Analisis Vulnerabilidad Del Estado Derecho Venezuela
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7/25/2019 Analisis Vulnerabilidad Del Estado Derecho Venezuela
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UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADODECANATO DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION
Anlisis de la Vulnerabilidad del Estado de Dereco enVene!uela" to#ando en consideraci$n la or%ani!aci$n actual
del Poder P&blico'(
Autora) M'Sc' Aurora An!ola Nie*es
+ar,uisi#eto" #ar!o -../
(Este trabajo es una versin preliminar de la Investigacin subvencionada por CDCHT
No. 009-C-!00!. n"lisis de la #ulnerabilidad del Estado de Derec$o en #ene%uela&tomando en consideracin la organi%acin actual del 'oder '(blico Nacional& per)odo!00*-!00!. daptada a los re+uerimientos de las ,ornadas de Investigacin del DC C/ !00.
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Anlisis de la Vulnerabilidad del Estado de Dereco enVene!uela" to#ando en consideraci$n la or%ani!aci$n actualdel Poder P&blico'
Autora: Aurora Josefina AnzolaNieves
2
2004
RESUMEN
#ene%uela en estos (ltimos a1os transit por un cambio constitucional a trav2s de un
proceso constitu3ente in2dito& en el cual los vene%olanos& por medio de la 4igura delre4erendum consultivo decidieron5 a6 modi4icar la Constitucin de la 7ep(blica 3& b6aceptar la propuesta del Ejecutivo Nacional& en cuanto +ue& se produjera lamodi4icacin de la Carta 8agna& a trav2s de una samblea Nacional Constitu3ente. Eneste nuevo teto constitucional se contin(a consagrando la divisin de poderes en#ene%uela& as) como el principio de colaboracin +ue debe eistir entre los rganos+ue integran las di4erentes ramas del 'oder '(blico. En el nivel nacional se inclu3endos nuevas ramas5 la electoral 3 la ciudadana. :e tuvo como objetivo general& anali%arla vulnerabilidad del Estado de Derec$o en #ene%uela& tomando en consideracin laorgani%acin actual del 'oder '(blico Nacional. ; a partir de la disgregacin de 2ste&los siguientes objetivos espec)4icos5 identi4icar la evolucin del 'oder '(blico en#ene%uela& tomando en consideracin las Constituciones de *9
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CAPITULO IEL PRO+LEMA
Plantea#iento del Proble#a
#ene%uela desde +ue se consolida como Estado& nace bajo una concepcin de Estado
de Derec$o& al reunir las condiciones o elementos eistenciales& de acuerdo a
consideraciones de C$albaud >erpa ?*9@06. El Estado vene%olano no $a permanecido
parm2nico en el tiempo& sino por el contrario $a su4rido cambios 3 trans4ormaciones
acordes con las nuevas realidades internas 3 eternas. 'resent"ndose actualmente
bajo una concepcin de AEstado :ocial de Derec$o 3 de ,usticia&B de acuerdo a loestablecido en el art)culo ! de la Constitucin de la 7ep(blica olivariana de #ene%uela
?C7#& *9996.
Constitucionalmente en #ene%uela est" prevista& 3 as) lo epresa reer Carias Auna
divisin del 'oder en el sentido +ue se establece una multiplicidad de rganos 3 a cada
uno se le asigna una 4uncin propia& lo +ue en modo alguno signi4ica eclusividad en el
ejercicio de esa 4uncin...En otras palabras& el sistema constitucional establece una
separacin org"nica con la cual no coincide una supuesta separacin de 4uncionesB
?!0005 6. Es decir& +ue cada rgano +ue integra las di4erentes ramas del poder
p(blico en #ene%uela& tiene una 4uncin propia& m"s 2sta no es eclusiva ni eclu3ente.
De 4orma tal& +ue puede eistir colaboracin entre 2stos al momento de reali%ar las
di4erentes actividades& alcan%"ndose as) los 4ines del Estado.
