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AÑO CXV La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de noviembre del 2009 Nº 216 36 Páginas CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL SECCIÓN DE TRÁMITE DE COBRO ADMINISTRATIVO Prevención de Pago Nº 3084-09.—San José, a las trece horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil nueve. Antecedentes: 1) Con el fin de adecuar el procedimiento para calcular el pago del aguinaldo a los jubilados y ajustarlo a lo regulado en la Ley de Pago de Aguinaldos para los Servidores Públicos (Nº 1835 del 11 de diciembre de 1954), el Poder Judicial procedió a cancelar el aguinaldo del año 2006, tomando como parámetros para el cálculo doce meses, es decir, noviembre y diciembre 2005 y enero a octubre de 2006, en atención a lo regulado en el artículo 2° de la citada Ley, y de esa forma lograr nivelar el pago para el aguinaldo del año 2007. 2) Que por oficio Nº SP-876-2009 del 11 de mayo último, el Lic. Javier Cascante Elizondo, Superintendente de Pensiones, indicó que el Poder Judicial giró de más en el aguinaldo 2006, las sumas derivadas al tomar para el cálculo los meses de noviembre y diciembre de 2005, meses que ya habían sido considerados en el cálculo del aguinaldo 2005. Este oficio fue de conocimiento del Consejo Superior en la sesión del 19 de mayo de 2009, artículo XXXVI, y dispuso remitir las diligencias a la Dirección Ejecutiva para lograr la recuperación de las sumas giradas de más. 3) Que en relación al giro de estas sumas y ante gestión de esta Dirección contenida en oficio Nº 6296 de 17 de agosto del 2009, el Consejo Superior en sesión celebrada el 25 de agosto último, artículo LXIII, dispuso: “(...) 2) Comunicar a la Dirección Ejecutiva que para todo casos en que la suma a recuperar sea ¢130.000.00 (ciento treinta mil colones) o menos, se deberá proceder a lo establecido por este Consejo en sesión Nº 09-08 celebrada el 5 de febrero del 2008, artículo LVII (...)” . 4) Que por oficio Nº 5265-TE-2009 del 10 de julio último, el Lic. Juan Carlos Córdoba Meléndez, Jefe del Departamento Financiero Contable, remite informe en que consta el nombre y monto de los jubilados y pensionados a las que se les giró por el concepto citado, una suma de más, menor a ¢130.000,00, y cuyo número de cédula, nombre y monto se citan a continuación: Cédula de identidad Nombre completo Suma adeudada ¢ 3-238-451 RAMIREZ RAMIREZ VIRGINIA 3.747,59 2-478-150 HERRERA CASTRO FLOR ELENA 5.622,82 7-170-581 ROMANO NAVARRO MARIA VICTORIA 5.674,26 7-203-303 ROMANO NAVARRO SERGIO JOSE 5.674,26 7-177-223 ROMANO NAVARRO CANDY 5.674,27 1-726-308 BOLAÑOS VILLALOBOS XINIA PATRICIA 5.809,92 6-374-940 GARCIA VIQUEZ RICARDO JOSE 6.804,71 6-431-162 GARCIA VILLALOBOS WHITNEY 6.804,71 6-442-768 GARCIA VILLALOBOS HILARY 6.804,71 6-461-867 GARCIA VILLALOBOS DEREK 6.804,71 2-089-7768 FLORES FUENTES ETELGIVE 6.843,23 5-138-1265 SOLORZANO BONILLA RAFAEL ANGEL 8.958,28 1-624-419 MURILLO ESCALANTE ROCIO MARIA 9.243,74 1-662-434 MURILLO ESCALANTE KATTIA 9.243,74 1-391-710 BONILLA MELENDEZ AIXA 9.504,06 1-835-844 FREER BONILLA JESSICA ARLYN 9.504,06 1-939-850 FREER MARTINEZ ANA YENITZA 9.504,06 1-1530-485 VILLEGAS MIRANDA YEILIN FERNANDA 10.128,11 3-449-071 VILLEGAS MIRANDA ANABELLE 10.128,11 6-407-363 CERDAS JIRON ANDRES FERNANDO 10.128,11 1-1139-175 HEILBRON CUADRA JENNIFER 11.062,57 Cédula de identidad Nombre completo Suma adeudada ¢ 1-1373-885 HEILBRON CUADRA KATHERINE 11.062,57 1-1135-022 OVIEDO ELIZONDO SILVIA INES 11.066,08 1-1262-789 OVIEDO ELIZONDO ADRIAN E. 11.066,08 1-743-970 CARVAJAL CASTRO ALEXANDER 11.127,04 1-1869-254 CARVAJAL BRENES FIORELLA 11.127,04 2-145-926 QUESADA PORRAS JOVITA PAULA 11.245,62 1-1113-268 MORA GUEVARA KARLA PATRICIA 11.410,93 1-175-005 VILLALOBOS VILLALOBOS XINIA 11.619,83 1-1780-599 ALVARADO MOLINA LORNA FRANCELA 11.757,03 5-066-788 ZUÑIGA DIAZ MARIA SABINA 11.757,03 6-239-049 ALVARADO MOLINA ENA 11.757,03 1-261-844 QUIROS GOMEZ VITALINA 12.047,58 1-1218-420 MORERA SEQUEIRA MARGARITA 12.047,58 1-1305-791 MORERA SEQUEIRA DANIELA 12.047,58 1-1607-296 JIMENEZ SEQUEIRA WILLIAM 12.047,58 1-1186-518 NOGUERA CHINCHILLA JOEL DAVID 12.377,09 1-1400-817 NOGUERA MONTERO SAILYN 12.377,10 5-365-569 MAYORGA NIPOTE KEVIN 12.761,99 5-365-568 MAYORGA NIPOTE OLMAN 12.761,99 7-230-995 SMITH VALVERDE ARTHUR YADIR 13.079,41 1-1268-519 CHAVARRIA ARRIOLA JONATHAN G 13.169,08 1-1749-056 CHAVARRIA VENEGAS MARVIN ADRIAN 13.169,08 1-1625-611 MORALES CALDERON GLADYS MELANIA 13.665,80 1-882-754 VENEGAS VARGAS ADRIANA 13.880,19 6-165-601 JIMENEZ RODRIGUEZ MARIAM 14.418,85 1-1032-749 BAUDRIT GONZALEZ MONIQUE 14.853,82 1-1140-518 BAUDRIT FLORES LAURA 14.853,82 1-351-552 CARVAJAL MONGALO GUSTAVO 14.894,84 1-1705-140 CARVAJAL MONGALO MARIO ALBERTO 14.894,84 1-385-941 GONZALEZ FERNANDEZ MAYELA 14.987,15 5-043-489 GUTIERREZ ACEVEDO HORMINTA 15.005,54 5-264-787 BALTODANO LEON ADAYS 15.497,20 7-210-999 CAMPOS CENTENO ARIELA 15.593,37 5-365-028 CALVO DE LA O JUAN RAFAEL 15.885,62 1-1372-849 JIMENEZ GUTIERREZ DENNIS ALLAN. 16.401,66 1-1627-734 JIMENEZ GUTIERREZ TOMAS DANIEL 16.401,66 1-1755-889 JIMENEZ GUTIERREZ MARIA PAULA 16.401,66 1-1765-965 JIMENEZ VINDAS LUCIA ELENA 16.401,66 3-073-723 SERRANO MARTINEZ BERTA 16.546,42 1-398-929 AGUIRRE MONGE DORA 16.746,61 3-113-393 DIAZ SALAS JUAN RAFAEL 16.761,43 7-081-147 MACHADO MARIN MARIA ISABEL 16.783,98 7-109-964 MACHADO MARIN ANA GABRIELA 16.783,98 1-300-392 RIVERA BOLAÑOS DAGOBERTO 16.789,32 6-087-980 PALACIOS LI DORA 17.188,73 5-079-700 MAIRENA MARCHENA AMELIA 17.203,68 1-283-853 RODRIGUEZ NAVARRO MANUEL A. 17.227,10 5-326-122 ARTAVIA SANCHEZ LUIS FERNANDO 17.264,48 3-427-401 ARTAVIA SANCHEZ STEVEN 17.264,49

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AÑO CXV La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de noviembre del 2009 Nº 216 — 36 Páginas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIADIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SECCIÓN DE TRÁMITE DE COBRO ADMINISTRATIVOPrevención de Pago Nº 3084-09.—San José, a las trece horas treinta

minutos del seis de octubre del dos mil nueve. Antecedentes:1) Con el fin de adecuar el procedimiento para calcular el pago del

aguinaldo a los jubilados y ajustarlo a lo regulado en la Ley de Pago de Aguinaldos para los Servidores Públicos (Nº 1835 del 11 de diciembre de 1954), el Poder Judicial procedió a cancelar el aguinaldo del año 2006, tomando como parámetros para el cálculo doce meses, es decir, noviembre y diciembre 2005 y enero a octubre de 2006, en atención a lo regulado en el artículo 2° de la citada Ley, y de esa forma lograr nivelar el pago para el aguinaldo del año 2007.

2) Que por oficio Nº SP-876-2009 del 11 de mayo último, el Lic. Javier Cascante Elizondo, Superintendente de Pensiones, indicó que el Poder Judicial giró de más en el aguinaldo 2006, las sumas derivadas al tomar para el cálculo los meses de noviembre y diciembre de 2005, meses que ya habían sido considerados en el cálculo del aguinaldo 2005. Este oficio fue de conocimiento del Consejo Superior en la sesión del 19 de mayo de 2009, artículo XXXVI, y dispuso remitir las diligencias a la Dirección Ejecutiva para lograr la recuperación de las sumas giradas de más.

3) Que en relación al giro de estas sumas y ante gestión de esta Dirección contenida en oficio Nº 6296 de 17 de agosto del 2009, el Consejo Superior en sesión celebrada el 25 de agosto último, artículo LXIII, dispuso: “(...) 2) Comunicar a la Dirección Ejecutiva que para todo casos en que la suma a recuperar sea ¢130.000.00 (ciento treinta mil colones) o menos, se deberá proceder a lo establecido por este Consejo en sesión Nº 09-08 celebrada el 5 de febrero del 2008, artículo LVII (...)” .

4) Que por oficio Nº 5265-TE-2009 del 10 de julio último, el Lic. Juan Carlos Córdoba Meléndez, Jefe del Departamento Financiero Contable, remite informe en que consta el nombre y monto de los jubilados y pensionados a las que se les giró por el concepto citado, una suma de más, menor a ¢130.000,00, y cuyo número de cédula, nombre y monto se citan a continuación:

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

3-238-451 RAMIREZ RAMIREZ VIRGINIA 3.747,59

2-478-150 HERRERA CASTRO FLOR ELENA 5.622,82

7-170-581 ROMANO NAVARRO MARIA VICTORIA 5.674,26

7-203-303 ROMANO NAVARRO SERGIO JOSE 5.674,26

7-177-223 ROMANO NAVARRO CANDY 5.674,27

1-726-308 BOLAÑOS VILLALOBOS XINIA PATRICIA 5.809,92

6-374-940 GARCIA VIQUEZ RICARDO JOSE 6.804,71

6-431-162 GARCIA VILLALOBOS WHITNEY 6.804,71

6-442-768 GARCIA VILLALOBOS HILARY 6.804,71

6-461-867 GARCIA VILLALOBOS DEREK 6.804,71

2-089-7768 FLORES FUENTES ETELGIVE 6.843,23

5-138-1265 SOLORZANO BONILLA RAFAEL ANGEL 8.958,28

1-624-419 MURILLO ESCALANTE ROCIO MARIA 9.243,74

1-662-434 MURILLO ESCALANTE KATTIA 9.243,74

1-391-710 BONILLA MELENDEZ AIXA 9.504,06

1-835-844 FREER BONILLA JESSICA ARLYN 9.504,06

1-939-850 FREER MARTINEZ ANA YENITZA 9.504,06

1-1530-485 VILLEGAS MIRANDA YEILIN FERNANDA 10.128,11

3-449-071 VILLEGAS MIRANDA ANABELLE 10.128,11

6-407-363 CERDAS JIRON ANDRES FERNANDO 10.128,11

1-1139-175 HEILBRON CUADRA JENNIFER 11.062,57

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-1373-885 HEILBRON CUADRA KATHERINE 11.062,57

1-1135-022 OVIEDO ELIZONDO SILVIA INES 11.066,08

1-1262-789 OVIEDO ELIZONDO ADRIAN E. 11.066,08

1-743-970 CARVAJAL CASTRO ALEXANDER 11.127,04

1-1869-254 CARVAJAL BRENES FIORELLA 11.127,04

2-145-926 QUESADA PORRAS JOVITA PAULA 11.245,62

1-1113-268 MORA GUEVARA KARLA PATRICIA 11.410,93

1-175-005 VILLALOBOS VILLALOBOS XINIA 11.619,83

1-1780-599 ALVARADO MOLINA LORNA FRANCELA 11.757,03

5-066-788 ZUÑIGA DIAZ MARIA SABINA 11.757,03

6-239-049 ALVARADO MOLINA ENA 11.757,03

1-261-844 QUIROS GOMEZ VITALINA 12.047,58

1-1218-420 MORERA SEQUEIRA MARGARITA 12.047,58

1-1305-791 MORERA SEQUEIRA DANIELA 12.047,58

1-1607-296 JIMENEZ SEQUEIRA WILLIAM 12.047,58

1-1186-518 NOGUERA CHINCHILLA JOEL DAVID 12.377,09

1-1400-817 NOGUERA MONTERO SAILYN 12.377,10

5-365-569 MAYORGA NIPOTE KEVIN 12.761,99

5-365-568 MAYORGA NIPOTE OLMAN 12.761,99

7-230-995 SMITH VALVERDE ARTHUR YADIR 13.079,41

1-1268-519 CHAVARRIA ARRIOLA JONATHAN G 13.169,08

1-1749-056 CHAVARRIA VENEGAS MARVIN ADRIAN 13.169,08

1-1625-611 MORALES CALDERON GLADYS MELANIA 13.665,80

1-882-754 VENEGAS VARGAS ADRIANA 13.880,19

6-165-601 JIMENEZ RODRIGUEZ MARIAM 14.418,85

1-1032-749 BAUDRIT GONZALEZ MONIQUE 14.853,82

1-1140-518 BAUDRIT FLORES LAURA 14.853,82

1-351-552 CARVAJAL MONGALO GUSTAVO 14.894,84

1-1705-140 CARVAJAL MONGALO MARIO ALBERTO 14.894,84

1-385-941 GONZALEZ FERNANDEZ MAYELA 14.987,15

5-043-489 GUTIERREZ ACEVEDO HORMINTA 15.005,54

5-264-787 BALTODANO LEON ADAYS 15.497,20

7-210-999 CAMPOS CENTENO ARIELA 15.593,37

5-365-028 CALVO DE LA O JUAN RAFAEL 15.885,62

1-1372-849 JIMENEZ GUTIERREZ DENNIS ALLAN. 16.401,66

1-1627-734 JIMENEZ GUTIERREZ TOMAS DANIEL 16.401,66

1-1755-889 JIMENEZ GUTIERREZ MARIA PAULA 16.401,66

1-1765-965 JIMENEZ VINDAS LUCIA ELENA 16.401,66

3-073-723 SERRANO MARTINEZ BERTA 16.546,42

1-398-929 AGUIRRE MONGE DORA 16.746,61

3-113-393 DIAZ SALAS JUAN RAFAEL 16.761,43

7-081-147 MACHADO MARIN MARIA ISABEL 16.783,98

7-109-964 MACHADO MARIN ANA GABRIELA 16.783,98

1-300-392 RIVERA BOLAÑOS DAGOBERTO 16.789,32

6-087-980 PALACIOS LI DORA 17.188,73

5-079-700 MAIRENA MARCHENA AMELIA 17.203,68

1-283-853 RODRIGUEZ NAVARRO MANUEL A. 17.227,10

5-326-122 ARTAVIA SANCHEZ LUIS FERNANDO 17.264,48

3-427-401 ARTAVIA SANCHEZ STEVEN 17.264,49

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

5-388-434 ARTAVIA SANCHEZ MARIA FERNANDA 17.264,49

1-236-280 ROJAS SABORIO MARIA CECILIA 17.281,21

1-244-899 ARGUEDAS CAMACHO ESTHER 17.297,67

1-288-445 ARAYA VILLALOBOS EVANGELINA 17.300,00

1-183-578 MEZA ARAYA EDITH 17.300,30

3-061-3508 HENCHOZ LEANDRO FLORA 17.380,26

5-177-872 GONZALEZ GONZALEZ ALBA IRIS 17.410,77

5-403-969 GUTIERREZ GONZALEZ DAYAN 17.410,77

9-049-254 VALENCIANO QUESADA HAYDEE 17.562,96

2-152-801 GRANADOS SOLANO MIRIAM 17.628,55

1-187-265 SEQUEIRA CALDERON PACIFICA 17.730,57

1-203-046 SEQUEIRA CALDERON MARIA TERESA 17.730,57

1-1278-473 GUTIERREZ MONTERO MA. VIRGINIA 17.748,10

1-1396-915 GUTIERREZ MONTERO RICARDO 17.748,10

1-528-039 MURILLO MORA VERA ISABEL 17.818,71

2-100-926 GONZALEZ VILLALOBOS MARTA 17.818,71

1-252-987 SALAS BARRIENTOS FLORA 17.864,49

7-018-963 ESCALANTE AGUILAR LILLY 18.487,43

2-154-619 CHAVES RUIZ WALTER 18.492,13

1-401-150 ARAYA LOPEZ EDUARDO GERARDO 18.546,18

1-266-819 GUILLEN BERROCAL XINIA 18.670,76

4-056-065 BOLAÑOS RIVERA BRIGIDA 18.687,33

1-491-175 AGUILAR BUSTAMANTE ALICIA 18.718,29

1-366-071 MATA TREJOS EDUARDO 18.765,10

1-770-532 CAMPOS CALDERON HAROL 18.771,34

1-1176-367 HERNANDEZ VARGAS VIVIANA DEL C. 18.805,77

3-148-228 AGUILAR ESQUIVEL NELLY 18.805,77

1-159-216 PEREZ SANCHEZ JOSE RODRIGO 18.814,10

2-275-883 SANTAMARIA BARQUERO EDGAR 19.050,12

1-281-108 JARQUIN QUIROS HUMBERTO 19.129,83

1-090-7986 SOLANO CALDERON LIDIA 19.151,13

1-110-8529 GOMEZ MESEN FLORA 19.239,53

4-058-520 VILLALOBOS JIMENEZ MARIA ESPERANZA 19.268,03

1-1183-264 SALAS MEJIAS KARLA 19.317,93

2-099-007 LOBO ARCE MARINA 19.317,93

5-258-660 ARCE ROJAS MAUREEN 19.352,31

7-115-107 ZAPATA DIAZ DADIANA 19.352,31

2-263-952 BALTODANO JUAREZ CARLOS ARTURO 19.426,78

1-360-658 CARVAJAL RAMIREZ GABELO 19.439,43

1-615-216 CARVAJAL CAMPOS MARIA ESTER 19.461,31

2-145-206 PICADO ARGUEDAS HELGOLAND 19.701,77

8-031-396 MEDINA ORDOÑEZ MARIA DEL C. 19.946,68

1-620-145 RODRIGUEZ MOREIRA RODRIGO 19.958,00

1-951-281 SOLANO FALLAS NANCY VANESSA 19.977,46

2-121-122 BENAVIDES QUESADA BERTA 20.010,46

1-168-814 RODRIGUEZ SABORIO MARIA ESTELA 20.115,34

2-224-705 PACHECO ROJAS HERNAN 20.131,99

1-947-110 MORALES AGUILAR GRETTEL YESENIA 20.276,23

1-951-220 UGALDE TRIGUEROS ANA LIGIA 20.326,66

6-363-374 VEGA LOPEZ GERARDO ARTURO 20.341,98

6-384-110 VEGA LOPEZ DYALA 20.341,98

1-763-504 BOSCHINI VILLALTA JONATHAN 20.390,53

1-476-296 MIRANDA LOBO FREDDY 20.510,43

1-118-5776 CERDAS CERDAS HORTENSIA 20.525,60

5-021-1724 VILLAR HENRIQUEZ ROSARIO 20.544,77

3-247-640 JIMENEZ CORDERO DAMARIS 20.594,26

1-720-173 VASQUEZ AGUILAR JACQUELINE 20.626,81

4-075-614 CHAVARRIA RAMIREZ VIRGINIA 20.651,93

5-044-659 PEREZ BARQUERO RAFAELA ABALTA 20.668,32

4-112-698 GONZALEZ VARGAS ANA MARIA 20.738,46

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

3-208-508 BRENES SANABRIA NORMA 20.835,48

6-452-641 MIRANDA MIRANDA ZENEIDA JUANA 20.887,93

1-791-722 GONZALEZ RAMIREZ CRISTINA E. 20.915,18

4-063-315 VARGAS NUÑEZ RENE 20.965,21

7-040-868 MONTOYA BOLSIOS CARMEN 20.972,71

4-102-184 SOTO ZAMORA EDGAR 20.974,62

9-037-027 MARTINEZ CONEJO LUIS ALBERTO 21.035,14

6-106-088 CLARK MORAES CYNTHIA 21.103,63

7-074-907 MONTOYA ALVAREZ XINIA 21.150,50

1-269-583 ANGULO SOSA CRISTINA 21.361,08

6-139-198 GONZALEZ GONZALEZ DELIA 21.574,63

5-121-973 SANCHO BARRANTES ODILI 21.602,38

1-1344-934 GOLCHER AVENDAÑO ANA VICTORIA 21.636,67

1-216-358 VARELA PALMA ALVARO E 21.648,14

4-073-661 CHACON CHACON MILTON 21.727,18

4-116-121 VILLEGAS HERNANDEZ MIGUEL 21.894,52

1-473-195 AGÜERO CALDERON ELIETH 21.999,18

1-130-407 CALDERON CASCANTE MIGUEL ANGEL 22.059,45

3-090-756 MOLINA COTO ELIAS NAZARENO 22.119,94

8-040-248 MARTINEZ ORTIZ PRUNA JOSE M. 22.255,83

3-209-751 MONTOYA MENDEZ MARIA DE LOS A. 22.310,88

2-284-868 ALVAREZ VEGA GRACE 22.321,91

5-117-395 ARAYA ARIAS GERARDO 22.336,84

1-436-908 SOLIS CAMACHO ROSARIO MA. 22.361,07

3-143-383 ALVARADO VALVERDE FRANCISCA 22.470,27

1-642-039 ALFARO ALFARO GILBERTO 22.489,08

3-119-146 GUILLEN VEGA FLORA 22.506,47

6-051-934 SANCHEZ RAMIREZ OLDEMAR 22.526,70

6-071-231 CUBILLO CUBILLO JOSE A 22.546,13

1-379-150 MORA SOLIS CARLOS ALBERTO 22.604,01

1-380-236 FONSECA UMAÑA MAGDA ELENA 22.685,47

8-034-705 FACEN MALACARNE MARGARITA 22.726,19

4-140-135 HERNANDEZ GUZMAN ANA LORENA 22.819,09

9-054-296 CUNNINGHAM CYRUS JULIETA 22.821,87

5-131-649 MONTOYA VIALES JAIME 22.838,12

3-145-264 SANVICENTE VARGAS LIGIA 22.865,24

1-360-673 CHACON CHACON GUILLERMO GDO 23.006,53

1-561-793 ALPIZAR CAMPOS ANGELICA 23.006,71

7-102-864 ARAYA MARTINEZ ELIZABETH 23.020,08

1-401-434 MATARRITA VILLARREAL ALFREDO 23.069,18

3-109-715 RIVERA MIRANDA JOSE MANUEL 23.113,03

1-451-390 SIBAJA ROMERO MARTA ISABEL 23.130,43

1-506-646 ZUÑIGA LOAIZA GRACE 23.161,80

2-169-182 PORRAS CALVO MARIA ELENA 23.173,46

1-224-233 UMAÑA GONZALEZ HILDA 23.235,84

1-446-200 GUTIERREZ ALPIZAR MARCO AURELIO 23.273,88

6-040-352 FONTANA RODRIGUEZ ARTEMIDA 23.357,46

1-752-924 HERNANDEZ SANCHO MARIA DEL ROCIO 23.392,70

4-114-741 VIQUEZ VARGAS ALEXIS 23.435,43

3-203-688 BRENES NAVARRO ROXANA 23.470,70

1-197-087 GOMEZ FONSECA FLOR DE MARIA 23.536,63

1-638-542 BRENES CUBERO JORGE ALBERTO 23.576,32

2-291-840 SOLANO SANDOVAL ENID M 23.610,09

1-642-398 SOLANO SERRANO MARIO 23.729,51

1-374-970 TORRES CASTILLO GERMAN E 23.750,94

1-592-056 DURAN ROJAS ANA CECILIA 23.822,95

1-458-370 SANCHEZ CAMACHO JORGE ANT. 23.855,33

6-366-640 ZUÑIGA RODRIGUEZ MELISSA 23.865,78

1-157-472 PALMA ARLEY JOSE 23.969,83

9-074-542 ARCE GONZALEZ ROY 24.096,73

4-108-740 BOGANTES ALFARO DORIS 24.130,08

Page 3: AÑO CXV La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de ... · PDF file1-882-754 venegas vargas adriana 13.880,19 ... 3-073-723 serrano martinez berta 16.546,42 ... 1-947-110 morales

Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 3

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-806-526 SANCHEZ GOMEZ ROCIO 24.151,68

1-213-802 CASTRO MONGE ODILIE 24.172,07

1-316-975 QUESADA CASTRO MIRIAM 24.172,18

1-643-613 SOLANO VARGAS LAURA 24.201,46

5-117-222 BALTODANO ALVAREZ JOSE BLAS 24.210,51

1-211-715 LOAIZA CORONADO EVETTY 24.261,11

1-304-599 MADRIGAL BATISTA HERNAN 24.300,13

1-635-870 AMADOR ARIAS BERNARDO 24.315,41

1-490-423 CAMPOS ALVARADO GRETHEL 24.330,98

1-250-305 SOSA QUESADA ANA MARIA 24.381,92

1-268-846 BARQUERO SALAZAR VILMA 24.402,00

5-148-762 CARDENAS REYES LEONARDO 24.465,83

6-180-047 ARAYA QUESADA MARITZA 24.515,02

3-071-097 RODRIGUEZ RUIZ PEDRO 24.606,65

9-020-508 MONGE DIAZ ALBA CECILIA 24.851,91

5-062-172 VILLALOBOS PICADO HERNAN 24.869,87

4-101-1052 VILLALOBOS VARGAS ANA C 24.889,03

1-886-363 MEDRANO CORK BLANCA 24.919,28

2-448-459 SALAZAR SOLANO ROCIO 25.008,98

5-209-306 VIALES MENDOZA JOSE PORFIRIO 25.029,34

1-215-634 SOLANO CERDAS MARIA ELENA 25.042,73

6-116-750 CORRALES BARRANTES LUIS 25.057,05

1-553-239 MELENDEZ HERRERA HERBERT 25.130,79

1-249-084 GRANADOS VARELA MANUEL 25.189,88

2-323-761 ESQUIVEL VARGAS MARIO 25.238,73

5-212-628 CARRILLO OBANDO CONCEPCION 25.281,33

1-269-332 SALAZAR BEJARANO RONNY 25.297,06

2-227-873 GONZALEZ SALAS MANUEL GERARDO 25.297,88

1-396-1447 AGUIRRE MONGE VIRGINIA 25.313,55

9-023-649 CEDEÑO CALDERON ROSA MARIA 25.319,78

1-610-919 UMAÑA VARGAS GUISELLE 25.321,81

9-084-288 MIRANDA UGALDE JUAN CARLOS 25.321,95

1-258-480 DELGADO DELGADO MIGUEL 25.374,80

2-246-453 SAGOT ESQUIVEL JOSE LUIS 25.396,78

4-123-841 BENAVIDES CHACON JORGE ARTURO 25.415,08

2-111-195 MORALES ALFARO CARMEN 25.419,75

5-097-108 BARRANTES GUTIERREZ GUILLERMINA 25.463,19

1-385-939 GUERRERO TASARA GEORGINA 25.477,88

2-104-260 BLANCO ESQUIVEL JUAN MIGUEL 25.595,09

2-259-067 ARAYA VEGA ADELA 25.603,64

1-415-867 FERNANDEZ SANCHEZ ALMA ROSA 25.643,31

1-733-226 SAENZ SANCHEZ ANA PATRICIA 25.688,24

2-104-725 VEGA BARRANTES FE 25.691,81

1-265-694 CAVALLINI DURAN GIOVANNI 25.713,08

4-122-251 SALAS HIDALGO GILBERT 25.736,07

1-436-959 RODRIGUEZ MORA JORGE ISAAC 25.792,79

2-285-1075 QUESADA GAMBOA MIGUEL A 25.852,48

1-264-250 ALVARADO PEREZ IRIS 25.889,87

1-586-478 ALVARADO PETERSON JEANNETTE 25.928,29

1-523-875 MASIS BURGOS VERA ISABEL 25.961,36

3-134-096 SEQUEIRA CALVO MARIO 25.987,77

1-399-1392 GRANADOS GONZALEZ MARIA ELENA 26.006,20

2-284-029 SIBAJA MONGE LUZVINA 26.012,68

5-118-913 FAIT VILLALOBOS LIDIETTE 26.039,32

9-007-796 MENOCAL MELENDEZ JUSTINO 26.044,08

1-780-237 MENDEZ ZAMORA KATTIA 26.046,03

9-042-978 CHACON CASTRO MARIA LOVELIA 26.063,13

2-289-458 ESQUIVEL SANDOVAL EMILIA MARIA 26.136,54

6-124-143 CERVANTES DE LA ROCHA ROGER 26.252,54

2-182-207 FERNANDEZ FERNANDEZ CASILDA 26.320,38

1-490-479 SANCHEZ MONGE ANA LORENA 26.365,52

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-228-108 MONTOYA ARAYA HILDA GEMA 26.384,53

9-027-135 NARANJO PEREIRA ANA CECILIA 26.496,11

9-047-193 GOMEZ GOMEZ ANTONIO 26.496,81

2-282-1143 ROJAS ARAYA NIDIA 26.609,68

2-190-458 BLANCO SOLIS ALVARO 26.655,87

1-294-111 ESQUIVEL JIMENEZ ANA 26.670,46

7-025-538 GURUGUAY GURUGUAY REINALDO 26.671,41

1-358-372 CASTILLO CHINCHILLA BORIS 26.677,25

1-476-068 HAINES HERRERA CARLOS JAVIER 26.737,98

5-062-280 CARRILLO VILLEGAS MARCIAL 26.769,13

5-147-1253 ALEMAN BRICEÑO JORGE 26.826,74

1-555-033 SALAZAR HERRERA AMELIA 26.835,16

1-250-669 FALLAS CAMACHO FILADELFO 26.840,95

1-302-603 NUÑEZ ARGUELLO RAFAEL ANGEL 26.857,43

1-187-018 QUESADA MOLINA PAULINA 26.859,59

1-768-649 FALLAS SANABRIA MELBA 26.868,78

1-215-192 CORDERO SALAZAR RODRIGO 26.902,20

1-219-971 MONTES LEON NAPOLEON 26.951,75

1-519-118 BUSTOS CABRERA ELIECER 26.975,06

2-153-797 CASTRO ESPINOZA EMERITA 27.007,30

2-276-802 SOTO MORA JOSE FRANCISCO 27.023,07

1-541-658 MENDEZ RODRIGUEZ VIOLETA 27.055,80

6-046-645 BUSTOS CANALES ELIECER 27.077,08

1-441-701 MORALES GARCIA RONALD 27.121,68

7-029-225 LIMBRICK MESEN CHARLES 27.123,53

2-118-160 CALVO CASTILLO JORGE 27.189,61

1-213-563 NUÑEZ BARQUERO MIRIAM 27.228,19

3-239-917 SEGURA BOZA LETICIA 27.271,58

4-095-193 CHACON CHACON ALEJANDRO GMO. 27.292,85

1-1231-256 ESQUIVEL SELVA GABRIELA 27.322,43

1-1283-594 ESQUIVEL SELVA JAVIER 27.322,43

1-558-996 MOYA CARVAJAL LUIS A. 27.391,94

2-406-984 GUILLEN CAMPOS ANA PATRICIA 27.414,60

1-198-852 ALVAREZ ROJAS ABELARDO 27.457,42

1-449-536 HERRADORA QUESADA MANUEL 27.463,95

2-269-487 MOLINA GONZALEZ DAMARIS 27.490,91

1-257-335 ZELEDON GAMBOA MARIA DE 27.564,85

1-238-405 FALLAS MORA JUAN BAUTISTA 27.584,27

1-513-380 ARAYA SANCHEZ OSCAR 27.626,13

1-288-741 MADRIZ BONILLA BLANCA ROSA 27.665,86

5-122-548 VARGAS PEREZ TERESA 27.669,55

4-131-987 VARGAS LOPEZ MARVIN 27.685,12

2-367-479 NUÑEZ SABORIO MARIBEL 27.687,16

1-266-645 VALVERDE ROLDAN MAGUELONE 27.746,08

1-505-544 VALVERDE MENDIETA SANDRA 27.750,43

3-199-106 ACUÑA OROZCO NORMA 27.763,70

1-334-942 MORA ROJAS OMAR 27.766,94

2-240-192 STELLER CHAVES IDALY 27.769,09

2-523-019 JIMENEZ MUÑOZ CARMEN 27.896,21

3-184-332 JIMENEZ ROJAS JOSE ALEXANDER 27.896,21

1-246-368 MENDEZ RODRIGUEZ RODOLFO 27.898,12

1-469-649 HERNANDEZ MONTIEL MARTA E. 27.934,22

6-108-324 LEAL MUÑOZ FREDDY 28.018,25

1-659-207 JIMENEZ LEON MARIA DEL ROCIO 28.019,43

3-170-590 BONILLA MONTOYA MARIA CECILIA 28.023,49

1-379-229 FONSECA GONZALEZ GUILLERMO 28.040,05

2-191-146 VILLALOBOS CARVAJAL ELADIO 28.055,35

6-114-251 VALENCIANO SIBAJA MARITZA 28.159,93

3-107-338 QUESADA JARA MARIA DE LOS A 28.199,48

1-312-623 MONTERO LORIA CARLOS ALBERTO 28.209,03

1-484-752 MORA VARGAS NIXIA 28.225,83

Page 4: AÑO CXV La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de ... · PDF file1-882-754 venegas vargas adriana 13.880,19 ... 3-073-723 serrano martinez berta 16.546,42 ... 1-947-110 morales

Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-325-278 MASIS BURGOS CARLOS ALBERTO 28.257,47

