Ausencia Y Fallecimiento Presunto

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    Ausencia Y Fallecimiento Presunto

    Ausencia Y Fallecimiento PresuntoLa muerte presunta es la situacion juridica que afecta a una persona quehabiendo desaparecido por un tiempo prolongado se va ha presumir “juiristantum” que ha muerto.

    Ausencia Y Fallecimiento Presunto

    N P!"#"N$%AA"N$%AP"!%'# '" LA A"N$%A. '"#APA!%$%N'"$LA!A$%N '" A"N$%A"F"$(# FA)%L%A!"#"F"$(# PA(!%)N%AL"#'"$LA!A$%N '" FALL"$%)%"N( P!"#&N(

    !"*LA '" LA )&"!(" P!"#&N(AL# "F"$(# '" LA )&"!(" P!"#&N(A'"!"$+# ","N(&AL"# "N )A("!%A '" A"N$%A Y '"$LA!A$%N '")&"!(" P!"#&N(A

    &'. est- aqu/ 'erecho Procesal $ivil 0 Ausencia Y Fallecimiento Presunto

    b1 "!) 2&%#3"!( 'r. "rmo 2uisbert

    N P!"#"N$%A. LA N P!"#"N$%A "# LA #%(&A$%4N "N LA 2&" LA P"!#NAN #" "N$&"N(!A "N &N L&*A! '"("!)%NA' "N &N ))"N(

    P!"$%#5 'N'" N #6 PN" "N '&'A #& "7%#("N$%A.A"N$%A

    LA A"N$%A "# LA #%(&A$%4N '" +"$+ 2&" P"!)%(" '&'A! #3!" LA"7%#("N$%A '" &NA P"!#NA. "8iste %N$"!(%'&)3!" acerca la persona.P"!%'# '" LA A"N$%A. '"#APA!%$%N

    La desaparici9n es una situaci9n de hecho5 en la que ha1 una ruptura delindividuo con su medio social en el que vive5 pues no se le conoce suparadero. No se sabe su residencia principal donde pueda ser habido5 no sele conoce un lugar donde pueda reali:ar una actividad fsica o intelectual5 de

    tal manera que ha1 una incertidumbre sobre su situaci9n.

    "ste periodo de hecho tiene importancia si el desaparecido tiene bienes5tiene patrimonio; entonces para tutelar el patrimonio del desaparecido la le1permite que se le nombre un curador para que administre esos bienes5para que represen te al desaparecido en juicios de nulidad5 de anulabilidad5disoluci9n5 rendici9n de cuentas5 divisiones 1 particiones5 en cuanta acci9ntenga participaci9n el desaparecido.

    "l curador es interviene en defensa de el desaparecido para tutelar susbienes5 porque de lo contrario esos bienes podran ser objeto deapoderamiento por parte de terceros.

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    “ Artculo ?=@. N)3!A)%"N( '" $&!A'!. $uando una personadesaparece 1 no se tiene noticia de ella5 el jue: del Bltimo domicilio puedenombrar5 de oCcio o a petici9n de parte5 un curador que la represente en

     juicios5 levantamientos de inventarios5 cuentas5 liquidaciones5 divisiones 1otros actos en que esa persona tenga interDs5 1 que provea al cuidado de

    sus bienes5 pudiendo as mismo adoptar las providencias conducentes a laconservaci9n de su patrimonio5 siempre que ha1a necesidad 1 no e8istac9n1uge ni apoderado5 o5 e8istiendo este Bltimo5 el mandato ha1afenecido.” E$$ ?=.

    +a1 que nombrar al curadoGdice la le1Gs9lo cuando no ha1a con1ugue5porque si e8iste tal persona no ha1 necesidad de curador. #er- el con1uguequien administre 1 lo represente. bien5 si el desaparecido ha dejadomandatario con poder generalGno especialG5 en cu1o caso ser- estemandatario quien administre los bienes5 adem-s lo; represente.

    #9lo cuando no e8iste esas dos personas5 o bien en el Bltimo caso aconcluido su mandato es cuando debe nombr-rsele un curador.

