AVICULTURA ECOLÓGICA - CENTRO INTEGRADO DE...
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CONDICIONANTES LEGALES
La legislación a tal efecto que nos atañe es, clasificada por secciones:
• MEDIO AMBIENTE– LEY 8/1994, de 24 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y
Auditorías Ambientales de Castilla y León– DECRETO 208/1995, de 5 de octubre, por el que se regulan las
competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de Evaluación de Impacto Ambiental, atribuidas por la legislación básica del Estado.
– Ley 6/1996, de 23 de octubre, de modificación de la Ley 8/94 de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León. (BOCL nº 213, de 04.11.96).
– Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre.
– Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
– Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.– DECRETO 146/2001, de 17 de mayo, por el que se modifica
parcialmente el Decreto 159/1994, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley de Actividades Clasificadas
• NORMAS ESPECÍFICAS DE HUEVO
NORMATIVA BÁSICA– REGLAMENTO (CEE) Nº 1907/90 DEL CONSEJO de 26 de junio de 1990 relativo a determinadas normas
de comercialización de los huevos.– Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado,
presentación y publicidad de los productos alimenticios.– REGLAMENTO (CE) Nº 318/2003 DE LA COMISIÓN de 19 de f ebrero de 2003 que modifica el
Reglamento (CE) Nº 1274/91, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) Nº 1907/90 relativo a determinadas normas de comercialización de los huevos
NORMATIVA RECIENTE– REGLAMENTO (CE) Nº 1651/2001 DE LA COMISIÓN de 14 de agosto de 2001 que modifica el
Reglamento (CEE) nNº 1274/91 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) Nº 1907/90 del Consejo relativo a determinadas normas de comercialización de los huevos
– REGLAMENTO (CE) Nº 2052/2003 DEL CONSEJO de 17 de noviembre de 2003 por el que se modifica el Reglamento (CEE) Nº 1907/90 relativo a determinadas normas de comercialización de los huevos
– REGLAMENTO (CE) Nº 2295/2003 DE LA COMISIÓN de 23 de diciembre de 2003 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) Nº 1907/90 del Consejo relativo a determinadas normas de comercialización de los huevos.
– Reglamento (CE) nº 1039/2005 del Consejo, de 21 de ju nio de 2005, que modifica el Reglamento (CEE) nº 1907/90 en lo que respecta al marcado de lo s huevos .
– REGLAMENTO (CE) Nº 589/2008 DE LA COMISIÓN de 23 de junio de 2008 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo en lo que atañe a las normas de comercialización de los huevos.
– REAL DECRETO 226/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria de comercialización de huevos.
– REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004 relativo a la higiene de los productos alimenticio.
– REGLAMENTO (CE) Nº 853/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004 por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
– Real Decreto 372/2003, de 28 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de establecimientos de gallinas ponedoras.
• BIOSEGURIDAD EN EXPLOTACIONES DE GALLINAS PONEDORAS
EUROPEA– REGLAMENTO (CE) Nº 2160/2003 de 17 de noviembre de 2003, sobre control de la Salmonella y otros
agentes zoonóticos específicos trasmitidos por los alimentos.– REGLAMENTO (CE) No1168/2006 DE LA COMISIÓN de 31 de julio de 2006 por el que se aplica el
Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto al objetivo comunitario de reducción de la prevalencia de determinados serotipos de salmonela en las gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus y se modifica el Reglamento (CE) no 1003/2005
– REGLAMENTO (CE) No 1177/2006 DE LA COMISIÓN de 1 de agosto de 2006 por el que se aplica el Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los requisitos de uso de métodos específicos de control en el marco de los programas nacionales de control de la salmonela en las aves de corral.
– REGLAMENTO (CE) No 1237/2007 DE LA COMISIÓN de 23 de octubre de 2007 por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2006/696/CE por lo que respecta a la comercialización de huevos procedentes de manadas de gallinas ponedoras infectadas por Salmonella.
NACIONAL– REAL DECRETO 328/2003, de 14 de marzo,por el que se establece y regula el plan sanitario avícola.– Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
AUTONÓMICA– RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2006, del Director General de producción Agropecuaria, por la que se
desarrollan las garantías sanitarias y de bioseguridad requeridas para las explotaciones avícolas de puesta de Castilla y León.
• Bienestar Animal.– DIRECTIVA 98/58/CE DEL CONSEJO de 20 de julio de 1998 relativa a la protección de los animales en las
explotaciones ganaderas.– Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva
98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas.– Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las
gallinas ponedoras.
• AGRICULTURA ECOLÓGICA
– R (CE) 834/2007 del Consejo, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el R (CEE)2029/91. (Aplicable a partir del 1.1.2009)
– R (CE) 967/2008 del Consejo de 29de septiembre de 2008 por el que se modifica el Reglamento (CE) 834/2007 sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos.
