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Ayuntamiento

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Ordenación Urban

TEXTO REFUNDIDO TRAS LA APROBACIÓN DEFINITIVA

a del municipio de

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INFORME DE OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS Al :tf!l;l¡::ql~M!;;,J~,I:j,.::;;::;::,

SOSTENIBIUDAD PREVIO DEL PGOU DE POlANCO

ANTECEDENTES

El Ayuntamiento de Polanco remite, con fecha de 29 de julio de 2008, un nuevo Informe deSostenibilidad Ambiental Previo (versión de junio de 2008) como contestación al requerimientoefectuado por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación AmbientalUrbanlstica, dentro del procedimiento de Evaluación Ambiental del PGOU y conforme a loestablecido en la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre de Control AmbientalIntegrado.

Dicha documentación se remite a los efectos de poder realizar las observaciones y sugerenciasque se consideren oportunas como resultado del análisis del ISA Previo y del estudio de suadecuación a los contenidos establecidos en la vigente normativa de evaluación de los efectosde determinados planes y programas en el medio ambiente, así como los contenidos,consideraciones y requerimientos que se establecieron tanto en el Documento de Referenciacomo en el Informe de Observaciones y Sugerencias, aprobados por la Dirección General deOrdenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística el 31 de enero de 2008 y el 11 dejunío de 2008, respectivamente.

Una vez analizado y valorado el ISA previo desde el punto de vista de su nivel de amplitud ycontenido técnico, cabe realizar las siguientes:

CONSIDERACIONES

La nueva versión del ISA previo presenta mejoras significativas respecto a la versión anteriorya que se adecua, en muchos de los aspectos contemplados, al contenido básico establecidotanto en el Documento de Referencia como en el Informe de Observaciones y Sugerencias, enespecial, en lo referente a los apartados que forman parte del Análisis Ambiental del Medio ydel Análisis del Plan de Ordenación.

No obstante, respecto de los apartados que forman parte de la Identificación y Valoración deEfectos sobre el Medio Ambiente, asi como de la Descripción de las Medidas Correctoras y delPrograma de Seguimiento, cabe señalar que el contenido no alcanza el grado de definiciónsuficiente como para poder llevar a cabo una adecuada evaluación ambiental del PGOUpropuesto, debido a que no se ajusta a lo establecido en los citados documentos.

Por tanto, se considera imprescindible para la redacción del ISA definitivo que adecue sucontenido y grado de definición al conjunto de contenidos y requerimientos expuestos, nosolamente en los aspectos relativos a la identificación, descripción y valoración de impactos, alas medidas correctoras y al plan de seguímiento, aspectos que se consideran claves encualquier Evaluación Ambiental, sino que además, se deberán completar aspectoscomplementarios, tanto del análisis del medio como del análisis del plan, que mejoren el ISAprevio en su conjunto, posibilitando de esta forma, unas determinaciones urbanisticas del futuro

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PGOU más ajustadas y conformes con los condicionantes ambientales del mismo. En el casode que la inclusión de algunos de estos contenidos no fuera posible, se incluirá una justificaciónde su exclusión.

Los aspectos que no pueden ser recogidos en el ISA previo con motivo del carácter preliminarde la propuesta de PGOU, como pueden ser los referidos a la normativa urbanistica, resultadode la información pública, etc., deberá ser puesto de manifiesto y justificado.

A continuación se establecen los contenidos y requerimientos básicos que deberán tenerse encuenta para la redacción del ISA definitivo. Se señalan en cursiva los párrafos que ya hablansido incluidos en el Documento de Referencia asi como en el anterior Informe deObservaciones y Sugerencias.

ANÁLISIS AMBIENTAL DEL MEDIO

En relación a dicho apartado, tal y como se ha señalado con anterioridad, se debe destacarque la nueva redacción del ISA previo mejora sustancialmente a los contenidos del anterior ISAprevio de marzo de 2008, y por tanto, supone también una mejora, tanto cuantitativa comocualitativa, ya que se han tenido en cuenta la mayor parte de las indicaciones establecidas enel Informe de Observaciones y Sugerencias de 11 de junio de 2008.

