Anexo GAS OK - Ajuntament de Riba-roja de Túria

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ANEXO INSTALACIÓN RECEPTORA DE GAS

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ANEXO

INSTALACIÓN RECEPTORA DE GAS

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INSTALACIÓN RECEPTORA DE GAS MODIFICADO DE PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA

Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)2

ÍÍNNDDIICCEE

1.- MEMORIA...................................................................................................................................................................4

1.1.- ANTECEDENTES ..................................................................................................................................................6

1.1.1.- Objeto del proyecto.................................................................................................................................6

1.1.2.- Promotor......................................................................................................................................................6

1.1.3.- Emplazamiento y situación del edificio. ...............................................................................................6

1.1.4.- Justificación del tipo de gas combustible utilizar................................................................................6

1.1.5.- Clasificación de la Instalación Receptora según la presión máxima de servicio. .......................6

1.2.- NORMATIVA DE APLICACIÓN.........................................................................................................................6

1.2.1.- Normativa de obligado cumplimiento de rango estatal. .................................................................7

1.2.2.- Normas UNE. ...............................................................................................................................................8

1.2.3.- Normativa recomendada. Normas tecnológicas. .............................................................................8

1.3.- SUMINISTRO. .......................................................................................................................................................8

1.3.1.- Tipo y clase. ................................................................................................................................................8

1.3.2.- GC. Gas canalizado. ................................................................................................................................8

1.4.- DISEÑO DE LA INSTALACIÓN. ..........................................................................................................................9

1.4.1.- Estimación de consumo...........................................................................................................................9

1.4.2.- Potencia nominal de utilización simultánea. .....................................................................................10

1.4.3.- Caudal máximo simultáneo individual................................................................................................10

1.4.4.- Potencia nominal de utilización simultánea de la instalación común. ........................................11

1.4.5- Dimensionado de las conducciones....................................................................................................12

1.5.- TUBERÍAS. ..........................................................................................................................................................13

1.5.1.- Instalación de tuberías. ..........................................................................................................................15

1.5.2.- Uniones. .....................................................................................................................................................18

1.6.- ELEMENTOS DE REGULACIÓN. ......................................................................................................................19

1.7.- ESTACIÓN DE REGULACIÓN Y MEDIDA. ......................................................................................................20

1.8.- CONDICIONES DE DISEÑO Y VENTILACIÓN DE LOCALES DESTINADOS A CONTENER APARATOS A

GAS. ...........................................................................................................................................................................20

1.8.1.- Aparatos de circuito abierto que no necesitan estar conectados a conducto de

evacuación..........................................................................................................................................................21

1.8.2.- Sótano suficientemente ventilado.......................................................................................................22

1.8.3.- Ventilación rápida. .................................................................................................................................23

1.8.4.- Aparatos de circuito estanco...............................................................................................................23

1.8.5.- Aparatos de circuito abierto conectados a conducto de ventilación. ......................................24

1.9.- CONDICIONES DE VENTILACIÓN Y CONFIGURACIÓN DE LOS LOCALES COLECTIVOS Y

COMERCIALES DESTINADOS A CONTENER APARATOS DE GAS. .....................................................................24

1.9.1.- Entradas de aire. .....................................................................................................................................24

1.9.2.- Ventilación rápida en los locales colectivos y comerciales. ..........................................................26

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1.9.3.-Volumen mínimo en locales colectivos y comerciales. ....................................................................26

2- CÁLCULOS................................................................................................................................................................29

2.1.- Bases .................................................................................................................................................................29

2.2.- Cálculos............................................................................................................................................................30

2.2.1.- Acometida interna..................................................................................................................................30

2.2.2.- Elementos de regulación (ERM) ...........................................................................................................30

2.2.3.- Red de distribución .................................................................................................................................30

2.3.- Descripción de la solución adoptada........................................................................................................31

2.3.1.- Acometida interior. .................................................................................................................................31

2.3.2. Instalación E.R.M.......................................................................................................................................31

2.3.3.- Red de distribución interior ....................................................................................................................31

2.3.4.- Aparatos receptores...............................................................................................................................33

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)4

IINNTTRROODDUUCCCCIIÓÓNN

En el proyecto original estaba previsto que la instalación de gas del edificio se alimentara desde dos

depósitos de GLP (propano comercial) enterrados suministrados por la empresa REPSOL. Los depósitos

enterrados, así como su situación, pueden observarse en las siguientes imágenes:

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)5

Sin embargo, puestos en contacto con la empresa suministradora GAS NATURAL – FENOSA, se nos ha

informado de la posibilidad de conectar el edificio a su red de distribución. Esta es la opción que

desarrollaremos.

Los consumos considerados son los correspondientes a la cocina de la cafetería y a las calderas

encargadas de producir agua caliente para el consumo y para la climatización del recinto y el

calentamiento de las piscinas.

A pesar de que existen algunos tramos de canalización de polietileno enterrada, se considera que no

se pueden aprovechar dado el deterioro que han sufrido. Además, el trazado de la instalación será

totalmente distinto al previsto en principio, dada la posibilidad de conexión a la red de Gas Natural.

Todo esto se refleja en el análisis de la certificación 12.

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11..-- MMEEMMOORRIIAA

1.1.- ANTECEDENTES

1.1.1.- Objeto del proyecto

El presente anexo tiene como objeto la descripción de las instalaciones a realizar de la instalación

receptora para el suministro de gas a los aparatos de utilización de la piscina y cafetería objeto de este

proyecto de ejecución.

1.1.2.- Promotor

Excelentísimo Ayuntamiento de Ribarroja del Turia.

1.1.3.- Emplazamiento y situación del edificio

Avenida Pacadar Valenciana de Riba-Roja del Turia.

1.1.4.- Justificación del tipo de gas combustible utilizar

El suministro de gas se efectúa por la empresa GAS NATURAL-FENOSA, mediante la conexión a su red

de media presión (MPA).

1.1.5.- Presión máxima de servicio

La presión máxima de servicio, al tratarse de gas natural a media presión (MPA), estará comprendida

entre 0,05 y 0,4bar.

1.2.- NORMATIVA DE APLICACIÓN

El diseño, los materiales y métodos que se empleen en la construcción de la Instalación Receptora de

gas combustible, las conexiones de los aparatos a gas, la ventilación y dimensiones de los locales que

albergan esta instalación deberán observar y cumplir la normativa estatal en vigor que le sea de

aplicación.

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Se indica una relación de la Normativa en vigor a cumplir referente a estas Instalaciones.

1.2.1.- Normativa de obligado cumplimiento de rango estatal

- REAL DECRETO 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de

distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01

a 11.

- Norma UNE 60.670/93 Instalaciones de Gas en locales destinados a usos domésticos,

colectivos o comerciales.

- NBE Instalaciones de gas en edificios habitados (O.-P.G. 29/III/74). BOE 30/II/74 - 11/IV/74 -

27/IV/74.

- Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles (D.-M.I. 26/X/73).BOE

21/XI/73 - 20/II/84.

- Reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos e Instrucciones MIG (D.-M.I.E.

18/XI/74), BOE 6/XII/74 - 8/XI/83 - 23/VII/84.

