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Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría de Desempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño) Resultados de la Evaluación de Desempeño Unidad de Integración Educativa del Estado de Nuevo León Cuenta Pública 2018 Anexo A

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Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría de Desempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Resultados de la Evaluación de Desempeño Unidad de Integración Educativa del Estado de Nuevo León

Cuenta Pública 2018

Anexo A

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ÍNDICE

RESUMEN EJECUTIVO 1

I. INTRODUCCIÓN 4 A. ANTECEDENTES 5 B. CRITERIO DE SELECCIÓN 5 C. OBJETIVO DE LA EVALUACIÓN 6 D. METODOLOGÍA UTILIZADA 6 E. FUENTES DE INFORMACIÓN 7

II. INFORMACIÓN GENERAL 7 A. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD 7 B. MARCO NORMATIVO 8 C. RECURSOS FINANCIEROS D. ESTRUCTURA ORGÁNICA

10 14

III. EVALUACIÓN 16

A. GENERAL 17 A.1. Marco normativo A.1.1 Listado de Convenios A.1.2 Transparencia y Acceso a la Información pública A.1.3 Manual de Procedimientos

17 17 19 20

B. PLANEACIÓN ESTRATÉGICA

21

B.1 Misión, Visión y Valores 21 B.2 Programación B.3 Coordinación con Desarrollo Social

24 24

C. PROGRAMA OPERATIVO ANUAL 25 C.1 Determinación del Objetivo C.1.1 Cumplimiento de Objetivo

33 33

C.2 Vinculación con políticas públicas 34

D. RECURSOS FINANCIEROS D.1 Información Presupuestaria D-2 Personal Responsable – Operativo Administrativo D-3 Firmas Autorizadas D-4 Criterios y Lineamientos de Becas

E. OPERACIÓN E.1 Informe del Titular

E.2 Quejas y Denuncias

36 36 37 37 37 38 38 38

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E.3 Cuestionario de Normatividad E-4 Población atendida y criterios de selección de beneficiarios E-5 Participación ciudadana F. SISTEMA DE MEDICIÓN Y SEGUIMIENTO

38 38 40 43

F.1. Indicadores 43 F.2. Metas 50 F.3. Evaluaciones 51

IV. CONCLUSIONES 52

ANEXO 1 (Observación, Contestación de la Entidad, Análisis de la Auditoría Superior del Estado y Recomendación)

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

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RESUMEN EJECUTIVO

I.- DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD AUDITADA

La Unidad de Integración Educativa de Nuevo León es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, teniendo como finalidad prestación de servicios de educación que sean transferidos por el Gobierno Federal, conforme a los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del propio Estado, la Ley General de Educación, la Ley de Educación para el Estado, las demás leyes y disposiciones federales y locales, la presente y los convenios que sobre la materia celebre. De acuerdo a la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León en el ejercicio 2018 la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León obtuvo un presupuesto de $15,309,647,988 (quince mil trescientos nueve millones seiscientos cuarenta y siete mil novecientos ochenta y ocho pesos), y de acuerdo a la Cuenta Pública Anual del ejercicio 2018, la Entidad obtuvo un presupuesto aprobado de $15,321,321,388 (quince mil trescientos veintiún millones trescientos veintiún mil trescientos ochenta y ocho pesos), un presupuesto modificado de $15,700,462,129 (quince mil setecientos millones cuatrocientos sesenta y dos mil ciento veintinueve pesos) y un total devengado de $15,538,543,602 (quince mil quinientos treinta y ocho millones quinientos cuarenta y tres mil seiscientos dos pesos) los cuales son integrados por Servicios Personales; Materiales y Suministros; Servicios Generales; Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, Otros Gastos y Pérdidas Extraordinarias.

II.- OBJETIVO DE LA ASENL

El objetivo de este ente fiscalizador es realizar una evaluación metodológica que permita apreciar el desempeño de la Entidad. Nuestra evaluación tiene el propósito de identificar las áreas de oportunidad para proponer las recomendaciones pertinentes a efecto de mejorar su desempeño.

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PLANEACIÓN ESTRATÉGICA

(PE)

PROGRAMA OPERATIVO ANUAL-ANÁLISIS FÍSICO FINANCIERO

NORMATIVIDAD

OPERACIÓN

III.- RESULTADOS

La Planeación Estratégica es también el proceso a través del cual se establecen la misión, visión y objetivos y se formulan las estrategias y acciones necesarias para alcanzar dichos objetivos. Dicha planeación, se recomienda estar basada en el principio de fortalecimiento de sus valores. La realización a nivel institucional de un ejercicio adecuado de Planeación Estratégica, implica la definición o reconocimiento de objetivos y estrategias para que, junto con el presupuesto asignado y los recursos con los que cuenta, se generen los bienes y servicios por parte de la Entidad. Es importante que la Unidad de Integración Educativa considere las recomendaciones referidas a eficientizar los elementos de planeación estratégica con los que opera, es decir, las áreas de oportunidad señaladas a los manuales de procedimientos, convenios y su Programa Operativo Anual-Análisis Físico Financiero. Con el cumplimiento de la normativa aplicable vigente de la Entidad se lograrán alcanzar las metas y los objetivos planteados, así como a regir la operación conforme al marco legal del Organismo; igualmente fortalece la eficiencia en la operación, además de generar una adecuada rendición de cuentas y transparencia del ejercicio de la función pública. La Entidad dentro de su operatividad presenta informe de resultados a nivel financiero con el objeto de visualizar el cumplimiento a sus funciones, objetivos y metas. La Ley que crea la Unidad Educativa de Nuevo León reglamenta la aplicabilidad de

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MEDICIÓN Y SEGUIMIENTO

llevar los servicios de educación que le sean transferidos por el Gobierno Federal, en donde contar con un buen control de información presupuestaria con el objeto de que lo autorizado corresponda a lo que se presenta en su cuenta pública, evitando caer en subejercicios. Así mismo, existen áreas de oportunidad por mejorar en relación a los diferentes conceptos evaluados, como son personal responsable operativo- administrativo, criterios y lineamientos de becas, informes del titular financiero y operativo, seguimiento oportuno y concluyente de sus quejas y denuncias para aumentar la confianza en la actuación del personal docente como administrativo, y control de firmas autorizadas en los diferentes procesos de la operación de la Entidad. El seguimiento y evaluación son dos elementos estratégicos en la mejora y modernización del quehacer de la Entidad, por lo que es importante que la Entidad realice evaluaciones periódicas de su desempeño en base a sus indicadores que le permita conocer el impacto de sus acciones, sus logros y flaquezas, así como tomar acciones reorientando estrategias y acciones en caso de ser necesario, o bien, la mejora continua en aquellos resultados positivos para hacerlos aún más eficientes. La Gestión por Resultados (GpR), tiene la función de facilitar a las organizaciones públicas la dirección efectiva e integrada de su proceso de creación de valor público, a fin de optimizarlo asegurando la máxima eficacia, eficiencia y efectividad de su desempeño, la consecución de los objetivos de gobierno y la mejora continua de sus instituciones; dicha GpR se ve reflejada en el seguimiento y evaluación al promover el aprendizaje, la transparencia y la corresponsabilidad de los actores del quehacer gubernamental. En conclusión, de la evaluación realizada subsistieron un total de 16-dieciseis observaciones, las cuales se encuentran en el Anexo 1 del presente Informe y contienen su respectiva recomendación emitida por este órgano de fiscalización.

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I. INTRODUCCIÓN La evaluación de la gestión pública es una medida importante que complementa, fortalece y orienta los procesos de planeación, seguimiento y control de las políticas como programas de acción gubernamental. Proporcionando información sobre la forma, calidad y oportunidad con que son atendidas las demandas económicas, políticas y sociales de un país. Los resultados de una evaluación contribuyen a retroalimentar el diagnóstico de la gestión pública, permitiendo su mejoramiento, adecuación o reorientación, rendir cuentas sobre el uso de los recursos públicos y fomentar una cultura de resultados en la gestión pública, incrementar la efectividad de la política social, diseminar el conocimiento sobre el impacto de distintas herramientas de desarrollo social y promover el debate informado de las políticas públicas. El presente Informe contiene una evaluación al desempeño del cumplimiento y medición del objetivo de la Entidad, en cual se encamina a garantizar los servicios de educación básica. El Informe contempla cuatro secciones y un anexo. La primera sección se enfoca en dar a conocer los antecedentes de la Entidad, los criterios de selección para la evaluación, el objetivo de la misma, la metodología aplicada para llevarla a cabo y las fuentes de información utilizadas. En la segunda sección se brinda una descripción general de la Entidad, su marco normativo, los recursos financieros con los que opera y su estructura orgánica, con el objetivo de que se cuente con elementos que permitan conocer de manera integral a la Entidad y facilite la comprensión de su evaluación. En la tercera sección se centra una parte fundamental del presente Informe, ya que en ésta se plasma la evaluación del Organismo en seis etapas. La primera se enfoca en aspectos generales de normatividad, la segunda incluye elementos de su Planeación Estratégica, analizando el establecimiento de su misión, visión y valores, y determinando si la Entidad cuenta con metas y actividades en el corto, mediano y largo plazo que le permitan cumplir con sus objetivos. En la tercera etapa, se analiza el Programa Operativo Anual-Análisis Físico Financiero de la Entidad, así como la determinación del objetivo evaluado y su cumplimiento, la vinculación del mismo con el Plan Estatal de Desarrollo, el Plan Estratégico para el Estado de Nuevo León y el Plan Nacional de Desarrollo. Como cuarta etapa corresponde al apartado de recursos financieros incluyendo aspectos de información presupuestaria, personal responsable-operativo administrativo, firmas autorizadas y lineamientos de becas. Como quinta etapa se contempla la revisión a diversos aspectos de su operación como son informe del titular, quejas y denuncias, cuestionario de normatividad, población atendida y criterios de selección de beneficiarios y participación ciudadana. En la última etapa de Sistema de Medición y Seguimiento se analiza si el Organismo cuenta con elementos y metodologías que le permitan plantear y medir el logro de sus metas, así como la existencia, pertinencia y suficiencia de indicadores, encaminados al cumplimiento de los objetivos,

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es decir, la medición de la eficacia y las evaluaciones con las que se determinen los resultados del desempeño de la Entidad. En la cuarta sección se concentran las conclusiones de la evaluación. Finalmente, como Anexo 1 (Observación, Contestación de la Entidad, Análisis de la Auditoría Superior del Estado y Recomendación), que forma parte integral del presente Informe, se presentan las observaciones emitidas por esta Auditoría, la contestación por parte de los responsables de la Entidad, el análisis realizado por este órgano y las recomendaciones emitidas como oportunidad de mejora para la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León. A. ANTECEDENTES Conforme a decreto No. 66, publicado en el periódico Oficial del Gobierno del Estado de Nuevo León el 03 de junio de 1992 fue creada la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, como Organismo Público Descentralizado con Personalidad Jurídica y Patrimonio propio, teniendo como finalidad la prestación de servicios de educación que sean transferidos por el Gobierno Federal. B. CRITERIO DE SELECCIÓN La revisión de la Cuenta Pública 2018 de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León se centraliza hacia el Programa Servicios de Educación Básica, debido a que el Plan Estatal de Desarrollo nos indica que el Sistema educativo en Nuevo León, es protagonista en el escenario global, debiendo ofrecer una educación de calidad que contribuya a desarrollar habilidades en las personas para aprender a aprender, en todo lugar y para toda la vida. La reforma permite definir hacia dónde dirigir los recursos y cómo instrumentarlos de forma efectiva para lograr ese objetivo. El Estado ha logrado la cobertura universal en primaria y secundaria; sin embargo, en preescolar, nivel medio superior y superior, subsisten déficits importantes, para lo cual habrá que redoblar los esfuerzos para alcanzar su cobertura. Aunado a lo anterior, también se consideró la importancia del presupuesto asignado a la Entidad. C. OBJETIVO DE LA EVALUACIÓN Los resultados de una evaluación al desempeño contribuyen a retroalimentar el funcionamiento de la gestión pública, permitiendo su mejoramiento, adecuación o reorientación, rendir cuentas sobre el uso de los recursos públicos y fomentar una cultura de resultados, incrementando la efectividad de la gestión pública, diseminando el conocimiento sobre el impacto de distintas herramientas de desarrollo y promoviendo el debate informado de las políticas públicas.

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Nuestro objetivo es realizar una evaluación metodológica, que permita apreciar el desempeño de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León en la determinación y cumplimiento de su objetivo en lo referente a su operación, alineación con planes de políticas públicas y programas, cumplimiento de metas, así como la medición de las mismas a través de indicadores, aplicando el criterio de eficacia, eficiencia, economía, transparencia y calidad en el uso de sus recursos. La evaluación realizada tiene el propósito de identificar las áreas de oportunidad para proponer las recomendaciones pertinentes a efecto de mejorar su desempeño. La factibilidad de su realización radica en la capacidad profesional y experiencia del equipo auditor en cuanto a las auditorías de desempeño, así como en la disponibilidad de la información suficiente y competente por parte del ente público auditado D. METODOLOGÍA UTILIZADA La metodología empleada inicia con una etapa de evaluación preliminar, la cual consiste en obtener el conocimiento de la Entidad, los recursos con los que opera, su estructura orgánica, la normatividad aplicable, se verifica la transparencia en el ejercicio de la función pública, el cumplimiento de los requisitos que de acuerdo a la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León y su Reglamento debe contener el Programa Operativo Anual (POA), así como la vinculación de éste con los planes estatal y nacional de desarrollo, se revisan los documentos que contienen actividades en el corto, mediano y largo plazo, se examina la misión, visión y valores de la Entidad, además se analiza el objetivo general, mismo que será evaluado. Con la información obtenida se realiza la etapa de planeación en la cual se revisan los temas cubiertos en la evaluación preliminar y se aprueba el programa de trabajo aplicable en la etapa de ejecución, en donde se verifica la alineación de los indicadores con los elementos de la Matriz de Indicadores de Resultados (MIR) y con el objetivo evaluado; además se evalúan los indicadores analizando sus atributos, fichas técnicas y medios de verificación, así como el establecimiento, contribución y el resultado de sus metas. También se verifica que la Entidad haya monitoreado los resultados de la medición de sus indicadores, así como las acciones que se hayan generado en base a dichos resultados. De los resultados obtenidos se generan observaciones las cuales se comunican a la Entidad para que presenten a este Órgano de Fiscalización sus explicaciones debidamente soportadas con la documentación correspondiente, y posteriormente, aquellas que por su explicación y soporte no se solventen se incluyen en el Informe del Resultado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49, fracción IV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León. Cabe aclarar que la metodología utilizada se realiza mediante trabajo de campo, revisando y analizando las fuentes de información correspondientes y realizando entrevistas con los funcionarios de la Entidad.

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E. FUENTES DE INFORMACIÓN La investigación documental se enfocó en recopilar, revisar y analizar:

• Documentos sobre la Entidad, tales como organigramas, Cuenta Pública, publicación del presupuesto de egresos 2018, además de información de su página oficial de internet, entre otros.

• Documentos relativos al Plan Nacional de Desarrollo (2013–2018), Plan Estatal de Desarrollo (2016–2021), Plan Estratégico para el Estado de Nuevo León (2015-2030).

• Programa Operativo Anual-Análisis Físico Financiero (2018) y documentos relacionados con el avance programático presupuestal de la Entidad.

• Marco normativo aplicable a la Entidad (Leyes, Reglamentos, Manuales y Lineamientos). • Información para el seguimiento y medición de los resultados de los objetivos y demás

documentos administrativos que son fuente de información de los indicadores. • Información proporcionada a través de entrevistas realizadas al personal de la Entidad.

II. INFORMACIÓN GENERAL A. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD Conforme a decreto No. 66, publicado en el periódico Oficial del Gobierno del Estado de Nuevo León el 03 de junio de 1992 fue creada la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, como Organismo Público Descentralizado con Personalidad Jurídica y Patrimonio propio, teniendo como finalidad prestación de servicios de educación que sean transferidos por el Gobierno Federal.

La Unidad tendrá por objeto la prestación de los servicios de educación que le sean transferidos por el Gobierno Federal, conforme a los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del propio Estado, la Ley Federal de Educación, la Ley de Educación para el Estado, las demás leyes y disposiciones federales y locales, la presente y los convenios que sobre la materia celebre.