No obstante lo indicado con anterioridad, se deberán analizar de manera especifica, o en sudefecto, completar con mayor grado de definición, los siguientes aspectos que se consideranclaves en relación al PGOU propuesto:

o Descripción de las interacciones ecológicas claves que se producen en el territorio. Análisisde la funcionalidad y conectividad ecológicas; identificación, localización y valoración de loscorredores ecológicos existentes que estructuran el territorio.

El ISA definitivo deberá cartografiar, valorar y realizar un completo análisis de la funcionalidad yconectividad ecológica, identificando y proponiendo posibles corredores ecológicos para paliary corregir la fragmentación ecológica que sufre el término municipal.

o Respecto a los riesgos naturales y tecnológicos, deberá realizarse un estudio de lasuperficie urbana afectada, población real o potencial afectada, suelo urbanizable y rústicoafectado.

El ISA previo presenta un estudio de inundabilidad que pone de manifiesto los problemas deinundación del término municipal. Pese a que en este apartado se afirma que las zonas deampliación del Plan General no están afectadas por riesgos de inundación, se ha detectado unsuelo propuesto como Suelo Urbanizable Delimitado entre Polanco y el Barrio de San Pedro ypropuesta de un suelo urbano no consolidado en Requejada, antes clasificado en las NNSScomo productivo genérico, que se encuentran afectados por riesgos de Inundación bajo unaavenida de T500, como la cartografia del ISA previo indica en su plano 1.2.5. "Estudio deInundabilidad".

o Zonificación acústica del municipio en áreas acústicas de acuerdo a las previsiones dezonificación acústica de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y del Real Decreto136712007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre,del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisionesacústicas. Cuando no exista zonificación acústica municipal, las áreas acústicas vendrándelimitadas por el uso característico de la zona, según lo previsto en el articulo 5.5 del

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citado Real Decreto 1367/2007.

o El equipo redactor del ISA verificará que el PGOU analiza los anteriores aspectosreferentes a la contaminación acústica, y en caso contrario propondrá su inclusión oelaborará los estudios justificativos peninentes.

Aunque el ISA previo, presenta la identificación de los focos de contaminación acústica y uninforme de Mediciones de ruido efectuadas en el perimetro de las instalaciones de Solvay,realizado en abril de 2006 por el Centro de Investigación del Medio Ambiente, se deberá tenerespecialmente en cuenta las previstas ampliaciones y mejoras de la autovia y las nuevas zonasproductivas previstas.

Asl mismo, se deberá tener en cuenta la proximidad del término municipal a la empresaquimica Solvay, y cumplir con lo establecido en el articulo 12 del R.D. 1254/1999, de 16 dejulio, por el que se aprueban las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentesgraves en los que intervengan sustancias peligrosas, los órganos competentes en ordenaciónterritorial velarán porque se tengan en cuenta los objetivos de prevención de accidentes gravesy de limitación de sus consecuencias en la asignación o utilización del suelo.

o Análisis paisaj/stico del territorio, con identificación de los paisajes relevantes de especialsignificación o marcadamente merecedores de preservación. Se realizarán estudios devisibilidad y calidad paisaj/stica desde las principales vlas de comunicación (carreterasestatales y autonómicas), miradores o equivalentes, así como en torno a elementos ozonas singulares.

o Localización de los puntos de acceso al territorio tales como caminos, carreteras y demásvías públicas que ofrezcan vistas panorámícas de íos terrazgos, los montes, el mar, elcurso de los ríos, los valles, las poblaciones, los monumentos o edificios sígnificativos, asícomo el acceso a hitos paisaj/stícos, identlfícando aquellos que deban de ser objeto deespecial tratamiento.