$ora bien& #ene%uela en estos (ltimos a1os transit por un cambio constitucional a
trav2s de un proceso constitu3ente in2dito. En este nuevo teto constitucional se
contin(a consagrando la divisin de poderes en #ene%uela. s) como el principio de
colaboracin +ue debe eistir entre los rganos +ue integran las di4erentes ramas del
poder p(blico.
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No obstante& en el nivel nacional se inclu3en dos nuevas ramas5 la electoral 3 la
ciudadana. Todo esto de acuerdo& a lo +ue establece el art)culo *F< de la Constitucin
de la 7ep(blica olivariana de #ene%uela ?C7#& *9996. Tambi2n se ampl)an las
competencias de la rama ejecutiva a nivel nacional& representada por el 'residente de
la 7ep(blica= d"ndosele un ma3or n(mero de atribuciones& 4ortaleci2ndose a(n m"s
2sta 4rente al resto de las otras ramas.
'or lo +ue surgen una serie de interrogantes& Gn Estado constitucionalmente
consagrado como de Derec$o 3 de ,usticia& debe tener un poder p(blico donde eista
un e+uilibrio entre los rganos +ue con4orman las ramas de dic$o 'oder& 3 este
permanecer invulnerable& G'ueden cumplirse a cabalidad los 4ines del Estado& a(n
cuando las atribuciones +ue tienen los rganos estatales le conceden primac)a a unos
sobre otros& GEst" garanti%ada la seguridad jur)dica de los vene%olanos& si se tienen
unos rganos legislativos& jurisdiccionales& electorales 3 ciudadanos +ue no controlan 3
no $acen valer su autoridad para someter a la rama ejecutiva a la constitucionalidad 3 a
la legalidad. Estas dudas tratar"n de ser despejadas con el desarrollo de la presente
investigacin.
0usti1icaci$n
/a investigacin propuesta busca mediante la revisin documental anali%ar la
vulnerabilidad del Estado de Derec$o en #ene%uela& tomando en consideracin la
organi%acin del 'oder '(blico Nacional. /o anterior permitir" al investigador dar
respuesta a interrogantes& +ue est"n directamente relacionadas con la organi%acin
4ormalmente planteada en la Constitucin vene%olana del 'oder '(blico& 3 +ue guardan
relacin directa con los 4undamentos jur)dico-pol)ticos de todo Estado de Derec$o.
No obstante& en la presente versin preliminar& de un trabajo m"s amplio& se toman en
consideracin slo algunos aspectos& tales como una aproimacin al concepto de
Estado de Derec$o& sus antecedentes 3 evolucin= el origen del Estado de Derec$o en
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#ene%uela= el 'oder '(blico en #ene%uela& su origen 3 evolucin= 3 unas conclusiones
en base a los planteamientos antes re4eridos. s) mismo& se $ace mencin a la
organi%acin del 'oder '(blico en los niveles estadal 3 municipal.
De la misma manera es importante se1alar +ue servir" de apo3o para el desarrollo de
4uturos trabajos de investigacin& as) como tambi2n para estudiosos interesados en el
tema investigado& resaltando la actualidad del mismo.
CAPITULO II
METODOLO2IA
Dise3o de la In*esti%aci$n
El trabajo se en4oca dentro de una investigacin cualitativa& con un nivel de an"lisis de
tipo socio-pol)tico& donde se tomaron en consideracin& tanto el aspecto pol)tico como
jur)dico inmersos en el conteto social en cuanto a la vulnerabilidad del Estado de
Derec$o en #ene%uela& teniendo en consideracin la organi%acin actual del 'oder
'(blico. Todo ello en el marco constitucional.
Recolecci$n 4 Anlisis de laIn1or#aci$n
/a recoleccin de datos se reali% a trav2s de las t2cnicas propias de este tipo deinvestigaciones& tal como lo se1alan Hoc$man 3 otros ?*99!6. 'or la naturale%a de la
investigacin 3 los objetivos planteados& se recurri a 4uentes generales 3 secundarias=
es decir& a re4erencias generales 3 secundarias.