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B. MARCO NORMATIVO

El Plan Estatal de Desarrollo es el instrumento rector de la planeación del Estado, y con base en él, se elaboran y actualizan los demás instrumentos de planeación, tales como los programas estatales, en sus vertientes regional y sectorial, los proyectos estratégicos y de inversión, la definición de indicadores, así como a la actualización de los demás planes y programas de la Administración Pública Estatal en los que se organizan y detallan las prioridades para el desarrollo estatal, los objetivos, metas, las estrategias y líneas de acción a ejecutar por el Estado para cumplir con las responsabilidades que la Ley le otorga, y que los mismos deberán ser congruentes con el Plan Estatal de Desarrollo atendiendo a las prioridades señaladas en éste, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 14,15,16, 27 y 28 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de

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Nuevo León, aplicable al ejercicio 2018, como de los artículos 15, 16, 19, 21, 25 y 26 de su reglamento. A su vez, el artículo 17 de la citada Ley, señala que las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal deberán, en adición al Plan Estatal, elaborar los programas sectoriales, regionales, especiales y operativos anuales, en los que se organizan y detallan los objetivos, metas y acciones a ejecutar por el Gobierno del Estado para cumplir con las responsabilidades que la Ley le otorga, principalmente los elementos descritos en la fracción I, II, III, IV y V del tercer párrafo del artículo 16 de esta Ley que corresponden: I. Análisis de la situación actual del Desarrollo del Estado, basado en estudios e investigaciones que permitan identificar la problemática, demandas y oportunidades del Estado; II. Prospectiva del desarrollo estatal y marco de resultados a lograr; III. Programas de Gobierno que continuarán, los nuevos que se implementarán y obras de infraestructura a ejecutar; IV. Indicadores que permitan dimensionar y evaluar los logros esperados; V. Indicadores de corrupción e impunidad y programas de Combate a los mismos. Estableciendo además la obligación de llevar a cabo evaluaciones que permitan medir la efectividad y el costo de las políticas públicas que se deriven del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas estatales, de acuerdo a los resultados alcanzados. Para tal efecto se hará uso de indicadores, o medidas que relacionen insumos con productos y servicios, y recursos con resultados, de conformidad con los artículos 18 y 19 del citado cuerpo normativo, así mismo de los artículos 18, 30, 31, 32, 34, 35, 36 y 38 de su reglamento. La Ley General de Contabilidad Gubernamental, tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, y apegados a lo establecido en sus artículos 54 y 61. Dicha Ley establece el uso de indicadores, así como menciona que para la elaboración de los presupuestos se deberán incorporar los resultados que deriven de los procesos de implantación y operación del presupuesto basado en resultados y del sistema de evaluación del desempeño de acuerdo a su eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez. La citada Ley menciona en sus artículos 46, 54, 61, 64, 79 y 80, las directrices para llevar a cabo una evaluación al desempeño por medio de indicadores estratégicos y de gestión, conforme a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de su difusión en internet.

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Por otra parte, la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, señala en su artículo 13, que las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado deberán conducir sus actividades en forma planeada y programada, con base en los objetivos, políticas y prioridades que establezca el Gobierno del Estado. También la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el año 2018 menciona en su artículo 1 regular la asignación, ejercicio, control y evaluación del gasto público estatal para el ejercicio fiscal 2018, y cuya aplicabilidad sea de acuerdo a los artículos 2 fracción XXIV, 72, 73, y respecto a su evaluación lo establecido en artículos 4, 78 y 80 (Ver hallazgos detectados en el apartado de Marco Normativo- Listado de Convenios y Transparencia y Acceso a la Información pública del presente Informe). C. RECURSOS FINANCIEROS Ingresos Los Ingresos de la Entidad para el año 2018, según su Cuenta Pública, representan la cantidad de $15,743,758,581 (quince mil setecientos cuarenta y tres millones setecientos cincuenta y ocho mil quinientos ochenta y un pesos), los cuales se generaron principalmente por conceptos como Participaciones, Aportaciones, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, así como Otros Ingresos y Beneficios, como se muestra a continuación:

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Egresos El total de Gastos y otras pérdidas de acuerdo al Estado de Actividades de la Cuenta Pública de la Entidad para el año 2018, representan la cantidad de $15,649,106,340 (quince mil seiscientos cuarenta y nueve millones ciento seis mil trescientos cuarenta pesos), los cuales se erogaron principalmente en conceptos como Gastos de Funcionamiento, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, y Otros Gastos y Pérdidas Extraordinarias como se muestra a continuación:

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D. ESTRUCTURA ORGÁNICA A continuación, se presenta el organigrama proporcionado por la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León:

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III. EVALUACIÓN

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A. GENERAL

A.1 Marco Normativo A.1.1 Listado de Convenios El Marco Normativo establece las disposiciones que regulan los criterios, metodologías e instrumentos para que la Entidad administre eficientemente los recursos económicos que disponga y así, satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Parte importante de este marco normativo es lo referente a las leyes de creación y reglamentos de las entidades, en el caso de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, se tiene la Ley que Crea la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León. Dicha Ley tiene por objeto: La prestación de los servicios de educación que le sean transferidos por el Gobierno Federal, conforme a los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del propio Estado, la Ley Federal de Educación, la Ley de Educación para el Estado, las demás leyes y disposiciones federales y locales, la presente y los convenios que sobre la materia celebre. El Ente nos proporcionó como información lo siguiente, en contestación al requerimiento de información, relacionado al marco normativo: 1.- En cuanto al" ... marco normativo aplicable a la Entidad ... ", cabe aclararse que el Ente Auditado, se rige por la Ley que Crea la Unidad de integración Educativa de Nuevo León, publicada en el Periódico Oficial del Nuevo León el día 03 de junio de 1992, siendo su más reciente reforma en fecha 24 de diciembre de 2010, y tal legislación puede encontrase en el siguiente link: http://transparencia.nl.gob.mx/archivos/305068ad5ccda5223cafc073ce47f2db1494 531311.pdf Además, nos mencionó que el listado de leyes aplicables a la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, es el siguiente:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.

3. Ley de Educación del Estado de Nuevo León.

4. Ley que Crea la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León.

5. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Nuevo León.

6. Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

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7. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo

León.

8. Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Nuevo León.

9. Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios de Nuevo León.

10. Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo.

11. Ley para la Mejora Regulatoria y la Simplificación Administrativa del Estado de Nuevo León.

12. Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León.

13. Ley Orgánica que crea la Escuela Normal Superior del Estado de Nuevo León.

14. Ley para Prevenir, Atender y Erradicar el Acoso y la Violencia Escolar del Estado de Nuevo León.

15. Ley para la Atención y Protección de las Personas con la Condición del Espectro Autista y/o Trastornos del Neurodesarrollo del Estado de Nuevo León.

16. Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Nuevo León.

17. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León.

18. Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León.

19. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.

20. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

21. Reglamento de las Asociaciones de Padres de Familia en el Estado.

22. Acuerdo por el cual se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Estado de Nuevo León.

23. Ley General de Educación.

24. Ley General del Servicio Profesional Docente.

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25. Ley General de Contabilidad Gubernamental.

26. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Es importante contar con el total de elementos que conforman su normatividad incluyendo los convenios efectuados con las diversas entidades estatales como federales y que estén autorizados y con firmas para un mejor desarrollo de su operatividad en la consecución de sus objetivos. (Observación 1 del Anexo 1)

A.1.2 Transparencia y Acceso a la Información pública Respecto a la transparencia y acceso a la información relacionada con la información de interés público1 que los sujetos obligados deben publicar y actualizar en un portal de internet, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León (LTAIPNL), menciona lo siguiente:

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

1 Información de interés público: se refiere a la información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados

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Es conveniente implementar controles adecuados para la determinación, procesamiento, resguardo y transparencia de la información generada por la Entidad, y de esta manera cumplir con las disposiciones de transparencia y rendición de cuentas de manera integral. (Observación 2 del Anexo 1). A.1.3 Manual de Procedimientos Parte importante del marco normativo, es lo referente a los manuales de procedimientos, ya que contienen una descripción precisa de cómo deben desarrollarse las actividades de cada ente, siendo una recopilación en forma de texto que recoge minuciosa y detalladamente las instrucciones que se deben seguir para realizar una determinada actividad, de una manera sencilla, para que sea fácil de entender, y permita al lector, desarrollar correctamente la actividad propuesta. Además, los manuales de procedimientos también son importantes por las siguientes razones: *) Permiten conocer el funcionamiento interno de tareas, ubicación y requerimiento de los puestos responsables. *) Intervienen en la consulta de todo el personal involucrado en el ente público. *) Aumenta la eficiencia de los empleados, indicándole lo que deben hacer y cómo realizarlo. *) Facilita las evaluaciones y construye una base para el análisis de mejoramiento de la Entidad.

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Las reglas de operación tienen por objeto determinar las normas bajo las cuales se operará la inversión, administración y destino del patrimonio de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, por lo que deben ser las disposiciones que precisen la forma de operar de la Entidad con el propósito de lograr los niveles esperados de eficacia, eficiencia, equidad y transparencia. En la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León menciona lo siguiente:

Para un adecuado desarrollo de las actividades de la Entidad es necesario que la información detallada en los Manuales de Procedimientos esté de acuerdo a la normativa vigente de la mencionada Entidad, así mismo, que los Manuales se encuentren actualizados y vigentes. (Observación 3 del Anexo 1). B. PLANEACIÓN ESTRATÉGICA La planeación estratégica es el proceso por el cual los miembros guía de una organización, prevén su futuro y desarrollan los procedimientos y operaciones necesarias para alcanzarlo, estableciendo metas a corto, mediano y largo plazo. Es también el proceso a través del cual se establecen la misión, visión y objetivos, y se formulan las estrategias y acciones necesarias para alcanzar dichos objetivos, mismos que marcarán el rumbo de la Entidad en un tiempo determinado. La planeación adecuada refleja lo que la Entidad desea hacer y permite monitorear si lo está logrando, así mismo, permite medir la eficacia, eficiencia, economía y calidad de las acciones realizadas por el mismo. B.1. Misión, Visión y Valores La denominada misión de las instituciones constituye uno de los elementos más importantes del proceso de planeación y de la gestión misma. El término misión describe sintéticamente la identidad de la institución al hacer explícita su razón de ser y dar cuenta de su "quehacer" institucional, los

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bienes y servicios que genera, las principales funciones que la distinguen y la justificación social de su existencia. La declaración de la visión de una Entidad organizativa proporciona una descripción o imagen de la situación futura que se quiere alcanzar en un plazo de tiempo determinado (regularmente se consideran plazos largos: un futuro deseable a quince, veinte o incluso más años).

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La Unidad de Integración Educativa proporcionó la misión siguiente

Y la Visión proporcionada es:

En la Cuenta Pública 2018 la Misión registrada es:

El buen o mal funcionamiento de una organización está determinado por la solidez de sus valores, los cuales guían el proceder del ente público, proporcionando un sentido de dirección común para todos sus miembros y estableciendo directrices para su compromiso diario, conformando la cultura de la organización. Los valores también inspiran la razón de ser de cada organización, además permiten que existan criterios unificados que compacten y fortalezcan los intereses de todos. En materia normativa, La Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León establece:

Tanto la misión como la visión de la Entidad cuentan con un adecuado planteamiento de las características básicas que su definición debe reflejar, sin embargo, es de suma importancia que se encuentren unificadas en cuanto a la información pública que se presentan en la página de

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transparencia, así mismo debe haber una similitud entre los términos utilizados en dichos elementos, para no desvirtuar los fines e ideas redactadas, e incluyendo la difusión de sus valores. Es importante que la Secretaría cuente con valores bien definidos con criterios unificados que compacten y fortalezcan los intereses de la entidad y de la población, que además le permita comprobar que basan su planeación bajo el principio de fortalecimiento de dichos valores. (Observación 4 del Anexo 1). B.2. Programación Dentro de la planeación estratégica, la etapa de programación se refiere a la alineación de los programas estatales con las responsabilidades gubernamentales y las unidades administrativas ejecutoras, para cumplir los objetivos o prioridades señaladas en el Plan Estatal de Desarrollo. Para ello, la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León propone usar una estructura programática presupuestal, la cual se compondrá de categorías de clasificación en la que, a su vez, se alinearán las vertientes programática, funcional, económica y geográfica. En la programación, como parte de la planeación estratégica se busca establecer si la Entidad tiene identificadas y lleva a cabo acciones operativas, objetivos, metas y estrategias en el corto, mediano y largo plazo. (Observación 6 del Anexo 1) Los Programas Operativos Anuales deberán incluir las acciones, proyectos y actividades específicas que una unidad administrativa efectuará, así como las metas definidas en los programas estatales en los que ésta participe de acuerdo a la estructura programática presupuestal. La planeación adecuada refleja lo que la Entidad desea hacer y permite monitorear si lo está logrando, midiendo al mismo tiempo la eficacia, eficiencia, economía y calidad de las acciones realizadas por el mismo. B3. Coordinación con Desarrollo Social La Ley que crea la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León menciona en su artículo décimo segundo lo siguiente:

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Es importante la participación del titular de la Entidad o coordinación de la Secretaría de Desarrollo Social en la planeación y programación educativa. (Observación 7 del Anexo 1) C. PROGRAMA OPERATIVO ANUAL El Programa Operativo Anual-Análisis Físico Financiero (POA) de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León presenta la siguiente estructura:

En materia normativa, en cuanto a la planeación estratégica para el desarrollo sustentable del Estado, la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León establece lo siguiente:

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Es conveniente incluir la totalidad de la información, en específico las acciones mencionadas en el artículo 17 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León. (Observación 5 del Anexo 1). Cabe señalar que la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, señala en su primer artículo lo siguiente:

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El Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León menciona lo siguiente:

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

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Respecto a la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2018, menciona lo siguiente:

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

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También la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León, menciona:

Respecto a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, menciona:

Se solicitó el Plan Estratégico a corto, mediano y largo plazo, así como el Programa Operativo Anual Programa Institucional y cualquier otro documento relativo a los objetivos y acciones de la Entidad correspondientes al año 2018. Además, se solicitó contestar un Cuestionario de Cumplimiento de Normatividad Aplicable al Ente Público Fiscalizado. (Observación 6 y 14 del Anexo 1)

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C.1. Determinación del Objetivo Los objetivos son resultados que una Entidad pretende alcanzar o situaciones hacia donde ésta pretende llegar. Toda organización, una vez que ha establecido y tiene clara su misión y visión, debe definir sus objetivos estratégicos o de largo plazo, es decir, aquellos enunciados que orientan el camino hacia un fin concreto en un futuro a varios años. Establecer objetivos es esencial para el éxito de una Entidad, éstos determinan el curso a seguir y sirven como fuente de motivación para todos los miembros de la organización. Otras de las razones para establecer objetivos son:

• Permiten enfocar esfuerzos hacia una misma dirección, sirven de guía para la formulación de estrategias y guían la asignación de recursos.

• Sirven de base para la realización de tareas o actividades, permiten evaluar resultados. • Generan coordinación, organización, control, participación, compromiso, así como

motivación, y al alcanzarlos, se produce un grado de satisfacción. • Revelan prioridades y disminuyen la incertidumbre.

C.1.1. Cumplimiento del objetivo Cuando una administración se propone establecer sus objetivos debe necesariamente partir de un diagnóstico institucional que permita identificar las problemáticas organizacionales que le dificulten cumplir con las metas y los resultados esperados en la operación. Establecer los objetivos adecuadamente permite a las Entidades evaluar si sus acciones operativas van en el sentido correcto, o en caso contrario, modificarlas y corregirlas en tiempo para lograr el cumplimiento de su objetivo. Cabe aclarar que establecer los objetivos de manera apropiada representa un compromiso para los Organismos, ya que esta información es de acceso libre para todos los usuarios interesados, permitiéndoles monitorear y exigir su cumplimiento. Los siguientes son los objetivos proporcionados por la Unidad Integración Educativa.

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C.2. Vinculación con políticas públicas

Para que exista una contribución real al mejoramiento de una causa o a la resolución de un problema es primordial contar con políticas públicas que se relacionen estrechamente entre sí, por lo que es importante evaluar si el objetivo sujeto a revisión de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León se encuentra vinculado con los programas de políticas social, estatal y nacional, para determinar si se contribuye o no al logro del gran objetivo que en materia de seguridad, tranquilidad e integridad a favor de las personas privadas de su libertad, del personal y de los visitantes se menciona en cada uno de los programas de políticas mencionados anteriormente.

Se realizó un análisis de la vinculación existente entre el objetivo general de la Entidad y los planes estatal, estratégico, y nacional de desarrollo, determinando lo siguiente:

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La vinculación del objetivo de la Entidad con los Objetivos, Estrategias y Líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018), Plan Estatal de Desarrollo (2016-2021) del Plan Estratégico para el Estado de Nuevo León (2015-2030) y Programa Sectorial de Educación (2016-2021) tienen una vinculación completa.

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D. RECURSOS FINANCIEROS D.1. Información Presupuestal La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala lo siguiente:

Por su parte, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, menciona lo siguiente:

La Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2018, señala:

La Cuenta Pública del ejercicio 2018 presentada por el Gobierno del Estado de Nuevo León detalla un total de $15,700,462,129 (quince mil setecientos millones cuatrocientos sesenta y dos mil ciento veintinueve pesos) de presupuesto modificado, y un importe de $15,538,543,602 (quince mil

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quinientos treinta y ocho millones quinientos cuarenta y tres mil seiscientos dos pesos) en el total devengado por la Entidad.