– R (CE) 889/2008 de la Comisión. Normas de aplicación R (CE) 834/2007 (producción, etiquetado, control). Aplicable a partir del 1 de enero de 2009
– R(CE) 1254/2008 de la Comisión de 15 de diciembre de 2008 que modifica el Re (CE) 889/2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control
– R (CE) 1235/2008 de la Comisión. Normas de aplicación R (CE) 834/2007 (importaciones). Aplicable a partir del 1 de enero de 2009
– R(CE) 537/2009 de la Comisión de 19 de junio de 2009 que modifica el R(CE) 1235/2008 en lo que atañe a la lista de terceros países de los que deben ser originarios determinados productos agrarios obtenidos mediante producción ecológica para poder ser comercializados en la Comunidad (Texto pertinente a efectos del EEE)
– R(UE) nº 271/2010 de la comisión de 24 de marzo de 2010 que modifica el R(CE) nº 889/2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del R(CE) nº 834/2007 del Consejo, en lo que atañe al logotipo de producción ecológica de la Unión Europea
– R(CE) Nº 471/2010 de la comisión de 31 de mayo de 2010 que modifica el R(CE) nº 1235/2008 en lo que atañe a la lista de terceros países de los que deben ser originarios determinados productos agrarios, obtenidos mediante producción ecológica, para poder ser comercializados en la Unión
– REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) Nº 344/2011 de la Comisión de 8 de abril de 2011 que modifica el Reglamento (CE) nº 889/2088, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº834/2007 del Consejo, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control
– REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) Nº 426/2011 de la Comisión de 2 de mayo de 2011 que modifica el Reglamento (CE) nº 889/2088, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº834/2007 del Consejo, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control
– REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 590/2011 de la Comisión de 20 de junio de 2011 que modifica el Reglamento (CE) nº 1235/2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo, en lo que se refiere a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países
CONDICIONANTES GALLINERO
• 4 m2 corral por ave.• 1 m2 gallinero por cada 6 aves.• 4 ml cada 100 m2 de gallinero de acceso a corrales.• 18 cm de aseladero por ave.• 1 nidal cada 7 aves.• Pienso ecológico• Posibilidad de vacío sanitario.• Análisis de salmonella cada 15 semanas.• Vacunaciones: Salmonella, Bronquitis Infecciosa,
Enfermedad del Newcastle, de la Enfermedad del gumboro y del Síndrome de la cabeza hinchada
CONDICIONANTES CENTRO EMBALAJE
• Ovoscopio• Clasificadora• Balanza• Sello con tinta alimenticia• Agua fría y caliente• Lavamanos• Habitación ventilable, con mosquiteras
suelo lavable y esquinas en media caña
LOS REQUISITOS BÁSICOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS PARA EL INICIO DE LA ACTIVIDAD
SON:
– Inscripción en el Registro de explotaciones Ganaderas– Petición de Licencia Ambiental– Adquisición y apertura del libro de explotaciones
ganaderas.– Inscripción en el Consejo Regulador de Agricultura
Ecológica de la explotación de aves.– Inscripción en el registro general sanitario de alimentos,
que supone la autorización sanitaria para comercializar los huevos producidos.
– Inscripción en el Registro de Industrias Agrarias del Centro de embalaje.
– Inscripción en el Consejo Regulador de Agricultura Ecológica del centro de embalaje.
Explotación agropecuaria antigua
¿Qué nos dejó?• Tradición familiar de agricultura y
ganadería.• Gran número de instalaciones obsoletas y
con cuantioso mantenimiento.• Disposición de naves con corrales para
gallinas.
Áreas de trabajo de la G.E.
• Conocimiento y sensibilización del mundo rural en las instalaciones de la G.E.
• Formación fuera de nuestras instalaciones.
• Albergue – Hostelería.• Programa Naturaleza.• Huertos Ecológicos.
• Turismo Activo.• Colaboración en explotación familiar (búsqueda
de nuevas alternativas).
Entidades con las que se colabora
• Diputación Valladolid
• Fundación INEA• Red: Educadores ambientales
• Come Sano Come Justo
• GANECA
Gallinero ecológico
ESTUDIO DE RENTABILIDAD• Inversión por plaza: 63 €.• Coste por docena: 2,32€ a 2,09 €.• Precio venta docena: 2,70 € - 3,00 €.• Precio venta público en otros establecimientos:
4,00€ a 6,00€.• Factores que condicionan rentabilidad:
�Producción.�Precio de venta.�Precio de alimentación.�Consumo alimentación.
• VAN Y TIR
COSTES
639.511,00Total inversión por plaza150
3450,02Por compra ganado150
609.060,98Suma150
81.247,00Por materiales150
527.813,98Por edificación150
Por plazaInversiónConceptoNº Aves
COSTE DE INVERSIÓN POR PLAZA OCUPADA
2,092,32Coste por docena
4.961,705.067,08Coste producción huevos
470,48470,48A deducir otras ventas:Pollos, desecho y estiércol.
5.432,185.537,55Suma gastos
410,05Impuestos
515,40740,41Amortizaciones
362,44362,44Intereses
760,00760,00Mano de Obra
1.048,691.026,03Otros costes
2.335,602.648,68Alimentación
2.376,502.186,50Producción Total Docenas/año
196180Producción media
20132012CONCEPTO
COSTE PRODUCCIÓN DE HUEVOS
ANÁLISIS DE SENSIBILIDAD
115gr/ave/día
Consumo Pienso
2,70 y 3,00€/doc
Precio venta huevos
0,30 €/kgPrecio piensos
8,522,095,11%4.530,45
180 h/ave/año
Producción de huevos
Plazo recuperación
Coste/docTIR %VANValor
Año 20163%FACTOR DE ESTUDIO
ANÁLISIS DE SENSIBILIDAD
9,352,063,21%
2,14
2,01
3,91%
6,84%
9,05
7,84
7,962,116,56%6.025,793,10 y 2,80 €/doc
10,212,041,50%
2.709,932,80 y 2,60 €/doc
7,762,027,11%
3.403,910,330 €/kg
8,762,114,56%
6.597,35180 h/ave/año
6.220,27
4.088,21
1.214,58
120 gr/ave/díaConsumo Pienso
2,70 y 2,50 €/docPrecio venta huevos
0,255 €/kgPrecio piensos
9,502,172,92%2.463,55170 h/ave/año
Producción de huevos
Plazo recuperaciónaños
Coste/docTIR %VANValor
Año 2016
3%FACTOR DE ESTUDIO