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Ayuntamiento de La Villa de Ingenio N/REF.: SECRET. MJAH/aiaj PLENO NÚM. 02/2016 MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO CORPORATIVO EL DIA VEINTINUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS. MIEMBROS ASISTENTES: SR. ALCALDE- PRESIDENTE: D. JUAN DÍAZ SÁNCHEZ. PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL ( P.S.O.E.) DÑA. LIBRADA DEL PINO GONZÁLEZ SUÁREZ. D. JUAN RAFAEL CABALLERO LOZANO. DÑA. ELENA SUÁREZ PÉREZ. D. DÁMASO VEGA SÁNCHEZ. DÑA. ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ. D. JESÚS MONZÓN SEGURA. DÑA. SEBASTIANA FRANCISCA RAMOS MELIÁN. D. CRISTOPHER RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. PARTIDO AGRUPA SURESTE-NUEVA CANARIAS-FRENTE AMPLIO (AS-NC). D. DOMINGO GONZÁLEZ ROMERO. DÑA. MINERVA ARTILES CASTELLANO. D. CARMELO PÉREZ GONZÁLEZ. DÑA. MARIA AFRICA CABRERA OTEL. PARTIDO PROYECTO SOMOS-CC (P.SOMOS) D. JUAN JOSÉ GIL MÉNDEZ. D. SEBASTIÁN DOMINGO SUÁREZ TRUJILLO. DÑA. MARIA DEL CARMEN GARCÍA GONZÁLEZ. PARTIDO FORUM DRAGO (F.D.) D. JOSÉ LOPEZ FABELO. D. FRANCISCO JAVIER ESPINO ESPINO. PARTIDO POPULAR (P.P.) D. RAYCO NAUZET PADILLA CUBAS. DÑA. MARIA DEL ROSARIO VIERA HERNÁNDEZ. INGENIO SE PUEDE GANAR DÑA. FAYNA GONZÁLEZ GARCÍA. SECRETARIO ACCIDENTAL: DON MANUEL JESUS AFONSO HERNÁNDEZ (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública). SR./SRA. INTERVENTOR/A: Doña. Tania Naya Orgeira En la Villa de Ingenio, siendo las diecinueve horas y siete minutos del día veintinueve de febrero de dos mil dieciséis, se reunieron en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, Don Juan Díaz Sánchez, con asistencia del Sr. Secretario General Accidental, don Manuel Jesús Afonso Hernández y de la Interventora de Fondos doña. Tania Naya Orgeira. Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo establecido en el art. 46.2. c) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Presidencia, don Juan Díaz Sánchez, declara abierta la sesión y, posteriormente, procede a tratar los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día de la convocatoria: 1º.- DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE RECHAZO A LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y LECTURA DEL MANIFIESTO. 1

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Ayuntamiento de La Villa de Ingenio

N/REF.: SECRET. MJAH/aiaj PLENO NÚM. 02/2016

MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO CORPORATIVO EL DIA VEINTINUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS.

MIEMBROS ASISTENTES:

SR. ALCALDE- PRESIDENTE: D. JUAN DÍAZ SÁNCHEZ.

PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL ( P.S.O.E.) DÑA. LIBRADA DEL PINO GONZÁLEZ SUÁREZ. D. JUAN RAFAEL CABALLERO LOZANO. DÑA. ELENA SUÁREZ PÉREZ. D. DÁMASO VEGA SÁNCHEZ. DÑA. ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ. D. JESÚS MONZÓN SEGURA. DÑA. SEBASTIANA FRANCISCA RAMOS MELIÁN. D. CRISTOPHER RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ.

PARTIDO AGRUPA SURESTE-NUEVA CANARIAS-FRENTE AMPLIO (AS-NC).D. DOMINGO GONZÁLEZ ROMERO. DÑA. MINERVA ARTILES CASTELLANO.D. CARMELO PÉREZ GONZÁLEZ.DÑA. MARIA AFRICA CABRERA OTEL.

PARTIDO PROYECTO SOMOS-CC (P.SOMOS)D. JUAN JOSÉ GIL MÉNDEZ. D. SEBASTIÁN DOMINGO SUÁREZ TRUJILLO.DÑA. MARIA DEL CARMEN GARCÍA GONZÁLEZ. PARTIDO FORUM DRAGO (F.D.)D. JOSÉ LOPEZ FABELO.D. FRANCISCO JAVIER ESPINO ESPINO.

PARTIDO POPULAR (P.P.)D. RAYCO NAUZET PADILLA CUBAS.DÑA. MARIA DEL ROSARIO VIERA HERNÁNDEZ.

INGENIO SE PUEDE GANARDÑA. FAYNA GONZÁLEZ GARCÍA.

SECRETARIO ACCIDENTAL: DON MANUEL JESUS AFONSO HERNÁNDEZ (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública).

SR./SRA. INTERVENTOR/A: Doña. Tania Naya Orgeira

En la Villa de Ingenio, siendo las diecinueve horas y siete minutos del día veintinueve de febrero de dos mil dieciséis, se reunieron en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, Don Juan Díaz Sánchez, con asistencia del Sr. Secretario General Accidental, don Manuel Jesús Afonso Hernández y de la Interventora de Fondos doña. Tania Naya Orgeira.

Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo establecido en el art. 46.2. c) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Presidencia, don Juan Díaz Sánchez, declara abierta la sesión y, posteriormente, procede a tratar los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día de la convocatoria:1º.- DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE RECHAZO A LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y LECTURA DEL MANIFIESTO.

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Previa a la lectura de la declaración institucional, tiene lugar en el Salón de Plenos la actuación de la murga femenina de este municipio “Las Leganayades”, que interpretan una canción referida precisamente a la violencia de género.

La Concejala Delegada de Servicios Sociales, Igualdad, Mayores y Plan de Accesibilidad, doña Elena Suárez Pérez, previo agradecimiento del Pleno Corporativo a la murga anteriormente referida por su actuación, da lectura a la Declaración Institucional cuyo tenor literal es el siguiente:

“Como saben, estos primeros minutos de la sesión plenaria los dedicamos a reflexionar en torno a la violencia de género y sobre todas y cada una de sus manifestaciones. En el día de hoy queremos dedicar esta reflexión a las mujeres que son víctimas de violencia sexual en los conflictos armados.

Una de las principales víctimas de los conflictos armados han sido y son las mujeres quienes, paralelamente al desarraigo, han soportado durante siglos la exclusión, la intolerancia, la discriminación basada en el género y la violación de sus derechos fundamentales.

En medio de situaciones de conflicto el simple hecho de ser mujer, nos expone ante situaciones de violencia sexual, a las que son sometidas para silenciarlas y castigarlas, así como a la violencia física, la tortura y a menudo tratadas como trofeos de guerra. Con ello se pretende sembrar el terror en las comunidades y así facilitar la imposición del control militar, para obligar a las familias enteras a huir de sus casas y permitir la apropiación de sus tierras, vengándose de los adversarios.

No podemos olvidar los casos ocurridos en conflictos armados como el de Colombia, o en conflictos bélicos como en Bosnia, Ruanda (conflicto que duró cinco meses y que dejó casi 500.000 mujeres violadas) o La República del Congo, país que vive en guerra desde 1996 y en el que se cifra una media de cuarenta violaciones al día desde el inicio del conflicto.

A esta violencia sexual generalizada y sistemática en este entorno bélico se le suma la alarmante exposición de cara a las mafias de prostitución y explotación sexual, a la que están sometidas las mujeres y las niñas.

Así y en ocasiones, las mujeres son también escogidas como víctimas, tomando represalias por su labor comunitaria y social, en un intento de silenciarlas cuando denuncian los abusos.

En este sentido y desde la Concejalía de Igualdad, como impulsora en la toma de conciencia e implicación en la prevención, intervención y concienciación de la violencia hacia las mujeres, en todas sus manifestaciones y en aplicación de políticas de igualdad, manifiesta junto a esta Corporación:

- nuestro rechazo hacia la violencia contra las mujeres, en todas sus formas, así como aquellas actitudes que siguen permitiendo que no se avance en la eliminación de las discriminaciones que sufrimos.

- nuestro más sincero pésame al dolor de familiares y amistades de las mujeres víctimas de violencia de género, y a cualquier persona que lo sienta como propi.

- nuestro compromiso de recordar a las mujeres y menores asesinados por violencia de género, visibilizando así la necesidad de dar respuestas y recursos preventivos y sostenibles.

Sin más, procedemos a nombrarlas

- El 22 de Enero, María en Valencia,- El 23 de Enero, Lisa Jane de 49 años en Mallorca,- El 27 de Enero, una mujer de 48 años en Asturias,- El 12 de Febrero una mujer en Lugo,

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- El 12 de Febrero, una mujer de 60 años en Málaga,- El 13 de Febrero, una mujer de 71 años en Valencia,- El 22 de Febrero, Soraya en Zaragoza.

Por último, para ellas, solicitamos un minuto de silencio”.

El Pleno por unanimidad aprueba la declaración institucional y se procede a guardar un minuto de silencio.

2º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DE ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

- Pleno Sesión Ordinaria de 28 de diciembre de 2015 (nº16).

Sometida a votación la referida acta se aprueba por unanimidad de los presentes y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.

3 º.- COMISIÓN INFORMATIVA DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN.

3.1.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. (IO-1).

La Concejala Delegada de Economía y Hacienda, doña Ana Hernández Rodríguez, da lectura a la propuesta emitida el día 22 de febrero de 2016 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Hacienda el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Con el propósito de adaptar la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a la bonificación provista en el artículo 74.2 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por haber finalizado el periodo de aplicación, se hace necesario adecuar las bonificaciones existentes en dicha Ordenanza.

Asimismo, vista la situación general del municipio y en aras de facilitar el complimiento de las obligaciones fiscales se pretende modificar el tipo de gravamen en los bienes inmuebles rústicos, los bienes inmuebles urbanos se encuentra al mínimo, e introducir normas de gestión para la no exigencia del interés de demora en los acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento de pago solicitados en período voluntario de pago, referidos a deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva y cuyo pago total se produzca en el mismo ejercicio de su devengo.

Por otro lado y dado que este impuesto se devenga el primer día del periodo impositivo el cual coincide con el año natural, la modificación del tipo impositivo comenzará a aplicarse a partir del día 1 de Enero de 2017.

Es por lo que SE PROPONE al Pleno Corporativo:

PRIMERO: Aprobar modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, concretamente en los artículos 2 y disposición final, derogación del apartado 1.f) del artículo 3 e inclusión del artículo 5 denominado normas de gestión quedando redactada de la siguiente manera:

“Artículo 2º.- TIPO DE GRAVAMEN.-

El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles queda fijado en los términos siguientes:

CLASE DE BIENES TIPO DE GRAVAMENBienes inmuebles urbanos 0,40%

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Bienes inmuebles rústicosBienes inmuebles de características especiales

0,60%1,30%

Artículo 5ª.- NORMAS DE GESTIÓN

1. No se exigirá interés de demora en los acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento de pago solicitados en período voluntario, siempre que los sujetos pasivos interesados presenten la correspondiente solicitud antes de que finalice el periodo voluntario de pago, ésta se refiera a deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva y cuyo pago total se produzca en el mismo ejercicio de su devengo, tal y como indica el artículo 10 del RD 2/2004 de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

2. Se establece como forma de pago obligatoria para el fraccionamiento la domiciliación bancaria.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, excepto la modificación del tipo impositivo que comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2017, en virtud de lo establecido en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.”

SEGUNDO: Exponer al público el presente acuerdo, por un plazo de treinta días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

TERCERO: En caso de que no se produzcan reclamaciones en el plazo de exposición al público, considerar definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y ordenar la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, una vez aprobado definitivamente.”

Interviene el Concejal don Rayco Nauzet Padilla Cubas en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular, y manifiesta que votarán a favor porque se trata de un beneficio para los vecinos, y que además son propuestas que su grupo traía en el programa electoral, y por coherencia así lo hará. Que también le gustaría saber que merma supone para el Ayuntamiento la bajada del tipo impositivo en rústico.

El Portavoz del Grupo Municipal Proyecto Somos-CC don Juan José Gil Méndez, inicia su exposición adelantando el voto favorable de su grupo. Argumenta que el Impuesto de Bienes Inmuebles ya en la legislatura anterior demostró que era un quebradero de cabeza y que él mismo como Alcalde tuvo muchas reuniones en Madrid para solventar el tema de la subida del IBI. Consiguió no subir el IBI con bonificaciones. Que el IBI y el valor catastral tienen muchas consecuencias, entre ellas afectan a las becas de los estudiantes. Que también quiere hacer constar que en su legislatura se hizo un gran trabajo con la empresa Valora con el llamado Plan de Pago Personalizado.

Doña África Cabrera Otel, en representación del Grupo Municipal Agrupa Sureste-NC, dice que votarán a favor, y que entiende que “de facto” ya se está aplicando porque teniendo en cuenta su propia situación personal en la que ha pedido un fraccionamiento a Valora, no se le está aplicando el interés de demora.

Interviene nuevamente la Concejala de Hacienda, y le hace saber a la Concejala doña África Cabrera que si no se le aplica el 5% debe tratarse de un error, y que no hay que confundir el interés de demora con el interés por el fraccionamiento de pago. Hace saber igualmente al Concejal don Rayco Nauzet Padilla Cubas que la merma que supone para el Ayuntamiento el tipo impositivo en rústico es mínimo y está en torno a cuarenta y nueve mil

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euros. Al Concejal don Juan José Gil Méndez le hace saber que no se puede eliminar el interés del fraccionamiento, pero sí modificar la Ordenanza

La Concejala doña África Cabrera Otel interviene para decir que sí se le aplica un interés de fraccionamiento pero que no es del 5%.

Cierra el debate el Sr. Alcalde-Presidente y manifiesta que trata también de conseguir beneficiar a los vecinos con la rebaja del tipo impositivo en rústica y que es uno de los principales objetivos que se tiene con la empresa Valora, que es que no se cobre el interés por fraccionamiento del cinco por ciento.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

3.2.- PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº. 1/2016.

La Concejala Delegada de Economía y Hacienda, doña Ana Hernández Rodríguez, da lectura a la propuesta emitida el 17 de febrero de 2016, y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Hacienda el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“ANTECEDENTES DE HECHO

1) Que dada la imperiosa necesidad de Reconocer la Obligación de las facturas incluidas en la relación que se adjunta en el expediente 1377/2016.

2) Que existen en el O.G.A.E. (Órgano de Gestión de Asuntos Económicos) facturas, con importes superiores a los límites establecidos para los contratos menores, de acuerdo en el art. 138.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos Sector Público y, que no cumplen con el principio de anualidad y por ende, susceptibles de Reconocimientos Extrajudicial de Crédito, las cuales se encuentran en una situación presupuestaria de Obligaciones Pendientes de Aplicar al Presupuesto (O.P.A.), e incluidas en dicha relación.

3) Que con fecha diecisiete de febrero de dos mil dieciséis dispuse que se procediera la incoación de expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Crédito 1/2016, por un importe de “trescientos sesenta y tres mil ciento veintiún euros con cinco céntimos” (// 363.121,05 € //), de los cuales “doscientos noventa y ocho mil trescientos setenta y cuatro euros con sesenta y dos céntimos” (// 298.374,62 € //), corresponden a facturas cuyos trámites incumplen el principio de anualidad presupuestaria, y “sesenta y cuatro mil setecientos cuarenta y seis euros con cuarenta y tres céntimos” (// 64.746,43 € //), corresponden a facturas, en las que no se ha seguido el procedimiento de contratación legalmente establecido.

4) Que las obligaciones a reconocer se derivan de gastos realmente realizados, habiendo sido requerido por el órgano competente la prestación del servicio o la realización del suministro u obra.

5) Visto los informes de reparo emitidos por la Intervención Municipal a las facturas relacionadas en el que se concluye que es necesario la aprobación de las mismas para evitar el perjuicio a terceros, y que el procedimiento es el Reconocimiento Extrajudicial de Crédito.

6) Visto que el Presupuesto vigente al día de la fecha es el correspondiente al ejercicio de 2016 y una vez examinadas las diferentes partidas presupuestarias, así como, las consignaciones existentes, se procede a la realización de la correspondiente Retención de Crédito, atendiendo la partida presupuestaria a nivel de “Programa” y “Económica”, concluyendo en lo siguiente:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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Teniendo en cuenta que la aprobación de la factura para la que no existía consignación presupuestaria en el momento en el que se debió aprobar es del Pleno conforme al artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990 que establece que “corresponderá al Pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o concesiones de quita y espera”.