- Instrucción sobre Documentación y puesta en Servicio de las Instalaciones Receptoras de

Gases combustibles e Instrucción sobre Instaladores Autorizados de gas y Empresas Instaladoras (O.-

M.I.E. 17/XII/85). BOE 9/I/86.

- I.T.C. M.I.E. AP. Aparatos a Presión (R.D. -M.I.E. 4/IV/79), BOE 29/V/79 - 28/VI/79 - 12/III/82 -

13/IV/85 -20/VI/85 - 28/XI/89.

- Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible (R.D.- M.I.E. 20/V/88). BOE

25/V/88.

- I.T.C. M.I.E. AG Aparatos a Gas. (O.-M.I.E. 7/VI/88), BOE 20/VI/88, 27/XII/88.

- Directivas de la C.E.E. nº75/324 y nº76/767 Aparatos a Presión (R.D. M.I.E.30/III/88). BOE

20/V/88.

- Directiva nº 89/106/CEE (R.D. 1630/ 1992) Productos de la Construcción.

- Directiva nº 92/42/ CEE (R.D. 275/1995) Requisitos de rendimiento para calderas nuevas de

agua caliente alimentadas con combustibles líquidos y gaseosos.

- Directiva nº 90/396/CEE (R.D.1428/1992) Aparatos de gas.

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- Homologación C.E.E. de aparatos a Presión (R.D. M.I.E. 23/XI/90), BOE 28/XI/90.

1.2.2.- Normas UNE

Listado resumen de las normas que a continuación se relacionan como de obligado cumplimiento en

la forma en que queda especificado en las ITC correspondientes.

- UNE 19.040 Tubos roscables de acero de uso general. Medidas y masas. Serie normal.

- UNE 19.679 Condiciones generales que deben cumplir las llaves para combustibles gaseosos

maniobradas manualmente a presiones de servicio de hasta 5 kgf/cm2, en instalaciones interiores.

- UNE 37.141 Cobre C-1130. Tubos redondos de precisión, estirados en frío sin soldadura para su

empleo con manguitos soldados por capilaridad. Medidas, tolerancias, características mecánicas y

condiciones técnicas de suministro.

- UNE 53.333 Plásticos. Tubos de polietileno de media y alta densidad para canalizaciones

enterradas de distribución de combustibles gaseosos. Características y métodos de ensayo.

- UNE 60.002 Clasificación de los combustibles gaseosos en familias.

1.2.3.- Normativa recomendada. Normas tecnológicas

NTE-IGL/73, NTE-IGC/73 y 86, NTE-ISH/74, NTE-IGN/75, NTE-IGO/80.

1.3.- SUMINISTRO

1.3.1.- Tipo y clase

Se empleará gas natural procedente de la red de la compañía suministradora GAS NATURAL-FENOSA,

a media presión (MPA).

1.3.2.- Gas canalizado

El trazado de las conducciones de gas con respecto al edificio viene reflejado en el plano

correspondiente.

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1.4.- DISEÑO DE LA INSTALACIÓN

a) Acometidas.

b) Depósitos y bocas de carga.

c) Elementos de regulación y de corte.

d) Locales de instalación de centralización de contadores.

e) Locales de instalación de equipos individuales. Ventilación y entrada de aire de combustión

y evacuación de humos.

f) Locales de instalación de equipos comunitarios. Ventilación y entrada de aire de combustión

y evacuación de humos.

1.4.1.- Estimación de consumo

El consumo de gas natural va ser debido a la necesidad de alimentar dos calderas, las cuales van a

tener las funciones siguientes:

-Calefacción zonas tratadas 39.000 Kcal/h

-Recalentamiento aire deshumectado piscina 50.000 Kcal/h

-Producción de agua caliente sanitaria 55.538 Kcal/h

-Calentamiento agua piscina 258.000 Kcal/h

Total 402.538 Kcal/h

También se deberá contar con la previsión de consumo de los aparatos de la cocina de la cafetería,

cuyas potencias estimadas será las siguientes:

- 1 ud. FRYTOP 9.030 Kcal/h

- 1 ud. Cocina 4 fuegos + horno 32.680 Kcal/h

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- 1 ud. Freidora 17.200 Kcal/h

Total 58.910 Kcal/h

1.4.2.- Potencia nominal de utilización simultánea

Las calderas instaladas no corresponden con lo indicado en el proyecto original. El modelo escogido

era el ROCA CPA 200; en su lugar se han montado dos unidades del modelo DUPLEX EVO 330 de

ADISA, válidas tanto para GLP como para gas natural.

La potencia suministrada por ambas calderas asciende a 638,6 Kw, frente a los 473,2 Kw de las

presupuestadas originalmente.

Se instalan 2 calderas con una potencia total de 550.000 Kcal/h (638,6 Kw).

La potencia nominal de utilización será de 402538 Kcal/h (467,4 Kw), correspondiente a la potencia

expresada en el apartado anterior (sin tener en cuenta el consumo de los aparatos de la cocina). Por

tanto, la potencia de las calderas se considera suficiente para las potencias a suministrar consideradas.

En cuanto al uso de la cocina, la potencia nominal de utilización simultánea coincidirá con la total,

para las horas de funcionamiento de la cocina.

1.4.3.- Caudal máximo simultáneo individual

El caudal máximo Simultáneo (QSI) a suministrar a la instalación, vendrá dado por la expresión:

PCSaparatoPotencia _

Siendo Q si el caudal consumido por cada aparato, expresado en m3/h para los gases de la primera y

segunda familia, y en kg/h para los de la tercera, y PCS el poder calorífico superior del gas combustible

elegido.

Los siguientes valores indican el PCS de diferentes gases combustibles:

Primera familia

� Gas ciudad: 4.500 kcal/m3.

� Aire propano: 5.000 Kcal/m3.

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Segunda familia

� Gas natural: 10.500 kcal/m3.

� Aire propanado: 14.500 kcal/m3.

Tercera familia

� Propano comercial: 25.000 kcal/m3.

� Butano comercial: 31.000 kcal/m3.

En este caso se trata de gas natural, por lo que PCS = 10.500 kcal/m3.

En el caso de las calderas, existe un consumo de:

PCSaparatoPotencia_

=3/_500.10/_538.401mkcalhKcal

= 38,33 m3/h

En el caso de la cocina, tenemos:

PCSaparatoPotencia _

=3/_500.10/_910.58mkcalhKcal

=5,61 m3/h

1.4.4.- Potencia nominal de utilización simultánea de la instalación común

La potencia nominal de utilización simultánea de la instalación común, o lo que es equivalente, el

sumatorio de los caudales máximos simultáneos (QSi) a suministrar a las instalaciones individuales

alimentadas por la misma instalación común, viene expresada en m3/h; y estará afectada por el factor

de simultaneidad (Si) de uso, Estos coeficientes vienen indicados en el Reglamento para instalaciones

con calefacción (S1) o sin calefacción (S2).

Q SC = Q Si x Si

Las Potencias Nominales de utilización simultánea de las instalaciones comunes (PSC) se calcularán

aplicando al caudal máximo simultáneo de la instalación común (QSC) el valor del poder calorífico

máximo (PSC) del gas combustible elegido.

