Argentina e Inglaterra- La emancipación Oriental

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Argentina e Inglaterra La emancipación Oriental En este artículo atenderemos el nacimiento del Estado Oriental. Hablaremos en profundidad sobre las Leyes Fundamentales de la Florida, la guerra con Brasil y la paz. Imprimilo y leelo con atención. autor: www.lamochila.com.uy ([email protected] ) Las Leyes Fundamentales de la Florida Carlos Anaya en sus “Memorias”, refiriéndose al proceso de las deliberaciones

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Argentina e Inglaterra Relaciones complejas si las hay es la de ambas naciones, que desde 1806 hasta la fecha giran en un juego nebuloso, de oscuras situaciones semejantes a la de un Lord con una joven sirvienta. El territorio de lo que hoy es llamado Argentina pertenecía al Reino de España hasta que ésta es invadida por Napoleón, y es por entonces que el Reino Unido consideró oportuno hacerse de algunas tierras que aquella no podía seguir atendiendo.

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Argentina e Inglaterra

La emancipación OrientalEn este artículo atenderemos el nacimiento del Estado Oriental. Hablaremos en profundidad sobre las Leyes Fundamentales de la Florida, la guerra con Brasil y la paz. Imprimilo y leelo con atención.

autor: www.lamochila.com.uy ([email protected])

Las Leyes Fundamentales de la Florida

Carlos Anaya en sus “Memorias”, refiriéndose al proceso de las deliberaciones que siguió en la Sala de Representantes de la Florida el tema de la independencia, dice:

“Evacuadas las primeras sesiones preparatorias [...] al abrirse la primera sesión legislativa, hice moción concebida en estos conceptos, «que se ordenase a todos los pueblos del Estado que conformes a las mismas formas y publicidad con que los agentes del Brasil habían violentado, hecho labrar y firmar actas de reconocimiento y juramento del Imperio y demás documentos que se encontraban en los Archivos Capitulares y de Justicia, en días festivos, con asistencia de todas las autoridades locales, civiles y eclesiásticas y vecindario más notable, se procediese incontinenti a testar todas las actas y documentos de degradación e ignominia, que habían tenido lugar durante su dominación; y que anotándolo los escribanos respectivos, se archivasen así para memoria de la perfidia de los opresores; dándose cuenta de haberlo así ratificado auténticamente, al Exmo. Gobierno Provisorio, a quien encargaba este cumplimiento». Mi moción fue recibida por los H.H.R.R. con susto y sorpresa, por el gran compromiso que entraban los pueblos, sin una fuerza protectora; pues el Ejército Patrio no podía distraer sus operaciones de la guerra; porque era un esqueleto sostenido sólo por el Patriotismo de pocos sin prometer moralmente otro resultado que la amarga experiencia del año 23. Sin embargo, mi moción fue favorecida por los S.S. Diputados don Luis Eduardo Pérez, don Atanasio Lapido y don Simón del Pino; los demás no se atrevieron a sostener la contraria directamente porque

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también era arriesgado en aquellas críticas circunstancias; no faltaba patriotismo, pero eran muy eventuales las garantías y las seguridades públicas”.

La moción de Anaya, que debió ser planteada en la sesión del día 20 de agosto –“al abrirse la primera sesión legislativa”, como él mismo dice– pese al apoyo recibido de parte de los diputados Pérez, Lapido y del Pino, en medio del “susto y sorpresa” de los demás Representantes, fue recién considerada al día siguiente, 21 de agosto. En efecto: el acta de esta sesión, dice:

“... el Presidente –dice el Padre Larrobla– dijo: Que se tomase en consideración el método que debía observarse, para declarar de nulidad la ilegal incorporación de esta Provincia, al Brasil. Con este motivo el Sr. Diputado Anaya presentó una nota de éste y otros puntos de inmediata relación, sobre la cual se hicieron algunas observaciones, y se resolvió se volviese la nota al mismo Diputado, para que refundiéndola bajo los principios en que estaba concebida, la presentase a la Sala en la siguiente sesión. En este estado el Sr. Anaya expuso: que siendo este asunto de la primera importancia creía por muy conveniente se nombrase otro Diputado, que de acuerdo con él hicieran alguna explanación; y discutida esta propuesta se eligió al señor Diputado Pérez (don Luis Eduardo). Seguidamente varios Señores Diputados recordaron la necesidad de tomarse en consideración la forma en que debía pronunciarse la Sala para declararse la Provincia por unida a las demás Argentinas, que forman la Independencia de Sud América, en el Sistema de Libertad; y después de un corto debate, se acordó, que los mismos SS. Anaya y Pérez presentasen en proyecto su parecer, según las observaciones que habían precedido a esta determinación. También se comisionó a los dos expresados Señores para que presentasen un proyecto de decreto sobre el pabellón, que debe usar la Provincia, en calidad de por ahora”.

Finalmente, dice el acta, que “Al tiempo de levantarse la sesión el Señor Diputado Calleros, llamó la atención de la Sala a ocuparse con preferencia en el nombramiento de los Diputados, que deben representar esta Provincia en el Congreso Gral. Constituyente de las Unidas del Río de la Plata, que se halla actualmente en la ciudad de Buenos Aires; y después de una ligera discusión, fue acordado, se difiriese hasta la próxima sesión; y en atención a la adición de otro Sr. Diputado sobre el número de Diputados que se debían elegir, se resolvió, que por ahora, y hasta que se forme el censo general de la Provincia, se nombrasen dos”.

La designación de los diputados al Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas fue practicada en la sesión siguiente del 22 de agosto, resultando designados, por votación secreta, “los Señores don Tomás Javier de Gomensoro con nueve votos y don José Vidal y Medina con ocho votos”; pero los demás puntos encomendados al estudio de Anaya y Pérez recién fueron tratados en la sesión del 25 de agosto de 1825. En efecto, dice el acta respectiva que “reunidos los Señores Representantes en su Sala de Sesiones”, “a las siete de la noche del día veinticinco de agosto de mil ochocientos veinticinco”, “se dio cuenta de las minutas de Decreto exhibidas por los señores Anaya y Pérez, referentes a la Comisión que se les encargó en sesión del veintiuno –Sobre ellas se hicieron las observaciones que se estimaron convenientes y habiéndose sancionado conforme al dictamen de los Sres. de la Comisión se resolvió expedir los siguientes Decretos–”:

“Decreto. La Honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata en uso de la Soberanía ordinaria y extraordinaria que legalmente reviste, para constituir la existencia política de los Pueblos que la componen, y establecer su Independencia, y felicidad, satisfaciendo el constante, universal, y decidido voto de sus representados; después de consagrar a tan alto fin, su más profunda consideración, obedeciendo la rectitud de su íntima conciencia, en el nombre, y por la autoridad de ellos; sanciona con valor y fuerza de Ley fundamental, lo siguiente:

1º Declara írritos, nulos, disueltos, y de ningún valor para siempre, todos los actos de incorporación, reconocimiento,

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aclamaciones, y juramentos arrancados a los Pueblos de la Provincia Oriental, por la violencia de la fuerza, unida a la perfidia de los intrusos poderes de Portugal y el Brasil, que la han tiranizado, hollado, y usurpado de sus inalienables derechos, y reducídola al yugo de un absoluto despotismo desde el año de mil ochocientos veinte. Y por cuanto el pueblo Oriental aborrece, y detesta hasta el recuerdo de los documentos, que comprenden tan ominosos actos, los Magistrados Civiles de los Pueblos, en cuyos archivos se hallan depositados aquéllos, luego que reciban la presente disposición, concurrirán el primer día festivo, en unión del Párroco, y vecindario, y con asistencia del Escribano, Secretario o quien haga sus veces, a la Casa de Justicia, antecedida la lectura de este decreto, se testará, y borrará desde la primera línea, hasta la última firma de dichos documentos, extendiendo en seguida un certificado que deberá darse cuenta oportunamente al Gobierno de la Provincia.

2º En consecuencia de la antecedente declaración, reasumiendo la Provincia Oriental la plenitud de los derechos, libertades, y prerrogativas inherentes a los demás Pueblos de la tierra; se declara de hecho y de derecho libre, e independiente del Rey de Portugal, del Emperador del Brasil, y de cualquier otro del universo, y con amplio y pleno poder para darse las formas, que en uso y ejercicio de su Soberanía estime convenientes.Dado en la Sala de Sesiones de la Representación Provincial en la Villa de San Fernando de la Florida a veinticinco días del mes de agosto de mil ochocientos veinte y cinco.

Decreto. La Honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata, en virtud de la Soberanía ordinaria, y extraordinaria que legalmente reviste para resolver y sancionar todo cuanto tiende a la felicidad de ella, declara: que su voto general, constante, solemne y decidido, es y debe ser, por la unidad con las demás Provincias Argentinas, a que siempre perteneció, por los vínculos más sagrados que el mundo conoce. Por tanto ha sancionado y Decreta por Ley fundamental, la siguiente:Queda la Provincia Oriental del Río de la Plata unida a las demás de este nombre en el Territorio de Sud América, por ser la libre, y espontánea voluntad de los Pueblos que la componen, manifestada con testimonios irrefragables y esfuerzos heroicos desde el primer período de la Regeneración política de dichas Provincias. Dado en la Sala de Sesiones de la Representación Provincial, en la villa de San Fernando de la Florida a veinte y cinco días del mes de agosto de mil ochocientos veinte y cinco.

Decreto. La Honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata, en uso de la Soberanía ordinaria y extraordinaria que legalmente reviste ha sancionado y Decreta con valor y fuerza de Ley, lo siguiente:

Siendo una consecuencia necesaria del rango de independencia y libertad que ha recobrado de hecho y de derecho la Provincia Oriental, fijar el pabellón que debe señalar su Ejército, y flamear en los Pueblos de su territorio, se declara por tal, el que tiene admitido, compuesto de las tres fajas horizontales, celeste, blanca y punzó, por ahora, y hasta tanto que, incorporados los Diputados de esta Provincia a la Soberanía Nacional, se enarbole el reconocido por el de las Unidas del Río de la Plata, a que pertenece.Dado en la Sala de Sesiones de la Representación Provincial, en la villa de San Fernando de la Florida a veinte y cinco días del mes de agosto de mil ochocientos veinte y cinco”.

El resto de la sesión se dedicó a la consideración y aprobación de las “Instrucciones” a darse a los diputados Gomensoro y Vidal y se fijó la duración de la Legislatura en un año “contado desde su instalación, siempre que en este intermedio no fuese evacuada la Capital por el enemigo” en cuyo caso “cesaría a los dos meses de ocupada por las Tropas de la Patria, previa convocatoria, en ambos casos, de la que la debería subrogar”. Se estableció, asimismo, la duración del cargo de Gobernador y Capitán General de la Provincia en tres años, fijándole un sueldo de seis mil pesos anuales. Finalmente, se fijó el sueldo de los Diputados de la Provincia en el Congreso General Constituyente en la suma de mil quinientos pesos anuales.

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Las “Instrucciones” aprobadas imponían a los Diputados Gomensoro y Vidal sostener en el Congreso General la religión del País y “la Libertad bajo el sistema de Gobierno Representativo, sin consentir en otro alguno, por más que las circunstancias lo aconsejaren”; que en toda duda sobre materias de superior importancia consultaran con la legislatura de la Provincia; y, en la cuarta y última, se les prevenía “pedir la más pronta declaración de la guerra al imperio del Brasil, que actualmente es el opresor de sus derechos, como que es parte integrante de la Nación Argentina; demandando eficaces auxilios para sostener la guerra, con ventajas; y redimir esta Provincia de los contrastes a que está expuesta, por la desproporción de sus fuerzas y recursos, a los que pueden emplear los enemigos para subyugarla”.

Significado y alcance de lasLeyes Fundamentales

Los problemas interpretativos en torno de las tres Leyes Fundamentales contenidas en el acta del 25 de agosto de 1825, pueden resumirse en estas interrogantes:

¿Son contradictorias o conciliables? ¿Se declaró efectivamente la independencia sin sujeción a ningún pacto federal o confederativo con el resto de las Provincias Unidas? ¿Cuál es la correcta interpretación del término unión, usado en la segunda ley? ¿Es igual o distinto al término incorporación, utilizado por el Congreso General de las Provincias Unidas en su resolución del 25 de octubre?

Al plantear el problema, algo se puede adelantar de entrada: las leyes no son, no pueden ser contradictorias. Esta terminante afirmación se apoya en los siguientes fundamentos: 1) Las dos Leyes se dictaron el mismo día y por las mismas personas: no es creíble que los diputados al votar la segunda hubieran olvidado los términos de la primera. 2) La jerarquía del tema hace imposible admitir la improvisación: los diputados votaron perfectamente conscientes de lo que querían en uno y otro caso. 3) No existe ninguna referencia de los actores de los sucesos respecto de dudas, vacilaciones o mudanza en su manera de pensar, las que, sin duda, se habrían registrado de haber existido.

Las Leyes, pues, sólo pueden encararse como dos aspectos de una misma determinación.

En primer lugar, la de independencia se refiere sustancialmente al Brasil y Portugal. Ese principio surge de todo el desarrollo de la revolución del 25. La Cruzada se hace para liberar la Provincia de un poder intruso y opresor. Simultáneamente con la formulación de ese postulado político como fin de la Revolución, todos los documentos afirman la unión con las Provincias Unidas (Proclama de Lavalleja al desembarcar en la Agraciada, mensaje del Gobierno Provisorio al Congreso General, Convocatoria del Gobierno Provisorio a los Pueblos de la Provincia para instalar la Sala de la Florida).

La palabra independencia que, en su significado estricto, puede conducir a un pensamiento más amplio, en aquel momento se calificaba como independencia del Brasil. Lo que contiene de sustancial la primera ley es la declaración de que la Provincia se ha librado del yugo extranjero, mediante la manifestación de que son nulos los actos por los que se la declaró incorporada a los poderes de Portugal y Brasil, “arrancados a los pueblos por la violencia de la fuerza unida a la perfidia”. Y en testimonio de tal nulidad, es que se mandó testar, en acto simbólico, todos esos documentos en los cuales las potencias extranjeras intrusas fundaban sus espurios títulos de dominación.En la primera ley, se agrega en el párrafo final: “y cualquier otro del universo”.

Este artículo segundo de la primera ley, debe relacionarse –como es por lo demás de rigor en la interpretación de todo precepto legal– con el contexto del primer artículo. Por este se había declarado que el destino de la Provincia

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Oriental no podía determinarse por fuerzas extranjeras, como resultó en 1821 cuando las tropas portuguesas desembarcaron en la ciudad justamente en los días en que estaba reunido el Congreso Cisplatino, y como resultó en 1823, cuando bajo la presión de las bayonetas los Cabildos del interior juraron la incorporación al Brasil. Esta afirmación, tiende a comprender, pues, genéricamente, a todo otro poder cualquiera del universo, que estuviera dispuesto a ejercer el mismo género de violencias sobre la libre voluntad de los pueblos de la Provincia.

De esta manera, quedaba manifiesta la capacidad del pueblo oriental para fijar su propio destino, cualquiera que este fuera. Anulados los vínculos viciosos que lo mantenían aparentemente unido a un poder extraño, el pueblo oriental declaraba su capacidad jurídica para determinar por sí su destino futuro y rechazaba las antiguas presiones militares que tergiversaron su vocación histórica, como cualquier otro poder que en el porvenir pudiera presumiblemente ejercitar sobre él, idéntica violencia. En ese momento quedaba pues con voluntad suficiente para optar por la independencia absoluta, la confederación con las otras provincias o por cualquier otro régimen político. Es lo que hará en la segunda ley.

Aclarado así el significado y alcance de la primera Ley de la Florida, la conciliación con la segunda surge sin mayores dificultades. La Provincia Oriental, reasumiendo el ejercicio de la soberanía, fija por esa Ley su destino, y lo hace declarando que se une al núcleo de las Provincias Unidas al cual había pertenecido desde los comienzos de la Revolución y del que había sido separada sólo por la imposición de la fuerza.

No se puede decir que la segunda ley es contradictoria con la primera: si algo puede reprochársele es ser redundante. Porque al declararse nulos y sin valor los actos de incorporación obtenidos por la fuerza (Congreso Cisplatino, actas de incorporación de 1823), la Provincia Oriental retomaba automáticamente la condición jurídica que tenía antes de que se ejercitara esa violencia, o sea, volvía a resultar parte integrante de las Provincias Unidas, tal como lo había sostenido Artigas sin desmayo, sin vacilaciones, a pesar de todas las adversidades. Sin embargo, se dictó la Ley de unión, porque como cualquier actitud que se adoptara para fijar el destino jurídico de la Provincia sólo sería legítima si constituía la expresión de la libre voluntad popular, tal voluntad debía quedar consignada expresamente en la Ley.

Esto resuelve otro problema: la unión con las Provincias Unidas no era incompatible con una verdadera independencia provincial.

Ha sido también sostenida la tesis de que las Leyes de la Florida resolvieron la incorporación sin condiciones a las Provincias Unidas. Este criterio no parece justo:1) Porque siendo las leyes de la Florida, expresión genuina del principio de la autodeterminación de los pueblos, no puede admitirse que esos pueblos enajenaran, en el mismo instante en que postulaban la legitimidad del principio, toda posibilidad de ejercitarlo posteriormente. La experiencia de las dificultades con que se chocaba en materia de organización institucional en el Plata era demasiado dolorosa y reciente, para que los pueblos firmaran en blanco, dejando librado su destino al criterio de otros órganos que actuaran fuera del contralor de los genuinos representantes de la voluntad popular, quienes al menos tendrían que reservarse la facultad de ratificar la obra de aquellos órganos.

2) No puede, además, separarse el estudio de las Leyes Fundamentales de la Florida, del momento histórico en el cual ellas se promulgaron. Desde la llamada “crisis del año 20" –véase el capítulo 32– las provincias del Río de la Plata habían ido adoptando una organización cuasi independiente; y habían concluido por dejar tan sólo al gobierno de Buenos Aires –como representante de todas–, el cuidado de atender las relaciones exteriores. La Provincia Oriental no podía ingresar en la unión en una calidad distinta de la que se encontraban las demás provincias.

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Es fácil advertir, en consecuencia, cómo la situación era diferente tanto de una separación radical a ejemplo de la que se establecerá en la fórmula de la Convención Preliminar de 1828 como de una sujeción incondicional, según lo entendieron los gobernantes del unitarismo porteño, proclives siempre a esta clase de desviaciones.Esta fue, por lo demás, la interpretación que dieron a las Leyes Fundamentales del 25 de agosto de 1825 los actores más representativos de los acontecimientos, con anterioridad –como intención–, contemporáneamente a las mismas y poco tiempo después de sancionadas.

En el primer caso, como calificado intérprete de una intención de independencia en la unión con las demás Provincias del Plata, cabe señalar a Santiago Vázquez, nada menos que el Presidente de la Logia de los “Caballeros Orientales”, que, enterado de las objeciones de Fructuoso Rivera a la propuesta del Cabildo Representante de 1823 para unirse al proyectado movimiento emancipador, publicó en “El Ciudadano” la siguiente réplica:

“Todo el plan de ese documento está malísimamente apoyado en un principio falso, que en otro tiempo podría ser seductor pero que ahora a nadie deslumbra porque las lecciones de la experiencia son muy poderosas: supone difícil si no imposible la independencia absoluta de esta provincia y pretende que en este caso, es conveniente y necesaria la incorporación de ella a una nación grande limítrofe y americana”.

Santiago Vázquez afirmaba que la Banda Oriental nunca había renunciado a los vínculos de familia que la ligaban a las denominadas Provincias del Río de la Plata, y que si bien por las contingencias de la revolución se separó de hecho por impulsos de la guerra, nunca sus habitantes estuvieron por una absoluta desmembración. En tal caso los mismos principios que veían los autores de la carta –Rivera y Obes– para confederarse con el Brasil, el redactor de “El Ciudadano” los invocaba para hacer –decía– “otra confederación, no imperial, no violenta sino apoyada en las bases que ha sancionado la ilustración del siglo, arreglada a principios liberales y acomodada a las antiguas relaciones, hábitos, costumbres, etc., de nosotros los americanos del Río de la Plata, y no brasileros”. “Reducida a estos términos la cuestión –agregaba todavía– los argumentos contra la independencia absoluta engañosos y débiles aun en ese caso, no valen contra la federación de las Provincias Unidas”.

Otro documento que igualmente define el mismo sentimiento de pertenencia a la comunidad del Plata, es la comunicación del Gobierno Provisorio al Poder Ejecutivo de las Provincias Unidas autorizando la comisión de Francisco Joaquín Muñoz y Loreto Gomensoro, encabezada por este párrafo:

“El Gobierno Provisorio de esta Provincia se apresura a tributar su reconocimiento, respeto y obediencia a la Suprema Autoridad Ejecutiva de las Unidas del Río de la Plata”.Y el diploma que les otorgó hace saber que ha acordado nombrarlos para que “en carácter de sus comisionados marchen a la presencia del Soberano Congreso Constituyente y Exmo. Poder Ejecutivo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, a tributar en su nombre, y en el de la de su mando, reconocimiento, respeto, y obediencia a sus respectivas autoridades, como una de las que integran el territorio de las de la Unión Argentina, y en su consecuencia representar ante el mismo Soberano Congreso General Constituyente, Poder Ejecutivo Nacional, y demás, a que corresponde, el estado de insurrección y defensa de los derechos de Independencia y Libertad, en que se ha constituido el Pueblo Oriental, para sacudir el yugo ominoso del Emperador del Brasil...”.