1-269-578 CALVO QUIROS GEORGINA 28.295,22

1-449-396 VILLALTA SOLIS VICTOR 28.300,49

1-196-236 VARGAS VINDAS OLGA 28.345,30

1-377-387 PACHECO MONGE MERCEDES 28.376,03

3-134-317 GARCIA CERDAS JOSE JOAQUIN 28.435,98

6-037-937 RODRIGUEZ ALVARADO OMAR 28.454,59

4-050-850 MIRANDA CARBALLO MELIDA 28.490,04

9-070-153 VARGAS GONZALEZ MIGUEL 28.537,56

1-255-281 BARRANTES PALACIOS ANA RUBI 28.554,17

4-119-273 HERRERA PANIAGUA BLANCA IRIS 28.560,12

2-176-761 ULATE ALVAREZ ISIDRO 28.584,18

1-200-067 JIMENEZ FERNANDEZ MARIO 28.586,25

1-500-964 FERNANDEZ ZUÑIGA VIDA 28.601,68

7-051-016 CHAN FONSECA WILLIAM 28.607,11

4-106-877 VILLALOBOS ALVAREZ CLAUDIA 28.646,34

1-249-408 VILLALTA VARGAS FERNANDO 28.694,53

4-097-572 ARCE ALFARO JORGE AGUSTIN 28.696,51

1-212-566 SANCHEZ MONGE RAUL 28.707,43

1-401-1324 FLORES TINOCO ANA ISABEL 28.800,60

1-259-897 ARAYA GARITA RAFAEL GABINO 28.814,82

2-207-846 CORELLA ELIZONDO DINORAH 28.950,69

1-397-1232 JIMENEZ CASCANTE ROXANA 28.995,48

1-361-398 BADILLA AZOFEIFA DAISY 29.035,16

9-007-440 NAVARRETE CASCANTE ROSA 29.206,51

3-091-105 ARAYA BONILLA GILBERTO 29.250,46

4-087-324 BOLAÑOS ARCE SARA YINETTE 29.255,68

4-083-533 ARAYA HERRERA GILBERTO 29.258,15

1-207-095 FLORES BERMUDEZ MARIA EUGENIA 29.259,51

7-031-106 LAVERDE VENEGAS WILLIAM 29.263,38

1-254-532 CHACON CERDAS MA.DEL SOCORRO 29.327,25

1-395-591 MORALES SAENZ FERNANDO 29.330,45

1-451-694 ARGUEDAS ROMERO MIRIAM 29.407,78

1-492-273 DELGADO SEGURA ESMERALDA 29.435,88

5-203-048 MATARRITA ALVARADO AURORA 29.503,89

1-1490-119 OVIEDO ARIAS JOSE PABLO 29.538,88

4-099-987 MONTERO MONTOYA BEILA 29.545,33

3-143-221 ROJAS SOJO MANUEL ANTONIO 29.557,58

1-206-430 CHINCHILLA FALLAS CARLOS 29.579,99

1-531-433 CUBERO ROMERO NIDIA 29.585,93

1-382-895 UMAÑA ZUÑIGA RICARDO 29.595,14

1-696-505 ALPIZAR CASCANTE RONALD 29.619,82

2-249-364 CHINCHILLA PRADO XINIA 29.698,37

1-489-774 ESQUIVEL ELIZONDO ELSMER 29.703,14

1-410-1183 ZAMORA VILLALOBOS VIRGINIA 29.716,68

1-1156-747 CESPEDES FORBES GEORGE 29.729,93

9-036-560 ROJAS AGUILAR JORGE 29.770,54

6-086-760 FERNANDEZ RAMIREZ JOSE ERNESTO 29.821,36

3-236-342 ALVAREZ SABORIO GERARDO 29.843,90

9-005-893 ALFARO ARAYA WILLY 29.848,37

5-069-387 FONSECA FONSECA MERCEDES 29.867,70

1-223-851 JIMENEZ LOPEZ GUILLERMO 29.909,49

2-227-700 LARA CASORLA NIDIA MARIA 29.988,44

5-231-346 ALFARO ESCALANTE NANCY 30.011,11

4-061-733 BENAVIDES SANCHEZ JOSE RAMON 30.069,56

1-526-858 ESCALANTE UREÑA GONZALO 30.073,93

9-013-528 ALVARADO SUAREZ VILMA 30.091,91

3-129-936 ARIAS LEIVA LIGIA 30.103,34

1-461-539 GARCIA ARGUEDAS OSCAR 30.104,39

6-108-813 MARTINEZ VARELA BEATRIZ 30.141,76

2-281-540 SIBAJA LOPEZ ELEANETE 30.162,99

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-273-388 CAMACHO ABARCA MARIA ISABEL 30.199,52

1-301-489 MATAMOROS VARGAS CONSTANTINO 30.205,31

2-496-875 ALFARO VILLALOBOS KATTIA 30.216,88

2-145-503 VARGAS SALAZAR RODRIGO 30.247,00

5-180-541 SOSA CHAVES MARCO ANTONIO 30.248,23

1-280-249 GUERRERO CHINCHILLA HUGO 30.272,26

1-562-004 SABORIO CASTRO RAMIRO 30.340,67

3-084-039 SEGURA CASTILLO MARIA LUISA 30.348,38

1-237-455 PERALTA HERRERA GLADYS 30.365,58

2-281-477 MOLINA ZAMORA JOSE JOAQUIN 30.372,56

6-335-449 AGUILAR MENDEZ SHIRLEY 30.389,55

6-065-743 SALAZAR MENDOZA JOSE MARTIN 30.408,14

3-098-185 BRENES SOLANO MANUEL 30.430,53

5-185-259 ALPIZAR MORA ADA LUZ 30.447,58

1-614-908 AGUERO CHAVARRIA MARTHA 30.460,15

1-259-358 PANIAGUA SANCHO LUIS ROBERTO 30.470,35

2-197-656 MURILLO CAMPOS EUGENIO 30.544,18

3-133-992 PALACIOS QUIROS MARIO 30.553,58

1-121-690 SALAS SEGURA RICARDO 30.575,23

1-368-343 LOPEZ CHAVES ANA MARIA 30.584,39

2-105-663 MIRANDA SOLANO BALSAMINA 30.643,70

1-162-536 RODRIGUEZ MURILLO OCTAVIO 30.655,53

2-080-8089 ALVARADO SOTO ANA GLORIA 30.663,32

3-121-164 MONGE MONGE GRETTEL 30.712,58

1-143-293 ARAYA ALPIZAR BERNARDO 30.739,80

6-112-308 SOTO ZUMBADO SENEN 30.750,07

1-292-982 VALERIN RAMIREZ YADIRA 30.754,44

2-169-047 CALVO LEON CORNELIA 30.763,53

1-509-564 SANCHEZ GARITA MARCO VINICIO 30.797,78

1-216-391 AGUILERA AMADOR MARIA TERESA 30.809,48

1-621-343 GARCIA MARIN ILEANA 30.829,88

5-067-830 PASOS OBANDO ODALIA 30.839,10

1-297-916 ECHANDI ALBERTAZZI GABRIELA 30.868,75

1-295-713 TREJOS CALVO OLGA MARTA 30.875,53

2-276-846 REYES ULATE SONIA 30.901,83

1-787-238 CARVAJAL VALVERDE PATRICIA 30.902,20

3-078-245 CALDERON SOLANO MA. CRISTINA 30.924,02

5-131-797 MONTOYA HUERTAS AMANDA 30.983,53

1-472-795 MORA MURILLO MARIO ALBERTO 30.991,63

1-104-2548 BRENES BRENES ROSA 30.997,38

9-007-603 SOLANO RAMIREZ BLANCA 31.003,88

2-321-730 ZAMORA MONGE MIRIAM 31.011,45

1-570-063 JIRON FLORES JULIO 31.016,52

1-211-410 GONZALEZ CALVO GIL 31.046,49

2-197-052 SIBAJA ARTAVIA JEANNETTE 31.047,58

2-210-516 VILLALOBOS VARGAS NELLY 31.048,39

5-127-167 RAMIREZ RAMIREZ SANTOS 31.053,18

1-276-337 CUBILLO BARBOZA BRAULIO 31.067,46

1-581-945 MARTINEZ RODRIGUEZ EDELWEIS 31.067,54

5-077-431 BEJARANO BEJARANO ANGEL 31.092,33

3-141-838 SALAZAR SOLANO GABRIELA 31.160,17

1-239-771 VARGAS CASTRO FLORA 31.173,24

1-652-983 ULLOA NUÑEZ EDDIE 31.224,72

1-252-777 ROJAS MADRIGAL LETICIA 31.252,25

6-104-1041 SOLANO ESTRADA SONIA 31.255,90

1-467-044 VALVERDE RIMOLO LIGIA MARIA 31.256,22

1-190-855 INNECKEN JIMENEZ ANA MARIA 31.303,78

1-444-641 ROJAS MESSEGUER MANUEL 31.366,13

6-167-897 PEREZ GONZALEZ ROSAURA 31.369,16

6-078-582 ESTRADA CESPEDES JUANITA 31.371,26

4-062-264 VILLALOBOS DELGADO IRMA 31.391,38

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 5

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

3-213-887 QUIROS HERRERA RITA 31.418,19

1-263-895 HERRERA ANGULO RICARDO 31.423,92

1-341-854 AGUILAR ELIZONDO CARLOS 31.473,92

5-154-129 CALVO CHAVERRI DAMARIS 31.525,24

2-231-334 ROJAS RODRIGUEZ REGINA 31.544,00

1-644-097 RICHMOND MORALES SEIDY 31.545,57

1-174-217 QUESADA FONSECA CRESCENCIO 31.557,86

1-400-440 TENORIO JARA DAMARISH 31.569,93

7-043-694 CARBALLO PEREZ JAVIER 31.593,14

6-043-600 NAVAS NOGUERA EULALIA 31.624,66

4-073-289 CHAVARRIA MURILLO ANGEL 31.632,66

2-266-516 MONTOYA CASTRO ROSA ISABEL 31.638,93

1-440-749 MONGE JIMENEZ JOSE 31.647,60

1-319-136 PORRAS VILLARREAL MARIA D 31.708,39

9-049-880 MORERA CASTRO GERARDO 31.725,47

5-087-286 MENDOZA MENDOZA FLORA 31.733,48

7-029-640 CALVO COIN VILMA ESMERALDA 31.741,31

2-182-085 CARRILLO ESTRADA CARLOS 31.747,80

2-171-470 VILLALOBOS VALVERDE WALTER 31.758,15

7-080-996 MENA MATAMOROS MARISOL 31.767,48

1-423-948 CRUZ MORA CRISTOBAL 31.779,33

1-379-916 CEDEÑO RODRIGUEZ LUIS FERNANDO 31.794,13

6-112-883 GARCIA RAMIREZ YELBA 31.808,59

6-088-473 MONTOYA VILLALOBOS PATRICIA 31.867,94

3-134-545 CABEZAS JIMENEZ MARIA ELENA 31.880,74

2-206-798 ARAYA VARGAS RAFAEL ANGEL 31.896,07

6-051-823 CABEZAS GARCIA ISLAM 32.002,83

1-327-303 ALVARADO VARGAS CARLOS LUIS 32.058,68

4-119-310 MORALES RODRIGUEZ ODILIE 32.074,81

6-129-934 LI WONG ELIZABETH 32.082,93

6-035-325 BRENES ZUÑIGA DIEGO MANUEL 32.228,43

1-1191-406 ORTIZ MAYORGA ALEJANDRO 32.262,62

4-072-946 VARGAS HIDALGO SANTIAGO 32.296,86

5-143-077 MORENO GUTIERREZ TERESITA 32.388,39

3-111-517 CHAVES CALDERON VILMA MARIA 32.397,16

2-257-253 BARBOZA MOREIRA BLANCA NIEVES 32.398,86

4-060-860 VINDAS CHACON JORGE 32.439,39

2-240-463 VALVERDE ROGER LUIS GERARDO 32.449,43

9-031-388 LOPEZ UREÑA MA.DEL ROSARIO 32.487,92

1-156-187 BADILLA MONGE BETTY 32.493,95

7-045-528 BROWN TAYLOR INES VERONICA 32.590,10

5-062-421 ESPINOZA ROMERO JOSE LORENZO 32.604,68

1-224-308 ARIAS HERNANDEZ CARLOS 32.665,78

3-233-521 JARA AGUILAR JORGE DELIO 32.685,02

1-358-056 CASTRO MADRIGAL OLMAN 32.690,27

2-142-011 BALTODANO VALVERDE OTILIO 32.707,73

1-335-782 GONZALEZ SALAZAR HUGO 32.713,73

2-235-709 ARAYA RAMIREZ ROBERTO 32.721,22

7-081-204 MORA MAROTO RONALD ALBERTO 32.765,46

3-072-931 FEOLI PEÑA CLARA ROSA 32.777,79

6-057-365 ORDOÑEZ ALVARADO ZULMA 32.821,40

1-267-867 BARRENECHEA BOLANDI RICARDO 32.830,39

1-704-175 HIDALGO DEL VALLE JAVIER 32.849,84

1-340-012 BEJARANO FERNANDEZ MANUEL 32.911,15

1-406-1238 ARLEY CASTILLO MARIA CRISTINA 32.920,75

6-069-601 MONGE VEGA GERARDO 32.925,43

1-265-454 CABRERA MIRANDA JOSE ANTONIO 32.957,62

1-342-258 ESQUIVEL VARGAS EDWIN 32.991,37

7-026-416 SOLANO SALAZAR JORGE 33.008,78

1-461-621 BARQUERO VARELA GRACE 33.023,33

6-050-073 WONG SANCHUN LIDIETTE 33.046,82

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-171-250 UMAÑA RUIZ LUIS 33.061,98

8-044-640 SUERO PRADO TERESA 33.071,12

1-251-179 FALLAS FALLAS FLOR DE MARIA 33.079,43

6-121-611 CENTENO CHAVARRIA FLORY 33.092,25

2-242-266 ARGUEDAS CASTRO DANILO 33.094,93

1-609-535 ESCALANTE ESCALANTE ROSE MARY 33.135,05

1-225-680 HERNANDEZ JIMENEZ RAMON 33.181,10

2-124-654 BLANCO VILLALOBOS CRISTINA 33.184,03

1-337-328 AZOFEIFA ARIAS OMAR ALBERTO 33.262,47

1-502-768 PEREZ SANCHEZ ANA ELENA 33.284,03

1-235-008 MURILLO BRENES OLGA ROSA 33.295,69

1-562-934 AGUILAR VARGAS ALEXANDER 33.302,15

1-208-957 RODRIGUEZ ABARCA HECTOR 33.302,57

1-435-505 GUILLEN ARAYA SONIA MARIA 33.311,67

1-249-981 MONTERO CASTRO JORGE 33.311,88

6-065-006 CARRILLO MENA ANGELA 33.327,92

6-054-263 ZAMORA CASTRO MA. DE LOS ANG. 33.342,84

6-146-098 LI PIÑAR RICARDO 33.345,86

8-045-169 REYES PEREZ JUANA YADIRA 33.354,99

5-060-648 BRICEÑO ESCALANTE MARTIN 33.388,79

2-135-111 CASTRO SANCHO MELITINA 33.399,35

3-103-222 MOYA GOMEZ MARIA TERESA 33.429,37

5-065-164 ANGULO ANGULO CELSO VICTOR 33.465,03

2-288-528 RODRIGUEZ GONZALEZ ALVARO 33.470,29

5-058-716 ORIAS MONTES VICTOR 33.484,71

1-260-438 RODRIGUEZ JIMENEZ RAMON 33.495,04

4-081-615 ARCE ZAMORA WILLIAM 33.548,96

7-061-998 BONILLA RIVAS ANNIA LORENA 33.554,16

4-059-622 ESPINOZA SANDOVAL GUILLERMO 33.574,89

1-464-831 VARGAS JIMENEZ MA. DEL ROCIO 33.597,83

1-353-936 LIZANO ALVAREZ ALFREDO 33.630,70

6-148-230 SABORIO CAMPOS LUZ MARY 33.654,63

1-112-9690 ARAUJO MASIS CLAUDIA 33.660,10

9-029-407 VILLALOBOS GONZALEZ MIRIAM 33.666,78

4-070-551 BOLAÑOS ARCE CRISANTO 33.670,04

2-180-679 BRENES SALAS LEONEL 33.687,27

3-160-939 MENESES CARVAJAL JOSE MARIA 33.733,90

5-034-028 CARRILLO TORRES JOSE SANTOS 33.760,20

2-202-542 CHAVES MORA FRANCISCO 33.791,80

9-016-348 NUÑEZ CALVO BENEDICTO 33.841,63

2-288-894 MOLINA MADRIGAL SERGIO 33.878,86

1-243-098 ESQUIVEL ARIAS YADIRA 33.951,87

4-068-618 CARBALLO ULATE DANILO 33.953,35

5-054-929 CARAVACA ACOSTA ZULEMA 33.967,48

7-042-536 GUTIERREZ GUZMAN IDA LUZ 34.066,33

1-353-796 GARCIA SOLIS ORLANDO 34.084,71

2-244-254 CHAVARRIA PORTUGUEZ GERARDO 34.101,44

1-208-685 MORA SANDI GERMAN 34.123,68

6-150-252 GONZALEZ SOLIS VICTOR MANUEL 34.128,22

2-210-523 GONZALEZ HERNANDEZ MIGUEL ANG 34.129,48

1-341-348 JIMENEZ VILLALOBOS HILDA 34.145,08

7-058-487 DANIELS BLACKWOOD SILVIA 34.202,20

3-132-099 FONSECA RAMIREZ ALFONSO 34.241,12

9-028-523 ROJAS FALLAS MARIELOS 34.266,65

1-137-627 GOMEZ GRANADOS LUZ MARIA 34.270,00

1-856-145 ARIAS BRENES KATIA VANNESA 34.270,56

2-299-765 BRENES NAVARRO MARIA DEL C. 34.270,56

3-103-417 AGUERO PIEDRA MARIA CRISTINA 34.293,31

4-103-880 VARGAS BARRANTES MARIA AURELIA 34.293,63

2-126-537 GONZALEZ AVILA CLAUDIO 34.310,93

2-208-773 GONZALEZ QUIROS CARLOS ENRIQUE 34.314,71

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

2-157-967 QUESADA CAMBRONERO JOAQUIN E. 34.340,70

1-428-607 VILLAFRANCA SOLANO CARLOS 34.343,85

4-083-498 RODRIGUEZ RODRIGUEZ VINICIO 34.363,17

1-401-785 CUBERO BENAVIDES GUIDO 34.368,25

1-310-118 MUÑOZ RAMOS FRANCISCO 34.382,49

3-179-012 CECILIANO PIEDRA BERNARDO 34.427,74

8-001-536 HO KOU CECILIA 34.444,90

1-408-673 UREÑA ZUÑIGA MANUEL ANTONIO 34.460,13

1-198-686 BRUNET CARVAJAL EUGENIA 34.503,84

4-057-030 LEPIZ JIMENEZ MIREYA 34.524,78

2-316-395 VARELA VASQUEZ EDWIN 34.541,00

4-091-044 LEPIZ VILLEGAS IGNACIO 34.562,88

6-063-013 LIOS OBANDO GLORIA ELSA 34.567,59

3-104-877 CAMPOS GAMBOA MARIA TERESA 34.621,08

5-026-7050 ELIZONDO LARIOS RODRIGO 34.624,25

5-092-465 CARDENAS RODRIGUEZ MARITZA 34.629,32

5-076-762 RUIZ RUIZ EDELMIRA 34.707,09

3-191-1204 CORDERO MADRIZ JUAN FCO 34.713,79

3-192-240 MENESES PEREIRA JOSE MANUEL 34.720,69

1-370-240 AGUILERA AMADOR JOSE LUIS 34.724,58

6-132-544 JIMENEZ MONTERO MARJORIE 34.748,03

2-168-901 SABORIO CRUZ FERNANDO 34.751,81

1-342-713 RODRIGUEZ CONEJO GUILLERMO 34.792,52

1-281-814 CERDAS ROJAS VILMA 34.801,73

5-173-166 ROJAS HERNANDEZ MARIA TERESA 34.823,53

2-327-318 ARRIETA HERRERA MA.DE LA CRUZ 34.828,93

3-137-357 RAMIREZ PANIAGUA MANUEL 34.844,91

1-377-912 BARRIONUEVO MONTEALEGRE CARLOS ENRIQUE 34.853,83

3-130-030 LAVERDE VENEGAS HELEODORO 34.870,71

2-327-885 MONTERO BARRANTES SILVANA 34.896,58

2-215-018 PORRAS ALVAREZ FRANCISCO 34.902,48

9-043-774 CHACON MENDEZ NERY 34.959,93

9-044-098 MIRANDA RIVERA ROGER 34.974,00

1-481-311 MATA PICADO MARIA ELENA 34.991,60

9-048-019 REGUEYRA BOLAÑOS GIOVANNI 35.001,67

2-170-706 GONZALEZ SOLIS AMIRA 35.034,48

2-205-745 MUÑOZ MARENCO MELBA 35.080,22

1-219-367 MORA QUIROS MARCO TULIO 35.124,97

1-226-679 ACUÑA TALAVERA CLARA 35.174,83

1-549-057 BARBOZA ALVARADO JOSE 35.186,17

1-550-426 ZAMORA VASQUEZ LILLIANA 35.193,04

1-513-559 QUESADA LEMAIRE HARRY 35.238,05

3-193-1232 MARIN OBANDO BETTY 35.270,38

6-022-692 ZUÑIGA CRUZ VICTOR M. 35.280,92

6-125-834 SHEDDEN CERNA ANA VIRGINIA 35.306,13

1-214-816 PEREZ MAROTO ALVARO 35.311,28

5-052-989 ESQUIVEL SABORIO CASIMIRO 35.314,44

9-009-230 RAMIREZ ALVARADO CARLOS ALBERTO 35.316,90

5-117-417 HERNANDEZ FAERRON EVELYN 35.322,32

1-217-351 MADRIGAL SANCHEZ VILMA 35.331,07

6-042-526 SILVA MOLINA JOSE RAMON 35.338,33

1-279-240 MENA MENDOZA BENJAMIN 35.350,31

2-131-509 BARQUERO SANCHEZ TERESA 35.453,43

1-441-049 SOLIS QUIROS GISELA 35.461,10

1-107-4708 SOLANO CASTILLO AMANDA 35.461,14

3-063-712 GOMEZ COTO CARMEN 35.461,14

3-192-430 RAMIREZ BONILLA ANA ISABEL 35.461,14

1-126-177 MARIN GUERRERO ADRIAN 35.461,86

5-075-057 CHAVARRIA CONTRERAS MAURO 35.480,87

1-397-1410 CARVAJAL CALVO ANDRES 35.505,14

3-119-357 BRENES DIAZ GONZALO 35.512,67

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-245-413 LEON VILLALOBOS MARIA A. 35.516,51

4-063-197 VILLALOBOS GARCIA ADRIAN 35.545,97

2-188-871 CASCANTE CASCANTE TERESA 35.674,20

5-084-431 GUTIERREZ MORAGA JOSE JOAQUIN 35.678,78

1-184-832 ARTAVIA ESQUIVEL LIBIA 35.724,26

1-168-489 ROJAS RODRIGUEZ HAYDEE 35.734,35

4-067-118 RAMIREZ HERNANDEZ ELADIO 35.736,07

1-171-549 SABORIO VALVERDE RUDECINDO 35.742,93

5-153-831 GARCIA PIÑAR YAMILETH 35.790,03

2-182-676 LORIA ARROYO FERNANDO 35.800,49

1-550-183 HERRERA ZUÑIGA LILLIANA 35.802,73

1-222-304 MORA MESEN MARIA ROSA 35.838,20

3-131-473 DITTEL MARIN GUILLERMO JOSE 35.871,59

4-073-274 ZAMORA BARQUERO ULISES 35.884,08

2-308-704 GUEVARA CORELLA ROXANA 35.897,08

4-083-747 LOPEZ SALAS EDWIN 35.899,82

3-086-077 MURILLO RIVERA DAISY 35.907,72

2-336-020 ARAYA CAMBRONERO ANA LEYLA 35.931,17

4-085-093 RODRIGUEZ CORDERO ELADIO 35.996,33

2-223-656 VEGA CASTRO PABLO 36.012,48

1-204-263 CHAVES VARGAS CARMEN 36.071,62

2-246-454 SALAS ALPIZAR MARIA ELENA 36.113,93

2-198-167 ARAYA ALFARO JORGE LUIS 36.135,12

1-428-087 ARROYO BARRANTES EGON 36.137,88

4-070-282 CHAVERRI CHAVERRI GONZALO 36.147,36

4-100-849 GUTIERREZ VILLALOBOS ANA C. 36.153,27

1-164-934 AGUILAR DELGADO ELIDA 36.154,60

4-091-189 SARMIENTO QUIROS CARLOS MANUEL 36.201,32

5-054-344 CASTILLO BRICEÑO LIBRADA 36.218,18

5-082-411 PANIAGUA MURILLO ORMENCINDA 36.241,11

1-334-818 RODRIGUEZ VINDAS VERA VIOLETA 36.256,61

4-057-043 HERNANDEZ BOLAÑOS MARCIAL 36.265,07

1-379-989 ROLDAN RAMIREZ ANA ELENA 36.291,46

8-040-193 CHAVARRIA JIMENEZ JOSE ROBERTO 36.295,18

5-169-519 ALVAREZ PEÑA WALTER 36.305,64

1-200-767 BERTRAND ORTEGA JOSE ANTONIO 36.336,24

1-521-592 MORA FONSECA JULIA 36.375,29

1-330-588 MUÑOZ RAMIREZ SARA HAYDEE 36.382,68

1-403-071 GONZALEZ SANCHEZ MA. DEL ROSARIO 36.393,01

2-092-605 CASTRO MIRANDA ODILI 36.420,18

1-419-574 SAENZ MENDEZ MAYRA 36.424,87

1-347-374 CASCANTE AGUILAR LUZ VIRGINIA 36.465,38

1-323-030 CHINCHILLA LOAIZA NORMA 36.551,39

2-287-837 ESQUIVEL VARGAS FLOR MARIA 36.637,11

1-149-236 RODRIGUEZ RODRIGUEZ SARA 36.684,34

1-348-125 VILLALTA BARRANTES ALICIA 36.729,50

1-442-706 VARGAS GONZALEZ EUGENIA 36.735,13

1-177-301 CHINCHILLA BARRANTES JORGE A. 36.744,99

6-107-693 GONZALEZ FENNELL ANA ISABEL 36.756,23

2-263-821 SALAS MONESTEL AMANCIO 36.831,48

2-252-909 MOYA JIMENEZ MARIA DEL 36.833,04

2-161-650 MONTERO VEGA FERNANDO 36.836,06

1-166-254 MONTERO QUIROS JOSE ANTONIO 36.857,26

1-483-872 UGALDE SANDOVAL ALEX 36.879,15

1-279-677 ALVARADO ALPIZAR LISANDRO 36.893,17

1-1281-168 RIVERA SEVILLA JONATHAN 36.897,23

3-126-646 SOTO CHACON MARIO 36.918,60

9-024-413 FERNANDEZ GUILLEN EDGAR 36.947,89

6-037-525 MARTINEZ MARTINEZ TERESA 36.954,58

4-110-625 LOAIZA BOGANTES ROLANDO 36.956,75

6-113-460 FALLAS BARRANTES FLOR 36.966,25

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 7

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-345-254 MONGE BARRANTES MAYRA 36.977,31

1-146-828 QUESADA RODRIGUEZ DINORAH 36.984,26

1-302-967 ESQUIVEL QUESADA ENRIQUE 37.016,37

1-209-318 SOTO ESPINOZA MARIO 37.018,71

6-076-999 ESCALANTE CARRANZA SARA 37.061,36

9-003-180 VALERIN GUZMAN MANUEL ANTONIO 37.065,18

1-158-608 ARAYA GROSSI FLORA 37.126,71

2-141-357 OVIEDO MORA RAFAEL 37.131,92

1-158-410 SOTO MONTERO MIRIAM 37.139,31

1-264-062 BARQUERO BARRANTES CARLOS HUMBERTO 37.143,08

6-104-1060 ACON FUNG ROSA 37.185,38

3-135-208 JIMENEZ RODRIGUEZ CARMEN MARIA 37.209,29

2-269-905 ABARCA GONZALEZ MARIA CECILIA 37.287,41

2-211-685 SOLANO RODRIGUEZ MA.DE LOS ANG. 37.291,96

3-115-519 REDONDO TOCHA JOSE MANUEL 37.320,90

7-058-233 BOLIVAR HIDALGO FLOR MARIA 37.326,50

1-219-060 SOLERA SOTO OSCAR 37.365,83

6-073-882 VARGAS ALFARO VICTOR MARIA 37.387,86

1-396-1070 MASIS BURGOS LUIS ARTURO 37.437,81

1-321-863 CHAVARRIA ARLEY CARLOS E. 37.448,59

1-253-383 MONTERO CORDERO ANA CECILIA 37.461,28

1-329-983 LIZANO RODRIGUEZ JUAN R 37.478,00

1-407-850 SOLANO CANTILLANO DAVID 37.485,89

1-164-898 AVILA CARDENAS LUIS ANGEL 37.489,88

2-196-789 HERRERA ROJAS EVELIA MIRIAM 37.502,13

5-137-713 GOMEZ CASTRILLO EVELIS 37.515,76

1-461-885 MORA CANTILLANO JANICE 37.586,39

5-054-194 GUTIERREZ CARAVACA AMADO 37.622,00

2-316-523 ZUMBADO RUIZ MA. CECILIA 37.637,52

1-462-198 HERNANDEZ VILLALOBOS LAURA 37.697,38

1-314-735 HERRERA CHAVARRIA ULISES 37.700,36

4-090-749 MADRIGAL HERNANDEZ JUAN LUIS 37.737,92

5-083-441 DURAN ARAYA ELICIO 37.742,12

6-102-1182 ACEVEDO BRICEÑO NARCISA 37.758,19

5-171-218 ALEMAN MEDRANO MAYRA 37.776,22

1-381-618 CUBERO CASTILLO VILMA 37.803,36

1-139-259 ANGULO ARAYA MARIA FE 37.854,43

2-361-919 FONSECA VARGAS ANA ISABEL 37.870,71

5-087-733 CAMPOS SIRIAS HERIBERTO 37.899,55

7-059-673 FRANCIS BROWN GLORIA 37.928,38

5-081-947 MENDOZA VILLEGAS FRANCISCO 37.961,82

2-162-119 BRENES ALVARADO ALVARO 37.986,73

2-156-777 GONZALO TORRES JUAN WILLIAMS 37.991,48

3-222-332 GUTIERREZ HOWELL FAUSTO EDUARDO 38.148,34

3-144-647 SANCHEZ GUZMAN ELOY 38.220,60

1-268-404 GONZALEZ SOTO JOSE MANUEL 38.225,93

1-206-653 HERNANDEZ RIVAS CARLOS 38.233,32

2-182-911 ULATE GONZALEZ BENEDICTA 38.237,24

4-043-816 RAMIREZ ALPIZAR PEDRO 38.244,99

9-024-421 FERNANDEZ GUILLEN CYNTHIA 38.274,88

2-323-753 LIZANO MADRIZ DINORAH 38.309,88

1-404-440 HERNANDEZ FALLAS RAUL 38.329,96

1-336-568 CERVANTES VILLALTA MARIA CRISTINA 38.331,05

1-312-642 SIBAJA JIMENEZ ORLANDO 38.331,63

1-334-289 CRUZ MIRANDA GUILLERMO 38.346,33

1-391-191 PERLAZA ROJAS TULIO 38.347,50

6-090-524 ARTAVIA GRANADOS EDGAR 38.386,37

2-126-980 ROJAS BLANCO VICTOR JULIO 38.402,50

2-097-756 CARVAJAL ALFARO ANTONIO 38.424,84

1-215-668 BONILLA SOLIS ULISES 38.453,32

4-078-370 MADRIGAL OROZCO ZULEMA 38.471,30

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-252-191 LEMAIRE FLORES XINIA 38.473,16