A este respecto, el ISA previo realiza una descripción de los limites geográficos de cada una delas cuencas en que divide el término municipal pero no realiza la necesaria caracterización yestudio de cada una de ellas que permita realizar el adecuado análisis de los impactos que seproducirán con el desarrollo del Plan y posterior valoración.

o Estudio del patrimonio cultural (histórico y arqueológico) en el ámbito del Plan, incluyendoel análisis de la morfología y tipologías de los núcleos tradicionales y íos elementospatrimoniales configuradores del espacío rural.

Aunque el ISA previo presenta una relación de los elementos catalogados por las NormasSubsidiarias del 2002 y una descripción de los elementos patrimoniales más destacados delmunicipio, se deberá realizar un estudio de las morfologias y tipologias de los núcleos depoblación existentes que deberá ser tenido en cuenta a la hora de desarrollar el PGOU.

o Se ídentificarán las dificultades técnicas, de conocimíento y/o experiencia para recabar laínformación requerida y cómo se han superado.

Tanto en el ISA previo como en el definitivo deberá figurar un apartado concreto queespecifique las dificultades encontradas para recabar la información necesaria y cómo se hansuperado.

ANÁLISIS DEL PLAN DE ORDENACiÓN

En relación al análisis del PGOU, el ISA previo realiza una descripción especifica del planpropuesto, siguiendo la mayor parte de las directrices recogidas en el Documento de

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Referencia e Informe de Observaciones y Sugerencias, si bien, algunos de los apartadosdeberán ser incluidos, o en su defecto, completados de manera especifica, debido a que seconsideran aspectos claves que deben ser resueltos en esta fase de la Evaluación Ambientaldel Plan. Dichos aspectos son los siguientes:

o Descripción y evaluación de las alternativas consideradas, incluida la alternativa cero yjustificación de la solución adoptada.La evaluación comparativa de las alternativas se realizará necesariamente desde laperspectiva de su incidencia sobre el medio ambiente. Como valoración de la alternativacero se señalarán los aspectos relevantes de la situación actual del medio ambiente en elámbito de influencia del planeamiento vigente y su probable evolución en caso de noaplicar el nuevo plan. Para la solución elegida se aportará:

o Justificación desde el punto de vista ambiental, de las categorías de suelo propuestas(clasificación y calificación) y análisis de las distintas alternativas contempladas respecto alas citadas categorías.

El ISA deberá justificar la necesidad de la superficie propuesta de los suelos urbanizablesrepresentados en la cartografia, dado que, tal y como se ha señalado en el propio ISA previo,dichos suelos se corresponden, en su mayor parte, con suelos del sector primario, quepresentan una capacidad elevada apropiada para un uso agricola intensivo.

En especial se justificará; el Suelo Urbanizable propuesto en el núcleo de Mar y que el Plan deOrdenación del Litoral ordena como Área de Modelo Tradicional, los Urbanizables propuestosentre el núcleo de Saña y Palanca cuyo desarrollo, además, implicaria la unión entre ambosnúcleos asi como los Suelos propuestos como urbanizables en el núcleo de Palanca en torno ala autovia y su continuidad hasta el Barrio de San Pedro en Rumoroso.

Dicha justificación debe hacerse teniendo en cuenta la superficie existente de suelo urbano noconsolidado sin desarrollar, derivado de las NNSS de 2002 actualmente vigentes.

Del mismo modo, se justificará la clasificación como Suelo Rústico de Protección Ordinaria enzonas afectadas por riesgos de inundabilidad o en suelo con alta capacidad agrológica.

o Justificación de adecuación de la propuesta respecto de los ayuntamíentos limítrofes.

Se justificará la adecuación de los suelos urbanizables propuestos al Norte del ámbitomunicipal, al estar ubicados de manera limítrofe con el término municipal de Miengo.