De mayor trascendencia aun es el pensamiento de Carlos Anaya –con Luis Eduardo Pérez, redactor del proyecto de los “Decretos” que fueron aprobados el 25 de agosto de 1825– manifestado por Anaya a Gabriel Antonio Pereira, dos meses antes de la Cruzada del 19 de abril:

“Siempre he tenido la más pura fe en la independencia y la libertad de nuestro territorio, y creo que aun cuando los reveses de la fortuna y la variabilidad de la guerra, han entregado este rico patrimonio al extranjero, día llegará en

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que sacudirán el yugo ominoso los Orientales y que la Patria de Artigas, del inmortal Artigas, de esa víctima sacrificada por el Gobierno de Buenos Aires, por las ambiciones y las maldades que rigen su política para con estos desgraciados pueblos, ocupará el rango de pueblo libre e independiente entre las demás Repúblicas Americanas. Ud., mi amigo, que tanto ha hecho y hace por su país, no desespere y siga con ardor sus trabajos, que el éxito ha de coronar de laureles inmortales la frente de todos los patriotas que como Ud. han secundado al inmortal Artigas y veremos que la semilla dará su fruto y el verbo se hará obra”.

Hay en las palabras del patriota oriental, sincero partidario del autonomismo y de la unión federal platense, una emocionada invocación de Artigas, que subraya y explicita todo su pensamiento, además de dar fe de su coraje cívico al mencionar el nombre del Jefe de los Orientales en aquel momento, en que todos lo callaban temiendo ser tachados de anarquistas...

Y sancionadas las Leyes Fundamentales, el propio Anaya expresa en sus “Apuntes”:“Se declaró por un acto solemne legislativo la independencia del Estado de la dominación extranjera, declarándonos unidos a la República Argentina”.

Otro actor principal de los sucesos, el Pbro. Juan Francisco de Larrobla, que había presidido la sesión del 25 de agosto en que se sancionaron las Leyes Fundamentales, con motivo de las victorias de Rincón y Sarandí y de haberse votado por el Congreso General de las Provincias Unidas la incorporación de la Oriental, decía a Lavalleja, el 22 de noviembre de 1825:

“Tengo el honor de felicitar a VE. así por los triunfos conseguidos por nuestras armas como también por la reincorporación de esta Provincia a la Nación Argentina”.

Y el protagonista de la Cruzada emancipadora, Lavalleja, por su parte, al tomar conocimiento de la resolución del Congreso General de las Provincias Unidas, contestó a Gregorio Gómez, que se la había comunicado oficialmente:

“Ella, señor, nos eleva al distinguido puesto de nacionales, por lo que tanto desde nuestros principios todos han aspirado; nuestros enemigos ya no nos mirarán como unos seres aislados y una provincia rebelde, sino con respeto por nuestra decisión y porque pertenecemos a una respetable Nación que hoy tiene tanto crédito y a quien siempre hemos pertenecido”.

Y en una “Proclama” a los pueblos orientales, expresaba:

“¡Pueblos! Ya están cumplidos vuestros más ardientes deseos; ya estamos incorporados a la gran Nación argentina; ya estamos arreglados y armados”.Asimismo, el Libertador Lavalleja, conjuntamente con Fructuoso Rivera, organizó un gran baile en Durazno, en casa del Mayor Bernardino Pelayo, hermano político de este último, para festejar la unión platense.

“Oribe fue el encargado de ir a buscar, desde los alrededores de Montevideo, los músicos –acota acertadamente Eugenio Petit Muñoz– que por intermedio de cartas dirigidas a sus amistades, haría salir clandestinamente de la ciudad, y ello nos muestra a los tres más prestigiosos jefes del país en esos momentos unimismados en la idea de que tal solución era efectivamente la patriótica”.

“En el interior del gran salón se hicieron grandes ondas de blanco, azul y encarnado, colores de nuestra rica bandera”, refiere en “Memoria” semi-inédita el Teniente de Húsares, José Costa, citado por Petit Muñoz, que, a su vez, agrega: “nos muestra cómo el sentimiento oriental continuaba mostrándose vehemente y entusiasta al celebrar

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regocijado la reafirmación de la hermandad platense”.

Pero, además, se cuenta con la interpretación auténtica de las tres Leyes Fundamentales del 25 de agosto de 1825, realizada por la segunda Legislatura de la Provincia Oriental, en la que tomaban asiento muchos de los que las habían sancionado, ratificando los conceptos del entonces Gobernador Delegado, Joaquín Suárez, firmante de las mismas. Decía Suárez, en mensaje del 10 de noviembre de 1826:

“La Provincia Oriental ha pertenecido siempre de derecho a la República Argentina, como expresamente lo manifiesta la Ley Nacional [del Congreso General de las Provincias Unidas] del 25 de octubre del año ppdo. en que se declaró de hecho incorporada a las demás de la Unión”.

Y ratificaba la Sala de Representantes, en el acápite de la ley del 28 de noviembre del mismo año:

“Que la Revolución que hicieron los habitantes de Montevideo en el año 1822 y la que se suscitó en su campaña, por el de 1825, no tuvieron otro objeto que libertar la Provincia de un dominio extranjero y hacerla reentrar en la asociación de las Provincias Unidas del Río de la Plata a que siempre había pertenecido de derecho”.

Cabe señalar, por lo demás, que, en coherente y directa filiación con la voluntad reiterada en el proceso de la emancipación oriental –a la que alude la Ley de Unión del 25 de agosto, al decir: “manifestada con testimonios irrefragables y esfuerzos heroicos desde el primer período [el artiguista] de la Regeneración política de dichas Provincias”–, la declaración contenida en las Leyes Fundamentales de independencia y unión platense, guarda total correspondencia con la primera declaración oriental, jurada por los pueblos en 1813, por orden del Gobierno Patrio de Canelones, ratificada en 1815 según lo comunicara el propio Artigas al tomar conocimiento de la declaración del 9 de julio de 1816 por el Congreso de Tucumán y con el contexto de la resolución del 29 de octubre de 1823 del Cabildo Representante de Montevideo.

Sin embargo, como se verá, el alcance y significado del concepto de unión con las Provincias Unidas, estaba lejos de ser el mismo para todos los hombres del patriciado oriental que actuaron en el proceso emancipador; y, menos aun, el que le darían, por entonces, los dirigentes bonaerenses del unitarismo.

La “reincorporación” oriental y la guerra con el Brasil

Como se ha dicho la actitud del círculo dirigente unitario, representado por el ministro Manuel José García, era de extrema reserva y partidario de la negociación pacífica con el Imperio del Brasil para dar solución satisfactoria a la cuestión oriental. En abierto contraste con esta reticencia oficial –con la única excepción del bravo Gral. Las Heras, decidido partidario de apoyar a los orientales en su lucha emancipadora– la opinión pública general en Buenos Aires y en las demás Provincias del Plata era de entusiasmo y apoyo a los que el 19 de abril de 1825 habían emprendido la Cruzada.

Hasta el oficialista “Nacional” de Buenos Aires aceptaba que “la justicia acompaña a estos beneméritos patriotas en su heroico y arrojado empeño; lo único que admite alguna disputa es si el momento que han elegido para tremolar de nuevo en la Banda Oriental el sagrado estandarte de la libertad es el más oportuno, o debieron esperar momentos más felices para no aventurar el éxito de la empresa”. Por lo demás, de Santa Fe y Entre Ríos cruzaban continuamente el Uruguay, burlando la vigilancia brasileña, partidas de gauchos que venían a plegarse a las fuerzas en lucha.

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En la sesión celebrada por el Congreso Nacional reunido en Buenos Aires, el 15 de marzo de 1825, se dio entrada a una comunicación del Poder Ejecutivo sobre la necesidad de organizar un Ejército Nacional. El cupo con que contribuiría cada Provincia para formarlo sería estimado por el número de diputados que hubieran tenido derecho a enviar al Congreso Nacional. Integrarían también el ejército las fuerzas existentes en Córdoba, las que pertenecían al ejército auxiliar del Perú, la división de línea organizada en la Provincia de Salta y la fuerza de línea existente en la Provincia de Entre Ríos.

El diputado Juan Ignacio Gorriti sostuvo que no podía existir un Ejército Nacional sin Nación: exigió que primero se decidiera sobre la forma de gobierno a darse a la Nación. El Dr. Valentín Gómez observó con qué medios se defendería el país, si no contaba con un ejército antes de que fuese sancionada la Constitución. Agregó que en ese momento una provincia (aludía a la Oriental) se encontraba ocupada, y que el Congreso tenía la obligación de proveer los recursos para salvarla. No era posible esperar que se sancionara la Constitución para formar el ejército. El diputado Evaristo Carriego manifestó que en Entre Ríos había leído oficios dirigidos desde la Provincia Oriental en los que se anunciaba una invasión brasileña a Entre Ríos.

El 5 de mayo, el diputado Valentín Gómez, al insistir en la necesidad de crear el Ejército Nacional, expresó sobre la Banda Oriental: “hay un suceso extraordinario, que jamás había ocurrido. Se ha verificado la invasión de unos patriotas, que hasta aquí tiene un resultado feliz, y que no sabemos hasta dónde se extenderá, pero que tiene el efecto de comprometernos a velar sobre la seguridad del país”. Si hasta entonces respecto del Imperio –expresó– se había apelado a las vías pacíficas fue por falta de otros medios, pero sin renunciar al derecho de aprovechar la oportunidad conveniente para poner fin a la usurpación del territorio oriental. La oportunidad había llegado. El ejército de Buenos Aires poseía mayores efectivos y se había consolidado el orden. Las provincias estaban en paz: la guerra del Perú había concluido.

El 9 de mayo, Las Heras puso en conocimiento oficial del Congreso General la insurrección de la Banda Oriental –no convenía llamarla Provincia Oriental– proponiendo que se formara un “Ejército de Observación” para “reforzar por ahora la línea del Uruguay en precaución de los eventos que puede producir la guerra” iniciada por los orientales.

El Congreso decidió dar preferencia a este proyecto con respecto al de organización del Ejército Nacional. El representante José Amenábar observó que “parecería que la intención era defender y dar seguridad a los gloriosos autores de la invasión en la Banda Oriental”. Valentín Gómez elogió el esfuerzo de los cruzados y sus éxitos militares, en tanto que Lucio Mansilla, caudillo de Entre Ríos, expresó: “si se me preguntara si el movimiento de los beneméritos patriotas que han pisado la Banda Oriental ha sido meditado y puesto en ejecución en el tiempo más oportuno, no tendría embarazo de decir que ha sido lo más indiscreto”. Mansilla en sus manifestaciones no ocultaba su preocupación por las consecuencias que pudiera originarle a la Provincia de Entre Ríos una derrota de los orientales: veía en ella el anticipo de una invasión imperial.

El día 11 se sancionó la ley y el Ejército de Observación, integrado por fuerzas de línea y milicias de las Provincias y reclutas, instaló su Cuartel General en el Arroyo del Molino, en las inmediaciones de Concepción del Uruguay, al mando del Gral. Martín Rodríguez.Finalmente, el 31 de mayo, el Congreso General sancionó la ley de Ejército Nacional que ordenaba la recluta de 7.620 hombres en todo el territorio de las Provincias Unidas y por ley reservada del 30 de julio se autorizó al Poder Ejecutivo Nacional a invertir 500.000 pesos para su organización.

Las Heras consagró su esfuerzo a formar el ejército. Las provincias mandaron los primeros dos mil veteranos, y llegaron al cuartel general oficiales de primer orden: Paz, Lavalle, Pacheco, Olazábal, Brandzen, Olavarría, formados en la escuela de San Martín o en quince años de guerra en el norte. Fueron distintos jefes a traer la recluta del

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interior que se esperaba remontar a más de 15.000.

En sesión reservada del 4 de julio el Congreso dio entrada a la comunicación –traída por los comisionados Francisco Joaquín Muñoz y Loreto de Gomensoro– de la instalación del Gobierno Provisorio de la Provincia Oriental, el 14 de junio.

El mismo día se dio entrada a una interpelación de Agüero al gobierno sobre la forma de “sostener la dignidad y el honor nacional” en el problema de la Banda Oriental. “¿No hay necesidad, señores –decía Agüero–, que el congreso sea instruido [...] que sepa en qué estado se encuentra esta insurrección de que se habla?”; Mansilla hizo notar que “la opinión pública se halla pronunciada de un modo indudable sobre la libertad de la provincia oriental [...] de consiguiente el congreso se halla en el caso, o de reconocer existente en la provincia Oriental ese gobierno [el de la Florida] o de chocar con la opinión pública; y si lo reconoce, como llevo dicho, es una declaración de guerra”, y pidió que se tratase reservadamente. Agüero insistió que “si el país ha de salvarse, nada hay que reservar: todo sea público. Lo único que se exige reserva es el modo y forma en que se lleve la guerra”, y aprovechó para criticar duramente la conducta del gobierno, que poco o nada hacía por “nuestra dignidad y honor nacional”.

Esto hizo que Las Heras renunciara el 11 a seguir a cargo del Ejecutivo Nacional, invocando la acumulación de tareas nacionales y provinciales. Los diputados, por unanimidad, rechazaron la renuncia el 16, por ahora, “mientras el congreso continúa trabajando por vencer los inconvenientes [...] para establecer cuanto antes el supremo poder ejecutivo nacional con la conveniente separación de los gobiernos provinciales”.En sesión reservada del 18 de julio, Zavaleta admitió que contestar la nota del Gobierno de la Florida era “esencialmente una declaración de guerra o una agresión contra los brasileños”. El ministro García dijo que el problema por la ocupación brasileña de la provincia Oriental “no sólo era de las Provincias Unidas sino también debían tomar parte las repúblicas de Colombia y Perú, y todos los demás estados del continente americano”; explicó que se estaba en negociaciones con Bolívar “para promover con su influjo esa alianza de todos los estados americanos para tomar parte en la lid contra el emperador del Brasil a fin de obligarlo a que entre en la línea de sus debres, o por la fuerza o aviniéndose a un tratado de límites”, mencionando la posibilidad de sumar a Chile y Paraguay. Por otra parte no estaban preparadas las fuerzas en Concepción del Uruguay, y por lo tanto “era de sumo interés [...] no entrar en un compromiso de guerra por todo el tiempo que fuese posible hasta no reunir con gran parte de los elementos necesarios para ella y contar con la cooperación de otros estados americanos”. Se resolvió que se informase verbalmente –“y con gran reserva”– la situación a los orientales, facultándose al gobierno a auxiliarlos “en el modo que estime conveniente” hasta que el Emperador se aviniera a desocupar la provincia Oriental o se estuviera en condiciones de ir derechamente a la guerra.

“Contra los timoratos y pacifistas estaba la totalidad de la opinión pública” –expresa José María Rosa–. “Los diarios, aun los oficialistas, se manifestaron unánimes por el apoyo a los orientales; los artículos de Dorrego en “El Argentino” clamaban por una acción inmediata. Muchos argentinos pasaron a la Banda Oriental para sentar plaza entre los combatientes, y embarcaciones cargadas de armas llegaban a las costas del Uruguay burlando la escuadra bloqueadora y las amenazadoras notas del cónsul general brasileño; agentes del gobierno de la Florida daban patentes de corso a buques que se armaban en el mismo puerto de Buenos Aires, destacándose el bergantín «General Lavalleja» y el lugre «San Martín». En los cafés de la Victoria y Catalanes vociferaban improvisados tribunos, y manifestaciones hacían rechiflas ante el consulado brasileño”.

Por cierto que, de tiempo atrás, el Cónsul del Imperio en Buenos Aires, Sinfronio María Pereira Sodré, venía reclamando ante el Gobierno por su tolerancia y encubierto apoyo a los orientales. Producido el desembarco en la playa de la Agraciada, exigió una clara manifestación de intenciones, pues “ese desagradable suceso podía tomar un carácter muy serio”; en caso contrario, pedía “que se tomaran todas las medidas públicas para impedir el aumento y

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fuerza de tal facción, el pronto castigo de aquellos individuos que le pertenezcan y han vuelto a ésta como agentes según públicamente lo pregonan los papeles”.

García, a nombre del gobierno, contestó que era “absolutamente ajeno” a la expedición, y “no estaba en los principios de su política emplear medios innobles y mucho menos fomentar empresas que no fueran dignas de un gobierno regular”. Pero tomaría las medidas solicitadas por el agente brasileño.

Para proteger Montevideo y Colonia y custodiar el cruce del Uruguay, una escuadra brasileña llegó al Plata. Su comandante, Rodrigo José Ferreira Lobo, se situó amenazadoramente frente a Buenos Aires. El 5 de julio reclamó por “los indicios vehementes de que el gobierno de Buenos Aires apoyaba la sublevación”, motivado por el secuestro de una goleta brasileña –la “Pensamiento Feliz”– y una tentativa contra otra –la corbeta “Liberal”– ocurridos en la misma rada; también por los auxilios que salían para los revolucionarios desde Santa Fe y Entre Ríos, y los desmanes contra el cónsul Sodré.

El 8 de julio de 1825 el Ministro García contestó la nota de Ferreira Lobo. En un pasaje de ella expresa: “no es la práctica del Gobierno de las Provincias Unidas el entrar en explicaciones diplomáticas con un jefe militar que, además de no hallarse caracterizado con forma para ello, se presenta mandando una fuerza armada y en actitud verdaderamente hostil, pero conviene ahora a la dignidad del Gobierno de las Provincias Unidas el que los demás del mundo no tengan motivos de pensar que él rehúsa de modo alguno el desmentir en toda ocasión la imputación que se le hace, de haber promovido la sublevación actual de los pueblos de la Banda Oriental del Río de la Plata y por ello el que suscribe está autorizado para negar solemnemente tal hecho”. Abundó en consideraciones para refutar las imputaciones, en su mayoría fundadas, de Ferreira Lobo, sin dejar de reconocer que al Gobierno de Buenos Aires no podía serle indiferente la situación entonces imperante en la Provincia Oriental porque ella afectaba la tranquilidad del Río de la Plata.

En nota de 11 de julio el Vicealmirante brasileño manifestó “cerrada definitivamente toda ulterior explicación de carácter diplomático”; expresó, a la vez, que su presencia frente a Buenos Aires al frente de buques de guerra no debía ser considerada como una actitud hostil, puesto que la finalidad era impedir que desde Buenos Aires salieran embarcaciones con auxilios de guerra destinados al ejército revolucionario en armas contra el Imperio.

Por su parte, el Gobierno de Buenos Aires adoptó providencias defensivas para repeler un posible ataque naval brasileño, con las que dio comienzo a la formación de la Escuadra Nacional.

En sesión secreta del 10 de octubre de 1825, el Congreso General aprobó el informe de la Comisión que aconsejó suspender, para evitar riesgos, la calificación de poderes del diputado de la Provincia Oriental, Tomás Javier Gomensoro y su incorporación al cuerpo. Pero dos días después los orientales obtenían la victoria de Sarandí y, al igual que cuando se había conocido el triunfo de Rincón, se produjo un estallido popular de entusiasmo. En Buenos Aires, las manifestaciones recorrieron las calles en delirio, apedreando –como ya era costumbre– el consulado brasileño, donde Antonio José Falcao da Frota había sustituido a Pereira Sodré. El escudo imperial rodó por el suelo y fue pateado e insultado.

Falcao da Frota, con comprensible indignación patriótica, hizo saber a García “cuan indecoroso es ya a la Nación y a S. M. Imperial conservar relaciones con este país donde ni siquiera cuento con seguridad personal [...] grupos de gentes acompañados de músicas han venido a las puertas de la Legación gritando ¡mueran los brasileros, muera el emperador de los macacos, muera el cónsul del Brasil! [...] fueron borradas las armas del Imperio que están en la puerta de esta Casa Consular [...] Si el gobierno no reprime esto es porque es cómplice, y si no lo reprime porque no puede, es débil. Sea lo uno o lo otro débense cortar las relaciones de gobierno a gobierno: S.M.I. no puede consentir

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y tener expuesto a continuos ultrajes un enviado suyo”.

Toda la prensa se había puesto al unísono: desde “El Nacional” de Alsina, al “Argentino” de Dorrego. En Santa Fe el padre Castañeda publicaba su hoja “Vete, portugués, que aquí no es”; en Córdoba y Mendoza las prensas recientemente inauguradas imprimían periódicos de apoyo a los heroicos orientales. Los diputados no podían resistir tantas presiones. A los triunfos de Rincón y Sarandí, se unía el entusiasmo general y el convencimiento expresado por Las Heras de que la guerra “sería un paseo”.

El 25 de octubre el congreso, ante la voluntad de unión manifestada por la Provincia Oriental, decretó su incorporación:

“1º) De conformidad con el voto unánime de las Provincias del Estado, y con el que deliberadamente ha reproducido la Provincia Oriental por el órgano legítimo de sus representantes en la ley del 25 de agosto del presente año, el Congreso General Constituyente a nombre de los pueblos que representa, la reconoce de hecho incorporada a las Provincias Unidas del Río de la Plata a que por derecho ha pertenecido y quiere pertenecer”.