1-406-615 ALVAREZ VEGA WILBERT 38.526,19

4-090-012 VILLALOBOS CHAVES ELIECER 38.577,90

1-287-248 CAMPOS CASTRO OTONIEL 38.580,88

7-095-090 DIAZ CABALCETA ERICK 38.598,58

3-156-986 SOLANO ARAYA MINOR 38.631,85

8-039-475 VARGAS ESPINOZA RICARDO E 38.636,11

4-087-348 CAMPOS HERNANDEZ HENRY 38.636,49

7-025-813 LAVERDE VENEGAS GILBERTO 38.640,63

4-077-136 CHAVARRIA VEGA JOSE MANUEL 38.691,48

3-170-666 QUESADA ESQUIVEL MARIA CECILIA 38.696,07

3-222-187 VILLAVICENCIO MASIS ANA GABRIELA 38.720,46

2-159-652 ZUÑIGA HIDALGO MARIA CECILIA 38.748,48

1-331-287 SOLANO CHAVARRIA RODRIGO 38.770,45

1-298-729 JIMENEZ MORA MARCO TULIO 38.780,73

1-258-387 CUBERO VINDAS KENNETH 38.817,50

2-215-289 JIMENEZ CABEZAS GERARDO 38.882,38

1-151-879 HERNANDEZ RIVAS FRANCISCO 38.995,74

1-233-575 RIVERA VEGA MARIA CECILIA 39.025,63

1-269-807 CHAVES CASTILLO SARA 39.029,23

8-023-756 PINEDA SOLORZANO SOFIA 39.043,94

1-254-721 LOPEZ VILLALOBOS OLMAN 39.054,76

2-162-283 SANCHEZ CHINCHILLA JOSE F. 39.068,16

3-109-519 VALVERDE LEANDRO NORA 39.074,41

4-087-336 CAMACHO GARCIA MARCO A. 39.096,13

2-197-363 GUILLEN CASTRO RODRIGO 39.103,03

4-079-069 PANIAGUA LOBO DULCELINA 39.127,81

2-385-893 ZAMORA CASTRO MARIBELLE 39.150,78

2-281-1202 ROJAS MURILLO JULIETA 39.163,64

7-018-588 MORALES ZUÑIGA MIGUEL 39.178,78

2-187-940 ALVAREZ VEGA MANUEL 39.189,46

4-105-930 SANCHEZ AGUILAR RONALD 39.202,69

9-062-404 ALFARO RETANA FLORY YADIRA 39.207,02

3-145-253 MORA SEGURA JOSE JN 39.220,80

1-379-967 MARTINEZ ALVARADO MARITZA 39.225,93

1-150-417 MADRIGAL BARRANTES GONZALO 39.226,43

1-476-315 PARINI ENCISO CARLOS E. 39.275,30

1-376-275 ALVARADO JIMENEZ JOSE RICARDO 39.277,42

6-086-757 CERVANTES DE LA ROCHA CESAR 39.280,66

1-348-642 VALVERDE JIMENEZ LUIS ALBERTO 39.303,57

6-046-882 RUTISHAUSER CASCANTE EDWIN 39.338,89

1-307-025 TORRES MORA ALVARO 39.350,19

1-291-595 RUIZ ARRIOLA RAFAEL 39.398,38

3-148-456 MOYA AGUILAR GUILLERMO 39.418,92

1-359-434 LOPEZ FERNANDEZ FLOR 39.429,76

1-391-1102 SOLANO RIVERA CARLOS ALBERTO 39.430,90

1-318-919 ALPIZAR DELGADO OSCAR 39.434,43

6-045-291 HERRERA MADRIGAL ROBERTO 39.456,66

1-349-506 MUÑOZ RAMIREZ MARIA EUGENIA 39.465,86

4-068-621 BOLAÑOS VILLEGAS JOSE F. 39.484,08

3-138-043 GARITA ROJAS THOMAS WILLY 39.485,21

5-055-308 OROZCO MUÑOZ ISRAEL 39.489,62

6-030-011 CAAMAÑO SAENZ JULIO EDUARDO 39.497,55

5-076-207 TORRES TORRES ANICETO 39.498,89

1-179-319 GOMEZ GRANADOS MARIA 39.506,45

2-219-600 KOOPER CHAVARRIA ANA ISABEL 39.524,03

1-235-084 VENEGAS PEREZ CARLOS MARIA 39.586,02

1-407-105 SABA SORIANO MARGARITA 39.596,67

1-331-600 MONGE ROJAS MARIA E. 39.626,97

5-053-179 GIUSTI LOPEZ ODILI 39.675,85

6-089-371 VARGAS MATA EDGAR ROMAN 39.714,02

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

5-142-999 MONTOYA SOTO JESUS 39.714,21

1-272-990 CASTILLO SANCHO JOSE LUIS 39.738,69

6-062-509 BOGANTES BOGANTES CARLOS LUIS 39.785,78

1-214-754 NUÑEZ CEDEÑO RODRIGO 39.786,22

5-037-902 BARRANTES BARRANTES CANDELARIO J. 39.792,29

1-297-714 CHACON RODRIGUEZ MARIA DE LOS A. 39.806,78

2-226-893 FONSECA MARENCO VILMA 39.826,22

5-084-368 TORRES ZU/IGA HARRY 39.867,58

1-323-196 SANCHO SUAREZ MANUEL 39.886,61

2-207-480 LEITON VARGAS DAVID 39.922,43

7-029-980 ROMERO LEITON DORA 39.922,67

1-399-1421 MENESES QUINTANA LEDA MARIA 39.940,63

1-186-162 MENDEZ ROMAN TERESA 39.985,53

1-620-790 MARTINEZ RAMIREZ CARMEN 40.019,58

2-114-696 RAMIREZ VILLALOBOS CARMEN 40.019,59

2-234-595 HIDALGO CUBERO ODILIO 40.046,24

1-183-314 BRENES JIMENEZ JOSE ANTONIO 40.104,45

2-158-169 GONZALEZ NUÑEZ FLOR 40.111,10

3-122-414 SOLANO SOLANO EFRAIN 40.120,68

9-007-506 VILLALOBOS CORTES FLOR DE MARIA 40.123,15

9-009-210 VASQUEZ ROJAS LUZ MARIA 40.155,88

1-365-813 CHAVARRIA ZUÑIGA ALICIA 40.167,61

9-024-515 CALDERON UREÑA CARLOS 40.180,83

2-150-774 PACHECO RAMIREZ MARDOQUEO 40.182,43

6-113-538 VARGAS CHAVARRIA CARLOS ALBERTO 40.201,74

1-407-546 CAMBRONERO OVIEDO MARCO E. 40.235,65

2-220-119 AGUIRRE VEGA NIDIA 40.244,91

6-051-940 MATA HERRERA ALVARO 40.246,18

2-095-481 CHAVES CASTRO BENJAMINA 40.249,18

5-091-789 HERRERA ALVAREZ SINAHI 40.260,88

7-026-661 JONES WILLIAMS PATRICIA 40.283,25

5-075-366 RODRIGUEZ GUTIERREZ ALFREDO 40.290,82

4-077-872 GONZALEZ CHAVES JOSE JOAQUIN 40.306,52

2-227-821 ZAMORA VEGA WILLIAM 40.330,62

7-024-143 ACUÑA CASTRO NORMA 40.398,03

6-067-598 MENDEZ PEÑA DANIEL 40.444,28

3-168-723 GARITA ROJAS KENDALL 40.453,23

3-121-237 VARGAS JIMENEZ JOAQUIN 40.474,83

5-166-767 CASTRO BRENES ALI 40.500,24

3-141-756 HERNANDEZ RIVERA MARTA 40.512,27

1-376-352 GONZALEZ CHACON RICARDO 40.512,78

5-072-589 GARNIER VILLAR ANTONIO 40.632,38

5-049-746 CANALES RUEDA RUFINA 40.654,54

1-251-339 HERRERA ALVARADO JORGE 40.655,84

2-132-474 HERRERA SIBAJA LUIS ANGEL 40.671,05

1-221-215 ORTIZ ARLEY CARLOS 40.685,67

3-127-241 VARGAS JIMENEZ EDUARDO 40.696,18

7-055-971 WA CHONG MURILLO GODOFREDO 40.747,56

1-197-687 BADILLA BARRANTES EDWIN 40.770,47

5-062-481 LEAL LEAL GABRIELA 40.779,72

6-039-239 UGALDE ESPINOZA LELIA 40.780,08

1-313-852 HIDALGO BRICEÑO ANTONIO 40.786,53

1-255-614 GONZALEZ MOYA CARLOS ENRIQUE 40.796,24

1-180-226 ANTILLON PEREZ FERNANDO 40.832,20

1-200-781 VARELA BLANCO RODOLFO 40.890,23

1-303-146 UREÑA FALLAS HENRY 40.894,63

1-218-255 MIRANDA AGUILAR MARIO 40.894,80

7-068-365 ARIAS WILLIAMS ROSA 40.918,29

4-070-799 VARGAS HERRERA CESAR 40.924,52

1-273-871 ROJAS ARIAS MAGDALENA 40.940,67

2-277-883 LEDEZMA ROJAS ALVARO 40.960,57

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

3-094-366 PEREIRA BRENES HERNAN 40.979,45

1-433-309 GUILLEN ARAYA MARIA LUISA 40.990,27

1-179-300 BORBON JUNQUERA ADILIA 41.025,95

1-221-197 ARIAS DELGADO ODILIE 41.027,97

1-329-804 MARKS MARTIN PATRICIA 41.042,66

2-124-791 QUESADA CORDERO LUIS ANGEL 41.066,58

8-035-410 MORALES MATUS ANGELA 41.084,36

5-059-172 PIÑA PIÑA ROQUE 41.087,63

1-326-799 MONGE ANGULO MARIO 41.105,07

1-422-363 ARGUELLO RODRIGUEZ RAFAEL 41.151,49

5-111-124 MONESTEL VALDES CARLOS 41.218,58

1-379-674 JIMENEZ SALAZAR JOSE JN 41.314,41

1-513-869 CAAMAÑO VILLARREAL MARIA ELENA 41.341,18

1-520-767 SOLORZANO MUÑOZ PATRICIA MA. 41.345,16

2-337-418 ARTAVIA PEREZ ROSA MARIA 41.371,31

1-1261-218 QUIROS ROJAS PABLO 41.375,57

4-049-405 SANCHEZ ESQUIVEL ABEL 41.382,55

2-141-557 CAMPOS CHAVARRIA NOEMY 41.389,02

1-343-031 ELIZONDO SALAS WALTER 41.392,53

1-447-780 BRENES BARRANTES ALVARO 41.409,25

9-019-410 HERRERA SIBAJA JULIO CESAR 41.422,22

7-049-427 RODRIGUEZ MAYORGA MARIA TERESA 41.438,93

1-279-019 BARBOZA CASTRO JORGE 41.444,90

1-399-1484 QUESADA LEMAIRE RONALD 41.450,81

2-270-383 GONZALEZ JIMENEZ ALEXIS 41.469,33

1-139-848 MARIN BARRANTES JESUS 41.489,38

1-255-729 CABEZAS MOYA FRANCISCO 41.489,85

6-100-1106 GAMEZ RODRIGUEZ GILBERTO 41.532,35

1-398-1435 SEQUEIRA SANCHEZ VICTOR MANUEL 41.537,94

6-124-543 VEGA SANCHEZ EDITH 41.575,81

9-007-417 BUITRAGO PEREZ DAMARIS 41.584,07

1-274-039 BOZA LARA CARLOS ALBERTO 41.605,75

3-122-182 GUZMAN MONGE ULISES 41.626,99

2-210-601 RODRIGUEZ SALAS EMILIO 41.628,38

1-291-180 RETANA SOLIS VIRGINIA 41.650,69

2-093-362 AVILA HERRERA CARLOS LUIS 41.680,05

5-049-946 GUTIERREZ ACEVEDO YANUARIO 41.690,72

3-137-796 ALFARO ELIZONDO JOSE RUBEN 41.694,55

1-228-367 GONZALEZ CALVO CECILIA 41.730,23

1-152-326 ROMERO GOMEZ OLGA 41.738,78

1-330-670 FERNANDEZ ALPIZAR CARLOS 41.799,08

1-269-407 GOYEZ ALVARADO LUIS FDO. 41.823,14

4-102-604 CARTIN ZUÑIGA MARGARITA 41.877,59

1-419-1366 LARA VILLEGAS JORGE ARTURO 41.880,00

3-165-421 JIMENEZ MADRIZ ALEXIS 41.881,08

2-275-235 ACOSTA ALVARADO JOSE GERARDO 41.891,25

1-413-205 ALVAREZ JIMENEZ ANTONIO 41.895,43

6-128-734 JARA LEDEZMA VIRGINIA 42.022,20

5-054-453 NAVARRETE ORDOÑEZ LILLY 42.077,00

1-286-761 MORA UMAÑA ISAIAS 42.077,07

2-338-862 ZAMORA LEPIZ JOSE RAFAEL 42.083,47

1-247-361 AVILA CARDENAS OLMAN 42.089,56

2-125-310 CUBILLO BLANCO ARTURO 42.115,85

2-262-819 UGALDE UMAÑA CARLOS LUIS 42.134,05

8-034-322 ROMERO CAJINA MAURICIO 42.139,24

3-193-422 TREJOS AGUERO HUGO 42.159,68

1-415-579 BLANCO MOYA FCO. MIGUEL 42.165,32

1-327-727 ROJAS ACUÑA ADOLFO 42.190,08

1-195-804 CALDERON LOPEZ FRANKLIN 42.195,14

2-095-416 QUESADA FERNANDEZ PORFIRIO 42.200,70

4-096-810 RAMIREZ RUIZ MARIA EUGENIA 42.204,50

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 9

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

2-153-403 SALAS MONTERO VICTOR 42.279,41

2-226-209 HIDALGO HIDALGO GERARDO 42.293,26

7-041-655 FONSECA SANDOVAL JOSE A. 42.294,65

1-176-730 MENDOZA HERNANDEZ FABIO 42.303,81

3-103-821 SOLANO SOLANO MANUEL ANTONIO 42.326,29

1-180-078 BARQUERO BARRANTES SANTIAGO 42.347,46

2-223-596 HIDALGO SOLIS ODILIO 42.382,94

4-105-439 RODRIGUEZ CHACON CARLOS JULIO 42.384,03

2-209-755 UMAÑA HERNANDEZ JORGE 42.385,02

1-216-404 VARGAS ARIAS JAIME FRANCISCO 42.394,28

2-245-565 SALAZAR BRAVO VICTOR 42.401,09

2-149-593 ORTIZ CASTRO PABLO FABIAN 42.442,42

3-123-943 AGUILAR VILLEGAS SAUL 42.455,75

2-144-116 VALVERDE ALVAREZ ANIBAL 42.461,65

1-347-434 GAMBOA MORA GONZALO 42.464,43

2-102-089 ESQUIVEL SOTO HERNAN 42.473,04

6-025-947 GOMEZ CASTILLO JESUS 42.524,07

1-168-196 ROLDAN PEREZ AMALIA 42.542,52

6-051-820 FLORES FLORES ANGEL 42.553,58

1-357-609 CORTES MORA JORGE 42.557,77

1-303-513 MADRIZ BONILLA MIGUEL ANGEL 42.640,08

1-262-071 ZELEDON PEREZ MANUEL 42.680,05

4-099-546 GONZALEZ RAMIREZ ALVARO 42.702,39

4-076-480 CORDOBA TREJOS ALVARO 42.722,75

3-110-597 BRENES ALFARO MANUEL DE JESUS 42.743,43

2-314-213 ROBLERO GUERRERO ARTURO 42.765,59

3-114-053 SOLANO FLORES ELSA MARIA 42.769,64

2-207-221 LINKEMER HIDALGO FREDDY 42.796,51

4-077-858 MIRANDA GUTIERREZ GUILLERMO E. 42.838,71

1-391-1433 MONGE VARGAS MARIA DE LOS A. 42.910,06

6-028-542 SANCHEZ UGALDE OLGA 42.947,57

5-127-957 CASARES GUEVARA ALEJANDRINO 43.094,27

3-176-813 CAMACHO SANDOVAL JUAN RAFAEL 43.098,63

6-127-568 CARMONA CORDERO DORY MAYELA 43.120,85

2-290-1316 GARCIA VENEGAS JORGE 43.134,83

2-272-855 BARRANTES CONEJO DULCE 43.161,05

3-104-258 ZUÑIGA SALAS OSCAR 43.166,70

6-089-747 ROMERO LAGOS YOLANDA 43.174,86

1-445-493 RAMIREZ BARRANTES MARVIN 43.185,68

6-082-386 SEVILLA AGUIRRE MIGUEL ANGUEL 43.197,57

9-065-846 ALFARO PORRAS ROSA 43.230,35

1-447-910 GUTIERREZ VILLALOBOS HENRY 43.255,85

6-056-717 OLASO VILLARREAL FERNANDO 43.265,37

4-079-346 OBALDIA CARRANZA VIRGINIA 43.279,77

1-520-513 CAMACHO RAMIREZ JUAN JOSE 43.284,42

2-145-444 QUESADA CORDERO RAQUEL 43.415,74

3-129-115 SOLANO SOLANO JESUS 43.451,18

7-034-780 SANCHO NAVARRO FREDDY 43.459,33

1-206-006 CORTES SALAZAR CARMEN 43.530,03

9-044-473 CHINCHILLA SOLANO JORGE 43.532,25

3-155-115 PIEDRA JIMENEZ FLOR MARIA 43.574,20

1-192-901 MURILLO CAJIAO JORGE 43.578,88

2-253-395 ALFARO ARAYA ASDRUBAL 43.628,44

3-184-899 ACUÑA BONILLA JEANNETTE 43.652,75

5-128-900 PEÑA MORALES LUIS 43.806,79

2-234-403 JIMENEZ ROJAS ROSA 43.943,01

2-145-326 ZAMORA CARVAJAL ARTURO 43.980,91

2-291-017 LOPEZ ALFARO CARLOS LUIS 43.993,73

4-083-576 RODRIGUEZ CHACON FRANCISCO 44.003,67

1-467-282 SOLORZANO OLIVARES ANA MARIA 44.032,03

1-450-929 CHAVES CALDERON IVETTE 44.060,08

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-340-590 RODRIGUEZ HERNANDEZ REINALDO 44.088,86

5-114-175 VILLARREAL RODRIGUEZ ALEXIS 44.090,03

2-235-839 ARCE PORRAS EDUARDO 44.163,02

3-190-518 MELENDEZ CORTES EDWIN 44.200,10

4-080-605 MIRANDA GUTIERREZ MANUEL ANT 44.209,07

1-313-975 PARRA VILLALOBOS EDUARDO 44.220,05

4-090-037 RAMIREZ GONZALEZ JORGE EDO. 44.340,06

1-170-629 PICADO CASTILLO MANUEL DE 44.368,88

5-080-054 GUERRERO QUIROS HERIBERTO 44.439,38

2-177-122 SEGURA OCAÑA JORGE LUIS 44.453,35

4-049-593 VEGA FONSECA DIGNA 44.568,14

1-245-885 BARBOZA MORA JOSE MANUEL 44.630,80

1-235-974 CHACON JIMENEZ ZORAIDA 44.689,52

6-097-110 RODRIGUEZ OCAMPO JORGE ART 44.717,32

2-164-004 MENDEZ ARAYA ALVARO 44.749,02

3-156-149 SOLANO RODRIGUEZ ELIECER 44.794,11

1-527-401 BAUDRIT SOLERA EUGENIA MARIA 44.807,64

1-371-348 RODRIGUEZ ARAYA JORGE OMAR 44.811,68

1-275-045 FALLAS VALVERDE ORLANDO 44.833,19

3-131-300 THIELE EICHELE HEINZ 44.873,27

1-199-722 OROZCO FALLAS NOEMI 44.901,98

1-332-593 UMAÑA QUESADA EDUARDO 44.995,78

1-160-549 ROJAS RODRIGUEZ JUAN PABLO 44.997,30

2-255-332 NUÑEZ MADRIGAL JUAN JOSE 45.099,56

4-099-261 ZAMORA LEPIZ OLMAN 45.162,05

1-366-853 CHACON BAGNARELLO JORGE EDUARDO 45.194,48

2-350-200 ARIAS CASTRO CARLOS MANUEL 45.269,09

6-155-763 MOYA ARRIETA NORMAN 45.281,87

5-060-068 TORRES SOTELA DIGNA 45.349,37

3-154-091 VOLIO JIMENEZ ERNESTO 45.366,83

1-281-906 CHAVERRI GARRO DIDIER 45.405,56

3-146-324 GUZMAN MONGE JOSE MARIO 45.409,67

6-056-518 VILLARREAL BEITA NATIVIDAD 45.417,13

9-089-941 QUESADA ORTEGA MIGUEL ANGEL 45.487,65

7-034-035 VALERIN MADRIGAL EDUARDO 45.544,73

5-066-055 ESPINOZA CARAVACA SALOMON FAUSTO 45.568,85

2-309-569 ARAYA ROJAS ANA CECILIA 45.583,30

5-094-636 DIAZ MATARRITA JOSE 45.597,06

1-420-688 VARGAS ROLDAN ZULAY 45.616,42

3-080-031 QUESADA OBANDO MARIO 45.620,51

1-243-964 JHONSON RICHARDS CARLOS 45.651,21

7-032-912 CALVO COIN NURIA 45.662,77

2-085-3206 ARIAS BASTOS MIGUEL ANGEL 45.685,61

1-444-941 CRUZ MIRANDA ELIZABETH 45.686,93

1-219-556 XIRINACHS MEZA ERNA 45.802,22

1-385-369 BORGE DURAN LUIS EDUARDO 45.847,37

6-056-764 SANCHEZ LEE RAUL 45.889,72

7-038-762 GARCIA QUESADA RODRIGO 45.921,08

5-060-485 QUIROS MORA JUAN BAUTISTA 45.943,64

1-337-775 CERVANTES RIVERA MARGARITA 45.960,59

1-478-205 ULLOA NUÑEZ IVAN 45.980,18

1-304-133 FERNANDEZ BARQUERO MARVIN 45.999,12

1-478-546 CALVO GAMBOA ADIS MARIA 46.005,53

5-110-067 PIZARRO ANGULO MARIA ESTER 46.014,29

9-032-086 ESQUIVEL MARIN LUZ MARIA 46.065,19

5-045-809 BRIZUELA RODRIGUEZ ANGEL R. 46.074,75

7-051-1323 LINARES COTO GUSTAVO 46.128,34

6-062-477 ZUÑIGA AGUILAR RONNY 46.146,56

1-258-491 CENTENO ROJAS LUIS EDUARDO 46.200,10

2-200-152 DIAZ BARQUERO VLADIMIR R. 46.201,05

1-297-675 GUTIERREZ ROSALES MARIO 46.210,96

Page 10: AÑO CXV La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de ... · PDF file1-882-754 venegas vargas adriana 13.880,19 ... 3-073-723 serrano martinez berta 16.546,42 ... 1-947-110 morales

Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

3-111-583 CASTRO MEJIAS JOSE ELIECER 46.230,23

2-098-396 MONTOYA OSES CARLOS LUIS 46.264,83

9-012-913 BRENES LOPEZ JOSE 46.271,87

1-566-602 FERNANDEZ MORALES MARIA ELENA 46.354,10

1-269-323 AGUILAR BLOISE RODRIGO 46.365,91

1-386-246 NUÑEZ HERNANDEZ VIRGINIA 46.371,06

5-108-994 ANGULO ARRIETA MANUEL ANGEL 46.381,73

1-464-048 CASTRO MADRIGAL FERNANDO 46.422,54

2-300-416 BARRANTES RODRIGUEZ FLOR DE MARIA 46.432,71

2-263-804 ALFARO SIBAJA EDELBERTO N. 46.438,08

6-076-894 FLORES FLORES ZAIDA 46.442,08

2-234-150 DURAN SALAS MARIA CRISTINA 46.537,26

2-135-456 CUBILLO BLANCO HUGO 46.549,37

6-044-443 VILLALOBOS VARGAS GUILLERMO 46.561,39

7-024-890 ALVAREZ ALVAREZ MARCO TULIO 46.624,71

2-281-817 CHACON MORALES BENJAMIN 46.647,44

2-220-581 UGALDE BALLESTERO GILBERT 46.654,39

1-270-698 JACOME BONICHE RUTH 46.694,90

2-152-126 SOLIS CALVO GUILLERMO 46.714,45

1-297-914 MATAMOROS VILLALOBOS VICTOR 46.714,58

9-001-266 MATAMOROS GARCIA LUIS FDO 46.739,15

2-279-018 ESQUIVEL MARIN HUBERT 46.749,64

1-419-172 NOBOA HOUED LIGIA 46.750,75

2-145-085 FERNANDEZ LOPEZ OSCAR 46.754,08

6-158-480 ORTEGA DIAZ OLGER 46.763,69

2-235-188 ARAYA LEDEZMA TERESA 46.803,89

1-465-282 CARRILLO GUTIERREZ ANGEL DANILO 46.863,38

4-092-300 CAMBRONERO BOGANTES MIGUEL A. 46.874,91

1-329-985 LIZANO RODRIGUEZ MIGUEL 46.920,15

2-149-590 ARROYO GARCIA EMILCE 46.945,18

5-095-094 NAVARRO CANALES JOSE 46.978,73

3-111-232 PORRAS MENESES RUTH 46.989,57

1-417-1089 ANGULO ANGULO MARIO 47.005,17

1-455-348 MORA CHINCHILLA CARLOS LUIS 47.015,22

1-318-657 LOPEZ MURILLO MIGUEL ANGEL 47.024,31

1-292-637 BARRANTES GONZALEZ FLORY 47.047,73

3-141-315 ALFARO ELIZONDO EDDY 47.142,63

2-295-786 GARCIA DURAN JOSE DANIEL 47.145,78

1-394-1497 UREÑA SANCHEZ JOSE LUIS 47.174,88

5-099-664 FONSECA CARRILLO DINORAH 47.313,29

4-083-367 MOYA MATA LUIS FERNANDO 47.335,35

5-084-387 MARTINEZ MARTINEZ SONIA 47.360,27

3-122-016 QUIROS VARGAS ELIECER 47.372,16

3-141-271 MORALES BRENES MABEL 47.378,86

3-151-984 SOLANO AVENDAÑO ROBERTO 47.418,78

5-038-712 BRICEÑO OBREGON MARIANELLA 47.484,65

5-126-189 CHAVARRIA RAMIREZ SERGIO 47.489,11

1-465-833 ARCE QUESADA HECTOR 47.524,88

5-056-781 CANALES TORRES SERGIO 47.571,91

4-049-961 UGALDE RAMIREZ ARTURO 47.620,06

3-183-687 REDONDO VALVERDE RAFAEL 47.657,16

4-090-611 ARTAVIA ALVAREZ RODRIGO 47.694,71

2-198-061 ALARCON SAENZ MARIA ISABEL 47.729,47

6-102-214 AVELLAN DELGADO JORGE 47.743,95

2-237-145 GUZMAN RAMIREZ WILLIAM 47.796,67

3-177-680 VARGAS CERDAS MARIA EUGENIA 47.836,43

2-223-462 VILLALOBOS MIRANDA OTONIEL 47.896,85

1-280-390 CASTRO CORTES ANABELLE 47.922,38

1-202-477 FERNANDEZ VALENZUELA ALFREDO 47.997,93

6-087-066 SANTAMARIA CHACON GRACE 48.000,40

1-165-126 CORDERO SERRANO GUARIA DEL C. 48.010,34

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-379-574 ALVARADO HERRERA JOSE HERIBERTO 48.027,08

6-052-710 ULLOA JIMENEZ LEDA 48.031,47

3-154-448 FONSECA ALFARO JORGE 48.070,20

1-189-234 VINDAS ABARCA MARIA EUGENIA 48.135,14

1-368-856 ALVARADO ARTAVIA VIRGINIA 48.137,46

1-452-314 MENA MARTINEZ FLORY 48.142,38

2-247-935 BRENES ALPIZAR HORMIDAS 48.167,87

1-396-075 ARIAS ARIAS GILBERT 48.187,04

1-296-373 ACUÑA HERNANDEZ AURELIO 48.234,94

6-076-519 ESQUIVEL AVILA JEANNETTE 48.243,55

6-100-1020 GARCIA LEIVA JAVIER 48.275,89

3-050-2692 GARCIA PICADO ORLANDO 48.331,79

2-275-240 ACUÑA OROZCO MARIA AURELIA 48.339,13

7-047-652 ZUÑIGA GARCIA VICTOR HUGO 48.350,83

1-316-709 MURILLO ARAYA EUGENIO 48.360,40

1-442-882 ALVAREZ CHACON SONIA 48.371,41

2-279-745 ABARCA ROJAS OLMAN 48.387,20

2-144-468 CASTRO OVIEDO SALVADOR 48.387,73

4-033-5868 VARGAS VALERIO HIPOLITO 48.413,42

6-045-846 ESCALANTE AGUILAR JUDITH 48.438,53

1-373-880 QUIROS VARGAS EDUARDO 48.449,33

4-061-626 VILLALOBOS GONZALEZ LUIS F. 48.487,99

3-168-039 CARVAJAL NUÑEZ VICTOR 48.493,16

1-364-517 RAMIREZ MARIN JESUS 48.587,23

6-072-326 ALVAREZ CARBALLO IRMA 48.606,98

7-051-1248 JIMENEZ ARIAS MARIA EUGENIA 48.764,38

2-247-436 MONTOYA OSES GERARDO 48.794,23

2-190-092 CORDERO CALVO MANUEL ANGEL 48.795,50

1-397-1382 VENEGAS PICADO BOLIVAR 48.805,44

2-288-928 ULATE ALVAREZ FELIX 48.841,33

1-384-211 LEON ZAMORA ALFONSO EDO. 48.842,38

1-357-158 CAMBRONERO FERNANDEZ JOSE JOAQUIN 48.866,46

1-123-895 UMAÑA GONZALEZ ARSENIO 48.894,71

4-095-288 SANCHEZ DELGADO LISIMACO 48.904,60

1-379-807 BATISTA GONZALEZ GUILLERMO 48.920,11

9-017-795 MONGE MONGE JACQUELINE 48.969,33

6-025-332 CHAVERRI BRICEÑO CARMEN 49.080,87

1-362-385 BARQUERO GUEVARA IGNACIO 49.121,48

9-007-876 RIVERA ROJAS JAIME 49.184,64

5-116-534 GUEVARA NAVARRO WELFRAN 49.281,02

1-310-767 CAMBRONERO SANCHEZ RIGOBERTO 49.286,52

1-234-052 GONZALEZ JIMENEZ JOSE LUIS 49.305,79

1-351-506 SOTO OBANDO JUAN MIGUEL 49.378,78

2-138-369 CASTRO OVIEDO RICARDO 49.507,78

2-165-034 LEON CAMPOS LEONIDAS 49.517,93

3-170-432 CORDOBA COTO URIEL 49.532,97

3-099-253 STENNETT JAMIESON FRANKLIN 49.539,35

7-035-466 REY ARRIOLA FERNANDO 49.543,02

2-392-127 NUÑEZ SOTO MARIA DEL R. 49.573,45

5-095-524 CONTRERAS VILLARREAL LYDIA 49.619,46

5-071-924 JIMENEZ MATARRITA GONZALO E. 49.654,33

4-057-794 LIZANO ZAMORA CARLOS ALBERTO 49.663,89

3-087-390 RODRIGUEZ ZUÑIGA CLAUDIO 49.664,47

2-239-136 UGALDE RODRIGUEZ FRANCISCO 49.671,88

2-259-348 MONTOYA ARAYA FLORA MARIA 49.696,72

1-119-6922 AZOFEIFA LARA JOSE JENARO 49.700,34

5-064-626 RIOS VILLALTA FABIO ORLANDO 49.753,44

1-332-913 CHACON RAMSBOTTON YAMILETTE 49.757,38

4-077-691 SANCHEZ ARCE MELBA 49.771,18

9-027-929 ALVAREZ CARVAJAL JOAQUIN 49.771,72

2-210-644 BLANCO ROJAS ORLANDO 49.784,17

Page 11: AÑO CXV La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de ... · PDF file1-882-754 venegas vargas adriana 13.880,19 ... 3-073-723 serrano martinez berta 16.546,42 ... 1-947-110 morales

Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 11

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

6-042-487 MASIS AGUILAR CARLOS MANUEL 49.785,52

3-145-212 CORDERO HIDALGO BETTY 49.789,45

1-330-595 SOTO ESQUIVEL FERNANDO 49.827,03

2-235-286 VARGAS ALPIZAR CARLOS 49.881,05

1-410-1236 SOLANO CANTILLANO MIGUEL 49.928,06

5-105-857 SOLANO LOPEZ PASCUAL 50.001,88

2-300-408 VALVERDE ULLOA CARLOS 50.058,11

1-203-790 CERVANTES PORRAS FERNANDO 50.064,11

4-077-446 RODRIGUEZ BARQUERO JORGE 50.103,56

6-090-167 BERMUDEZ VIDAL BERNARDO 50.107,38

6-132-552 ALVARADO ACUÑA CARLOS 50.273,60

1-242-427 AGUILAR GAUCHERAND BERNARDO 50.281,41

7-039-926 MARTINEZ ROSALES BETTY 50.285,26

1-389-315 FERNANDEZ MORALES GERARDINA 50.339,54

2-236-173 CASTRO ALVAREZ EMMANUEL 50.348,67

2-278-1319 BERROCAL AGUERO MARIO 50.420,24

1-220-190 JIMENEZ ESQUIVEL ANIBAL 50.433,98

1-204-921 VASQUEZ VASQUEZ MARIA TERESA 50.470,73

6-044-223 CALVO ZUNIGA RODRIGO 50.663,61

5-153-010 MARTINEZ MARTINEZ ALBAN 50.703,61

9-022-391 CASTRO CHACON MARIA ELENA 50.727,97

6-088-105 AGUIRRE SALAS RUBEN 50.741,47

5-071-059 CASTILLO ORTEGA OTTO 50.752,68

1-176-901 ZUÑIGA SANCHEZ MARIO 50.753,48

3-170-191 CARRANZA SOTO CARLOS 50.785,91

1-392-048 RIVERA SOLANO VICTOR 50.834,18

1-310-797 MADRIZ MEZA ABEL 50.852,72

1-343-068 MASIS BURGOS DAVID 50.922,68

3-165-108 BARQUERO MONGE FERNANDO 50.932,11

1-334-430 LOPEZ CHAVES OSCAR 50.943,56

5-049-263 ROMAN JENKINS GEORGINA 51.043,87

6-062-004 MARTINEZ MARTINEZ JULIA 51.092,94

1-351-649 RUIZ VARGAS MARIA DE LOS A 51.128,13

1-438-008 ZUÑIGA JIMENEZ EDGAR 51.196,31

1-355-606 ARAYA ALVARADO EDWIN 51.254,13

1-441-436 GARCIA PADILLA MARCO 51.326,40

7-032-051 QUIROS ROBLES RODOLFO 51.369,55

1-361-487 GARCIA CONTRERAS TERESA 51.562,68

4-086-519 SANCHEZ SALAS FERNANDO 51.758,28

3-212-387 RETANA SEGURA HECTOR EZEQUIEL 51.834,93

2-168-639 GUTIERREZ PEREZ MARIA TERESA 51.864,54

2-271-047 MOLINA BOLAÑOS LIDIETH 51.878,06

6-079-212 VILLARREAL BOGARIN GLADYS 51.895,03

1-208-120 BUSTAMANTE AZOFEIFA MARIO 51.896,01

1-318-078 AZOFEIFA MORALES RODRIGO 51.929,25

6-090-808 LATOUCHE WHITE BETTY MAY 51.992,65

3-165-707 HERNANDEZ FERNANDEZ MARTIN 51.996,16

1-440-411 CORRALES OROZCO HECTOR 52.011,40

1-423-353 JIMENEZ JIMENEZ FERNANDO 52.023,24

1-299-804 GONZALEZ MORALES MANUEL 52.052,83

6-082-405 UGARTE CHEVES JOSE 52.119,46

1-328-160 VEGA ALVAREZ ROBERTO 52.140,52

1-393-293 ROJAS GONZALEZ HENRY 52.319,21

3-224-001 CHAVARRIA OROZCO ROLANDO 52.340,98

1-463-929 GOMEZ SOMARRIBAS MARIO 52.361,68

4-095-343 ZAMORA LEON JAIME 52.399,22

1-213-957 VINDAS REYES LEDA MARIA 52.426,40

1-230-056 MORA BONILLA LETICIA 52.429,26

5-141-378 MATAMOROS TORRENTES HECTOR 52.485,63

1-403-014 IZQUIERDO SANDI HUGO 52.493,22

1-154-221 CHAVES BUSTAMANTE ADELIA 52.547,17

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-326-165 PARRA PIEDRA FRANKLIN 52.651,27

