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BASES ADMINISTRATIVAS
“HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y
OFICINAS ADMINISTRATIVAS”
ETAPA 1
Octubre 2017
UBICACIÓN : CHAIGNEAU 172-176 – VIÑA DEL MAR.
SUPERFICIE : 579,34 M2.
MANDANTE : FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO
UNIDAD TECNICA : SUBG. LOGÍSTICA / DPTO. OBRAS. USUARIO BENEFICIADO : SEDE VALPARAISO.
FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO Subgerencia de Gestión Logística / Departamento de Obras
“Habilitación Residencia Infanto Adolescente y Oficinas Administrativas” Calle Chaigneau – Viña del Mar
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BASES ADMINISTRATIVAS
GENERALIDADES.
Las presentes especificaciones técnicas se refieren a la HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y
OFICINAS ADMINISTRATIVAS CALLE CHAIGNEAU, obras que implica la intervención de una superficie
aproximada de 579,34 m2, ubicado en el recinto de calle Chaigneau N° 172 y 176, comuna de Viña del Mar.
CONSIDERACIONES PREVIAS
Las obras a ejecutar en virtud de lo dispuesto en las presentes bases, comprenden hasta la total y cabal
terminación de ellas, e incluyen todas las partidas especificadas o graficadas en los planos de obra. Incluye la
ejecución y coordinación de las obras civiles, instalaciones, obras complementarias y otros que se requieran
para la completa construcción, habilitación o remodelación del proyecto y sus exteriores, garantizando su
óptimo funcionamiento.
También se incluye entre las obligaciones que adquirirá el contratista, la, ejecución y coordinación de las obras
civiles, adecuaciones e instalaciones según las exigencias de equipos y equipamiento incorporado, aun cuando
este último no esté incluido en la presente propuesta, para ser provisto por el contratista.
Tratándose de un contrato a Suma Alzada, el Oferente deberá consultar en su propuesta todos los elementos
o acciones necesarias para la correcta ejecución y terminación de cada partida, de existir omisiones de
deberán consultar en el periodo de consultas y aclaraciones de la licitación.
Se da por entendido que los oferentes están en conocimiento de todas las normas, reglamentaciones y
disposiciones legales aplicables a la ejecución de los proyectos, por lo que el Contratista deberá responder
por cualquier defecto, omisión, dificultad en la obtención de materiales o mala ejecución de cualquier partida.
Por tanto en caso de ser solicitado, deberá reponer los elementos o rehacer los procedimientos rechazados
en cualquier ítem dentro del período de la construcción o de garantía de las obras, sin que esto signifique un
mayor costo para la entidad licitante.
El proyecto (tanto de Arquitectura como de Ingeniería), se compone esencialmente de Planos Generales, de
Detalles y Especificaciones Técnicas que en conjunto conforman un todo indivisible y complementario. De
esta manera, la sola mención, especificación y/o dibujo de algún elemento, producto y/o partida con su
respectiva individualización, en cualquiera de estos documentos, implicará su provisión y colocación en el
valor de la propuesta entregada por el Oferente.
Para todos los efectos siempre prevalecerán los planos de arquitectura por sobre las definiciones de los planos
de las distintas especialidades. En caso de existir omisiones en los planos de las especialidades se deberá
cotizar en base a lo explicado en los planos de arquitectura.
En todo caso, las ofertas deberán contemplar todas aquellas obras que son inherentes y necesarias para la
correcta ejecución de la construcción y sus instalaciones de acuerdo a la más exacta interpretación de los
planos y especificaciones.
Se aceptará sólo una oferta por Oferente, la cual debe ser por el total de las partidas y especialidades indicadas
para la licitación en la documentación respectiva.
El oferente no podrá realizar exclusiones en su oferta. Si se encontrase un ítem sin indicación de su unidad de
medida en el Formulario de Presupuesto Detallado o itemizado, deberá efectuar las consultas pertinentes vía
mail en el período definido para tal efecto.
El Contratista no tomará ventaja para su provecho de ningún error, ambigüedad u omisión de los planos,
especificaciones y de otros antecedentes, ante cualquier duda que surja, con posterioridad a la adjudicación
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de la propuesta o durante la ejecución de la obra. Siempre deberá someterse al dictamen de la Inspección
Técnica de la Obra.
Las presentes Bases Administrativas, conjuntamente con las Especificaciones Técnicas, Planos, Consultas,
Respuestas y Aclaraciones, formarán parte integrante del Contrato de Ejecución de Obras, sin perjuicio de
otros documentos que sean aprobados por la entidad Licitante. Asimismo, se entenderá como parte integral
de la licitación toda la reglamentación vigente que diga relación con los proyectos a ejecutarse como la Ley
General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Planos
Reguladores, Plano intercomunal, cuando corresponda, Leyes y Reglamentos atingentes a la ejecución de la
obra, como la de los demás servicios, tales como agua potable, alcantarillado, energía eléctrica,
pavimentación, gas, Código Sanitario, normas Técnicas Básicas, normativa específica de la Seremi de Salud,
de Transportes u otras.
PROGRAMA OFICIAL DE OBRA
El Contratista tendrá un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la
fecha del Acta Entrega de Terreno para entregar a la Inspección Técnica de la obra, la complementación de
la programación de la obra, esta se hará en una Carta Gantt detallando la secuencia de sus operaciones
fecha de principio y término de cada partida de construcción, en concordancia con el plazo de ejecución y
con el Presupuesto Detallado. Indicando además, la ruta crítica de la ejecución de la obra. Se requerirá
efectuar la presentación en formato MS Project y deberá permitir la evaluación diaria de los avances
programados y reales, tanto en el aspecto Físico como Financiero del contrato.
Se requiere que en la programación se detallen las secuencias de las partidas o actividades, en coherencia
con lo establecido en las Especificaciones Técnicas, itemizado y todos los documentos técnicos y
administrativos del Contrato. Deberá considerar procesos de ejecución logísticos acordes con la más óptima
y correcta de las prácticas.
El Programa de Trabajo debe permitir evaluar el avance del Proyecto semanalmente, la Unidad Técnica y/o
la I.T.O. podrá exigir la subdivisión de las actividades programadas por lo que el contratista a su
requerimiento deberá completarlo con sub-programas que incorporen un mayor detalle de todas las
actividades involucradas del Proyecto, todo esto con el objeto de controlar las mediciones de las posibles
variaciones a partir de la fecha de su vigencia.
Una vez que el Inspector Técnico de Obra y la Unidad Técnica, aprueben el Programa Detallado de Trabajo,
este se establecerá como el "Programa Oficial de la Obra", y el avance del proyecto se empezará a controlar
periódicamente con este programa en lo que respecta a su avance físico y financiero, no pudiendo exceder
el plazo establecido para la ejecución de la obra fijado por la entidad licitante.
El Programa Oficial de Obras será uno de los requisitos que deberá cumplir el "Contratista", para aprobar el
segundo Estado de Pago.
El Programa de Obra deberá estar ubicado en un lugar visible de la obra.
De acuerdo a lo previsto en las presentes Bases, el Programa Oficial de la Obra podrá ser modificado en los
siguientes casos:
• Por aumentos y/o disminuciones de obras.
• En caso de requerirlo el Mandante, sin que exista una modificación de obras.
• Por caso fortuito, a solicitud del contratista.
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METODOLOGÍA DEL TRABAJO A EJECUTAR
1.- CARACTERISTICAS DE LA LICITACIÓN.
a) Nombre de la licitación: "HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS
ADMINISTRATIVAS CALLE CHAIGNEAU”.
b) Descripción: La Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo requiere ejecutar la siguiente obra "
HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS CALLE
CHAIGNEAU VIÑA DEL MAR, de acuerdo a proyecto que se adjunta.
c) Tipo de licitación : Licitación Pública.
d) Tipo de convocatoria : ABIERTO.
e) Moneda : Peso Chileno.
f) Etapas del proceso de apertura : Una etapa.
g) Contrato : A suma alzada y sin reajuste de ningún tipo. Se requerirá
suscripción de contrato
h) Publicidad de ofertas técnicas : Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez
adjudicada o declarada desierta la licitación.
2.- ORGANISMO DEMANDANTE:
a) Razón social : Fundación Hogar de Cristo.
b) Unidad de compra : Fundación Hogar de Cristo.
c) R.U.T. : 81.496.800-6.
d) Dirección : Hogar de Cristo 3812, Estación Central.
e) Comuna : Santiago.
f) Región en que se genera la licitación : Región Metropolitana.
3.- ETAPAS Y PLAZOS.
a) Visita 1 a Terreno: De carácter obligatorio, el día viernes 20 de octubre de 2017 a las 10:00 horas,
en calle Chaigneau N°172 Viña del Mar.
b) Visita 2 a Terreno: De carácter obligatorio, el día martes 24 de octubre de 2017 a las 10:00 horas,
en calle Chaigneau N°172 Viña del Mar.
c) Fecha de cierre de recepción de la oferta: Día martes 31 de octubre de 2017, a las 15:00 horas.
d) Fecha inicio de preguntas: A partir del día viernes 20 de octubre, a las 10:00 horas.
e) Fecha final de preguntas: El miércoles 25 de octubre de 2017, a las 19:00 horas.
f) Fecha de publicación de respuestas: El día jueves 26 de octubre de 2017, a las 19:00 horas.
g) Fecha de Acto de apertura técnica: El día martes 31 de octubre de 2017, a las 15:00 horas.
h) Fecha de Acto de apertura económica (referencial): El día martes 31 de octubre de 2017, a las
15:00 horas.
i) Fecha de Adjudicación: El día viernes 03 de noviembre, a las 17:00hrs.
j) Fecha estimada de firma de contrato: El día miércoles 08 de noviembre de 2017, a las 15:00 horas.
k) Tiempo estimado de evaluación de ofertas: 3 días posteriores a la fecha de cierre de licitación
4.- ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
La Propuesta se compone de los Antecedentes Administrativos, de los Antecedentes Técnicos y de los
Antecedentes Económicos, según se detalla en los puntos 4.2, 4.3 y 4.4. La falta de presentación de cualquiera
de los Antecedentes indicados en esos puntos será condición suficiente para no considerar la propuesta en el
proceso de evaluación y adjudicación.
Documentos Administrativos
4.1 Ser persona Natural o Jurídica habilitada legalmente para participar: Quienes postulen deberán
tomar en consideración las prohibiciones de contratación contempladas en el ordenamiento
jurídico vigente y en especial, las contenidas en la ley 19.886 de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
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4.2 Entregar Antecedentes Administrativos: Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través
del portal de licitación, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las
ofertas, según se indica en el punto Etapas y Plazos, los siguientes documentos firmados por su
representante legal.