“2º) En consecuencia, el gobierno encargado del Poder Ejecutivo Nacional proveerá a su defensa y seguridad”.

En la misma sesión admitió al diputado oriental, Tomás Javier Gomensoro.

De hecho, tal resolución implicaba una declaración de guerra al Imperio; la declaración formal sería cuestión de semanas. Desde hacía ocho días –el 16 de octubre– estaba Rivadavia de regreso de Londres. Había asegurado a García y este lo había trasmitido al Congreso General en sesión secreta del 20 de octubre que “nada se presentaba más a propósito que la intervención del gabinete británico [...] que este gabinete al fin cedió a las instancias de nuestro ministro en Londres [Manuel de Sarratea] y por lo tanto había completa seguridad de contar con la intervención inglesa que haría breve la guerra”. Esto explica el cambio de actitud de la mayoría unitaria y el coraje de la resolución del día 25.

El 4 de noviembre de 1825, el ministro García dirigió una comunicación al Ministro de Negocios Extranjeros del Imperio que, en lo sustancial, expresaba:“Por esta solemne declaración –la del Congreso del día 25 de octubre– el Gobierno General está comprometido a proveer a la defensa y seguridad de la Provincia Oriental. Él llenará su compromiso por cuantos medios estén a su alcance, y por los mismos acelerará la evacuación de los únicos puntos militares que guarnecen aún las tropas de Su Majestad Imperial”.

Esta comunicación vino a dar a Pedro I la oportunidad deseada para declarar una guerra en la que esperaba obtener un resonante triunfo. Esta política belicista era inspirada por su consejero, el cortesano Chalaca, y los mandos militares que entendían era el medio necesario para consolidar la frágil unión nacional del Brasil y prestigiar con un triunfo rápido y brillante al Emperador.

La clausura de la Constituyente y la expulsión de los liberales, encabezados por José Bonifacio Andrada e Silva, en 1823 y la imposición de la Constitución imperial del 25 de marzo de 1824, habían determinado el estallido de insurrecciones en Pernambuco, Río Grande del Norte, Parahyba y Ceará que en julio de ese año habían constituido la llamada Confederación del Ecuador, separada del Brasil, bajo una forma republicana y federativa. El movimiento fue arrasado a sangre y fuego; en Río Grande del Sur se buscó, en cambio, atraer la buena voluntad de los grandes terratenientes y caudillos gaúchos, con estancias y cargos en la Provincia Cisplatina...

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A la crisis política se sumaba la financiera. Pero esta última pudo solucionarse con un empréstito con la Casa Rothschild de Londres por cinco millones de libras esterlinas, en condiciones ventajosas –sin duda obtenidas por influencia del ahora Primer Ministro George Canning– con un interés anual del 5 % y un tipo de conversión de 85 sobre los 100. Poco antes, el empréstito otorgado a las Provincias Unidas había sido al 6 % y al tipo 70.

Para llevar adelante el plan de una campaña militar victoriosa sobre las Provincias del Plata y mantener en el marco del Imperio a la “Cisplatina” era necesario, sin embargo, contar con el apoyo inglés: Sir Charles Stuart, ministro británico en Río, reclamaba la prórroga del leonino tratado angloportugués de “amistad y comercio” de 1810 –que hacía del Brasil, como vimos, una colonia económica británica– y la abolición del tráfico de esclavatura, que concluyera con la importación de negros de Angola.

Inglaterra después de haber tenido en el siglo XVIII el monopolio del tráfico, se había convertido en el XIX en la campeona de su abolición. La causa era el desenvolvimiento industrial británico. Debido a la aplicación de la máquina, Inglaterra inundaba de tejidos baratos a todo el mundo, menos a aquellos países que por producir con mano esclava podían hacerlo tan barato como la máquina. Empezó entonces a combatir la esclavitud. La abolió en sus colonias para hacerlas compradoras de sus productos maquinofacturados y, claro está, quiso hacerlo en sus semicolonias como Portugal, empleando una forma progresiva para no provocar una crisis; primero abolir el tráfico, después declarar libres a los nascituros (los hijos de esclavos nacerían libres; que en España y América española se llamó libertad de vientres), y llegar finalmente a la abolición total. En 1810 por el tratado de amistad angloportugués (que no es el tratado de comercio de la misma fecha, ya mencionado), Portugal abolió el comercio de negros a Brasil cuando estos no provenían de las colonias portuguesas de África. En 1815 la prohibición se llevó a todo el territorio africano al norte del ecuador, incluyéndose por lo tanto la costa portuguesa de Guinea; en 1817 se dio a Inglaterra el derecho de visitar a los buques portugueses en alta mar para comprobar si llevaban negros ilegales.

Pedro I “prometió” en 1824, al tiempo de negarse a la reclamación de la Provincia Oriental planteada por la misión de Valentín Gómez, abolir totalmente el tráfico dentro de cuatro años y aceptó negociar la prórroga del tratado del comercio.

Los brasileños comprendían el interés colonialista de Inglaterra para exigir los tratados; pero, a su vez, sabían que era el precio de la unidad y grandeza territorial de su patria y estaban dispuestos a pagarlo a cambio del reconocimiento de su independencia y de la victoria en la guerra con las Provincias del Plata. Más tarde se buscaría la manera de aflojar la coyunda inglesa.

Canning, por su parte, hizo un doble juego: primero agitó ante el Emperador y su gabinete el espejismo de una ayuda decisiva en la guerra; después por el ministro residente Gordon y por lord Ponsonby, ministro en Buenos Aires en 1826, jugó a la independencia del Estado Oriental. Más tarde volvería a la ayuda a Brasil.

Cuando Don Pedro recibió la comunicación referida, del 4 de noviembre de 1825, sobre el voto del Congreso General de las Provincias Unidas respecto de la Provincia Oriental, ya se habían firmado el 16 de octubre las bases de los tratados anglo-brasileños de comercio y esclavatura, y tropas de apoyo desembarcaron en Santa Catalina. En la convicción de contar, entonces, con el apoyo inglés, el Emperador, el 10 de diciembre de 1825, declaró la guerra a las Provincias Unidas del Río de la Plata. Decía el decreto:

“Habiendo el Gobierno de las Provincias Unidas del Río de la Plata ejecutado actos de hostilidad contra este Imperio, sin haber sido provocado y sin preceder declaración expresa de guerra, prescindiendo de las fórmulas admitidas por las Naciones civilizadas: conviene a la dignidad de la Nación brasileña y al rango que debe ocupar entre las potencias, que yo, después de haber oído a mi Consejo de Estado, declare, como declaro, guerra contra dichas Provincias y su

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Gobierno. Por lo tanto, ordeno que por mar y por tierra se les hagan todas las hostilidades posibles, autorizándose el corso y todo otro armamento de que quieran usar mis súbditos contra aquella nación, declarando que todo cuanto se tome o aprese, de cualquier género que sea, pertenecerá a los apresadores, sin que se haga deducción alguna en beneficio del tesoro público. El Supremo Consejo Militar lo tendrá así entendido y lo hará publicar remitiendo copia a las correspondientes estaciones y fijándolo por edicto”.

La declaración de guerra fue acompañada de un volumen de 242 páginas, dirigido a las Cortes de Europa, titulado “Manifiesto o exposición fundada y justificada del procedimiento de la Corte del Brasil respecto del gobierno de las Provincias Unidas del Río de la Plata y de los motivos que la han obligado a declarar la guerra al referido gobierno”. (Rio de Janeiro, Tipografía Nacional, 1825).

Expresa el Manifiesto que, mediante él, la Corona se proponía demostrar a las naciones de uno y otro hemisferio los derechos que le asistían sobre los territorios de la Cisplatina, los actos de agresión que la impulsaban a declarar la guerra en defensa de sus títulos, después de haber agotado los medios pacíficos y la tolerancia.

“En estas circunstancias –finaliza –, cansado de sufrimientos, perdida toda esperanza de pacificación, solo resta como último medio acudir al poder de las armas y repeler la fuerza con la fuerza. Por tanto Su Majestad Imperial, poniendo a los cielos y al mundo por testigo de la pureza de sus intenciones, venciendo con el mayor esfuerzo la repugnancia que en su corazón produce el cuadro aflictivo de las calamidades, que son inseparables de estas crisis, condescendiendo con el voto universal de sus fieles y briosos súbditos, cediendo finalmente a los deberes de su Alta Dignidad de Emperador Constitucional, y a los que le impone el cargo de Defensor Perpetuo, y a la dignidad y al bien del Imperio, ha declarado la guerra ofensiva y defensiva al Estado de Buenos Aires, confiando en la Providencia Divina, justicia de la causa, nobleza de ánimo de sus leales súbditos, prosperidad de las armas del Imperio y en la imparcialidad con que las naciones aprobarán esta actitud, tan dolorosa a su Imperial corazón, puesto que ella era inevitable”.

En las páginas que siguen, para justificar la legitimidad de sus derechos al territorio oriental, reproduce el pacto de incorporación surgido del Congreso Cisplatino de 1821, nunca aprobado por las Cortes de Lisboa, y las actas extendidas en los pueblos, villas y ciudades del territorio nacional, suscritas bajo la presión de la fuerza armada, por vecinos presentes, ausentes y aun los que habían muerto, en las que declaraban su voluntad de formar parte del Imperio del Brasil en 1822 y 1823, y los actos aceptando la constitución imperial obtenidos por los mismos recursos en 1824.

El primer acto bélico fue el bloqueo de Buenos Aires, establecido el 22 de diciembre, en forma que el almirante Ferreira Lobo creyó decisiva: “ni un pájaro entrará en el puerto de Buenos Aires” se le oyó decir. La flota del Imperio contaba con ochenta buques; pero su gran calado no les permitía actuar en el río y Ferreira Lobo solamente tuvo frente a Buenos Aires una fragata, tres corbetas y veinte entre goletas y cañoneras con base de operaciones en Montevideo, Colonia, Martín García y la isla Gorriti. Las Provincias Unidas apenas disponían de dos pequeños bergantines: el “Belgrano y el “Balcarce”.

En cambio las fuerzas terrestres eran favorables a las Provincias Unidas. El Ejército de Operaciones, que había de ser denominado, luego, Ejército Republicano, cruzó el río Uruguay entre el 27 y 30 de enero de 1826. El 14 de agosto de ese año, Carlos de Alvear sustituyó a Martín Rodríguez en el mando del Ejército.

La guerra contra el Brasil fue llevada a cabo en dos frentes:–En el frente naval la superioridad de los efectivos de parte de los brasileños era aplastante, a pesar de lo cual –dentro del tipo de lucha que se podía realizar en esas condiciones– las armas rioplatenses obtuvieron éxitos de

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importancia.

El 12 de enero el gobierno de Buenos Aires designó al experimentado marino Guillermo Brown para que se hiciera cargo de la organización de una flotilla de combate.La acción de Brown fue muy eficaz. Mediante audaces acciones de hostigamiento, logró debilitar en forma considerable la rigidez del bloqueo. A fines de 1826 llegó a amenazar seriamente la navegación sobre las mismas costas brasileñas, entre Río de Janeiro y Río Grande. El 9 de febrero de 1827 obtuvo la importante victoria de Juncal sobre la escuadrilla brasileña del río Uruguay comandada por el capitán Sena Pereira, asegurando con ella el envío de refuerzos a la Provincia Oriental a través de ese río.–En el frente terrestre, Alvear proyectó e inició una campaña ofensiva que llevó la guerra al interior del Brasil. Después de largos preparativos, la ofensiva se inició en enero de 1827.

Las fuerzas de vanguardia estaban bajo el comando de Lavalleja. El grueso del ejército, comandado personalmente por Alvear, contaba con experimentados jefes como Soler, Paz y Brandzen, algunos de los cuales habían participado en las campañas de San Martín. Junto a ellos actuarían destacados jefes orientales como Julián Laguna, Leonardo Olivera, Eugenio Garzón, Manuel Oribe, Servando Gómez y Anacleto Medina.Después de penosas marchas que dejaron al ejército en malas condiciones, amenazando aun su disciplina, el Ejército Republicano enfrentó a las fuerzas imperiales comandadas por Barbacena el 20 de febrero en la batalla de Ituzaingó. Combatieron allí alrededor de 16.000 hombres.

Según testimonio de la época, Ituzaingó fue denominada también “la batalla de las desobediencias” y justamente se opina que, gracias a que los jefes procedieron con cierta independencia de las órdenes supremas, se ganó la jornada.

El resultado fue muy positivo para el Ejército Republicano, pero no concretó las esperanzas de destruir totalmente al enemigo en su fuerza más densa, ya que no fue seguido de una ofensiva más vasta, por no hallarse en condiciones de emprenderla. Luego de Ituzaingó el frente tendió a estabilizarse.

El “unitarismo” porteñistay el “autonomismo” oriental

Ya se dijo, al señalar el significado y alcance de las Leyes Fundamentales del 25 de agosto de 1825, que el concepto de unión establecido en el texto de la Ley respectiva era diferente para Lavalleja y patriotas como Manuel Calleros o Carlos Anaya y los caudillos del pueblo en armas, y el sector ilustrado del patriciado oriental que, en mayoría, ocupaban los escaños de la Sala de Representantes.

Para los primeros, la idea de unión implicaba, claramente, la reintegración de la Provincia Oriental –en uso y ejercicio de su soberanía como entidad independiente– al conjunto de las demás Provincias Unidas del Plata, en las mismas condiciones de cada una de ellas, en la época, es decir, en la situación de Confederación que formaban por entonces y delegando en el Gobierno de Buenos Aires la representación general y la conducción de la política exterior. Si bien no había una expresa afirmación de artiguismo –por temor a la ya aludida identificación que de él, prejuiciosa e injustamente, se hacía con el llamado anarquismo– era indudable la persistencia del viejo espíritu federal; y si –como ha hecho notar Eduardo Acevedo– faltó en agosto de 1825 una expresa reserva de la soberanía y las garantías del contrato enunciadas por el Jefe de los Orientales en 1813, ello no obsta para negar la evidente vigencia del sentimiento oriental de autonomismo y de unión federal platense.

Para los segundos, en vez, el concepto de unión estaba estrechamente ligado al llamado sistema de unidad o sea a la

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incorporación de la Provincia Oriental a una República Argentina regida por el partido de las luces: el unitario, como expresión de superioridad cultural, de rango social y poderío económico. En suma, la unión debía hacerse de manera que la organización republicana resultante consagrara el gobierno de los ilustrados, dueños, a la vez, de los grandes almacenes de ultramarinos surtidos por la introducción de efectos ingleses, de las más importantes barracas exportadoras de frutos del país, de los saladeros y de las estancias y ganados; y, de ninguna manera, para que ella pudiera consagrar la acción de los caudillos y jefes militares, de arraigado prestigio y representación populares, que retrotrajera la situación a los tiempos de anarquía y tiranía doméstica de la época de Artigas.

Este estado de espíritu del sector mayoritario del patriciado actuante en la representación legislativa oriental, vino a cobrar mayor gravitación en el curso del año 1826, sobre todo a partir de la designación de Bernardino Rivadavia, el 7 de febrero, como Presidente de la República Argentina y el afianzamiento, consiguiente, del partido unitario de Buenos Aires en el poder.

Reunida en su segunda etapa de sesiones, desde el 26 de diciembre de 1825, en la ciudad de San José de Mayo, la Sala de Representantes de la Provincia Oriental había reconocido, el 2 de febrero de 1826, al Congreso General como “la representación legítima de la Nación y la Suprema Autoridad del Estado”, sin ninguna salvedad o reserva respecto de las competencias privativas del gobierno de la Provincia; y el 3 de febrero, había designado a Rivadavia como diputado de la Provincia en el Congreso General.

Pero, prácticamente, desde la reanudación de sus tareas, se había hecho manifiesto el interés de afianzar, en lo interno, la prevalencia de la Sala sobre Lavalleja, Gobernador titular, y el Delegado, Manuel Calleros.

El diputado Alejandro Chucarro planteó, en la sesión del 27 de diciembre de 1825, que “según el espíritu de la ley de veinticinco de agosto, parecía que debía haberse enarbolado el Pabellón Nacional en la Provincia, inmediatamente que se declaró incorporada a las de la Unión por el Soberano Congreso Nacional; pero que no habiéndose practicado [eso] proponía que se remitiese nuevamente copia de dicha ley al Ejecutivo, encargándole la mayor brevedad en su cumplimiento”.

No cabe duda de que Lavalleja había estado omiso en lo relativo a enarbolar el “Pabellón Nacional”, pero es también evidente que, en el deseo de los Representantes de que se procediera a la sustitución de la bandera tricolor de la Cruzada, se expresaba el propósito de afianzar el símbolo que el unitarismo porteño había declarado como tal, sin conseguir, empero, que muchas de las Provincias, representadas –como la Oriental– en el Congreso, abandonaran el suyo propio. Esta era la verdad en la cuestión de las banderas y porque Lavalleja la sabía, quería mantener enarbolada la tricolor.Pero si el episodio antecedente, revela, indiciariamente, una tendencia visible hacia la porteñización de la Provincia, más claramente se pone de manifiesto la intención de subalternizar y reducir la esfera de acción propia del Gobernador Lavalleja y del Delegado Calleros –orientada al mismo propósito de imponer la hegemonía ilustrada y civil– en las resoluciones del 28 de diciembre por la primera de las cuales, el Delegado debía pasar, a la brevedad, a San José de Mayo a informar a la Sala “del estado actual de la Provincia” y, por la segunda, se prevenía al Gobernador titular –sin ejercicio de mando político en el momento– que debía ponerse “más en contacto” con la legislatura “conforme los intereses generales de la Provincia lo exigen”...

En la sesión del 4 de enero de 1826, se dio cuenta de las respuestas de Lavalleja y de Calleros, por las cuales el primero prometía concurrir, a la brevedad, y el segundo, anunciaba hallarse en la Villa, desde el día anterior.

En la sesión del 5 de enero, fueron sancionados dos proyectos de ley. Por el primero se modificaba la ley de 26 de agosto de 1825 que establecía: “El Gobernador nombrará por sí tres Ministros...”, por el siguiente texto: “El

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Gobernador nombrará un Ministro Secretario para el despacho de los Departamentos de Gobierno y Hacienda y un encargado para el de Guerra”. Y por el segundo, se modificaba la ley de 31 de agosto de 1825 que facultaba al Gobernador a delegar el mando político en una o más personas, “siempre que las ocurrencias de la guerra o cualquiera otra causa le decidiesen a hacerlo”, por el siguiente: “El Gobernador delegará el mando político en su Ministro Secretario, cuando tenga necesidad de ausentarse a una distancia de más de ocho leguas del lugar donde resida la Sala de Representantes”.

Días después de haber sido aprobadas estas enmiendas y en vista de que Lavalleja –sin tenerlas presentes– organizó su ministerio conforme a la ley del 26 de agosto de 1825, Muñoz propuso y obtuvo la sanción de otra ley, el 3 de febrero de 1828, que establecía:

“Art. 1º – Decláranse responsables del puntual y acertado desempeño de su respectivo departamento a los individuos que sirvan las Secretarías de Gobierno, Hacienda y Guerra”.

“Art. 2º – El Secretario de Gobierno y Hacienda y el encargado del despacho de Guerra y Marina, podrán concurrir a la Sala de Sesiones de esta H. Junta, cuando y cada vez que lo consideren conveniente, o cuando la H. Junta lo exija, a fin de ilustrar e ilustrarse sobre los negocios de interés público de que están encargados”.

Y el mismo día, 3 de febrero, se aprobaba también otra ley, que decía:“Art. 1º – Ninguna otra autoridad que la de los Representantes de la Provincia, podrá establecer contribución o impuesto alguno, directo o indirecto, ni pena pecuniaria”.

“Art. 2º – Ninguna autoridad, sin aprobación de la de los representantes, podrá ordenar sueldo, pensión ni gasto alguno de los fondos públicos, etc.”

Por entonces, el Ejército de Observación, al mando del Gral. Martín Rodríguez, había completado el cruce del Uruguay y Lavalleja se había apresurado a reconocer como superior a dicho Jefe.El Ejército de Observación contaba con unas mil quinientas plazas y si bien integraban su plana mayor distinguidos oficiales, la tropa era bisoña y mal armada, constituida principalmente por los contingentes de milicianos de cada Provincia.

El Ejército Oriental, en cambio, con su Cuartel General en el Durazno, tenía, según revista, más de tres mil hombres, bien armados y disciplinados. Tenía maestranza, sanidad militar, parque, artillería, infantería de línea, dragones y húsares y hasta las milicias departamentales estaban generalmente regimentadas. Colaboradores de Lavalleja en esta labor habían sido Oribe, Zufriateguy, Planes, Duarte, Moreno, José Raña, Joaquín Álvarez, Monjaime, entre los criollos y entre los extranjeros, el coronel Heines, austríaco; Vicente Virginio, carbonario italiano que había servido a Riego de Ayudante; el Vizconde de Zambeccari, boloñés, y Fray Luis Beltrán, el glorioso colaborador de San Martín, que como voluntario servía en nuestras filas.

