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales.

Relación con el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

El objetivo de esta norma es la de establecer los principios de la

Seguridad y Salud Laboral, los pasos que deben llevarse a cabo en la

investigación de accidentes laborales y de enfermedades ocupacionales y los

procedimientos para la evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el

Trabajo, a través de un adiestramiento a todo el personal de la empresa que

participe en el proceso productivo o de servicio.

Por tanto la presente norma guarda relación con un programa de

Seguridad y salud en el Trabajo (de educación e información), ya que ambas

buscan lograr el interés y la participación activa de todos los trabajadores

hacia la prevención de eventos no deseados (accidentes de trabajo,

enfermedades profesionales), desde el más alto nivel jerárquico hasta el de

menor clasificación; optimizando de una forma eficaz los trabajos que se

realizan y capacitando los recursos humanos con los que se cuenta.

¿Cómo se debe utilizar la norma?

La Empleadora o el Empleador, cualquiera sea su naturaleza, son los

responsables de asegurar la elaboración, puesta en práctica y

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funcionamiento del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como

de brindar las facilidades técnicas, logística y financieras, necesarias para la

consecución de su contenido. El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo

es el responsable de elaborar la propuesta del Programa de Seguridad y

Salud en el Trabajo, someterlo a la revisión y aprobación del Comité de

Seguridad y Salud Laboral o a la instancia de evaluación y control o por una

instancia creada a tal efecto, en el caso de las Cooperativas que no tienen

trabajadoras ni trabajadores bajo relación de dependencia.

Asimismo, el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo es responsable

de la promoción, ejecución, supervisión y evaluación, con la participación

efectiva de las trabajadoras y los trabajadores, asociadas y asociados, de la

propuesta de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. El Comité de

Seguridad y Salud Laboral o a la instancia de evaluación y control o la

instancia creada a tal efecto, según el caso, es responsable de participar en

la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de

Seguridad y Salud en el Trabajo. Las Delegadas y Delegados de Prevención

como representantes de las trabajadoras y los trabajadores, deben garantizar

que los mismos estén informados y participen

¿Cuándo se debe utilizar la norma?

La Norma Técnica NT – 01 – 2008 debe aplicarse al momento en que la

gerencia de la empresa desee ejecutar un programa de seguridad y salud en

el trabajo de acuerdo a las disposiciones normativas legales venezolanas.

Cabe destacar que tarde o temprano toda empresa, independientemente de

su rubro o dimensión debe utilizar esta norma debido a que la razón de ser

de la misma la convierte en un recurso imperante para garantizar que los

procesos que se ejecuten se desarrollen siguiendo lineamientos que no

comprometan la integridad física y/o emocional de los trabajadores.

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¿Dónde es recomendable utilizar la norma?

La Norma Técnica NT- 01 – 2008 es aplicable a todos los trabajos

efectuados, bajo relación de dependencia, por cuenta de una empleadora o

empleador, cualquiera sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persiga

o no fines de lucro, sean públicas o privadas y en general toda prestación de

servicios personales, donde haya empleadora o empleador, trabajadoras o

trabajadores, sea cual fuere la forma que adopte, dentro del territorio de la

República Bolivariana de Venezuela.

También quienes desempeñen sus labores en cooperativas u otras formas

asociativas, comunitarias, de carácter productivo y de servicio, cualquiera

sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de lucro,

estarán amparados por las disposiciones de la presente Norma Técnica.

Igualmente, esta Norma Técnica es aplicable a las actividades desarrolladas

por las trabajadoras y los trabajadores no dependientes.

Quedan exceptuados del campo de aplicación de la presente norma los

miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 328 de la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela y artículos 1, 2, 3 y 4 del Decreto N° 6.239, con Rango, Valor y

Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana,

publicado en N° 5.891 Extraordinario de Gaceta Oficial del 31 de julio de

2008.

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CONCLUSIONES

De acuerdo a la investigación documental realizada, se postulan las

siguientes conclusiones:

La Norma Técnica NT – 01 - 2008 establece los lineamentos que debe

cumplir toda entidad de trabajo para la organización, conformación, registro y

funcionamiento del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo propio o

mancomunado, para garantizar la protección de los trabajadores y las

trabajadoras contra toda condición que perjudique su salud física y mental.

Establecer mecanismos para la participación activa y protagónica de las

trabajadoras y los trabajadores en las mejoras, así como también para la

supervisión continua de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

La norma guarda relación con un programa de Seguridad y salud en el

Trabajo (de educación e información), ya que ambas buscan lograr el interés

y la participación activa de todos los trabajadores hacia la prevención de

eventos no deseados (accidentes de trabajo, enfermedades profesionales),

desde el más alto nivel jerárquico hasta el de menor clasificación.

La Empleadora o el Empleador, cualquiera sea su naturaleza, son los

responsables de asegurar la elaboración, puesta en práctica y

funcionamiento del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como

de brindar las facilidades técnicas, logística y financieras, necesarias para la

consecución de su contenido.

La Norma Técnica NT – 01 – 2008 debe aplicarse al momento en que la

gerencia de la empresa desee ejecutar un programa de seguridad y salud en

el trabajo de acuerdo a las disposiciones normativas legales venezolanas.

La NT- 01 – 2008 es aplicable a todos los trabajos efectuados, bajo

relación de dependencia, por cuenta de una empleadora o empleador,

cualquiera sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de

lucro, sean públicas o privadas y en general toda prestación de servicios

personales, donde haya empleadores y trabajadores.