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:e consider para la revisin de in4ormacin& di4erentes tipos de re4erencias& tales
como5 4uentes generales5 las cuales sirvieron para buscar otras 4uentes v.gr. Current
Inde& abstracts= 4uentes secundarias5 en las +ue el autor $abla del trabajo 3 de obras
de otros5 libros de teto& manuales= 3& 4uentes primarias5 en las +ue el autor $abla de su
propia investigacin.
En cuanto al an"lisis de datos& se reali% a trav2s de un an"lisis $ermen2utico cr)tico.
Hoc$man 3 otros& entienden el an"lisis cr)tico como5 A/a culminacin del trabajo& 3
consiste en la apreciacin de4initiva de un teto& a partir de elementos $allados en 2l&
mediante la aplicacin de las t2cnicas de recoleccin de datos mencionadas
anteriormente... n an"lisis cr)tico no utili%a criterios eteriores para considerar el
trabajo eaminado& sino +ue se centra alrededor de una evaluacin interna del
desarrollo lgico de las ideas del autorB ?*99!5@-96.
CAPITULO IIIREFERENCIAS TERICAS
A5ro6i#aci$n al conce5to del Estado de
Dereco'
Antecedentes del Estado de Dereco'
El Estado& de acuerdo a consideraciones de C$albaud >erpa Atal como es concebido en
la actualidad proviene de la con4iguracin del llamado Estado Nacional 8odernoB
?*9995*06& el cual transit por un largo proceso $istrico. El Estado 8oderno& como
4orma de organi%acin pol)tica& 3 desde la perspectiva del Derec$o 'ol)tico& surge en
Europa despu2s del 7enacimiento& luego de la trans4ormacin 4eudal. En la evolucin
del Estado Nacional 8oderno& se pas de un Estado bsoluto a un Estado /iberal
?primera 4orma del Estado de Derec$o6= 3 de 2ste& a un Estado :ocial de Derec$o
?segunda 4orma del Estado de Derec$o6 ?C$albaud >erpa& *999= reer Carias& *96.
En cuanto a esta evolucin o trans4ormacin del Estado 8oderno& de un tipo de Estado
?bsolutista6 $asta la actual 4orma ?:ocial de Derec$o6& 8ac$ado de cedo se1ala +ue
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AJrente al antiguo r2gimen absolutista& se impone la igualdad de todos ante la /e3
vinculada a la libertad. 'ero& pronto se siente +ue la garant)a de la igualdad va
re+uiriendo del Estado para $acerla e4ectiva& a(n con desmedro de la libertad...B dando
paso Aa nuevas 4ormas de dominacin 3 eplotacin... :urge entonces lo +ue Karc)a
'ela3o denomina el Estado :ocial entendiendo como una de las trans4ormaciones +ue
su4re el Estado& para adaptarse a las eigencias de la sociedad industrial... se abre as)
el paso al desarrollo de la pol)tica social...B ?*99@5*FF6.
Ori%en 4 e*oluci$n del Estado de Dereco
En cuanto a la Concepcin del Estado de Derec$o de acuerdo a Combellas& 2ste no es
un concepto +ue se remonta a la antigLedad. 'uesto +ue& AMsus connotaciones se
vinculan de 4orma clara 3 precisa a un tipo de Estado +ue se consolida en el mundo
occidental en el siglo I 3 +ue irradia su 4uer%a ideolgica a trav2s del orbe5 el Estado
/iberalB ?*9905**6.
Ciertamente& el origen del Estado de Derec$o7& est" asociado a valores& a contenidos
espirituales +ue surgieron 4rente al Estado 'olic)a o Kendarme= tal como lo se1ala
Combellas& Acomo concepto central en torno al +ue se pretendi establecer& nada
menos& el nuevo orden de relaciones entre el individuo 3 el EstadoB ?*9905F*6.