El 11 de marzo de 1826, el Gral. Rodríguez se dirigió a Lavalleja, exigiéndole que pasara como jefe divisionario a sus órdenes y que las fuerzas orientales se clasificaran y revistaran como nacionales. Por su parte, Lavalleja entendía que el Ejército Oriental debía mantener su configuración y estructura propias, sin perjuicio del mando superior de Rodríguez. La polémica proseguiría con el Ministro de Guerra y Marina del Gobierno de Buenos Aires, Gral. Carlos de Alvear, reeditándose el episodio de 1812 entre Artigas y Sarratea.

El 16 de junio, el gallardo Jefe oriental recibió una nota del ministro Julián Segundo de Agüero –el fanático sectario de la unidad a palos– donde este le decía:

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“...se dirige esta vez al señor General Gobernador de la Provincia Oriental don Juan Antonio Lavalleja, para manifestarle cuanto es el disgusto con que el Gobierno Nacional, observa la falta de cumplimiento por parte de esa provincia a las leyes del Congreso Constituyente y a las resoluciones de la Presidencia”.

“Segundo: que considerando que todas las dificultades que hasta hoy se han tocado provienen de que al carácter de Gobernador de la Provincia Oriental, el señor Lavalleja pretende reunir el de General de las fuerzas de la misma Provincia, lo cual es incompatible después que, por las leyes del Congreso, esas fuerzas están declaradas nacionales y puestas bajo la inmediata y exclusiva dirección de la autoridad nacional, el único modo de salvarlas es que el señor general Lavalleja, conociendo su posición, lo que de él reclaman los intereses nacionales y su propia gloria se descargue del Gobierno de la Provincia que no puede desempeñar como lo exigen sus necesidades e intereses, y que ocupando en las filas del ejército el lugar que le corresponde, como a un Brigadier de la Nación, se contraiga exclusivamente a escarmentar al enemigo, asegurando la libertad de su patria y dejar bien puesto el honor nacional. Mas si, lo que S. E. –Rivadavia– no espera, el señor Lavalleja prefiriese el continuar con el Gobierno de la Provincia, debe tener entendido que sus funciones quedarán entonces limitadas a la administración y régimen interior de ella, desnudo de todo carácter y función militar, pues que la seguridad y defensa del territorio está inmediatamente encargada al General en Jefe del Ejército Nacional”.

Y finalizaba, haciendo saber que el Presidente Rivadavia había dispuesto que el Oficial Mayor en el Departamento de Gobierno, Ignacio Núñez “que a más ha recibido instrucciones especiales al efecto, pase en persona a hacer al señor General todas las explicaciones que él quiera exigir para adoptar sin riesgo la línea de conducta que debe seguir en lo sucesivo”.

El comisionado Núñez llegó a San José de Mayo el 27 de junio; desde el día 23, la Sala de Representantes –que había interrumpido su sesión desde el 13 de febrero– había vuelto a reunirse y enterada de las disposiciones del Gobierno Nacional de que era portador, dócilmente, las acató, sin admitir la renuncia de Lavalleja a la Gobernación –que este traía redactada desde Durazno– ni que delegara el mando político en el Ministro-Secretario –que lo era entonces el patriota Carlos Anaya– de acuerdo con la ley del 31 de agosto de 1825, ni que entregara al Ejército Oriental y se consagrara a la dirección política de la Provincia...

En consecuencia, el 5 de julio de 1826, el presidente de la Sala, Larrobla, en nota de halagadora retórica, comunicaba a Lavalleja –que había reasumido el Gobierno Político de la Provincia el 7 de abril– la siguiente resolución:

“La H. Junta de Representantes de la Provincia ha acordado y decreta lo que sigue. Art. 1º – El señor Gobernador don Juan Antonio Lavalleja, delegará el mando de la provincia en la persona de don Joaquín Suárez. Art. 2º – El Gobernador Delegado quedará revestido de todas las facultades y reconocerá la misma responsabilidad que el señor Gobernador Propietario. Art. 3º – La delegación será mientras la persona del señor General don Juan Antonio Lavalleja está afectada al Servicio Nacional en la presente guerra.

Para los propósitos de supremacía política del sector patricio ilustrado de la Sala, la designación practicada era ideal: Joaquín Suárez era conocido por su carácter permeable a las influencias y su espíritu de administrador ordenado. Pero la verdadera garantía para el dominio del unitarismo patricio radicaba en Juan Francisco Giró, designado Ministro Secretario del Gobernador Delegado, admirador del institucionalismo civilizador de Rivadavia y hombre de gran capacidad y laboriosidad infatigable.

Cumplido el propósito que había determinado su nuevo período de sesiones –imponer la hegemonía de la gente principal sobre el representante de la plebe campesina en armas y prevenir así el peligro del caudillaje anárquico– la

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Sala clausuró su actividad el 17 de julio de 1826. De acuerdo, entonces, con la ley del 19 de enero del mismo año, se procedió a la elección de nuevos Representantes. Dicha ley, decía:

“Art. 1º – La Junta de Representantes se compondrá de cuarenta diputados que nombrarán los nueve departamentos de la Provincia en el modo siguiente: Montevideo, ocho; Maldonado, cinco; Canelones, cinco; San José, cuatro; Colonia, cinco; Soriano, cinco; Paysandú, cuatro; Cerro Largo, dos; entre Yí y Río Negro, dos. Art. 2º – La elección se practicará por medio de electores...”.

El 30 de setiembre de 1826 se instaló, en la Villa de Nuestra Señora de Guadalupe de los Canelones, la segunda Sala de Representantes de la Provincia Oriental, ahora con clara mayoría de partidarios del sistema de unidad. Y haciendo honor a sus convicciones, el 31 de marzo de 1827, aprobó la Constitución unitaria de la República Argentina.

La sanción obtuvo 17 votos a favor y 3 votos –Chucarro, Mauricio Pérez e Ignacio Zufriategui– que pedían que se postergara la resolución hasta que se hallaran reunidos todos –debían ser 40– los representantes de los pueblos.

Era, por cierto, contradictorio y paradojal, que la Provincia Oriental, cuna del federalismo, diera su aprobación a la Constitución unitaria. “Aun antes de que los emisarios bonaerenses llegaran –dice Jorge A. Ramos– Catamarca rechazaba dicho documento y declaraba abiertamente que dicha provincia no admitía otra forma de gobierno que la federal. Córdoba, bajo el mando del general Juan Bautista Bustos, separaba esa provincia de la república ilusoria de Rivadavia, y ordenaba al delegado de Buenos Aires, el doctor Gorriti, abandonar el territorio de la provincia en el más corto plazo. En La Rioja estaba Facundo Quiroga; allí enviaron al doctor Dalmacio Vélez Sarsfield para que entregara al temible caudillo una Constitución que lo destituía. Pero ya probaría Vélez en la circunstancia que no era lerdo y que llegaría a viejo. Desde Cuyo probó el sistema postal; le envió una Carta a Facundo, adjuntándole la Constitución. El sobre fue devuelto sin abrir [...] El doctor Tezanos Pintos fue encargado de depositar en manos del general Felipe Ibarra, gobernador de Santiago del Estero, la flamante Constitución [...] Se presentó en la casa del gobernador, en una de esas tardes bochornosas de Santiago, con galera de pelo, levita abotonada, pantalones de grueso paño inglés y puños almidonados. Ibarra le ofreció un amargo al estupendo enviado porteño, pero se negó a recibir el desdichado pliego constitucional. Entre Ríos desconoció, por medio de su legislatura, la constitución”.

El 10 de abril de 1827, la segunda Sala aprobó el manifiesto a los pueblos, que decía:

“Ya era tiempo que nos presentásemos ante el mundo de un modo digno, y que así como desgraciadamente fuimos el escándalo de los pueblos, ahora serviremos de ejemplo para aquéllos que hoy son tan desgraciados –[se alude a las Provincias que habíanse negado a pasar por la constitución unitaria]– como fuimos nosotros. Si la anarquía nos hizo gemir bajo el yugo de la tiranía doméstica, si ella despobló nuestra tierra y sirvió de pretexto a un extranjero astuto –[inducido y atraído a la usurpación por los unitarios bonaerenses y... montevideanos]– que nos hizo arrastrar sus cadenas por diez años –[lo sirvieron a sueldo alguno de los firmantes del manifiesto]–, los principios de orden [unitario] que hoy practicamos contribuirán sin duda a constituir el país y a cerrar para siempre la revolución”.

“Vuestros representantes al aceptar la Constitución no han hecho más que, al expresar vuestros votos, prepararos una inmensa felicidad. Para alcanzarla es preciso seguir constantes por el camino del orden, y estar muy prevenidos contra los hombres inquietos que no pueden vivir sino en la confusión”.

Entretanto, en Canelones, se había constituido una llamada “Sociedad de Amigos del Orden” que festejó la aprobación de la Constitución unitaria. Según informa un periódico de la época, el festejo fue de gran solemnidad:

“Se invitó a tomar el té a los honorables representantes de la Provincia, a las personas del gobierno y a los

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ciudadanos distinguidos con el objeto de consagrar un instante más a la noble y tierna efusión de sentimientos que ha inspirado aquel importante suceso. La mesa fue como de unos cuarenta cubiertos y se presentó delicada y elegantemente vestida. A las ocho y media de la noche se ocuparon los asientos: el Presidente doctor Gabriel Ocampo dio el de su derecha el señor Gobernador (Suárez) y el del lado opuesto al señor Secretario de Gobierno (Giró); el vicepresidente don Santiago Calzadilla tomó el suyo entre el señor Presidente de la H. Junta de Representantes y don Francisco J. Muñoz. La Sala estaba ricamente iluminada y en toda ella reinaban los colores favoritos de la República. Sobre el asiento del Presidente estaba colocada la bandera nacional y en el centro de la mesa se leían sobre una vistosa columna y alrededor de ella las voces consoladoras de Viva la Constitución, Viva el Congreso General Constituyente, Viva el Gobierno de la Provincia Oriental, Viva la Sala de Representantes. Al tomar los asientos hallaron los convidados en sus cubiertos una cucarda bicolor y la reunión empezó adoptándola cada uno por divisa nacional. En ella reinó la mayor cordialidad, gusto y regocijo”.

Los iniciadores de dicha Sociedad eran los bonaerenses Dres. Juan Andrés Ferrera y Gabriel Ocampo que Suárez había designado Fiscal y Juez en Canelones. Unos meses después, caídos Rivadavia y el partido unitario –véase capítulo 32– dichos Ferrera y Ocampo fueron arrestados y conducidos a disposición del Gobierno de Buenos Aires por disposición del Libertador Lavalleja del 9 de setiembre de 1827, por haber promovido una conspiración para restaurar el régimen unitario mediante una alianza entre la Provincia de Buenos Aires y la Oriental.

La enérgica medida del Jefe oriental determinó que Joaquín Suárez la considerara “violenta y atentatoria a la seguridad individual” y que diera cuenta a la Sala de Representantes. Esta nombró una comisión integrada por Muñoz, Chucarro, Vidal, Lorenzo Justiniano Pérez y Pedro Pablo de la Sierra para dictaminar sobre el particular. El informe de la Comisión expresaba que la misma “no puede menos que clasificar de arbitrario el extrañamiento de los empleados civiles de la Provincia ciudadanos Ocampo y Ferrera, sin que ni aun por lo menos hubiese manifestado el jefe –Lavalleja – al Ejecutivo de la Provincia los motivos en que fundaba su orden”.

Pero frente a estos dictámenes del Gobernador Delegado y de los miembros de la aludida comisión, Lavalleja recibía innumerables y calificadas adhesiones a su enérgica actitud. Manuel Oribe le decía el 22 de setiembre: “mucho miedo ha causado la prisión de los Dres. en el resto de esta clase”. Y Manuel Dorrego, a su vez, le escribía, el 29: “Ha hecho usted muy bien en separar de la Provincia a los doctores Ferrera y Ocampo, pues son tan audaces que en el momento de llegar a ésta me pasaron dos notas insultantes, y por las que continúan en su prisión y los está juzgando la Cámara de Justicia”.

El 4 de octubre de 1827, en la Villa de San Pedro del Durazno, se produjo la reunión de los siguientes Jefes y Oficiales orientales: Gral. Julián Laguna; Cnel. Leonardo Olivera; Cnels. Pablo Pérez y Adrián Medina; Cnel. Andrés Latorre; Cnel. Juan Arenas; T. Cnel. Miguel Gregorio Planes y el Cnel. Manuel Oribe en representación del T. Cnel. Simón del Pino y manifestaron:

“Que pasaban a hacer presente al Exmo. señor Gobernador y Capitán General, propietario de la Provincia, don Juan Antonio Lavalleja, que los pueblos y divisiones de sus departamentos respectivos, en Actas celebradas en 20, 21, 22 y 23 del próximo pasado que conducen, han acordado unánimemente que el expresado Exmo. Señor y capitán general, reasumiendo el mando de la provincia, ordene el cese de la presente Legislatura y Gobierno sustituto. Haga la reforma que crea conveniente, análoga a las disposiciones de la guerra en que hoy se halla empeñada; y que últimamente, delegando el mando en la persona o personas que crea convenientes, pueda dedicarse a las operaciones militares de que se ha encargado. Y los expresados señores jefes, cumpliendo con la libre y soberana voluntad de los pueblos que los envían, a nombre de ellos, y por sí mismos, pasaron el oficio competente al Exmo. señor Gobernador y Capitán General para su apersonamiento a la celebración del Acta, que acordaron labrar por el teniente coronel don Miguel Gregorio Planes, a quien nombraron por secretario; y hallándose presente el Exmo.

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señor Gobernador y Capitán General, tomando la palabra el señor general don Julián Laguna, dijo:

“Exmo. señor: Los pueblos y las divisiones de milicias, cuyos departamentos representamos, en reuniones hechas de su propia voluntad, han sancionado actas formales como las que tuvimos el honor de presentar. Que habiéndoles demostrado la experiencia que la provincia no podrá arribar al verdadero goce de su libertad y derechos, mientras mantenga en su seno y a la cabeza de los negocios más importantes, hombres corrompidos y viciados, que por más de una vez han comprometido la existencia de ella; hombres serviles y mercenarios que no ha mucho tiempo fueron agentes activos de los portugueses, y que más recientemente, traicionando la voluntad de los pueblos, complotándose con los agentes del sistema de unidad, que ha concluido, han reconocido una Constitución en que, ni tuvieron parte los pueblos ni los tres mil ciudadanos más respetables que en aquella sazón se hallaban combatiendo por la libertad del país; y es lo que hoy hace aparecer a la provincia en ridículo, como lo patentiza el cuadro con que principian los números de “El Telégrafo” de Mendoza. Una Constitución que no reconoció ninguna provincia, ni la misma donde fue firmada; y solo tuvo su acogida y esplendor en la perversidad del círculo unitario que desgraciadamente ha mantenido hasta hoy la Provincia.

“Cuando los pueblos, usando de su soberanía, eligieron sus diputados a la Sala de Representantes, o trabajó la malicia contra la inocencia, o precisamente una tolerancia criminosa pudo haber hecho que fueran incorporados a su seno don Francisco Muñoz y don Lorenzo Pérez, cuyas personas siempre sospechosas a la patria, conoce V. E. y conocen los pueblos que representamos. Estos llevando la palabra en aquella honorable reunión, marchando y profanando la dignidad con que fueron investidos, abusando de la inocencia de unos y ganando a otros por medio de la facción y de la intriga, no hacen más que dictar providencias a su antojo, y al de los amos a cuyo servicio se han suscripto.

“No es en la Honorable Sala solamente, señor Exmo., donde reinan estas maledicencias. El círculo viciado, sospechoso, intrigante y enteramente peligroso, está en ella y fuera de ella. Las personas que lo componen, por ser tan conocidas, escusamos nombrarlas a V.E. Ellas trabajan en oposición al sistema adoptado por todas las provincias, con la idea sin duda de desunirnos, y guiarnos al borde del precipicio a que aspiran, cuya tendencia es bien conocida. ¿Qué beneficio ha reportado la Provincia por medio de la Sala de Representantes? ¿Qué ha dictaminado que haya llevado asomos de propender con felicidad y adelantamiento? Subdividirse al capricho del ex presidente del Gobierno de Unidad. Crear en la provincia innumerables empleados, tan innecesarios como gravosos a la renta pública, pues importa el pago de sus sueldos ciento cincuenta mil pesos anuales! Cuerpo de policía y comisionados en todas direcciones. Al paso que en todas partes se comete el estupro, el robo y el asesinato, en términos de no poder transitar en la campaña, sino con armas y acompañamiento. Sin un establecimiento de Postas; y los que hay, por demasiado patriotismo de los que las desempeñan, están sin un caballo y sin que se le haya pagado los servicios que han hecho, con los que han consumido en su desempeño. Las viudas de los que han dado sus vidas en el campo de batalla por la salvación de la patria, entregadas a la mendicidad, sin que se haya pensado siquiera en arbitrar un modo de socorrerlas!

“Este es, excelentísimo señor, el trabajo de que se ocupan hasta hoy los Representantes de la provincia, agregando que con su conducta pasada y presente, ponen en alarma a las demás provincias, al tiempo que se las invita a constituir la República bajo la forma de gobierno porque están decididas. Por tanto los pueblos que representamos, usando de su soberanía y por su mismo convencimiento, libre y espontánea voluntad, ponen en manos de V.E. el mando y dirección de los negocios de la provincia durante la presente guerra. Que inmediatamente haga cesar en sus funciones a la Honorable Sala de Representantes, haciéndose cargo de su archivo y demás pertenencias. Que haga la reforma que crea conveniente y más compatible con las operaciones de la guerra de que se halla encargado. Que después de concluida, cuando la provincia tenga la libertad porque aún está combatiendo, convoque a una nueva legislatura, cuyos miembros serán nombrados por la libre voluntad de los pueblos en la forma de costumbre,

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cuando ellos hallándose en plena tranquilidad, podrán fijarse en las personas que nombre, para no verse en el estado que ahora los compromete a esta resolución. Que se ponga en relación con las demás provincias y envíe los diputados al congreso o Convención que formen, llevando por norte constituir la República. Últimamente, que la provincia, al tiempo de aumentar la fuerza que debe marchar al ejército, según V. E. lo ha invitado ya, para el 15 del corriente, en comunicación de once del pasado, lo verifique dejando la administración de la provincia confiada en manos puras, y en sujeto de probidad y conocido patriotismo, en cuya persona o personas delegará V. E. el mando, mientras tenga que dedicarse a las operaciones militares, con el fin de que al regreso de la campaña próxima, no nos encontremos en iguales compromisos, como en el que nos pone el juramento de una Constitución que tuvo su solio únicamente en el arbitrario procedimiento de los Representantes.

“Los señores Jefes reprodujeron la misma exposición, acreditándola con el Acta de sus respectivos departamentos, y el Exmo. señor gobernador, conformándose con la unánime voluntad de la provincia, ofreció poner en ejecución al día siguiente sus soberanas resoluciones, con que se concluyó esta Acta, de la que se mandaron sacar cuatro copias originales para un solo efecto”.

De conformidad con la voluntad expresada en aquel acto por los Comandantes de los Departamentos, como verdaderos diputados del pueblo en armas, Juan Antonio Lavalleja –que era, además, desde el 13 de julio, Comandante en Jefe del Ejército Republicano, en sustitución de Alvear– decretó, el 5 de octubre, el cese de Suárez, como Gobernador Delegado y la disolución de la Sala de Representantes, que se hicieron efectivos el 12 del mismo mes. El Jefe oriental desempeñó el Gobierno de la Provincia, con “la suma del poder público” conferida por los pueblos, hasta el 7 de diciembre de ese mismo año, en que procedió a delegar el mando político en el patriota Luis Eduardo Pérez.

La génesis institucional y administrativadel “Estado Oriental”

El patriciado ilustrado que tomó asiento en las dos Salas de Representantes, en los distintos períodos de su labor, desde agosto de 1825 a octubre de 1827, sancionó diversas leyes que, por su materia, tienen jerarquía de normas constitucionales, formando lo que, acertadamente, ha denominado el jurista compatriota Dr. Eduardo Jiménez de Aréchaga (h), la “pre Constitución del Estado Oriental”. Dicho conjunto de normas –en su mayoría inspiradas en el modelo rivadaviano– vinieron así a constituirse en un marco jurídico-político que, animado de un fuerte prejuicio y temor a las fuerzas populares, encarnadas entonces por los jefes militares y las milicias criollas, sería consagrado en la Constitución de 1830, cuando, verificada la paz y reconocido el Estado Oriental independiente por los signatarios –la Confederación Argentina y el Imperio del Brasil– sus autores y responsables directos asumieron nuevamente la función constituyente y la rectoría política en la Asamblea del año 1829.

