Audiencia de Rendición Publica de Cuentas de la ABC

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Objeto 1 Alcance 1 Definiciones 1 Abreviaturas 2 Documentos de Referencia 2 Procedimiento 2 Control de Documentos 5 Control de Registros 5 9. Anexos 5 Audiencia de Rendición Publica de Cuentas de la ABC Código rPI/SCP-080 Versión [ 1 Procedimiento Tipo ADMINISTRADORA BOLIVIANA DE CARRETERAS Título No se permite la reproducción parcial o total de este documento sin la Autorización escrita de una de las siguientes autoridades: Directorio, Presidencia, Gerentes y Jefes de Unidad de Staff; así como no se permiten alteraciones manuscritas al mismo

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Objeto 1Alcance 1Definiciones 1Abreviaturas 2Documentos de Referencia 2Procedimiento 2Control de Documentos 5Control de Registros 5

9. Anexos 5

Audiencia de RendiciónPublica de Cuentas de la ABC

Código

rPI/SCP-080Versión

[ 1 Procedimiento

Tipo

ADMINISTRADORABOLIVIANA DECARRETERAS

Título

No se permite la reproducción parcial o total de estedocumento sin la Autorización escrita de una de las

siguientes autoridades: Directorio, Presidencia, Gerentes yJefes de Unidad de Staff; así como no se permiten

alteraciones manuscritas al mismo

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CONTROL DE DOCUMENTOS NORMATIVOS

Instancias de Revisión

GNTFech ,

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Fecha:

SEGFecha:

UTRFecha:

GEGFecha:

PREFecha:

Fecha:

Fecha:

Instancias de Proyección

Lic. • aela Humerez GutiJEFA DE LA UNIDAD D NSPARENCIA YLUCHA CONTRA LA CORRUPOCION

UNIDAD PROPONENTE:Lic. Paola Humérez GutiérrezJEFE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA

Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIONkoilnistradora Boliviana de Carreteras

Fecha:

UTR

Instancias de Control

Trazabilidad NormativaVer. Código Resolución N°Fecha

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ADMINISTRADORABOLIVIANA DECARRETERAS

La Paz, 21 de mayo de 2015

PRESIDENCIA EJECUTIVARESOLUCIÓN ADMINISTRATIVAABC/PRE/136/2015

TEMA: APROBACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA LA AUDIENCIA DERENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS DE LA ABC.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que la Administradora Boliviana de Carreteras - ABC, es una institución públicaautárquica, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y con autonomía de gestióntécnica, administrativa, económica-financiera, de duración indefinida, bajo tuición delMinisterio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, conforme a su norma de creación,específicamente según el parágrafo I del artículo 2 de la Ley N o 3507 de 27 de octubrede 2006.

Que el artículo 3 del Decreto Supremo N o 28946 de 25 de noviembre de 2006, quereglamenta parcialmente a la Ley N o 3507, establece que la ABC tiene como misióninstitucional la integración nacional, mediante la planificación y la gestión de la RedVial Fundamental (RVF), las cuales comprenden actividades de: planificación,administración, estudios y diseños, construcción, mantenimiento, conservación yoperación de la RVF y sus accesos, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de lagestión pública nacional, con el fin de contribuir al logro de servicios de transporteterrestre eficientes, seguros y económicos.

Que el numeral 4 del artículo 235 de la Constitución Política del Estado establece que esobligación de los servidores públicos el rendir cuentas sobre las responsabilidadeseconómicas, políticas, técnicas y administrativas en el ejercicio de la función pública.

Que los incisos c) y d) del artículo 1 de la Ley N o 1178 de 20 de julio de 1990, determinandicha Ley regula los Sistemas de Administración y Control de los recursos del Estado y surelación con los sistemas nacionales de Planificación e Inversión Pública, con el objeto delograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidadpor sus actos rindiendo cuenta no sólo de los objetivos a que se destinaron los recursospúblicos que le fueron confiados sino también de la forma y resultado de su aplicación ydesarrollar la capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejoincorrecto de los recursos del Estado.