1-339-326 MARIN CHAVES ALVARO 52.658,12

2-387-144 LEON VILLEGAS ROGELIO 52.688,65

6-101-095 MENDOZA LOPEZ GILMA 52.701,22

1-473-780 PEREZ CHAVARRIA LUIS FERNANDO 52.724,59

1-359-801 MORALES SOTO RODRIGO 52.728,05

1-346-787 MONTOYA VILLALOBOS ELENA 52.773,96

1-479-477 CASTRO VINDAS JOSE 52.805,63

6-064-022 ORTIZ AGUILAR ANGELA 52.852,13

1-226-161 ZAMORA FERNANDEZ LIBIA 53.003,51

9-039-407 GONZALEZ SIBAJA ROGER 53.032,77

2-280-825 MORALES HURTADO FRANKLIN 53.083,03

1-337-377 INFANTE QUIROS ALVARO 53.109,91

1-351-934 ROJAS FLORES JORGE 53.125,05

2-194-850 SALAZAR OCONITRILLO RAIMUNDO 53.209,98

1-395-139 JIMENEZ SALAZAR JOSE ANTONIO 53.234,86

3-188-153 BRENES VEGA GERARDO 53.303,91

2-274-658 BARRANTES MORALES LUIS ALBERTO 53.318,32

4-097-215 RAMIREZ RODRIGUEZ JORGE 53.416,89

1-399-1476 JIMENEZ FERNANDEZ JOSE MANUEL 53.444,04

1-393-245 MORA MONTOYA BLANCA IRIS 53.492,97

6-121-493 ESQUIVEL REINA CARLOS ALBERTO 53.495,85

4-111-566 VARGAS CARVAJAL LUIS ANGEL 53.577,49

1-352-677 SIBAJA RAMIREZ MANUEL 53.623,51

6-096-639 CASTRILLO MORALES ROLANDO 53.894,60

8-034-082 MENDOZA ALVARADO ORBELINA 53.926,31

1-341-920 CHACON QUIROS RAFAEL ANGEL 53.991,13

6-062-491 IBARRA VILLAGRA ROGER 54.027,92

1-372-177 CHINCHILLA MORALES GERARDO 54.035,49

1-458-547 GARCIA VILLALOBOS GISELLE 54.072,33

2-260-319 CASTRO ALFARO FERNANDO 54.117,28

4-090-637 ARIAS ROJAS LUIS FERNANDO 54.119,52

6-078-993 QUINTANA HERRERA ROGER 54.143,96

1-331-274 VIDAORRETA BARRANTES JAIME 54.199,88

2-172-483 VILLALOBOS ARAYA JESUS 54.213,48

2-272-726 SANCHEZ LEITON GERARDINA 54.221,66

5-252-143 CAMPOS VARGAS FLOR EMILIA 54.249,57

2-291-145 SALAS ALPIZAR DIDIER 54.277,48

2-254-182 QUIROS CALVO FERNANDO 54.389,43

5-105-440 REYES BOLIVAR JOSE ANGEL 54.392,58

2-157-881 CAMPOS CHAVARRIA DEYANIRA 54.396,56

2-228-399 VARGAS MEJIAS SERAFINA 54.396,81

1-423-575 MARIN ABARCA JORGE 54.478,82

2-313-478 RODRIGUEZ BARTH WALTER 54.490,13

2-221-255 VARGAS MOLINA GILBERTH 54.576,43

7-052-476 BONICHE MONGE OLGA 54.587,11

2-259-002 RODRIGUEZ BARRANTES LIDILIA 54.623,53

1-519-833 CALDERON ARIAS GABRIELA 54.669,64

6-084-081 CASCANTE CHON EVELIO 54.676,23

1-444-723 HIDALGO VALVERDE MARIA DE LOS A. 54.693,37

1-415-1342 SEGURA HERRERA RONALD 54.701,08

1-306-360 ARAYA MARIN ROBERTO 54.732,73

6-104-559 AYALA QUESADA CARLOS LUIS 54.781,98

6-098-1120 DE LA FUENTE GUZMAN GONZALO 54.852,60

1-464-057 MARCHENA HERNANDEZ FELIX ARTURO 54.911,23

1-235-275 MORA RAMIREZ MARIA TERESA 54.916,50

1-442-038 CRUZ AVILES JOSE ANGEL 55.001,97

6-116-885 VILLEGAS PRIETO FREDDY 55.062,33

1-1173-658 RAMIREZ GONZALEZ JEANNETTE 55.080,82

9-036-699 ARIAS NAVARRO PROSPERO 55.125,89

5-122-051 ANGULO DIAZ EZEQUIEL 55.130,88

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

2-227-7001 LARA CASORLA NYDIA MARIA 55.207,12

5-107-942 ALVAREZ BRICEÑO FLOR DE MARIA 55.215,03

1-487-490 QUESADA YANICELLI WILLIAM 55.259,79

2-289-785 ARIAS HIDALGO OLIVIA 55.279,98

7-041-613 JACKSON GRANT ROBERTO 55.503,23

1-528-570 VARGAS ULLOA MARVIN 55.530,67

1-393-856 MORALES CUBERO ANABELLE 55.672,76

6-095-212 CASTRO GONZALEZ RONNY ALBERTO 55.843,53

4-098-030 MURILLO SANDI ORLANDO 55.956,65

2-232-571 REYES ZAMORA VICTOR JULIO 55.970,80

1-416-1238 TOSSO SANTAMARIA OSCAR 56.009,18

1-517-764 PEREZ BARRANTES VERA VIOLETA 56.024,82

1-340-575 SANTAMARIA CHACON MARDI 56.116,28

1-453-124 SOLANO RIVAS MARIA ANTONIETA 56.139,73

5-128-730 CARRILLO ESPINOZA REGULO 56.185,05

6-082-542 MADRIGAL QUIROS ALBERTO 56.301,67

2-335-791 RODRIGUEZ VARGAS MAINOR 56.345,48

4-106-846 CAMACHO VARGAS HUGO 56.415,78

6-116-880 VALLE SEQUEIRA GERARDO 56.450,74

1-454-734 FLORES SIBAJA VERA VIOLETA 56.485,74

5-122-480 ELIZONDO DUARTE RAFAEL A. 56.493,21

1-421-820 JIMENEZ SANCHEZ MARIA CECILIA 56.646,67

1-289-964 CHACON JIMENEZ ALFREDO 56.719,95

1-384-179 MELENDEZ AZUOLA GUILLERMO 56.738,56

2-285-1406 ACUÑA ZUÑIGA OLGA 56.762,78

2-247-480 BUSTAMANTE SIBAJA MARIA EUGENIA 56.890,83

2-167-056 BENAVIDES CHAVARRIA RAFAEL 56.924,48

9-048-681 JIMENEZ AZOFEIFA NORMA 56.948,94

6-083-664 BENAVIDES BOLAÑOS VICENTE 56.990,40

6-065-498 LI GOMEZ HERNAN 56.998,89

4-109-676 BOLAÑOS ARCE JORGE E. 57.151,63

2-280-338 CHAVES ARAYA GERARDO 57.222,60

1-401-950 CASTRO AGUERO LUIS RICARDO 57.224,31

1-410-1229 MESEN HERNANDEZ MANUEL 57.332,41

1-380-089 SOLANO CESPEDES MARIA DEL P. 57.404,44

2-231-394 CASTRO ARAYA ELIAS 57.423,28

6-131-658 VILLALOBOS SALAS ROMEO 57.465,98

1-467-123 BONILLA ZUÑIGA CAROLINA 57.510,79

3-078-605 MARIN OBANDO MARIA CRISTINA 57.606,68

6-100-046 ORTEGA RODRIGUEZ CARLOS LUIS 57.655,34

3-273-290 OROZCO RIVERA JULIETA 57.684,90

7-055-359 HINES NESBETH ELENA 57.748,46

3-187-750 OROZCO SOLANO LUIS GUILLERMO 57.753,90

5-090-820 DIJERES MORALES RANDOLPH 57.775,53

2-232-316 RIMOLA GUERRERO FERNANDO 57.839,56

1-417-1228 MONTEALEGRE BEJARANO MARIA FELICIA 57.863,31

3-188-565 COTO SOLANO NURIA 57.898,37

5-131-866 ESQUIVEL CASTILLO MARGARITA 57.940,04

1-399-887 ROJAS AGUILAR VILMA MARIETTA 57.960,29

7-073-952 BARRIOS GOMEZ DENIS 57.985,64

5-113-800 GUTIERREZ CAMARENO MIGUEL ANGEL 58.013,22

6-107-556 SANCHEZ ULATE JUAN 58.038,60

1-527-206 GAITAN SANDOVAL JAZZMINA 58.127,81

6-127-738 TORRENTES CASTILLO ROGER 58.248,06

1-471-202 LOPEZ FERNANDEZ LUZ MARINA 58.261,12

1-410-1231 BRENES CUBERO MARIO 58.405,18

1-366-288 SANCHEZ BARBOZA JORGE 58.439,13

2-324-856 BRENES CASTRO JUAN CARLOS 58.445,52

6-102-258 SABORIO ALVAREZ ELIER 58.545,35

9-018-321 ACUÑA ESPINOZA RAFAEL 58.593,03

2-254-440 BARRANTES MORALES ISMAEL 58.665,79

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

5-146-369 ROJAS JAEN JENNORY 58.679,67

2-275-515 SOTO FERNANDEZ MARIO 58.744,43

5-118-955 JIMENEZ CERDAS PEDRO RAFAEL 58.751,61

1-369-123 ALFARO SALAZAR ALVARO 58.885,00

9-047-836 ARTAVIA ALVAREZ JESUS 58.893,57

3-190-351 PACHECO RIVERA CIRA 58.938,38

6-106-1434 ESPINOZA VARGAS ELIAS ENRIQUE 58.982,47

4-103-1409 VEGA RODRIGUEZ RODRIGO 59.071,54

1-404-569 GONZALEZ SALAS TERESITA 59.120,43

1-191-322 GONZALEZ MORA MARIA TERESA 59.138,28

3-124-122 VALVERDE ROJAS MANUEL 59.281,42

5-140-858 LORIA GARCIA CARLOS A. 59.328,95

1-326-092 CHINCHILLA MORA CLAUDIO 59.453,56

1-612-400 VARGAS VARGAS EDUARDO 59.514,40

5-099-275 CARRILLO VILLEGAS RUDECINDO 59.521,00

2-298-531 ELIZONDO ALVARADO MARIO ENRIQUE 59.524,08

1-466-295 RIVERA PORRAS CARMEN 59.600,94

1-471-272 PROTTI GUTIERREZ OSCAR 59.655,40

3-180-693 GOMEZ MORA GERARDO 59.752,23

1-351-855 CHAVERRI ALVAREZ SONIA 59.867,84

5-093-433 MURILLO CHAVES HERIBERTA 60.041,43

1-471-485 ULATE ARCE MARIO ALBERTO 60.068,93

7-035-001 RODRIGUEZ RODRIGUEZ BENIGNO 60.089,15

7-042-339 SOLIS SOLIS EDWIN 60.177,62

7-038-389 SOLANO LOPEZ ANGELA 60.265,42

2-291-737 SANCHEZ SOLORZANO LUIS EDO. 60.269,68

1-396-738 LLOSENT CHINCHILLA RODRIGO 60.318,30

1-370-345 MONTERO SOLIS HECTOR MARIO 60.362,13

2-211-060 MIRANDA MURILLO JORGE 60.512,54

4-110-341 CAMPOS BARQUERO MARVIN 60.659,93

1-342-405 ARCE PORTUGUEZ GERARDO O. 60.705,83

2-285-255 AGUILAR VARGAS JOSE RAFAEL 60.766,78

1-464-006 GAMBOA FERNANDEZ LUIS ALBERTO 60.779,60

9-049-085 BRIZUELA SIBAJA MARIA DE LOS A. 60.817,14

1-289-129 ALPIZAR AGUILAR MARIA DE LOS AN 60.877,16

2-260-347 CESPEDES CARRANZA MIGUEL ANGEL 60.884,99

2-280-409 CHAVES VASQUEZ LIGIA AURA 61.136,91

3-186-765 SALMERON VEGA VICTORIA 61.229,59

2-270-550 GONZALEZ CRUZ JOSE FRANCISCO 61.389,43

3-197-1011 ALVARADO QUIROS DANIEL DAVID 61.421,18

6-035-431 FAJARDO JIMENEZ ANA MARIA 61.422,09

1-501-312 ROMERO SOLANO JOHANNA 61.605,38

9-057-232 CHAVARRIA FLORES ANABELLE 61.661,02

9-066-759 RAMIREZ MARTEN RODRIGO 61.794,38

9-020-042 CASTELLON CASTELLON NOELIA 61.819,80

1-468-375 UMAÑA QUESADA ALFREDO 61.917,56

9-008-265 GARCIA LOPEZ LILIAM 61.919,11

1-179-818 FLORES CASTRO MARIA CRISTINA 62.080,66

1-532-943 BADILLA ALAN JORGE EMILIO 62.141,55

1-517-947 BASTOS HERNANDEZ HERBERTH 62.162,41

1-215-824 GARCIA CHACON BELLA FLORA 62.247,58

5-104-114 RODRIGUEZ ARANA JUAN JOSE 62.552,25

2-259-660 UGALDE SANCHEZ JAVIER 62.663,56

1-395-1104 VEGA MORA JOSE ANTONIO 62.733,46

1-393-366 JIMENEZ LEON CRISTOBAL 62.814,61

8-049-557 GIN LUN LUISA 62.882,53

5-106-593 MONESTEL GONZALEZ RAFAEL 62.888,11

1-351-314 SOLANO GOMEZ RICARDO 63.062,94

6-102-816 SOLORZANO SOLORZANO ALBERTO 63.104,95

2-110-053 BRENES AGUILAR BETTY 63.108,13

6-063-864 REYES ESPINOZA EDWIN 63.151,63

Page 13: AÑO CXV La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de ... · PDF file1-882-754 venegas vargas adriana 13.880,19 ... 3-073-723 serrano martinez berta 16.546,42 ... 1-947-110 morales

Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 13

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-473-373 JIMENEZ CUBERO ALVARO 63.210,01

1-307-520 BLANCO CALVO ENRIQUE 63.224,61

4-093-254 ARAYA HERRERA CARLOS LUIS 63.260,27

5-122-578 DUARTES DUARTES LUCAS 63.330,75

1-405-1272 BARRANTES CORDERO RODOLFO 63.378,64

2-109-914 FLORES CALERO NELLY 63.415,33

1-812-533 MORA LEIVA SERGIO ARTURO 63.452,11

1-434-738 CALVO ARIAS MARTA E. 63.619,44

7-058-082 CRUZ OVIEDO EDUARDO 63.749,94

2-133-153 MURILLO MURILLO CELINA 63.777,77

7-037-870 ALVAREZ VEGA ELIZABETH 63.779,83

2-258-536 MORALES VARGAS ORLANDO 63.799,73

6-037-281 AVALOS ALFARO MARIANA 64.097,73

7-047-027 ON FUNG MARIA MAYELA 64.157,78

5-123-094 ESPINOZA PERAZA GERARDO 64.177,22

9-059-556 PEREZ BONILLA ARVIN 64.309,57

1-414-1022 ZAMORA VASQUEZ ALVARO 64.454,68

1-276-140 GRANADOS VARELA RICARDO 64.536,18

3-193-806 GUTIERREZ RAMIREZ RICARDO 64.564,82

2-280-1255 DELGADO SOTO VICTOR JULIO 64.607,47

1-450-332 HERNANDEZ PEREZ JUAN DANIEL 64.635,16

1-454-823 QUESADA ELIZONDO ALEXIS 64.644,33

1-398-689 ROMAN MADRIGAL RAFAEL CARLOS 64.741,32

1-253-190 FERNANDEZ CASTRO CARLOS 64.866,03

1-415-983 GONZALEZ LEIVA LIGIA 64.892,95

9-047-779 PEREZ CHINCHILLA ARNOLDO 64.933,93

5-138-721 MEDINA BONILLA MARIO 65.026,56

1-284-459 GUZMAN LEIVA CARLOS MANUEL 65.340,66

2-068-2040 SOTO BALTODANO AURORA 65.375,84

5-115-558 ROJAS AGUILAR LEOPOLDO 65.564,55

8-034-588 DIAZ DELGADO GLADYS 65.765,70

2-201-817 BARQUERO JIMENEZ MARIA OLIVA 65.940,83

3-188-761 MAROTO ASTORGA ORLANDO 66.054,30

2-249-448 CESPEDES RODRIGUEZ FILANDER 66.081,88

6-015-4629 OSORIO MONTOYA MIGUEL 66.138,99

2-294-342 CASTRO HERRERA FRANCISCO 66.144,78

1-380-664 CARRILLO ORLICH EDUARDO 66.337,43

8-043-894 PARKS TIPIE RUTH 66.470,63

2-227-304 SALAS MURILLO ARACELLY 66.585,88

5-135-820 VIALES FLORES ERCILIA 66.789,21

9-037-671 SANABRIA PORRAS CARLOS LUIS 67.073,95

5-042-640 AGUILAR FONSECA ELVIRA 67.094,43

1-416-254 PIZARRO VILLARREAL CARMEN 67.122,38

9-024-559 LOPEZ CALLEJA MARIA CECILIA 67.356,05

1-490-135 ORTEGA VINCENZI ROXANA MILITZA 67.434,33

5-104-462 VARGAS SEGURA ANA ROSA 67.755,08

1-518-991 VEGA LEON MARITZA 67.925,93

4-068-495 VILLALOBOS VILLALOBOS ELSIE 68.062,46

6-008-7934 BOZA PINEDA GLORIA 68.062,46

3-079-192 ROJAS CESPEDES ESPERANZA 68.157,43

5-049-163 DUARTE DUARTE ILDEFONSA 68.157,43

2-138-940 LOPEZ SOTO AMADA 68.167,72

1-450-506 JIMENEZ CHAVERRI MARVIN 68.263,44

2-276-1318 BONILLA UMAÑA LUIS 68.432,63

1-177-732 PEREZ GRANADOS RITA 68.450,93

5-043-554 BRICEÑO CARRILLO MARIA ROLANDA 68.754,11

6-099-1356 SOTO CANESSA XINIA 68.812,20

5-155-114 MONGE RODRIGUEZ XINIA 68.850,99

6-070-911 CALDERON ELIZONDO AGUSTIN 68.912,17

1-129-068 HIDALGO BRENES MARIA EUGENIA 68.923,96

5-050-575 SEGURA VILLARREAL RICARDO 69.138,27

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

4-102-372 ZAMORA CHAVES VINICIO 69.138,33

1-534-928 ARROYO SANCHEZ MYLENE 69.286,21

2-260-989 MORALES CAMBRONERO EFRAIM 69.348,98

7-054-944 CHAVES ALVARADO XENIA 69.555,30

1-359-486 RESCIA CHINCHILLA JUAN ANTONIO 69.584,59

1-389-635 QUIROS HIDALGO TRINIDAD 69.687,34

2-284-526 HERRERA VILLALOBOS FABIO 69.725,19

8-046-375 LOZANO MENDEZ ELBA 69.770,70

1-409-941 CARMONA GONZALEZ MARIA DE LOS A. 69.876,00

1-403-468 ELIZONDO UREÑA LEYLA MARIA 69.928,23

3-258-923 CERDAS LOPEZ LUIS GERARDO 69.973,10

5-128-422 ALFARO SANCHEZ NYDIA 70.221,78

2-175-553 MORA QUESADA LETICIA 70.221,93

2-049-7319 VARGAS NAVARRO RAFAELA 70.356,12

1-450-719 CHACON RIVAS CARLOS ALBERTO 70.366,13

1-512-418 QUIROS MONTOYA ANA LUCRECIA 70.386,19

1-402-767 HERNANDEZ OREAMUNO BERNAL 70.730,11

2-300-127 MURILLO ALVARADO MARIETTA 70.758,87

6-104-501 NICOLAS ALVARADO MAYELA DOLORES 71.084,95

1-442-427 CALDERON VALVERDE BERNAL 71.304,59

1-470-800 CARBALLO ROJAS FRANCISCO 71.476,85

1-405-1057 SEGURA ACUÑA ADIYE 71.548,68

1-710-356 SALAS ESQUIVEL JORGE 71.574,80

1-1345-194 FERNANDEZ SANCHEZ ARIANA 71.734,72

3-173-375 CERDAS ARAYA GUADALUPE 71.814,39

6-093-089 RODRIGUEZ PORRAS HERMOGENES 71.918,83

2-283-1291 CAMPOS CARTIN DANIEL 72.099,82

2-080-8228 ESQUIVEL CABEZAS EMILCE 72.146,73

7-045-686 ROPER BLAKE HOWARD 72.259,93

1-391-1053 MONTERO LORIA LUIS GERARDO 72.356,83

1-328-263 CUADRA MARTINEZ FERNANDO 72.396,74

7-018-622 PARDO CASTRO ENEIDA 72.602,24

1-280-151 RODRIGUEZ VARGAS JOSE ROBERTO 72.603,61

4-094-425 MORALES VEGA ELSIE 72.685,58

1-457-039 CASTRO PORRAS ALVARO 72.700,68

1-365-238 CAMPOS CAMPOS CARLOS 72.773,51

1-134-950 MADRIZ JIMENEZ NELLY 72.790,60

1-327-538 MORA QUIROS YENORY 72.799,73

7-049-480 DOYLEY BLACK WALTER 72.970,50

6-096-1053 FERNANDEZ MORALES LUIS GERARDO 73.093,96

2-199-458 ELIZONDO ROJAS MARIA MATILDE 73.209,60

1-220-020 PEÑA ROVIRA ISABEL 73.295,08

6-085-503 RAMIREZ GUIDO EDUARDO 73.342,12

1-626-948 LEON CHINCHILLA DENNIS 73.371,58

1-316-159 SEGURA JIMENEZ ALICIA 73.674,82

5-157-538 CORTES ANGULO FAUSTO JENARO 73.793,98

2-129-293 CAMBRONERO JIMENEZ GLADYS 73.881,78

6-107-865 REYES NUÑEZ JOSE MAURICIO 74.012,69

9-008-757 BOURILLON CORDERO ROGER 74.085,98

9-020-974 VIQUEZ AMADOR LUIS GERARDO 74.651,13

1-435-324 SMITH VEGA JOHNNY 74.740,98

9-047-640 RODRIGUEZ VARGAS LUIS GUILLERMO 74.913,06

1-310-017 VARGAS ARIAS ALFONSO 74.978,17

8-065-759 GUZMAN GUZMAN DAVID 75.077,98

1-419-1178 CARDALDA CARDENAS WALTER 75.231,56

3-228-356 GARZONA MESEGUER ERCILIA 75.267,06

3-179-913 SOTO SOTO OSCAR 75.890,51

2-073-670 SANCHEZ QUESADA ALBERTINA 75.936,64

1-338-531 CAMPOS ALVARADO OLGA 76.114,81

1-250-810 LOAIZA VEGA PASTORA 76.260,84

1-315-877 MORA ASTORGA FERNANDO ALF 76.359,82

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

3-079-221 FALLAS RAMIREZ ALBA 76.469,48

3-254-421 MATA DEL VALLE MA. DEL MILAGRO 76.520,37

1-283-097 MURILLO BOLAÑOS GONZALO 76.659,42

2-417-923 AGUILAR PANIAGUA FREDDY 76.735,09

1-450-340 VINDAS SOTO MARIA ELENA 76.768,96

1-402-279 MADRIGAL BARBOZA TERESITA 76.846,88

2-179-748 CASTILLO MONTOYA GUSTAVO 76.881,43

1-210-485 CAVALLINI DURAN ROMA 77.017,98

1-479-919 LEANDRO CASTILLO LAUREN 77.043,44

8-035-401 JIMENEZ CHAMORRO ELSA 77.089,38

3-146-844 SOLANO FLORES ADOLFO 77.265,54

6-139-234 CRUZ BARAHONA RONALD 77.585,61

2-220-912 CHACON SIBAJA VERA VIOLETA 77.735,16

1-355-968 MADRIGAL ROJAS EDGAR 77.834,49

1-404-358 MORA AGUERO EMERITA 78.046,57

6-052-471 HERRERA RIVERA GRACIELA 78.117,97

1-193-638 MOLINA ALVAREZ MANUEL A. 78.339,48

1-241-804 RAMIREZ RIERA ALBERTO 78.411,98

2-277-373 GUTIERREZ RODRIGUEZ LUIS GUILLERMO 78.514,19

3-218-919 JIMENEZ VILLALOBOS RICARDO 78.697,29

1-313-543 GONZALEZ BONILLA MANUEL ANTONIO 78.717,57

2-187-151 CAMPOS SOLANO RAFAEL ANGEL 78.881,03

6-136-129 LOPEZ FUENTES OLDEMAR 78.937,85

2-289-803 ROJAS LOPEZ MAXIMO 79.284,23

1-689-532 MAROTO BRAVO OSCAR FDO. 79.368,50

3-159-861 BRENES BRENES MARIA LUISA 79.577,70

1-301-486 CALVO UMAÑA MARIA FELICIA 79.599,65

1-391-219 SING ZELEDON WILLIAM 79.671,00

1-269-079 ARAYA RAMIREZ WALTER 79.681,54

1-186-514 MONGE FALLAS DELIA MARIA 79.796,05

1-453-125 LAURITO MUSMANI MARIA TERESA 80.097,18

1-462-359 HERNANDEZ GONZALEZ RODRIGO 80.200,81

8-030-033 QUINTEROS VELASCO JUAN 80.336,89

1-404-1003 VILLALOBOS FALLAS JENNY 80.364,88

3-170-227 JIMENEZ SOLANO GERARDO 80.447,89

1-260-650 MURILLO SOTO OSCAR 80.594,44

3-102-071 RODRIGUEZ TREJOS SALOMON 80.595,42

1-698-934 CALVO SANCHEZ RITA 80.822,83

1-214-811 FALLAS MORA GUILLERMO 80.915,54

2-367-157 ALFARO LEDEZMA OMAR DAVID 81.289,43

1-343-296 UMAÑA FALLAS ALEJANDRO 81.292,13

1-124-486 CASTRO TRUQUE HILDA 81.359,44

5-077-264 ALVAREZ CHAVARRIA FILADELFO 81.361,93

1-342-028 MADRIGAL VILLALOBOS ROBERTO 81.685,92

4-052-196 RAMIREZ CHAVARRIA FERNANDO 81.690,63

2-338-851 ROJAS FERNANDEZ JOSE FRANCISCO 81.725,75

5-071-229 ACEVEDO GUADAMUZ CLEVER 81.727,59

1-271-026 FERNANDEZ VENEGAS FERNANDO 82.058,79

5-148-1080 GUILLEN CONTRERAS CARLOS 82.085,41

1-669-364 ALVARADO VARGAS EDDIE 82.120,83

4-058-511 SOLIS CARBALLO ESPERANZA 82.307,32

6-025-624 UMAÑA HERNANDEZ BELEN 82.384,61

1-251-864 ROJAS SOLANO ERNESTO A 82.410,53

2-153-531 PEREZ VARGAS CARLOS LUIS 82.565,57

2-108-330 VARGAS LUNA FERNANDO 82.700,19

1-213-035 LIZANO RUIZ JORGE H. 82.784,76

3-185-693 QUIROS GOMEZ JOSE JOAQUIN 82.865,29

1-441-475 PARINI SEGURA LUIS B. 83.218,20

4-080-021 TREJOS SOLORZANO VICTOR ML 83.351,68

6-026-723 MORENO JIMENEZ CARLOS LUIS 83.398,26

1-637-153 MONGE ELIZONDO NURIA 83.678,58

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

2-218-133 MURILLO CORDERO MARIO 83.708,23

2-140-583 VILLALOBOS MORALES FRANCISCO 84.143,98

3-192-220 MARTINEZ MENESES CARLOS 84.150,23

1-162-908 ROLDAN PEREZ FRANCISCO 84.233,48

1-242-482 GALLARDO ARAUJO ALVARO 84.345,73

1-380-246 LOPEZ RODRIGUEZ ALVARO 84.392,79

1-183-119 JIMENEZ MARIN JORGE 84.475,07

1-388-047 CHINCHILLA ARIAS MA. CECILIA 85.047,30

9-064-628 ARROYO ALVAREZ WILBERTH 85.726,40

4-121-738 CHAVERRI BARRANTES DANILO 85.880,01

2-175-212 CASTILLO MORA OMAR 86.148,81

1-107-5528 RODRIGUEZ ANDRADE LUCILA 86.316,16

7-031-184 ARAYA CAMPOS ARMANDO 86.426,33

6-038-571 MIRANDA MIRANDA LUIS 86.694,54

8-041-083 PLA FALCO SANTIAGO 86.910,62

6-038-925 QUINTANA LOPEZ JAIME 86.976,39

1-147-118 MENDOZA HERNANDEZ MIGUEL A. 87.052,03

1-496-733 KING RODRIGUEZ BRYAN 87.149,66

1-265-165 BADILLA MORA CLAUDIO ENRIQUE 87.166,30

1-201-424 HAUG SOLIS JOSE ROBERTO 87.241,88

3-141-425 RAMIREZ VALVERDE FLORA 87.291,10

1-287-664 RODRIGUEZ REY MAYRA 87.304,49

4-069-830 HERRERA ZAMORA LILIETTE 87.332,32

9-008-313 VILLALOBOS RODRIGUEZ CARLOS 87.345,95

4-056-870 VENEGAS RODRIGUEZ MARIA ROSA 87.694,13

5-058-384 HIDALGO CAMPOS MEREDITH 87.976,29

4-034-7215 GONZALEZ MADRIGAL ALCIONE 88.138,68

1-423-019 ROJAS QUIROS FEDERICO 88.160,73

5-133-250 ROSALES ENRIQUEZ JUAN LUIS 88.744,26

5-109-689 SANCHEZ ANGULO LUIS ENRIQUE 88.961,53

1-231-730 CASTRILLO CORDOBA FRANCISCO 88.984,92

6-038-791 RIVERA PANA VICTORIA 89.292,12

6-146-092 BENAVIDES MORAGA JUAN CARLOS 89.556,46

1-416-1139 FERNANDEZ RODRIGUEZ ROGELIO 90.159,70

7-023-869 TAYLOR HENRIQUEZ SONIA 90.235,56

1-147-491 MONTERO DURAN CARLOS 90.405,55

1-287-502 GUILLEN ACOSTA MARGARITA 90.564,67

1-428-106 SOLIS BERMUDEZ TERESA 90.751,78

1-121-841 ROJAS LOPEZ ANTONIO 90.956,61

1-274-779 ARIAS HERNANDEZ JORGE LUIS 91.111,62

9-031-093 VARGAS ROJAS HERNAN 91.362,46

8-058-936 OJEDA OJEDA OLIVIA DEL C. 91.483,35

5-061-400 ROSALES ALVARADO ALICIA 91.502,11

2-310-527 SANCHEZ ALVARADO GEORGINA 91.524,46

1-224-2331 UMAÑA GONZALEZ HILDA 91.764,43

7-019-015 JIMENEZ TORRES CELSO 91.797,04

2-142-272 LEON LEON LILIA 92.391,27

4-101-1499 HERNANDEZ CRUZ VICTOR 92.627,83

2-295-956 VARGAS JIMENEZ EMILCE 92.815,57

2-171-999 ZAMORA GONZALEZ JESUS 92.819,30

1-413-1352 GUEVARA AGUERO GONZALO 92.825,13

1-287-787 VILLALON ANDRES CARLOS 92.907,13

5-076-743 OROZCO RAFFO WILMAR 93.287,75

4-065-033 HERNANDEZ TORRES TIMOTEO 93.733,76

1-198-6861 BRUNET CARVAJAL EUGENIA 93.919,72

2-392-111 BRENES GONZALEZ ALBA IRIS 93.920,95

1-287-638 MADRIGAL ROJAS RAFAEL ANGEL 93.995,90

4-051-897 SALAS GRANADOS RUBEN 94.058,77

4-046-820 CERDAS ARIAS MARGARITA 94.148,08

4-120-523 ARAYA CHAVERRI IRENE 94.261,90

2-290-645 ULATE RAMIREZ ALVARO 94.318,18

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 15

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

7-020-940 MASIS VILLEGAS MARIA ISABEL 94.509,20

1-497-326 CARDENAS VILCHEZ JORGE 94.510,35

4-066-437 TREJOS UGALDE OSCAR LUIS 94.533,25

5-064-364 RODRIGUEZ MARTINEZ ALFONSO 94.551,81

5-129-999 RODRIGUEZ NOGUERA JACINTO 94.953,83

1-220-439 QUIROS ROLDAN EDGAR 95.215,73

4-100-897 BENAVIDES LOPEZ VIRGILIO 95.216,60

1-405-921 MARTINEZ MADRIGAL MARIA DE LOS A. 95.228,73

6-068-755 SOLANO ROJAS MIRIAM 95.302,54

1-182-854 JIMENEZ PORRAS FERNANDO 95.315,08

1-386-352 ARIAS TUK ROLANDO 95.455,79

1-160-661 OROZCO SABORIO ALVARO 95.510,48

1-329-838 MARTINEZ CALVO OLGA ESTER 95.512,41

8-068-541 NOVOA SALINAS MARTA 95.609,44

1-352-778 RAMIREZ SABAT GUILLERMO 95.760,15

6-091-050 CASTAING BUSTILLOS GERARDO 95.760,19

1-287-034 AGUILAR BARRANTES JOSE RAFAEL 96.095,53

1-259-271 DURAN GAITAN GRACE 96.132,21

1-241-252 BUSTILLO QUESADA MARIO 96.136,38

1-390-1282 GARBANZO GARBANZO NOIDY 96.198,94

2-251-701 ROBLERO RODRIGUEZ RENE 96.541,53

2-262-576 CHAVES CHAVARRIA ROBERTO 96.855,17

2-294-210 RODRIGUEZ VILLALOBOS CESAR 96.945,62

1-208-719 BIOLLEY RIOTTE ANTONIO 97.014,59

1-261-067 MONGE ARANA VIRGINIA 97.084,82

6-043-419 PEÑA CARRILLO PEDRO ANTONIO 97.152,28

2-241-865 NUÑEZ CAMBRONERO JOSEFINA 97.220,80

3-147-842 FERNANDEZ ROMERO AUREA 97.366,40

2-179-904 RUCAVADO LEON FRANCISCO 97.452,92

3-074-746 RODRIGUEZ JIMENEZ FLORA 97.609,03

2-266-179 FUENTES QUESADA ARMANDO 97.622,08

1-453-765 ALVARADO VALVERDE VICTOR HUGO 97.825,18

1-298-153 RETANA HIDALGO HUGO 97.831,93

2-267-064 HERRERA QUESADA GERMAN 98.025,36

5-083-082 PUJOL SOBALVARRO ROXANA 98.131,12

1-333-706 DURAN VALLADARES ROSA MARIA 98.455,83

1-280-339 SOTO QUESADA ELIETTE 98.589,71

3-128-855 BRENES GOMEZ JORGE CLAUDIO 98.874,52

9-053-351 CUBILLO RAMIREZ SENAIDA 99.219,02

3-132-929 MONTERO MASIS MARIA FLORA 99.440,12

4-128-792 CHACON BADILLA CARLOS HUMBERTO 99.452,67

3-162-951 MEZA MORA JORGE ARNOLDO 99.495,08

1-433-040 ZELEDON FALLAS GERARDO 99.684,78

7-028-971 SANOU CAJIAO ENRIQUE 99.775,53

2-179-222 ALFARO ARAYA ADEMAR 100.313,90

2-322-607 HERRA MURILLO FLOR 101.927,92

2-183-893 BARTH VARGAS JOSE FCO 101.962,62

3-072-056 REDONDO GOMEZ OSCAR 102.221,55

7-025-508 CORTES VILLALOBOS ARMANDO LUIS 102.266,67

3-068-957 MUÑOZ FONSECA JORGE 102.522,73

3-144-391 SALAS BRENES GUILLERMO 102.654,10

3-098-366 MOYA GOMEZ LIVIA MARIA 103.198,03

9-026-927 MARTINEZ CARTIN FLORA 103.356,26

2-269-316 GOMEZ CASTILLO MARIO 103.383,87

1-260-879 PHILLIPS AVALOS EDWIN 103.832,49

1-226-693 RODRIGUEZ SOLIS GUILLERMO 103.881,22

4-084-734 HERRERA GONZALEZ NELSON 104.165,25

1-140-207 RAMIREZ BARBOZA NOEMY 104.200,73

1-316-308 GRANADOS ARIAS RANDALL 104.737,88

4-120-987 HERNANDEZ VILLEGAS JOSE 105.061,39

2-301-624 AVILA BARRIENTOS AILLEN 105.211,01

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

2-278-153 VARGAS ARCE MIRIAM 105.771,27

4-079-273 ULATE AZOFEIFA THAIS 106.315,32

2-242-306 PICADO SANCHEZ JORGE EDUARDO 106.363,99

4-090-303 GARCIA ALFARO EDWIN 106.786,47

1-186-415 GALLARDO ARAUJO LUISA MARIA 107.428,24

4-066-863 JARA ESQUIVEL RIGOBERTO 107.484,63

4-092-551 SABORIO GONZALEZ JORGE 107.537,74

5-152-860 FERNANDEZ CHAVERRI OLGER 107.669,83

1-270-497 ZAMORA GONZALEZ HERNAN 107.808,53

1-180-225 ANTILLON PEREZ LYLIA 109.051,51

2-216-077 ROJAS LOPEZ MARIO 109.218,45

1-133-067 PALACINO ZUÑIGA GLORIA 109.540,59

8-025-510 ROJAS MARIN PABLO JOSE 109.701,03

9-015-615 BOND GALLEGOS LUCIA FRANCES 109.702,08

8-001-084 LOPEZ CASTRO HORACIO 109.948,90

1-420-394 RAMOS ROJAS ABEL 109.993,50

2-172-358 VEGA VARGAS ASDRUBAL 110.210,94

1-112-517 ROMERO ROJAS IVER 110.347,23

6-076-978 GONZALEZ FALLAS JORGE 110.442,56

1-407-836 CHACON CHACON GONZALO 110.725,50

1-239-465 PALACINO ZUÑIGA CAMPO ELIAS 110.755,60

2-147-352 AVILA FERNANDEZ IVAN 110.758,45

2-157-748 BARBOZA RUIZ LUIS ALFREDO 110.826,27

2-252-324 JIMENEZ GOMEZ GUIDO 111.104,21

4-125-831 GONZALEZ VILLALOBOS HILDA 111.162,17

3-179-064 QUESADA ESQUIVEL EDGAR 111.582,37

2-185-560 SOTO LOPEZ HERMANN 111.629,23

1-193-354 RAMIREZ SEGURA MARIO 111.902,75

1-368-5008 MADRIGAL CAMPOS GERARDO 112.032,93

1-309-578 CALDERON ARGUEDAS MARJORIE 112.246,39

3-178-221 SOLANO SANCHEZ GERARDO 112.628,12

1-268-017 GONZALEZ ALFARO GUILLERMO 113.933,58

5-100-292 SALAZAR FALLAS MARTA EUGENIA 114.750,38

6-095-400 SABORIO ALVAREZ JINNETTE 114.877,47

8-059-095 HERNANDEZ GRANILLO JORGE JAIME 114.941,33

1-462-4661 VARGAS ROLDAN VERA 115.231,98

6-107-380 QUIROS PEREZ OLIVER 115.381,94

1-287-290 ROJAS ACOSTA MERCEDES VILMA 115.944,89

1-344-276 GUZMAN MORA LEDA MARIA 116.222,26

6-055-332 CHAN JAEN JOSE EUSEBIO 116.861,58

1-199-156 PERALTA RUIZ RUTH 117.358,51

5-111-754 VENEGAS GUZMAN HECTOR 117.884,38

2-233-219 BRENES VALENCIANO RAFAEL ANGEL 118.041,07

2-287-1139 REYES CARRILLO ANA RUTH 118.073,69

6-086-860 VALDERRAMA BLANCO FLOR DE MARIA 118.287,98

1-294-180 AVILES VARGAS CARLOS 119.265,76

8-022-262 RECHNITZER GONZALEZ CARLOS 120.903,54

1-344-215 MONTERO MORA LUIS ENRIQUE 122.305,48

2-216-155 GARCIA CABEZAS CARLOS MANUEL 122.330,58

2-197-157 MURILLO ZAMORA EDGAR ALLAN 123.181,08

1-147-124 VARGAS SOLERA MARIA EUGENIA 123.631,88

1-226-777 SAENZ CARRANZA RODRIGO 124.130,35

4-082-793 RODRIGUEZ SOTO ALVARO 124.736,23

1-316-498 CHAVARRIA VOLIO RICARDO 124.781,69

2-180-459 OCONITRILLO JARA GILBERT 124.844,65

5-093-177 SEGNINI SABAT HUGO 125.750,16

1-394-1061 MONGE MONGE SONIA 126.045,12

9-004-031 RUDIN RUPHUY ZEIDY 126.242,45

6-108-747 ARAGON JIMENEZ MARIA LUISA 126.588,74

3-176-244 RIVERA MONGE ARMANDO 126.636,71

1-503-537 ARAYA RIVAS CARLOS 126.654,84

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Cédula de identidad Nombre completo Suma

adeudada ¢

1-378-423 MOLINA BRENES ROGER 128.627,53

5-176-788 CUBILLO MENA RIGOBERTO 129.027,39

2-227-234 GUILLEN ELIZONDO RAFAEL ANGEL 129.087,34

7-020-378 BERMUDEZ COWARD LUIS DEMOSTENES 129.215,33

2-213-267 SEAS SEAS CARMEN 129.492,47

1-210-570 VARGAS ALVARADO EDUARDO 129.541,78

1-287-460 SOLANO CALDERON EVA 129.775,99

Invitación de pago: Con fundamento en lo expuesto, se invita a los jubilados y pensionados citados anteriormente, para que en el plazo de diez días hábiles procedan a la cancelación de las sumas indicadas, las cuales les fueron giradas de más al tomar como referencia el monto proporcional a los meses de noviembre y diciembre de 2005 para el cálculo del aguinaldo del año 2006 y que según la Superintendencia de Pensiones, ya habían sido tomados como referencia para cancelar el aguinaldo del año 2005. Depósito que pueden efectuar en la cuenta administrativa Nº 1234-0 a nombre del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Banco Nacional de Costa Rica.

