Aplicación Resultados

19
Normativa Contable y Fiscal AE/1 Antonio Esteban.com Los Resultados Concepto y clases Como consecuencia de la reforma contable, el resultado del ejercicio se extiende más allá de los límites tradicionalmente considerados, puesto que no se trata en su integridad de beneficios realizados, a éstos hay que añadir ahora los beneficios resultantes de los ajustes derivados de la aplicación del valor razonable. Se ha de considerar parte integrante de los recursos propios mientras no se aplique, tanto si su saldo es positivo como si es negativo. Cierre Contable y Fiscal

description

proceso de aplicación de resultados desde un punto de vista normativo y contable, orientado a la inserción en blog.

Transcript of Aplicación Resultados

Page 1: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/1

An

ton

io E

ste

ban

.com

Los Resultados

Concepto y clases

Como consecuencia de la reforma contable, el resultado del ejercicio se extiende más allá de los límites tradicionalmente considerados, puesto que no se trata en su integridad de beneficios realizados, a éstos hay que añadir ahora los beneficios resultantes de los ajustes derivados de la aplicación del valor razonable.

Se ha de considerar parte integrante de los recursos propios mientras no se aplique, tanto si su saldo es positivo como si es negativo.

Concepto y clases

Como consecuencia de la reforma contable, el resultado del ejercicio se extiende más allá de los límites tradicionalmente considerados, puesto que no se trata en su integridad de beneficios realizados, a éstos hay que añadir ahora los beneficios resultantes de los ajustes derivados de la aplicación del valor razonable.

Se ha de considerar parte integrante de los recursos propios mientras no se aplique, tanto si su saldo es positivo como si es negativo.

Cierre Contable y Fiscal

Page 2: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/2

Los ResultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 3: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/3

Los DividendosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 4: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/4

Dividendos Activos a cuenta

La distribución entre los accionistas de cantidades a cuenta de dividendos sólo podrá acordarse por la Junta General o por los Administradores bajo las siguientes condiciones: Los Administradores formularán un estado contable en el que se ponga de manifiesto que existe liquidez suficiente para la distribución. Dicho estado se incluirá posteriormente en la Memoria.

La cantidad a distribuir no podrá exceder de la cuantía de los resultados desde el fin del último ejercicio, deducidas las pérdidas procedentes de ejercicios anteriores y las cantidades con las que deban dotarse las reservas obligatorias por Ley o por disposición estatutaria, así como la estimación del impuesto a pagar sobre dichos resultados.

Dividendos Activos a cuenta

La distribución entre los accionistas de cantidades a cuenta de dividendos sólo podrá acordarse por la Junta General o por los Administradores bajo las siguientes condiciones: Los Administradores formularán un estado contable en el que se ponga de manifiesto que existe liquidez suficiente para la distribución. Dicho estado se incluirá posteriormente en la Memoria.

La cantidad a distribuir no podrá exceder de la cuantía de los resultados desde el fin del último ejercicio, deducidas las pérdidas procedentes de ejercicios anteriores y las cantidades con las que deban dotarse las reservas obligatorias por Ley o por disposición estatutaria, así como la estimación del impuesto a pagar sobre dichos resultados.

Dividendos a cuentaMuy importante

An

ton

io E

ste

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 5: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/5

Dividendos Activos a cuenta

Por el acuerdo de distribuir dividendo a cuenta.   (557) DIVIDENDO ACTIVO A CUENTA a (526) DIVIDENDO ACTIVO A PAGAR

Por el pago del dividendo a cuenta. (526) DIVIDENDO ACTIVO A PAGAR

a (4751) H. P., ACREEDOR POR RETENCIONES PRACT. a (57) TESORERÍA

Dividendos Activos a cuenta

Por el acuerdo de distribuir dividendo a cuenta.   (557) DIVIDENDO ACTIVO A CUENTA a (526) DIVIDENDO ACTIVO A PAGAR