Que la Política Nacional de Transparencia y Lucha contra la Corrupción - PNT, aprobada porel Decreto Supremo N o 214 de 22 de julio de 2009, en su numeral 5.5 dispone que seentiende por Rendición Pública de Cuentas a la acción de toda institución de poner aconsideración de la ciudadanía los resultados obtenidos en la gestión así como elcumplimiento de compromisos asumidos con los actores sociales involucrados y con lasociedad civil en general.

Que asimismo, el numeral 9.3.1 de la Política Nacional de Transparencia y Lucha contra laCorrupción, establece que a fin de dar contenido profundamente democrático a la gestiónpública, se establecerá de manera obligatoria que todos los organismos públicos deban darcuenta de su gestión de manera periódica, en espacios que faciliten el ejercicio del controlsocial por parte de los actores y organizaciones sociales.

Que el numeral 9 del artículo 8 de la Ley N o 341 de 05 de febrero de 2013, dispone que el

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derecho de Participación y Control Social se efectúa a través de participar en los procesosde rendición pública de cuentas de las entidades del Estado Plurinacional.

Que el artículo 18 de la mencionada disposición legal prescribe que el Órgano Ejecutivomediante sus Ministerios, entidades públicas descentralizadas, desconcentradas,autárquicas y empresas públicas, garantizará la Participación y Control Social a través delacceso a la información, la rendición pública de cuentas, las iniciativas legislativas,normativas y las políticas públicas, de acuerdo a su reglamentación.

Que el numeral 5 del artículo 33 de la Ley N o 341 prevé que es obligación del Estado,respecto a la Participación y Control Social, realizar periódicamente procesos de rendiciónpública de cuentas económicas, políticas, técnicas, administrativas y evaluación abierta deresultados de gestión en el marco del plan estratégico institucional y la planificaciónoperativa anual.

Que asimismo, los parágrafos I, II, III, IV y VI del artículo 37 de la Ley de Participación yControl Social disponen que los Órganos del Estado, las entidades territoriales autónomas ylas entidades públicas del Estado Plurinacional, realizarán rendiciones públicas de cuentas yevaluación de resultados de gestión, ante la sociedad en general y ante los actores queejercen Control Social en particular; las entidades públicas y privadas que administranrecursos fiscales y/o recursos naturales, tienen la obligación de convocar formalmente a losactores de Participación y Control Social que correspondan, a los procesos de rendiciónpública de cuentas; la difusión del informe deberá realizarse por escrito y en la página webde la entidad con anticipación de quince días calendario a la realización del acto; Larendición pública de cuentas se realizará al menos dos veces al año, de manera semestral,en forma clara y comprensible presentada en acto público ampliamente convocado para elefecto, con participación de la población interesada y la sociedad civil organizada, hayansido o no parte del proceso de planificación de políticas, planes, programas y proyectos,recayendo la responsabilidad de su realización a las Máximas Autoridades de cada entidad;y que una vez realizada la rendición pública de cuentas, los actores sociales podrán verificarlos resultados y en su defecto pronunciarse sobre los mismos, debiendo quedar refrendadaen un acta.

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al numeral 6 del Manual de Gestión de Documentos Normativos y Registrosen la ABC, con Código MI/SGC-001, Versión 3, aprobado por la ResoluciónABC/PRE/003/2012 de 09 de enero de 2012, establece que los Documentos Normativos seclasifican en Sistemas Operativos, Administrativos, Gerenciales y de Gestión de Calidad.

Que el numeral 6.2.6 del referido Manual define que el Sistema para el ejercicio del ControlInterno Posterior (SCP) es el conjunto ordenado de documentos normativos internos quetiene por finalidad evaluar el grado de cumplimiento y eficacia de los sistemas deadministración y de los instrumentos de control interno incorporados a ellos; determinar laconfiabilidad de los registros y estados financieros; y analizar los resultados y la eficienciade las operaciones. Así también ingresarán los documentos normativos internos que tenganla finalidad de promover la transparencia y lucha contra la corrupción resultado de estasevaluaciones.