Nº Documento Según Formato
1 IDENTIFICACION DEL OFERENTE FORMULARIO ANEXO 1
2 DECLARACION ACEPTACION DE
CONDICIONES FORMULARIO ANEXO 2
3 DECLARACION JURADA FORMULARIO Nº 3
4 DECLARACION JURADA (SIN DEUDAS VIGENTES CON TRABAJADORES)
FORMULARIO Nº 4
5 DECLARACION JURADA
(RESPONSABILIDAD PENAL DE
PERSONAS JURIDICAS)
FORMULARIO Nº 5
6 GARANTIA GARANTIA POR SERIEDAD DE LA
OFERTA DE ACUERDO A LO QUE
ESTABLECEN LAS PRESENTES BASES 7 CERTIFICADOS DE EXPERIENCIA DE LA
EMPRESA OFERENTE, EN CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE SIMILARES CARACTERISTICAS
Se asignará puntaje según m2 de
experiencia de la empresa oferente de
acuerdo a: < 100m2 = NOTA 0. 100m2 - 250m2 = NOTA 3 251m2 - 500m2= NOTA 4 501m2 - 1.000m2= NOTA 5 > 1.000m2 = NOTA 7
8 CUMPLIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN y REQUISITOS FORMALES.
El oferente que presente su oferta
cumpliendo todos los requisitos
formales de presentación de la misma
y acompañando todos los antecedentes
requeridos obtendrá 100 puntos. El
oferente que haya incumplido los
requisitos formales o haya omitido
antecedentes o certificaciones al
momento de presentar su oferta y los
haya acompañado dentro del plazo de 48
horas contado desde su solicitud, en
virtud del artículo 40, inciso 2º, del
reglamento de la ley Nº 19.886, obtendrá
1 pts.
4.1 Ser persona Natural o Jurídica habilitada legalmente para participar: Quienes postulen deberán
tomar en consideración las prohibiciones de contratación contempladas en el ordenamiento
jurídico vigente y en especial, las contenidas en la ley 19.886 de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
4.3 Entregar Antecedentes Técnicos: Subir al portal Programación de Obra a través de Excel, Project o
similar, detallando la secuencia de sus operaciones, plazos de principio y término de cada partida
de construcción, en concordancia con el plazo de ejecución ofrecido.
9 PROGRAMACIÓN DE OBRAS A través de Excel, Project o similar
4.4 Entregar Antecedentes Económicos: Subir al portal Formulario Presupuesto Desglosado Completo.
La propuesta económica deberá expresarse en moneda nacional y comprender un presupuesto
total por la ejecución del contrato incluyendo honorarios, impuestos y cualquier otro rubro que
incida en la misma. Si eventualmente, a juicio del oferente, fuera necesario adicionar partidas que
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no figuren en el itemizado y ellas contribuyan para un mejor entendimiento y resolución de la
propuesta, deberá incluir un ítem denominado "otras partidas", expresado en global, y
acompañando un detalle separado de las distintas partidas que eventualmente lo constituyen, ya
que la propuesta incluirá la total ejecución de las obras hasta su terminación satisfactoria. En la
valorización de los trabajos se debe considerar los salarios, leyes sociales, seguros, implementos
de seguridad, transportes materiales, equipos y, en general, todos los gastos inherentes al tipo de
trabajo a ejecutar. Cualquier omisión que a juicio del proponente pudiera existir y que incida en la
buena terminación de los trabajos, deberá considerarla en el ítem "otras partidas" en forma global,
agregando un detalle separado de las distintas obras incluidas.
El oferente que NO cotice la totalidad de las partidas indicadas en el Formulario Presupuesto
Desglosado o no presente este Formulario al momento de ofertar, quedará automáticamente
fuera del proceso licitatorio.
10 OFERTA ECONÓMICA PRESUPUESTO
DESGLOSADO
Formulario Anexo 6 de acuerdo a lo que
establecen las presentes bases.
4.5.- Entregar Antecedentes Físicos: El oferente deberá hacer entrega del Documento de Garantía por la
Seriedad de la Oferta, en dependencias del Departamento de Obras de la Fundación Hogar de
Cristo, ubicadas en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago, antes de la hora y
fecha de cierre de la Licitación.
5.- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES.
5.1. PERSONA NATURAL
5.1.1. Requisitos para ofertar:
1.- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales
del trabajador ni condenado por delitos concursales establecidos en el Art. 463 y siguientes del
Código Penal, en los últimos 2 años.
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
5.2. PERSONA JURÍDICA
5.2.1. Requisitos para ofertar:
1.- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales
del trabajador ni condenado por delitos concursales establecidos en el Art. 463 y siguientes del
Código Penal, en los últimos 2 años.
Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Copia Legalizada de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.
- Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.
- Certificado de Vigencia de Poder.
6.-CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
ÍTEM OBSERVACIONES PONDERACIÓN
MENOR PLAZO OFERTADO
Menor plazo ofertado/Plazo a evaluar*
factor* 100
15%
MENOR PRECIO
Precio más económico/precio a
evaluar*factor*100
35%
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EXPERIENCIA
Se asignará puntaje según m2 de experiencia
de la empresa oferente en obras de similares
características:
< 100m2 = NOTA O
100m2- 250m2 = NOTA 3
251m2-500m2= NOTA 4
501m2 - 1.000m2= NOTA 5 > 1.000m2 = NOTA 7
EVALUACION: Nota de Empresa a evaluar/Nota de Empresa mayor puntaje*factor*100
35%
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS
Cumple con los requisitos formales
contenidos en las presentes Bases antes del
día y hora de cierre: 100 puntos.
Cumple con los requisitos formales
contenidos en las presentes Bases dentro del
nuevo plazo de 48 horas, contados desde la
solicitud. 1punto.
No cumple con los requisitos formales
contenidos en las Bases o no ingresa
documentos faltantes o no responde dentro
del nuevo plazo de 48 hrs contados desde la
solicitud: Inadmisible.
(Fórmula de cálculo: puntaje obtenido
*factor)
10%
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR
Se calificará de acuerdo a Multas cursadas a las empresas y/u otras Infracciones que se le hayan sancionado a las empresas participantes en otros procesos realizados, de acuerdo a lo establecido en las Bases.
0 Multas= 5 Puntos
1 o más multas y/o infracciones = 0 puntos
Fórmula de Cálculo: Puntaje obtenido * Factor
5%
1. La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ftems
multiplicado por su respe9tivo porcentaje de ponderación.
2. La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
3. Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
7.-MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO.
a) Estimación en base a : Presupuesto disponible
b) Fuente de financiamiento : Fundación Hogar de Cristo.
c) Duración del contrato : Contrato de ejecución en el tiempo
d) Tiempo estimado del Contrato : 150 días corridos.
e) Plazos de pago : a 15 días.
f) Nombre del responsable de contrato : Jean Pierre Mendy Muñoz.
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Forma y oportunidad de su restitución A las empresas participantes se les devolverá la garantía a los 10 días corridos contados desde su vencimiento, a través de oficio conductor, por carta certificada, en sobre cerrado que contenga la Garantía endosada por el Subgerente de Finanzas de la Fundación al domicilio fijado por el oferente, según lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios
Lugar de entrega de la Garantía Departamento de Obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago.
LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, hará efectiva esta garantía en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el proponente, se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de
vigencia de la misma.
b) Si se comprobare falsedad de cualquiera de los documentos constitutivos de la oferta.
c) Si el contratista no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del
Contrato.
Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta, será rechazada por LA
FUNDACIÓN por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.
8.2.-GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Los oferentes deberán entregar a la FUNDACIÓN una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del
Contrato, tomada por el mismo oferente, la que deberá tener las siguientes características:
Tipo de documento Instrumento de Garantía de acuerdo las condiciones dispuestas en el artículo.31 del Decreto 250 y sus modificaciones.
Servicio Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo.
Pagadera A la vista con carácter irrevocable.
Vigencia mínima Vigencia igual al Plazo Contractual aumentado en 90 días corridos.
Expresada en $ (Pesos Chilenos).
Monto 5% del monto total del contrato.
Glosa Boleta de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato "HABILITACIÓN DE RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS CALLE CHAIGNEAU VIÑA DEL MAR”
Descripción Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá entregar dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en estas bases, un instrumento de Garantía, por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, con una vigencia que exceda en noventa (90) días corridos al plazo de duración del contrato. En el evento que se generen Aumentos de Plazo y/o de Obra, autorizados por el Mandante, el Contratista deberá cambiar la Garantía por una nueva, con la nueva vigencia que exceda a lo menos en 90 días corridos el nuevo Plazo de duración del Contrato y por el 5% del nuevo monto. La Garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, ser emitida por un Banco con sucursal en la ciudad de Santiago y entregar en sobre cerrado en oficina del departamento de obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago. En caso de Vale Vista adjuntar carta indicando nombre de la obra a
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caucionar y nombre de la Empresa o persona natural
Forma y oportunidad de su restitución A la empresa adjudicada se le devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles de realizada la Recepción Provisoria de Obra, sin observaciones, a través de oficio conductor, por carta certificada, en sobre cerrado que contenga la Garantía endosada por el Subgerente de Finanzas de la Fundación Hogar de Cristo al domicilio fijado por adjudicado, previa entrega de la Garantía de Correcta Ejecución de las Obras.
Lugar de entrega de la Garantía Departamento de Obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago.
LA FUNDACIÓN, hará efectiva esta garantía en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el licitante adjudicado no cumpliese con una o más de las obligaciones contractuales. LA
FUNDACIÓN contará en los casos señalados, con la facultad de demandar los perjuicios que estime
causados.
b) Se hace presente que esta Garantía además caucionará el cumplimiento de las obligaciones
laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto con el Artículo
11 de la Ley de Compras.
8.3.-GARANTIA DE ANTICIPO.
El Anticipo será de carácter optativo, y dependerá de la disponibilidad presupuestaria de LA FUNDACIÓN
HOGAR DE CRISTO. En caso de ser requerido el contratista deberá garantizarlo en un 100% presentando
las garantías de acuerdo a lo siguiente:
Tipo de documento Instrumento de Garantía de acuerdo las condiciones dispuestas en el artículo.31 del Decreto 250 y sus modificaciones
Servicio Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo.
Pagadera A la vista con carácter irrevocable.
Vigencia mínima 60 días corridos como mínimo, posteriores a la fecha propuesta de entrega de las obras.
Expresada en $ (Pesos Chilenos).