Por el pago del dividendo a cuenta. (526) DIVIDENDO ACTIVO A PAGAR

a (4751) H. P., ACREEDOR POR RETENCIONES PRACT. a (57) TESORERÍA

Dividendos a cuentaMuy importante

An

ton

io E

ste

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 6: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/6

Aplicación de resultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 7: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/7

Aplicación (art. 213)

La Junta general resolverá sobre la aplicación del resultado del ejercicio de acuerdo con el balance aprobado.Una vez cubiertas las atenciones previstas por la Ley o los estatutos, sólo podrán repartirse dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es o a consecuencia del reparto, no resulta inferior al capital social.A estos efectos, los beneficios imputados al patrimonio neto no podrán ser objeto de distribución, directa ni indirecta.Si existieran pérdidas de ejercicios anteriores que hicieran que ese valor del patrimonio neto de la Sociedad fuera inferior a la cifra del capital social, el beneficio se destinará a la compensación de estas pérdidas.Se prohíbe igualmente toda distribución de beneficios a menos que el importe de las reservas disponibles sea, como mínimo, igual al importe de los gastos de investigación y desarrollo que figure en el activo.En cualquier caso, deber dotarse una reserva indisponible equivalente al fondo de comercio que aparezca en el activo del balance, destinándose a tal efecto una cifra del beneficio que represente, al menos, un cinco por ciento del importe del citado fondo de comercio. Si no existiera beneficio, o éste fuera insuficiente, se emplearán reservas de libre disposición.

Aplicación (art. 213)

La Junta general resolverá sobre la aplicación del resultado del ejercicio de acuerdo con el balance aprobado.Una vez cubiertas las atenciones previstas por la Ley o los estatutos, sólo podrán repartirse dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es o a consecuencia del reparto, no resulta inferior al capital social.A estos efectos, los beneficios imputados al patrimonio neto no podrán ser objeto de distribución, directa ni indirecta.Si existieran pérdidas de ejercicios anteriores que hicieran que ese valor del patrimonio neto de la Sociedad fuera inferior a la cifra del capital social, el beneficio se destinará a la compensación de estas pérdidas.Se prohíbe igualmente toda distribución de beneficios a menos que el importe de las reservas disponibles sea, como mínimo, igual al importe de los gastos de investigación y desarrollo que figure en el activo.En cualquier caso, deber dotarse una reserva indisponible equivalente al fondo de comercio que aparezca en el activo del balance, destinándose a tal efecto una cifra del beneficio que represente, al menos, un cinco por ciento del importe del citado fondo de comercio. Si no existiera beneficio, o éste fuera insuficiente, se emplearán reservas de libre disposición.

Cap

ítu

lo I

V:

Fin

an

cia

ció

n

pro

pia

Aplicación de resultados

Cierre Contable y Fiscal

Page 8: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/8

Distribución de dividendos (art. 215)

La distribución de dividendos a los accionistas ordinarios se realizará en proporción al capital que hayan desembolsado.

En el acuerdo de distribución de dividendos determinará la junta general el momento y la forma de pago. A falta de determinación sobre estos particulares, el dividendo será pagadero en el domicilio social a partir del día siguiente al del acuerdo. 

Distribución de dividendos (art. 215)

La distribución de dividendos a los accionistas ordinarios se realizará en proporción al capital que hayan desembolsado.

En el acuerdo de distribución de dividendos determinará la junta general el momento y la forma de pago. A falta de determinación sobre estos particulares, el dividendo será pagadero en el domicilio social a partir del día siguiente al del acuerdo. 

Aplicación de resultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 9: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/9

Los ResultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 10: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/10

Los Resultados: AplicaciomesA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 11: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/11

Resultados positivos: aplicaciones obligatoriasA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 12: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/12

Dividendos Activos

Limitaciones al reparto de dividendos

Sólo se podrán repartir dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones: Que hayan sido cubiertas las aplicaciones obligatorias. Que el valor del patrimonio neto no sea o, a consecuencia del reparto, no resulte inferior al capital social. Mientras no estén totalmente amortizados los gastos de investigación y desarrollo, salvo que las reservas de libre disposición cubran, al menos, los saldos pendientes de amortizar.