Que el inciso c) del numeral 7.8 del Manual de Gestión de Documentos Normativos yRegistros en la ABC dispone que en el caso de Procedimientos e Instructivos, la aprobaciónse llevará a cabo a través de la emisión de una Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Que los incisos a) y f) del numeral 4 del Instructivo de Estructura y Formato deDocumentos Normativos y Registros en la ABC, con Código II/SGC-001, establecen quetodo documento normativo debe ser tan completo como sea necesario, dentro de los límites

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establecidos en su alcance y mantener un estilo de redacción y de terminología, no sólodentro de cada documento normativo, sino también entre los documentos asociados, en loreferente a: magnitudes, unidades y sus símbolos, referencias y símbolos utilizados.

CONSIDERANDO:

Que el Informe INF/UTR/2015-0022 de 02 de marzo de 2015, emitido por la Unidad deTransparencia y Lucha contra la Corrupción, señaló que con la aprobación de laConstitución Política del Estado que determina las bases del nuevo Estado y la forma deinterrelación entre la sociedad civil y la "cosa pública", se abren espacios donde sepromueven la participación y el control social en el diseño y ejecución de políticas públicas.Asimismo, refirió que la legitimidad otorgada a la participación con el reconociendo del"derecho de acceso a la información pública" permite, faculta y precisa que las institucionespúblicas generen espacios de fortalecimiento a la transparencia institucional y participación,estableciendo canales de comunicación novedosos y democratizadores de la gestiónpública, como es el caso de las Audiencias de Rendición Pública de Cuentas.

Que en el citado Informe se mencionó que mediante la realización periódica de dichasAudiencias, el ciudadano conoce y se interioriza de los objetivos establecidos por lasinstituciones públicas que deben ser cumplidos en un periodo de tiempo, por lo que esnecesario que se establezca el procedimiento para la realización de las Audiencias deRendición Pública de Cuentas, ya sean iniciales, parciales y finales. Asimismo, en elmencionado Informe se menciona la temática que debería tratarse en dichas Audiencias,concluyendo en que la realización del proceso de Rendición Pública de Cuentas es unaobligación que debe ser cumplida por la ABC, a través de sus autoridades en formaperiódica para lograr la democratización de la gestión pública, en consecuencia, se solicitaque se apruebe el "Procedimiento para la Audiencia de Rendición Pública de Cuentas de la

/ ABC".

Que el Informe INF/GEG/UPC/2015-0018 de 14 de mayo de 2015, emitido por la Unidad dePlanificación y Gestión de Calidad, establece que revisado el documento propuesto por laUnidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, se evidencia que el mismo cumplecon los requisitos establecidos en el Manual de Gestión de Documentos y Registros en laABC, con código MI/SGC-001, Versión 3 y que el formato, codificación, registros yestructura propuesto se enmarca en lo establecido por el Instructivo de Estructura yFormato de Documentos Normativos y Registros en la ABC, con código II/SGC-001, versión1, concluyendo que el documento propuesto tiene asignado el código PI/SCP-080, Versión1, sugiriendo proseguir con el trámite de aprobación.

Que la Gerencia Nacional Jurídica, mediante el Informe INF/GNJ/SAJ/2015-0040 de 21 demayo de 2015, se pronunció por la procedencia de aprobar el Documento NormativoInterno (DNI) propuesto por la Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción,conforme a lo sugerido en los Informes INF/UTR/2015-0022 de 02 de marzo de 2015 eInforme INF/GEG/UPC/2015-0018 de 14 de mayo de 2015.

Que en consecuencia se considera viable aprobar el "Procedimiento para la Audiencia deRendición Pública de Cuentas de la ABC", que resulta adecuado a la actual EstructuraOrganizacional de la institución y que considera el ordenamiento jurídico administrativovigente, además que el mencionado Documento Normativo Interno constituirá uninstrumento útil para normar el procedimiento de actividades planificadas para llevaradelante procesos de Rendición Pública de Cuentas en la institución, a nivel nacional, quepermitan fortalecer la transparencia institucional y la participación de la sociedad civil en lagestión pública.