    HAnte quiDn se debe acudir al nombramiento del curadorI

    Ante el Jue: %nstructor en lo $ivil. Proceso en el cual el jue: dicta a petici9nde parte interesada #entencia de 'eclaraci9n de Ausencia de una personaque ha desaparecido hace dos aKos o mas E$$ ?M %.

    "l Periodo 'e 'esaparici9n con el periodo de 'eclaraci9n de Ausencia.'"$LA!A$%N '" A"N$%A

     Ya no es una situaci9n de hecho es una situaci9n de 'erecho. Pues no bastauna persona desapare:ca sino que debe estar desaparecido por mas de dosaKos; 1 adem-s debe haber sentencia que declare la ausencia.

    $uando una persona ha desaparecido sus herederos for:osos5 con1ugue5descendientes 1 ascendientes; legales 1 colaterales5 hasta el cuarto gradode consanguinidad5 pueden plantear ante el Jue: %nstructor en lo $ivil que sedicte #entencia de 'eclaraci9n de Ausencia.

    Para lo cual deben ,eriCcar Eprobar/

    Ea La e8istencia de esa persona EacompaKando $ertiCcado de Nacimiento.

    Eb #us Bltimas noticias/ "l momento de su desaparicion.

    &na ve: admitida la demanda5 el Jue: va abrir un periodo de prueba de Mdas5 donde en el Bltimo domicilio del desaparecido debe levantarse una%nformaci9n sumaria5 quiDn era5 que edad tenia5 estado civil5 cuando ha sidovisto por ultima ve:. Para ello se necesita prueba testiCcal5 cartas EOlasBltimas noticiasO etc.

     Y observar que ha1an transcurrido mas de dos aKos desde sus “sus ultimas

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    noticias”5 desde su desaparici9n.

    "ntonces vencido el periodo de prueba5 el jue: va dictar #entencia de'eclaraci9n de Ausencia E$$ ?M %.

    “ Artculo ?M@. '"$LA!A$%4N '" A"N$%A

    %. #i despuDs de dos aKos no ha1 noticias del desaparecido5 los presuntosherederos 1 otras personas que tienen o ra:onablemente creen tenerderechos dependientes de la muerte de aquDl5 pueden pedir que el jue:declare la ausencia. ” E$$ ?M %.

    "F"$(# FA)%L%A!"#

    #i no ha1 con1ugue 1 el desaparecido tenia hijos menores el Jue: tutelar de)enores debe nombrar un tutor5 previo estudio e informe biopsicosocial del

    organismo tutelar de la familia."F"$(# PA(!%)N%AL"#

    #i haba testamentoGmiren es el Bnico caso en que se abre el testamentoGse abre Dste.

    #i no ha1 testamento5 los herederos o los que ra:onablemente crean derivarderechos del ausente Edonatarios5 los legatarios5 los acreedores del ausentepueden pedir declaraci9n de ausencia.

     Y luego pedir que el jue: les ministre posesi9n de los bienes del ausente5

    pero no una posesi9n deCnitiva sino provisional5 porque ellos se han deconvertir en meros administradores de esos bienes5 pero con una grandiferencia/ ellos usan 1 go:an los bienes5 porque siendo herederos for:ososinclusive se beneCcian de los frutos que producen esos bienes5 naturales5civiles5 industriales. #iendo herederos legales colaterales pueden reservarlede los frutos/ la tercera parte E$$ ?.

    Pero5 para usar 1 go:ar5 no para disponer5 no pueden vender ni a ttulooneroso Ecompraventa5 permuta; ni a ttulo gratuito Edonaci9n.

    No pueden reconocer derechos reales de segunda clase5 por ejemplo nopueden dar en usufructo5 en uso5 en habitaci9n5 en servidumbre esosbienes. No pueden gravar el valor econ9mico de esos bienes5 no puedencelebrar contratos de anticresis5 de prenda5 de hipoteca sobre esos bienes5porque no tienen Ojus abutendiO5 solo son meros detentadores E$$ ?Q.