Monto Hasta un 30% del valor total del contrato
Glosa Garantía de hasta un 30% de ANTICIPO, Glosa que debe contener la Garantía será: Para Garantizar el anticipo del contrato de ejecución de la Obra "HABILITACIÓN DE RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS CALLE CHAIGNEAU VIÑA DEL MAR”
Descripción El Anticipo corresponderá hasta un 30% del monto del aporte del mandante y le será cancelado al contratista contra Factura y entrega de los documentos de Garantía ascendentes al 100% del monto del Anticipo a nombre de la Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo. En caso de Vale Vista adjuntar carta indicando nombre de la obra a caucionar y nombre de la Empresa o persona natural.
Forma y oportunidad de su restitución A la empresa adjudicada se le devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles de realizada la Recepción Provisoria de Obra, sin observaciones, a través de oficio conductor, por carta certificada, en sobre cerrado que contenga la Garantía endosada por el Subgerente de Finanzas de la Fundación Hogar de Cristo al domicilio fijado por adjudicado
Lugar de entrega de la Garantía Departamento de Obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago.
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PARA EL CASO PARTICULAR DE LA PRESENTE OBRA DE HABILITACIÓN, SE DEJA CONSTANCIA QUE LA
FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO, NO OTORGARA ANTICIPO ALGUNO.
8.4.-GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCION.
Los oferentes deberán entregar a LA FUNDACIÓN una Garantía por la Correcta Ejecución de las Obras,
tomada por el mismo oferente en un banco comercial con oficinas en Santiago, la que deberá tener las
siguientes características:
Tipo de documento Instrumento de Garantía de acuerdo las condiciones dispuestas en el artículo.31 del Decreto 250 y sus modificaciones
Servicio Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo.
Pagadera A la vista con carácter irrevocable.
Vigencia mínima Con una Vigencia de 365 días corridos desde la Recepción Provisoria de Obras Sin Observaciones.
Expresada en $ (Pesos Chilenos).
Monto 2,5% del valor total del contrato.
Glosa En garantía por la correcta Ejecución de las Obras de "HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS DE CALLE CHAIGNEAU, VIÑA DEL MAR”
Descripción Una vez que las obras estén ejecutadas, Recepcionadas conforme Sin Observaciones Provisoriamente y como requisito previo al pago total de la obra, el Contratista deberá tomar a su nombre y presentar una garantía de plazo definido en el Artículo 30 de las presentes Bases Administrativas, extendida a nombre de la FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO, por un monto equivalente al 2,5% del monto total del contrato, deberá consignar la siguiente frase "para caucionar la Correcta Ejecución de la obra "HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS DE CALLE CHAIGNEAU, VIÑA DEL MAR”. En caso de Vale
Vista adjuntar carta indicando nombre de la obra a caucionar y nombre de la Empresa o persona natural.
Forma y oportunidad de su restitución La garantía será devuelta al Contratista una vez que se realice la Recepción Definitiva, a través de oficio conductor, por carta certificada, en sobre cerrado que contenga la Garantía endosada por el Subgerente de Finanzas al domicilio fijado por el adjudicado. Lo anterior es sin perjuicio del plazo legal de responsabilidad civil de 5 años a que hace referencia el artículo 2003, regla tercera del Código Civil o de los plazos previstos en las normas vigentes.
Lugar de entrega de la Garantía Departamento de Obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago.
8.5.- ERRORES EN LAS GARANTÍAS.
Si los documentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre
del mandante u otro, el oferente podrá presentar en el plazo de 48 horas de notificado sobre el error,
un nuevo documento correctamente emitido.
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9.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLAUSULAS:
9.1.-DEL CONTRATO Y SU PRÓRROGA
a) Una vez adjudicada la propuesta, se celebrará el contrato a suma alzada, sin reajustes y de acuerdo
a lo establecido en el punto Condiciones de Pago.
b) La minuta de contrato será elaborada por el Departamento de Obras de la FUNDACIÓN HOGAR DE
CRISTO, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás
antecedentes del llamado a propuesta.
c) Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 15 días
corridos contados desde la fecha en que se le notifique de la adjudicación.
d) Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta,
incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del
adjudicatario.
e) Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato,
serán de cargo exclusivo del adjudicatario. En consecuencia, LA FUNDACIÓN no pagará, en caso
alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato y a los actos
que de él se deriven. El Contrato entrará en vigencia a contar de la de la firma de ambas partes.
f) Las partes podrán de común acuerdo y por escrito, modificar el contrato si se generaran Aumentos
de Obra, Disminuciones de Obra, Otorgamiento de Obras Extraordinarias, Aumentos en el plazo
de ejecución de· las obras, y siempre que no exceda el Plazo total del contrato. Dichas
modificaciones deberán ser autorizadas por la inspección técnica de obras.
9.2.- DOCUMENTOS DE LA LICITACION.
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e
informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes
antecedentes: * Las presentes Bases Administrativas, * Las Especificaciones Técnicas * Las consultas y
respuestas * Las enmiendas de LA FUNDACIÓN sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven *
Los Formularios * La oferta adjudicada * La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa * Todo
otro documento que forme parte de la Licitación que emane de LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO. El
oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que
figuren en los documentos de la Licitación. LA FUNDACIÓN podrá admitir errores de forma que no
afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
9.3.- INGRESO DE OFERTAS EN EL PORTAL LICITAMOS.
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.licitamos.cl (subir todos los formularios y
documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes
Bases.
10.- MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION.
10.1. LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que
venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante
enmienda, por Resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada
por un oferente.
10.2. LA FUNDACIÓN deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, lo cual será
comunicado vía portal www.licitamos.cl.
10.3. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar LA FUNDACIÓN a los proponentes, será
a través del portal www.licitamos.cl
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11.-VIGENCIA DE LA OFERTA.
11.1. La oferta tendrá una vigencia de 60 días corridos a partir de la fecha de apertura de la propuesta.
11.2. No obstante cualquier declaración, las ofertas técnicas y económicas que se presenten, se
entienden tener vigencia de 60 días corridos, desde la fecha de apertura. Si LA FUNDACIÓN no pudiere
efectuar la adjudicación dentro de este plazo, podrá solicitar a los proponentes la revalidación de sus
ofertas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta, por un nuevo plazo de 60 días. En estas
circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación y podrán
solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.
12.-PROVEEDOR INSCRITO EN LICITAMOS.
En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de
contratistas de la Administración, LICITAMOS, estarán obligados a inscribirse dentro de 15 días hábiles
contados desde la adjudicación en este caso queda sin envío la orden de compra hasta su inscripción. En-caso
que el proveedor aún no haya iniciado la ejecución de las obras y haya expirado el plazo antes mencionado.
Dicha situación facultará a la FUNDACIÓN, para Readjudicar esa línea de licitación.
13.-DE LOS PRECIOS.
Los valores netos deberán cotizarse en pesos chilenos.
14-. DE LA FORMA DE PAGO.
La forma de pago será mediante estados de Pago de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en las
presentes bases, bases técnicas, especificaciones técnicas y previa aceptación de factura. Se consultan
Estados de Pago cada 15 días corridos, contados desde el primero de enero de 2018 (01-01-2018), de acuerdo
al avance de las obras. El pago se efectuará por la FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO.
El Contratista recibirá el valor de las obras ejecutadas a través de Estados de pago, de acuerdo a lo siguiente:
- Primer Estado de Pago: Este se cancelará luego de transcurridos 15 días corridos, contados desde el 01
de enero de 2018 de acuerdo al Avance de las obras.
- Estado de Pago Final: por el monto total del contrato deducido lo pagado en el o los Estados de Pago
anteriores, se cancelará una vez efectuada la Recepción Provisoria de los trabajos Sin Observaciones
previa presentación de la Garantía de Correcta Ejecución de las Obras.
A cada Estado de Pago se le descontará una cuota del anticipo otorgado si corresponde, cuotas en
cantidad similar a los meses ofertados.
La facturación deberá emitirse a nombre de la FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO, R.U.T.:
81.496.800-6 con domicilio en calle HOGAR DE CRISTO Nº 3812 de ESTACIÓN CENTRAL, SANTIAGO, y
se deberá entregar en DEPARTAMENTO DE OBRAS DE LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, ubicada en
calle HOGAR DE CRISTO 3727-A, ESTACIÓN CENTRAL, SANTIAGO.
Junto a cada Estado de Pago el contratista deberá hacer llegar entre otros documentos los siguientes:
Formulario de Detalles de Partidas del estado de Pago indicando el Avance de las Obras.
Factura correspondiente al cobro del Estado de Pago, cancelada en Original y dos copias.
Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo,
con menos de treinta días de antigüedad en el cual conste que no tiene: Deudas, Reclamos,
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Denuncias ni Multas provisionales o de remuneraciones pendientes, en relación con el presente
proyecto.
Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo, con menos de
treinta días de antigüedad, mediante el cual la Dirección del Trabajo Certifica los antecedentes
respecto de la empresa solicitante.
Fotocopias del Instituto de Normalización Previsional o Administradoras de Fondos de Pensiones,
en que se acredite que el contratista no tiene conflictos ni pagos pendientes con el personal que
labora en las obras. Estos certificados deben indicar expresamente su objetivo y tendrán sólo un
mes de validez. Sin estos certificados y antecedentes no se cursará el estado de pago
correspondiente.
Comprobante de Pago mensual de los consumos básicos como Agua, Electricidad y otros, cuando
corresponda.
Listado actualizado de Subcontratistas en la Obra.
Consentimiento de cada Subcontratista, indicando que se encuentra al día en el pago de
Remuneraciones con sus empleadores y que el Contrato General de la Obra se encuentra al día con
el Pago del Subcontratista.
Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo
por cada Subcontratista, con menos de treinta días de antigüedad en el cual conste que no tiene:
Deudas, Reclamos, Denuncias ni Multas provisionales o de remuneraciones pendientes, en relación
con el presente proyecto.
Entonces, de existir anticipo, en cada Estado de Pago se descontará una cuota de éste, equivalente al
monto de la boleta que lo garantiza.
15.-DEL PLAZO DE ENTREGA.
El proveedor deberá indicar el plazo de ejecución en días corridos, el cual comenzará a contarse desde la
Entrega de Terreno o dependencias (según el caso).
16.-DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS.
La apertura de las ofertas técnicas y económicas de la Licitación se efectuará a través del Portal LICITAMOS el
día señalado en las presentes Bases y calendario de la Ficha de Publicación, levantándose acta de lo actuado
a través del Portal LICITAMOS.
17.-DE LA EVALUACIÓN.