Vista la retención de crédito practicada, considerando que la aprobación de este gasto con cargo al presupuesto corriente no causará perjuicio ni limitación alguna al funcionamiento ordinario del Ayuntamiento de Ingenio y en aplicación de los artículos 60.2 del Real Decreto 500/1990, artículo 217.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 50.12 del Real Decreto 2568/1986.

Se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO PLENARIO

PRIMERO: Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito nº 1/2016 cuyo importe total asciende a “trescientos sesenta y tres mil ciento veintiún euros con cinco céntimos” (// 363.121,05 € //), de los cuales “doscientos noventa y ocho mil trescientos setenta y cuatro euros con sesenta y dos céntimos” (// 298.374,62 € //), corresponden a facturas cuyos trámites incumplen el principio de anualidad presupuestaria, y “sesenta y cuatro mil setecientos cuarenta y seis euros con cuarenta y tres céntimos” (// 64.746,43 € //), corresponden a facturas, en las que no se ha seguido el procedimiento de contratación legalmente establecido.

SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto y reconocer la obligación de las facturas contenidas en el expediente con cargo a las retenciones de crédito practicadas.

TERCERO: Ordenar el pago de los mencionados gastos, conforme al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería Municipal.”

Interviene a continuación la Interventora General del Ayuntamiento y explica los pormenores del expediente objeto de aprobación.

Doña Fayna González García, en representación del Subgrupo Mixto Ingenio Se Puede Ganar, manifiesta que se abstendrán en este punto.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular, dice que es el grupo de gobierno el que ha hecho el gasto y por tanto se abstendrán.

Don Juan José Gil Méndez, portavoz del Grupo Municipal Proyecto Somos-CC, argumenta que se alegra de escuchar que se reducirán los reconocimientos extrajudiciales de crédito al estarse licitando la mayoría de los contratos de suministros. Respecto de las facturas en que se aprueban por no seguirse el procedimiento, quiere hacer constar que no se están licitando servicios de los que hay facturas tales como imprenta, espectáculos musicales y culturales. No sabe si además falta someter el expediente a información pública, aclarándole en el acto la Sra. Interventora General que no se somete a información pública. Finaliza solicitando copia de las facturas A4/15 de 3-12-2015; A3-15 de 3-12-2015 y Emic/6001 de 22-1-2016.

Don Domingo González Romero, portavoz del Grupo Municipal Agrupa Sureste-NC dice que al traerse el reconocimiento de las facturas ello significa que se detraen del presupuesto de este año y, que por tanto faltarán a final de año. Que en cuanto al grupo de facturas que se traen a reconocimiento por no seguirse el procedimiento legalmente establecido, quiere reseñar que cuando ellos gobernaban el actual grupo de gobierno votaba en contra y se tenía que volver a traer al Pleno. Que ellos no harán lo mismo, aún tratándose de facturas de las mismas empresas. Solicita explicación de facturas por valor de setecientos euros en dos días, así como información de gastos relativos a festejos, solicitando la concreción de los eventos y las facturas correspondientes.

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Interviene nuevamente la Concejala de Hacienda y explica que ha estado a disposición de los concejales y han podido ver las facturas, y continúa argumentando que no se trata de que se gaste más o menos, sino que procede la reincidencia, es decir, que todos los servicios que se han hecho en el 2015 y continúan en el 2016 son facturas que por ley hay que traerlas a reconocimiento extrajudicial de crédito. Respecto de las facturas relativas a festejos, hasta que no se proceda a su licitación se tendrán que traer siempre a reconocimiento extrajudicial de crédito.Que se están licitando los servicios de combustible, que ya está adjudicado, ferretería y transportes, y que antes de finalizar el año se requerirá a las empresas para que presenten todas sus facturas.

Don Domingo González Romero hace saber que debería contarse con propuestas que haga la Mesa de Contratación, que no sólo está para valorar las propuestas sino también para hacer propuestas a los órganos competentes.

Cierra el debate el Sr. Alcalde-Presidente recordándose al Concejal don Domingo González que el PSOE en su día en la oposición, no votaba a favor de los reconocimientos extrajudiciales de créditos porque se traían por urgencia y no había tiempo material para analizarlos.

Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan aprobarla, por once votos a favor [(Grupo Socialista y Subgrupos Mixto Forum Drago)], y diez abstenciones [(Grupo Agrupa Sureste-NC, Grupo Proyecto Somos-CC, Subgrupo Mixto Partido Popular e Ingenio Se Puede)], y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, acuerdan aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

En esto momento se ausenta de la sesión el Concejal don Domingo González Romero.

3.3.-PROPUESTA DE AFECTACIÓN DEL INMUEBLE CASA DEL MAESTRO CEIP. AGUATONA, AL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO.

El Concejal Delegado de Educación y Cultura y Patrimonio Histórico, don Jesús Monzón Segura, da lectura al informe-propuesta emitido por el técnico del Departamento de Patrimonio el 16 de febrero de 2016 y, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Hacienda el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“ANTECEDENTES DE HECHO:

PRIMERO.- Que por acuerdo plenario de 30 de abril de 2015 se inscribió en el Inventario General de Bienes de este Ayuntamiento, el bien inmueble que se describe a continuación:

Epígrafe: 1º Inmuebles; número de orden: 508Nombre de la finca: Vivienda en manzana educativa Cercado Grande.Situación: Calle Salvador Allende Esquina a Rosarito.Linderos: Norte, CEIP Aguatona; Sur, calle Rosarito; Este, CEIP Aguatona; Oeste, Calle Salvador Allende.Superficies: 256 metros cuadrados (s.s.); 136,5 metros cuadrados (s.c.).

En el referido Inventario dicho bien se encuentra registrado con la calificación jurídica de patrimonial o de propios.

SEGUNDO.- Con fecha de 27 de noviembre de 2015 y registro de entrada en este Ayuntamiento número 17920, la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas, de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, remite escrito con el siguiente asunto “Afectación uso educativo vivienda de maestros CEIP Aguatona”. En el mismo solicita la afectación del señalado inmueble al uso educativo.

TERCERO.- El citado inmueble tal como recoge el informe técnico de fecha 8 de febrero del presente es idóneo técnicamente para el desarrollo del servicio público pretendido.

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Asimismo es de interés municipal la afectación propuesta tal como expresa el informe del Departamento de Educación obrante en el expediente.

CUARTO.- Con fecha de 5 de febrero de 2016 la alcaldía de este Ayuntamiento resuelve (Decreto nº 0488/2016, de 5 de febrero) instar al Departamento de Patrimonio la incoación de expediente administrativo tendente a afectar al servicio público educativo el referido inmueble.

QUINTO.- Con fecha de 16 de febrero de 2016 se emite informe por el Departamento de Patrimonio favorable a la afectación propuesta.

ANTECEDENTES DE DERECHO:

PRIMERO.- Tal como dispone el artículo 4 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado mediante Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, “son bienes de servicio público los destinados directamente al cumplimiento de fines públicos de responsabilidad de las Entidades locales, tales como Casas consistoriales, Palacios provinciales y, en general, edificios que sean de las mismas, mataderos, mercados, lonjas, hospitales, hospicios, museos, montes catalogados, escuelas, cementerios, elementos de transporte, piscinas y campos de deporte, y, en general, cualesquiera otros bienes directamente destinados a la prestación de servicios públicos o administrativos”. Tal enumeración no es exhaustiva debiéndose entender incluidas dentro de los usos todos aquellos necesarios para el ejercicio de las competencias propias o delegadas de las corporaciones locales. Teniendo el referido inmueble la calificación jurídica de patrimonial la afectación a un servicio público requiere la instrucción del oportuno expediente.

Segundo.- El artículo 8 del reiterado reglamento, establece que la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las Entidades Locales, requiere expediente en el que se acredite su oportunidad y legalidad. Los informes técnicos obrantes en el expediente sirven a tales obligaciones. Así los informes de 8 y 11 de febrero del presente de la Oficina Técnica Municipal y del Departamento de Educación respectivamente, señalan el primero, que es idóneo técnicamente para el servicio público y el segundo el interés público municipal que será atendido con la afectación propuesta.

Tercero.- Tal como establece la letra l), de apartado primero del artículo 22, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es competencia del Pleno Corporativo la adopción del acuerdo propuesto, y además, como señala la letra n), del apartado segundo, del artículo 47, del señalado cuerpo legal, se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación.

Visto los antecedentes de hecho y de derecho expuestos esa Concejalía,

PROPONE:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente por mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, el expediente administrativo de alteración de la calificación jurídica del bien inmueble calificado de patrimonial, denominado “Vivienda en manzana educativa Cercado Grande”, abajo descrito, afectando el mismo al SERVICIO PÚBLICO de educación.

Epígrafe: 1º Inmuebles; número de orden: 508Nombre de la finca: Vivienda en manzana educativa Cercado Grande.Situación: Calle Salvador Allende Esquina a Rosarito.Linderos: Norte, CEIP Aguatona; Sur, calle Rosarito; Este, CEIP Aguatona; Oeste, Calle Salvador Allende.Superficies: 256 metros cuadrados (s.s.); 136,5 metros cuadrados (s.c.).

SEGUNDO.- En caso de adoptarse acuerdo favorable sobre la propuesta anterior someter por un periodo de un mes el citado expediente a información pública, a fin de que durante ese plazo los interesados puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.

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TERCERO.- Proseguir los tramites del expediente administrativo una vez finalizada la información pública, resolviendo las alegaciones si se hubieren presentado en una nueva sesión plenaria. De no presentarse alegaciones será elevado a definitivo, sin necesidad de nuevo acuerdo.

CUARTO.- Practicar la oportuna corrección en el Inventario General de Bienes de este Ayuntamiento, dando cuenta de esta a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma y a la Viceconsejería de Administración Pública del Gobierno de Canarias.

QUINTO.- Facultar al Alcalde-Presidente para que suscriba los documentos que sean necesarios en orden a la ejecución del precedente acuerdo.”

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular, manifiesta su voto favorable.

Don Juan José Gil Méndez, portavoz del Grupo Municipal Proyecto Somos-CC dice que ya era hora que se trajese esta propuesta al Pleno corporativo, y se congratula de haber contribuido a que se traiga al Pleno ya que se ha estado esperando hace meses por este acuerdo que, la tardanza del grupo de gobierno en someterlo a la aprobación supone que el Colegio haya perdido todo este tiempo en poder poner en marcha actividades.

Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del Grupo Municipal Agrupa Sureste-NC, manifiesta que votarán a favor.

Interviene el Concejal de Educación don Jesús Monzón Segura y le indica al Concejal don Juan José Gil Méndez que no se trata de que ya fuese hora, sino que hay que dar gracias al Concejal de Educación por deshacer el enredo que se estaba produciendo en este asunto, y no a otros. Que precisamente la Consejería de Educación quería imponer algo que los técnicos municipales no ven que tenga que tenga que realizarse de dicha manera.

Don Juan José Gil Méndez dice que desde el 27 de noviembre se hizo la petición y que el Gobierno de Canarias no ha paralizado nada y que procedía la afectación.

Cierra el debate el Sr. Alcalde-Presidente argumentando que lo importante es que la comunidad educativa pueda disponer del inmueble y que agradece el trabajo realizado por el Concejal de Educación en este asunto a fin de desbloquear lo que se pretendía desde la Consejería de Educación y que los técnicos municipales consideraban que no era necesario.

En este momento abandona la sesión el concejal don Juan José Gil Méndez al ser parte interesada en el expediente, toda vez que es cargo público de la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias que debe resolver el expediente en el ámbito de sus competencias.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

3.4.- PROPUESTA DE RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO GENERAL DE BIENES: INSCRIPCIÓN DE PARCELA RÚSTICA EN LLANO DEL DEÁN Y PARQUE EN LA CALLE HERNÁN CORTÉS.

La Concejala Delegada de Economía y Hacienda, doña Ana Hernández Rodríguez, da lectura al informe-propuesta emitido por el Técnico del Departamento de Patrimonio el día 16 de febrero de 2016 y, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Hacienda el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“ ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha de 25 de junio de 1997 la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar la adquisición mediante subasta

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judicial (procedimiento sumario del artículo 131 de la Ley Hipotecarían número 375/82) de una finca donde llaman Llano del Dean que responde a la siguiente descripción:

Linderos: Al Naciente, con la de Don Juan Castro, Don Bartolomé Espino Romero, Don Bartolomé Sánchez y otros; Poniente, con los de don Juan Espino Sánchez y otros; al Norte, con la de Don Matías Rodríguez Dávila, don José Bartolomé Espino Espino y otros, o riscos; y Sur, con la de don Francisco Espino Ramírez. Hay unido un trozo llamado El Bordo que linda al Naciente, con herederos de don Luis Dávila y de don Manuel Caballero; al Poniente, herederos de don Vicente Romero; Sur, con borde de la Caldereta o terrenos de los Juárez; y al Norte, con terrenos de Don Francisco Espino Ramírez.

Superficie: tres hectáreas, treinta aéreas y treinta y una centiárea.

Segundo.- Con fecha de 15 de julio de 1998 la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento adoptó el acuerdo de aprobar Acta de Mutuo acuerdo con los señores Morales Pérez y otros, por el que éstos ceden “…de forma gratuita y liebre de cargas y gravámenes…” a este Ayuntamiento, entre otros inmuebles, un trozo de terreno donde llaman La Hoya de Carrizal cuya descripción es la siguiente:

Linderos: al Norte, con calle Antonio Guadalupe Verde; al Sur, con calle Hernán Cortes; al Este, con calle en proyecto; y, al Oeste, con calle Bieldo.

Superficie: 1902 metros cuadrados.

De la superficie señala 678 metros cuadrados están calificados por el planeamiento municipal como suelo urbano sistema de espacios libres.

El pleno corporativo de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 1998, ratificó el convenio arriba señalado.

Tercero.- Es notorio que existen varias calles en el término municipal que no están inscritas en el referido registro Administrativo. Entre ellas la conocida como calle Proa, donde llaman Playa del Burrero. Asimismo sobre la vía conocida como La Atlántida, esta Administración ha actuado, aumentando su trazado, lo que supone que la inscripción que consta en el señalado inventario municipal no se corresponda con la realidad.

Cuarto.- Mediante resolución de la alcaldía número 530, de 9 de febrero de 2016, se ordena al Departamento de Patrimonio de este Ayuntamiento la tramitación del procedimiento tendente a rectificar el Inventario General de Bienes de esta corporación, inscribiendo y modificando los registros de los inmuebles arriba señalados.

Quinto.- Con fecha de 15 de febrero del presente la Oficina Técnica Municipal emite informes técnicos que describen los inmuebles señalados en los términos abajo expresados. Asimismo con fecha de 16 de febrero del mismo año el Departamento de Patrimonio informa que el expediente de referencia se ha tramitado conforme al procedimiento legalmente establecido.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Según establece el apartado primero, del artículo 33, del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales la rectificación del inventario se verificará anualmente, y en ella se reflejarán las vicisitudes de toda índole de los bienes y derechos durante esa etapa. El artículo 34 del mismo cuerpo legal, recoge que “el Pleno de la Corporación local será el órgano competente para acordar la aprobación del inventario ya formado, su rectificación y comprobación”.

SEGUNDO.- Tal como establece el apartado uno, del artículo 32 del referido Reglamento es deber de esta Entidad remitir a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma las rectificaciones aprobadas.

En virtud de lo expuesto y de las atribuciones conferidas por la Alcaldía de este Ayuntamiento mediante decreto número 2553, de 16 de junio de 2015, esta Concejalía estima procedente remitir al Pleno Corporativo la siguiente,

PROPUESTA:

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PRIMERO.- Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTE AYUNTAMIENTO, inscribiendo al epígrafe 1º inmuebles, y números de orden 521 y 522 respectivamente los siguientes inmuebles.

Inmueble 1.-

Inventario General de Bienes: Epígrafe: 1º inmuebles, al Tomo I, grupo: Terreno, nº de orden: 521.Nombre de la finca: Trozo de terreno en el Llano del Dean y Hoya de María Taparrejas. Situación: Llano del Dean, en Ingenio.Calificación urbanística: Rústico de protección paisajística, suelo rústico de protección cultural y suelo rústico de protección natural.Referencia catastral: 35012A004011070000YJ. Linderos: Norte, Bartolomé Espino Estupiñán; Sur, María Ángeles Sánchez Guedes, María Jesús Pérez Pérez, Isabel Quintana Romero y Luisa Sánchez Dávila; Este, José Sánchez Sánchez; Oeste, Rita Espino Estupiñán; Rita Silvera Espino; José Díaz Espino y Francisca Pérez Pérez.Superficie: 33.031 metros cuadrados (s.s).Cargas y gravámenes: no constan.Naturaleza del dominio: Patrimonial.Valor: 98.560 €.Datos registrales: Registro de la propiedad de Telde II; tomo 895, libro 86, folio 73, y número de finca 8.416, y como titular don Bartolomé Espino Estupiñán e Higinia Ramírez Romero.Título: Adquisición en subasta judicial (Procedimiento judicial sumario seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número dos de Telde. Nº 375/82).Acuerdo: Comisión de Gobierno de fecha 25 de julio de 1997.