Con respecto a la ciudadanía, la ley del 17 de junio de 1825 la reconoció de modo muy amplio para todos los varones, sin otra limitación que la minoridad de veinte años o la condición de esclavo, suprimida más tarde al abolirse este status por la ley de 5 de setiembre del mismo año, llamada de libertad de vientres y de prohibición del tráfico.Los derechos y garantías individuales, fueron consagrados por la ley del 8 de julio de 1826, que establecía el sometimiento a la justicia de los detenidos “en el más breve tiempo posible”; la protección de la propiedad; declaraba delitos la injuria, la calumnia y la sedición, pero quedaba libre de censura previa o posterior “cualquier otra opinión manifestada de viva voz por escrito o por la prensa”. Este artículo fue luego reglamentado por la ley del 9 de abril de 1827, sobre libertad de imprenta.

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En la oportunidad de sancionarse la declaración de derechos, fue controvertida la moción del diputado Muñoz respecto de la libertad de cultos, finalmente rechazada.El artículo 3º de la ley del 8 de julio de 1826, decía: “La industria será enteramente libre de todas las trabas que contradigan su engrandecimiento”, consagrando así la libertad de empresa propia de la doctrina liberal a que eran afectos los hombres del patriciado unitario oriental.

Diversas disposiciones organizaron los poderes del Estado. Respecto del Legislativo era confiado a una sola cámara: la Junta o Sala de Representantes y diversas leyes establecían la forma de elección de sus miembros, el número y distribución por departamento de los mismos, la renovación por terceras partes, las incompatibilidades, el estatuto jurídico de los legisladores, con sus inmunidades y privación de fueros, los períodos de sesiones y la Comisión Permanente.

Toda esta legislación, como se dijo, estaba inspirada políticamente en el propósito de asegurar la supremacía del patriciado civil que ocupaba los escaños de la Legislatura por sobre la expresión caudillista y popular de los Jefes orientales. De ahí que las mismas fueran el resultado de anticipaciones o respuestas de los Representantes a actitudes o acontecimientos concretos del no siempre ostensible antagonismo con los patriotas del lavallejismo.

En tal sentido, es ilustrativa la ley del 19 de enero de 1826 sobre incompatibilidades con el ejercicio de las funciones de Representantes. El Reglamento Electoral del 17 de junio de 1825 establecía que los electores de cada jurisdicción harían el nombramiento de legislador “en el individuo que mereciese su confianza sea de la clase civil, militar o eclesiástica”. La modificación introducida en enero de 1826 fue declarar “incompatible el ejercicio de las funciones de Representante con el de cualesquiera otro empleo civil o militar”. Era evidente el propósito de la oligarquía civil patricia de impedir el acceso de la legislatura de los hombres más representativos y prestigiosos, en momentos que, como jefes u oficiales de los cuerpos de línea, de extracción popular, o de las milicias patrióticas, empuñaban las armas.

El Ejecutivo fue organizado, como se ha visto, por la ley del 26 de agosto de 1825 y confiado a un Gobernador y Capitán General que actuaría, por un período de tres años, con tres ministros secretarios de Gobierno, Guerra y Hacienda, designados –y destituidos– “por sí”, o sea, según su parecer. Ya fue comentada la modificación introducida por la ley del 5 de enero de 1826 reduciendo a un ministro secretario el despacho de Gobierno y Hacienda y un oficial encargado del despacho de Guerra.La ley del 3 de febrero de 1826 estableció la concurrencia a Sala del ministro y encargado del Despacho “cuando y cada vez que lo consideren conveniente o cuando la H. Junta lo exija”. No era, claro está, el régimen de interpelación y voto de confianza o censura del parlamentarismo; pero implicaba un apartamiento del sistema presidencialista en cuanto atenuaba la rígida separación del Legislativo y del Ejecutivo. Ha sido, por ello, calificado de “sistema cuasi-presidencialista”.

La ley del 30 de octubre de 1826 declaró a los ministros “responsables del puntual y acertado desempeño de sus cargos”.

Ya ha sido comentada la institución de la “delegación del mando”, establecida por la ley del 31 de agosto de 1825 y la modificativa del 5 de enero de 1826.

Respecto del poder Judicial, la ley del 6 de octubre de 1826 estableció la supresión de todos los Cabildos a partir del 1º de enero de 1827 y organizó la administración de justicia, que estaba a cargo de los alcaldes ordinarios, con un Tribunal de Apelaciones, Jueces letrados y Jueces de Paz, que fueron luego reglamentados por otras disposiciones.

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Esta disposición estaba inspirada en el mismo propósito de centralización del poder en la Administración del Estado controlada por la oligarquía civil patricia tendiendo a ejercer, por el poderoso instrumento de la función de justicia un mejor amparo y garantía de sus privilegios económicos y sociales frente a la chusma plebeya tradicionalmente contemplada en sus necesidades y situaciones de desamparo por las añejas normas consuetudinarias y usos lugareños, aplicados, en forma equitativa y arbitral, por los Alcaldes ordinarios y sus tenientes; pero, además, la reforma apuntaba a eliminar los institutos comunales donde los vecindarios habían secularmente ejercido sus derechos políticos y asumido las actitudes más trascendentes de la soberanía popular desde los temidos y repudiados tiempos de la Patria Vieja.

Asimismo, y sobre todo bajo la gestión de Juan Francisco Giró como ministro secretario de Suárez, se llevaron a cabo una serie de disposiciones legislativas y reglamentarias que, a la vez que expresaban la ingenua confianza de aquel fervoroso rivadaviano en la virtualidad de las instituciones jurídicas para regir y ordenar la vida de la comunidad, escollaron con el medio económico, social y cultural de la campaña, naturalmente apegada a sus antiguos usos y costumbres. Quedó, sin embargo, como el embrión de numerosas oficinas y ramas de la Administración Pública que serían luego desarrolladas con posterioridad a la organización de la República.

Con el gobierno de Lavalleja, a partir del 12 de octubre de 1827 resurgió el autonomismo oriental y, en cierta medida, se restauraron los institutos tradicionales, fundamentalmente, en lo relativo a la justicia y la administración departamental.

“Su gestión se redujo –dice María Julia Ardao, citada por Barrios Pintos– a introducir las reformas necesarias para restaurar el sentido orientalista que había tenido el gobierno provincial en 1825 y a adecuar a las necesidades y recursos de la provincia, la organización administrativa establecida por los orientales unitarios, quienes, seducidos por las reformas rivadavianas, habían desnaturalizado el sentido localista originario y olvidado que antes que el perfeccionamiento de las intituciones, era imprescindible perfeccionar con su consolidación definitiva, la obra de la independencia sin lo cual aquellas no podrían subsistir”.

La mediación inglesa

Como se dijo, la guerra había sido buscada por el Emperador del Brasil para el logro de sus objetivos de política interna; y de parte de las Provincias Unidas del Río de la Plata la misma había sido alentada por el entusiasmo popular por la causa oriental y los intereses económicos de importantes núcleos de hacendados y saladeristas de la Provincia de Buenos Aires que, al fin, habían logrado arrastrar a la lucha armada a la cautelosa dirección unitaria. Pero las tensiones políticas en la República del Plata entre unitarios y federales y la crisis económica y la creciente oposición al gobierno autocrático y de círculo de Pedro I y también la crisis financiera, habían llevado a ambas Cancillerías a buscar el apoyo inglés para acortar la guerra y obtener, por este medio, la deseada victoria.

La primera actitud de Canning ante la doble solicitud de mediación fue de una prudente abstención; pero instado por las partes, accedió comisionando al efecto a Lord John Ponsonby, en carácter de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario ante el Gobierno de las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Impulsaban al Ministro a mediar en el conflicto del Río de la Plata importantes razones. El conflicto bélico significaba para Inglaterra la interrupción de la libre navegación del estuario y la reducción del volumen de su comercio, lo que agravaba la crisis de colocación de sus productos que ya desde 1819 se venía manifestando.

El logro de la paz, la apertura del comercio y la libre navegación de los principales ríos, eran los objetivos de

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Inglaterra en esa mediación.

En cuanto a la aparición de un estado independiente como solución de equilibrio, sólo tomará fuerza en la concepción del mediador a medida que este verifique la existencia de condiciones favorables acerca de las cuales sería interrogado por el propio Canning.

En un extenso memorial del 18 de mayo de 1826, Canning daba instrucciones precisas a Ponsonby para que, pasando por Río, le hiciese saber al Emperador el deseo de Inglaterra de llegar a un término satisfactorio en la lucha comenzada y le fijaba las bases que debían orientar su gestión, a saber:

Que la cesión de Montevideo por el Brasil fuera negociada sobre las bases de un arreglo similar al que fue adoptado entre España y Portugal, cuando estalló la revolución militar en Cádiz, esto es, que sea acordada una compensación pecuniaria por Buenos Aires al Brasil, por los gastos ocasionados a esa potencia por la ocupación de Montevideo y para el caso de no aceptarse dicha propuesta “Que la ciudad y territorio de Montevideo se hicieran y permanecieran independientes de cualquier otro país, en una situación semejante a la de las ciudades hanseáticas en Europa”. Precisando más este concepto, decía en el ya citado oficio de marzo de 1826: “se ha insinuado, como Su Señoría está ya enterado, que Montevideo o toda la Banda Oriental, con Montevideo por Capital, podía ser erigido en un Estado separado e independiente. No teniendo aquí los medios de juzgar hasta qué punto serle practicable un acuerdo así y hasta qué punto el territorio y la población del nuevo Estado podría ser apto para adquirir y capaz de ejercer una existencia política independiente, Su Señoría no ofrecerá con respecto a este arreglo, la garantía de Su Majestad ni fomentará ningún pedido para ello”.

En mayo de 1826, el Enviado inglés llegó a Río de Janeiro.

John Ponsonby, barón de lmokily, desde 1809 era un dandy del Club de Watier, y pese a sus 56 anos de edad, había atraído a lady Conyngham, amante de Jorge IV, lo que tenía preocupado al complaciente hijo de aquella, lord Conyngham, que temía perder su influencia en la Corte, donde era jefe de la Casa Real. Lord Conyngham sostenía ante el Rey a Canning, que nunca tuvo la simpatía de Jorge IV y esto le daba gran influencia en el Ministerio. Según el historiador inglés H. S. Ferns, lord Wellington había contado a lady Salisbury –que lo dejó escrito en los papeles de Hartfield House– que lord Conyngham había querido alejar el peligro que acechaba a su romántica madre y su propia desgracia en la Corte y habría hecho que Canning sugiriese al Rey que “Buenos Aires tenía un uso que S.M. podría apreciar”... Y Ponsonby fue designado para aquella lejana ciudad de Sud América...

Con el Canciller del Imperio, Vizconde de Inhambupé, desde mayo a agosto de 1826, el comisionado inglés no obtuvo éxito dado que el brasileño insistía en mantener la incorporación del Estado Cisplatino al Imperio. Decidió entonces pasar a Buenos Aires donde llegó en setiembre del mismo año.

Escribe apenas llegado, que era “el lugar más despreciable que jamás vi [...] me colgaría si encontrase un árbol apropiado [...] Un lugar para bestias”. En otras cartas: “nadie vio un sitio tan desagradable como Buenos Aires [...] suspiro cuando pienso que tendré que quedarme aquí [...] este lugar de barro y osamentas pútridas, sin carreras, ni caminos, ni casas pasables, ni libros ingleses, ni teatro soportable [...] nada bueno no siendo carne [...] clima detestable, nunca falta polvo o barro con temperatura que salta en un día 20 grados [...] Además, la jactancia republicana con todo su vigor. Intolerable sitio”.

Si la naturaleza lo entristecía y las costumbres lo exasperaban, los gobernantes estimulaban su humour. “El Presidente [Rivadavia] –escribía el 17 de octubre– me hizo acordar a Sancho Panza por su aspecto, pero no es ni la mitad de prudente que nuestro viejo amigo Sancho [...] experimento algo más que pesar ante la ceguera del

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Presidente [...] como político carece de muchas de las cualidades necesarias”.

“No puedo decir nada bueno de él –en su Informe al Foreign Office del 20 de julio de 1827 después de la renuncia de Rivadavia– más allá de las alabanzas al bullicioso Intendente de una aldea”.

En Buenos Aires, las conversaciones se iniciaron sobre la base de la independencia oriental. El inconveniente fundamental para llegar a un acuerdo radicó en la exigencia de Rivadavia, quien solicitaba como condición previa que Gran Bretaña garantizara las instrucciones del comisionado, quien no estaba autorizado para comprometer a su gobierno oficialmente.

A pesar de que las conversaciones continuaron el problema se mantuvo sin solución, porque las partes en lucha confiaban todavía en el éxito militar decisivo.

Pero, después de la batalla de Ituzaingó, el Emperador, que hasta entonces había mantenido la máxima intransigencia, se mostró dispuesto a negociar. En tales circunstancias el gobierno de Buenos Aires, a instancias de los mediadores, decidió el envío de un comisionado para tratar directamente en Río de Janeiro.

En abril de 1827 fue designado para trasladarse a Río de Janeiro el ministro Manuel García. Su conducta debía regirse por las siguientes instrucciones: comunicarse con el ministro Gordon, quien serviría de intermediario; ajustar una paz honorable con el Brasil, ya fuera sobre la base de la devolución de la Provincia Oriental a las Provincias Unidas o sobre la de la creación de un nuevo estado; negociar un tratado de amistad, comercio y navegación con el Brasil.

Durante el mes de mayo se celebraron las conversaciones en Río de Janeiro. Las proposiciones de García no fueron aceptadas por el ministro brasileño. Se alegaba para justificar el rechazo, que el estado de anarquía de las Provincias Unidas no aseguraba el mantenimiento del orden en la Provincia Cisplatina y que la solución de la independencia tampoco ofrecía garantías de estabilidad.

García no se resignó a regresar a Buenos Aires sin llegar a una solución. Según su punto de vista unitario, lo principal era salvar la estabilidad política de las Provincias Unidas, para lo cual era necesaria la paz y el regreso de los ejércitos a Buenos Aires.Por otra parte, García, que había actuado en esos problemas desde muchos años atrás, tenía la convicción de que la Provincia Oriental no se resignaría a permanecer incorporada a las Provincias Unidas; estos razonamientos llevaron a García a negociar sobre bases distintas a las contenidas en sus instrucciones y a concertar una paz favorable al Brasil.

El 24 de mayo de 1827 se llegó a la firma de una Convención de Paz, que la historiografía llama “Convención García”. Por la misma, ambos contratantes se reconocían recíprocamente su independencia y las Provincias Unidas renunciaban a todo derecho sobre la llamada “Provincia Cisplatina”. La indignación que provocó el conocimiento de este tratado, como se sabe, trajo aparejado la caída de Rivadavia y del partido unitario.

Entretanto, en Buenos Aires, Pedro Trápani había iniciado una estrecha vinculación con lord Ponsonby y desde entonces su abundante correspondencia con Lavalleja insistió en argumentos en favor de la independencia oriental y en consejos al Libertador para que actuara en tal sentido.

Finalmente, el Emperador, apremiado por la situación interna, que se agravaba constantemente, se manifestó dispuesto a negociar sobre nuevas bases, que comunicó al ministro inglés en Río, sir Robert Gordon, el 17 de febrero de 1828. Contenían los siguientes puntos:

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– S.M. Imperial tratará la paz sobre la base de la independencia de la Banda Oriental.– El nuevo Estado no tendrá libertad para unirse él mismo por incorporación a algún otro.– S.M.I. conviene entregar las plazas fuertes a los mismos orientales.

Por el contrario, Manuel Dorrego, Gobernador de Buenos Aires, encargado de las Relaciones Exteriores de las Provincias Unidas, se mostraba más reacio a negociar sobre la base de la independencia oriental.

Dorrego había concebido un arriesgado plan, apoyado en los opositores brasileños: José Bonifacio de Andrada e Silva o su hermano Antonio Carlos (o ambos conjuntamente) habían pasado un tiempo ocultos en Buenos Aires combinándolo; estaba comprometido Fernando Bauer, apoderado de los mercenarios alemanes (que a las órdenes del coronel Martín Hin servía a los brasileños), quienes por una crecida retribución, se sublevarían en Pernambuco donde estaban acuartelados en su mayoría; también la guarnición irlandesa de Río de Janeiro se amotinaría, apoderándose del Emperador y embarcándolo en la fragata “Congreso” de Fournier que esperaba en la costa para traerlo al Río de la Plata. Dorrego se prometía el resultado decisivo de este plan, combinado con una ofensiva de Lavalleja sobre Brasil y el apoyo de Bolívar, que también gestionó.

Fue imposible realizarlo. Dorrego estaba sin dinero y el Banco Nacional no se lo daba para seguir la guerra. Como informa Ponsonby el 9 de marzo a lord Dudley: “Es necesario que yo proceda sin un instante de demora y obligue a Dorrego, a despecho de sí mismo, a obrar en abierta contradicción con sus compromisos secretos con los conspiradores y que consienta en hacer la paz con el emperador [...] La mayor diligencia es necesaria [...] no sea que esta república democrática en la cual por su verdadera esencia no puede existir cosa semejante al honor suponga que puede hallar en las nefastas intrigas de Dorrego medios de servir su avaricia y ambición”.

Todo esto irritó a Ponsonby y dispuesto a impedir los planes del gobernante rioplatense, despachó el 13 de febrero de 1828 al almirante Sir Robert Oway a Río de Janeiro para que “salvara la vida del Emperador”. Enterado Pedro I del complot, el 24 aceptó la independencia de la Cisplatina. El 9 de marzo se descubrió la sublevación de irlandeses y alemanes: hubo ejecuciones y demás penalidades.

En esos momentos se realizaron gestiones directas ante Lavalleja para obtener conformidad a las bases aceptadas por el Emperador. Tres misiones se dirigieron hacia el cuartel de Cerro Largo: la misión Vidal, la misión Trápani y la misión Fraser.

La misión Vidal fue enviada por Dorrego. El comisionado José Vidal debía comunicar a Lavalleja las bases aceptadas por el Emperador, pero también advertirle que la continuación de las operaciones militares, entre ellas la próxima campaña de Misiones, podría determinar una solución favorable a las Provincias Unidas.

Trápani y lord Ponsonby temieron que la misión Vidal ejerciera presión sobre Lavalleja para inclinarlo a favor de los planes de Dorrego. En vista de ello, el primero decidió pasar personalmente a la Provincia para entrevistarlo. La vigilancia que se puso tratando de evitar la salida de Trápani de Buenos Aires, y luego su persecución cuando logró cruzar el Uruguay, hacen sospechar que existían algunos aspectos ocultos en la misión Vidal. Pese a los esfuerzos de las autoridades bonaerenses, Trápani pudo, desde Las Víboras, enviar una comunicación a Lavalleja, enterándolo de la situación.

También el ministro inglés en Río, Robert Gordon, envió un comisionado ante Lavalleja, encargando de esta tarea a su secretario Mr. Fraser.

La misión Fraser llegó felizmente a destino. Lavalleja, enterado de las bases propuestas para la celebración de una

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paz, dio su plena conformidad.

Desde la aceptación de estas propuestas, Lavalleja cooperará con el éxito de las negociaciones.

Los consejos de Trápani para que la solución independentista prosperara fueron: Mantener el orden y la unidad dentro de la Provincia, demostrando su capacidad para gobernarse. No iniciar nuevas operaciones militares que pudieran prolongar indefinidamente la guerra. No vincularse a los problemas políticos internos de Brasil y desechar los planes de Dorrego.

La reconquista de las Misiones

El patriota Dorrego ansiaba mantener a la Provincia Oriental en el marco de la confederación de las Provincias Unidas. Creía, con clara visión estratégica –que recuerda el plan de Artigas frente a la invasión portuguesa de 1816– que una acción militar sobre el territorio riograndense –concretamente, la toma de las Misiones Orientales del Uruguay y el simultáneo movimiento sobre el Río Grande a cargo del Cnel. Leonardo Olivera, con fuerzas combinadas de mar y tierra–, serían motivos suficientes para exigir con energía al emperador brasileño la devolución del territorio oriental a las Provincias Unidas del Río de la Plata.

La toma de las Misiones había sido propuesta a Lavalleja por Félix de Aguirre, su gobernador en la época, el 18 de marzo de 1826 y reiterada el 10 de setiembre de ese mismo año. Pero, a fines de 1827, apareció en escena Fructuoso Rivera.

Desde mediados del año anterior, el bravo caudillo oriental se hallaba en Buenos Aires para esclarecer ante el Gobierno la acusación de que se había hallado en connivencia con jefes del Río Grande para procurar la separación de este Estado brasileño para formar con la Provincia Oriental una entidad independiente y la de promover una sublevación, encabezada por el mayor Bernabé Rivera.

El antecedente de este apartamiento de Rivera del escenario oriental había tenido su origen –valgan sus expresiones en carta al deán Funes, del 28 de febrero de 1826– en su disgusto con Lavalleja por la designación hecha por este de su tío Andrés Latorre –el vencido de Tacuarembó en 1820– para coronel del Regimiento de Dragones de la Unión que siempre había estado bajo el mando directo suyo y su desacuerdo con el mismo Jefe oriental después de la batalla de Sarandí por sus decisiones tácticas. En dicha carta afirmaba, además, que, ante las persecuciones “que día a día se aumentaban”, la incorporación de la Provincia Oriental a las demás del Río de la Plata le brindó la oportunidad deseada. Resolvió así solicitar a Lavalleja su pasaporte para el Ejército Nacional, que ya se encontraba en territorio oriental, y el 26 de enero de 1826 le fue concedido. Al día siguiente se puso en marcha y el 2 de febrero se incorporó al ejército comandado por el Gral. Martín Rodríguez. El 28 de febrero se hallaba en Daymán con 400 hombres a su mando, entre ellos el coronel Julián Laguna. Bentos Manuel Ribeiro se encontraba en la época en la barra del Catalán con 1.500 hombres. Sus avanzadas se hallaban sobre el Arapey, frente a los orientales, pero no se hostilizaban.