Originariamente& el Estado de Derec$o& como se1ala Karc)a-'ela3o& Aes un concepto
pol2mico orientado contra el Estado bsolutista& es decir& contra el Estado poder 3&
especialmente& contra el Estado polic)a& +ue trataba de 4omentar el desarrollo general
del pa)s 3 $acer la 4elicidad de sus s(bditos a costa de incmodas intervenciones
administrativas en la vida privada 3 +ue& como corresponde a un Estado burocr"tico& no
era compatible con la sujecin de los 4uncionarios 3 de los jueces a la legalidadB
?*9@05!6.
3$n la terminolog'a rancesa $tat de Droit/ en la alemana 0ec1tstaat/ 2 en la inglesa Legal
#tate.
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7especto a la construccin cient)4ica del t2rmino Estado de Derec$o 3 su concepto&
este se asocia al ingenio 4ilos4ico 3 jur)dico de los alemanes. En este sentido&
Combellas se1ala5 A/a idea de Estado de Derec$o 4ue epuesta en t2rminos 4ilos4icos
por primera ve% por Pant& Humboldt 3 el joven Jic$te. /uego los juristas lo desarrollan
sistem"ticamente en oposicin a la concepcin jur)dica del Estado 'olic)aB ?*9905*6.
No obstante& $a de aclararse +ue& tambi2n guarda relacin& con la 7evolucin Jrancesa
?samblea Nacional& *@9= donde se 4ijaron las bases de las di4erentes instituciones
+ue sustentar)an todo el "mbito terico-conceptual6. s) como el $ec$o de +ue est"
asociado& a lo +ue reer denomina Auna preparacin terica de algunas d2cadasB
anteriores a la materiali%acin de este tipo de Estado 8oderno ?reer Car)as& *9=
Karc)a-'ela3o& *9@0= Combellas& *9906.
continuacin se presenta un cuadro-resumen& +ue contiene a grandes rasgos los
aspectos jur)dico& pol)tico& social 3 econmico= +ue caracteri%a a las di4erentes 4ormas
de Estado de Derec$o& de acuerdo a es+uema planteado por reer Car)as.
Cuadro (E*oluci$n del Estado de Dereco
ASPECTO0UR8DICO
:ometimiento delEstado a la legalidadburguesa.
:ometimiento delEstado a lalegalidad social.
Democrati%acin delDerec$o ?Democracia
jur)dica6.
'reeminencia del'arlamento.
'rimac)a delE ecutivo.
Democrati%acinpol)tica ?Democracia
pol)tica6.
ASPECTOPOLITICO 7estriccin del mpliacin 3 'articipacin popular.
su4ragio a laburgues)a.
universali%acin delsu4ragio.
tomi%acin del'oder.
ASPECTOSOCIAL
Karant)a de losderec$os de laburgues)a.
Consagracin delos derec$ossociales.
Democrati%acin de losderec$os sociales?Democracia social6.
E*oluci$n delEstado deDereco
Estado Liberal Estado Social de Estado Democrtico yBurgus de Derec!o Social de Derec!o
Derec!o "#el$are State%
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ASPECTOECONOMICO
bstencionismo delEstado.
/iberalismoeconmico.
Intervencionismodel Estado ?Estadocon4ormador de lavida econmica 3social6.
Econom)a deienestar.
Democrati%acin de laeconom)a ?Democraciaeconmica6.
Capitalismo de Estado 3:ocialismo
9uente) reer Car)as& llan ?*96. ACambio Poltico y Reforma del Estado enenezuelaB. p. **@
Princi5ios 0ur:dico;Pol:ticos) Poder P&blico'
El Estado de Derec$o& tiene una serie de principios jur)dico-pol)ticos +ue lo con4iguran& talcomo lo se1ala Combellas ?*9906. Constitu3endo estos principios5 el de los derec$os
4undamentales& el de la divisin de los poderes& 3 el principio de la autoridad de la le3.