Es conveniente que el recurso público autorizado sea ejercido con eficacia, eficiencia y economía de manera que permita cumplir con su planeación. Así como es importante referir con las causas de las variaciones que sirvan de antecedente como herramienta futura de planeación y corregir deficiencias a tiempo. (Observación 8 del Anexo 1) D.2. Personal Responsable - Operativo Administrativo Es importante contar la información del personal que es responsable de la operación y ejecución del gasto correspondiente al programa Educación Básica como el de los diferentes programas de la Entidad con el objeto de trasparentar y que se encuentren vinculados de acuerdo a su reglamento correspondiente, además de contar con una clasificación de su personal operativo y administrativo (Observación 9 del Anexo 1) D.3. Firmas Autorizadas Para un mejor control de firmas autorizadas en sus procesos internos como en relación con las instituciones bancarias correspondientes, deberán estar vigentes y actualizadas oportunamente. (Observación 10 del Anexo 1) D.4. Criterios y Lineamientos de Becas Se llevó a cabo una revisión a una muestra de 100 expedientes del programa beca ciudadana, donde es importante contar con un buen control que garantice una completa custodia de sus documentos y requisitos conforme a sus lineamientos de sus convocatorias. (Observación 11 del Anexo 1)

Modificado Devengado Subejercicio

$15,700,462,129 $15,538,543,602 $161,918,527

Cuenta Pública 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León

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E. OPERACIÓN E.1. Informe del Titular

Es importante que se presenten informes bimestrales financieros de manera oportuna y reflejen los avances y resultados de mejora con un panorama integral de la Entidad. (Observación 12 del Anexo 1) E-2 Quejas y Denuncias Como complemento al control de quejas, es de considerar también el desarrollar un sistema que esté monitoreando las denuncias interpuestas en esta Entidad con el objeto de contar con un seguimiento tanto de quejas como denuncias. (Observación 13 del Anexo 1)

E-3. Cuestionario de Normatividad El Ente nos proporcionó contestación al anexo 1 respecto al documento relativo al cuestionario de normatividad aplicable al ente público fiscalizado. (Observación 14 del Anexo 1)

E-4. Población atendida y criterios de selección de beneficiarios La Entidad desglosa su población atendida conforme al servicio educativo proporcionado a nivel educación básica, media superior y superior, además de lo no escolarizado, dando una población total para el ciclo educativo 2018-2019 de 1,651,842, conforme a lo siguiente:

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La Entidad menciona que no existe procedimiento o criterio alguno para definir los beneficiarios en materia de servicios educativos, dado que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece: Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. Asimismo, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León establece:

ARTICULO 3.- El niño tiene derecho a la vida sana, a la satisfacción de sus necesidades de salud, alimentación, educación, sano esparcimiento, a la preparación para el trabajo y a llevar una vida digna y libre de violencia, para su desarrollo integral…. El Estado impartirá educación preescolar, primaria y secundaria que conformarán la educación básica obligatoria.... Además de impartir la

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educación básica obligatoria, el Estado promoverá y atenderá la educación inicial y la educación superior, así como todos los tipos y modalidades educativas que coadyuven al desarrollo del individuo. Asimismo, la Ley de Educación del Estado señala: Artículo 2.-Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del Estado de Nuevo León, tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo estatal.

E.5 Participación ciudadana

El Reglamento Interior de la Secretaría de Educación menciona en su artículo 26 fracción I lo mencionado por la Entidad sobre la participación social en la educación, operado por un Consejo Escolar de Participación Social en la Educación, integrado por padres de familias, maestros, directivos y miembros de la comunidad:

El acuerdo 02/05/16 sobre los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social de la Educación menciona en su artículo 40 menciona:

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El acuerdo del 08/08/17 incluyen las siguientes fracciones del artículo 40 como nuevos:

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El Reglamento de las Asociaciones de Padre de Familia en el Estado también involucra la participación ciudadana involucrando las facultades y obligaciones siguientes conforme a su artículo 28:

La Entidad involucra la participación ciudadana por medio de los Consejos de Participación Social en la Educación como de las Asociaciones de Padre de Familia mediante la normatividad correspondiente.

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F. SISTEMA DE MEDICIÓN Y SEGUIMIENTO Una vez que se conocen los propósitos, objetivos, metas, indicadores y responsables de la ejecución de los proyectos o programas de la Entidad, es necesario establecer un mecanismo de seguimiento para monitorear y supervisar el avance en el logro de las metas y objetivos, que permita en caso de incumplimiento, tomar las decisiones para corregir y ajustar oportunamente los procesos y actividades desarrollados por la Administración para lograr cumplir con los objetivos establecidos. Además, también es una opción para responder a imprevistos o cambios en las condiciones o el entorno esperados. El proceso de seguimiento exige la definición de parámetros de referencia para cada etapa del proyecto o programa, con los que se podrá calificar el desempeño de cada área ejecutora de las acciones y objetivos del mismo. F.1. Indicadores Un indicador de desempeño, es la expresión cuantitativa construida a partir de variables cuantitativas y cualitativas, que proporcionan un medio sencillo y fiable para medir los logros (cumplimiento de objetivos y metas establecidas), reflejar los cambios vinculados con las acciones, monitorear y evaluar sus resultados. Los indicadores proporcionan la base para el monitoreo y la evaluación, muestran cómo puede ser medido el éxito de un proyecto, por lo tanto, deben ser prácticos e independientes. Como ya es bien sabido "si no se mide lo que se hace, no se puede controlar y si no se puede controlar, no se puede dirigir y si no se puede dirigir no se puede mejorar." Los indicadores sirven para dar seguimiento a los proyectos, por una parte, para saber si la Secretaría de Seguridad Pública avanza correctamente en la ejecución del proyecto y, por otro lado, para hacer las correcciones que sean necesarias si la Entidad está desviándose de sus objetivos, por lo que los indicadores nos permiten medir el efectivo cumplimiento del objetivo general y de las acciones encaminadas a éste. Los indicadores de desempeño pueden ser de dos tipos:

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Y pueden ser de las siguientes dimensiones2:

Los indicadores deben de tener atributos3 para generar información de buena calidad, y así obtener un criterio de confiabilidad sobre el resultado de los mismos, se describen a continuación:

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

2. Dichas dimensiones: son en base a los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico, del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de mayo de 2013. 3 Dichos atributos o criterios, son en base a los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico, del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de mayo de 2013, además se encuentran alineados con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) y con el Manual de Planificación Estratégica e Indicadores de Desempeño en el Sector Público, de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).Desempeño en el Sector Público, de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

Eficacia Mide el grado de cumplimiento de los objetivos planeados, sin considerarnecesariamente los recursos asignados para ello.

Eficiencia Mide la relación entre los productos y servicios generados con respecto a losinsumos o recursos utilizados.

Economía Mide la capacidad de la Entidad para generar y movilizar adecuadamente losrecursos financieros.

Calidad Mide los atributos, propiedades o características que deben tener los bienes yservicios para satisfacer los objetivos de la Entidad.

DIMENSIÓN DE INDICADORES

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Es conveniente considerar los criterios señalados en los "Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico", los cuales permiten dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Claridad

Que sean precisos e inequívocos, es decir, entendibles y que no den lugar aInterpretaciones.

El nombre del indicador se debe establecer de tal manera que se pueda observarsi éste se refiere a un valor absoluto, una tasa, razón o índice, debe ser lo másilustrativo posible de lo que se quiere medir.

Debe ser claro, preciso y auto-explicativo, si se usan siglas o aspectos técnicos,deben definirse en una nota explicativa.

A su vez, se debe identificar que el nombre de los indicadores no se duplique paraque no cause confusión entre los usuarios de la información.

Relevancia

Que reflejen una dimensión importante de logro del objetivo, deben proveerinformación sobre la esencia del objetivo que se quiere medir.

Debe de ser significativo, que sea de importancia para el nivel al que se encuentrarelacionado; que se encuentre alineado con el objetivo al cual pertenece, ademásde que sea trascendente para alcanzar el mismo.

EconomíaQue la información que se proporcione sea necesaria para generar el indicadordeberá estar disponible a un costo razonable.

Monitoreable

Que puedan sujetarse a una verificación independiente.

Que sea ponderable, es decir, que permita comparar un patrón en términos demagnitud. Esta característica se relaciona con la fórmula, la cual debe permitirinformar sobre los parámetros o variables que se están midiendo, dando comoresultado lo que se definió en el nombre. Se debe identificar su sentido demedición, es decir, siendo ascendente o descendente, así como las metas o elvalor deseado del indicador y la periodicidad de su medición.

Adecuado

Que aporten una base suficiente para evaluar el desempeño.

Debe de tener certeza sobre el resultado, es decir, que los medios de verificaciónpuedan validarse de manera sencilla, que provengan de fuentes reconocidas, quecontengan atributos de control y que generalmente sean de acceso público.

Aportación Marginal

Que en el caso de que exista más de un indicador para medir el desempeño endeterminado nivel de objetivo, debe proveer información adicional en comparacióncon los otros indicadores propuestos.

Cada indicador debe tener una utilidad única, capaz de medir logros, reflejar loscambios vinculados con las acciones, monitorear evaluar los resultados.

CRITERIO DE INDICADORES

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De acuerdo a la Guía para el diseño de indicadores estratégicos de la SHCP4 la frecuencia hace referencia a la periodicidad en el tiempo con que se realiza la medición del indicador, siendo lo recomendable lo siguiente:

Cada indicador deberá tener una ficha técnica, la cual permita comprender fácilmente las características del indicador, logrando entenderlo, conocer sus resultados y la comprobación de los mismos. De conformidad con la Disposición Cuarta y Sexta del Capítulo III de los “Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico” emitidos el 16 de mayo de 2013 por el Consejo Nacional de Armonización Contable y publicados en el Diario Oficial de la Federación, las fichas técnicas deberán contener al menos los siguientes elementos:

4 SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Además, es importante que se cuenten con una Línea base5, la cual es el valor del indicador que se establece como punto de partida para evaluarlo y darle seguimiento, así como con medios de verificación, que corresponden a las fuentes de información íntegras, de acceso público, donde se difunde el valor de los indicadores, o al menos, los datos necesarios para replicarlos; asimismo, deberán dejar claro el método, frecuencia y responsable de la recopilación de la información Los indicadores de desempeño son instrumentos de medición de las principales variables asociadas al cumplimiento de los objetivos por lo que es recomendable que al establecer indicadores, estos cuenten con las características básicas lo que permita que al utilizarlos, la administración de la Entidad apoye sus procesos de planificación, formule acciones para corregir problemas de gestión, realice análisis sobre el cumplimiento de metas, compare el desempeño efectuado con lo planeado y en general, tome decisiones en dimensiones de eficiencia, economía, calidad, eficacia y transparencia que ayuden a la Entidad para tener una mejor gestión. Matriz de Indicadores para Resultados La Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) es una herramienta de planeación estratégica que sintetiza la Metodología de Marco Lógico6 (MML) y que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad el objetivo de los programas de una Entidad y su alineación con los objetivos de la planeación estatal y nacional, describe los bienes y servicios que entrega la Entidad a la sociedad, para cumplir su objetivo, incorpora los indicadores que miden la consecución de objetivos y resultados, identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores y considera los riesgos y contingencias que podrían afectar el desempeño de la Entidad. La MML consta de dos partes integrantes, estrechamente vinculadas entre sí: A) la lógica vertical y B) la lógica horizontal, lo que deriva en una relación de causalidad entre los distintos niveles de la misma. La lógica vertical trata de asegurar que las acciones que se emprenden tengan una clara correspondencia con las razones que se tuvieron en cuenta para crear el programa o el proyecto, sin que sobren o falten acciones conducentes a la obtención de una solución a un problema, es decir, que exista una relación de causalidad desde las actividades hasta el fin, entre los distintos niveles de objetivos, considerando el cumplimiento de los supuestos asociados a cada nivel: las actividades detalladas son las necesarias y suficientes para producir y/o entregar cada componente; los componentes son los necesarios y suficientes para lograr el propósito del programa o proyecto; si se logra el propósito, ello debería resultar en una contribución significativa al logro del fin.

5 De acuerdo a la Guía para el diseño de indicadores estratégicos de la SHCP. 6 La Metodología de Marco Lógico es un método orientado a la solución de problemas específicos. Por ello: el método tiene tres grandes fases: en la primera, se identifica el problema a resolver, por medio de un diagnóstico sistémico amplio que permita establecer las causas del problema y por qué no ha sido resuelto; en la segunda fase, se construye un modelo sistémico que expresa las condiciones lógicas de toda índole que deben cumplirse para que el problema se resuelva; y en la tercera fase, se construye un instrumento gerencial que registra la estrategia de solución, en la forma de una matriz de objetivos secuenciales que deben alcanzarse. En esta tercera fase se incorporan los indicadores necesarios para mantener el seguimiento y control sobre la gestión de la solución.

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La lógica horizontal, en cambio, busca proporcionar a los responsables de la Entidad, una carta de navegación, donde se puedan encontrar indicadores para determinar, si en su acción, el programa o proyecto sigue alineado con sus objetivos, ya sea en cuanto a resultados esperados (en cantidad y calidad), como en el uso racional de recursos, es decir, se basa en el principio de la correspondencia, que vincula cada nivel de objetivo (fin, propósito, componente y/o actividades) a la medición del logro (indicadores y medios de verificación) y a los factores externos que pueden afectar su ejecución y posterior desempeño (supuestos principales, que son las circunstancias externas a la gestión del proyecto o programa que pueden incidir en que éste logre sus objetivos). Se proporcionó la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, respecto al Programa “Servicios de Educación Básica”, la cual cuenta con 20 (veinte) indicadores, así como las fichas técnicas de los mismos; se detallan a continuación:

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Del análisis efectuado se detectó lo siguiente:

El Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León nos refiere lo siguiente:

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La Guía para el diseño de indicadores estratégicos, nos indica que en relación a la definición del indicador debe precisar qué se pretende medir del objetivo al que está asociado, el cual debe ayudar a entender la utilidad, finalidad o uso del indicador, además de que el mismo no debe repetir el nombre del indicador ni el método de cálculo. En el caso de línea base es el valor del indicador que se establece como punto de partida para evaluarlo y darle el seguimiento, y en donde el registro de valor y año son obligatorios para todos los indicadores.

Es apropiado que los indicadores sean claros en su definición, y que éstos sean lo suficientemente explícitos en cuanto a lo que se pretende medir del objetivo para el cual fueron designados, además es conveniente considerar los criterios señalados en los “Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico”, los cuales permiten dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental. (Observación 15 del Anexo 1) F.2. Metas La meta es el reflejo del valor deseado para el indicador en un determinado momento, es decir, el resultado que se espera lograr conseguir a cierto tiempo. Para el establecimiento de una meta, se requiere contar con un diagnóstico situacional que comprenda la identificación, descripción y análisis evaluativo de la situación actual de la Entidad, que le permita

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determinar con bases cuantitativas y cualitativas los resultados que se esperan y que se plasmen como metas de los objetivos. Se solicitó a la Entidad, la Matriz de Indicadores o cualquier otro documento relativo a la medición de los objetivos evaluados; además, las fichas técnicas de los indicadores, incluyendo: nombre, definición, tipo, método de cálculo, unidad de medida, frecuencia de medición, línea base, metas, así como las fuentes de información que nutren a los indicadores. Es recomendable que la determinación de las metas sea en base en un diagnóstico que comprenda un análisis evaluativo de la situación actual del establecimiento del régimen de seguridad en el estado y que éste se establezca claramente mediante un documento con fecha de elaboración y debidamente autorizado, a fin de validar la información. (Observación 15 del Anexo 1) F.3. Evaluaciones La medición del desempeño es un proceso objetivo y sistemático para la recolección, el análisis y la utilización de la información con el fin de determinar cuan eficiente y eficazmente se entregan los servicios y se logran los objetivos. Cuando se conocen los propósitos, objetivos, metas, indicadores y responsables de la ejecución de los proyectos o programas de la Entidad, es importante establecer un mecanismo de seguimiento que permita monitorear y supervisar el avance en sus actividades, logrando tomar decisiones que conlleven al cumplimiento de los objetivos establecidos. Es recomendable que la Entidad realice el seguimiento y las evaluaciones periódicas para medir la efectividad y eficiencia de los instrumentos de planeación, a fin de conocer el impacto de sus acciones y sus logros y flaquezas y así reorientar estrategias y acciones o bien focalizarse en aquellos resultados positivos para hacerlos aún más eficientes. (Observación 16 del Anexo 1)