En otro párrafo de su carta al deán Funes, dice Rivera: “En el continente [Río Grande] hay mucha decisión por el sistema liberal; yo estaba en posición de haber hecho mucho, y algo había adelantado; pero como yo sólo era el que podía llevar esa marcha, mi general y compadre don Juan Antonio no estaba por ello, y algún tanto se ha perdido”. El Gral. Martín Rodríguez le dio destino en su Ejército; pero poco después Rivera debió trasladarse a Buenos Aires, como se dijo.

Fue entonces que se presentó al Gobierno solicitando auxilios para emprender la campaña sobre las Misiones. Pero

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ante la oposición de Lavalleja, Dorrego le había hecho saber que dicha empresa había sido confiada al gobernador de Santa Fe, Gral. Estanislao López, a quien se le había prevenido que en la expedición no debía “ir bajo pretexto ni destino alguno el Gral. Rivera, cuya presencia traería males de la mayor gravedad”, en tanto que el caudillo oriental, avisado por un amigo, de que en Buenos Aires se había ordenado su prisión, se había acogido a la protección de López en Santa Fe.

Desde aquella ciudad hermana, había procurado infructuosamente reconciliarse con su “compadre” Lavalleja. Rivera cruzó entonces el río Uruguay, en febrero de 1828, y posteriormente, al llegar a Durazno, se entrevistó con el gobernador delegado Luis Eduardo Pérez con el propósito de gestionar la autorización de Lavalleja para emprender la campaña.

El general en jefe, por toda respuesta, comunicó al comandante general Manuel Oribe que lo persiguiera. Por otra comunicación datada el 31 de marzo de 1828 en su cuartel general, ordenó a Oribe que lo destruyese y seguidamente pasase a ocupar los pueblos de las Misiones Orientales.

Rivera, logrando eludir a sus perseguidores, cruzó, el 21 de abril de 1828, el caudaloso Ibicuy. En el lapso de 20 días la totalidad del territorio da las Misiones Orientales quedó en poder de Rivera, sin que se realizaran combates de importancia con las fuerzas brasileñas.

El notable caudillo dio pruebas en esta oportunidad, no solo de su capacidad militar, sino de su talento político. Desde el comienzo supo presentar su campaña como una empresa de liberación de los infelices pobladores divisioneros, saqueados y diezmados por los conquistadores portugueses y brasileños y afianzar tal acción con la convocatoria en San Borja de una Sala de Representantes de los pueblos que el 16 de octubre de dicho año sancionó una Ley Fundamental que declaraba que “La Provincia de Misiones es y ha sido siempre parte integrante de la República Argentina con la que quiere y es su voluntad vivir siempre unidas formando una misma familia”.

En conocimiento Rivera de que el Gobierno de las Provincias Unidas había firmado y ratificado la paz con el Imperio, con amargura, decidió poner sus fuerzas –que llamó Ejército del Norte– a las órdenes del nuevo Estado Oriental y emprendió la retirada hacia el territorio del mismo. Entretanto, el mariscal Sebastián Barreto Pereira, habiendo ocupado el territorio de las Misiones Orientales, había instalado su Cuartel General en Alegrete, con el visible propósito de cortar la marcha de Rivera y de las numerosas familias –miles de indígenas y criollos misioneros– que, con sus ganados y bienes muebles, y llevando hasta campanas de los templos abandonados, seguían, en un verdadero éxodo, a su Libertador...

Rivera, en un verdadero ultimátum, obligó a Barreto a detener sus avances y poco después le obligaba a suscribir una Convención Provisional, en la costa de Iberé-Ambá, el 25 de diciembre de 1828.

Dicha convención tenía cinco artículos. Por el primero se reconocía el derecho del Ejército del Norte a continuar sus marchas hacia las márgenes del río Cuareim, donde se fijaría, llevando consigo las familias Indígenas, sus pertenencias y ganados, comprometiéndose las fuerzas imperiales a no oponer el menor obstáculo a su marcha.En el segundo se estableció la margen izquierda de dicho río para que fijara allí su Campo, siendo aquel la línea divisoria provisional entre ambas fuerzas hasta la resolución superior de los Gobiernos respectivos.

Por el artículo tercero se admitía, asimismo, para el Ejército Imperial, la margen derecha del mismo río, con la salvedad de que sus avanzadas debían distar, por lo menos, diez leguas de los efectivos del Ejército del Norte.

El artículo cuarto establecía las garantías mutuas que para el debido cumplimiento de lo estipulado, debían prestar

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ambos Generales. Ellas consistían en la entrega de rehenes que afianzaran su cumplimiento. Por parte del General Fructuoso Rivera, lo fue el Coronel Gregorio Salado, mientras que por la del Mariscal Sebastián Barreto, pasaron al Ejército del Norte un Mayor y un Capitán, en calidad de tales.

El artículo final se refería a los idiomas –español y portugués– en que sería redactado el texto de la Convención Provisional, la que debía ser ratificada por las partes contratantes.El 29 de diciembre de 1828, el Ejército del Norte y la caravana de pobladores misioneros cruzaban el río Cuareim y pasaban a constituir un nuevo pueblo, en el rincón con el Uruguay, que constituye el núcleo originario de la actual Bella Unión. El 30, la Asamblea Constituyente y Legislativa del Estado, Oriental, sancionaba la Ley que declaraba a Fructuoso Rivera “digno y benemérito de la Patria” y al día siguiente la que incorporaba las fuerzas del Ejército del Norte al Ejército Oriental.

La paz de 1828

La rápida acción de Rivera sobre las Misiones y la posibilidad de un mayor avance sobre otros territorios del Brasil, sugestionados por los principios republicanos, decidieron al Emperador a celebrar la paz. El 16 de mayo, el marqués de Araçaty, canciller del Imperio, en nota al ministro inglés, Gordon, aceptó la propuesta de que Buenos Aires mandara sus negociadores “bajo la promesa de S. M. Imperial relativa al nuevo destino de la Provincia Cisplatina” (la independencia).

El 2 de julio de 1828, el gobierno de Buenos Aires designó a Juan Ramón Balcarce y Tomás Guido para que lo representaran en las negociaciones directas a realizarse en Río. Los comisionados marcharon pocos días después hacia esa ciudad, haciendo la mismo lord Ponsonby, con la finalidad de seguir de cerca el desarrollo de las conversaciones.

La base del acuerdo de paz era la erección de la Provincia Oriental en un Estado independiente, separado y distinto de las Provincias Unidas y del Brasil.

Ya en octubre de 1826, el mediador Ponsonby expresaba al gabinete inglés: “La Banda Oriental es casi tan grande como Inglaterra; tiene el mejor puerto del Plata dentro de sus límites [...]; muchos de sus habitantes tienen grandes posesiones; son tan cultos como cualquier persona de Buenos Aires y muy capaces de constituir un gobierno independiente; probablemente tan bien administrado y conducido como cualquiera de los gobiernos de Sud América. El pueblo es impetuoso y salvaje, pero no más que el de aquí...”.

Creyó Ponsonby resuelta la cuestión oriental con la firma de la Convención García; pero rechazada esta y caído el régimen unitario y ascendido al poder el partido federal bonaerense con Dorrego, debió extremar sus esfuerzos para doblegar la resistencia del gobernante patriota.

En enero del año 1828, el mediador había llegado a una clara convicción sobre la creación del Estado Oriental independiente. Escribía a su canciller, lord Dudley, sucesor de Canning –fallecido el 8 de agosto de 1827–:

“...los intereses y la seguridad del comercio británico serían grandemente aumentados por la existencia de un Estado [...] en que los intereses públicos y privados de los gobernantes [...] tuviesen como el primero de los objetivos nacionales e individuales cultivar una amistad firme con Inglaterra [...]. La Banda Oriental contiene la llave del Plata y de Sud América... [debemos] perpetuar una división geográfica de Estados que beneficiaría a Inglaterra [...] Por largo tiempo, los orientales no tendrán marina, y no podrán, por tanto, aunque quisieran, impedir el comercio libre en el

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Plata”.

Pero frente a las resistencias de Dorrego para aceptar la segregación de la Provincia Oriental, el mediador le formulaba esta severa advertencia al ministro Roxas y Patrón: “El Gobierno inglés [...] no consentirá jamás que sólo dos Estados, Brasil y la Argentina, sean dueños exclusivos de las costas orientales de la América del Sur desde más allá del Ecuador al Cabo de Hornos...”.

Las negociaciones se iniciaron el 11 de agosto, representando al gobierno imperial: el marqués de Araçaty, José Clemente Pereira y Joaquín Oliveira Alvarez. Se realizaron siete sesiones en las cuales trataron diversos puntos, con respecto a los cuales existían importantes discrepancias. Finalmente, el 28 de agosto se llegó a la firma de la “Convención Preliminar de Paz”.

La condición previa para que entrara en vigor era la ratificación por los respectivos gobiernos. El Emperador de Brasil la ratificó el 30 de agosto. Las Provincias Unidas, por intermedio de la Convención reunida en Santa Fe, con representación de las Provincias, la ratificaron el 26 de setiembre. El 4 de octubre se procedió en Montevideo al canje de las ratificaciones.

El texto del importante documento, establecía en sus principales cláusulas:

“Art. 1º – Su Majestad el Emperador del Brasil declara la Provincia de Montevideo, hoy llamada Cisplatina, separada del territorio del Brasil para que pueda constituirse en Estado libre e independiente de toda y cualquiera nación, bajo la forma de gobierno que juzgue conveniente a sus intereses, necesidades y recursos.

Art. 2º – El gobierno de la República de las Provincias Unidas concuerda en declarar por su parte, la independencia de la Provincia de Montevideo, llamada hoy Cisplatina, y en que se constituya en Estado libre e independiente, en la forma declarada en el artículo antecedente.

Art. 3º – Ambas partes contratantes se obligan a defender la independencia e integridad de la Provincia de Montevideo, por el tiempo y en el modo que se ajustare en el Tratado definitivo de paz.

Art. 4º – El gobierno actual de la Banda Oriental, inmediatamente que la presente convención fuera ratificada, convocará los representantes de dicha provincia que le está actualmente sujeta y el gobierno actual de Montevideo hará simultáneamente una igual convocación a los ciudadanos residentes dentro de ésta, regulándose el número de diputados por el que corresponda al de los ciudadanos de la misma provincia, y la forma de su elección por el reglamento adoptado para la elección de sus representantes en la última legislatura.

Art. 5º – Las elecciones de los diputados correspondientes a la población de Montevideo se harán precisamente extramuros, en lugar que quede fuera del alcance de la artillería de la misma plaza, sin ninguna concurrencia de la fuerza armada.

Art. 6º – Reunidos los representantes de la Provincia fuera de la plaza de Montevideo y de cualquier otro lugar que se hallare ocupado por tropas, y que esté al menos diez leguas distante de las más próximas, establecerán un Gobierno Provisorio, que debe gobernar toda la provincia hasta que se instale el gobierno permanente que hubiere de ser creado por la Constitución. Los gobiernos actuales de Montevideo y de la Banda Oriental, cesarán inmediatamente que aquél se instale.

Art. 7º – Los mismos representantes se ocuparán después en formar la Constitución política de la Provincia de

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Montevideo, y ésta, antes de ser jurada, será examinada por comisarios de los dos gobiernos contratantes con el único fin de ver si en ella se contiene algún artículo o artículos que se opongan a la seguridad de sus respectivos Estados. Si aconteciere este caso, será explicado pública y categóricamente por los mismos comisarios, y en falta de común acuerdo de estos, será decidido por los dos gobiernos contratantes.

Art. 10 – Siendo un deber de los gobiernos contratantes auxiliar y proteger a la Provincia de Montevideo hasta que ella se constituya completamente, convienen los mismos gobiernos en que, si antes de jurada la Constitución de la misma Provincia y cinco años después la tranquilidad y seguridad fuese perturbada dentro de ella por la guerra civil, prestarán a su gobierno legal el auxilio necesario para sostenerlo. Pasado el plazo expresado, cesará toda la protección que por este artículo se promete al gobierno legal de la Provincia de Montevideo, y la misma quedará en estado de absoluta y perfecta independencia.

Art. 12 – Las tropas de la Provincia de Montevideo y las tropas de la República de las Provincias Unidas, desocuparán el territorio brasileño en el preciso término de dos meses, contando desde el día en que fueren canjeadas las ratificaciones de la presente convención, pasando las segundas a la margen derecha del Río de la Plata o del Uruguay, menos una fuerza de mil y quinientos hombres, o mayor, que el gobierno de la sobre dicha República, si lo juzgare conveniente podrá conservar dentro de la referida provincia de Montevideo, en el punto que escogiera, hasta que las tropas de S.M. el Emperador del Brasil desocupen completamente la plaza de Montevideo.

Art. 13 – Las tropas de S.M. el Emperador del Brasil desocuparán el territorio de la Provincia de Montevideo, incluso la Colonia del Sacramento, en el preciso y perentorio término de dos meses, contando desde el día en que se verificara el canje de las ratificaciones de la presente convención, retirándose para las fronteras del Imperio o embarcándose, menos una fuerza de mil quinientos hombres, que el gobierno del mismo señor podrá conservar en la plaza de Montevideo hasta que se instale el gobierno provisorio de la dicha Provincia; con la expresa obligación de retirar esta fuerza dentro del preciso y perentorio término de los primeros cuatro meses siguientes a la instalación del mismo gobierno provisorio, a más tardar, entregando en el acto de la desocupación la expresada plaza de Montevideo, “in statu quo ante bellum” a comisarios competentes autorizados “ad hoc” por el gobierno legítimo de la misma provincia.

Art. 17 – Después del canje de las ratificaciones, ambas partes contratantes tratarán de nombrar sus respectivos plenipotenciarios para ajustar y concluir el tratado definitivo de paz que debe celebrarse entre la República de las Provincias Unidas y el Imperio del Brasil.

Art. 19 – El canje de las ratificaciones de la presente convención será hecho en la plaza de Montevideo, dentro del término de sesenta días o antes, si fuera posible, contados desde el día de su data.

Artículo adicional. – Ambas partes contratantes se comprometen a emplear los medios que estén a su alcance a fin que la navegación del Río de la Plata, y de todos los otros que desaguan en él, se conserve libre para el uso de los súbditos de una y otra nación por el término de quince años, en la forma que se ajustare en el tratado definitivo de paz”.

El artículo adicional era de importancia fundamental para Inglaterra y su comercio. Ya en la paz de París del año 1814, Inglaterra había logrado establecer el primer antecedente de la llamada “libertad de los ríos”, con el reconocimiento de la libre navegación del Rhin “del modo más igual y favorable para el comercio de todas las naciones”. Un año más tarde, en el Congreso de Viena, se había establecido que la navegación de los ríos Rhin, Escalda, Neckar, Mein, Mosa y Mosela “sería enteramente libre y no podría ser prohibida a nadie con relación al comercio”. Ahora, con la paz de 1828, se aseguraba la libre navegación del Río de la Plata y de sus afluentes.

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Por lo demás, la “Convención Preliminar” dejaba sin definición el problema de los límites del Estado Oriental, admitiéndose, de hecho, la usurpación portuguesa de 1801, sobre el Cuareim; y se mediatizaba la soberanía con la cláusula que abría una posible intervención militar de los contratantes si en caso de perturbación de la tranquilidad y seguridad por la guerra civil, juzgaran necesario auxiliar al “gobierno legal” –que no era definido– para mantenerlo y sostenerlo.

El 13 de octubre, lord Ponsonby cerraba su correspondencia, afirmando: “...Yo creo que el gobierno de Su Majestad Británica podrá orientar los asuntos de esa parte de Sud América casi como le plazca”.

Por su parte, el agente norteamericano en Buenos Aires, John Forbes, expresaba al canciller John Clay: “Se trata nada menos que de la erección de un gobierno independiente y neutral en la Banda Oriental, bajo la garantía de Gran Bretaña... es decir, sólo se trata de crear una colonia británica disfrazada”. Después comentará: “una paz llena de remiendos, principalmente dictada por la codicia inglesa y sus aspiraciones a la Banda Oriental”.

El duro juicio –dictado por el despecho ante las notorias ventajas logradas por Inglaterra en el Río de la Plata– era excesivo: el nuevo Estado, si bien limitado y condicionado en su vida política –de graves consecuencias en el proceso histórico futuro– alcanzaba su independencia de un modo que si no consultaba las aspiraciones profundas de su pueblo y de sus mejores caudillos, respondía a una obstinada y heroica voluntad de ser libre, que Inglaterra, pragmáticamente, había sabido reconocer y admitir dentro del marco de su política de creciente expansión mundial.

FUENTE: http://lamochila.espectador.com/lamochila2.php?m=amp&nw=NDEz

Argentina e Inglaterra

Argentina e Inglaterra -larga nota-

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Relaciones complejas si las hay es la de ambas naciones, que desde 1806 hasta la fecha giran en un juego nebuloso, de oscuras situaciones semejantes a la de un Lord con una joven sirvienta.

El territorio de lo que hoy es llamado Argentina pertenecía al Reino de España hasta que ésta es invadida por Napoleón, y es por entonces que el Reino Unido consideró oportuno hacerse de algunas tierras que aquella no podía seguir atendiendo.

Las invasiones inglesas al Río de la Plata

Antecedentes

En el año 1805 Inglaterra se encontraba enfrascada en un conflicto bélico contra Francia, donde Napoleón gobernaba. Los españoles en ese momento estaban en parte aliados con los franceses. La mayor parte de Europa se encontraba en poder o bajo la influencia francesa, por lo tanto los ingleses se veían impedidos de comerciar con estos territorios, lo que afectaba su economía en pleno inicio de lo que luego se denominó la Revolución Industrial. Con objetivo de obtener nuevas plazas comerciales y debilitar a sus enemigos, los ingleses comenzaron una serie de ataques a las posesiones españolas y otras de ultramar. Como parte de ese esfuerzo una fuerza inglesa ocupo en enero de 1806 la colonia Holandesa de Ciudad del Cabo. Allí sus comandantes se informaron de la debilidad de la guarnición española de Buenos Aires además del cuantioso tesoro que la ciudad tenia y decidieron que ese seria su próximo objetivo.

Primera invasión

El 14 de abril de 1806 partió desde la ciudad del Cabo una fuerza comandada por Beresford hizo escala en la isla de Santa Elena donde se reforzó. La fuerza que llego luego al Río de la Plata consistía de 1600 hombres en 10 barcos de guerra. El 25 de junio de 1806 los ingleses desembarcaron en Quilmes, y llegaron a tomar el fuerte de Buenos Aires el día 28 de junio. El virrey Sobremonte huyo con el tesoro del Virreynato hacia Córdoba, para organizar allí la resistencia, pero el tesoro fue interceptado por los ingleses gracias a la información que le proveyeron comerciantes y gente prominente de Buenos Aires, colaboradores de los ingleses en un acuerdo con éstos. Para ganarse el favor de la gente de Buenos Aires una de las primeras medidas de los invasores fue decretar el libre comercio. Esto provoco que muchos comerciantes que se beneficiaban con el monopolio español financiaran la resistencia hacia los ingleses, por lo que comenzó a organizarse en forma secreta una fuerza con el fin de retomar la ciudad. A su vez en Montevideo Liniers organizó un ejército con el objetivo de marchar sobre Buenos Aires y liberarla. También Pueyrredon con la ayuda de Alzaga, organizo una milicia en los alrededores de la ciudad con vistas a la liberación de la misma, la cual fue derrotada por los ingleses el 1º de agosto. El 4 de agosto Liniers desembarco al norte de la ciudad en Las Conchas con su fuerza. A medida que avanzaba se fueron uniendo mas hombres a su fuerza. Finalmente llego a Buenos Aires donde convergieron en el ataque a los ingleses todas las fuerzas de la resistencia. Luego de 2 días de lucha los ingleses fueron expulsados el 12 de agosto. El 14 de agosto el Cabildo le confirió a Liniers el mando militar. Esto junto con la reconquista constituyeron dos importantes antecedentes de autodeterminación que influirían luego en la Revolución de mayo.

Periodo intermedio

Luego de la invasión se hizo evidente que era necesario contar con mayores fuerzas militares en el Virreinato del Río de la Plata. España en ese momento se hallaba en estado de virtual aislamiento con respecto a sus colonias, ya que su flota había sido derrotada en Trafalgar y los ingleses habían ganado el control del mar, por lo tanto recibir refuerzos de la metrópoli era bastante improbable. Se organizaron entonces fuerzas militares en el virreinato mismo, la mayor parte de ellas integradas por criollos. Se formaron entre otras fuerzas la de los Patricios, Arribeños, Húsares,

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Pardos y Morenos y más. Esto sentó las bases para el futuro ejercito argentino que combatió en las guerras por la independencia y le resto poder a la élite española.