Que es atribución de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Administradora Boliviana deCarreteras (ABC), emitir resoluciones en el ámbito de su competencia, de acuerdo a la

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InPRESIDENTA EJEC TIVA a.i.

ADMINISTRADORA B LIVIANA DE CARRETERASGNJ/LFCF/FARCNURI 1/2013-22022

ADMINISTRADORABOLIVIANA DECARRETERAS

normativa legal vigente.

POR TANTO:

La Presidenta Ejecutiva a.i. de la Administradora Boliviana de Carreteras, en uso de susatribuciones;

RESUELVE:

PRIMERO.- Aprobar el "PROCEDIMIENTO PARA LA AUDIENCIA DE RENDICIÓN PÚBLICADE CUENTAS DE LA ABC", con Código PI/SCP-080, Versión 1, que en anexoforma parte integrante de la presente Resolución.

SEGUNDO.- Encargar a la Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, lasGerencias Regionales y todas las unidades organizaciones de laAdministradora Boliviana de Carreteras cumplir y velar por el cumplimientode la presente Resolución.

TERCERO.- Quedan abrogadas y derogadas toda disposición legal contraria a la presenteResolución.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

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Resolución N° ABC/PRE/136/2015 Vigencia: 05/2015 Código: PI/SCP-080; Versión:1

PROCEDIMIENTO PARA LA AUDIENCIA DE

RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS DE LA ABC

OBJETONormar el procedimiento de actividades planificadas para llevar adelanteprocesos de Rendición Pública de Cuentas en la Administradora Boliviana deCarreteras a nivel nacional, que permita fortalecer la transparencia institucionaly la participación de la sociedad civil en la gestión.

ALCANCEEl presente Procedimiento es de aplicación obligatoria por todos los servidorespúblicos de todas las dependencias de la institución, tanto a nivel de la OficinaCentral como a nivel de las Gerencias Regionales de la institución.

3. DEFINICIONESPara la aplicación del presente procedimiento, en base a lo previsto en la Ley No341, de Participación y Control Social y preceptos conexos, se establecen lassiguientes definiciones:

Participación. Es un derecho, condición y fundamento de la democracia, quese ejerce de forma individual o colectiva, directamente o por medio de susrepresentantes, en la conformación de los Órganos del Estado, en el diseño,formulación y elaboración de políticas públicas y en la construcción colectiva deleyes y con independencia en la toma de decisiones.

Control Social. Es un derecho constitucional de carácter participativo yexigible, mediante el cual todo actor social supervisará y evaluará la ejecuciónde la Gestión Estatal, el manejo apropiado de los recursos económicos,materiales, humanos, naturales y la calidad de los servicios públicos y serviciosbásicos, para la autorregulación del orden social.

Actores del control social. Son los comprendidos en las organizaciones"orgánicas", "comunitarias" y "circunstanciales" que ejercen la Participación yControl Social a la gestión pública en todos los niveles del Estado y a lasempresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursosfiscales. Para tal efecto, los actores orgánicos corresponden a sectores sociales,juntas vecinales y/o sindicales organizadas, reconocidos legalmente; losactores comunitarios son los comprendidos en las naciones y pueblos indígenaoriginario campesinos, las comunidades interculturales y todas las reconocidaspor la Constitución Política del Estado, tienen su propia organización; y losactores circunstanciales son los organizados para un fin determinado, y quecuando el objetivo ha sido alcanzado, dejan de existir .

Rendición Pública de Cuentas. Es un conjunto de acciones planificadas ypuestas en marcha por las autoridades de las entidades públicas con el objetivode informar a la población acerca de las acciones y los resultados de la gestión.

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Código: PI/SCP-080; Versión:1 Vigencia: 05/2015 Resolución N° ABC/PRE/136/2015

e) Acceso a la información pública. Es el derecho de acceder libremente a lainformación existente en los archivos y documentos en poder el Estado; es unade las garantías fundamentales de la democracia constitucional por cuandoasegura la participación de la ciudadanía en la discusión y decisión de losasuntos comunes, y la transparencia de las actuaciones estatales.