P SC = Q SC x PCS (kcal/h o termia/h)

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(Recordemos que 1.000 kcal/h = 1 termia/h)

La Potencia Nominal de utilización simultánea de una instalación común en la que existan usos

comerciales y/o colectivos, se deberá determinar en cada caso particular y siempre en función de los

aparatos a instalar y de la previsión de uso de los mismos.

En este caso nos encontramos con una instalación común en la que existen usos colectivos. Por lo

tanto el factor de simultaneidad de uso será la unidad.

De este modo tendremos para este caso:

Q SC = Q Si x Si = 38,33 m3/h

1.4.5- Dimensionado de las conducciones

Se realiza el dimensionamiento de la instalación en base a las siguientes hipótesis, válidas con carácter

general:

a) Pérdida de carga máxima admisible en tramos de media presión A o B, 5-10 % para evitar

velocidades excesivas en las conducciones, v < 20m/s.

Valores máximos admisibles de la velocidad del gas en cada tramo:

� Interior Edificio: 6 m/s.

� Zona Común: 10 m/s.

� Zona exterior aérea: 20 m/s. (patio luces, fachada)

� Zona Exterior enterrada: 30 m/s.

b) Pérdida de carga máxima admisible en tramos de baja presión, 15 mm.c.a. Este valor se

refiere únicamente a las conducciones y accesorios, reservándose en cualquiera de los casos 5

mm.c.a. para el contador.

c) Longitud equivalente de la conducción en cada tramo, es decir la longitud real

incrementada en un 20 % por la existencia de accesorios (válvulas, racores, codos,...).

d) Cálculo de la pérdida de carga por unidad de longitud en el tramo más desfavorable de la

instalación común.

e) Cálculo del diámetro de las conducciones por aplicación de las fórmulas de Renouard o

mediante aplicación de las tablas de cálculo directo de diámetros y posteriormente conversión a

diámetros comerciales.

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En los tramos finales se indicarán los valores de presión nominal, dependiendo del tipo de gas y

suministro, fijándose mediante el regulador de presión de abonados o de edificio, o de ambas clases

simultáneamente según el caso, admitiéndose márgenes de valores superiores o inferiores en función

de los aparatos instalados.

Las Presiones Nominales de Funcionamiento de aparatos a gas son, según las diferentes familias de

gases combustibles:

PRESIÓN DE SERVICIO DE LA

INSTALACIÓN

PRESIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE

APARATOS

1ª Familia 8 a 14 mbar 8 mbar (6 a 15 mbar)

2ª Familia 18 a 22 mbar 18 mbar (15 a 23 mbar)

3ª Familia (propano) 37 a 40 mbar 37 mbar (25 a 45 mbar)

3ª Familia (butano) 28 a 33 mbar 28 mbar (20 a 35 mbar)

1.5.- TUBERÍAS

Las tuberías son los elementos de la Instalación Receptora de Gas que conducen y canalizan los gases

combustibles desde el punto de suministro de principio (acometida o depósito) hasta los puntos de

consumo.

Las tuberías a utilizar serán de materiales que no sufran deterioros ni por el gas distribuido ni por el

medio exterior con el que estén en contacto por lo que estarán protegidas con un recubrimiento

eficaz.

Se puede en general, utilizar tubos de cobre, acero, acero inoxidable con limitaciones y polietileno. La

normativa también permite la utilización del plomo en determinadas condiciones, pero el uso de este

material se encuentra desde hace unos años, progresivamente restringido debido a razones de

toxicidad que penalizan su uso.

a) Tubo de cobre

Los tubos de cobre se pueden utilizar en gases de cualquiera de las tres familias y deben cumplir la

norma UNE 37.141 en cuanto a su composición y espesor de pared. Es del tipo de tubo redondo de

precisión, estirado en frío y sin soldadura. En cuanto a los accesorios para la ejecución de las uniones,

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reducciones, derivaciones, codos, curvas, etc., se unirán mediante soldadura por capilaridad en todos

los casos estando fabricados por el mismo tubo de cobre o bien podrán ser de bronce o latón, según

las respectivas normativas y también preparados para soldar al tubo de cobre por capilaridad. El

bronce es, ciertamente, el más recomendable.

Las uniones se realizarán mediante soldadura fuerte, en las instalaciones de media presión (MPA y MPB)

y Baja Presión (BP) y siempre en instalaciones de gran diámetro.

Si las uniones se realizan mediante soldadura blanda, esta tubería sólo podrá utilizarse para baja

Presión (BP).

Dimensiones y pesos del tubo de cobre según la norma UNE 37.141/84.

b) Tubo de acero

Los tubos de acero podrán utilizarse para gases de las tres familias, con presiones de hasta 4 kg/cm2.

Deberán cumplir la norma UNE 19.045 o UNE 19.046 según sean con o sin soldadura. El espesor mínimo

estará de acuerdo con la norma UNE 19.040 y los accesorios para la ejecución de las uniones así como

codos, curvas, etc., estarán fabricados con acero de las mismas características que las del tubo al que

han de unirse.

COMPARACIÓN DE DIMENSIONES ENTRE TUBERÍAS DE ACERO Y COBRE

ACERO COBRE

mm DIN 2440

pulgadas

DIN 1786

De x e (mm)

DIN 1754 H3

De x e (mm)

10 3/8 15 x 1

15 1/2 18 x 1

20 3/4 22 x 1

25 1 28 x 1,5

32 1 1/4 35 x 1,5

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40 1 1/2 42 x 1,5

50 2 54 x 2

65 2 1/2 76 x 2,5

80 3 89 x 2,5

100 4 108 x 3,0

125 5 133 x 3,0

D e = Diámetro exterior

D i = Diámetro interior

e = Espesor pared

c) Tubos de acero inoxidable

Las tuberías de acero inoxidable se pueden utilizar para canalizar gases de las tres familias. La

composición y espesores de pared deberán cumplir la norma UNE 19-049.

Las uniones se realizarán con soldadura fuerte y los accesorios para la ejecución de las uniones así

como codos, curvas, etc., estarán fabricados con acero inoxidable de las mismas características que

las del tubo al que han de unirse.

d) Tubos de polietileno

Limitado a tramos empotrados o enterrados y para su empleo siempre se habrá de contar con la

autorización expresa de la compañía suministradora realizándose los trabajos bajo su supervisión.

Deberá cumplir las prescripciones que se indican en la norma UNE 53.333 y los accesorios para la

ejecución de uniones, derivaciones, codos, curvas, etc., estarán fabricados con polietileno de las

mismas características que las del tubo al que han de unirse mediante soldadura a tope o por

electrofusión.

1.5.1.- Instalación de tuberías

Las tuberías podrán ir, en las Instalaciones Receptoras de Gas:

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- Vistas

- Alojadas en vainas o conductos

- Empotradas

Su trazado no deberá requerir perforaciones que comprometan la solidez del inmueble. Las tuberías

deben discurrir por el interior de la vivienda a la que alimentan.