El proceso de evaluación será interno, se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en las Bases y
estará a cargo de una Comisión Evaluadora, la cual estará integrada por los siguientes profesionales y/o
técnicos:
1. Profesional Ingeniero 1, Hector Perez Pino de la Subgerencia Logística, o quien lo subrogue.
2. Profesional Arquitecto 2, Maria Ignacia Peñafiel del Departamento de Obras, o quien lo subrogue.
3. Profesional Ingeniero 3, Jean Pierre Mendy Muñoz de la Subgerencia Logística, o quien lo subrogue.
FUNCIONES COMISIÓN DE EVALUACIÓN:
a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en
relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal
LICITAMOS.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta
evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes
a través del Sistema de Información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se
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comunicaran a los demás oferentes, solo para efectos que éstos tomen conocimientos de las
mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o rupturas del principio de
igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación
y comprensión de las propuestas. Con excepción de las situaciones antes descritas en el presente
inciso, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con
la Comisión. (Art. 18. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos).
c) Solicitar a cualquier oferente, que subsane errores menores o aclare los documentos
presentados, cuando existan dudas. Estos requerimientos se harán por escrito a través del
PORTAL, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro del plazo señalado. (Art.
18. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos).
d) Revisar y estudiar la documentación solicitada, evaluará las ofertas técnica y económicamente,
confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes.
e) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la
evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del
análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación. Esto es en primer lugar, Precio, en
segundo lugar Plazo de Ejecución y en tercer lugar Experiencia.
f) Hacer presente el evento en que la oferta mejor evaluada sea menor en un 50% del precio
presentado por el segundo oferente mejor evaluado, a fin que el Director exija un aumento del
valor de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato al adjudicatario, en un 50% adicional
respecto a la garantía estipulada en las bases tomando como base la segunda oferta (EN EL CASO
QUE CORRESPONDA).
g) Podrá proponer desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se ajusta a las
necesidades de LA FUNDACIÓN o excedieren de su presupuesto.
h) Confeccionar un "Informe de Evaluación", el cual considerará en su análisis todos los
antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal,
económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación,
Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada
oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los
integrantes de la presente comisión para ser presentada a la Comisión de Adjudicación.
18.- PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO podrá solicitar a
los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios
u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores,
esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y
se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u
obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período .de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contados desde que se solicita esta información en el
Portal, ya sea para responder aclaraciones, salvar los errores u omisiones de su oferta, o para presentar los
documentos omitidos, en cuyo caso procederá a evaluar en la forma establecida en el punto 6 de las presentes
bases. LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo,
dejando la oferta inadmisible.
19.-RESOLUCIÓN DE EMPATES.
En el caso de que dos o más empresas se encuentren en una situación de empate en la evaluación de ofertas
se procederá a re-evaluar el criterio precio, de persistir el empate se reevaluara el criterio Plazo y criterio
Experiencia, para decidir la empresa que se adjudicará la licitación se adjudicará al que ofrezca el precio más
bajo y de persistir el empate se adjudicará a la empresa que oferte el plazo más bajo y tenga el mejor puntaje
en experiencia, de persistir el empate se adjudicara a la empresa que presente mejores condiciones en alguno
Las consultas generadas producto de la licitación deberán generarse a través del Portal www.licitamos.cl
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En todos estos casos, LA FUNDACIÓN podrá readjudicar en la licitación, al oferente evaluado con la siguiente
mejor calificación, según cuadro comparativo, en la medida que cumplan íntegramente con las Bases
Administrativas y Técnicas, y resulten convenientes a los intereses institucionales y dejarla sin efecto en caso
contrario.
24.-DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
LA FUNDACIÓN, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato, por alguna de las
siguientes causales:
1. Que el proveedor, en los casos que procediere, fuere multado por el acto administrativo
correspondiente:
a. Cinco (5) veces por Faltas Leves.
b. Tres (3) veces por Faltas Graves; o una vez por falta grave, habiéndose aplicado
anteriormente una multa por tres (3) faltas leves.
c. Por dos (2) Faltas Gravísimas.
2. Que el proveedor no pudiere cumplir cualquiera de sus obligaciones contempladas en la
licitación, de carácter GRAVISIMAS.
3. Que el proveedor fuese declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia, a menos que
mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el
cumplimiento del contrato.
4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de
ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
6. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen
del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o
Contrato definitivo.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de
Resciliación.
CLASIFICACION DE FALTAS:
FALTAS LEVES:
a) No cumplir con las órdenes que imparta el ITO.
b) Falta a la Ley N° 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales.
c) Incumplimiento a lo descrito en D.S. Nº 594., que aprueba Reglamento sobre condiciones Sanitarias
y Ambientales básicas en los lugares de trabajo.
d) Tomar Ensayes sin la presencia de la ITO.
El incumplimiento de cada una de estas causales será sancionado con una multa diaria, la que será
aplicada administrativamente cuando estas sean incumplidas.
FALTAS GRAVES:
e) Colocar materiales que no cumplen con lo especificado en el Proyecto.
f) Colocar material sin certificación nacional.
g) Ausencia del profesional a cargo de la obra sin autorización de la ITO.
h) Cuando el Avance de la Obra mensual no supere el 10% de lo programado, sin razón justificada.
i) Ejecutar Aumentos de Obra y/o Obras Extraordinarias sin autorización.
j) Construir sin apego a lo proyectado y sin autorización del ITO.
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FALTAS GRAVISIMAS:
a) Cambiar y/o retirar Equipos y/o Materiales instalados y recepcionado por Estado de pago sin importar
el porcentaje pagado por este.
b) Cuando el atraso en el Avance de la Obra, supere el 25% respecto al Plazo Contractual, sin razón
justificada.
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
a) En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 7, detectada
la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable , se informará al adjudicatario por
carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al
contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el
adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los
antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan
presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al
contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de
veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o
parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por
carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder
en contra del adjudicatario, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la
mencionada Garantía.
b) El término del contrato por la causal establecida en el numeral 8 se deberá generar mediante la
subscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, autorizado por
Notario y protocolizado en notaria de Santiago, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto
Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
25.-CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIONES.
El Ejecutor o Contratista no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente,
los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos
en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho a LA FUNDACIÓN para poner término
anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el punto DEL TÉRMINO
ANTICIPADO DEL CONTRATO de las presentes Bases.
Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho
común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Durante la
ejecución del contrato, y previa autorización por escrito de LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, el adjudicatario
sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas
específicas, todo lo cual será calificado por la Unidad Técnica. En todo caso, cualquiera sea el tipo de
subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del
respectivo contrato suscrito con LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO. El personal que contrate el Ejecutor, con
motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación
laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, sino que
exclusivamente con el Ejecutor.
25.-PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
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considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario en
relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos
que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en
la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de
tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para
asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
27.-MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
1. LA ITO podrá ordenar el aumento de las cantidades de obra contempladas en el contrato previa
aprobación expresa del Mandante, hasta un 10% (Diez por ciento) del monto contratado. Los
aumentos de obras se valorizarán de acuerdo a los precios de la Propuesta y Análisis de Precios
Unitarios. Su definición debe entenderse referida a aquellas obras que deriven de un cambio de
proyecto que no pudo tener en cuenta el contratista al momento de presentar sus ofertas y que sean
necesarias para llevar a mejor término la obra contratada.
Con todo, los aumentos de obras y obras extraordinarias efectivas, no podrán exceder del diez por
ciento (10%) del valor total del contrato, deduciendo las disminuciones de obras, si las hubiere. Sin
perjuicio de lo expresado anteriormente cualquier aumento de obras u obra extraordinaria deberá
contar con la autorización de Disponibilidad Presupuestaria respectiva.
2. Si durante el transcurso de la obra fuera necesario la ejecución de obras extraordinarias a precios no
convenidos en la Propuesta, el Contratista de la Obra deberá presentar presupuesto detallado con el
análisis de sus precios unitarios a fin de convenirlos con LA ITO.
3. Las modificaciones en el valor del contrato, referidas a aumentos de obras y de obras extraordinarias
se garantizarán mediante instrumento de garantía, bajo idénticas condiciones de porcentajes y plazos
estipulados en la propuesta.
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4. Las modificaciones y/o aumentos de obras y/u obras extraordinarias, podrán dar origen a una
variación en los plazos convenidos, los que deberán ser estudiados en cada caso en particular. La
modificación del plazo puede tener su origen en una de las siguientes situaciones:
a. Aumento o Disminución del plazo por concepto de aumento y/o disminución de obras o
ejecución de obras extraordinarias. Si por disposición del Mandante se origina un aumento o
una disminución de obra o la ejecución de una obra extraordinaria que altere el programa de
obra aprobado por la ITO, se aumentará o disminuirá el plazo según corresponda.
b. Aumento o Disminución del plazo por modificación del programa de ejecución de obra
ordenado por el Mandante. Si por aplicación de instrucciones del Mandante, que no originen
aumentos, disminuciones u obras extraordinarias, se modifica el programa de ejecución de
obra aprobado por la ITO, el contratista tendrá derecho a solicitar el aumento o disminución
del plazo correspondiente. La ITO revisará los antecedentes y aprobará o rechazará la
solicitud del Contratista. Un Aumento de plazo solicitado por el contratista basado en la
ocurrencia de fuerza mayor o caso fortuito, aceptado por el Mandante, no dará origen a
reembolso alguno por ningún concepto ni pago de Gastos Generales. El Contratista
presentará un Programa Detallado de Trabajo o Carta Gantt, que entregará al Inspector
Técnico (ITO), para su revisión y aprobación, si procede, en un plazo no mayor de 10 días
corridos, contados desde la Entrega de Terreno. Cualquier modificación del Contrato original
será convenido con LA FUNDACIÓN, mediante la suscripción de un convenio el que será
autorizado mediante Resolución dictada por LA FUNDACIÓN, previa aprobación del
Mandante. Las modificaciones de Contrato, hasta un 10% (diez por ciento) del monto del
Contrato se refieren a aumentos de obra y/u obras extraordinarias.
Toda modificación al contrato deberá ser acordada por ambas partes contratantes, mediante
contrato de aumento o modificación de obra, autorizado ante notario y protocolizado en una Notaría
de Santiago. Los gastos de los trámites anteriores serán de cargo del proveedor.
El contratista quedará obligado a ejecutar los nuevos trabajos o aceptar la disminución de las obras,
hasta el porcentaje indicado. Los aumentos o disminuciones de obra y las obras extraordinarias
podrán dar origen a una variación del plazo, que será resuelto por LA FUNDACIÓN de acuerdo con los
antecedentes del caso y el informe que para tal efecto elabore el Inspector Técnico de la Obra.