En caso de no cancelar el monto adeudado, se continuará con el trámite, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Superior en sesión celebrada el 5 de febrero del 2008, artículo LVII. Queda a su disposición el expediente administrativo Nº 211-R-09 (B). Notifíquese esta resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Notificaciones Nº 8687 del 4 de diciembre del 2008. Si desean presentar un escrito con ocasión de esta resolución, favor indicar el siguiente número de expediente 211-R-09 (B).

San José, 9 de octubre del 2009 Alfredo Jones León,(91966) Director

2 v. 2.

SALA CONSTITUCIONALTERCERA PUBLICACIÓN

ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo

primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el Nº 08-012571-0007-CO promovida por Thais Hernández Portilla contra de los artículos 3º y 4º del Reglamento del Programa del Régimen No Contributivo de Pensiones de la CCSS, se ha dictado el voto número 16300-09 de las quince horas y siete minutos del veintiuno de octubre del dos mil nueve, que literalmente dice:

«Se declara parcialmente con lugar la acción y en consecuencia, se anula por inconstitucional el artículo 4º del Reglamento al Régimen No Contributivo de Pensiones aprobado el 17 de mayo del 2007, el párrafo segundo del artículo 2 del Reglamento del Régimen No Contributivo de Pensiones del 15 de enero del 2003, así como el artículo 3º, inciso a) del Reglamento del Régimen No Contributivo de Pensiones aprobado el 28 de agosto de 2008; por considerarlo contrario al principio de razonabilidad, al derecho de igualdad, a la seguridad social, a la solidaridad y a la justicia social contenidos en los artículos 33, 50 y 51 de la Constitución Política. Esta sentencia tiene efecto declarativo a partir de la anulación de la norma impugnada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. En relación con el artículo 3 del Reglamento al Régimen No Contributivo de Pensiones aprobado el 17 de mayo del 2007, se declara sin lugar la acción. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial “La Gaceta” y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.- El Magistrado Vargas salva el voto y declara sin lugar la acción.-»Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación

indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 22 de octubre del 2009. Gerardo Madriz Piedra,(IN2009094168) Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 07663-07 promovida por Julio César Mesén Montoya en contra del artículo 7 de la Ley de Participación del Estado en COOPESA, se ha dictado el voto Nº 16299-09 de las quince horas con seis minutos del veintiuno de octubre de dos mil nueve, que en lo que interesa dice:

“Se rechaza de plano la acción”.San José, 22 de octubre del 2009.

Gerardo Madriz Piedra,(IN2009094169) Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad Nº 08-16826 promovida Zoraida Jiménez Quesada en contra del artículo 19 del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, se ha dictado el voto número 16297-09 de las quince horas cuatro minutos del veintiuno de octubre de dos mil nueve, que en lo que interesa dice:

“Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase del inciso 3) del artículo 19 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte aprobado por la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 4° de la sesión 7730, celebrada el 13 de febrero de 2003, que textualmente indica: “...siempre y cuando la solicitud de pensión se presente en el mes de fallecimiento o mes posterior, de lo contrario el beneficio regirá a partir de la fecha de presentación de la solicitud...”. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.”Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88

párrafo segundo de la ley de la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.

San José, 22 de octubre del 2009. Gerardo Madriz Piedra,(IN2009094170) Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad Nº 05570-07 promovida por Luis Alonso Ortiz Zamora en contra del artículo 25 del Acuerdo SUGEF 1-05 “Reglamento para la Calificación de Deudores”, se ha dictado el voto Nº 16308-09 de las quince horas con quince minutos del veintiuno de octubre de dos mil nueve, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción”.San José, 22 de octubre del 2009.

Gerardo Madriz Piedra,(IN2009094171) Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad Nº 04962-08 promovida por Edwin Duartes Delgado en contra del artículo 220 bis inciso c) de la Ley General de Aduanas, se ha dictado el voto número 16307-09 de las quince horas con catorce minutos del veintiuno de octubre de dos mil nueve, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción”.San José, 22 de octubre del 2009.

Gerardo Madriz Piedra,(IN2009094172) Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad Nº 09933-09 promovida por Eddie Granados Valverde en contra del inciso c) del artículo 3º y del inciso a) del artículo 10 del Código Notarial, se ha dictado el voto Nº 16309-09 de las quince horas con dieciséis minutos del veintiuno de octubre de dos mil nueve, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción”.San José, 22 de octubre del 2009.

Gerardo Madriz Piedra,(IN2009094197) Secretario

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HACE SABER:Que dentro del Proceso Disciplinario por la no presentación de

índices, tramitado bajo el expediente 09-001150-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el notario Pablo Muñoz Llanos, mediante resolución de las trece horas treinta y cinco minutos, del veintidós de junio del año dos mil nueve, se dispuso: “ Dirección Nacional de Notariado. San José, trece horas treinta y cinco minutos, del veintidós de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra el notario Pablo Muñoz Llanos, carné 9841, cédula: 01-0859-0709, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 17

se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, certificada por esta Dirección y cuyo original se conserva en el Archivo del despacho, el notario Pablo Muñoz Llanos, no ha presentado los índices correspondientes a las siguientes quincenas: primera de enero. segunda de enero, primera de febrero, segunda febrero, primera de marzo, segunda de marzo, primera de abril, segunda de abril, primera de mayo, segunda de mayo, primera de junio, segunda de junio, primera de julio, segunda de julio, primera de agosto, segunda de agosto, primera de setiembre, segunda de setiembre, primera de octubre, segunda de octubre, primera de noviembre, segunda de noviembre, primera de diciembre y segunda de diciembre del 2007 y primera de enero. segunda de enero, primera de febrero, segunda febrero, primera de marzo, segunda de marzo, primera de abril, segunda de abril, primera de mayo, segunda de mayo, primera de junio, segunda de junio, primera de julio, segunda de julio, primera de agosto, segunda de agosto, primera de setiembre del 2008. tercero: De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando que el notario Pablo Muñoz Llanos omitió presentar el índice indicados se le suspende con un mes por cada índice, sea un total de 41 meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento. Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir, se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá el notario Pablo Muñoz Llanos, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al notario Pablo Muñoz Llanos, en su oficina notarial (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional), ubicada en: San José, de la Antigua Dirección de Notariado, 25 sur y 25 oeste casa 1585, la dirección reportada por el notario a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Lic. Roy Jiménez Oreamuno Director”

San José, 14 de octubre del 2009 Lic. Adolfo Mora Gallardo(IN2009092874). Director a. í

3 v. 3.

Que dentro del proceso de cese forzoso por morosidad al fondo de garantía notarial, contra la notaria Sandra Arauz Chacón, expediente Nº 09-000650-0624-NO, se dicto la resolución que literalmente dice: Dirección Nacional de Notariado. San José, diez horas cuarenta y cuatro minutos, del veintinueve de abril del año dos mil nueve. Adolfo Mora Gallardo, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4, 9, 13 y 140 del Código Notarial, inicio proceso de cese forzoso, contra la notaria Sandra Arauz Chacón, cédula: 106000371, carné: 5799, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial obliga a todos los notarios a cotizar para el fondo de garantía (párrafo 3ero. Art. 9º); establece como causa impeditiva para ejercer el notariado el no pago de las cuotas a dicho fondo (inciso g) artículo 4) y obliga a esta Dirección a decretar el cese forzoso de aquellos notarios que no estén al día en sus cotizaciones a ese Fondo (inciso b) del artículo 13, cese que se mantendrá hasta que la notaria cancele las cuotas atrasadas. Segundo: Según información suministrada por la Operadora del Fondo de Garantía, y que consta en el Registro de Notarios, la notaria Sandra Arauz Chacón, debe tener ciento trece cotizaciones y la Operadora le reporta sesenta y ocho cotizaciones, tiene un atraso de cuarenta y cinco cotizaciones al mes de marzo de dos mil nueve. Tercero: El presente proceso administrativo de cese forzoso es de mera constatación (Sala Constitucional en voto Nº 8197-99), por lo que habiéndose constatado que la notaria Sandra Arauz Chacón se encuentra en mora de sus cotizaciones al Fondo de Garantía, se decreta su cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele la totalidad de las cuotas atrasadas indicadas en el hecho segundo. Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la cancelación de las cuotas adeudadas al fondo de garantía. En caso de demostrar que ha cumplido en el plazo indicado, se dará por terminado este proceso; de lo contrario, se ejecutará el cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele las cuotas adeudadas al Fondo (artículo 148 Código Notarial). señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá la notaria Sandra Arauz Chacón, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito

Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al(a la) notario(a) Sandra Arauz Chacón, en su oficina notarial, ubicada en: San José, Zapote, Centro Comercial Plaza Castillo local 27; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma en la casa de habitación del(de la) notario(a), ubicada en: 200 norte Bomba Gasotica, San Francisco de Dos Ríos, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por la notaria a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares señalados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99 de la Sala Constitucional). Para tal efecto se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones II Circuito Judicial de San José.

San José, 14 de octubre del 2009 Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno(IN2009092875). Director

3 v. 3.

Que dentro del proceso de cese forzoso por morosidad al fondo de garantía notarial, contra el notario Luis Alberto Valverde Bermúdez, expediente Nº 09-001893-0624-NO, se dicto la resolución que literalmente dice: Dirección Nacional de Notariado. San José, diez horas cuarenta y dos minutos, del treinta y uno de agosto del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4º, 9º, 13 y 140 del Código Notarial, inicio proceso de cese forzoso, contra el(la) notario(a) Luis Alberto Valverde Bermúdez, cédula: 105760554, carné: 7848, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial obliga a todos los notarios a cotizar para el Fondo de garantía (párrafo 3ero. Artículo 9º); establece como causa impeditiva para ejercer el notariado el no pago de las cuotas a dicho fondo (inciso g) artículo 4º y obliga a esta Dirección a decretar el cese forzoso de aquellos notarios que no estén al día en sus cotizaciones a ese fondo (inciso b) del artículo 13), cese que se mantendrá hasta que el notario cancele las cuotas atrasadas. Segundo: Según información suministrada por la Operadora del Fondo de Garantía, y que consta en el Registro de Notarios, el notario Luis Alberto Valverde Bermúdez, debe tener 115 cotizaciones y la Operadora le reporta 84 cotizaciones, tiene un atraso de treinta y un cotizaciones al mes de julio de dos mil nueve. Tercero: El presente proceso administrativo de cese forzoso es de mera constatación (Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99), por lo que habiéndose constatado que el notario Luis Alberto Valverde Bermúdez se encuentra en mora de sus cotizaciones al Fondo de Garantía, se decreta su cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele la totalidad de las cuotas atrasadas indicadas en el hecho segundo. Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la cancelación de las cuotas adeudadas al fondo de garantía. en caso de demostrar que ha cumplido en el plazo indicado, se dará por terminado este proceso; de lo contrario, se ejecutará el cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele las cuotas adeudadas al fondo (artículo 148 Código Notarial). Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá el(la) notario(a) Luis Alberto Valverde Bermúdez, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al notario Luis Alberto Valverde Bermúdez, en su oficina notarial, ubicada en: Puntarenas, Sn Vito, Coto Brus, frente Distribuidora J. J. Edificio Vique; y en su casa de habitación del notario, ubicada en: Puntarenas, San Vito, Bº Canada, 200 sur Tanques AYA., en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por el(la) notario(a) a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares señalados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99 de la Sala Constitucional).

San José, 19 de octubre del 2009 Lic. Roy Jiménez Oreamuno(IN2009092876). Director

3 v. 3.

Que dentro del proceso de cese forzoso por morosidad al fondo de garantía notarial, contra la notaria Gabriela Corrales Fallas, expediente Nº 09-000438-0624-NO, se dicto la resolución que literalmente dice: Dirección

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Nacional de Notariado. San José, quince horas cuatro minutos, del cuatro de mayo del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4º, 9º, 13 y 140 del Código Notarial, inicio proceso de cese forzoso, contra la notaria Gabriela Corrales Fallas, cédula: 107540078, carné: 6494, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial obliga a todos los notarios a cotizar para el Fondo de garantía (párrafo 3ero. Art. 9º); establece como causa impeditiva para ejercer el notariado el no pago de las cuotas a dicho fondo (inciso g) artículo 4º) y obliga a esta Dirección a decretar el cese forzoso de aquellos notarios que no estén al día en sus cotizaciones a ese Fondo (inciso b) del artículo 13), cese que se mantendrá hasta que la notaria cancele las cuotas atrasadas. Segundo: Según información suministrada por la Operadora del Fondo de Garantía, y que consta en el Registro de Notarios, la notaria Gabriela Corrales Fallas, debe tener ciento trece cotizaciones y la Operadora le reporta cuarenta y ocho cotizaciones, tiene un atraso de sesenta y cinco cotizaciones al mes de marzo de dos mil nueve. Tercero: El presente proceso administrativo de cese forzoso es de mera constatación (Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99), por lo que habiéndose constatado que la notaria Gabriela Corrales Fallas se encuentra en mora de sus cotizaciones al Fondo de Garantía, se decreta su cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele la totalidad de las cuotas atrasadas indicadas en el hecho segundo. Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la cancelación de las cuotas adeudadas al fondo de garantía. en caso de demostrar que ha cumplido en el plazo indicado, se dará por terminado este proceso; de lo contrario, se ejecutará el cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele las cuotas adeudadas al fondo (artículo 148 Código Notarial). Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá la notaria Gabriela Corrales Fallas, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al(a la) notario(a) Gabriela Corrales Fallas, en su oficina notarial, ubicada en: calle 22-24, Edificio Tavisa, NO-.2236.; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma en la casa de habitación del(de la) notario(a), ubicada en: Rohrmoser del Súper Triangulo 900 norte 150 oeste, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por la notaria a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares señalados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99 de la Sala Constitucional). Para tal efecto se comisiona a la Policía de Proximidad de Pavas.

San José, 16 de octubre del 2009 Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno(IN2009092877). Director

3 v. 3.

Que dentro del proceso de cese forzoso por morosidad al fondo de garantía notarial, contra el notario Carlos Luis Redondo Gutiérrez, expediente Nº 09-000370-0624-NO, se dicto la resolución que literalmente dice: Dirección Nacional de Notariado. San José, catorce horas cuarenta y tres minutos, del veintitrés de abril del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4º, 9º, 13 y 140 del Código Notarial, inicio proceso de cese forzoso, contra el notario Carlos Luis Redondo Gutiérrez, cédula: 301880996, carné: 1319, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial obliga a todos los notarios a cotizar para el Fondo de garantía (párrafo 3ero. Artículo 9º); establece como causa impeditiva para ejercer el notariado el no pago de las cuotas a dicho fondo (inciso g) artículo 4º y obliga a esta Dirección a decretar el cese forzoso de aquellos notarios que no estén al día en sus cotizaciones a ese fondo (inciso b) del artículo 13), cese que se mantendrá hasta que el notario cancele las cuotas atrasadas. Segundo: Según información suministrada por la Operadora del Fondo de Garantía, y que consta en el Registro de Notarios, el notario Carlos Luis Redondo Gutiérrez, debe tener sesenta y cuatro cotizaciones y la Operadora le reporta veintidós cotizaciones, tiene un atraso de cuarenta y dos cotizaciones al mes de marzo de dos mil nueve. Tercero: El presente proceso administrativo de cese forzoso es de mera constatación (Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99), por lo que habiéndose constatado que el notario Carlos Luis Redondo Gutiérrez se encuentra en mora de sus cotizaciones al Fondo de Garantía, se decreta su cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele la totalidad de las cuotas atrasadas indicadas en el hecho segundo. Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la cancelación de las cuotas adeudadas al Fondo de Garantía. En caso de demostrar que ha cumplido en el plazo indicado, se dará por terminado este proceso; de lo contrario, se ejecutará el cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele las cuotas adeudadas al fondo (artículo 148 Código Notarial). Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo

plazo concedido, deberá el notario Carlos Luis Redondo Gutiérrez, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al notario Carlos Luis Redondo Gutiérrez, en su oficina notarial, ubicada en: San José, 200 sur, 50 este, Clínica Católica.; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma en la casa de habitación del(de la) notario(a), ubicada en: San José, Rohrmoser, 100 este, 175 norte esquina norte Antiguo AID, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por el notario a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares señalados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99 de la Sala Constitucional). Para tal efecto se comisiona a la Policía de Proximidad de Pavas.

San José, 19 de octubre del 2009 Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno(IN2009092878). Director

3 v. 3.

Que dentro del proceso de cese forzoso por morosidad al fondo de garantía notarial, contra la notaria Karolina Meléndez Gamboa, expediente Nº 09-001878-0624-NO, se dicto la resolución que literalmente dice: Dirección Nacional de Notariado. San José, a las diez horas nueve minutos, del treinta y uno de agosto del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4º, 9º, 13 y 140 del Código Notarial, inicio proceso de cese forzoso, contra el(la) notario(a) Karolina Meléndez Gamboa, cédula: 109260975, carné: 9917, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial obliga a todos los notarios a cotizar para el Fondo de garantía (párrafo 3ero. Artículo 9º); establece como causa impeditiva para ejercer el notariado el no pago de las cuotas a dicho fondo (inciso g) artículo 4º) y obliga a esta Dirección a decretar el cese forzoso de aquellos notarios que no estén al día en sus cotizaciones a ese fondo (inciso b) del artículo 13), cese que se mantendrá hasta que la notaria cancele las cuotas atrasadas. Segundo: Según información suministrada por la Operadora del Fondo de Garantía, y que consta en el Registro de Notarios, el notario Karolina Meléndez Gamboa, debe tener 117 cotizaciones y la Operadora le reporta 97 cotizaciones, tiene un atraso de veinte cotizaciones al mes de julio de dos mil nueve. Tercero: El presente proceso administrativo de cese forzoso es de mera constatación (Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99), por lo que habiéndose constatado que la notaria Karolina Meléndez Gamboa se encuentra en mora de sus cotizaciones al Fondo de Garantía, se decreta su cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele la totalidad de las cuotas atrasadas indicadas en el hecho segundo. Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la cancelación de las cuotas adeudadas al Fondo de Garantía. En caso de demostrar que ha cumplido en el plazo indicado, se dará por terminado este proceso; de lo contrario, se ejecutará el cese forzoso, el cual se mantendrá hasta que cancele las cuotas adeudadas al fondo (artículo 148 Código Notarial). Señalamiento para notificaciones: dentro del mismo plazo concedido, deberá la notaria Karolina Meléndez Gamboa, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese a la notaria Karolina Meléndez Gamboa, en su oficina notarial, ubicada en: San José, Pavas, 25 oeste, 100 norte Iglesia María Reina; de igual manera comisiónese a la casa de habitación de la notaria, ubicada en: la misma casa blanca con verjas negras mano derecha, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por la notaria a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar a la notaria en ninguno de los lugares señalados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99 de la Sala Constitucional).

San José, 19 de octubre del 2009 Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno(IN2009092880). Director

3 v. 3.

Que dentro del proceso recuperación de tomo de protocolo, tramitado bajo el expediente 09-001622-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el notario Fernando Villanea Bulgarelli, mediante

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 19

resolución de las diez horas cincuenta y dos minutos del diecinueve de octubre del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, a las trece horas doce minutos del diecinueve de agosto del año dos mil nueve. Constando en el Registro de Notarios, que el notario Fernando Villanea Bulgarelli, cédula: 01-0417-0399, carné: 3883 fue suspendido, de conformidad con los artículos 24 inciso h) y 55, ambos del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días a fin de que proceda a depositar definitivamente su tomo tres de protocolo en el archivo notarial y comunicarlo a esta Dirección. Se advierte a la notaria que de no proceder dentro de dicho plazo a la entrega de este tomo, se podrá realizar la correspondiente denuncia en su contra ante el Ministerio Público por desobediencia a la autoridad (artículo 307 del Código Penal). Una vez, cumplida la suspensión, el notario que desee continuar ejerciendo deberá: a) actualizar sus direcciones, teléfonos y cualquier otra información que hubiese variado, y b) solicitar su rehabilitación en el ejercicio notarial, para que se le autorice la entrega de su siguiente tomo de protocolo. Dentro del mismo plazo concedido, deberá indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, o medio para atender notificaciones. Notifíquese al notario Fernando Villanea Bulgarelli, en su oficina notarial (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional), ubicada en: San José, avenida 7, calles 20 y 22, de Infocoop 75 metros oeste o Barrio El Carmen Paso Ancho, Condominio Cartago, edificio 14, apartamento 201, que consta en el Registro Nacional de Notarios. Por medio del notificador del despacho y la Policía de Proximidad de Paso Ancho.”

San José, 19 de octubre del 2009 Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno(IN2009092881). Director

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Recuperación de Tomo de Protocolo, tramitado bajo el expediente 09-002128-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el notario Hernán Fuentes Martínez, mediante resolución de las trece horas cuarenta y ocho minutos, del diecinueve de octubre del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, a las quince horas cuarenta y nueve minutos del treinta de setiembre de dos mil nueve. Desprendiéndose de la información que consta en el Registro Nacional de Notarios, visible a folios 1 y 2, que el notario Hernán Fuentes Martínez, Se encuentra inactivo, al tenor de los artículos 24 inciso h), 53, 55 y 57, todos del Código Notarial, se concede al licenciado Fuentes Martínez, un plazo improrrogable de ocho días hábiles, a fin de que cumpla con el deber de consignar la razón de cierre y depositar definitivamente en el Archivo Notarial el tomo cinco de su protocolo y lo acredite así a esta Dirección mediante documento idóneo. Asimismo, se le advierte que en caso de no proceder con el depósito del indicado tomo de protocolo, dentro del plazo concedido, se presentara denuncia penal por desobediencia, según el artículo 307 del Código Penal y se procederá a la recuperación de ese volumen por medio de esta Dirección, para lo cual se comisiona a los Profesionales en Derecho de este despacho, quienes al realizar ese acto levantarán el acta respectiva. Notifíquese personalmente en su oficina notarial la presente resolución al licenciado, quien podrá ser habido en San José, avenida seis, calle once, Edificio Ramírez Nº 1163 primer piso, o en su casa de habitación en San José, avenida veinticuatro, calle once y trece, apartamentos Kasin; por medio del notificador del despacho.”

San José, 14 de octubre del 2009 Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno(IN2009092882). Director

3 v. 3.

Que dentro del Proceso de Depósito de Tomo de Protocolo, tramitado bajo el expediente 09-002024-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la notaria María Marcela Vargas Gómez, mediante resolución de las catorce horas doce minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, a las catorce horas doce minutos del veinticuatro de septiembre del año dos mil nueve. Constando en el Registro de Notarios, que la notaria María Marcela Vargas Gómez, cédula: 1-0653-0198, carné: 5853, fue suspendido por un período superior a seis meses, de conformidad con los artículos 24 inciso h) y 55, ambos del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días a fin de que proceda a depositar definitivamente su tomo de protocolo en el archivo notarial y comunicarlo a esta Dirección. Se advierte a la notaria que de no proceder dentro de dicho plazo a la entrega de este tomo, se podrá realizar la correspondiente denuncia en su contra ante el Ministerio Público por desobediencia a la autoridad (artículo 307 del Código Penal). Una vez, cumplida la suspensión, el notario que desee continuar ejerciendo deberá: a) actualizar sus direcciones, teléfonos y cualquier otra información que hubiese variado, y b) solicitar su rehabilitación en el ejercicio notarial, para que se le autorice la entrega de su siguiente tomo de protocolo. Dentro del mismo plazo concedido, deberá indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, o medio para atender notificaciones. Notifíquese a la notaria María Marcela Vargas Gómez, en su oficina notarial (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional), ubicada en: San José, costado sur Funeraria del Recuerdo Barrio Don Bosco; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma en su casa de habitación en: costado sur Funeraria del Recuerdo Barrio Don Bosco, en ambos casos se tomarán

las direcciones reportadas por la notaria a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar a la notaria en ninguno de los lugares señalados, procédase a notificar por medio de edicto. Lic. Roy Jiménez Oreamuno Director”.

San José, 15 de octubre del 2009. Lic. Adolfo Mora Gallardo(IN2009092884). Director a. í.

3 v. 3.

Que dentro del proceso disciplinario por índices, tramitado bajo el expediente 09-000830-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la notaria Carolina Sevilla Víquez, se dictó la resolución que literalmente dice: “Resolución Nº 1528-2009 Dirección Nacional de Notariado. San José, once horas veinticuatro minutos, del tres de julio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra el(la) notario(a) Carolina Sevilla Víquez, carné 10201, cédula 1-853-398, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, el(la) notario(a) Carolina Sevilla Víquez, no ha presentado el(los) índice(s) correspondiente(s) a la(s) siguiente(s) quincena(s): I julio 2007, II julio 2007, I agosto 2007, II agosto 2007, I setiembre 2007, II setiembre 2007, I octubre 2007, II octubre 2007, I noviembre 2007, II noviembre 2007, I diciembre 2007, II diciembre 2007, I enero 2008, II enero 2008, I febrero 2008, II febrero 2008, I marzo 2008, II marzo 2008, I abril 2008, II abril 2008, I mayo 2008, II mayo 2008, I junio 2008, II junio 2008, I julio 2008, II julio 2008, I agosto 2008, II agosto 2008, I setiembre 2008, II setiembre 2008, I octubre 2008, II octubre 2008, I noviembre 2008, II noviembre 2008, I diciembre 2008, II diciembre 2008, I enero 2009, II enero 2009, I febrero 2009, II febrero 2009, I marzo 2009, II marzo 2009, I abril 2009. Tercero: de conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando que el(la) notario(a) Carolina Sevilla Víquez al dictado de esta resolución, según consulta al Archivo Notarial (por medio de Internet en su Sistema Index) no ha presentado el(los) índice(s) indicado(s) SE le suspende con un mes por cada índice, sea un total de cuarenta y tres meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento y la misma comenzará a regir al octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial (articulo 161 Código Notarial). Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir, se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. Contra esta resolución únicamente cabe el recurso de revocatoria. Señalamiento para notificaciones: dentro del mismo plazo concedido, deberá el(la) notario(a) Carolina Sevilla Víquez, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al(a la) notario(a) Carolina Sevilla Víquez, por medio de la Policía de Proximidad de Escazú en su oficina notarial ubicada en: Plaza Colonial, Escazú, segundo piso, oficina 29; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José en la casa de habitación del(de la) notario(a), ubicada en: El Alto, Guadalupe, de las Antenas de Monumental 300 metros oeste, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por el(la) notario(a) a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares antes citados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional).”

San José, 19 de octubre del 2009 Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno(IN2009092885). Director

3 v. 3.

Page 20: AÑO CXV La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de ... · PDF file1-882-754 venegas vargas adriana 13.880,19 ... 3-073-723 serrano martinez berta 16.546,42 ... 1-947-110 morales

Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Que dentro del proceso disciplinario por índices, tramitado bajo el expediente 09-000861-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el notario Ramiro Dennis Smith, se dictó la resolución que literalmente dice: “Resolución Nº 1323-2009 Dirección Nacional de Notariado. San José, quince horas cuarenta y nueve minutos del veinticinco de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra el(la) notario(a) Ramiro Dennis Smith, carné 8449, cédula 3-317-884, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, el notario Ramiro Dennis Smith, no ha presentado los índices correspondientes a las siguientes quincenas: I enero 2007, II enero 2007, I febrero 2007, II febrero 2007, I marzo 2007, II marzo 2007, I abril 2007, II abril 2007, I mayo 2007, II mayo 2007, I junio 2007, II junio 2007, I julio 2007, II julio 2007, I agosto 2007, II agosto 2007, I setiembre 2007, II setiembre 2007, I octubre 2007, II octubre 2007, I noviembre 2007, II noviembre 2007, I diciembre 2007, II diciembre 2007, I enero 2008, II enero 2008, I febrero 2008, II febrero 2008, I marzo 2008, II marzo 2008, I abril 2008, II abril 2008, I mayo 2008, II mayo 2008, I junio 2008, II junio 2008, I julio 2008, II julio 2008, I agosto 2008, II agosto 2008, I setiembre 2008, II setiembre 2008, I octubre 2008 y II octubre 2008. Tercero: De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando que el notario Ramiro Dennis Smith al dictado de esta resolución, según consulta al Archivo Notarial (por medio de Internet en su Sistema Index) no ha presentado el(los) índice(s) indicado(s) se le suspende con un mes por cada índice, sea un total de cuarenta y cuatro meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento y la misma comenzará a regir al octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial (artículo 161 Código Notarial). Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir, se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. Contra esta resolución únicamente cabe el recurso de revocatoria. Señalamiento para notificaciones: dentro del mismo plazo concedido, deberá el(la) notario(a) Ramiro Dennis Smith, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al(a la) notario(a) Ramiro Dennis Smith, en su oficina notarial ubicada en: San José, Central, Edificio Colón 2 cuadras norte, 100 este; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma por medio del Destacamento de la Fuerza Pública de Belén, en la casa de habitación del(de la) notario(a), ubicada en: Heredia, Belén, La Rivera 200 norte, 25 este, Súper Marcelo, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por el(la) notario(a) a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares antes citados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional).”

San José, 19 de octubre del 2009 Lic. Roy Jiménez Oreamuno(IN2009092886). Director

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Disciplinario por Índices, tramitado bajo el expediente 09-001052-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la notaria Lizbeth Cardona Campos, se dictó la resolución que literalmente dice: “RES. 1529-2009. Dirección Nacional De Notariado. San José, once horas veintisiete minutos del tres de julio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra el(la) notario(a) Lizbeth Cardona Campos, carné 8148, cédula 108190306, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber

de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, el(la) notario(a) Lizbeth Cardona Campos, no ha presentado el(los) índice(s) correspondiente(s) a la(s) siguiente(s) quincena(s): de la primera de enero de 2007 a la segunda de julio de 2008.-. (38 quincenas).- Tercero: De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando que el(la) notario(a) Lizbeth Cardona Campos al dictado de esta resolución, según consulta al Archivo Notarial (por medio de Internet en su Sistema Index) no ha presentado el(los) índice(s) indicado(s) se le suspende con un mes por cada índice, sea un total de treinta y ocho meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento y la misma comenzará a regir al octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial (art. 161 Código Notarial). Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación del(de los) índice(s) señalado(s), bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir,se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. Contra esta resolución únicamente cabe el recurso de revocatoria. Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá el(la) notario(a) Lizbeth Cardona Campos, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al(a la) notario(a) Lizbeth Cardona Campos, en su oficina notarial ubicada en: San José, Edif. Omni 6 piso ultima oficina Standard Fruit C.; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma en la casa de habitación del(de la) notario(a), ubicada en: Guadalupe Mata Plátano res. La Pradera casa N- 6 E, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por el(la) notario(a) a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares antes citados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional).