No se permitirá el paso de las tuberías por: chimeneas, conductos de evacuación de basuras, huecos

de ascensores o montacargas y locales que contengan transformadores o recipientes de combustibles

líquidos ya sea en el interior, paredes o suelo de las mismas. A estos efectos los vehículos a motor o un

depósito nodriza no tienen la consideración de recipientes de combustibles líquido. Tampoco se

permitirá cruzar bocas de aireación o ventilación, conductos de productos residuales, ni estar alojadas

en forjados que constituyan el suelo de las viviendas.

Las tuberías por las que circulan gases con presencia eventual de condensados deberán tener,

pendiente mínima del 0,5% que asegure el flujo de los eventuales condensados hacia su adecuada

evacuación, salvo en el caso de habitaciones o descansillos, que pueden ser horizontales en

longitudes no mayores a 6 m.

Cuando el material usado en estas condiciones sea el acero deberán estar galvanizados o contar con

otra protección adecuada.

a) Tuberías Vistas

Se considera que una tubería es vista cuando su trayectoria es visible en todo o la mayor parte de su

recorrido.

La distancia mínima entre una tubería vista de gas y otros elementos será:

TUBERÍA VISTA DE GAS CURSO PARALELO CRUCE

Conducción agua caliente 3 cm 1 cm

Conducción eléctrica 3 cm 1 cm

Conducción de vapor 5 cm 5 cm

Chimenea 5 cm 5 cm

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Suelo por donde discurren 5 cm

Los dispositivos de fijación deben estar situados de manera que quede asegurada la estabilidad y

alineación de la tubería.

b) Tuberías Enterradas

Las tuberías de las Instalaciones Receptoras de Gas se considerarán enterradas cuando discurren por

el subsuelo, no existiendo ningún local debajo de ellas.

Los tramos que discurren por el exterior de los edificios podrán ser de acero, cobre o polietileno. Si son

de acero y el tramo es de diez (10) o más metros se deberá proteger con protección catódica. En

todo caso se estará a lo dispuesto por el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles

Gaseosos. La profundidad mínima no será inferior a 50 cm. Si se protege la canalización con vaina, la

distancia mínima podrá reducirse de los 50 cm preceptivos.

El tubo de gas que atraviese el muro de fachada de la edificación, deberá ir dotado de pasamuros

adecuado aceptado por la Empresa suministradora.

No se permite instalar tuberías enterradas en el suelo de las viviendas o locales.

Cuando la canalización enterrada se encuentre próxima a otras instalaciones alojadas en el subsuelo,

deberán respetarse las distancias mínimas reflejadas en el detalle.

c) Tuberías Envainadas

Se considerarán así las tuberías instaladas en el interior de vainas (contratubos) o conductos (cajetines),

será obligatorio el envainado cuando las tuberías precisen protección mecánica o discurran por falsos

techos, primer sótano, etc.

En los tramos a envainar, se empleará como contratubo, preferentemente, el acero galvanizado o

pintado exterior e interior, las tuberías de cobre y polietileno según casos (enterrado al exterior,

empotrada en paredes exteriores).

Las vainas mecánicas serán, inexcusablemente, de acero. Sólo se instalará una tubería por vaina.

Las tuberías de la Instalación Receptora de Gas en locales de uso colectivo o comercial cumplirán los

siguientes requisitos:

- No serán de plomo (salvo caso especial de reparación y reforma de la instalación.

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- No tendrán uniones con soldadura blanda.

- Las tuberías de gas en MPB siempre irán en vainas ventiladas por el interior del local, salvo que

el regulador se instale en el interior del local.

Los conductos de sección, normalmente, rectangular, podrán contener varias tuberías, su sección

máxima no superará 0,30 m2 serán de chapa de acero o aluminio, de espesor mínimo 1,5 cm. Si fueran

de obra su espesor no será inferior a 5 cm.

- Sótanos:

Sólo se deberá permitir que la instalación de gas discurra por un primer sótano cuando sea ineludible y

siempre que cumpla como SÓTANO SUFICIENTEMENTE VENTILADO.

La tubería irá envainada totalmente, debiendo estar ventilada en ambos extremos al exterior, si el gas

fuera más denso que el aire se recomienda no proceder a este tipo de instalación. En todo caso, la

vaina metálica contendría la tubería sin llaves ni uniones de ningún tipo, así como tampoco

derivaciones; los extremos de la vaina saldrán al exterior. Aunque contemplado por la Norma, de existir

en proyecto algún caso, es recomendable previamente consultar a la empresa suministradora.

1.5.2.- Uniones

Se definirán en la medida de lo posible las uniones de los distintos elementos y parte de la instalación.

Las uniones entre los diferentes tramos de la instalación podrán ser soldadas o de tipo mecánico. En el

caso de tubo flexible de conexión a aparato, se seguirán las indicaciones de la UNE 53-539, UNE 60-712,

UNE 60-714 y UNE 60-670/11. El tubo flexible metálico, para conexión de contadores, podrá utilizarse

hasta media presión A (MPA).

AUTORIZADAS EN NO AUTORIZADA

Tuberías vistas Tuberías empotradas

Uniones MecánicasTuberías enterradas - en falsos techos

- en cámara no ventilada

- en semisótanos

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)19

TUBERÍA DE ACERO CALIBRADO: La unión mecánica se realizará hasta diámetros de 15 mm mediante

unión esfera-cono y racor por anillo cortante (tipo ermeto).

1.6.- ELEMENTOS DE REGULACIÓN

Se definirán los tipos y localización existiendo una gran variedad al respecto denominándose “armarios

de regulación” y “reguladores de abonado” tanto en instalaciones de GN como de GLP. Los armarios

de regulación, habitualmente con presión de entrada en media presión B y con salida a media presión

A o baja presión, se instalan adosados o empotrados en la pared salvo los que se instalan en el interior

de armarios (de ahí su denominación) o bien en cuartos de contadores. La ubicación habitual es en el

límite de la propiedad (caso de viviendas unifamiliares con terreno), o bien en las fachadas y azoteas

pero siempre en zonas al aire libre para permitir su ventilación.

En cuanto a los reguladores de abonado, se disponen acoplados al contador intercalados entre la

llave de abonado y el contador, por lo cual de forma casi obligada se disponen en el cuarto

destinado a la centralización de contadores y en el caso de que el contador esté situado en la

vivienda el mismo se dispondrá de forma que el recorrido de la conducción en media presión A sea lo

menor posible.

Cuando la presión máxima de servicio, o de alimentación (GLP) en la Instalación Receptora de Gas

combustible sea superior a la de utilización o funcionamiento de aparatos, se deberán instalar

reguladores de presión que formarán parte de la propia instalación, debiendo estar equipada con

válvula de seguridad por máxima presión como sistema de protección contra excesos de presión.

De ser necesario, se preverá un sistema contra protección de corte, que actúe en caso de bajadas

anormales de la presión de servicio. En el caso de los reguladores de abonado existen dos tipos según

el caudal, en un caso para uso doméstico y en otro para locales destinados a usos colectivos o

comerciales. Además en el caso de viviendas incorporan una válvula de seguridad por defecto de

presión y rearme automático, dispositivo que no se prevé en los locales comerciales.