El ISA, además, deberá llevar a cabo una descripción pormenorizada de las diferentesclasificaciones, categorías y calificaciones de los suelos existentes en los términos municipaleslímítrofes y realizar su comparativa con los suelos propuestos en la propuesta de PGOU y nocon las NNSS de 2002, tal y como consta en la cartografía presentada.

o Justificación documentada y acreditada por el organismo administrativo competente de ladísponibilidad de recursos hldricos para la ordenación prevista y en especial ladísponibllidad de agua potable para el abastecimiento del municipio con los techospoblacionales y de actividades previstas en el Plan, así como un apartado especIfico parael diagnóstico (deficiencias actuales y futuras del sistema de abastecimiento) y plan deacción técnico-económico.

En el ISA previo, y concretamente en su Anexo 111 queda justificada la disponibilidad deinfraestructuras que garantizan el abastecimiento, si bien, no queda suficientemente justificadala disponibilidad de recursos hídrícos, por lo que se considera necesario un certificado de laDírección General de Obras Hidráulicas y Cíclo Integral del Agua que garantice dichadisponibilidad, que se realizará teniendo en cuenta el techo poblacional estimado para el añohorizonte del Plan.

o Descripción, análisis y justificación de los sistemas de depuración de las aguas residuales,

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asi como un apartado especifico para el diagnóstico (deficiencias actuales y futuras delsistema de saneamiento) y plan de acción técnico-económico. Justificación documentada yacreditada por el organismo administrativo competente de la capacidad en la gestión deaguas residuales derivadas del desarrollo previsto en el PGOu.

Tal y como consta en el ISA, el vertido de aguas residuales se encuentra autorizado por laCHN al rio Saja hasta verano del 2008, por lo que a partir de esta fecha está previsto que dejede funcionar.

Con posterioridad, el ISA previo establece que, a partir de esa fecha, las aguas residuales delámbito municipal se derivarán hacia la Estación de Aguas Residuales de la Vuelta Ostrera.

En este sentido, se considera necesario un certificado del organismo administrativo competenteque acredite que la EDAR se encuentra, no solamente en funcionamiento, sino que, además,está dimensionada y diseñada para permitir la depuración de las aguas del desarrollopropuesto por el plan para su año horizonte, asl como la descripción de los trabajos einstalaciones necesarias para dicha conexión.

o Descripción del plan de gestión de sobrantes, conforme al cronograma previsto para laejecución del plan, con su desglose por tipos, volúmenes y destinos (incluso vertedero deinertes, caso de ser necesario); previsión, con cuantificación por tipo y origen, de losmateriales necesarios, particularmente los de origen extractivo.

o Resumen financiero justificativo de la viabílidad económica del plan propuesto, incluyendoel coste de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, asl como de lavigílancia ambiental propuestas para minimizar los efectos ambientales negativosestimados.

Según el ISA previo, el Plan de Gestión de sobrantes se formalizará según el cronograma dedesarrollo del PGOU que se realizará para el Documento de Aprobación Inicial. Respecto alresumen financiero, además del presupuesto que se estima para las actuaciones sobre SueloRústico de Especial Protección, y de los Sistemas Generales y Locales a obtener, se deberáincluir el coste de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y el Plan de VigilanciaAmbiental.

IDENTIFICACiÓN Y VALORACiÓN DE EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

En la nueva versión del ISA previo se repite, básicamente, la misma identificación, descripcióny valoración de los impactos del ISA previo de marzo de 2008, contenido que vuelve aconsiderarse muy genérico y que más bien pudiera servir para llevar a cabo la EvaluaciónAmbiental de un proyecto constructivo (obras) y no de un plan de ordenación en el que losimpactos fundamentales son los derivados de los cambios de uso del suelo y de las actividadesque se permitan realizar en las distintas zonas dependiendo de su clasificación y calificación.