San José, 19 de octubre del 2009 Lic. Roy Jiménez Oreamuno(IN2009092889) Director

3 v. 2.

Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-001590-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el notario Giancarlo Hernández Cabalceta, mediante resolución de las diez horas diez minutos del once de agosto del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, a las diez horas diez minutos del once de agosto del año dos mil nueve. Constando en el Registro de Notarios, que el notario Giancarlo Hernández Cabalceta, cédula: 05-0291-0599, carné: 13397, fue suspendido, de conformidad con los artículos 24 inciso h) y 55, ambos del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días a fin de que proceda a depositar definitivamente su tomo primero de protocolo en el archivo notarial y comunicarlo a esta Dirección. Se advierte a la notaria que de no proceder dentro de dicho plazo a la entrega de este tomo, se podrá realizar la correspondiente denuncia en su contra ante el Ministerio Público por desobediencia a la autoridad (artículo 307 del Código Penal). Una vez, cumplida la suspensión, el notario que desee continuar ejerciendo deberá: a) actualizar sus direcciones, teléfonos y cualquier otra información que hubiese variado, y b) solicitar su rehabilitación en el ejercicio notarial, para que se le autorice la entrega de su siguiente tomo de protocolo. Dentro del mismo plazo concedido, deberá indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, o medio para atender notificaciones. Notifíquese al notario Giancarlo Hernández Cabalceta, en su oficina notarial (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional), ubicada en: Guanacaste, Santa Cruz, costado sur del parque, que consta en el Registro Nacional de Notarios. Se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Santa Cruz Lic. Roy Jiménez Oreamuno Director”.

San José, 16 de octubre del 2009. Lic. Adolfo Mora Gallardo(IN2009092891). Director a. í.

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-001633-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el notario Gabriela Rojas Vargas , mediante resolución de las trece horas veintisiete minutos del diecinueve de agosto del año dos mil nueve, se dispuso: “ Dirección Nacional de Notariado. San José, a las trece

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horas veintisiete minutos del diecinueve de agosto del año dos mil nueve. Constando en el Registro de Notarios, que el notario Gabriela Rojas Vargas, cédula: 06-0116-0348, carné: 9136 fue suspendido, de conformidad con los artículos 24 inciso h) y 55, ambos del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días a fin de que proceda a depositar definitivamente su tomo uno de protocolo en el archivo notarial y comunicarlo a esta Dirección. Se advierte a la notaria que de no proceder dentro de dicho plazo a la entrega de este tomo, se podrá realizar la correspondiente denuncia en su contra ante el Ministerio Público por desobediencia a la autoridad (artículo 307 del Código Penal). Una vez, cumplida la suspensión, el notario que desee continuar ejerciendo deberá: a) actualizar sus direcciones, teléfonos y cualquier otra información que hubiese variado, y b) solicitar su rehabilitación en el ejercicio notarial, para que se le autorice la entrega de su siguiente tomo de protocolo. Dentro del mismo plazo concedido, deberá indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, o medio para atender notificaciones. Notifíquese al notario Gabriela Rojas Vargas, en su oficina notarial (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional), ubicada en: San José, Desamparados, Patarra, Guatuzo, de la fabrica de puertas 800 metros oeste o Tirrases, Curridabat, Colonia Cruz Avv 75 metros norte y 50 este, que consta en el Registro Nacional de Notarios. Por medio de la Policía de Proximidad de Patarra y la oficina centralizada de notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director”.

San José, 16 de octubre del 2009. Lic. Adolfo Mora Gallardo(IN2009092892). Director a. í.

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-001574-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la notaria Gabriela Castro Mora, mediante resolución de las ocho horas trece minutos del once de agosto del año dos mil nueve, se dispuso: “ Dirección Nacional de Notariado. San José, a las ocho horas trece minutos del once de agosto del año dos mil nueve. Constando en el Registro de Notarios, que la notaria Gabriela Castro Mora, cédula: 01-0916-0263, carné: 12002, fue suspendida, de conformidad con los artículos 24 inciso h) y 55, ambos del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días a fin de que proceda a depositar definitivamente su tomo primero de protocolo en el archivo notarial y comunicarlo a esta Dirección. Se advierte a la notaria que de no proceder dentro de dicho plazo a la entrega de este tomo, se podrá realizar la correspondiente denuncia en su contra ante el Ministerio Público por desobediencia a la autoridad (artículo 307 del Código Penal). Una vez, cumplida la suspensión, el notario que desee continuar ejerciendo deberá: a) actualizar sus direcciones, teléfonos y cualquier otra información que hubiese variado, y b) solicitar su rehabilitación en el ejercicio notarial, para que se le autorice la entrega de su siguiente tomo de protocolo. Dentro del mismo plazo concedido, deberá indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, o medio para atender notificaciones. Notifíquese a la notaria Gabriela Castro Mora, en su oficina notarial (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional), ubicada en: San José, Escazú, Guachipelín, 250 metros norte de BAC San José, que consta en el Registro Nacional de Notarios. Lic. Roy Jiménez Oreamuno, Director”.

San José, 15 de octubre del 2009. Lic. Adolfo Mora Gallardo(IN2009092893). Director a. í.

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-001257-0624-NO, establecido por dirección nacional de notariado contra la notaria Susan Robles Arce, mediante resolución de las diez horas treinta y seis minutos del dos de julio del año dos mil nueve, se dispuso: “ Dirección Nacional De Notariado. San José, diez horas treinta y seis minutos del dos de julio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra el(la) notario(a) Susan Robles Arce, carné 15953, cédula 1-977-789, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, el(la) notario(a) Susan Robles Arce, no ha presentado el(los) índice(s) correspondiente(s) a la(s) siguiente(s) quincena(s): I enero 2007, II enero 2007, I febrero 2007, II febrero 2007, I marzo 2007, II marzo 2007, I abril 2007, II abril 2007, I mayo 2007, II mayo 2007, I junio 2007, II junio 2007, I julio 2007, II julio 2007, I agosto 2007, II agosto 2007, I setiembre 2007, II setiembre 2007, I octubre 2007, II octubre 2007, I noviembre 2007, II noviembre 2007, I diciembre 2007, II diciembre 2007, I enero 2008, II enero 2008, I febrero 2008, II febrero 2008, I marzo 2008, II marzo 2008, I abril 2008, II abril 2008, I mayo 2008, II mayo 2008, I junio 2008, II junio 2008, I julio 2008, II julio 2008, I agosto 2008, II agosto 2008, I setiembre 2008, II setiembre 2008, I octubre 2008, II octubre 2008, I noviembre 2008, II noviembre 2008 y I diciembre 2008. Tercero: De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando

que el(la) notario(a) Susan Robles Arce al dictado de esta resolución, según consulta al Archivo Notarial (por medio de Internet en su Sistema Index) no ha presentado el(los) índice(s) indicado(s) se le suspende con un mes por cada índice, sea un total de cuarenta y siete meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento y la misma comenzará a regir al octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial (art. 161 Código Notarial). Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación del(de los) índice(s) señalado(s), bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. Contra esta resolución únicamente cabe el recurso de revocatoria. Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá el(la) notario(a) Susan Robles Arce, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al(a la) notario(a) Susan Robles Arce, por medio de la Policía de Proximidad de Escazú en su oficina notarial ubicada en: San José, Escazú, Centro Comercial Plaza Escazú, local 6.; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma en la casa de habitación del(de la) notario(a), ubicada en: Escazú, San Antonio, 200 oeste Ferretería Aguilar, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por el (la) notario(a) a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares antes citados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional).

San José, 20 de octubre del 2009 Lic. Roy Jiménez Oreamuno(IN2009092894) Director

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-001136-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la notaria Natalia Di Pipa Estrada, mediante resolución de las nueve horas cuarenta y un minutos, del veinticinco de junio del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección Nacional De Notariado. San José, nueve horas cuarenta y un minutos, del veinticinco de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra la notaria Natalia Di Pipa Estrada, carné 15572, cédula: 01-1091-0135, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, certificada por esta Dirección y cuyo original se conserva en el Archivo del despacho, la notaria Natalia Di Pipa Estrada, no ha presentado los índices correspondientes a las siguientes quincenas: primera de enero, segunda de enero, primera de febrero, segunda de febrero, primera de marzo, segunda de marzo, primera de abril, segunda de abril, primera de mayo, segunda de mayo, primera de junio, segunda de junio, primera de julio, segunda de julio, primera de agosto, segunda de agosto, primera de setiembre, segunda de setiembre, primera de octubre, segunda de octubre, primera de noviembre, segunda de noviembre, primera de diciembre y segunda de diciembre del 2007, primera de enero, segunda de enero, primera de febrero, segunda de febrero, primera de marzo, segunda de marzo, primera de abril, segunda de abril, primera de mayo, segunda de mayo, primera de junio, segunda de junio, primera de julio, segunda de julio, primera de agosto, segunda de agosto y primera de setiembre del 2008. Tercero: De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando que la notaria Natalia Di Pipa Estrada omitió presentar el índice indicados se le suspende con un mes por cada índice, sea un total de 41 meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento. Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación

Page 22: AÑO CXV La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de ... · PDF file1-882-754 venegas vargas adriana 13.880,19 ... 3-073-723 serrano martinez berta 16.546,42 ... 1-947-110 morales

Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

de los índices señalados, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir, se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá la notaria Natalia Di Pipa Estrada, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese a la notaria Natalia Di Pipa Estrada, en su oficina notarial (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional), ubicada en: San José, Zapote, costado oeste iglesia, centro Comercial Unicentro, la dirección reportada por el notario a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Se comisiona a la policía proximidad de Zapote.

San José, 20 de octubre del 2009 Lic. Roy Jiménez Oreamuno(IN2009092896) Director

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-001132-0624-NO, establecido por dirección nacional de notariado contra el notario Max Rojas Guitart, mediante resolución de las nueve horas treinta minutos, del veinticinco de junio del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, nueve horas treinta minutos, del veinticinco de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra el notario Max Rojas Guitart, carné 6934, cédula: 01-0737-0947, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, certificada por esta Dirección y cuyo original se conserva en el Archivo del despacho, al notario Max Rojas Guitart, no ha presentado los índices correspondientes a las siguientes quincenas: primera de enero, segunda de enero, primera de febrero, segunda de febrero, primera de marzo, segunda de marzo, primera de abril, segunda de abril, primera de mayo, segunda de mayo, primera de junio, segunda de junio, primera de julio, segunda de julio, primera de agosto, segunda de agosto, primera de setiembre, segunda de setiembre, primera de octubre, segunda de octubre, primera de noviembre, segunda de noviembre, primera de diciembre y segunda de diciembre del 2007, primera de enero, segunda de enero, primera de febrero, segunda de febrero, primera de marzo, segunda de marzo, primera de abril, segunda de abril, primera de mayo, segunda de mayo, primera de junio, segunda de junio, primera de julio, segunda de julio, primera de agosto, segunda de agosto, primera de setiembre, segunda de setiembre, primera de octubre, segunda de octubre, primera de noviembre, segunda de noviembre, primera de diciembre y segunda de diciembre del 2008, primera de enero y segunda de enero del 2009. Tercero: De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando que el notario Max Rojas Guitart omitió presentar el índice indicados se le suspende con un mes por cada índice, sea un total de 50 meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento. Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir, se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá el notario Max Rojas Guitart, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido,

imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al notario Max Rojas Guitart, en su oficina notarial (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional), ubicada en: San José, Pavas, 150 sur y 50 oeste de canal 7, la dirección reportada por el notario a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Se comisiona al Juzgado Contravencional de Pavas.

San José, 20 de octubre del 2009 Lic. Roy Jiménez Oreamuno(IN2009092897) Director

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-000982-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el notario Jorge Hernández Díaz, mediante resolución de las trece horas cincuenta y uno minutos, del quince de junio del año dos mil nueve, se dispuso: “ Dirección Nacional de Notariado. San José, trece horas cincuenta y uno minutos, del quince de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra el(la) notario(a) Jorge Hernández Díaz, carné 13194, cédula 1-827-456, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, el notario Jorge Hernández Díaz, no ha presentado los índices correspondientes a las siguientes quincenas: II marzo 2008, II marzo 2009, I abril 2009. Tercero: De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando que el notario Jorge Hernández Díaz al dictado de esta resolución, según consulta al Archivo Notarial (por medio de Internet en su Sistema Index) no ha presentado el(los) índice(s) indicados se le suspende con un mes por cada índice, sea un total de tres meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento y la misma comenzará a regir al octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial (artículo 161 Código Notarial). Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir, se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. Contra esta resolución únicamente cabe el recurso de revocatoria. Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá el(la) notario(a) Jorge Hernández Díaz, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al(a la) notario(a) Jorge Hernández Díaz, en su oficina notarial ubicada en: San José, de la Clínica Bíblica 325 oeste Contiguo Taller Medina; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, en la casa de habitación del(de la) notario(a), ubicada en: San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización La Pacifica, Apartamentos Melisa Nº 7, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por el(la) notario(a) a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares antes citados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional).”

San José, 20 de octubre del 2009. Lic. Roy Jiménez Oreamuno (IN2009092898). Director

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-000805-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la notaria Berta Ramírez Benavides, mediante resolución

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 23

de las catorce horas cuarenta y dos minutos del veintinueve de junio del año dos mil nueve, se dispuso: “ Dirección Nacional de Notariado. San José a las catorce horas cuarenta y dos minutos del veintinueve de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra la notaria Berta Ramírez Benavides, carné 2642, cédula de identidad número 6-0101-1096 basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, la notaria Berta Ramírez Benavides, no ha presentado los índices correspondientes a las siguientes quincenas: segunda de enero, primera y segunda de febrero, primera y segunda de marzo, primera y segunda de abril, primera y segunda de mayo primera y segunda de junio, primera y segunda de julio, primera y segunda de agosto, primera y segunda de setiembre, primera y segunda de octubre, primera y segunda de noviembre, primera y segunda de diciembre del 2007. Primera y segunda de enero, primera y segunda de febrero, primera y segunda marzo, primera y segunda de abril, primera y segunda de mayo, primera y segunda de junio, primera y segunda de julio, primera y segunda de agosto, primera y segunda de setiembre, primera y segunda de octubre, primera y segunda noviembre, primera y segunda de diciembre del 2008. Primera y segunda de enero, primera y segunda de febrero y primera y segunda de marzo del 2009. Tercero: De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando que la notaria Berta Ramírez Benavides al dictado de esta resolución, según consulta al Archivo Notarial (por medio de Internet en su Sistema Index) no ha presentado los índices indicados se le suspende con un mes por cada índice, sea un total de cincuenta y tres meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento y la misma comenzará a regir al octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial (artículo 161 Código Notarial). Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir, se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. Contra esta resolución únicamente cabe el recurso de revocatoria. señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá la notaria Berta Ramírez Benavides, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese a la notaria Berta Ramírez Benavides, por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del I Circuito Judicial de San José, en la dirección reportada como su oficina notarial y que su vez es su casa de habitación sea en San Francisco de Dos Ríos, Urbanización El Bosque, casa 456. En caso de que no sea posible localizar a la citada profesional, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional).

San José, 20 de octubre del 2009 Lic. Roy Jiménez Oreamuno(IN2009092899). Director

3 v. 3.

Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-000767-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el notario Alfredo Rodríguez Cordero, mediante resolución de las diez horas cincuenta y ocho minutos del quince de junio del año dos mil nueve, se dispuso: “ Dirección Nacional de Notariado. San José, a las diez horas cincuenta y ocho minutos del quince de junio del

año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra el notario Alfredo Rodríguez Cordero, carné 2581, titular de la cédula de identidad número nueve-cero treinta y siete-cero seis dos, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: Primero: El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). Segundo: Según información suministrada por el Archivo Notarial, el notario, no ha presentado el(los) índice(s) correspondiente(s) a la(s) siguiente(s) quincena(s): segunda de noviembre y la primera y segunda de diciembre de dos mil siete; primera y segunda de enero, febrero y marzo, así como la primera de abril de dos mil ocho. Tercero: De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional en Voto Nº 8197-99, el presente proceso disciplinario administrativo es de mera constatación, por lo que constando que el notario Alfredo Rodríguez Cordero al dictado de esta resolución, según consulta al Archivo Notarial (por medio de Internet en su Sistema Index) no ha presentado el(los) índice(s) indicado(s) se le suspende con un mes por cada índice, sea un total de diez meses. Conforme lo establece el artículo 148 del Código Notarial, la suspensión impuesta se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento y la misma comenzará a regir al octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial (artículo 161 Código Notarial). Cuarto: A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 153 del Código Notarial, se le concede el plazo de ocho días hábiles, para que acredite mediante documento idóneo, haber cumplido con la presentación del(de los) índice(s) señalado(s), bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a ejecutar la suspensión impuesta. En caso de demostrar que ha cumplido, antes de la notificación de ésta resolución, se dará por terminado este proceso y de hacerlo en fecha posterior, la sanción se reducirá a la mitad. En caso de que la suspensión ya haya empezado a regir, se aplicará la misma reducción, siempre que el tiempo transcurrido así lo permita. Contra esta resolución únicamente cabe el recurso de revocatoria. Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá el notario, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al(a la) notario(a), en su oficina notarial ubicada en: San José, avenida central calle 1 y 3 Edificio Elzama 2 piso oficina Nº 3; de no prosperar la notificación en dicho lugar, practíquese la misma en la casa de habitación del(de la) notario(a), ubicada en: Desamparados C. Central C. N. 512, en ambos casos se tomarán las direcciones reportadas por el notario a esta Dirección y que constan en el Registro Nacional de Notarios. Si no se lograre localizar al(a la) notario(a) en ninguno de los lugares antes citados, procédase a notificar por medio de edicto (Voto Nº 8197-99, de la Sala Constitucional).

San José, 20 de octubre del 2009 Lic. Roy Jiménez Oreamuno(IN2009092900). Director

3 v. 3.

TRIBUNALES DE TRABAJO

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

A las diez horas del primero de diciembre de dos mil nueve, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado al mejor postor, soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 322, asiento 10682, así como hipoteca de primer grado anotada al tomo 501, asiento 5780 a favor del Banco de Costa Rica. Para el primer remate y con la base de la hipoteca de segundo grado ya vencida a favor de Delimar S y R S. A, inscrita al tomo 525, asiento 18204, sea por la suma de un millón quinientos mil colones, remataré: inmueble inscrito al folio real, partido de Alajuela, matrícula ciento ochenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y ocho-cero

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cero cero, y que se describe así: terreno de potrero con una casa, sito en el distrito primero Quesada, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela, linda: al norte, Aquiles Hidalgo Gómez; sur, William Ávila Salas; este, Guillermo Salazar Rodríguez; y oeste, calle privada en medio Leonel Solís Piedra. Mide tres mil trescientos treinta y siete metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Propiedad que pertenece a Randall Solano Rojas. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón ciento veinticinco mil colones se señalan las nueve horas del diecisiete de diciembre de dos mil nueve. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de trescientos setenta y cinco mil colones, se señalan las nueve horas del quince de enero de dos mil diez. Se remata por haberse ordenado en demanda laboral de Emiliano Chacón Quesada contra Randall Solano Rojas. Expediente 08-300183-0317-LA.1.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 6 de octubre del 2009.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—(IN2009095709).

A las diez horas del doce de enero del año dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho y con la base de un millón quinientos mil colones, (prenda de primer grado vencida), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Eagle, estilo Summit DL, categoría automóvil, año mil novecientos noventa y tres, carrocería Station Wagon familiar, capacidad cinco personas, cilindros cuatro, color beige, motor marca Mitsubishi, número cuatro G nueve tres BJ tres uno seis cuatro, combustible gasolina, cilindrada mil ochocientos centímetros cúbicos, placa particular trescientos cinco mil seiscientos noventa y siete. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Lourdes Esquivel Vásquez contra Inversiones Alvarado Lizano S. A. Exp. 00-300006-0468-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 8 de octubre del 2009.—Lic. Sédier Villegas Méndez, Juez.—(IN2009095712).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las ocho horas treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón cuarenta y cinco mil setecientos ochenta y ocho colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. Dos urnas para exhibición: A) Urna de 1.20 metros de largo x 40 centímetros de ancho x 1 metro de alto. Vidrio en sobre y alrededor y en dos estantes, sin puertas, de aluminio. B) Urna de hierro, color crema, tubo cuadrado de media pulgada, vidrios por todo lado excepto atrás donde tiene dos puertas de metal, mide 1.85 de largo x 50 centímetros de ancho x 1 metro de alto, con dos estantes de vidrio, buen estado. 2. Una fotocopiadora marca Cannon modelo F125600, serie N° CYB09209, color beige con rodines en buen estado. 3. Silla metálica, tubo redondo niquelado con descansa pies, sin respaldar, asiento circular roto, regular estado. 4. Un estante o mueble de estantería metálico, modular crema, seis largueros, veinte estantes o niveles, largueros miden 2 metros, los estantes miden 1.20 metros x 0.40 metros. 5. Una máquina registradora de dinero marca Sharp XE-A110 serie N° 08195660 color beige, gaveta con nueve comportamientos para billetes y menudo, las luces de pantalla defectuosa, solo se dibuja parte de la pantalla. 6. Un aparato para fax y teléfono marca Panasonic, color gris modelo KX-F8990LA serie N° BGBRC128021 en buen estado. 7. Radio grabadora Hitachi, doble casetera, modelo TRK-W260W, serie N° C60603806, color negro, baterías y electricidad, con cinta adhesiva al frente. 8. Urna de aluminio, vidrio por todo lado incluyendo sobre, con un estante de vidrio 1 metro largo x 0.40 metros ancho, altura 1 metro, no tiene puertas. 9. Ventilador de pared número 008154. 10. Una engrapadora manual, marca KW-trio, de aproximadamente 40 centímetros. 11. Cinco engrapadoras marca Swingline, dos modelo 314 y tres modelo 1093. 12. Siete sacabocados, perforadoras manuales. 5 marcas KWO-trio. 3 marca Wenda. 13. Cuatro dispensadores de cinta, tres marca daily Line y uno Germen C 300. 14. Tres recipientes para colocar lapiceros marca Tenex. 15. Seis sellos fecheros marca Cox . 16. 7 rollos de etiquetas para expedientes. 17. Diez frascos para tinta de almohadillas marca Hellos Carbex. 18. Diecisiete plumillas. 19. Dos diccionarios Básicos Larousse. 20. Cinco organizadores plásticos escolares pequeños. 21. Un archivo de documentos de cartón. 22. Un archivador de documentos plástico. 23. Dos rollos de papel para fax. 24. Siete láminas de molde para letras marca Cox. 25. Dos moldes de acero inoxidable pequeños, marca Cox. 26. Engrapadora manual metálica KWO-trio 8513 Multitaker. 27. Noventa y cuatro escuadras plásticas marcas Baco: 34 grandes y 60 pequeñas. 28. Dos organizadores de tarjetas marca KW-trio. 29. Nueve lupas marca Pointer. 30. Cuatro almohadillas para tinta marca Pelikan y Artline. 31. Dos tijeras marca barrilito 142-7. 32. Ocho estuches de crayones marca Plastidecor. 33. Tres cajas de lápices de color Bic 12 lápices largos. 34. Cuatro cajas de lápices de color Bic 12 lápices grandes. 35. Trece cajas de lápices de color Bic 12 lápices pequeños. 36. Veintiún transportadores: 19 grandes marca Cox, 2 pequeños marca Wengan. 37. Treinta y tres juegos de geometría marca Extreme y Etaedtler. 38. Cinco estuches con dos reglas gráficas. 39. Seis compás plásticos marca Vinci. 40. Dos pistolas para silicone marca Merletto. 41. Una engrapadora marca KW-trio 8513 Power. 42. Ciento treinta y seis marcadores. 43. Veintiocho marcadores marcas marca Bic. 44. Siete resmas de papel marca Paperlaine con 500 hojas. 45. Treinta y cinco cuadernos escolares y diecinueve cuadernos engrapados: 13 de resortes, 11 marca Skipper, 5 pequeños, 6 grandes, 19 cuadernos engrapados distintas marcas. 46. 37 paquetes de hojas blancas que se describen: 17 paquetes de hojas pequeñas, 12 paquetes de hojas medianos, 5 paquetes de hojas

grandes, 3 paquetes de hojas rayadas y perforadas. 47. 19 anteojos para sol Fashion Italia. Se remata por ordenarse así en proceso Ordinario laboral de Diana Navarrete González contra Diana Zamora Marín, Exp. 06-000071-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 7 de octubre del 2009.—Lic. Silvia Palma Elizondo, Jueza.—(IN2009095713).

A las diez horas del quince de diciembre del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: 4 mesas de aluminio para 4 personas, 2 mesas de aluminio para 2 personas, 11 mesas metálicas individuales sobre forrado en formica para 4 sillas, 38 sillas metálicas individuales asiento forrado en vinil verde, 1 urna de mantenimiento con vidrio 1.80 metros de ancho por 1.30 metros de alto, 1 televisor pantalla negra con café a colores de 28 pulgadas Track x 5 estéreo. Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Juan Aguilar Aguilar contra Pizza Dos X Uno Sociedad Anónima. Exp. 02-001623-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de octubre del 2009.—Lic. Manuel Rodríguez Carrillo, Juez.—(IN2009095735).

A las once horas del diecinueve de enero del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de quinientos mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y siete mil seiscientos treinta y uno situada en el distrito primero Tejar, cantón octavo, El Guarco, terreno cultivado de café, potrero agrícola, linderos: norte, sociedad Pirie y Pacheco; sur, este, y oeste, con camino público en medio y otro. Mide ciento diecinueve mil metros cuadrados. En caso que al primer remate no se presenten postores, para llevar a cabo el segundo remate, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones, se señalan las once horas del cinco de febrero del dos mil diez. En el caso de no presentarse postores, se señalan las once horas del diecinueve de febrero del dos mil diez, a efecto de llevar a cabo el tercer remate con la base de ciento veinticinco mil colones. Se remata por ordenarse así en proceso Otros Ord. Sector Privado de Carlos Alberto Navarro Montero contra Hacienda Agua Caliente S. A. Exp. 00-300653-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 19 de octubre del 2009.—Lic. María Marta Barrantes Ramírez, Jueza.—(IN2009095736).

ConvocatoriasA todos los socios o miembros de la Cooperativa Autogestionaria

de Atención al Niño y al Enfermo de Barranca R. L., se le hace saber que se verificará en este Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de esta ciudad, una junta con el fin de que elijan un representante legal, la junta se verificará a las ocho horas treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil nueve, la misma se efectuará cualquier que sea el número de socios presentes y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún asociado, el Juez hará el nombramiento. Artículo 266 del Código Procesal Civil en relación con el 452 del Código de Trabajo. Expediente N° 06-000859-643-LA-3. Disolución de Cooperativas de Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (Infocoop) contra Cooperativa Autogestionaria de Atención al Niño y al Enfermo de Barranca R. L.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, veintidós de mayo del dos mil nueve.—Lic. Sonia Patricia Abarca García, Jueza.—1 vez.—(IN2009095597).

CausahabientesA los causahabientes de quien en vida se llamó Francisco Javier

Salazar Rosales, quien fue mayor, soltero, vecino de San Rafael de Heredia, Urbanización el Ensueño, casa número siete, con cédula de identidad número 1-0634-0302, se les hace saber que Margarita Rosales Umaña, portadora de la cédula de identidad número 1-0219-0667, vecina de El Carmen de Guadalupe, del Abastecedor Zeus, setenta y cinco metros oeste, se apersonó en este despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Francisco Javier Salazar Rosales, expediente Nº 09-000641-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 19 de octubre del 2009.—Lic. Ingrid Ileana Gregory Wang, Jueza.—1 vez.—(IN2009095687).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Dauve Rodríguez Arce, quien fue mayor, casado, Jefe de Remesas del Banco de Costa Rica, vecino de San Roque de Barva de Heredia, con cédula de identidad número 4-114-305, se les hace saber que Maricel Barrantes Santamaría, portadora de la cédula de identidad número 6-147-032, vecina de San Roque de Barva de Heredia, de la entrada principal, 25 metros sur y 25 al este, casa a mano derecha, color beige N° 79, se apersonó en este despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 25

edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Dauve Rodríguez Arce, expediente Nº 09-000263-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 14 de mayo del año 2009.—Lic. Ingrid Ileana Gregory Wang, Jueza.—1 vez.—(IN2009095688).

Se cita y emplaza a todas aquellas personas que en condición de causahabientes de quien en vida se llamó Fernando Alexis Campos Loaiza, quien fuera mayor, casado, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero ciento treinta y dos-cero trescientos treinta y uno, vecino de Pérez Zeledón, se crean con derecho a las sumas que deben depositar a este juzgado como ahorros obligatorios del Fondo de Capitalización Laboral (Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias y Fondo de Capitalización Laboral) en Banco BAC San José, deben comparecer dentro de ocho días a partir de la publicación de este edicto a este despacho, la suma que depositen lo distribuirá el suscrito Juez, de acuerdo con lo establecido por el artículo 85 reformado del Código de Trabajo (Proceso por Devolución de Cuotas de Trabajador fallecido N° 09-300230-0857-LA. Interno Nº 233-09-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Óscar Mena Valverde.—1 vez.—(IN2009095689).

Se cita y emplaza a todas aquellas personas que en condición de causahabientes de quien en vida se llamó Isabel Venegas Gamboa, quien fuera mayor, casado portadora de la cédula de identidad número uno-cero ochocientos cincuenta y tres-cero ochocientos treinta y cuatro, vecino de Pérez Zeledón, se crean con derecho a las sumas que deben depositar a este juzgado como ahorros obligatorios del Fondo de Capitalización Laboral (Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias y Fondo de Capitalización Laboral) en Banco Nacional de Costa Rica deben comparecer dentro de ocho días a partir de la publicación de este edicto a este despacho, la suma que depositen lo distribuirá el suscrito Juez, de acuerdo con lo establecido por el artículo 85 reformado del Código de Trabajo (Proceso por devolución de cuotas de trabajador fallecido N° 09-300211-0857-LA, Interno Nº 214-09-1.—Juzgado Civil y Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 30 de setiembre de 2009.—Lic. Carlos Contreras Reyes.—1 vez.—(IN2009095690).

Se cita y emplaza a todas aquellas personas que en condición de causahabientes de quien en vida se llamó Tobías Naranjo Rodríguez, quien fuera mayor, casado, portador de la cédula de identidad número dos-cero doscientos sesenta y ocho-cero seiscientos ochenta y siete, vecino de Pérez Zeledón, se crean con derecho a las sumas que deben depositar a este juzgado como ahorros obligatorios del Fondo de Capitalización Laboral (Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias y Fondo de Capitalización Laboral) en el Banco Nacional de Costa Rica y a la Caja Costarricense de Seguro Social, deben comparecer dentro de ocho días a partir de la publicación de este edicto a este despacho, la suma que depositen lo distribuirá el suscrito juez, de acuerdo con lo establecido por el artículo 85 reformado del Código de Trabajo (Proceso por devolución de cuotas de trabajador fallecido Nº 09-300193-0857-LA Interno Nº 196-09-3.—Juzgado Civil Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 30 de setiembre de 2009.—Lic. Carlos Contreras Reyes.—1 vez.—(IN2009095691).

Se cita y emplaza, a todas aquellas personas que en condición de causahabientes de quien en vida se llamó Melquisedec Camacho Ureña, quien fuera mayor, casado, portador de la cédula de identidad número uno-cero setecientos treinta-cero trescientos noventa y siete, vecino de Pérez Zeledón, se crean con derecho a las sumas que deben depositar a este juzgado como ahorros obligatorios del Fondo de Capitalización Laboral (Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias y Fondo de Capitalización Laboral.) en Banco Nacional de Costa Rica deben comparecer dentro de ocho días a partir de la publicación de este edicto a este despacho, la suma que depositen lo distribuirá el suscrito Juez, de acuerdo con lo establecido por el artículo 85 reformado del Código de Trabajo (Proceso por devolución de cuotas de trabajador fallecido N° 09-300215-0857-LA. Interno Nº 218-09-1.—Juzgado Civil y Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 30 de setiembre de 2009.—Lic. Carlos Contreras Reyes.—1 vez.—(IN2009095692).

Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Guillermo Salazar Salazar, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Río Cuarto de Grecia, cédula de identidad 2-394-860, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de cuotas promovidas por Sarita Chaves Parajeles y como depositante la Operadora de Pensiones BN Vital del Banco Nacional, y con la advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 09-300166-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 13 de octubre del 2009.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2009095693).

Por el término de ocho días se cita y emplaza a los causahabientes del trabajador fallecido Jansi David Chacón Jarquín, portador de la cédula de identidad número 1-1284-465, vecino de La Virgen de Sarapiquí de

Heredia, para que se apersonen en estas diligencias de devolución de prestaciones de trabajador fallecido a favor del causante, establecida por Maribel Jarquín García, quien es mayor, portadora de la cédula de residencia número 155800104411 y vecina de La Virgen de Sarapiquí de Heredia, bajo los apercibimientos de que si no lo hicieren el importe será entregado de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, catorce de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Catalina Vindas Aguilar, Jueza.—1 vez.—(IN2009095694).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rónald Vargas Brenes, fallecido el 15 de diciembre de 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 09-000133-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 09-000133-0945-LA a favor de Hannia Barboza Hernández—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Liberia, 30 de setiembre del año 2009.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—(IN2009095695).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Meliton Centeno Fajardo, fallecido el 28 de noviembre del 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 09-000153-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 09-000153-0945-LA, a favor de Danelia del Socorro Rodríguez García.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Liberia, 30 de setiembre del año 2009.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—(IN2009095696).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hernán Álvarez Cisneros, fallecido el 20 de agosto del 2009, mayor, unión de hecho, educador, cédula de identidad 5-0316-0534, vecino de Santa Cruz, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 09-000127-1052-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 09-000127-1052-LA. Hernán Álvarez Cisneros a favor de Grettel Fallas Rosales.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste, 21 de octubre del año 2009.—Lic. Yorleni Bello Varela, Jueza.—1 vez.—(IN2009095697).

A los causahabientes de quien en vida se llamó José Melvin Toruño Ramírez, quien fue mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, vecino de residencial Tulita Sandino, primera etapa, del Ejército de Salvación, trescientos metros sur y cien oeste, por pulpería Los Almendros, con cédula de identidad Nº 5-184-190, se les hace saber que Victoria Barrantes Guido, portadora de la cédula de identidad Nº 5-184-694, vecina de Residencial Tulita Sandino, primera etapa, del Ejército de Salvación, trescientos metros al sur y cien oeste, por pulpería Los Almendros, se apersonó en este despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente Nº 09-000102-0775-LA.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 14 de octubre del año 2009.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—(IN2009095698).