Inmueble 2.-

Inventario General de Bienes: Epígrafe: 1º inmuebles, al Tomo I, grupo: parque, nº de orden: 522.Nombre de la finca: Parque calle Hernán Cortés.Situación: Hoya de Carrizal, calle Hernán Cortés.Calificación urbanística: Suelo urbano. Espacio libre. Linderos: Norte, dúplex de varios; Sur, calle Bieldo; Este, calle Hernán Cortés; Oeste, dúplex de varios.Superficies: 678 metros cuadrados (s.s).Cargas y gravámenes: no constan.Naturaleza del dominio: Servicio público.Valoración: 17.560 euros.Título: Cesión de suelo a cambio de recalificación urbanística.Acuerdo: Comisión de Gobierno de fecha 15 de julio de 1998, ratificado por el Pleno Corporativo con fecha de 30 de julio de 1998.

SEGUNDO.- Inscribir al epígrafe 1º inmuebles, grupo viales, la calle denominada Proa con la siguiente descripción:

Nombre de la vía: calle Proa.Longitud: 398 metros.Ancho: 12 metros.Superficie: 4.776 metros cuadrados.Con los siguientes equipamientos: Calzada asfaltada; baja tensión; abastecimiento de

agua; dispone de saneamiento, alumbrado público, y acera parcial. Valoración: 112.140 euros.

TERCERO.- Modificar el registro del señalado inventario al epígrafe 1º inmuebles, grupo viales correspondiente a la denominada calle Atlántida.

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Longitud: 388 metros.Ancho: variable entre 10 y 6 metros.Superficie: 3.278 metros cuadrados.Valor: 76.697 euros.

CUARTO.- Dar cuenta de las rectificaciones aprobadas a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias y a la Vice-Consejería de Administración Pública del Gobierno de Canarias.”

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular dice que votarán a favor y que, como ya ha dicho en otras ocasiones, el inventario es un documento que está siempre en constante actualización.

Don Carmelo Pérez González, en representación del Grupo Municipal Agrupa Sureste-NC, manifiesta que tiene dudas sobre una parcela sita en los Llanos del Dean que fue ganada en subasta. Que los técnicos municipales le han dicho que esa parcela es la que más se asemeja a la realidad de la que figura en la documentación. Que reitera sus dudas sobre dicha parcela y sus linderos.

Interviene el Concejal don Dámaso Vega Sánchez y le indica al Concejal don Carmelo Pérez que toda la información es la que obra en el expediente y, que podía haber manifestado sus dudas en la Comisión Informativa y que está poniendo en duda la documentación de la que dispone el Ayuntamiento.

Don Carmelo Pérez González le hace saber a don Dámaso Vega Sánchez que él no inventa nada y que son los técnicos municipales los que le han dicho lo que ha manifestado.

Cierra el debate el Sr. Alcalde-Presidente manifestando que se trata de actualizar el patrimonio municipal y que se hace con la documentación y lo informes técnicos oportunos al respecto.

Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan aprobarla, por diecisiete votos a favor [(Grupo Socialista, Grupo Agrupa Sureste-NC, y Subgrupos Mixtos Forum Drago, Partido Popular e Ingenio Se Puede)], y tres abstenciones (Grupo Proyecto Somos-CC), y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, acuerdan aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

3.5.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE COMPATIBILIDAD PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS A LA EMPLEADA MUNICIPAL DÑA. SUSANA JANET HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ.

El Concejal Delegado de Personal y Régimen Interior, don Juan Rafael Caballero Lozano, da lectura al informe-propuesta emitido por el técnico del Departamento del Área de Recursos Humanos, el día 15 de febrero de 2016 y, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Hacienda el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“SOLICITANTE: Dª Susana Janet Hernández Rodríguez. NIF 42874004A

SOLICITUD: R.E. núm. 14358, de 25/09/2015, ampliada por RE 14787, de 02/10/2015

ACTIVIDAD PÚBLICA EN ESTA ADMINISTRACION: Categoría de Psicóloga, subgrupo A1, adscrita en régimen de derecho laboral, mediante

contrato temporal de carácter indefinido en virtud de Sentencia núm. 100/2004 del Juzgado de lo Social num. 6 de Las Palmas de Gran Canaria.

Período de contratación: indefinido a tiempo parcial

Complemento específico: 445,55 euros/mes para contrato a tiempo completo.

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Jornada: 31 horas y 15 minutos semanales. La jornada laboral se desarrolla de lunes a viernes, de 7:45 a 14:00 horas

ACTIVIDAD PRIVADA QUE TIENE COMPATIBILIZADA:

Psicóloga por cuenta ajena, con la empresa “Centro de Psicología Diálogos-Opciones”, en horario de tarde, con una jornada máxima de 6 horas/semana. Autorizada por el Pleno en sesión de fecha 27/07/2011.

NUEVA ACTIVIDAD PÚBLICA QUE DESEA COMPATIBILIZAR.

Profesora Asociada al Departamento de Psicología y Sociología de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, con una jornada media semanal de 3 horas, con el siguiente horario: martes, de 14:30 a 16:30 y jueves, de 15:00 a 16:00. Jornada fijada para el segundo semestre que comprende el período 25 de enero a 13 de mayo de 2016.

SITUACIÓN ADMINISTRATIVA ACTUAL EN ESTE AYUNTAMIENTO.

Dª Susana Janet Hernández Rodríguez se encuentra en situación de permiso no retribuido durante el período 13/10/2015 a 13/03/2016 (Decreto número 2015-2735, modificado por el número 2015-2915).

LEGISLACION.

Artículo 145 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.(TRRL)

Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.(L.I.)

RD 598/1995, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y empresas dependientes.

Artículo 50.9 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

Artículo 22.2.q) y 47.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Artículo 95.2.n) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

INFORME:

Primero: El régimen de incompatibilidades de los funcionarios y personal laboral de la Administración local es el establecido con carácter general para la función pública en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en las normas que se dicten por el Estado para su aplicación a los funcionarios de la Administración Local, por así venir expresamente recogido en el artículo 145 del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Asimismo el artículo 2.1.c) de la L.I. recoge que la misma es de aplicación al personal al servicio de las Corporaciones Locales y de los Organismos de ellas dependientes. Entendiéndose por tanto que será de aplicación tanto al personal funcionario como al laboral, sin distinción.

Segundo: Expresamente, el artículo 3.1 de la L.I. señala que el personal comprendido en el ámbito de aplicación de esta Ley sólo podrá desempeñar un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público en los supuestos previstos en la misma para las funciones docentes y otras recogidas en el mismo artículo. Y más adelante en el artículo 4.1 señala que podrá autorizarse la compatibilidad, cumplidas las restantes exigencias de esta Ley, para el

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desempeño de un puesto de trabajo en la esfera docente como Profesor universitario asociado en régimen de dedicación no superior a la de tiempo parcial y con una duración determinada. O sea, el segundo puesto como Profesora universitaria asociada en los términos solicitados puede ser compatible si se cumplen el resto de las exigencias de dicha Ley de incompatibilidades.

Tercero: En relación con las retribuciones. Es requisito necesario para autorizar la compatibilidad de actividades públicas el que la cantidad total percibida por ambos puestos o actividades no supere la remuneración prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de Director General, ni supere la correspondiente al principal, estimada en régimen de dedicación ordinaria, incrementada en un 30 por 100, para los funcionarios del grupo A (subgrupo A1, según la nueva denominación del EBEP) o personal de nivel equivalente.

La Ley 48/2015, de Presupuestos Generales del Estado para 2016 establece en 55.184,38 euros la retribución para el cargo de Director General; y la correspondiente al puesto principal, estimada en régimen de dedicación ordinaria incrementada en un 30 por 100, asciende a 36.056,38 euros. La trabajadora interesada percibe por este Ayuntamiento una retribución bruta anual de 22.972,49 euros, y por la Universidad 7.702 ,96 euros, lo que hace un total de 30.675,45 euros, por lo que a estos efectos no supera los límites establecidos por la Ley, y por tanto podría ser compatible.

Cuarto. La competencia para la autorización o denegación de compatibilidad para un segundo puesto o actividad del sector público corresponde al Pleno de esta Corporación por tratarse del puesto principal de los dos que desea compatibilizar.

Quinto. Se precisa informe previo de la Universidad, el cual ha sido emitido en sentido favorable según consta en el expediente y que ha sido emitido en fecha 7/10/2015.

Sexta. Por otro lado, es preciso analizar igualmente la compatibilidad ya reconocida a la interesada para el ejercicio de la actividad privada de Psicóloga autorizada por el Pleno en sesión de fecha 27/07/2011.

En este sentido el artículo 13 de la LI establece que no podrá reconocerse compatibilidad alguna para actividades privadas a quienes se les hubiere autorizado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad públicos, siempre que la suma de jornadas de ambos sea igual o superior a la máxima en las Administraciones Públicas.

La trabajadora presta en este Ayuntamiento una jornada semanal de 31 horas y 15 minutos, y en la Universidad de 3 horas semanales, lo que hace un total de 36 horas y 15 minutos. La jornada máxima en las Administraciones Públicas es de 40 horas semanales, por tanto, pueden ser compatibles ambas actividades.

Séptima. Las autorizaciones de compatibilidades deben ser trasladadas al Consejo Superior de la Función Pública a los efectos previstos en la Disposición adicional tercera de la Ley de Incompatibilidades.

- Sobre el complemento específico.

Señala el artículo 16 de la L.I. en su apartado 1 que no podrá autorizarse o reconocerse compatibilidad alguna al personal que desempeñe puestos que comporten la percepción de complementos específicos o concepto equiparable, quedando exceptuado de esta prohibición las autorizaciones de compatibilidad para ejercer como profesor universitario asociado (en régimen de dedicación no superior a la de tiempo parcial y con duración determinada).

Añade en su apartado 4 que podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o conceptos equiparables, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad.

Las retribuciones básicas son las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto

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de que éste no tenga Subgrupo, y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias (art. 22.2, de la Ley EBEP). Añade el artículo 23 de la misma Ley del EBEP que las retribuciones básicas, que se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, estarán integradas única y exclusivamente por: a) el sueldo asignado a cada subgrupo o grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga subgrupo. B) Los trienios, que consisten en una cantidad, …., por cada tres años de servicio.

La trabajadora tiene adaptado su complemento específico al límite establecido, no existiendo inconveniente a estos efectos.

- Sobre la competencia y el quórum

El artículo 22.2 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, establece que corresponde al Pleno las siguientes atribuciones: q) “las demás que expresamente le confieran las Leyes”. Y en este sentido el artículo 9 de la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas señala que el órgano competente para el reconocimiento de compatibilidad o declaración de incompatibilidad es el Pleno de la Corporación Local.

En cuanto al quórum necesario; como quiera que esta materia no está incluida entre los acuerdos para los que se precisa una mayoría especial recogida en el artículo 47.2 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local; habrá que estar a lo que se dispone en su apartado 1 que señala que los acuerdos de las corporaciones locales se adoptan, como regla general, por mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos.

- Sobre el procedimiento.

El procedimiento para reconocer la compatibilidad es el siguiente:

1.- El ejercicio de la segunda actividad requiere la previa autorización de compatibilidad (indispensable y expresa), por lo que ésta ha de ser solicitada por los interesados.

2.- El reconocimiento de compatibilidad o la declaración de incompatibilidad corresponde al Pleno de la Corporación Local, mediante resolución motivada.

3.- Se exige informe previo, de los dos organismos públicos cuyos puestos se desean compatibilizar.

4.- La resolución se habrá de dictar en el plazo de tres meses.

5.- Las resoluciones de compatibilidad se inscribirán en los registros de personal correspondientes.

- Conclusiones.

1.- La trabajadora podrá desempeñar el puesto de Profesora Asociada de la Universidad hasta el 13/03/2016, al encontrarse hasta dicha fecha en suspenso su relación laboral con este Ayuntamiento.

2.- A partir del día 14/03/2016 fecha en la que debe incorporarse a su puesto de trabajo en este Ayuntamiento, la segunda actividad en el sector público (profesora universitaria asociada) es compatible con su puesto principal desarrollado en este Ayuntamiento al tratarse de uno de los supuestos permitidos por la Ley 53/1984 de incompatibilidades.

PROPUESTA.

En virtud de lo anteriormente expuesto y a la vista de la solicitud formulada por el/la interesado/a se eleva la siguiente propuesta de RESOLUCION:

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Primero. Proceder al reconocimiento de compatibilidad a favor de Dª Susana Janet Hernández Rodríguez, para ejercer como profesora asociada al Departamento de Psicología y Sociología de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, con una jornada de 3 horas semanales, prestadas fuera de la jornada ordinaria que ha de prestar en este Ayuntamiento.

Segundo. Este reconocimiento quedará automáticamente sin efecto en caso de cambio de puesto en el sector público y está condicionado al estricto cumplimiento de la jornada y el horario en su puesto de trabajo.

Tercero. La actividad que se compatibiliza no podrá comprometer la imparcialidad o independencia como empleado público, ni impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o perjudicar los intereses generales.

Cuarto. La jornada de trabajo y horario del interesado no podrá ser modificado para adaptarlo al del puesto que desea compatibilizar.

Quinto. El interesado no podrá invocar o hacer uso de su condición pública para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional.

Sexto. El ejercicio de la actividad compatible no servirá de excusa al deber de residencia, a la asistencia al lugar de trabajo que requiera su puesto o cargo, ni al atraso, negligencia o descuido en el desempeño de los mismos.

Séptimo. Dar traslado a la Dirección General de la Función Pública.”

Doña Fayna González García, en representación del Subgrupo Mixto Ingenio se Puede Ganar, dice que se trata de un derecho de los trabajadores y votará a favor.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular, manifiesta que el expediente está completo con todos los informes y que votarán a favor.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

3.6.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE COMPATIBILIDAD PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS A LA EMPLEADA MUNICIPAL DÑA. MARIA KIMBERLY ORTIZ AFONSO.

El Concejal Delegado de Personal y Régimen Interior, don Juan Rafael Caballero Lozano, da lectura al informe-propuesta emitido por el técnico del Departamento del Área de Recursos Humanos, el día 19 de febrero de 2016 y, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Hacienda el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“SOLICITANTE: Dª MARÍA KIMBERLY ORTIZ AFONSO

SOLICITUD: R.E. núm. 2154, de 16/02/2016.

ACTIVIDAD PÚBLICA EN ESTA ADMINISTRACION:

Alumna – trabajadora como aprendiz cuidadoraPersonal laboral temporal, con contrato para la formación, en Programa de Formación en

alternancia con el empleo-Garantía juvenil denominado “Althea”, cofinanciado por Servicio Público de Empleo Estatal y Fondo Social Europeo.

Período de contratación: De 30/12/2015 a 29/09/2016 (9 meses)

Complemento específico: no tiene

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Jornada 40 horas semanales (10 de formación y 30 de trabajo). La jornada laboral se desarrolla de lunes a viernes, de 7:45 a 15:15

Retribución: 75 por 100 del Salario mínimo interprofesional vigente para el año 2015 (486,45 euros mes)

ACTIVIDAD PRIVADA QUE DESEA COMPATIBILIZAR:

Dependienta

Empresa: Autoservicio “La Eskina”, con domicilio social en Coros y Danzas, bl 4 – puerta 2 – Ingenio

Jornada: 10 horas semanales. Distribuidas del siguiente modo: sábado y domingo, de 9:00 a 14:00 horas.

LEGISLACION.

Artículo 145 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.(TRRL)

Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.(L.I.)

RD 598/1995, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y empresas dependientes.

Artículo 50.9 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

Artículo 22.2.q) y 47.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

INFORME:

Primero: El régimen de incompatibilidades de los funcionarios y personal laboral de la Administración local es el establecido con carácter general para la función pública en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en las normas que se dicten por el Estado para su aplicación a los funcionarios de la Administración Local, por así venir expresamente recogido en el artículo 145 del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Asimismo el artículo 2.1.c) de la L.I. recoge que la misma es de aplicación al personal al servicio de las Corporaciones Locales y de los Organismos de ellas dependientes. Entendiéndose por tanto que será de aplicación tanto al personal funcionario como al laboral, sin distinción.