Por tanto, el ISA deberá ajustarse a lo especificado en el Documento de Referencia e Informede Observaciones y Sugerencias de 11 de junio de 2008, identificando impactos reales ypotenciales que permitan una adecuada Evaluación Ambiental del plan, principalmente enrelación a:

o Pérdida de recursos naturalisticos, por afección directa, indirecta o perturbación deecosistemas, hábitats y especies de alto valor. Asimismo, se considerarán los impactossobre la heterogeneidad espacial como base del mantenimiento de la diversidad biológica,las modificaciones de la conexión entre los espacios y las fragmentaciones.

o Ocupación de nuevos espacios con zonas urbanas, con lo que se genera destrucción derecursos naturales y otras afecciones derivadas como:

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o Pérdida de la productividad ecológica y agraria:

- Alteración de la funcionalidad y conectividad ecológicas.- Repercusión de la desaparición de la capacidad agrológica de los suelos.

En el inventario ambiental del medio se han identificado los suelos que presentan altacapacidad agrológica, muchos de los cuales han sido clasificados como urbanizabies y rústicosde protección ordinaria. El ISA deberá identificar, describir y valorar la pérdida de la capacidadagrológica del ámbito municipal como consecuencia del cambio de uso establecido para dichossuelos.

Además, para el caso concreto de los suelos propuestos como rústicos de protección ordinaria,el ISA deberá analizar los efectos generados de no incluir parte de su superficie en alguna delas categorias de suelos rústicos de especial protección definidos dentro de la propuesta deplaneamiento, por ejemplo como rústicos de especial protección agropecuaria, ya que enprincipio la superficie propuesta de suelos rústicos de protección ordinaria se consideraexcesiva.

o Afección a zonas sensibles:

- Afección a las zonas potenciales para la recuperación de hábitats de interés.

- Repercusión sobre aquellas especies de flora que se encuentren protegidas encualquiera de las categorias legalmente vigentes y de las especies endémicas,teniendo especialmente en cuenta, el amplio inventario de ejemplares arbóreos deinterés que posee el municipio.

o Afecciones sobre recursos renovables y no renovables, derivados de propuestas deconsumo o actuaciones que supongan una alteración de su calidad.

o Afección en la zona de dominio público marftimo terrestre y la zona de policia de caucesdel rlo Saja- Besaya y sus afluentes, asl como al área de protección de las surgencias delmunicipio (la fuente Pasadillo, la fuente del Carmen y la fuente de Los Tejeros) y de laslagunas del área de explotación del diapiro de Polanco.

o Afección por riesgos naturales de las propuestas de actuación del plan, especialmente lasrepercusiones por inundabilidad de la zona, hasta avenidas de T500.

A este respecto, deberá estudiarse las propuestas de actuación del Plan en la zona situadaentre el Barrio San Pedro, en Rumoroso y Palanca donde se proponen Suelos Urbanizabies ySuelo Rústico de Protección Ordinaria o el Suelo Rústico de Protección Ordinaria propuesto enuna zona situada en Mar entre el Arroyo de Fuente del Valle y la via del tren, entre otros, quedeberian ser propuestos como Rústico de Especial Protección por Riesgos. Se justificará ymotivará debidamente la propuesta contenida en el PGOU.

o Generación de residuos e incremento de los diferentes tipos de contaminación.

o Efectos inducidos por la modificación en el régimen de recarga de aculferos y de loscursos de escorrentla superficial, como consecuencia de la futura ocupación de suelo y losnuevos usos previstos.

o Incidencia directa o indirecta sobre la salud humana y las condiciones de sosiego y sobrela calidad del medio ambiente urbano (paisaje, patrimonio, espacios libres, accesibilidad,etc.).

Se prestará especial atención a la afección acústica a la población (entendida como superaciónde los Indices de Inmisión de ruido establecidos para cada área acústica, conforme a losreglamentados en el R.D. 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 3712003

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del Ruido). Se tendrán especialmente en cuenta los crecimientos en torno a la autovla y a lasnuevas zonas productivas previstas y a las ya existentes.

o Afecciones sobre recursos estético-culturales o paisajlsticos, según los desarrollosprevistos y las ordenanzas establecidas para dichos desarrollos

o Efectos positivos producidos por posibles cambios de usos (por ejemplo nuevos usos enterrenos degradados y abandonados por actividades industriales o mineras).