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador fallecido Domingo Urbina Venegas, quien fue mayor, soltero, titular de la cédula de identidad número 9-0058-0408, vecino de Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente Nº 09-000483-0679-LA-2 establecido por Mayela Céspedes Umaña.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 23 de octubre del 2009.—Lic. Susana Campos Cabezas, Jueza.—1 vez.—(IN2009095755).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Alfonso Quesada González, quien fue mayor, casado, instructor de la Academia de la Fuerza Pública, portó la cédula de identidad número 1-222-587 y falleció el veintitrés de octubre de dos mil nueve. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 09-300104-

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 26 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

0895-LA de Alfonso Quesada González.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 20 de octubre de 2009.—Lic. Jorge Quirós Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2009095958).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Verny Roberto Chacón Gutiérrez, quien fue mayor, soltero, chofer de camión, portó la cédula de identidad número 1-931-769 y falleció el cinco de julio de dos mil nueve. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de prestaciones Nº 09-300101-0895-LA de Verny Roberto Chacón Gutiérrez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 19 de octubre de 2009.—Lic. Jorge Quirós Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2009095959).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Alicia María Cervantes Jiménez, quien fue mayor, casada, visitadora farmacéutica, portó la cédula de identidad número 1-1017-610 y falleció el once de octubre de dos mil ocho. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 09-300103-0895-LA de Alicia María Cervantes Jiménez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 16 de octubre de 2009.—Lic. Jorge Quirós Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2009095960).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de Carlos Antonio Ruiz Meléndez, mayor, de sesenta y seis años de edad, con cédula de identidad número 1-301-0749, para que dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren las prestaciones legales se le girará a quien legalmente corresponda. Consignación de prestaciones legales Nº 09-300091-0917-LA-(121-09), de Carlos Antonio Ruiz Meléndez, promovida por Margarita Salazar Zumbado.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Escazú, 26 de octubre del 2009.—Lic. Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(IN2009095961).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de Elvin Lorenzo Medina Ruiz, mayor, de veintiocho años de edad, con pasaporte C-1786945, para dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren las prestaciones legales se le girará a quien legalmente corresponda. Consignación de prestaciones legales número 09-300089-0917-LA(119-09), de Elvin Lorenzo Medina Ruiz, promovida por María Magdalena Ruiz Zelaya.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Escazú, 26 de octubre del 2009.—Lic. Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(IN2009095962).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 09-300042-0239-LA (49-09), que es consignación de prestaciones de trabajador fallecido José Gerardo Quirós Araya, quien en vida fue mayor, costarricense, casado una vez, supervisor de seguridad, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 1-5585-0193; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Maura Regina Villegas Chaves.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 21 de octubre del 2009.—Lic. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—1 vez.—(IN2009095963).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Marcelino López Espinoza, mayor, casado, vecino de San Pedro de San Ramón, cédula 501320504, fallecido el 9 de agosto del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el Nº 09-000164-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 09-000164-0692-LA. A favor de Catalina Arias Méndez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 22 de octubre del 2009.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(IN2009096177).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de pensiones complementarias en Banco Popular y Caja Costarricense del Seguro Social de la trabajadora fallecida Mireya de los Ángeles Mesén Calderón, quien poseía la cédula de identidad número 6-151-248, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 09-300183-443-LA-3G a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el articulo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, quince de octubre de dos mil nueve. Lic. Jacqueline Lorena Vindas Matamoros, Jueza.—1 vez.—(IN2009096179).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Andrés Sánchez Zúñiga, quien fue mayor, soltero, recepcionista en Call Center, vecino de Palmares, en Esquipulas, Proyecto Jocema, casa C-l, con cédula de identidad número 02-0637-0645, se les hace saber que Yamileth Vargas Zúñiga, portadora de la cédula de identidad número 02-0463-0889, vecina de Palmares, en Esquipulas, Proyecto Jocema, casa C-1, se apersonó en este despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Andrés Sánchez Vargas, expediente Nº 09-000292-0694-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 22 de octubre del año 2009.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2009096180).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alexander de la Trinidad Chacón Arce, cédula de identidad 1-699-050, vecino San Miguel de Santo Domingo de Heredia, fallecido el 23 de agosto del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Nº 09-000417-1021-LA-2C, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.— Expediente N° 09-000417-1021-LA-2C. Por Evelyn León González a favor de Alexander de la Trinidad Chacón Arce.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 21 de octubre del año 2009..—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—(IN2009096182).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Félix Antonio Salazar Fonseca, quien en vida fue mayor, cédula de identidad número 1-937-715, vecino de Heredia, fallecido el 1º de setiembre del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Nº 09-000422-1021-LA-3C, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial Expediente N° 09-000422-1021-LA-3C. Por Karla Vanessa Quiros Mora a favor de Félix Antonio Salazar Fonseca.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 29 de octubre del 2009.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2009096526).

Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Israel Antonio Rodríguez Rodríguez, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de La Abundancia de Ciudad Quesada, de la pulpería Los Montoya, 200 metros al norte, en los altos de La Loma, cédula de identidad 6-203-224, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de cuotas promovidas por Dany Mejías Jiménez, conocida como Danny Casares Jiménez y como depositante la Operadora de Pensiones BN Vital del Banco Nacional, y con la advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 09-300241-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 16 de octubre del 2009.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—1 vez.—(IN2009096568).

Con base en lo que establece el artículo 85 inciso d), del Código de Trabajo, con ocho días de término se cita y emplaza a los causahabientes que se consideren con derechos en la consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Grace Alexandra Gómez Matarrita, quien en vida fue mayor, soltera, costarricense, cédula uno-setecientos sesenta y tres-quinientos once, que promueve Ronald Castillo Quesada, mayor, costarricense, vecino de Puntarenas, Chacarita tres, casa número 158, portador de la cédula número seis-ciento noventa y dos-cuatrocientos ochenta y siete, en representación de los menores Victoria Castillo Gómez y Estin José Contreras Gómez, para que dentro del término indicado se apersonen al despacho a hacer valer sus derechos. Diligencias de consignación de prestaciones, Grace Alexandra Gómez Matarrita Ac/Ronald Castillo Quesada y Estin José Contreras Gómez. Expediente 09-000532-643-LA-10.—Juzgado de Trabajo y de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Sonia Patricia Abarca García, Jueza.—1 vez.—(IN2009096571).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil nueve, y con la base de veintisiete mil doscientos treinta y ocho dólares con noventa y un centavos (moneda de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL-doscientos quince mil ochocientos veintisiete, marca Nissan, estilo Frontier, año dos mil siete,

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 27

vin JN1CNUD22Z0010723, cilindrada dos mil novecientos cincuenta y tres centímetros cúbicos, color gris, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del doce de enero del dos mil diez, con la base de veinte mil cuatrocientos veintinueve dólares con diecinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintisiete de enero del dos mil diez con la base de seis mil ochocientos nueve dólares con setenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Zheng Yin Hua. Expediente Nº 09-000293-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 21 de octubre del 2009.—Lic. Xinia Solís Pomares, Jueza.—RP2009138128.—(IN2009095162).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes y anotaciones a las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, y con la base de dos millones seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil doscientos sesenta y nueve-cero cero cero, el cual es lote 32-B-36 para construir. Situada en el distrito tercero: Veintisiete de Abril y cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de quince metros veinticuatro centímetros lineales; sur, Franco Carrera Gutiérrez; este, Mariley Rodríguez Arroyo, y al oeste, con José Filadelfo Carrera Gutiérrez. Mide: trescientos quince metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del catorce de enero del dos mil diez, con la base de un millón novecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintinueve de enero del dos mil diez con la base de seiscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gertrudis Chavarría Bustos c. c. Bustos Angulo. Expediente Nº 09-000378-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 16 de octubre del 2009.—Lic. Deyanira Abarca Vásquez, Jueza.—RP2009138129.—(IN2009095163).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil nueve, y con la base de un millón doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número cuatrocientos diecisiete mil cincuenta, marca Hyundai, año mil novecientos noventa y cuatro, Vin KMHJF31JPRU656559, cilindrada 1500 c.c., color vino, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, con la base de novecientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de enero del dos mil diez con la base de trescientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Rocío Ulate Ledezma contra Daniel Blanco Zapata. Expediente Nº 09-004645-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de octubre del 2009.—M.Sc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—RP20091338165.—(IN2009095164).

A las nueve horas del quince de diciembre de dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones ciento noventa y cinco mil cuatrocientos setenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 110788-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres Sardinal, cantón cinco Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 20.13 metros; al sur, Nieve Abarca Abarca; al este, Franela Abarca Abarca, y al oeste, Benigno Moreno Caravana. Mide: setecientos cincuenta y cinco metros con veintidós decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple, establecido por Nicolás Rivas Orozco contra Emelito Gallo Gallo. Expediente Nº 07-001049-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 13 de octubre del 2009.—Lic. Xinia Solís Pomares, Jueza.—RP2009138176.—(IN2009095165).

En la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, a las diez horas treinta minutos del catorce de enero de dos mil diez y con la base de seis millones doscientos mil colones en la puerta exterior de este despacho remataré lo siguiente: terreno para construir lote 17 A sito en distrito 03 San José, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela, Folio Real número cuatrocientos un mil ochocientos cincuenta y nueve-cero cero cero. Linda: al norte, con Ángel Vargas Solís; sur, calle pública; este, comercio, y al oeste, lote 16 A. Mide: ciento noventa y ocho metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil diez, con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones, (rebaja en un 25%) y para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos de once de febrero del dos mil diez, con la base de un millón quinientos cincuenta mil colones (un 25% de la base inicial). Se remata por ordenarse así en ejecución hipotecaria Nº 09-100508-0295-CI, de Banco de Costa Rica contra Irene Poveda Alpízar.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 05 de octubre del 2009.—Lic. José Antonio Madrigal Soto, Juez.—RP2009138202.—(IN2009095166).

En la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones, a las catorce horas treinta minutos del catorce de enero del dos mil diez y con la base

de trece millones quinientos siete mil ciento setenta y ocho colones con sesenta y cuatro céntimos en la puerta exterior de este despacho remataré lo siguiente: terreno con una casa de habitación, sita en distrito uno Juntas cantón siete Abangares de la provincia de Guanacaste Folio Real número setenta y cuatro mil sesenta y seis-cero cero cero. Linda: al norte, Enrique Reyes Siles; sur, Corporación Pedregal S. A.; este, servidumbre pública y Enrique Reyes, y al oeste, Corporación Pedregal, mide seiscientos nueve metros con S. A, S A Residencial Los Lagos; noreste, S A Residencial Los Lagos; sureste: S A Residencial Los Lagos, y suroeste, calle pública. Mide ciento sesenta y dos metros con quince decímetros cuadrados, plano H cero cero cero tres uno cuatro uno-mil novecientos setenta y cuatro, Para et segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil diez, con la base de diez millones ciento treinta mil trescientos ochenta y tres colones con noventa y ocho céntimos (rebaja en un 25%) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del once de febrero del dos mil diez, con la base de tres millones trescientos setenta y seis mil setecientos noventa y cuatro con sesenta y seis céntimos (un 25% de la base inicial). Se remata por ordenarse así en ejecución hipotecaria Nº 09-100530-0295-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Daniel Salas Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 08 de octubre del 2009.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2009138203.—(IN2009095167).

A las ocho horas y veinte minutos del primero de diciembre del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de cincuenta y seis mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y un mil doscientos veintisiete-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Claudio Quirós Arias; al sur, Claudio Quirós Arias; al este, Finca Experimental Los Diamantes, y al oeste, calle pública con sesenta y cuatro metros veinticinco decímetros cuadrados de frente. Mide: cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra María de los Ángeles Blanco Alvarado, Roberto Sánchez Pacheco. Expediente Nº 05-016609-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 02 de octubre del 2009.—Lic. Edgar Jesús Leal Gómez, Juez.—(IN2009095203).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando infracción de tránsito, sumaria 08-6273-174-TR a las once horas y cero minutos del catorce de enero del año dos mil diez, y con la base de tres mil setecientos cinco dólares americanos con cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 319893, marca Mazda, año 1999, Vin no indica, cilindrada 1991 c.c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de enero del año dos mil diez, con la base de dos mil setecientos setenta y nueve dólares americanos con trece centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del quince de febrero del año dos mil diez con la base de novecientos veintiséis dólares americanos con treinta y ocho centavos (un veinticinco por ciento la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria Financiera Cafsa Sociedad Anónima contra Kattia Rodríguez Vásquez. Expediente Nº 09-002096-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de octubre del 2009.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—(IN2009095204).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil nueve, y con la base de ochenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintiún mil setecientos treinta y nueve-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte P I Publitaria Internacional S. A.; al sur Luis Alberto Apu Gallo y Río Sardinal; al este Joaquín Contreras Contreras y al oeste camino público con un frente de ciento nueve metros cincuenta centímetros. Mide: diecisiete mil quinientos setenta y dos metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de enero del año dos mil diez, con la base de sesenta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de enero del año dos mil diez con la base de veinte millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Gabriel Montoya Molina, María Gabriela Molina Mora. Expediente Nº 09-006950-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea; 14 de octubre del 2009.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(IN2009095279).

A las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, soportando colisión y denuncia penal a favor del Juzgado de Tránsito de Heredia y con la base trescientos cincuenta y tres mil novecientos dos colones en el mejor postor remataré: “Un vehículo marca: Hyundai, modelo: 1993, motor: G4DJP710972, marca de motor: Hyundai, estilo: Excel, chasis número

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KMHVF31JPPU86011 color: verde, cilindrada: cuatro cilindros, cilindrada: 1478 c.c combustible: gasolina, capacidad: cinco personas, carrocería: Sedan cuatro puertas, tracción: sencilla, placa: 536023. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario Nº 2006-002829-220-CI establecido por Ecuacor S. A, contra Félix Omar Flores Sánchez.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, 19 de octubre del 2009.—MSc. Adriana Orocu Chavarría, Jueza.—(IN2009095525).

A las ocho horas treinta minutos del catorce de enero de dos mil diez, en la sala de debates de este Despacho, se realizará juicio oral y público, por lo que se convoca al dueño registral del vehículo 489297, señor Marco Camandona, última dirección La Garita de Alajuela, 300 metros sur de la escuela; así como al dueño registral del vehículo placa 361955, señor José Ángel Cosme Labarthe, última dirección Mal País, Cóbano, Puntarenas, contiguo a pizzería Marlys. Lo anterior, ordenado mediante resolución de las diez horas siete minutos del dos de octubre de dos mil nueve, dentro de la causa penal número 07-000817-064-PE (52-09-2), por el delito de infracción a la Ley de Psicotrópicos, seguida contra Gabriel Noguera Torres y otros, en perjuicio de la Salud Pública.—Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Osa, Ciudad Cortés, 14 de octubre del 2009.—Lic. Cecilia Jiménez Vargas, Jueza.—1 vez.—(IN2009095705).

A las ocho horas del dos de diciembre del dos mil nueve, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, ubicadas 400 metros este del hospital de Upala, contiguo al PANI de Upala, remataré can la base de seiscientas cincuenta mil ochocientos sesenta y siete colones con ochenta y dos céntimos seis trozas de la especie Caobilla con un volumen total de diez punto cuatro metros cúbicos, dos trozas de madera desconocida valoradas en sesenta y cuatro mil seiscientas sesenta y cinco colones con veintiún céntimos con un volumen total de cero punto cincuenta y dos metros cúbicos, misma que se encuentran en la finca del señor Marvin Silva Chamorro, sita en Aguas Claras de Upala, caserío La Tigra de Cuatro Bocas; ciento ochenta y dos piezas de Cedro Amargo de diverso grosor y ancho valoradas en un millón doscientos sesenta mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con veinte céntimos, la cual se ubica en el Puesto de la Fuerza Pública de Cuatro Bocas de Upala. Se remata por estar así ordenado en comisión número 15-A-09, expediente número 09-000211-559-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Marvin Silva Chamorro, en daño de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Maribeth Mora Gamboa, Jueza.—(IN2009095707).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil nueve, y con la base de doce millones cuatrocientos setenta y cuatro mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos noventa y un mil quinientos setenta y dos guión cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 17 B Urbanización Marsella; al sur, lote 13 B y 19 B Urbanización Marsella ambos en parte; al este, calle pública, y al oeste, lote 44 B Urbanización Marsella. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de diciembre del año dos mil nueve, con la base de nueve millones trescientos cincuenta y cinco mil quinientos colones céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de enero del año dos mil diez con la base de tres millones ciento dieciocho mil quinientos colones céntimos (un veinticinco por ciento de la baje inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra La Touche Arbizu Vivian. Expediente Nº 09-005107-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de setiembre del 2009.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—RP2009138292.—(IN2009095749).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del lunes veintitrés de noviembre del dos mil nueve, desde la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cuatro millones doscientos veintiséis mil trescientos doce colones, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número cuatrocientos veinticinco mil ochocientos cincuenta y dos, marca Ford, serie, chasis y vin 1FMZU32P9WZA15328, carrocería familiar, tracción sencilla, uso particular, para cinco personas, año 1998, color blanco, motor ilegible, marca Ford, cilindrada cinco mil c.c, ocho cilindros. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-000513-0183-CI de Instacredit S. A., contra José Luis López Salas.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 09 de octubre del 2009.—M.Sc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—RP2009138308.—(IN2009095750).

A las quince horas cero minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada al tomo 337 asiento 03046 y con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 108,649-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Paulina Cordero; al sur, calle pública con 8 metros 11 centímetros; al este, Sebastian Arias y otro, y al oeste,

Efraín Díaz Hernández. Mide: ciento noventa metros con cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Juan Rafael Rodríguez Gómez, Rosaura Gómez Arriola. Expediente Nº 05-018071-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2009.—Lic. Alejandro Cubero Lizano, Juez.—RP2009138339.—(IN2009095751).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes a las ocho horas del veinticuatro de noviembre del dos mil nueve, y con la base de la 1-Finca: quinientos ochenta y dos millones cero cero cinco mil doscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1- Finca inscrita en. el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticinco mil doscientos noventa y siete-cero cero cero 125.297-000 la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito octavo Barranca cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rodrigo Rodríguez y Luis Diego Sandí Marín; al sur, con Luis Diego Sandí Marín y Ganadera La Bocana Sociedad Anónima; al este, Ganadera La Bocana Sociedad Anónima, y al oeste, con Luis Diego Sandi Marín y calle pública. Mide: veintinueve mil cien metros con veintiséis decímetros cuadrados. Y la 2 Finca con la base de ciento setenta y dos millones quinientos veinticuatro mil colones 120.831-0002, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil ochocientos treinta y uno-cero cero cero 120.831-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero cantón primero de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 17 metros once centímetros; al sur, con calle pública con un frente de 17 metros once centímetros; al este, Jacinto Tiffer Tiffer, y al oeste, con Elena Reyes Quirós. Mide: setecientos ochenta y dos metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del once de diciembre del dos mil nueve, con la base de la 1-Finca se la suma de cuatrocientos treinta y seis millones quinientos tres mil novecientos colones y la 2- Finca: sea la suma de ciento veintinueve millones trescientos noventa y tres mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera basta se señalan las ocho horas del once de enero del os mil diez con la base de 1 - Finca sea la suma de ciento cuarenta y cinco millones quinientos un mil trescientos colones y para la 2-Finca sea la suma de cuarenta y tres millones ciento treinta y un mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Diego Sandí Mora. Expediente Nº 05-100052-642-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 22 de octubre del 2009.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—RP2009138466.—(IN2009095752).

A las diez horas del veintisiete de noviembre del dos mil nueve, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada al tomo 270, asiento 03871, secuencia 01 y con la base de ochocientos veintiséis mil doscientos treinta y cinco colones con diecisiete céntimos, remataré: finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real número ciento quince mil novecientos dieciocho guión cero cero uno, cero cero dos, que se describe como terreno con dos casas, sito en el distrito doce Tambor del cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, con Pollos Diaca; al sur, con calle pública con un frente de ocho metros con treinta y seis centímetros; al este, con Orantes Castro, y al oeste, con Zoila Rodríguez. Mide doscientos cuarenta y cuatro metros con veintisiete decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Malka Xinia Arrieta Peña y Eulalia Peña Solano. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de seiscientos diecinueve mil seiscientos setenta y seis colones con treinta y siete céntimos, se señalan las: quince horas del quince de diciembre del dos mil nueve. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de doscientos seis mil quinientos cincuenta y ocho colones con setenta y nueve céntimos, se señalan las: ocho horas treinta minutos del trece de enero del dos mil diez. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de Coocique R. L., contra Francisco Arrieta Peña y otra. Expediente Nº 09-100673-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 01 de octubre del 2009.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—RP2009138493.—(IN2009095753).

En la sala número; libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada al tomo 376 y asiento 5018 a las nueve horas y treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil nueve, y con la base de seis millones trescientos cuarenta y siete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 474476-000 la cual es terreno para construir con dos casas, lote 362. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Balbina Flores Saborío; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, calle pública con 2,5 m y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: sesenta y ocho metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil nueve, con la base de cuatro millones setecientos sesenta mil doscientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de enero del año dos mil diez con la base de un millón quinientos ochenta y seis mil

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setecientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Doris María Jiménez Arrieta. Expediente Nº 08-006419-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de setiembre del 2009.—Lic. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—RP2009138573.—(IN2009095754).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las catorce horas del veintitrés de noviembre del año dos mil nueve, y con la base de un millón cien mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL-175228, marca Nissan, año 1995, Vin 1N6SD16S9SC0272, cilindrada 2400 cc, color negro, categoría carga liviana, capacidad 4 personas, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del ocho de diciembre del año dos mil nueve, con la base de ochocientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del ocho de enero del año dos mil diez con la base de doscientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Xinia Mercedes Ulloa Suárez contra Martín Castillo Cartín. Expediente Nº 09-003762-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de octubre del 2009.—MSc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(IN2009096071).

A las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de dos millones quinientos setenta y cinco mil colones, al mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas C 133761, marca International, estilo COF9670, carrocería cabezal o tracto camión, motor número SI número, año 1989, color blanco, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-001130-184-CI de Asociación Solidarista Empleados contra Claudio Casanova Briceño.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 16 de octubre del 2009.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—(IN2009096603).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas y quince minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diez, y con la base de dieciséis mil ochocientos veintiuno con 75/100 dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número seiscientos sesenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro, marca Tucson GL, año 2007, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas del primero de abril del año dos mil diez, con la base de doce mil seiscientos dieciséis con 31/100 dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del dieciséis de abril del año dos mil diez con la base de cuatro mil doscientos cinco con 43/100 dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Citi Trust de Costa Rica Sociedad Anónima contra María Isabel Arguedas Solórzano. Exp. 09-001727-0504-CI.—Juzgado Civil de Hedia, 1º de octubre del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2009095727).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones a las diez horas y cero minutos del veinticinco de enero del dos mil diez, y con la base de ocho mil quinientos dieciséis dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 636782, marca Chevrolet Aveo LS, año 2006, Vin KL1TJ51Y36B506003, cilindrada 1500 C.C., color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de febrero del dos mil diez, con la base de seis mil trescientos ochenta y siete dólares con diecinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil diez con la base de dos mil ciento veintinueve dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Cuscatlán S. A. contra Wendy López Barquero. Exp. 08-009208-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez .—(IN2009095728).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil diez, y con la base de trece mil setecientos ochenta y nueve dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL-209862, marca Hyundai HD65, año 2006, Vin KMFGA17LP6C032818, cilindrada 3300 C.C., color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de febrero del dos mil diez, con la base de diez mil trescientos cuarenta y un dólares con noventa y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil diez con la base de tres mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares con treinta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Cuscatlán S. A. contra El Meteoro de Pegaso S. A., Michael Guzmán Jaen. Exp. 08-009204-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de setiembre del 2008.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(IN2009095729).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diez, y con la base de dos millones ochenta y cinco mil ochocientos once con 65/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ocho, marca Hyundai, año 2001, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del primero de abril del año dos mil diez, con la base de un millón quinientos sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y ocho con 73/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del dieciséis de abril del año dos mil diez con la base de quinientos veintiún mil cuatrocientos cincuenta y dos con 91/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Citi Trust de Costa Rica Sociedad Anónima contra Juan Carlos Delgado Sánchez. Exp. 09-001726-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de octubre del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2009095730).

A las siete horas con cuarenta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil nueve. En la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, remataré con la base de sesenta y ocho mil novecientos treinta y siete colones con treinta y siete céntimos; una troza de madera de la especie Amarillon con un volumen total de cero punto noventa y cinco metros cúbicos, que se encuentra en depósito provisional de la Junta de Educación Escuela Aguas Zarcas Central. Se remata por estar así ordenado en comisión número 93-3-09, expediente N° 09-202554-306-PE, por Infracción a la Ley Forestal, contra José Francisco Sánchez Montero, en daño de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Carlos Cartín Solís, Juez.—(IN2009095954).

En la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las siete horas cincuenta minutos con base de doscientos treinta y ocho mil noventa colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: una troza de madera de la especie Botarrama, con diámetros de 0.46cm, y 6.0 m de largo. Tres trozas de Gavilán con diámetros de 35 cm por 6m, 46 cm por 6m y 40 cm por 10m y una troza de Tamarindo con diámetro de 0.50 m y largo 14.0 m, con un volumen de 42.0 metros cúbicos; misma que se encuentra en depósito provisional del señor Lucio Rivas García, vecino de Santa Cecilia de Pocosol, teléfono 2469-51-02 y en buen estado. Lo anterior por estar ordenado así en Comisión número 94-1-09 dentro de la causa penal número 09-001187-306-PE por Infracción Ley Forestal, contra ignorado, en daño de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de octubre del 2009.—Lic. Simón Guillén Solano, Juez.—(IN2009095955).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las once horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil nueve, y con la base de dos millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 102204-000 la cual es terreno 08 Barranca. Situada en el distrito 0l Puntarenas, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, lote 138 H; al noroeste, lote 123 H; al sureste, resto destinado a calle; y al suroeste, lote 140 H. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del ocho de diciembre de dos mil nueve, con la base de dos millones cien mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del siete de enero de dos mil diez con la base de setecientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Manfred Cabezas Chávez. Exp. 09-008914-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 3 de agosto del 2009.—Lic. Kembly Díaz Espinoza, Jueza .—(IN2009095964).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del doce de marzo del año dos mil diez, y con la base de ochenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y un mil ochocientos catorce-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Isidro, cantón Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Loría Porras Flory; al sur, Teresa Vargas Delgado; al este, calle pública con 12 m 67 cm y al oeste, Landelina S. A. Mide: trescientos treinta y nueve metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de marzo del año dos mil diez, con la base de sesenta mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de abril del año dos mil diez con la base de veinte mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kantrix Trust S A contra Wong To Mo Yu. Exp. 09-001707-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1º de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—(IN2009096073).

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 30 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendados; a las once horas y cero minutos del veintiocho de enero del dos mil diez, y con la base de tres millones seiscientos veinticuatro mil doscientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 583262, marca Hyundai Galloper, año 1997, Vin KMXKPU1CPVU213695, cilindrada 2500 c.c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del doce de febrero del año dos mil diez, con la base de dos millones setecientos dieciocho mil ciento ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil diez con la base de novecientos seis mil sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Francisco Gerardo Garcia Chavarría, Ingeniería Nacional H G S. A., Julio César García Chavarría, Víctor Eduardo García Chavarría. Expediente Nº 08-017403-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de octubre del 2009.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—(IN2009096098).

A las nueve horas y veinte minutos del tres de diciembre del dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente vehículo placa 382812, marca Hyunday, categoría automóvil, tracción: sencilla, chasis KMHCH74GPYU079363, cuatro puertas, estilo Accent GLS, capacidad cinco personas, año 2000, color gris peso bruto 1413 kgrms, número de motor G4EBY779702, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra Eugenia Giralt Arguedas. Expediente Nº 05-006810-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de octubre del 2009.—Lic. Alejandro Cubero Lizano, Juez.—RP2009138260.—(IN2009096135).

A las catorce horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de un millón quinientos mil colones, remataré la finca inscrita en propiedad, partido de Puntarenas, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número ciento veintiún mil cuatrocientos ochenta y cinco-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para la agricultura, situado en distrito segundo, Volcán, cantón tercero, Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte y este, Melquiades Jiménez Monge; sur, Geovanny Vargas Barboza; y oeste, calle pública. Mide: mil setecientos cuarenta y siete metros con veinticuatro decímetros cuadrados cada derecho. Plano P-0726194-2001. La finca descrita pertenece el derecho cero cero uno a Rafaela Jiménez Ureña y el derecho cero cero dos a Celestino Atencio Espinoza. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 07-100235-188-CI (Interno 253-07-R-3), del Banco de Costa Rica contra Rafaela Jiménez Ureña y Celestino Atencio Espinoza.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 11 de setiembre del 2009.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2009138277.—(IN2009096158).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del catorce de enero del año dos mil diez, y con la base de veinticinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 195.074-001 y 002, la cual es terreno para construir, lote ciento veintisiete. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, avenida uno pública con 7.00 metros; al sur, lote 111; al este, lote 126 y al oeste, lote 128. Mide: ciento cincuenta y tres metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de enero del año dos mil diez, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de febrero del año dos mil diez con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Eunice Jiménez Marín, Óscar Gregorio Reyes Carvajal. Expediente Nº 09-002793-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de octubre del 2009.—M.Sc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—RP2009138284.—(IN2009096159).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del dos mil diez y con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil ciento diez colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº CL130287, marca Toyota, año 1994, Vin YN850053485, cilindrada 1812 c. c., color vino, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del ocho de abril del dos mil diez, con la base de un millón ochocientos cuarenta y tres mil quinientos veintiocho con 5/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del veintisiete de abril del año dos mil diez con la base de seiscientos catorce mil quinientos veintisiete con 5/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Víctor Julio

Chaves Carballo contra María Leticia Sequeira Obando. Expediente Nº 09-002479-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de octubre del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2009138328.—(IN2009096160).

En la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones, pero soportando reservas y restricciones al tomo 308, asiento 13578, e hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular, a las nueve horas treinta minutos del catorce de enero de dos mil diez y con la base de trece millones quinientos mil colones, en el remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, folio real número ciento cuarenta y siete mil setecientos doce - cero cero cero, la cual es terreno de pastos y agricultura, situada en distrito once Cutris, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela, linda al norte, Eulogio Chaves y otros; sur, Ricardo Durán y otros; este, Lidieth Romero y otros; oeste, calle pública y otros, mide: trescientos catorce mil doscientos dos metros con noventa y nueve decímetros cuadrados, plano A-1243511-2007. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil diez, con la base de diez millones ciento veinticinco mil colones (rebaja en un 25%) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del once de febrero del dos mil diez, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones (un 25% de la base inicial). Se remata por ordenarse así en ejecución hipotecaria Nº 09-100485-0295-CI, de Ana Lorena Alfaro Rodríguez contra Alfredo González Calvo y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 01 de octubre del 2009.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2009138369.—(IN2009096161).

A las nueve horas del primero de diciembre de dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación inscrito a las citas cuatrocientos setenta y tres - cero cero doscientos noventa y cinco y prohibiciones del artículo dieciséis de la Ley siete mil quinientos noventa y nueve, la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento trece mil doscientos once - cero cero uno - cero cero dos, con la base en la suma de setecientos noventa y nueve mil doscientos setenta y seis colones, la cual se describe así: terreno para vivienda, ciento cincuenta y ocho - cuarenta y seis - uno, situado en el distrito uno, cantón diez de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, Río Abrojo; norte, sur, calle pública; este y oeste, Wálter Casanova. Mide: trescientos veinticinco metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Posee plano Nº P-0454323-1997. Propiedad de Ramón Casanova Víctor. Para la segunda subasta, se sacará la propiedad descrita con la base en la suma de quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete colones (base rebajada en un veinticinco por ciento), para lo cual se señalan las nueve horas del diecisiete de diciembre de dos mil nueve. Para la tercera subasta, el bien será rematado en la suma de ciento noventa y nueve mil ochocientos diecinueve colones (el veinticinco por ciento de la base primitiva), para lo cual se señalan las nueve horas del quince de enero del dos mil diez. Expediente Nº 07-100096-424-CI-2, ejecución hipotecaria de Jaime Ubeda González, contra Wálter Casanova Víctor y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 01 de octubre del 2009.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—RP2009138398.—(IN2009096162).

En la puerta exterior de este despacho, a las nueve horas del primero de diciembre del dos mil nueve y cuyas anotaciones, restricciones y gravámenes constan en el Registro Público de la Propiedad Inmueble y con la base de trece millones de colones en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el Sistema de Folio Real matrícula número ciento cincuenta y nueve mil sesenta y siete-cero cero cero, propiedad de la demandada Lissie Montero Monge, dicho inmueble es terreno para construir con cuatro cabinas, situado en el distrito primero Parrita, cantón noveno Parrita de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con calle pública con once punto cincuenta y dos centímetros de frente; al sur, Lissie Montero Monge, al este, con Junta Administrativa del Cementerio de Parrita y al oeste, con servidumbre de paso de por medio con doce punto ochenta y dos centímetros de frente y Lissie Montero Monge. Mide: cuatrocientos tres metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate se procede a señalar las nueve horas del catorce de enero del dos mil diez con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, en contra de Lissie Montero Monge, expediente Nº 09-100033-425-4-CI.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita, Quepos, 07 de octubre del 2009.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—RP2009138444.—(IN2009096163).

A las ocho horas quince minutos del once de febrero de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de nueve millones doscientos treinta y cuatro mil seiscientos quince colones con veintitrés céntimos, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, folio real matrícula Nº 359.072-000, que es terreno para construir con dos casas. Sito en La Fortuna de San Carlos, distrito siete del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Manuel Francisco Anchía Arguedas; al sur, Eduardo Peñaranda Zúñiga, al este, calle

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pública con frente de 8.50 metros, y al oeste, Elivinia Ramírez González y Alicia Castillo Hernández ambas en parte. Mide: ciento treinta metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de seis millones novecientos veinticinco mil novecientos sesenta y un colones con cuarenta y dos céntimos, se señalan las: ocho horas quince minutos del veinticinco de febrero de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones trescientos ocho mil seiscientos cincuenta y tres colones con ochenta céntimos, se señalan las: ocho horas quince minutos del once de marzo de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 09-100754-297-CI ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Róger Salas Valverde.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de octubre del 2009.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—RP2009138447.—(IN2009096164).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, en el mejor postor a las diez horas del primero de diciembre del dos mil nueve y con la base de quinientos noventa y ocho mil sesenta y cinco colones remataré lo siguiente: un vehículo placas Nº 590764, marca Hyundai Accent, año 1995, color rojo, categoría automóvil, de gasolina, para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, con la base de cuatrocientos cuarenta y ocho mil quinientos cuarenta y ocho colones setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del trece de enero del dos mil diez con la base de ciento cuarenta y nueve mil quinientos dieciséis colones veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de ABC Collections Sociedad Anónima contra Flor María Rímola Hidalgo. Expediente Nº 09-003128-0346 CI-A.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 01 de octubre del 2009.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—RP2009138448.—(IN2009096165).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas quince minutos del veintiséis de enero de dos mil diez, y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 592346, marca Nissan, año dos mil uno, Vin 3N1CB51DX1L424296, cilindrada 1800 cc, color vino, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos del diez de febrero de dos mil diez, con la base de tres millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del veinticinco de febrero de dos mil diez con la base de un millón de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Alberto Ramírez Mendoza contra José Gómez Sáenz. Expediente Nº 09-000939-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 09 de julio del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2009138451.—(IN2009096166).

