Avances COPROCOM 2010-2011

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1 Dirección de Apoyo a la Competencia La Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM), durante el año 2010, enfocó su labor a potenciar las políticas de competencia como un instrumento para impulsar la competitividad del país, con el fin de avanzar hacia una mayor eficiencia y transparencia de los mercados. La Comisión fue consciente de que debía realizar dicha tarea en un contexto complejo, marcado por un plan de austeridad de la administración pública que limita los recursos con los que se disponen, y en ocasiones, contra la indiferencia y oposición de algunos que consideran que la política de competencia no es prioritaria para el crecimiento del país. La Comisión trató de propiciar condiciones que permitan un comportamiento más eficiente de los mercados, que generen un mayor poder de compra a los consumidores, los principales beneficiarios, por medio de los siguientes objetivos estratégicos: O.01 Estudiar sectores de relevancia desde el punto de vista de competencia. O.02 Realizar actividades de divulgación para sectores y entes relevantes. A. Protección del proceso de competencia La Dirección enfocó su gestión institucional en apoyo al desarrollo económico y social del país a través del fortalecimiento y el cumplimiento de la Ley Nº 7472 garantizando el adecuado funcionamiento de los mercados. Dicha prioridad fue plasmada, de manera directa y exitosa; por medio de resoluciones y estudios en áreas estratégicas para el desarrollo económico del país, tal como: Mercado de medicamentos a nivel centroamericano El mercado de medicamentos es un mercado de productos muy sofisticados y altamente diferenciados, por calidad, prestaciones y valor de marca. Las líderes globales poseen grados variables de poder de mercado según el estadio del ciclo de vida de cada producto y la entrada de genéricos, que depende de la legislación de patentes y de autorizaciones de comercialización de los países desarrollados. Las condiciones nacionales y regionales de regulación y competencia son críticas para favorecer la entrada y desarrollo de las empresas de genéricos y particularmente del segmento de genéricos sin marca. La participación de los genéricos sin marca es aún en extremo reducida, indicativo de la necesidad de políticas proactivas de sustitución por genéricos, tales como reglas de obligatoriedad de prescripción por nombre genérico, mecanismos de fármaco vigilancia que aseguren la eficacia y seguridad de los genéricos sin marca y campañas de información a los profesionales y al público.

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Dirección de Apoyo a la Competencia La Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM), durante el año 2010, enfocó su labor a potenciar las políticas de competencia como un instrumento para impulsar la competitividad del país, con el fin de avanzar hacia una mayor eficiencia y transparencia de los mercados.

La Comisión fue consciente de que debía realizar dicha tarea en un contexto complejo, marcado por un plan de austeridad de la administración pública que limita los recursos con los que se disponen, y en ocasiones, contra la indiferencia y oposición de algunos que consideran que la política de competencia no es prioritaria para el crecimiento del país.

La Comisión trató de propiciar condiciones que permitan un comportamiento más eficiente de los mercados, que generen un mayor poder de compra a los consumidores, los principales beneficiarios, por medio de los siguientes objetivos estratégicos:

• O.01 Estudiar sectores de relevancia desde el punto de vista de competencia. • O.02 Realizar actividades de divulgación para sectores y entes relevantes. A. Protección del proceso de competencia

La Dirección enfocó su gestión institucional en apoyo al desarrollo económico y social del país a través del fortalecimiento y el cumplimiento de la Ley Nº 7472 garantizando el adecuado funcionamiento de los mercados. Dicha prioridad fue plasmada, de manera directa y exitosa; por medio de resoluciones y estudios en áreas estratégicas para el desarrollo económico del país, tal como:

• Mercado de medicamentos a nivel centroamericano

El mercado de medicamentos es un mercado de productos muy sofisticados y altamente diferenciados, por calidad, prestaciones y valor de marca. Las líderes globales poseen grados variables de poder de mercado según el estadio del ciclo de vida de cada producto y la entrada de genéricos, que depende de la legislación de patentes y de autorizaciones de comercialización de los países desarrollados. Las condiciones nacionales y regionales de regulación y competencia son críticas para favorecer la entrada y desarrollo de las empresas de genéricos y particularmente del segmento de genéricos sin marca. La participación de los genéricos sin marca es aún en extremo reducida, indicativo de la necesidad de políticas proactivas de sustitución por genéricos, tales como reglas de obligatoriedad de prescripción por nombre genérico, mecanismos de fármaco vigilancia que aseguren la eficacia y seguridad de los genéricos sin marca y campañas de información a los profesionales y al público.