4. ABREVIATURASMOPSV: Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.MTILCC: Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra laCorrupción.ABC: Administradora Boliviana de Carreteras.PRE: Presidencia Ejecutiva.GNA: Gerencia Nacional Administrativa Financiera.GNT: Gerencia Nacional Técnica.SGE: Secretaría General.UTR: Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.GR: Gerencia Regional.CMS: Coordinador con Movimientos sociales de la GR.

k) SGE: Secretaria General

5. DOCUMENTOS DE REFERENCIAConstitución Política del Estado.Ley N o 341 de 05 de febrero de 2013, de Participación y Control Social.Decreto Supremo N o 214 de 22 de julio de 2009 que aprueba la PolíticaNacional de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.Decreto Supremo N° 29894 de 07 de febrero de 2009, que determina laEstructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional.Resolución Ministerial N o 346 de 30 de diciembre de 2013, emitido por elMinisterio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda que aprueba elReglamento de Participación y Control Social.Resolución de Directorio ABC/DIR/003/2012 de 30 de marzo de 2012, queaprueba la Política Institucional de Transparencia y Lucha Contra laCorrupción de la Administradora Boliviana de Carreteras.

g) Resolución de Directorio ABC/DIR/011/2014 de 28 de noviembre de 2014que aprueba el Manual de Organización y Funciones de la AdministradoraBoliviana de Carreteras.

6. PROCEDIMIENTO. Entendiéndose que los plazos están establecidos en díashábiles administrativos.

INSUMO: Información sobre Proyectos de pre inversión e inversión vial, generadapor las Gerencias Nacionales y Regionales, para realizar procesos de RendiciónPública de Cuentas dirigidos a la sociedad civil, de acuerdo al Anexo I.

No ACTIVIDAD REGISTRO PLAZOS RESPONSABLES 1 Coordina con el MOPSV, Actas de reunión 1 día Jefatura de la

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Resolución No ABC/PRE/136/2015 Vigencia: 05/2015 Código: PI/SCP-080; Versión:1

el MTILCC y/oorganizaciones socialeso comunitarias pararealizar la Audiencia deRendición Pública deCuentas.

UTR

2 Organizan la Audienciay determinanfunciones, de acuerdo acompetencias.

Acta de Reunión 1 día Jefatura UTR,GR, SGE.

3 Solicita la informaciónde acuerdo a la"Periodicidad yCaracterísticas deInformación" contenidaen el Anexo I.Remite la presentacióna Presidencia Ejecutivapara su conocimiento yaprobación.

Notas internas.

Informes emitidospor las Gerencias.

Presentación Finalde RendiciónPública de Cuentas

12 días Jefatura UTR

4 Revisa el documento aser presentado a losrepresentantes de lasociedad civil. Si estáde acuerdo con lainformación contenidaaprueba el documento,caso contrario devuelvea la UTR para sucorrección

Documentoaprobado

2 días PRE

5 Convocan a lasorganizaciones sociales,representantes de lasociedad civil y controlsocial.Paralelamente, deacuerdo a locomprendido en el POAde la UTR, organizan lalogística de la Audienciade Rendición Pública deCuentas: desarrollometodológ ico delevento, dotación deinfraestructura,refrigerio, inscripción yrecepción de invitados,preparación y entregade material

Invitaciones

Programa

5 días Técnico de laUTR, CMS

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Código: PI/SCP-080; Versión:1 Vigencia: 05/2015 Resolución N° ABC/PRE/136/2015

6 Realizan la RendiciónPublica de Cuentas conla difusión deinformación elaborada yaprobada.Se establece el diálogoy retroalimentación conla recepción desugerencias y aclaraciónde inquietudespresentadas por losasistentes.Se procede a lasuscripción del Acta,donde estén plasmadoslos compromisosinstitucionales ysociales que coadyuvenal cumplimiento de losobjetivosinstitucionales.

Registro deinvitados

Acta de Audienciade RendiciónPública de Cuentasfirmada por losasistentes.

1 día PresidenteEjecutivo o

Gerente Regionaly Jefatura de

UTR.