    "ntonces5 para entrar en esa posesi9n provisional tienen que cumplir dosrequisitos/

    Ea Levantar un inventario enumerativo 1 descriptivo de los bienes quepretende entrar en posesi9n.

    Eb torgar una garanta real. Porque como son administradores5 todo

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    administrador debe garanti:ar una buena conducta. H$omo garanti:aI'ando en hipoteca5 o afectando el valor econ9mico de algBn bien de ellos5para que se comporten5 como un Obonus pater familiasO5 Rbuen padre defamiliaS que es aquel que pone a las cosas ajenas el mismo cuidado quepone en las cosas propias. Porque si no observa esa conducta 1 causa daKos

    en los bienes va tener que pagar daKos 1 perjuicios al ausente cuandoapare:ca o a sus herederos.

    “ Artculo ??@. P#"#%4N P!,%#%NAL

    %. "n ejecuci9n de sentencia puede abrirse el testamento del desaparecido oinformarse de su Bltima voluntad en el que e8ista.

    %%. Los que seran herederos testamentarios o legales5 o sus respectivosherederos5 as como los que seran sus legatarios 1 otras personas conderechos que dependen de la muerte del ausente5 pueden pedir 1 obtener

    se les ministre la posesi9n 1 el ejercicio provisional de los bienes 1 derechosque respectivamente les corresponderan si el ausente hubiese fallecido elda de la Bltima noticia habida de Dl. "n cualquier caso se formar- inventarioestimativo 1 se dar- Can:a imput-ndose al ausente los gastos resultantes.

    Artculo ?@. A')%N%#(!A$%4N Y *$" '" L# 3%"N"#. 2uienes tomanposesi9n provisional son administradores de los bienes del ausente5 1 lorepresentan en el juicio 1 en los asuntos en que tenga interDs. Los herederosfor:osos hacen su1os todos los frutos naturales 1 civiles; los dem-sherederos deben reservar una tercera parte de los frutos para el ausentehasta la posesi9n deCnitiva.

    Artculo ?Q@. '%#P#%$%4N. 2uienes han obtenido posesi9n provisional nopueden enajenar5 hipotecar o pignorar los bienes5 e8cepto el caso denecesidad 1 utilidad reconocidas por el jue:5 que al autori:ar el actoprovidenciar- sobre el uso 1 empleo de las sumas obtenidas.”E$$5 ???Q

    H$omo conclu1e este periodo de la 'eclaraci9n de AusenciaI

    =T $on la aparici9n del ausente o MT con la muerte del desaparecido.

    $&AN' "L A"N(" APA!"$". !easume la Opatria potestadO de sus hijos.'eben devolverle los bienes en el estado que se encuentren. Los herederoslegales colaterales deben devolverle esa tercera parte de los frutos5 porqueha1 un principio en el Art.U del $$ que dice Oque el poseedor de buena fehace su1os los frutos.O

    “ Artculo U@. F!&(#. G "l poseedor de buena fe hace su1os los frutosnaturales percibidos 1 los civiles producidos hasta el da de la notiCcaci9nlegal con la demanda 1 s9lo est- obligado a restituir los adquiridos conposterioridad a la notiCcaci9n. ” E$$ U.

    $N$L&Y" (A)3%6N $N LA )&"!(". #i se veriCca que el ausente hamuerto5 termina el Periodo 'e La 'eclaraci9n 'e Ausencia.

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    '"$LA!A$%N '" FALL"$%)%"N( P!"#&N(

    La 'eclaracion 'e Fallecimiento Presunto no estaba legislado el $9digo#anta $ru:5 por mucho que pasen los aKos siempre haba la esperan:a de

    que vuelva con vida. #olo cuando cumpla cien aKos talve: poda pedirse laposesi9n deCnitiva de los bienes pero no declararlos muerto presunto. Asera el criterio del legislador francDs5 (ronchet. E"l boliviano c9digo civil #anta$ru: era copia del francDs.