Como seguridad, los reguladores estarán precintados tras su tarado y conexión. Se instalarán en zonas

protegidas y no accesibles a personas ajenas a la instalación. Los armarios de regulación se

encuentran habitualmente normalizados según su capacidad y el tipo de instalación receptora a que

se destinan: así se denominan A-10 (caudal nominal 10 m3/h), A-25 (caudal nominal 25 m3/h), A-50

(caudal nominal 50 m3/h), etc., y con una presión de regulación de 22 mbar para instalaciones

receptoras en viviendas. Los de media presión B incorporan, además del regulador, un filtro, tomas de

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)20

presión y llaves de entrada y salida e incluso el contador y la válvula de seguridad por defecto de

presión con rearme automático.

1.7.- ESTACIÓN DE REGULACIÓN Y MEDIDA

La Estación de Regulación y Medida (E.R.M.), incluye el conjunto de aparatos y accesorios instalados

entre el final de la Acometida Interior y el inicio de las líneas de distribución interior y cuya misión es

filtrar el gas de las impurezas que pueda arrastrar en su movimiento en el interior de las tuberías, regular

la presión de distribución a valores prácticos de trabajo y medir el gas suministrado al usuario.

Se instalarán dos contadores, uno de tipo G-25 para las calderas y otro de tipo G-6 para la cafetería.

1.8.- CONDICIONES DE DISEÑO Y VENTILACIÓN DE LOCALES DESTINADOS A CONTENER APARATOS A GAS

Ventilación es tanto la acción de entrada de aire exterior como la evacuación al exterior de los

productos de la combustión y del aire viciado. Las condiciones de ventilación que deben cumplir los

locales donde se instalan aparatos de gas se fijan en la MI-IRG 05 del Reglamento de Instalaciones de

Gas en los Locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales (RIGLO). Las condiciones

detalladas en esta normativa deben considerarse con el carácter de mínimos ya que en ocasiones la

normativa es demasiado permisiva.

Así, por ejemplo, el gas es un excelente combustible pero siempre es deseable exagerar la seguridad

para evitar la posibilidad de atmósferas peligrosas en los locales donde se produce la combustión.

En efecto, para el diseño de ventilaciones (que no es otra cosa que una renovación de aire) en locales

con aparatos a gas se debe tener en cuenta que se precisa 1 m3 de aire por cada 1000 kcal. o 1

termia producida por combustión de gas; y que 1 m3 de gas llega a producir en atmósfera normal

hasta casi 6 m3 de gases combustibles y vahos a temperaturas superiores a 100 °C.

Existen unos aspectos básicos a tener en cuenta que siempre deben cumplirse estrictamente:

- Está prohibido situar cualquier tipo de aparato de gas en un nivel inferior al primer sótano (el

concepto de “sótano” a efectos de instalaciones de gas no coincide con el estrictamente

arquitectónico) y se detalla en el apartado 1.8.2 al que nos remitimos. En todo caso se considera

semisótano o primer sótano a la primera planta por debajo del suelo que se encuentre a nivel inferior

en más de 60 cm con relación al suelo exterior (calle o patio de ventilación) en todas las paredes que

conforman el local.

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)21

- En los locales o recintos donde se proyecte la instalación de aparatos a gas, se deberán

inexcusablemente, contemplar las siguientes condiciones para obtener una ventilación eficaz y

suficiente.

Dos locales se podrán considerar como un local único si se comunican entre sí mediante aberturas

permanentes cuya superficie será como mínimo de 3 m2.

Se considerará zona exterior una terraza o galería si esta dispone de una superficie PERMANENTE

ABIERTA que sea al menos igual al 40% de la superficie de sus paredes que den al exterior o a un patio

de ventilación que tendrá como mínimo, una superficie en planta de 4 m2 y su lado menor deberá ser

igual o mayor a 2 m. En cualquier, caso la superficie permanentemente abierta será como mínimo de 2

m2. Además los patios de ventilación estarán abiertos en su parte superior.

En edificios ya construidos se admite que la superficie en planta del patio de ventilación sea al menos

de 3 m2 y su lado menor 1 m. Si no se cumpliera esta dimensión se provocará un tiro continuo en el

patio practicando una abertura de entrada de aire exterior en la parte baja del mismo.

Los aparatos de gas, como ya se ha comentado anteriormente, se clasifican respecto a la forma de

cómo realizan la combustión en abiertos y estancos teniendo diferentes exigencias de ventilación que

procederemos a detallar.

Conviene tener presente que el Comité Europeo de Normalización ha establecido una clasificación en

la que se designa a los aparatos por una letra seguida de dos números: los números indican si la

evacuación de humos es con tiro natural o con tiro forzado y en este segundo caso la posición

ocupada por el ventilador.

� Tipo A: Aparatos de circuito abierto No Conectados a conducto de evacuación.

� Tipo B: Aparatos de circuito abierto Conectados a conducto de evacuación.

� Tipo C: Aparatos de circuito estanco.

1.8.1.- Aparatos de circuito abierto que no necesitan estar conectados a conducto de evacuación

Estos aparatos pueden estar o no conectados a un conducto de evacuación y está taxativamente

prohibida su instalación en dormitorios, cuartos de baño o aseos.

Los aparatos de circuito abierto más habituales son:

- Aparatos de cocción.

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)22

- Equipos tales como refrigeradores, lavadoras, secadoras, etc., cuyo consumo nominal no

supere los 4,65 kW (4.000 kcal/h).

- Aparatos de calefacción que utilicen directamente el calor generado y cuyo consumo

nominal no supere las 4,65 kW (4.000 kcal/h) en locales de menos de 70 m3. Si el consumo nominal de

aparato en cuestión es superior al citado pero no supera los 6,97 kW (6.000 kcal/h), podrá instalarse en

circuito abierto, siempre que disponga de dos dispositivos de seguridad y que el local que lo alberga

tenga un volumen igual o mayor a 70 m3.

- Para volúmenes comprendidos entre 70 y 75 m3 la potencia máxima podrá ser de hasta 6.000

kcal/h (6,97 kW) y para volúmenes superiores pueden instalarse equipos de hasta 80 kcal/h por cada

metro cúbico de local.

La Norma UNE 60.670/93 y el Reglamento de Instalaciones Receptoras de Gas en locales destinados a

usos domésticos, colectivos o comerciales no prohíbe, la instalación de aparatos a gas en recintos con

entrada de aire indirecta (punto 5/3.2.2. UNE 60.670), esto solo será aplicable y con limitaciones en

casos de colectividades o actividades comerciales (restaurantes, bares, etc.), pero no se debería

aplicar en viviendas aunque es frecuente su utilización particularmente en casos de actuaciones de

rehabilitación.

La entrada indirecta de aire deberá comunicar el local en el que se alojan los aparatos a gas con el

exterior a través de otro local. Este segundo local dispondrá de entrada directa de aire del exterior y

ser contiguo al que contiene los aparatos a gas, aunque también se acepta que estén separados

ambos locales por un pasillo o distribuidor. En cualquier caso se debe de vigilar estrictamente el hecho

de que las aberturas o conductos se realicen de tal manera que no pongan en contacto el local con

cámaras de aire u otros huecos propios de la construcción a efectos de evitar posibles

almacenamientos de gas.