Segunda invasión

El 22 de septiembre de 1806 el gobierno ingles decide invadir Buenos Aires y Montevideo. Los ingleses volvieron a la carga con una fuerza mucho mayor a la que habían enviado con anterioridad. Como base de acción tomaron la población de Maldonado el 29 de octubre de 1806. Comenzaron las acciones que culminaron tres días después con la derrota española. El 3 de febrero de 1807 tomaron la ciudad de Montevideo en una operación naval y terrestre con 8000 soldados bajo el general Auchmuty y el almirante Stirling. Sobremonte había acudido con refuerzos desde Córdoba, pero fue repudiado por el Cabildo, que puso a Ruiz Huidobro al mando de la fallida defensa de la ciudad. Mientras tanto Liniers que había acudido con 3000 hombres en ayuda de Montevideo debió retornar a Buenos Aires al enterarse de la caída de la ciudad. El 5 de febrero llego la noticia a Buenos Aires sobre la caída de Montevideo, reuniéndose el Cabildo el día 10 para analizar la situación, llegándose a la decisión de destituir a Sobremonte, arrestarlo y nombrar como virrey a Liniers, hecho que sentó un fuertísimo precedente de autodeterminación con vistas a la Revolución de Mayo de 1810. Para impedir que el pueblo de Colonia del Sacramento fuera utilizado como punto de desembarque de un ejercito español, los ingleses también tomaron esa población que cayo fácilmente en marzo. Liniers envió al recién llegado de España; Elio; al frente de una fuerza para recuperar Colonia. El 22 de abril este realizo un ataque sorpresivo para los británicos, pero sin lograr el triunfo, y debió retirarse. Pack, el comandante ingles a cargo de Colonia pido refuerzos a Montevideo y ataco el campamento de Elio, derrotándolo y dispersando su fuerza el 7 de junio de 1807. Los ingleses comenzaron a usar a Montevideo como base para el contrabando, logrando que sus mercaderías penetraran en las colonias españolas. Además emprendieron una guerra propagandística mediante la distribución de un periódico pro británico.

El 10 de mayo de 1807 llego a Montevideo Whitelocke que asumió el mando de todas las fuerzas inglesas. El 28 de junio desembarcaron los ingleses en Ensenada, enfrentando las resistencia de una fuerza local que fue próntamente desbaratada, iniciando la marcha sobre Buenos Aires. Entre tanto llegó de España una resolución que declaraba a Ruiz Huidobro como Virrey, pero al hallarse este prisionero de los ingleses, la Audiencia resolvió la continuidad de Liniers en el cargo. El 4 de julio el ejercito inglés se aproximo a la ciudad de Buenos Aires. Liniers salio a enfrentarlos en Plaza Miserere siendo derrotado. Ante la ominosa situación el alcalde de Buenos Aires; Alzaga; ordeno fortificar la ciudad. Se cavaron trincheras y se hicieron barricadas, a la vez que la población se levanto en armas para enfrentar a los ingleses. El 5 de julio los ingleses partiendo de Miserere se dividieron en 12 columnas para penetrar en la ciudad confiados de la victoria. Los sorprendió una encarnizada resistencia y una lucha cuerpo a cuerpo. La población utilizo casi cualquier medio para combatir a los ingleses, siendo el mas famoso el de arrojar aceite hirviendo desde las terrazas de las casas a las columnas británicas (aunque algunos historiadores afirman que era agua hirviendo ya que el aceite en esa época era un articulo muy caro). Los ingleses no pudieron tomar la ciudad y sufrieron una gran cantidad de bajas. Liniers le ofreció a Whitelocke la rendición la cual el comandante británico acepto. Las tropas británicas debieron retirarse del Río de la Plata y devolver al Virreinato del Río de la Plata las ciudades tomadas.

Consecuencias de las invasiones

Las invasiones inglesas sentaron un precedente para la Revolución de Mayo de 1810, ya que demostraron que las colonias podían defenderse por su cuenta sin ayuda de la metrópolis, a la vez que el nombramiento de Liniers y una serie de decisiones que se tomaron de manera local, sirvieron como precedente de la autodeterminación que podía ser ejercida.

Estrategia del Reino Unido

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Debido al fracaso de tomar por la fuerza el territorio hay un replanteo por parte de la corona británica, un plan estratégico para hacer de la región un mercado dominado por sus mercancías, y es entonces que agentes encubiertos de la Royal Navy incitan a la independencia de las colonias del Virreynato, apoyando los movimientos independentistas.

Luego de un forcejeo dialéctico, de una semana de discusión -llamada semana de Mayo-, el 25 de mayo de 1810 se proclama la intensión de forjar una nación al margen del Reino Español, que a la sazón estaba en parte dominado por Francia y otra en lucha contra Napoleón.

El Reino Unido reconoce la voluntad de independencia de la región. Los barcos de guerra británicos que se hallaban estacionados en el Río de la Plata habían saludaron entusiasmados, con una salva de cañonazos, la destitución del Virrey y el establecimiento del gobierno revolucionario. Ambos hechos pusieron de manifiesto el no oculto interés de los sectores mercantiles y políticos de Gran Bretaña por el proceso emancipador de América.

9 de julio de 1816 - Declaración de la independencia

El 9 de julio de 1816, tras seis años de idas y venidas, se declaró la independencia “del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli”. Diez días más tarde, el 19 de julio, el diputado por Buenos Aires Pedro Medrano hizo aprobar un agregado a la fórmula de juramento que decía: “y de toda otra dominación extranjera”. Es que el rumor de que se tramaba la entrega del país a la corona portuguesa o a los ingleses se había extendido hasta Tucumán.

De hecho, el emisario norteamericano escribía a su gobierno: “El gobierno de éstas provincias es demasiado sumiso a Gran Bretaña para merecer el reconocimiento de los Estados Unidos como potencia independiente”.

El artículo seleccionado en esta oportunidad apareció el domingo 9 de julio de 1972 en La Opinión cultural. En él Juan Carlos Grosso se refiere a los intereses británicos y a la sutil diplomacia inglesa con relación al movimiento independentista rioplatense.

Los intereses británicos y la independencia del Río de la Plata

Fuente: Juan Carlos Grosso, La Opinión cultural, domingo 9 de julio de 1972.

Pocos días después que el Congreso de Tucumán de 1816 declaró solemnemente la ruptura de “los violentos vínculos” que unían las “Provincias de Sud América” a la corona española, los comerciantes ingleses residentes en Buenos Aires decidieron reconocer de hecho la independencia del Río de la Plata nombrando un representante ante el nuevo Estado americano.

Desde los últimos decenios del siglo XVIII el gobierno británico había demostrado gran preocupación por los asuntos políticos de la América Hispana, deseoso de romper las barreras legales que el orden colonial había impuesto al comercio británico. Los círculos mercantiles y financieros de Londres y Liverpool presionaron constantemente sobre el Foreign Office para que llevara adelante una política tendiente a abrir los mercados americanos a la producción manufacturera de Inglaterra y Gales.

Las posibilidades abiertas por el contrabando y, posteriormente, por las reformas liberales de los Borbones, pronto se mostraron insuficientes ante la constante expansión industrial de Gran Bretaña. Por otra parte, la emancipación de sus colonias americanas y las conquistas europeas de Napoleón habían reducido considerablemente la capacidad consumidora de sus mercados tradicionales.

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Las invasiones inglesas habían demostrado los graves inconvenientes de una acción militar sobre los dominios españoles de América. Pero al mismo tiempo, la aventura de Popham permitió comprobar el alto valor económico del Río de la Plata: los comerciantes que siguieron el camino abierto por las tropas inglesas vendieron en 1806 y 1807, mientras duró la ocupación de Buenos Aires y Montevideo, artículos por valor de un millón de libras.

La experiencia del fracaso militar de la expedición al Río de la Plata fue rápidamente asimilada por el gobierno británico. “Estoy convencido –afirmó el duque de Wellington en 1806- de que cualquier intento por conquistar las provincias de Sud América con vistas a su futuro sometimiento a la Corona británica seguramente fracasaría y por lo tanto considero que el único modo de que ellas puedan ser arrancadas a la corona de España es por una revolución y por el establecimiento de un gobierno independiente dentro de ellas”. Un año atrás el ministro Castlereagh había desarrollado una posición similar en su Memorándum para el gabinete relativo a Sud América. Luego de señalar las inconveniencias de una ocupación militar, Castlereagh aconsejó “la creación y el apoyo de un gobierno local amigo, con el que puedan subsistir esas relaciones comerciales que es nuestro único interés”.

Ambos políticos ingleses delinearon el principio fundamental que habría de regir la política americana del Foreing Office: fomentar el cambio revolucionario en América, aprovechando el interés de algunos sectores nativos por emanciparse de la tutela española. Inglaterra sólo intervendría como auxiliar y protectora a cambio de beneficios para su comercio ultramarino. Quedaban así desarrollados los principales postulados teóricos del “neocolonialismo”: la dominación sobre América no tendría que basarse necesariamente en la conquista territorial. La expansión comercial y financiera del capitalismo británico lograría cumplir el mismo fin.

Para consolidar su dominio económico, los intereses británicos encontraron un poderoso aliado interno en los sectores de las clases dominantes cuya producción se orientaba hacia el mercado exterior. En el Río de la Plata la unión del capitalismo inglés con la oligarquía terrateniente y los sectores de la alta burguesía vinculados al comercio de importación y exportación, ha sido una constante que se mantuvo casi invariable en la historia de la “dependencia económica” desde los primeros días en que la ex colonia española asumió el ejercicio formal de su soberanía política.

Si se acepta que la política del Foreign Office tendió a estimular los movimientos americanos que se propusieran modificar el orden político y económico impuesto por España en sus colonias, cabe preguntarse por qué Gran Bretaña demoró el reconocimiento de la independencia del Río de la Plata hasta fines de 1824. Para responder a este interrogante es necesario tener en cuenta la situación política de Europa en las dos primeras décadas del siglo XIX.

La guerra contra la Francia napoleónica y los conflictos políticos que se suscitaron en Europa luego de la Restauración, obligaron a Gran Bretaña a desarrollar una política ambigua con respecto a los asuntos americanos. Aliada a España en la lucha contra Napoleón luego que el pueblo español se sublevara contra José Bonaparte, Gran Bretaña no podía respaldar abiertamente la rebelión de los ex súbditos de Fernando VII. Más aún: en los primeros años del proceso revolucionario propició más de una vez la reconciliación de la metrópoli con sus colonias sublevadas.

En 1811 el Foreign Office formuló los principios sobre los que debía basarse esa política conciliatoria, para la cual Inglaterra se ofrecía como mediadora: las colonias debían compartir el gobierno del Reino de España a través de las Cortes; se otorgaría una amnistía general a favor de los insurgentes americanos; se les aseguraría una debida gravitación en la administración colonial y, desde luego, el libre comercio, con una razonable situación preferencial, para los productos españoles, que no competían ciertamente con las manufacturas británicas. Aclaremos que esta política no contradecía necesariamente los principios formulados por Castlereagh en 1807; más bien constituía una

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adecuación de los mismos a la realidad del momento: garantizado el libre comercio, los gobiernos “autónomos” –y no independientes- de América caerían indefectiblemente dentro de la órbita económica de Gran Bretaña.

El plan fue rechazado reiteradamente por las Cortes españolas y por Fernando VII después de su restauración. Sin embargo, a lo largo de la década de 1810, Gran Bretaña hizo girar su política americana sobre este proyecto de mediación. La necesidad de conservar la paz y el concierto europeo, le impidieron momentáneamente alejarse del principio del “legitimismo”, por el cual no podía reconocer los gobiernos surgidos de movimientos revolucionarios. Empero, el gobierno inglés continuó estimulando y protegiendo la expansión mercantil de sus súbditos hacia América y advirtió reiteradamente a España que no permitiría ninguna interrupción de su comercio con América del Sur.

La intransigencia de España y el absolutismo de Fernando VII, quien había restaurado el viejo monopolio comercial en sus dominios americanos, obligaron al Foreign Office a abandonar paulatinamente la aparente neutralidad de su política americana: ahora más que nunca el capitalismo británico deseaba conservar su control sobre los mercados americanos. A partir de 1814 Castlereagh concentró sus esfuerzos diplomáticos en la Santa Alianza para impedir que las potencias europeas extendieran su brazo armado contra los insurrectos de América. Su política obtuvo un importante triunfo en los tratados celebrados por la Santa Alianza en 1814 y 1815: al mismo tiempo que logró excluir a la Alianza de los asuntos trasatlánticos obtuvo un tácito reconocimiento del derecho que se atribuía Gran Bretaña para actuar libremente y de acuerdo a sus intereses en América latina. Paralelamente puso en conocimiento del gobierno español que su país no sólo no le prestaría ayuda militar para reconquistar sus dominios sino que también impediría que otras potencias lo hicieran. Cuando Belgrano, al regreso de su misión diplomática, informó al Congreso “sobre el estado actual de Europa”, pudo afirmar que el poder de España “era demasiado débil e impotente”, existiendo “poca probabilidad de que el gabinete inglés la auxiliase para subyugarnos”. De este modo, Belgrano –e indirectamente la diplomacia británica- contribuyeron a disipar la incertidumbre de algunos diputados que consideraban prematura la declaración de la Independencia.

Las tropas portuguesas mandadas par el general Carlos Federico Lecor -unos 12.000 hombres de todas las armas- doblaban en número a las tropas de Artigas que, a pesar de sus hábiles esfuerzos, fue derrotado en sucesivas batallas hasta que el 20 de enero de 1817 Lecor entró en Montevideo.

En 1818, en el Congreso de Aquisgrán, Castlereagh logró derrotar el intento de Fernando VII de introducir a España en la Alianza. Con respecto a los asuntos americanos, cuyo tratamiento no pudo evitar, obtuvo un nuevo éxito al lograr que el Congreso aceptara los términos del antiguo proyecto de mediación británica, dejando a España en una situación totalmente adversa. Sin embargo, se redujo su libertad de acción al quedar tácticamente comprometida a no emprender nuevas negociaciones sin previa consulta y asentimiento de las restantes potencias. Fue Francia quien liberó a Gran Bretaña de este compromiso al entrar en secretas negociaciones con los representantes del Río de la Plata, mediante la conocida misión diplomática de Valentín Gómez. Castlereagh supo aprovechar este procedente francés para independizarse de la política de la Alianza y orientarse hacia el reconocimiento de la independencia americana. A Canning le correspondió concretar este hecho.

En los primeros años de la década de 1820 se había acentuado la presión de los círculos comerciales y financieros de Londres y Liverpool para que Gran Bretaña reconociera la independencia del Río de la Plata. En Buenos Aires los comerciantes ingleses dominaban el sistema de comercialización interno y externo… (…) La política orientada por Rivadavia ofrecía amplias perspectivas a los inversores británicos. En 1822 se habían inaugurado la Bolsa de Comercio y el Banco de la Provincia, cuyos principales accionistas se reclutaron entre los comerciantes ingleses, tres de los cuales formaban parte del directorio de la institución. En 1824 las exportaciones británicas al Río de la Plata

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alcanzaron un monto superior al millón de libras; en ese mismo año se firmó en Londres el famoso empréstito Baring Brothers. La euforia de los comerciantes ingleses en Buenos Aires se había extendido a Londres, donde numerosos inversionistas se mostraron interesados en los títulos del gobierno porteño y en las compañías creadas para explotar los yacimientos mineros del Río de la Plata.

El reconocimiento de la independencia americana por parte del gobierno norteamericano en 1822 y la nueva política de Francia, en busca de un acercamiento con las antiguas colonias españolas, contribuyeron a acelerar el reconocimiento británico: “Cada día estoy más convencido –afirmaba Canning en 1822- de que, en el presente estado del mundo, de la península española y de nuestro país, las cosas y asuntos de la América Meridional valen infinitamente más para nosotros que los de Europa, y que si ahora no aprovechamos, corremos el riesgo de perder una ocasión que pudiera no repetirse”.

En 1823 Canning obtuvo de Francia la declaración de que no emplearía su fuerza militar en contra de las colonias españolas. Ese mismo año envió representantes a Colombia, México y Buenos Aires para ultimar las negociaciones que culminarían en el reconocimiento de la independencia. El método empleado fue el de la celebración de tratados comerciales con los estados americanos que les asegurara a los súbditos británicos la libertad de comercio.

El 31 de diciembre de 1824 el Foreign Office comunicó a sus representantes en Europa que Gran Bretaña había reconocido la independencia de Buenos Aires, México y Colombia. Dos meses después se firmaba el “Tratado de Amistad, Comercio y Navegación” entre el gobierno de Buenos Aires y el plenipotenciario británico, Woodbine Parish.

En una carta fechada en 1824 y dirigida al embajador francés en París, Canning, se encargó de aclarar el significado de la independencia de los estados americanos que Gran Bretaña había reconocido: “La cosa está hecha, el clavo está puesto, Hispanoamérica es libre; y si nosotros no desgobernamos tristemente nuestros asuntos, es inglesa”.

Guerra Argentina con el Imperio de Brasil

1826 - Fracasa la intención de recuperar la Banda Oriental por medio de las negociaciones, ocupada por el Imperio de Brasil en su búsqueda de expansión hacia el control del Río de La Plata, una vieja aspiración del imperialismo lusitano encarnada por Serenísima Sra. Infanta de Castilla y Princesa del Brasil D:J. Carlota Joaquina de Barbón, esposa del rey portugués Juan VI, quienes apoyados por los ingleses se habían trasladado a la colonia de Brasil, y con ello toda la corte portuguesa, para evitar la caída ante Napoleón. Luego del inicio de las hostilidades, donde el ejército argentino logra con no poco esfuerzo empujar al adversario hasta Cerro Largo, quedando complicado en la logística, mientras que las naves del Imperio del Brasil dominaba las aguas abiertas de la desembocadura del Río de La Plata, la situación se tornó en un claro estancamiento ruinoso para ambas naciones.Gran Bretaña, mientras tanto, no pudiendo navegar sus buques mercantes por tal guerra, decide interceder e iniciar gestiones de paz..

El Foreign Office y el "Estado Tapón"

El Primer Ministro Canning expuso en una frase, el nódulo de la política inglesa en el sur del continente americano: "He hecho surgir a la vida un Nuevo Mundo para restablecer el equilibrio del Antiguo".

El fin de la guerra entre Brasil y las Provincias Unidas, con el surgimiento de la República Oriental del Uruguay, es un

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triunfo de la política británica del "equilibrio de poderes".Nicholas J. Spykman la explica admirablemente en su libro "Estados Unidos frente al mundo": "La política británica respecto al continente europeo parece moverse en una serie de largos ciclos en los cuales acaece de modo inevitable la monótona reiteración de las etapas de aislamiento, alianza y guerra; cambio de socios, alianza y guerra, y así ad infinitum". "Si la guerra se lleva hasta feliz desenlace y termina con una completa derrota de los adversarios, Gran Bretaña se inclina a mudar su apoyo diplomático y económico. Abandona al antiguo aliado, porque ahora esta en el lado fuerte, apoya al antiguo enemigo, porque ahora es el lado débil. Restablecido así a su satisfacción el equilibrio, vuelve a su espléndido aislamiento.Pero el equilibrio se trastrueca y el ciclo comienza de nuevo. Y así desde hace trescientos años". "Su imperio se forjo a base de un continente equilibrado que permitiera la libertad de movimientos al poderío británico, y solo en condiciones similares puede conservarlo. Un continente dividido y equilibrado es requisito indispensable para la continuada existencia del Imperio. Un continente dividido quiere decir hegemonía británica. Es inevitable que esta relación de poder merezca la oposición del Estado que aspira a desempeñar papel predominante en el continente, empresa que en diversos periodos de la historia acometieron España, Austria, Francia y Alemania".Y concretando las formas de esta política: "La política exterior británica se esforzó sagazmente por impedir que surgiera al otro lado del canal y de la zona angosta del Mar del Norte otro poder naval o potencia dominante ... manteniendo y amparando la existencia de 'estados cojines' tales como Austria, Bélgica y Holanda". La concertación de la Convención Preliminar de Paz de 1828, que dio nacimiento a la República Oriental del Uruguay, fracturando una vez mas el viejo contexto geográfico-histórico de la cuenca rioplatense, es el fruto de distintos factores. Entre ellos, cuentan el deseo ferviente de los orientales por emprender en paz, el quebranto financiero de ambos contendientes fruto de la guerra, la reconstrucción de su comunidad oriental y su hastío por las alternativas interminables de la política bonaerense, una mayor consolidación de la orientalidad como consecuencia de la larga lucha por la independencia, etc.Pero ninguno de ellos puede oscurecer el hecho decisivo de que Inglaterra aplico en el Río de la Plata su vieja y probada política de poderes, asentada en la pieza maestra de un Estado tapón o cojín. Así como tampoco puede negarse, que ello significó una derrota contundente y estrepitosa para la concepción federal de José Artigas.