En l)neas generales& puede entenderse +ue el primer principio jur)dico-pol)tico& guarda
relacin con las garant)as de las libertades individuales= es decir& el principio de
distribucin& libertad del individuo ilimitada en principio& 4rente a la 4acultad del Estado&
+ue encuentra su epresin en los llamados derec$os 4undamentales o de libertad. El
segundo 3 tercer principio& el de la divisin de los poderes 3 el principio de la autoridad
de la le3= los cuales se entienden como principio de organi%acin jur)dica 3 delimitacin de
todas las 4unciones del Estado= el poder del Estado se divide 3 se encierra a un sistema
de competencias circunscritas en las di4erentes normativas jur)dicas eistentes ?7ossell
:e$enn& *9@
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ejecutiva 3 judicial6 $a de tener un titular distinto ?poderes6= b6 en el marco de esta
separacin& los poderes se vinculan rec)procamente mediante un sistema de
correctivos 3 vetos...El peor enemigo de la libertad& dice 8ontes+uieu& es el poder& 3a
+ue es una eperiencia eterna +ue todo $ombre +ue tiene poder tiende a su abuso= m"s
como el poder es necesario& solo eiste un medio para garanti%ar la libertad& a saber5
encontrar una disposicin de las cosas en la +ue el poder detenga el poder& 3 ello solo
puede lograrse mediante su divisinB ?*9059!-9F6.
Ori%en del Estado de Dereco en Vene!uela'
'ara contetuali%ar tanto institucional como jur)dicamente la evolucin del 'oder
'(blico en #ene%uela& es necesario tomar en consideracin la concepcin de Estado
+ue 4ormalmente $a tenido 3 tiene consagrado constitucionalmente #ene%uela& desde
+ue surge como tal. s) como& de 4orma m"s reciente& la concepcin otorgada en las
dos (ltimas Constituciones vene%olanas5 la Constitucin de la 7ep(blica de #ene%uela
de *9
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Este proceso se reali%a de 4orma aislada& pero como dice Olavarr)a Aen asombroso
paralelismo de origen 3 crisis& en todas las naciones $isp"nicas& tanto las de m2rica&
desprendidas 3 emancipadas en 4orma traum"tica 3 simult"nea de la autoridad +ue las
gobernaba& como por la sociedad espa1ola cu3a monar+u)a colapsB ?*99956.
/as estructuras +ue se $eredan de la colonia pasan Acasi intactas a los nuevos Estados
emergentesB= manteni2ndose& mediante la imposicin desde arriba de las instituciones&
el derec$o& la autoridad& el lenguaje& la religin 3 la cultura= cierta unidad pol)tico-
administrativa. 'roducto de +ue el sistema colonial impone a sus dominios americanos
una organi%acin subordinada& radial 3 centri4uga de sus econom)as 3 sociedades& con
el centro de la metrpolisB ?Paplan& *9@F6.
Poder P&blico en Vene!uela) Ori%en 4E*oluci$n'
En #ene%uela constitucionalmente siempre se $a previsto& seg(n planteamientos de
reer Car)as 3 otros autores nacionales& Auna divisin del 'oder en el sentido +ue se
establece una multiplicidad de rganos 3 a cada uno se le asigna una 4uncin propia& lo
+ue en modo alguno signi4ica eclusividad en el ejercicio de esa 4uncin...En otras
palabras& el sistema constitucional establece una separacin org"nica con la cual no
coincide una supuesta separacin de 4uncionesB ?!00056. Es decir& +ue cada rgano
+ue integra las di4erentes ramas del poder p(blico en #ene%uela& tiene una 4uncin
propia& m"s 2sta no es eclusiva ni eclu3ente& de 4orma tal& +ue puede eistir
colaboracin entre estos al momento de reali%ar las di4erentes actividades&
alcan%"ndose as) los 4ines del Estado.
#ene%uela en estos (ltimos a1os transit por un cambio constitucional& en el cual los
vene%olanos& a trav2s de un proceso constitu3ente in2dito para los vene%olanos en
*999& promulgaron la vigente Constitucin.