Dividendos Activos

Limitaciones al reparto de dividendos

Sólo se podrán repartir dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones: Que hayan sido cubiertas las aplicaciones obligatorias. Que el valor del patrimonio neto no sea o, a consecuencia del reparto, no resulte inferior al capital social. Mientras no estén totalmente amortizados los gastos de investigación y desarrollo, salvo que las reservas de libre disposición cubran, al menos, los saldos pendientes de amortizar.

Aplicación de resultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 13: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/13

Otras partidas de aplicaciónReservas voluntarias.Son las constituidas libremente por la empresa. El origen estará en los beneficios no repartidos que quedan a disposición de la empresa, sin ninguna imposición legal ni estatutaria, o bien en otras reservas que eran indisponibles, cuando dejan de serlo.Retribución a los administradores.La retribución de los administradores deberá ser fijada en los estatutos. Cuando consista en una participación en las ganancias, sólo podrá ser detraída de los beneficios líquidos y después de estar cubiertas las atenciones de la reserva legal y de la estatutaria y de haberse reconocido a los accionistas un dividendo del 4%, o el tipo más alto que los estatutos hayan reconocido.Retribución a los fundadores de la sociedad.Los fundadores y los promotores de la sociedad podrán reservarse derechos especiales de contenido económico, cuyo valor en conjunto, cualquiera que sea su naturaleza, no podrá exceder del 10% de los beneficios netos obtenidos según balance, una vez deducida la cuota destinada a la reserva legal y por un período máximo de diez años.Estos derechos podrán incorporarse a títulos nominativos distintos de las acciones, cuya transmisibilidad podrá restringirse en los estatutos sociales.Participación del personal en los beneficios.Cuando la empresa distribuye parte de los beneficios entre todo o parte de su personal.Remanente.Son los beneficios que, una vez aprobadas las cuentas anuales y la distribución de resultados, quedan sin repartir ni aplicar específicamente a ninguna otra cuenta.

Otras partidas de aplicaciónReservas voluntarias.Son las constituidas libremente por la empresa. El origen estará en los beneficios no repartidos que quedan a disposición de la empresa, sin ninguna imposición legal ni estatutaria, o bien en otras reservas que eran indisponibles, cuando dejan de serlo.Retribución a los administradores.La retribución de los administradores deberá ser fijada en los estatutos. Cuando consista en una participación en las ganancias, sólo podrá ser detraída de los beneficios líquidos y después de estar cubiertas las atenciones de la reserva legal y de la estatutaria y de haberse reconocido a los accionistas un dividendo del 4%, o el tipo más alto que los estatutos hayan reconocido.Retribución a los fundadores de la sociedad.Los fundadores y los promotores de la sociedad podrán reservarse derechos especiales de contenido económico, cuyo valor en conjunto, cualquiera que sea su naturaleza, no podrá exceder del 10% de los beneficios netos obtenidos según balance, una vez deducida la cuota destinada a la reserva legal y por un período máximo de diez años.Estos derechos podrán incorporarse a títulos nominativos distintos de las acciones, cuya transmisibilidad podrá restringirse en los estatutos sociales.Participación del personal en los beneficios.Cuando la empresa distribuye parte de los beneficios entre todo o parte de su personal.Remanente.Son los beneficios que, una vez aprobadas las cuentas anuales y la distribución de resultados, quedan sin repartir ni aplicar específicamente a ninguna otra cuenta.

Aplicación de resultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 14: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/14

Resultados positivos

La obtención de resultados positivos en un ejercicio no es condición necesaria para poder distribuir dividendos a los accionistas ni tampoco es condición suficiente.

No es condición necesaria, porque si en dicho ejercicio no ha existido resultado positivo, pero lo hubo en ejercicios anteriores -y no se distribuyeron-, se puede distribuir en éste el excedente que no se distribuyó entonces.