El valor de los aumentos o la reducción del precio del contrato, se determinará sobre la base de los
precios unitarios del Presupuesto Detallado. El precio resultante se recargará o disminuirá en el
porcentaje de gastos generales y utilidad del presupuesto más I.V.A.
En caso de disminución de obras el contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por parte
de LA FUNDACIÓN.
En casos de aumento de obras u obras extraordinarias deberá complementarse la o las garantías
acompañadas; en caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor de las garantías reguladas
en el presente contrato.
La nota de cambio con los presupuestos de aumento y disminución de obra y de obras extraordinarias
deberán ser presentados por el Contratista dentro de un plazo máximo de 20 (veinte) días corridos a
la Inspección Técnica de la Obra, desde la orden escrita impartida por dicha Inspección.
El ITO y el Contratista no podrán requerir ni presentar notas de cambio dentro de los 20 (veinte) días
previos a la fecha fijada para el término de la obra.
La resolución corresponderá a la formalización suficiente y obligación para que el Contratista proceda
al aumento o disminución de obras u obra extraordinaria. Finalizada la obra las resoluciones emitidas
pasaran a integrar una única modificación final al contrato.
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Con todos los aumentos de obra y obras extraordinarias efectivas, no podrán exceder del diez por
ciento (10%) del valor total del contrato, deduciendo las disminuciones de obras, si las hubiere. Sin
perjuicio de lo expresado anteriormente cualquier aumento de obras u obra extraordinaria deberá
contar con la autorización de Disponibilidad Presupuestaria respectiva.
Para determinar el monto de obra extraordinaria se aplicará a las cantidades efectivas de obra el
precio unitario que se pueda deducir u homologar del Presupuesto Detallado. Si no existiere un valor
unitario en el mencionado presupuesto detallado, se considerará para la obtención del mismo, los
que se encontraren en el análisis de precios unitarios entregados por el contratista y a falta de alguno
de estos, los valores se fijarán de común acuerdo entre las partes en base a tres cotizaciones de
elementos de equivalencia en calidad y funcionalidad. El precio resultante se recargará en el
porcentaje de gastos generales y utilidad del presupuesto, más I.V.A.
Los aumentos o disminuciones de obras y obras extras o extraordinarias serán aprobados por el
Inspector Técnico de la Obra en primera instancia a través de una nota de cambio. Este documento
lo firmará tanto el Inspector Técnico de la Obra como el Contratista, y un representante de la Unidad
Técnica, el cual estará compuesto por un presupuesto detallado en el mismo formato del itemizado,
con descripción de la materia y observaciones aclaratorias.
El aumento de obra u obra extraordinaria que no afecte el plazo total del contrato ni la ruta crítica,
no dará derecho a pago por concepto de Gastos Generales.
28.-DE LAS SANCIONES Y MULTAS.
Corresponderá al Inspector Técnico de la Obra informar el o los incumplimientos de la Empresa y
corresponderá a LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO emitir la respectiva Resolución de cobro de multa a
nombre de LA FUNDACIÓN y cursar las multas que se señalen en los numerales siguientes por actuaciones
imputables al contratista, las que se harán preferentemente efectivas en el estado de pago más próximo al
incumplimiento, sin perjuicio de las facultades de LA FUNDACIÓN para dar por terminado el contrato y hacer
efectivas las garantías y/o retenciones que obraren en su poder.
Todas las multas serán aplicadas administrativamente, en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses, salvo que
el contrato lo sea, en cuyo caso la multa se reajustará de igual forma que el estado de pago o en caso de ser
fijadas en Unidades de Fomento, según se indique para cada caso.
Las multas en su conjunto tendrán un tope máximo de 10% del valor del contrato. La acumulación de las
multas por un monto superior al 10% del valor total del contrato será causal de Término anticipado del mismo.
Excepcionalmente este tope no se aplicará si la FUNDACIÓN estima por Resolución Fundada que no resulta
conveniente para los interese de éste el poner Término al contrato en virtud del estado de avance de las
obras.
Multa por Atraso en la entrega de la obra terminado el plazo total contractual.
En caso de atraso en la entrega de la obra una vez terminado el plazo de ejecución de esta y no habiéndose
concedido ampliación de plazo de acuerdo a lo regulado en las presentes bases o no habiéndose justificado
caso fortuito o fuerza mayor de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45 del Código Civil, se aplicará una multa
por día de atraso en la entrega de las Obras, equivalente al valor calculado de acuerdo a la siguiente formula:
VTO: Valor Total de la Obra, sus ampliaciones u obras extraordinarias, menos las disminuciones
de obra, si la hubiere.
DTO: Días corridos totales de ejecución de obra pactados, más los aumentos de plazo si los
hubiere.
VDE: Valor diario de ejecución de obra.
VALOR MULTA: 0,1 x ((VTO)/(DTO))
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La multa se hará efectiva en el último estado de pago, en las retenciones que obren en poder de LA
FUNDACIÓN o las garantías que se encuentren en poder de este.
Multa por atraso en cumplimiento de instrucciones del Inspector Técnico de Obra.
El contratista deberá someterse a las órdenes e instrucciones del Inspector Técnico de la Obra, las que
impartirá por escrito mediante el Libro de Obra u otro medio establecido en el contrato.
El incumplimiento de cada orden será sancionada con una multa diaria de 10 UF, la que será aplicada
administrativamente, durante el lapso en el cual sea acatada hasta por un máximo de 15 días.
La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la multa.
Otras Multas
a. Se aplicará una multa por cada día de atraso en la entrega de cualquier documento solicitado en
las presentes Bases, como por ejemplo: entrega del PAC, Carta Gantt fechada, informes y demás
establecidos en las Bases. Independientemente de la complejidad de la obra, equivalente a 10
UF, por cada evento.
La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la
multa:
b) Se aplicará una multa por cada día de atraso en la ejecución de pruebas y ensayes.
Independientemente de la complejidad de la obra, equivalente a 5 UF.
La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la
multa.
c) Se aplicará una multa por el incumplimiento de cualquier obligación establecida para los
materiales de construcción. Independientemente de la complejidad de la obra, equivalente a 20
UF, por cada evento, sin perjuicio de la reposición del material especificado o autorizado para su
homologación.
La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la
multa.
d) En caso de que el Contratista no despeje y retire del sitio de los trabajos la totalidad de los
materiales excedentes, obras y basuras de cualquier especie, los que deberán ser depositados
en un botadero autorizado fuera del terreno en el que se ejecutan las obras, será sancionado con
una multa por cada día de atraso en el retiro, de acuerdo a las instrucciones de la I.T.O.,
independientemente de la complejidad de la obra, equivalente a 10 UF, por cada evento, las
cuales se descontaran del Estado de Pago posterior desde que ocurre el evento.
La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la
multa.
e) Solo en casos justificados y de fuerza mayor, el I.T.O. podrá autorizar la ausencia de un
profesional que requiera presencia permanente y/o personal mínimo establecido de acuerdo a
la complejidad de la obra hasta por un máximo de siete (7) días corridos. En el evento de exceder
el plazo autorizado se aplicará una multa por cada día de ausencia injustificada de 5 UF para
profesionales con exigencia de presencia permanente y para los demás profesionales de 3UF.
f) Se aplicará una multa por cada día de atraso de en la instalación de letreros de obra, señalética,
instalaciones para Inspección Técnica de la Obra, u otra instalación similar. Independientemente
de la complejidad de la obra.
El incumplimiento de que se trata será sancionado con una multa diaria de 10 UF la que será
aplicada administrativamente, durante el lapso en el cual se produzca el incumplimiento.
La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la
multa.
g) Se aplicará una multa diaria por incumplimiento en los parámetros de calidad contenidos en el
PAC u otro documento que forma parte del sistema de gestión de calidad, por cada evento.
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El incumplimiento de que se trata será sancionado con una multa diaria 1 O UF la que será
aplicada administrativamente, durante el lapso en el cual se produzca el incumplimiento.
La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la
multa.
h) Se aplicará una multa 10 UF por cada día de atraso en la presentación de las pólizas de seguro,
sin perjuicio de no poder iniciarse las obras.
i) Retardo en la entrega de acta de reuniones programadas se aplicará una multa equivalente a 5
UF. La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la
multa.
j) Iniciar trabajos mediante subcontratación sin autorización de la I.T.O. Si el contratista
subcontratara parte de las obras, sin contar con la autorización respectiva se aplicará una multa
equivalente al 20% del valor de la partida subcontratada y presupuestada, incluyendo el valor
asociado de gastos generales y utilidad. Si la partida no estuviese claramente especificada en el
presupuesto, esta se valorará de acuerdo a los precios unitarios, aplicando a estos, el respectivo
porcentaje de gastos generales y utilidades.
Sanciones por infracción a las Normas de la Ley N°16.744.
Sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que le cabe al Contratista, en los accidentes que se puedan
producir en la obra por el incumplimiento de las medidas de prevención de riesgos establecidas en la Ley Nº
16.744 y sus reglamentos, en el Código Sanitario y sus reglamentos, en el Código del Trabajo, y en las
presentes Bases, el Inspector Técnico de la Obra está facultado para aplicar las siguientes medidas correctivas
según corresponda:
a. Podrá exigir la separación de cualquier Subcontratista, empleado u operario del Contratista o
Subcontratista, en caso de insubordinación o cuando se acredite reincidencia en actitudes que
ponen en peligro la seguridad o salud propia, la de sus compañeros de trabajo o de la obra, como
la continuidad de la obra.
b. Podrá suspender las faenas, en forma parcial o total, cuando exista riesgo inminente de
accidentes que puedan afectar a personas o bienes materiales, especialmente en la eventualidad
que estos se hayan producido, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de los organismos
fiscalizadores pertinentes, quienes pueden aplicar las sanciones pecuniarias que correspondan.
Esta suspensión no dará motivo a aumentos de plazo ni a indemnizaciones al Contratista.
c. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas en lo
relativo a Prevención de Riesgos o de cada orden anotada en el libro de obras, será sancionado
con una multa diaria aplicada administrativamente por el Inspector Técnico de la obra, por cada
día de atraso en la corrección de la infracción equivalente a 25 UF. En caso de reincidencia la
multa diaria será aumentada al doble.
La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la
multa.
d. De igual manera, el contratista que no entregue oportunamente la información que se señala en
el para los estados de pago o recepción de las obras establecidos de esta Bases, o se niega a
hacerlo, será sancionado con una multa equivalente a 10 UF, vigente al día en que se dicte la
Resolución que aplica la multa la que deberá ser aplicada administrativamente y descontada en
el estado de pago respectivo. En caso de reincidencia la multa diaria será aumentada al doble.