7 Elabora el informe de laAudiencia de RendiciónPública de Cuentas,describiendo laplanificación, realizacióny resultados y/opresenta al Presidente ,Ejecutivo de la ABC.Paralelamente remite alas unidades que lescompeten, lassugerencias yobservacionesplanteadas en laAudiencia, para suconocimiento,evaluación y atención,así como loscompromisosinstitucionales asumidos en la misma.

Informe

Notas Internas

3 días Jefatura de laUTR

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Resolución N° ABC/PRE/136/2015 Vigencia: 05/2015 Código: PI/SCP-080; Versión:1

8 Revisa el informe, siestá de acuerdo loaprueba y remite alMOPSV, adjuntando elActa firmada en la

Informe aprobado.

Carta dirigida alMOPSV

2 días PresidenciaEjecutiva

Audiencia, comoconstancia delcumplimiento de loestablecido ennormativa vigente.Caso contrario lodevuelve a la UTR parasu corrección hasta suaprobación.

9 Coordinan y realizan ladifusión de lainformación elaboradapara la Audiencia de

2 días Jefatura de laUTR y SGE.

Rendición Pública deCuentas y el Actafirmada por losrepresentantes de lasociedad civil, mediantela página webinstitucional, correoinstitucional (Entérate)y medios decomunicación.

RESULTADO: Fortalecimiento de la transparencia institucional con la democratizaciónde la gestión pública, a través de la participación de la sociedad civil con acceso a laInformación Pública de la ABC.

7. CONTROL DE DOCUMENTOS.Programas.Actas

c) Informes generados.

8. CONTROL DE REGISTROSListas.Memorandums.

c) Formularios.

9. FLUJOGRAMANo tiene

10.ANEXOSANEXO I "Periodicidad y Características de la Información"

ABC - Bolivia / Procedimiento para la Audiencia de Rendición Pública de Cuentas de la ABC 5/8

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Código: PI/SCP-080; Versión:1 Vigencia: 05/2015 Resolución N° ABC/PRE/136/2015

ANEXO I

PERIODICIDAD Y CARACTERÍSTICAS DE LA INFORMACIÓNLos procesos de Rendición Pública de Cuentas, cuyo mecanismo principal es larealización de las Audiencias, permiten fortalecer la transparencia institucional de laABC ya que son nuestras autoridades nacionales y regionales las que -en diálogotransparente, cálido y honesto con la sociedad civil- rinden cuentas sobre elcumplimiento de los objetivos planteados al inicio de cada gestión, los proyectosdesarrollados y la ejecución del presupuesto destinado en ese periodo de tiempo. Asímismo nos permite comunicar las fortalezas, oportunidades, amenazas y debilidadescon las que se enfrenta la institución en el desarrollo de los proyectos de preinversióne inversión vial.

De la misma manera, nos permite conocer los avances logrados por la sociedad civil enla búsqueda de espacios que permitan la participación y sobre todo contar conretroalimentación y los impactos que los proyectos desarrollados por la ABC traenconsigo. Trabajo que en ambos casos busca lograr el cumplimiento de objetivos enbien de la comunidad y del pueblo boliviano.

La periodicidad y características de la información difundida en las Audiencias deRendición Pública de Cuentas están definida por lo siguiente:

a) Audiencia Inicial de Rendición Pública de Cuentas: Realizada durante elprimer trimestre de cada gestión. El Presidente Ejecutivo de la ABC y autoridadesnacionales informan sobre los objetivos propuestos por la institución plasmadosen el POA. En esta audiencia se establecen compromisos institucionales y elaporte-acompañamiento del control social a los proyectos de la ABC. Lainformación a ser difundida es la siguiente:

1. Información Institucional:

i. Objetivos de Gestión Programados: Conservación Vial, Construcción Vial,Socioambiental, Fortalecimiento Institucional.

Resumen de Proyectos de Construcción, Conservación Vial ySocioambiental para conclusión y/o entrega en la Gestión.

Resumen de Proyectos a iniciarse en la Gestión.