El volumen mínimo de un local para instalar en el un aparato a gas de circuito abierto sin conducto de

evacuación es de 8 m3. Si el edificio no fuera de nueva planta se admite un volumen mínimo de 6 m3

incrementándose la superficie de entrada de aire en un 20%. Los armarios cocinas se deberán

incorporar para su uso, mediante apertura de puertas o mamparas, a un espacio mayor que deberá

cumplir los requisitos exigidos (volumen mínimo 8 m3 y ventilación directa al exterior).

1.8.2.- Sótano suficientemente ventilado

La actual normativa de Instalaciones de Gas considera semi-sótano o primer sótano toda aquella

planta de edificios que se encuentre por debajo del suelo a un nivel inferior a 60 cm con respecto al

suelo exterior en todas sus paredes perimetrales.

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)23

Para poder ubicar en él algún tipo de aparato a gas, deberá poseer entrada y salida de aire en

comunicación directa con el exterior y dispuestas en paredes opuestas.

1.8.3.- Ventilación rápida

En los locales que se instalan aparatos sin dispositivos de seguridad en caso de extinción de llama

(cocinas, etc.) deberán disponer la posibilidad de efectuar una ventilación rápida. Para ello

dispondrán de abertura de al menos 0,4 m2.

1.8.4.- Aparatos de circuito estanco

Son los que su cámara de combustión no tiene comunicación alguna con la atmósfera del local que lo

alberga. Este tipo de aparatos son los únicos que pueden ser instalados en locales tales como

dormitorios, baños o aseos, si bien en este último caso deben respetarse los volúmenes utilización que

al respecto recomienda el REBT además de cuidar especialmente la conexión eléctrica por tratarse de

locales húmedos.

En la medida que sea posible, es recomendable la instalación de estos aparatos de circuito estanco

(calentadores, radiadores y estufas, etc.) en lugar de los de circuito abierto, esto garantizará un mayor

nivel de seguridad.

Este tipo de aparatos (calentadores, calderas mixtas), ya comienza a ser obligatorio, incluso en las

galerías abiertas (que luego el usuario acristala), en alguna comunidad autónoma. Si se prevé en

proyecto la instalación de este tipo de aparatos diseñándose un conducto de aspiración y

evacuación, se obtendrá una gran mejora de la calidad en el uso de las galerías en patios de luces (Se

evita que el piso superior reciba los vahos de la combustión del piso inferior), a la vez que se

incrementa notablemente la seguridad. Sin embargo debe especificarse que, debido al gran éxito que

está teniendo la difusión de estos modelos estancos, existen determinados capitales que han

comenzado a exigir que la evacuación de humos se lleve hasta la cubierta pues se han detectado,

especialmente en períodos invernales y en patios interiores, concentraciones de No muy elevadas.

El extremo final del conducto de evacuación de los Productos de Combustión (PdC) estará situado a

una distancia mínima de cualquier abertura destinada a ventilación de locales debiendo ir siempre

provisto de su correspondiente deflector.

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)24

1.8.5.- Aparatos de circuito abierto conectados a conducto de ventilación

Los aparatos de este tipo siempre han de evacuar los productos de combustión mediante un

conducto adecuado y deben tener acoplado sobre el aparato o incorporado en el mismo un

cortatiros en el bloque de salida de los productos de combustión. Es decir dispuesto antes de la

conexión al conducto de evacuación a excepción de las chimeneas –hogar a gas o similares que no

incorporan cortatiro ni lo llevan acoplado.

La incorrecta evacuación de humos es el aspecto que provoca mayor número de accidentes y

problemas en las instalaciones gas ya que la normativa (MI-IRG 05 del RIGLO) es demasiado permisiva

pudiendo presentarse dificultades pese a una correcta observación de esta Instrucción. Los conductos

de evacuación deben desembocar en una chimenea individual (solución más recomendable para

edificios de hasta tres plantas de altura), en un conducto de ventilación colectivo como el indicado en

la NTE-ISH (solución también recomendable para alturas superiores a las cuatro plantas) y por último, a

una chimenea general común (solución a evitar en lo posible) caso en que los problemas son casi

seguros en climas templados debido a la disminución del tiro térmico.

1.9.- CONDICIONES DE VENTILACIÓN Y CONFIGURACIÓN DE LOS LOCALES COLECTIVOS Y COMERCIALES

DESTINADOS A CONTENER APARATOS DE GAS

Cuando la instalación receptora esté ubicada en locales destinados a usos colectivos o comerciales y

además concurra alguno de los siguientes casos:

a) La potencia nominal de utilización simultánea instalada para usos de cocción y/o

preparación de alimentos y bebidas sea superior a 30 kW (25.800 kcal/h).

b) La potencia nominal de utilización simultánea instalada para cualquier otro uso no indicado

en el párrafo anterior sea superior a 70 kW (60.200 kcal/h). En el caso particular de calderas a gas para

calefacción o agua sanitaria tanto la instalación receptora de gas que las alimente como el local que

las contenga deberán cumplir lo dispuesto en la norma UNE 60.601.

Será obligatorio que se cumplan los requisitos siguientes:

1.9.1.- Entradas de aire

Las entradas de aire necesario para la combustión serán en todos los casos obligatoriamente directas

y deberán cumplir con los requisitos indicados para este tipo de entradas de aire.

El dimensionado de las entradas de aire necesario para la combustión de los aparatos no conectados

a conductos de evacuación vendrá dado por la siguiente expresión:

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)25

SECCIÓN (cm2) = 5 x (gasto calorífico total instalado de los aparatos no conectados, expresado en

termias/hora)

1 termia/hora = 1.000 kcal/h

En ningún caso esta sección será inferior a 70 cm2.

Esta superficie deberá sumarse en su caso a la exigida en la tabla siguiente para el resto de aparatos

conectados existentes en el local.

GASTO CALORÍFICO TOTAL (GC) DE LOS

APARATOS INSTALADOS

SECCIÓN LIBRE DE LA ABERTURA

Hasta 25 kW (21.500 kcal/h) �30 cm2

Hasta 70 kW (60.200 kcal/h) �70 cm2

Superior a 70 kW (60.200 kcal/h) 5 cm2 por cada 1.000 kcal/h

S = (4,3 x GC) cm2 (GC en kW)

La entrada de aire puede subdividirse en varias aberturas situadas en el mismo recinto siempre que la

suma de las superficie libres sea igual a la sección total.

Cuando la entrada de aire se realice a través de un conducto, deberán aplicarse los factores de

corrección de la siguiente tabla.

GASTO CALORÍFICO TOTAL (GC) DE LOS

APARATOS INSTALADOS

SECCIÓN LIBRE DE LA ABERTURA

3 < L < 10 1,5

10 < L < 26 2

26 < L < 50 2,5

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)26

1.9.2.- Ventilación rápida en los locales colectivos y comerciales

Cuando sea exigible una abertura para ventilación rápida del local ésta deberá ser practicable

directamente al exterior o a un patio de ventilación.

En todo caso la abertura no deberá ser inferior a 0,4 m2. Si ello no es posible podrá sustituirse dicha

exigencia por la incorporación en el interior del local de un detector de fugas que accione un sistema

automático de corte que impida el paso de gas al recinto en caso de presencia de gas sin quemar.