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'or medio de la 4igura del re4erendum consultivo previsto en la /e3 Org"nica del
:u4ragio 3 'articipacin 'ol)tica 3 en concordancia con el art)culo de la Constitucin
de la 7ep(blica de #ene%uela ?C7#& *9
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al Estado #ene%olano con4orme al principio de la distribucin vertical del 'oder '(blico
?nacional& estadal 3 municipal6= 3 se establece el r2gimen del 'oder '(blico Nacional&
de acuerdo al principio de la separacin org"nica del poder& rompi2ndose con la
tradicional divisin tripartita del poder ?teor)a cl"sica de 8ontes+uieu6 3 divisin
presente en la Constitucin de *9
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En este sentido& reer Car)as rati4ica el car"cter enga1oso de la Constitucin& en
cuanto a la separacin de poderes& por+ue despu2s de proclamarla AMla contradice al
someter 3 sujetar los poderes p(blicos a la samblea NacionalM s) la separacin de
poderes 3 la autonom)a e independencia +ue supuestamente eiste en la 4lamante
pentadivisin del 'oder es un enga1o& al incorporarse& por primera ve% en el
constitucionalismo vene%olano& la sujecin en (ltima instancia de todos los poderes
p(blicos no electos a la samblea Nacional& lo +ue puede conducir a una concentracin
de poder en el rgano pol)tico como lo $a demostrado la pr"ctica de la transicin
constitucionalMB ?!00!5!6.
En cuanto al poder ejecutivo& la Constitucin de *999& en la relacin entre 2sta 3 la
rama legislativa= le da continuidad al sistema presidencialista de gobierno& agrav"ndose
por el incremento de las competencias de la rama ejecutiva a nivel nacional&
representada por el 'residente de la 7ep(blica= d"ndosele un ma3or n(mero de
atribuciones& 4ortaleci2ndose a(n m"s 2sta 4rente al resto de las otras ramas& puesto
+ue se le ampl)a el per)odo constitucional del mandato& se consagra la reeleccin
inmediata= se pierde el balance o contrapeso de los poderes& entre otros aspectos= por
la eliminacin del bicameralismo del parlamento vene%olano ?Combellas& !00*= reer
Car)as& !00!6.
n sistema presidencialista& es a+uel sistema pol)tico en el +ue el presidente go%a de
una preponderancia en el ejercicio simult"neo de sus 4unciones como de ,e4e de
Estado 3 ,e4e de Kobierno& siendo la primera 4igura pol)tica del Estado. Este sistema
tiene como caracter)sticas5 una adopcin m"s o menos r)gida del principio de
separacin de los poderes= uni4icacin en la persona del 'residente de las ,e4aturas del
Estado 3 del Kobierno= ausencia del Kabinete propiamente dic$o ?este no constitu3e un
rgano pol)tico autnomo6= eleccin del 'residente mediante su4ragio universal& directo
3 secreto ?Duverger& *90= /inares Quintana& *90= C$albaud >erpa& *9996.
En anteriores Constituciones vene%olanas& el 4ortalecimiento 3 primac)a de la rama
ejecutiva 4rente a las otras ramas eistentes estaba presente. No obstante& se dieron
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pasos para parlamentari%ar el presidencialismo reinante& tal como lo se1ala ndue%a5
A...la consagracin del voto de censura a los 8inistros del Despac$o& voto +ue tenia por
objeto dejar vacantes sus destinos... Este mecanismo constitucional de control sobre el
poder presidencial $a resultado en la practica totalmente ine4ica%B ?*99*5*006. :ituacin
+ue $asta la 4ec$a sigue siendo as).