Segundo: Expresamente, el artículo 12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, prohíbe ejercer las siguientes actividades:

a) El desempeño de actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, en los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público (SSTS de 15 de octubre de 1994 y de 13 de noviembre de 2001).

b) Pertenencia a Consejos de Administración en Entidades Privadas, siempre que la actividad de las mismas esté directamente relacionada con las que gestione la Entidad en que preste sus servicios el personal afectado.

c) El desempeño de cargos en empresas concesionarias o contratistas de obras, servicios o suministros

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d) La participación superior al 10% en el capital de las empresas a que se refiere el apartado anterior (véase STS de 15 de octubre de 1994).

Tercero: De lo anteriormente expuesto se deduce que todas las actividades privadas que no se encuentren en alguno de dichos supuestos podrán ser objeto de reconocimiento de compatibilidad, teniendo en cuenta estas otras limitaciones de carácter general:

- Lo dispuesto en el artículo 1.3 de la L.I en el sentido de que será incompatible el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, público o privado, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia.

- Lo dispuesto en el artículo 11 de la L.I.: no se podrá ejercer, por sí o mediante sustitución, actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sean por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades particulares que se relacionen directamente con las que desarrolle el Departamento, Organismo o Entidad donde estuviera destinado.

- Lo dispuesto en el artículo 16.1 de la L.I., según la cual, no podrá autorizarse o reconocerse compatibilidad al personal funcionario, eventual o laboral, que pese a percibir retribuciones complementarias, éstas incluyan el factor de incompatibilidad al retribuido por arancel, y al personal directivo, incluido el sujeto a la relación laboral de carácter especial de alta dirección. (Artículo redactado de acuerdo con el apartado 2º de la Disposición Final Tercera de Ley 7/2007, de 12 de Abril del Estatuto Básico del Empleado Público).

Ahora bien, por excepción, y sin perjuicio de las limitaciones señaladas en los artículos 1.3 —protección de la imparcialidad e independencia del personal—, 11, 12 y 13 —incompatibilidades de actividades privadas— de la Ley 53/1984, podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30% de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad. Así se establece en el artículo 16.4 de la Ley 53/1984 (STS de 11 de marzo de 1994 y STSJ de Castilla-La Mancha, de 13 de junio de 1998).

— Las actividades privadas que correspondan a puestos de trabajo que requieran la presencia efectiva del interesado durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en las Administraciones Públicas, solo podrán autorizarse cuando la actividad pública sea una de las enunciadas en la Ley como de prestación a tiempo parcial.

— Que previamente se hubiera autorizado al afectado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad en el sector público y la suma de jornadas de ambos sea igual o superior a la máxima establecida en las Administraciones Públicas (cuarenta horas semanales). En estos supuestos, cuando como consecuencia de la suma de jornadas sea viable la compatibilidad, se deberá instar su reconocimiento respecto de los dos puestos de trabajo o actividades en el sector público.

A) Sobre el complemento específico.

Señala el artículo 16 de la L.I. en su apartado 1 que no podrá autorizarse o reconocerse compatibilidad alguna al personal que desempeñe puestos que comporten la percepción de complementos específicos o concepto equiparable, añadiendo en su apartado 4 que podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o conceptos equiparables, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad.

Las retribuciones básicas son las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias (art. 22.2, de la Ley 7/2007). Añade el artículo 23 de la misma Ley del EBEP que las retribuciones básicas, que se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, estarán integradas única y exclusivamente

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por: a) el sueldo asignado a cada subgrupo o grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga subgrupo. B) Los trienios, que consisten en una cantidad, …., por cada tres años de servicio.

Con estos elementos, procede determinar si el complemento específico que percibe el trabajador se encuentra dentro de los límites establecidos.

El trabajador NO percibe un complemento específico, por tanto, cumple a efectos de reconocimiento de compatibilidad.

B) Sobre el horario.

El artículo 12.2 de la L.I. establece que las actividades privadas que correspondan a puestos de trabajo que requieran la presencia efectiva del interesado durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en las Administraciones Públicas sólo podrán autorizarse cuando la actividad pública sea una de las enunciadas en esta Ley como de prestación a tiempo parcial.

El trabajador desarrolla una jornada a tiempo completo de 40 horas semanales. La jornada es prestada de lunes a viernes de 7:45 a 15:15 horas; y la de la actividad privada que pretende compatibilizar será de 10 horas semanales, a prestar los sábados y domingos, de 9:00 a 14:00 horas.

Por tanto, la jornada y la distribución de la misma es compatible con la que está obligado a prestar en este Ayuntamiento.

C) Sobre la competencia y el quórum

El artículo 22.2 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, establece que corresponde al Pleno las siguientes atribuciones: q) “las demás que expresamente le confieran las Leyes”. Y en este sentido el artículo 14 de la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas señala que el órgano competente para el reconocimiento de compatibilidad o declaración de incompatibilidad es el Pleno de la Corporación Local.

En cuanto al quórum necesario; como quiera que esta materia no está incluida entre los acuerdos para los que se precisa una mayoría especial recogida en el artículo 47.2 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local; habrá que estar a lo que se dispone en su apartado 1 que señala que los acuerdos de las corporaciones locales se adoptan, como regla general, por mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos.

D) Sobre el procedimiento.

El procedimiento para reconocer la compatibilidad es el siguiente (artículo 14 de la Ley 53//1984);

1.- El ejercicio de actividades profesionales laborales, mercantiles o industriales fuera de las Administraciones Públicas requiere el previo reconocimiento de compatibilidad, por lo que ésta ha de ser solicitada por los interesados.

2.- El reconocimiento de compatibilidad o la declaración de incompatibilidad corresponde al Pleno de la Corporación Local, mediante resolución motivada.

3.- Se exige informe previo.

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4.- La resolución se habrá de dictar en el plazo de dos meses.

5.- En cuanto a los efectos de silencio administrativo, la norma general contenida en el artículo 43.2 de la Ley 30/1992 de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que el silencio se entenderá positivo ya que no existe norma con rango de Ley o norma de derecho comunitario europeo que establezca lo contrario.

6.- Las resoluciones de compatibilidad se inscribirán en los registros de personal correspondientes.

PROPUESTA.

En virtud de lo anteriormente expuesto y a la vista de la solicitud formulada por el/la interesado/a se eleva la siguiente propuesta de RESOLUCION:

Primero. Proceder al reconocimiento de compatibilidad a favor de Dª María Kimberly Ortiz Afonso, Alumna-trabajadora aprendiz de cuidadora, con vínculo de personal laboral temporal, con contrato para la formación, del proyecto denominado “Althea” - Programa de Formación en alternancia con el empleo, cofinanciado por Servicio Público de Empleo Estatal y Fondo Social Europeo, con final previsto para el 29/09/2016; para el ejercicio de la actividad por cuenta ajena de Dependienta, en jornada de 10 horas semanales, a prestar sábados y domingos, de 9:00 a 14:00 horas, en Autoservicio “La Eskina”.

Segundo. Este reconocimiento quedará automáticamente sin efecto en caso de cambio de puesto en el sector público y está condicionado al estricto cumplimiento de la jornada y el horario en su puesto de trabajo en el programa antes indicado.

Tercero. La actividad privada que se compatibiliza no podrá comprometer la imparcialidad o independencia como empleado público, ni impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o perjudicar los intereses generales.

Cuarto. La jornada de trabajo y horario del interesado no podrá ser modificado para adaptarlo al del puesto que desea compatibilizar.

Quinto. El interesado no podrá invocar o hacer uso de su condición pública para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional.

Sexto. El ejercicio de la actividad compatible no servirá de excusa al deber de residencia, a la asistencia al lugar de trabajo que requiera su puesto o cargo, ni al atraso, negligencia o descuido en el desempeño de los mismos.

Séptimo. Dar traslado a la Dirección General de la Función Pública.

Octavo. Dar traslado a la Gerencia del organismo autónomo local Fundación para la Promoción del Empleo –titular del programa formativo-, para su debido conocimiento y efectos.”

Doña Fayna González García, en representación del Subgrupo Mixto Ingenio se Puede Ganar, dice que se trata de un derecho de los trabajadores y votará a favor.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular, manifiesta que el expediente está completo con todos los informes y que votarán a favor.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

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3.7.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES PARA INCLUSIÓN DE LA “DISTINCIÓN A LAS ACCIONES QUE PROMUEVAN LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES”.

La Concejala Delegada de Políticas Sociales e Igualdad, doña Elena Suárez Pérez, da lectura a la propuesta emitida el día 17 de febrero de 2016 por el Portavoz del Grupo de Gobierno, don Jesús Monzón Segura y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Hacienda el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“PROPUESTA DE MODIFICACION EN EL REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES, EL CUAL FUE APROBADO POR EL PLENO CORPORATIVO EN SESION DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 20015.

Habiéndose aprobado por el Pleno de la Corporación de fecha 25 de noviembre de 2015, la modificación del Reglamento de Honores y Distinciones de la Corporación, mediante la inclusión de nuevos reconocimientos, y habiéndose publicado en Boletín Oficial de la Provincia nº 153 de fecha 9 de diciembre de 2015, por la presente, se propone al Pleno de la Corporación la aprobación de una nueva modificación, añadiendo la siguiente distinción.

.- Distinción a las acciones que promuevan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, con el fin de reconocer la labor de colectivos, Organizaciones no Gubernamentales, o personas que destaquen por su trabajo y dedicación, con el objetivo de alcanzar una sociedad más justa e igualitaria en todos los ámbitos, sin distinción alguna. Dicha distinción será aprobada por el Pleno de la Corporación a propuesta de la Concejalía de Igualdad, y se hará entrega de la misma el 8 de marzo de cada año, con motivo del Día internacional de la Mujer.”

Doña Fayna González García, en representación del Subgrupo Mixto Ingenio Se Puede Ganar, dice que votará a favor al tratarse además de una buena idea.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular dice que también votarán a favor.

Don Juan José Gil Méndez, portavoz del Grupo Municipal Proyecto Somos-CC, manifiesta el voto favorable de su grupo toda vez que se trata de una idea favorecedora de la causa, y que podía haberse llevado con las anteriores modificaciones que han hecho del reglamento.

Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del Grupo Municipal Agrupa Sureste-NC, manifiesta igualmente el voto favorable de su grupo.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

4º.- COMISIÓN INFORMATIVA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS

4.1.-ACUERDO QUE PROCEDA, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE LAS ACTUACIONES A INCLUIR EN EL PLAN DE COOPERACIÓN CON LOS AYUNTAMIENTOS 2016-2019. ANUALIDAD 2016

El Concejal Delegado de Urbanismo, don Dámaso Vega Sánchez, da lectura a la propuesta emitida por el Técnico de Gestión el 18 de febrero de 2016, y dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“PRIMERO.-

1. Cumpliendo con lo establecido en la Base 10 de las que regulan la elaboración, aprobación, contratación, ejecución y seguimiento del Plan de Cooperación con los

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Ayuntamientos, se propone la inclusión de las siguientes actuaciones, cuyo detalle por anualidad, conceptos y financiación figura a continuación:

DENOMINACIÓN DE LA ACTUACIÓN

PPTO.

DISTRIBUCIÓN DE LA FINANCIACIÓN

CABILDO AYUNTAMIENTO

2016 2017 2018 2019 2016201

7201

82019

1.- Sección: Cooperación económica al establecimiento y adecuada prestación de los servicios mínimos obligatorios de competencia municipal.

1

MEJORA DE LA RED DE PLUVIALES Y REPAVIMENTACIÓN EN C/ FRANCISCO PÉREZ RAMÍREZ Y OTRAS

180.671,06180.671,0

6

2

TERMINACIÓN CASAS CONSISTORIALES AYUNTAMIENTO DE INGENIO. FASE XIII

60.378,71 60.378,71

3

REPARACIÓN ESTRUCTURAL E IMPERMEABILIZACIÓN DE DEPÓSITO DE AGUA DE INGENIO

80.000,00 80.000,00

4MEJORA DE LA RED DE ABASTECIMIENTO EN C/ ROSARITO Y OTRAS

56.327,34 56.327,34

5PENDIENTE DEFINICIÓN

317.377,11

6PENDIENTE DEFINICIÓN

317.377,11

7PENDIENTE DEFINICIÓN

317.377,11

Total Sección: 377.377,11377.377,11

317.377,11 317.377,11 317.377,11

2.- Sección: Cooperación económica a programas de dinamización y diversificación de la actividad económica en los municipios:

1

REPAVIMENTACIÓN PARA MEJORA DE SEGURIDAD VIAL EN C/ REPÚBLICA ARGENTINA Y OTRAS

200.000,00200.000,0

0

2PENDIENTE DEFINICIÓN

260.000,00

3PENDIENTE DEFINICIÓN

260.000,00

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4PENDIENTE DEFINICIÓN

260.000,00

Total Sección: 200.000,00 200.000,0

0260.000,00 260.000,00 260.000,00

TOTAL PCA 2016-2019 577.377,11 577.377,1

1577.377,11 577.377,11 577.377,11

2. Para la selección de estas actuaciones se han tenido en cuenta los déficits en infraestructuras y equipamientos locales existentes en el municipio.

SEGUNDO.-

a) Remitir al Excmo. Cabildo de Gran Canaria los proyectos de obra ya elaborados por el Servicio Técnico de este Ayuntamiento que se indican a continuación, con los presupuestos que, asimismo, se expresan:

NUMERO DENOMINACIÓN PRESUPUESTO

16.PCA.07.01 REPAVIMENTACIÓN PARA MEJORA DE SEGURIDAD VIAL EN C/ REPÚBLICA ARGENTINA Y OTRAS

200.000,00

16.PCA.07.02 MEJORA DE LA RED DE PLUVIALES Y REPAVIMENTACIÓN EN C/ FRANCISCO PÉREZ RAMÍREZ Y OTRAS

180.671,06

16.PCA.07.03 TERMINACIÓN CASAS CONSISTORIALES AYUNTAMIENTO DE INGENIO. FASE XIII

60.378,71

16.PCA.07.05 MEJORA DE LA RED DE ABASTECIMIENTO EN C/ ROSARITO Y OTRAS

56.327,34

b) Los proyectos de las restantes actuaciones, que se relacionan a continuación con expresión de sus respectivos presupuestos, se elaborarán por el Servicio Técnico de este Ayuntamiento y serán remitidos al Cabildo Insular con el oportuno acuerdo de aprobación de los mismos.

NUMERO DENOMINACIÓN PRESUPUESTO

16.PCA.07.04 REPARACIÓN ESTRUCTURAL E IMPERMEABILIZACIÓN DE DEPÓSITO DE AGUA DE INGENIO

80.000,00

TERCERO.- Aportar a la Corporación Insular certificación acreditativa de que todas y cada una de las obras a ejecutar se adecúan al planeamiento municipal vigente y cuentan con la disponibilidad de los terrenos así como con las autorizaciones, permisos y concesiones administrativas necesarias para el inicio de las obras dentro del ejercicio correspondiente.

CUARTO.- Este Ayuntamiento aportará con cargo a su presupuesto la cantidad de 0,00 (CERO) euros.

QUINTO.- Solicitar para este ayuntamiento la gestión de la competencia para la contratación, ejecución y seguimiento de las obras incluidas en el Plan de Cooperación con los Ayuntamientos por estimar que esta Corporación dispone de medios técnicos suficientes, aceptándola para aquellas actuaciones que el Cabildo Insular autorice en la condiciones y términos previstos en sus Bases reguladoras.

SEXTO.- El incumplimiento por parte de este Ayuntamiento en atender, en el momento adecuado, los pagos que se deriven de los compromisos aquí contraídos para la realización del Plan de Cooperación con los Ayuntamientos, faculta al Cabildo de Gran Canaria para que, sin

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requerimiento ni trámite alguno, pueda retener las cantidades necesarias de los recursos que le corresponden a esta Corporación provenientes del Bloque de Financiación Canario, o de cualesquiera otros impuestos que sustituyan a aquellos. Esta facultad se hará extensiva a aquellos supuestos en que, por causas imputables a la Corporación Municipal, no se pueda contar con la totalidad de la financiación prevista para las actuaciones incluidas en el Plan, en el importe en que tal financiación sea exigible.