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IV. CONCLUSIONES Al proceso en donde se establece la misión, visión, se dan a conocer sus valores, los objetivos y se formulan los planes estratégicos necesarios para alcanzar dichos objetivos se le conoce como Planeación Estratégica (PE), la cual refleja lo que la Entidad desea hacer y permite monitorear si lo está logrando, determinando tiempos y presupuesto para cada actividad, así como estándares de desempeño, por lo que es importante que la Entidad cuente con una PE en donde se establezcan actividades que en el corto, mediano y largo plazo pretendan lograr, y que además permita formular, instrumentar y evaluar a los programas derivados del mismo, por lo cual es conveniente el establecimiento de programas anuales elaborados de acuerdo a los lineamientos emitidos por instancias gubernamentales superiores competentes. Además, es importante que exista una alineación en los conceptos de Misión y Visión en sus diferentes portales. Además, es recomendable implementar valores propios de la Entidad, ya que la planeación debe estar basada en el principio de fortalecimiento de sus valores. Así mismo para la planeación y programación educativa es necesaria la coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social y en base a la Normatividad correspondiente. Es conveniente que la Unidad base su actuar en una normatividad actualizada y autorizada que incluya manuales de procedimientos, lineamientos y mecanismos de control interno, como de convenios para así tener una adecuada operación. Dicha normatividad debe estar reflejada en su portal de transparencia incluyendo la evaluación a sus indicadores, trámites y requisitos actualizados, sus formatos, plazos y costos, también contar con una estructura orgánica, vinculada a sus atribuciones y responsabilidades, así como la información financiera de los últimos 5 ejercicios fiscales. Es de mucha importancia contar con un buen control de información presupuestaria con el objeto de que lo autorizado corresponda a lo que se presenta en su cuenta pública, evitando caer en subejercicios. En relación a los diferentes conceptos evaluados como son personal responsable operativo- administrativo, criterios y lineamientos de becas, informes del titular financiero y operativo, seguimiento oportuno y concluyente de sus quejas y denuncias para aumentar la confianza en la actuación del personal docente como administrativo, y control de firmas autorizadas en los diferentes procesos de la operación de la Entidad, se detectaron aspectos de mejora por considerar. Resulta esencial, aplicar un seguimiento y evaluación de desempeño por lo que es conveniente que la Entidad cuente con indicadores donde se evidencien que se hayan realizado conforme a los lineamientos de la Secretaría de Finanzas, Oficina Ejecutiva de Gobernador y de la Contraloría que monitoreen el cumplimiento de las acciones orientadas al logro de los objetivos y metas plasmados en los mismos. Además, dichos indicadores deberán cumplir con sus características de criterios y tener fichas técnicas con los elementos básicos que les permitan entender fácilmente sus características; también es importante determinar las metas de los mismos en base a un diagnóstico

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adecuado, y verificar su eficaz cumplimiento. Una vez implementados los indicadores, es recomendable realizar reuniones periódicas para monitorear el logro de las metas de los mismos, y realizar gestiones o tomar decisiones en base a los resultados de su medición. Resulta esencial que la Entidad realice evaluaciones periódicas de su desempeño en cumplimiento con lo estipulado en la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, que le permita conocer el impacto de sus acciones y sus logros y flaquezas y así reorientar estrategias y acciones o bien focalizarse en aquellos resultados positivos para hacerlos aún más eficientes y que en consecuencia se pueda hacer sincronía del desempeño de la Entidad con lo mencionado en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al artículo 85 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el artículo 4 de la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2018, así como el artículo 6 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León, en lo relativo a que los recursos se administren con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

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Por lo expuesto y en observancia a lo preceptuado en los artículos 137, segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 20 fracción XXXI, 48 primer párrafo y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, me permito remitir a ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión que preside, en documento por escrito y forma digital, el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2018, del citado ente público.

Lo anterior a fin de que se sirva darle el trámite legislativo que corresponda.

Monterrey, Nuevo León a 21 de octubre de 2019

ATENTAMENTE EL C. AUDITOR GENERAL

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de evaluación al desempeño, fueroncomunicadas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superiordel Estado de Nuevo León, al titular del Ente Público, y a quien fungió como tal en el periodo objeto dela revisión y dejó de desempeñar dicho cargo, mediante los oficios que adelante se detallan, a efectode que presentaran dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la notificación delas citadas observaciones, las justificaciones y aclaraciones de su intención:

En ese sentido, se exponen a continuación: 1) las observaciones no solventadas; 2) lasjustificaciones y aclaraciones presentadas en su caso por, a) el ente público por conducto de suDirectora Jurídica, bajo el rubro "Del Ente Público", y b) por quien se desempeñó como tal en elperiodo objeto de la revisión bajo el rubro "Del Extitular"; 3) el análisis efectuado por esta AuditoríaSuperior del Estado, a las justificaciones y aclaraciones presentadas; y por último, 4) las accioneso recomendaciones que se formularán.

Observación 1. No fueron proporcionados los Convenios, Acuerdos de coordinación y colaboracióncon la Federación, los Estados y Municipios, así como con Instituciones públicas y privadas,personas físicas o morales, entidades del gobierno central y paraestatal, celebrados en el ejercicio2018, por lo cual no fue posible realizar una evaluación de los mismos.

RespuestaDel Ente Público:

Se anexan los convenios celebrados durante el ejercicio 2018, correspondientes a los diferentesProgramas que ofrece la Secretaría de Educación Pública, los cuales se detallan a continuación:

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Del Extitular

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoLa Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, proporcionó diversos convenios, sin embargo,dichos documentos no se encuentran debidamente publicados en el Periódico Oficial del Estado,cabe mencionar que tres de los ocho convenios no cuentan con firma de autorización por parte delpersonal de la SEP Federal.

Por lo mencionado con anterioridad, se determina que se solventa parcialmente la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante que la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León realice la publicación de losconvenios en el Periódico Oficial del Estado y de esta manera surtan efectos legales, así mismo esrecomendable que dichos convenios cuenten con todas las firmas de autorización.

Observación 2. No se encuentra publicado y actualizado en el portal de transparenciade Gobierno del Estado de Nuevo León http://transparencia.nl.gob.mx/site/consulta?fi=MjAxOC0xLTE=&ff=MjAxOC0xMi0yOA==&dep=VUlF , los siguientes artículos de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León:

Artículo 95

1) Fracción I: Su marco normativo no lo presentan en su portal de transparencia, lo referente amanuales, leyes, reglamentos, entre otros.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

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2) Fracción II: No presentan en su portal de transparencia el Organigrama de la Entidad.

3) Fracciones XX y XXI: No se localizó información actualizada acerca de los trámites y requisitosya que se tienen hasta el 3er trimestre 2018 y en relación a los formatos, plazos y costos éstos nolos incluyen.

4) Fracción XXII: No se localizó información en su portal de Transparencia los últimos 5 ejerciciosfiscales y la información financiera sobre el presupuesto asignado.

Por lo tanto, existe una falta de eficacia en el cumplimiento de los artículos 24 fracción XI y 95fracciones I, II, XX, XXI y XXII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública delEstado de Nuevo León.

RespuestaDel Ente Público:

La Unidad de Integración Educativa, como Sujeto Obligado, cumple la obligación depublicar información conforme lo establece en el Artículo 77 de la Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, en el Sistema dePortales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT), mismo que se puede visualizaren la siguiente liga de acceso https://www.gob.mx/sesna/documentos/sistema-de-portales-de-obligaciones-de-transparencia-sipot, https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#obligaciones conforme a la tabla de aplicabilidad del artículo 95 de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, de las Obligaciones deTransparencia Comunes de los Sujetos Obligados del Estado de Nuevo León.

Asimismo, en referencia al Sistema Estatal de Transparencia de Nuevo León (SIET), le informamosque el SIET es un Portal administrado por parte de la Contraloría y Transparencia Gubernamental delEstado de Nuevo León, cabe establecer, que en lo mencionado a que la información no se encuentrapublicada y actualizada, comentamos que así como se cumple con las obligaciones en materia detransparencia en el SIPOT, en forma subsecuente se realiza la misma operación en el SIET, mismoque se puede visualizar en la siguiente liga de acceso: http://transparencia.nl.gob.mx/site/consulta?fi=MjAxOC0xLTE=&ff=MjAxOC0xMi0yOA==&dep=VUlF&reporte=MzU=&art=Mg==; los vínculosantes mencionados son ejecutados de una manera más óptima con el explorador "Internet Explorer".

Cabe señalar, que se han presentado en forma recurrente problemas técnicos que han derivado enque la información publicada en tiempo y forma, desaparezca, para lo cual se adjunta capturas depantalla, en las cuales se observa que la información que se advierte, ha sido capturada nuevamentey publicada, estableciendo que dicha deficiencia ha sido subsanada, asimismo, para robustecer loseñalado de las fallas técnicas del SIET, se adjunta de igual manera capturas de pantalla, de loseventos en que se puede clarificar las fallas continuas del sistema."

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

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Del Extitular

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoLa Unidad de Integración Educativa de Nuevo León proporcionó tres ligas, donde se puede consultarinformación de la Entidad, así como imágenes de los apartados de transparencia, sin embargo, lainformación que se logró consultar, la mayoría corresponde al ejercicio 2019 por lo que no se logródeterminar que estuvieran vigentes durante el periodo en revisión.

Por lo mencionado con anterioridad, se determina que se solventa parcialmente la observación

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Se recomienda que la información de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, seencuentre publicada y actualizada dentro del apartado de Transparencia, a fin de facilitar el acceso ala información pública, de acuerdo a las disposiciones de transparencia y rendición de cuentas a lasque se refiere el artículo 24, fracción XI, y 95 de la Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública del Estado de Nuevo León.

Observación 3. La Unidad de Integración Educativa de Nuevo León no proporcionó manuales deorganización, de políticas y de procedimientos propios, que se encuentren actualizados y cuentencon firmas de elaborado y actualizado, lo que le permita tener eficiencia en el funcionamiento internode sus unidades administrativas.

No obstante lo anterior, nos proporcionaron manuales de otros entes públicos, sin embargo, nofueron explícitos en cómo dichos manuales son aplicables a la Unidad de Integración Educativa deNuevo León, además, en su mayoría no contaban con las firmas de elaboración y actualizacióncorrespondientes.

RespuestaDel Ente Público:

Se anexa Manual Organizacional, Manual de Calidad, Procedimiento de Administración deRecursos Financieros, Procedimiento de Auditorías Internas, Procedimiento de Producto/Servicio NoConforme, Procedimiento de Evaluación de la Satisfacción del Cliente, Procedimiento de Quejas delCliente, Procedimiento de Acciones Correctivas Y/O Preventivas emitidas por la Dirección General

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

de Administración y Finanzas debidamente firmados; Manual de Calidad ISO emitido por la DirecciónGeneral de Planeación y Coordinación Administrativa.

Adicionalmente se incluyen portadas del Manual de Procedimientos del Catálogo de Centros deTrabajo y del Manual de Normas para la Administración de Recursos Humanos de la Secretaría deEducación, los cuales por el volumen no se imprimió, sin embargo se encuentra a su disposición;estos últimos manuales son aplicados por analogía a los trabajadores de la Unidad de IntegraciónEducativa de Nuevo León, en atención a las plazas transferidas por la Secretaría de EducaciónPública al Gobierno del Estado, de conformidad con el Acuerdo para la Modernización de laEducación Básica y el Convenio celebrado entre el Ejecutivo Federal, el Ejecutivo del Estado deNuevo León, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 1992 y el Instituto deSeguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicado en el Diario Oficial de laFederación, en fecha 26 de mayo de 1992.

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoLa Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, presentó diversos manuales y procedimientos,sin embargo, no corresponden a información propia de la Entidad, ni proporcionan el fundamento decómo le son aplicables. Además, la información entregada no se encuentra debidamente firmada niactualizada, a pesar que en el Manual Organizacional, de la Dirección General de Administración yFinanzas, señala que debe ser revisado cada dos años para adecuarlo a los posibles cambios.

Por lo anterior, no se solventa la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante que la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León cuente con manuales deorganización, de políticas y procedimientos propios, debidamente firmados y que se encuentrenactualizados y publicados, lo que le permita tener eficiencia en el funcionamiento interno de susunidades administrativas.

Observación 4. La Unidad de Integración Educativa de Nuevo León no presenta en la página detransparencia del Gobierno del Estado ni en su página oficial, la misión, visión y valores de la Entidad,así como no se proporcionó evidencia acerca de alguna difusión. Sin embargo, en su Cuenta Pública2018 señala una Misión la cual es diferente a la que nos proporcionó la Entidad como contestaciónal requerimiento de información, no habiendo una homologación al respecto. En lo referente a la

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

visión, debe reflejar la situación futura deseada conforme a lo dispuesto en las disposiciones delPresupuesto basado en Resultados, emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sinembargo, esta indicación no se ve reflejada en su contenido.

La Unidad de Integración Educativa de Nuevo León no presentó sus valores, por lo que no tenemosevidencia que exista un documento, que le permitiera manifestar que conduce su actuar de maneraética, estratégica y eficiente; además que existen directrices para su compromiso diario, así comocriterios unificados que compactan y fortalecen los intereses de la Entidad, por lo que no fue posiblevalidar que basaron su planeación bajo el principio de fortalecimiento de los valores, establecida enla fracción VIII del artículo 3 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León.

RespuestaDel Ente Público:

La misión y la visión de la UIE se encuentra publicada en la página http://www.nl.gob.mx/uie, seadjunta evidencia, la misión descrita coincide con la que se señala en la cuenta pública 2018, asímismo la visión también descrita si cumple con lo observado referente a que si refleja una situaciónfutura.

En lo referente a los valores que conducen el actuar de la Unidad de Integración Educativa, el sistemaeducativo estatal se conduce apegado a los valores que tiene actualmente establecida la Secretaríade Educación Pública (Federal) y que se difunden a través de su página: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/vision-y-mision-de-la-sep?state=published, sin embargo atendiendo lapresente observación se adjunta documento dirigido a la Titular de la Secretaría de Educación, parainiciar el proceso de establecimiento de valores de manera independiente, que de igual manera paradicho proceso se considerará los establecidos en la SEP.

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe realizó el análisis y examen de la contestación a esta observación, la cual solventa parcialmentela observación, debido a que la misión fue homologada a la de su Cuenta Pública 2018, así comopresentan la misión y visión en el portal de transparencia de Gobierno del Estado de Nuevo León, sinembargo, corresponde a ejercicios anteriores, no se encuentra actualizado al año 2018, además, nose localizaron en la página oficial de la Entidad, así como tampoco consideran sus valores propios,ya que los que presentan corresponden a los valores de Secretaría de Educación Federal.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Es importante que la información con que cuente la Entidad, respecto a misión, visión y valores, seencuentre unificada en todas sus fuentes de información, como son portales oficiales de internet,informes de rendición de cuentas, documentos oficiales, así como oficios para la ciudadanía, yde esta manera evitar confusiones sobre cuáles son los fines y actividades correspondientes a laEntidad. Es conveniente que se cuente con una adecuada difusión de los mismos.Los valores son parte importante de una Entidad, inspiran la razón de ser y permite que existancriterios unificados que compacten y fortalezcan los intereses de todos, ya que proporcionan unsentido de dirección común para todos los miembros y establecen directrices para su compromisodiario. Por tal motivo, es importante establecer en un documento oficial los valores propios de laEntidad al alcance de todos sus miembros y de este modo, que sea soportada su planeación bajoel principio de fortalecimiento de los valores, de acuerdo al artículo 3 fracción VIII de la Ley dePlaneación Estratégica del Estado de Nuevo León, por lo que se recomienda dar seguimiento a latarjeta informativa TI/DGPyCE/0016-2019/2020 en donde solicitan propuestas a cada Subsecretaríapara definir los valores.

Observación 5. La Unidad de Integración Educativa de Nuevo León proporcionó su ProgramaOperativo Anual (POA) 2018, sin embargo, no se obtuvo evidencia de que contemple el análisissituacional y la prospectiva de desarrollo, los programas que continuarán y los que se implementarán,las obras de infraestructura a ejecutar, así como tampoco los indicadores de corrupción e impunidady programas de combate a los mismos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Ley dePlaneación Estratégica del Estado de Nuevo León.

Además, el Programa Operativo Anual del Ente Público no incluye la información referente aldiagnóstico de la situación política, económica y social del Estado, ni una visión para el final de suvigencia, así como tampoco los responsables de su implementación, ésto de acuerdo al artículo 21,fracción IV, segundo párrafo del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado deNuevo León.

Cabe señalar que no se presentó evidencia de la aprobación previa de la Secretaría de Finanzas yTesorería General del Estado de los programas presupuestarios, que éstos hayan sido clasificadosen Estratégicos, de Apoyo y de Inversión, así como que hayan sido la base para la elaboración delanteproyecto de presupuesto de Egresos, como lo establecen los artículos 25 y 26 del Reglamentode la Ley de Planeación Estratégica.

Es de hacer mención que dichos incumplimientos se detectaron, a pesar que el Cuestionario deCumplimiento de Normatividad aplicado al Ente Público, el mismo manifestó contar con ello en lospuntos 3, 4, 5 ,6 y 8.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

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Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

También es de observar que el Programa Operativo Anual presentado por la Entidad, no contempla lainformación del valor del programa presupuestario y del avance financiero, careciendo de elementospara poder validarlos.