El Foreign Office se valió de un hábil diplomático para plasmar sus planes en estas tierras: Lord Ponsomby, quien prestó grandes servicios al Imperio Británico y merece el monumento que los ingleses puedan haberle erigido. Pero su política consistió en destruir la visión artiguista de una gran Confederación de pueblos en el Río de la Plata.En el trabajo "El Imperialismo en el Uruguay" se dice: "El 18 de enero de 1828 Lord Ponsomby explica, en memorable documento, a Lord Dudley las Instrucciones e ideas del Primer Ministro Canning al respecto, argumentando largamente a favor de la tesis segregacionista, en virtud de los grandes beneficios -razón ecuménica del gentleman-, que el comercio inglés derivara de la misma. Y en un significativo pasaje dice: "En vista de estas circunstancias y de lo que podría resultar de ellas en un futuro no distante, parece que los intereses y la seguridad del comercio británico serian grandemente aumentados por la existencia de un Estado en el que los intereses públicos y privados de los gobernantes y pueblo fuesen tales que tuviesen como el primero de los objetivos nacionales e individuales, cultivar una amistad firme con Inglaterra ... "El cónsul norteamericano Forbes lo expresa con mas crudeza en una carta dirigida a su gobierno en junio de 1826:"Lo que yo había predicho se cumple; se trata nada menos que de la erección de un gobierno independiente y neutral en la Banda Oriental bajo la garantía de Gran Bretaña ... es decir, solo se trata de crear una colonia británica disfrazada".José León Suarez revela el siguiente episodio en un trabajo de mucho interés: "Los representantes de Inglaterra en Río de Janeiro y Buenos Aires, señores Gordon y Lord Ponsomby, respectivamente, gestionaron y presionaron a ambos gobiernos para que tranzaran en sus pretensiones e hicieran la paz".Así como en Río de Janeiro, Inglaterra aparecía en favor de las Provincias Unidas, en Buenos Aires, Lord Ponsomby parecía patrocinar al Brasil desde su llegada, y desarrolló la política de convencer de que la máxima aspiración debía limitarse a la independencia de la provincia disputada.

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Consta en carta de don José María Rozas, Presidente de la Cámara de Diputados en 1827 y luego Ministro de Relaciones Exteriores de Dorrego en 1828, que inculpándole a Lord Ponsomby que el objeto principal de la mediación fuera "la independencia de la Banda Oriental para fraccionar las costas de la América del Sur". El viejo aristócrata británico se "amostazo" y puso en evidencia, con énfasis, la verdad, diciendo brusca y sentenciosamente: "El gobierno ingles no ha traído a la América a la familia real de Portugal para abandonarla; y la Europa no consentirá jamas que solo dos estados, el Brasil y la Argentina, sean dueños exclusivos de las costas orientales de la América del Sud desde mas allá del Ecuador hasta el Cabo de Hornos".El Vizconde de Itabayana, representante brasileño en Londres, dice en oficio elevado a su gobierno: "A Inglaterra quer dar a Montevideu a forma de cidade hanseatica sob a sua protecao pra ter em ela a chave do Rio da Prata assim como tem a chave do Mediterraneo e do Baltico". Luego añade que Mr. Canning, después de comunicarle tan "inicuo proyecto", le manifestó su deseo de mediar para realizarlo "y quiere serlo tan a toda fuerza que me intimo que si el Brasil no hiciese la paz con Buenos Aires dentro de un plazo de seis meses, es decir, si no cede la Banda Oriental, la Inglaterra se declarara a favor de Buenos Aires y en contra del Brasil".Sube Dorrego al poder en Argentina y se dispone a actuar enérgicamente en favor de la integración federal de la Provincia Oriental en el contexto de las Provincias Unidas. Lord Ponsomby declara abiertamente su preocupación: "Es necesario que yo proceda sin un instante de demora y obligue a Dorrego a despecho de si mismo a obrar en abierta contradicción con sus compromisos secretos con los conspiradores y consienta en hacer la paz con el Emperador ... ".El Banco Nacional, con una mayoría de acciones en manos de los comerciantes ingleses, se alinea con Lord Ponsomby, asfixiando financieramente el gobierno de Dorrego. El 5 de abril de 1828 el diplomático británico informa de su éxito a su gobierno: "No vacilo en manifestar que yo creo que ahora el coronel Dorrego esta obrando sinceramente a favor de la paz. Bastaría una sola razón para justificar mi opinión: que a eso esta forzado ... Esta forzado por la negativa de la Junta (del Banco Nacional) de facilitarle recursos salvo para pagos mensuales de pequeñas sumas ... ".Lo expuesto constituye una selección de tramos de la tupida telaraña con que el Foreign Office envolvió el proceso político que desemboca en la Convención Preliminar de Paz de 1828.

Todo lo visto es ejemplo de sutileza, de habilidad, de cinismo, de paciencia, de sabia mixtura de suavidad con violencia; en una palabra, selecta exposición de los ingredientes fundamentales de una política imperialista británica aplicada sin pausas ni vacilaciones durante siglos.

A fines de 1828 la Logia Unitaria con Juan Lavalle a la cabeza realiza un movimiento subversivo contra Manuel Dorrego. Lo apresan y lo fusilan en Navarro sin juicio previo junto con Mesa, Cano Manrique y otros oficiales.1829. Lavalle propone participar al libertador general don José de San Martin del golpe militar pero éste rechaza el ofrecimiento. Una coalición de Juan Manuel de Rosas con Estanislao López combate y derrota a Lavalle en Puente de Marquez.

Rosas es nombrado ahora por la Legislatura de Gobernador de Buenos Aires comenzando su primer gobierno. En el fuerte (hoy Casa Rosada) lo felicitan algunos integrates de la Primera Junta de gobierno. Juan Jose Paso, Domingo Matheu y Miguel de Azcuenaga. También se encuentran en la Sala integrantes de los ejércitos de la Independencia. Balcarce, Vidal, Soler y Viamonte.Rosas está posicionado como federal. A su vez identificado con el campo, el gaucho y la actividad rural. Aprendió el arte de mandar, es admirado por su destreza y coraje, justo en sus campos. Condena o perdona como un juez. Ayuda siempre al que está en desgracia y da trabajo a muchos paisanos.Consideraba al gaucho como el cien por cien de argentinismo mientras que al intelectual, erudito profesor porteño lo consideraba como reflejo de ideas y preocupaciones foráneas ajenas a nuestra manera de ser. Su toque personal al Gobierno que organiza completamente con férrea mano e impulso creador. Sus seguidores eran gauchos, pueblo

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urbano, parte rural, burgueses y conservadores.Rosas no tenía experiencia política ni estaba muy convencido de poder lograr acabar con la anarquía. Se impone un orden en las finanzas públicas y se sanea la administración. La línea de gobierno protegía los intereses de comerciantes y criadores de ganado. Restablece las leyes quebradas por los unitarios por lo que le se declara el Restaurador de las Leyes.Se crea una Comandancia en Malvinas su Gobernador Luis Vernet.En 1830 se declara la independencia de la Banda Oriental del Uruguay, reflejada en una obra del gran pintor Blanes, donde se observa las cuatros banderas involucradas: Inglaterra, Argentina, Brasil, y de Uruguay.

1833. La fragata Inglesa Clio al mando del Onslow desembarca en Islas Malvinas, la ocupa iniciando el conflicto.

1834 - Rosas renuncia a su mandato.

1835 - Luego de marchas y contra marchas se realiza un plebiscito que es ganado en favor de Rosas, por mas de 9000 votos contra 7. Rosas inicia el 2° gobierno, consiente que ha admitido un poder sin límite que a pesar de ser odioso dice que es absolutamente necesario para sacar la patria del abismo de males.......El objetivo era la unión y organización del país. Equidad con una única Aduana para la salida de todos los productos. Se dicta la Ley de Aduanas aforando los productos importados. En 1836 se dicta la Ley Agraria suavizando las condiciones de trabajo rurales. En ese momento había 106 fabricas con máquinas a vapor y 700 talleres artesanales de tejidos e hilados.El arreglo no era fácil. La oposición, o sean los unitarios, iniciaron desde fuera del país las conspiraciones desde 1837 Bolivia, Uruguay y Chile. Rosas declara junto con Chile la guerra a la confederación Peruano Boliviana Surge el conflicto con el cónsul francés Roger.En noviembre de 1837, el vicecónsul francés se presentó al ministro de relaciones exteriores, Felipe Arana, exigiéndole la liberación de dos presos de nacionalidad francesa, el grabador César Hipólito Bacle, acusado de espionaje a favor de Santa Cruz, y el contrabandista Lavié. También reclamaba un acuerdo similar al que tenía la Confederación Argentina con Inglaterra y la excepción del servicio militar para sus ciudadanos (que en ese momento eran dos).

Arana rechazó las exigencias, y meses más tarde, en marzo de 1838 la armada francesa bloqueó “el puerto de Buenos Aires y todo el litoral del río perteneciente a la República Argentina”. Y lo extendió a las demás provincias litorales, para debilitar la alianza de Rosas con ellas, ofreciendo levantar el bloqueo contra cada provincia que rompiera con él.También en octubre de 1838, la escuadra francesa atacó la isla Martín García, derrotando con sus cañones y su numerosa infantería a las fuerzas del coronel Jerónimo Costa y del mayor Juan Bautista Thorne. Debido al desempeño honroso y valiente demostrados por los argentinos, fueron conducidos a Buenos Aires y dejados en libertad, con una nota del comandante francés Hipólito Daguenet, haciendo saber tal circunstancia a Rosas, en los siguientes términos:“... Encargado por el Señor Almirante Le Blanc,comandante en jefe de la estación del Brasil, y de los mares del Sud, de apoderarme de la isla de Martín García con las fuerzas puestas a mi disposición para tal objeto, desempeñé el 14 de este la misión que me había sido confiada. Ella me ha presentado la oportunidad de apreciar los talentos militares del bravo coronel Costa, gobernador de esa isla y de su animosa lealtad hacia su país. Esta opinión tan francamente manifestada es también la de los capitanes de corbetas francesas la "Expeditive" y la "Bordelaise", testigos de la increíble actividad del señor coronel Costa, como de las acertadas disposiciones tomadas por este oficial superior, para la defensa de la importante posición que estaba encargado de conservar. Lleno de estimación por él he creído que no podría darle una prueba mejor de los sentimientos que me ha inspirado, que manifestando a V. E. su bizarra conducta durante el ataque dirigido contra él, el 11 del corriente, por fuerzas muy superiores a las de su mando..."El bloqueo afectó mucho la economía de la provincia, al cerrar las posibilidades de exportar. Eso dejó muy

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descontentos a los ganaderos y a los comerciantes, muchos de los cuales se pasaron silenciosamente a la oposición.

1838. Comienza la guerra con Francia. Esta está aliada con Rivera de Uruguay, Corrientes y los unitarios emigrados a Uruguay entre quienes se encuentra Lavalle.1839. El bloqueo de navíos franceses estaba en su apogeo. Además ocupan la isla Martín García que duraría 3 años. La batalla de Yungay en Perú ganada por Chile, en Pago Largo Corrientes Echague vence a Berón de Astrada aliado de los franceses. En La Trinchera, Córdoba Manuel López vence a los revolucionarios de Santa Fe. Mientras tanto en Buenos Aires estalla una conjura. Manuel Vicente Maza y su hijo Coronel Ramón Maza pretendían eliminar a Rosas. Luego de luchas intestinas Rosas se impuso nuevamente.

El gobierno de Rosas había prohibido la navegación por los ríos interiores a fin de reforzar la Aduana de Buenos Aires, único punto por el que se comerciaba con el exterior. Durante largo tiempo, Inglaterra había reclamado la libre navegación por los ríos Paraná y Uruguay para poder vender sus productos. En cierta medida, esto hubiera provocado la destrucción de la pequeña producción local, pero la única provincia beneficiada por esa política fue la de Buenos Aires, ya que se prohibía comerciar por los puertos fluviales.Debido a esta disputa más otras, el 18 de septiembre de 1845 las flotas inglesas y francesas bloquearon el puerto de Buenos Aires e impidieron que la flota porteña apoyara a Oribe en Montevideo. De hecho, la escuadra del almirante Guillermo Brown fue capturada por la flota británica.La flota combinada avanzó por el río Paraná, intentando entrar en contacto con el gobierno rebelde de Corrientes y con Paraguay, cuyo nuevo presidente, Carlos Antonio López, pretendía abrir en algo el régimen cerrado heredado del doctor Francia. Lograron vencer la fuerte defensa que hicieron las tropas de Rosas, dirigidas por su cuñado Lucio Norberto Mansilla en la batalla de Vuelta de Obligado pero meses más tarde fueron derrotados en la batalla de Quebracho. Esas batallas hicieron demasiado costoso el triunfo, por lo que no se volvió a intentar semejante aventura.

Gran Bretaña levantó el bloqueo en 1847, aunque recién en 1849, con el tratado Arana-Southern, se concluyó definitivamente este conflicto. La nave insignia inglesa desagravia la bandera Argentina con 21 cañonazos. Francia tardó un año más, hasta la firma del tratado Arana-Lepredour. Estos tratados reconocían la navegación del río Paraná como una navegación interna de la Confederación Argentina y sujeta solamente a sus leyes y reglamentos, lo mismo que la del río Uruguay en común con el Estado Oriental.Se devuelve la isla Martín Garcia y los navíos Argentinos tomados en su momento.

Como paradoja del destino, debido a los conflictos internos suscitados por los opositores, Rosas se exilia luego en Inglaterra, donde finalmente muere.

GRAN BRETAÑA ES DESPLAZADA POR LOS ESTADOS UNIDOS

Debido a la Iª y por sobre todo luego de la IIª Guerra Mundial, el Reino Unido es "conminado" por Norteamérica a descolonizar sus posiciones -en el buen romance diplomático EE.UU. presiona a Gran Bretaña para que "suelte" dichos mercados-. Como respuesta el Reino Unido desarrolla un esquema virtuoso a través del commonwealth, cumpliendo el pedido pero a su vez sosteniendo una posición de privilegio al crear una suerte de comunidad de intereses entre las ex colonias y el Reino Unido, donde existe una forma de mercado común y posición en relaciones exteriores coordinadas por la Casa Real.

Pacto entre Argentina e Inglaterra

Un apartado especial fue el Pacto Roca-Runciman, firmado entre la República Argentina y el Reino Unido el 1º de

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mayo de 1933, que fue un acuerdo comercial tendiente a evitar en la Argentina los efectos de una política comercial británica favorable a los países de la Commonwealth, a cambio de la disminución de impuestos para productos importados desde el Reino Unido. Fue firmado por el vicepresidente de la Argentina, Julio Argentino Roca (hijo) —a instancias del presidente Agustín Pedro Justo— y el encargado de negocios británico Walter Runciman.

A pesar de los artilugios para sostener su presencia internacional los Estados Unidos avanzó en su influencia reemplazando a Gran Bretaña, y por extensión Argentina también pasó a ser tutelada, influenciada por el hermano mayor del norte. Lo británico decae y lo americano se impone.

RELACIONES MALAVENIDAS

El Reino Unido tomó posesión del archipiélago en 1833, cuando las islas estaban en posesión Argentina, como se ha visto, iniciando un largo diferendo por la soberanía territorial que devino en 1982 en la guerra de las Malvinas/Falkland o "Guerra del Atlántico Sur", en la que las islas constituyeron el principal teatro de operaciones.Hasta entonces los esfuerzos diplomáticos de reclamos reiterados, aceptados por la ONU, no fueron exactamente oídos por el Reino Unido, quienes con artilugios han desoído e incumplido las distintas resoluciones de las Naciones Unidas en su Comité de Descolonización.

En febrero de 1990 la Argentina y el Reino Unido restablecieron las relaciones diplomáticas, que habían sido interrumpidas en abril de 1982, mediante la adopción de una fórmula de salvaguardia de soberanía sobre las islas Malvinas/Falkland, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, llamada «paraguas de soberanía». Fórmula que se aplica a todas las reuniones bilaterales sobre aspectos prácticos vinculados a Malvinas/Falkland, así como a las declaraciones y actos de las partes o de terceros que tengan lugar como consecuencia de lo convenido en las reuniones.

Los habitantes de las islas Malvinas son desde 1983 ciudadanos británicos de pleno derecho.

Después de la guerra de 1982, el Reino Unido ha incrementado su presencia militar en la zona construyendo una base aérea, RAF Mount Pleasant, para que pudieran aterrizar cazabombarderos y como aeropuerto para comunicar las islas con otros lugares en menos tiempo. Dignatarios británicos visitan las islas regularmente para mostrar su apoyo. También desde 1999 se ha autorizado un vuelo semanal desde Punta Arenas (Chile) mediante LAN Chile, con la anuencia del gobierno argentino, haciendo escala una vez al mes en Río Gallegos.

Oficialmente Gran Bretaña aduce la autodeterminación del isleño, pero ello de acuerdo a los antecedentes de la misma nación es contradictorio, pues en su momento no han reconocido autodeterminación alguna en posiciones británicas de ultramar, e incluso actuaron de facto reprimiendo una consulta popular donde el 100 % de la población votó por independizarse del reino. Por lo que tal argumento se deshace ante los hechos consumados.

ÚLTIMAS NOVEDADES

3 de enero de 2013 - Malvinas: La presidenta Cristina Fernández reclamó a Cameron que "acate las resoluciones" de ONU

La Presidenta publicó hoy una solicitada en la prensa inglesa. El Gobierno británico ya respondió con una nueva negativa.

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4 de enero de 2013 - El diario "The Sun" le responde a Cristina Fernández y le pide que “no toque” las Falklands

Ante el pedido de la presidenta argentina a Reino Unido que "ponga fin al colonialismo", The Sun publicó un comunicado de prensa en el diario Buenos Aires Herald.

7 de enero de 2013 - Gran Bretaña advirtió que está dispuesta a "luchar"

El primer ministro británico defendió la decisión de Londres de tener aviones y tropas en las islas; la Cancillería repudió las "amenazas militaristas" de Cameron.

13 de enero de 2013 - VERSIÓN EN EL REINO UNIDO - Antes de marzo, Londres desplegará fuerzas en el Atlántico Sur

De acuerdo al diario The Sunday Telegraph, del Reino Unido, la Administración Cameron prepara una demostración de fuerza en el Atlántico Sur: un mensaje a la población de las islas Malvinas/Falkland de que serán defendidos. En marzo habrá un referendo en el archipiélago que controlan los británicos y reclama la Argentina, cuyas fuerzas militares son casi inexistentes.

24 de enero de 2013 - "Que Francia ayude si hay invasión"

BUENOS AIRES.- Insólitamente los legisladores británicos por la circunscripción de Bolton, David Crausby, y de Bromley, Jean Stroud-Mort, dijeron ayer que Londres debería pedir la asistencia de Francia en caso de producirse un conflicto militar en el Atlántico Sur, como el que tuvo lugar entre abril y junio de 1982. Ambos hicieron uso de la palabra en la Cámara de los Comunes, ante Andrew Robathan, secretario de Estado para asuntos de Defensa, quien descartó un conflicto militar, al señalar que es "improbable" que Argentina "invada las Falklands (Malvinas) porque existe una cláusula en la Constitución de ese país que lo prohíbe" -asunto no solo por las leyes sino que Argentina es inoperante en sus Fuerzas Armadas, de estar las mismas desmanteladas y en ruinas-.Crausby preguntó a Robathan si la administración del conservador David Cameron espera "que Francia devuelva el favor en caso de una invasión", y si había hablado del tema con pares europeos. "Cada vez que Argentina está en problemas saca el tema de las Falklands (Malvinas) porque es popular con la gente. No espero un conflicto, pero no deberíamos ser complacientes", afirmó. (¿De qué hablará el tal Crausby?, pues ni siquiera han sido complacientes los británicos con invitar a los representantes argentinos tan siquiera con un brandy).Stroud-Mort recordó que quedó viuda de su marido John Stroud, muerto a los 20 años en Malvinas durante al guerra, y aseguró que "Francia no nos dio apoyo durante la guerra de Malvinas, así que el hecho de que Crausby trate este tema hace que le tenga mucho respeto". "Las islas deberían ser apoyadas por la ONU, no sólo por el Reino Unido en solitario", añadió. (DyN).

RESUMEN HISTÓRICO DE UNA RELACIÓN CON DERECHO A "ROCES"

Como se habrá observado el nacimiento de Argentina tuvo un padrastro Inglés, que si bien actuó como un abusador supo a su vez darle cierto trato particular, y es una relación enfermiza la que llevan, tanto que en los distintos hechos de sangre históricos no hay exactamente odio envuelto en ellos, sino un sordo reproche culposo de las partes. Luego de una guerra no oficialmente declarada, donde seres de ambos bandos luchaban para sostener más situaciones internas, de un régimen que se caía y una primera ministra que también estaba por derrumbarse, que por las tierras en diputas, la situación sigue igual que antes. La relación entre los pueblos de fondo no es el de odio

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real sino declamatorio, con insultos y amenazas, a semejanza de un noviazgo con picos de violencia de partes. Al parecer más que gestiones diplomáticas se requiere un ejército de psicólogos y psiquiatras, pues hay una relación sadomasoquista entre ambas naciones, donde al estupro inicial le han sucedido mentiras e infidelidades con escándalos públicos de por medio.

Publicado 6th January 2013 por Oscar POE

Etiquetas: Política

FUENTE: http://www.oscarpoe.com/2013/01/argentina-e-inglaterra-larga-nota.html