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Si bien operan en la región cerca de 630 laboratorios, los primeros 20 acumulan alrededor del 57% de las ventas. (C4=23%.) Los líderes son los grandes laboratorios internacionales de I&D. Los laboratorios nacionales tienen participación en extremo marginal. La distribución mayorista se encuentra moderadamente concentrada en tres o cuatro grandes droguerías o distribuidoras por país. Las más importantes se encuentran vinculadas con pequeños laboratorios y grandes cadenas de farmacias (integración vertical). Las distribuidoras tienen un margen de distribución alto, en comparación con los países desarrollados. Podría haber un problema de costos, pero también de ejercicio de poder de mercado. El margen de farmacia tiene una participación alta en el precio final, que podría resultar de rentas de localización. Las reglas de distancia mínima entre farmacias periódicamente deberían revisarse, con un criterio que contemple una rentabilidad razonable, que no perjudique al consumidor. Para finalizar y a modo de recomendación general, el estudio destaca que la importancia de las acciones de cooperación entre las autoridades de competencia de la región y de los países desarrollados en relación para lograr mejoras en el funcionamiento del mercado a escala global y en la universalización del acceso a los medicamentos en países en desarrollo.

• Transporte marítimo de mercaderías

La Comisión determinó que no existían indicios suficientes para considerar que se podría estar presentando una conducta o práctica monopolística contraria a la normativa de Competencia en el mercado de transporte marítimo de mercancías.

Lo anterior, por cuanto de la información que consta en el expediente, no se desprende que la acción realizada por Maersk CR, de cobrar un monto por concepto de depósito tenga por objeto o efecto el desplazamiento indebido de otros agentes del mercado, el impedimento sustancial de su acceso o el establecimiento de ventajas exclusivas a favor de una o varias personas. Ello por cuanto consta en el expediente que el monto por concepto de depósito se implementó por la acción de no regresar oportunamente los contenedores - cureñas y las dificultades para recaudar adecuadamente los cargos por demora.

En ese sentido, la Comisión consideró que las sanciones por demoras y cargos de detención se aplican de manera universal en el transporte marítimo; en caso contrario los transportistas no tendrían motivo para devolver los contenedores dentro de un plazo razonable.

Adicionalmente, la Comisión emitió opiniones sobre diversos reglamentos, proyectos de ley y fusiones:

• Reglamento RTCR 383:2004 Cementos hidráulicos

La Comisión considera de que a pesar de que en el Reglamento RTCR 383:2004 Cementos hidráulicos se señalan estudios que sirvieron de referencia al establecimiento de valores

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máximos de metales pesados, el Reglamento no contiene el sustento técnico y aún no se ha podido demostrar que en alguna otra parte del mundo, con estrictas regulaciones en temas ambientales, de salud pública y de calidad, se solicite el cumplimiento de determinados valores de metales pesados en la fabricación y comercialización de cemento.

Asimismo, consideró que tal como lo establece la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley No 7472, las restricciones al comercio deben ser sólo aquellas que se establecen con el fin de salvaguardar la salud, el medio ambiente, la calidad y la seguridad.

De allí la responsabilidad de las Administración Pública de velar porque efectivamente las restricciones que se impongan a la fabricación y comercialización de productos obedezcan a las razones antes indicadas para que no se conviertan en barreras de entrada que perjudican a los consumidores y a la economía en general. Especial responsabilidad tienen quienes emiten reglamentos técnicos de no permitir que éstos tengan el efecto de limitar la competencia y libre concurrencia.

• Propuesta del Banco Popular y de Desarrollo Comunal de adquirir parte de la cartera de crédito de COOPEMEX, R.L.

La Comisión consideró que las entidades financieras BPDC y Coopemex son agentes competidores en el mercado de crédito, particularmente en el mercado de créditos personales, y determinó que no cuentan individualmente con poder sustancial en el mercado relevante definido y que la transacción no lleva a que lo ostenten. Asimismo, consideró que en el mercado relevante participan una cantidad importante de bancos comerciales, incluidos los bancos estatales y privados, además de que existen más de 30 cooperativas de ahorro y crédito, algunas con participaciones importantes, tales como: COOPENAE y COOPESERVIDORES. La Comisión consideró que la participación de mercado de las empresas involucradas en la cesión de cartera consultada es relativamente baja en el mercado de crédito personal y que con la cesión de cartera la participación de mercado que adquiere el BPDC resulta poco significativa.

Por otra parte, internacionalmente se reconoce la posibilidad de admitir concentraciones aún con participaciones de mercado mayores, cuando debido a las deficientes condiciones económicas o financieras de una de las empresas involucradas, la operación de concentración es su única posibilidad para continuar en el mercado. Bajo este escenario, aún si la operación generase una restricción de la competencia, no autorizarla podría tener las mismas consecuencias restrictivas, pues al salir una de las empresas del mercado aumentaría la participación de las empresas restantes. El argumento de la empresa en crisis es aceptable en los casos en que, si no se produce la concentración la empresa tendría que abandonar el mercado, con lo que se limitaría la competencia y se afectaría la eficiencia en el mercado más

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que si se hubiera permitido ésta. En razón de lo anterior, la Comisión determinó que la cesión de la cartera de crédito de Coopemex al BPDC no tiene un efecto anticompetitivo en el mercado de crédito, de manera que la consulta se resolvió en forma positiva a la gestión.