RespuestaDel Ente Público:

Es en el Plan Estatal de Desarrollo (PED) y en Programa Sectorial (PS) de Educación los cuales sealinean con Plan Estratégico NL (PE), donde se puede consultar el diagnóstico de la situación actualde desarrollo del Estado, de la situación política, económica y social, su prospectiva, los programas,objetivos y metas establecidos a mediano plazo, en el Programa Anual (PA) que en nuestro casoson los Programas Presupuestarios se establecen los objetivos para el año y las metas con losindicadores para su medición, el PA es un complemento del PE, del PED y del PS. Los ProgramasPresupuestales son estratégicos y de apoyo, cabe aclarar que el FONE no autoriza recursos parainversión, estos Programas si cuentan con la aprobación de la Tesorería del Estado (SFyTGE),se publican en el portal de gobierno, y se presentan en fechas ya establecidas a SFyTGE para laasignación de presupuesto, autorizado en la Ley de Egresos del Estado. En 2018 no fue posiblereportar el avance financiero, se analizó la integración con SFyTGE y ya para el 2° trimestre de 2019se elaboró el reporte.

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por la Unidad de Integración Educativa deNuevo León, la cual no solventa la observación debido que no proporcionó evidencia en dondese pudiera constatar que el Programa Operativo Anual de la Entidad contemple las situacionesobservadas. Así como tampoco presentó evidencia de la aprobación previa de la Secretaría deFinanzas y Tesorería General del Estado de los programas presupuestarios, su clasificación y quehayan sido la base para la elaboración del anteproyecto del presupuesto de Egresos.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Se recomienda contar con un Programa Operativo Anual que contemple la información del valor delprograma presupuestario y del avance financiero. Además, que contenga los elementos para darcumplimento al artículo 17 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, así comolos artículos 21 fracción IV segundo párrafo, 25 y 26 del Reglamento de esta misma Ley.

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Observación 6. Como parte de su planeación estratégica la Unidad de Integración Educativa deNuevo León cuenta con un Programa Operativo Anual que establece metas anuales, sin embargo,la entidad no proporcionó un documento estratégico en el cual se fijen metas y actividades a realizara mediano y largo plazo, lo cual sirve como base para el control de operaciones inmediatas y futuras,que le permitan cumplir con sus objetivos y con los niveles esperados de eficacia, eficiencia yeconomía.

RespuestaDel Ente Público:

Es en el Plan Estatal de Desarrollo, Tema Educación donde se establecen las prioridades de medianoplazo y largo plazo, las estrategias y líneas de acción y los proyectos y programas para alcanzar losobjetivos en el sector educativo. El Programa Sectorial de Educación 2016-2021 busca concretar losobjetivos del Plan Estatal con una planeación a mediano plazo.

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoLa Unidad de Integración Educativa de Nuevo León proporcionó parte del Plan Estatal de Desarrollo2016-2021, así como partes del Plan Sectorial de Educación, además presentó los reportes deavance físico - financiero, sin embargo, dicha información no contempla las metas y actividadesa realizar en el mediano y largo plazo las cuales permitan cumplir con sus objetivos y los nivelesesperados de eficacia, eficiencia y economía. Por lo tanto no solventa la observación

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Se recomienda que la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León realice una planeaciónestratégica en donde se establezcan formalmente las metas y actividades en concreto que sepretendan realizar en el corto, mediano y largo plazo, que además incluyan una calendarización delos tiempos estimados, costos y responsables de ejecución, lo cual sirve como base para el controlde operaciones inmediatas y futuras, que le permitan cumplir con sus objetivos y con los nivelesesperados de eficacia, eficiencia y economía.

Observación 7. La Entidad no presentó la información sobre las evidencias donde se efectuó lacoordinación con la Secretaría de Desarrollo Social, o en su caso, con el titular de la dependencia

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

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encargada del sistema educativo estatal, para la planeación y programación educativa, conforme alas facultades y obligaciones del Director de la Entidad establecidas en el artículo décimo segundoinciso VI de la Ley que Crea la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, por lo que no fueposible evaluar la eficacia en el cumplimiento de dicho artículo.

RespuestaDel Ente Público:

Se adjunta evidencia de la difusión de la información en la siguiente pág. http://www.nl.gob.mx/uie, que se refiere al nombre de la Titular de la Unidad de Integración Educativa, resultando que setrata de la misma persona que tiene a cargo la Secretaría de Educación en el Estado, motivo porel cual se mantiene una gran coordinación en la planeación y programación educativa en ambasInstituciones para llegar a un mismo objetivo.

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoLa Entidad proporcionó una imagen de la página de Gobierno del Estado de Nuevo León donde sedescribe al titular de la Unidad de Integración Educativa, así como el Oficio Núm. 396-A/2018, confecha 08 de mayo de 2018, donde se le otorga a la encargada de dicha Unidad el nombramiento comoSecretaria de Educación, sin embargo, no se proporcionó evidencia donde se identifique las accionesque se realizaron como respaldo de la coordinación sobre la planeación y programación educativa,con la Secretaría de Desarrollo Social o con el Titular encargado del Sistema Educativo Estatal,como lo señala el artículo décimo segundo inciso VI de la Ley que Crea la Unidad de IntegraciónEducativa de Nuevo León, de tal manera que no solventa la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es recomendable que la Entidad cuente con las evidencias de planeación y programacióneducativas, respecto a la Coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social, o en su caso, con elTitular de la Dependencia encargada del sistema educativo estatal, conforme a lo establecido en elartículo décimo segundo inciso VI de la Ley que Crea la Unidad de Integración Educativa de NuevoLeón.

Observación 8. De acuerdo a lo presentado en el presupuesto autorizado de la Ley de Egresos2018 contra el presupuesto autorizado de la Cuenta Pública del 2018 existe una diferencia de

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$11,673,400 (Once millones seiscientos setenta y tres mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), comose muestra en el siguiente cuadro:

Además, existe un subejercicio por $161,918,527 (Ciento sesenta y un millones novecientosdieciocho mil quinientos veintisiete pesos 00/100 M.N.), entre el presupuesto de egresos modificadoy devengado según Cuenta Pública conforme al cuadro siguiente:

También en relación al desglose de los programas con que opera la Entidad se proporcionaron cincocon un monto total de $13,963,107,970 (trece mil novecientos sesenta y tres millones ciento sietemil novecientos setenta pesos 00/100 M.N), sin embargo, no coincide con el que nos proporcionanen el anexo 3 por la cantidad de $13,962,907,970 (trece mil novecientos sesenta y dos millonesnovecientos siete mil novecientos setenta pesos 00/100 M.N.), habiendo una diferencia de $200,000(doscientos mil pesos 00/100 M.N.) conforme el siguiente cuadro:

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Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Cabe señalar que las diferencias anteriores no fueron aclaradas por la Entidad durante el proceso derevisión, lo que hubiera permitido evaluar la eficacia, eficiencia y economía en el manejo del recurso.

RespuestaDel Ente Público:

La variación entre el presupuesto de la Ley de Egresos vs. Aprobado de la UIE de NL, correspondea la diferencia entre los convenios autorizados y la Ley de Egresos, se anexa integración delpresupuesto registrado en la UIE, donde se toma como base la autorización federal por sobre laestatal, ya que la estatal es estimada y la federal es de acuerdo a convenio (se anexa determinación).

En relación al Subejercicio preliminar al 31 de diciembre señalado por un monto de $161,918,527se informa que el sub ejercicio corresponde a diversas situaciones con respecto a la no radicación,radicaciones extemporáneas en el ejercicio siguiente, pago de pasivos (contra resultados), prórrogaspara ejercicio de programas de Ramo 11, recursos ejercidos por la SEP directamente, recursospropios sin vigencia y sub ejercicios reintegrados a la TESOFE (se anexa explicación).

En referencia a la variación de la Contestación en el Punto 13 y Punto 46 Anexo 3, señalamos queexiste un error involuntario en el monto incluido en el punto 46 Anexo 3 en el rubro Subsecretaría deDesarrollo Magisterial ya que se mencionó la cantidad de $10,181,118 siendo el correcto un importede $10,381,118, de acuerdo al Presupuesto Autorizado correspondiente a FONE 2018

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración como documentación presentada por la Entidad, la cual la solventaparcialmente la observación, debido a que la Entidad respecto de las variaciones en cuestiónal aprobado de la cuenta pública contra Ley de Egresos 2018 indica que se toma como base laautorización federal sobre la estatal, pero no proporcionan la autorización a tales variaciones; enreferencia al subejercicio nos proporcionan integración de las partidas por fuente de financiamientoy cuyas causas mencionan corresponden a la no radicación, radicaciones extemporáneas en elejercicio siguiente, pago de pasivos contra resultados, prórrogas para ejercicio de programas deRamo 11, recursos ejercidos por la SEP directamente, recursos propios sin vigencia, y sub ejerciciosreintegrados a la TESOFE, sobre estos aspectos no presentan la evidencia para validar dichainformación; y en cuestión de la diferencia de los puntos de contestación a los puntos 13 y 46, indicanque existe un error involucrado en cuestión de la cantidad del rubro de la Subsecretaría de DesarrolloMagisterial.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Aplicar el recurso de la Entidad con eficacia, eficiencia y economía, dando cumplimiento a losartículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 85 fracción V, de laConstitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 4 de la Ley de Egresos del Estadode Nuevo León para el ejercicio fiscal 2018.Asimismo, es importante llevar un control de la información y documentación que justifique el recurso,y que las cifras presentadas en sus diferentes fuentes oficiales coincidan, evitando discrepanciasen la información.

Observación 9. No se proporcionó la información solicitada en forma completa sobre el nombre delpersonal responsable que participó de alguna manera en la operación y ejecución del recurso de laUnidad de Integración Educativa de Nuevo León en específico del programa Servicios de EducaciónBásica ya que no se entregó la descripción de sus funciones y/o atribuciones, por cada ente ejecutordel recurso; asimismo, la descripción de las actividades que realizó cada una de las personas y suevidencia documental.

Tampoco proporcionó un desglose de su capítulo de Servicios Personales por monto de lo querepresenta lo correspondiente a personal administrativo y operativo, por lo que no se pudo evaluar laproporción de sus funciones relacionadas con la prestación de servicios educativos, careciendo deelementos para verificar si está cumpliendo en forma eficaz y eficiente en el manejo de sus recursos.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

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Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

RespuestaDel Ente Público:

Se anexa listado con el detalle de cada uno de los funcionarios con su puesto y proyecto en elque participaron y del cual forman parte como responsables; además como evidencia incluimosejemplos de requisiciones de compra y/o servicio del ejercicio auditado correspondiente al 2018 enbase a las necesidades por cada proyecto, en donde se especifica el nombre del mismo, fuente definanciamiento, descripción de producto o servicio requerido y las firmas correspondientes de lostitulares de cada área involucrada; asimismo, se anexa el perfil de puestos, donde se describen lasfunciones y tareas principales que realizan.

Adicionalmente se anexa el detalle de nóminas procesadas correspondientes al ejercicio el 2018 pormonto, tipo y nivel con lo cual se puede determinar el personal administrativo y operativo que formaparte del programa de Servicios de Educación Básica.

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración como la documentación presentada por la Entidad, la cual solventaparcialmente la observación, debido a que de los 35 proyectos descritos donde relacionan elpersonal responsable, en su mayoría adjuntan formatos de la descripción de puestos, principalesfunciones y tareas a realizar con fecha de enero 2019, y en 4 proyectos correspondientes a lospuestos de Coordinación de Educación Musical y Subsecretario de Educación Básica no presentanestos formatos, por lo que en 2018 no se operó con esta normatividad en forma total, además nomencionan en qué porcentaje implicaron los recursos de estos proyectos del total de la entidadcomo del programa servicios de educación básica, como tampoco la evidencia documental de larealización de sus funciones en cada puesto.

En relación al monto de lo que representa del Capítulo de Servicios Personales respecto a personaladministrativo y operativo, la Entidad anexa el detalle de nóminas procesadas del ejercicio 2018mencionando con el cual se puede determinar al personal administrativo y operativo, sin embargo,no proporcionaron evidencia suficiente donde se logre determinar.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante contar con la totalidad de descripción de funciones y/o atribuciones, así como de lasactividades que realiza el personal responsable que participa de alguna manera en la operación y

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

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ejecución del recurso de la Entidad. Asimismo, se debe de contar con documentación soporte quelo ampare.

Observación 10. De acuerdo a la información recibida respecto a la entrega de registro de firmas, seproporcionaron los oficios en donde se reportan las personas autorizadas para firmas en diferentescuentas bancarias de la Entidad, sin embargo, no se proporcionó un catálogo de firmas del personalresponsable de cada área ejecutora del gasto, con el objeto de definir el tipo de rúbrica estableciday que se encuentren vigentes.

Además se determinó que no se están mandando los oficios de altas y bajas de firmas autorizadasreportadas a las 6 instituciones bancarias en forma oportuna, habiendo desfases de hasta 66 díasconforme al siguiente cuadro:

Por lo anterior no tenemos los elementos necesarios para determinar que exista un adecuado controlen firmas autorizadas en la operación del gasto y que se hayan realizado en forma eficiente en elmanejo de sus recursos.

RespuestaDel Ente Público:

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

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Por cuestiones propias a las de seguridad, no es viable desarrollar y proporcionar un Catálogo deFirmas, esto nos podría traer consecuencias de índole financiera si fuesen utilizadas por individuosajenos al Ente Público.

Pese lo anterior y con la intención de cumplimentar su requerimiento, en la inteligencia de larelevancia que tiene su solitud a fin de que pueda Usted culminar sus labores satisfactoriamente yla importancia para la Secretaría de Educación el acato a los requerimientos efectuados, considerofactible la opción de; a manera presencial en el recinto en cuestión se constituyan a practicar la olas diligencias necesarias para observar las rubricas del personal que solicita, esto en, documentosoficiales firmados con anterioridad a la petición del Catálogo de Firmas.

Asimismo, se anexan los formatos de altas y bajas de firmas autorizadas para disponer en cuentasde los diferentes bancos, en donde se puede apreciar por cada banco y cuenta quienes son losresponsables anteriores y los actuales.

En relación al desfase de fechas de elaboración y presentación de los oficios de altas y bajas defirmas, se procurará en los siguientes casos, realizarlos de manera oportuna.

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual no solventa laobservación, debido a que la Entidad mencionó que considera factible practicar las diligenciasnecesarias para observar las rúbricas del personal, así como que procurará realizar las altas y bajasde firmas de manera oportuna, sin embargo, actualmente no se cuenta con un catálogo de firmasactualizada, además de prevalecer el desfase en días en el trámite de altas y bajas de personalautorizado de firmas en cuentas bancarias.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es recomendable contar con un catálogo de firmas autorizadas donde señalen al personalresponsable de cada área ejecutora del gasto y de esta manera definir el tipo de rúbrica establecidala cual debe estar vigente.Además, es importante mantener los oficios de altas y bajas de las firmas autorizadas actualizadasy de esta forma tener un control adecuado en la operación del gasto, eficientizando el manejo delrecurso.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

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Observación 11. La Entidad informó sobre la existencia de 9 programas de becas, detectando amanera general que existen 2 programas "Instituciones Particulares" y "Fondo Ciencia y Tecnología"que no se proporcionó información del recurso asignado y aplicado, además existen 3 programasque excedieron su monto asignado y otros 2 programas que tuvieron subejercicio, por lo que no fuefactible evaluar la eficacia de los mismos conforme al siguiente cuadro:

Cabe señalar que fue proporcionada información sobre la operatividad del programa beca ciudadanarevisando una muestra de 100 expedientes observando incidencias en la mayoría de los requisitosconforme a su convocatoria, tal como se muestra enseguida:

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Por lo observado anteriormente no fue factible determinar que el recurso se haya ejecutado conformea lo señalado en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 85fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Nuevo León, artículo4 de la Ley de Egresos del estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2018, y artículo 31 delReglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, respecto a manejar losrecursos de forma eficiente, eficaz, con economía, transparencia y honradez.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

RespuestaDel Ente Público:

Beca Ciudadana, respecto a que el recurso asignado se sobrepasó en un 3%, excediendo sumonto asignado se aclara que el Comité Estatal de Becas y las comisiones que del mismo derivancomo órganos rectores del Centro Estatal de Becas, aprobaron las modificaciones en materia deincremento de los presupuestos por programa por motivos diversos, tales como cancelaciones debecas, demanda de un programa, falta de postulantes que cumplan criterios establecidos, entreotros.

Se anexa lo siguiente:

Segunda Sesión Ordinaria del Comité Estatal de Becas 2017-11 de septiembre de 2017: se estipulanlos montos asignados por programa Ciclo Escolar 2017/2018;

Primera Sesión Extraordinaria de la Comisión de Becas de Educación Básica 2017/2018-12 de enerode 2018: reasignación del remanente de los cheques cancelados o no entregados del Ciclo Escolar2016/2017 y

Primera Sesión Ordinaria del Comité Estatal de Becas, Ciclo Escolar 2018/2019- 21 de septiembredel 2018: reasignación del remanente de los cheques cancelados o no entregados del Ciclo Escolar2017/2018.