    LA )&"!(" P!"#&N(A "# LA #%(&A$%N J&!%'%$A 2&" AF"$(A A &NAP"!#NA 2&" +A3%"N' '"#APA!"$%' P! &N (%")P P!LN*A' #",A +A P!"#&)%! “J&%!%# (AN(&)” 2&" +A )&"!(.

    "l elemento objetivo es la desaparici9n5 pero ha1 un elemento legal que esel transcurso de los aKos.

    "sto de los aKos no es uniforme en todos los pases5 en $hile5 ,ene:uela5$olombia es de die: aKos5 en nuestro pas es de cinco aKos5 igual que en elPerB.

    Algunos de la "scuela $l-sica discutan/ “podemos admitir pero siempre 1cuando ha1an pasado cincuenta aKos”. H2ue bienes va haber despuDs deQ aKosI A quien se va protegerI

    "s que el gran problema de la muerte presunta es la incertidumbre de lacon1ugue5 de los hijos 1 del patrimonio.

    La con1ugue no sabe si seguir funcionando de casada o de viuda. Los hijosno saben si ser herederos. Los bienes si bien est-n en el comercio humanono pueden moverse.

    Ahora5 no es necesario siempre comen:ar con la Ea 'esaparici9n5 luego conla Eb 'eclaraci9n de Ausencia 1 reciDn Ec la 'eclaraci9n de muertepresunta. &no puede ir directamente a pedir la #entencia de 'eclaraci9n demuerte presunta con la Bnica condici9n de que ha1a transcurrido cinco aKosdesde la desaparici9n.

    “ Artculo ?V@. APA!%$%4N '"L A"N(" P!&"3A '" #& "7%#("N$%A.G #iel ausente aparece o se tienen pruebas de que e8iste durante la posesi9nprovisional5 la declaraci9n de ausencia cesa en sus efectos 1 debenrestituirse los bienes 1 derechos al ausente o a su representante.

    Artculo ?W@. )&"!(" '"L A"N(". #i durante la posesi9n provisional seprueba la muerte del ausente5 la sucesi9n se abre en beneCcio de quienesen este momento eran sus herederos o legatarios.

    Artculo ?U@. FALL"$%)%"N( P!"#&N( '"L A"N("

    %. (ranscurridos cinco aKos desde la Bltima noticia sobre el ausente5 puede el

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     jue: declarar el fallecimiento presunto de aquDl a solicitud de las personasreferidas en el artculo ??. "sta declaraci9n puede tambiDn hacerse despuDsdel pla:o indicado aunque no hubiera habido antes declaraci9n de ausencia.

    %%. La declaraci9n de fallecimiento presunto se suspende si no han

    transcurrido cuatro aKos desde que el ausente alcan:9 la ma1ora de edad.” E$$ ?V ?U.

    !"*LA '" LA )&"!(" P!"#&N(A

    H$&AL "# LA !"*LA '" LA )&"!(" P!"#&N(AI

    2ue una persona desapare:ca 1 cuando por lo menos ha1an transcurridocinco aKos.

    Pero ha1 $A## PA!(%$&LA!"#5 en los que la evidencia de la muerte es casi

    una certe:a s9lo que no ha1 el cuerpo. $omo no ha1 el cuerpo para que unprofesional mDdico certiCque de acuerdo a su ciencia la muerte5 ha1 que ir ala muerte presunta.

    “ Artculo @. $A## PA!(%$&LA!"#.G (ambiDn puede declararse elfallecimiento presunto en los casos particulares siguientes/

    =. $uando alguien desaparece en un accidente terrestre5 martimo5 Xuvial oaDreo 1 no se tienen noticias sobre el desaparecido hasta los dos aKos delsuceso.

    M. $uando alguien5 en caso de guerra5 desaparece5 cae prisionero o esinternado o trasladado a pas e8Itranjero 1 no se tienen noticias sobre Dlhasta los dos aKos de entrar en vigencia el tratado de pa: 15 a falta de Dste5hasta los tres aKos de cesar las hostilidades.

