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ENERO $ www.codecol.com.co No. 054 / Enero de 2017 Cooperativa de Empleados de Dow Colombia APUNTES DE FINANZAS CODECOL | 1 Contenido: 1. 2. 3. 4. 5. Nuevo aporte social de los asociados que NO tienen vínculo laboral con las empresas Dow, Amsty o Codecol Se mantiene el regimen tributario especial para las cooperativas Las cooperativas son patrimonio cultural inmaterial de la humanidad Tasas de Interés Ahorro Enero 2017 Tasa de Interés Crédito Enero 2017 Los asociados que no están vinculados laboralmente a las empresas Dow, Amsty o Codecol y realizan los pagos a Codecol por caja, deberán realizar un aporte social entre el 10% y el 100% de 1 s.m.m.l.v. Valores del Aporte Social año 2017 (aplica a partir del mes de enero): Aporte social mínimo $ 73.772 Aporte social máximo $737.717 1. 2. SE MANTIENE EL REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL PARA LAS COOPERATIVAS. La Ley 1819 de 2016 modifica la aplicación del 20% del excedente. El pasado 29 de diciembre de 2016 fue sancionada la Ley 1819 por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos de lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposicio- nes. En lo que tiene que ver con las cooperativas, la Ley 1819 prevé lo siguiente: NUEVO APORTE SOCIAL DE LOS ASOCIADOS QUE NO TIENEN VÍNCULO LABORAL CON LAS EMPRESAS DOW, AMSTY O CODECOL

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ENERO

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www.codecol.com.coNo. 054 / Enero de 2017

Cooperativa de Empleados de Dow Colombia

APUNTES DE FINANZAS

CODECOL | 1

Contenido:

1. 2. 3. 4. 5.Nuevo aporte social de los asociados que NO tienen vínculolaboral con las empresas Dow, Amsty o Codecol

Se mantiene el regimen tributario especial para las cooperativas

Las cooperativas son patrimonio cultural inmaterial de la humanidad

Tasas de Interés AhorroEnero 2017

Tasa de Interés CréditoEnero 2017

Los asociados que no están vinculados laboralmente a las empresas Dow, Amsty o Codecol y realizan los pagos a Codecol por caja, deberán realizar un aporte social entre el 10% y el 100% de 1 s.m.m.l.v.

Valores del Aporte Social año 2017 (aplica a partir del mes de enero):

Aporte social mínimo $ 73.772Aporte social máximo $737.717

1.

2. SE MANTIENE EL REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL PARA LAS COOPERATIVAS.

La Ley 1819 de 2016 modifica la aplicación del 20% del excedente.

El pasado 29 de diciembre de 2016 fue sancionada la Ley 1819 por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos de lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposicio-nes.

En lo que tiene que ver con las cooperativas, la Ley 1819 prevé lo siguiente:

NUEVO APORTE SOCIAL DE LOS ASOCIADOS QUE NO TIENEN VÍNCULO LABORAL CON LAS EMPRESAS DOW, AMSTY O CODECOL

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Régimen Tributario Especial.

Es importante mencionar en primer lugar que las coope-rativas mantienen el Régimen Tributario Especial, lo cual es un reconocimiento a su naturaleza y a sus diferencias con las restantes entidades sin ánimo de lucro, de ahí que se mantiene la adición de un artículo especial en el Estatuto Tributario para regular su trata-miento, que es el 19-4.

En la Ley se dice expresamente (artículo 142) que las cooperativas pertenecen al Régimen Tributario Espe-cial, lo que significa que no están obligadas a llevar a cabo el procedimiento ante la DIAN para obtener su calificación en dicho régimen, lo cual se ratifica en el artículo 140 de la Ley, modificatorio del artículo 19 del Estatuto Tributario (ver parágrafo 1).

La Ley prevé que las cooperativas, sus asociaciones, uniones, ligas centrales y demás entidades menciona-das en el artículo 142, tributarán sobre sus beneficios netos o excedentes a la tarifa única especial del 20% y que este impuesto será tomado en su totalidad del fondo de educación y solidaridad de que trata el artículo 54 de la Ley 79 de 1988. Establece también que el cálculo del beneficio neto o excedente se realizará de acuerdo con la ley y la normativa cooperativa vigente.

Sin embargo, la inversión en educación formal que vienen realizando las entidades cooperativas, será desmontado en un lapso de dos años, a partir del año gravable 2017, de la siguiente manera:

En 2017 las cooperativas tributarán a la tarifa del 10% y, adicionalmente, deberán destinar el 10% del excedente, tomado en su totalidad del fondo de educación y solidari-dad de que trata el artículo 54 de la Ley 79/88, de manera autónoma por la propias cooperativas, a finan-ciar cupos y programas en instituciones de educación superior públicas autorizadas por el Ministerio de Educa-ción Nacional.

En 2018 las cooperativas tributarán a la tarifa del 15%, debiendo además destinar el 5% del excedente, tomado en su totalidad del fondo de educación y solidaridad de que trata el artículo 54 de la Ley 79/88, a financiar cupos y programas en instituciones de educación superior públicas autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional.