SÉPTIMO.- Facultar al Sr. Alcalde de la Corporación Municipal para que, una vez sancionado definitivamente el Plan y resuelta su financiación, realizar los trámites que se precisen hasta la culminación del presente expediente.

OCTAVO.- El presente acuerdo se convertirá en definitivo, salvo que se produzcan incidencias que no puedan ser resueltas por esta Corporación”.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular, dice que se alegran desde el Partido Popular de que llegue dinero desde el Cabildo para Ingenio. En lo relativo a las obras, las hay como la reparación de los depósitos de agua que son importantes y antes había consignación. Se congratula de que ahora se prevea. Es importante también el asfaltado. Que votarán a favor.

Don Juan José Gil Méndez, portavoz del Grupo Municipal Proyecto Somos-CC, se dirige al concejal don Dámaso Vega y le manifiesta que se alegra por el hecho de que se invierta dinero en canalizaciones y alcantarillado. Que los otros depósitos de agua también están con deficiencias. Que igualmente debería valorarse la posibilidad de cambiar el césped del campo de fútbol Pancho Ramírez y que ve correcto el que se actúe sobre la Avenida de América. Que su grupo votará a favor.

Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del Grupo Municipal Agrupa Sureste-NC, dice que su grupo votará a favor del acuerdo.

Don Dámaso Vega Sánchez, Concejal de Urbanismo, argumenta que la retirada de la anterior partida en los depósitos de agua lo era por otros motivos, pero que siempre ha existido el compromiso de intervenir en los mismos. Que en el año 2017 se tiene previsto también intervenir en las zonas comerciales abiertas.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

4.2.- ACUERDO QUE PROCEDA, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE INCLUSIÓN EN EL CATALOGO DE INGENIO EL BIEN DENOMINADO CUEVA DE LOS CLÉRIGOS.

Se aclara que existe error en la transcripción del título del asunto a tratar, que la propuesta redactada hace referencia al título siguiente PROPUESTA AL PLENO CORPORATIVO PARA PROMOVER LA PROTECCIÓN COMO BIEN DE PATRIMONIO HISTÓRICO DEL INMUEBLE CONOCIDO COMO LA “CUEVA DE LOS CLÉRIGOS”. El Alcalde-Presidente hace saber al Pleno Corporativo que la importancia del asunto radica en que expertos de la Universidad han descubierto la posible existencia de un gran tubo volcánico en la citada cueva, que se dice tiene una gran superficie que puede considerarse de las mayores de Canarias, y ya se han encontrado vestigios y fósiles de importancia.

La Concejala Delegada de Medio Ambiente, doña Sebastiana Francica Ramos Melian, da lectura a la propuesta emitida por el Coordinador del Área de Medio Ambiente, el 17 de febrero de 2016, y dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Consta informe emitido por el Coordinador del Área de Medio Ambiente de fecha 17 de febrero de 2016, en el que se justifica la necesidad de promover la protección como bien de Patrimonio Histórico del inmueble conocido como la “Cueva de los Clérigos”, localizado en la zona de El Calvario, Barrio de El Sequero, de este término municipal, atendiendo al indudable interés que presenta el tubo volcánico que constituye la mencionada cueva, tanto para la

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sociedad actual como para las generaciones venideras, en relación con el conocimiento científico de la Isla y el Archipiélago; con la comprensión de los procesos geológicos de génesis y desarrollo del edificio insular; con la fauna troglobia que ya ha sido descubierta, así como la que podría albergar; con los registros fósiles descubiertos y la información que podrían aportar sobre la evolución histórica del medio natural insular, así como con la información que podría contener en relación con el paleocllima de la Isla, y asumiéndose el valor del inmueble que se expresa en el mismo.

Visto que en dicho informe se propone la inclusión del bien en el Catalogo del Patrimonio Arquitectónico de este municipio y toda vez que en la actualidad está en trámite de aprobación definitiva la Revisión de dicho documento, con lo que hasta que no se finalice esta fase no es posible introducir nuevos elementos a proteger, se propone al Pleno Corporativo, la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Reconocer el interés paleontológico del Tubo Volcánico “Cueva de los Clérigos” y promover la posible consideración como Bien de Patrimonio Histórico que permita la determinación de un régimen de protección y tutela del mismo.

SEGUNDO: Solicitar al Cabildo de Gran Canaria y a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, la documentación y/o referencias bibliográficas de que pudieran disponer, relacionadas con la “Cueva de Los Clérigos”, al objeto de dar contenido a la Ficha Descriptiva del Bien Inmueble que formara parte integrante de la documentación que se incorpore al Catálogo Municipal con el valor de Bien Inmueble de Interés Paleontológico, en el momento procedimental que corresponda.

TERCERO: Solicitar al Cabildo de Gran Canaria, la inclusión del reseñado bien en la Carta Paleontológica Insular a que se refiere la Ley 4/1999, de Patrimonio Histórico de Canarias, o en su defecto, en cualquier otra Carta de naturaleza similar y de ámbito Insular.”

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular muestra su voto favorable y que espera se convierta en otro punto de interés para el municipio.

Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, en representación del Grupo Municipal Proyecto Somos-CC, dice que su grupo votará a favor. Hace mención al hecho de que en Carrizal también existe un tubo volcánico que se encuentra abierto, con el peligro que ello supone y que se hace necesario intervenir en el mismo.

Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del Grupo Municipal Agrupa Sureste-NC manifiesta el voto favorable de su grupo y que hay que estar orgullosos de defender el patrimonio.

Cierra el debate el Sr. Alcalde-Presidente y argumenta que han sido el Cabildo de Gran Canaria y la Universidad los que han iniciado este tema y siguen trabajando sobre él, solicitando la colaboración del Ayuntamiento que han recibido en todo momento. Que este es un paso más.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

4.3.- ACUERDO QUE PROCEDA, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE DESIGNACIÓN DE LAS FECHAS PARA LAS FIESTAS LOCALES EN EL AÑO 2017.

La Concejala Delegada de Festejos, doña Sebastiana Ramos Melián, se da lectura a la propuesta emitida el 17 de febrero de 2016, y dictaminada en la Comisión Informativa de Servicios el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“En materia de fiestas locales, la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, a propuesta del Pleno del Ayuntamiento, es la competente para determinar los dos días, de cada año natural, que le corresponden a cada municipio como

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tales, publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma (Art. 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación del jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos; y artículo 6.A) d) del Decreto 98/2013, de 26 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio).

Con la finalidad de que se proceda por la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias a iniciar la tramitación del Proyecto de Orden por el que se determinan las fiestas locales para el próximo año 2017, se propone al Pleno Corporativo la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero: Designar los dos días de fiesta local que a continuación se indican para su inclusión en la disposición que al efecto se dicte:

Jueves 02 de febrero de 2017, festividad de Nuestra Señora de la Candelaria

Jueves 29 de junio de 2017, festividad de San Pedro

Segundo: Que se de traslado del certificado acreditativo del acuerdo adoptado a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, para su conocimiento y a los efectos reseñados”.

No existiendo intervenciones al respecto, se somete a votación la trascrita propuesta, la cual acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

4.4.- ACUERDO QUE PROCEDA, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE APOYO A LA CANDIDATURA “ISLAS CANARIAS, OLAS DE JUVENTUD 2019” COMO CAPITALIDAD EUROPEA DE LA JUVENTUD 2019.

El Concejal Delegado de Juventud don Cristopher Rodríguez Rodríguez, da lectura a la propuesta emitida el 12 de febrero de 2016, y dictaminada en la Comisión Informativa de Servicios el 22 de febrero de 2016, cuyo contenido es el siguiente:

“La Capitalidad Europea de la Juventud (European Youth Capital EYC) es un título

otorgado desde 2009 por el European Youth Forum (Consejo Europeo de la Juventud) a una población, durante el período de un año, en el cual se le da la oportunidad de mostrar, a través de un programa multifacético, su vida cultural, social, política y económica relacionada con la juventud.

La iniciativa EYC tiene como objetivo principal fortalecer la relación entre los niveles europeos y locales, fomentando la participación de los jóvenes en el ámbito local mediante la aplicación de los objetivos europeos comunes en el área de juventud.

Hasta ahora ninguna ciudad española ha sido elegida. En esta ocasión, se presenta una candidatura liderada por el Consejo de la Juventud de Canarias que coloque a nuestra región ultraperiférica en el centro del mapa de la juventud europea, y además, estimule el sentimiento europeísta de nuestros jóvenes como parte integrante e importante de la Unión.

Un proyecto dinamizador de estas dimensiones pretende unir a la juventud de las siete islas compartiendo y rotando las actividades que se propongan por todo el territorio, a la vez que desarrolla el trabajo en red entre las distintas administraciones canarias con competencias en materia de juventud. La capitalidad será para toda Canarias y rotará por las capitales de las siete islas y a su vez, de estas hacia todos el territorio archipielágico.

Ahora, el Gobierno, los Cabildos y los Ayuntamientos tenemos la misión de revitalizar las políticas de juventud, y la capitalidad europea resultaría un contexto ilusionante para aunar esfuerzos potenciando el papel de la juventud en la sociedad canaria.

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Establecer un diálogo estructurado entre las administraciones y los jóvenes, potenciar el asociacionismo y la participación juvenil, y en general el protagonismo de la juventud en las decisiones políticas que les afectan es uno de los objetivos principales de nuestra misión, en una región europea a veces aislada y afectada por uno de los porcentajes de precariedad y desempleo juveniles más altos.

La Capitalidad Europea es un excelente marco para implicar en el trabajo en favor de la juventud al resto de los sectores y agentes sociales, públicos y empresariales de las islas.

El enriquecimiento se produce en los dos sentidos: hacia afuera, en la proyección de nuestro territorio hacia el resto de Europa, dándonos a conocer como región ultraperiférica y como cruce de culturas tricontinental. Durante 2019 nuestras ciudades se convierten además, en el lugar idóneo para acoger cualquier tipo de conferencias nacionales o internacionales relacionada con la juventud. Es una gran oportunidad para aumentar nuestra visibilidad y notoriedad a escala europea.

A la vez permitirá el desarrollo de sinergias y proyectos locales cuya influencia y desarrollo perdurarán mucho más allá del año en cuestión, beneficiando al conjunto de la juventud canaria a largo plazo.

Por todo lo anteriormente expuesto, se propone al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes

ACUERDOS:

1.- Apoyar a la candidatura 'Islas Canarias, Olas de juventud 2019' (Canary Islands, Waves of Youth 2019), impulsada por la Dirección General de Juventud del Gobierno de Canarias a propuesta del Consejo de la Juventud de Canarias, que tiene como objetivos fundamentales activar las políticas de juventud, así como propiciar que la juventud de una región ultraperiférica como el Archipiélago canario se sienta integrada y se la reconozca como parte importante de Europa.

El espíritu de esta candidatura es el desarrollo, con carácter rotatorio por todo el territorio insular que se caracteriza por su lejanía y fragmentación, de un proyecto común que sirva para unir a la juventud de toda Canarias. Con esta iniciativa se pone de manifiesto la necesidad de impulsar el papel de los jóvenes en la sociedad, y, sobre todo, su intervención directa en las decisiones políticas que les incumben.

2.- Dar traslado del presente acuerdo a la Dirección General de la Juventud del Gobierno de Canarias, a los efectos oportunos”.

Doña Fayna González García, en representación del Subgrupo Mixto Ingenio Se Puede Ganar, manifiesta que se trata de una muy buena iniciativa para la región y que por tanto votará a favor.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del Subgrupo Mixto Partido Popular, dice que han existido ya iniciativas anteriores en el mismo sentido, y que su grupo votará a favor.

Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, en representación del grupo municipal Proyecto Somos-CC, argumenta que es bueno que los jóvenes conozcan de otras culturas y que otras culturas sepan quienes son los canarios. Que votarán a favor.

Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del grupo municipal Agrupa Sureste-NC expresa el voto favorable al acuerdo.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

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4.5.- ACUERDO QUE PROCEDA, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE NOMINACIÓN DEL PARQUE DE LA HOYETA COMO “PARQUE CARMELO GIL ESPINO”.

Este asunto quedó sobre la mesa.

4.6.-ACUERDO QUE PROCEDA, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO COMO PREGONERO DE LAS FIESTAS DE AGOSTO 2016 A D. SANTIAGO RODRÍGUEZ DOMÍNGUEZ.

La Concejala Delegada de Festejos, doña Sebastiana Ramos Melían, da lectura a la propuesta emitida el 17 de febrero de 2016, y dictaminada en la Comisión Informativa de Servicios el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Atendiendo a la petición presentada el C.F. Unión Carrizal, y la Comisión para la Recuperación de la Memoria Histórica, Social y Deportiva de dicha entidad, los cuales están desarrollando un proyecto en tal sentido, en la cual proponen que el Pregonero de las Fiestas de Ntra. Sra. del Buen Suceso y San Roque, Agosto 2016, sea realizado por el que fuera Cura Párroco de Carrizal, D. Santiago Rodríguez Domínguez, atendiendo a las razones que en dicho documento se detallan.

Entendido como válidos tales argumentos, y que se dan las condiciones necesarias para considerar dicha solicitud, y que además la Comisión de Fiestas se muestra favorable a dicha solicitud cuando se le ha dado traslado de la misma, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:

ACUERDO: Nombrar al que fuera Cura Párroco de Carrizal, D. Santiago Rodríguez Domínguez, para que sea el encargado de realizar el Pregón de las Fiestas de Ntra. Sra. del Buen Suceso y San Roque, Agosto, 2016”.

Doña Fayna González García, en representación subgrupo mixto Ingenio se Puede Ganar, expresa su voto favorable.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del subgrupo mixto Partido Popular muestra el voto favorable de su partido a la propuesta del CF. Unión Carrizal. Que ha escuchado a las personas mayores hablar de don Santiago Rodríguez y que dejó su impronta.

Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, en representación del grupo municipal Proyecto Somos-CC, dice que su grupo votará a favor. Que se alegra de la propuesta del C.F. Unión Carrizal y quiere hacer mención a que él cuando niño formó parte del club proponente de la iniciativa y del quehacer diario de los niños y la juventud del club y del Carrizal. Que la persona propuesta se merece el reconocimiento propuesto.

Cierra el debate el Sr. Alcalde-Presidente argumentando que la propuesta se trae a petición de la Comisión Organizadora del C.F. Unión Carrizal. Que se alegra por don Santiago Rodríguez, al que además conoce personalmente por haber sido su profesor de latín.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

5º.- MOCIONES DICTAMINADAS .

5.1.- MOCIÓN CONJUNTA PRESENTADA POR LOS GRUPOS MUNICIPALES PARTIDO SOCIALISTA Y FORUM DRAGO, CON FECHA 16/02/2016, CON REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO 2.191, DENOMINADA “CONMEMORACION DEL 8 DE MARZO DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER”.

Por la Concejala Delegada de Igualdad, Dña. Elena Suárez Pérez se da lectura a la moción presentada por el portavoz de su grupo, con fecha 16 de febrero de 2016, y

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dictaminada en la Comisión Informativa de Servicios el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente

“Conmemoramos el 8 de marzo con el carácter reivindicativo que el Día Internacional de las Mujeres entraña. Este año hacemos nuestro el concepto de Naciones Unidas sobre igualdad sustantiva que consiste en convertir la igualdad nominal de nuestras leyes en una igualdad real. Para alcanzarla, hay que actuar en tres esferas interrelacionadas: corregir la situación socioeconómica se ha situado a las mujeres, luchar contra los estereotipos machistas y todas las manifestaciones de violencia de género y trabajar por el fortalecimiento de la representatividad y la participación de las mujeres. Para alcanzar la igualdad sustantiva, no sólo es necesario hacer más, sino hacerlo mejor.

Ese hacerlo mejor tiene un punto de partida: encarar los problemas y llamarlos por su nombre, encarar las soluciones y llamarlas por su nombre. El problema se llama discriminación, desigualdad, patriarcado. Un problema que va en aumento. En la última legislatura se han disparado todas las brechas de género, decenas de mujeres son asesinadas cada año y también cada año aumenta el número de menores asesinados, hijos e hijas de maltratadores. El discurso machista campa a sus anchas y se han hecho habituales los hostigamientos a las feministas y a las defensoras de los derechos de las mujeres.

La solución a la profunda desigualdad entre hombres y mujeres se llama feminismo. Han sido muchos los intentos de eliminar la consistencia ideológica y la tradición política e intelectual del feminismo así como su larguísima lucha social. Es hora de hablar claro y de dar soluciones. El humo y la confusión no son, no deberían ser, instrumentos políticos.