A las trece horas y treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré: con la base de seis millones cuatrocientos mil colones, finca inscrita en propiedad, partido de Guanacaste, número registral sesenta y un mil ochocientos cuarenta y uno-cero cero cero que es terreno para agricultura, sito distrito: tercero Tronadora, cantón: octavo Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Linderos, norte, ICE; sur, camino público; este, parcela 94 y oeste, ICE. Mide: mil setecientos setenta y cinco metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Pertenece a Juan de Dios Muñoz Fallas. Gravámenes si hay: citas: 0368-00011959-01-0900-001, Servid y cond, citas: 0368-00011959-01-0901-001, reservas y restricciones, citas: 0496-00016525-01-0001-001, hipoteca (primer remate). De no haber postores en esa diligencia, para llevar a cabo el segundo remate, con la base de cuatro millones ochocientos mil colones (rebajada en un 25% de la base original), se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil nueve. Si en dicha diligencia no existen oferentes, para llevar a cabo el tercer remate, con la base de un millón seiscientos mil colones (un 25% de la base inicial), se señalan las trece horas y treinta minutos del once de enero del dos mil diez. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Juan de Dios Muñoz Fallas. Expediente Nº 09-000190-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 28 de octubre del 2009.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—RP2009138457.—(IN2009096167).

A las diez horas del quince de diciembre de dos mil nueve, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones del artículo 16 Ley 7599, inscrito al tomo 474, asiento 6667, para el primer remate y con la base de tres millones seiscientos cincuenta mil colones, remataré: finca de matrícula trescientos cincuenta y un mil setecientos cuarenta y nueve-cero cero cero del partido de Alajuela, el cual se describe así: proyecto Zona Norte, terreno para constuir lote 22-B 1058, sito en el distrito primero San Rafael, del cantón quince Guatuso de la provincia de Alajuela, mide: 3.424 m con 51 decímetros cuadrados, linda al norte, calle pública y José Sánchez; sur, Marcela Castro y Nora Sánchez; este, José y Nora Sánchez y oeste, Marcela Castro y calle pública. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original sea la suma de dos millones setecientos treinta y siete mil quinientos colones se señalan las nueve horas del trece de enero de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se

realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de novecientos doce mil quinientos colones se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria Nº 09-101269-0317-CI-1 de Banco Nacional de Costa Rica contra Evaristo Sánchez Rodríguez.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San Carlos, 14 de octubre del 2009.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—RP2009138494.—(IN2009096168).

A las ocho horas y treinta minutos del veinte de enero del año dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de treinta y cinco millones setecientos sesenta y dos mil doscientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 013.490-006, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública y Adrián Solano y al oeste, calle pública y Adrián Solano. Mide: cuatro mil setecientos sesenta y ocho metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de BNCR contra Fernández Masís Norman. Expediente Nº 97-101266-0337-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de octubre del 2009.—M.Sc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—RP2009138531.—(IN2009096169).

A las catorce horas y veinte minutos del treinta de noviembre del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando infracción, según boleta 2001384518, del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: cinco millones doscientos mil colones, al mejor postor, remataré, autobús placas LB000277, marca Volvo, transporte colectivo, estilo B58 para 55 personas, del año 1992, color blanco, combustible de diesel, motor THD 100D41613087, marca Volvo, cilindrada 6700 cc y número de chasis, B586010208. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra Maxwell García Barquero, Rolando García Barquero. Expediente Nº 02-006554-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 20 de octubre del 2009.—Lic. Alejandro Cubero Lizano, Juez.—RP2009138261.—(IN2009096170).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de enero del año dos mil diez, y con la base de catorce mil doscientos veintidós dólares con seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 706.485, marca Chevrolet, estilo Optra LS, año 2008, Vin KL1JJ53608K731680, cilindrada 1600 c.c, color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de febrero del año dos mil diez, con la base de diez mil seiscientos sesenta y seis dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del año dos mil diez con la base de tres mil quinientos cincuenta y cinco dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibanjo Sociedad Anónima contra Erick Zamora Gómez. Expediente Nº 09-002026-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de octubre del 2009.—M.Sc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—RP2009138586.—(IN2009096462).

A las ocho horas treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón seiscientos treinta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Hyundai estilo Galloper Exceed, chasis KMXKP1BPNU022185, placas Nº 336509. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Alexis Rojas Víquez contra Gerardo Arias Sandoval. Expediente Nº 07-002353-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de octubre del 2009.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—RP2009138606.—(IN2009096463).

A las catorce horas del veinticinco de noviembre del dos mil nueve, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios en el mejor postor remataré: 1- La finca del partido de Heredia matrícula 199670-000, con la base para remate en la suma de treinta y ocho millones doscientos ochenta y tres mil setecientos setenta y cuatro colones con noventa y cuatro céntimos, que es terreno de solar y café con una casa, situado en el distrito tres San Miguel, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Linda: al norte y oeste, con Oldemar Villalobos Chacón; sur, calle pública con un frente de 21 metros con 39 decímetros, y al este, Compañía Inversora Oika S. A. Mide: mil trescientos cincuenta y seis metros con setenta y dos decímetros cuadrados. 2-La finca del partido de Heredia matrícula 199674-000, con la base para la almoneda en la suma de setenta y cinco millones ciento cuarenta y dos mil trescientos setenta colones con treinta y un céntimos, que es terreno inculto y de café con una casa, situado en el distrito tres San Miguel, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Linda: al norte, río Tibás; sur, calle pública con frente de 22 metros y 51 centímetros; este, Compañía Inversora Oika S. A. y Oldemar Villalobos Chacón, y al oeste, Rodrigo Cordero Zamora y Oldemar Villalobos Chacón. Mide: cuatro mil ochocientos veintitrés metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 07-

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 32 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

002061-0185-CI. Ejecutivo hipotecario de Coopemex R. L. contra Ulises Gerardo Salas Araya y Alexander Salas Araya.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 15 de octubre del 2009.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—RP2009138691.—(IN2009096464).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del catorce de diciembre del año dos mil nueve, y con la base de dieciséis millones novecientos setenta y un mil trescientos noventa colones con cuarenta y siete céntimos., en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero ciento cincuenta y un mil setecientos doce-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tres, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, sur, y este, Odette Cabalceta Castillo, y al oeste, calle pública, con quince metros. Mide: trescientos sesenta y nueve metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de enero del año dos mil diez, con la base de doce millones setecientos veintiocho mil quinientos cuarenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de febrero del año dos mil diez con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y dos mil ochocientos cuarenta y siete colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Miguel Jirón Chavarría. Expediente Nº 09-000284-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 21 de octubre del 2009.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—RP2009138725.—(IN2009096465).

En la puerta exterior de este despacho; soportando reservas y restricciones, plazo de convalidación, sin más gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del once de enero del dos mil diez, y con la base de siete millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 48551-001 y 002 la cual es terreno para construir lote A 55. Situada en el distrito tercero, La Rita, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos sesenta y nueve metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiséis de enero del dos mil diez, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del once de febrero del dos mil diez con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rosa Alba Artavia Quirós contra José Leonardo López Rojas, Rosa Esmeralda López Rojas, Rosa María Rojas Rodríguez. Expediente Nº 09-000592-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de octubre del 2009.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2009138786.—(IN2009096466).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando, servidumbre traslada tomo 0383, asiento 9759, consecutivo 01, secuencia 0950, subsecuencia 001, remataré la finca inscrita en propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta mil setecientos veinticuatro cero cero cero, que es terreno para construir, situada en distrito primero San Isidro de El General, cantón diecinueve, de la provincia de San José. Colindantes: norte, calle pública; sur, Anais Alfaro Víquez; este, Juan Víquez Hernández, y oeste, María Alfaro Víquez. Mide: cuatrocientos cuarenta y nueve metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano: SJ-0905405. Para el primer remate con la base de cinco mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América, se señalan las once horas del diez de diciembre del dos mil nueve; fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de cuatro mil ciento veinticinco dólares, se señalan las ocho horas del catorce de enero del dos mil diez; y para celebrar el tercer remate con la base de mil trescientos setenta y cinco, sea el veinticinco por ciento de la base original, se señalan las ocho horas del cuatro de febrero del dos mil diez. La finca descrita pertenece a Álvaro Díaz Moya. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 09-100747-188-CI Interno 798-09-JB3 de Inversiones Automobilísticas W. J. B. Internacional S. A contra Álvaro Díaz Moya.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2009138796.—(IN2009096467).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando condiciones y limitaciones al tomo 2393, asiento 337, secuencia 002, Reservas y Restricciones al tomo 0311, asiento 6493, consecutivo 01, secuencia 0904, subsecuencia 001, las limitaciones tomo 0443, asiento 17349, consecutivo 01, secuencia 0504, subsecuencia 001, habitación familiar tomo 0514, asiento 12086, consecutivo 01, secuencia 0004, subsecuencia 001, remataré la finca inscrita en propiedad, partido de Puntarenas, bajo el sistema de folio real matrícula número ciento dos mil ciento siete-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para vivienda, lote 156 con una casa, situada en distrito uno Corredor, cantón diez Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colindantes: norte; Municipalidad de Corredores, y lote 274, sur; Municipalidad de Corredores y lote 155, este; calle pública, avenida cuatro,

con un frente de 23,83 metros y oeste; municipalidad de Corredores y lote 155. Mide: quinientos noventa y seis metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: P-0369003-1996. Para el primer remate con la base de siete millones ciento ochenta y cinco mil ciento sesenta y cinco colones con tres céntimos se señalan las nueve horas del diez de diciembre del año dos mil nueve fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de cinco millones trescientos ochenta y ocho mil ochocientos setenta y tres colones con noventa y ocho céntimos, se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de enero del año dos mil diez; y para celebrar el tercer remate con la base de un millón setecientos noventa y seis mil doscientos noventa y un colones con treinta y tres céntimos, sea el veinticinco por ciento de la base original, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de febrero del año dos mil diez. La finca descrita pertenece a Juanito Fernández Barquero bajo el derecho cero cero uno y Alicia Prendas Rodríguez bajo el derecho cero cero dos. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 09-100713-188-CI Interno 760-09-R3 de Coopealianza R. L., contra Edwin Ricardo Fernández Prendas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, veintidós de setiembre del 2009.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2009096621).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales a las once horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil nueve, y con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 211521, marca Nissan, año 2000, Vin 1N6ED26T2YC306678, cilindrada 3300 c.c., color gris, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del siete de diciembre del año dos mil nueve, con la base de seis mil quinientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del trece de enero del año dos mil diez con la base de dos mil ciento ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A., contra Santos Ortega Ruiz, María Ester Ortega Obando. Expediente Nº 09-010280-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de setiembre del 2009.—Lic. José Mauricio Reyes Jiménez, Juez.—(IN2009096630).

En la puerta exterior de este despacho soportando demanda ordinaria civil, y con la base de ciento setenta y seis mil trescientos ochenta y cinco dólares, a las diez horas del veinticuatro de noviembre del dos mil nueve, al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de partido de Puntarenas, filial número treinta y ocho mil quinientos treinta y uno-cero cero cero. Que es filial número tres de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Sita en distrito primero Jacó, cantón once Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, área común libre; sur, en parte con área común libre y en parte con área común construida; al este, con filial número cuatro, y al oeste, con Filial número dos. Mide: ciento treinta y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, con la base de ciento treinta y dos mil doscientos ochenta y ocho dólares con sesenta y cinco centavos de dólar (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del cinco de enero del dos mil diez, con la base de cuarenta y cuatro mil noventa y seis dólares con treinta y cinco centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario. Expediente Nº 09-100564-0642-CI de Timo Thy Wayne Hall contra The Three Villa Playa de Jaco S. A. Expediente Nº 09-100564-0642-CI-3.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 23 de octubre del 2009.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—RP2009139031.—(IN2009096813).

En la puerta exterior de este despacho: libre de gravámenes, a las trece horas treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil nueve y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: El vehículo placas siete cero seis cuatro dos, marca Toyota, estilo Land Cruiser, capacidad para siete personas, año mil novecientos setenta y siete, carrocería rural, color azul, perteneciente al demandado. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil nueve, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del seis de enero del dos mil diez con la base de un millón cuatrocientos seis mil doscientos cincuenta colones. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Porfirio Retana Brenes contra José Francisco Hidalgo Cerdas. Expediente Nº 2009-100014-0243-CI-3.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, 6 de octubre del 2009.—Lic. Ligia González González, Jueza.—RP2009139040.—(IN2009096814).

ConvocatoriasSe convoca a todos los interesados en la sucesión de Sonia María

Salazar Méndez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 08-003874-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de octubre del 2009.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2009096176).

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Viernes 6 de noviembre del 2009 BOLETIN JUDICIAL Nº 216 — Pág 33

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Fidel Morera Vargas, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas treinta minutos del diecisiete de febrero del año dos mil diez, para conocer extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 06-000061-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(IN2009096188).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Elena Sánchez Quirós, quien fuera mayor, casada una vez, vecina de Sagrada Familia, portadora de la cédula de identidad tres-ciento ocho-doscientos setenta y tres, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 1999-100184-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 13 de octubre del 2009.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2009096191).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Ronny Díaz Álvarez, a una junta que se verificará en este juzgado a las nueve horas del primero de diciembre del dos mil nueve, para conocer acerca los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 06-001952-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de octubre del 2009.—M.Sc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—RP2009133635.—(IN2009096447).

Se convoca a todos los interesados a la junta que se llevará a cabo en este despacho a las catorce horas del veinticuatro de noviembre de dos mil nueve. Lo anterior para conocer sobre lo indicado en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesorio de quien en vida se llamó Róner Eduardo Morales Castro, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San José de Upala, cédula de identidad número cinco-ciento sesenta y tres-novecientos treinta y dos. Expediente número 03-100022-0322-Cl (2).—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 23 de setiembre del 2009.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2009096540).

Se convoca a todos los interesados a la junta que se llevará a cabo en este despacho a las trece horas treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil nueve. Lo anterior para conocer sobre lo indicado en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Dicha junta se realizará por haberse ordenado así en el sucesorio judicial número 03-100025-0322-CI (consecutivo interno 519-04) de Santana Castillo Flores, de quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Colonia de Upala, cédula de identidad número 6-145-306.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 13 de octubre del 2009.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2009096541).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Marco Tulio Valverde Aguilar, a una junta que se verificará en este juzgado, a las trece horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente o ambos. 2) Mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes y avalúo de los mismos y 3) De los reclamos de la sucesión. Expediente Nº 00-100564-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 26 de octubre del 2009.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—RP2009138916.—(IN2009096796).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Ana Isabel Mena Argüello, a una junta que se verificará en este juzgado a las nueve horas del veintitrés de noviembre del año dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 93-100783-0336-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de octubre del 2009.—M.Sc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—RP2009138992.—(IN2009096797).

Títulos SupletoriosSe hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 08-

000501-0388-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Mauricio Alonso Ortega Chaves, quien es mayor, estado civil casado en segundas nupcias, vecino de Los Pargos de Santa Cruz, Guanacaste, seiscientos metros este y cinco metros norte de la escuela de la localidad, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número: uno- novecientos treinta-ochocientos noventa y nueve, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte y sur, con el promovente Mauricio Alonso Solís Chaves; al este, calle pública, con dieciséis metros setenta y seis centímetros lineales frente a ella, y al oeste, con Juan Félix Rodríguez Gómez. Mide: ochocientos setenta y siete metros con veintiséis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que

realizare a la señora Julieta García Pérez, misma con cédula de identidad número: seis- cero ochenta y seis-ciento treinta y cuatro, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, mantenimiento de rondas y cercos, a si como siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Mauricio Alonso Ortega Chaves. Expediente 08-000501-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 12 de agosto del 2009.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—1 vez.—(IN2009094915).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 08-100191-0197-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de 3-101-478113 S. A., portadora de la cédula jurídica que exhibe número 3-101-478113, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno cafetal. Situada en el distrito Desamparaditos, cantón Puriscal. Colinda: al norte, Flor María Bustos Espinoza y Miguel Ángel Valverde González; al sur, Eladio Guevara Quirós y Acueductos y Alcantarillados; al este, Flor María Burgos Espinoza, y al oeste 3-101-478113 S. A. y Hacienda Perros Flacos Sociedad Anónima. Mide: ciento treinta y un mil setecientos treinta y seis metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Con el número de plano catastrado Nº SJ-1287097-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, estima dicho inmueble en la suma de veinte millones de colones y la estimación de las presentes diligencias en veinte millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta de parte del señor Gilberto Víquez Hidalgo, cédula de identidad 4-103-089, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra y explotación de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por 3-101-478113 S. A. Exp. 08-100191-0197-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de octubre del 2009.—Esp. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2009095734).

Omar Ramírez Fernández, mayor, divorciado una vez, Asistente Técnico de Atención Primaria, vecino de Barrio Sanaí, Pérez Zeledón, San José, cédula número 6-163-059, promueve Diligencias de Información Posesoria, para inscribir a su nombre ante el Registro Público la Propiedad que a continuación detallo: terreno de uso de habitación, situado en Barrio Sinaí, distrito primero San Isidro del General, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda al norte, con calle pública con un frente de siete metros con setenta y tres decímetros; sur, Víctor Badilla Núñez, este, con Johan Bladimir Guerra del Río y oeste con Roxana Pérez Chinchilla. Mide: ciento treinta y seis metros con cincuenta decímetros cuadrados, según plano que le corresponde inscrito en Catastro Nacional bajo el número SJ-292363-1995. Se estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos. Diligencias de Información Posesoria promovidas por Omar Ramírez Fernández. Expediente número 09-160078-188-AG (579-09-JC-4).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 31 de agosto del 2009.—Lic. Ólger Chavarría Chavarría, Juez.—1 vez.—RP2009138295.—(IN2009096136).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000454-0386-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Blanca Olivia Martínez Martínez, quien es mayor de edad, soltera en unión libre, ama de casa, vecina de Liberia, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia uno cinco cinco ocho cero dos cuatro seis siete dos cuatro, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noroeste, calle pública con un frente a ella de dieciséis metros con ocho centímetros lineales; al noreste, calle pública con un frente a ella de dieciséis metros con cincuenta y siete centímetros lineales; al sureste, Miguel Vargas Quintana; y al suroeste, calle pública con un frente a ella de veintidós metros con cincuenta y ocho centímetros lineales. Mide: cuatrocientos diez metros con noventa y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número un millón doscientos veinticinco mil ciento noventa-dos mil ocho de fecha veinticuatro de marzo del dos mil ocho. Indica el promovente que estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Elpidio Cortés Fernández, mayor de edad, divorciado una vez, chofer, cédula de identidad seis- cero ochenta y cinco-cuatrocientos trece, vecino de Liberia, quien actualmente es su compañero de hecho, mediante donación que le hiciera en enero de mil novecientos noventa y siete, y hasta la fecha

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 34 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Blanca Olivia Martínez Martínez. Exp. 09-000454-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 09 de setiembre del 2009.—Lic. Xinia Solís Pomares, Jueza.—1 vez.—RP2009138336.—(IN2009096137).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000085-0507-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Alfredo Gerardo Quirós Torres, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Guápiles, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-187-811, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno montaña. Situada en el distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al noreste, Alfredo Gerardo Quirós Torres y servidumbre de 7 metros de ancho; al noroeste, María Salazar Rodríguez conocida como María Salazar Ramírez; al sureste, Orlando Umaña Rodríguez y servidumbre agrícola; al suroeste Instituto de Desarrollo Agrario. Mide: trece hectáreas dos mil trescientos veinte metros cuadrados, bajo el plano catastrado número L-1331989-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en hacer carriles, darle mantenimiento, limpieza, conservación, protección. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Alfredo Gerardo Quirós Torres. Exp.: 09-000085-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 20 de octubre del 2009.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—RP20090138359.—(IN2009096138).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000371-0930-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Óscar Gerardo Brenes Pereira, quien es mayor, estado civil soltero en unión libre, guarda de seguridad, vecino de Guácimo, La Cabana, de la Corporación Tara cuatrocientos metros al norte, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0302000725, profesión guarda de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una casa de habitación de madera construida. Situada en el distrito primero, cantón sexto, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Aserradero La Cabaña; al sur, calle pública; al este, José Luis Brenes Pereira y al oeste, José Miguel Brenes Pereira y Asdrúbal Mesén Luna. Mide: quinientos noventa y un metros con ochenta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le realizara su padre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, cuido, construcción de casa de madera en regular estado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Óscar Gerardo Brenes Pereira. Exp.: 09-000371-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 28 de setiembre del 2009.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—RP2009138379.—(IN2009096139).

Hernán Villalobos González, mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad 6-092-572, vecino de La Alegría de Siquirres de Limón, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir en el registro respectivo el siguiente inmueble: Terreno para la agricultura, ubicado en distrito primero Sexto, cantón tercero de Siquirres de la provincia de Limón. Mide: ocho mil setecientos noventa y tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado L-749305-2001. Linda al norte, calle pública; sur, Sonut S. A.; este, Teresa Ramírez Espinoza y al oeste, con Bienquisito S. A. Fue estimado el inmueble en la suma de cuatro millones de colones. No existen condueños, ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de edicto se apersonen a este despacho en defensa de sus derechos. Publíquese una vez. Información Posesoria Nº 08-160222-465-AG (B-3) l.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Javier Francisco Villalón Ruiz, Juez.—1 vez.—RP2009138380.—(IN2009096140).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita, el expediente Nº 02-001253-0638-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, William Silvestre Fernández Fernández, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Orotina, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-405-286, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Central, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rosa María Mejía Mora; al sur, Jacinta Chaves Alpízar; al este, María Cecilia Chaves Ledezma y al oeste, Rodrigo Molina Miranda. Mide: trescientos cincuenta y un metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra al señor Gerardo Campos Campos, quien a su vez la compró a Marco Chaves Ledezma, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, cercado, sembrado de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por William Silvestre Fernández Fernández. Exp.: 02-001253-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 del setiembre del 2009.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—1 vez.—RP2009138485.—(IN2009096141).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de Información Posesoria promovida por Jorge Luis Godínez Cambronero, mayor, soltero, vecino de Jacó de Puntarenas, cédula uno-uno dos cero uno-nueve seis siete, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno para construir, sito en La Gloria distrito primero Jacó del cantón primero Jacó de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con José Jesús Chinchilla Cordero; al sur, con Fecha S. A.; al este, con Ólger Vargas Alvarado; oeste, con calle pública con una medida de once hectáreas nueve mil setecientos cincuenta y nueve metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-327194-96. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre él, ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión, el inmueble lo estima en la suma de quinientos mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria Nº 09-160046-642-AG, de Jorge Luis Godínez Cambronero.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—RP2009138267.—(IN2009096150).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de rectificación de medida promovida por Top Line Investments S.R.L cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil ciento treinta y uno, para que se rectifique la medida de la finca inscrita en el partido de Puntarenas, al folio real matrícula número nueve mil quinientos treinta y nueve-cero cero cero que es terreno potrero y café con dos casas, situado en el distrito nueve Monte Verde, cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linda actualmente: al norte, con Cristian Vargas Villalobos; al sur, Greivin Ramón Brenes Morales y Gandia Escarlata MGE Ltda.; al este, con Rafael Brenes. Mide según Registro, quinientos veintiún mil metros cuadrados siendo que en realidad el terreno mide seiscientos setenta y tres mil quinientos setenta y cuatro, según plano catastrado número P-un millón trescientos cuarenta y cinco mil ciento veintiuno-dos mil nueve. Los ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende rectificar, deberá hacerlo saber a este despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Rectificación de medida Nº 09-160104-642-AG- de Top Line Investments S.R.L.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2009138776.—(IN2009096468).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 09-000292-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marjorie Jiménez Calderón, quien es mayor, estado civil casada una vez, ama de casa, vecina de Cariari de Pococí, Astúa Pirie, Barrio San Miguel, contiguo al teléfono público, cédula 7-181-392, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres, La Rita, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Yanori Aguirre Gutiérrez y Aydelina Miranda Alfaro; al este, Walter Salguero Torres y al oeste, Yanori Aguirre Gutiérrez. Mide: mil cuarenta y siete metros con quince decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un

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proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, chapea, siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marjorie Jiménez Calderón. Expediente 09-000292-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 3 de junio del 2009.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—1 vez.—RP2009138832.—(IN2009096469).

Isaías Chavarría Urbina, de nacionalidad costarricense, mayor, casado en segunda nupcias, misceláneo, con número de cédula de identidad número 6-118-583, vecino de Limón; promueve diligencias de información posesoria, para inscribir en el Registro Público, Sección de Propiedad, el siguiente inmueble: terreno para construir, sito en distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Mide: doscientos treinta y ocho metros cuadrados; linda al norte, con Félix Cope Cope; al sur, con calle pública que mide 11,42 metros; este, con Marcia Moulton Allen y oeste con Geovani Reid Moulton. El inmueble está libre de gravámenes, no existen codueños, ni cargas reales, y fue estimado en la suma de dos millones quinientos mil colones. Llámese a todos los interesados en las presentes diligencias de información posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen en este despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si lo omitieren. Expediente 09-000330-0678-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 13 de octubre del 2009.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—RP2009138856.—(IN2009096470).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 07-000311-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Félix Ángel Arguedas Ugalde, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Vista del Mar de Santa Cruz, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-178-866, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de cultivo y potrero. Situada en el distrito sexto (Cuajiniquil), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Gorgonio Zúñiga Molina; al sur, Marcos Bogantes Orozco; al este, calle pública con un frente a ella de trescientos sesenta y ocho metros con setenta y cinco centímetros lineales y Gerardo Vargas Araya y al oeste, Marcos Bogantes Orozco y río Rosario en medio. Mide: cuarenta y dos hectáreas cinco mil ochocientos diez metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados, según datos del plano catastrado número G-970172-05. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercos, y linderos, actividad agrícola de cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Félix Ángel Arguedas Ugalde. Expediente 07-000311-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 6 de octubre del 2009.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN2009096521).

CitacionesPor escritura otorgada a las ocho horas del día veintiséis de setiembre

del dos mil nueve, fui requerido para iniciar trámites notariales para el proceso sucesorio de Nydia María Quesada Arias, cito a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que si no se presentan en dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 27 de octubre del 2009.—Lic. Luis Fernando Sánchez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2009137984.—(IN2009095504).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día tres de octubre del dos mil nueve, fui requerido para iniciar trámites notariales para el proceso sucesorio de Milton Sánchez Arguedas, cito a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que si no se presentan en dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 27 de octubre del 2009.—Lic. Luis Fernando Sánchez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2009137985.—(IN2009095505).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María de los Ángeles Rodríguez Guzmán, quien fue mayor, de estado civil casada, señora del hogar, vecina de Upala, con cédula de identidad

Nº 1-287-283, José Carlos Rojas Rodríguez quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Upala, con cédula de identidad Nº 1-286-940, Rodolfo Rodríguez Coto, quien fue mayor, casado, vecino de San José, con cédula de identidad Nº 3-138-008 y Luisa Guzmán Arroyo, quien fue mayor, casada, vecina de San José, con cédula de identidad Nº 1-088-5811. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000009-0184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, treinta de octubre del dos mil nueve.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2009096067).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Trejos Decock Isabel c.c. Mima, quien fuera mayor, viuda de su único matrimonio, del hogar, cédula número uno-ciento veintisiete-seiscientos ochenta y siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-002318-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de octubre del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(IN2009096095).

Se cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios, acreedores en la sucesión de quien en vida se llamó Carmen María Mairena Bonilla, y fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número seis-cero cero cincuenta y siete-cero novecientos cincuenta, para que dentro del término de treinta días contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y aquellos que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio Nº 09-100412-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 19 de octubre del 2009.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—1 vez.—RP2009138270.—(IN2009096107).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien en vida fue Jesús Alvarado Peña, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen hacer valer sus derechos. Sucesorio notarial de Jesús Alvarado Peña. Expediente Nº 06-2009.—Lic. Elia Martínez Alcocer, Notaria.—1 vez.—RP2009138271.—(IN2009096108).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien en vida fue María Ramona Arguedas Sibaja, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen hacer valer sus derechos. Sucesorio notarial de María Ramona Arguedas Sibaja. Expediente Nº 07-2009.—Lic. Elia Martínez Alcocer, Notaria.—1 vez.—RP2009138273.—(IN2009096109).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Victoria Hernández Hernández, quien fuera mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Carrillo, Sardinal costado sur de la iglesia católica, portadora de la cédula de identidad número cinco-veintisiete-siete mil ochocientos veinte. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean, tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-000472-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—RP2009138279.—(IN2009096110).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Antonio Rementeria Rosello, quien fuera mayor, casado una vez, transportista, cédula de identidad Nº 3-0162-0729. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores yen general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-002176-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de octubre del 2009.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—1 vez.—RP2009138285.—(IN2009096111).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Guillermo Calvo Ramírez y Josefina Valverde Cambronero, quienes fueran mayores, casados, pensionado y ama de casa respectivamente, vecinos de Cartago, cédulas de identidad Nos. 3-0046-8970 y 3-0077-0968. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000818-0640-CI-(D).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 14 de setiembre del 2009.—Lic. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—1 vez.—RP2009138286.—(IN2009096112).

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Viernes 6 de noviembre del 2009Pág 36 — BOLETIN JUDICIAL Nº 216

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafael Ángel Alan León, quien fuera mayor, pensionado, casado una vez, cédula de identidad Nº 06-0018-8110, vecino de Nicoya, Barrio El Carmen, 75 metros al sur y 25 metros al este del play. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000156-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 7 de octubre del 2009.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—RP2009138297.—(IN2009096113).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Jiménez Rodríguez, quien fuera mayor, casado, pensionado, cédula de identidad Nº 1-0192-0052. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores yen general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-001401--0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de octubre del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2009138303.—(IN2009096114).

Ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue José Luis Mata Bonilla, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número uno-doscientos cuatro-doscientos veintisiete, por lo que se confiere el plazo legal de treinta días establecido en el artículo 917 del Código Procesal Civil, a todos los herederos para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta Notaría se encuentra ubicada en San Marcos de Tarrazú, frente a Importadora Monge.—San Marcos de Tarrazú, 27 de octubre del 2009.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2009138309.—(IN2009096115).

Se hace saber que en la notaria del licenciado Hernán Fernando León Chaves, se tramita el proceso sucesorio del señor German Batan Quintana, quien en vida fue mayor, casado una vez, empresario, con documento de identidad, DI uno cero tres seis uno cinco cero tres dos cuatro cero tres, vecino de Alajuela centro, contiguo a supermercado Súper Tico. Se cita a las herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2009-01. Notaría del licenciado Hernán Fernando León Chaves, Alajuela, calle cero, avenidas cinco y siete, bufete León & Montero.—Alajuela, 7 de mayo del 2009.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—RP2009138333.—(IN2009096116).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Méndez Carballo, quien fue mayor, soltero, ingeniero industrial, vecino de Tirrases de Curridabat, cédula de identidad Nº 6-0245-0572. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 09-000336-0169-CI—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de junio del 2009.—Lic. Ivania Quesada Quirós, Jueza.—1 vez.—RP2009138349.—(IN2009096117).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Marcelino Rojas Salazar, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad Nº 7-072-068, quien falleció el 18 de junio del año 2006, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100521-0934-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, 11 de setiembre del 2009.—Lic. Richard White Wright, Juez.—1 vez.—RP2009138377.—(IN2009096118).

Se cita y emplaza a todos los interesados. Se les comunica la apertura del proceso sucesorio Ad Intestato en sede notarial de Elvia María Solís Murillo, quien fue mayor, soltera, educadora, vecina de Esquipulas de Palmares, Alajuela, cédula Nº 2-286-721, para que en el término de 30 días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se aperciben que si no se presentan en este termino, la herencia pasara a quien corresponda.—Palmares, Alajuela, 28 de octubre del 2008.—Lic. Monika Fernández Mayorga, Notaria.—1 vez.—RP2009138387.—(IN2009096119).

Se cita y emplaza a todos, los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó María Ofelia del Carmen Fallas Guevara, quien fue mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Llano Grande de Mora, cédula Nº 1-0262-0755, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo

apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 09-100129-197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 20 de julio del 2009.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—RP2009138400.—(IN2009096120).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Santos Fallas Guevara, quien fue mayor, casado una vez, vecino de Llano de Grande Mora, agricultor, cédula Nº 1-189-554, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 09-100130-197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 20 de julio del 2009.—Lic. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—1 vez.—RP2009138401.—(IN2009096121).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Hugo Humberto Sánchez Fernández, cédula 3-200-1363, casado, agente vendedor, vecino de Alajuela, para que dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en mi notaría donde se tramita sucesión en sede notarial del citado causante a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que se no se presentaren dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Alajuela, 11 de octubre del 2009.—Mariela Felisa Solís Sandoval, Notaria.—1 vez.—(IN2009096525).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Gloriela Wagner Orozco, conocida como Diana, quien fue mayor, viuda dos veces, cédula de identidad número 9-0031-0505, albacea provisional Berta Isabel Finke Wagner, cédula 1-0523-0836, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a rendir sus derechos y se apercibe a los que creen tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2009-000189-222-CI.—Juzgado Tercero Civil de Menor de San José, 20 de octubre del 2009.—Lic. Luis Salas Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2009096542).

El suscrito notario hace saber que ante su notaría, situada en Alajuela, de Autorepuestos Gigantes, trescientos metros al norte y diez metros al este, se han presentado los señores: Fainier Jiménez Salas, mayor, viuda de su segundo matrimonio, del hogar, vecina de Alajuela, cuatrocientos metros al norte del Almacén Llobet, titular de la cédula de identidad número dos-doscientos doce-ochocientos sesenta, Aurelia Solórzano Jiménez, mayor, casada una vez, administradora de empresas, vecina de Alajuela, Residencial Villas de la Ceiba, casa siete d, titular de la cédula de identidad número uno-novecientos cincuenta y nueve, trescientos noventa y dos, Luis Mariano Solórzano Jiménez, mayor, soltero, psicólogo, vecino de misma dirección que la segunda compareciente, titular de la cédula de identidad número dos-quinientos cuarenta y cinco-cuatrocientos veintidós, a fin de que se haga constar en acta notarial que solicitan la tramitación del sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera Alfredo Solórzano Carvajal, casado en segundas nupcias, comerciante dedicado a la conducción de taxi, vecino de Alajuela, cuatrocientos metros al norte de Almacén Llobet, titular de la cédula de identidad número dos-doscientos setenta y ocho-cero setenta y siete. Asimismo aceptan la herencia y se nombra albacea a la señora Fainier Jiménez Salas, quien deja formado el inventario. En consecuencia, se cita a los interesados para que dentro de treinta días concurran a hacer valer sus derechos ante mi notaría. Expediente 0001-2009.—Alajuela, veintinueve de agosto de dos mil nueve.—Lic. Víctor Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2009096577).

AvisosTERCERA PUBLICACIÓN

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria del menor Sergey Eduardo Jiménez Soto, ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días, contados a partir de la fecha de publicación del último edicto.—Juzgado de Familia de Grecia, 01 de octubre del 2009.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26839.—C-4080.—(IN2009094825).

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria del menor Víctor Hugo Ramírez Chinchilla, ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días, contados a partir de la fecha de publicación del último edicto.—Juzgado de Familia de Grecia, 01 de octubre del 2009.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—O. C. Nº 31042.—Solicitud Nº 26839.—C-3570.—(IN2009094826).