Los equipos detectores de fugas de gas deberán cumplir con la correspondiente norma UNE o a una

norma de reconocido prestigio aceptada por alguno de los países de la C.E.E. Es recomendable

consultar a la Consejería Autonómica el criterio a aplicar.

1.9.3.-Volumen mínimo en locales colectivos y comerciales

En locales destinados a usos colectivos y comerciales donde se instalen aparatos no conectados a

conductos de evacuación el volumen bruto mínimo vendrá dado por la siguiente expresión:

- Volumen (m3) = Gasto calorífico total instalado en el local que contiene los aparatos no

conectados expresados en termias/hora (1 termia/hora = 1.000 kcal/h).

- En ningún caso este volumen será inferior a 8 m3.

- Evacuación de los productos de la combustión de aparatos de cocción y/o preparación de

alimentos y bebidas, de gasto calorífico total superior a 30 kW (25.800 kcal/h).

En estos casos la evacuación de los productos de la combustión deberá realizarse mediante un

conducto de sección adecuada que tenga su inicio en una campana colocada sobre los

quemadores del aparato y que desemboque al exterior mediante:

a) Un conducto individual que dé directamente al exterior a través de techo o pared lateral

procurando, a fin de que se consiga un correcto tiro natural, que la distancia vertical entre la base de

la campana y el orificio terminal de salida del conducto sea superior a 2,5 m.

b) Conexión a una chimenea general de un edificio.

La eventual utilización de extractores mecánicos individuales incorporados al sistema de evacuación,

deberá realizarse asegurando que cuando el extractor esté parado quede una sección libre de paso

de 100 cm2.

En ningún caso estos extractores podrán conectarse a una chimenea general de un edificio si no ha

sido diseñada para ello.

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)27

CARACTERÍSTICAS DE LOS LOCALES EN FUNCIÓN DE LOS APARATOS A INSTALAR.

ENTRADAS DE AIRE Y EVACUACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN.

Aparatos de circuito abierto

Aparatos de circuito

estanco.Aparatos conectados

a conducto de

evacuación

Aparatos no conectados a conducto

de evacuación

Tipo de

local• Ninguna limitación

• No deben ser

dormitorios, cuartos

de baño, ducha o

aseo.

• No deben ser dormitorios, cuartos de

baño, ducha o aseo.

Volumen

mínimo

• Ninguna limitación • Ninguna limitación •Edificios de nueva construcción:

Volumen �8 m3

• Edificios ya construidos: Volumen �6

m3 (Deberá incrementarse la sección

de entrada de aire en un 20%,

cuando el volumen esté comprendido

entre 6 y 8 m3).

• Los armarios-cocina no tendrán

ninguna limitación de volumen

siempre y cuando se abran a un local

que satisfaga los requisitos

mencionados en los puntos anteriores.

• Locales que contengan aparatos ce

calefacción cuyo consumo nominal

esté comprendido entre 4 y 6 Te/h y

dispongan de los correspondientes

dispositivos de seguridad. Volumen

� 70 m En locales superiores a 1000 m3

, no será preceptivo que los aparatos

de calefacción dispongan del

analizador de atmósfera, siempre que

se cumpla que el gasto calorífico total

instalado sea igual o inferior a 1 Te/h

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INSTALACIÓN RECEPTORA DE GAS MODIFICADO DE PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA

Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)28

por cada 25 m3 de volumen de local.

Abertura

para

ventilación

rápida.

• No necesaria • No necesaria • Necesaria en locales que alojen

aparatos sin dispositivo de seguridad

que evite la salida de gas sin quemar

en caso de extinción de la llama

(Excepto armarios-cocina, siempre y

cuando se abran a un local que

disponga de la citada abertura).

Evacuación

de los

productos

de la

combustión

• A través del propio

conducto

homologado con el

aparato que dé

directamente al

exterior o a un

conducto individual o

colectivo diseñado

específicamente al

efecto.

• A través del

conducto conectado

al aparato a gas que

dé directamente al

exterior o a una

chimenea individual o

colectiva.

• A través de:

a) Un orificio que comunique con la

chimenea general del edificio.

b) El cortatiro de un conducto de

evacuación de algún aparato

conectado.

c) Un extractor mecánico instalado en

la parte alta y que dé al exterior.

d) Una abertura practicada en la

parte alta que dé al exterior.

(Como excepción, los locales que

contengan exclusivamente aparatos

de calefacción cuyo gasto calorífico

no supere las 4 termias/hora y los que

estando comprendidos entre 4 y 6

termias/hora con volumen del local

�70 m 2 y dispongan de los

correspondientes dispositivos de

seguridad, no precisarán abertura

para la evacuación de los productos

de la combustión).

Entrada de

aire

• A través del propio

conducto

homologado con el

aparato que tome el

aire directamente del

exterior o a través de

• Directa o

indirectamente del

exterior.

• Directamente del exterior.

• Podrá ser de forma indirecta en los

siguientes casos:

a) Cuando en el local se alojen

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INSTALACIÓN RECEPTORA DE GAS MODIFICADO DE PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA

Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)29

un conducto

individual o colectivo

diseñado

específicamente al

efecto.

aparatos de cocción de gasto

calorífico total inferior a25,8 Te/h y la

entrada se realice a través de

terrazas o galerías cerradas que sean

contiguas al citado local.

b) Cuando en el local se alojen

aparatos de calefacción cuyo

consumo nominal no supere las 6 Te/h

y dispongan de los correspondientes

dispositivos de seguridad.

2- CÁLCULOS

2.1.- BASES

Potencias nominales APARATO

PN/u PN

Caldera 1 275.000 kcal/h 275.0000 kcal/h

Caldera 2 275.000 kcal/h 275.000 kcal/h

Frytop 9.030 kcal/h 9.030 kcal/h

Freidora 17.200 kcal/h 17.200 kcal/h

Cocina industrial 32.680 kcal/h 32.680 kcal/h

TOTAL 608.910 kcal/h 608.910 kcal/h

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)30

2.2.- CÁLCULOS

2.2.1.- Acometida

Tallo normalizado de polietileno de 100 mm de diámetro.

2.2.2.- Elementos de regulación (ERM)

Se instala un sistema de regulación de MPA para un caudal de 50 m3/h.

2.2.3.- Red de distribución

Desde la estación de regulación y medida, parten dos tramos de distribución: una para el suministro a

la sala de calderas, y la otra para dar suministro a la cocina de la cafetería.

� Coeficiente de simultaneidad = 1, para ambos tramos.

Derivación a Sala de Calderas:

� Caudal máximo = PN / PCS = 38,33 m³/h, longitud equivalente 6 m.

Derivación a Cafetería:

� Caudal máximo = PN / PCS = 5,61 m³/h, longitud equivalente 70 m.

Derivación individual a caldera:

� Caudal máximo = PN / PCS = 19,2 m³/h, longitud equivalente 0,5 m.

Cálculo del diámetro de las conducciones para pérdidas de presión entre un 5 y un 10%:

Derivación a Sala de Calderas:

� Se adopta tubería de acero de 2”.

Derivación a Cafetería:

� Se adopta tubería de cobre de DN 28.

Derivación individual a caldera:

� Se adopta tubería de cobre de DN 42.