En ese camino hemos conseguido: la Ley Integral contra la Violencia de Género, la Ley de Igualdad, la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, la Ley de Matrimonio entre personas del mismo sexo, la Ley de Dependencia, el Plan Concilia, el Plan de Educación 0-3, la implantación de la coeducación y la educación para la ciudadanía.

Son éxitos que recordamos con emoción, con orgullo. Todas las leyes, todos los avances fueron pasos decisivos hacia una sociedad más digna, más justa. Fueron cambios que mejoraron la vida de las personas, que mejoraron nuestra sociedad.

Además del orgullo de lo conquistado, nuestra historia nos empuja a seguir reivindicando y proponiendo soluciones que comienzan incluyendo la igualdad como eje prioritario de actuación que además, se extienda de forma transversal al resto de acciones políticas.

Lo decía Clara Campoamor cuando pedía el voto femenino: “La República no puede defraudar a las mujeres”. La democracia, tampoco. La democracia no puede defraudar a las mujeres. Queremos una sociedad de hombres y mujeres que puedan soñar con hacer realidad sus proyectos vitales, sus proyectos profesionales, que tengan la posibilidad de decidir qué quieren estudiar, dónde quieren vivir, qué tipo de familia quieren construir, a quién quieren amar, cómo pueden ser felices. Queremos una sociedad en la que las mujeres vivan libres de violencia. Una sociedad que vamos a construir, en honor a Campoamor, sin fraudes ni defraudaciones. Una sociedad en la que nadie se queda fuera, en la que nadie se queda atrás. Siempre contra el machismo.

Por todas estas razones, el Grupo municipal Socialista y Forum Drago en el Ayuntamiento de Ingenio, proponen al Pleno la aprobación de la siguiente moción y adoptar los siguientes acuerdos:

1. Impulsar un gran Pacto Institucional, Político y Social contra la violencia de género, un Pacto de Estado que consiga erradicar la manifestación más extrema de la desigualdad.

2. Promover una economía que apueste por la igualdad y que elimine las barreras en el acceso al empleo, la permanencia y la promoción, que acabe con las diferencias salariales y la rémora histórica de que las mujeres se responsabilicen casi en exclusiva de los cuidados.

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3. Promover una democracia paritaria, una democracia participativa para la que es necesario realizar un nuevo pacto social que incluya a las mujeres. Un Pacto de Género que suponga el reconocimiento de la plena ciudadanía y tenga por objetivo conseguir la representación equilibrada entre hombres y mujeres en todos los ámbitos, en todas las instituciones. Sin las mujeres no hay democracia.

4. Articular los mecanismos necesarios para acabar con la prostitución y la trata de seres humanos con fines de explotación sexual, manifestaciones de la violencia de género. Incluye trabajar en la erradicación de una de las más crueles y esperemos últimas formas de esclavitud.

5. Establecer un sistema coeducativo que garantice la formación en Igualdad entre los sexos en todos los niveles (desde infantil hasta la universidad), que incorpore los intereses, conocimientos e historia de las mujeres en el currículo; que proporcione una formación afectivo-sexual que contemple la perspectiva de género desde los primeros ciclos y enseñe a resolver los conflictos de forma pacífica y no sexista, de manera que sea la mejor prevención contra la violencia de género.

6. Amparar la libertad de elección de las mujeres sobre su maternidad, reconocer y respetar los derechos sexuales y reproductivos.

Dar traslado de la presente moción a la FECAM, FEMP, FECAI, ICI ( Instituto Canario de Igualdad) y a la Consejería de Igualdad del Cabildo de Gran Canaria, con el objeto de que den el impulso necesario a las medidas que se proponen en los acuerdos citados anteriormente”.

Dña. Elena Suárez sugiere la posibilidad de darle carácter institucional a la moción expuesta.

Doña Fayna González García, en representación del subgrupo mixto Ingenio se Puede Ganar manifiesta es necesario aprovechas el Día Internacional de la Mujer para reflexionar sobre los avances logrados. Que como no puede ser menos apoya la moción y votará a favor.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del subgrupo mixto Partido Popular muestra el voto favorable de su partido, ya que hay que buscar pactos y acuerdos o soluciones dejando de lado las diferencias. En este asunto así debe ser.

Doña Maria del Carmen García González, en representación del grupo municipal Proyecto Somos-CC, dice que están a favor de todo lo que se haga que implique una lucha contra la violencia de género. Que es obligación de los partidos políticos apoyar dicha lucha. Que su grupo votará a favor del acuerdo.

Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del grupo municipal Agrupa Sureste-NC, expone que su grupo votará a favor y que le parece bastante interesante las acciones que se recogen en el punto 2 del acuerdo.

Sometida a votación la moción trascrita, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos, haciéndole además institucional.

5.2.- MOCIÓN CONJUNTA PRESENTADA POR LOS GRUPOS MUNICIPALES PARTIDO SOCIALISTA Y FORUM DRAGO, CON FECHA 17/02/2016, CON REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO 2.243, DENOMINADA “EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL PUEBLO SAHARAUI”.

Por la Concejala Delegada de Solidaridad doña Sebastiana Francisca Ramos Melián, da lectura a la moción presentada de forma conjunta por los grupos municipales PSOE y FORUM DRAGO el 17 de febrero de 2016 y dictaminada en la Comisión Informativa de Servicios el 22 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Exposición de motivos

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Cumplidos ya los 55 años de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales y en el año que la Organización de las Naciones Unidad cumple 71 años.

Transcurridos ya 41 años desde el abandono por parte de España del Sáhara Occidental y siendo en la actualidad un territorio No Autónomo pendiente de descolonización, sometido además a una ocupación ilegal por parte de Marruecos.

Correspondiendo a las Naciones Unidas y a sus Estados miembros la responsabilidad principal en materia de descolonización y teniendo el Consejo de Seguridad la máxima responsabilidad en la búsqueda de una solución justa y definitiva, acorde con la Carta fundacional de las NNUU y las múltiples resoluciones en las que el Pueblo Saharaui tiene reconocido el derecho a la autodeterminación.

Considerando que existe una enorme preocupación por la violación de los Derechos Humanos en el Sáhara Occidental, expresada en las resoluciones de la ONU, al igual que en los informes del Relator de la ONU contra la Tortura y las reiteradas denuncias de delegaciones de observadores internacionales que han visitado los Territorios Ocupados del Sáhara Occidental. Esta situación crea un clima de represión y de intimidación en la población saharaui, que sufre todo tipo de vulneraciones en sus derechos políticos, sociales y económicos. Las torturas, las detenciones ilegales, los juicios sin garantía, las condenas injustas, la prohibición de la presencia de observadores de Derechos Humanos en el Territorio está creando un clima de violencia que sólo consigue agravar la situación. Especialmente grave ha sido el juicio militar contra 25 activistas saharauis del Campamento de Gdaym-Izik con condenas perpetuas, y a 30 años, 25 años y 20 años de prisión, vulnerándose las mínimas garantías procesales de los detenidos y denunciándose las torturas y la ausencia de pruebas, como han informado los observadores internacionales presentes en el juicio.

Igualmente preocupante es el expolio de las riquezas naturales, que, de manera ilegal, se viene produciendo en el territorio del Sáhara Occidental y que vulneran los derechos económicos de la población saharaui.

Constatando las enormes dificultades para solventar las necesidades de carácter humanitario en los Campamentos de Refugiados de Tinduf, que están a punto de provocar una catástrofe humanitaria. Las carencias alimentarias, sanitarias, abastecimiento de agua, equipamientos sociales y educativos y de necesidades básicas están llevando a la población refugiada a una situación de desesperación, agravándose todo ello por la disminución de la ayuda humanitaria de los países donantes como consecuencia de la crisis económica y los recortes sociales y presupuestarios.

Existiendo una responsabilidad histórica, política y jurídica del Estado Español al haber firmado con Marruecos y Mauritania los ilegales acuerdos tripartitos de Madrid en 1975 y en su calidad de potencia administradora de iure del territorio y miembro del grupo de Países Amigos del Secretario General para el Sáhara Occidental, además de miembro no permanente del Consejo de Seguridad de la ONU durante el mandato 2015/2016.

Reafirmando que Canarias tiene una especial sensibilidad con la causa y la tragedia del Pueblo Saharaui, por su cercanía geográfica y por las tradicionales e históricas relaciones sociales, económicas, educativas y comerciales, que siempre se mantuvo desde la época de la Colonia durante decenas de años. La Comunidad Canaria está muy interesada en que se avance a una urgente solución de este largo conflicto que sólo se puede garantizar en el marco del respeto a la legalidad internacional, las resoluciones de las Naciones Unidas y el respeto a los irrenunciables derechos del Pueblo Saharaui a vivir en paz y en libertad en su Territorio.

Los grupos políticos que suscriben esta moción piden al Pleno la adopción de los siguientes

Acuerdos

1. Reiterar el apoyo al derecho que tiene reconocido el Pueblo Saharaui a la Autodeterminación y al ejercitarlo a través de un Referéndum libre, democrático y donde se planteen todas las opciones, tal como reconoce el Derecho Internacional y,

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sobre todo, las reiteradas resoluciones de la ONU. El conflicto tiene su origen en un proceso de descolonización que no ha concluido, por lo que cualquier fórmula que no respete este principio se aleja de una solución efectiva y realista.

2. Mostrar la preocupación por la violación de los Derechos Humanos en los Territorios Ocupados que se ejercen sobre la población civil saharaui del Sáhara Occidental e instar el cese inmediato de la represión, la libertad de todos los presos políticos saharauis defensores de los DD.HH., el fin del expolio de los recursos naturales y el acceso al territorio de observadores internacionales. En este sentido es esencial la ampliación del mandato de la Minurso para garantizar el respeto de los Derechos Humanos en el Territorio y que la ONU garantice no sólo el alto el fuego, sino que evite la vulneración de los Derechos Humanos, hasta la celebración del Referéndum. Igualmente se exige la anulación del juicio militar contra los 25 activistas del Campamento de Gdaym-Izik y la libertad inmediata de todos los detenidos.

3. Hacer un llamamiento al Gobierno de España, al Gobierno de Canarias y a todas las instituciones canarias para incrementar los proyectos de ayuda humanitaria destinados a paliar las graves carencias de productos básicos en los campamentos de refugiados, sobretodo en alimentación, salud, educación, vestidos calzados y servicios básicos, agravadas por las recientes inundaciones que han destruido en su totalidad el Campamento de Dajla.

4. Solicitar del Gobierno de España el reconocimiento efectivo del Frente Polisario, como representante legítimo del Pueblo Saharaui, tal como lo considera la ONU, y facilite y otorgue a sus representantes el mismo status diplomático del que goza la Misión Diplomática Palestina en el Reino de España, con el objeto de facilitar sus iniciativas políticas y humanitarias en nuestro país orientadas a responder a las necesidades del Pueblo Saharaui.

5. Demandar del Gobierno de España una postura mucho más activa, como antigua potencia colonial y administrador de iure del Territorio, en la defensa de las resoluciones de la ONU para la celebración del Referéndum de Autodeterminación, el respeto a los Derechos Humanos en el Sáhara Occidental, y el fin del expolio de los recursos naturales, instando para ello tanto a la ONU como a la UE al cumplimiento de la legalidad internacional, así como al Gobierno de Marruecos.

6. Dirigir los presentes acuerdos a:

Secretario General de la ONU. Presidencia de la Comisión Europea. Presidencia del Parlamento Europeo. Casa Real Española. Palacio de la Zarzuela. Carretera del Pardo s/n. 28071

Madrid. Presidencia del Gobierno. La Moncloa. Avenida Puerta del Hierro s/n. 28071

Madrid. Ministerio de Asuntos Exteriores. C/. Serrano Galvache 26 (28033 Madrid). Misión Permanente de España ante Naciones Unidas. 245 st47th Sreet,36 th

Floor. New York. NY 10017 (USA)”

Doña Fayna González García en representación del subgrupo mixto Ingenio Se Puede Ganar, dice se suma a la moción presentada y que le gustaría que fuese contundente la repulsa a la represión que Marruecos está realizando sobre el Sáhara y a la constante violación de los derechos humanos. Además desde su formación política quiere también resaltarse el expolio de los recursos naturales del Sáhara occidental que viene realizando Marruecos.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del subgrupo mixto Partido Popular, manifiesta que su grupo votará a favor. Que este asunto del Sáhara ya ha sido tratado en muchos Plenos. Que el pueblo saharaui tiene derechos y no tiene que ser

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reprimido, y que no puede entender que aún a fecha de hoy el referéndum de la ONU sobre el Sáhara no salga adelante.

Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, en representación del grupo municipal Proyecto Somos-CC, argumenta hay que incidir en primer lugar que se insta a la remisión de la moción a la ONU, que es la principal incumplidora y que apoya a países que, por ejemplo, no respetan los derechos de las mujeres, así como a la Casa Real, cuando el anterior Rey de España se refería al Rey de Marruecos como su hermano.

Que hay que hacer historia al respecto del Sáhara. Que aún hoy hay saharauis que tienen la doble nacionalidad saharaui/española porque aún no está claramente definida. Que la culpa de lo que pasa en el Sáhara la tiene España y los políticos españoles que han estado en su día gobernando. Que existen dos tribus en el Sáhara que sí aceptaron la dominación de Marruecos. Que en el Sáhara tenemos lo que España ha sembrado. Que el territorio saharaui aún hoy es territorio español porque España no ha renunciado a ellos. Finaliza su intervención deseando que ojalá algún día el Sahara sea libre y recuerde al pueblo canario como pueblo amigo suyo.

Cierra el debate el Sr. Alcalde-Presidente manifestando que son más de 41 años intentando buscar una solución al conflicto que están viviendo en un espacio compartido, y que lo que se intenta conseguir es que se respeten los derechos humanos y se resuelva el referéndum del Sáhara.

Sometida a votación la moción trascrita, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.

5.3.- MOCIÓN PRESENTADA POR DÑA. FAYNA GONZÁLEZ GARCÍA, CONCEJALA DE INGENIO SE PUEDE GANAR, CON FECHA 17/02/2016, CON REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO 2.255, DENOMINADA “CREACIÓN DE UN SERVICIO DE COWORKING PARA AUTÓNOMOS Y EMPRENDEDORES”.

Por la Concejala de Ingenio Se Puede Ganar, doña Fayna González García, explica el contenido de la moción presentada por su partido y descrita en el enunciado, cuyo tenor literal es el siguiente:

“FUNDAMENTO:

El coworking es una innovadora tendencia surgida y motivada fundamentalmente para restar los altos costes que suponen los alquileres de oficinas. Se trata de un movimiento que está cambiando el modo de trabajar y la forma de interactuar en los espacios de trabajo. Los espacios de coworking son un reflejo de la aparición de nuevos modelos y nuevas expectativas en el mundo de los negocios y en la sociedad en general.

Estos espacios de trabajo permiten a autónomos, startups, etc. profesionales de diferentes disciplinas y sectores, compartir los costes fijos propios de una oficina (electricidad, agua, internet, seguro, limpieza, etc.) con el consiguiente ahorro. Además se proporciona otra serie de servicios tales como (sala de reuniones, escritorio individual…).

Los beneficios que conlleva la actividad del coworking entre lo/as profesionales podrían suponer la creación de sinergias o colaboraciones entre estos; networking (trabajo de red o gestión de la red de contactos). Se trata de pertenecer a una comunidad de individuos abiertos al intercambio de ideas, proyectos, conocimiento y colaboración.

El coworking ofrece una solución para el problema de aislamiento y de sobrecostes inasumibles para muchas trabajadoras y trabajadores independientes, e incluso microempresas. Esta experiencia está dando muy buenos resultados en otras ciudades y municipios de este país, con iniciativas tanto pública como privada.

La idea de esta propuesta se orienta hacia el apoyo a los emprendedores en el inicio de sus proyectos, por lo que los seis primeros meses, el trabajador puede utilizar las

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instalaciones de forma gratuita. Posteriormente comienza a pagar una tarifa y, pasado un tiempo en el que el proyecto ya ha madurado, dejaría las oficinas.

PROPUESTAS:

PRIMERA.- Destinar un espacio municipal que pueda reunir los requisitos necesarios (elaborando un informe técnico que detalle las condiciones de este servicio municipal) para el adecuado funcionamiento de los coworkers.

SEGUNDA.-. Creación de una “Zona[Co]” en la web del Ayuntamiento de Ingenio para dar difusión de la información y requerimientos para acceder a dicho espacio coworking.