No es condición suficiente, porque si el excedente de este ejercicio no llega a compensar pérdidas de ejercicios anteriores, a pesar de haber obtenido beneficio en el ejercicio actual, la sociedad no posee excedentes para distribuir.Por tanto, no basta con la existencia de saldo acreedor de la cuenta de pérdidas y ganancias, sino que el patrimonio neto de la sociedad sea superior al capital social. 

Resultados positivos

La obtención de resultados positivos en un ejercicio no es condición necesaria para poder distribuir dividendos a los accionistas ni tampoco es condición suficiente.

No es condición necesaria, porque si en dicho ejercicio no ha existido resultado positivo, pero lo hubo en ejercicios anteriores -y no se distribuyeron-, se puede distribuir en éste el excedente que no se distribuyó entonces.

No es condición suficiente, porque si el excedente de este ejercicio no llega a compensar pérdidas de ejercicios anteriores, a pesar de haber obtenido beneficio en el ejercicio actual, la sociedad no posee excedentes para distribuir.Por tanto, no basta con la existencia de saldo acreedor de la cuenta de pérdidas y ganancias, sino que el patrimonio neto de la sociedad sea superior al capital social. 

Aplicación de resultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 15: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/15

Aplicación de resultados

Resultados positivos: Vpn © > CS

(129) RESULTADO DEL EJERCICIO (120) REMANENTE a (112) RESERVA LEGAL a (113) RESERVAS VOLUNTARIAS a (114) RESERVAS ESPECIALES a (557) DIVIDENDO ACTIVO A CUENTA a (526) DIVIDENDO ACTIVO A PAGAR a (553) C/C SOCIOS Y ADMINISTRADORES a (120) REMANENTE

Acuerdoaplicació

n

(526) DIVIDENDO ACTIVO A PAGAR (553) CUENTAS CORRIENTES CON SOCIOS Y ADMINISTRADORES a (4751)HACIENDA PUBLICA, ACRE. POR RETE. PRACTI. a (57) TESORERÍA

Por el pago de dividendos, retribuciones y participaciones

An

ton

io E

ste

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 16: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/16

Resultados positivos: Vpn © < CS

(129) RESULTADO DEL EJECICIO (120) REMANENTE a (112) RESERVA LEGAL a (114) RESERVAS ESPECIALES a (557) DIVIDENDO ACTIVO A CUENTA a (121) RESULTADOS NEGATIVOS DE EJE.ANTERIORES

Aplicación de resultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 17: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/17

Resultados negativos

Existencia de reservas disponibles suficientes.  (110) PRIMA DE EMISIÓN O DE ASUNCIÓN (113) RESERVAS VOLUNTARIAS a (129) RESULTADO DEL EJERCICIO

Las reservas disponibles no son suficientes. (112) RESERVA LEGAL (1142) RESERVA POR CAPITAL AMORTIZADO (1141) RESERVAS ESTATUTARIAS a (129) RESULTADO DEL EJERCICIO

Aplicación de resultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 18: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/18

Resultados negativos

Reducción del capital obligatoria.

Cuando las pérdidas hayan disminuido su haber por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital y hubiese transcurrido un ejercicio social sin haberse recuperado el patrimonio. (100) CAPITAL SOCIAL a (121) RESULTADOS NEGATIVOS DE EJER. ANTERIORES  

Aplicación de resultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal

Page 19: Aplicación Resultados

Normativa Contable y Fiscal AE/19

Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores. 

I.Compensación con cargo a beneficios del ejercicio, reservas o capital social.  (129) RESULTADO DEL EJERCICIO (11) RESERVAS (100) CAPITAL SOCIAL a (121) RESULTADOS NEGATI. EJERCICIOS ANTERIORES  II. Compensación con aportaciones de los socios. (57) TESORERÍA a (118) AP DE SOCIOS PARA COMPENSACIÓN DE PERDIDAS

(118) APORTACIONES DE SOCIOS PARA COMPENSACIÓN DE PERDIDAS a (121) RESULTADOS NEGATI. EJERCICIOS ANTERIORES

Aplicación de resultadosA

nto

nio

Este

ban

.com

Cierre Contable y Fiscal