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)31

2.3.- DESCRIPCIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA

2.3.1.- Acometida interior

La acometida interior incluye la tubería con todos sus accesorios comprendida entre la válvula de la

acometida de la Compañía Distribuidora que suministra al usuario, y la válvula de entrada a la Estación

de Regulación y Medida del mismo.

2.3.2. Instalación E.R.M.

La Estación de Regulación y Medida (E.R.M.) incluye el conjunto de aparatos y accesorios instalados

entre el final de la Acometida Interior y el inicio de las líneas de distribución interior y cuya misión es

filtrar el gas de las impurezas que pueda arrastrar en su movimiento en el interior de las tuberías, regular

la presión de distribución a valores prácticos de trabajo y medir el gas suministrado al usuario.

2.3.3.- Red de distribución interior

La red de distribución interior incluye las tuberías con sus accesorios comprendidos entre la válvula de

salida de la Estación de Regulación y Medida y la válvula de entrada al grupo de regulación de los

quemadores, o en su defecto a la primera válvula de éstos.

Desde la Estación de Regulación y Medida, partirán dos líneas enterradas, de las cuales una irá hasta

la Sala de Calderas ubicada en la parte posterior de la piscina, hasta llegar al grupo de regulación de

los quemadores de las calderas, y la otra irá paralela a la línea de fachada, para continuar bordeando

el edificio por la fachada oeste, hasta llegar a la rampa de acceso al sótano, donde la tubería pasará

a ir colocada sobre la fachada, pasando por encima de la puerta del sótano, y subiendo por la pared

hasta las instalaciones de la cocina.

El suministro desde armario regulación de presión en fachada hasta los puntos de consumo deberá

constar de los siguientes elementos:

� Regulación

Por armario homologado colocado en la entrada a la instalación de gas.

� Contador

El suministro se realiza desde el contador general colocado en el armario de regulación.

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Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)32

� Canalizaciones

La distribución hasta la sala de calderas se realizará, en tubo de acero de 2” de diámetro y una vez

llegue a la fachada de la sala de calderas se colocará una llave de corte exterior. Para las

derivaciones hasta los quemadores se empleará cobre de 42 x 1,5 mm.

Del mismo modo, la instalación hasta la cocina se realizará siguiendo la línea de fachada principal del

edificio, bajo la albardilla. Se empleará cobre de 28 x 1,5 mm, hasta el colector desde donde se

alimentarán los 3 aparatos de la cocina.

� Protecciones

Para atravesar las paredes que accedes a la Sala de calderas y a la cocina, se protegerá la

canalización con una vaina de diámetro mínimo 10 mm mayor que el diámetro exterior del conducto

que protegen, rellenando el espacio intermedio con masilla plástica. Se fijará mediante grapas

distanciadas 2 m entre sí e irá señalada de color amarillo.

� Llave general

Se dispondrá una llave de corte general en el exterior del cuarto de calderas, y de otra en el exterior

de la cocina, accesible desde la ventana.

� Llaves de los aparatos

Todos los aparatos receptores estarán provistos de una llave de cota bloqueable.

� Conexión al quemador:

Mediante flexible metálico. Antes del quemador se incorporará una válvula multiblock que hará las

funciones de filtro, presostato, de presión y electroválvula de seguridad y funcionamiento.

� Entradas de aire para combustión y ventilación inferior

La entrada de aire para una correcta combustión de gas se realizará directamente del exterior por

entrada practicada en la red exterior del cuarto de caldera.

Local cocina:

La sección libre de abertura mínima necesaria es:

255.249100/910.585 cmx �

De este modo se colocará una rejilla en la cocina, a una altura inferior a 30 cm sobre el nivel del suelo,

de 20x20 cm de sección útil.

Page 33: Anexo GAS OK - Ajuntament de Riba-roja de Túria

INSTALACIÓN RECEPTORA DE GAS MODIFICADO DE PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA

Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)33

Sala de calderas:

En este caso será necesaria una abertura de:

2375.11000/000.2755 cmx �

De modo que la sección útil de estas entradas será de 1.375 cm² como mínimo. Se realizarán 2

aberturas de 25x30 cm situadas de forma que el lado superior de la rejilla esté como máximo a 0,50 m

por encima del nivel del suelo y distante 0,50m de cualquier otro orificio de la sala y estarán protegidas

con rejillas. Estarán dispuestas de manera que no puedan ser obstruidas por ningún elemento móvil de

la construcción.

� Ventilación superior

La evacuación del aire viciado se realizará a través de un orificio que dé directamente al exterior con

sección útil de 1.000 cm², como mínimo, y cuyo borde inferior deberá estar a una altura mínima de 1,8

metros sobre el nivel del suelo del local.

� Evacuación de gases de combustión

Los aparatos precisan conductos de evacuación de humos al exterior. Los conductos serán resistentes

a la corrosión y a la temperatura, estancos tanto por la naturaleza de los materiales que lo constituyen

como por el tipo y modo de realizar las uniones que procedan. Serán además rectos y verticales, por

encima del cortatiro, en una longitud de 20 cm, como mínimo.

� Evacuación de fugas

Para evacuar el gas procedente de eventuales fugas, existirá una comunicación directa con el exterior

mediante un orifico practicado en la pared exterior, con una superficie útil de 300 cm², y cuyo borde

superior estará lo más cerca posible del nivel del techo, pudiendo considerase aplicable el mismo

orificio destinado para la salida de aire de ventilación.

2.3.4.- Aparatos receptores

Sala de calderas

Se dispone de 2 calderas presurizadas tipo horizontal multitubular con funcionamiento automático de

secuenciación de calderas de la marca ADISA DUPLEX EVO 330, para calefacción por agua caliente,

con un quemador a gas de dos etapas, de funcionamiento automático con aire forzado, tipo

monobloc, con rampa de gas, una marcha de regulación, cuadro eléctrico y cañón de alargamiento.

Page 34: Anexo GAS OK - Ajuntament de Riba-roja de Túria

INSTALACIÓN RECEPTORA DE GAS MODIFICADO DE PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA

Avenida Pacadar Valenciana (Ribarroja del Turia)34

Potencia nominal de 319,3 Kw.

Las calderas estarán provistas de salida de humos al exterior según la ITC.IC.08 de 350mm de diámetro

y 1,5 m. de altura por encima de la cubierta.

Descripción de los equipos:

Las calderas estarán provistas de sus correspondientes equipos de regulación y seguridad, así como sus

bombas impulsoras provistas de válvulas de corte y manómetro.

Asimismo deberán incorporar válvula de seguridad contra exceso de presión en el circuito y vaso de

expansión.

Igualmente dispondrán de purgadores y presostatos de seguridad por falta de agua.

Regulación y control:

Las calderas deberán incorporar termostatos de regulación y dispositivo de seguridad que corte el

paso del gas a temperatura máxima.

Aparatos instalados en la cocina

La instalación de los aparatos de la cocina no se aborda, puesto que sólo se han contemplado a

modo de previsión.

Valencia, Noviembre de 2010

EL INGENIERO INDUSTRIAL

Fdo. Juan Bautista Bigorra Badía

Colegiado nº 5.817