Beca en Instituciones Particulares: Se informa que este programa no tiene asignado presupuestoestatal, la operación de éste se rige por el Reglamento de Otorgamiento de Becas en InstitucionesEducativas Particulares para los Tipos de Educación Básica y Especial en el Estado de Nuevo Leónpublicado en el Periódico Oficial del estado el 24 de septiembre del 2003. Dicho reglamento instruyea las Instituciones Educativas Privadas al otorgamiento de becas de descuento según criteriosestablecidos en el mismo instrumento jurídico.

Beca Apoyo para la Educación: Se observó que el recurso asignado no se cumplió por completo,ejerciendo solo el 44% de lo establecido por lo que informamos que el Comité Estatal de Becas y lascomisiones que del mismo derivan como órganos rectores del Centro Estatal de Becas aprobaronlas modificaciones en materia de reducción de los presupuestos por programa por motivos diversos,tales como cancelación de becas, demanda de un programa, falta de postulantes que cumplan conlos criterios establecidos, entre otras situaciones.

Se anexa lo siguiente:

Segunda Sesión Ordinaria del Comité Estatal de Becas 2017-11 de septiembre de 2017: se estipulanlos montos asignados por programa Ciclo Escolar 2017/2018;

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Tercera Sesión Ordinaria de la Comisión de Educación Media Superior, Ciclo Escolar 2017/2018-13de julio de 2018: propuesta de reasignación de remanentes para el Ciclo Escolar 2018/2019 y

Primera Sesión Ordinaria del Comité Estatal de Becas, Ciclo Escolar 2018/2019-21 de septiembredel 2018: reasignación del remanente del Ciclo Escolar 2017/2018.

Beca de Apoyo a la Inclusión: se observó que no se entregó soporte de convocatoria y el recursoasignado se sobrepasó en un 258% excediendo su monto asignado, por lo que se le informaque, el presente programa se deriva del Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría deEducación y la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, y el Colegio de Estudios Científicosy Tecnológicos del Estado de Nuevo León, celebrado el pasado 12 de noviembre de 2018, por losque no se realiza bajo mecánica de Convocatoria Pública.

A su vez se informa que durante el ejercicio fiscal 2018 se ejerció la ministración de los apoyospara el Ciclo Escolar 2017/2018 por $928,211.00, así como para el Ciclo Escolar 2018/2019 por$1,995,000.00; que dan el total de recursos ejercidos $2,923,211.00

Del apoyo para el Ciclo Escolar 2017/2018 comentamos que el Comité Estatal de Becas y lascomisiones que del mismo derivan como órganos rectores del Centro Estatal de Becas aprobaron lasmodificaciones en materia de incremento de los presupuestos por programa por motivos diversos,tales como cancelaciones de becas, demanda de un programa, falta de postulantes que cumplancon los criterios establecidos, entre otras situaciones.

Del apoyo para el Ciclo Escolar 2018/2019 se informa que el Comité Estatal de Becas y lascomisiones que del mismo derivan como órganos rectores del Centro Estatal de Becas aprobaronel monto asignado de $1,995,000.00 cumpliendo al 100% el ejercicio del recurso.

Se anexa lo siguiente:

Segunda Sesión Ordinaria del Comité Estatal de Becas 2017-11 de septiembre de 2017: se estipulanlos montos asignados por programa Ciclo Escolar 2017/2018;

Primer Sesión Ordinaria de la Comisión de Educación Media Superior, Ciclo Escolar 2017/2018 del27 de septiembre de 2017 (propuesta de reasignación de remanente Ciclo Escolar 2016/2017);

Tercera Sesión Ordinaria de la Comisión de Educación Media Superior, Ciclo Escolar 2017/2018 del13 de julio de 2018 (presentación de resultados del Ciclo Escolar 2017/2018) y

Primera Sesión Ordinaria del Comité Estatal de Becas, Ciclo Escolar 2018/2019 del 21 de septiembredel 2018 (se estipulan los montos asignados por programa para el Ciclo Escolar 2018/2019)

Beca Situación Vulnerable: se observó que no se entregó soporte de convocatoria y el recursoasignado se sobrepasó en un 92% excediendo su monto asignado, por lo que se informa que elpresente programa deriva del Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de Educacióndel Estado de Nuevo León y el Consejo Consultivo Ciudadano de Seguridad Pública del Estado

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

de Nuevo León, celebrado el 10 de enero de 2007, por lo que no se realiza bajo la mecánica deConvocatoria Pública.

A su vez se informa que, la Ley General de Víctimas, publicada en el Diario Oficial de la Federaciónel 9 de enero de 2013, obliga, en sus respectivas competencias, a las autoridades de todos losámbitos de gobierno, y de sus poderes constitucionales, así como a cualquiera de sus oficinas,dependencias, organismos o instituciones públicas o privadas que velen por la protección de lasvíctimas, a proporcionar ayuda, asistencia o reparación integral. Las autoridades de todos losámbitos de gobierno deberán actuar conforme a los principios y criterios establecidos en esta ley,así como brindar atención inmediata en especial en materia de salud, educación y asistencia social,en caso contrario quedarán sujetos a las responsabilidades administrativas, civiles o penales a quehaya lugar.

En cumplimiento a los artículos 1,2,4,5,7,47,51,52,64 y 116 de la Ley General de Víctimas, durante elejercicio fiscal 2018, se recibieron un mayor número de expedientes de víctimas de los que se teníaproyectados, siendo la Secretaría de Educación del Estado, un sujeto obligado a facilitar y agilizarlos trámites a personas en carácter de víctimas del delito, se incrementó el presupuesto establecidopara dicho programa.

Beca Fondo para la Educación, la Ciencia y la Tecnología Aplicadas al Campo en Nuevo León"FECTEC" se observa que no se otorgó ningún tipo de información ya que este Fideicomiso seencuentra inactivo desde el año 2015, debido a una falta de nombramientos de los miembros delComité Técnico del Fideicomiso a cargo del Titular del Poder Ejecutivo.

Se anexan oficios de solicitud a la Dirección Jurídica de la Secretaría de Educación donde se lesolicita gire instrucciones en materia de nombramientos de los miembros del Comité con fecha del07 de febrero y 31 de julio de 2019.

Beca Vulnerabilidad por Embarazo (Programa Nacional de Becas para la Educación Básica deMadres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas, "PROMAJOVEN") Se observó que el recurso asignadono se cumplió por completo, ejerciendo solo el 32% por lo que se informa que, es un ProgramaFederal con recursos del ramo 11, auditado por la Federación, donde debido a la falta de expedientesy postulaciones de participantes que cumplan con el perfil establecido por el Gobierno Federal, nose cumplió con la meta, reintegrando el recurso a la autoridad competente.

En lo que corresponde a observación referente a 57 expedientes que no cumplen con el comprobantede domicilio original, se informa que los originales que se solicitan en la Convocatoria sonexclusivamente para cotejo, la copia se integra en el expediente sin el original.

En lo que respecta a observación sobre 39 expedientes que no cuentan con la Clave única deRegistro de Población (CURP), se remiten copias de todos los que faltantes.

Sobre la observación de que en 20 expedientes no se anexan con los dos últimos recibos de nómina,se informa que por cuestiones de mejora regulatoria y con la finalidad de reducir papelería, se tomó

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

la decisión de quien no contara con los recibos de nómina de los últimos dos meses, se le aceptarasolo un mes, derivando que en la próxima convocatoria se presentara únicamente el de un mes.

En lo respecta a la observación sobre 19 expedientes que no cuentan con boleta de calificacionesdel Ciclo Escolar 2016-2017, se solicitó a la Dirección de Certificación copia de las boletas decalificaciones faltantes las cuales se anexan.

En base a que se presentan 18 expedientes que no cuentan con la huella digital del alumnocomo acuse de recibo de cheque, me permito informar que muchos de los casos el Padre o Tutores el que recibe el cheque y la huella es solo para los menores de edad beneficiarios que nocuentan con una identificación solicitándoles la huella para validar su identidad, se anexa informacióncorrespondiente.

De la observación referente a que 11 expedientes no cuentan con la fecha de entrega de cheque enel acuse de recibo, se remiten copias de los acuses de recibido.

En lo que respecta a 9 expedientes a los que se les verificó que no cuentan con otro apoyoeconómico, informamos que nuestro Órgano de Control autoriza a realizar asignaciones directas decasos muy específicos a los que no se les exige todos los requisitos.

En base a observación sobre 5 expedientes con falta de comprobante de domicilio original,informamos que los originales que se solicitan en la Convocatoria son exclusivamente para cotejo,la copia se integra en el expediente sin el original.

De la observación sobre 4 expedientes que sobrepasan el ingreso familiar no mayor a 4 salariosmínimos informamos que nuestro Órgano de Control nos autoriza a realizar asignaciones directasde casos mus específicos a los que no se les exige todos los requisitos.

En lo que respecta a observación de 3 expedientes que no cuentan con el comprobante de ingresoinformamos que nuestro Órgano de Control nos autoriza a realizar asignaciones directas de casosmuy específicos a los que no se les exige todos los requisitos.

De la observación de 2 expedientes que no cuentan con el folio de registro y aviso de privacidadinformamos que nuestro Órgano de Control nos autoriza a realizar asignaciones directas de casosmuy específicos a los que no se les exige todos los requisitos; se remiten copias de los documentosfaltantes.

En lo que corresponde a que se presentan 2 expedientes de alumnos con materias reprobadas,informamos que nuestro Órgano de Control nos autoriza a realizar asignaciones directas de casosmuy específicos a los que no se les exige todos los requisitos.

De la observación correspondiente a 2 expedientes que no cuentan con el acuse de recibido delcheque, informamos que los cheques fueron cancelados debido a que no se localizó al alumno; seanexa copia de 1 acuse de recibido y 1 copia del oficio de cancelación.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

En base a observación de 6 expedientes que no fueron entregados o localizados, informamos que3 expedientes con el cheque fueron cancelados. Se remite copia del oficio de cancelación de 4cheques de beneficiarios y los oficios que los amparan; los 2 restantes se encuentran duplicados enel listado que la auditoría solicito durante la revisión de esta área

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual solventa parcialmentela observación debido a lo siguiente:

Respecto a Beca Ciudadana no se mostró la razón por medio del análisis respectivo del sobregirodel presupuesto de cantidad de becas otorgadas.

En relación a Becas Instituciones Particulares mencionan que no tiene información debido a queestá regulado por el Reglamento de Otorgamiento de Becas en Instituciones Educativas Particularesdel 12 de agosto de 2003, sin embargo, éste no cuenta con las firmas, además de que no justificanque dichas instituciones particulares hayan otorgado el equivalente al 5% del monto total obtenidode colegiaturas mensuales de los alumnos inscritos, conforme al artículo 4 de dicho reglamento.

En el caso de la Beca de Apoyo a la Educación tampoco se justificó la razón por medio del análisisrespectivo de la falta de cumplimiento del déficit en el otorgamiento de becas otorgadas.

De la beca de inclusión en donde indican que no se tiene convocatoria debido a que este programaderiva del convenio de colaboración que celebran la Secretaría de Educación, Unidad de IntegraciónEducativa de Nuevo León y el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos de Nuevo León del12 de noviembre de 2018, no se proporcionó el análisis de cómo se otorgaron dichas becas ni seproporcionaron las reglas de operación correspondientes conforme al apartado tercero inciso b) dedicho reglamento, además no se presentó un análisis del sobregiro de becas otorgadas del cicloescolar 2017/2018.

Respecto a la Beca de Situación Vulnerable la Entidad manifiesta que no se presentó convocatoriadebido a que este programa deriva del convenio de colaboración que celebra la Secretaría deEducación y el Consejo Consultivo Ciudadano de Seguridad Pública del estado de Nuevo León defecha 10 de enero de 2007, sin embargo, no se presentó análisis de la razón de sobregiro conformea las obligaciones de la cláusula segunda inciso c) de otorgar la beca de acuerdo a la normatividadaplicable.

En relación al Programa de Beca Fondo para la Educación, la Ciencia y la Tecnología aplicadasal campo en Nuevo León, mencionan que se encuentra inactivo desde el año 2015, por falta de

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

nombramientos del personal de comité técnico del fideicomiso, sin embargo, sigue sin estar operandono obstante de la petición de esos nombramientos en 2019.

Y respecto a la Beca de Vulnerabilidad por embarazo en donde se menciona que se reintegróel recurso no ejercido a la autoridad competente, sin embargo, no se mostró la evidenciacorrespondiente.

Por otro lado en relación a lo observado en los requisitos no cumplidos en la revisión a la muestradel Programa Beca Ciudadana, la Entidad en algunos casos presenta la papelería faltante y en otrosmenciona que los originales se solicitan exclusivamente para cotejo, remitiendo en expediente solocopia, y en otros no se cumple por cuestiones de mejora regulatoria o autorizado por el órgano decontrol para otorgarlo como asignación directa, no obstante, no se ha actualizado la convocatoriacorrespondiente sobre estos casos.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante contar con la integración de expedientes que tengan la totalidad de los requisitosseñalados en las convocatorias o reglas de operación actualizadas, asimismo, aplicarse a los montosasignados con el objeto cumplir con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos, 85 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberanode Nuevo León, así como de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal2018 artículo 4 respecto al manejo del recurso con eficacia, eficiencia y economía.

Observación 12. No se evidencía que se haya realizado un informe de actividades de maneraoportuna conforme a lo establecido en el artículo décimo segundo de la Ley que crea la Unidad deIntegración Educativa de Nuevo León, ya que presentan estado de actividades a nivel financiero porbimestre y anual, sin firmas y gestionados en el mes de enero 2019, cuando deben efectuarse dentrodel período de sesiones de la Junta de Gobierno cada 2 meses, por lo que no se está cumpliendoen forma eficaz conforme al artículo en mención.

RespuestaDel Ente Público:

En lo correspondiente a la periodicidad bimestral de la Junta de Gobierno se informa que de acuerdoal artículo 51 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Cuenta Pública se presentarátrimestralmente en términos de las disposiciones en materia de transparencia, asimismo, se le refierela Ley que Crea a la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, de acuerdo al Artículo Décimoreferente a las sesiones de la Junta de Gobierno, no especifica que se deba presentar información

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

financiera de manera bimestral, atendiendo al Artículo Segundo y Décimo Segundo, sin embargo seencuentra publicada en la página del organismo (www.uienl.edu.mx).

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada por la Entidad y cabe hacermención que el artículo 51 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, estipula que lainformación financiera se difundirá trimestralmente, sin embargo, el artículo décimo segundo fracciónIV de la Ley que Crea la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León hace referencia a presentarinforme de actividades cada dos meses ante la Junta de Gobierno, por lo que no presentó evidenciade realizarlo, en consecuencia, no solventa la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Presentar un informe de actividades cada dos meses ante la Junta de Gobierno dando cumplimientoal artículo décimo segundo fracción IV de la Ley que Crea la Unidad de Integración Educativa deNuevo León.

Observación 13. La Entidad contestó sobre el total de quejas y denuncias registradas en el ejercicio2018 un total de 569 quejas, sin embargo no se proporcionó un desglose de quejas y denuncias consu respectivo seguimiento, como tampoco un informe formal de las mismas con firmas de elaboró,revisó y/o autorizó por ciclo escolar, donde indique la cantidad con más incidencias por tipo de quejas,por región, escuela, persona o área afectada, y además por tipo de acción correctiva, por lo que nose tienen los elementos suficientes para poder evaluar y determinar la efectividad en su operación.

RespuestaDel Ente Público:

En lo que se refiere a que no se proporcionó un desglose de quejas y denuncias registradas enel ejercicio 2018 con su respectivo seguimiento; anexamos detalle de las mismas con la siguienteinformación capturada en el sistema SACI, la cual incluye la información siguiente: Folio, Fecha,Hora, Descripción del planteamiento, Tipo de Planteamiento, Rubro, Nombre, Dirección, Municipio,Código Postal, Teléfono Particular, Teléfono Oficina, Teléfono Celular, Correo electrónico, Fecha delincidente, Hora del incidente, Lugar donde incurrió, Centro de trabajo, Nombre del denunciado, Fechade respuesta inmediata, Hora de respuesta inmediata, Respuesta inmediata, Fecha de respuesta,

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Hora de respuesta, Respuesta definitiva, Fecha de comunicado de respuesta, Hora de comunicadode respuesta, Persona que recibió respuesta, Medio de comunicación, Operador que captura,Punto de contacto, Turnado, Área de respuesta definitiva, Fecha compromiso, Estatus, Operadorde Respuesta Inmediata, Fuente, Atendido; cabe señalar que en base a cada uno de los datos conque cuenta este reporte es posible comprobar la atención, evaluación y seguimiento que la Entidadlleva a cabo en su operación diaria.

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEl Ente Público proporcionó un listado de las quejas y denuncias presentadas durante el 2018,manifestando que es información capturada en el sistema SACI, sin embargo, no se presentóevidencia suficiente donde se muestre su debido seguimiento, así mismo, dicho listado no presenta lafirma de elaboración, revisión y autorización, además no se proporcionó evidencia donde se enlistenlas quejas y denuncias por incidencias ya sea por tipo de queja, escuela, región, personas o áreaafectada, así como de acciones correctivas realizadas, todo lo anterior con la finalidad de evaluarla efectividad en su operación.

