ANTIGUO ENJUICIAMIENTO ESPAÑOL

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ANTIGUO ENJUICIAMIENTO ESPAÑOL Es importante señalar las características del derecho procesal español porque el derecho español se aplicó durante la Colonia y porque en México la legislación procesal civil de la época independiente se inspiró preponderantemente y tuvo sus raíces en el derecho procesal español, en gran parte, y hasta en los últimos códigos mostraba su influencia. Los ordenamientos característicos de la evolución del derecho español son: Código de las Partidas, de 1265. Ordenamiento de Alcalá, de 1348. Ordenamiento Real, de 1485. Ordenanzas de Medina, de 1489. Ordenanzas de Madrid, de 15°2. Ordenanzas de Alcalá, de 15°3. Leyes de Toro, de 15°3. Nueva Recopíladón, de 1567. Novísima Recopíladón de las Leyes de España, de 1805. El Código de las Partidas, de 1265. Tiene especial significación porque representó un retorno al proceso clásico romano y, en su partida III, que tenía como antecedente de derecho procesal al Digesto, se encuentra el antecedente de mayor importancia de las legislaciones procesales de los pueblos de habla española, porque esa tercera partida se proyectó durante toda la historia de España. Aparece nuevo su contenido en las leyes procesales españolas del siglo XIX, muy especialmente en la Ley de Enjuiciamiento Civil, de 1855, que fue la principal fuente de inspiración de la gran mayoría de los códigos de procedimientos civiles de los países hispanoamericanos.

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Es importante señalar las características del derecho procesal español porque el derecho español se aplicó durante la Colonia y porque en México la legislación procesal civil de la época independiente se inspiró preponderantemente y tuvo sus raíces en el derecho procesal español, en gran parte, y hasta en los últimos códigos mostraba su influencia.

Los ordenamientos característicos de la evolución del derecho español son:

Código de las Partidas, de 1265. Ordenamiento de Alcalá, de 1348. Ordenamiento Real, de 1485. Ordenanzas de Medina, de 1489. Ordenanzas de Madrid, de 15°2. Ordenanzas de Alcalá, de 15°3. Leyes de Toro, de 15°3. Nueva Recopíladón, de 1567. Novísima Recopíladón de las Leyes de España, de 1805.

El Código de las Partidas, de 1265. Tiene especial significación porque representó un retorno al proceso clásico romano y, en su partida III, que tenía como antecedente de derecho procesal al Digesto, se encuentra el antecedente de mayor importancia de las legislaciones procesales de los pueblos de habla española, porque esa tercera partida se proyectó durante toda la historia de España. Aparece nuevo su contenido en las leyes procesales españolas del siglo XIX, muy especialmente en la Ley de Enjuiciamiento Civil, de 1855, que fue la principal fuente de inspiración de la gran mayoría de los códigos de procedimientos civiles de los países hispanoamericanos.