Del año gravable 2019 en adelante, las cooperativas no harán más inversión en educación superior y deberán tributar el 20% en forma directa, tributación que se desti-nará a las instituciones de educación superior públicas según lo establece el parágrafo 2º del artículo 142.

Fuente: CONFECOOP

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LAS COOPERATIVAS SON PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE LA HUMANIDAD

3.

La UNESCO ha denominado a las cooperativas a su lista de bienes culturales inmateriales, decisión fue adoptada por parte del Comité Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.

La lista del patrimonio inmaterial ahora incluye la idea y práctica de la organización de intereses compartidos en cooperativas, entendiendo que es una asociación de voluntarios que suministra servicios de índole económi-ca, social o cultural a sus miembros orientado a mejorar su nivel de vida, resolver problemas comunes y propiciar cambios positivos.

Basadas en el principio de subsidiariedad que parte de la base de que la responsabilidad personal está por encima de la acción del Estado, las cooperativas permi-ten crear comunidades gracias a los intereses y valores compartidos por sus miembros; también permiten el desarrollo comunitario al crear soluciones innovadoras a problemas sociales, desde la generación de empleo y la asistencia a ancianos hasta la revitalización urbana y los proyectos de energía renovable.

La nominación de patrimonio cultural del modelo coope-rativo es representativa ya que se gesta en las mismas comunidades y el conocimiento se transmite de genera-ción en generación, o a otras comunidades. La nomina-ción con número 01200, indica que el cooperativismo es una forma de organización que se practica casi en todo el mundo “hay más de 900.000 cooperativas con cerca de 800 millones de miembros en más de 100 países en todas las regiones del mundo”.

En Colombia el cooperativismo llegó hace 85 años y en la actualidad existen 3.890 cooperativas con una base social de más 6 millones asociados, extendiendo su beneficios directos e indirectos a 18 millones de colombianos en los 32 departamentos del país; así mismo ha generado en el último año 189 mil puestos de trabajo.

Las cooperativas por su forma de organización y propie-dad desempeñan un papel importante para la superación de los conflictos armados pues ayudan a la recuperación del tejido social al favorecer la inclusión social y económi-ca porque los asociados comparten la propiedad conjunta y se integran en la vida social a través de los servicios que ésta le presta.

Es así que el Acuerdo hacia una paz estable y duradera estableció un marco de referencia para la promoción y fortalecimiento de la economía cooperativa y solidaria.

Las cooperativas también son una alternativa a las crisis económicas permitiendo proteger el empleo y generar alternativas autogestionarias en la población, ayudando a erradicar la pobreza por que las personas se ayudan y el excedente económico es para los fines de la cooperativa.

Fuente: CONFECOOP

TASAS DE INTERES DEL PORTAFOLIO FINANCIEROTasas de interés del 1 al 31 de Enero de 2017

“VOLVER A PAG. 1”

| CODECOL 4

TU AHORRO | CDATPlazo (meses) Tasa E.A.

1

2

3

6

9

12

18

TU AHORRO | PROGRAMADO

Plazo (años) Tasa E.A.*

3 - 4 9,94%

5 10,94%

4,94%

5,44%

6,94%

7,44%

7,94%

8,44%

8,94%

4.

APUNTES DE FINANZAS

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Estas tasas de interés solo aplican para créditos nuevos.Las tasas se mantendrán �jas durante todo el plazo del crédito.Todos los créditos y las cuotas del ahorro programado están cubiertos con un seguro de vida deudores. El costo total de este seguro lo asume Codecol.

60 0,86% 10,80%96 0,90% 11,30%

120 0,93% 11,80%

120 0,99% 12,50%180 0,97% 12,30%60 0,99% 12,50%

24 0,91% 11,44%36 0,94% 11,94%48 1,02% 12,94%

72 1,06% 13,44 %60 1,02% 12,94%48 1,17% 14,94%12 0,91% 11,44%

60 1,20% 15,44%

PPlazo (meses) TTasa Periódica M.V. Tasa E.A.

AlternativaCodexpressTérmino FijoCorto PlazoCorto PlazoMediano PlazoLargo Plazo Super Largo PlazoOrdinario EspecialOrdinario Especial

Fomento de Empresa

Libre Inversión / Consumo

36 1,06% 13,44%

6 1,09% 13,94%12 1,09% 13,94%24 1,13% 14,44%

36 1,13% 14,44%

48 1,17% 14,94%

60 1,17% 14,94%

48 1,67% 21,94%

60 1,70% 22,44%

36 1,13% 14,44%

180 0,97% 12,30%

ViviendaVivienda Vivienda Vivienda Remodelación ViviendaCompra Otros InmueblesRemodelación Otros Inmuebles

EducaciónEducaciónEducaciónVehículoSaludTurismoPago de Impuestos

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TU CRÉDITO

TU SEGURO

TASAS DE INTERES DEL PORTAFOLIO FINANCIEROTasas de interés del 1 al 31 de Enero de 2017

TU CRÉDITO PORTAFOLIO |

“VOLVER A PAG. 1”

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