Derivado de lo comentado con antelación, no se solventa la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante contar con un sistema de control oportuno de quejas como de denuncias presentadasa las diferentes áreas de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León, a fin de darlesseguimiento, y con el objeto de poder visualizar en forma clasificada su concepto, área y personalinvolucrado, tiempo de respuesta, resolución, entre otros, y que estén reglamentadas por medio dealgún lineamiento o manual de su operación que regule su control y resultados.

Observación 14. Del análisis realizado a la contestación y soporte presentado por la Unidad deIntegración Educativa de Nuevo León, sobre el Cuestionario de Cumplimiento de Normatividadaplicable al ente público fiscalizado, no se presentó información de lo siguiente:

a) Respecto al tema de Proceso de Planeación se detectó:

1.De acuerdo a lo contestado por la Entidad no corresponde a lo enmarcado en el artículo 1 fracciónI de la Ley de Planeación Estratégica, y artículos 14 fracción V inciso a, y 15 de su Reglamento, deevidenciar la participación del titular de la entidad y de la sociedad en el proceso de planeación.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

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2.La Entidad contestó "sin respuesta" respecto al registro y validación de los presupuestos porresultados (PpR), conforme a lo establecido en el artículo 78 y 79 de la Ley de Egresos 2018.

3.También la Entidad contestó "sin respuesta" sobre el proceso de planeación respecto a losprogramas presupuestarios y los proyectos de inversión fueran presentados antes del último díahábil de marzo 2018 ante la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, conforme a loestablecido en el artículo 72 de la Ley de Egresos en mención. Igualmente, tampoco se contestórespecto a lo siguiente:

3.1Que la información anterior fuera presentada al Congreso del Estado.

3.2Que se haya presentado el Informe de Avance de Gestión Financiera correspondiente a cadatrimestre a más tardar el último día hábil del mes inmediato posterior a la conclusión de cadatrimestre.

3.3Que la información antes mencionada se haya publicado en el portal de internet correspondienteincluyendo el nombre del lugar o liga para acceder a dicha información.

3.4Se haya cumplido en enviar a la Secretaría las MIR de los programas presupuestarios paraconsiderarlos en el Proyecto de la Ley de Egresos del ejercicio fiscal 2019, con fecha a mas tardarel último día hábil del mes de julio 2018.

4.No se contestó en el cuestionario de la Ley de Egresos 2018 si se alineó al Plan Estatal deDesarrollo 2016-2021 y los planes y programas que de este deriven, al gasto público de lasDependencias y Entidades, conforme artículo 1.

5.Tampoco se contestó si se tiene claramente identificada y localizada la población objetivo o áreade enfoque para los diferentes programas presupuestarlos, según lo establecido en los artículos 2fracción XXIV y 4 fracción III de la Ley de Egresos 2018.

b)Otros:

1) La Entidad contestó "sin respuesta" sobre los programas de esta Secretaría mostraran que sehaya incluido la equidad de género en su elaboración, aplicación, seguimiento y evaluacióna los mismos, incumpliendo con lo que establece el artículo 73 de la Ley de Egresos 2018.

2) También se contestó "sin respuesta" sobre si la dependencia modificó su estructura orgánicay laboral para el ejercicio fiscal 2018, previa autorización del Titular del Ejecutivo Estatalconforme al artículo 45 de la Ley de Egresos 2018.

3) Igualmente se contestó "sin respuesta" sobre si se realizaron modificaciones a los recursosestatales respecto a lo establecido en Artículos 40 y 41 de la Ley de Administración Financieradel Estado de Nuevo León, según lo establecido en el artículo 41 de la Ley de Egresos.

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4) La Entidad contestó "sin respuesta" sobre la evidencia que las operaciones de adquisiciones,arrendamientos y contratación de servicios se hayan realizado en apego a las disposicionesprevistas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estadode Nuevo León, de acuerdo al artículo 61 de la Ley de Egresos 2018.

Por lo que no se tuvieron los elementos para evaluar la eficacia en el cumplimiento a dichanormatividad.

RespuestaDel Ente Público:

a) 1. Referente al cuestionario de normatividad, inciso a), No. 1, se presenta como evidencia elPlan Estatal de Desarrollo en los agradecimientos menciona que participaron 15,000 neoloneses yneolonesas que respondieron la consulta pública y 150,000 ciudadanos que observaron el procesode elaboración del Plan vía Internet. Para la elaboración del Programa Sectorial de Educación seconsideraron los objetivos que se establecieron, y se desarrollaron las estrategias y líneas de acciónpara el cumplimiento de dichos objetivos, por ese motivo ya no se consideró necesario llevar acabo nuevas consultas ciudadanas, cabe mencionar que el Programa Sectorial de Educación fuepresentado por el Titular del Sistema Educativo Estatal que se encontraba a cargo, de acuerdo aevidencia que se presenta.

a) 2. Por disposición de la SFYTGE se reporta el avance de manera trimestral de las metasestablecidas en las MIR de los Programas Presupuestarios, motivo por el cual el último avancereportado antes del último día hábil de Julio 2018, fue el del segundo trimestre, abril-jun 2018, enconveniente aclarar que al no solicitar modificaciones por parte de esta Secretaría a la SFyTGE seconsideran los programas que se encuentran vigentes, sin necesidad de solicitar su refrendo.

a) 3. La SFyTGE solicitó los programas presupuestarios incluyendo las nuevas metas y susindicadores en el mes de septiembre 2018 para el seguimiento del cumplimiento de las metas quese establecen para el ejercicio 2019 y de esta manera reportar trimestralmente los avances físico-financieros, en cuanto a los proyectos de Inversión no se asignó recursos de FONE para inversión,motivo por el cuál no se presentaron proyectos de este tipo.

3.1 La presentación de esta información al Congreso del Estado le corresponde a la SFyTGE.

3.2 Se cumplió con los cuatro informes de avances trimestrales de las metas anuales establecidas,sin embargo, no se incluía el avance financiero con motivo a que la SFy TGE cuenta con estainformación, a partir del segundo trimestre 2019, se solicita la información a la SFy TGE para incluirlaen el informe y se envía a la misma SFyTGE. Esta información se encuentra publicada en estadirección electrónica: http://pbr-sed.nl.gob.mx/evaluacion-del-desempeno

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

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3.3 Los informes trimestrales del 2018 se pueden consultar en la siguiente liga: http://pbr-sed.nl..gob.mx/evaluacion-del-desempeno.

3.4 Por disposición de la SFYTGE se reporte el avance de manera trimestral de las metasestablecidas en las MIR de los Programas Presupuestarios (http://pbr-sed.nl.gob.mx/evaluacion-del-desempeno), motivo por el cual el último avance reportado antes del último día hábil de julio 2018fue el segundo trimestre, abril-junio 2018, es conveniente aclarar que al no solicitar modificacionespor parte de esta Secretaría a la SFyTGE se consideran los programas vigentes, sin necesidad desolicitar su refrendo.

a) 4. Se anexa cuestionario de la Ley de Egresos 2018 revisado y analizado previamente por lasáreas involucradas como responsables.

a) 5. En las MIR de los programas presupuestales se encuentran los indicadores correspondientes,con los cuales se les da un seguimiento a las metas ahí mismo establecidas y que manejan elenfoque o la población objetivo del programa tanto en el corto y largo plazo como lo define el PlanEstatal de Desarrollo y el Programa Sectorial de Educación, pudiendo consultar en la siguiente liga:http://pbr-sed.nl.gob.mx/evaluacion-del desempeño.

b) 1) Se adjunta el objetivo estratégico No. 1 del Programa Sectorial de Educación 2016-2021 queconsiste en garantizar el derecho a la educación con equidad e inclusión para toda la población, laestrategia sectorial 1.4 indica Reducir las brechas de cobertura en los distintos niveles educativosasegurando la paridad de género, y su línea de acción sectorial 1.4.4 establece implementarprogramas y acciones que mejoren el acceso, permanencia y conclusión de la educación en losdistintos niveles, favoreciendo la igualdad entre hombres y mujeres.

Es importante comentar que en febrero del año en curso se le envió a la SFyTGE los indicadores de los programas presupuestales vigentes con apertura de género, procurando cumplir con los objetivos de la equidad de género, se adjunta evidencia del documento enviado.

b) 2) La estructura orgánica laboral no tuvo modificaciones durante el ejercicio 2018, la última reformaal Reglamento Interior de la Secretaría se publicó el 21 de julio del 2017 en periódico oficial No. 89-IV.

b) 3) En referencia a los recursos Estatales asignados se informa que si se llevaron a caboadecuaciones durante el ejercicio 2018 derivadas de las necesidades de la operación.

b) 4) Se anexan dos ejemplos como evidencia de que las operaciones de adquisiciones,arrendamientos y contratación de servicios de la Entidad se realizaron en apego a la Ley deAdquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, las cualescorresponden a la póliza de cheque C00037 del 15 de febrero de 2018 por $492,000.00 a favorde Espectáculos Universales TM, S.A. de C.V. y póliza C01226 del 05 de noviembre de 2018 por$2,201,332.00 a favor de Proveedora Escolar y de Oficina de Nuevo León, S.A. de C.V., anexando a

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

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las mismas sus respectivos contratos en los que se establecen los procedimientos de adjudicaciónde acuerdo a la citada Ley.

Del Extitular:

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual solventa parcialmentela observación debido a que en los siguientes puntos se detectó:

Del punto 14 a-1) la Entidad menciona la participación de la ciudadanía en el Plan Estatal deDesarrollo, y del titular en el Programa Sectorial de Educación, sin embargo, no se presenta laevidencia de cuántos de ese personal intervino en el proceso de planeación propio de la Entidad enespecífico del Programa Servicios de Educación Básica.

Del punto a-2) No obstante de que la Entidad indica que por disposición de la SFyTGE se reportael avance trimestral de las metas establecidas en la MIR de los Programas Presupuestarios y al nosolicitar modificación se considera que están vigentes sin necesidad de refrendo, sin embargo, nose mostró la evidencia de que sus Programas Presupuestarios hayan sido registrados y validadospor la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado como parte importante de su procesode planeación.

Respecto al punto a-3 la Entidad menciona que la SFyTGE solicitó los programas presupuestariosen el mes de septiembre 2018 para el ejercicio 2019, pero no se menciona el proceso de planeaciónde los mismos para el ejercicio 2018 y que debió ser el último día hábil de marzo 2018 conforme alartículo 72 de la Ley de Egresos 2018.

De los puntos a-3.1, a-3.2, a-3.3, y a-3.4 no se mostró la evidencia de haberse recibido en elCongreso sus programas presupuestarios, informe de su avance de gestión financiera presentadoa más tardar el último día hábil del mes posterior a la conclusión de cada trimestre, publicaciónde lo anterior en internet y enviado a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado(SFyTGE) sus programas presupuestarios para el proyecto de la Ley de Egresos del ejercicio fiscal2019 respectivamente, no obstante de mencionar la Entidad de que la información de sus programasa presentarse al Congreso le corresponde a la SFyTGE, y respecto a los demás puntos mencionanlas ligas correspondientes, sin embargo no adjuntas las evidencias respectivas.

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría deDesempeño 2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

Del punto a-4 y a-5 no se contestó sobre si se alineó al Plan Estatal de Desarrollo 2016-20121 y losplanes y programas que de este deriven al gasto público de las dependencias y entidades, como laidentificación y localización de la población objetivo o área de enfoque de los diferentes programaspresupuestarios respectivamente, conforme a los artículos 1, 2 fracción XXIV y 4 fracción III de la Leyde Egresos 2018, toda vez que la Entidad menciona que anexa cuestionario de la Ley de Egresosrevisado y analizado previamente por las áreas involucradas como responsables, y en la MIR de losprogramas presupuestales se encuentra la población objetivo, sin embargo, no se precisa cuálesfueron ni el soporte que lo avalen.

Respecto al punto 14-b-1) durante el 2018 no se evidenció en los programas presupuestarios hayansido operados conforme a la equidad de género e inclusión, ya que se presenta la solicitud deinclusión para los programas de fecha 12 de septiembre 2019.

En relación al punto 14-b-2 sobre si la dependencia modificó su estructura orgánica y laboral previaautorización del Titular del Ejecutivo conforme al artículo 45 de la Ley de Egresos 2018, la Entidadmencionó que no hubo modificaciones en 2018, presentando última reforma al Reglamento Interiorde la Secretaría del 21 de julio 2017, validando por el cuerpo de auditores que efectivamente estafue la última versión.

Lo correspondiente al punto 14-b-3 la Entidad menciona que se llevaron a cabo adecuaciones en elejercicio 2018, sin embargo, no muestran en que rubros y cuál fue la causa de tal modificación.

Y del punto 14-b-4 en lo que corresponde al apego a las disposiciones previstas de la Ley deAdquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, la Entidadpresentan 2 ejemplos como evidencia de que las operaciones de adquisiciones, arrendamientosy contratación de servicios de la Entidad se realizaron en apego a la Ley de adquisiciones,Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, validando el equipo deauditoría su apego conforme a tales ejemplos, sin embargo, no se obtuvo evidencia física dela convocatoria al concurso de adquisición de equipos menores de oficina para supervisores einspectores de educación básica, en conformidad a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos yContratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante apegarse a la normatividad correspondiente a los puntos observados, siendo losartículos afectados el artículo 1 fracción I de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de NuevoLeón, artículos 14 fracción V inciso a) y 15 del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica delEstado de Nuevo León, y artículos 1, 2 fracción XXIV, 4 fracción III, 41, 45, 61, 72, 73, 78 y 79 de laLey de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2018.

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2018 Unidad de Integración Educativa de Nuevo León .(Desempeño)

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Observación 15. Existen las siguientes observaciones detectadas, de acuerdo al análisis realizadoa los elementos de la MIR proporcionada, la MIR de transparencia, así como de las fichas técnicasentregadas:

Además en la MIR proporcionada, en su espacio de valor del Programa Presupuestario como de suavance financiero en monto y porcentaje, estos datos no se reflejan.

Asimismo, tanto en fichas técnicas como la MIR proporcionada no se cuenta con el dato de ladefinición del indicador. Tampoco las fichas técnicas de cada indicador están identificadas en suportal de transparencia.

Cabe aclarar que los indicadores C5 Porcentaje de Actividades Realizadas y A1C1 Porcentajede Diagnósticos Elaborados, no son claros, ya que las palabras involucradas en su nombre de"actividades" y "diagnósticos" respectivamente implican un significado amplio y no preciso en suexplicación, lo cual no son explícitos.

Indicadores en Cuestionario Normatividad

En relación a la contestación del cuestionario de la Ley de Planeación Estratégica y su Reglamento,no se evidencían que los indicadores de los programas de la Entidad se hayan realizados conforme alos lineamientos de la Secretaría de Finanzas, Oficina Ejecutiva del Gobernador y de la Contraloría,como tampoco sobre el cumplimiento de los objetivos y metas plasmados en los mismos, conformelo establece los artículos 14 fracción V inciso c) y 36 del Reglamento de la Ley de PlaneaciónEstratégica, así como los artículos 16 fracción IV y 19 de la Ley de Planeación Estratégica, loanterior, a pesar que mencionan tenerlo. Asimismo señalan contar con indicadores de corrupción eimpunidad y los programas de combate a los mismos, establecidos en el artículo 16 fracción V tercer

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párrafo de la Ley de Planeación Estratégica, sin embargo, no proporcionaron evidencia de ello, nise encontraron plasmados en una MIR ni en sus fichas técnicas.

Eficacia de Metas

La MIR del 2018 del Programa Servicio de Educación Básica, los resultados de las metasprogramadas en el avance al año o trimestre nos muestran lo siguiente:

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Por lo cual no se pudo evidenciar si fue eficaz su actuación de metas en el nivel componentes yactividades antes mencionados.

Cabe mencionar que la Entidad no justificó las demás metas cumplidas de la MIR proporcionada, elsoporte y los informes anuales relativos a su cumplimiento.

RespuestaDel Ente Público:

Sobre la observación referente al nivel de la MIR, se adjunta cuadro con folio No. 1 donde se realizanlas aclaraciones correspondientes.

En referencia al espacio no llenado del valor del Programa presupuestario como de su avancefinanciero en monto y porcentaje, se informa que en el ejercicio 2018 no se llenaba dicho espacioconsiderando que la SFyTGE que es a donde se envían los informes ya cuenta con esta información,sin embargo, a partir del segundo trimestre del 2019 ya se incorporó esta información.

En relación a la observación de la falta de definición de los indicadores, a este respecto se adjuntanlas fichas técnicas de cada indicador donde se describe información clara, sin embargo, en la peticiónpor parte de la SFyTGE de las mestas para el ejercicio 2020 solicita una definición más precisa decada indicador.