    ?. $uando alguien ha desaparecido en combate5 refriega5 bombardeo5incendio5 terremoto u otro hecho an-logo5 que pueda provocar la muerte5 1no se tienen noticias sobre Dl5 hasta los dos aKos del hecho. ”.

    "n estos casos los internados tambiDn deben acudir ante Jue: %nstructor enlo $ivil pidiendo la declaraci9n de muerte presunta para lo cual se va abrirun periodo de M das5 luego de los cuales se va dictar sentencia5 esta debepasar en autoridad de cosa ju:gada5 es esta sentencia el jue: debedeterminar la fecha de la muerte presunta5 1a ser- pues la fecha delsiniestro5 1 si el hecho ha tenido duraci9n deun periodo debe colocar un daintermedio entre el comien:o 1 el Cn.

    &na ve: que se dicta la sentencia esta debe publicarse por dos veces conintervalo de die: das en un peri9dico de circulaci9n nacional toda lasentencia. HPara queI Para que pueda darse parte a la persona que se loesta dando muerto presunto 1 apare:ca.

    “ Artculo =@. F"$+A '"L FALL"$%)%"N( P!"#&N(.G La sentencia Cja

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    fecha para el fallecimiento presunto/ en los casos = 1 ? del artculo anterior5en la fecha correspondiente al suceso si ella es conocida5 o en la del tDrminomedio entre el principio 1 Cn de la Dpoca en que ocurri9 o pudo ocurrir; 1 enel caso M5 en la fecha correspondiente a la Cnali:aci9n de la guerra.

    Artculo M@. !"2&%#%(#

    %. La declaraci9n del fallecimiento presunto5 en los casos particularesprevistos por el Artculo 5 s9lo procede cuando no se han podido hacer lascomprobaciones e8igidas para la inscripci9n de la muerte en el registro civil.

    %%. $uando no proceda la declaraci9n de fallecimiento presunto5 puede el jue: declarar la ausencia5 si ha lugar.

    Artculo ?@. P&3L%$A$%4N " %N#$!%P$%4N.G La sentencia que declara elfallecimiento presunto debe ser publicada por la prensa5 por dos veces

    consecutivas 1 con intervalo de die: das en forma que se asegure su ampliadifusi9n5 procediDndose luego a su inscripci9n en el registro civil.”

    "n el Art. M par-grafo % H#i se encuentra el cad-ver habr- necesidad de ir auna muerte presuntaI

    No.

    La sentencia pasa en autoridad de cosa ju:gada despuDs de Q das de laprimera publicaci9n5 despuDs el jue: va declarar la ejecutoria de lasentencia 1 se obtiene testimonios de la demanda de la sentencia5 del auto

    que ejecutoria 1 ese testimonio se inscribe en el libro de defunciones delregistro civil5 con la Bnica observaci9n de que no es muerte real sino muertepresunta5 poniendo el nombre del jue: 1 la fecha de la sentencia.L# "F"$(# '" LA )&"!(" P!"#&N(A

    Los efectos son tambiDn personales 1 patrimoniales.

    P"!#NAL"#. La muerte presunta tiene los mismo los mismos efectos quela muerte real5 de tal manera si haba con1ugue este adquiere el estado civilde viude:. La “patria potestad” sobre los hijos autom-ticamente pasa al otrocon1ugue5 si no ha1 Dste a los parientes mas pr98imos5 previo orden del

     jue: tutelar de menores e informe de de estudio social.

    Aqui ha1 un cambio cualitativo del con1ugue 1 de los hijos.

    PA(!%)N%AL"#

    #e habrD la sucesi9n hereditaria autom-ticamente en favor a los herederosfor:osos5 si los ha15 con1ugue5 descendientes 1 ascendientes5 en ese orden;o si no ha1 en favor en favor de los herederos legales5 hermanos5 primoshasta el cuarto grado de consanguinidad5 que tienen los mismos.