B. Promoción y prevención de la competencia y libre c oncurrencia

La Comisión complementa su labor por medio de la prevención y promoción de la cultura de competencia, tanto en el sector público y como privado. Así, el fortalecimiento del proceso de competencia se logró en este periodo mediante el cumplimiento de las siguientes actividades:

1. Reforma integral al Reglamento a la Ley Competen cia y de Protección y Defensa Efectiva del Consumidor

La Comisión para Promover la Competencia de acuerdo con la normativa vigente tiene la facultad de desconcentrar total o parcialmente aquellas concentraciones contrarias a la Ley. Es decir, aquellas que puedan llevar a que mercados competitivos se conviertan en monopólicos. No obstante, debido en parte a la situación de incerteza jurídica en que se colocaría a las empresas que desean realizar una concentración económica, se reformó integralmente el Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, con el objetivo de brindar mayor claridad y seguridad jurídica a los agentes económicos y consumidores.

En este sentido, el cambio más importante lo constituye la posibilidad de presentar ante la COPROCOM una comunicación voluntaria, previa a la concentración (Artículo 34 y siguientes), para que fuera analizada preliminarmente por la COPROCOM.

Capacitación sobre Licitaciones colusorias en compr as del Estado

Las instituciones gubernamentales, con el objetivo de adquirir los mejores bienes y servicios disponibles en el mercado al menor costo posible, promueven las compras a través de procesos tales como carteles de licitación.

En este sentido, la Comisión considera que en dichos procesos las mismas instituciones podrían propiciar condiciones que facilitan las licitaciones colusorias, que constituyen una violación a la Ley N° 7472.

Por lo anterior, la Comisión consideró que el año 2010 constituía una oportunidad para desarrollar una capacitación dirigida a las proveedurías de instituciones públicas. La actividad tuvo como propósito capacitar a los funcionarios responsables de las compras de diferentes instituciones estatales en la detección oportuna y temprana de posibles carteles, en las ofertas de bienes y servicios al Estado, y su posterior denuncia ante la Comisión para Promover la Competencia.

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La actividad contó con la participación de funcionarios de diversas proveedurías del Gobierno, tal como: Instituto Costarricenses de Electricidad, Comisión Nacional de Concesiones, Contraloría General de la República, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Economía, entre otras.

2. Mesa redonda Legislación de competencia y Propie dad Intelectual

La relación entre propiedad intelectual y competencia merece una particular atención, por lo cual se desarrolló una mesa redonda en torno a este tema y la presentación de la elaboración de la propuesta del Reglamento al Artículo 19 de la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales Con esta actividad se logró la retroalimentación por medio del intercambio de las diferentes posiciones, entre la Comisión, consultores, asociaciones, entre otros; además de sensibilizar a los sectores interesados.

3. Foros internacionales de competencia

• Foro Latinoamericano de Competencia

Costa Rica fue sede del VIII Foro Latinoamericano de Competencia, evento organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y la Comisión para Promover la Competencia.

En la actividad, que contó con la participación de representantes de más de quince países y expertos en competencia, se presentó el examen inter-pares de Panamá sobre Derecho y Política de Competencia y se analizaron temas como facilidades esenciales y estrategias de abogacía de la competencia.

• Foro Iberoamericano de Competencia

Costa Rica fue el anfitrión del Foro Iberoamericano de Competencia, promovido por la Comisión Nacional de Competencia de España y por la Autoridade da Concorrência de Portugal. El tema principal de este foro fue conocer la experiencia de los países en relación con el desarrollo de guías o directrices (“Soft law”) para el análisis de los casos como instrumento de mejora de la cultura de la competencia.

• Foro Centroamericano de Competencia

Costa Rica fue sede del IV Foro Centroamericano de Competencia, evento organizado por el Grupo de Trabajo Centroamericano de Política de Competencia de la Integración Centroamericana (Grupo), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM).

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La actividad contó con la participación de representantes de las autoridades de Política de Competencia Centroamérica y Panamá, así como de organismos internacionales, tales como: la Conferencia de Naciones Unidas para el Comercio y Desarrollo (UNCTAD) e INCAE. El Foro abordó los temas de Licitaciones Colusorias, el Paralelismo Consciente vrs Colusión Implícita y la Competitividad y Competencia.

Retos y perspectivas

La aprobación del nuevo Reglamento a la Ley N° 7472 marcó un avance en la legislación de competencia. No obstante, la Comisión para Promover la Competencia tiene una difícil tarea por delante, y es lograr la aprobación del Proyecto de Ley de Reforma Integral a dicha norma.

Este proyecto fue presentado por Poder Ejecutivo a la corriente legislativa desde el año 2009. La reforma propone normas que regulan notificación previa de las fusiones y adquisiciones, la ampliación del ámbito de aplicación de la Ley a otros agentes económicos que por el momento están exceptuados de esta legislación, así como otras normas que otorgan mayores poderes de investigación y que llenan los vacíos legales que existen en la actualidad.