29.-ATRASOS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA.
Si durante la ejecución de la obra se produjeren atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o caso
fortuito, o se presentara imposibilidad temporal atribuible a LA FUNDACIÓN para continuar con su ejecución,
el contratista deberá presentar al Inspector Técnico de la Obra su justificación antes de transcurridos 10 (diez)
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días corridos contados desde la ocurrencia del hecho, el que calificará los motivos de los atrasos para los
efectos de la prórroga del plazo, o su rechazo. Pasados los diez días no se aceptará justificación alguna.
La petición escrita de prórroga podrá ser aceptada o rechazada por el Inspector Técnico de la Obra; de ser
aceptada, se dictará el Acto Administrativo que corresponda.
En todo caso no se admitirá la prórroga una vez transcurrido el plazo de ejecución de la obra. La ampliación
del plazo en estas circunstancias, no dará derecho a pago adicional.
Las multas por retardo serán aplicadas de acuerdo a lo indicado en el numeral pertinente y serán descontadas
del Estado de Pago siguiente al mes que se encuentre ejecutoriada la Resolución que aplica la sanción.
30.- PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACION DE MULTAS:
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o
del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción
cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de
la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes) para
efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse en caso fortuito o fuerza mayor, acompañando todos
los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan
presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el
adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de 10 (diez) días
corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se
determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda,
notificándose por carta certificada. al adjudicatario o a su representante legal.
31.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA
31.1.- UNIDAD TÉCNICA DE LA OBRA (U.T.)
Se entiende por Unidad Técnica de la Obra, a los Profesionales designados por LA FUNDACIÓN que tendrán a
su cargo la función de supervisar técnica y administrativamente la obra, en conformidad a las Bases
Administrativas, Técnicas, demás antecedentes del proceso de licitación y el Contrato.
Dentro de la Unidad Técnica habrá un funcionario designado como Inspector Técnico de la Obra (I.T.O.), quien
junto a los demás profesionales que designe LA FUNDACIÓN, sean éstos funcionarios o contratados a
honorarios, fiscalizarán, apoyarán el desarrollo y ejecución del proyecto. Sin perjuicio de las funciones que
desempeñe la Asesoría a la Inspección Técnica de la Obra (A.I.T.O.), quienes para todos los efectos estarán
bajo dependencia del I.T.O.
31.2.- INSPECTOR TÉCNICO DE OBRA (I.T.O.)
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico de Obra (I.T.O.), al
profesional funcionario perteneciente a la Unidad Técnica a quien LA FUNDACIÓN le haya encomendado velar
directamente por la correcta ejecución de la Obra y en general, por el cumplimiento del Contrato. Esta labor
podrá ser ejercida por un profesional Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Constructor y/o Constructor Civil.
La Unidad Técnica será representada ante el Contratista por el I.T.O., el que deberá, entre otras funciones,
formular todas las observaciones que le merezca la ejecución de las faenas, la calidad de los equipos y
cualquier otra que estime necesaria: interpretar las especificaciones del proyecto; en su materialización en
obras; verificar la protección de materiales y equipos; requerir el cumplimiento de las medidas de seguridad
y de las instalaciones; controlar el cumplimiento de la programación de las obras, velar por el orden y limpieza
de los terrenos y recintos de trabajo y otras que LA FUNDACIÓN y las presentes bases le encomiende.
En consecuencia, el I.T.O. estará facultado para: rechazar materiales que no cumplan con las especificaciones
pertinentes; suspender faenas cuando se compruebe incumplimiento de las especificaciones o cuando ellas
se realicen en forma descuidada o con peligro para personas e instalaciones; exigir ensayos cuando le merezca
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duda de calidad de las obras y de los materiales utilizados o cuando, a su juicio, sean necesarios y ordenar la
paralización previo VºBº de la U.T., a costa del Contratista, cuando no se hayan cumplido los requisitos
especificados de ubicación, dimensiones y/o calidad de los materiales y obras ejecutadas.
Esta inspección técnica de las obras no libera al Contratista del cumplimiento de todas sus obligaciones y de
las responsabilidades que le corresponden.
El Contratista deberá dar cumplimiento a las instrucciones emitidas por LA FUNDACIÓN a través del I.T.O., las
que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones establecidas en las Bases, y a
la naturaleza de la obra a ejecutar, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que el I.T.O. estipule. El
incumplimiento de cada orden será sancionado con una multa según se indica en el numeral respectivo de
estas Bases, hasta un plazo máximo de 15 (quince) días corridos.
El I.T.O. podrá exigir el término de las labores de cualquier sub contratista o trabajador del Contratista, por
insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente fundado a juicio del I.T.O.,
quedando siempre responsable el contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya
podido cometer la persona separada de sus funciones.
Si el I.T.O. detecta un avance inferior al planificado y aprobado, podrá exigir el incremento de personal y/o
fijar normas para regular el ritmo de las faenas y dar cumplimiento al programa Gantt aprobado que rige la
Obra.
El Contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no
sean aceptados por el I.T.O., por razones de carácter técnico siempre y cuando este no modifique las
especificaciones técnicas y dichos materiales sean de igual o superior calidad que los especificados, sin que
ello implique mayor costo para LA FUNDACIÓN.
El I.T.O. podrá ordenar el retiro, fuera de la zona de la faena, de los materiales que sean rechazados por mala
calidad, cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en la Obra sin su consentimiento.
La falta de cumplimiento de esta orden deberá ser sancionada en la forma dispuesta en el numeral respectivo
de estas Bases, sin perjuicio de ordenar la paralización de la Obra.
El I.T.O. podrá establecer solo modificaciones que no involucre un cambio sustancial del proyecto previa
aprobación de la U.T. (Unidad Técnica), en caso de cambios o modificaciones relevantes y que afecten el
proyecto original deberá solicitar adicionalmente un pronunciamiento a los proyectistas.
Cuando el Contratista solicite un cambio de materiales o elementos a utilizar, la I.T.O. deberá analizar los
plazos involucrados, los argumentos y documentos presentados, verificar la equivalencia técnica y las
características de la alternativa y entregar un informe con su propuesta de aceptación o rechazo.
Ante eventuales dudas respecto de que el material a utilizar no cumpla efectivamente con los requisitos
establecidos en la Bases, la I.T.O. podrá pedir ensayos adicionales que serán de cargo exclusivo del Contratista.
La aceptación definitiva del material por parte del I.T.O. de la Obra, se hará durante la marcha misma de las
obras.
Los ensayos se realizarán de acuerdo a Normas Chilenas. En caso de no existir Normas Chilenas para algún
material, el procedimiento será sometido previamente a la aprobación de la I.T.O.
El ingreso de toda persona ajena calificada por la I.T.O. a la obra debe ser autorizada por éste o un integrante
de la Unidad Técnica.
31.3.-PLAN ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD (PAC).
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El Contratista deberá implementar y ejecutar, a su entero costo un plan de gestión de la calidad de los
servicios, basados en las Normas ISO 9001:2008.
El Contratista deberá elaborar y presentar un Plan de Aseguramiento de Calidad para revisión y aceptación
del Inspector Técnico de la Obra, en el Plazo de 10 días corridos, contados desde la fecha del Acta de entrega
de terreno. Las eventuales observaciones del Inspector Técnico de la Obra se deberán incorporar al Plan
dentro del plazo que este otorgue para tal efecto a través del Libro de Obra. Si cumplido dicho plazo, no hay
más observaciones, se entenderá como aceptado el Plan de Aseguramiento de Calidad, sin embargo, si las
hubiere, el Inspector Técnico de la Obra se las hará llegar al contratista y le fijará un nuevo plazo para
corregirlo y presentarlo nuevamente para aprobación, dejando constancia en el libro de obras.
31.4.-CONTENIDO Y DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE ASEGURAMIENTO DE CALIDAD.
El PAC tendrá una portada, la que deberá contener el nombre del contratista y su logotipo, los nombres y
firmas del responsable de su elaboración, la revisión por el Responsable de la Unidad de Aseguramiento de
Calidad, la aprobación del Administrador General de la Obra y un espacio para que el Inspector Técnico de la
Obra deje constancia con su nombre y firma de haber revisado y aceptado el documento.
32.-RECEPCIÓN DE LA OBRAS:
32.1.-RECEPCION DE LAS OBRAS CONTRATADAS:
Si durante el período de la construcción o durante el plazo que medie entre la recepción provisoria y definitiva
de la obra, se comprobare que el material aceptado por el I.T.O. ha resultado deficiente en el hecho, el
Contratista tendrá la obligación de reemplazarlo y de reconstruir por su cuenta y a su costa la obra en que fue
empleado.
32.2.-RECEPCIÓN PROVISORIA.
Esta podrá ser por una o varias etapas, así como también sub etapas de un mismo proyecto dependiendo de
si el licitado contempla una o más etapas de ejecución, lo que deberá quedar definido y expresado en el Anexo
Complementario; así como en el contrato.
La Comisión Receptora fijará la oportunidad para dar inicio a la Recepción Provisoria dentro de un plazo no
mayor a 30 (treinta) días corridos, contados desde la fecha en que se registre en la secretaría de la Unidad
Técnica, la carta de contratista, donde indica el término de la obra una vez terminado el plazo contractual y
que solicita la Recepción Provisoria.
El I.T.O. dará el VºBº para que se proceda a la recepción de la Obra y establecerá en el libro de obra, la fecha
en la que procederá a iniciarla.
Se constituirá la Comisión Receptora, nombrada a través de la Resolución respectiva, la cual estará compuesta
por el Jefe de la Unidad Técnica o quien lo subrogue y por, a lo menos, dos profesionales que designe LA
FUNDACIÓN, y un Ministro de Fe, todos los cuales deberán ser funcionarios de LA FUNDACIÓN.
Al acta de recepción asistirá la Comisión designada para tales efectos, el Inspector técnico y el Contratista o
su representante. Una vez verificado el cabal cumplimiento se dará curso a la recepción provisoria y se
levantará un acta que será suscrita por todos los asistentes.
Si de la Inspección de la Obra que haga la Comisión, determina que los trabajos presentan observaciones
menores que no afecten el funcionamiento de la obra ejecutada, procederá a recepcionar con reservas,
elaborando un listado de las observaciones y fijando al Contratista un plazo determinado por la Comisión para
subsanarlas. Terminado este plazo, se constituirá nuevamente en terreno para verificar su cumplimiento.