TERCERA.-. Creación de una Comisión que elabore los diferentes criterios (plazo de sesión del espacio individual, selección, cantidad económica a abonar por el beneficiario, etc.).

CUARTA. - Fijar una lista de precios adecuada y coherente con las realidades económicas existentes que permitan a las personas interesadas acceder al mismo. Los precios serán accesibles y se compararán con otros existentes en la isla de Gran Canaria”.

El Grupo proponente de la Moción acepta la enmienda presenta por el Grupo de Gobierno de que la idea de coworking no sólo sea participación y decisión política, sino que sea con el aval de los demandantes y se cuente con la participación de las asociaciones empresariales del municipio y la entidad de conservación del polígono industrial de Las Majoreras, para que sea mejor y real el desarrollo de los demandantes de coworking.

Interviene el Concejal Delegado de Comercio, Industria, Empleo y Desarrollo Económico Local don José López Fabelo, y agradece a la Concejala proponente el que haya aceptado introducir la enmienda. Que además la moción debería incorporar en el título el de recuperación del vivero de empresas. El grupo de gobierno ha avanzado bastante en este sentido con la iniciativa privada y colaborando activamente con el gran dinamizador de esta iniciativa que es el Cabildo de Gran Canaria. Que se quiere llegar más lejos y no sólo puestos de trabajo compartido sino también con la oferta alojativa y aprovechando también las actividades que pueden realizarse en la Playa del Burrero donde pueden desarrollarse deportes náuticos y en el medio rural. Apoyaran la moción.

Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en representación del subgrupo mixto Partido Popular, dice que se alegra de la moción presentada y que el Partido Popular en su programa electoral lleva medidas parecidas, por lo que por coherencia votarán a favor. Que ya existen algunos ejemplos como en el municipio de Los Realejos, que gobierna el Partido Popular, que han desarrollado acciones en esta materia.

Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, en representación del grupo municipal Proyecto Somos-CC, argumenta que las palabras y conceptos que en la moción vienen en inglés, sean traducidos al castellano. Que hay que potenciar a los trabajadores autónomos. Los autónomos en España quieren ser como en el resto de los países europeos. Que todo en esta vida se traduce en dinero. Hace mención al exceso de dinero que los usuarios de determinados servicios están pagando, como ocurre por ejemplo con el suministro del gas. Que hay que bajar los impuestos y ayudar a los autónomos. Que estas ideas que se contienen en la moción están bien y son buenas, pero que para los autónomos de nada sirven porque tienen muchos gastos.

Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del grupo municipal Agrupa Sureste-NC, postula el voto favorable de su grupo, y que debe hacerse más apología del castellano y debería llamarse si se pone en marcha a nivel municipal como oficina de cotrabajo.

Cierra el debate el Sr. Alcalde-Presidente para manifestar que efectivamente ya en la Junta de Portavoces se comentó que se tenía que eliminar los términos anglosajones que se contienen en la moción.

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Sometida a votación la moción trascrita, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos

6º.-ASUNTOS DE URGENCIA.

A continuación, el Sr. Alcalde-Presidente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 91.4 del ROF, pregunta si se desea someter a consideración del Ilustre. Ayuntamiento Pleno, por razones de urgencia, algún asunto que no figure en el orden día:

6.1.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE COMPATIBILIDAD PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS AL EMPLEADO MUNICIPAL DON JORGE PÉREZ ROMÁN.

El Concejal Delegado de Personal y Régimen Interior, don Juan Rafael Caballero Lozano justifica la urgencia del asunto en que el expediente se terminó de completar después de celebradas las Comisiones Informativas y hay premura en conceder la compatibilidad para que no tenga que estar esperando al próximo Pleno, y sometida a votación la urgencia, se aprueba por unanimidad de los presentes en que constituyen mayoría absoluta legal y por tanto, con los requisitos exigidos en el art. 94.C), del Reglamento Orgánico de la Corporación y art. 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre.

El mismo Concejal Delegado de Personal y Régimen Interior, da lectura al informe-propuesta emitido por el técnico del Departamento del Área de Recursos Humanos, el día 26 de febrero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Antecedentes.

Solicitante: D. Jorge Pérez Román Solicitud: R.E. núm. 183, de 08/01/2016.

Actividad pública en esta Administración:

Profesor titular

Personal laboral temporal, con contrato para obra o servicio determinado, en Programa de Formación en alternancia con el empleo-Garantía juvenil denominado “Azahar”, cofinanciado por Servicio Público de Empleo Estatal y Fondo Social Europeo.

Período de contratación: De 16/12/2015 a 29/09/2016 (9 meses, 14 días)

Complemento específico: 180,00 euros mes

Jornada 40 horas semanales. La jornada laboral se desarrolla de lunes a viernes, de 7:45 a 15:15

Retribución: 1.657,91 euros brutos/mes con prorrateo de pagas extras

Actividad privada que desea compatibilizar.

Docente

Empresa: Centro de formación de Hostería y Turismo de Canarias S.L., Urbanización Campo Internacional de Maspalomas – San Bartolomé de Tirajana.

Jornada: 16 horas semanales. Distribuidas del siguiente modo: De lunes a jueves, de 16:00 a 20:00 horas.

Inicio de la actividad: 7 de marzo de 2016

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Disposiciones legales o reglamentarias.

Artículo 145 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.(TRRL)

Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.(L.I.)

RD 598/1995, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y empresas dependientes.

Artículo 50.9 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

Artículo 22.2.q) y 47.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

INFORME:

Primero: El régimen de incompatibilidades de los funcionarios y personal laboral de la Administración local es el establecido con carácter general para la función pública en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en las normas que se dicten por el Estado para su aplicación a los funcionarios de la Administración Local, por así venir expresamente recogido en el artículo 145 del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Asimismo el artículo 2.1.c) de la L.I. recoge que la misma es de aplicación al personal al servicio de las Corporaciones Locales y de los Organismos de ellas dependientes. Entendiéndose por tanto que será de aplicación tanto al personal funcionario como al laboral, sin distinción.

Segundo: Expresamente, el artículo 12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, prohíbe ejercer las siguientes actividades:

a) El desempeño de actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, en los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público (SSTS de 15 de octubre de 1994 y de 13 de noviembre de 2001).

b) Pertenencia a Consejos de Administración en Entidades Privadas, siempre que la actividad de las mismas esté directamente relacionada con las que gestione la Entidad en que preste sus servicios el personal afectado.

c) El desempeño de cargos en empresas concesionarias o contratistas de obras, servicios o suministros.

d) La participación superior al 10% en el capital de las empresas a que se refiere el apartado anterior (véase STS de 15 de octubre de 1994).

Tercero: De lo anteriormente expuesto se deduce que todas las actividades privadas que no se encuentren en alguno de dichos supuestos podrán ser objeto de reconocimiento de compatibilidad, teniendo en cuenta estas otras limitaciones de carácter general:

- Lo dispuesto en el artículo 1.3 de la L.I en el sentido de que será incompatible el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, público o privado, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia.

- Lo dispuesto en el artículo 11 de la L.I.: no se podrá ejercer, por sí o mediante sustitución, actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sean por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades particulares que se relacionen directamente con las que desarrolle el Departamento, Organismo o Entidad donde estuviera destinado.

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- Lo dispuesto en el artículo 16.1 de la L.I., según la cual, no podrá autorizarse o reconocerse compatibilidad al personal funcionario, eventual o laboral, que pese a percibir retribuciones complementarias, éstas incluyan el factor de incompatibilidad al retribuido por arancel, y al personal directivo, incluido el sujeto a la relación laboral de carácter especial de alta dirección. (Artículo redactado de acuerdo con el apartado 2º de la Disposición Final Tercera de Ley 7/2007, de 12 de Abril del Estatuto Básico del Empleado Público).

Ahora bien, por excepción, y sin perjuicio de las limitaciones señaladas en los artículos 1.3 —protección de la imparcialidad e independencia del personal—, 11, 12 y 13 —incompatibilidades de actividades privadas— de la Ley 53/1984, podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30% de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad. Así se establece en el artículo 16.4 de la Ley 53/1984 (STS de 11 de marzo de 1994 y STSJ de Castilla-La Mancha, de 13 de junio de 1998).

— Las actividades privadas que correspondan a puestos de trabajo que requieran la presencia efectiva del interesado durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en las Administraciones Públicas, solo podrán autorizarse cuando la actividad pública sea una de las enunciadas en la Ley como de prestación a tiempo parcial.

— Que previamente se hubiera autorizado al afectado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad en el sector público y la suma de jornadas de ambos sea igual o superior a la máxima establecida en las Administraciones Públicas (cuarenta horas semanales). En estos supuestos, cuando como consecuencia de la suma de jornadas sea viable la compatibilidad, se deberá instar su reconocimiento respecto de los dos puestos de trabajo o actividades en el sector público.

A) Sobre el complemento específico.

Señala el artículo 16 de la L.I. en su apartado 1 que no podrá autorizarse o reconocerse compatibilidad alguna al personal que desempeñe puestos que comporten la percepción de complementos específicos o concepto equiparable, añadiendo en su apartado 4 que podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o conceptos equiparables, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad.

Las retribuciones básicas son las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias (art. 22.2, de la Ley 7/2007). Añade el artículo 23 de la misma Ley del EBEP que las retribuciones básicas, que se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, estarán integradas única y exclusivamente por: a) el sueldo asignado a cada subgrupo o grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga subgrupo. B) Los trienios, que consisten en una cantidad, …., por cada tres años de servicio.

Con estos elementos, procede determinar si el complemento específico que percibe el trabajador se encuentra dentro de los límites establecidos.

El trabajador percibe un complemento específico inferior al límite establecido por la Ley, por tanto, cumple a efectos de reconocimiento de compatibilidad.

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B) Sobre el horario.

El artículo 12.2 de la L.I. establece que las actividades privadas que correspondan a puestos de trabajo que requieran la presencia efectiva del interesado durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en las Administraciones Públicas sólo podrán autorizarse cuando la actividad pública sea una de las enunciadas en esta Ley como de prestación a tiempo parcial.

El trabajador desarrolla una jornada a tiempo completo de 40 horas semanales. La jornada es prestada de lunes a viernes de 7:45 a 15:15 horas; y la de la actividad privada que pretende compatibilizar será de 16 horas semanales, a prestar los días de lunes a jueves, de 16:00 a 20:00 horas.

La jornada y la distribución de la misma es compatible con la que está obligado a prestar en este Ayuntamiento.

C) Sobre la competencia y el quórum

El artículo 22.2 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, establece que corresponde al Pleno las siguientes atribuciones: q) “las demás que expresamente le confieran las Leyes”. Y en este sentido el artículo 14 de la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas señala que el órgano competente para el reconocimiento de compatibilidad o declaración de incompatibilidad es el Pleno de la Corporación Local.

En cuanto al quórum necesario; como quiera que esta materia no está incluida entre los acuerdos para los que se precisa una mayoría especial recogida en el artículo 47.2 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local; habrá que estar a lo que se dispone en su apartado 1 que señala que los acuerdos de las corporaciones locales se adoptan, como regla general, por mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos.

D) Sobre el procedimiento.

El procedimiento para reconocer la compatibilidad es el siguiente (artículo 14 de la Ley 53//1984);

1.- El ejercicio de actividades profesionales laborales, mercantiles o industriales fuera de las Administraciones Públicas requiere el previo reconocimiento de compatibilidad, por lo que ésta ha de ser solicitada por los interesados.

2.- El reconocimiento de compatibilidad o la declaración de incompatibilidad corresponde al Pleno de la Corporación Local, mediante resolución motivada.

3.- Se exige informe previo.

4.- La resolución se habrá de dictar en el plazo de dos meses.

5.- En cuanto a los efectos de silencio administrativo, la norma general contenida en el artículo 43.2 de la Ley 30/1992 de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que el silencio se entenderá positivo ya que no existe norma con rango de Ley o norma de derecho comunitario europeo que establezca lo contrario.

6.- Las resoluciones de compatibilidad se inscribirán en los registros de personal correspondientes.

PROPUESTA.

En virtud de lo anteriormente expuesto y a la vista de la solicitud formulada por el/la interesado/a se eleva la siguiente propuesta de RESOLUCION:

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Primero. Proceder al reconocimiento de compatibilidad a favor de D. Jorge Pérez Román, Profesor titular, con vínculo de personal laboral temporal, con contrato para obra o servicio, del proyecto denominado “Azahar” - Programa de Formación en alternancia con el empleo, cofinanciado por Servicio Público de Empleo Estatal y Fondo Social Europeo, con final previsto para el 29/09/2016; para el ejercicio de la actividad por cuenta ajena de “Docente”, en jornada de 16 horas semanales, a prestar de lunes a jueves, de 16:00 a 20:00 horas, en Centro de Formación de Hostería y Turismo de Canarias S.L..

Segundo. Este reconocimiento quedará automáticamente sin efecto en caso de cambio de puesto en el sector público y está condicionado al estricto cumplimiento de la jornada y el horario en su puesto de trabajo en el programa antes indicado.

Tercero. La actividad privada que se compatibiliza no podrá comprometer la imparcialidad o independencia como empleado público, ni impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o perjudicar los intereses generales.

Cuarto. La jornada de trabajo y horario del interesado no podrá ser modificado para adaptarlo al del puesto que desea compatibilizar.

Quinto. El interesado no podrá invocar o hacer uso de su condición pública para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional.

Sexto. El ejercicio de la actividad compatible no servirá de excusa al deber de residencia, a la asistencia al lugar de trabajo que requiera su puesto o cargo, ni al atraso, negligencia o descuido en el desempeño de los mismos.

Séptimo. Dar traslado a la Dirección General de la Función Pública.

Octavo. Dar traslado a la Gerencia del organismo autónomo local Fundación para la Promoción del Empleo –titular del programa formativo-, para su debido conocimiento y efectos”.

Sometida a votación la propuesta, acuerdan por unanimidad de los presentes, y por tanto, por mayoría absoluta del número legal de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.7º.- DACIONES DE CUENTA.

7.1.-DACION DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA DEL NUM. 168, DE 20 DE ENERO AL NÚM. 389, DE 31 DE ENERO; NUM. 390, DE 1 DE FEBRERO AL NÚM. 774, DE 23 DE FEBRERO. TODOS DE 2016.

Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado.

7.2.-DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO, FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO, LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y EL MOVIMIENTO COOPERATIVO, NÚM. 5, DE 21 DE ENERO; NÚM. 6, DE 25 DE ENERO; NÚM. 7, DE 26 DE ENERO; NÚM. 8, 9 Y 10, DE 29 DE ENERO; NÚM. 11, 12, 13, 14 Y 15, DE 3 DE FEBRERO; NUM. 16, 17, 18, 19, 20, 21 Y 22, DE 4 DE FEBRERO; NÚM. 23, DE 5 DE FEBRERO; NÚM. 24,25 Y 26, DE 8 DE FEBRERO; NUM. 27, 9 DE FEBRERO; NÚM. 28,29,30,31 Y 32, DE 11 DE FEBRERO; NÚM. 33 Y 34, DE 12 DE FEBRERO; NÚM. 35, DE 18 DE FEBRERO; NÚM. 36, 37 Y 38, DE 19 DE FEBRERO. TODOS DE 2016,

Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado.

7.3.-DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES, NUM. 1, DE 20 DE ENERO; NÚM. 2 Y 3, DE 22 DE ENERO; NÚM. 4, 5 Y 6 DE 26 DE ENERO; NÚM. 7, DE 17 DE FEBRERO. TODOS DE 2016.

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Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado.

7.4.-DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, NUM. 1 Y 2, DE 20 DE ENERO; NÚM. 3 Y 4, DE 21 DE ENERO; NÚM. 5 Y 6, DE 28 DE ENERO; NUM. 7, DE 3 DE FEBRERO; NUM. 10, DE 10 DE FEBRERO. TODOS DE 2016.

Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado.

7.5.-DACION DE CUENTA DE LAS SESIONES DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:

- Junta de Gobierno Local de 12 de enero de 2016 (nº 1).- Junta de Gobierno Local de 26 de enero de 2016 (nº 2).- Junta de Gobierno Local de 9 de febrero de 2016 (nº 3).

Dada cuenta de las sesiones de las Juntas de Gobierno Local que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado.

La Concejala Delegada de Servicios Sociales, Igualdad, Mayores y Plan de Accesibilidad, doña Elena Suárez Pérez, toma la palabra y dice que es necesario también dar cuenta a los vecinos de las acciones que se tomen y que afecten a la calidad del bienestar de sus vidas. En tal sentido, quiere dar cuenta al Pleno Corporativo es la ampliación de la cartera de productos que ofrece la empresa adjudicataria del servicio de prestación de alimentos básicos.