Los aspectos señalados anteriormente deberán ser incluidos o completados de tal forma quese pueda llevar a cabo una adecuada valoración de los efectos que supondrá el desarrollo delPlan.

DESCRIPCiÓN DE MEDIDAS CORRECTORAS

Las propuestas de medidas correctoras, como consecuencia de lo expuesto anteriormente,deberán ser completadas y adoptar un nivel de concreción adecuado para dar respuesta a lasafecciones y repercusiones comentadas en el apartado anterior, de tal forma que se adecuen alos requerimientos establecidos en el Documento de Referencia respecto de la identificación,descripción y valoración de impactos.

PROGRAMA DE SEGUIMIENTO

El ISA previo, presenta un Programa de Seguimiento Ambiental, cuyo contenido deberárevisarse teniendo en cuenta las modificaciones a establecer en el conjunto del ISAanteriormente señaladas, sino que, además, se deberán tener en cuenta el conjunto deaspectos e indicadores especificados en el Documento de Referencia, como puede ser elestablecimiento de los contenidos y periodicidad de los informes de seguimiento que debetrasladarse al órgano ambiental

DOCUMENTO DE SíNTESIS

El ISA previo presenta un Documento de Sintesis, cuyo contenido se adapta a lo establecidoen el Documento de Referencia, pero que deberá ser subsanado en los apartados cuyocontenido varie en el ISA definitivo según las observaciones realizadas en este informe.

CARTOGRAFíA

El ISA definitivo debe presentar la cartografla en formato SIG, georreferenciada y los Planos deOrdenación se presentarán tal y como establece el Documento de Referencia, firmados por susautores. Se incluirá un Plano de Información del suelo rústico de la totalidad del municipio y unplano que permita comparar la estructura general vigente con la estructura general de laalternativa seleccionada.

Respecto a la cartografia ambiental se incluirá un Plano de Fauna y Hábitats, Plano deHidrogeologia y Vulnerabilidad de acuíferos y Plano de Ruido. Para las Simulacionespaisajísticas complementarias al análisis paisajístico, se elegirán las localizaciones de mayorfrecuentación y aquellas desde las que se perciba el mayor impacto visual. Se basarán en MDTy permitirán obtener una idea aproximada del efecto paisajístico de cada uno de los sectoresde desarrollo previstos en el Plan. Se elaborarán considerando que el desarrollo urbanistico seproduce con las edificabilidades y volumetrfas máximas permitidas por las determinaciones delPlan y las Ordenanzas de aplicación.

Los Planos de Impactos, Afecciones y Medidas Correctoras se adaptarán a los cambios que se

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generen en la adaptación del ISA previo a las observaciones de este informe.

• El ISA definitivo deberá tener en cuenta los criterios ambientales que se establecen en elDocumento de Referencia justificando como se han tenido en cuenta en la propuesta delnuevo Plan, definiendo los indicadores ambientales que serán utilizados para verificar elcumplimiento de dichos criterios.

• El ISA se deberá acompañar de la DOCUMENTACiÓN COMPLEMENTARIA que incluyalas consideraciones ambientales resultantes de la participación pública.

CONCLUSIONES

Los contenidos del ISA deberán adecuarse a lo dispuesto en el Documento deReferencia redactado para establecer la amplitud y nivel de detalle del mismo, así comoa las observaciones reflejadas en este Informe.

El ISA previo junto a las observaciones y sugerencias formuladas en el presentedocumento y el Avance del Plan, será sometido a exposición pública previa contempladaen la legislación urbanística de Cantabrla, en cumplimiento del arto 26 de la Ley deCantabrla 1712006, de 11 de Diciembre, de Control Ambiental Integrado.

Santander, 29 de septiembre de 2008

El Director General de Ordenacíón del Territorio

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