Habiendo el Contratista subsanado las observaciones realizadas en el listado preparado por la Comisión
Receptora, en el plazo fijado para esto por la comisión, se procederá a verificar dicha circunstancia en tal caso,
no se considerará atraso el plazo otorgado por la Comisión Receptora.
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Si por el contrario, el Contratista no cumple dentro del plazo fijado con el término de las observaciones y éstas
son menores, la Comisión quedará a la espera del aviso del I.T.O. del término definitivo de éstas para proceder
a su verificación y se le aplicará la multa correspondiente.
LA FUNDACIÓN en el caso del párrafo anterior, resolverá en consecuencia y se procederá al término
anticipado del Contrato, efectuando todos los actos administrativos y técnicos que correspondan.
En ningún caso el Contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a
reconstruirlos bajo pretexto de haber sido aceptados por el I.T.O. o de haber sido ejecutados por un
subcontratista.
Si el Contratista no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo que fije la Comisión
Receptora, de acuerdo a la cantidad de obras pendientes, el I.T.O. con el VºBº de la Unidad Técnica podrá
llevar a cabo la ejecución de dichos trabajos por cuenta del Contratista y con cargo al último estado de pago,
a la retenciones y/o de las garantía por el fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de la multa por atraso
si ello procediere.
Una vez subsanados los defectos observados por la Comisión, ésta deberá proceder a efectuar la Recepción
Provisoria, estimándose como fecha de término de las obras, la fecha en que esta recepción provisoria sea
efectiva. Dicho plazo quedará consignado en el acta de recepción.
Durante el plazo de garantía de correcta ejecución, la entidad encargada de su administración podrá usar la
Obra para la función a la que estaba destinada. El Contratista será responsable de todos los defectos que
presente la ejecución de la Obra, que no se deban a un uso inadecuado de ella y deberá repararlos a su costa.
En los casos de incumplimiento del plazo contratado, la Unidad Técnica podrá ordenar el uso parcial en los
sectores terminados de la Obra, previa recepción de éstas. Antes de la Recepción definitiva, será de cargo del
Contratista las fallas que experimente, siempre que sean imputables a la mala ejecución de la Obra o al
empleo de materiales deficientes.
Se establece que el periodo de tiempo para dar inicio a la recepción, así como también el tiempo que dure
este proceso "no da derecho a cobro de mayores Gastos Generales" por parte del Contratista.
Efectuada sin observaciones la Recepción Provisoria, LA FUNDACIÓN tomará posesión de las obras y desde
ese momento podrá utilizarlas según su destino prefijado, subsistiendo la responsabilidad del Contratista.
También se podrá proceder a la Recepción Provisoria de sub etapas o sectores de la obra que se definan de
común acuerdo durante el desarrollo del contrato.
Las recepciones parciales serán solicitadas por el Contratista al I.T.O. a través del libro de obras, el que en un
plazo de treinta días corridos definirá el plazo para proceder a dicha recepción. El proceso de recepción
parcial, se realizará con igual formalidad que la recepción provisoria, y la misma comisión receptora,
exceptuando el listado de antecedentes requeridos para ello. Dicha recepción corresponderá exclusivamente
a la ejecución física de las obras. Será la misma comisión designada.
En el caso de recepción provisoria con observaciones o sin observaciones de sub etapas, etapas o sectores,
se procederá en forma similar a la descrita anteriormente no siendo exigible en esa oportunidad .la entrega
de los certificados y/o Planos, (si procede) documentos que serán entregados en la recepción provisoria de
término de obra. El Contratista será responsable hasta la recepción definitiva de la obra, de los problemas
derivados de defectos de construcción o de materiales empleados en ella, así como del funcionamiento de
equipos e instalaciones, deberá proceder a su reparación cuando le sea ordenado por la Inspección Técnica
de la Obra. Por su parte LA FUNDACIÓN será responsable de deterioros y pérdidas originados por el uso
normal y que no derive de defectos de la construcción de los sectores recepcionados provisoriamente.
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El Contratista sólo podrá cursar el último estado de pago, una vez que cuente con el Acta de Recepción
Provisoria debidamente firmada por la Comisión receptora y presente la garantía por la Correcta Ejecución
de las obras.
En el Acta de Recepción Provisoria Sin Observaciones se consignará, entre otros aspectos:
• Fecha Entrega Terreno.
• Aumento de plazo (si procede).
• Obras Extraordinarias y/u obras nuevas (si procede)
• Fecha de Término Contractual.
• Monto total del contrato.
• Listado de Observaciones aprobadas, si las hubiere.
• Días que se otorgaron para subsanar observaciones.
• Días de atraso.
• Multas desagregadas por causales.
• Fecha de término efectivo de la Obra.
• Fecha de Recepción Provisoria sin observaciones de la Obra.
• Fecha fijada de Recepción Definitiva de la Obra.
32.3.-RECEPCIÓN DEFINITIVA.
La Recepción Definitiva se hará a petición escrita del Contratista en la misma forma y con las mismas
solemnidades que la recepción provisoria transcurrido el plazo de 365 días corridos. En todo caso, deberá
efectuarse a más tardar con 30 días hábiles de antelación al vencimiento de la garantía de correcta ejecución.
Efectuada la recepción definitiva, se procederá a liquidar el contrato dictándose la Resolución pertinente, la
que surtirá plenos efectos una vez que se encuentre totalmente tramitada, se procederá a devolver dicha
garantía.
Durante el plazo de garantía de la obra, el Contratista será responsable por todos los defectos, fallas y
deterioros que ella evidenciase o que pudiese afectarle por mala ejecución de la obras.
Finalmente, el Contratista responderá por todos los daños y perjuicios que se causaren a terceros, durante o
con motivo de los trabajos, con ocasión de defectos de construcción o de mala calidad de los materiales
empleados en la Obra, sea que provengan de erros, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus
dependiente.
33.-LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.
Hecha la recepción definitiva sin observación alguna de la Unidad Técnica, se procederá a efectuar la
liquidación del contrato con el Contratista mediante documento oficial con la firma de los representantes
legales de ambas partes, dictándose para tal efecto el acto administrativo respectivo, el que sufrirá plenos
efectos una vez que se encuentre totalmente tramitado.
34.-DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
34.1.-OBLIGACIONES GENERALES
El contratista deberá ceñirse para la ejecución de los Trabajos a los Planos, al presupuesto adjudicado, a las
Especificaciones Técnicas y a todas las normas y disposiciones que se consultan en las Leyes, Reglamentos y
Ordenanzas, tanto Fiscales como Municipales, vigentes a la fecha de la propuesta y que afecten a la obra. Se
entenderá, además, incorporada a este Contrato la siguiente documentación: Las Bases Administrativas Tipo;
Bases Técnicas; planos respectivos; aclaraciones, respuestas a las consultas formuladas en el proceso
licitatorio; la oferta y documentos presentados por el Contratista y cualquier otro documento originado y/o
relativo al proceso de licitación, en especial a lo dispuesto en los numerales 3.5, 3.6 de las presentes Bases.
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Queda prohibido al Contratista introducir por iniciativa propia modificaciones o alteraciones a la Obra,
debiendo deshacer a su costo aquellos trabajos que no hayan sido establecidos en las Bases de la licitación o
aquellos que no han sido autorizados por LA FUNDACIÓN a través de la I.T.O.
El Contratista tendrá la obligación de designar un profesional que estará a cargo de la Obra encomendada,
que ejercerá como Profesional Responsable de la Obra de acuerdo a la complejidad y será el representante
autorizado del Contratista; sin perjuicio de ello, la dirección de la Obra estará siempre a cargo del Contratista.
La I.T.O. podrá requerir fundamentalmente el cambio del Profesional Responsable de la Obra si estima que
no es una persona idónea para la función encomendada. El profesional de reemplazo deberá contar con la
aprobación de la I.T.O. y cumplir con los mismos o mayores requisitos establecidos en las presentes bases
para dicho profesional.
Será requisito esencial para autorizar las obras, que el Contratista haya obtenido los permisos, autorizaciones,
derechos si procediesen, ante los organismos correspondientes y que, además, cuente con los proyectos de
especialidad aprobados por los organismos respectivos.
34.2.-0BLIGACIONES RELATIVAS AL DESARROLLO DE LA OBRA.
Entre otras, el Contratista tendrá las siguientes tareas:
Dirigir, ejecutar, administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, personalmente,
ciñéndose estrictamente a los planos, especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y
oportuna ejecución de las obras pactadas.
Coordinar la ejecución de los proyectos de Obras Civiles y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales,
ya sean de orden técnico o administrativo.
Mantener al personal, de acuerdo a la complejidad de la obra. Se exigirá que el profesional Administrador a
cargo de la Obra, el jefe de terreno y el Prevencionista de Riesgos, permanezcan según lo estipulado en las
bases en el lugar donde se desarrollan los trabajos. Así mismo, si se requiere sustituir a cualquiera de los
profesionales incluidos en el contrato, éstos deberán tener igual o superior experiencia que los profesionales
considerados en la oferta y contar con el Vº Bº del I.T.O. Para esta sustitución contará con un plazo no mayor
a cinco días corridos a partir de la ausencia del profesional.
Mantener y actualizar a lo menos una vez cada 15 (quince) días los gráficos de avance.
Proveer y mantener un Libro de Obra donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución,
las fecha reales de inicio, observaciones de arquitectos y proyectistas, servicios públicos de la especialidad y
todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la Obra. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de existir
comunicación relacionada con el desarrollo de proyecto, vía correo electrónico entre el I.T.O. y el Jefe de
Obra, estos se deben imprimir y anexar cronológicamente al Libro de Obra.
La presentación oportuna y con documentación completa de los Estados de Pago.
Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el I.T.O.
Proveer de los recintos necesarios para que se instale la Inspección Técnica de Obra, definido en la
Especificación Técnica.
Identificar la Obra dentro de los treinta días siguientes al inicio de los trabajos mediante un letrero como
mínimo, cuyo texto y diseño corresponda a las indicaciones proporcionadas por LA FUNDACIÓN. Dicho letrero
deberá indicar el programa que financia la Obra y la identificación de LA FUNDACIÓN. La confección de este
letrero deberá contar con la aprobación del Inspector Técnico. No se permitirá destacar el nombre del
Contratista en relación al resto de la leyenda ni la colocación de otros letreros próximos a sus costados.