En referencia a los indicadores C5 porcentaje de actividades realizadas, este se refiere a actividadespara el desarrollo integral del alumno. El indicador A1C1 de porcentaje de diagnósticos elaboradosse refiere al diagnóstico de necesidades educativas al inicio del ciclo escolar, considera lapreinscripción de alumnos a los niveles educativos preescolar, primaria y secundaria, además estimalas necesidades de espacios educativos, aulas y docentes.

Con respecto a la observación de la falta de evidencia sobre los indicadores de los programas dela Entidad que se hayan realizado conforme a los lineamientos de la SFyTGE, Oficina Ejecutiva delGobernador y de la Contraloría, a este respecto informo que estos indicadores fueron implementadosen colaboración con la SFyTGE; tan es así que se encuentran autorizados por esta misma Secretaría,los valida trimestralmente y de la misma manera los publica también cada trimestre en la página deGobierno, la parte de la coordinación con la Oficina Ejecutiva y la Contraloría se realiza a través dela SFyTGE. La publicación por parte de la SFyTGE de los indicadores a los que se hace referenciase pueden consultar en la siguiente dirección: http://pbr-sed.nl.gob.mx/evaluacion-del-desempeno.

En referencia a la observación de contar con indicadores de corrupción e impunidad y los programasde combate de los mismos, adjuntamos documento donde se señala la dirección electrónica delPrograma Sectorial de Educación en su pág. 99 donde se establecen dichos indicadores

Del Extitular:

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No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual no solventa laobservación debido a lo siguiente:

Respecto al cuadro MIR siguen sin incluir los aspectos de año en línea base, sentidos del indicador,como de la corrección en dato de avance del componente 3 como de las diferencias en metaprogramada con su ficha técnica en varias de sus actividades, no obstante de que la Entidadmenciona como línea base el año 2015, los sentidos de los indicadores ascendente o descendenteestén en fichas técnicas, la diferencia del dato de avance a nivel componente entre su MIR y la detransparencia, así como las diferencias a nivel actividades contra sus fichas técnicas, no presentaronlas evidencias de su corrección.

También durante 2018 no se reflejó el dato en MIR del valor del programa presupuestario como delavance financiero en monto y porcentaje, como la definición de los indicadores incluyendo fichastécnicas, además de falta de claridad en conceptos de algunos indicadores, no obstante que laEntidad menciona que el avance financiero se realizó hasta el 2° trimestre del 2019, y que sesolicitará una definición más precisa para el ejercicio 2020, y de que se hayan aclarado los conceptosde actividades y diagnóstico, sin embargo, estos no se especifican en la MIR 2018.

No obstante de que la Entidad menciona haberse efectuado los indicadores en base a loslineamientos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, sin embargo, sólomuestran la liga donde se puede consultar la publicación de la Secretaría en mención, visualizandoel Programa Anual de Evaluación de los Fondos y Programas Públicos del Gobierno del Estado deNuevo León 2018 (PAE 2018), no obstante no mencionan en qué parte de este Programa estáninvolucrados la elaboración de indicadores.

En relación a los indicadores de corrupción e impunidad donde mencionan están establecidos en elPrograma Sectorial de Educación, sin embargo, no se presenta una MIR propia donde la Entidadmuestre el seguimiento a todos los elementos que componen cada nivel de la MIR de esos dosindicadores.

Cabe mencionar que no se mostró evidencia respecto a las causas en la mayoría de losincumplimientos en el avance de las metas de los diversos indicadores a nivel componentes yactividades, ya que la Entidad menciona que en referencia a la eficacia de metas reflejan unadisminución que se deriva de la generación de estudiantes que iniciaron en preescolar en 2006 quepor decreto cambio en la edad requisito para iniciar dicho nivel escolar y que representó en ese cicloun incremento considerable en la matrícula y esta generación precisamente pasó al nivel de mediasuperior en el ciclo 2017-2018 donde se refleja la disminución en secundaria.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

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Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante que la Entidad considere los criterios señalados en los "Lineamientos para laconstrucción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico"de la CONAC (Consejo Nacional de Armonización Contable) publicados en el Diario Oficial de laFederación el 16 de mayo de 2013, dichos lineamientos son de observancia obligatoria para losentes públicos, permitiéndoles dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de ContabilidadGubernamental. Asimismo, es conveniente hacer uso de las Guías para la Construcción de la MIRy para el diseño de indicadores, publicados tanto por la SHCP (Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico), como por la CONEVAL (Consejo Nacional de Evaluación de la Política de DesarrolloSocial). Debe de existir una concordancia entre la información de los indicadores de su MIR con lade sus fichas técnicas; así como dar cumplimiento a los artículos 16 fracciones IV y V tercer párrafo,así como el artículo 19 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, de igualforma los artículos 14, fracción V, inciso c y el artículo 36 del Reglamento de la mencionada Ley.

Observación 16. La Entidad no presentó evidencia de haber efectuado reuniones periódicas paramonitorear el logro de las metas de los indicadores evaluados, como del seguimiento de losresultados de las auditorías internas o externas al desempeño realizadas en el 2018, por lo queno fue posible determinar que se hayan realizado gestiones o tomado decisiones en base a losresultados de la medición de los indicadores, que le permitiera a la Entidad continuar con la formaen que estaba operando o reorientando su actuar, con la finalidad de coadyuvar el cumplimiento desus objetivos, y en consecuencia, no fue posible medir el grado de eficacia, eficiencia y economíacon que han sido empleados los recursos destinados a alcanzar los objetivos previstos, por lo tanto,no se pudo verificar el cumplimiento de lo establecido en los artículos 14 fracción V inciso e) 31, 32y 35 del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León.

Evaluaciones y aspectos de mejoramiento en Cuestionario de Normatividad

En relación a la contestación del cuestionario de normatividad antes mencionado, pero ahoraafectando al rubro de evaluaciones y aspectos de mejoramiento, respecto a la Ley de PlaneaciónEstratégica del Estado de Nuevo León, Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estadode Nuevo León, Programa Anual de Evaluación de los Fondos y Programas Públicos del Gobiernodel Estado de Nuevo León 2018 (PAE 2018), como de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo Leónpara el Ejercicio Fiscal 2018, se detectó lo siguiente, considerando que en su respuesta indicaron"no se cuenta con dicha información" o "sin respuesta":

1.La Entidad contestó que "no se cuenta con dicha información" sobre el seguimiento y evaluaciónde los instrumentos de planeación y su ejecución sean realizados por el Consejo Nuevo León, conla colaboración de la Entidad, basados en lo establecido del artículo 18 de la Ley de Planeación

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Estratégica como artículos 14 fracción V inciso e, 31 y 32 del Reglamento de la Ley de PlaneaciónEstratégica.

2.De igual manera respecto a los programas y proyectos derivados del proceso de planeación sehayan realizado sujetándose con la Ley de Egresos 2018 conforme a sus recursos autorizados, porlo que tampoco se evidenció que sus metas fueron alcanzadas en forma eficiente y eficaz. Lo anterioren relación a lo que dicta el artículo 29 del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica.

3.La Entidad contestó "sin respuesta" por lo que no mostró si operó y ejecutó la evaluación a losprogramas presupuestarios por medio del Sistema de Evaluación al Desempeño (SED) y ProgramaAnual de Evaluación 2018 (PAE 2018) respectivamente conforme al artículo 80 de la Ley de Egresos2018.

4.También la Entidad no proporcionó el monto provisionado para el PpR y SED y cuánto representódel presupuesto aprobado, además qué se está haciendo para fortalecer las capacidades técnicasde los funcionarios públicos respecto en la evaluación del desempeño conforme a lo establecido enel artículo 80 de la Ley de Egresos 2018.

5.La Entidad no evidenció si cuenta con la Unidad de Evaluación para coordinar con la Secretaría deFinanzas y Tesorería General del Estado el cumplimiento de las etapas del proceso de evaluaciónconforme a lo establecido en punto 15 del Programa Anual de Evaluación de los Fondos y ProgramasPúblicos del Gobierno del Estado de Nuevo León 2018 (PAE 2018).

6.La Secretaría contestó que "no se cuenta con dicha información" respecto al seguimiento delos aspectos susceptibles de mejora, derivados de las evaluaciones realizadas, conforme a loestablecido en el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica.

7.La Entidad contestó "sin respuesta" respecto a que el ejercicio, control y evaluación delpresupuesto de la Unidad de Integración Educativa de Nuevo León haya cumplido con los principiosde eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y así satisfacer los objetivos a los queestán destinados, conforme a lo establecido con el artículo 4 de la Ley de Egresos 2018.

RespuestaDel Ente Público:

En referencia a la eficacia de metas, se anexa la matriz de educación básica que en el caso de delindicador de la matrícula de educación básica que refleja una disminución, al respecto se comentaque dicha disminución se deriva de la generación de estudiantes que iniciaron en preescolar en 2006que por decreto cambio en la edad requisito para iniciar dicho nivel escolar y que representó enese ciclo un incremento considerable en la matrícula y esta generación precisamente pasó a al nivelde media superior en el ciclo 2017-2018 donde se refleja la disminución en secundaria.

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En relación a la observación que no fue posible determinar que se hayan realizado gestiones otomado decisiones en base a los resultados de la medición de los indicadores que le permitiera a laentidad con la forma en que estaba operando o reorientando su actuar, a este respecto le informo queen el ejercicio 2018 fue realizada a esta Secretaría por parte de la Coordinación de la Unidad Técnicade Monitoreo y Evaluación de la SFyTGE la evaluación especifica de desempeño con enfoque degénero de educación media superior, se evaluaron ocho programas relativos a dicho nivel, de lacual se derivaron una serie de recomendaciones para identificar los aspectos susceptibles de mejoraque han permitido precisamente mejorar el desempeño de los programas, se puede consultar elseguimiento que se le ha dado a esta evaluación en la siguiente dirección electrónica: http://pbr-sed.nl.gob.mx/evaluacion-del-desempeno.

1.-Actualmente se tiene asignado un enlace con el Consejo Nuevo León para el seguimiento yevaluación de los instrumentos de planeación y su ejecución, se participa en las reuniones donde secoadyuva en el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Estratégico y Plan Estatal deDesarrollo. El informe de la evaluaciones realizadas por el Consejo Nuevo León se puede consultaren la página del mismo: https://www.conl.mx/documents/InformeAnualCONL2017-2018.pdf

2. Con respecto a la variación que se aprecia en las metas alcanzadas de los programaspresupuestales se debe en forma importante a que dichas metas son establecidas con anticipacióny una vez que se cuenta con la información del presupuesto autorizado no son ajustadas a dichopresupuesto, debido a estos se está proponiendo llevar a cabo una reprogramación en las metas alinicio del ejercicio 2020 para que en dicho ejercicio no se presente la misma situación.

3. En el ejercicio 2018 fue realizada a esta Secretaría por parte de la Coordinación de la UnidadTécnica de Monitoreo y Evaluación de la SFyTGE a través de la oficina de las Naciones UnidasContra la Droga y el Delito, la evaluación específica de desempeño con enfoque de género deeducación media superior, se evaluaron ocho programas relativos a dicho nivel, de la cual sederivaron una serie de recomendaciones para identificar los aspectos susceptibles de mejoraque han permitido precisamente mejorar el desempeño de los programas, se puede consultar elseguimiento que se le ha dado a esta evaluación en la siguiente dirección electrónica: http://pbr-sed.nl.gob.mx/evaluacion-del-desempeno.

4. Se informa que la SFyTGE es quien hace la provisión del recurso y el ejercicio del mismo parallevar a cabo las evaluaciones a las dependencias del sector estatal y el tema de capacitación afuncionarios públicos.

5. Esta Institución tiene personal asignado para coordinarse con la SFyTGE para el cumplimentode las etapas de evaluación, el seguimiento de la última evaluación realizada PAE 2018 se puedeconsultar en la siguiente dirección electrónica: http://pbr-sed.nl.gob.mx/evaluacion-del-desempeno.

6. Se lleva un seguimiento adecuado ante la SFyTGE con respecto a los aspectos susceptiblesde mejora como se puede constatar en la evaluación de Educación Media Superior que es la más

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reciente y se encuentra en la siguiente dirección electrónica: http://pbr-sed.nl.gob.mx/evaluación-del-desempeno.

7. La elaboración del anteproyecto presupuestario por parte de esta Institución se apega a loslineamientos establecidos por la SFyTGE, el ejercicio del recurso se lleva a cabo de acuerdo alos programas vigentes y alineados al Programa Sectorial de Educación 2016-2021 que de lamisma manera se encuentra alineado al Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021, procurando entodo momento el cumplimiento de las mestas establecidas en dichos documentos, buscando elbeneficio social y económico de ls población, se considera importante comentar que cada trimestrese actualiza la información de avance de metas en el portal de transparencia (SIET), que sepuede consultar en la siguiente dirección electrónica: http://transparencia.nl.gob.mx/site/consulta?fi=MjAxOC0xLTE=&ff=MjAxOC0xMi0yOA==&dep=U0U=&reporte=NDE=&concepto=NQ==&art=Mg==."

Del Extitular

No presentó en el plazo otorgado las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual no solventa laobservación debido a lo siguiente:

La Entidad menciona que la Coordinación de la Unidad Técnica de Monitoreo y Evaluación de laSecretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado realizó la evaluación a los ocho programasrelativos al género de educación media superior determinando una serie de recomendaciones paraidentificar los aspectos susceptibles de mejora, sin embargo, no se mostró el seguimiento a este tipode recomendaciones y el grado de avance de su cumplimiento.

Respecto al punto del seguimiento y evaluación de los instrumentos de planeación y ejecuciónsean realizados por el Consejo Nuevo León con colaboración de la Entidad, sólo se menciona queactualmente se tiene asignado un enlace con dicho Consejo y que se participa en las reuniones paratal efecto, sin embargo, no se muestran las evidencias de dichas reuniones operadas en 2018.

Sobre el punto de que las metas fueran alcanzadas en forma eficiente y eficaz conforme asus recursos autorizados, la Entidad menciona que las variaciones en metas de programaspresupuestales son establecidas con anticipación y una vez que se cuenta con la información delpresupuesto autorizado no son ajustadas, por lo que se está proponiendo llevar una reprogramaciónen metas al inicio del ejercicio 2020, sin embargo, aún está pendiente.

Respecto a la operación de los programas presupuestarios y ejecución a la evaluación por medio delSistema de Evaluación al Desempeño y Programa Anual de Evaluación 2018 respectivamente, no sesoportó la evidencia correspondiente, toda vez que las recomendaciones de aspectos susceptiblesde mejora llevada a cabo por la Coordinación de la Unidad Técnica de Monitoreo y Evaluación de laSFyTGE sobre una evaluación al desempeño con enfoque de género de educación media superior,

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Anexo 1Resultados de la Auditoría de Desempeño

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en donde mencionan una liga para consultar el seguimiento, sin embargo, no detallan las mismaspara su confirmación.

En relación al monto provisionado para el presupuesto para resultado y sistema de evaluación aldesempeño, y cuánto representó del presupuesto aprobado, así como en qué aspectos se estáfortaleciendo para la evaluación al desempeño, no se mostró la evidencia respectiva, solo que estolo lleva a cabo la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.

En lo que corresponde a la implementación de la Unidad de Evaluación en la Entidad mencionó quese tiene personal asignado para coordinarse con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General delEstado, sin embargo, no menciona quiénes la conforman y desde cuándo.

En lo que respecta al seguimiento de los aspectos susceptibles de mejora, derivados de lasevaluaciones realizadas, conforme a lo establecido en el artículo 35 del Reglamento de la Ley dePlaneación Estratégica, la Entidad menciona que se lleva un seguimiento adecuado en liga http://pbr-sed.nl.gob.mx/evaluación-del-desempeno, apareciendo en dicha liga el Programa de Evaluaciónde Evaluación 2018 (PAE 2018) no indicando en qué aspectos se consideraron para su evaluacióny cuáles fueron los aspectos susceptibles de mejora resultantes de ello.

Además, respecto a que el presupuesto de la Entidad en su ejercicio, control y evaluación se hayacumplido con los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, mencionanque en todo momento se procura el cumplimiento de las metas establecidas, sin embargo, no semostró la efectividad en su cumplimiento.

Cabe hacer mención que, aunado a lo anterior, no proporcionó evidencia de haber realizadoreuniones periódicas para evaluar el avance en el cumplimiento de los objetivos de indicadores yrealizar las acciones de corrección oportunamente.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es recomendable realizar evaluaciones y reuniones periódicas para monitorear los resultados de losindicadores que le permita a la Entidad tener un panorama de cómo está evolucionando y de estamanera, poder tomar decisiones y emprender acciones necesarias a tiempo para lograr cumplir consus objetivos, teniendo una mejora continua. Es recomendable también que la Entidad mantengadocumentado el soporte de las reuniones realizadas.Asimismo, es importante dar cumplimiento a la Ley de Planeación Estratégica del Estado de NuevoLeón, al Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, y a la Ley deEgresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2018, respecto a temas de seguimientoy evaluaciones.

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