De igual 4orma& eisten otros controles $acia la 4igura del 'residente& entre ellos& el
control +ue tiene un 8inistro sobre 2ste& cuando re4renda alg(n acto presidencial&
consider"ndolo ndue%a como ine4ica%& 3 al respecto dice5 AEl re4rendo ministerial no es
una 4ormalidad. /a 4irma del 8inistro signi4ica solidaridad con el 'residente 3 de esta
solidaridad se derivan consecuencias +ue comprometen la responsabilidad pol)tica& civil
3 penalB ?*99*5*006. Jinalmente& los rganos legislativos no sancionan a los ministros ni
estos a su ve% controlan al 'residente& conclu3endo ndue%a en +ue AEstas graves
omisiones constitucionales $an contribuido a perpetuar un sistema ine4ica%& mesi"nico 3
arbitrarioB ?*99*5*006.
'ara ndue%a ?*99*6 todos los intentos +ue en #ene%uela se $an tenido& 3 esto puede
aplic"rsele a la actual Constitucin de *999& por crear un sistema presidencialista con
responsabilidades compartidas $an 4racasado& entre otros aspectos& debido a +ue en la
pr"ctica el poder unipersonal se $a 4ortalecido. No obstante& lo dispuesto en contrario
en la Constitucin= por ejemplo5 la creacin de la 4igura de la #ice 'residencia Ejecutiva
de la 7ep(blica.
El 4ortalecimiento del poder ejecutivo en la persona del 'residente& obedece a m(ltiples
particularidades& entre ellas= primero& a +ue el control +ue deben ejercer los 8inistros al
re4rendar sus actos no se da= segundo& a la reserva epresa 3 eclusiva de promover
los ascensos de o4iciales de la Juer%a rmada a partir del grado de Coronel o Capit"n
de Nav)o= tercero& la delegacin legislativa 3 la correspondiente atribucin presidencial
de dictar decretos con rango 3 4uer%a de le3. ?reer Car)as& !00*= Combellas& !00*6.
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CONCLUSIONES
'ara culminar& a manera de conclusin& en cuanto a lo +ue a la vulnerabilidad del
Estado de Derec$o en #ene%uela& tomando en consideracin la organi%acin actual del
'oder '(blico respecta= se puede apreciar +ue 4ormalmente est"n presente en la actual
Constitucin de la 7ep(blica olivariana de #ene%uela& los 'rincipios ,ur)dico-'ol)ticos
de un Estado +ue se considere como Estado de Derec$o.
Dic$os principios jur)dico-pol)ticos est"n con4igurados por5 el de los derec$os
4undamentales& el de la divisin de los poderes& 3 el principio de la autoridad de la le3.
En cuanto al principio de la divisin de los poderes& en #ene%uela constitucionalmente
siempre se $a previsto. 'or cuanto desde su g2nesis $asta la actualidad& #ene%uela $a
sido 3 es un Estado de Derec$o. Es as) +ue& +ue cada rgano +ue integra las
di4erentes ramas del poder p(blico en #ene%uela& tiene una 4uncin propia& m"s 2sta no
es eclusiva ni eclu3ente& de 4orma tal& +ue puede eistir colaboracin entre estos al
momento de reali%ar las di4erentes actividades& alcan%"ndose as) los 4ines del Estado= 3
tienen su propia autonom)a.
/a actual organi%acin del 'oder '(blico #ene%olano atiende a una divisin
pentapartita. 'or lo +ue& en la nueva con4ormacin del 'oder '(blico Nacional& previsto
en la actual Constitucin& en el art)culo *F
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RE9ERENCIAS +I+LIO2RA9ICAS
lonso& ,os2 ntonio ?*99@6. AMetodolo%:aB. Editorial /imusa& :.. 82ico.
ndue%a& ,os2 Kuillermo ?*99*6. AEl Presidencialis#o Vene!olan o.B #I ,ornadas
Dom)ngue% Escovar. Derec$o Constitucional *@**-*9 Instituto de Investigaciones ,ur)dicas. N8. 82ico.
?!0006. AConstituci$n de la Re5&blica +oli*ariana de
Vene!uela' Co#entariosB Editorial ,ur)dica #ene%olana. Caracas.
?*9@6. ADereco Ad#inistrati*o' To#o IB. Editorial ,ur)dica
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