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El contratista o el Administrador de Obra a cargo de los trabajos, o la persona que lo represente con arreglo
a las disposiciones de las presentes bases, estará obligado a acompañar a los funcionarios de LA FUNDACIÓN
o de la Unidad Técnica que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; a suministrar instrumentos,
herramientas y otros medios que permitan a los referidos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras
en construcción, como también a presentar las planillas de jornales, facturas, controles, certificados y otros
documentos que guarden relación con el contrato. En general, el contratista estará obligado a proporcionar
a dichos funcionarios y al Inspector Técnico de la Obra, los datos que se soliciten en conformidad a las
instrucciones y formularios que para ese objeto se le entreguen.
Proveer de todas las maquinarias y las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas,
almacenes y depósitos de materiales, la construcción de andamios, la conservación de los estacados y en
general, todos los gastos que originen las obras. La Unidad Técnica no tendrá obligación de proporcionar sino
el material a que expresamente se obliga de acuerdo con el Contrato y en la forma y época que se determine.
Llevar a cabo los ensayes de materiales o elementos que determine el I.T.O., en el plan de ensayes, cuyo costo
será de su exclusiva responsabilidad y hacer entrega de los respectivos certificados. No obstante si durante el
período de la construcción o durante el plazo de garantía se comprobare que el material .aceptado por el
I.T.O. ha resultado deficiente en el hecho, el contratista tendrá la obligación de reemplazarlos y de reconstruir
por su cuenta y a su costa la Obra en que fue empleado. Cuando en las Especificaciones Técnicas se considere,
para uno o más partidas, la posibilidad de usar materiales alternativos con los que puedan ser ejecutados, el
contratista está en libertad de emplear cualquiera de ellos, previa autorización de la I.T.O., sin que el precio
unitario de la partida pueda alterarse, sin perjuicio de lo que para tal efecto se indique en el PAC.
Asegurar de su cuenta y riesgo el tránsito por las vías públicas que haya necesidad de desviar o modificar a
causa de los trabajos en ejecución y serán de su exclusivo cargo los perjuicios que originen a terceros y/o
municipio con motivo u ocasión del cumplimiento del contrato.
Mantener en la Obra libro de asistencia del personal para la fiscalización que hará el I.T.O., Unidad Técnica u
otra autoridad competente.
Mantener vigentes las garantías de la Obra hasta tramitar las correspondientes Actas de Recepciones
Provisorias y Definitiva, según le instruyan oportunamente la I.T.O.
El personal del Contratista, sub-contratista o proveedores, están autorizados a permanecer sólo en el recinto
de la Obra y no se les permitirá acceso a otra ya terminada si las hubiera, salvo en casos específicos calificados
por la Inspección Técnica. Para estos efectos el contratista deberá establecer expresa prohibición.
Al término de las obras, el Contratista deberá despejar y retirar del sitio todos los materiales excedentes,
escombros y obras provisorias, dejando limpio el terreno y construcciones.
34.3.-0BLIGACIONES RELATIVAS AL PERSONAL
El Contratista deberá presentar al inicio de las obras, un Programa Detallado de Prevención de Riesgos e
Higiene Industrial que entregará al Inspector Técnico para su aprobación.
Realizar las denuncias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se presenten durante el
periodo de duración de los trabajos de la Obra, de acuerdo a la normativa legal vigente.
LA FUNDACIÓN solicitará al Contratista, en cualquier momento que lo estime conveniente, el monto y el
estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a
sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los Subcontratistas con sus
trabajadores. Lo anterior deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la correspondiente
Inspección del Trabajo, según lo indicado en las presentes bases.
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En el evento que el Contratista o Subcontratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las
obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, LA FUNDACIÓN podrá retener de los pagos
mensuales el monto por estos conceptos, de que es responsable el Contratista o Subcontratista, o utilizar las
retenciones y/o garantías del Contrato, en el mismo orden de prelación antes indicado y exclusivamente hasta
el efectivo pago de las obligaciones laborales y previsionales adeudadas. Con las retenciones antes referidas
LA FUNDACIÓN pagará al trabajador o la institución Previsional acreedora.
Cumplir con la normativa laboral, de seguridad social y de protección a los trabajadores.
Mantener dispositivos de seguridad en equipos y maquinarias que se empleen en la Obra.
Suministrar a sus trabajadores los elementos de protección personal necesarios, que cuenten con certificados
de calidad por organismos competentes.
Cumplir con la regulación relativa a la contratación de trabajadores extranjeros.
El Contratista deberá proveer de acuerdo a la ley, a sus trabajadores, de los servicios básicos necesarios de
acuerdo a la complejidad de la obra a ejecutar.
Al inicio de la Obra, el I.T.O. solicitará al Contratista la entrega de copia de los contratos de todos los
trabajadores que laboran .en la Obra, tanto los propios como los de sus Subcontratistas, en la oportunidad
correspondiente. Esta documentación deberá mantenerse actualizada y a disposición del I.T.O. durante toda
la Obra.
34.4.- OBLIGACIONES DE COORDINACIÓN.
El Contratista deberá considerar:
1. Que no podrá dar inicio a la Obra, sin contar con la autorización de la I.T.O. de acuerdo a la
Entrega de Terreno.
2. Cierros provisorios según corresponda.
3. Programación de obras con el I.T.O. de la Unidad Técnica de LA FUNDACIÓN.
4. Que en zona de trabajo deberá operar libremente, tomando las medidas y precauciones que
eviten el ingreso de personas ajenas a la Obra, proveer de cierros y todas las señalizaciones y
signos de advertencia que sea necesario y los mantendrá en buen estado, sin elementos corto
punzantes o peligrosos hacia el exterior según se indique en las respectivas bases técnicas.
5. La instalación de empalmes provisorios de electricidad y agua, cuyos gastos deberán ser
solventados en su totalidad por el Contratista.
6. Que queda obligado a facilitar la ejecución de los trabajos que LA FUNDACIÓN contrate con otras
personas o realice directamente, coordinando sus faenas sin que esto le dé derechos a pagos
extraordinarios.
7. Que LA FUNDACIÓN no se hará responsable de ningún tipo de pérdida, hurto o extravío dentro
de las instalaciones de la Obra.
35.-PERSONAL DE CONTRATA.
El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la cantidad de obras por
ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista oferte y programación de la Obra.
El personal de Contratista, Subcontratista o proveedores, está autorizado a permanecer sólo en el recinto de
la obra y no se les permitirá acceso a obras ya terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados
por la Inspección Técnica. Para estos efectos el Contratista deberá establecer expresa prohibición. Al inicio de
la Obra, el I.T.O. podrá solicitar al Contratista la entrega de copia de los contratos de todos los trabajadores
que laborean en la Obra, tanto los propios como los de sus Subcontratistas. Esta documentación deberá
mantenerse actualizada y a disposición de la I.T.O. durante la Obra, como de otras entidades fiscalizadoras.
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36.-CONDICIONES Y ACCIDENTES DEL TRABAJO.
El Contratista deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección,
tomar las medidas para mantener en la obra la higiene y seguridad en el trabajo, y disponer en general de
todas las medidas pertinentes para dar debido cumplimiento a las normas legales que regulan la materia,
particularmente la ley de accidentes del trabajo.
El Contratista deberá presentar al inicio de las Obras, un Programa Detallado de Prevención de Riesgos e
Higiene Industrial que entregará al Inspector Técnico para su aprobación.
Es obligación del Contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades
profesionales en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar al I.T.O. de
los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias.
37.-ACCIDENTES DE LA OBRA.
Las circunstancias, los hechos o accidentes que produzcan el deterioro, destrucción, derrumbe o
derribamiento de las obras o que ocasionen pérdidas de materiales, serán de cuenta del Contratista, a menos
que un estudio técnico realizado por la Unidad Técnica califique el caso como extraordinario o ajeno a toda
previsión. Si se determina, por estudios técnicos calificados que la responsabilidad es atribuible al Contratista,
éste mantendrá su responsabilidad aun cuando la obra haya sido recibida definitivamente.
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FORMULARIO ANEXO N° 1
IDENTIFICACION DEL OFERENTE PERSONA NATURAL O PERSONA JURIDICA
NOMBRE LICITACION: ______________________________________________
ID LICITACION: ___________________________________________________
R.U.T.________________________________
Razón Social ________________________________________________________________ Teléfonos _________________________________________________________________
Dirección ____________________________________________________________________
Representante Legal o Persona Natural ________________________________________
R.U.T. Representante legal o Persona Natural _______________________________________ Se compromete en este acto a cumplir lo ofrecido, lo cual será considerado en la evaluación de su oferta:
Ítem 1: Oferta Económica Precio Neto: ____________________________________ Ítem 2: Plazo de Entrega: Plazo de Ejecución (días corridos):_______________________________________ NOMBRE DEL OFERNTE Firma Representante Legal Oferente o Persona Natural
Santiago, _____________________________________
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FORMULARIO ANEXO N° 2
DECLARACIÓN SIMPLE
NOMBRE PROPUESTA: __________________________________________
El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo
siguiente:
1. Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber
revisado los términos de la presente licitación: las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones
Técnicas, Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.
2. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y
procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases Administrativas,
Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que
haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que
firmen las partes.
NOMBRE DE LA EMPRESA : ________________________________
R.U.T. : _________________________________
NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL: _________________
RUT REPR. LEGAL O PERSONA NATURAL: _______________________________________
Santiago, _______________________________2017
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FORMULARIO N°3
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A Yo, <nombre de representante legal>, cédula de identidad N° <RUT representante legal> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que mi representada no posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador, ni ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Artículo 463 y siguiente del Código Penal, en los últimos 2 años. <Ciudad>, <Fecha>
__________________________ <Firma>
<Nombre> <Representante Legal>
o Persona Natural
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ANEXO N° 4
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
(Sin Deudas Vigentes con Trabajadores)
Yo, <nombre de representante legal o persona natural>, cédula de identidad N° <RUT
representante legal o persona natural > con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en
representación de <razón social empresa o persona natural >, RUT N° <RUT empresa o
persona natural >, del mismo domicilio, declaro que yo o mi representada en su caso:
No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
__________________________ <Firma>
<Nombre> <Representante Legal / o Persona Natural>
<Ciudad>, <fecha>
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ANEXO 5
D E C L A R A C I Ó N J U R A D A
RESPONSABILIDAD PENAL DE PERSONAS JURIDICAS
<nombre de representante legal >, cédula de identidad N° <RUT representante> con
domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social
empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro bajo juramento que la
empresa que represento no ha sido condenada a alguna de las penas señaladas en la ley
20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
__________________________ <Firma>
<Nombre> <Representante Legal / o Persona Natural>
<Ciudad>, <Fecha>