    Los herederos solo tienen que levantar inventario5 no tienen que dar Can:a

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    o garantas reales5 por si aparece5 1 como ellos no son meros detentadoressino verdaderos propietarios5 porque 1a tienen el OutendiO5OfruendiO 1 elOabutendiO5 pueden usar de las cosas5 beneCciarse de los frutos que producela cosa5 go:ar de la cosa5 pueden disponer de la cosa5 a titulo oneroso5compraventa5 permuta5 o a titulo gratuito5 pueden dar en arrendamiento.

    Pueden reconocer en favor de terceros derechos reales de segunda clasecomo usufructo5 uso5 habitaci9n o servidumbre. Pueden celebrar conterceros contratos/ de garanta real5 pignoraticios como la prenda5 laanticresis5 hipotecar afectando el valor econ9mico de las cosas comoverdaderos propietarios.

    “ Artculo @. P#"#%4N Y "J"!$%$% '"F%N%(%,#.

    %. "n ejecuci9n de sentencia que declara el fallecimiento presunto5 quienestenan la posesi9n 1 el ejercicio provisional de los bienes 1 los derechos delausente5 pueden obtener se les ministren o concedan la posesi9n 1 el

    ejercicio deCnitivos5 cesando la Can:as 1 quedando por su1os los frutosreservados5 conforme al artculo ?. ” E$$ .

    H$) $N$L&Y" LA '"$LA!A$%N '" )&"!(" P!"#&N(AI

    $uado se comprueba la muerte real5 se consolidan todos los efectos 1 loBnico que se debe asentar es en el $ertiCcado de 'efunci9n con esto losefectos se consolidad la5 la c9n1uge la es viuda5 los hijos 1a son herederos.

    H2&6 "# L 2&" "7(%N*&" LA )&"!(" P!"#&N(AI

    $uando el desaparecido reaparece o se tiene noticias de su paradero5 quehaba estado enfermo5 etc.

    NA'%" P&"'" ("N"! &N '3L" #(A(. )uerto 1 vivo a la ve:. "l mismoaparecido o sus herederos pueden acudir al jue: acompaKando la prueba deese hecho 1 pedir que quede nula la sentencia de 'eclaraci9n 'e )uertePresunta5 que Dsta quede sin efecto5 sin valor. "l jue: debe disponer a travDsde un Auto %nterlocutorio al !egistro $ivil la cancelaci9n la partida dedefunci9n.

    Ahora H2&" PA#A $N "L )&"!( P!"#&N( 2&" +A3%A "#(A' ,%,I

    $esan todos los efectos. $omo si nunca hubieran demandado la muertepresunta. Por Ccci9n nunca hubo sentencia 'eclaraci9n 'e )uerte Presunta.!ecupera pues5 su seKoro 1 dominio sobre el con1ugue5 sobre sus hijos.

    H2&" PA#A #% "L (! $NY&*&" #" +A $A#A'I

    H"l nuevo matrimonio ser- bigamiaI H#er- un adulterioI H#er-n los hijosadulterinosI

    La jurisprudencia e8tranjera se ha pronunciado 1 ha dicho que el nuevomatrimonio es v-lido 1 perfecto porque en el momento del segundo

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    matrimonio la persona tenia5 por le15 libertad de estado. Por lo tanto no ha1bigamia5 no ha1 adulterio5 los hijos no son e8tramatrimoniales.

    H$N $&AL '" "LL# ,%,"I

    "l que tiene que decidir con quien se queda es el con1ugue supersite/ con elaparecido o con su segundo esposoEa.

    "n los "F"$(# PA(!%)N%AL"#5 tienen que devolverle todo5 en el estadoen que se encuentren5 si lo han vendido tienen que devolverle el preci9 deventa5 si no ha terminado de cobrar el declarado muerto presunto es quiendebe cobrar lo restante del pago.

    “ Artculo Q@. P!&"3A '" LA "7%#("N$%A '" LA )&"!(" "F"$(%,A '"LFALL"$%' P!"#&N(

    %. #i se prueba la e8istencia de la persona respecto a quien se declar9 elfallecimiento presunto5 ella recupera sus bienes en el estado en que seencuentren 1 tiene derecho al precio todava sin cobrar de los 1aenajenados5 as como a los bienes adquiridos con el precio 1a cobrado.