La Concejala de Servicios Públicos doña Librada González Suárez quiere dar cuenta al Pleno Corporativo que se está llevando a cabo un plan de rebacheo de carácter urgente financiado con fondos propios del Ayuntamiento y hasta tanto se licite el servicio por importe de 50.000,00 €. Se actuará en varias calles del municipio. También quiere dar cuenta de una campaña de gestión de residuos que se está llevando a cabo y potenciar el uso del Centro Municipal de Gestión de Residuos.

Por último, el Sr. Alcalde-Presidente quiere dar cuenta al Pleno Corporativo que se dará inicio a un Plan Estratégico donde es necesario previamente hacer un diagnóstico que requiere de la colaboración de todos, ciudadanos, asociaciones, entidades deportivas, culturales y por supuesto del resto de grupos políticos.

8º-. DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICION ES OFICIALES, CORRESPONDENCIA Y ASUNTOS JUDICIALES Y OTROS.

8.1.- DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE SANEAMIENTO DEL AGUA POR LAS ENTIDADES LOCALES, EJERCICIO 2013”, REMITIDO POR LA AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS.

El Pleno Corporativo queda informado.

8.2.- DACIÓN DE CUENTA DEL ESCRITO REMITIDO POR LA CONSEJERÍA DE GOBIERNO DE HACIENDA Y PRESIDENCIA DEL CABILDO INSULAR, CON REGISTRO DE ENTRADA NÚM. 2529, DE 19 DE FEBRERO DE 2016, ADJUNTANDO CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO ADOPTADO POR EL PLENO DEL CABILDO DE GRAN CANARIA RELATIVO A LA MOCIÓN PRESENTADA SOBRE EL “PARQUE AEROPORTUARIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE GRAN CANARIA”, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Que el Cabildo de Gran Canaria junto a los Ayuntamientos del Telde e Ingenio con los conciertos públicos necesarios impulse y acelere de manera decidida la planificación, ejecución y desarrollo del Parque Aeroportuario de Actividades Económicas de Gran Canaria y a esos efectos el Cabildo de Gran Canaria se implicará en la búsqueda de una solución justa, definitiva y pactada con los propietario de los terrenos afectados”.

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El Pleno Corporativo queda informado.

9º.- ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA.

No hubo.

10º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

El Secretario Accidental hace constar que los ruegos y preguntas que a continuación se transcriben han sido remitidos por correo electrónico a secretaría por los distintos concejales y grupos políticos y volcados en el acta sin enmienda o corrección alguna, ortográfica o gramatical, y son los siguientes Grupos:

A) SUBGRUPO MIXTO PARTIDO POPULAR.

1º.- Nos hemos enterado por los medios de comunicación de la intención de privatizar el centro cívico de Carrizal y el teatro Federico García Lorca, los teatros de nuestro municipio ¿Esta decisión es firme?

2º.- ¿Sabían ustedes que Teror era el único municipio de la isla con este formato y han retomado la gestión para hacer más accesible el teatro para los colectivos del municipio entre otras cosas? Tengan cuidado porque privatizando nuestros centros podemos perjudicar a nuestros colectivos y ong.

3º.- ¿Sabían ustedes que otro de los argumentos del Ayuntamiento de Teror para retornar la gestión ha sido mejorar la calidad de la programación?

4º.- ¿Cuánto nos va a costar la broma de la privatización de los teatros? Esperamos que este contrato no se convierta en la privatización del agua en su segunda parte, es decir, nefasto para los intereses de nuestro municipio.

5º.- ¿Recuerdan ustedes que el 24 de Enero de 2014 sacaron una nota de prensa desde el partido socialista de Ingenio criticando las privatizaciones. Les damos copia de la nota de prensa del Ayuntamiento de Teror recuperando la gestión propia de su teatro y la nota de prensa del PSOE de Ingenio oponiéndose a las privatizaciones.

6º.- Vecinos del municipio se han puesto en contacto con nosotros para solicitarles que cumplan con el ROM publicando con mayor antelación el orden del día del pleno para que los vecinos que quieran intervenir puedan solicitarlo con la antelación exigida en el reglamento y así puedan hacer uso de sus derechos.

7º.-Este mes saltó la polémica en redes sociales y prensa sobre el traslado de perros al Albergue de Bañaderos contraviniendo el reglamento aprobado en este mismo pleno. Solicitamos que esto no vuelva a suceder y que nos den traslado del expediente informativo que el grupo popular ha solicitado por registro de entrada.

8º.- Reiteramos al no obtener respuesta definitiva de la necesidad que en las inmediaciones del centro de mayores San Isidro de Carrizal exista aparcamiento para personas con movilidad reducida. Son varias las quejas que nos han hecho llegar.

9º.- Nos hemos entrado por los medios de comunicación de que existe un nuevo cuadrante en la policía ¿En qué mejora el servicio con este nuevo cuadrante?

10º.- En comisión informativa nos ha comunicado el grupo de gobierno que no van a otorgar 12 ayudas de agua o luz en casos de pobreza energética puesto que nunca se había manifestado en la moción sobre pobreza energética aprobada en el pleno del mes de Noviembre. Les dejamos copia donde pueden observar que el ayuntamiento garantizará que en ningún hogar se corte el agua ni la luz por motivos económicos y donde la concejal Dª Fayna avisaba que de aprobarse habrían 12 ayudas al año. Ya son muchas sus contradicciones, por

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favor, pedimos un poco de coherencia al PSOE de Ingenio que aprueban mociones para hacer lo contrario de lo aprobado. Le adjuntamos copia del acta para que “recuerden”

11º.- Rogamos al grupo de gobierno que los concejales que no estén yendo a los consejos escolares vayan, en algunos no saben ni que concejal les representan.

12º.- Han pasado 222 días desde el nombramiento de los dos asesores de las concejalías de comercio y deportes, rogamos que nuestro Alcalde sea coherente y ponga en valor sus palabras sacadas del acta del pleno de Julio de 2011, que textualmente eran estas: “no comparto el criterio de nombrar nuevos asesores, puesto que en el Ayuntamiento hay gente preparada para las funciones que va a desarrollar”. Se lo recordaremos en los plenos venideros.

B) GRUPO PROYECTO SOMOS-CC.

PREGUNTAS:

1º.- ¿Para cuándo el Alcalde va a realizar las oportunas aclaraciones acerca de la autorización que firmó para el traslado de tres perros a Bañaderos el 19 de febrero en unas condiciones de auténtico maltrato animal? Solicitamos por escrito dichas aclaraciones.

2º.- ¿Por qué firma la orden de traslado de estos tres animales a Bañaderos el Alcalde y no el concejal del área? Solicitamos se nos responda por escrito.

3º.- ¿Para cuándo se nos va a hacer llegar el acta de la Junta General Extraordinaria de ISOGES celebrada el 30 de noviembre de 2015 que solicitamos en dicho acto y reiteramos por escrito el día 15 de enero de 2016?.

4º.- ¿Para cuándo se nos va a responder a todas las cuestiones que planteamos en dicha Junta General Extraordinaria de ISOGES? Han pasado más de tres meses y todavía estamos esperando las respuestas.

5º.- ¿Por qué razón un cargo público concejal de este Ayuntamiento sin tener competencias en educación se reúne con cargos de la consejería de educación y universidades del gobierno de canarias para tratar entre otras cosas el uso de un suelo para la construcción del centro de salud de Ingenio? ¿No son estas las gestiones propias de un Alcalde o un concejal de urbanismo? Solicitamos que se pongan de acuerdo a la hora de defender los intereses de este pueblo.

6º.- ¿Qué gestiones se han realizado respecto a las demandas judiciales de Aqualia contra el Ayuntamiento de Ingenio? Solicitamos y rogamos que nos mantengan informados a la oposición y al pueblo. Advertimos de los acuerdos que llevan implícito el quebranto del estudio económico con que la empresa ganó la gestión del agua por 25 años.

7º.- ¿Saben que, en la Casa del Caminero, que en el pleno de diciembre de 2015 el Cabildo de Gran Canaria cedió al Ayuntamiento se encuentra con las ventanas rotas y que cualquier persona, o menor, puede entrar y salir? Solicitamos que de manera urgente se realice el tapiado de ventanas y puertas mientras se decide que se va a realizar en dicho espacio.

8º.- ¿Ha costado tanto realizar la reunión del grupo de gobierno con la comisión de las fiestas del Carrizal? Hemos tenido que actuar la oposición para que finalmente la reunión se celebrará 6 meses después de que se produjesen los hechos. Rogamos que estos hechos no vuelvan a suceder y que el Ayuntamiento actúe con mayor celeridad.

9º.- ¿Es cierto que la concejala de festejos no quiere ni siquiera responder al escrito presentado hace algún tiempo por la comisión de fiestas del carrizal? Creemos que están en su justo derecho como vecinos que son de este pueblo.

RUEGOS:

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1º.- Rogamos se traslade a todos los voluntarios del CETA de Ingenio nuestra mayor felicitación por la encomiable labor que están desarrollando en defensa de los derechos de los animales.

2º.-Rogamos se nos facilite información detallada de la situación administrativa en la que se encuentran los siguientes expedientes municipales volcados en el gestor de expedientes GESTIONA: 5041/2015, 5374/2015 y 4977/2015.

3º.- Rogamos se nos facilite información acerca de la actividad de la comisión intermunicipal del taxi de Ingenio y Telde.

4º.- Rogamos y solicitamos se nos facilite el informe técnico elaborado por la concejalía de festejos acerca de los hechos ocurridos en las fiestas de agosto de 2015 entre trabajadores municipales y la comisión de fiestas. El informe existe y solicitamos una copia para nosotros y otra para la comisión de fiestas.

5º.- Rogamos, y ruego, que los políticos de hoy, y del futuro, sean más reales, más humanos. Digo esto por Dolores Valera (Loli). Señor Alcalde le llamamos para pedirle ayuda, confié en usted y sabe que me dijo ella: “si esperamos por Juan Rafael y Juan Díaz me muero antes” y finalmente, eso fue lo que pasó. No le echo la culpa porque al final somos así todos los políticos, utilizamos a la gente y cuando llegamos nos olvidamos de ellos. Les pido, y me pido, que seamos más humanos a veces una simple visita es suficiente y pido que no se repita más, que no hayan más Dolores Valera, Migueles, Oliver y un largo etc……Pongamos los cimientos necesarios para que esto no suceda, no usemos a la gente y luego cuando llegamos nos olvidamos de ellas. Desde aquí les brindo y les emplazo a crear algo entre todos para que nuestra gente siga creyendo que sus políticos están para cuando lo necesiten. Por favor se lo ruego. Dedico este ruego a Loli Valera, un ángel que ya no está.

El Sr. Alcalde-Presidente toma la palabra para hacer referencia a alguna pregunta que se ha formulado respecto de los teatros, y dice que actualmente tenemos dos teatros y tenemos un solo técnico para los planes de evacuación, sonido e iluminación. No tenemos personal suficiente y lo que se quiere hacer es que alguien externo pueda llevar dichos extremos, y así los colectivos que vayan a utilizar los teatros tendrán gratis la iluminación y sonido, garantizar que los teatros y las salas de exposiciones estén abiertos, y darle vida a los teatros que a veces están los colectivos y no hay personal municipal encargado. Hay que tener personal responsable para garantizar que los teatros se usen de forma adecuada.

A continuación, le sigue en el uso de la palabra el Concejal Delegado de Salud Pública, Sanidad y Consumo don Francisco Javier Espino Espino, para dar respuesta al asunto relativa al traslado de tres perros al albergue insular de Bañaderos, y dice que en primer lugar se ha procedido a la apertura de un expediente informativo de cuyas conclusiones se dará cuenta al Pleno Corporativo una vez finalizado. Pero hay que dejar claro que, en primer lugar, que efectivamente los perros no se han trasladado en las mejores condiciones y que el empleado público autor del traslado ha pedido disculpas. Pero aparte de esto, no hay nada nuevo. Es el mismo camión, es el mismo operario municipal, es el mismo escrito de remisión, etc que se viene haciendo desde hace varios años atrás. El Concejal Delegado no firma los escritos de remisión o traslado porque no tiene firma delegada, y además porque siempre los ha firmado el Alcalde-Presidente y así ha ocurrido siempre en la legislatura anterior donde hasta el mes de abril de 2015 todo el traslado de perros al albergue de Bañaderos está firmado por el otrora Alcalde don Juan José Gil Méndez. Es el mismo escrito de remisión, el mismo corta y pega, las mismas leyes, las mismas palabras. Que la ordenanza no hace referencia alguna a cómo debe realizarse los traslados. Que desde el año 2014 se tienen numerosos requerimientos desde el albergue de Bañaderos, de la Policía Local, del personal encargado de la perrera y personal municipal para solucionar este problema que no se estaba ejecutando adecuadamente. Que ahora se le va a poner solución. Pero que bienvenido sea el interés que ahora le están poniendo los mismos responsables que en la legislatura anterior no tomaron las medidas oportunas a pesar de los requerimientos.

La Concejala Delegada de Servicios Sociales, Igualdad, Mayores y Plan de Accesibilidad, doña Elena Suárez Pérez, toma la palabra y quiere responder al Concejal de Proyecto Somos-CC don Sebastián Domingo Suárez Trujillo respecto de su última intervención

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en el apartado de ruegos. Le espeta que cuando el mismo insta a la humanidad y dignidad del grupo de gobierno e incluso se incluye a él mismo, debe dejarse de hacer demagogia política y ocuparse de resaltar las desgracias ajenas de personas a las que nombra sabiendo que se salta incluso la Ley de Protección de Datos que entre otras cosas le obliga a no decir nombre de vecinos y vecinas. Que dentro del modus operandi del citado Concejal es claro que no lo entiende. Desde el grupo de gobierno se atienden a todos los vecinos y vecinas que piden ayuda, y si cumplen con los requisitos exigidos. Siempre se les ayuda. Que no es la ética de la Concejala que expone utilizar estos casos para exponerlos en los Plenos municipales. Que las manifestaciones realizadas por el Concejal don Sebastián Domingo Suárez Trujillo devalúan la política, que en ocasiones causa ira y hartazgo a la ciudadanía. Esa no es la forma de hacer política del grupo de gobierno ni de la Concejala de Servicios Sociales. Que cuando el Concejal habla de dignidad, se pregunta si conoce el significado de dicha palabra. Que el Concejal don Sebastián Domingo Suárez Trujillo no hace uso en ningún momento a esta palabra y que no quiere decir que no sea digno de utilizarla, pero que cuando se apela a la dignidad y humanidad del grupo de gobierno, el citado Concejal la debería tener presente.

Interviene la Concejala doña Sebastiana Francisca Ramos Melián respondiendo al Concejal don Juan José Gil Méndez sobre las partidas de festejos. Que en la legislatura anterior en el año 2015 se tenía presupuestado treinta y cinco mil euros, y sin embargo se gastaron noventa y ocho mil quinientos cincuenta y nueve euros, y que el grupo de gobierno anterior presupuestó para seis meses. Que el grupo de gobierno actual presupuesta veinte mil euros más, pero para todo el año, y no sólo para seis meses. Además, quiere decir que el programa de festejos no ha costado un duro al Ayuntamiento, ya que se aprobó un convenio con una empresa para, a cambio de publicidad sacar gratuitamente los programas.

Finaliza el Concejal don José López Fabelo y manifiesta que el número de preguntas ha bajado considerablemente y que por ejemplo Agrupa Sureste-NC no ha presentado ninguna, y que deja varias respuestas pendientes. Con respecto a las preguntas del Partido Popular referente al coste del programa de dinamización de zonas comerciales abiertas, ya se ha dado respuesta por escrito. Que costó 15.000 € y que la Corporación municipal no ha aportado nada. Que se ha cumplido con los objetivos programados y que el balance lo deben realizar los comerciantes que han participado, que para ellos era la oportunidad de darse a conocer para el resto de los vecinos. Los resultados económicos de Ingenio fueron un poco superiores a los de Carrizal y que los motivos son varios. Que el resultado final ha sido muy satisfactorio. Que se ha escuchado a los comerciantes, como por ejemplo en cuanto al tráfico en Carrizal.

Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, Don Juan Díaz Sánchez Alcalde-Presidente levanta la sesión siendo las veintidós horas y cinco minutos, de lo cual como Secretario Accidental doy fe,

VºBº.

ALCALDE-PRESIDENTE Juan Díaz Sánchez

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