2. Gestión Financiera:

i. Presupuesto aprobado para la Gestión. Por tipo de Gasto: Corriente eInversión.

Presupuesto aprobado a nivel de Programas: Conservación Vial,Construcción Vial, Socioambiental y Fortalecimiento Institucional.

iii. Composición del Presupuesto de Inversión aprobado por OrganismoFinanciador.

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Resolución N° ABC/PRE/136/2015 Vigencia: 05/2015 Código: PI/SCP-080; Versión:1

3. Actividades a ser desarrolladas por el control social.

b) Audiencia Parcial de Rendición Pública de Cuentas: El tratamiento de estainformación responde a resultados específicos parciales, por ello es realizada amedia gestión (entre los meses de julio a septiembre). Tiene la característica deser realizada sobre la base de un Proyecto de Construcción específico (de altointerés de la sociedad) administrada desde una Gerencia Regional, por lo que losGerentes Regionales y los Ingenieros Responsables del Tramo (IRTs) son losencargados de liderizar este evento desarrollando la siguiente información:

1. Información Institucional:

Objetivos de Gestión Institucional Programados: Conservación Vial,Construcción Vial, Socioambiental, Fortalecimiento Institucional.

Objetivos y proyectos viales administrados por la Gerencia Regionaldurante la gestión: Conservación Vial, Construcción Vial, Socioambiental,Fortalecimiento Institucional.

Resumen de Proyectos en Ejecución administrados por la GerenciaRegional: Conservación Vial, Construcción Vial, Socioambiental.

Información sobre las características de un Proyecto específicoadministrado por la Gerencia Regional.

Resultado parcial del avance físico del proyecto específico puesto aconsideración: Ejecución física y aspectos socioambientales.

Factores internos y externos que influyeron en la obtención de logrosdurante el periodo.

2. Gestión Financiera:

Presupuesto Aprobado para la Gestión Institucional. Por tipo de Gasto:Corriente e Inversión.

Presupuesto Asignado a la Gerencia Regional por tipo de Gasto:Corriente e Inversión.

Detalle de la Ejecución Presupuestaria de Inversión y Gasto Corriente dela Gerencia Regional: Construcción, Mantenimiento, Prevención,Mitigación y Reposición Ambiental.

Presupuesto asignado al Proyecto Específico administrado por la GerenciaRegional. Fuente de financiamiento, composición financiera.

v. Ejecución Financiera del Proyecto en cuestión, alcanzada en un periodode tiempo determinado.

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Código: PI/SCP-080; Versión:1 Vigencia: 05/2015 Resolución N° ABC/PRE/136/2015

3. Actividades desarrolladas con el Control Social de la Gerencia Regional.

c) Audiencia Final de Rendición Pública de Cuentas: Con informaciónprocesada hasta el 31 de diciembre, es realizada durante el primer trimestre dela próxima gestión. El Presidente Ejecutivo de' la ABC informa sobre losresultados alcanzados, respecto a los objetivos propuestos al inicio de gestión.Se hace una evaluación de las fortalezas, amenazas y oportunidades que seenfrentó y las autoridades de la institución como los representantes de lasociedad civil, de manera conjunta, buscan las soluciones a las dificultadespresentadas bajo la siguiente información difundida:

1. Información Institucional:

Objetivos de Gestión Programados a inicio de gestión: ConservaciónVial, Construcción Vial, Socioambiental, Fortalecimiento Institucional ylos resultados alcanzados durante la misma.

Proyectos de Construcción, Conservación Vial y Socioambientalesentregados en la Gestión.

iii. Factores internos y externos que influyeron en la obtención de logrosen la Gestión.

2. Gestión Financiera:

Presupuesto Aprobado para la Gestión, por tipo de Gasto: Corriente eInversión y la Ejecución Financiera alcanzada al 31 de diciembre.

Detalle de la Ejecución Presupuestaria de Inversión: Construcción,Mantenimiento, Prevención, Mitigación y Reposición Ambiental.

Resumen de la ejecución mensual de inversión.

Evolución de la Ejecución Presupuestaria. Análisis comparativomultianual.

3. Actividades del Control Social.

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