    %%. #i se prueba la muerte efectiva del fallecido presunto5 los derechosanteriormente anunciados corresponden a los que a tiempo de dicha muertehubieren sido sus herederos o causahabientes.

    %%%. 2uedan a salvo la prescripci9n 1 usucapi9n cumplidas. ” E$$ Q.

    H2&" PA#A #% "L O'" $&JO (%"N" )A# PA#%, 2&" A$(%,I

    "n materia sucesoria e8iste la llamada !esponsabilidad $ivil Oultra vireshereditatisO. #i el muerto tenia una deuda 1 los herederos saban que teniamas pasivo que activo5 los herederos tienen W das para pedir Aceptaci9n deherencia 3ajo el beneCcio de %nventario5 para no hacer tocar su patrimonio5porque si aceptan de manera pura 1 simple5 ha1 confusi9n de patrimonios5patrimonio del “de cujus” de los herederos5 los dos patrimonios se juntan 1los acreedores van a recaer sobre ese patrimonio.'"!"$+# ","N(&AL"# "N )A("!%A '" A"N$%A Y '"$LA!A$%N '")&"!(" P!"#&N(A

    L# '"!"$+# ","N(&AL"# E9 "spectaticios #N A2&"LL# 2&" &NAP"!#NA "#P"!A "N #& $AL%'A' '" +"!"'"! .L"*A(A!% 'NA(A!%'" &NA P"!#NA 2&" N +A )&"!( ('A,%A.

    sea los derechos eventuales son la anttesis de los derechos adquiridos5porque en los derechos eventuales ese patrimonio no ingresa a ser parte delactivo de una persona5 sino son meras e8pectativas por ejemplo los padresque tienen casas5 autom9viles5 los hijos tienen meros derechos espectaticiosmientras vivan los padres.

    Ahora bien5 puede suceder que en favor del declarado ausente o declarado

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    arreglo a lo previsto por el artculo Q. ”

    "J")PL/ !osendo5 casado con 3arbara5 un hijo/ "dd1. #u suegro se llama"duardo5 viudo.

    +"$+#/ #u esposa se va5 3-rbara ha desaparecido. !osendo5 el esposoviendo que ella tiene bienes inicia la acci9n de 'eclaraci9n de Ausencia.

    Lo Bltimo que sabe !osendo es que 3arbara est- en #ta. $ru:5 trabajando. "lsuegro de !osendo5 "duardo5 muere estando ella todava en #anta $ru:5pero Dl esta dejando bienes.

    H2&%"N"# (%"N"N '"!"$+ A "N(!A! Een la sucesi9n "N ,"Z '" "LLAI

    "dd15 el hijo 1 !osendo el esposo. "ntran por derecho de representaci9n.&d. estimado lector ocupa el lugar de 3arbarais5 que se llama

    representaci9n por estirpe.

    "ntre los bienes est- una casa.

    Primero. !osendo para entrar en esa casa como heredero5 por lo menospara entrar en posesi9n provisional 1 despuDs en posesi9n deCnitiva cuandola declaren muerta presunta5 lo primero que debe probar !osendo es quecuando ha muerto "duardo5 el suegro5 3-rbara todava e8ista 1 estaba ental lugar5 #anta $ru:. l

    Porque si no; no es admisible la demanda como dice el Art.V del $$.

    "ntonces 1a sea en la declaraci9n de ausencia en cu1o caso !osendo paraentrar en la casa del “de cujus” "duardo5 1 dominar la casa5 tiene quelevantar inventario adem-s otorgar garanta real. Pero si va a la muertepresunta !osendo no necesitar- nada de ello 1 solo entra en la posici9n de3-rbara5 porque !osendo entra Ea la sucesi9n como hijo5 junto al hijo deeste5 "dd1. "ntran como dos hijos.